Constituye el objeto del contrato el servicio consistente en REPARTO Y BUZONEO DE LA REVISTA MUNICIPAL SIETEDÍAS Y OTRAS PUBLICACIONES MUNICIPALES

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DEL CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTE E

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DEL CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTE EN REPARTO Y BUZONEO DE LA REVISTA MUNICIPAL “SIETEDIAS” Y OTRAS PUBLICACIONES MUNICIPALES DEL PATRONATO SOCIOCULTURAL DE ALCOBENDAS

1.- OBJETO DEL CONTRATO. Constituye el objeto del contrato el servicio consistente en REPARTO Y BUZONEO DE LA REVISTA MUNICIPAL “SIETEDÍAS” Y OTRAS PUBLICACIONES MUNICIPALES. Codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV), 79340000-9 (Servicios de Publicidad y Marketing) – 79341000-6 (Servicios de Publicidad) – 79341100-7 Servicios de Gestión Publicitaria. 2.- CALIFICACIÓN DEL CONTRATO. De conformidad con el artículo 10 R.D. 3/2011, de 14 de Noviembre Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, este contrato se califica como contrato de servicios, dentro de la Categoría 13 del Anexo II de la citada norma. 3.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. El expediente tiene carácter ordinario tramitándose por procedimiento NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, en atención al artículo 170 a) del TRLCSP. Toda vez que el procedimiento ordinario tramitado fue declarado desierto por decreto nº 722/2013. Motivo por el cual se conserva la totalidad de los documentos preparatorios de la licitación ya aprobados. 4.- ÓRGANO COMPETENTE El Órgano competente para la aprobación del gasto y en su caso el expediente corresponde a la Presidencia del Patronato Sociocultural, de conformidad con lo establecido en el artículo 18.3 de los Estatutos del Patronato, en virtud de las competencias delegadas atribuidas a la Presidencia conforme el Decreto de Gerencia 2/2012 de 1 de octubre.

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5.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS Conforme al informe de necesidad de contratación que obra en el expediente las necesidades a satisfacer mediante el presente consisten en llevar a cabo en colaboración y bajo la supervisión del Patronato, la cobertura de los servicios de reparto y buzoneo de la revista municipal “SieteDías” y otras publicaciones municipales del Patronato Sociocultural de Alcobendas, mediante contratación externa con objeto de optimizar a través de empresas especializadas la cobertura de las necesidades municipales, así como la realización de los proyectos precisos al respecto a través de precios más adecuados al mercado que los previstos en una realización del proyecto con medios propios. 6.- TIPO DE LICITACIÓN. Se establece un tipo de licitación en la cantidad de DOSCIENTOS CUATRO MIL SETENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE EURO (204.076,56.-€), a razón de CIENTO CINCO MIL EUROS (102.038,28.-€) por cada uno de los años del contrato. El importe correspondiente al IVA (21%) es de CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON OCHO CÉNTIMOS DE EURO (42.856,08). El valor estimado del contrato asciende a CUATROCIENTOS OCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES CON DOCE CÉNTIMOS DE EURO, que comprende a la duración de DOS años de contrato y otros DOS años de posible prórroga. Los presupuestos que se presenten se entenderán sin IVA. Se señala como precios máximos unitarios por cada uno de los servicios objeto del contrato los siguientes: ZONA DE BUZONEO Y REPARTO PUBLICACIÓN “SIETEDIAS” CASCO URBANO POLÍGONO INDUSTRIAL + URBANIZACIONES ORGANISMOS OFICIALES, EXPOSITORES Y COLEGIOS PEGADA CARTELES DEL TEATRO AUDITORIO PEGADA DE BANDOS MUNICIPALES MAILING CARTAS INFORMATIVAS

Precio (sin iva) 0,0419 €/unidad 0,0540 €/unidad 0,0300 €/unidad 5,2270 €/unidad 0,65 €/unidad 0,09 €/unidad

Los licitadores no podrán superar dichos precios unitarios en las ofertas que presenten, siendo motivo de rechazo de la proposición. 7.- PLAZO DURACCIÓN CONTRATO El plazo de ejecución será de DOS AÑOS contados desde el día siguiente a la firma del contrato administrativo, debiendo desarrollarse de forma ininterrumpida durante dicho periodo. 2/21

De mutuo acuerdo entre las partes el plazo podrá prorrogarse por periodos no superiores en su conjunto a DOS AÑOS, si las necesidades de la prestación del servicio que se oferta así lo aconsejan. 8.- VARIANTES Y/O MEJORAS. Deberá presentarse una oferta única no admitiéndose variantes. No obstante podrán presentarse mejoras de utilidad para el servicio Se consideran mejoras las que no tengan coste para el Patronato y variantes aquéllas que, en caso de ser aceptadas, incrementen el precio del contrato. 9.- SUGERENCIAS. Los ofertantes podrán sugerir cuantas modificaciones puedan concurrir a la mejor realización del contrato, sin menoscabo del mismo. Las sugerencias o modificaciones que presente cada ofertante podrá ser objeto de negociación con los demás. Todas las sugerencias que se negocien y acepten por ambas partes se incorporarán al contrato y formarán parte del mismo, quedando obligado el adjudicatario en lo que le corresponda.

10.- FORMA DE PAGO. El pago se efectuará mediante la presentación, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, de la correspondiente factura que se abonará previo informe del Departamento correspondiente, la fiscalización de la Intervención Municipal y una vez aprobada por el Órgano Municipal competente. El importe de las facturas se abonará en los plazos previstos en el articulo 216 del R.D. 3/2011, de 14 de noviembre en los términos de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

11.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Para el gasto que supone esta contratación existe consignación y financiación suficiente con cargo a la partida 186.3390.22799 por valor de 49.083,62.-€, del Presupuesto Ordinario del año 2013 El desglose por anualidades es el siguiente: Año 2013. .........( 49.083,62.-)Euros IVA incluido (para CUATRO meses) 3/21

Año 2014. .........(123.466,32.-)Euros IVA incluido Año 2015...........( 74.382,70.-)Euros IVA incluido, (para OCHO meses) Año 2015...........( 49.083,62.-)Euros IVA incluido, en caso de prórroga para CUATRO meses. Año 2016...........(123.466,32.-)Euros IVA incluido, en caso de prórroga Año 2017. .........( 74.382,70.-)Euros IVA incluido, en caso de prórroga para OCHO meses). Al estar previsto que este contrato se formalice en el presente ejercicio presupuestario y que la ejecución del mismo continúe en el año siguiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 TRLCSP podrá ultimarse incluso con la adjudicación y formalización del correspondiente contrato. A estos efectos podrán comprometerse créditos con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias de las distintas Administraciones públicas sujetas a esta Ley.

12.- CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATAR. Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que cumplan los requisitos de estar en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no hallarse comprendidas en ninguno de los casos de incompatibilidad o incapacidad establecidos en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y estén en posesión de la clasificación requerida. Para concurrir a esta licitación, los ofertantes deberán estar en posesión de la siguiente CLASIFICACIÓN: GRUPO R “SERVICIOS TRANSPORTES”, correspondencia y distribución. Categoría A

Subgrupo

9)

servicios

de

mensajería,

La Mesa de Contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre la documentación aportada o requerirle para la presentación de información complementaria.

13.- GARANTÍAS. PROVISIONAL: De conformidad con el Art. 103 del TRLCSP no se exige garantía provisional en el presente contrato. DEFINITIVA: El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el siguiente a la recepción del requerimiento que le efectúe el órgano de contratación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.2 del TRLCSP deberá depositar la garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación, excluido el IVA, en cualquiera de las formas señaladas en el artículo 96 del TRLCSP y en caso de constituirse mediante aval el mismo deberá efectuarse según el modelo recogido en el Anexo correspondiente, que figura al final del presente Pliego.

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Trámite de ingreso de garantía definitiva: -

El ingreso en efectivo se efectuará del siguiente modo: se solicitará del Departamento de Tesorería (4ª planta del edificio del Ayuntamiento) la emisión de la oportuna carta de pago para efectuar el ingreso en cualquier entidad bancaria colaboradora. La garantía definitiva debe entregarse en el Departamento de Tesorería del Patronato Sociocultural.

-

En caso de constituirse mediante aval, valores o mediante contrato de seguro de caución, deberá efectuarse su ingreso previo en la Tesorería del Patronato Sociocultural (4ª planta del edificio del Ayuntamiento) y habrán de ajustarse a los requisitos establecidos en los artículos 55 a 58 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Si la constitución de garantía es mediante aval, el mismo deberá efectuarse según el modelo recogido en el ANEXO correspondiente, que figura al final del presente Pliego.

14.-CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (1) La adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto, haga la oferta económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el párrafo siguiente. Los criterios para la adjudicación del contrato, que están directamente vinculados a la ejecución del mismo, se recogen relacionados por orden decreciente de importancia, con la ponderación que se indica: 14.1) CRITERIOS QUE REQUIEREN UN JUICIO DE VALOR: 14.1.1. Proyecto de realización del servicio, que contendrá la descripción de la prestación del servicio .......................................................... hasta 40 puntos según el siguiente desglose: • • • •

Características de la prestación. Modelo de distribución, Medios materiales. Vehículos, equipamiento, etc., Procesos de coordinación y seguimiento, Acreditación del conocimiento del callejero municipal de Alcobendas,

de 0 a 20 puntos. de 0 a 10 puntos. de 0 a 5 puntos.

de 0 a 5 puntos. (1) NOTA: Se utilizarán criterios de adjudicación, en lugar de negociación, para determinar la oferta más ventajosa.

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14.1.2. Compromiso y garantía de reparto y buzoneo en Urbanizaciones el viernes de cada semana mediante presentación de un plan de medios de ejecución, objeto de análisis y valoración por los Servicios Técnicos municipales ............................................................................................... 9 puntos, TOTAL PUNTUACIÓN DE CRITERIOS DE APLICACIÓN MEDIANTE JUICIO DE VALOR 49 PUNTOS

14.2) CRITERIOS QUE SE APLICARÁN MEDIANTE FÓRMULA. 14.2.1.- Oferta económica................................ .................................. hasta 31 puntos, La puntuación de las ofertas económicas se determinará de la siguiente manera: La oferta económica más baja y no considerada desproporcionada o temeraria por los supuestos previstos en el art. 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, sin perjuicio de la facultad del Órgano de Contratación de apreciar, no obstante, previos los informes adecuados y la audiencia y justificación de los licitadores, como susceptibles de cumplimiento adecuado de las mismas. 31 puntos La oferta económica igual al tipo de licitación

0 puntos

Resto de ofertas económicas recibirán la puntuación de manera proporcional respecto de la oferta más baja, . mediante la siguiente fórmula.

(Tipo Licitación-Oferta más baja) / 31 Puntos = Coeficiente Multiplicador (CM) Puntuación de la oferta= CM * (TL-Oferta a valorar) Se calculará la media aritmética de las ofertas y se considerarán desproporcionadas o temerarias las que se encuentren en los supuestos previstos en el art. 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, sin perjuicio de la facultad del Órgano de Contratación de apreciar, no obstante, previos los informes adecuados y la audiencia de los licitadores, como susceptibles de normal cumplimiento dichas proposiciones. 14.2.2.- Mejoras ofrecidas por la empresa que no supongan coste adicional y que sean extraordinarias a las condiciones exigidas. Sugerencias o aportaciones que mejoren el servicio que brinda el Ayuntamiento. Aportaciones que la empresa ofrezca al 6/21

Ayuntamiento de Alcobendas bajo el objetivo común de mejorar el servicio de distribución de la revistas, a saber................................hasta 10 puntos, • Ejecución de auditorías aleatorias y periódicas por terceros independientes del servicio de 0 a 5 puntos. • Finalización del plazo de entrega en la mañana de los viernes antes de las 14 horas sobre todo en áreas residenciales y urbanizaciones de 0 a 3 puntos. • Acciones concretas para no entregar o depositar folletos en porterías y unidades de seguridad en urbanizaciones de 0 a 2 puntos 14.2.3.- Renuncia de la revisión de precios. ................................ ... hasta 10 puntos, Por la renuncia total a la revisión correspondiente al segundo año y siguientes (en caso de prórroga) de contrato.

TOTAL PUNTUACIÓN DE CRITERIOS DE APLICACIÓN MEDIANTE FÓRMULA 51 PUNTOS TOTAL PUNTUACIÓN: 100 puntos En caso de empate entre varias empresas licitadoras tendrá preferencia la empresa que acredite un mayor porcentaje de discapacitados en plantilla, siempre que dicho porcentaje supere el 2 %. En defecto de la anterior preferencia, y en caso de empate, tendrá preferencia en la adjudicación la oferta presentada por empresa dedicada expresamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social. Las anteriores preferencias se aplicarán conforme lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la TRLCSP.

15.-. PLAZOS DE PRESENTACIÓN, PROPOSICIONES Y DOCUMENTOS. El expediente de este contrato, con las condiciones y demás elementos, podrá ser examinado, en la Oficina de Contratación del Patronato Sociocultural, desde las 9,00 a las 14,00 horas, de lunes a viernes, durante el plazo de presentación de ofertas. 1) INVITACIÓN PARA PRESENTAR OFERTAS. Se invitará al menos a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, concediendo el plazo de 10 días naturales, desde el siguiente a la recepción, para la presentación de oferta. 2) FORMA EN QUE DEBERÁN PRESENTARSE LAS OFERTAS

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Antes de las 14 horas del último día del plazo, los interesados podrán entregar las plicas en el Registro General del Ayuntamiento, Plaza Mayor s/n, 28100 Alcobendas o se enviarán por correo cumpliendo con los requisitos del art. 80 del R.D. 1098/2001 de 12 de octubre. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como del pliego de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna. Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura de las mismas. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras cuando así se establezca. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados y lacrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y con los siguientes datos: -

Nombre y apellidos o razón social de la empresa. CIF o NIF. Persona de contacto. Dirección Postal. Nº de Teléfono, Fax, Correo electrónico. En caso de presentarse bajo el compromiso de constituir una UTE, en el sobre figurarán los anteriores datos de todas las empresas que la formen.

En el interior de cada sobre se incluirá un índice o relación numérica detallando su contenido. Sobre 1.

Documentación Administrativa.

La documentación administrativa podrá aportarse por cualquiera de los siguientes modos, a elección del licitador: A).- Registro de licitadores. En caso de encontrarse inscrito el licitador en el Registro de licitadores de la Comunidad de Madrid, bastará con la presentación de original o fotocopia compulsada de la certificación correspondiente, vigente a la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a cuyo efecto se acompañará de declaración expresa de que los datos incluidos en la certificación se mantienen en vigor y de que no ha experimentado variación. 8/21

La aportación de esta certificación deberá ir acompañada de la documentación justificativa de la solvencia económica, financiera, profesional o técnica, según se requiera en el presente Pliego, así como de la dirección a efectos de notificaciones conforme el apartado B, e). B).- Aportación de la siguiente documentación: Deberán presentar originales o fotocopias debidamente compulsadas por Notario o por el Secretario del Consejo Rector o persona en quien delegue. a) Los documentos que acrediten la personalidad del ofertante y, en su caso, su representación (D.N.I., Escritura de Constitución, Elevación a Público de Acuerdos, Escritura de Poder, representación, etc..). Tratándose de personas jurídicas, el poder deberá estar inscrito en los Registros Oficiales necesarios según su naturaleza. La escritura de Poder deberá acompañarse de declaración expresa de que el poder no se encuentra revocado. Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad jurídica se acompañarán a la proposición bastanteados por el Secretario del Consejo Rector o persona en quien delegue, a cuyo efecto, deberán ser presentados previamente en la Oficina de Contratación del Patronato Sociocultural (4ª planta del edificio del Ayuntamiento), en atención al siguiente trámite: Podrá efectuarse en cualquier momento desde la apertura de la licitación hasta las 48 horas previas a la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, requiriéndose la aportación de escritura de constitución de Sociedad, escritura de poder, D.N.I. del apoderado e ingreso de la tasa correspondiente (según ordenanzas municipales) en las entidades bancarias colaboradoras del Patronato Sociocultural de Alcobendas. Este documento tendrá una validez de 6 meses. Las personas físicas no han de realizar este trámite. b) Acreditación de la clasificación o solvencia económica y técnica o profesional en los términos expuestos en la cláusula de “Criterios de selección y capacidad para contratar” del presente Pliego. En su caso, deberá acompañarse la clasificación de declaración expresa de que la misma se mantiene en vigor y que no ha experimentado variación. c) Declaración en la que el licitador afirma bajo su responsabilidad que no se halla comprendido en ninguno de los casos de prohibición para contratar con la Administración, a que se refieren los artículos 60 y concordantes de la TRLCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. 9/21

La declaración correspondiente a las obligaciones tributarias podrá sustituirse por la autorización que realice el adjudicatario para que, por el Patronato Sociocultural del Ayuntamiento de Alcobendas se acceda a los datos tributarios de su empresa, cumplimentando para ello el modelo que figura en el Anexo correspondiente del presente Pliego. d) Certificación relativa al cumplimiento de la obligación de tener empleados, durante la vigencia del contrato, a trabajadores minusválidos en un 2%, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y por tanto el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos. Esta certificación podrá sustituirse por una declaración de excepcionalidad y adopción de medidas alternativas, según lo dispuesto en el R.D. 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad. En el caso, de que la Sociedad licitadora no esté obligada al cumplimiento de tener en plantilla el 2% de trabajadores minusválidos por no superar los 50 trabajadores, se deberá aportar una declaración en la que conste tal circunstancia y que se comprometen a cumplir con la legislación vigente. e) Correo electrónico y domicilio a efectos de notificación: Todos los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico y/o domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser completada indicando un número de teléfono y fax. f)

Cualquier otro documento que, a criterio del licitador, ayude al Patronato Sociocultural a su mejor identificación y valoración de la oferta presentada.

g) En el caso de empresas extranjeras deberán aportar además: - Sus documentos constitutivos, traducidos al Castellano. - Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero Jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. - Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea acreditarán su capacidad de obrar mediante la aportación de los documentos previstos en los arts. 58 y 72.2 TRLCSP. La prueba, cuando se trate de empresas de estados miembros de la Unión Europea de no estar incursos los empresarios en las prohibiciones para contratar con la administración recogidas en el art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, podrá también realizarse por declaración responsable otorgada ante una autoridad judicial cuando esta posibilidad

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esté prevista en la legislación del Estado respectivo, conforme a lo dispuesto en el art. 73.2 del indicado texto legal. - Las empresas extranjeras no comunitarias acreditarán su capacidad de obrar mediante la aportación de los documentos previstos en el art. 72.3 de la TRLCSP. h) Declaración de no pertenecer a un grupo de empresas. -

Sobre 2.

Documentación Técnica:

En este sobre deberá introducirse exclusivamente la documentación necesaria para definir y valorar la propuesta presentada en los aspectos recogidos en la cláusula de criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor. A tal efecto, deberán presentar : En particular, los licitadores deberán presentar documentación acerca de : Proyecto de realización del servicio. Compromiso y garantía de reparto y buzoneo en Urbanizaciones el viernes de cada semana. Será motivo de rechazo de la oferta la inclusión en este sobre de cualquier dato que se refiera a los criterios de aplicación mediante fórmula, así como a la propuesta económica. La Propuesta técnica deberá venir asimismo firmada por el representante o apoderado legal de la empresa. -

Sobre 3.

Proposición Económica.

En este sobre deberá introducirse exclusivamente los criterios de ponderación mediante fórmula, así como toda la documentación relativa al resto de criterios objetivos, conforme al modelo de proposición económica incluido al final del presente pliego. 16.- REQUISITOS DE LAS OFERTAS. Las ofertas de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en los Pliegos y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas, así como del proyecto y del pliego de condiciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna. Las ofertas serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura de las mismas. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras cuando así se autorice.

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Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas laS propuestas por él suscritas.

17.- ADJUDICACIÓN. 1) Clasificación de las ofertas: El órgano de contratación previo informe técnico, aprobará la adjudicación de las proposiciones presentadas. El órgano de contratación requerirá al licitador elegido para que, dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 que le reclame el órgano de contratación, así como constituir la garantía definitiva. Igualmente el adjudicatario acreditará por escrito haber realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. Asimismo acreditará haber cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios, de acuerdo a lo establecido en el RD 171/2004, de 30 de Enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta. Se propondrá, previo informe técnico, nueva adjudicación. 2) Adjudicación: El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante. Dicha adjudicación deberá expresarse en los términos expuestos en el art. 151 de la TRLCSP.

3) Formalización del contrato. El contrato se perfeccionará con la formalización.

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La formalización se efectuará en los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores de conformidad con el art. 156 TRLCSP.

18.- REVISION DE PRECIOS La revisión de precios tendrá lugar en los términos establecidos en el Capítulo II del Título III del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El primer año de contrato queda excluido de revisión de precios, no obstante el contratista puede solicitar dicha revisión de precios a partir del año siguiente a su formalización, en el porcentaje correspondiente al IPC general de los doce meses anteriores a la adjudicación, que será como máximo del 50 por ciento de la variación experimentada por el índice adoptado.

19.- RESPONSABLE DEL CONTRATO. Se podrá designar a un responsable del contrato al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que se le atribuyan.

20.- SUBCONTRATACIÓN. El adjudicatario no podrá subcontratar mas de un 50% del contrato. En estos casos deberá de acreditar y cumplir las condiciones y requisitos establecidos en el art. 227 de la TRLCSP. Así mismo deberá de comunicar a la dirección del PSC los nombres de los trabajadores subcontratados a efectos de acreditación para transitar por las instalaciones

21.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN. No se establecen condiciones especiales de ejecución.

22.- OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Patronato Sociocultural del Ayuntamiento o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

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Asimismo deberá subsanar los defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios que le sean imputables, otorgándole al efecto el correspondiente plazo que no podrá exceder de dos meses, de conformidad con el artículo 310 de la TRLCSP.

23.- CONDICIONES GENERALES A NIVEL PREVENTIVO Para su labor en los centros de trabajo del Ayuntamiento de Alcobendas y de los Patronatos, la empresa o el trabajador autónomo, deberá cumplir con todo lo previsto en su Sector por la Reglamentación vigente de prevención de riesgos laborales estando en posesión de cuantas acreditaciones legales sean necesarias. Primordialmente, la empresa deberá cumplir lo relativo a: • Los principios de la acción preventiva (Art. 15 de la Ley 31/1995). • Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva. (Art. 16 de la Ley 31/95). • Equipos de trabajo y medios de protección (Art. 17 de la Ley 31/1995), recabando cuando sea preciso de los fabricantes, importadores o suministradores para los equipos y medios de protección que precisen adquirir lo establecido en el Art. 41 de la Ley 31/1995. • Información a los trabajadores (Art. 18 de la Ley 31/95). • Formación de los trabajadores (Art. 19 de la Ley 31/1995) • Vigilancia de la salud. (Art. 22 de la Ley 31/95). Asimismo deberá satisfacer lo que corresponda en cuanto al Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997 de 17 de enero y sus posteriores modificaciones Real Decreto 780/1998 y R.D. 604/2006). Todas las empresas deberán presentar declaración jurada como el modelo ANEXO IV del presente pliego para presentarse a la licitación. DOCUMENTACION REQUERIDA en caso de ser adjudicataria deberá entregar la siguiente documentación referente a la empresa: Toda la documentación se entregará siguiendo el orden redactado, en el plazo previsto en el art. 135.4 TRLCSP ( 1. Escrito haciendo constar la Modalidad de organización preventiva de la empresa y si se tiene contratos con servicios de prevención ajenos. 2. Copia de la Evaluación de Riesgos generales de los puestos de trabajo a desarrollar en el ámbito de este contrato de prestación de servicios con el Ayuntamiento y/o Patronato y las Medidas de Protección y Prevención de los mismos. 3. Copia de la Planificación de la actividad Preventiva respecto a los puestos de trabajo del ámbito de este contrato de prestación de servicios con el Ayuntamiento y/o Patronatos. 4. Certificado de que tienen contratada una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional. Indicar la dirección del centro asistencial más cercano al centro de trabajo y teléfono de citas y de urgencias. 5. En caso de subcontratación de empresas o trabajadores autónomos, el contratista es el responsable de recopilar de dicha empresa o trabajador autónomo toda la documentación

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descrita en este documento y entregarla posteriormente al Ayuntamiento de Alcobendas o Patronatos. Deberá entregar la siguiente documentación referente a los trabajadores: 6. Relación de trabajadores de la empresa, debiéndose incluir a toda persona de plantilla que en cualquier momento tenga que acceder a nuestros centros de trabajo (Personal Técnico, de oficios, etc.). Indicar apellidos y nombre, D.N.I. o N.I.E., número de afiliación a la Seguridad Social y Categoría Profesional. Indicar si hay trabajadores especialmente sensibles, discapacitados reconocidos y con parto reciente o maternidad. 7. Reconocimientos médicos específicos (protocolos)/(Aptitud), de los trabajadores que van a realizar la obra o servicio. Los datos relativos a la vigilancia de la salud se entregarán respetando la confidencialidad e intimidad del trabajador. 8. Certificados correspondientes de los trabajadores designados para ejecutar el trabajo, en Formación e Información sobre: a. Prevención de Riesgos Laborales. b. Riesgos específicos de su puesto de trabajo. 9. Recibí de entrega de Equipos de Protección Individual de cada trabajador. 10. Autorizaciones de Uso de Equipos de Trabajo realizadas a cada trabajador. Queda abierta la entrega de cualquier otra documentación adicional referente a la empresa, trabajador autónomo y/o trabajadores que a posteriori el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales estime necesaria para la adecuada coordinación de actividades empresariales (art.24 de la Ley 31/95 y Real Decreto.171/2004). Asimismo y en este ámbito se le entregarán instrucciones oportunas sobre todo en el ámbito de emergencias en los centros municipales para que den cumplimiento de las mismas. La verificación de la documentación necesaria a presentar por el contratista adjudicatario prevista en esta cláusula será objeto de informe emitido por el Dpto. de Prevención de Riesgos Laborales correspondiente en el plazo de TRES días desde su recepción.

24.- CASOS DE IMPOSICION DE SANCIONES AL CONTRATISTA, RESOLUCION Y DENUNCIA DEL CONTRATO. El contrato quedará sometido en estos aspectos a la TRLCSP, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público y legislación que la desarrolle, y específicamente: Las infracciones se clasificarán en el pliego técnico en: muy graves, graves y leves. Las sanciones aplicables por la comisión de las infracciones mas arriba recogidas consistirá en multa pecuniaria en el caso de las infracciones leves y graves en la siguiente cuantía: Sanciones leves: entre 0,10 y 0,13 euros por cada 1.000 de precio del contrato en el momento de cometerse la infracción. Sanciones graves: entre 0,14 y 0,17 euros por cada 1.000 de precio del contrato en el momento de cometerse la infracción. 15/21

Las infracciones que se tipifiquen como muy graves conllevarán sanción pecuniaria por importe de entre 0,18 y 0,20 euros por cada 1.000 de precio del contrato o bien la resolución del contrato en los términos recogidos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. La apertura de expediente sancionador no exime al contratista de su obligación de ejecutar el servicio conforme a los términos del contrato y de su oferta pudiendo ser requerido para el cumplimiento de esta obligación junto con la incoación del expediente sancionador o en expediente independiente. La apertura de expediente por cualquiera de las infracciones anteriores podrá suponer la adopción de medidas cautelares dirigidas a asegurar el cumplimiento del contrato en todos sus términos. En caso de que la adopción de estas medidas cautelares o el cumplimiento de órdenes de ejecución origine gastos para el Patronato el importe de los mismos se repercutirá al contratista detrayéndolo de la siguiente factura que se pase al cobro. La aplicación de penalizaciones no excluye la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho el Patronato, originados por la demora del contratista. Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, le será incautada la garantía y deberá además indemnizar al Patronato por los daños y perjuicios ocasionados. Será competente para la iniciación y resolución de los expedientes a que se refiere esta cláusula el órgano de contratación que lo fuera para aprobar el expediente y adjudicar el contrato. Los expedientes sancionadores se tramitarán y resolverán según lo dispuesto en el RD 1398/93 de 4 de agosto, Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora. Estas sanciones se podrán detraer del pago de las facturas pendientes.

25.- RIESGO Y VENTURA. El contrato se entiende a "riesgo y ventura" del contratista, sin que éste pueda solicitar alteración del precio e indemnización a causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados, si no se da causa de fuerza mayor.

26.- INTERPRETACIÓN. El Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo que se derive de este contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 TRLCSP, para la resolución de las incidencias surgidas durante la ejecución del contrato se estará a lo dispuesto en el art. 97 del Reglamento.

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27.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS. El contratista y el personal encargado de la realización de los trabajos guardarán secreto profesional sobre toda la información que recaben y documentos que generen, así como de los asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. El deber se mantendrá durante un plazo de cinco años. Asimismo el contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en concreto a lo referente al cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas y al deber de secreto profesional, asumiendo las responsabilidades que por su incumplimiento le incumban.

28.- JURISDICCIÓN COMPETENTE. El contrato que estas cláusulas regulan tiene naturaleza administrativa y, como tal, en caso de litigio, se resolvería por el Juzgado Contencioso-Administrativo en cuya jurisdicción esté comprendido el término municipal de Alcobendas.

29.- PÓLIZA SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL La empresa adjudicataria tendrá que contratar una póliza de seguro por valor de 300.000.-€ donde esté recogida la responsabilidad civil empresarial y la personal de sus trabajadores en relación el objeto del contrato definido en este Pliego de Condiciones y mantenerse en vigor durante la vigencia del mismo. La póliza se entregará en el momento de la formalización del contrato. 30.- LEGISLACIÓN APLICABLE. En lo no previsto en los Pliegos, será de aplicación lo dispuesto en: -

TRLCSP aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre. Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, Reglamento de desarrollo de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.

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-

Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. La vigente legislación y normativa en materia laboral, de seguros sociales, contratación de personal, seguridad e higiene en el trabajo, accesibilidad y construcción y lo que dispongan las leyes protectoras de la industria comunitaria.

31.- DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: -

El Pliego de Condiciones Técnicas. El documento en que se formalice el contrato. La oferta técnica y económica del adjudicatario.

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ANEXO I MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA D. ...................................................................................................................., con D.N.I. nº: ................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, actuando en nombre y representación de la empresa ........................................................................................, con C.I.F. nº: ........................................., según acredita debidamente, hace constar: 1.Que enterado del Pliego de Condiciones Económico Administrativas y Técnicas aprobado por el Patronato, que ha de regir el procedimiento abierto de la contratación de la servicios de REPARTO Y BUZONEO DE LA REVISTA MUNICIPAL “SIETEDIAS” Y OTRAS PUBLICACIONES MUNICIPALES, lo acepta íntegramente y presenta oferta ajustada a las condiciones señaladas en el mismo y solicita sea admitido al concurso convocado. 2.Que ofrece como precio para la ejecución de dichos servicios la cantidad total de …………………………………:, conforme a los siguientes precios unitarios: ZONA DE BUZONEO Y REPARTO PUBLICACIÓN “SIETEDIAS” CASCO URBANO POLÍGONO INDUSTRIAL + URBANIZACIONES ORGANISMOS OFICIALES, EXPOSITORES Y COLEGIOS PEGADA CARTELES DEL TEATRO AUDITORIO PEGADA DE BANDOS MUNICIPALES MAILING CARTAS INFORMATIVAS

Precio (sin iva) €/unidad €/unidad

3.-

Que ofrece las siguientes mejoras

4.-

(En su caso) Que renuncia a la revisión de precios

€/unidad €/unidad €/unidad €/unidad

5.Que se compromete a cumplir las prestaciones objeto del mencionado Pliego, así como al cumplimiento de la legislación vigente que resulte de aplicación directa o subsidiaria.

En _________________ a ________________________________ Firma y sello de la empresa

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ANEXO II MODELO DE AVAL La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)..........................................................., con N.I.F. ..................... y domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en .............................. la calle/plaza/avenida ................... C.P. ................... y en su nombre y representación .................................... (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento, AVALA A: (nombre y apellidos o razón social del avalado)......................................., N.I.F. ..................................., en virtud de lo dispuesto por : (artículos 83 y siguientes para constituir la garantía definitiva) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y artículo 55 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto de la garantía y obligación asumida por el garantizado), .............................................................................................., ante el Patronato Sociocultural del Ayuntamiento de Alcobendas por importe de (en letra).....................euros, (en cifra)............................euros. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Patronato Sociocultural del Ayuntamiento de Alcobendas, con sujeción a los términos previstos en la Ley de Contratos del Sector Público y Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La presente garantía estará en vigor hasta que el Patronato Sociocultural del Ayuntamiento de Alcobendas, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la citada Ley de Contratos y legislación complementaria. Fecha....................................... Razón social de la entidad....... Firma de apoderados............... VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGD O ABOGACÍA DEL ESTADO Provincia

Fecha

Número o Código

Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que habrá de regir el contrato, a adjudicar por el procedimiento................., para la realización del contrato.................. de...............................................

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ANEXO III AUTORIZACIÓN DE ACCESO A DATOS TRIBUTARIOS. D./D.ª ................................................................en calidad de1 .......................................................... Con DNI / NIF nº ....................................., en nombre propio o en representación de la empresa ........................................................., con C.I.F. nº ............................................................ autoriza al Patronato Sociocultural del Ayuntamiento de Alcobendas, a acceder a los datos tributarios de esta empresa de conformidad con la legislación vigente y resultando exonerado de la obligación de presentar el certificado de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias requerido en el Pliego de Condiciones de conformidad con el artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de 14 de noviembre. La presente autorización tendrá validez en cualquier expediente de contratación tramitado por el Patronato Sociocultural del Ayuntamiento de Alcobendas hasta tanto no sea revocada. SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA

Fdo.

(1) Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa.

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