Autoridad del. Agua LA PLATA,

Buenos Aires Autoridad del Agua LA PROVINCIA LA PLATA, 30 MAR 2012 VISTO el expediente 2436-5835106 Alcance 9, por el cual el Ing. Eduardo Pérez

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Buenos Aires

Autoridad del

Agua

LA PROVINCIA

LA PLATA,

30 MAR 2012

VISTO el expediente 2436-5835106 Alcance 9, por el cual el Ing. Eduardo Pérez Millán en su carácter de Apoderado de la Firma SOLVAY INDUPA SAIC, solicita el correspondiente permiso para emitir los efluentes líquidos correspondientes al Complejo integrado por tres unidades de producción siendo las mismas Unidad Cloro-Soda, Unidad VCM, Unidad PVC, dedicado a la Producción de Policloruro de Vinilo ,Soda Cáustica e Hipoclorito de Sodio, ubicado en la Avenida 18 de julio s/na, de la Localidad de Ing. White, Partido de Bahía Blanca, identificado catastralmente como: Circunscripción XIV, Sección Rural, Parcelas 1567x, 1567 y 1567z, 1567av , y.

CONSIDERANDO: Que el presente trata sobre las obras realizadas, y que comprenden modificaciones y mejoras de las instalaciones en las Unidades de Cloro-Soda con la incorporación de una nueva unidad de Desmercurización de Efluentes y desagües industriales en la línea de producción, en la Unidad de VCM incorpora una nueva planta de Tratamiento Fisicoquimico de efluentes, y una Planta de Tratamiento Biológico y Pileta de desagües pluviales, en la unidad de PVC fue modificada la Planta de Tratamiento de Efluentes y se efectuaron nuevos desagües industriales en la línea de producción. en el Complejo se realizo una Nueva Cámara de Mezcla de los efluentes tratados de las tres Unidades citadas. En síntesis esta presentación unifica los trabajos efectuados en los años 2006 y 2008; Que la documentación técnica de estilo, consiste en Medición e lnforme Técnico de las obras citadas, avaladas por el Ingeniero Elcira Arrieta (Matricula No 45.327), mediante Contrato de Ingeniería celebrado, obrante a fojas 628 del Expediente Principal, Monto de las obras $ 5.365.544,OO constando la documentación presentada de Memorias Descriptiva y Técnica, Planos, Computo y Presupuesto y a fojas 21 del Alcance 1 del presente, el cual integra la foja 835, el Contrato de ingeniería celebrado por Medición e Informe Técnico avalado por el ingeniero Sebastián Fiotto (Matricula no 52.356), Monto de las Obras ($1.350.700,00), constando lo documentación presentada de Memorias Descriptivas y Técnicas, Cómputos y Presupuestos; rr

'

Que por Alcance 9110 la Firma presenta ante esta Autoridad documentación referida a un sistema de autocontrol, y del análisis de la mencionada documentación, se considera satisfactorio el nivel propuesto de control; Que analizada por parte del Departamento Evaluación de Proyectos, este informa a fojas 76182, que no existen objeciones que formular a la misma, sugiriendo la aprobación del mismo, criterio que es compartido por la Dirección de Usos y Aprovechamiento de los Recursos Hidricos y Coordinación Regional; Que a fojas 95, la División Facturación y Recaudación informa que está acreditado el pago de la suma de Pesos Treinta Mil Ochocientos Veinte ($30.820,00), en concepto de derechos de aprobación de planos; Por ello, EL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD DEL AGUA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE ARTICULO 1". Aprobar, a la Firma SOLVAY INDUPA SAIC, la Documentación Técnica por

Medición e Informe Técnico de las Obras que comprenden las ampliaciones y modificaciones efectuadas en las Unidades de Producción de Cloro-Soda, Unidad de VCM y Unidad de PVC del Complejo de referencia avaladas por los Ingenieros Elcira Arrieta (Matricula no 45.327) y Sebastián Fiotto (Matricula no 52.356). ARTICULO 2". Otorgar a la Firma SOLVAY INDLlPA SAIC Permiso esencialmente precario

y revocable al solo arbitrio de la Administración Pública Provincial y sin derecho a indemnización alguna a favor de la permisionaria, por el término de cinco (5) años, para el vertido de los efluentes líquidos previamente tratados, siendo su caudal 5.600 m3ldia, con destino al cuerpo receptor final, constituyendo el mismo la Ría de Bahía Blanca. AKTICULO 3". La aprobación por parte de la Autoridad del Agua

de los trabajos mencionados en el articulo primero, no exime a los Profesionales actuantes de su responsabilidad legal ante daños ocasionados por defectos de proyecto o cAlculo, de los cuales será único responsable, y no exime a la Firma de efectuar a su costa las modificaciones y10 ampliaciones de la instalación, que los resultados de los análisis o

.

la inspección de las conexiones de descarga en los conductos demuestre que debe realizar

Buenos Aires

Aulorldad del

agua

LA PROVINCIA

Corresponde Expte. 2436-5835106 Alcance 9

ARTICULO 4". Dejar expresa constancia que, en caso de realizar la Provincia obras que requieran trabajos de remoción y10 desplazamiento de las citadas instalaciones, dichos trabajos serán efectuados por exclusiva cuenta y cargo de la Firma SOLVAY INDUPA SAIC, sin derecho a retribución alguna y en las condiciones que oportunamente impongan los organismos provinciales competentes. ARTICULO 5". Dejase expresamente establecido que independientemente de la aprobación conferida en el articulo primero y del Permiso otorgado mediante el segundo de la presente Resolución, el efluente generado deberá cumplir con los parámetros de vuelcos admisibles establecidos por esta Autoridad, mediante Resolución ADA no 336103, aclarándose que para el caso de la Firma SOLVAY INDUPA SAIC. Como medidas de control complementarias, se admitirá una carga máxima de 11,4 gldía de mercurio por vía de efluentes líquidos y una descarga máxima de 1858,6 gldía de Dicloroetano 1,2. AR'TICULO 6". Para completar la secuencia de autocontroles y alertas tempranas, la Firma deberá instalar por cuenta y cargo de y en el término de 60 días de notificada la presente. una terminal de datos alimentados en forma continua con los autocontroles de calidad de efluentes diarios y caudales

-

horarios, balances de masas y volúmenes semanales,

inventario de emisiones y sistema de notificaciones de alertas tempranas en las dependencias de esta Autoridad del Agua, delegación Bahía Blanca. También incluirá todos los controles que se realicen en los puntos de vigilancia ambientales en matriz líquida o sólida en estaciones dentro y fuera del establecimiento industrial. Todos los costos de adquisición e instalación de hardware y software, capacitación de personal y operación y mantenimiento del sistema correrán por cuenta de SOLVAY INDUPA SAIC. ARTICULO 7". La Empresa SOLVAY INDUPA SAIC deberá desarrollar en el termino de 30 días un plan de contingencias ante fallos detectados respecto a las cargas admitidas y las concentraciones instantáneas restringidas mediante Resolución ADA No 336103. Dicho Plan deberá ser presentado ante el Departamento Inspección y Control del Recurso.

(,,,

ARTICULO 8". En el caso de emergencias o accidentes que ocurrieran en la Planta la Firma SOLVAY INDUPA SAIC, deberá notificar

diatamep . z m a a esta Autoridad del ,."

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L.

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-

.

ARTICULO 9 O . En el caso de fallos y cuando se supere la carga máxima diaria de mercurio

(Hg), se implementará la secuencia de acciones, y las penalizaciones previstas en el Anexo I , que pasa a formar parte integrante de la presente. ARTICULO 10. En el caso de fallos y cuando se supere la carga máxima diaria de

Dicloroetano 1,2 (DCE 1,2), se implementará la secuencia de acciones, y las penalizaciones previstas en Anexo II, que pasa a formar parte integrante de la presente. ARTICULO 11. La Autoridad del Agua se reserva el derecho de realizar tantos muestreos

aleatorios y control de caudales que considere necesario, a la vez que participará de todas las calibraciones de instrumental o control inter laboratorios. La empresa deberá notificar fehacientemente a la ADA de las rutinas de calibración y control de instrumental como modificación de técnicas analíticas, como así también de las paradas de planta previstas con una antelación de 7 días. ARTICULO 12. La toma de muestras por parte de la inspección de esta Autoridad del Agua,

se efectuará en la Cámara de Aforo y toma de muestras. No obstante, los evaluadores/auditores del ADA podrán solicitar toma de muestras para verificación de las eficiencias de proceso, en cualquier punto de las líneas húmedas de cualquiera de las unidades productivas. ARTICULO 13. Establecer que la Provincia no se hará responsable de los deterioros

parciales o totales que pudieran sufrir las obras por efectos de inundación o por cualquier otra causa de naturaleza incontrolable, como tampoco se hará responsable por accidentes u otros daños que los trabajos de construcción y10 mantenimiento pudieran causar a terceros, corriendo por exclusiva cuenta de la Firma SOLVAY INDUPA SAlC a quien legalmente corresponda los eventos que de tales siniestros surjan, cualquiera sea su carácter. AR'TICLILO 14. La Firma SOLVAY INDUPA SAlC deberá entregar a esta Autoridad los

Planos según obra en original y tres copias dentro de un plazo de ciento ochenta (180) días de notificada la presente Resolución.ARTICULO 15. El permiso que se acuerda por la presente tiene carácter precario y no

exime a la Permisionaria de las obligaciones que pudieran corresponderle por disposiciones

Autoridad dei

Agua

Buenos Aires LA PROVINCIA

Corresponde Expte. 2436-5835106 Alcance 9

ARTICULO 16. El Departamento Evaluación de Proyectos desglosará tres (3) juego en copia de la documentación aprobada, uno para su archivo en dicha área, otro a la Firma SOLVAY INDUPA SAIC, bajo debida constancia, notificándola también de las condiciones en que se acuerda el permiso, acompañada de una copia debidamente autenticada, de la presente Resolución y comunicará posteriormente a la Municipalidad de Bahía Blanca.

ARTICULO 17. Registrar y pasar a la Dirección de Usos y Aprovechamiento del Recurso Hídrico y Coordinación Regional a los fines indicado en el artículo décimo séxto y demás efectos, cumplido, girar a la Dirección de Planificación, Control y Preservación de los

' 7

Recursos Hídricos para su toma de razón.

Autoridad del

Buenos Alres LA PROVINCIA

ANEXO l

1

1 Descarga de (

1

/

-Tabla I --

Tipo A: Tipo 6:

Comunicación a planta productora y aplicación de penalización Tabla 1 Parada de la --unidad ------productiva

-----*...-hasta ( Hg mgldía)

.

.L.

a .

.

Node Flask

- --. --------- -... -.

Monto diario (1)

11400 13680

O

O

1 2 3

7400

Flask: Unidad de comercializacibnl cotizacibn del mercurio (1):Surge de multiplicar el Node Flask asignados para cada fallo por la ' cotización del día del Flask y del valor i venta del dólar estadounidense. ! Ambas cotizaciones se actualizan : mediante las ~CiginasWEB

14800 22200

7400

Ej.: Flask $ (pesos) (7-7-77)

__-"---" ..--- ................. --.-http:llwww.cotizaci~dolar.com.arlcotizacion~hoy.php

..-.

lw_l,p-

--

--.--

-.,.-.-m-.

-"----.e

Cotiraci6n correspondiente al día 07-01-11

.

C-^iwl_l--_____l_-

4 January 2011

**---

Compra Dólar 3.97

..

-

-

---m

Venta 4 .....................

...l-----.-.-----

NorthernMiner.com ,,Mercury

--

+--_--

A- . . . . . .

Cotización +

I

Duraci6n del fallo (días consecutivos)

,

1,850

USD 1 flask

I

Buenos Aires LA PROVINCIA ANEXO ll

( Descarga de (

1

1

D

~

1

~

~

líquido

1

Tipo A: Tipo B:

~

Duración t ~ O delr fallo (dias consecutivos)

/

Comunicación a planta productora y aplicación de penalización Tabla 2 Parada de la unidad productiva

Tabla 2

2230

1

7215

>5576

20

144304

360,76

Ej.: Barril $ (pesos) (7-1-11)

Cotización

Compra

Venta

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