Convenciones sobre el análisis sintáctico en griego. José María Rodríguez Araceli Striano Jesús de la Villa

1 Convenciones sobre el análisis sintáctico en griego José María Rodríguez Araceli Striano Jesús de la Villa Hace algunos años los coordinadores de COU de griego elaboraron estas normas para que sirvieran de guía voluntaria a la hora de realizar los análisis sintácticos con los estudiantes con vistas a las pruebas de acceso a la Universidad. Ha de quedar claro que en absoluto pretenden tener un carácter normativo ni uniformador. Lo único importante en las pruebas de acceso es que pueda comprobarse que el estudiante tiene una idea clara de la estructura de las frases. Para la elaboración de la presente propuesta se han seguido los siguientes criterios: a) Las convenciones afectan al análisis de un número reducido de aspectos, que, por su importancia, frecuencia o dificultad, precisan en mayor medida que otros, a nuestro juicio, de la adopción de acuerdos. b) Las convenciones que se proponen no responden a ninguna teoría de forma estricta y pretenden ser compatibles con la práctica de análisis que se viene realizando en el Bachillerato y el COU. Sin embargo, en todo momento se ha pretendido diferenciar absolutamente la función sintáctica de los elementos y su forma, que, en todo caso, sólo es marca de tal función. c) La terminología utilizada es sólo indicativa y puede ser sustituida cuando el profesor lo estime conveniente por otra que se considere más adecuada o familiar para los alumnos, siempre y cuando permita comprobar que el estudiante ha comprendido la estructura sintáctica cuyo análisis se le solicita. p.ej., es indiferente que se utilicen nociones como Objeto, Objeto Directo o Complemento Directo para referirse al acusativo régimen de verbos como poievw, oJravw, fevrw, etc. d) En algunos casos se han adjuntado algunos ejemplos sacados de los manuales más usuales para evitar dudas en el reconocimiento de las estructuras a las que se hace referencia. Convenciones propuestas: 1. Estructura de la oración. 1) En cada estructura oracional (frase independiente o principal, frase subordinada con verbo en forma personal o en infinitivo) se distinguirá y marcará el Sujeto, formado por el núcleo (nombre, pronombre, adjetivo precedido del artículo (adjetivo sustantivado) u oración subordinada) y los determinantes asociados atributivamente con tal núcleo (artículo, adjetivos, participios, oraciones subordinadas de relativo, nombres en genitivo u otros casos, sintagmas preposicionales, etc.). La estructura interna del Sujeto se analizará como un Sintagma nominal (ver más abajo) o como una oración, en caso de que se trate de una oración subordinada. 2) Se marcará como Predicado el elemento verbal de la frase, tanto si va en forma personal como si se trata de un infinitivo en una estructura de acusativo con infinitivo (AcI). En las frases denominadas tradicionalmente de Predicado Nominal con Cópula, conviene reservar, en todo caso, el término Cópula únicamente para las formas del verbo eijmiv, aunque también será correcto marcarlo como Predicado. 3) En las frases denominadas de Predicado Nominal Puro o sin cópula, recomendamos analizar el elemento no sujeto como Atributo (ver más abajo punto 5 de este apartado). 2 4) El o los elementos que constituyen el régimen del Predicado se marcarán en la medida de lo posible con su etiqueta funcional, no formal. Proponemos las siguientes convenciones: Complemento Directo (alternativamente: Objeto, Objeto Directo): formas nominales en acusativo, infinitivos no oracionales (tradicionalmente “concertados”) o frases subordinadas completivas (AcI o introducidas por conjunción, incluyendo las Interrogativas Indirectas). Complemento (Genitivo régimen) (alternativamente: Complemento en genitivo): formas nominales en genitivo que sean régimen de verbos como ajkouvein, metevcein, kathgorei``n, ejra``n, plhrou``n, ejsqivein, mevlei, kratei``n, etc. Algunos ejemplos son los de las frases siguientes: (1) oJ Ku``roı ajkouvsaı tou`` pavqouı ... (X. Cy. 5,4,32) (2) oJ a[nqrwpoı qeivaı metevsce moivraı (Pl. Prot. 322) (3) a{ ou|tovı mou kathgorei`` (Lys. 7,32) (4) to; ajnovmoion ajnomoivwn ejpiqumei`` kai; ejra``/ (Pl. Civ. 186 b) (5) nau``ı plhrou``n ajndrw``n (X. Hell. 6,1) (6) hJdevwı a]n kai; wjmw``n ejsqivein aujtw``n (X. Hell. 3,3,6) (7) tiv hJmi``n th``ı tw``n pollw``n dovxhı mevlei… (Pl. Crit. 44 c) (8) th``ı te qalavtthı ejkravtei kai; tw``n nhvswn (Pl. Menex. 239 e) Complemento Indirecto (alternativamente: Objeto Indirecto, Complemento en dativo): formas nominales en dativo que sean régimen de verbos como didovnai, bohqei``n, uJpakouvein, levgein, keleuvein, ajrevskein, prevpei, dokei``. Algunos ejemplos son los de las frases siguientes: (9) ta; de; a[lla dianei``mai toi``ı strathgoi``ı (X. An. 7,5,2) (10) Dwrih``ı te Dwrieu``si kata; to; xuggene;ı ... bohqhvsanteı (Th. 6,6,2) (11) pavnu tacuv soi uJpakouvsetai (X. Comm. 2,3,16) (12) tiv ou\n prevpei ajndri; pevnhti… (Pl. Ap. 36 d) - Complemento (Instrumento): formas no

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1 Convenciones sobre el análisis sintáctico en griego José María Rodríguez Araceli Striano Jesús de la Villa Hace algunos años los coordinadores de COU de griego elaboraron estas normas para que sirvieran de guía voluntaria a la hora de realizar los análisis sintácticos con los estudiantes con vistas a las pruebas de acceso a la Universidad. Ha de quedar claro que en absoluto pretenden tener un carácter normativo ni uniformador. Lo único importante en las pruebas de acceso es que pueda comprobarse que el estudiante tiene una idea clara de la estructura de las frases. Para la elaboración de la presente propuesta se han seguido los siguientes criterios: a) Las convenciones afectan al análisis de un número reducido de aspectos, que, por su importancia, frecuencia o dificultad, precisan en mayor medida que otros, a nuestro juicio, de la adopción de acuerdos. b) Las convenciones que se proponen no responden a ninguna teoría de forma estricta y pretenden ser compatibles con la práctica de análisis que se viene realizando en el Bachillerato y el COU. Sin embargo, en todo momento se ha pretendido diferenciar absolutamente la función sintáctica de los elementos y su forma, que, en todo caso, sólo es marca de tal función. c) La terminología utilizada es sólo indicativa y puede ser sustituida cuando el profesor lo estime conveniente por otra que se considere más adecuada o familiar para los alumnos, siempre y cuando permita comprobar que el estudiante ha comprendido la estructura sintáctica cuyo análisis se le solicita. p.ej., es indiferente que se utilicen nociones como Objeto, Objeto Directo o Complemento Directo para referirse al acusativo régimen de verbos como poievw, oJravw, fevrw, etc. d) En algunos casos se han adjuntado algunos ejemplos sacados de los manuales más usuales para evitar dudas en el reconocimiento de las estructuras a las que se hace referencia. Convenciones propuestas: 1. Estructura de la oración. 1) En cada estructura oracional (frase independiente o principal, frase subordinada con verbo en forma personal o en infinitivo) se distinguirá y marcará el Sujeto, formado por el núcleo (nombre, pronombre, adjetivo precedido del artículo (adjetivo sustantivado) u oración subordinada) y los determinantes asociados atributivamente con tal núcleo (artículo, adjetivos, participios, oraciones subordinadas de relativo, nombres en genitivo u otros casos, sintagmas preposicionales, etc.). La estructura interna del Sujeto se analizará como un Sintagma nominal (ver más abajo) o como una oración, en caso de que se trate de una oración subordinada. 2) Se marcará como Predicado el elemento verbal de la frase, tanto si va en forma personal como si se trata de un infinitivo en una estructura de acusativo con infinitivo (AcI). En las frases denominadas tradicionalmente de Predicado Nominal con Cópula, conviene reservar, en todo caso, el término Cópula únicamente para las formas del verbo eijmiv, aunque también será correcto marcarlo como Predicado. 3) En las frases denominadas de Predicado Nominal Puro o sin cópula, recomendamos analizar el elemento no sujeto como Atributo (ver más abajo punto 5 de este apartado).

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4) El o los elementos que constituyen el régimen del Predicado se marcarán en la medida de lo posible con su etiqueta funcional, no formal. Proponemos las siguientes convenciones: Complemento Directo (alternativamente: Objeto, Objeto Directo): formas nominales en acusativo, infinitivos no oracionales (tradicionalmente “concertados”) o frases subordinadas completivas (AcI o introducidas por conjunción, incluyendo las Interrogativas Indirectas). Complemento (Genitivo régimen) (alternativamente: Complemento en genitivo): formas nominales en genitivo que sean régimen de verbos como ajkouvein, metevcein, kathgorei``n, ejra``n, plhrou``n, ejsqivein, mevlei, kratei``n, etc. Algunos ejemplos son los de las frases siguientes: (1) oJ Ku``roı ajkouvsaı tou`` pavqouı ... (X. Cy. 5,4,32) (2) oJ a[nqrwpoı qeivaı metevsce moivraı (Pl. Prot. 322) (3) a{ ou|tovı mou kathgorei`` (Lys. 7,32) (4) to; ajnovmoion ajnomoivwn ejpiqumei`` kai; ejra``/ (Pl. Civ. 186 b) (5) nau``ı plhrou``n ajndrw``n (X. Hell. 6,1) (6) hJdevwı a]n kai; wjmw``n ejsqivein aujtw``n (X. Hell. 3,3,6) (7) tiv hJmi``n th``ı tw``n pollw``n dovxhı mevlei… (Pl. Crit. 44 c) (8) th``ı te qalavtthı ejkravtei kai; tw``n nhvswn (Pl. Menex. 239 e) Complemento Indirecto (alternativamente: Objeto Indirecto, Complemento en dativo): formas nominales en dativo que sean régimen de verbos como didovnai, bohqei``n, uJpakouvein, levgein, keleuvein, ajrevskein, prevpei, dokei``. Algunos ejemplos son los de las frases siguientes: (9) ta; de; a[lla dianei``mai toi``ı strathgoi``ı (X. An. 7,5,2) (10) Dwrih``ı te Dwrieu``si kata; to; xuggene;ı ... bohqhvsanteı (Th. 6,6,2) (11) pavnu tacuv soi uJpakouvsetai (X. Comm. 2,3,16) (12) tiv ou\n prevpei ajndri; pevnhti… (Pl. Ap. 36 d) - Complemento (Instrumento): formas nominales en dativo que sean régimen de verbos como crh``sqai: (13) crwvmata, oi|ı dh; oiJ gravfeiı katacrw``ntai (Pl. Phaed. 110 b) - El resto de los regímenes o semi-regímenes1 de carácter nominal es preferible etiquetarlos simplemente también como Complemento con la indicación entre paréntesis de su valor semántico (Dirección, Posición o Lugar en donde, Origen, etc.) 5) Los infinitivos deben analizarse, naturalmente, según la función que desempeñen (Sujeto, Objeto Directo). En el caso de los infinitivos que aparecen en construcciones personales dependiendo de verbos como dokw``, levgomai, faivnomai, etc. (p.ej. (14) y (15)) recomendamos analizarlo simplemente como Complemento (infinitivo); alternativamente, parece oportuno admitir también la denominación “Infinitivo concertado complemento” (14) leluvsqai moi dokei`` kai; hJ ejkeivnwn u{briı ... (X. An. 3,1,21) (15) patro;ı me;n dh; oJ Ku``roı levgetai genevsqai Kambuvsou (X. Cy. 5,5,8) 6) El resto de los constituyentes de la frase dependientes del predicado y particularmente los 1 A veces es difícil saber si un elemento es régimen de un predicado o no; p.ej., las expresiones de dirección con verbos como fevrw o las de lugar en donde con verbos como tivqhmi y i{sthmi (transitivo) para indicar el lugar donde se coloca algo. En estos casos parece oportuno admitir un análisis que clasifique estos elementos como complementos del predicado o como complementos circunstanciales.

3 llamados tradicionalmente Complementos Circunstanciales podrán recibir esta denominación acompañada de una especificación semántica (Complemento Circunstancial de Modo, de Lugar en donde, de Causa, de Tiempo, etc.) o exclusivamente la etiqueta semántica de su función: Modo, Tiempo, Causa, Lugar en donde, Lugar de donde, Lugar por donde, etc. Para las oraciones subordinadas se recomienda seguir las indicaciones recogidas en § 2. 7) Los constituyentes de la frase que conciertan con otro elemento de ella y, en concreto, los adjetivos, participios y oraciones subordinadas de relativo en función predicativa, como los ejemplificados en las frases (16) - (19), se recomienda que se analicen con la etiqueta de Predicativo; eventualmente, si se desea y se ve muy claramente cuál es el valor que aportan, puede acompañarse la etiqueta semántica de su valor; p.ej., en (16) Predicativo-Tiempo, en (17) Predicativo-Lugar. Alternativamente a la etiqueta de Predicativo se podrá utilizar la de Atributo, aunque es preferible reservar esta denominación, en todo caso y únicamente para mantener la terminología tradicional, para el Predicativo que se usa con la cópula o verbo copulativo (eijmiv). (16) eu|don pannuvcioı kai; ejp∆ hjw` kai; mevson h|mar (Od. 7,288) (17) pou`` kurei`` ejktovpioı suqeivı… (S.O.C. 119) (18) h[kousan aujtou`` fwnhvsantoı (X. Symp. 3,13) (19) oJrw`` tou;ı pai``daı trevcontaı Aunque no nos parece totalmente aconsejable, puede admitirse para clasificar construcciones como las de (18) y (19) la denominación tradicional de “construcciones completivas de participio”. 2. Oraciones subordinadas (OS). 1) El criterio general para las estructuras oracionales subordinadas es diferenciar claramente su forma de su función. Se etiquetarán siempre por su función y, si se desea, además, por su tipo formal. 2) Se recomienda marcar las subordinadas Completivas como Sujeto, Objeto Directo (o etiquetas alternativas) o Atributo. Naturalmente, son aceptables también denominaciones como Oración Subordinada Completiva en función Sujeto ..., o Completiva en función Sujeto ..., Infinitivo no concertado en función Sujeto ..., etc. 3) Las frases (introducidas por conjunción o con verbo en infinitivo) denominadas a veces Completivas explicativas (20) admiten varios análisis. Sugerimos bien mantener la denominación tradicional, pero indicando cuál es el elemento que explican, bien consideralas una forma de aposición y asociarlas, por tanto, con el elemento que explican (ver § 3 infra). (20) ou[toi e[gwge oujde; tou``to pwvpote ejpeivsqhn, wJı hJ yuxhv, e{wı me;n a]n ejn qnhtw/`swvmati h/\, zh/`... (X. Cy. 8,7,19) 4) En las construcciones llamadas “Participio completivo” (ver supra (19)), sugerimos analizar por separado el elemento nominal y el participio, clasificando el primero según su función con respecto al verbo principal (Objeto Directo, Genitivo Régimen, etc.) y el participio como un Predicativo concertando con él (cf. supra 1.7). No obstante, parece oportuno seguir aceptando el análisis y la denominación tradicional. 5) Las oraciones subordinadas denominadas Adjetivas o de relativo conviene clasificarlas igualmente según su función como Sujeto ((21) y (22)), Objeto Directo ((23) y (24)), Atributo (25) o, si están usadas atributivamente, como los adjetivos dentro del sintagma nominal (26). Si se desea, se podrán utilizar denominaciones como Oración Subordinada de

4 Relativo en función Sujeto ..., Relativa en función Sujeto ..., etc. (21) oujk e[sq j o{ı tiı qanaton fuvgh/ (F 103) (22) o}n oiJ qeoi; filou``sin ajpoqnh/vskei nevoı (23) oujk oi\da a} ei\pen (24) stugw`` me;n h{ me e[tikten (Eur. Alc. 338) (25) tou``to me;n pisteuvw, e{wsper a]n h/\ı o}ı ei\ (Pl. Phaedr. 243 e) (26) o{tan toiau``ta levgh/ı, a} oujdei;ı a]n fhvseien ajnqrwvpwn (Pl. Gorg. 473) 6) Para las oraciones subordinadas denominadas tradicionalmente Adverbiales o Circunstanciales”, en la medida en que no está suficientemente clara siempre su función, recomendamos utilizar con preferencia la terminología tradicional: (Oraciones Subordinadas Circunstanciales), de Lugar, Temporales, Causales, Condicionales, Concesivas, Consecutivas, Finales, Modal-Comparativas. 7) Las construcciones de participio absoluto se clasificarán preferentemente con las denominaciones tradicionales: Acusativo absoluto, Genitivo Absoluto, a las que se podrá añadir, si está suficientemente claro, el valor funcional que poseen: Genitivo Absoluto con valor Temporal (o con función Tiempo) (27), Causal (28), Concesivo (29), Condicional (30), etc. (27) uJpofaivnontoı tou`` h\roı jAghsivlaoı klinopeth;ı h\n (X. Hell. 4,58) (28) ta; plhrwvmata dia; tovde ejfqavrh te hJmi``n kai; e[ti nu``n fqeivretai, tw``n nautw``n ... uJpo; tw``n iJppevwn ajpollumevnwn (Th. 7,13) (29) levgousi ... Pevlopa prw``ton ... th;n ejpwnumivan th`ı cwvraı e[phlun o[nta o{mwı scei``n (Th. 1,9,2) (30) qew``n qelovntwn ... Si se realiza el análisis interno de las construcciones participiales absolutas, sugerimos utilizar una terminología poco comprometida para clasificar sus dos elementos: puede denominarse Constituyente verbal al participio y Constituyente nominal al elemento nominal en genitivo. No obstante, aunque quizá no responda exactamente a la naturaleza de los hechos, parece oportuno aceptar también las denominaciones más tradicionales de Verbo o Predicado verbal y Sujeto, respectivamente, para aquellos elementos. Este análisis debe extenderse, naturalmente, a los casos en que el elemento nominal de la construcción sea un infinitivo (31). (31) pareo;n aujtw/` basileva genevsqai (Hdt. 1,129) Otros elementos que dependan del participio recibirán naturalmente, el análisis que les corresponda como Objeto directo, Complemento circunstancial, etc. 3. La estructura interna del sintagma nominal (SN). 1) En el SN habrá que reconocer, cuando sea posible, el Núcleo; habitualmente un sustantivo, pronombre o adjetivo precedido de artículo (tradicionalmente llamado Adjetivo sustantivado). 2) Cuando el SN esté compuesto por más de un elemento que pueda ser núcleo, como en (32), puede indicarse así en una nota o realizar una clasificación formal: Deíctico + Sustantivo. (32) ajnh;r o{de 3) El artículo puede analizarse como Determinante (alternativamente: Auxiliar). 4) Por motivos funcionales y de simplicidad recomendamos unificar la denominación de

5 todos los otros elementos que forman parte del SN y no constituyen el núcleo. Para todos estos elementos sugerimos la utilización del término “adyacente” o “modificador” con indicación posterior de su tipo, según la lista siguiente: Adyacente (o Modificador): adjetivos de cualquier tipo concertando con el núcleo de la frase. En la medida en que no se han establecido criterios claros y objetivos de subclasificación interna se evitarán las etiquetas del tipo Calificativo o Determinativo. Adyacente Complemento del nombre: genitivo adnominal. No parece necesario diferenciar subtipos de genitivo, tales como “de autor”, “de materia”, “subjetivo”, “objetivo”, etc. Adyacente relativo: oración subordinada de relativo en función de adjetivo atributivo. Adyacente aposición: la tradicional aposición nominal. Adyacente completivo: puede servir como denominación alternativa para las llamadas “completivas explicativas” (ver supra § 2.3). Adyacente de Posición, Dirección, Tiempo, etc., para los elementos subrayados respectivamente en sintagmas como oiJ ejn ajgora//` a[nqrwpoi, hJ eijı th;n povlin oJdovı, oJ nu``n strathgovı, etc. Para evitar la multiplicación de etiquetas sugerimos denominar el resto de los posibles adyacentes sólo con este nombre (o, si se prefiere, Modificador). Este será el caso, por ejemplo, de los usos del adverbio-preposición plhvn seguidos del genitivo (33) o del caso o sintagma preposicional que corresponde a la función del nombre, pronombre o adverbio al que vaya unido (34) pueden analizarse como determinantes del nombre al que van referidos. (33) kai; ou[te e[cqra ejmoi; kai; ejkeivnw/ oujdemiva h\n plh;n tauvthı (Lys. 1,4) (34) oude; eJwrakw;ı h\ to;n a[nqrwpon pwvpote plh;n ejn ejkeivnh// nuktiv (Lys. 1,45) 4. Otras estructuras y elementos. 1) No parece imprescindible llevar el análisis hasta el nivel de las partículas. Sin embargo, si se desea proceder a un análisis completo de la secuencia sintáctica puede diferenciarse entre Partículas conectivas (gavr, ou\n, mevn, dev, o{mwı, mevntoi), y partículas adverbiales (ge, i[swı, dhv, mhvn, dh``ta), según la conocida clasificación de Denniston (The Greek Particles, Oxford, 1934). 2) El vocativo, como elemento fuera de la estructura de la frase, puede analizarse simplemente marcando el nombre del caso. 3) El Segundo término de la comparación (genitivo o h[ + el mismo caso que el primer término), en la medida en que es una estructura especial, sincrónicamente fijada y aparte del resto de las construcciones, puede seguir recibiendo la denominación tradicional. De la misma forma, puede mantenerse la denominación de Partitivo (alternativamente: Genitivo partitivo) al que depende de una forma adjetival o adverbial en grado superlativo.

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