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Diirección Generral de la Produc cción Agrícola y Ganadera
Consejeríaa de Agriccultura y P C Pesca
PRODUCCIÓN BOVINA DE APTITUD CÁRNICA. Á III.
Departamento de Desarrollo Ganadero SERVICIO DE PRODUCCION GANADERA
Diferenciación y protección del producto en el mercado
Diferenciación y protección del producto en el mercado Uno de los instrumentos para la conservación de las razas autóctonas, es la comercialización adecuada de sus productos productos. Lo que la FAO denomina la conservación mediante la utilización. Para la P l conservación ió de d las l razas mediante di t la l utilización, tili ió disponemos de tres instrumentos:
Etiquetado facultativo Denominaciones geográficas protegidas (DOP e IGP) Ganadería ecológica
Ganadería ecológica • Evitar perjuicios al medio ambiente • Vinculación estrecha con el medio • Alimentación con productos vegetales ecológicos, ecológicos preferentemente en pastoreo • Requisitos estrictos bienestar animal • Limitación Li it ió de d los l tratamientos t t i t veterinarios t i i • Se limita a “recomendar” el uso de razas autóctonas. • (“ Debe darse preferencia a las razas y estirpes autóctonas”) ) • En la práctica, por tanto, se admite cualquier raza.
Ganadería ecológica • Evitar perjuicios al medio ambiente • Vinculación estrecha con el medio • Alimentación con productos vegetales ecológicos, ecológicos preferentemente en pastoreo • Requisitos estrictos bienestar animal • Limitación Li it ió de d los l tratamientos t t i t veterinarios t i i • Se limita a “recomendar” el uso de razas autóctonas. • (“ Debe darse preferencia a las razas y estirpes autóctonas”) ) • En la práctica, por tanto, se admite cualquier raza.
Denominaciones geográficas: DOPs e IGPs El objetivo de las DDGG es que aquellos productos cuyas características están ligadas al medio natural y a los métodos de producción y transformación tradicionales del área geográfica de origen: q un reconocimiento especial. p • Adquieran • Estén protegidos frente a fraudes y falsificaciones. Los dos tipos son: - Denominación de origen protegida (DOP) - Indicación Geográfica protegida (IGP)
El concepto de DG está estrechamente ligado al concepto de raza autóctona y por ello las DDGG constituyen, junto con la ganadería ecológica, el principal instrumento para proteger los productos de nuestras razas.
Denominaciones geográficas: DOPs e IGPs Desde el punto de vista racial y de los sistemas de producción tradicionales se evidencia la existencia de un factor limitante como es la falta de rigor que podría existir en cuanto a: - Las L razas autorizadas t i d en los l pliegos li - Los sistemas de producción autorizados
Denominaciones geográficas: DOPs e IGPs DOP: nombre geográfico que sirve para designar un producto originario de dicha región o lugar geográfico y cuya calidad o características se deban fundamental o exclusivamente al medio geográfico con sus factores naturales y humanos y cuya producción, d ió transformación t f ió y elaboración l b ió se realicen li en la zona geográfica delimitada”. IGP: nombre geográfico que sirve para designar un producto originario de dicha región o lugar geográfico g g yq que p posea una cualidad determinada,, una reputación u otra característica que pueda atribuirse a dicho origen geográfico y cuya producción y/o transformación y/o elaboración se realicen en la zona geográfica delimitada”.
Diferencias entre DOP e IGP Forma Fo ma e intensidad del vínculo ínc lo entre ent e el producto p od cto y la zona geográfica. Área de producción, Á ó transformación ó y elaboración ó del producto. Vínculo: - En el caso de las DOPs se exige que las características del producto se deban fundamental o exclusivamente al medio geográfico con sus factores naturales y humanos. - En el caso de las IGPs el producto debe poseer una cualidad determinada, una reputación u otra característica que pueda atribuirse a dicho origen geográfico.
Diferencias entre DOP e IGP Vínculo: Vínc lo - En el caso de las DOPs se exige que las características del producto se deban fundamental o exclusivamente al medio geográfico á con sus factores naturales y humanos. - En el caso de las IGPs el producto debe poseer una cualidad determinada, una reputación u otra característica que pueda atribuirse a dicho origen geográfico. geográfico Área de producción, transformación y elaboración: - DOP: Las tres fases (producción, (producción transformación y elaboración) deben realizarse en la zona geográfica. - IGP: es suficiente con que una de las fases haya tenido lugar en la zona delimitada.
Elementos fundamentales de las denominaciones geográficas
ZONA GEOGRÁFICA: GEOGRÁFICA factores f que contribuyen ib a dar d tipicidad al producto: factores ac o es naturales: a u a es suelo, sue o, o orografía, og a a, c clima, a, flora,.. factores humanos: sistemas tradicionales de manejo y alimentación. alimentación
ESPECIFICIDAD DEL PRODUCTO: Características específicas del producto que lo distinguen de otros productos del mismo tipo.
Descripción del VÍNCULO PRODUCTO-TERRITORIO
ZONA GEOGRÁFICA Definir y delimitar la zona geográfica, geográfica supone la descripción de los factores que contribuyen a dar propiedades específicas (tipicidad) al producto:
factores naturales: suelo, orografía, clima, flora, animales domésticos, etc.
factores humanos: métodos tradicionales de producción,, sistemas de manejo p j y alimentación adaptados al medio físico, técnicas de transformación, construcciones típicas, etc.
Conjuntamente estos factores naturales y humanos de la zona geográfica, son los que van a determinar la diferenciación del producto.
ESPECIFICIDAD Se requiere S i d describir ibi las l características t í ti específicas ífi del producto, es decir, aquellas propiedades que permiten diferenciarlo de otros productos de la misma naturaleza y que, eventualmente, le han conferido la notoriedad o reputación. En el caso de la carne esto es muy difícil debido a que existe una gran variabilidad, incluso dentro de la misma raza y del mismo sistema de manejoalimentación:
Gran variabilidad genética. Influencia de un g gran número de factores sobre las características í del producto. Grandes diferencias entre piezas de una misma canal. Producto poco transformado f (compárese á con vino o queso).
Ví Vínculo l Producto P d t - Territorio T it i
Ví Vínculo l Producto P d t - Territorio T it i Relación entre ent e los factores facto es naturales nat ales y humanos h manos de la zona geográfica con la especificidad (tipicidad) del producto. Establecer un vínculo entre un producto y su origen geográfico, g g significa g acreditar q que las características específicas del producto son debidas a ese origen geográfico. Se trata de describir los sistemas de producción y explicar como los factores naturales y/o humanos determinan las características específicas del producto, producto es decir, su tipicidad.
I t Intensidad id d del d l Vínculo Ví l En el caso de las DOPs debe existir e isti un n vínculo ínc lo objetivo objeti o y muy estrecho entre las características del producto y la región cuyo nombre llevan (“las características han de deberse fundamental o exclusivamente al medio geográfico”). En el caso de las IGPs también debe existir un vínculo entre el producto y el origen geográfico que le da nombre. El vínculo puede establecerse a través de una cualidad o característica determinada, aunque es suficiente que la denominación del producto tenga una determinada reputación, siempre que ésta se deba al origen geográfico.
I t Intensidad id d del d l Vínculo Ví l En las IGPs de carne ca ne de vacuno, ac no como en todas las DDGG, debe existir (y probarse que existe) un vínculo entre las características de la carne protegida y el origen geográfico. á Forma p parte de la esencia misma de las denominaciones, el hecho de que sólo puedan emplearse sistemas de producción ligados estrechamente a los factores naturales y/o humanos de la zona geográfica. En ningún caso es admisible que productos obtenidos mediante sistemas que pueden emplearse en cualquier territorio, vayan a ser amparados por un denominación geográfica. geográfica
I t Intensidad id d del d l Vínculo Ví l En el caso de los p productos od ctos vegetales, egetales la relación elación plantaplanta medio-hombre es muy estrecha y el vínculo productoterritorio es normalmente más directo y evidente. En el caso de los productos muy transformados, el método tradicional empleado p influye y clara y notoriamente sobre las características finales del producto. En el caso concreto de la carne fresca, la relación entre las características específicas del producto y su origen geográfico, sólo es posible a través de dos elementos fundamentales y estrechamente ligados entre sí: La raza o razas autóctonas propias de territorio cuyo y nombre se quiere proteger y adaptadas a ese medio y los sistemas de manejo y alimentación tradicionales de la zona, zona condicionados por el medio natural específico.
I t Intensidad id d del d l Vínculo Ví l La raza a aa autóctona tóctona de la zona ona geográfica geog áfica delimitada, delimitada puede p ede no ser condición suficiente para establecer una DOP/IGP, puesto que es imprescindible la definición de un determinado sistema de producción. ó Ahora bien, la exigencia g de q que la carne p proceda de animales de la raza autóctona de la zona geográfica considerada, sí es una condición necesaria en la definición de una DOP/IGP, puesto que es imprescindible para establecer el vínculo entre la tipicidad del producto y el origen geográfico. En ningún caso deberían admitirse en las DOP/IGP razas desvinculadas históricamente del territorio y que, por tanto ni están realmente adaptadas al medio de la zona, tanto, zona ni han podido contribuir realmente a la reputación del producto.
I t Intensidad id d del d l Vínculo Ví l En cuanto al sistema de manejo y alimentación, por la propia definición de DOP/IGP, deben excluirse expresamente sistemas no tradicionales y, especialmente, las producciones industriales sin tierra.
Ví Vínculo l Raza R - Territorio T it i Las razas a as son el ffruto to de la selección de los animales mejor adaptados al medio de un territorio determinado. Por tanto, los conceptos de Raza y Territorio, son dos conceptos estrechamente relacionados. De hecho, muchos de los nombres de las razas coinciden con el nombre del territorio del que proceden. Precisamente a través de esta interacción territorio territorio-raza, raza, se han conseguido la gran variedad de productos tradicionales que tratan de proteger las denominaciones geográficas oficiales. oficiales
E España ñ DOP/IGP / Carne de Vacuno ESPAÑA IGP Carne de Ávila IGP Ternera Asturiana IGP Carne Morucha de Salamanca IGP Ternera Gallega IGP Carne de la Sierra del Guadarrama IGP Carne de Cantabria IGP Ternera de Navarra IGP Ternera de los Pirineos Catalanes IGP Ternera de Extremadura IGP Carne del País Vasco
Raza Avileña-Negra Ibérica. Raza Asturiana de los Valles, Asturiana de la Montaña y los cruces entre sí. Raza Morucha. Razas Rubia Gallega, Morenas del Noroeste, los cruces entre sí y los cruces en primera generación de machos de las razas citadas con hembras Frisona y Pardo Alpina. Razas Avileña-Negra Ibérica, Limousine, Charolais, y sus cruces. Razas del tronco Cántabro (Tudanca, Monchina, Asturiana), Pardo Alpina integrada por absorción, y la Limusina y sus cruces. Ganado procedente de vacas nodrizas. Raza Bruna de los Pirineos y las razas Charolais y Limousine, y sus cruces. Razas Retinta, Avileña-Negra g Ibérica, Morucha, Blanca Cacereña y Berrendas y los cruces entre las razas españolas y las razas autóctonas mencionadas. Razas de aptitud cárnica y sus cruces.
P t Portugal l DOP/IGP Carne de Vacuno PORTUGAL DOP Carne Mirandesa
Raza Mirandesa
CDOP carne Maronesa
Raza Maronesa
IGP Vitela de Lafoes
Raza Arouquesa, Mirandesa o sus cruzamientos
DOP Carne Marinhoa
Raza Marinhoa
DOP Ca Carne ne Me Mertolenga tolenga
R Raza Mertolenga M t l
DOP carne Arouquesa
Raza Arouquesa
DOP Carnalentejana
Raza Alentejana
DOP Carne Barrosa
Raza Barrosa
DOP Carne Cachena da Peneda
Raza Cachena
DOP C Carne d da Ch Charneca IGP Carne de Bovino Cruzado dos Lameiros do Barroso IGP Carne dos Açores
R Raza Preta P t (G (Gado d d da tterra)) Uno de los progenitores de una raza autóctona (Mirandesa, Barrosa o Maronesa). No se admiten cruces con razas lecheras No se exige raza determinada
U ió Europea Unión E DOP/IGP Carne de Vacuno OTROS ESTADOS EUROPEOS IGP Vitellone Bianco dell’ Appennino IGP Scotch Beef DOP Orkney Beef IGP Welsh Beef
Razas Chianina,, Marchigiana g y Romagnola g No se cita expresamente ninguna raza Exclusivamente Aberdeen Angus y Shorthorn/Blue Grey No se exige expresamente ninguna raza, aunque se citan las razas rústicas tradicionales galesas.
DOP/IGP Carne de Vacuno FRANCIA DOP Taureau de Camargue
Raza Camargue y Brave o cruzamiento entre esas razas.
DOP (en trámite) Fin Gras du Mézenc
Raza de carne o cruces carne con leche (sólo se permite Montbéliarde y Abondance).
DOP Boeuf Maine Anjou
Raza Rouge des Près (antigua Maine Anjou).
IGP Veau de l’Aveyron et du Ségala
Razas Limousine, Blonde d’Aquitaine y cruzamientos con otras razas de aptitud cárnica.
IGP Veau du Limousin
Razas Limousine, Charolaise, cruce Limousine por Salers y cruce Ch l i por Salers. Charolaise S l
IGP Boeuf de Chalose
Razas Limousine, Blonde d’Aquitaine, Bazadaise y cruzamientos entre ellas.
IGP Boeuf du Maine
Razas de carne y cruzamientos entre ellas.
IGP Boeuf Charolaise du Bourbonnais
Raza Charolaise.
IGP (en trámite) Boeuf Gascon
Raza Gasconne.
IGP (en trámite) Boeuf de Bazas
Bazadaise, Blonde D’Aquitaine y Limousine y cruzamientos entre ellas.
IGP ((en trámite)) Boeuf Fermier Aubrac
Raza Aubrac.
IGP (en trámite) Boeuf Charolais de Bourgogne Raza Charolaise. IGP (en trámite) Boeuf Fermier de Vendée Vendée-Val Val de Loire
Razas de aptitud cárnica.
IGP (en trámite) Veau Fermier de Normandie
Raza Normanda.
Pliegos de etiquetado facultativo de carne de vacuno Además de las indicaciones obligato obligatorias ias q que e apa aparecen ecen en las etiquetas se pueden facilitar datos, distintos de los establecidos para el etiquetado obligatorio, que hagan referencia a determinadas características í o condiciones de producción. Dichas menciones deben ser objetivas y demostrables, y tienen que estar certificadas por un tercero que tenga independencia, imparcialidad y competencia técnica. Para poder incluir dichas indicaciones adicionales en el etiquetado de la carne de vacuno que comercialicen con su logotipo, logotipo los agentes económicos u organizaciones deben presentar un pliego de condiciones en el cual se detallen estas características adicionales que quieren ser consideradas en el etiquetado. etiquetado
Pliegos de etiquetado facultativo de carne de vacuno Algunos Alg nos de los requisitos eq isitos voluntarios, ol nta ios que q e una na vez e certificados pueden indicarse en el etiquetado facultativo son: - Origen de los animales: zona determinada de nacimiento y engorde. g - Edad de los animales. - Raza. - Maduración de la carne: superior al requisito obligatorio. - Explotación en régimen extensivo.
Pliegos de etiquetado facultativo de carne de vacuno C.A
ANDALUCIA ARAGÓN ASTURIAS BALEARES CANTABRIA CASTILLA LA MANCHA CASTILLA Y LEÓN CATALUÑA EXTREMADURA GALICIA MADRID MURCIA NAVARRA PAIS VASCO LA RIOJA VALENCIA TOTALES
ECOLÓGICA Animales
IGP Animales
6.024 11 716 80 168 90 367 3.757 482 587 133
5.753 914 5.558 72.051 5.228
309 69
8.208 12.948
12.793
130.636
18.980 996
PLIEGOS FACULTATIVOS Animales
13.320 126.089 2.543 2.169 963 20.858 77.890 196.800 19.109 4.967 78.865 31 3 3.173 1.615 6.555 2 004 2.004 2.174 559.094
Pliegos de etiquetado facultativo de carne de vacuno
Animales subvencionados
Número beneficiarios
Importe Unitario (€/animal)
IGPs
Pliegos aurorizados
2008
578.644
12.117
12,09724805
14
186
2009
578.271
12.459
12,10505109
14
178
Dif 2008/2009
373
-342 342
-0,00780 0 00780
0
8
Pliegos de etiquetado facultativo de carne de vacuno Caso Andalucía: Andal cía - BASADOS EN PROGRAMAS DE ALIMENTACIÓN: - COVAP - SAN MIGUEL - TERNA ALTA - DE TIPO RACIAL Y MEDIOAMBINTAL: - CARNE DE RETINTO - CARNE VACUNO EXTENXIVO DE CADIZ ??
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