CONSEJO MEXICANO PARA LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA, A.C. CINIF

DERECHOS RESERVADOS CONFORME A LA LEY, POR EL AUTOR Y POR EL COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE MEXICO, A.C. PROHIBIDA LA REPRODUCCION TOTAL O PARCIAL

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DERECHOS RESERVADOS CONFORME A LA LEY, POR EL AUTOR Y POR EL COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE MEXICO, A.C. PROHIBIDA LA REPRODUCCION TOTAL O PARCIAL DE ESTA OBRA POR CUALQUIER MEDIO, SIN AUTORIZACION ESCRITA DEL AUTOR O DEL CCPM. 1

CONSEJO MEXICANO PARA LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA , A.C. “CINIF”

2

1

NIF D-4 Impuestos a la utilidad Aplicable para 2008

3

OBJETIVO DE LA NIF D-4

Establecer

normas

reconocimiento

para

contable

de

el los

impuestos a la utilidad, causados y diferidos, devengados durante el periodo contable.

4

2

ALCANCE DE LA NIF D-4 ƒ Aplicable a todas las entidades lucrativas que emitan estados financieros en los términos establecidos por la NIF A-3. ƒ No es aplicable a las entidades con propósitos no lucrativos, salvo por las operaciones que lleven a cabo y que son consideradas

por

la

legislación

como

lucrativas. 5

Definiciones Impuestos a la utilidad impuestos causado más diferido.

Impuesto causado impuesto a cargo, atribuible a la utilidad del periodo, determinado con base en la legislación.

Impuesto diferido impuesto a cargo o a favor, atribuible a la utilidad del periodo, determinado con base en las diferencias temporales, las pérdidas fiscales y los créditos fiscales. 6

3

Definiciones Diferencia temporal Diferencia entre el valor contable y el valor fiscal de los activos y pasivos. Diferencia temporal deducible La que se restará de la utilidad contable para llegar a la utilidad fiscal, en el futuro (activo por impuesto diferido). Diferencia temporal acumulable La que se sumará a la utilidad contable para llegar a la utilidad fiscal, en el futuro (pasivo por impuesto diferido). 7

Definiciones Pérdida fiscal Atender a las disposiciones fiscales vigentes.

Crédito fiscal Importe a favor de la entidad que puede ser recuperado contra el impuesto a la utilidad causado, siempre que se tenga la intención de así recuperarlo. Tasa efectiva Impuesto a la utilidad

utilidad contable antes de impuestos a la utilidad

8

4

Normas de valuación: diferencias temporales Diferencias temporales Método – se mantiene el método de activos y pasivos para la determinación de los saldos por impuestos diferidos de diferencias temporles.

9

Normas de valuación: diferencias temporales Método de activos y pasivos Activos y pasivos contables vs. Activos y pasivos fiscales = Diferencias temporales X

Tasa de impuesto diferido = Impuesto diferido (Pasivo o activo) 10

5

Normas de valuación: diferencias temporales Conceptos

Activos por deducirse: Edificio (neto) Activos por acumularse Cuentas por cobrar

Suma activos

Valor contable (1)

Valor fiscal (2)

Diferencias temporales (3)= (1 - 2)

Pasivos / (activos) por impuesto diferido (4) = (3) X tasa impuesto diferido (28%)

$30,000

$32,000

$(2,000)

($2,000) X 28% = ($560)

$25,000

$

0

$25,000

$25,000 X 28% = $7,000

$55,000

$32,000

$23,000

Pasivos por deducirse Provisión por obligaciones laborales

Pasivo

($7,000)

($

0)

($7,000)

($7,000) X 28% = ($1,960)

Anticipos de clientes

($4,000)

($

0)

($4,000)

($4,000) X 28% = ($1,120)

Pasivos por acumularse Inventario acumulable

(0)

($6,000)

$6,000

Suma pasivos

($11,000)

($6,000)

($5,000)

Activo

($1,400)

Activos netos

$44,000

$26,000

$18,000

Pasivo neto

$ 5,040

$6,000 X 28% =

$6,440

$1,680

11

Normas de valuación: diferencias temporales

Valor fiscal de activos ƒActivos por deducirse fiscalmente = importe por deducir ƒActivos por acumularse fiscalmente = valor contable – importe por acumular ƒActivos sin repercusiones fiscales = valor contable

12

6

Normas de valuación: diferencias temporales

Valor fiscal de pasivos ƒPasivos

por deducirse o ya acumulados fiscalmente = valor contable - importe por deducir

ƒPasivos por acumularse fiscalmente = importe por acumular ƒPasivos sin repercusiones fiscales = valor contable 13

Normas de valuación: diferencias temporales

Pasivo por impuesto diferido Debe reconocerse por todas las diferencias temporales acumulables, que surgen cuando:

Activo contable > activo fiscal o cuando:

Pasivo contable < pasivo fiscal 14

7

Normas de valuación: diferencias temporales

Activo por impuesto diferido Debe reconocerse por todas las diferencias temporales deducibles, que surgen cuando:

Activo contable < activo fiscal o cuando:

Pasivo contable > pasivo fiscal

15

Normas de valuación: diferencias temporales

Impuesto diferido del periodo Pasivo o activo por impuesto diferido actual vs. Pasivo o activo por impuesto diferido inicial y debe reconocerse en: ƒ ƒ

la utilidad o pérdida neta y en su caso, directamente en el capital contable en otras partidas integrales 16

8

Normas de valuación: pérdidas fiscales

Impuesto diferido de pérdidas fiscales Pérdidas fiscales por amortizar X tasa de impuesto diferido

Impuesto diferido del periodo de pérdidas fiscales Activo por impuesto diferido actual vs. Activo por impuesto diferido inicial y debe reconocerse en la utilidad o pérdida neta 17

Normas de valuación: créditos fiscales PRINCIPALES CAMBIOS NIF D-4

Impuesto diferido de créditos fiscales Los créditos fiscales deben reconocerse como activos por impuesto diferido al momento de enterarse, siempre que: • sea probable su recuperación impuesto a la utilidad, y

contra

el

• la entidad tenga la intención de hacer tal recuperación. 18

9

Normas de presentación

Balance general • Impuesto causado – pasivo a corto plazo • Pasivo o activo por impuesto diferido

- Debe presentarse en el largo plazo. - En activo, debe reconocerse una estimación por probable irrecuperabilidad.

• El impuesto diferido del periodo de otras partidas integrales - Debe presentarse incluido en dichas otras partidas integrales. 19

Normas de presentación Estado de resultados • Impuesto a la utilidad – se presenta en un solo renglón: Impuesto causado

+

Impuesto diferido

20

10

Normas de revelación Revelaciones importantes • Composición del impuesto a la utilidad en: causado y diferido • Tasa efectiva de impuesto y una conciliación con la tasa de impuesto causado • Diferencias temporales que originaron el impuesto diferido • Análisis de los activos por impuesto diferido 21

VIGENCIA

Las disposiciones de esta NIF entran en vigor para los ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2008. 22

11

Transitorios

Efecto acumulado de ISR – se requiere reclasificar

el

acumulados,

saldo a

a

menos

resultados que

se

identifique con alguna de las otras

partidas integrales que a la fecha estén pendientes de reciclaje.

23

Transitorios Reconocimiento inicial – el no reconocimiento del impuesto diferido se considera un error contable, siempre y cuando se haya tenido obligación de hacerlo. En párrafos transitorios se requiere aplicar el método retrospectivo (NIF B-1) para corregir tal error. 24

12

Principales cambios ƒ Definiciones – se incorpora la definición de tasa efectiva de impuesto; se elimina el término

de

asimismo,

se

diferencia precisan

permanente; algunas

otras

definiciones.

ƒ Efecto acumulado de ISR – desaparece este rubro

debido

a

que

su

saldo

debe

reclasificarse a resultados acumulados. 25

Principales cambios ƒ PTU causada y diferida – las normas de reconocimiento contable se reubican a la NIF D-3. No obstante, dicha NIF establece que la PTU diferida debe calcularse con base en el método de activos y pasivos de la NIF D-4.

ƒ Apéndices – se incorporan apéndices con explicaciones adicionales. 26

13

INIF 8 Efectos del Impuesto Empresarial a Tasa Única Aplicable para 2008

27

INIF 8 – Efectos del IETU Antecedentes



En agosto 2007, el CINIF promulgó la NIF D - 4, Impuestos a la utilidad, estableciendo su vigencia a partir de enero 2008.



En octubre del 2007 se publica la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), estableciendo la: • entrada en vigor en enero 2008, del IETU que grava una utilidad basada en flujos de efectivo; • coexistencia del IETU con el ISR; • abrogación de la Ley del IMPAC.



En diciembre 2007 el CINIF emite la INIF 8 para normar el reconocimiento contable del IETU.

28

14

INIF 8 – Efectos del IETU

Generalidades del IETU Obligados al pago Están obligados al pago del IETU quienes lleven a cabo las siguientes actividades:

• Enajenación de bienes, • Prestación de servicios independientes, y • Otorgamiento del uso o goce temporal

de

bienes. 29

INIF 8 – Efectos del IETU Generalidades del IETU Procedimiento de cálculo

(- ) (x) (=) (- ) (- ) (- ) (=)

Ingresos Deducciones Tasa IETU calculado Créditos de IETU ISR propio Pagos provisionales de IETU IETU por pagar

30

15

INIF 8 – Efectos del IETU Generalidades del IETU Notas adicionales

• • • •

Los ingresos y deducciones son sobre una base de flujos de efectivo Tasa de IETU 2008: 16.5%; 2009: 17% y a partir de 2010 : 17.5% Los créditos de IETU son importes que la Ley permite disminuir del IETU calculado Sólo se paga IETU cuando ésta sea menor que el ISR 31

INIF 8 – Efectos del IETU La INIF 8 se emite para dar respuesta a las siguientes preguntas:

1.¿Es el IETU un impuesto a la utilidad? Para el reconocimiento en los estados financieros de las entidades, el IETU debe ser tratado como un impuesto a la utilidad, debido a que se determina sobre el remanente de una amplia gama tanto de ingresos como de deducciones de la entidad. 32

16

INIF 8 – Efectos del IETU 2. ¿Cómo deben reconocerse los efectos del IETU en los estados financieros de una entidad? Tanto el IETU causado como el diferido deben reconocerse con base en la NIF D - 4, Impuestos a la utilidad.

El IETU diferido puede generarse por: • •

Diferencias temporales Créditos fiscales de IETU 33

INIF 8 – Efectos del IETU Ejemplo de IETU diferido:

1 Balance general a Dic X8 Venta a crédito Efectivo Cuentas por cobrar IETU por pagar IETU diferido (pasivo) Capital contable Suma pasivo y capital

$ $

100 100

-$ -$

100 100 34

17

INIF 8 – Efectos del IETU Ejemplo de IETU diferido: 2 Balance general a Dic X8 Reconocimiento IETU diferido Efectivo Cuentas por cobrar Suma activo IETU por pagar IETU diferido (pasivo) Capital contable Suma pasivo y capital

$ $

100 100

-$ -$

17 83 100

35

INIF 8 – Efectos del IETU Ejemplo de IETU diferido:

3 Balance general a Dic X9 Cobro de la venta y causación del IETU Efectivo Cuentas por cobrar Suma activo IETU por pagar IETU diferido (pasivo) Capital contable Suma pasivo y capital

$

100

$ -$

100 17

-$ -$

83 100 36

18

INIF 8 – Efectos del IETU Principales partidas que provocan IETU diferido: Diferencias temporales (método de activos y pasivos)

Valor Valor Diferencia IETU contable Fiscal temporal diferido

Cuentas por cobrar Inventarios Activos fijos Cuentas por pagar

100 200 1,200 - 300

-

100 - 17 Pasivo 200 - 34 Pasivo 1,200 - 204 Pasivo - 300 51 Activo 37

INIF 8 – Efectos del IETU Principales partidas que provocan IETU diferido: Créditos fiscales, siempre que trasciendan a otros periodos Valor contable

IETU diferido

Sueldos y salarios

2,000

340 Activo

Pérdidas fiscales

1,000

170 Activo

En forma transitoria por partidas del 2007: Inventarios al 60% en diez años, 6%anual

Pasivo

Activos fijos al 50% en diez años, 5% anual

Pasivo 38

19

INIF 8 – Efectos del IETU . . .2.¿Cómo deben reconocerse los efectos del IETU . . . Mientras el IETU coexista con el ISR, la entidad debe determinar si su base de gravamen da origen al pago de IETU o de ISR. Para lograr lo anterior, deben hacerse proyecciones financieras: - estimando el pago futuro de IETU y de ISR, - por 4 años, - razonables, confiables y sustentables,

39

INIF 8 – Efectos del IETU . . .2.¿Cómo deben reconocerse los efectos del IETU . . . Entidades que esencialmente sólo pagan ISR – sólo deben reconocer ISR diferido aunque en alguna ocasión, en forma circunstancial, paguen IETU; Entidades que esencialmente pagan IETU – sólo deben reconocer IETU diferido aunque en alguna ocasión, en forma circunstancial, no paguen IETU; Entidades que en algunos periodos pagan sólo ISR y en otros pagan IETU – deben reconocer el pasivo por impuesto diferido mayor: el de ISR o el de IETU (o el activo por impuesto diferido menor). 40

20

INIF 8 – Efectos del IETU 3. ¿Cómo revelar la conciliación de la tasa efectiva de impuesto con la tasa de impuesto causado? Si la entidad esencialmente paga ISR, la tasa efectiva de impuesto debe conciliarse con la tasa de ISR, aun cuando pague IETU en forma circunstancial. Si la entidad esencialmente paga IETU, la tasa efectiva de impuesto debe conciliarse con la tasa de IETU, aun cuando no pague IETU en forma circunstancial. En consolidados: debe conciliarse con la tasa de impuesto causado más representativa de la entidad económica. 41

INIF 8 – Efectos del IETU 4. ¿Las entidades deben reconocer algún efecto del IETU en los estados financieros cuya fecha esté entre el 1º de octubre y el 31 de diciembre del año 2007? Si en el periodo del 1º de octubre al 31 de diciembre de 2007, la entidad identifica una obligación por IETU (en dado caso un beneficio) que será exigida por la Ley a partir del periodo 2008, debe reconocerla desde 2007 como IETU diferido. Este reconocimiento no deben hacerlo las entidades que hayan determinado que esencialmente pagarán ISR en el futuro. 42

21

INIF 8 – Efectos del IETU . . .4. ¿Las entidades deben reconocer algún efecto del IETU . . .del año 2007? . . . Por lo anterior, las entidades que esencialmente pagarán IETU, en 2007 deben: •

eliminar el pasivo o activo por ISR diferido antes reconocido, afectando el estado de resultados en el rubro impuestos a la utilidad



reconocer el pasivo o activo por IETU diferido, afectando el estado de resultados en el rubro impuestos a la utilidad 43

INIF 8 – Efectos del IETU Principales partidas con IETU diferido en 2007: Inventarios 1. Diferencias temporales Valor contable 2007

Inventarios

$

1,000 $

Valor Fiscal

-

Diferencia temporal

IETU diferido 16.5%

$ 1,000 -$ 165 Pasivo

2. Crédito fiscal 60% en diez años : ($1,000 X 60%) = 600 Tasa IETU 16.5% Pasivo neto por IETU diferido

99 Activo -$

66 Pasivo 44

22

INIF 8 – Efectos del IETU Principales partidas con IETU diferido en 2007: Activos fijos 1. Diferencias temporales Valor contable 2007

Activos fijos

$

1,000 $

Valor Fiscal

-

Diferencia temporal

IETU diferido 16.5%

$ 1,000 -$ 165 Pasivo

2. Crédito fiscal 50% en diez años : ($1,000 X 50%) = 500 Tasa IETU 16.5% Pasivo neto por IETU diferido

82.5 Activo -$ 82.5 Pasivo 45

INIF 8 – Efectos del IETU 5. ¿Qué tratamiento contable debe darse al Impuesto al Activo por recuperar generado hasta el año 2007? El IMPAC debe reconocerse como una cuenta por cobrar y no como activo por impuesto diferido. Cualquier importe de IMPAC considerado como irrecuperable desde el 2007 debe reconocerse como un gasto en el estado de resultados del 2007, dentro del rubro de impuestos a la utilidad. 46

23

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47

24

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