Abril de 2009

Año III / Abril de 2009 Agenda Nombramiento nuevo Presidente Normativa Convenio colectivo Banco de España Prevención del fraude Relaciones con otras i

3 downloads 519 Views 2MB Size

Recommend Stories


abril, 2009
DROlOG'. Rev MedDom DR-ISSN-0254-4504 ADOERBIO 001 \01.70 - No.1 Enero / abril, 2009 17 EFECTIVIDAD DEL TRArAMIENTO EMPLEADO SEGUN LOS NIVELES DEL P

2009 de 7 abril
Tribunal Supremo. (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia num. 228/2009 de 7 abril PROPIEDAD INTELECTUAL: DERECHOS DE AUTOR: determinación de la rem

Story Transcript

Año III / Abril de 2009 Agenda Nombramiento nuevo Presidente Normativa Convenio colectivo Banco de España Prevención del fraude Relaciones con otras instituciones Estadísticas

Sumario NOMBRAMIENTO NUEVO PRESIDENTE DE ASNEF NORMATIVA Europea Nueva Directiva de Crédito al Consumo. Estudio de la Comisión Europea sobre los Intermediarios de Crédito. Estudio de la Comisión Europea sobre los Ficheros de Datos. Nacional

Agenda Presentación Segunda quincena de mayo 2009 Libro editado por el IEE sobre “La gestión de la financiación al consumo en la nueva coyuntura: el equilibrio entre el desarrollo de negocio y la solvencia. Resultados encuesta sobre el crédito al consumo realizada por Millward Brown.

Proyecto de Ley de Servicios de Pago. Ampliación Límite Acceso al Proceso Monitorio. Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamos o créditos. Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica. CONVENIO COLECTIVO MARCO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS DE CRÉDITO

Próximas Convocatorias Junta de Gobierno 14 de Abril de 2009

BANCO DE ESPAÑA Informe de Autoevaluación de capital.

Congresos y Consejos

PREVENCIÓN DEL FRAUDE Protocolo de Colaboración con el Departamento de Interior del Gobierno Vasco para el ofrecimiento conjunto a los ciudadanos del Fichero VERAZ-PERSUS

9 de junio de 2009 Consejo de EUROFINAS.

Presentación en el IV Congreso Nacional sobre el Crédito al Consumo del Proyecto Id-Confirma. IV CONGRESO NACIONAL SOBRE CRÉDITO AL CONSUMO RELACIONES CON OTRAS INSTITUCIONES

Asamblea

Dirección General de Tráfico.

4 y 5 de junio de 2009

Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE).

Asamblea General de ASNEF en Valencia.

Federación de Asociaciones de Concesionarios de Automóviles (FACONAUTO). Congreso de EUROFINAS ESTADÍSTICAS Datos Estadísticos ASNEF. Datos Estadísticos EUROFINAS.

Nombramiento nuevo Presidente de ASNEF

En la reunión de la Junta de Gobierno celebrada el pasado día 10 de febrero, y por prejubilación del anterior Presidente, D. Pedro Guijarro Zubizarreta, se acordó nombrar como nuevo Presidente de ASNEF a D. José Mª García Alonso, representante de Finanmadrid, SA, EFC, quien desde el día 6 de marzo de 2001 forma parte de la Junta de Gobierno de ASNEF D. José Mª García Alonso nació en Madrid en 1957, es licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid y diplomado en Estudios Empresariales. Desarrolló su trayectoria profesional desde 1975 dentro del grupo Caja Madrid, en el que ha ocupado puestos de gran responsabilidad. En la actualidad es Consejero Delegado y Director General del Banco de Servicios Financieros Caja Madrid-Mapfre, SA.

Normativa Europea Nueva directiva de crédito al consumo El Ministerio de Justicia, a quien corresponde la iniciativa legislativa, en este caso, ha iniciado el trámite de transposición de la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo.

Bélgica: No hay borrador de Ley.

ASNEF se ha puesto en contacto con los Ministerios de Consumo y de Justicia a fin de solicitar que le sea sometido a informe el borrador de texto legal.

Finlandia: No hay borrador de Ley.

Por otra parte, un grupo de expertos de los diferentes Estados Miembros han sido convocados por la Comisión Europea para hacer una valoración sobre el estado de transposición de la Directiva, la cual según la información de la que dispone ASNEF se encuentra en la siguiente situación:

Alemania: El borrador de la Ley se dará a conocer en junio. La Audiencia Pública tendrá lugar en septiembre. Noruega: No hay borrador de Ley. Propuesta en mayo de 2009.

Polonia: No hay borrador de Ley. Propuesta entre abril y mayo de 2009. Reino Unido: No hay borrador de Ley. El Gobierno ha establecido 14 Grupos de Trabajo. La consulta será publicada entre abril y junio de 2009. Los interesados tendrán 3 meses para responder.

Italia: No hay borrador de Ley. La Norma se adoptará en abril de 2010. Francia: No hay borrador de Ley. El Grupo de Trabajo se constituirá a finales de septiembre Suecia: No hay borrador de Ley. La Proposición finalizó en 2008. Se pondrá en marcha en mayo de 2010. España: El borrador de Ley se está preparando por el Ministerio de Justicia Rumania: No hay borrador de Ley. No obstante lo anterior, la norma europea deberá ser adoptada por los estados miembros antes del 12 de mayo de 2010.

Normativa Europea Estudio de la Comisión Europea sobre los Intermediarios de Crédito Tal y como informamos en anteriores ediciones de este Newsletter, la Comisión Europea está realizando un estudio previo sobre los intermediarios de crédito, con la intención de regular esta figura. Para ello, ha remitido a diversos sectores afectados, una encuesta en la que se interesa por la situación del mercado de intermediarios y su funcionamiento. En dicha encuesta, la Comisión Europea quiere conocer asuntos tales como las diferencias existentes entre las entidades que prestan directamente y los intermediarios que buscan crédito para los consumidores entre diversas entidades de crédito, cuál es su relación, cómo es el análisis que el prestamista hace de un intermediario antes de mantener una relación mercantil con él y cómo lo escoge, si existe una formación financiera que el prestamista ofrece al intermediario, cómo funciona la relación entre el consumidor, el intermediario y el prestamista, si existe un mercado transfronterizo donde intervengan intermediarios, y si una mejora en la cesión de los datos facilitarían dicho mercado transfronterizo. La Federación Europea de Asociaciones de Entidades de Financiación (EUROFINAS), de la que ASNEF es miembro, está trabajando en la elaboración de un documento de respuesta a dicha encuesta de la Comisión Europea, en el que se trata de explicar muy claramente la diferencia entre los proveedores de créditos, los intermediarios profesionales y la actividad llevada a cabo por los puntos de venta (prescriptores), y cual es el papel de cada uno en el mercado del crédito. A raíz de esta preocupación, la Comisión Europea ha planteado igualmente una pregunta sobre la necesidad de diferenciar entre entidades de crédito y entidades no de crédito que actúan en el mercado, diferenciando en su regulación los requisitos de capital, técnicos y de supervisión que habrían de cumplir unos y otros. Esta iniciativa de la Comisión Europea entronca con la regulación que el Parlamento Español está preparando para los intermediarios de crédito en España, de la que se da cuenta en el apartado de regulación nacional.

Estudio de la Comisión Europea sobre los Ficheros de Datos La Comisión Europea ha creado un Grupo de Expertos en ficheros de datos de solvencia económica (Credit Histories) para que realice un estudio que identifique todos los obstáculos legales, administrativos o de cualquier otra índole para el acceso e intercambio de datos y aporte una propuesta de solución a los mismos que asegure, además, un alto nivel de protección de los consumidores. El grupo de expertos está compuesto por 20 miembros y 3 observadores (tanto de ámbito privado como público), de entre los cuales se encuentra un representante del Banco de España:

AARNIO, Reijo ASCENZO, Maria Pia BRADFORD, Mike D´OTTAVIANO- CHIARAMONTI, Gregorio DUMINA, Baiba HADLOW, Jhon JENTZSCH, Nicola KRISPER, Bostjan LLOYD, Andy MARZEC, Agnieszka MEEL, Frans MEETALLINOS, Nathalie MIETKE, Stephan MURAILLE, Didier NERBONNE, Sophie PAULI, Frank-Christian SANTILLÁN, Ramón TELES DIAS, Luís TIGHEARNAIGH, Séamus Ó VAN LEEUWEN, Sjaak

Finnish Data Protection Office Banca d´ Italia ACCIS- Association of Consumer Credit Information Suppliers Findomestic Banca spa Latvian National Associantion for Consumer Proteccion Fair Isacc Corporation Personal capacity ZPS- Slovene Consumer Association Royal Bank of Scotland BIK- Polish Credit Information Bureau Union Professionnelle du Crédit Société Générale Association of German Banks Banque Nationale de Belgique CNIL- Comité National de I´ Informatique et des Libertés Verbraucherzentrale Bundesverband e.V. Banco de España Banco de Portugal Irish Credti Bureau Ltd BKR- Dutch Credit Register

El objetivo fijado por dicho grupo es elaborar un informe en mayo de este año, el cual deberá indicar a la Comisión Europea cuales son los problemas identificados a la hora de compartir datos y, sobre ellos, y en lo referente a su solución, deberán indicar en qué temas hay consenso entre los expertos y en cuales no.

El informe no es vinculante e incluirá los siguientes capítulos: Ámbito del estudio: descripción de los motivos de la necesidad de compartir datos, incluyendo un análisis de la posibilidad de existencia de información asimétrica y sus consecuencias, las ventajas de los ficheros y una breve historia de los diferentes sistemas públicos y privados que hay en la Unión Europea. También contendrá una referencia a los derechos y deberes de los usuarios de los diversos sistemas de intercambio de datos. Acceso a los datos: acceso a bases de datos de otros países, regulación en cada país, reciprocidad. Contenido de los datos: se describe el tipo de dato y la finalidad, información positiva y negativa, los datos de fraude u otros posibles existentes, los procesos de inclusión y tratamiento de los datos, los posibles errores y las soluciones dadas en cada país para solventar los derechos de los consumidores en la protección de sus datos. ASNEF, a través de su representación en EUROFINAS, está participando en la elaboración de un documento que será remitido al EBIC (European Banking Industry Committee), quien, a su vez, participa en el Grupo de Expertos de la Comisión Europea.

Normativa Nacional Proyecto de Ley de Servicios de Pago El Consejo de Ministros del pasado día 14 de abril, aprobó remitir al Congreso el Proyecto de Ley de Servicios de Pago que incorpora al Ordenamiento Jurídico Español la Directiva 2007/64/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007, sobre Servicios de Pago en el Mercado Interior. Se inicia por tanto el trámite parlamentario previo a la aprobación de esta norma. El Objeto de esta nueva normativa es facilitar la compraventa de bienes y servicios en la Unión Europea, tratando de hacer posible la reducción de costes de las transacciones y su seguridad en el conjunto del territorio comunitario, creando un mercado integrado, lo que se ha denominado SEPA (“Single Euro Payments Area”), sigla en inglés equivalente a Zona Única de Pagos en Euros, que se ha de desarrollar por la industria privada con el impulso del Banco Central Europeo y de los Bancos Centrales nacionales. Se ha de señalar que el Proyecto de Ley contiene una reserva de actividad para prestar los servicios de pago a favor de los proveedores que, de forma exhaustiva, se enumeran: entidades de crédito y las nuevas entidades de pago, quedando éstas últimas también sometidas a la supervisión del Banco de España. Por su parte el Consejo de Estado en su informe preceptivo al Ministerio de Economía sobre el Anteproyecto de Ley de Servicios de Pago El Proyecto de Ley sometido a las Cortes por el Gobierno ha variado respecto al Anteproyecto que fue remitido a la Asociación durante el trámite de Audiencia Pública. El texto actual tiene en cuenta las observaciones que ASNEF realizó en su momento, al haber desaparecido la prohibición que contenía la norma de emisión de tarjetas de crédito por parte de los establecimientos financieros de crédito, y al admitirse la posibilidad de que éstos sean entidades de pago. ASNEF estará pendiente del trámite parlamentario y de las posibles enmiendas que pudieran plantearse tanto en el Senado como en el Congreso.

Ampliación Límite Acceso al Proceso Monitorio Tal y como informamos en la anterior edición de este Newsletter, el Proyecto de Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial, incluye la modificación del límite de acceso al proceso monitorio establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, ampliándolo de 30.000.-euros a 150.000.- euros. En la actualidad, se ha ampliado de nuevo el plazo de enmiendas al Proyecto de Ley hasta el 21 de abril, para que los diferentes grupos políticos introduzcan las enmiendas pertinentes. De no sufrir cambios durante su tramitación parlamentaria, el nuevo límite permitirá a las entidades asociadas a ASNEF ampliar los casos en los que acceder a este procedimiento de recuperación rápida de deudas.

Normativa Nacional

Ley 2/2009, de 31 de marzo por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito El pasado día 1 de abril fue publicada en el Boletín Oficial del Estado la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito. De la referida norma podemos señalar, en lo que afecta a los Asociados a ASNEF, lo siguiente: • Las entidades de crédito y sus agentes quedan fuera de su ámbito de aplicación, así como las actividades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley de Venta a Plazos de Bienes Muebles. • Los proveedores de bienes y servicios que actúen como intermediarios para la contratación de préstamos o créditos destinados a la financiación de los productos que comercialicen, les será de aplicación, únicamente, lo establecido en el artículo 22.5, esto es, estarán obligados, en todo caso, a prestar al consumidor la información que resulte exigible por la normativa específica sobre el contrato o contratos de préstamo o de crédito que ofrezcan al consumidor. • Se establece que el contenido de la norma es sin perjuicio de lo establecido en otras normas especiales tales como la Ley de Crédito al Consumo, la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios, la Ley de Condiciones Generales de la Contratación, la Ley General de Publicidad o la Ley de Comercialización a Distancia de Servicios Financieros. En caso de conflicto se aplicaría la ley que contenga un régimen más preciso de control de las actividades realizadas por el intermediario o la que suponga una mayor protección del consumidor. Por otra parte, se pueden destacar los siguientes aspectos generales:

• Los intermediarios habrán de tener un folleto con el contenido de los servicios que prestan, los precios, los términos del préstamos o crédito si es ofrecido por ellos, referencia a tipos de interés, costes, suplidos, etc. • Se indica la obligación de tener tablón de anuncio por parte de los intermediarios donde recoger toda la información que han de entregar a los consumidores. • Se crea un derecho de desistimiento del contrato de intermediación de 14 días desde la formalización del mismo. • El incumplimiento por parte de las entidades de la norma supondrá la aplicación del régimen sancionador general recogido en la Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios. • Se regulan las acciones de cesación contra las conductas contrarias a esta norma. • Se regula la transparencia en la contratación y en la información previa a entregar al consumidor: Cuando se ofrecen créditos o préstamos hipotecarios o con garantía hipotecaria por el intermediario: · Información a entregar al menos 5 días naturales antes de la celebración del contrato. · En cuanto a la empresa: (identificación datos de la empresa, registro de inscripción, póliza de seguro o aval, página web). · En cuanto al producto del préstamo o crédito ofrecido (características principales, precio a pagar al intermediario, riesgos asumidos en el producto, otros gastos que haya de afrontar el consumidor, TAE).

• La creación de un Registro Estatal y de Registros Autonómicos donde las entidades que están bajo el ámbito de aplicación de la norma habrán de registrarse, dependiendo del lugar donde tengan su domicilio social, si son entidades extranjeras y si la Comunidad Autónoma correspondiente no hubiere creado el correspondiente registro.

· En cuanto al contrato de préstamo o crédito: (derechos de las partes, medios de reclamación, lengua o lenguas del contrato, legislación, tratamiento tributario).

• Las entidades que realizan intermediación habrán de contratar un seguro o un aval que garantice sus posibles responsabilidades.

· Se establece el deber de notarios y registradores de control de legalidad en los contratos de préstamo o crédito con garantía hipotecaria.

· Existe la obligación de entregar al consumidor una oferta vinculante, con un plazo de validez no inferior a 10 días.

Cuando se ofrecen servicios de intermediación: · Información a entregar al menos 15 días naturales antes de la celebración del contrato de intermediación: · En cuanto a la empresa: (identificación datos empresa, página web, póliza de seguro, registro de inscripción). · En cuanto al servicio de intermediación: (características del contrato de intermediación, precio por el servicio, otros gastos, modalidades de pago características de agrupación del préstamo si se ofrece). · En cuanto al contrato de intermediación: (derechos existentes incluido el de desistimiento, medios de reclamación, lengua del contrato, legislación y tratamiento tributario). · En la publicidad, deberá, entre otros temas, constar claramente que la actividad que se promociona es de intermediación en la concesión de préstamos o créditos y el alcance de sus funciones y representación, indicando si trabajan en exclusiva o si está vinculada a una o más entidades de crédito. · Se define que son intermediarios independientes como aquellos que, sin mantener vínculos contractuales que supongan afección con entidades de crédito o empresas que comercialicen créditos o préstamos, ofrezcan asesoramiento independiente, profesional e imparcial a quienes demanden su intervención para la obtención de un crédito o préstamo, estando obligados a presentar a sus clientes tres ofertas vinculantes de entidades de crédito u otras empresas. · Se presume que ha existido asesoramiento independiente cuando se presentan esas tres ofertas vinculantes al consumidor. · Se establece que los intermediarios que trabajen en exclusiva para una o varias entidades de crédito u otras empresas no podrán cobrar retribución alguna de sus clientes, y los intermediarios independientes cuando se hubiere pactado expresamente con el consumidor. Se establece el siguiente régimen transitorio de adaptación a esta norma:

1. Las empresas que desarrollen las actividades incluidas en esta Ley que a la entrada en vigor de la misma no cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 12 y 19, en relación con las comunicaciones comerciales y publicidad, deberán adaptarse a los mismos en el plazo máximo de tres meses a partir de su entrada en vigor. 2. Las exigencias relativas a las obligaciones de transparencia en relación con los contratos, información previa al contrato, los requisitos de forma y contenido de los contratos, así como las obligaciones en materia de tasación y servicios accesorios, régimen de compensación por amortización anticipada, comisión de apertura en los préstamos o créditos hipotecarios sobre viviendas y oferta vinculante, previstas en los artículos 4, 5 14, 15, 16, 17, 20 y 21, resultarán exigibles en las relaciones precontractuales y en los contratos que se celebren a partir de la entrada en vigor de esta Ley. Las exigencias relativas a las obligaciones de transparencia en relación con los precios y el tablón de anuncios, previstas en los artículos 5 y 6, resultarán exigibles transcurridos tres meses a partir de la entrada en vigor de esta Ley. 3. Una vez constituidos los registros públicos de empresas a que se refiere el artículo 3, las empresas deberán proceder a su inscripción en el plazo de los tres meses siguientes a su constitución. Una vez transcurridos seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, las empresas cuyo domicilio social esté situado en una comunidad autónoma que, en el ejercicio de sus competencias, haya optado por no crear el registro público autonómico en dicho plazo, deberán inscribirse provisionalmente en el Registro estatal regulado en dicho artículo en el plazo previsto en el párrafo precedente, sin perjuicio de que el Registro estatal transfiera los datos al registro autonómico competente cuando se proceda a su constitución. • La entrada en vigor de la norma fue el 2 de abril.

Normativa Nacional Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica EL día 31 de marzo apareció publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica. Dicho Real Decreto establece por un lado la modificación del interés legal del dinero fijándolo en el 4% y el del interés de demora en el 5%, en lugar del 5,5% y 7% respectivamente, la permisión al Consorcio de Compensación de Seguros para que pueda desarrollar actividades de reaseguro del crédito y la caución y modificación de la ley concursal a fin de, como se indica en su exposición de motivos, facilitar la refinanciación de las empresas que puedan atravesar dificultades económicas, agilizando los trámites procesales, reduciendo los costes de tramitación y mejorando la situación de los trabajadores afectados por ERES, reforma que afectará a los procedimientos concursales abiertos actualmente. En cuanto a la refinanciación de las deudas de las empresas se establece que serán posibles tales acuerdos, siempre que los mismos respondan a un plan de viabilidad de la empresa, no afectándoles la acción de rescisión prevista en el artículo 71.1 de la Ley Concursal siempre que: a) Que el acuerdo sea suscrito por acreedores cuyos créditos representen al menos tres quintos del pasivo del deudor en la fecha de adopción del acuerdo de refinanciación. b) Que el acuerdo sea informado por un experto independiente designado por el registrador mercantil del domicilio del deudor conforme al procedimiento establecido en los artículos 338 y siguientes del Reglamento del Registro Mercantil. El informe del Experto contendrá un juicio técnico sobre la suficiencia de la información proporcionada por el deudor, sobre el carácter razonable y realizable del plan en las condiciones definidas en el apartado 1, y sobre la proporcionalidad de las garantías conforme a las condiciones normales de mercado en el momento de la firma del acuerdo. c) Que el acuerdo se formalice en instrumento público, al que se unirán todos los documentos que justifiquen su contenido y el cumplimiento de los requisitos anteriores. La Comision Jurídica de ASNEF estudiará con detenimiento si esta modificación concursal mejora en la práctica la posibilidad de llegar a acuerdos de refinanciación con sus clientes, lo cual a primera vista no parece que así sea.

Convenio Colectivo Marco para los Establecimientos Financieros de Crédito El día 11 de marzo de 2009 se firmó el nuevo texto del Convenio Colectivo Marco para los Establecimientos Financieros de Crédito. Las principales novedades acordadas son las siguientes: • Periodo de duración: 2 años (2009/2010) • Incremento salarial: 1% (2009/2010) • Cláusula de revisión salarial: el incremento salarial a final de año será igual al IPC real del año 2009 y 2010. Si dicho IPC real en cualquiera de los dos años fuere inferior al 1%, el incremento salarial, aún así, seguiría siendo del 1% para ambos años. En el Boletín Oficial del Estado del día 21 de marzo de 2009 se publicó el acta de la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo donde se determinaban los valores económicos en aplicación de la cláusula de revisión salarial, en virtud de lo establecido en la disposición final del texto del convenio colectivo para los años 2007-2008, manteniéndose en el 2% establecido en un principio. Si desea consultar dichos acuerdos puede consultarlo en nuestra página web: www.asnef.com, en el apartado de circulares.

Banco de España Informe de Autoevaluación de Capital El Banco de España convocó el pasado día 20 de febrero una reunión a fin de notificar de determinadas novedades incluidas recientemente en el Informe de Autoevaluación de Capital, que las entidades han remitido durante el mes de marzo, así como informar sobre las dudas surgidas del borrador de Informe enviado el pasado mes de octubre, especialmente, en temas como el análisis del riesgo inherente de crédito y de liquidez y también al apartado relativo a su planificación de capital.

Prevención del Fraude Protocolo de Colaboración con el Departamento de Interior del Gobierno Vasco para el ofrecimiento conjunto a los ciudadanos del Fichero VERAZ-PERSUS Con fecha 20 de enero se firmó un Protocolo de Colaboración entre el Departamento de Interior (Viceconsejería de Seguridad) y nuestra Asociación, para el ofrecimiento conjunto a los ciudadanos del Fichero de Autoinclusión para la Protección de Datos Personales denominado VERAZ-PERSUS. En los próximos meses, los ciudadanos que acudan a las Comisarías de la Ertzaintza para denunciar la pérdida o sustracción de sus documentos identificativos serán informados por los funcionarios policiales de la existencia del Fichero y sobre los derechos que les asisten, por si quieren utilizarlo de forma gratuita. El día 23 de febrero se reunió, en la sede central de la Ertzaintza, la Comisión Mixta Gobierno vasco-ASNEF, en la que se analizaron las relaciones de colaboración entre ambas Instituciones y de las entidades pertenecientes a la Asociación y la Policía Autonómica Vasca.

Prevención del Fraude Presentación en el IV Congreso Nacional sobre el Crédito al Consumo del Proyecto Id-Confirma El pasado 31 de marzo, y dentro del IV Congreso Nacional sobre el Crédito al Consumo, se dio a conocer públicamente el Proyecto Id-Confirma, que está siendo desarrollado entre ASNEF-SIGNE-SECURIDOC-EQUIFAX, y que permitirá verificar los documentos de identificación y la firma de las personas que soliciten o contraten créditos al consumo o cualquier otro servicio financiero o comercial para el que sea necesaria la identificación personal. Para la puesta en funcionamiento de éste proyecto, surgido dentro del Servicio de Prevención del Fraude De-fensa, ha sido necesario unir junto con la Asociación, a dos prestigiosas empresas tecnológicas en seguridad documental, como son SIGNE, Impresores de Seguridad y SECURIDOC, especializada en protección tecnológica documental, y a la multinacional EQUIFAX, líder mundial en soluciones de información y socio de ASNEF. El Proyecto pondría en funcionamiento, en caso de prosperar, un Centro de Análisis e Inteligencia Documental, dentro del Grupo SIGNE, que permitiría verificar de forma automática en los puntos de venta los documentos oficiales de identificación que presenten los solicitantes de los créditos, con el previo consentimiento de los Titulares de las identidades. Soluciones VERAZ ASNEF EQUIFAX gestionaría y archivaría los documentos de consentimiento, así como facilitaría a las entidades las conexiones tecnológicas necesarias para integrar la plataforma en los sistemas internos para el análisis de riesgos. Igualmente, esta estructura operativa estaría conectada a los sistemas tecnológicos comunes que hemos desarrollado para la prevención del fraude y para la gestión de la información positiva, en beneficio de los usuarios de VERAZ-SPF.

IV Congreso Nacional de Crédito al Consumo Como cada año, ASNEF celebró el 31 de marzo el IV Congreso Nacional sobre Crédito al Consumo, el cual tuvo lugar en la sala José María Cuevas de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE). Este Congreso se ha convertido ya, de entre las muchas jornadas que sobre este tipo de crédito se realizan, en el referente para todo el sector y para los diferentes medios de comunicación. En esta ocasión, el programa preparado por la Asociación centró su atención en los siguientes temas: la situación económica actual, la gestión de la crisis por las entidades de crédito, el fraude en el sector y el análisis de la aplicación práctica de la Ley de Mediación de Seguros, asuntos que en los últimos meses han sido objeto de especial interés para nuestras entidades asociadas. Para el desarrollo de este acto participaron expertos en cada una de las áreas indicadas, provenientes tanto de la Administración, como de la Universidad y de las entidades de crédito. Los ponentes fueron los siguientes: D. Juan Iranzo, Director General del Instituto de Estudios Económicos (IEE); D. Román García-Miguel, Subdirector General Santander Consumer España; D. Óscar Cremer, Director de Automoción de Finanzia Banco de Crédito; D. Francisco Núñez, Representante de Prevención del Fraude de RCI Banque; D. José Luis Pinedo, Presidente Ejecutivo de SIGNE. La ponencia de clausura fue realizada por D. Ricardo Lozano, Director General de Seguros y Fondos de Pensiones. Asimismo, en paralelo a la celebración del Congreso, tuvo lugar una rueda de prensa en la que ASNEF presentó a los medios de comunicación los datos estadísticos de la actividad del sector. Por otra parte, y como en otras ocasiones, ASNEF ha encargado al Instituto de Estudios Económicos (IEE) la elaboración de un estudio sobre el Crédito al Consumo, en el cual diferentes autores universitarios y del sector financiero analizan la situación actual de este tipo de crédito en España y Europa. Este informe, que estará finalizado durante el mes de abril, será presentado públicamente en el mes de mayo. Junto a la presentación del Informe elaborado por el IEE, ASNEF hará públicos los datos obtenidos de la encuesta que ha encargado a la empresa Millward Brown sobre el crédito al consumo y su valoración por los consumidores españoles. Se trata de la tercera encuesta que ASNEF ha realizado en este sentido en estos años y, por tanto, además de ofrecer el punto de vista del consumidor hoy sobre ese tipo de crédito, dará la oportunidad de tener datos comparados sobre los años en los que se realizaron las otras encuestas, esto es, en los años 2005 y 2007.

Relaciones con otras Instituciones DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO ASNEF está manteniendo reuniones con la Dirección General de Tráfico para la creación de un fichero de vehículos prematriculados identificados por el número de bastidor. Dicho repositorio estaría alojado y sería propiedad de la Dirección General indicada y supondría la imposibilidad de matriculación de un vehículo cuyo bastidor estuviera retenido por una entidad de crédito. La necesidad de creación de este servicio administrativo viene dada por la aparición de la ficha técnica electrónica de vehículos y la matriculación “instantánea” de los mismos. La ficha técnica de vehículos es el documento que hoy en día, todavía existente en papel, ha servido y sirve de garantía en los créditos stock con los que se financian las existencias de los concesionarios de coches y vehículos industriales, de forma que la entidad que concede el crédito retiene la documentación de los vehículos que conforman esas existencias para que los mismos no puedan ser matriculados hasta el pago de la deuda. Con la aparición de la ficha técnica electrónica es necesaria la creación de un procedimiento electrónico que permita la retención telemática de la misma y, por tanto, seguir utilizándola como garantía del crédito stock. Por ello, se está trabajando con la DGT para que las entidades de crédito puedan utilizar un servicio ofrecido por ésta en el que se retengan telemáticamente las fichas técnicas que corresponden a los bastidores que forman parte del stock de un concesionario que ha sido financiado, de forma que los vehículos solamente puedan ser matriculados cuando la entidad de crédito que los ha financiado levante la traba que en dicho repositorio administrativo hubiere interpuesto. Los trabajos que se están realizando se centran igualmente en la creación de una pasarela de pagos que garantice las transacciones económicas que pudieran existir en la operativa del crédito stock.

ASNEF/CEOE ASNEF ha participado en el Grupo de Automoción creado en el seno de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), donde, tras evaluar la situación por la que atraviesa dicho sector en España, se redactó una carta que fue remitida por D. Gerardo Díaz Ferrán, Presidente de la CEOE, al Presidente del Gobierno, D. José Luis Rodríguez Zapatero, en la que se solicitaban medidas urgentes para el sector en tres frentes fundamentales: - En la demanda. (Plan Prever + Plan Vive). - En la financiación (15.000 millones de euros para la financiación de la venta de vehículos). - En la competitividad del sector. Finalmente, ASNEF estuvo presente en la rueda de prensa que el Presidente de la CEOE convocó el pasado 13 de marzo para presentar a los medios de comunicación las propuestas realizadas al Gobierno por el sector del automóvil.

CONGRESO DE EUROFINAS El próximo Congreso de Eurofinas se celebrará en Praga los días 4 y 5 de octubre. En su Consejo celebrado el pasado 10 de marzo se acordó reducir y simplificar el Congreso de este año a la vista de la difícil situación económica y financiera actual.

ASNEF/FACONAUTO El pasado día 17 de marzo ASNEF participó en la Asamblea General de FACONAUTO (Federación de Asociaciones de Concesionarios de Automóviles), celebrada en Madrid, con una ponencia sobre “La situación de la financiación al consumo de automóviles y vehículos industriales en España”.

Por este motivo, la Asamblea tendrá lugar el domingo 4 de octubre, por la mañana, celebrándose por la tarde un cóctel de bienvenida. El día 5 tendrá lugar una conferencia de un día completo sobre crédito al consumo.

Datos Estadísticos ASNEF A continuación, se reproduce la nota entregada a los medios durante la rueda de prensa celebrada en el Congreso anual de Crédito al Consumo, del que se da cuenta en este Newsletter.

RESULTADOS EJERCICIO 2008: CONSUMO Y AUTOMOCIÓN En conjunto, el Crédito al Consumo cae un 15,9% en 2008. Se desploma cerca de un

TOTAL CONSUMO 21.566,4 MILLONES DE EUROS ( -7,81% ) Tarjetas Revolving 14.580,8 millones €

-1,26%

Bienes de Consumo

4.927,9 millones €

- 5,76%

Préstamos Personales

2.057,7 millones €

- 38,51%

30% la financiación de coches.

INVERSIÓN NUEVA: CONSUMO Y AUTOMOCIÓN En el transcurso del IV Congreso de Cr édito al Consumo, ASNEF ha facilitado los Resultados del Ejercicio 2008 de sus entidades en los que la Inversión Nueva de las Operaciones de Crédito al Consumo de bienes duraderos fue de 31.611,6 millones de euros, lo que representó un descenso del 15,9 por ciento respecto a estas mismas fechas de 2007. De esta cifra 21.566,4 millones de euros correspondieron al Sector de Consumo (-7,61%) y 10.045,2 millones de euros al Sector de Automoción (-29,37%). Tras la presentación de estos datos, el nuevo Presidente de ASNEF - D. José Mª García Alonso - ha señalado: “El delicado momento que atraviesa la economía española se ha reflejado claramente en nuestros resultados, ya que el espectacular incremento del paro, la crisis de recursos financieros que planea sobre las pequeñas y medianas empresas y la reducción del crédito otorgado, hace que las familias no vean el futuro con optimismo y se retraigan a la hora de cambiar el coche, los electrodomésticos, los muebles, hacer un viaje o un curso”. Efectuado el desglose por sectores, ASNEF ha informado - con respecto al Sector de Consumo - que el descenso de estas operaciones ha sido motivado por el fuerte retroceso de los Préstamos Personales y por la moderada bajada de la financiación de Bienes de Consumo y del uso de los sistemas de Crédito Revolving asociados

Por lo que se refiere a la financiación en el Sector de Automoción, el retroceso ha sido aún mayor ya que el tamaño del mercado se ha reducido a cifras de hace más de 15 años. El detalle es el que sigue:

TOTAL AUTOMOCIÓN 10.045,2 MILLONES DE EUROS ( -29,37% ) Turismos Nuevos A particulares De negocio

8.272,1 millones € 6.982 millones € 1.290,1 millones €

-31,68% -33,99% -15,67%

Turismos Usados A particulares De negocio

1.426,1 millones € 1.306,3 millones € 119,8 millones €

-10,57% -12,30% +13,87%

Vehículos Comerciales

215,1 millones €

- 42,65%

Otros Vehículos

131,9 millones €

-9,04%

CONTRATOS NUEVOS: CONSUMO Y AUTOMOCIÓN

INVERSIÓN VIVA: CONSUMO Y AUTOMOCIÓN

Asimismo se facilitó información sobre los Contratos nuevos realizados durante 2008 que es la siguiente:

En cuanto a la Inversión Viva del Crédito al Consumo - operaciones en curso a 31 de diciembre de 2008, independientemente de la fecha de su inicio - y según los datos facilitados por ASNEF la cifra alcanzada en este periodo fue de 38.860 millones de euros (-3,4%): 14.331 millones de euros correspondieron a la Financiación de Consumo (-1,42%), 24.529 millones de euros a la Financiación de Automoción (-4,56%).

TOTAL CONTRATOS REALIZADOS 7.754.636 unidades ( -13% ) Consumo Tarjetas Revolving Bienes de Consumo Préstamos Personales

7.048.685 2.389.828 4.360.026 298.831

-10,89% -19,25% -2,57% -37,19%

IMPORTE MEDIO 3.000€

Automoción Turismos nuevos A particulares De negocio Turismos usados A particulares De negocio

705.951 551.383 488.360 63.023 129.149 121.919 7.230

-29.25% -32,07% -33,33% -20,38% -14,32% -15,85% +23,64%

IMPORTE MEDIO 14.200€

Vehículos Comerciales

10.271

- 43,74%

Otros Vehículos

15.148

-11,85%

EVOLUCIÓN DE LA INVERSIÓN NUEVA EN FINANCIACIÓN DE AUTOMOCIÓN

EVOLUCIÓN DE LA INVERSIÓN NUEVA EN FINANCIACIÓN DE BIENES DE CONSUMO 23.343 21.566 19.621 17.109

14.222 12.241

12.864

11.734 10.045

9.870

COMUNIDADES AUTÓNOMAS

8.321

8.305

Madrid con 8.101,6 millones de euros ocupa el primer lugar en Inversión Nueva en financiación, seguida de: Andalucía Cataluña Valencia Canarias Galicia

5.778,8 millones de euros 4.358,22 millones de euros 3.415,8 millones de euros 1.935,7 millones de euros 1.217,8 millones de euros

2003

2004

En millones de euros

2005

2006

2007

2008

2003

2004

En millones de euros

2005

2006

2007

2008

Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito Velázquez, 64-66, 2ª Planta · 28001 · Madrid Telf.: 917 814 400 · Fax: 914 314 646 www.asnef.com · [email protected]

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.