El establecimiento tiene el Programa de Integración, financiado por el MINEDUC para atender situaciones especiales de Alumnos

Escuela Rural Pullally Localidad de Pullally Comuna de Papudo 033-711705 ESCUELA BÁSICA RURAL PULLALLY. MANUAL DE CONVIVENCIA INTERNA, PREVENCION DE

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Escuela Rural Pullally Localidad de Pullally Comuna de Papudo 033-711705

ESCUELA BÁSICA RURAL PULLALLY. MANUAL DE CONVIVENCIA INTERNA, PREVENCION DE ALCOHOLISMO, DROGADICCION Y ABUSO SEXUAL (Se utilizará el masculino para no dificultar la comprensión del texto) (versión 2014) La Convivencia Escolar es la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa. Tiene un enfoque formativo, en tanto se trata de un aprendizaje enmarcado en los Objetivos Fundamentales Transversales, y es una responsabilidad compartida por toda la Comunidad Educativa. La convivencia escolar es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en distintos espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, la biblioteca, así como también en los espacios de participación, los Consejos Escolares, Centros de Padres, Consejos de Profesores, reuniones de padres y apoderados. La Escuela Básica Rural Pullally es una comunidad de Profesores, Padres y Alumnos que se rige por la formación de los valores; donde el respeto a la persona, el diálogo, la disciplina y la responsabilidad son el marco de la formación de los alumnos. Siendo los padres (FAMILIA) los primeros EDUCADORES; es que la escuela les exige su compromiso con todo el quehacer educativo por lo tanto, si queremos estar en esta comunidad se debe respetar y participar en ella. MARCO LEGAL. La Escuela Básica Rural Pullally imparte Educación Pre-Básica (1er Nivel transición Pre-Kinder; 2° Nivel transición Kinder) y Educación Básica (1° a 8° año) y como toda Escuela Municipal del país es Colaboradora de la Función Educacional del Estado, cuyo decreto es el 10.866 de 1980. De acuerdo a esto se rige por las normas administrativas y pedagógicas que imparte el Ministerio de Educación, la Agencia de Calidad y la superintendencia de Educación. El establecimiento tiene el Programa de Integración, financiado por el MINEDUC para atender situaciones especiales de Alumnos. NORMAS GENERALES. Los aprendizajes serán mejores y permanentes si en el ambiente escolar se vive en armonía antes que rodeado de hostilidades, si hay un clima de confianza y aceptación antes que de rechazo y de discriminación, si la preocupación por el otro se expresa en acciones de solidaridad antes que de competencia desleal, si se valora en las personas el ser más antes que el tener más, si cada uno está dispuesto a dar lo mejor de sí en beneficio del bien común. Aprender a convivir es el fundamento para la construcción de una ciudadanía más justa, equitativa y solidaria. Los Padres de Familia son los principales educadores de sus hijos, la Escuela es una colaboradora de ellos, así al momento de elegir, libre y responsablemente, a nuestra Escuela como colaboradora del proceso educativo de sus hijos, se comprometen con las líneas pedagógicas y los elementos formativos contenidos en nuestro proyecto educativo. Acorde con el punto anterior, el apoderado conoce, acepta y comparte las normas disciplinarias definidas como elementos complementarios de nuestro proyecto, detallados en esta normativa.

I.- DEBERES DE LOS ALUMNOS. Son deberes de los alumnos los siguientes: 1.-Tener disposición al orden, estudio y autodisciplina, en su trabajo diario, tanto en aula como otras dependencias, pues es el sujeto de aprendizaje y mejoramiento personal. 2.- Tener en el aula un ambiente de estudio y reflexión, cooperando y exigiendo a sus iguales este clima pues contribuye en forma importante a la optimización de su proceso de aprendizaje. 3.- Cultivar un comportamiento acorde con las normas de convivencia generalmente aceptados por nuestra sociedad. 4.- Practicar amplia y constantemente, el respeto al resto de los integrantes de la comunidad escolar sin distinción de condición social, cultural, religiosa etc. en aras de una convivencia basada en el respeto, la tolerancia y la solidaridad. 5.- Aceptar y asumir las responsabilidades que el resto de la comunidad escolar le confía y que implique beneficios y desarrollo de dicha comunidad. 6.- Aceptar y respetar las normas legales; ética y morales que conforman el desarrollo de la convivencia propuesta por el establecimiento. 7.- Llegar puntualmente a sus compromisos escolares: horario de ingreso, trabajos, pruebas etc. 8.- Tener cuadernos con fecha, objetivo de la clase y todas las actividades realizadas, bien presentados, con los datos personales en la primera página. 9.- Poner atención en clases evitando perturbar el desarrollo de ellas, participando pidiendo la palabra. 10.- Conocer el horario para cumplir con útiles y materiales en cada asignatura. 11.- Los alumnos beneficiarios con alimentación escolar tienen la obligación de consumir la ración completa (desayuno-almuerzo). Este beneficio se adquiere por todo el año. Además durante el periodo de servicio se debe tener una actitud adecuada de orden y respeto, en el lugar que este destinado para ello. 12.- Usar un vocabulario adecuado dentro del establecimiento y en las salidas pedagógicas, además durante el trayecto y en el lugar deben mantener una conducta rigurosa, que represente la calidad del alumno de la escuela Rural Pullally. 13.- Los alumnos que utilizan el transporte diario en el minibús Municipal deben estar atentos a la llegada y salida de este, debe tener un comportamiento muy respetuoso, considerando que este transporte es la prolongación de la escuela, por lo cual los encargados del minibús deben ser considerados como personal de la escuela y con toda la autoridad que esto significa. Deben recordar que la tranquilidad y el orden dentro del transporte protege su vida. 14.- En caso de ausencia o inasistencia a clases el alumno deberá conseguirse las actividades realizadas. 13.- Los alumnos deben asistir a clases y actividades extra-programáticas con uniforme completo o buzo institucional según corresponda al horario o a la actividad programada por el establecimiento.

II DERECHOS DE LOS ALUMNOS. Constituyen derechos de los alumnos, los siguientes. 1.- Recibir una formación integral que asegure un pleno desarrollo, acorde con los lineamientos de nuestro proyecto educativo. 2.- Evaluación de su rendimiento escolar, acorde con criterios claros y objetivos, respondiendo a los lineamientos pedagógicos establecidos por el Ministerio de Educación y en consonancia con el proyecto educativo definido por nuestra institución. 3.- Respeto a la integridad y dignidad individual, reconociendo, aceptando y respetando la diversidad social, étnica, cultural y religiosa de las personas. 4.- Ser escuchado en sus planteamientos, de manera, oportuna respetuosa y en el lugar adecuado. 5.- Recibir orientación de carácter pedagógico, vocacional y especializado, orientado a satisfacer íntegramente sus requerimientos dentro del proceso de enseñanza de aprendizaje. 6.- Conocer antes de la evaluación los criterios que serán evaluados, además de los procedimientos de revisión y calificación. 7.- Solicitar una revisión de sus instrumentos de evaluación en caso de dudas respecto de los resultados obtenidos. 8.-Recibir atención del seguro escolar de accidentes. 9.- Todos los alumnos del proyecto de integración de PK a 4º año serán acompañados por un asistente de aula cuando tengan atención profesional no docente en recintos que no sean aulas de clases cuando se encuentre el profesional sin compañía de sus pares. III DEL ESTABLECIMIENTO. El funcionamiento de la escuela estará orientado por las siguientes disposiciones reglamentarias. 1.- HORARIO DE CLASE. -Las puertas de entrada al establecimiento estarán abiertas para los alumnos a las 8" hrs. Es deber del alumno llegar puntualmente a clases. Nuestra escuela cuenta con Jornada Escolar Completa -Inicio de clases de la jornada de la mañana 8:30 a 13:30 Almuerzo 13:30 a 14:30 -Inicio de clases jornada tarde 14:30 a 16:00 hrs. 2.- ENTRADAS Y SALIDAS DEL COLEGIO: El ingreso a las dependencias del establecimiento, tanto de apoderados como de otras personas, debe ser autorizado por la dirección de la escuela y en caso excepcionales previo acuerdo entre dirección y el profesor. 3.- ATRASOS: El alumno que llegue al establecimiento con posterioridad a la hora fijada deberá solicitar el pase correspondiente en la oficina, y se registrará la situación en un cuaderno especial para llevar el control y ser citado el apoderado por la inspectora si esta situación es reiterativa (3 atrasos consecutivos). 4.- INASISTENCIA: A) Acorde con la normativa vigente, el alumno para ser promovido debe cumplir con un mínimo de 85% de asistencia.

B) Las insistencias deberán ser justificadas certificado medico correspondiente.

por

su apoderado y/o mediante la presentación de

IV.- PRESENTACIÓN PERSONAL: El uso del uniforme escolar es obligatorio en este establecimiento y esta compuesto: 1.- Alumnas:        

Jumper o falda gris Blusa blanca Chaleco burdeo Corbata burdeo. Buzo burdeo Polera ploma o blanca Parca burdeo o azul En tiempo frío las alumnas podrán usar pantalón gris sólo de tela o polar (anualmente se dará la fecha de inicio y término).  Las damas deben presentarse sin el pelo teñido, con peinados sencillos y en caso de pelo largo este debe estar tomado.  Las damas no deben usar maquillaje, pulsera u otros accesorios.  El jumper del uniforme femenino no podrá exceder de 5 cm. por sobre la rodilla.

2.- Alumnos:        

Pantalón gris Camisa blanca Chaleco burdeo Corbata burdeo. Buzo burdeo Polera ploma o blanca Parca burdeo o azul Los varones deben usar pelo corto, sin teñido, no se aceptarán peinados o cortes extravagantes como; rapado parcial, mechones, colitas, cabello parado artificialmente, etc.  Presentarse debidamente afeitado cuando corresponda. 3.- Generales:  Los varones y damas no podrán usar, piercing u otros objetos de la misma naturaleza, aros pequeños sólo damas.  Las damas y varones deben tener las uñas limpias, cortas y sin pintura.  El uso de reloj u otra prenda personal no está prohibido, no obstante la pérdida o deterioro de las mismas será de exclusiva responsabilidad del alumno.  No se permitirá el porte de celulares, MP3 o similares dentro del establecimiento (a no ser que el docente a cargo lo autorice) la tenencia de estos aparatos tecnológicos al interior del establecimiento causarán el retiro inmediato. El apoderado deberá retirarlo en la dirección además de asumir las responsabilidades en caso de daño o pérdida.  No se permitirá el uso jokey ni gorros en clase. (el apoderado deberá retirarlos en la oficina en caso de incumplimiento). Se permitirá el uso de gorros o jokey durante los momentos que se encuentren fuera del aula o cuando se les comunique por escrito, siempre de color BURDEO a no ser que se presente alguna situación especial que el apoderado debe justificar en la oficina de Dirección, para su autorización o no.

V.- SANCIONES: El no cumplimiento de estas normas mínimas que fija la Escuela tiene por supuesto una consecuencia, que está diseñada para que los estudiantes puedan ir formándose como personas. Los estudiantes son los beneficiarios directos, puesto que toda la sociedad tiene normas que hay que cumplir, es importante recordar que el respeto por los demás comienza cuando se cumple con las obligaciones y de ahí nacen los derechos. La disciplina constituye una dimensión importante del proceso de enseñanza aprendizaje, toda vez que pretende, fundamentalmente la formación de los hábitos y conductas mayoritariamente aceptadas por nuestra sociedad y que son la base de la convivencia y la interacción de una comunidad. En este sentido es necesario corregir y o reorientar aquellas conductas que se aparten del comportamiento esperado y aceptado por nuestra sociedad. En atención a ello, se ha implementado una serie de medidas destinadas a corregir, con un espíritu positivo las transgresiones a las normas establecidas y que solo adoptarán un carácter punitivo cuando toda otra alternativa haya sido agotada. Estas se clasificarán en: 1.- FALTAS LEVES: Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad.       

Atrasos de ingreso al establecimiento Olvidar un material Uso del celular en clases, Masticar chicle Quitarles la pelota o los juegos a los más pequeños, Salir de la sala sin autorización. Todo lo que atente contra la sana convivencia, como no obedecer instrucciones.

La reiteración de dicha conducta implicará que ella sea registrada en la hoja de vida del alumno. Su reiteración constituirá motivo suficiente para considerarla dentro de las graves.

2.- MEDIDAS FRENTE A FALTAS LEVES: A) Amonestación verbal. Podrá ser aplicada por cualquier docente o asistente de la educación, cuando lo estime necesario y acorde con el presente manual tendrá un carácter esencialmente persuasivo B) Amonestación escrita. Podrá ser aplicada por cualquier docente y consistirá en el registro en la hoja de vida del alumno, de la falta cometida. A lo anterior se sumará una nota en su libreta de comunicaciones o su cuaderno de compromiso, emitida por el docente, destinada a poner en conocimiento al apoderado de la situación en la que su pupilo se ha visto envuelto a fin de que tome medidas que considere pertinente. C) Cuando el alumno cometa reiteradas faltas leves y no acate las sanciones formativas se irá a su casa a un período de reflexión por dos días aplicado por el docente con información a inspector y docente encargado de convivencia escolar, integrándose en compañía de su apoderado al retorno a clases.

3.- FALTAS GRAVES: Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia.  Dañar el bien común, agredir a otro miembro de la comunidad educativa, ofender o intimidar a un docente o asistente de la educación ya sea verbal o físicamente, falsear o corregir calificaciones, etc.

     

Utilizar el nombre de la escuela, autoridades o de sus actividades sin autorización previa. Falta de honestidad en pruebas e interrogaciones Faltar sin justificación a clases o a una jornada sea ésta de mañana o tarde. El no presentarse a clases durante la jornada (retirarse sin permiso o permanecer ocultos) Reiterados atrasos de ingreso al establecimiento. El uso de un vocabulario inadecuado al contexto escolar dentro del establecimiento y en actividades extra programáticas.

4.- MEDIDAS FRENTE A FALTAS GRAVES: Las faltas graves serán derivadas al profesor encargado de convivencia escolar con información a dirección, al profesor jefe y posteriormente al docente o personal administrativo involucrado, para su evaluación y atención del alumno y su apoderado. Será responsabilidad de Dirección velar para que se cumplan y respeten los canales de comunicación establecidos. Será el profesor de Convivencia Escolar quien cite al apoderado y aplique las medidas disciplinarias tendientes a corregir la conducta cuestionada. a) Citación por escrito y llamado telefónico, al apoderado consignando motivo, hora y fecha. b) Compromiso firmado por el apoderado para mejorar la conducta de su hijo. (Hasta dos veces). c) Apoderado firma carta de toma de conocimiento y compromiso de toma de medidas orientadas a solucionar el problema suscitado. d) Cuando el alumno cometa reiteradas faltas graves y no acató las sanciones formativas se irá a su casa a un período de reflexión por cinco días aplicado en conjunto por el docente y el encargado de convivencia escolar, con información a inspector y director, integrándose en compañía de su apoderado al retorno a clases se redefinirá con carácter de falta gravísima. e) Las faltas graves y el procedimiento de acción frente a estas serán consignadas en Libro de Registro Convivencia Escolar y se entregará copia al apoderado.

5.- FALTA GRAVÍSIMA: Son aquellas que constituyen un quebrantamiento de la moral, la ética y las disposiciones reglamentarias que definen el funcionamiento de la escuela. Se consideran como tales:  Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones verbales y/o físicas sostenidas en el tiempo  Conductas tipificadas como delitos: robos, abuso sexual, tráfico de drogas y el acoso escolar, tanto para quien lo ejecuta como para sus cómplices o participantes de este.  Destrucción intencional de muebles, equipos y bienes de la escuela o de un tercero, que se encuentre en sus recintos.

 Incitar, inducir, colaborar o adherir a cualquier acción destinada a perturbar el buen funcionamiento de las actividades de la escuela.  Prestar falso testimonio en investigaciones donde fuere requerido como testigo o presentar testigos falsos para acreditar algún hecho ante las autoridades de la escuela.

 El porte, consumo y/o tráfico de alcohol, tabaco y/o marihuana dentro del establecimiento o fuera de él vistiendo el uniforme de la escuela.  Protagonizar peleas con violencia física o sicológica.  Atentar contra la integridad física o moral de un compañero, profesor, directivo, paradocente, administrativo o cualquier otro funcionario de la escuela, mediante calumnias o conductas altamente perturbadoras ya sea en forma oral, escrita o con la adopción de actitudes cuestionables.  Sustracción y/ o comercialización de instrumentos de evaluación utilizados en pruebas.  Adulteración de notas en libros de clases, o sustracción indebida de este.  Conductas reñidas con la moral y las buenas costumbres, dentro y fuera de la escuela, en uso del uniforme del establecimiento.

6.- MEDIDAS FRENTE A FALTAS GRAVÍSIMAS: Ante el carácter y magnitud de las faltas consideradas gravísimas, la dirección de la escuela adoptará un procedimiento lo más claro y preciso posible, que en una primera instancia implicará un llamado perentorio al cambio de actitud y que en estricto rigor consistirá en la aplicación de la condicionalidad de matrícula al alumno en cuestión, en atención a la gravedad de la situación. La decisión anterior será comunicada, vía oficio, al Departamento de Educación Municipal y adjunta del expediente del alumno involucrado. La reincidencia en este tipo de faltas será analizada en reunión extraordinaria, convocada por el director y el consejo de profesores. La resolución que dicho consejo adopte será comunicada personalmente al apoderado y avalada por documento emitido por la dirección a la vez que se cursarán todos los antecedentes del caso al Departamento de Educación Municipal a fin de que dicha instancia tome conocimiento de la situación y se pronuncien respecto de lo que estime conveniente. Procedimientos a) Describir detalladamente, en la hoja de vida del alumno, la situación e informar del caso a la dirección de la escuela. b) En casos descritos en el punto anterior, el profesor encargado citará al apoderado quien tomará conocimiento de la situación y firmará el documento de compromiso establecido en el manual. De igual forma, dicha instancia, aplicará la sanción correspondiente al alumno aludido. c) La dirección de la escuela, podrá tomar la decisión de derivar al alumno a un especialista, suspendiendo su asistencia y de acuerdo al informe de éste, se evaluará condicionar su matrícula, previa reunión consultiva con el consejo de profesores. Se debe destacar que las sanciones establecidas para las faltas muy graves o gravísimas se aplicarán teniendo en cuenta solo antecedentes de carácter conductual y en ningún caso aquellos relacionados con el rendimiento. d) Si el alumno vuelve a cometer alguna falta gravísima, después de haber tenido las sanciones antes mencionadas, se le brindará la posibilidad de que vuelva a rendir las evaluaciones al fin de semestre para finalizar el año escolar. e) Si alguna situación o falta no está explicitada en el presente manual el docente junto con el profesor encargado la clasificarán en alguna de las anteriores, si no hay acuerdo se consultará al director quien vistos los antecedentes determinará.

Entre las manifestaciones de violencia se encuentran:

a. Violencia psicológica: incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionados, aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, étnica, religiosa, etc. También considera las agresiones psicológicas de carácter permanente, que constituyen el acoso escolar. b. Violencia física: es toda agresión física que provoca daño o malestar: patadas, empujones, cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo o con algún objeto. Considera desde las agresiones físicas ocasionales, hasta las agresiones sistemáticas que constituyen el acoso escolar. c. Violencia sexual: son las agresiones que vulneran los límites corporales con connotación sexual y transgreden la esfera de la sexualidad de una persona, sea hombre o mujer. Incluye tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, violación, intento de violación, etc. d. Violencia por razones de género: son agresiones provocadas por los estereotipos de género, que afecta principalmente a las mujeres, pero también puede afectar a los hombres. Esta manifestación de la violencia ayuda a mantener el desequilibrio de poder entre hombres y mujeres.

Al momento de ponderar la gravedad de una falta se debe dilucidar si se está o no frente a la comisión de un delito. Al respecto, se debe tener presente que los directores, inspectores y profesores tienen el deber de denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa; ello implica tanto las faltas y delitos cometidos dentro del establecimiento educacional, como aquellos que ocurren fuera de él, pero que afecten a los estudiantes. La denuncia debe efectuarse ante Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, las Fiscalías del Ministerio Público o los Tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 175º y 176º del Código Procesal Penal. Entre los actos establecidos como delito figuran las lesiones, robos, hurtos, amenazas, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de drogas, abuso sexual, así como las situaciones de explotación sexual, maltrato, explotación laboral y otros que afecten a los y estudiantes. Son responsables penalmente los jóvenes mayores de 14 años y menores de 18 años, quienes se rigen por la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. Los menores de 14 años están exentos de responsabilidad penal, por lo que no pueden ser denunciados por la comisión de un delito. En estos casos, los tribunales competentes para conocer la situación son los Tribunales de Familia, los que pueden aplicar medidas de protección si es necesario. EL ESTABLECIMIENTO INCLUIRÁ PRÁCTICAS REPARATORIAS EN LA CONVIVENCIA QUE PERMITAN: - Enriquecer la formación de las y los estudiantes. - Desarrollar la empatía. - Cerrar los conflictos, por lo tanto, “liberar” a las partes involucradas. - Enriquecer las relaciones. - Asumir la responsabilidad de las partes en conflicto. . Reparar el vínculo. - Reforzar la capacidad de los involucrados para resolver conflictos. - Restituir la confianza en la comunidad.

VI.- PROCEDIMIENTOS PARA PRÁCTICAS REPARATORIAS EN CONFLICTOS MENORES DE CONVIVENCIA. 1.- La negociación: Se realiza entre las partes involucradas en un conflicto, sin intervención de terceros, para que los implicados entablen una comunicación en busca de una solución aceptable a sus diferencias, la que se explicita en un compromiso. Los involucrados se centran en el problema pensando en una solución conveniente para ambos y en la que las concesiones se encaminen a satisfacer los intereses comunes. Esta estrategia puede ser aplicada, también, entre personas que se encuentran en asimetría jerárquica (un profesor y un estudiante, por ejemplo), siempre y cuando no exista uso ilegítimo de poder por una de las partes. 2.- El arbitraje: Es un procedimiento que está guiado por un adulto que proporcione garantías de legitimidad ante la comunidad educativa, con atribuciones en la institución escolar quien, a través del diálogo, la escucha atenta y reflexiva de las posiciones e intereses de los involucrados, indaga sobre una solución justa y formativa para ambas partes, en relación a la situación planteada. La función de esta persona adulta es buscar una solución formativa para todos los involucrados, sobre la base del diálogo y de una reflexión crítica sobre la experiencia vivenciada en el conflicto. 3.- La mediación: Es un procedimiento en el que una persona o grupo de personas, ajenas al conflicto, ayuda a los involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema, sin establecer sanciones ni culpables, sino buscando el acuerdo para restablecer la relación y la reparación cuando sea necesaria. El sentido de la mediación es que todos los involucrados aprendan de la experiencia y se comprometan con su propio proceso formativo. El mediador adopta una posición de neutralidad respecto de las partes en conflicto y no impone soluciones, sino que orienta el diálogo y el acuerdo 4.- Sanciones: Se aplicarán sanciones formativas, respetuosas de la dignidad de las personas y proporcionales a la falta, como por ejemplo: Servicio comunitario: implica alguna actividad que beneficie a la comunidad educativa a la que pertenece, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal. Ejemplos: limpiar algún espacio del establecimiento, patio, pasillos, su sala, mantener el jardín, ayudar en el recreo a cuidar a los estudiantes de menor edad, ordenar materiales en sala de clases. Servicio pedagógico: contempla una acción en tiempo libre del o la estudiante que, asesorado por un docente, realiza actividades como: recolectar o elaborar material para estudiantes de cursos inferiores al suyo, ser ayudante de un profesor en la realización de una o más clases, según sus aptitudes y apoyar a estudiantes menores en sus tareas. En el caso de un posible abuso sexual de un adulto o alumno mayor el establecimiento lo abordará tomando las siguientes medidas: 1.- Denunciando los hechos 2.- Informando los hechos:- Encargado de convivencia escolar,- Director del Establecimiento, Consejo Escolar 3.- Realización de investigación de los hechos 4.- Mientras dure la investigación se tomarán las siguientes posibles medidas: a.- Cambio de funciones c.- Suspensión de su cargo d.- En caso de alumno suspensión total o parcial de su asistencia a clases.

VII.- DE LOS APODERADOS: Los padres y apoderados del establecimiento tendrán los siguientes deberes y derechos. 1.- DEBERES:  Tratar respetuosamente a todos los funcionarios del establecimiento.  Respetar la labor docente que se realiza con sus pupilos.  Colaborar con las actividades que el establecimiento, subcentro o centro general de padres organiza.  Asistir a las reuniones de curso, en caso de no poder hacerlo, enviar un suplente que pueda representarlo y tomar conocimiento de los acuerdos adoptados en la misma.  Ante la inasistencia a reunión, comunicarse con el profesor jefe para entrevista personal donde asumirá los acuerdos adoptados en la misma.  Ante la inasistencia de su pupilo, ésta debe ser justificada personalmente o con certificado médico, en la oficina de dirección.  Enviar diaria y puntualmente a su pupilo a la escuela y correctamente uniformado.  Asistir a las citaciones realizadas por algún docente o dirección de la escuela.  Informar a la dirección y al profesor jefe de su pupilo, respecto de aspectos de su personalidad o salud que deban ser tenidos en cuenta para mejor seguridad personal.  Dotar a su pupilo de la implementación necesaria para el desarrollo integral y oportuno de sus actividades escolares.  Propender a las óptimas relaciones con los distintos integrantes de la comunidad escolar.  Reparar o reemplazar mobiliario, implementación, pintura, u otro bien que su pupilo haya destrozado, deteriorado o sustraído intencionalmente, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que dichas conductas conlleven.  En caso de requerir el retiro de su pupilo durante el desarrollo de la jornada de clases, deberá concurrir personalmente, o un suplente con su carné de identidad siempre y cuando este sea mayor de edad.  Respetar conducto regular en la solución de conflictos en que se vea involucrado su pupilo (profesor, inspectoría, profesor encargado de convivencia escolar, dirección).  El apoderado tiene el deber de solicitar autorización en oficina para el ingreso al establecimiento. 2.- DERECHOS:  Ser atendidos y escuchados por los miembros de la comunidad educativa en horarios establecidos.  Ser respetados en sus juicios y opiniones en calidad de apoderados y personas.  Ser tratados con dignidad por todos los miembros de la comunidad educativa.  Ser informados oportunamente de los progresos, actividades y medidas disciplinarias, respecto de su pupilo, información que podrá ser solicitada al respectivo profesor jefe, en los días y horarios establecidos, o bien en la dirección de la escuela.  Recibir oportunamente, documentación oficial del desempeño de su hijo o pupilo.  Tener derecho a entrevistas personalizadas con los docentes que atiendan a su pupilo, en los horarios establecidos para estos efectos o en algún horario acordado mutuamente.  Solicitar y recibir oportunamente certificados necesarios para cualquier tipo de trámite.  Participar en los actos oficiales del establecimiento.  Participar en la directiva de subcentros o en la del Centro General de Padres del establecimiento.

VII.- SANCIONES QUE NO SE APLICARÁN:      

Castigos físicos. Cualquier castigo que implique un riesgo para la seguridad e integridad de los y las estudiantes. Medidas disciplinarias que atenten contra la dignidad de los estudiantes. Devolver estudiantes a la casa. Cancelar la matrícula, suspender o expulsar estudiantes por razones de su rendimiento. Enviar a CRA.

La cancelación de matrícula de alumnos para el año siguiente será tratada en reunión del Consejo de Profesores al término del mes de noviembre y comunicada al apoderado antes del término del año escolar.

EN ESTE ACTO TOMO CONOCIMIENTO DE LA NORMATIVA INTERNA, LA CUAL ACEPTAMOS LIBREMENTE Y NOS COMPROMETEMOS A CUMPLIRLA COMO APODERADO Y ALUMNO Nombre Apoderado:

Firma.....................

Nombre Alumno: ...................................................................... Fecha: Curso: Año...........Este se firma en dos ejemplares, quedando uno en poder del Apoderado y otro en la Escuela.

documento

FUENTES: Documento “Conviviendo mejor en la escuela y en el liceo: Orientaciones para abordar la Convivencia Escolar en las Comunidades Educativas”, MINEDUC. 2011. http://www.mineduc.cl/usuarios/convivencia_escolar/doc/201103281040430.PDFwebConvivencia.pdf Material de Ayuda MINEDUC. http://600.mineduc.cl/resguardo/resg_educ/educ_regl/index.php Material de Apoyo: “Convivencia Escolar: metodología de trabajo para las escuelas y liceos”. MINEDUC. http://www.mineduc.cl/usuarios/convivencia_escolar/doc/201104251146320.Convivencia_Escolar_Metodol ogia_de_Trabaj o_para_las_Escuelas_y_Liceos_comprometidos_con_la_calidad_de_la_Educacion.pdf Cartilla “Conceptos clave para la resolución pacífica de conflictos en el ámbito escolar”, MINEDUC. http://www.mineduc.cl/usuarios/convivencia_escolar/doc/201103240919330.resolucion_pacifica_de_conflic tos.pdf Cuartilla “Aprender a Convivir: respuesta a los casos de violencia en la escuela y el liceo”. http://www.mineduc.cl/usuarios/convivencia_escolar/doc/201106301330360.Convivencia%20Escolar_LUN. pdf Ley General de Educación. http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1006043&idParte=&idVersion=2009-09-12 “El Bullying y sus implicancias legales: manual para los Colegios”, Fundación ProBono. http://www.probono.cl/documentos/documentos/manual%20bullying.pdf *Cambio título(28082012) . cambio resuelve consejo escolar 03092012

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