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@) MINMINAS TODOS POR UN NUEVOPAIS PA Z EQUIDAD ED U( A( t0 N CONTRATO DE COMPRAVENTA. GGC No. 3 Q 8 . 2015 CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE MINA

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YU PA OBAYA TUVIVA. YU PA: un pueblo que danza
YU’PA OBAYA TUVIVA YU’PA: un pueblo que danza Ángel Acuña Delgado YU’PA OBAYA TUVIVA YU’PA: un pueblo que danza Colección Biblioteca Abya-Yala Nº

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CONTRATO DE COMPRAVENTA. GGC No. 3 Q 8 . 2015 CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA Y SELCOMP INGENIERIA S.A.S. Entre los suscritos a saber: MARÍA TERESA PARDO CAMACHO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 51 .692.626 expedida en Bogotá, actuando en nombre y representación del MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA en su calidad de Subdirectora Administrativa y Financiera conforme a la Resolución No. 90962 del 1O de septiembre de 2014; debidamente facultado para contratar de conformidad con la Ley 80 de 1993 y 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015 y para suscribir contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión por la Resolución No. 4 0285 del 27 de febrero de 2015, quien en adelante se denominará EL MINISTERIO de una parte, y por la otra NINI JOHANA MUÑOZ MUÑOZ, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía número 24.714.054, quien actúa en calidad de Representante Legal de la empresa SELCOMP INGENIERIA S.A.S., identificada con NIT No. 800.071.819-0, constituida por Escritura Pública No. 2.062 de la Notaría 34 de Bogotá D.C., del 25 de julio de 1989, bajo el No. 272.265 del Libro IX, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de compraventa , previas las siguientes consideraciones: 1. Que mediante Resolución No. 41 1495 del 14 de agosto de 2015, se ordenó la Apertura a la Selección Abreviada por Subasta Inversa Presencial No. 005 de 2015 y la publicación del pliego definitivo de condiciones. 2. Que el día 25 de agosto de 2015 se cerró el proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa Presencial No. 005 de 2015. 3. Que para la presente selección se presentaron las siguientes empresas: UT INFOMEDIA- EPM MICRODATA CUATRO, MANAGEMENT & QUALITY S.A.S., ITELCA S.A.S., ADA S.A., SELCOMP INGENIERIA S.A.S. y COMSISTELCO S.A.S. 4. Que el día 14 de septiembre de 2015, mediante Resolución No. 411855 se adjudicó el contrato a la empresa SELCOMP INGENIERIA S.A.S. 5. Que para el presente proceso existe el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. No. 54615 del 3 de agosto de 2015, con cargo al proyecto: "Actualización de la infraestructura informática y de comunicaciones del Ministerio de Minas y Energía, Bogotá, D. C.", expedido por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto del Ministerio de Minas y Energía. En virtud de lo anterior, las partes acuerdan: CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: Contratar la adquisición e implementación de una Herramienta de Gestión del Tecnologías de Información para el Ministerio de Minas y Energía, de acuerdo con el Anexo de Requerimientos Técnicos Mínimos . CLÁUSULA SEGUNDA. ALCANCE DEL OBJETO: El alcance del contrato es adquirir una herramienta de gestión de tecnologías de información que contenga los siguientes servicios o módulos, de acuerdo con el Anexo de Requerimientos Técnicos Mínimos: (i) Paquete de licencia para dos mil (2000) clientes web usuario final , (ii) Paquete de licencia para diez (1 O) usuarios CONCURRENTES (Agentes de servicio o gestores de servicio). (iii) Paquete de licencias para 10 usuarios NOMBRADOS (Agentes de servicio o gestores de servicio). (iv) Módulo de Mesa de Ayuda (Gestión de Incidentes). (v) Módulo de Gestión de Problemas. (vi) Módulo de Gestión de Requerimientos de TI. (vii) Módulo de gestión de solicitud de servicios en catálogo (orientado a servicios diferentes de TI). (viii) Módulo de Gestión de Cambios. (ix) Módulo de Gestión de Activos de TI. (x) Módulo de Gestión de Niveles de Servicios. (xi) Módulo de Inventario Automático de Hardware y Software. (xii) Módulo de Gestión de Configuraciones de infraestructura de TI. (xiii) Instalación, implementación y puesta en operación. (xiv) Garantía y soporte de la solución durante tres (3) AÑOS. (xv) Acuerdos de Niveles de Servicio, los cuales se encuentran establecidos en el Anexo de Requerimientos Técnicos Mínimos. CLÁUSULA TERCERA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El contratista se compromete con el Ministerio de Minas y Energía a cumplir con las siguientes obligaciones: 1) Obligaciones específicas: a. Entregar, instalar, configurar y poner en operación la herramienta de gestión de tecnologías de información, de conformidad con el Anexo de Requerimientos Técnicos Mínimos, dentro de los cuales se encuentra, entre otras obligaciones, las siguientes: b. Presentar Plan de trabajo y cronograma de trabajo dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la suscripción del Acta de Inicio, para revisión y aprobación del supervisor, con el fin de que se realicen los ajustes a que haya lugar. c. Cumplir satisfactoriamente el objeto del contrato conforme los requerimientos contenidos en el Anexo de Requerimientos Técnicos Mínimos ~ del presente documento. d . Aportar la garantía del fabricante por un término de tres (3) \ 1. años. e. Incluir durante el tiempo de garantía de tres (3) años, contados a partir de la Página 1 de 19 Calle 43 No 57-31 CAN Bogotá, Colombia Conmutador (57 1) 2200 300 Código postal 111321 www.minminos.gov.co

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CONTRATO DE COMPRAVENTA GGC No. 3 0 8 , 2015 CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Y SELCOMP INGENIERIA S.A.S. suscripción del acta de inicio, la prestación del soporte técnico 7x8x365, así: La respuesta a incidentes se debe proveer dentro de los plazos aquí establecidos contados a partir de la incidencia dada a través de correo electrónico, llamada telefónica, sistema de mensajería electrónica o cualquier otro medio acordado, Soporte telefónico ilimitado 7x8x365, Soporte remoto ilimitado (correo electrónico y mensajería instantánea o conexión VPN) 7x8x365, Presentación de incidente con severidad crítica sobre la plataforma, se debe dar respuesta sobre la atención en menos de cuatro (4) horas, sí el incidente no es resuelto, se deben recibir avances cada dos (2) horas, hasta su resolución, Presentación de incidente con severidad alta sobre la solución, se debe dar respuesta sobre la atención en menos de ocho (8) horas, sí el incidente no es resuelto, se deben recibir avances cada cuatro (4) horas, hasta su resolución, Presentación de incidente con severidad media sobre la solución, se debe dar respuesta sobre la atención en menos de doce (12) horas y se debe recibir avances con una frecuencia de 4 horas hasta su resolución , Presentación de incidente con severidad baja sobre la solución, se debe dar respuesta sobre la atención en menos de veinticuatro (24) horas y se debe recibir avances con una frecuencia de seis (6) horas hasta su resolución. Nota: El MINISTERIO considera como: Severidad crítica: lndisponibilidad del servicio. Severidad alta: Bloqueo de alguno de los servicios de la herramienta. Severidad media: Falla parcial de servicios de la herramienta. Severidad baja: Fallas temporales de poca incidencia operativa de la herramienta. f. Contar con una línea de servicio al cliente, donde se reporten los incidentes generados, con asistencia. g. Ejecutar el contrato con personal calificado, con el fin de garantizar su adecuada ejecución. h. Afiliar a todo el personal que trabaje en el desarrollo del contrato al sistema de seguridad social y presentar al Supervisor del Contrato su afiliación a ARL, al momento de realizar los trabajos dentro de las instalaciones del Ministerio. i. Asumir por su cuenta y riesgo los accidentes y eventualidades que le ocurran al personal que desarrolla el objeto del contrato. j. Asumir todos los costos directos e indirectos en que incurra para la ejecución del contrato. k. Acreditar el pago al sistema de seguridad social integral y aportes parafiscales si es del caso, de conformidad con la normatividad vigente aplicable. ii) Obligaciones Generales: a. Ejecutar con plena autonomía técnica, administrativa y financiera el objeto contractual. b. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones, malos entendidos y entorpecimientos durante la ejecución del contrato. c. Constituir la garantía única de conformidad con lo establecido en el contrato y mantener vigente la misma por el tiempo pactado en el contrato, así como de las modificaciones que se presenten en la ejecución del mismo. d. Acatar y aplicar de manera diligente las observaciones, lineamientos y recomendaciones impartidas por el Supervisor del contrato, para tal efecto debe corregir de forma inmediata cualquier falla o error que se cometa en la ejecución del objeto contractual. e. Guardar total reserva de la información que por razones del servicio y desarrollo de la actividad obtenga, ésta es de propiedad del Ministerio, y sólo salvo expreso requerimiento de autoridad competente podrá ser divulgada. f. Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía al Supervisor del contrato. g. Responder ante las autoridades competentes por los actos u omisiones que ejecute en desarrollo del contrato cuando en ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros en los términos del artículo 52 de las Ley 80 de 1993. h. Reparar los daños e indemnizar los perjuicios que cause al Ministerio por el incumplimiento del contrato. i. Responder civilmente por las demanda(s) impuestas por terceros derivadas de su actividad. j. Suscribir las actas que resulten con ocasión y ejecución del contrato. k. Las demás inherentes al objeto y a la naturaleza del contrato y aquellas indicadas por el Supervisor para el cabal cumplimiento del objeto del contrato. CLÁUSULA CUARTA. OBLIGACIONES DEL MINISTERIO. a. Suscribir el Acta de Inicio. b. Pagar el valor del contrato en la forma, plazos y montos establecidos, previa certificación de cumplimiento suscrita por el Supervisor del Contrato en las condiciones pactadas, dentro de los quince (15) días siguientes a la radicación de la cuenta en la Subdirección Administrativa y Financiera, de conformidad con la disponibilidad mensual del PAC. c. Velar por el cumplimiento del Contrato. d. Suministrar al CONTRATISTA la información necesaria que le permita cumplir con el objeto del Contrato. e. Atender oportunamente las solicitudes del Contratista. f. Presentar oportunamente las reclamaciones a que haya lugar. g. Ejercer la supervisión y control del contrato y expedir la Página 2 de 19

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certificación de cumplimiento. CLÁUSULA QUINTA. VALOR DEL CONTRATO: El valor del presente contrato es de CIENTO SETENTA MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE, ($170.550.000,00) incluido IVA, amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 54615 del 3 de agosto de 2015, con cargo al proyecto: "Actualización de la infraestructura informática y de comunicaciones del Ministerio de Minas y Energía, Bogotá, O. C. ", expedido por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto del Ministerio de Minas y Energía. CLÁUSULA SEXTA. FORMA DE PAGO: El valor del contrato será cancelado de la siguiente forma: a Un único pago correspondiente al cien por ciento (100%) del valor del contrato, previa entrega e implementación de la Herramienta de Gestión de Tecnologías de Información ofertada, previa presentación de los siguientes documentos: El pago se efectuará dentro de los quince (15) días siguientes a la radicación de la cuenta en la Subdirección Administrativa y Financiera de: i) Entrega en funcionamiento de los equipos, objeto del Contrato. ii) Certificación de recibo a satisfacción de los equipos suministrados suscrito por el supervisor. iii) Recibos de pago por concepto de aportes al sistema de seguridad social en salud, pensión y al sistema de riesgos laborales y aportes parafiscales si a ello hubiere lugar, de conformidad con la normatividad aplicable. iv). Factura. Sin perjuicio de lo anterior, queda entendido que la forma de pago supone la entrega real y efectiva equipos contratados y del cumplimiento de las obligaciones generales y específicas. En todo caso, el pago está sujeto a los desembolsos de la Dirección del Tesoro Nacional y a la correspondiente programación de PAC. El citado pago se efectuará mediante consignación en la cuenta que el adjudicatario acredite como propia, mediante certificación expedida por la respectiva entidad bancaria y lo indicado en el formulario SIIF. El pago se consignará en la cuenta que indique el contratista en la cuenta SIIF debidamente diligenciado por el mismo. PARÁGRAFO PRIMERO: Los pagos a favor de EL CONTRATISTA, se consignarán en la Cuenta Corriente No. 04307181902 de Bancolombia, de acuerdo con la certificación bancaria suministrada por éste. CLÁUSULA SÉPTIMA. PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución será de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la suscripción del acta de inicio. previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. CLÁUSULA OCTAVA. SUPERVISIÓN: El MINISTERIO ejercerá la supervisión y el control del presente contrato por medio del Coordinador del Grupo de Tecnologías de la Información y Comunicación o quien este designe por escrito; quien tendrá las funciones señaladas en el Manual de Contratación del Ministerio de Minas y Energía adoptado mediante Resolución 9 0810 del 30 de Julio de 2014 o aquella que la adicione, modifique o sustituya, así como las señaladas en la Ley 1474 de 2011. CLÁUSULA NOVENA. GARANTÍAS: EL CONTRATISTA deberá constituir las siguientes garantías, bajo cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 2.2.1 .2.3.1.1 del Decreto 1082 de 2015: a) Cumplimiento: Por el diez por ciento (1 0%) del valor del contrato, con una vigencia igual al tiempo de ejecución del contrato y tres (3) años más, a partir de la suscripción del contrato. b) Calidad del servicio por el diez por ciento (1 0%) del valor del contrato , con vigencia igual al tiempo de ejecución del contrato y doce (12) meses más, a partir de la suscripción del contrato. e) Calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados. Por el veinte por ciento (20%) del valor del contrato , con vigencia igual al tiempo de ejecución del contrato y tres (3) años más, a partir de la fecha de terminación del Contrato. d) Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por el cinco por ciento (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, a partir de la suscripción del contrato. e) Responsabilidad Civil Extracontractual. Por un valor equivalente a 200 SMMLV, con vigencia igual al tiempo de ejecución del contrato , contado a partir de la suscripción del mismo. La Entidad Estatal y el contratista deben tener la calidad de asegurado respecto de los daños producidos por el contratista con ocasión de la ejecución del contrato amparado, y serán beneficiarios tanto la Entidad Estatal como los terceros que puedan resultar afectados por la responsabilidad de EL CONTRATISTA o sus subcontratistas. PARÁGRAFO PRIMERO: La garantía con sus respectivos anexos, deberá constituirse en pesos colombianos y presentarse a la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio para su aprobación, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. PARAGRAFO SEGUNDO: En caso de ampliación, reajuste del valor o

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CONTRATO DE COMPRAVENTA GGC No. Ü o 2015 CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Y SELCOMP INGENIERIA S.A.S. prórroga del Contrato EL CONTRATISTA deberá ampliar proporcionalmente la garantía. El pago de la prima correrá por cuenta de EL CONTRATISTA, así como el de las ampliaciones a que haya lugar. CLAUSULA DÉCIMA. AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL El presente Contrato es de naturaleza civil. En consecuencia, el CONTRATISTA actuará con total autonomía e independencia administrativa, sin perjuicio de las obligaciones pactadas. Por la naturaleza civil y autónoma de este Contrato, no se genera entre el Ministerio de Minas y Energía y el CONTRATISTA ni sus subcontratistas ningún vínculo diferente al de este, quedando aceptada y entendida por las partes la inexistencia de cualquiera de los elementos constitutivos de relaciones laborales, como subordinación , dependencia, prestaciones sociales o pagos diversos del exclusivamente pactado en este Contrato. Lo anterior sin perjuicios de los requerimientos de coordinación propios de la relación contractual. CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA. MULTAS. En caso de presentarse mora en el cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista, el MINISTERIO, mediante resolución motivada, le impondrá a éste multas diarias y sucesivas por una suma igual al cero coma cinco por ciento (0,5%) del valor del contrato, las cuales sumadas no podrán superar el veinte por ciento (20%) del valor del mismo. Estas multas tendrán carácter de conminatorias, y para su aplicación se observará el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. Una vez concluido dicho procedimiento, se autoriza al Ministerio a descontar el valor de las mismas de los saldos pendientes por pagar al CONTRATISTA o hacerlas efectivas con cargo a la garantía que ampara el cumplimiento del contrato. CLAUSULA DÉCIMA SEGUNDA. PENAL PECUNIARIA. En el evento de presentarse incumplimiento parcial o definitivo de alguna o todas las obligaciones derivadas de este contrato , sin perjuicio de la imposición de multas, el MINISTERIO, mediante resolución motivada, podrá declarar unilateralmente tal incumplimiento e imponer al CONTRATISTA una pena pecuniaria equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, sin que el pago de la pena extinga el cumplimiento de la obligación principal. La cláusula penal pecuniaria tendrá carácter resarcitorio, y para su aplicación se observará el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 . Una vez concluido se autoriza al Ministerio para descontar el valor de la cláusula penal de los saldos pendientes por pagar al CONTRATISTA o hacerla efectiva con cargo a la garantía que ampara el cumplimiento del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO. El CONTRATISTA deberá reajustar el valor de la garantía única de acuerdo con la disminución de la cobertura . El CONTRATISTA renuncia a cualquier requerimiento judicial o extrajudicial para efectos de declarar la constitución en mora. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN: El presente Contrato no podrá ser cedido a título alguno por EL CONTRATISTA, sin consentimiento previo y escrito de EL MINISTERIO de conformidad con lo dispuesto en artículo 41 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. GASTOS DEL CONTRATO: Serán por cuenta de EL CONTRATISTA: El valor de la prima de la garantía ofrecida. PARÁGRAFO: En caso de que haya necesidad de prorrogar, modificar o suspender el Contrato, EL CONTRATISTA sufragará por su cuenta todos los gastos que impliquen las mismas. CLAUSULA DÉCIMA QUINTA. DOCUMENTOS DEL PRESENTE CONTRATO: Forman parte integral del presente Contrato los siguientes documentos : 1. Estudios previos 2. El Pliego de Condiciones y sus Adendas. 3. Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. No. 54615 del 3 de agosto de 2015. 4. La Garantía. 5. Oferta y sus anexos. 6. Resolución de Adjudicación CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. DECLARACIÓN SOBRE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA afirma bajo la gravedad de juramento que se entenderá prestado con la firma del presente Contrato, que no se halla incurso en las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución y la ley y en particular en las contempladas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y si llegare a sobrevenir alguna, actuará conforme lo prevé el artículo 9° de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA. INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a EL MINISTERIO de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. , de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. RÉGIMEN JURÍDICO: El presente Contrato se regirá por las disposiciones de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015, y demás Página 4 de 19

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CONTRATO DE COMPRAVENTA GGC No. 3 0 8 , 2015 CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Y SELCOMP INGENIERIA S.A.S. normas reglamentarias, las comerciales y civiles pertinentes. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales a que hubiere lugar en desarrollo del presente Contrato, las partes como domicilio contractual acuerdan la ciudad de Bogotá D. C. CLÁUSULA VIGÉSIMA. LIQUIDACIÓN: La liquidación del presente contrato se efectuará dentro del término establecido en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 modificado por el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 y Decreto Ley 019 de 2012. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO EJECUCIÓN Y PUBLICACIÓN: Para el perfeccionamiento del contrato se requiere las firmas de las partes. Para su ejecución la expedición del Registro Presupuesta! y aprobación de la garantía por parte del Ministerio de Minas y Energía. La publicación en el SECOP se realizará conforme lo dispone el artículo 223 del Decreto 019 de 2012. Para constancia se firma en Bogotá, D.C., a los

14 SEP 2015

EL MINISTERIO

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Proyectó: Laura Roela Remolina Cabrera 1 Profesional Especializada del Grupo de Gestión Contractual\.. ' Revisó: Bellaniris Ávila Bermúdezl Coordinadora Grupo de Gestión Contractual. ~F" Aprobó: Maria Teresa Pardo Camacho 1 Subdirectora Administrativa y Financiera

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CONTRATO DE COMPRAVENTA GGC No. 3 0 8 \ 2015 CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Y SELCOMP INGENIERIA S.A.S. ANEXO "REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS"

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS PARA LA ADQUISICIÓN DE LA SOLUCIÓN DE GESTIÓN DE TIC

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1

Características

Mínimo Exigido por el Ministerio de Minas y Energía

Características Generales de la Herramienta de Gestión de TIC

1.1

Nombre de la herramienta de Gestión de TIC

Debe indicar El Nombre de la herramienta de gestión de gestión de TIC ofrecida

1.2

Versión

Debe indicar la versión precisa de la herramienta de gestión de gestión de TIC ofrecida

1.3

Tipo de licenciamiento

1.4

Certificación Pink Elephant

El licenciamiento debe ser a perpetuidad

la herramienta debe estar certificada por Pink Elephant version 2011 (PinkVerify) en al menos nueve (9) procesos. Debe anexar a su oferta esta certificación .

1.5

Usuarios de agente de servicios concurrentes

Incluir mínimo diez (10) usuarios de agentes de servicios concurrentes para todos los procesos solicitados en este docuemento.

1.6

Usuarios de agente de servicios nombrados

Incluir mínimo diez (10) usuarios nombrados de agentes de servicios para todos los procesos solicitados en este documento.

1.7

Self Service (Usuario Final)

Dos mil (2.000) licencias web para usuario final (Colocar. hacer seguimiento de incidentes)

1.8

Garantía

Tres (3) años de garantía durante los cuales se debe brindar soporte conforme los Acuerdos de Niveles de servicio

1.9

las herramientas propuestas deben ejecutar sobre el mismo entorno. sobre la misma plataforma y actualizar la misma base de datos. Todos los incidentes. problemas. items de configuración y peticiones deben registrarse en un único repositorio (base de datos) cen tral.

1.10

Debe incluir la funcionalidad de envio de notificaciones. escalamientos y aprobaciones

1.11

El entorno de trabajo debe permitir personalizar las pantallas para soportar personalizaciones especificas requeridas

1.12

la herramienta deberá contar con opciones de Búsqueda Avanzadas y QBE (Query By Example) que permitan rea lizar búsquedas por cualquier campo del ticket

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Ofrecido (Indicar el número de folio del catálogo)

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EOUC ACION

CONTRATO DE COMPRAVENTA_GGC No. 3 0 8 , 2015 CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA Y SELCOMP INGENIERIA S.A.S. 1.13

Debe proveer interfaces web. soportando como mínimo Firefox. Chrome y MS·Internet Explorer.

1.14

Debe documentar procesos gráficamente. Los procesos deben estar predefinidos según las mejores practicas de ITIL y deben poder actualizarse

1.15

Debe contar con una visión resumida del estado de los servicios

1.16

Diseño de procesos: debe contar con una interface gráfica para que "no programadores" puedan diseñar e implemen tar los procesos por ejemplo: procesos de realización de peticiones. creación automática de problemas. etc

1.17

Debe tener una plataforma para automatizar y gestionar procesos de negocio. centrada en requerimientos. basada en workflow.

1.18

Debe contar con gestión de reportes fijos y parametrizables. deberá proporcionar funciones de generación de Reportes fijos y personalizados.

1.19

La solución ofertada deberá de contar con interfaz en español

1.20

Debe brindar las funciones necesarias para soportar entornos de multiempresa y/o Multiproyecto

1.21

Debe proveer funciones para la importación y exportación de información

1.22

La herramienta deberá contar con Permisos de Acceso por roles de usuario

1.23

Debe poder funcionar en W indows o Linux

1.24

Debe soportar distintos motores de base de datos Microsoft SOL Server y Oracle

1.25

Debe permitir configurar las soluciones para notificar automáticamente a los usuarios implicados cuando se registre un nuevo requerimiento. una actualización o cierre del ticket

1.26

La solución ofertada debe tener la opcion de operar en esquema de alta disponibilidad con tolerancia a fallas.

1.27

El proponente debe incluir como parte del ServiCIOS el levantamiento de proceso de Incidentes. requerim ientos. Sl.As. y catalogo de servicios.el proceso debe implementarse en la herramienta.

1.28

Los componentes de la solución ofrecida deben ser del mismo fabricante o de la misma marca

..

Para la implementación. se deben incluir todos los módulos aqui solicitados.

1.29

Se debe configurar: Un (1) coordinador con nueve (9) agentes Tres (3) Grupos Gestores o Resolutores con un aproximado entre dos (2) y seis (6) gestores o resolutores. Construir mínimo cinco (5) servicios. los cuales deben ser publicados en el portal de la herramienta.

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CONTRATO DE COMPRAVENTA GGC No. . 3 Q 8 • 2015 CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Y SELCOMP INGENIERIA S.A.S.

1.30

La CMDB debe ser común para cada uno de los módulos implementados, es decir cada uno de los módulos de la solución de Gestión de TIC ofrecida, deben estar integrados de manera nativa en una única Base de Datos de Gestión de Configuración (CMDB) a nivel de datos y procesos.

1.31

La solución debe implementar la Configuration Manager DataBase siguiendo las recomendaciones ITIL. expandible y personalizable

Base de datos de gestión de configuración CMDB 1.32

Debe proveer facilidades de simulación de impacto. Es decir, que debe modelar el impacto en un items de configuración sobre otros componentes de infraestructura y sobre los servicios. La lista de items de config uración impactados debe ser generada automáticamente en función de la información de los items de configuración.

1.33

La CMDB debe estar en la capacidad de imcluir elementos de con figuracion distintos a componentes tecnologicos de informacion, permitiendo crear campos adicionales específicos para cada elemento.

2

Módulo de Mesa de Ayuda Deberá brindar el único punto de contacto con los usuarios para resolver sus preguntas. problemas. incidentes peticiones relacionados con los servicios que la compañía les presta

2.1

1--

La solución debe tener un inmediato y completo nivel de integración con los demás componentes.

2.2 1--

Debe tener la inteligencia de sugerir proactivamente soluciones, artículos de conocimiento, plantillas, soluciones o ticket similares ba sados en el contexto del incidente (usuario, descripción, etc) para agilizar y acelerar el registro y resolución del ticket. para un aproximado de dos mil (2.000) tickets.

2.3

1--

2.4

Asignación automática de un número de caso para cada incidente reportado.

2.5

Identificación del usuario que llama al centro de atención, contando con la siguiente información, dirección de email, TE, ubicación física, área en la que trabaja .

Aspectos Generales 2.6

La opción de efectuar encuestas personalizadas para ser enviadas automáticamente al usuario fina l. en donde se evalúe y reporte la calidad del servicio recibido.

2.7

Recolección y análisis de la información de las encuestas sobre la gestión de la mesa de ayuda.

2.8

Gestión de una base de datos de soluciones centralizada e integrada.

2.9

Generación de notificaciones automáticas de los req uerimientos o situaciones criticas, vía email u otros.

2.10

Asignación automática de los requerimientos basándose en cargas de trabajo, horarios y capacidades del agente de Service Desk.

2.11

Definición de niveles de seguridad y acceso tanto para los agentes como para administrador. etc.

Calle 43 No 57-31 CAN Bogotá, Colombia Conmutador (57 1) 2200 300 Código postal 11 1321 www.minminas.g o v.c o

TODOS POR UN

(?~ ._ ... MINMINAS

NUEVOPAIS

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PAZ

·.

EQUIDAD

(O UC ACIOH

CONTRATO DE COMPRAVENTA GGC No. 3 0 8 • 2015 CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Y SELCOMP INGENIERIA S.A.S. Debe permitir configurar un tiempo para el cierre automático en caso de que el usuario no confirme la resolución del incidente

2.12 2.13

Incidentes

Debe permitir abrir incidentes a través de emails

2.1 4

deberá registrar la Fecha y hora de Cierre de la incidencia automáticamente

2.15

Asignación de un ID único de manera automática.

2.16

Registro de la información básica: usuario, hora. incidencia. etc.

2.17

La herramienta deberá permitir crear y recuperar de manera rápida y eficiente los datos del solicitante, validando al solicitante contra la base de personas de la organización.

2.19

La herramienta deberá notificar automáticamente a los usuarios implicados cuando se registre una nueva incidencia

2.20

Clasificación por categoría.

2.21

Clasificación por prioridad. urgencia e impacto. Calculo automático y configurable de la prioridad en función de urgencia e impacto.

2.22

Registro del incidente en una base de datos central

2.23

Búsquedas de casos por cualquier campo

2.24

La solución debe permitir definir y asignar las tareas necesarias para la resolución del incidente. Dichas tareas deben ser asignadas a usuarios que deben realizarlas, registrar los resultados y cerrarlas.

- 2.25

Clasificación por servicio (SLA's)

2.26

Clasificación por tiempo estimado

2.27

Facilidades para que los usuarios finales pueden reportar. modificar y cerrar incidentes a través de la interfaz web

2.28

La herramienta debe permitir identificar de manera rápida y concisa los incidentes relaciones con el mismo solicitante proporcionando la facilidad de identificar incidentes duplicados y evitar la captura de incidentes capturados previamente.

1-

2.29

1---

2.30 1---

2.31

Integración con LDAP y Active Directory de Microsoft identificación en cada uno de los casos si el problema provoca una pérdida total de servicios. La herramienta debe permitir crear multiples estados de incidentes dependiendo del servicio prestado.

f-

2.32

Comparación con incidentes, problemas y soluciones similares almacenados en la base de datos central

'V

'----

Página 9 de

Calle 43 No 57-3 1 CAN Bogotá, Colombia Conmutador (57 1} 2200 300 Cód igo postal 111321 www.minminos.gov.co

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