DEFINICIÓN SEGÚN LA LEY

LEY 850 DE 2003 VEEDURÍAS CIUDADANAS VEEDURÍAS CIUDADANAS “LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS SON TODAS LAS FORMAS A TRAVÉS DE LA CUAL LA CIUDADANÍA VE, OBS

2 downloads 18 Views 301KB Size

Recommend Stories


La ley de Moisés. la ley de Cristo
La ley de Moisés y la ley de Cristo La ley de Moisés y la ley de Cristo En la Biblia encontramos dos leyes (mejor conocidas como testamentos). Sus

Ley Ley
PARALLAX PUESTO DE BOLSA, S.A. Inversiones Al 31 de diciembre del 2009 Anexo 1: Nota 6 Al 31/12/09 Inversiones Portafolio TVD "PIC" - Gobierno Cen

LA LEY DE LA ALIMENTACIÓN
LA CLAVE PARA IGNORAR LA VERDAD ESTÁ EN EVITAR CONOCERLA Andrés Menjívar LA LEY DE LA ALIMENTACIÓN Un tema bíblico desconocido por millones de cristi

Story Transcript

LEY 850 DE 2003

VEEDURÍAS CIUDADANAS

VEEDURÍAS CIUDADANAS

“LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS SON TODAS LAS FORMAS A TRAVÉS DE LA CUAL LA CIUDADANÍA VE, OBSERVA Y EVALÚA LAS ACTUACIONES DE SUS REPRESENTANTES, PARA VERIFICAR SI ELLAS SE AJUSTAN A LOS OBJETIVOS DE BENEFICIO SOCIAL”

DEFINICIÓN SEGÚN LA LEY

Es el mecanismo democrático de representación que le permite

a

los

ciudadanos

o

a

las

diferentes

organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión

pública,

administrativas,

respetando políticas,

a

las

autoridades

judiciales,

electorales,

legislativas y órganos de control… Art. 1 Ley 850/2003

OBJETIVO Fortalecer los procesos de participación ciudadana y comunitaria en la toma de decisiones, en la gestión de los asuntos que LE ATAÑEN y en el seguimiento y control de los proyectos de control control.. Promocionar el liderazgo participación ciudadana ciudadana..

y

Democratizar la administración pública pública..

Apoyar labores de la personería municipal en la promoción y fortalecimiento de los procesos de participación ciudadana y comunitaria.. comunitaria

Propender pOR el cumplimiento de los principios constitucionales que rigen la función pÚblica pÚblica.. Entablar una relación constante entre los particulares y la administración administración.. Velar por los intereses de las comunidades como beneficiarios de la acción pÚblica pÚblica.. Fortalecer los mecanismos de control contra corrupción en la gestión pública y la contratación estatal estatal..

PRINCIPIOS transparencia

responsabilidad legalidad objetividad

Autonomía

FUNCIONES Vigilar los procesos de planEación, para que se dé participación a la comunidad comunidad..

Vigilar que en la asignación de los presupuestos se provea prioritariamente la solución de necesidades básicas insatisfechas, según la celeridad, equidad y eficacia eficacia.. Vigilar que el proceso de contratación, se realice de acuerdo con los criterios legales.. legales

Vigilar y fiscalizar la ejecución y calidad técnica de las obras, programas e inversiones del respectivo nivel territorial.. territorial Recibir los informes, observaciones y sugerencias que presenten los ciudadanos y organizaciones en relación con las obras o programas que son objeto de veeduría veeduría.. Solicitar a interventores, supervisores, contratistas, ejecutores, autoridades contratantes y demás autoridades concernientes, los informes, presupuestos, fichas técnicas y demás documentos que permitan conocer el cumplimiento de los respectivos programas contratos o proyectos.. proyectos

NOTA: EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, A

LAS VEEDURÍAS LES ESTA PROHIBIDO, RETRASAR, IMPEDIR O SUSPENDER LOS PROGRAMAS, PROYECTOS O CONTRATOS OBJETO DE VIGILANCIA, SIN EL CONCURSO DE AUTORIDAD

COMPETENTE.

OTRAS FUNCIONES Además de las anteriores FUNCIONES, las veedurías pueden: Intervenir en audiencias públicas en los casos y términos de la ley ley..

Denunciar ante las autoridades competentes las actuaciones, hechos u omisiones de los servidores públicos y de los particulares que ejerzan funciones públicas.. públicas Utilizar los demás recursos, procedimientos e instrumentos que leyes especiales consagren para tal efecto efecto.. Solicitar a la Contraloría General de la Republica, mediante oficio oficio.. El control excepcional establecido en el artículo 26 literal b, ley 142 de 1993 1993..

DEBERES DE LAS VEEDURÍAS Recibir informes, observaciones y sugerencias que presenten los particulares, las comunidades organizadas, las organizaciones civiles y autoridades, en relación con las obras, programas y actividades objetos de veeduría veeduría.. Comunicar a la ciudadanía, a través de informes presentados en asambleas generales o reuniones similares de los habitantes, los avances en los procesos de control y vigilancia que estén realizando realizando..

Definir su propio reglamento de funcionamiento y los mecanismos de regulación del comportamiento de sus miembros miembros.. Acatar el régimen de prohibiciones e impedimentos señalados por la ley ley.. Inscribirse en el registro de las personerías municipales y distritales o cámaras de comercio comercio.. Realizar audiencias públicas para rendir informes de control preventivo y posterior, ejercido por la veeduría y solicitar información a las entidades oficiales o privadas que ejecuten recursos del Estado o presten un servicio público público..

QUE PUEDEN Y DEBEN HACER LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS …” Garantizar la prevalencia de los intereses de la comunidad”… Las veedurías pueden hacer uso de todos los derechos y acciones públicas que la Constitución y la Ley les reconocen a los ciudadanos (Art (Art.. 17 17)) para el caso, interesan principalmente:: principalmente

Derecho de petición Acciones de Nulidad e inconstitucionalidad Acciones que protegen los derechos fundamentales como: Tutela Acción de cumplimiento Acciones populares y de grupo. Además, las personas que hacen parte de la veeduría podrán solicitar la realización de audiencias públicas y participar en ellas.

PERSONAS QUE PUEDEN CONSTITUIR VEEDURÍAS CIUDADANAS Pueden constituirlo: Ciudadanos en forma plural o a través de organizaciones civiles tales como: Organizaciones comunitarias Profesionales Juveniles Sindicales Benéficas o de utilidad común No gubernamentales Sin animo de lucro Y con arreglo a la ley

PERSONAS QUE NO PUEDEN CONSTITUIR VEEDURÍAS CIUDADANAS Tienen impedimento para ser veedores ciudadanos, quienes se encuentren inmersos en una de las siguientes causales causales:: Ser contratista, interventores, proveedores o trabajadores adscritos a la obra, contrato o programa objeto de veeduría o tengan algún interés patrimonial directo o indirecto en la ejecución de las mismas mismas.. Tampoco podrán ser veedores quienes hayan laborado dentro del año anterior en la obra, contrato o programa objeto de veeduría veeduría..

Quienes estén vinculados por matrimonio, unión permanente o parentesco dentro del 4º grado de consanguinidad, 2º de afinidad o único civil con el contratista, interventor, proveedor o trabajadores adscritos a la obra, contrato o programa programa.. Cuando sean trabajadores o funcionarios públicos municipales, departamentales o nacionales, cuyas funciones estén relacionadas con la obra, contrato o programa sobre el cual se ejerce la veeduría.. veeduría Quienes tengan vínculos contractuales o extracontractuales, participen en ONG, que sean objetos de veeduría veeduría..

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.