Documentos comerciales

Orden de compra. Factura. Débito. Pagaré. Cheque

3 downloads 213 Views 4KB Size

Recommend Stories


PATENTES COMERCIALES COMERCIALES, FERIAS 50, FERIAS 60,
MUNICIPALIDAD DE LA GRANJA PATENTES COMERCIALES PATENTES COMERCIALES COMERCIALES, FERIAS 50, FERIAS 60, RAZON SOCIAL ROL DIRECCION GIRO 2-050340

NEGOCIACIONES COMERCIALES
NEGOCIACIONES COMERCIALES RESTRICTED MULTILATERALES MTN.TNC/W/54/Rev.l ...... •«MI-MI.w 2 de a b r i l de 1992 RONDA URUGUAY Distribución espec

Story Transcript

DOCUMENTOS COMERCIALES • ORDEN DE COMPRA: Es el comprobante que emite el comprador para pedir mercaderias al proveedor indicando condiciones de pago y forma de entrega. Tambien es llamado nota de pedido. • REMITO: Es el documento que confecciona el vendedor y que acompana la entrega de las mercaderias vendidas. • FACTURA: Es el documento que el proveedor entrega al comprador comunicandole el importe de las mercaderias vendidas a credito o al contado. Es el comprobante de compra. • TICKET: Cumple la misma funcion que la factura al contado y se utiliza en operaciones de escasos importes. • NOTA DE DEBITO: Es el comprobante que envia el proveedor al comprador, comunicandole que aumento su deuda por motivos que en el se especifica. • NOTA DE CREDITO: Es el comprobante escrito que el proveedor entrega al comprador como constancia de haber recibido dinero, cheque, pagare u otros valores. • PAGARE: Es el documento por el cual una persona se compromete a pagar a otra una suma de dinero en un plazo determinado. •

8. NOTA DE CREDITO BANCARIA: • BOLETA DE DEPOSITO: Es el documento que emite el Banco entrega a sus clientes declarando haber recibido importe, cheque u otros valores en calidad de deposito en cuenta corriente. • CHEQUE: Es una orden de pago librado contra un Banco en el cual el librador tiene fondos depositados a su orden de cuenta corriente o esta autorizado para girar en descubierto; esto significa, librar cheques sin tener fondos suficientes, previa autorizacion del Banco. FORMAS DE EMISION DEL CHEQUE • AL PORTADOR: No menciona el nombre del beneficiario pudiendose dejar en blanco el lugar o escribir al portador. • A FAVOR DE UNA DETERMINADA PERSONA: Se indica en nombre del beneficiario acompanado de la clausula a la orden o sin ella. • CRUZADO: Transferir a otra persona el derecho de cobro que uno tenia. • CERTIFICADO: Es el que certifica el Banco garantizando que el librador tenga fondos suficientes para su pago. La certificacion se inserta en el reverso del cheque. • POSTDATADO: Emitir hoy un cheque a 15 dias posteriores. • DIFERIDO: Es utilizado como instrumento de credito. Se puede endosar indefinidamente; cada vez que se libra debe darse aviso al Banco, el numero y el importe.

1

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.