MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL RESOLUCIÓN NÚMERO (0537) Marzo 24 de 2011 “POR LA CUAL SE ACEPTA UN

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REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL RESOLUCIÓN NÚMERO

(0537) Marzo 24 de 2011

“POR LA CUAL SE ACEPTA UN PLAN DE GESTIÓN DE DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS POSCONSUMO DE BATERIAS PLOMO ACIDO”

En ejercicio de las asignadas mediante la Resolución No. 802 del 10 de mayo de 2006, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto - Ley 2811 de 1974, las Leyes 99 de 1993, 253 de 1996 y 790 de 2002, los Decretos 216 de 2003, 3266 de 2004, 1443 de 2004, la Resolución No. 372 del 26 de febrero de 2009 modificada por la Resolución No. 361 del 3 de marzo de 2011, y El ASESOR DE LA DIRECCIÓN DE LICENCIAS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES

CONSIDERANDO: ANTECEDENTES Que mediante escrito radicado en este Ministerio bajo el No. 4120-E1-111321 del 2 de septiembre de 2010, la empresa GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA LTDA. presentó, a través del señor GERMÁN GAVIRIA SANTACOLOMA en calidad de presentó el documento correspondiente al “Plan de Gestión de Devolución de Productos posconsumo de Baterías Usadas Plomo Acido”, con el fin de obtener la Aceptación de dicho Plan. Que a la Dirección de Licencias, Permisos y Tramites Ambientales remitió a la Dirección de Desarrollo Sectorial Sostenible la documentación presentada por la empresa GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA LTDA, y solicitó la emisión de concepto técnico. Que la Dirección de Desarrollo Sectorial envió con Radicado No.2200-E2142542, oficio a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca - CVC el día 5 de noviembre de 2010, solicitando informar sobre el estado de cumplimiento a las normas ambientales por parte de la empresa MAC S.A., señalada como receptor de los residuos peligrosos dentro del plan propuesto por GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA. LTDA. Que la Dirección Ambiental Regional Suroccidente de la CVC envió comunicación escrita radicada con NUR. 4120-E1-166649 del 20 de diciembre de 2010 informando sobre el estado actual de la licencia, permisos y autorizaciones expedidas a favor de la empresa MAC S.A.

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“POR LA CUAL SE ACEPTA UN PLAN DE GESTIÓN DE DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS POSCONSUMO DE BATERIAS PLOMO ACIDO” Que la Dirección de Desarrollo Sectorial Sostenible del Ministerio, una vez revisada, analizada y evaluada la información allegada por el representante legal de la empresa GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA LTDA., emitió el Concepto Técnico No. 2200- 3 – 169211 del 23 de diciembre de 2010, relacionado con la Aceptación del Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Usadas de Plomo Acido de la mencionada empresa, en el cual se determinó lo siguiente: “ESTADO ACTUAL DEL PROYECTO “La empresa GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA. LTDA. presentó el Plan de gestión de devolución posconsumo de baterías usadas plomo ácido, en calidad de IMPORTADOR de baterías marca “REGENT”. Las ventas reportadas para el periodo 2007 a 2008, según el documento presentado, corresponden a 50.979 unidades (unas 25.000 unidades anuales) equivalentes a 68.633 kg de baterías. Las ventas corresponden a 30 referencias de baterías para motocicleta, cuya marca, origen (producida/importada), peso y vida útil se reporta en la Tabla 1 (p2) del documento. La cadena de comercialización y distribución de la empresa GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA. LTDA. se presenta esquematizada en el gráfico 1 (p7), describiendo el proceso que surte la batería desde que se realiza la solicitud por parte de un cliente a través de una vendedora, hasta que se despacha desde la Bodega ubicada en la ciudad de Pereira. Los centros de acopio que se habilitarán, dentro de las instalaciones de empresas encargadas de la comercialización de baterías, están ubicados en la ciudad de Pereira, en las siguientes direcciones: 1. Almacén Moto Repuestos CHAC, Carrera 12 No. 12 – 77. 2. Almacén Juan Motos, Calle 12 No. 11 – 06 Local 02. Los actores involucrados en la implementación del plan de gestión de devolución posconsumo corresponden a: -

Comercializadores (empresa GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA. LTDA.) Distribuidores (talleres y almacenes que venden baterías) Cliente final (consumidor final) “Receptor” (talleres o puntos donde se recolectan las baterías usadas) Intermediario (C.I. ECOEFICIENCIA S.A.) Gestor final (MAC S.A.)

Las etapas de implementación, detallando las actividades asociadas, los responsables de ejecutarlas, así como los recursos necesarios, se muestran en el documento, tabla 4 (p9). La empresa GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA. LTDA. propone gestionar los residuos de baterías usadas plomo ácido, que se recolecten en marco de su implementación, en las instalaciones de la empresa MAC S.A. No obstante lo anterior, se incluye la empresa C.I. ECOEFICIENCIA S.A. que se señala estará encargada de capacitación en el tema de posconsumo y es responsable de la implementación del plan. La meta mínima de recolección para el primer año, con un porcentaje mínimo de 15% establecido por el parágrafo uno de la resolución 0372 de 2009, se estimó en 3.824 baterías. Cada uno de los centros de acopio que se propone habilitar, luego de una etapa inicial de difusión del plan, contarán con dos canastas plásticas, cada una con capacidad de

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“POR LA CUAL SE ACEPTA UN PLAN DE GESTIÓN DE DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS POSCONSUMO DE BATERIAS PLOMO ACIDO” almacenamiento de 25 unidades (70 kg). Se menciona que tendrán señalización, extintores y cal (material para control de derrames), estarán ubicados en sitios bien ventilados y con acceso permitido solamente a empleados previamente capacitados. Una vez el cliente o consumidor entrega la batería se generará una constancia de la devolución, registrándola al ingreso y nuevamente al egreso del centro de acopio. Una vez se acopien 80 baterías la empresa GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA. LTDA. coordinará la recolección con C.I. ECOEFICIENCIA S.A. quien a su vez programa la logística inversa con la empresa MAC S.A., quien se encarga del aprovechamiento de los residuos. Mediante la suscripción de un acta de entrega de las baterías usadas se busca garantizar que el transporte de los residuos, encargado a la empresa MAC S.A., se realiza conforme a lo dispuesto en el Decreto 1609 de 2002. En cuanto a prevención y control de riesgos, la empresa presenta una serie de medidas concretas, que hacen referencia a cada una de las etapas de implementación del plan y que incluyen, además de riesgos físicos o químicos que se presenten en la eventualidad de fuga de ácido de batería, algunos riesgos relacionados con la participación de cada uno de los actores en tareas logísticas y técnicas, como: “poco impacto de la difusión en los consumidores finales”, “No diligenciamiento de registros de control de cantidades”, “Compra de baterías por pequeños recicladores a precios altos”, entre otros. La comunicación con el consumidor está basada en la implementación de: -

Publicidad impresa, Documentos internos, Carteleras y pendones, Cartas o comunicados, Medios electrónicos, Capacitaciones internas

El documento incluye un cronograma de actividades desde julio 2010 hasta marzo 2011 y un desglose de los costos para el primer año, estimados en $454.440. Para el seguimiento al desempeño ambiental del plan, la empresa GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA. LTDA. propone siete (7) indicadores puntuales: 1. (Número de baterías devueltas / Número de baterías vendidas línea base 2007 – 2009) x 100, 2. Número de Baterías devueltas por centro de acopio, 3. Cantidad de materiales reciclados por unidad de producto, 4. Ahorro de materias primas por el reciclaje de las Baterías devueltas, 5. Número de no conformidades resueltas, 6. Número de empleados capacitados en temas ambientales, 7. Costo anual del plan Posconsumo de Baterías.

3. CUMPLIMIENTO 3.1 Artículo 6 de la Resolución 0372 de 2009 En virtud de lo establecido en el artículo 6 de la Resolución 0372 de 2009, que establece los “Elementos que debe contener el plan de gestión de devolución de productos posconsumo de baterías plomo – ácido”, a continuación se hace la verificación de la presentación de la información solicitada en dicho artículo.

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“POR LA CUAL SE ACEPTA UN PLAN DE GESTIÓN DE DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS POSCONSUMO DE BATERIAS PLOMO ACIDO” Elementos del plan 1. Resumen Ejecutivo 1.1 Presentación de un resumen ejecutivo del Plan 2. Información Específica 2.1 Identificación de productos (tipo, marca, origen, peso y vida útil)

Cumple

Observaciones



El resumen incluye los objetivos del plan de devolución, los actores involucrados y además, dos inconvenientes que la empresa asegura enfrentar.



2.2 Cantidad anual de baterías Plomo Acido puestas en el Mercado Nacional.



2.3 Presentaciones y tamaños



2.4 Características de distribución y comercialización del producto. 2.5 Cantidad (unidades) de baterías a recoger a nivel nacional 3. Actores y nivel de participación





Se presentan dos tablas (p2 y p6) donde se presenta la identificación (tipo, tipo de empaque, marca, origen, peso, vida útil) de 30 referencias de baterías Se especifica, para cada una de las 30 referencias incluidas en las tablas mencionadas anteriormente, las ventas para el periodo 2007 + 2008. El total de ventas en ese periodo de dos años asciende a 50.979 unidades, que equivale a 25.490 unidades anuales. Además de lo mencionado en numerales anteriores, se aclara que el empaque en general se hace en cajas de cartón. Las baterías son despachadas desde Pereira a solicitud de Telemercaderistas y vendedoras. Estas se venden a distribuidores y talleres que a su vez las venden a los consumidores o “clientes finales”. Se estima que se deberán recolectar 3.824 unidades en el primer año de implementación.

El numeral 3 del documento señala que se incluyen seis (6) categorías de actores involucrados:

3.1 Identificación de personas y roles involucrados en las actividades y tareas.

a. Comercializadores (GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA. LTDA.) b. Distribuidores (talleres y almacenes que venden baterías a consumidores finales) c. Cliente Final (quien usa la batería) d. Receptor (talleres o puntos de venta donde se tendrán instalados centros de acopio) e. Intermediario (C.I. ECOEFICIENCIA S.A.) f. Gestor Final (MAC S.A.) Sí

En la Tabla 4 (p9) del documento se presenta un resumen de los roles por cada actor involucrado en cada etapa de implementación del plan posconsumo. Se debe aclarar que la participación de C.I. ECOEFICIENCIA S.A. está asociada a la implementación del plan posconsumo en términos de capacitación en materia de posconsumo, estructuración del plan posconsumo, apoyo en la instalación de centros de acopio, así como de la programación de la “logística reversiva” para la recolección de baterías en los centros de acopio.

3.2 Estructura Orgánica



Se presenta en el documento, gráfico 3 (p12), un

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“POR LA CUAL SE ACEPTA UN PLAN DE GESTIÓN DE DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS POSCONSUMO DE BATERIAS PLOMO ACIDO” Elementos del plan propuesta para el plan

3.3 Recursos técnicos, financieros y logísticos asociados a cada una de las etapas de implementación del plan de gestión. 3.4 Descripción de procesos de captura y registro de la información. 4. Instrumentos de gestión 4.1 Mecanismo y procedimiento previsto para la devolución de las baterías.

Cumple

Observaciones esquema resumen de la estructura orgánica del plan posconsumo de la empresa GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA. LTDA. En este se muestran las actividades involucradas en la gestión posconsumo, relacionando los actores involucrados y algunos mecanismos de registro de información.



Se presenta en el documento, Tabla 4 (p9), un resumen de los recursos discriminados por etapa de implementación y por cada uno de los actores involucrados.



Se presenta en el documento, Tabla 4 (p9), un resumen de los procesos de captura y registro de la información por etapa de implementación y por cada uno de los actores involucrados.



El documento presenta un resumen del mecanismo de devolución incluyendo la difusión del Plan, adecuación de los centros de acopio, recepción de baterías en los establecimientos habilitados para tal fin, recolección de las baterías y entrega de la correspondiente certificación de disposición final por parte de MAC S.A.

4.2 Centros de Acopio En el plan de gestión de devolución de la empresa GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA. LTDA. se instalarán dos (2) centros de acopio en puntos de venta de baterías: 4.2.1 Descripción y localización geográfica de los centros de acopio a nivel nacional.

4.2.2 Frecuencia de recolección y transporte desde los centros de acopio 4.2.3 Descripción de las condiciones técnicas y de seguridad en los centros de acopio 4.3 Operaciones Manejo a las serán sometidos residuos posconsumo

de que los en



1. Almacén Moto Repuestos CHAC, ubicado en la Carrera 12 No. 12 – 77, Pereira – Risaralda. El contacto directo es el señor Carlos Atehortúa. Almacén Juan Motos, ubicado en la Calle 12 No. 11 – 06 Local 02, Pereira – Risaralda. El contacto directo es el señor Juan Pablo Martínez.



La frecuencia es variable, en la medida que la recolección depende del tiempo que se requiera para reunir 80 baterías usadas en los dos centros de acopio.



Se menciona el uso de canastillas plásticas, dos (2) por centro de acopio, cada una con una capacidad estimada de 25 unidades (70 kg). En cada centro de acopio se dispondrá de señalización, extintor y cal como material absorbente para el control de posibles incidentes. Además se menciona que se ubicarán en sitios ventilados de los almacenes y que solo tendrá acceso a éstos el personal autorizado previamente capacitado.

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“POR LA CUAL SE ACEPTA UN PLAN DE GESTIÓN DE DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS POSCONSUMO DE BATERIAS PLOMO ACIDO” Elementos del plan instalaciones de los receptores.

Cumple

Observaciones Las actividades de transporte, aprovechamiento y/o valorización están encargadas a la empresa MAC S.A., aunque C.I. ECOEFICIENCIA S.A. programará la recolección en los centros de acopio de baterías usadas.

4.3.1 Descripción de las actividades de manejo consideradas.

Respecto al transporte se menciona que se exige un acta de entrega para garantizar que los vehículos usados por MAC S.A. cumplen con lo establecido en el Decreto 1609 de 2002. Sí No se menciona el envío de baterías a sitios de Almacenamiento de residuos peligrosos de baterías usadas, a nombre de MAC S.A. o de ECOEFICIENCIA S.A. La descripción de los procesos involucrados en el reciclaje de las baterías en las instalaciones de MAC S.A. se describen en el anexo 3 del documento presentado. Se adjunta copia del oficio DRSO-GA-C-039 M-005 de marzo 14 de 2000 donde CVC conceptuó que “la empresa Mac S.A. no requiere tramitar licencia ambiental por ser una empresa existente antes de la ley 99 de 1993 y según Decreto Reglamentario No. 1753/94”.

4.3.2 Copia de licencias, permisos o autorizaciones ambientales vigentes.



Se adjunta copia del permiso de emisiones atmosféricas (Resolución CVC 710- No. 711-000059 de 2008), copia de un auto de trámite en materia de permiso de vertimientos con fecha 22 de enero de 2010 donde la CVC manifiesta que se inicia el trámite administrativo de renovación del permiso de vertimientos. Se incluye copia de la Resolución metropolitana No. 000157 del 27 de Febrero de 2007, a nombre de RESIDUOS ECOEFICIENCIA S.A., relacionada con el Plan de Manejo Ambiental para el almacenamiento de residuos peligrosos (incluidas las baterías plomo ácido). Sin embargo esta información no aplica dado que el rol que desempeñará RESIDUOS ECOEFICIENCIA S.A. no incluye el almacenamiento de residuos de baterías.

4.4 Plan de Capacitación, prevención de riesgos y manejo de contingencias.

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“POR LA CUAL SE ACEPTA UN PLAN DE GESTIÓN DE DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS POSCONSUMO DE BATERIAS PLOMO ACIDO” Elementos del plan 4.4.1 Plan Capacitación

Cumple de

4.4.2 Prevención de riesgos y manejo de contingencias en cada una de las etapas del plan. 4.5 Instrumentos de gestión que se utilizarán para lograr la devolución de los residuos por parte de los usuarios o consumidores finales.

4.6 Mecanismos comunicación con consumidor.

de el

5. Planificación y seguimiento 5.1 Cuantificación de las unidades a recoger de acuerdo con las metas de recolección a nivel nacional.









Observaciones El numeral 4.5.1 describe el plan de formación y capacitación que la empresa propone implementar trimestralmente, según tabla 6 (p18), desde el cuarto trimestre de 2010 hasta el segundo trimestre de 2011, identificando además el público objetivo (personal involucrado en cada etapa de implementación). En la tabla 5 (p15) del documento se resumen las acciones contingentes relacionadas con los riesgos identificados por la empresa GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA. LTDA. para cada una de las etapas del plan. GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA. LTDA. establece como principal instrumento de gestión el acuerdo voluntario con dos de los distribuidores principales ubicados en la ciudad de Pereira. Además de lo anterior, se menciona el diseño de dos pendones publicitarios y la inclusión de los empleados de distribuidores dentro del plan de capacitación y sensibilización. No se mencionan estímulos económicos para motivar la devolución de las baterías. El documento, en la tabla 7 (p19), incluye un resumen de los medios de información asociados a la gestión de información del plan posconsumo. Con relación a Clientes finales se incluye la publicidad impresa, carteleras y pendones, así como medios electrónicos. La publicidad impresa será implementada posterior a la evaluación de los resultados obtenidos con los pendones publicitarios ubicados en los dos establecimientos con centro de acopio habilitado.



Se estima recoger 3.824 unidades, equivalentes al 15% del promedio anual de las ventas de GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA. LTDA. durante los años 2007 y 2008.

5.2 Cronograma anual de ejecución.



Se incluye como Tabla 9 (p20) un cronograma de ejecución del plan, desde Julio de 2010 hasta marzo de 2011.

5.3 Costos anuales del Plan



Se estiman costos, para el primer año, de $454.440.

5.4 Mecanismos de registro y control para verificar resultados del Plan.



5.5 Procedimientos de captura y manejo de la información



El mecanismo propuesto está basado en la metodología de mejoramiento continuo (planear, hacer, verificar, actuar) usando como herramienta de registro cuatro formatos (control de cantidades, inspección de centros de acopio, bitácora y evaluación del Plan Posconsumo), para cada uno de éstos se plantea el objetivo, la frecuencia y pertinencia de su aplicación. En la Tabla 10 (p26) del documento se presenta un resumen de los formatos o tipos de registros relacionados previamente en el numeral 3.4 del

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“POR LA CUAL SE ACEPTA UN PLAN DE GESTIÓN DE DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS POSCONSUMO DE BATERIAS PLOMO ACIDO” Elementos del plan (planificación y seguimiento).

Cumple

Observaciones presente concepto. Los registros y documentos relacionados a los indicadores propuestos corresponden a: -

Bitácoras del estado de los centros de acopio Copia de registro de entrega de baterías a los centros de acopio Registros de entrega del material del centro de acopio. Acta de disposición final expedida por el gestor.

Se incluyen siete indicadores de desempeño ambiental:

5.6 Indicadores de desempeño Ambiental:



1. (Número de baterías devueltas / Número de baterías vendidas línea base 2007 – 2009) x 100, 2. Número de Baterías devueltas por centro de acopio, 3. Cantidad de materiales reciclados por unidad de producto, 4. Ahorro de materias primas por el reciclaje de las Baterías devueltas, 5. Número de no conformidades resueltas, 6. Número de empleados capacitados en temas ambientales, 7. Costo anual del plan Posconsumo de Baterías.

3.2 Otras consideraciones Se debe aclarar que en el caso de habilitar en un punto de venta (almacén directo, establecimiento de venta de repuestos, concesionario o taller autorizado) un espacio para que se reciban las baterías usadas que los usuarios o consumidores finales entreguen, sean personas naturales o jurídicas, este sitio será considerado como centro de acopio y por ende deberá garantizar: las condiciones técnicas y de seguridad que se señalan en el parágrafo dos del artículo sexto de la resolución 0372 de 2009, las prohibiciones establecidas en el artículo décimo de la mencionada resolución, así como expedir a los usuarios o consumidores las constancias de entrega que se mencionan en el parágrafo 2 del artículo sexto de la mencionada Resolución. Vale la pena resaltar que la empresa GERMÁN GAVIRIA S. Y CIA. LTDA. deberá verificar que ninguno de los centros de acopio que se instalen en los establecimientos anteriormente mencionados esté ubicado en una zona residencial. Lo anterior, en cumplimiento del literal (d) del artículo décimo de la Resolución 0372 de 2009. En caso que la empresa use centros de acopio diferentes a los mencionados en el plan presentado inicialmente, sobre el cual se esta pronunciando el Ministerio, deberá informarlo indicando la ubicación y las características del mismo. Estos centros de acopio deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 0372 de 2009. Por solicitud de esta Dirección, la Dirección Ambiental Regional Suroccidente de la CVC se pronunció con respecto al estado actual de las licencias, permisos o autorizaciones de carácter ambiental, expedidos a favor de la empresa MAC S.A., mediante comunicación escrita radicada con NUR. 4120-E1-166649 de 20 de diciembre de 2010, aclarando el recuento histórico del seguimiento realizado por CVC a los permisos de emisiones y vertimientos, así como del manejo de los residuos sólidos.

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“POR LA CUAL SE ACEPTA UN PLAN DE GESTIÓN DE DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS POSCONSUMO DE BATERIAS PLOMO ACIDO” A este respecto la CVC manifiesta, entre otros que, “finalmente y teniendo en cuenta el seguimiento y control que la Corporación ha realizado en relación al manejo integral que la empresa MAC S.A. le ha dado a sus residuos industriales peligrosos y no peligrosos generados en el proceso productivo, se puede afirmar que éste ha sido adecuado”. Por lo demás, con relación a los permisos de emisiones y vertimientos la CVC no menciona que a la fecha existan actos administrativos sobre procesos de investigación, prohibición o sanción en contra de la empresa MAC S.A. (…)”.

Que las conclusiones, así como las obligaciones señaladas en el referido Concepto Técnico No. 2200 – 3 - 169211 del 23 de diciembre de 2010, cuyo cumplimiento estará a cargo de la empresa GERMAN GAVIRIA S. Y CIA LTDA., serán consignadas en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS Que el artículo 80 de la Carta Política, preceptúa que le corresponde al Estado planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, y además, debe prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales, y exigir la reparación de los daños causados. Que igualmente, el Ordenamiento Constitucional señala en su artículo 95 que toda persona está obligada a cumplir con la Constitución y las leyes y dentro de los deberes de la persona y el ciudadano, establece en su numeral 8º el de: “Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano”. Que el artículo 2º de la Ley 99 de 1993 dispone la creación del Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, como el organismo rector de la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, encargado entre otras funciones, la de definir las regulaciones a las que se sujetarán la conservación, protección, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y el medio ambiente de la Nación, a fin de asegurar el desarrollo sostenible. Que la Resolución No. 372 del 26 de Febrero de 2009 “Por la cual se establecen los elementos que deben contener los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Usadas Plomo Acido”, tiene por objeto: ...Establecer los elementos que deben incluir los fabricantes o importadores de baterías plomo acido del parque vehicular, en los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Usadas Plomo Ácido, para su tenorio a la cadena de importación- producción- distribucióncomercialización, con el fin de proteger la salud humanan y el ambiente … Que en el artículo tercero del referido Decreto, se define el Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo, como el “Instrumento de gestión que contiene el conjunto de reglas, acciones, procedimientos y medios dispuestos para facilitar la devolución y acopio de productos post-consumo que al desecharse se convierten en residuos peligrosos, con el fin de que sean enviados a instalaciones en las que se sujetarán a procesos que

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“POR LA CUAL SE ACEPTA UN PLAN DE GESTIÓN DE DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS POSCONSUMO DE BATERIAS PLOMO ACIDO” permitirán su aprovechamiento y/o valorización, tratamiento y/o disposición fina! controlada. Que la Resolución No. 372 del 26 de Febrero de 2009, en su artículo sexto, señala los elementos que deben contener los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Plomo Acido. Que la Resolución No. 361 del 3 de Marzo de 2011 “Por la cual se modifica la Resolución 372 de 2009”, en su artículo primero, señala los elementos que deben contener los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Plomo Acido. Que con base en lo dispuesto en el Concepto Técnico No. 2200-3-169211 del 23 de diciembre de 2010, en concordancia con las normas legales antes señaladas, este Despacho procederá a aceptar el Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Usadas Plomo Acido, presentado por el representante legal de la empresa GERMAN GAVIRIA S. Y CIA LTDA.,con fundamento en los criterios y requisitos establecidos en la Resolución No. 372 del 26 de Febrero de 2009. Que a través del Decreto No. 3266 del 8 de octubre de 2004, mediante el cual se modificó la estructura del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, se creó la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales, adscrita al Despacho del Viceministro de Ambiente, a la que se le asignó entre otras funciones, la de elaborar, revisar y expedir los actos administrativos por medio de los cuales se otorguen o nieguen las Licencias Ambientales y demás instrumentos de manejo y control ambiental de competencia de este Ente Administrativo, como es el caso de los Dictámenes Técnicos Ambientales, así como los actos administrativos que sean necesarios para adelantar el procedimiento que tenga como fin el licenciamiento ambiental y demás autorizaciones ambientales. Que de acuerdo con las funciones asignadas mediante Resolución No. 0802 del 10 de mayo de 2006, por la cual se ajusta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal, el Asesor de la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales de este Ministerio, se encuentra debidamente facultado para suscribir el presente acto administrativo. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Aceptar el Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Plomo Acido, presentado por la empresa GERMAN GAVIRIA S. Y CIA LTDA., identificada con NIT. 891.409.006 - 4, dentro del documento “Plan Posconsumo de baterías plomo ácido” los elementos que deben contener los Planes de Gestión de Devolución Posconsumo de Baterías Usadas Plomo Ácido conforme a los criterios y requisitos establecidos en la Resolución No. 372 del 26 de Febrero de 2009 y a lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: La empresa GERMAN GAVIRIA S. Y CIA LTDA., con relación al primer informe de avance que corresponde al primer periodo de

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“POR LA CUAL SE ACEPTA UN PLAN DE GESTIÓN DE DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS POSCONSUMO DE BATERIAS PLOMO ACIDO” implementación (años 2010 y 2011) deberá incluir la siguiente información, en medio físico y magnético: 1

Avances del Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Usadas Plomo Ácido.

2

Cantidad de baterías correspondientes a la meta de recolección mínima para el periodo reportado en el informe de avance.

3

Cantidad (peso y unidades) de baterías plomo ácido recogidas y gestionadas, anexando copia de los certificados expedidos por el(los) receptor(es), en los términos establecidos en el literal (d), del artículo 17° del Decreto 4741 de 2005.

4

Porcentaje de recolección alcanzado, respecto a la meta establecida según el artículo segundo de la resolución 361 del 3 de marzo de 2011.

5

Ubicación (Departamento, municipio, dirección y teléfono de contacto) de todos los centros de acopio que se encuentren en operación.

6

Identificación (Nombre y ubicación) de las personas naturales o jurídicas que han realizado actividades de transporte, almacenamiento, aprovechamiento y/o valorización (incluyendo el reciclaje) de los residuos de baterías usadas plomo ácido.

7

Instrumentos de gestión desarrollados para lograr la devolución de los residuos por parte de los consumidores.

8

Resultados de los indicadores de desempeño ambiental propuestos en el plan.

9

Cantidad de baterías correspondientes a la meta de recolección mínima para el periodo a reportar en el próximo informe de avance.

10 Cualquier otra información que sirva para verificar el cumplimiento de las obligaciones que se derivan de la ejecución del Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Usadas Plomo Acido. ARTÍCULO TERCERO: El Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterias Plomo Acido, que se acepta mediante el presente acto administrativo, hace parte del Expediente GDP - 0028, abierto a nombre de la empresa GERMAN GAVIRIA S. Y CIA LTDA ARTÍCULO CUARTO: La empresa GERMAN GAVIRIA S. Y CIA LTDA deberá enviar copia de la presente resolución a las Corporaciones Autónomas Regionales en cuya jurisdicción se encuentren los sitios destinados para los centros de acopio y las instalaciones involucradas en el Plan de Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterias Plomo Acido, de que trata el presente acto administrativo. ARTÍCULO QUINTO: Comunicar por la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites de este Ministerio, el contenido de la presente Resolución al Ministerio de la Protección Social y a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios.

Resolución No. 0537 del 24 de marzo de 2011

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“POR LA CUAL SE ACEPTA UN PLAN DE GESTIÓN DE DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS POSCONSUMO DE BATERIAS PLOMO ACIDO” ARTÍCULO SEXTO: Notificar por la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales de este Ministerio, el contenido de la presente Resolución al representante legal y/o apoderado debidamente constituido de la empresa GERMAN GAVIRIA S. Y CIA LTDA, en la Calle 22 No. 6 – 39, Pereira – Risaralda. ARTÍCULO SEPTIMO: Ordenar por la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales, la publicación del encabezado y la parte resolutiva del presente acto administrativo en la Gaceta Ambiental de este Ministerio, de conformidad con los términos señalados en el artículo 71 de la Ley 99 de 1993. ARTÍCULO OCTAVO: Contra la presente resolución sólo procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante el mismo funcionario que la profirió, por escrito y dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 50, 51 y 52 del Código Contencioso Administrativo.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los

EDILBERTO PEÑARANDA CORREA Asesor Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales Exp No. GDP - 0028 C.T. No. 2200-3-169211 del 23 de diciembre de 2010 Elaboró: Angela Guerrero - Abogado DLPTA

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