AS PARA EL PROGRAMA ANDALUCIA ORIENTA

CONVOCATORIA PARA LA PROVISION DE SEIS PLAZAS DE ORIENTADORES/AS PARA EL PROGRAMA ANDALUCIA ORIENTA 1.- Objeto. Es objeto de la presente convocatoria,

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Andalucia. Ponemos el acento en ti
Andalucia Ponemos el acento en ti Porque miramos al futuro pero cuidamos el pasado. Por nuestros pueblos y por nuestra cultura. Porque creemos en la

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CONVOCATORIA PARA LA PROVISION DE SEIS PLAZAS DE ORIENTADORES/AS PARA EL PROGRAMA ANDALUCIA ORIENTA 1.- Objeto. Es objeto de la presente convocatoria, la selección de seis orientadores/as para el Programa Andalucía Orienta de la Agencia de Promoción y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Fuengirola, con contrato por obras y/o servicio, conforme dispone la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Se establecerá periodo de prueba de conformidad con lo previsto en el R.D. Leg. 1/1995, de 31 de Marzo, por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores. Las funciones a desarrollar consistirán promover la inserción laboral de las personas demandantes de empleo prestando orientación y asesoramiento especializado y personalizado acerca de su elección personal, posibilidades reales de empleo, cualificaciones necesarias, necesidades y opciones formativas, búsqueda de empleo o creación de su propio empleo, promoviendo la mejora de la empleabilidad. 2.- Requisitos de los aspirantes.  Ser español/a o nacional de los estados miembros de la Unión Europea, o extranjero que cumplan con los requisitos que indica el Estatuto Básico del Empleado Público en su Título IV, Capitulo I, Articulo 57, apartados 3 y 4.  Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.  Tener 16 años cumplidos y no exceder de la edad máxima de jubilación.  Compromiso de disponibilidad total para realizar su jornada de trabajo a demanda del servicio  No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.  Titulaciones Universitaria , preferente: Licenciado/a Universitario en Psicología o Psicopedagogía o Pedagogía o Sociología/Ciencias Políticas y Sociologia o Ciencias del Trabajo o Educación Social o Trabajo Social o Relaciones Laborales y Recursos Humanos o Relaciones Laborales y Graduado Social o Derecho o Economía o Administración y Dirección de Empresas y Ciencias Empresariales.  Cumplir con los requisitos que marca la Orden de 26 de septiembre de 2014 en su artículo 7, punto 1:

Perfiles

Titulación

Formación

Experiencia

1

Preferente

30 horas de formación especifica en el modelo de orientación de la Red Andalucía Orienta impartida por la Agencia Servicio Andaluz de Empleo

2

Preferente

70 horas de formación en orientación laboral impartida u homologada por la administración pública, estatal o autonómica, competente en materia de orientación profesional y/o formación

3

Preferente

4

Otras

70 horas de formación especifica en el modelo de orientación de la Red Andalucía Orienta impartida por la Agencia Servicio Andaluz de Empleo 70 horas de formación en orientación laboral impartida u homologada por la administración pública, estatal o autonómica, competente en materia de orientación profesional y/o formación

6 meses de experiencia en la Red Andalucía Orienta o 12 meses de experiencia en orientación profesional en otros ámbitos 6 meses de experiencia en la Red Andalucía Orienta o 12 meses de experiencia en orientación profesional en otros ámbitos No se requiere

5

Otras

70 horas de formación especifica en el modelo de orientación de la Red Andalucía Orienta

12 meses de experiencia en la Red Andalucía Orienta o 24 meses de experiencia en orientación profesional en otros ámbitos 6 meses de experiencia en la Red Andalucía Orienta o 12 meses de experiencia en orientación profesional en otros ámbitos

 b) Dominio de las herramientas ofimáticas y de uso de Internet a nivel de usuario demostrables con cualquier titulo o diploma valido en derecho.  Dos de los técnicos a contratar lo serán para la gestión de la Iniciativa Activa Empleo Joven, para ello tendrán que demostrar una experiencia una experiencia mínima de 6 meses en atención a personas jóvenes o, en su defecto, formación mínima de 50 horas en atención ha dicho colectivo. Aquellas personas que quieran optar para la gestión de la Iniciativa Activa de Empleo Joven lo deberán expresar en la solicitud. 3.- Presentación de instancias. Junto con la solicitud se presentará la siguiente documentación:  DNI.  Currículum Vitae, donde se expresarán los méritos a valorar por la Comisión de Selección y se aportará la documentación acreditativa y compulsada de los mismos.  Cursos: diplomas o certificados oficiales.

 Experiencia profesional por cuenta ajena: Contratos de trabajo, certificados de empresa, certificado de servicios prestados, anexo 1, etc. e informe de vida laboral.  Experiencia profesional como autónomo: Altas y Bajas en Licencia Fiscal o Impuesto de Actividades Económicas e informe de vida laboral.  En caso de ser extranjero, permiso de residencia legal en España.  Fotocopia acreditativa del ingreso de los derechos del procedimiento de selección requerido. La solicitud, se presentará en el registro de entrada de la Agencia de Promoción y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Fuengirola, en el plazo de 10 días naturales desde el siguiente al de la publicación en prensa de la presente convocatoria. La presentación de la solicitud supone la aceptación integra del contenido de las bases reguladoras, sin salvedad ni reserva alguna. 4.- Derechos del procedimiento de selección. De conformidad con el artículo 6 de la ordenanza reguladora de los derechos y tasas de Administración de documentos que expidan o de que entiendan la administración o las autoridades municipales a instancias de parte, según modificación plenaria de 5 de noviembre de 2010, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de 10 de enero 2011, los derechos a favor de Agencia de Promoción y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Fuengirola se establecen en 61.62 euros. El ingreso deberá realizarse en la cuenta número 2103.2056.63.0230000137, correspondiente a la entidad UNICAJA, debiendo indicar en el concepto el número de identificación fiscal del opositor y puesto al que se presenta. No procederá la devolución de las tasas por derecho a participar en el presente procedimiento selectivo al personal que se excluya definitivamente por causas imputable al mismo. 5.- Admisión de los Aspirantes Expirado el plazo de presentación de instancias, la Agencia de Promoción y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Fuengirola dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. Los aspirantes que figuren excluidos, así como los posibles omitidos, dispondrán de un plazo de 3 días para la subsanación de faltas o documentos que hubieran motivado la misma, apercibiéndoles de que si no lo hiciesen se archivará sin más trámites su instancia. Transcurrido el citado plazo de reclamaciones, la lista provisional se entenderá automáticamente elevada a definitiva si no se presentan reclamaciones. Si las hubiere serán estimadas o desestimadas, en su caso, en una nueva resolución por la que se apruebe la lista definitiva, la cual se publicará en el tablón de edictos municipal y en la Agencia de Promoción y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Fuengirola. En la misma se nombrará a los miembros que compondrán el tribunal calificador, indicando la fecha, hora y lugar de la celebración de las pruebas.

6.-Tribunal Calificador El Tribunal Calificador estará compuesto por un presidente, y cuatro vocales, todos ellos funcionarios de carrera, o personal laboral fijo de la Agencia de Promoción y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Fuengirola o del Ayuntamiento de Fuengirola actuará de Secretario, uno de los vocales. Todos los miembros del Tribunal Calificador tendrán titulación de igual o superior nivel académico que las plazas a proveer. El Tribunal podrá solicitar al órgano de gobierno, el nombramiento de asesores o colaboradores para mejor resolución del procedimiento selectivo, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas. Todos los miembro del Tribunal tendrán voz y voto, y las decisiones del mismo se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, conforme a lo establecido en el art. 28 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y del Procedimiento Administrativo Común. El Tribunal Calificador queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases. Todas las sesiones del Tribunal Calificador deberán llevarse a cabo fuera del horario laboral establecido en el art. 18.1 del vigente Convenio Colectivo o Acuerdo de Funcionarios de Fuengirola, sin que se genere derecho a retribución económica o social alguna, excepto la asistencia prevista en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón de servicio. 7.- Procedimiento selectivo. La selección se llevará a cabo mediante el sistema de concurso de meritos con entrevista personal siendo declarados aptos únicamente, los cuatro aspirantes de carácter general y los dos que gestionaran la Iniciativa Activa de Empleo Joven que presenten mayor puntuación conforme a la siguiente baremación : Fase de concurso de Méritos: Máximo 8 puntos. Valoración del Currículum, según el siguiente baremo: A.- Experiencia profesional: Máximo de 5 puntos. Experiencia como orientador/a en la Red Andalucía Orienta o experiencia en orientación profesional en otros ámbitos: 0.15 punto por cada mes.

B.- Formación: Máximo de 3 puntos  Formación en orientación laboral: 0.5 punto por cada 50 horas, con un máximo de 1.5 puntos.  Formación en metodología docente: 0.5 puntos por cada 150 horas con un máximo de 1.5 puntos. Fase de Entrevista personal: Máximo 2 puntos. Entrevista personal con objeto de medir y evaluar la idoneidad de los aspirantes a la plaza ofertada en relación con su preparación y aptitud, que será efectuada por el propio tribunal calificador a los aspirantes cuya puntuación total, le permita conseguir alguna de las cuatro plazas ofertadas, en aras de que solo accedan a ella los opositores con posibilidades reales de ganar la convocatoria. Si entre los posibles aspirantes ganadores, dos o más participantes en la oposición obtuviesen idéntica puntuación final, el tribunal podrá realizar una segunda entrevista personal con los aspirantes empatados, y tras de la deliberación oportuna, designar por mayoría de votos al aspirante ganador. A estos sólo efectos, el tribunal adjudicará al participante en la oposición seleccionado 0,10 puntos adicionales a la nota que hubiese alcanzado. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal seleccionará a los candidatos que presentará al Servicio de Orientación de Servicio Andaluz de Empleo para su validación. Fase de validación con el Servicio de Orientación del Servicio Andaluz de Empleo La entidad remitirá posteriormente al Departamento de Orientación del Servicio Andaluz de Empleo la relación de personas candidatas que hayan superado el proceso de la Convocatoria, que tendrán la consideración de candidaturas presentadas por la Entidad y que tendrán que se validadas por dicho Departamento. 8.- Propuesta del Tribunal Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal declarará aprobados a los cuatro opositores que mayor puntuación total presenten sumadas todas las fases, y a los dos que gestionaran la Iniciativa Activa de Empleo Joven y relacionará por orden de puntuación a los restantes. 9.- Incorporación Los opositores propuesto, se presentarán en el Departamento de Personal de la Agencia de Promoción y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Fuengirola, dentro del plazo de tres días naturales contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, el cumplimiento de todos los requisitos exigidos mediante medio válido en derecho. Si no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, decayendo en su derecho y

siendo excluido definitivamente de la presente convocatoria, sin perjuicio de la responsabilidad en la pudiera haber incurrido por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso, la Agencia de Promoción y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Fuengirola llamará al opositor que le siga en puntuación. 10.- Retribuciones. La Retribución será la que marca la Resolución del Servicio Andaluz de Empleo por la que se concede ayuda para el Desarrollo de actuaciones en el ámbito de la orientación. 11.- Impugnaciones.La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella de la actuación del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los plazos y formas previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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