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Edita: DIPUTACIÓ PROVINCIAL DE VALÈNCIA Dissabte, 4 de FEBRER de 2012. N.º 30 Les publicacions que apareixen en el Butlletí Oficial de la Província són responsabilitat exclusiva dels òrgans remitents.
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Edita: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA Sábado, 4 de FEBRERO de 2012. N.º 30 Las publicaciones que figuran en el Boletín Oficial de la Provincia son responsabilidad exclusiva de los órganos remitentes.
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DELEGACIÓN DEL GOBIERNO Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre notificación a Felipe Moreno - Valverde Durán. Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre notificación a José Expósito Rodríguez. Edicto del Jurado Provincial de Expropiación de Valencia sobre notificación a Dolores Monzó Camarena, con domicilio en C/ San Miguel, nº 26, 46717 La Font d’En Carròs (Valencia). Edicto de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre solicitud de propaganda comercial aérea de la compañía Airpull Aviation, S.L.
DIPUTACIÓN 10 Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia sobre aprobación definitiva del proyecto de sustitución del equipo de climatización actual de la sala y escenarios del Teatro Principal de Valencia. 11 Edicte de l’Excel·lentíssima Diputació Provincial de València sobre acceptació per a ampliar la delegació de l’Ajuntament de Bolbaite en matèria tributària. 12 Edicte de l’Excel·lentíssima Diputació Provincial de València sobre acceptació de la delegació en matèria tributària de l’Ajuntament de Silla. 13 Anuncio de la Institució Alfons el Magnànim sobre aprobación de las bases que han de regir los premios “Valencia” de narrativa en Castellano. ADMINISTRACIÓN CENTRAL 16 Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre información pública de concesión de aguas subterráneas en el término municpal de Riba-Roja de Túria (Valencia). 17 Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre notificación a interesados de resolución denegatoria de inscripción de aprovechamientos en la sección B del Registro de Aguas. 18 Edicto de la Dirección Provincial del SPEE/INEM en Valencia sobre comunicación de resolución de extinción de las prestaciones, como consecuencia de acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. 19 Edicto de la Dirección Provincial del SPEE/INEM en Valencia sobre remisión de resolución de percepción indebida de prestaciones por desempleo de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92. 20 Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en la partida “Castejón” del término municipal de Requena (Valencia), con destino a riego. 21 Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre información pública de concesión de aguas subterráneas en el término municpal de Chiva (Valencia).
MUNICIPIOS 23 Edicto del Ayuntamiento de Foios sobre aprobación de bases de bolsa de trabajo SMAD. 28 Anuncio del Ayuntamiento de Alginet sobre primera notificación de multas de tráfico 23-1-12. 30 Anuncio del Ayuntamiento de Alginet sobre segunda notificación de multas de tráfico 23-1-12. 33 Anuncio del Ayuntamiento de Sedaví sobre notificación de denuncias de multas de tráfico. 34 Edicto del Ayuntamiento de Alginet sobre vehículos abandonados 22-1-12. 35 Edicto del Ayuntamiento de Sedaví sobre notificación de resoluciones sancionadoras en materia de tráfico. 36 Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre aprobación definitiva del presupuesto general 2012. 41 Anuncio del Ayuntamiento de Quart de Poblet sobre puesta al cobro padrón de agua, tercer cuatrimestre 2011. 42 Edicto del Ayuntamiento de Gandia sobre bajas del padrón por caducidad de inscripción (ENCSARP/ septiembre 2011). 44 Edicto del Ayuntamiento de Siete Aguas sobre adjudicación definitiva de contrato de obras. 45 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre información pública de la solicitud de licencia ambiental a nombre de Yang Shuang Feng para la actividad de bar restaurante sin ambientación musical sita en Av. Doctor Waksman, nº 10 bj. E/03901/2010/1774. 46 Anunci de l’Ajuntament de L’Alcúdia sobre aprovació d’ordenança d’ocupació de la via pública. 47 Edicto del Ayuntamiento de Chiva sobre la aprobación definitiva del Reglamento del Consejo Agrario Municipal de Chiva y publicación del texto íntegro. 50 Edicto del Ayuntamiento de L’Alqueria de la Comtessa sobre aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada y salida de vehículos a través de las aceras y/o vías públicas, reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo, por carga y descarga de mercancías y materiales y acceso a inmuebles. 51 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre información pública de la solicitud de licencia ambiental a nombre de Conselleria de Justicia y Bienestar Social para la actividad de Centro Especializado de Atención a Personas Mayores, sita en C/ Jorge Juan, nº 24 bj. E/03901/2011/1684. 52 Anuncio del Ayuntamiento de L´Alqueria de la Comtessa sobre probación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público local por mesas, sillas, tribunas, entarimados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa. 53 Anuncio del Ayuntamiento de Beniparrell sobre calendario Fiscal para el año 2012.
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54 Edicto del Ayuntamiento de Beniparrell sobre corrección de errores de ordenanza fiscal IBI. 55 Edicte de notificació de l’Ajuntament de Cocentaina sobre proposta de resolució de l’òrgan instructor de l’expedient sancionador 26/2011. 56 Edicte de notificació de l’Ajuntament de Cocentaina sobre proposta de resolució de l’òrgan instructor de l’expedient sancionador 27/2011. 57 Edicto del Ayuntamiento de Torres Torres sobre aprobación provisional de la modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por celebración matrimonio civil. 58 Edicto del Ayuntamiento de Bèlgida sobre exposicion inicial de presupuesto general ejercicio 2012. 59 Edicto del Ayuntamiento de Torres Torres sobre aprobación provisional de la modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación del dominio público con mesas, sillas, veladores y elementos análogos. 60 Edicto del Ayuntamiento de Catarroja sobre exposición pública y aprobación de padrones tributarios. 61 Edicto del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria sobre notificación como colindante de licencia ambiental, expte. 126/2011. 62 Edicto del Ayuntamiento de Utiel sobre notificación según el artículo 59 del la Ley 30/1992, a Varmonpro, S.L. 63 Edicto del Ayuntamiento de Cullera sobre trámite de audiencia a propietarios desconocidos del inmueble sito en calle La Rapita, 9, de Cullera. 64 Edicto del Ayuntamiento de Utiel sobre notificación según art. 59 de la Ley 30/1992 a Italo Española de Poliuretanos Clemente, S.A. 65 Edicto del Ayuntamiento de Genovés sobre exposición pública de padrones primer semestre 2012. 66 Anuncio del Ayuntamiento de Almussafes sobre renovación de la inscripción padronal de varios ENCSARP. 67 Edicto del Ayuntamiento de Andilla sobre aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 1/2011. 68 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notificación de la Resolución de Alcaldía recaída en el expediente nº 1305/2008/659 (E1), incoado en virtud de reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta por D. Julio César Castañeda Jiménez. 70 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia, Servicio Central del Procedimiento Sancionador, Sección Tercera, relativo al expte. 01306/2011/5874. 71 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notificación de la Resolución de Alcaldía recaída en el expediente nº 1305/2009/378 (E1), incoado en virtud de reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta por D. José María Navarro Estañ. 73 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notificación de la Resolución de Alcaldía recaída en el expediente nº 1305/2009/400 (E1), incoado en virtud de reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta por Dª Gloria Elena Valderrama Sánchez. 74 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notificación de la Resolución de Alcaldía recaída en el expediente nº 1305/2009/739 (E1), incoado en virtud de reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta por Dª Antonia Leal Tébar. 75 Anuncio del Ayuntamiento de Moncada sobre modificación de delegaciones de concejalías y miembros de la Junta de Gobierno Local. 77 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notificación de diversos actos relativos a expedientes tramitados por la Oficina de Responsabilidad Patrimonial. 78 Edicto del Ayuntamiento de Buñol sobre delegación de autorización para celebración de matrimonio civil el día 03/03/2012, en D. Miguel Vallés Manzano. 79 Edicto del Ayuntamiento de La Pobla Llarga sobre aprobación de padrones fiscales. 80 Anuncio del Ayuntamiento de Alboraya sobre aprobación inicial del Reglamento de Segunda Actividad de la Policía Local.
81 Anuncio del Ayuntamiento de Albal sobre aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio. 82 Edicto del Ayuntamiento de Pedralba sobre expedientes de restauración de legalidad urbanística. 83 Edicte de l’Ajuntament de Corbera sobre aprovació provisional de modificació de diferents ordenances fiscals. 84 Edicte de l’Ajuntament de Corbera sobre aprovació provisional del Reglament d’Honors i Distincions. 85 Edicto del Ayuntamiento de Gandia sobre notificación de los expedientes sancionadores que se citan en materia de tráfico. 118 Edicto del Ayuntamiento de Marines sobre plan de saneamiento y reequilibrio financiero 2012-2014. 119 Anuncio del Ayuntamiento de Buñol sobre baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes de Afrodita Radu y otros. 120 Anuncio del Ayuntamiento de Buñol sobre expediente de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes de Carlos Alejandro Rodríguez y otros. 121 Anuncio del Ayuntamiento de Buñol sobre expediente de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes de Narciso Antonio Quintana Gutiérrez y otros. 122 Anuncio del Ayuntamiento de Buñol sobre expediente de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes de Felipe López Faubell y otros. 123 Anuncio del Ayuntamiento de Buñol sobre expediente de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes de Stefan Mihai Tamas. 124 Anuncio del Ayuntamiento de Montroy sobre fin de expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de Francisco José Romero Delgado. 125 Edicte de l’Ajuntament de Corbera sobre notificació a veïns de l’ampliació d’activitat de central hortofrutícola en Av. Alzira, 5, promoguda per Morales Júcar, S.A. 126 Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes. 128 Anuncio del Ayuntamiento de Montroy sobre fin de expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de Gustavo Pérez Castillo. 129 Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes. 130 Anuncio del Ayuntamiento de Navarres sobre aprobación inicial de la ordenanza reguladora del vallado y limpieza de solares. 131 Edicto del Ayuntamiento de Alzira sobre aprobación inicial del Reglamento para el régimen y gobierno en la prestación de servicios en el Cementerio Municipal de la ciudad. 132 Anuncio del Ayuntamiento de Navarres sobre aprobación provisional de la tasa por retirada de vehículos de la vía pública. 133 Edicte de l’Ajuntament de Bocairent sobre aprovació provisional de l’ordenança fiscal reguladora de la taxa per ocupació de terrenys d’ús públic amb taules i cadires, amb finalitat lucrativa. 134 Edicte de l’Ajuntament de Bocairent sobre aprovació inicial del pressupost general per a 2012. 135 Anuncio del Ayuntamiento de Requena sobre notificación declaración baja de oficio en el padrón de habitantes de Agne Vitkauskyte. 136 Edicto del Ayuntamiento de Carcaixent sobre notificación por comparecencia de baja de licencia de vados. 137 Anuncio del Ayuntamiento de Requena sobre notificación de declaración de baja de oficio en el padrón de habitantes de Laima Galinauskiene. 138 Anuncio del Ayuntamiento de Requena sobre notificación de declaración de baja de oficio en el padrón de habitantes de Justina Galinauskaite. 139 Edicto del Ayuntamiento de Carcaixent sobre exposición al público de la aprobación inicial de modificación de ordenanzas fiscales. 140 Edicto del Ayuntamiento de Mislata sobre notificación a desconocidos y ausentes (Ramona Fernández Campos y 18 más).
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141 Edicto del Ayuntamiento de Benirredrà sobre publicación definitiva del prespuesto general 2012 y plantilla de personal. 143 Anuncio del Ayuntamiento de L’Alcúdia de Crespins sobre delegación de boda civil del alcalde en un concejal. 144 Anuncio del Ayuntamiento de Alboraya sobre delegación para celebración de matrimonios civiles (Expte. 34/2011). 145 Anunci de l’Ajuntament de Benimodo sobre aprovació definitiva del Reglament d’Organització i Funcionament del Consell Municipal de Cultura i Festes. 148 Anunci de l’Ajuntament de Benimodo sobre aprovació definitiva del Reglament d’Organització i Funcionament del Consell Municipal d’Esports i Joventut. 150 Anuncio del Ayuntamiento de Benimodo de aprobación definitiva del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Municipal de Política Social. 153 Anuncio del Ayuntamiento de Picassent sobre aprobación de bases de ayudas económicas destinadas al transporte para estudiantes universitarios o de ciclos formativos de grado superior residentes en el municipio de Picassent. 154 Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia relativo al acuerdo aprobatorio del acuerdo laboral para el personal funcionario para los años 2012-2015. 178 Edicto del Ayuntamiento de Massanassa sobre licencia ambiental para ejercer una actividad dedicada a taller de reparación de vehículos automóviles.
187 Edicto del Juzgado de lo Social número seis de Valencia sobre autos número 980/2010 contra Tecnisegur Seguridad, S.L., y otro. 188 Edicto del Juzgado de lo Social número trece de Valencia sobre autos número 1.253/2010 contra ABC Valencia, S.L., y otros. 189 Edicto del Juzgado de lo Social número cinco de Valencia sobre expediente número 844/2011 contra Tecno Habitat Security, S.L.U. 190 Edicto del Juzgado de lo Social número trece de Valencia sobre autos número 1.123/2010 contra Francisco Pedro Gullen de Luz y otros. 191 Edicto del Juzgado de lo Social número seis de Valencia sobre autos número 929/2010 contra Soluciones Integrales de Levante, S.L., y otro. 192 Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre ejecución número 102/12-LU contra Luxpa, S.L. 193 Edicto del Juzgado de lo Social número seis de Valencia sobre autos número 1.291/09 contra Fontanería Instalaciones Reformas Industriales y Sanitarias, S.L. 194 Edicto del Juzgado de lo Social número diez de Valencia sobre autos número 194/2011 contra Publimar Siglo XXI Publicidad Exterior, S.L., y otro. 195 Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre ejecución número 156/12-MN contra Grupolevacom, S.L. 196 Edicto del Juzgado de lo Social número seis de Valencia sobre autos número 602/2010 contra Obras y Servicios Tracpel, S.L., y otros. 197 Edicto del Juzgado de lo Social número quince de Valencia sobre autos número 1.503/2010/B contra Jufer Energías, S.L., y otro. 198 Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre ejecución número 157/2012-MN contra delice Pan y Arte, S.L. 199 Cédula de citación del Juzgado de lo Social número nueve de Valencia sobre expediente número 1.189/2011 para Hitaca Gestión de Arte y Cultura, S.L., y otras. 200 Cédula de citación del Juzgado de lo Social número cinco de Valencia sobre expediente número 343/2011 para Fustdecor, S.V. 201 Cédula de citación del Juzgado de lo Social número quince de Valencia sobre autos despido número 1.430/2011/A para Dinamiz-E Consultoría Creatividad y Desarrollos Tecnológicos, S.L. 202 Cédula de citación del Juzgado de lo Social número doce de Valencia sobre expediente número 1.395/2010 para Casa Fores, S.L., y otro.
JUSTICIA 180 Edicto del Juzgado de lo Social número catorce de Valencia sobre autos número 569/2011 contra Viuda de Borrás, S.L. 181 Edicto del Juzgado de lo Social número seis de Valencia sobre autos número 979/2010 contra Tecnisegur Seguridad, S.L., y otro. 182 Edicto del Juzgado de lo Social número dos de Valencia sobre autos número 99/2011 contra Flagx Levante, S.L., y otro. 183 Cédula de notificación del Juzgado de Instrucción número diecisiete de Valencia sobre juicio de faltas número 15/2011 para Jawad Tamri. 184 Edicto del Juzgado de lo Social número dos de Valladolid sobre ejecución número 344/2011 contra Universo Selección, S.L. 185 Edicto del Juzgado de lo Social número trece de Valencia sobre autos número 1.169/2010 contra Herederos de Manuel Serra, S.L. 186 Cédula de notificación del Juzgado de Instrucción número diecisiete de Valencia sobre juicio de faltas número 1.165/11 para Mame Boury Camara.
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Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana Secretaría General Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre notificación a Felipe Moreno - Valverde Durán. edicto De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 ambos de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de las propuestas de resolución e inadmisión de pruebas de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos contra los denunciados que a continuación se relacionan, en cuanto que, habiéndose intentado la notificación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Infracciones Administrativas de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo, se dictarán las oportunas resoluciones. DENUNCIADO EXPEDIENTE
FECHA PROPUESTA
DOMICILIO LOCALIDAD
CONTENIDO PROPUESTA
Felipe Moreno-Valverde Durán
02/12/2011
C/ San Bernardo, 60, 1º D 28015 – MADRID
Sanción de 3001 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses y no admisión de prueba testifical.
Valencia, 24 de enero de 2012.—El secretario general, Félix Calatayud Medina.
2012/2089
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Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana Secretaría General Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre notificación a José Expósito Rodríguez. edicto De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 ambos de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de los ACUERDOS DE INICIACIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos contra los denunciados que a continuación se relacionan, en cuanto que, habiéndose intentado la notificación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Infracciones Administrativas de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo, se dictarán las oportunas resoluciones. El plazo máximo de duración del presente procedimiento sancionador será de 6 meses, no teniendo efectos presuntos la falta de resolución expresa. DENUNCIADO EXPEDIENTE
FECHA ACUERDO
DOMICILIO LOCALIDAD
JOSE EXPOSITO RODRIGUEZ 01/12/2011 C/ CONSTITUCIÓN, 10, 11 7430/2011 QUART DE POBLET Valencia, 25 de enero de 2012.—El secretario general, Félix Calatayud Medina.
PRECEPTO INFRINGIDO Art. 22.2, en relación con Art. 7.1.a) de la Ley 19/2007 de 11 de julio. 2012/2102
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Jurado Provincial de Expropiación de Valencia Edicto del Jurado Provincial de Expropiación de Valencia sobre notificación a Dolores Monzó Camarena, con domicilio en C/ San Miguel, nº 26, 46717 La Font d’En Carròs (Valencia). edicto No habiendo sido posible la notificación personal de la Resolución de fecha 2-11-2011 adoptada por el Jurado Provincial de Expropiación de Valencia, en el expediente nº 2181/2010 referente a los bienes o derechos propiedad de DOLORES MONZÓ CAMARENA, expropiados por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana – Área de Industria y Energía en beneficio de ENAGAS, S.A., con motivo de la ejecución del proyecto: “Gasoducto Montesa-Denia y su Addenda 1”, Fincas nº V-FC-8, T.M. de La Font d’ En Carròs y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, se procede a la publicación del contenido del Acuerdo dictado en el expediente 2181/2010 en el que el Jurado Provincial de Expropiación de Valencia: Acuerda: Por mayoría de votos, justipreciar los bienes a que se refiere este expediente, en las siguientes cantidades: Finca V-FC-2: CONCEPTO
UNIDADES
COEF. CORREC
PRECIO UNITARIO 0,29 95,12 0,03
TOTAL
Servidumbre de paso subterránea 328,00 m2 1,00 95,12 € 5% premio de afección 1,00 0,05 4,76 € Ocupación temporal 850,00 m2 1,00 25,50 € Total justiprecio......................................................................................... 125,38 € Notifíquese la presente resolución a las partes, enterándoles de que contra la misma pueden interponer, potestativamente Recurso de Reposición, ante este Jurado Provincial de Expropiación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente en que tenga lugar la notificación, conforme lo establecido en el artículo 116 y 117 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 14.01.99), o Recurso Contencioso-Administrativo, según dispone el artículo 35 de la Ley de Expropiación Forzosa ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, y dentro del término de dos meses a que hace referencia el artículo 46 de la Ley de dicha jurisdicción 29/1998 de 13 de julio. (BOE 14.07.98). Valencia, 5 de enero de 2012.—El magistrado presidente del Jurado Provincial de Expropiación, José Francisco Lara Romero. 2012/2251
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Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana Secretaría General Edicto de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre solicitud de propaganda comercial aérea de la compañía Airpull Aviation, S.L. EDICTO Expediente: 373/2012. Ante esta Delegación del Gobierno se ha solicitado por la compañía AIRPULL AVIATION, S.L., con domicilio social en la Avda. Comarques Paìs Valencià 2 A-3, Salida 345, de Quart de Poblet (Valencia), autorización para la realización de trabajos aéreos de publicidad y fotografía aérea, en el ámbito de la provincia de Valencia. En cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 20 de diciembre de 1966 de la Presidencia del Gobierno, sobre Reglamentación de la propaganda comercial aérea, se publica el presente edicto a fin de que, en el plazo de veinte días, los Alcaldes de los municipios afectados puedan dirigir a esta Delegación del Gobierno las manifestaciones que estimen oportunas sobre la procedencia de la concesión de esta autorización. Transcurrido el plazo citado sin que hayan comparecido en el expediente, se estimará emitido informe favorable, continuándose el procedimiento. Valencia, a 30 de enero de 2012.—El secretario general, Félix Calatayud Medina. 2012/2827
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Excelentísima Diputación Provincial de Valencia Servicio de Contratación y Suministros Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia sobre aprobación definitiva del proyecto de sustitución del equipo de climatización actual de la sala y escenarios del Teatro Principal de Valencia. ANUNCIO EXP. 001/2012 Por Decreto de la Presidencia número 10483 de 19 de diciembre de 2011, se tomó en consideración el PROYECTO DE “SUSTITUCIÓN DEL EQUIPO DE CLIMATIZACIÓN ACTUAL DE LA SALA Y ESCENARIOS DEL TEATRO PRINCIPAL DE VALENCIA”, por un presupuesto de contrata de 419.886,22 euros, IVA excluido. Transcurrido el plazo de 20 días hábiles de exposición al público desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia número 310 de fecha 30 de diciembre de 2011 sin que se hayan presentado durante dicho plazo reclamaciones al mismo, se entiende aprobado definitivamente. Valencia, a 30 de enero de 2012.—El Vicesecretario General (Decreto 7655/2009), Tomás Conesa Llansola.—La Diputada de Contratación, Carlota Navarro Ganau. 2012/2993
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Excel·lentíssima Diputació Provincial de València Gestió Tributària Edicte de l’Excel·lentíssima Diputació Provincial de València sobre acceptació per a ampliar la delegació de l’Ajuntament de Bolbaite en matèria tributària. EDICTE La Diputació de València, en sessió del Ple de 24 de gener de 2012 va adoptar, entre altres, l'acord següent: “Primer. Acceptar l'ampliació de la delegació de l’Ajuntament de Bolbaite a la recaptació voluntària i executiva, dels ingressos de dret públic, com quotes d’urbanització i multes de trànsit, amb l'abast, contingut i condicions establides en la normativa legal. Segon. Comunicar el present acord a l'Ajuntament i publicar-lo en el Butlletí Oficial de la Província de València per a general coneixement. Tercer. Contra este acord es pot interposar davant del Ple de la Diputació recurs de reposició previ al contenciós administratiu en el termini d’un mes, comptat a partir de l’endemà del dia que tinga lloc la notificació del present acord, i sense perjuí que puga exercitar-se qualsevol altre recurs que s’estime procedent.” L'expedient administratiu es troba en el Servici de Gestió Tributària de la Diputació, Plaça de Sant Vicent Ferrer núm. 3, 46003 València, els dies laborables de 9 a 14 hores. València, 1 de febrer de 2012.—El Diputat delegat de Modernització, José Manuel Haro Gil. 2012/3020
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Excel·lentíssima Diputació Provincial de València Gestió Tributària Edicte de l’Excel·lentíssima Diputació Provincial de València sobre acceptació de la delegació en matèria tributària de l’Ajuntament de Silla. EDICTE La Diputació de València, en sessió del Ple de 24 de gener de 2012 va adoptar, entre altres, l'acord següent: “Primer. Acceptar la delegació de les funcions de gestió i recaptació dels tributs i d’altres ingressos dret públic de l'Ajuntament de Silla, amb l'abast, contingut i condicions establides en la normativa legal, i amb efectes de l’1 de gener de 2012. Segon. Aprovar el text del conveni que, degudament autenticat pel Sr. secretari, figura en l'expedient. Tercer. Facultar el Sr. President de la Diputació per a la firma del conveni esmentat. Quart. Comunicar el present acord a l'Ajuntament, a l'Agència Estatal de l'Administració Tributària, a la Prefectura Provincial de Trànsit, així com a la Gerència Territorial del Cadastre de València, i publicar-lo en el Butlletí Oficial de la Província de València per a general coneixement. Quint. Contra este acord es pot interposar davant del Ple de la Diputació recurs de reposició previ al contenciós administratiu en el termini d’un mes, comptat a partir de l’endemà del dia que tinga lloc la notificació del present acord, i sense perjuí que puga exercitar-se qualsevol altre recurs que s’estime procedent..” L'expedient administratiu es troba en el Servici de Gestió Tributària de la Diputació, Plaça de Sant Vicent Ferrer núm. 3, 46003 València, els dies laborables de 9 a 14 hores. València, 1 de febrer de 2012.—El Diputat delegat de Modernització, José Manuel Haro Gil. 2012/3021
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Institució Alfons el Magnànim Anuncio de la Institució Alfons el Magnànim sobre aprobación de las bases que han de regir los premios “Valencia” de narrativa en Castellano. ANUNCIO Aprobadas por la Junta de Gobierno de la Corporación Provincial de fecha 24 de enero, las bases del concurso para la concesión de los premios “Valencia” de Poesía en castellano, Poesía en Valenciano y Narrativa en Castellano y en cumplimiento de lo establecido en el art. 49 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, quedan expuestas al público, a efectos de presentación, por parte de los interesados, de posibles reclamaciones y/o sugerencias, durante un plazo de 20 días hábiles, pudiéndose consultar las mismas en los locales de la Institució Alfons el Magnànim (calle Corona, 36. Centre Cultural La Beneficència), en horas de oficina. En el bien entendido que, transcurrido dicho plazo sin presentar alguna, se consideraran definitivamente aprobadas. Lo que se hace público a los efectos previstos en el art. 60 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, significando que contra el transcrito acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Pleno de la Diputación en el plazo de un mes contado a partir de la presente publicación o directamente recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de la provincia de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados, también, a partir del día siguiente a la presente publicación, en virtud de lo previsto en los arts. 116 y 117 de la ley 30/92, de 26 de noviembre, y artículos 8, 14, 25 y 46 de la ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda ejecutarse cualquier otro recurso que se estime procedente.. BASES PARA LA CONVOCATORIA DEL PREMIO ALFONS EL MAGNÀNIM “VALENCIA” DE NARRATIVA EN CASTELLANO CONVOCATORIA DEL AÑO 2012 La Diputación de Valencia, con el ánimo de continuar fomentando la creatividad literaria, convoca para el presente año 2012, el Premio Alfons el Magnànim “Valencia” de Narrativa en castellano, que se regirá por las siguientes bases: Primera. La Institució Alfons el Magnànim de la Diputación de Valencia, convoca este galardón que tiene como premio una dotación económica de 30.000 (treinta mil) euros (impuestos incluidos). Segunda. Podrán participar todos los escritores que lo deseen, con obras originales e inéditas, escritas en castellano y no premiadas en otros concursos. No podrán participar los autores premiados en anteriores convocatorias de este premio. Tercera. Las obras deberán estar mecanografiadas a doble espacio y por una sola cara, en papel DIN A4, debidamente encuadernadas o firmemente sujetas, tener una extensión superior a los 150 folios y estar escritas en castellano. Cuarta. El plazo para la presentación de las obras se iniciará al día siguiente de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el 30 de junio de 2012. Se presentará por duplicado ejemplar por el sistema de plica, en el Registro General de Entrada de la Diputación de Valencia (Plaza de Manises, nº. 4 bajo, 46003 Valencia) o por cualquiera de las formas previstas en la normativa vigente. En los originales se hará constar el título de la obra y, alternativamente, el nombre o el seudónimo del autor. En sobre aparte cerrado y con el título de la obra y el nombre o el seudónimo del autor en el exterior, se facilitarán los datos del autor, es decir, nombre, apellidos, dirección y teléfono de contacto, así como fotocopia del DNI, una breve referencia biográfica, y una declaración jurada de que la novela está libre de cualquier compromiso de edición y no está pendiente de fallo en otro concurso literario. Quinta. El jurado calificador, cuyo fallo será inapelable, estará formado por un presidente, que lo será el de la Diputación o diputado en quien delegue, y como vocales cinco especialistas de reconocida solvencia en el campo literario. La Institució Alfons el Magnànim podrá designar un comité de lectura para que realice una preselección y determine las obras finalistas.
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Sexta. El premio podrá no adjudicarse, si la mayoría del jurado calificador considera que ninguna de las obras presentadas es merecedora de él. Séptima. El galardón se entregará en el transcurso de un acto literario a celebrar entorno al último trimestre del año, al que deberá asistir el ganador. Octava. La Institució Alfons el Magnànim de la Diputación de Valencia, publicará una primera edición de hasta 5.000 ejemplares de la obra premiada en castellano preferentemente en los 10 meses siguientes al fallo del jurado. El ganador se compromete a suscribir contrato de cesión en exclusiva de los derechos de edición a favor de la Institució Alfons el Magnànim. Si por alguna causa transcurrieran doce meses sin que se efectuara la edición, el autor tendrá libertad de publicarla donde quiera, siempre que hiciera constar “Obra ganadora del premio Alfons el Magnànim Valencia de narrativa”. Novena.- Los originales no premiados no se devolverán por lo que serán destruidos una vez fallado el premio. El hecho de participar en el certamen implica la total aceptación y cumplimiento de estas bases. En caso de disconformidad, esta se verá en los tribunales de la ciudad de Valencia BASES PARA LA CONVOCATORIA DEL PREMIO ALFONS EL MAGNÀNIM “VALENCIA” DE POESÍA EN CASTELLANO CONVOCATORIA DEL AÑO 2012 La Diputación de Valencia, con el ánimo de continuar fomentando la creatividad literaria poética, convoca para el presente año 2012, el Premio Alfons el Magnànim “Valencia” de Poesía en castellano, que se regirá por las siguientes bases: Primera. La Institució Alfons el Magnànim de la Diputación de Valencia, convoca este galardón que tiene como premio una dotación económica de 15.000 (quince mil) euros (impuestos incluidos). El libro será editado por la Editorial Hiperión que incluirá este título en su catálogo general. Segunda. Podrán participar todos los escritores que lo deseen, con obras originales e inéditas, escritas en castellano y no premiadas en otros concursos. No podrán participar los autores premiados en anteriores convocatorias de este premio. Tercera. Las obras deberán estar mecanografiadas a doble espacio y por una sola cara, en papel DIN A4, debidamente encuadernadas o firmemente sujetas y tener una extensión superior a los 500 versos. Cuarta. El plazo para la presentación de las obras se iniciará al día siguiente de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el 30 de junio de 2012. Se presentarán, por duplicado ejemplar por el sistema de plica, en el Registro General de Entrada de la Diputación de Valencia (Plaza de Manises, nº. 4 bajo, 46003 Valencia) o por cualquiera de las formas previstas en la normativa vigente. En los originales se hará constar el título de la obra y, alternativamente, el nombre o el seudónimo del autor. En sobre aparte cerrado y con el título de la obra y el nombre o el seudónimo del autor en el exterior, se facilitarán los datos del autor, es decir, nombre, apellidos, dirección y teléfono de contacto, así como fotocopia del DNI, una breve referencia biográfica, y una declaración jurada de que la novela está libre de cualquier compromiso de edición y no está pendiente de fallo en otro concurso literario. Quinta. El jurado calificador, cuyo fallo será inapelable, estará formado por un presidente, que lo será el de la Diputación o diputado o persona en quien delegue, y como vocales cinco especialistas de reconocida solvencia en el campo literario. La Institució Alfons el Magnànim podrá designar un comité de lectura para que realice una preselección y determine las obras finalistas. Sexta. El premio podrá no adjudicarse, si la mayoría del jurado calificador considera que ninguna de las obras presentadas es merecedora de él. Séptima. El galardón se entregará en el transcurso de un acto literario a celebrar entorno al último trimestre del año, al que deberá asistir el ganador. Octava. La Institució Alfons el Magnànim de la Diputación de Valencia, publicará una primera edición de hasta 3.000 ejemplares de la obra premiada en la editorial Hiperión preferentemente en el mismo año del fallo del premio. Si por alguna causa transcurrieran doce meses sin que se efectuara esta edición, el autor tendrá libertad de publicarla donde quiera, siempre que hiciera constar “Obra gana-
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dora del premio Alfons el Magnànim Valencia de poesía en castellano”. Novena. Los originales no premiados no se devolverán, por lo que serán destruidos una vez fallado el premio. El hecho de participar en el certamen implica la total aceptación y cumplimiento de estas bases. En caso de disconformidad, esta se verá en los tribunales de la ciudad de Valencia. BASES PER A LA CONVOCATÒRIA DEL PREMI ALFONS EL MAGNÀNIM “VALÈNCIA” DE POESIA EN VALENCIÀ CONVOCATÒRIA DE L’ANY 2012 La Diputació de València, amb l’ànim de continuar fomentant la creativitat literària poètica, convoca per al present any 2012 el Premi Alfons el Magnànim “València” de Poesia en valencià, que es regirà per les bases següents: Primera. La Institució Alfons el Magnànim de la Diputació de València convoca este guardó que té com a premi una dotació econòmica de 15.000 (quinze mil) euros, impostos inclosos. Segona. Podran participar-hi tots els escriptors que ho desitgen, amb obres originals i inèdites, escrites en valencià i no premiades en altres concursos. No podran participar-hi els autors premiats en les anteriors convocatòries d’este premi. Tercera. Les obres hauran d’estar mecanografiades a doble espai i per una sola cara, en paper DIN A4, degudament enquadernades o subjectades fermament, i tindre una extensió superior als 500 versos. Quarta. El termini per a la presentació de les obres s’iniciarà l’endemà de la publicació d’estes bases en el Butlletí Oficial de la Província i finalitzarà el 30 de juny de l’any 2012. Es presentaran dos exemplars, pel sistema de plica, en el Registre General d’Entrada de la Diputació de València (carrer de Serrans, núm. 2, 46003 València) o bé per qualsevol de les formes previstes en la normativa vigent. En els originals es farà constar el títol de l’obra i, alternativament, el nom o el pseudònim de l’autor. En un sobre a banda, tancat, i amb el títol de l’obra i el nom o el pseudònim de l’autor en l’exterior, es facilitaran les dades de l’autor, és a dir, el nom, els cognoms, l’adreça i un telèfon de contacte, una fotocòpia del DNI, una breu referència biogràfica i una declaració jurada que l’obra està lliure de qualsevol compromís d’edició i no està pendent de resolució en cap altre concurs literari. Cinquena. El jurat qualificador, el veredicte del qual serà inapel·lable, estarà format per un president, que ho serà el de la Diputació o el diputat en qui delegue, i, com a vocals, cinc especialistes de reconeguda solvència en el camp literari. La Institució Alfons el Magnànim podrà designar un comitè de lectura perquè faça una preselecció i determine les obres finalistes. Sisena. El premi podrà no adjudicar-se, si la majoria del jurat qualificador considera que cap de les obres presentades n’és mereixedora. Setena. El guardó es lliurarà en el transcurs d’un acte literari que se celebrarà al voltant del darrer trimestre de l’any, al qual haurà d’assistir el guanyador. Huitena. La Institució Alfons el Magnànim de la Diputació de València publicarà una primera edició de fins 3.000 exemplars de l’obra premiada en valencià en l’editorial Bromera, preferentment en el mateix any de l’atorgament del premi. El guanyador es compromet a suscriure el contracte de cessió en exclusiva dels drets d’edició a favor de la Institució Alfons el Magnànim. Si per alguna causa transcorregueren dotze mesos sense que s’efectuara esta edició, l’autor tindrà llibertat de publicar-la on vullga, sempre que faça constar «Obra guanyadora del Premi Alfons el Magnànim València de poesia en valencià». Novena. Els originals no premiats no es tornaran, per la qual cosa seran destruïts una vegada resolt el premi. El fet de participar en el certamen implica la total acceptació i compliment d’estes bases. En cas de disconformitat, esta es veurà en els tribunals de la ciutat de València. Valencia, 30 de enero de 2012.—El secretario general, vicente boquera matarredona.—La diputada delegada de la IAM, M. Jesús Puchalt Farinós. 2012/3107
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Confederación Hidrográfica del Júcar Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre información pública de concesión de aguas subterráneas en el término municpal de Riba-Roja de Túria (Valencia). anuncio Se somete al trámite de Información Pública la siguiente solicitud de concesión de aguas, presentada en esta Confederación Hidrográfica del Júcar: EXPEDIENTE: 2006CP0164. PETICIONARIO/S: C.R. POU D’ALT G46169470. TERMINO DONDE RADICAN LAS OBRAS: Riba-roja de Túria (Valencia). UNIDAD HIDROGEOLÓGICA: 08.23_BUNOL-CHESTE. CLASE DE APROVECHAMIENTO: Subterráneas. DESTINO DEL AGUA: Riego. SUPERFICIE (ha): 583,30. Volumen Máximo Anual (m3/año): 3.186.276. Caudal Máximo Instantáneo (l/s): 315. CARACTERÍSTICAS: Aprovechamiento de aguas subterráneas, mediante 3 sondeos de las siguientes características: Nº
Finca
Pol
Par
Término
Provincia
1 2 3
CAROT Nº1 CAROT Nº2 CAROT Nº3
63
243
Riba-roja de Túria
Valencia
Prof. Pozo (m) 138 137 135
Diam. Pozo (mm) 500 500 500
X (U.T.M.)
Y (U.T.M.)
709.157 709.160 709.189
4.378.355 4.378.377 4.378.385
Pot. Bomba (CV) 260 260 260
Prof. Bomba (m) 115 115 115
De acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Aguas (R. D. Legislativo 1/2001) y en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (R.D. 849/1986), se inicia el trámite de información pública del proyecto presentado, por un plazo de un mes a contar desde la publicación del presente anuncio. Durante dicho plazo se admitirán otras peticiones que tengan el mismo objeto que la que se anuncia o que sean incompatibles con ella. A las instancias se acompañarán los documentos técnicos preceptivos debidamente precintados, no admitiéndose otras peticiones en competencia transcurrido el plazo fijado. Los documentos podrán presentarse en el Registro de la Confederación Hidrográfica del Júcar (Avda. Blasco Ibáñez, nº 48, de Valencia), o por cualquier otro medio admitido por las disposiciones vigentes. Asimismo y de conformidad con lo establecido en el artº. 105 del citado Reglamento se denegará la tramitación posterior de toda petición presentada que suponga una utilización de caudal superior al doble de la que figura en la petición inicial, sin perjuicio de que el peticionario que pretenda solicitar un caudal superior al límite fijado, pueda acogerse a la tramitación indicada en el apartado 3 de dicho artículo. En el mismo plazo mencionado podrá examinarse el proyecto aportado por el peticionario en esta Confederación Hidrográfica, así como presentar las reclamaciones que se estimen procedentes en los Registros referidos en el apartado anterior. El acto de desprecintado de los documentos técnicos presentados, al que podrán asistir los interesados, se realizará a las 12 h. del séptimo día laborable, contado desde la terminación del plazo de un mes antes citado, levantándose al final del mismo el Acta correspondiente. Valencia, 11 de enero de 2012.—El secretario general, Carlos Fernández Gonzalo. 2012/640
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Confederación Hidrográfica del Júcar Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre notificación a interesados de resolución denegatoria de inscripción de aprovechamientos en la sección B del Registro de Aguas. anuncio ANTECEDENTES DE HECHO. Este Organismo de cuenca, de conformidad con lo establecido en la Ley de Aguas (Texto Refundido, aprobado por R.D. 1/2001, de 20 de julio de 2001; B.O.E. nº 176 de 24 de julio de 2001) y Reglamento de desarrollo y conforme al artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. número 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. número 12, de 14 de enero de 1999), procedió a emitir resolución denegatoria de las solicitudes formuladas en los expedientes relacionados a continuación. Ante la imposibilidad de practicar las notificaciones a los respectivos titulares y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común procede la notificación de las resoluciones mediante el presente anuncio. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. Compete al Organismo de cuenca dictar la presente resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley de Aguas (texto refundido, aprobado por R.D. 1/2001, de 20 de julio de 2001; B.O.E. nº 176 de 24 de julio de 2001), en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, R.D. 849/1986, de 11 de abril (B.O.E. nº 103, de 30 de abril de 1986), modificado por el R.D. 606/2003, de 23 de mayo (B.O.E. de 6 de junio) y en los R.D. 927/1988 de 29 de julio (B.O.E. de 31 de agosto) y 984/1989, de 28 de julio (B.O.E. de 2 de agosto). 2. Por todo lo anteriormente expuesto, vistos los antecedentes mencionados, el Texto Refundido de la Ley de Aguas, el Reglamento del Dominio Público Hidraulico, el Real Decreto 827/1988 y conforme al artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. número 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. número 12, de 14 de enero de 1999) y las demás normas de general y pertinente aplicación, este organismo de cuenca HA RESUELTO: DENEGAR las solicitudes formuladas en los expedientes relacionados y comunicar esta circunstancia a la Guardería Fluvial, a los efectos de depurar, si hubiese lugar, posibles infracciones administrativas, conforme a lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley de Aguas (Texto Refundido, aprobado por R.D. 1/2001, de 20 de julio de 2001; B.O.E. nº 176 de 24 de julio de 2001). Nº EXP.
INTERESADO
D.N.I.
2010IP0062
RAFAEL CODINA PEDRO
21421100G
PROVINCIA ALICANTE
ACTUACIÓN RESO. DENEG.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, y sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime oportuno, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Confederación Hidrográfica del Júcar en el plazo de UN MES, tal y como disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. número 285, de 27 de noviembre de 1992) modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. número 12, de 14 de enero de 1999), o ser impugnada directamente en sede jurisdiccional en el plazo de DOS MESES, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en virtud de competencia conferida a dicho órgano jurisdiccional por el artículo 8.3 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en conexión con el artículo 10.1j) del mencionado cuerpo legal (B.O.E. 167, de 14 de julio de 1998). El presidente de la Confederación Hidrógrafica del Júcar. El comisario adjunto de Aguas (P.D. acuerdo 26/05/2004), Francisco Martínez Mas. 2012/2081
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Dirección Provincial del SPEE/INEM en Valencia Edicto de la Dirección Provincial del SPEE/INEM en Valencia sobre comunicación de resolución de extinción de las prestaciones, como consecuencia de acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. EDICTO RESOLUCION EXTINCION ACTA INFRACCIÓN INSPECCIÓN SR.D. MARIA JOSE SANZ CUBELLS C/ 111, 26-BAJO, 46182-LA CAÑADA N. REF.: FG/J.SECCION/INSPEC D.N.I.: 20156473D FECHA: 28/12/2011 Examinado su expediente relativo a la extinción de la prestación como consecuencia de Acta de Infracción declarada firme y en atención a los siguientes: HECHOS 1.- En la tramitación de este expediente se han seguido las formalidades legales. 2.- Con fecha 23/11/11 se le comunicó la extinción de la prestación, como consecuencia del Acta de Infracción nº I462011000161740 de fecha 13/06/11, dictada por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, sancionándole con la EXTINCIÓN del derecho a la prestación por desempleo reconocida, con fecha de efectos 07/05/2010, y con la obligación de devolver las cantidades indebidamente percibidas de acuerdo con el Art. 47.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (B.O.E. de 8-8-00 ), que en su caso ascienden a 1587,85 euros por el periodo de 07-05-2010 a 01/07/2010, como consecuencia de haber cometido infracción muy grave. Se le concedió un plazo de 15 días para alegar las razones que estimara oportunas, de acuerdo con lo dispuesto en el nº 4 del Art. 37 del Reglamento General sobre el procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el RD 928/1998, de 14 de mayo, (BOE nº 132, de 3 de junio), o proceder a la devolución del importe indebido, en su caso, si estaba conforme. 3.- Que NO ha realizado la devolución del importe requerido y NO se han formulado alegaciones que se opongan a la mencionada notificación. FUNDAMENTOS DE DERECHO I.- El Servicio Público de Empleo Estatal es competente para dictar Resolución sobre esta materia, según los Artículos 226,227 y 229 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por RDL 1/1994, de 20 de junio (BOE nº 154, de 29 de junio de 1994), y letra b) del Art. 33.1 del R.D. 625/1985. Esta Dirección Provincial, en base a los preceptos legales citados y demás de general aplicación, R E S U E LV E Declarar extinguida la prestación por desempleo de conformidad con el Acta de Infracción citada, y declarar la percepción indebida de prestaciones por desempleo en una cuantía de 1587,85 correspondientes al período de 07/05/2010 a 01/07/2010 y por el motivo: SANCIÓN INSPECCIÓN DE TRABAJO, Acta I462011000161740, de fecha 13/06/11. De acuerdo con el Art. 33.2 del R.D. 625/1985, dispone de 30 días para reintegrar dicha cantidad a través de la cuenta corriente del Servicio Público de Empleo Estatal, en el Banco Santander Central Hispano, nº de cuenta 0049 5103 712516550943, debiendo devolver a su Oficina de Prestaciones la copia correspondiente acreditativa de haber efectuado el ingreso. También podrá solicitar el pago aplazado o fraccionado de la cantidad requerida, cuya concesión conllevará el correspondiente devengo del interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En el supuesto de que no realizase el reintegro y fuese en algún momento beneficiario de prestaciones, se procederá a realizar su compensación con la prestación, según se establece en el Art. 34 del R.D. 625/1985, independiente-
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mente de que se le haya concedido el aplazamiento o fraccionamiento. Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se realizase con posterioridad a la finalización del plazo reglamentario de pago voluntario, la cantidad adeudada se incrementará, de acuerdo con lo establecido en el Art. 27.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con los siguientes recargos: - Durante el primer mes posterior al período de pago reglamentario el 3% - Durante el segundo mes posterior al período de pago reglamentario el 5% - Durante el tercer mes posterior al período de pago reglamentario el 10% - Durante el cuarto mes posterior al período de pago reglamentario el 20% Transcurrido el plazo reglamentario de pago voluntario sin que se haya producido el reintegro, siempre que no se haya iniciado la compensación o se haya solicitado el aplazamiento o fraccionamiento, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto po la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el Art. 33.2 del R.D. 625/1985. Contra la presente resolución conforme a lo previsto en el Art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE nº 86 , de 11 de abril), podrá interponer, ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución. El Director Provincial del SPEE, Vicente Castelló Roselló. 2012/2241
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Dirección Provincial del SPEE/INEM en Valencia Edicto de la Dirección Provincial del SPEE/INEM en Valencia sobre remisión de resolución de percepción indebida de prestaciones por desempleo de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92. EDICTO Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones en expedientes para el reintegro de prestaciones por desempleo, declarando la obligación de los interesados que se relacionan, de reintegrar las cantidades percibidas indebidamente por los motivos y períodos que igualmente se citan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar. Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles que de conformidad con lo establecido en el número 2 del art. 33 del Real Decreto 625/85 dispone de 30 días para reintegrar dicha cantidad, que podrá efectuar en la cuenta núm.: 0049 5103 71 2516550943 de el Banco Santander Central Hispano (BSCH) a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal. También podrá solicitar, el pago aplazado o fraccionado de la cantidad requerida, cuya concesión conllevará el correspondiente devengo del interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En el supuesto de que no realizase el reintegro y fuese en algún momento beneficiario de prestaciones, se procederá a realizar su compensación con la prestación, según se establece en el art. 34 del Real Decreto 625/85. Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se realizase con posterioridad a la finalización del plazo reglamentario de pago voluntario, la cantidad adeudada se incrementará, de acuerdo con lo establecido en el art. 27.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con los siguientes recargos: - Durante el primer mes posterior al período de pago reglamentario, el 3 % - Durante el segundo mes posterior al período de pago reglamentario, el 5 % - Durante el tercer mes posterior al período de pago reglamentario, el 10 % - A partir del cuarto mes posterior al período de pago reglamentario, el 20 % Transcurrido el plazo reglamentario de pago voluntario sin que se haya producido el reintegro ni se haya compensado la deuda, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el art. 33.2 del Real Decreto 625/85. Contra esta resolución, conforme a lo previsto en el artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 2/1995, de 7 de abril (B.O.E. nº 86 de 11 de abril), podrá interponer, ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de 30 días en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal. DNI/NIE
IMPORTE
BOUGUERMOUH, MADJID
TRABAJADOR
X1426448B
4529,80
12/02/10
PERÍODO 06/01/11
MOTIVO REVISION PRESTACIÓN
AMISI BILA BILA , PITSHOU
X6604830N
5796,54
01/02/09
30/09/09
REVISION PRESTACIÓN
BOUJENNA, RACHID
X6932279X
781
06/07/11
30/08/11
REVISION PRESTACIÓN
EXPOSITO NOGUERA, ANA MARIA
24361731Q
2011,71
01/02/08
24/04/08
REVISION PRESTACIÓN
CERVERA CERVERA, JOSE LUIS
44851108G
1959,60
30/05/10
17/10/10
REVISION PRESTACIÓN
COLOMER GADEA, JOSE TOMAS
48311411A
1216,92
01/08/09
30/11/09
REVISION PRESTACIÓN REVISION PRESTACIÓN
MACHLA WISZNIEWSKA, MARZENA
47812285X
1105,15
01/05/09
23/06/09
SERRANO HUERTA, MANUEL
52717482X
2587,92
30/06/10
17/11/10
REVISION PRESTACIÓN
SERRA APARISI, VICENTE
73495469G
1670,62
01/11/08
30/02/09
REVISION PRESTACIÓN
Valencia, a 25 de enero de 2012.—El director provincial, Vicente Castelló Roselló.
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Confederación Hidrográfica del Júcar Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en la partida “Castejón” del término municipal de Requena (Valencia), con destino a riego. anuncio En el expediente instado por MARÍA ÁNGELES AROCAS MARTÍNEZ y BENITO GARCÍA DOMÍNGUEZ sobre concesión de aguas subterráneas renovables mediante pozo sito en la Partida ”Castejón” en el término municipal de Requena (Valencia), con un Volumen Máximo Anual de 12.145,86 m3/año. y un caudal máximo instantáneo de 14 l/s., con destino a riego de 26,99 Has. de viñedo por el sistema de goteo, sitas en el municipio de Requena, se ha resuelto favorablemente con arreglo a las condiciones impuestas por esta Confederación Hidrográfica del Júcar, autorizando dicha legalización en el expediente referencia 2008CP0099. Lo que de orden de su Presidencia se hace público en cumplimiento de las disposiciones vigentes. Valencia, 28 de octubre de 2011.—El jefe del Área de Gestión del D.P.H., José Antonio Soria Vidal. 2011/33680
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Confederación Hidrográfica del Júcar Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre información pública de concesión de aguas subterráneas en el término municpal de Chiva (Valencia). anuncio Se somete al trámite de información pública la siguiente solicitud de concesión de aguas, presentada en esta Confederación Hidrográfica del Júcar: Expediente: 2011CP0046. Titular: ADORACIÓN CLIMENT CLIMENT. JUAN BAUTISTA FRANCISCO CASABAN BARTUAL. Término donde radican las obras: Chiva. Unidad hidrogeológica: 08.18_LAS SERRANÍAS. Masa de agua: LAS SERRANÍAS. Clase de aprovechamiento: Subterráneas. Destino del agua: Riego. Superficie (ha): 9,19. Necesidades hídricas totales: Volumen máximo anual (m3/año): 50832. Caudal máximo instantáneo (l/s): 3. CARACTERÍSTICAS: Aprovechamiento de aguas subterráneas, mediante un sondeo de 10 metros de profundidad, y 180 milímetros de diámetro inicial de perforación. Su situación queda determinada por las coordenadas (U.T.M.): X = 680851; Y = 4378531, dentro del paraje LA MARJANA, en el término municipal de Chiva , en la Provincia de Valencia, Polg. 1; Parc. 392, de acuerdo con el proyecto correspondiente incorporado al expediente. Las instalaciones consisten en un grupo electrobomba sumergible de 10 c.v. de potencia, situado a una profundidad de metros. De conformidad con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Aguas (R. D. Legislativo 1/2001 de 20 de julio) y en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico de 11 de abril de 1986, se abre información pública sobre dicha petición por un plazo de UN MES, contado desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Durante dicho plazo podrá ser examinada en esta Confederación Hidrográfica del Júcar (Avda. Blasco Ibáñez, nº 48 de Valencia), la documentación aportada al expediente, así como formular las reclamaciones que se estimen pertinentes. Los escritos de reclamación podrán presentarse en el Registro de la Confederación Hidrográfica, o por cualquier otro medio admitido por las disposiciones vigentes. Valencia, 13 de diciembre de 2011.—El secretario general, Carlos Fernández Gonzalo. 2011/37617
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Ayuntamiento de Foios Edicto del Ayuntamiento de Foios sobre aprobación de bases de bolsa de trabajo SMAD. EDICTO Que mediante decreto 47/2012, de 25 de enero de 2012, por Alcaldía se han aprobado las siguientes bases: Bases que regirán el proceso de constitución de una bolsa de trabajo temporal para la contratación de un/a diplomado/a en trabajo social a jornada parcial para el servicio de atención a las personas en situación de dependencia en el ejercicio 2012. BASE PRIMERA. Objeto convocatoria El objeto de la presente convocatoria es la constitución de una bolsa de trabajo temporal, mediante procedimiento general para la contratación temporal de un/a Diplomado/a en Trabajo Social a jornada parcial para el servicio de Atención a las personas en situación de dependencia en el ejercicio 2012, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria de ayudas a las entidades locales valencianas para la financiación de los gastos de personal derivados del funcionamiento de los servicios municipales de atención a las personas en situación de dependencia para el ejercicio 2012, realizada por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, y publicada en Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Num 6675 de fecha 21 de diciembre de 2011. Dicha contratación quedará subordinada, a la concesión de la citada ayuda al Ayuntamiento de Foios. BASE SEGUNDA.- Normativa aplicable En todo lo no establecido en las presentes Bases, se aplica, con carácter general, lo dispuesto en las siguientes normas: - Ordenanza General reguladora de las Normas de Funcionamiento de las Bolsas de Trabajo para la Contratación Temporal de Personal Laboral y Funcionario Interino del Ayuntamiento de Foios. - Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público. - Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. - Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local. - Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el cual se establecen las reglas básicas y programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local. - Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública Valenciana. - Decreto 33/1999, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administrativa del Personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de la Función Pública Valenciana. - Orden de 17 de enero de 2006, de la Consellería de Justicia y Administración Públicas, sobre regulación de bolsas de empleo temporal para proveer provisionalmente puestos de trabajo de la administración del Gobierno Valenciano. - Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado. - Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. - Restantes disposiciones normativas que resulten aplicables sobre la materia y/o aquellas que las sustituyan o desarrollen. BASE TERCERA.- Requisitos y méritos Para tomar parte en el presente procedimiento, será necesario que los aspirantes reúnan las condiciones siguientes: 1.- Tener la nacionalidad española o la de uno de los restante estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que se aplique la libre circulación de trabajadores/as, dentro de lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, de acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, modificada por la Ley
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55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. Asimismo, podrán acceder a los puestos de naturaleza laboral, las personas extranjeras que se encuentren en situación de legalidad en España y que sean titulares de la documentación que les habilite para residir y acceder sin limitaciones al mercado laboral, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y posterior modificación por Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre. 2.- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, de la edad máxima de jubilación forzosa, y en su caso, no exceder de la edad máxima establecida para el acceso al correspondiente puesto de trabajo de conformidad con la normativa específica que le sea de aplicación. 3.- No padecer enfermedad o defecto físico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes al puesto al que se opta. 4.- No hallarse inhabilitado/a penalmente para el ejercicio de funciones públicas. 5.- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, de cualquier administración o empleo público. Asimismo, no hallarse en ninguna causa de incompatibilidad que recojan las leyes. 6.- Estar en posesión de la titulación de Diplomatura en Trabajo Social, que se aportará en el momento de la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 y disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica competente. Esta misma autoridad podrá declarar también la equivalencia de títulos y será la única competente para hacer esa declaración de equivalencia. Los títulos deberán estar debidamente convalidados en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. BASE CUARTA.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes, y documentación a aportar junto a las mismas. 1.- Los interesados/as en inscribirse en la bolsa de trabajo deberán solicitarlo mediante instancia según modelo oficial que figura como anexo I a las presentes. 2.- El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales a partir de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Las instancias se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Foios, situado en la planta baja de la Casa Consistorial en la Plaza del Pueblo 1 de la localidad, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Ayuntamiento facilitará gratuitamente el modelo de instancia para tomar parte en las pruebas selectivas y los aspirantes habrán de abonar a través de transferencia a la Tesorería Municipal los derechos de examen, que se fijan en 77,40 €, antes de presentar la instancia. 3.- El domicilio a efectos de notificaciones del interesado/a será el que se consigne en la correspondiente instancia, indicándose además un número de teléfono para recibir comunicaciones, siendo responsabilidad exclusiva del solicitante los errores en la consignación de los mismos. 4.- La consignación de datos falsos en la instancia o la falsedad de documentación aportada, conllevará la exclusión de la Bolsa de Trabajo, sin perjuicio de las medidas legales que en su caso correspondan. 5.- Junto con la instancia según modelo oficial, los interesados/as deberá aportar los siguientes documentos: - Fotocopia del DNI, y para el caso de extranjeros, documento NIE o pasaporte y documentación que acredite el permiso de residencia y de posibilidad de acceso al mercado laboral. - Documentación acreditativa de la titulación que habilita para el desempeño del puesto de trabajo al que desean inscribirse. - Documentación acreditativa de los méritos que el/la interesado/a hacen valer, de conformidad con el baremo correspondiente. No se tendrá en cuenta ningún mérito que no se acredite en ese momento. - El justificante del ingreso realizado correspondiente a la tasa.
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6.- Las fotocopias de los documentos aportados junto a la instancia deberán presentarse debidamente compulsados (sólo se admitirán las compulsas realizadas por el Ayuntamiento de Foios u oficinas integradas en la Red de Ventanilla Única). BASE QUINTA.- Admisión de aspirantes 1.- Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará una resolución, en el plazo máximo de tres días hábiles, en que se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con nombres y apellidos de los aspirantes admitidos y excluidos y, en su caso, el motivo de la exclusión que será expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, por un plazo de dos días hábiles para que se puedan formular reclamaciones o subsanar defectos. No obstante, los defectos de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia de interesado. 2.- Concluido el plazo de reclamaciones y subsanaciones y, en su caso, resueltas las mismas, la lista provisional se elevará a definitiva mediante la correspondiente resolución, que se anunciará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, indicándose lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio y constitución del tribunal, así como su composición. 3.- Las calificaciones y comienzo del resto de ejercicio se anunciará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. 4.- Las pruebas selectivas y ejercicios se harán seguidos, si es posible, el mismo día de comienzo de las pruebas. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, por lo que la fata de presentación a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado comportará automáticamente la pérdida del derecho a participar en el mismo y en los sucesivos, y en consecuencia, a quedar excluido del proceso selectivo. 5.- El orden de actuación de los aspirantes en los ejercicios que por sus características no se puedan realizar de forma conjunta, se determinará por el último sorteo realizado por la Generalitat Valenciana. 6.- Todas las pruebas podrán hacerse indistintamente en castellano o valenciano, según elección del aspirante, que deberá manifestarse en la solicitud de inscripción correspondiente. BASE SEXTA.- Tribunal Calificador 1.- La composición del tribunal de selección, predominantemente técnica y especializada, estará integrada por los siguientes miembros: Titulares: - Presidenta: Mercé Martínez i Llopis, coordinadora del Departamento de Servicios Sociales - Secretaria: Virtudes Gómez Calero, funcionaria del departamento de Personal, que no tendrá voz ni voto. - Vocales: Sara Dasí Dasí, secretaria de la Corporación. Raquel Guardiola Piquer, interventora de la Corporació. Amparo García Pertegaz, trabajadora social de la Mancomunitat del Carraixet Suplentes: - Presidenta: Mª Luz Alaman, Novella Psicóloga del Ayuntamiento de Foios - Secretario: Antonio Aloy Gandia, funcionario de la Corporación. - Vocales: - Guadalupe Marco, profesora de la EPA del Ayuntamiento de Foios - Mª Carmen Perez, profesora de la EPA del Ayuntamiento de Foios - Begoña Eza Ayargüeña, trabajadora social de la Mancomunitat de l´Horta Nord. 2.- El tribunal tendrá la consideración de órgano colegiado, y a tal efecto, estará sujeto a las normas contenidas en la Ley 30/1992, de 28 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a las causas generales de abstención y recusación contenidas en la misma. 3.- Todos los miembros del tribunal con voz y voto, deberán estar en posesión de una titulación igual o superior a la exigida en la respectiva convocatoria y perteneciente al mismo grupo o grupos superiores. La exigencia de profesionalización de los miembros de los órganos de selección se configura como un mandato básico en la normativa vigente, por tanto, si dentro de la esfera de la Administra-
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ción pública convocante no se dispone de personal suficiente que reúna ese perfil, resultará necesario acudir a la colaboración o cooperación interadministrativa. 4.- El tribunal no podrán constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad al menos de sus integrantes, titulares y/o suplentes, indistintamente, sin que puedan sustituirse entre sí en la misma sesión, y en el caso de ausencia del Presidente o suplente del mismo, actuará de Presidente el vocal de más edad. Asimismo, están facultados para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, para adoptar los acuerdos necesarios que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en estas bases, y para la adecuada interpretación de las mismas, adoptándose sus acuerdos por mayoría simple de los asistentes. La constitución del tribunal exige, necesariamente, la presencia del Presidente y el Secretario, o en su caso, de quienes lo sustituyan. 5.- Contra las resoluciones y actos de trámite cualificados del Tribunal únicamente cabrá interponer recurso de alzada ante el AlcaldePresidente de la Corporación. 6.- De cada sesión el Secretario extenderá un acta, donde hará constar las calificaciones de los ejercicios, las incidencias y votaciones que se produzcan, y las mismas formarán el expediente. 7.- Los miembros del tribunal, y los asesores especialistas, percibirán las indemnizaciones que por razones del servicio tengan establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, salvo que se trate exclusivamente de baremación de méritos. BASE SÉPTIMA.- Proceso selectivo FASE DE OPOSICIÓN EJERCICIO ÚNICO, obligatorio y eliminatorio Consistirá en la resolución por escrito durante un periodo de dos horas de un ejercicio múltiple o complejo de carácter general, sobre temas, ítems, cuestiones o problemas que propondrá el Tribunal, relacionado con el temario que figura como anexo II. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo y pasar al siguiente ejercicio. Se valorará la capacidad y formación general, la claridad de ideas, la precisión y rigor en la exposición y la calidad de la expresión escrita, así como, la capacidad de aplicación de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados. FASE DE CONCURSO 1.- Servicios prestados: Se valorará hasta un máximo de 4 puntos la prestación de los siguientes servicios: - Servicios prestados en la Administración Local, en el mismo grupo de titulación, e igual naturaleza jurídica, sector y especialidad o categoría laboral al del puesto que haya de proveerse, con 0.20 puntos por mes completo. No se computarán periodos inferiores al mes. - Servicios prestados en otra Administración pública, en el mismo grupo de titulación, e igual naturaleza jurídica, sector y especialidad o categoría laboral al del puesto que haya de proveerse, con 0.10 puntos por mes completo. No se computarán periodos inferiores al mes. - Servicios prestados en Empresa Privada con la misma categoría laboral al del puesto que haya de proveerse, con 0.05 puntos por mes completo. No se computarán periodos inferiores al mes. Se reducirá proporcionalmente la puntuación en el caso de jornadas parciales, entendiendo por tal, la que sea inferior a 37 horas y 30 minutos semanales. En el caso de servicios prestados en Administraciones Públicas se deberá aportar certificado del órgano administrativo competente donde conste detalladamente el tiempo y categoría profesional. En el caso de servicios prestados en Empresa Privada se deberá aportar contrato/s de trabajo y vida laboral. 2.- Cursos de formación y perfeccionamiento: máximo 3 puntos. Se valorará hasta un máximo de 3 puntos: - La asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento que estén directamente relacionados con la atención a personas en situación de dependencia, y convocados y homologados por una Administración Pública, de conformidad con el siguiente baremo:
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de 100 horas o más, 1 punto. de 75 horas o más, 0.75 puntos. de 50 horas o más, 0.50 puntos. de 25 horas o más, 0.25 puntos. - La asistencia a jornadas que estén directamente relacionados con la plaza convocada, y convocados y homologados por una Administración Pública, a razón de 0.10 puntos por cada jornada con una duración de 50 horas o más. No tendrán la consideración de cursos o jornadas, la asistencia a seminarios, mesas o cualquier reunión de formación o intercambio de conocimientos de la misma naturaleza, asimismo no computarán los cursos en que no figure expresamente la duración de los mismos. Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante la aportación del original o copia debidamente compulsada del curso realizado expedido por el organismo competente. 3.- Conocimiento del Valenciano: Se valorará hasta un máximo de 1 punto, previa acreditación de estar en posesión del certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneiximents del Valencià, con arreglo a la siguiente escala: Conocimiento oral: 0,25 puntos Grado Elemental: 0,50 puntos Grado Medio: 0,75 puntos Grado Superior, Certificado de Capacitació o Mestre de Valencià: 1 punto Se puntuará únicamente el nivel más alto de conocimientos de valenciano que posea el aspirante. 4.- Otras titulaciones: Por la posesión de títulos académicos iguales o superiores al exigido para el desempeño del puesto a cubrir: 1 punto por título hasta un máximo de 2 puntos. En caso de empate en el orden de puntuación, se dará prioridad a la mayor puntuación en cada apartado del baremo por su orden, y si persiste el empate se efectuará el contrato o nombramiento al candidato de mayor edad. BASE OCTAVA.- Funcionamiento de la Bolsa de Trabajo A) Selección y nombramiento 1.- Cuando se produzca la necesidad de realizar la contratación temporal se avisará telefónicamente, y de conformidad con el orden de puntuación resultante al interesado correspondiente, debiendo acreditarse por el departamento de personal la oportuna diligencia acreditativa del llamamiento efectuado. 2.- La persona llamada se le concede el plazo máximo de dos días hábiles para personarse en el Ayuntamiento con la siguiente documentación (original o en fotocopia debidamente compulsada): cartilla de la seguridad social (si se posee) certificado médico Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad Datos bancarios de la entidad en la que se deberán domiciliar las nóminas En el caso de que no acuda al llamamiento o renuncie al puesto de trabajo ofertado será excluido de la bolsa, salvo causa justificada regulada a continuación. 3.- Los aspirantes incluidos en la bolsa que se forme, serán llamados por el orden establecido y en la medida en que vayan surgiendo necesidades de personal. 4.- En el caso de que surja la necesidad de cubrir una plaza sin reserva legal, se propondrá al primero de la bolsa de trabajo que no se encuentra ya ocupando un puesto de trabajo vacante sin reserva legal. 5.- Los contratos o nombramientos por sustitución de trabajadores con reserva de puesto de trabajo, y que por cualquier circunstancia el puesto se convirtiera en vacante en la plantilla del Ayuntamiento sin reserva legal, continuará ocupándolo el mismo trabajador después del cambio de contrato o nombramiento, hasta que sea cubierta tras la realización del proceso de selección oportuno, o el mismo sea amortizado.
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B) Cese y efectos del cese 1.- En relación al cese en los puestos de trabajo: a) El cese del funcionario interino se producirá cuando desparezcan las circunstancias que dieron lugar a su nombramiento, se provea por funcionario de carrera el puesto correspondiente o se amortice el mismo. b) El personal laboral temporal cesará cuando se provea el puesto por los sistemas de provisión con carácter definitivo o se amortice y, en todo caso, por las causas válidamente consignada en el correspondiente contrato de trabajo. 2.- Con carecer general, el cese por alguno de los motivos anteriores implicará el reingreso al final de la correspondiente bolsa. No obstante, cuando el cese se produzca antes de los 365 días, sumados los tiempos de distintos contratos o nombramientos, se mantendrá el mismo número de orden que tenía en las bolsas, hasta que los periodos trabajados sumen un mínimo de 365 días. 3.- Cuando se cese en un puesto de trabajo por aceptación de un contrato o nombramiento, en el supuesto del apartado C).1.e), al cesar se mantendrá en el mismo lugar de la bolsa en la que se encontraba al aceptarlo. C) Baja automática de la bolsa de trabajo Se producirá la baja automática en la correspondiente bolsa de trabajo en los siguientes supuestos: a) La falta de aceptación del nombramiento por causa injustificada o la renuncia al mismo. b) La falta de presentación injustificada de la documentación requerida para la toma de posesión en el plazo establecido c) La falta de la presentación a la toma de posesión sin causa justificada d) Por falsedad o falta inicial o sobrevenida de alguno de los requisitos exigido o de las circunstancias aletadas para su inclusión en la bolsa. D) Renuncia justificada 1.- Se considerará justificación suficiente para renunciar al puesto de trabajo que se le oferta sin decaer en el orden de la correspondiente bolsa, las siguientes causas, que deberán ser debidamente documentadas: a) La incapacidad temporal derivada de enfermedad común accidente no laboral, accidente de trabajo y de enfermedad profesional, durante el tiempo que dure la misma b) En caso de maternidad, si la renuncia de la madre se produce entre el séptimo mes de embarazo y la decimosexta semana posterior al parto, decimoctava si el parto es múltiple. Para el caso de fallecimiento de la madre, el padre podrá renunciar con los mismos derechos. c) En caso de adopción, si la renuncia de la madre se produce hasta la decimosexta semana con posterioridad a la fecha de formalización de la adopción. d) En caso de paternidad, si la renuncia se produce dentro de los quince días contados desde el nacimiento y/o adopción. e) Estar cubriendo un puesto de trabajo, en esta u otra Administración Pública, así como empresas privadas, de superior nivel o de más interés para el interesado, al correspondiente al puesto ofrecido de acuerdo con la bolsa de trabajo. 2.- En los anteriores supuestos se generará el derecho a ser mantenido en el número de orden correspondiente en la bolsa. ANEXO I.- Solicitud de participación D/Dª......., natural de..... con domicilio en ..... .., calle/plaza........, número......, con número de teléfono....., titular del DNI número....., letra..... Expone: Que enterado/a de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo temporal, mediante procedimiento general para la contratación temporal de un/a Diplomado/a en Trabajo Social a jornada parcial para el servicio de Atención a las personas en situación de dependencia en el ejercicio 2012, Solicita: Ser admitido/a al proceso selectivo a las que se refiere la presente instancia. Asimismo, declara:
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a) que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud. b) Que conoce y acepta la totalidad de las Bases que rigen este procedimiento. Lugar, fecha y firma. Al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Foios. ANEXO II.- Temario 1. El trabajo social como profesión. Principios éticos y código deontológico. 2. El método y la intervención en trabajo social. Niveles de intervención y técnicas e instrumentos que utiliza 3. Diagnóstico, planificación y evaluación en trabajo social 4. El trabajo social en Servicios Sociales de Base. El equipo y sus funciones. 5. Los Servicios Sociales Municipales. Concepto y evolución, Tipología. Situación Actual 6. El Municipio y su término municipal, población , empadronamiento y organización Municipal. 7. El Estado social de derecho: concepto. Criterios que rigen una adecuada política de bienestar social. Bienestar social en la Constitución Española 8. Política Social en la Comunidad Valenciana. Competencias de la Comunidad Autónoma. El sistema público de servicios sociales y la Ley de Servicios Sociales 9. Ley 39/2006 de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia. La Dependencia y su valoración. Prestaciones y catálogo de servicios. Reconocimiento del derecho. Financiación. Consejo Territorial. Organos consultivos. Sistema valenciano de atención a la dependencia. Normas de desarrollo. Intervención en su aplicación. 10. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ( Ley 30/1992, de 26 de noviembre) Procedimiento Administrativo aplicado en el desarrollo de la Ley 39/2006 11. Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria. 12. Decreto 18/2011 de 25 de febrero , del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el derecho a las prestaciones del sistema valenciano para las personas en situación de dependencia 13. - DECRETO 38/2010, de 19 de febrero, del Consell, por el que se crea el Comité Consultivo Autonómico del Sistema Valenciano para la Autonomía y Atención a la Dependencia y se establecen sus normas de funcionamiento. 14. DECRETO 35/2007, de 30 de marzo, del Consell, sobre creación, composición y régimen de funcionamiento del Consejo Interterritorial de Servicios Sociales, Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia de la Comunitat Valenciana y su modificación con el Decreto 113/2009, de 31 de Julio, del Consell, 15. Orden 18/2011, de 17de junio, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula la comprobación y el procedimiento de registro de cuentas bancarias de las personas físicas y jurídicas que se relacionan económicamente con la administración de la Generalitat. 16. Orden 5/2011, de 6 de junio de la Conselleria de Bienestar Social de modificación de los artículos 4 y concordantes de la Orden de 5 de diciembre de 2007, por la cual se regulan los requisitos y condiciones de acceso a las ayudas económicas del Programa de Atención a las Personas, a sus Familias en el marco del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunitat Valenciana. 17. ORDEN 1/2010, de 18 de febrero, de la Conselleria de Bienestar Social, de modificación de la Orden de 9 de abril de 1990, de la Conselleria de Trabajo y Seguridad Social, por la que se desarrolla el Decreto 40/1990, de 26 de febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana, sobre registro, autorización y acreditación de los servicios sociales de la Comunitat Valenciana.
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18. Orden de 5 de diciembre de 2007, de la Conselleria de Bienestar Social, que regula el procedimiento de Aprobación del Programa Individual de Antención. 19. ORDEN de 5 de diciembre de 2007, de la Conselleria de Bienestar Social por la que se regula los requisitos y condiciones de acceso a las ayudas económicas del programa de atención a las personas y a sus familias en el marco del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunitat Valenciana. 20. RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2009, del director general de Relaciones con Les Corts y Secretariado del Consell, de la Conselleria de Presidencia, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Generalitat, por el que se transfieren créditos previstos en el Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo regulado por el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, destinados a actuaciones vinculadas con la atención a la dependencia. 21. Resolución de 3 de febrero de 2009, del director general de Relaciones con Les Corts y Secretariado del Consell, de la Conselleria de Presidencia, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Generalitat, para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado 22. RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2008, del conseller de Bienestar Social, sobre delegación de competencias 23. Real Decreto, de 20 de abril, por el que se modifica el real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades de protección de los servcios y la cuantía de las prestacions económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y se establecen las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia para el ejercicio 2011. 24. Real Decreto 569/2011, de 20 de abril, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a las personas beneficiarias del Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia para el ejercicio 2011. 25. Real Decreto 175/2011, de 11 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, y el Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidaddores de las personas en situación de dependencia. 26. Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. 27. Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, por el que se crean un Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y se aprueban créditos extraordinarios para atender a su financiación. 28. Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia. Y CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia. 29. Real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas de la Ley 39/2006 30. Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia (incluye la corrección de errores publicada en el BOE de 18 de mayo de 2007. y CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 504/2007,
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de 20 de abril, por que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006,de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. 31. Real Decreto 1198/2007, de 14 de septiembre, por el que se modifica el RD 504/2007, de 20 de abril, en materia de reconocimiento de descanso pormaternidad en los supuestos de discapacidad del hijo y de reconocimiento de la necesidad de asistencia de tercera persona en las prestaciones no contributivas ( incluye corrección de errores del RD 1197/2007publicada en el BOE de de 4 de octubre de 2007) 32. REAL DECRETO 1414/2006, de 1 de diciembre,por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. 33. Orden ESD/1984/2008, de 4 de julio, por la que se crea la Comisión Especial para la mejora de la calidad del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. 34. Orden TAS/2632/2007, de 7 de septiembre, por a que se modifica la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial en el sistema de la Seguridad Social. 35. Orden TAS/1459/2007, de 25 de mayo, por la que se establece el Sistema de Información del Sistema para la Autonomía Personal. 36. Resolución de 15 de junio de 2011, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Acuerdo por el que se actualizan las variables previstas en el Marco de Cooperación Interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2010-2013 del nivel acordado previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía personal y Atención a las Personas en situación de dependencia. 37. Resolución de 4 de noviembre de 2010, de la Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se publica el Acuerdo sobre los criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios y el importe de las prestaciones económicas para las personas reconocidas en situación de dependencia en grado I. 38. Resolución de 29 de junio de 2010, de la Secretaría General de Política Social y Consumo , por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia sobre modificación del baremo de valoración de la situación de dependencia establecido en el Real Decreto 504/2007, de 20 de abril. 39. Resolución de 4 de febrero de 2010, dela Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, para la mejora de la calidad de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. 40. Resolución de 4 de febrero de 2010, de la Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en materia de órganos y procedimientos de valoración de la situación de dependencia. 41. Resolución de 4 de noviembre de 2009, de la Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre objetivos y contenidos comunes de la información del Sistema de información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. 42. Resolución de 4 de noviembre de 2009, de la Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación en materia de formación e información de cuidadores no profesionales. 43. RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre determinación de la capacidad económica del beneficiario y
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sobre los criterios de participación de éste en las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia 44. RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. 45. RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2008, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se atribuyen recursos públicos de numeración al servicio de atención telefónica a las personas 46. RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2007, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, sobre el procedimiento a seguir para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. 47. RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2007, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se establecen los acuerdos en materia de valoración de la situación de dependencia. Foios, 25 de enero de 2012.—El alcalde. 2012/2507
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N.º 30 4-II-2012
Ayuntamiento de Alginet Anuncio del Ayuntamiento de Alginet sobre primera notificación de multas de tráfico 23-1-12. ANUNCIO Habiendo sido intentada la notificación de las denuncias formuladas por infracciones de la normativa sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, contenidas en la relación que se incluye en la presente, y no siendo posible su práctica , de conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de la inserción de Anuncios en los Tablones de Edictos de los Ayuntamientos que correspondan al último domicilio de los denunciados, a efectos del artículo 10 del reglamento del Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Así mismo, sirva la presente para formular el requerimiento a que se refiere el artículo 72.3 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en virtud del cual, como titular del vehículo objeto de la denuncia tiene el deber de identificar al conductor responsable de la infracción referida al principio, en el plazo de quince días hábiles desde la publicación de la presente, transcurrido el cual, sin haberlo realizado, sin causa justificada, podrá ser sancionado como autor de falta grave con multa de hasta trescientos Euros (300 €), sin perjuicio de su consideración como responsable de la infracción referida en el encabezamiento si procede. Los interesados podrán presentar escrito de alegaciones dentro del plazo de quince días desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del presente anuncio. Caso de no ser efectuadas, la iniciación del expediente sancionador podrá ser considerada propuesta de resolución (articulo 13.2 del R.D. 1398/93). A ESTE ANUNCIO SE INCORPORA RELACIÓN DE EXPEDIENTES Alginet, a 23 de enero de 2012.—El alcalde-presidente. EXPEDIENTE
ARTICULO
NOMBRE
DOMICILIO
MATRICULA
IMPORTE
D.N.I.
POBLACIÓN - PROVINCIA
2011-947
154--5B-CIR
SONIA FERRER SERRA
BAND DE MUS DE LA CV, 21-19
7926-GRM
80,00
25415834Y
- - VALENCIA
2011-918
94-2A-5G-CIR
HORMIGONES SAN SHEY, SL
JUAN XXIII, 2
9478-DRM
90,00
B96289806
ALCUDIA (L’) - VALENCIA
2011-892
154--5B-CIR
BOSCH MICO IVAN
CALLE/ MAYOR Nº 79 PL.002
v-2589-HG
80,00
73569211P
ALGINET - VALENCIA
2011-894
154--5B-CIR
PREPELITA IONEL
CL/ CERVANTES Nº 18
v-4624-HH
80,00
X9666741W
ALGINET - VALENCIA
2011-899
154--5B-CIR
MELLADO ESPERT VICENTE RAM
URB/ SAN PATRICIO Nº 23 PT.20
v-0798-FY
80,00
25387630T
ALGINET - VALENCIA
2011-904
154--5B-CIR
CRESPO MERINO, MANUEL
CALLE/ TRULLAS Nº 31
v-6622-HC
80,00
19404844C
ALGINET - VALENCIA
2011-906
154--5B-CIR
ESTEVE MARTORELL M CARMEN
CALLE/ CERVANTES Nº 16 PL.005 PT.0021
v-0724-HJ
80,00
20774168Q
ALGINET - VALENCIA
2011-916
94-2E-5X-CIR
FUSCOLOAN S.L.
CL/ MAJOR 11
1479-DFB
200,00
B96260161
ALGINET - VALENCIA
2011-925
154--5B-CIR
EXPOSITO MADUEÑO INOCENCIA
AVDA/ POBLE NOU Nº 108 PT.18
1884-FGT
80,00
73763550C
ALGINET - VALENCIA
2011-929
154--5B-CIR
GARCIA CHULVI HELGA
CALLE/ MEDICO AMALIO MARQUES Nº 40 PL.2 PT.31
v-4197-GH
80,00
53209082P
ALGINET - VALENCIA
2011-933
94-2F-5Y-CIR
PEREZ PASCUAL ALICIA
CALLE/ CERVANTES Nº 41
v-9269-FV
80,00
20790232A
ALGINET - VALENCIA
2011-938
94-2A-5G-CIR
GONZALEZ BENAVENT LLUIS
CALLE/ PEREZ GALDOS Nº 13 PL.004 PT.0012
9755-CZV
90,00
20839859L
ALGINET - VALENCIA
2011-940
94-2E-5X-CIR
MARTINEZ AGUADO ANGEL
CALLE/ ALMAZARA Nº 3 PL.001 PT.0002
6215-FLR
200,00
44857072B
ALGINET - VALENCIA
2011-952
94-2F-5Y-CIR
PREPELITA IONEL
CL/ CERVANTES Nº 18
v-4624-HH
80,00
X9666741W
ALGINET - VALENCIA
2011-955
1-1-0-OM
CONSTRUCCIONS COMAR DOS MI L SIS SL
FUSTER 24
1507-DPM
300,00
B97709158
ALGINET - VALENCIA
2011-957
1-1-0-OM
BRAHIM DRAHMANI
CL/ AUSIAS MARCH , 25
v-1199-EB
300,00
X2277973F
ALGINET - VALENCIA
2011-958
1-1-0-OM
SANTAMARIA SOMARRIBA KAREN
UR/ LOS LAGOS, PARCELA 1190
v-8348-GK
300,00
X2230762S
ALGINET - VALENCIA
FEC. DENUNCIA
16/11/2011
26/10/2011
01/11/2011
01/11/2011
24/10/2011
01/11/2011
01/11/2011
09/10/2011
02/11/2011
03/11/2011
07/11/2011
03/11/2011
15/11/2011
22/11/2011
27/10/2011
27/09/2011
26/10/2011
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N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
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29
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EXPEDIENTE
ARTICULO
NOMBRE
DOMICILIO
MATRICULA
IMPORTE
D.N.I.
POBLACIÓN - PROVINCIA
2011-919
94-2A-5G-CIR
JOSE MIGUEL DUART MARI
AVDA. DEL SUR, 36-4-20
v-1841-HH
90,00
20778746V
CARLET - VALENCIA
2011-936
154--5B-CIR
MIGUEL ANGEL AROCAS FRIGOLS
BOLERO DE RABEL, 1-4-11
2944-FSV
80,00
20792689E
CARLET - VALENCIA
2011-946
171--5A-CIR
PILAR SAEZ COMPANY
VALENCIA, 1
4148-GHT
80,00
73924348W
CARLET - VALENCIA
FEC. DENUNCIA
26/10/2011
09/11/2011
11/11/2011
2012/2560
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30
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N.º 30 4-II-2012
Ayuntamiento de Alginet Anuncio del Ayuntamiento de Alginet sobre segunda notificación de multas de tráfico 23-1-12. ANUNCIO Habiendo sido intentada la notificación de las resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores tramitados por infracciones de la normativa sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, contenidas en la relación que se incluye en la presente, y no siendo posible su práctica, de conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de la inserción de Anuncios en los Tablones de Edictos de los Ayuntamientos que correspondan al último domicilio de los denunciados, de las Resoluciones de la Alcaldía cuyo texto es el siguiente: Examinados los antecedentes de hecho incorporados al expediente oportuno y, habida cuenta que, las actuaciones practicadas permiten estimar acreditados los hechos denunciados y correcta su calificación, así como la graduación de la sanción, en ejercicio de las facultades que confiere a esta Alcaldía el artículo 68 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, VENGO A DISPONER PRIMERO: Imponer a la persona indicada, como responsable de la infracción cometida, la sanción que se expresa, consistente en MULTA DE (SEGUN RELACION). SEGUNDO: La multa deberá hacerse efectiva en el plazo quince días hábiles, desde la firmeza de la presente Resolución, contados desde la notificación. Transcurrido dicho plazo sin haber sido satisfecha la multa, se exigirá por el Procedimiento de Apremio (artículo 84 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial), con los recargos e intereses establecidos en la Ley General Tributaria y Reglamento General de Recaudación. TERCERO: Notifíquese individualmente a los sancionados la presente resolución, con indicación de que es firme en vía administrativa, y contra la presente resolución que agota la vía administrativa podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de la presente, ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la citada Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. El plazo de 15 días hábiles para hacer efectivas las multas correspondientes deberá computarse desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el B.O.P. A ESTE ANUNCIO SE INCORPORA RELACIÓN DE EXPEDIENTES Alginet, a 23 de enero de 2012.—El secretario, José Vicente Ibor Ridaura.—El alcalde, Enrique Girona Climent. EXPEDIENTE MATRICULA 2011-755
ARTICULO
NOMBRE
IMPORTE 171--5A-CIR
DOMICILIO
D.N.I.
FEC. DENUNCIA
POBLACIÓN - PROVINCIA
JUAN BAUTISTA GIRONA MARTINEZ
PERIS Y VALERO, 48-1-2
8602-BXS
80,00
19344375H
- - VALENCIA
2011-745
154--5B-CIR
ALMENAR MANTECA, JOSE M.
CL/ CUENCA 13
6680-GWN
80,00
19295627F
- - VALENCIA
2011-885
154--5B-CIR
DC CONCEPTO, SL
ISABEL LA CATÓLICA, 19
5091-DMY
80,00
B97443576
- - VALENCIA
2011-935
94-2E-5X-CIR
ENRIQUE APARICIO AREVALO
PASEO FACULTADES, 1-A-5
4344-GTX
100,00
19820589V
- - VALENCIA
2011-754
94-2F-5Y-CIR
ILINDRAS LUPU
MACHADO, 31
hu-1098-N
80,00
X3426196R
MOJONERA (LA) - ALMERIA
2011-748
154--5B-CIR
JOSÉ LUIS MORCILLO DIAZ
CAMINO LA ESGARAVITA, 38-4- IZQDA.
m-3486-TZ
80,00
51687892S
ALCALA DE HENARES - MADRID
2011-753
154--5B-CIR
GONZALO SOPEÑA GARCIA
MAYOR, 38
0094-GMG
80,00
70013267W
TORRELAGUNA - MADRID
2011-790
154--5B-CIR
VASYL TYMOSHKO
ANTONIO ALMERA, 59
8325-DGB
80,00
X5266315M
ALCUDIA (L’) - VALENCIA
2011-801
154--5B-CIR
JUANA FRANCISCA CORTÉS RODRIGUEZ
SAN BENITO, 53 PB A
7306-CCM
80,00
20846832T
ALCUDIA (L’) - VALENCIA
2011-750
171--5A-CIR
BARBER DIEZ ALBERTO
PLZA/ DE LAS TRES MORERAS Nº 7 PL.22 PT.7
3061-DDW
80,00
20834696P
ALGEMESI - VALENCIA
2011-850
154--5B-CIR
ESCRIBA BARBERA FRANCISCO
CALLE/ ALMAZARA Nº 45 PL.001 PT.0000
2259-FWZ
40,00
20780369F
ALGINET - VALENCIA
2011-672
94-2A-5G-CIR
ORTIZ CASTILLO ANGEL
CALLE/ SAN JOSE Nº 61 PL.001 PT.0004
3031-DNN
90,00
73941700N
ALGINET - VALENCIA
2011-679
154--5B-CIR
BURGUILLO MACHI, FRCO. JAVIER
CALLE/ VENERABLE BEFERULL Nº 43 PL.1 PT.1
3404-DTM
80,00
20776353Q
ALGINET - VALENCIA
2011-695
154--5B-CIR
CRUZ SOLBES MARIA AMPARO
CALLE/ HORT DE FELIU Nº 12 PL.2 PT.C
6689-GHL
80,00
73565855X
ALGINET - VALENCIA
21/08/2011
28/08/2011
09/10/2011
09/11/2011
17/08/2011
26/08/2011
22/08/2011
12/09/2011
13/09/2011
18/08/2011
04/10/2011
02/08/2011
30/07/2011
03/08/2011
BUTLLETÍ OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
BOLETIN OFICIAL
31
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
EXPEDIENTE
ARTICULO
NOMBRE
DOMICILIO
MATRICULA
IMPORTE
D.N.I.
POBLACIÓN - PROVINCIA
2011-722
154--5B-CIR
VALLS MATA ENRIC
CALLE/ MAESTRO PEREZ CHOVI Nº 63 PT.1
7997-FGX
80,00
73580640Y
ALGINET - VALENCIA
2011-730
154--5B-CIR
REAL PORT 2007 SL
PLAZA/ ERNESTO CHE GUEVARA Nº 1
1246-DLM
80,00
B97934483
ALGINET - VALENCIA
2011-697
154--5B-CIR
IBAÑEZ LOPEZ MARIA AMPARO
CALLE/ VALENCIA Nº 7 PL.4 PT.4
1442-FLP
80,00
24394444T
ALGINET - VALENCIA
2011-698
154--5B-CIR
IÑIGO GREUS, JOSEP ENRIC
CALLE/ VALENCIA Nº 53 ES.0 PL.0 PT.0
V-1956-GW
80,00
20791785S
ALGINET - VALENCIA
2011-699
154--5B-CIR
BLASCO LLOPIS FRANCISCO J
CALLE/ JOSE GREUS Nº 9 PL.001
0644-FSG
80,00
73942400E
ALGINET - VALENCIA
2011-701
154--5B-CIR
DEMMOU ABDELKADER
SAN VICENTE 47
V-1043-GG
80,00
X6808624A
ALGINET - VALENCIA
2011-731
154--5B-CIR
JIMENEZ ACOSTA M.ANGELES
CALLE/ QUEVEDO Nº 13 PL.2
v-0284-GS
80,00
73774245C
ALGINET - VALENCIA
2011-771
171--5A-CIR
BENAVENT ASINS INMACULADA
CALLE/ PEREZ GALDOS Nº 13 PL.004 PT.0012
8634-BRL
80,00
20785355W
ALGINET - VALENCIA
2011-715
171--5A-CIR
HERVAS REGAL CECILIO
CALLE/ PELAYO Nº 6 PL.003 PT.0006
2146-DKS
80,00
73939730C
ALGINET - VALENCIA
2011-760
154--5B-CIR
ESPERT PELLICER ENRIQUE
CALLE/ COLON Nº 13 PL.000 PT.0000
v-6572-FC
40,00
20764370Q
ALGINET - VALENCIA
2011-739
154--5B-CIR
LEREN SAEZ RAMON
AVDA/ 9 DE OCTUBRE Nº 7 PL.003 PT.0021
7829-BNW
40,00
19433175S
ALGINET - VALENCIA
2011-774
154--5B-CIR
MORATA ROIG ANDREA
C AUSIAS MARCH 21 2
7833-GLG
80,00
73586101Q
ALGINET - VALENCIA
2011-784
154--5B-CIR
PREPELITA IONEL
CL/ CERVANTES Nº 18
v-8051-ED
80,00
X9666741W
ALGINET - VALENCIA
2011-776
154--5B-CIR
HERVAS REGAL CECILIO
CALLE/ PELAYO Nº 6 PL.003 PT.0006
2674-FLV
80,00
73939730C
ALGINET - VALENCIA
2011-795
171--5A-CIR
GABRIEL GIL SANTONJA
URBANIZACIÓN LOS LAGOS, 239
9630-DNN
80,00
73769732S
ALGINET - VALENCIA
2011-807
171--5A-CIR
SORIN GUCEANU MARIAN
AVDA/ REYES CATOLICOS Nº 86 ES.B PL.2 PT.4
4274-GXD
80,00
X4481776L
ALGINET - VALENCIA
2011-818
94-2F-5Y-CIR
REYES GALERA VERONICA
CALLE/ BENIFAYO Nº 22
v-4130-FY
40,00
52641274R
ALGINET - VALENCIA
2011-922
154--5B-CIR
RICARDO SENABRE GARCÍA
CL VALENCIA, 18
7367-DTH
40,00
31379089M
ALGINET - VALENCIA
2011-934
94-2F-5Y-CIR
BOSCH BOSCH BALTASAR
AVDA/ REYES CATOLICOS Nº 36 PL.000 PT.0000
1838-CYC
80,00
19768475K
ALGINET - VALENCIA
2011-908
154--5B-CIR
TORTAJADA BELLOT ISABEL
CALLE/ SAN VICENTE Nº 39 PL.002 PT.0000
0034-CKY
80,00
20828174H
ALGINET - VALENCIA
2011-707
154--5B-CIR
MARIA ISABEL CASP MARTINEZ
AMALIO VANACLOCHA Nº4-3-6
v-8029-EN
80,00
73772167N
CARLET - VALENCIA
2011-717
94-2F-5Y-CIR
MARIA ISABEL CASP MARTINEZ
AMALIO VANACLOCHA Nº4-3-6
v-8029-EN
80,00
73772167N
CARLET - VALENCIA
2011-793
154--5B-CIR
GARCIA CERVERA RAMIRO
CALLE L’ALCUDIA
v-5008-EL
80,00
44856831T
CARLET - VALENCIA
2011-756
171--5A-CIR
DANIELA RAIMUNDA DOS SANTOS CARDOSO
ESPAÑA, 21 BAJO
3771-FSG
80,00
X2963821H
XATIVA - VALENCIA
FEC. DENUNCIA
24/08/2011
29/07/2011
01/08/2011
01/08/2011
27/07/2011
26/08/2011
05/09/2011
08/09/2011
22/08/2011
01/08/2011
22/08/2011
10/09/2011
10/09/2011
12/09/2011
10/09/2011
20/09/2011
03/10/2011
01/11/2011
06/11/2011
02/11/2011
15/08/2011
12/08/2011
10/09/2011
23/08/2011
BUTLLETÍ OFICIAL
32
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
EXPEDIENTE
ARTICULO
NOMBRE
DOMICILIO
MATRICULA
IMPORTE
D.N.I.
POBLACIÓN - PROVINCIA
2011-931
154--5B-CIR
JOSÉ RAMÓN COMPIÑA BARBE
MURCIA, 7-15
1317-FDM
40,00
52655912B
MONCADA - VALENCIA
2011-803
154--5B-CIR
JUAN BAUTISTA DOBON PEÑA
AVDA. PAIS VALENCIANO, 45-19
2155-GCZ
80,00
73546052X
SEDAVI - VALENCIA
2011-840
154--5B-CIR
DAVID NACER MARTI
AV GASPAR AGUILAR Nº 7
7703-DWS
80,00
24363885P
VALENCIA - VALENCIA
2011-746
154--5B-CIR
ALMENAR MANTECA, JOSE M.
CL/ CUENCA 13
v-4809-GP
80,00
19295627F
VALENCIA - VALENCIA
2011-747
154--5B-CIR
ANTONIO DIEGO PONS SANCHEZ
NARCIS MONTURIOL, 4-1-5
1227-DDL
80,00
73903543N
VALENCIA - VALENCIA
2011-759
154--5B-CIR
MARÍA DEL MAR GUERRITA CASTRO
MARCHALENES, 70-4
8291-FMW
80,00
52763345B
VALENCIA - VALENCIA
2011-764
171--5A-CIR
ALBERTO JOSÉ PLÁ CUCÓ
BARÓN DE PATRAIX, 1-13
6959-CDD
80,00
20802672T
VALENCIA - VALENCIA
2011-859
154--5B-CIR
CARMEN DE OLAVARRIETA JURADO
C/ SORNI, 29-4
3181-DXP
80,00
22554081M
VALENCIA - VALENCIA
N.º 30 4-II-2012
FEC. DENUNCIA
07/10/2011
05/09/2011
10/09/2011
28/08/2011
29/08/2011
01/08/2011
02/09/2011
13/10/2011
2012/2561
N.º 30 4-II-2012
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
33
Ayuntamiento de Sedaví Anuncio del Ayuntamiento de Sedaví sobre notificación de denuncias de multas de tráfico. ANUNCIO Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, según prevé el apartado 5 de dicho precepto, y con sujeción a las prescripciones del artículo 60 de dicha Ley, lo siguiente: Formulada denuncia contra los conductores de los vehículos cuyos titulares figuran a continuación por la infracción de norma de tráfico vial que igualmente se indica, con expresión de la clave y el importe de la multa fijada para la misma, el señor Alcalde ha dispuesto iniciar los correspondientes expedientes sancionadores, de conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 68 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Si el responsable de la infracción no fuese el conductor del vehículo en el momento de la denuncia, deberá comunicar al Ayuntamiento de Sedaví, en el plazo de quince días, el nombre y domicilio del citado conductor, advirtiéndole que de no hacerlo será considerado como autor de falta muy grave, conforme al Art. 65.J del Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificado por la Ley 18/2009 Para el caso de que se trate de una infracción grave, esta podrá llevar aparejada la suspensión del permiso de conducir de hasta tres meses, y si fuera muy grave se impondrá en todo caso (Art. 67 RD 339/1990). ALEGACIONES: Se concede un plazo de VEINTE DÍAS NATURALES para alegar por escrito, ante la Alcaldía, con aportación o proposición de pruebas, lo que en su defensa estime conveniente (Art. 79 del R.D.L. propuesta de resolución (Art. 13.2 del RD 1398/1993, de 4 de agosto). PLAZO DE PAGO: El importe de la multa, con reducción del 50%, se puede pagar durante los 20 días naturales a partir del siguiente a la publicación de la presente presente notificación. El abono del importe de la multa en el plazo indicado anteriormente implica: - La renuncia a formular alegaciones, en el caso en que se hiciera se tendrán por no presentadas - La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día en que se realice el pago. - El agotamiento de la vía administrativa siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, cuyo plazo se iniciará el día siguiente a aquél en que tenga lugar el pago. - La sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores, siempre que se trate de infracciones graves que no lleven aparejada pérdida de puntos. El transcurso del plazo de 20 días naturales desde la notificación de la denuncia sin haber procedido al pago de la misma o haber presentado alegaciones surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador. En este supuesto, la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la notificación de la denuncia. Esto sólo será de aplicación en el caso de infracciones leves, graves que no lleven asociada la pérdida de puntos o en el caso de graves o muy graves cuya notificación se efectuase en el acto de denuncia. Nº EXPEDIENTE
NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE
REFERENCIA 2011-P-00055495
2011001246
BAIXAULI*FERRER,MANUEL
2011001215
BELENGUER*MILIAN,PEDRO JOSE
2011-P-00058500
2011001207
FERNANDEZ*CUBES,FRANCISCO JOSE
2011-P-00057668
2011001129
FERRANDIS*MOCHOLI,JOSE MANUEL
2011-P-00057664
2011001281
FERRER*PEREZ,JUAN VICENTE
2011-P-00050284
2011001270
GHEORGHITA,SACALIUC CRISTI
2011-P-00057718
2011001277
GONZALEZ*LOZANO,JULIO
2011-P-00057715
2011001293
GONZALEZ*TALAMANTES,FELICIDAD
2011-P-00057751
2011001266
GROZEVA,EMILIYA
2011-P-00057492
2011001276
JIMENEZ*OLIVA,JOSE MANUEL
2011-P-00050431
2011001278
JURADO*RAMON,RAFAEL
2011-P-00057714
2011001279
JURADO*RAMON,RAFAEL
2011-P-00057624
2011001257
NAVALON*GARCIA,EMILIA
2011-P-00058191
2011001205
NUÑEZ*FERNANDEZ,JOAQUIN ANGEL
2011-P-00057670
2011001219
PROSONIA SL
2011-P-00058292
2011001194
SANCHEZ*RODRIGUEZ,JAVIER ELIAS
2011-P-00050280
2011001292
SOLIS*ENCARNACION DE LA,ENRIQUE
2011-P-00057852
Nº Registros: 17 Sedaví, a 12 de enero de 2012.—El Alcalde, D. Rafael Pérez Martínez.
2012/2562
34
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ayuntamiento de Alginet Policía Local Edicto del Ayuntamiento de Alginet sobre vehículos abandonados 22-1-12. EDICTO Por el presente se cita a los sujetos pasivos u obligados al pago que se relacionan, o sus representantes, para que comparezcan en esta Dependencia de la Policía Local en el plazo de QUINCE DIAS, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia, para ser notificados de los actos relativos a los procedimientos que se señalan, tramitados en esta Dependencia. Asimismo, se advierte a los interesados, que de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer. • KAREN SANTAMARÍA SOMARRIBA, DNI. X-2230762-S, DOMICILIO LOS LAGOS 1190 ALGINET. (VALENCIA). PROCEDIMIENTO: REQUERIMIENTO PARA RETIRADA VEHÍCULO DEPOSITO MUNICIPAL. MITSUBISI LANCER V-8348-GK • KEVIN PETRONELLO, DNI. X-4655277-P, DOMICILIO AUTOVIA DEL SALER 8-18 (VALENCIA. PROCEDIMIENTO: REQUERIMIENTO PARA RETIRADA VEHÍCULO DEPOSITO MUNICIPAL. OPEL OMEGA V-9874-CY • BRAHIM DRAHMANI, DNI. X-227797-F, DOMICILIO BLASCO IBÁÑEZ 13-7. BENIFAIO. (VALENCIA). PROCEDIMIENTO: REQUERIMIENTO PARA RETIRADA VEHÍCULO DEPOSITO MUNICIPAL. CITROEN ZX V-1199-EB • TOUCHI SAMIR, DNI. X3897508-C, DOMICILIO C/ SAN VICENTE 47-6 ALGINET. (VALENCIA). PROCEDIMIENTO: REQUERIMIENTO PARA RETIRADA VEHÍCULO DEPOSITO MUNICIPAL. RENAULT R5 Alginet 26 de enero de 2012 La Jefatura de la Policía Local, • PROCEDIMIENTO: REQUERIMIENTO PARA RETIRADA VEHÍCULO DEPOSITO MUNICIPAL PIAGGIO VESPINO BASTIDOR NUM. 83C204838 • PROCEDIMIENTO: REQUERIMIENTO PARA RETIRADA VEHÍCULO DEPOSITO MUNICIPAL. SUZUKI ADRESS BASTIDOR NUMERO A137222741 • REQUERIMIENTO PARA RETIRADA VEHÍCULO DEPOSITO MUNICIPAL. PIAGGIO VESPINO AL. BASTIDOR NUM. 83C116812 • PROCEDIMIENTO: REQUERIMIENTO PARA RETIRADA VEHÍCULO DEPOSITO MUNICIPAL. PIAGGIO VESPINO BASTIDOR NUM. 82C65099 • PROCEDIMIENTO: REQUERIMIENTO PARA RETIRADA VEHÍCULO DEPOSITO MUNICIPAL. PIAGGIO VESPINO BASTIDOR NUM. 131C56152 • PROCEDIMIENTO: REQUERIMIENTO PARA RETIRADA VEHÍCULO DEPOSITO MUNICIPAL. APRILIA BASTIDOR NUM. ZD4PGA000XXS005344 2012/2563
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DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
N.º 30 4-II-2012
N.º 30 4-II-2012
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35
Ayuntamiento de Sedaví Edicto del Ayuntamiento de Sedaví sobre notificación de resoluciones sancionadoras en materia de tráfico. EDICTO Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, según prevé el apartado 5 de dicho precepto, y con sujeción a las prescripciones del artículo 60 de dicha Ley, lo siguiente: “Formulada denuncia contra los conductores de los vehículos cuyos titulares figuran a continuación por la infracción de norma de tráfico vial que igualmente se indica, con expresión de la clave y el importe de la multa fijada para la misma, el señor Alcalde ha dispuesto iniciar los correspondientes expedientes sancionadores, de conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 71 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Concluida la instrucción del expediente sancionador y elevada propuesta de resolución por el órgano instructor del procedimiento, se dicta la presente resolución sancionadora por la que se impone multa por infracción al precepto indicado. A la vista de los artículos 67.1 y 69 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial. Por lo expuesto, de acuerdo con lo establecido en los artículos 7 y 71 del real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial, y de conformidad con lo que determina el artículo 15 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba su Reglamento de Procedimiento Sancionador, y las modificaciones recogidas en la ley 18/2009, de 23 de Noviembre, de reforma del texto articulado de la Ley citada, ACUERDO LA IMPOSICIÓN a las personas o entidades relacionadas, como responsables de la infracción que igualmente se indica, de la multa que se expresa por infracción al precepto indicado. RECURSOS: Contra la presente resolución puede interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de UN MES a partir del día siguiente a su notificación. No obstante el mismo no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción. En el caso de que el recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud sin que se haya resuelto. El recurso se entenderá desestimado si no se ha resuelto en el plazo de un mes desde su interposición. Asimismo, contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición, puede interponer recurso Contencioso Administrativo ante los juzgados de lo Contencioso Administrativo de Valencia en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de la desestimación expresa, o seis meses si fuera presunta. No obstante también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime oportuno. PLAZO DE PAGO: Dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de su firmeza. Transcurrido este plazo sin que se hubiese satisfecho, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio, incrementándose la deuda con los recargos ejecutivos, costas del procedimiento de apremio e interese de demora de acuerdo con la Ley General Tributaria 58/2003.” RELACIÓN DE SANCIONES DE MULTAS Nº RECIBO
NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE
REFERENCIA
356603-0
SORIANO*LOPEZ,JOSE MARIA
2011-P-00057563
Nº Registros: 1 Sedaví, a 12 de enero de 2012.—El Alcalde, D. Rafael Pérez Martínez.
2012/2564
36
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Ayuntamiento de Paterna Gestión Económica y Presupuesto Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre aprobación definitiva del presupuesto general 2012. edicto Dada cuenta de la documentación referida al Acuerdo de aprobación inicial del Presupuesto 2012, dictamen de la Comisión Informativa Permanente de Gestión Municipal, sesión extraordinaria nº 16 de 13 de diciembre de 2011 y sometida al Ayuntamiento-Pleno en 14 de diciembre de 2011, a saber: “ANEXO I: PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO Previsión de ingresos y Créditos para Gastos 2012. ANEXO II: Memoria. ANEXO III: Informe Económico-Financiero, anexos y bases de Ejecución del Presupuesto. ANEXO IV: Personal. ANEXO V: Previsión de Ingresos y Gastos a nivel de Capítulos de la Sociedad Urbanística Municipal de Paterna de capital íntegramente municipal (SUMPA). ANEXO VI: Documentación GESPA, se incorpora a presupuesto consolidado, Presupuesto de GESPA, resumido por capítulos, por importe total de 9.869.460,78 €, efectuándose rectificación de error material observado en el resumen consolidado, aprobado inicialmente. ANEXO VII: Presupuesto - Aigües Municipals de Paterna. ANEXO VIII: Presupuesto – Desarrollo Local de Paterna. ANEXO IX: Enajenación de Patrimonio, valoración efectuada por el director técnico del Area de Gestión Municipal sobre enajenación de diversas parcelas. ANEXO X: Memoria de la nueva estructura organizativa municipal. Documentación complementaria: Estado ejecución ingresos a noviembre 2011 a nivel de capítulos y liquidación presupuesto 2010”. Así como la distinta documentación incorporada tanto como consecuencia de la mociones presentadas en la propia sesión por los grupos políticos con representación en el Pleno, como por la enmienda presentada por el propio concejal delegado de Personal, acompañada de informe del jefe del Área de Personal sobre valoración del capítulo I, enmienda precisada por el propio alcalde en el sentido de detraer del capítulo II aplicación 1691-22701 la cuantía de 121.422,00 euros, incrementando los créditos globales del Capítulo I en el mismo importe, cuestión todas ellas que tienen su reflejo en el acta de la sesión del Ayuntamiento Pleno antes referida y que aprueba inicialmente el Presupuesto para el 2012. En el acta de Pleno referida sobre aprobación inicial del Presupuesto, se refleja el contenido del dictamen de Comisión Informativa de Gestión Municipal de 28 de noviembre de 2011, que no forma parte del expediente de Presupuesto que se somete a la consideración el Pleno, de acuerdo con los antecedentes obrantes en este Departamento de Intervención-Gestión Económica. Considerando que el expediente con la anexión de la documentación referida a mociones de los grupos políticos, y enmienda del equipo de Gobierno, ha sido expuesto al público, por plazo de 15 días hábiles, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 17 de diciembre de 2011, y edicto publicado en el Tablón de anuncios durante el término del 19 de diciembre de 2011 al 04 de enero de 2012, ambos inclusive, habiéndose presentado durante el referido plazo, de acuerdo con la información reenviada a este Departamento de Intervención – Gestión Económica por el Registro de Entrada, las siguientes reclamaciones: SECCIONES SINDICALES UGT Y CC.OO. CSIF SECCION SINDICAL CC.OO. U.G.T. STAS-IV COMPROMIS PER PATERNA PSOE AYUNTAMIENTO DE PATERNA EUPV AYUNTAMIENTO DE PATERNA ASOCIACION VECINOS TERRAMELAR
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N.º 30 4-II-2012
ASOCIACION VECINOS DE LA CANYADA JUNTA DE BARRIO LA CANYADA D. JUAN NADAL CONTELLES DÑA. MERCEDES ORTEGA REGUERA Y OTROS D. JOSE LUIS DIEZ MUÑOZ A, Primero.- Considerando las reclamaciones planteadas con carácter global, acompañando propuesta alternativa al Proyecto de Presupuesto que se somete a aprobación por los grupos políticos con representación en el Ayuntamiento (PSOE, COMPROMIS Y EU), que en gran parte coinciden con las enmiendas presentadas en la Sesión Plenaria de 14 de diciembre de 2011, se consideran a la vista del Informe del Interventor, sin perjuicio que sean atendidas en el órgano corporativo que proceda, no entran en los supuestos basados en el art. 170.2 del TRLRHL. A, Segundo.- En el mismo sentido y con carácter de enmienda global se han presentado alegaciones por la Asociación de Vecinos de Terramelar, Asociación Vecinos La Cañada y Junta Barrio La Cañada, reiterando en este sentido de acuerdo con el Informe del Interventor los mismos argumentos esgrimidos en el párrafo primero. B.- Considerando las reclamaciones planteadas con respecto a procedimiento, créditos y dotaciones del capítulo I, plantilla de personal, por las secciones sindicales representadas en el Ayuntamiento de Paterna, se ha requerido Informe, al Departamento de Personal y Asesoría Jurídica, deduciéndose Informe de 9 de enero que se transcribe literalmente: “Los funcionarios que suscriben en relación al requerimiento de informe solicitado, como consecuencia de la reclamación que sobre la aprobación inicial del presupuesto efectúan las secciones sindicales de CC.OO, U.G.T., STAS-IV y CSIF, tienen el deber de INFORMAR: PRIMERO.- El artículo 170 del RDL 2/2004. Reclamación administrativa: legitimación activa y causas, señala que: A los efectos de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo anterior, tendrán la consideración de interesados: a) Los habitantes en el territorio de la respectiva entidad local. b) Los que resulten directamente afectados, aunque no habiten en el territorio de la entidad local. c) Los colegios oficiales, cámaras oficiales, sindicatos, asociaciones y demás entidades legalmente constituidas para velar por intereses profesionales o económicos y vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios. 2. Únicamente podrán entablarse reclamaciones contra el presupuesto: a) Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites establecidos en esta Ley. b) Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo. c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de éstos respecto a las necesidades para las que esté previsto. SEGUNDO.- Los reclamantes ostentan la condición de interesados, conforme al Art. 170.1 c) del RDL 2/2004 antes citado y sus reclamaciones, entre otras razones, están basadas principalmente en dos aspectos: Que en el ajuste de la plantilla de personal para el ejercicio 2012 se ha dado incumplimiento a un requisito esencial como es la Negociación previa, sin que además conste, entre otros, el expediente de amortización de las plazas de funcionarios interinos, o las modificaciones en la RPT. Que se ha vulnerado el artículo 30.1 de las Normas Reguladoras y Convenio de las condiciones de trabajo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Paterna, así como lo previsto en el artículo 37 del Estatuto Básico del Empleado Público, sobre la Negociación colectiva. TERCERO.- De las reclamaciones presentadas en los citados escritos se atiende en este informe a todo aquello que tiene por objeto, no la impugnación de los Presupuestos Generales de la Corporación para el 2012, sino a la plantilla orgánica, bien entendido que la aprobación es conjunta con el presupuesto y que la impugnación de
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la misma posibilita la ampliación del estrecho marco de motivos impugnatorios que diseña el artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo. CUARTO.- Al hilo de estas cuestiones y entrando en la resolución de las alegaciones planteadas, debe ponerse de manifiesto que, la Plantilla de Personal para el ejercicio 2012 cuyo Capitulo I asciende a la cantidad total de 14.781.421’27 €, se aprobó inicialmente, junto con el presupuesto, en sesión plenaria del Ayuntamiento del día 14 de diciembre de 2011, publicándose en el BOP nº 299 el edicto de dicha aprobación inicial el día 17 de diciembre de 2011 y su configuración (salvo errores materiales o aritméticos subsanables) no reflejaba otra cosa que la consecuencia de la aprobación definitiva de la nueva RPT y el expediente de amortización de plazas y/o puestos que el Ayuntamiento, en expedientes jurídicos distintos y siguiendo los procedimientos legalmente establecidos, aprobó de forma simultánea en la misma sesión plenaria, de tal suerte que la plantilla orgánica de personal no dejaba de ser la ya aprobada con anterioridad, con la incorporación o supresión de los puestos tras el nuevo modelo organizativo municipal y su definición orgánica y estructural basada en la optimización de los recursos humanos y la racionalización de la plantilla, dada la coyuntura económica actual que conforme a la memoria esgrimida por la Corporación viene a asumir las directrices marcadas para todos los organismos públicos de políticas de ajuste en el gasto y racionalización de los recursos públicos, a tenor de la reciente reforma constitucional que persigue el equilibrio económico de las administraciones públicas españolas y principalmente dada la concreta y difícil situación económica que desde 2009 viene anunciándose a través de los diferentes informes emitidos por la Intervención de Fondos Municipal, sin que pueda desconocerse que tanto la Relación de Puestos de Trabajo como el expediente de amortización y/o supresión de determinados puestos de trabajo ha sido materia y objeto de Negociación, aunque no se haya obtenido resultado alguno. De lo expuesto se infiere, y así se prevé expresamente para la Administración Local, que las plantillas, que comprenden todos los puestos de trabajo de la Corporación, tanto los reservados a funcionarios, como a personal laboral o eventual, estrechamente conectadas con el Presupuesto, habrán de fijarse a través de éste, como así ha resultado fruto de la aprobación simultánea de los dos expedientes (el de la RPT y el de la amortización o supresión de puestos de trabajo) directamente interconectados con la plantilla orgánica aprobada resultante de dichos expedientes; es decir, tanto la nueva RPT como el expediente de amortización configuran en sí el resultado final de la plantilla orgánica que se aprobó junto al presupuesto, sin que pueda desconocerse las Mesas de Negociación celebradas a tal efecto. QUINTO.- Por lo que a la vulneración de la legalidad refieren los Sindicatos reclamantes, debe señalarse que la normativa vigente resulta de la Ley 7/2007, en concreto el art. 37, al que los propios Sindicatos aluden en su reclamación por entenderlo vulnerado, y debe aseverarse por una parte que la materia objeto de revolución que resulta del acuerdo de supresión o amortización de plazas vacantes no cubiertas de forma definitiva, no está incluida en las materias que deben ser objeto de negociación, al no tener cabida en dichas materias la obligatoriedad de amortizar vacantes que resulta una potestad de la autoorganización de la Administración que ha sido motivada y justificada por la Corporación en expediente jurídico distinto, pese a que dicho asunto fue sometido a la Mesa como ya se indicó, mostrando los representantes sindicales su desacuerdo, y por otra parte que la Relación de Puestos de Trabajo definitivamente aprobada en fecha 14 de diciembre de 2011, ha sido objeto de celebración de numerosas Mesas Generales de Negociación que se iniciaron ni más ni menos que en el ejercicio de 2009, fecha en que tuvo lugar el inicio de la elaboración de la RPT encargada a una empresa externa. Consecuentemente a ello, el art. 30.1 de las Normas Reguladoras y Convenio de las Condiciones de Trabajo de los Empleados Públicos, al que los Sindicatos reclamantes invocan su incumplimiento, al margen de que como el propio título indica se refiere a la “Oferta de Empleo Público y Grupos de Clasificación Profesional del Personal”, y que por ende su expresión en cuanto al compromiso de la Corporación de no amortizar plaza alguna, en tanto no haya sido negociado el correspondiente Plan de Empleo, se aparta del tema que nos ocupa, al configurarse como un instrumento básico para el plan-
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teamiento global de las políticas de recursos humanos de las distintas organizaciones administrativas y que tratan de adecuar el mercado interno de trabajo a las necesidades reales de la propia Administración para la óptima utilización de los recursos humanos en el ámbito a que afecten, dentro de los límites presupuestarios y de acuerdo con las directrices de la política de personal, y por ende dicho motivo ha de decaer, al no existir, más allá de un compromiso, ninguna obligatoriedad a este respecto, que ha venido justificada atendido el nuevo escenario, por la grave situación que comportan consecuencias económicas, con repercusión e incidencia en el gasto público y qué decir tiene por el principal instrumento de planificación de los recursos humanos que es el nuevo modelo organizativo que el gobierno municipal en virtud del principio legal de autoorganización municipal ha aprobado para la determinación de su modelo organizativo. SEXTO.- Finalmente y por lo que respecta al resto de los motivos que se vierten en las alegaciones, simplemente indicar que en contra de lo que los propios sindicatos manifiestan no existe en modo alguno niveles de destino desajustados o no conformes a la legalidad, basta con comprobar la plantilla de personal que se aprueba a través de la enmienda para observar que no es así, ya que esta refleja los niveles aprobados a través de la RPT, teniendo en cuenta, como así se ha efectuado, lo que ya se referenció en la fase inicial de aprobación de la misma y es que no podrían ser superior al nivel máximo del grupo o subgrupo al que perteneciera su ocupante; por tanto es fácil observar que no se está incumpliendo en modo alguno la legalidad vigente y es que también basta con observar en la aprobación del Anexo IV de la RPT que en su parte final clarifica perfectamente esta cuestión “Nivel: Nivel del Complemento de Destino asignado al puesto en función de su proceso de valoración y otras especificidades. En caso de superarse se aplicará el nivel máximo del grupo o subgrupo al que pertenezca su ocupante: conforme al sistema retributivo vigente, la diferencia existente será integrada o retraída, según el caso, del Complemento Específico o en todo caso, incorporada, a efectos prácticos y sin derecho a consolidación en el propio nivel.” En cualquier caso, es fácil que la representación sindical haya llegado a esta conclusión, pues no en vano, es producto del informe que de forma desacertada formulan e incorporan al expediente del presupuesto la secretaria general y el oficial mayor a quiénes no les basta con esta cuestión sino que además incorporan en el acuerdo del presupuesto de forma escaneada, un documento de plantilla erróneo que fue advertido a través de una enmienda (es decir que se envió por error a través de correo electrónico a la Intervención un documento equivocado) que sin embargo no sólo se incorpora de forma sorprendente en el acta de aprobación sino que además se añade por su cuenta una comparativa entre el documento erróneo y el documento válido que por error no fue enviado inicialmente, lo que ha provocado confusión e incitación a las personas afectadas (principalmente interinos) a tomar como base dicho documento que nunca tuvo que incorporarse al acta de aprobación y menos aún enmendarlo per se como si de un documento válido se tratara. Veamos, la enmienda que se aprueba, a diferencia de lo que se manifiesta, no contiene nada nuevo, esta enmienda se formula principalmente por dos razones: la primera porque como se ha dicho se envía a la Intervención de Fondos Municipal con fecha 13 de diciembre de 2011 los documentos de Plantilla que deben ser aprobados junto al presupuesto, que sustituyen a los enviados por correo electrónico en fecha 5 de diciembre de 2011, precisamente porque se detecta que el Anexo I de la plantilla de personal se remitió de forma equivocada, de la que realmente correspondía y había sido trabajada y elaborada por el Area de Recursos Humanos, la segunda porque la plantilla presupuestaria (la de consignación económica) contenía por una parte la no inclusión de una plaza (la del arqueólogo) y por otra la de errores aritméticos, y esa es la única explicación a la diferencia de 121.422 € que alega la representación de los trabajadores y la única explicación que tiene la enmienda, debido a que los nuevos documentos enviados en esa fecha no se incorporaron (no se sabe por qué motivo) en el expediente de aprobación. Los propios sindicatos reclamantes pueden comprobar este hecho ya que tanto el Anexo I de Plantilla como la Plantilla Presupuestaria de consignación económica fue remitida y así consta en su recepción, el mismo día 12 de diciembre de 2012, es decir, que disponían de
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los mismos documentos que al final fueron objeto de dicha enmienda. En definitiva la enmienda no establece nada nuevo, ya que aprueba documentos válidos y no erróneos. Al propio tiempo los Sindicatos dispusieron con antelación previa a la aprobación de los expedientes de RPT, amortización de plazas y plantilla de personal de la siguiente documentación detallada, que fue recepcionada en fecha 12 de diciembre de 2011 con el siguiente tenor literal: “En cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente, y con el fin de que dispongan de la oportuna documentación que ha de someterse a la aprobación del Ayuntamiento Pleno, adjunto se les remite con carácter previo el siguiente dosier, comprensivo de: RPT Borrador Propuesta aprobación definitiva RPT Estructura Orgánica y Funcional (Organigramas) Inventario Puestos de Trabajo RPT (Resumen legal de los contenidos y catalogación puestos –factores de valoración excluídos de aprobación) Anexo retributivo puestos Servef y Convenios Especificos. La citada documentación comprende la actualización y/o corrección de errores de la ya aprobada de forma provisional, tanto de oficio como en virtud de las alegaciones presentadas. *La descripción de los puestos son los que ya fueron aprobados provisionalmente, con las modificaciones que se expresan en el resumen legal de contenidos, que por su extensión y como quiera que ya les fueron remitidos en su día no se vuelve a reproducir. Plantilla Anexo I de la Plantilla de Personal del Ayuntamiento para 2012 Informe Plantilla Plantilla Presupuestaria 2012 Listado de plazas de plantilla a amortizar, con expresión del personal interino que dejará de prestar sus servicios a partir del 1 de enero de 2012 Providencia y Propuesta de acuerdo Lo que les remito para su conocimiento y efectos oportunos. Paterna, a 12 de diciembre de 2011.—EL CONCEJAL DE PERSONAL,” Por último y por lo que respecta a las alegaciones presentadas por determinados funcionarios de carrera y el personal interino que fue cesado en fecha 31 de diciembre de 2011, significar que al margen de que los primeros como empleados públicos que son de esta entidad, se encuentran en una relación estatutaria y de supremacía especial de la Administración que los diferencian de los que, en un ámbito jurídico distinto se desenvuelven entre la Administración y los particulares y de que los segundos (el personal interino) no ostentaban tal condición en la fecha de presentación de sus alegaciones, debe significárseles que la Plantilla de Personal para el ejercicio 2012, se aprobó inicialmente, junto con el presupuesto, en sesión plenaria del Ayuntamiento del día 14 de diciembre de 2011, publicándose en el BOP nº 299 el edicto de dicha aprobación inicial el día 17 de diciembre de 2011 y su configuración como ya se ha indicado (salvo errores materiales ó aritméticos subsanables) no reflejaba otra cosa que la consecuencia de la aprobación definitiva de la nueva RPT (a la que ya se tuvo ocasión y oportunidad de alegar) y el expediente de amortización de plazas y/o puestos que el Ayuntamiento aprobó de forma simultánea en la misma sesión plenaria a través de expedientes jurídicos distintos, motivos por los cuales, no puede predicarse, sin justificación alguna, que el Ayuntamiento haya incumplido lo dispuesto en el Art. 172.2 del RDL 2/2004, lo que en consecuencia deviene en una inadmisión de la reclamación contra los presupuestos ya que dicha norma es de numerus clausus y su motivación no tiene acomodo en ninguno de los motivos de posible reclamación. En definitiva, partiendo de estos datos procede la desestimación de las reclamaciones presentadas por las secciones sindicales de CC.OO, U.G.T. STAS-IV y CSIF, en base a los motivos que han quedado expuestos, debiéndoles dar traslado del acuerdo que respecto a la aprobación definitiva del presupuesto sea adoptado. Paterna, a 9 de enero de 2012.
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EL ASESOR JURÍDICO, Manuel Linares Diez. EL JEFE DE PERSONAL, Antonio Romero Esparcia” C, Primero.- Con respecto a las reclamaciones por Doña Mercedes Ortega Reguera y otros y José Luis Díez Muñoz actuando en representación de la Empresa DESARROLLO INTEGRAL DE PROYECTOS URBANOS Y SERVICIOS DE ARQUITECTURA, S.L., por afectar a expedientes tramitados desde el Departamento de Planeamiento, con incidencia tanto en Patrimonio como en Asesoría Jurídica se requiere Informe de Asesoría, Planeamiento y Patrimonio. Informes que se incorporan al expediente de fecha 10 de enero por Patrimonio, y 13 de enero de Planeamiento, así como contestación emitida por la Asesoría Jurídica de 9 de enero por e-mail. C, Segundo.- Con respecto a la reclamación formulada por Juan Nadal Contelles hacemos consideración de la comunicación del Departamento de Sostenibilidad de 2 de febrero de 2011, así como de la factura proforma cuya disposición se reclama, documentos, cuya copia se incorpora al expediente. Si bien, de acuerdo con el Informe del Interventor, el crédito previsto para atender la disposición, debe de considerarse en el expediente de Incorporación de Remanentes condicionando el crédito a la disponibilidad de recursos urbanísticos. Visto el Informe del Interventor, emitido de acuerdo con el art. 168.4 y de acuerdo con las previsiones del art. 170 del del RDL 2/2004 TR de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, que textualmente se transcribe: “INFORME que emite esta intervención, en relación a las alegaciones presentadas a la aprobación inicial del presupuesto municipal del ejercicio 2.012, aprobado en sesión plenaria celebrada el 14 de diciembre de 2.011. SE INFORMA: Primero- Que las alegaciones presentadas lo han sido por interesados a los efectos del artículo 170.1 del RDL 2/2004 TR de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Segundo- En cuanto a los aspectos manifestados en las reclamaciones presentadas: Reclamación presentada por Estudio Arquitectura Paterna, Juan Nadal Contelles. No procede estimar la reclamación presentada en cuanto a que el presupuesto factura proforma presentado por el reclamante no han sido incluidos en el presente presupuesto por cuanto según consta en esta intervención se han acordado medidas cautelares de suspensión del acuerdo plenario de 29 de marzo de 2010 por el cual se convalidaba la falta de expediente de contratación por parte del juzgado contencioso administrativo número 6 de Valencia. No obstante, considerar que en la Incorporación e Remanentes si puede estar prevista la disposición que trae causa del expediente de convalidación , si bien la misma estará condicionada a la Generación de Créditos con cargo a recursos urbanísticos para atender esta finalidad. Reclamaciones presentadas por Junta de Barrio de la Canyada, AA.VV. la Canyada, AA.VV. Terramelar, Grupo municipal PSOE, Grupo Compromís per Paterna y Esquerra Unida: No procede su estimación en cuanto a que su reclamación entendemos que no se encuentra entre las causas tasadas por el artículo 170.2 del RDL 2/2004 TR de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, “Únicamente podrán entablarse reclamaciones contra el presupuesto: a) Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites establecidos en esta Ley. b) Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo. c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de éstos respecto a las necesidades para las que esté previsto. No obstante, entendemos que esto no menoscaba su derecho a que se deberá dar oportuna respuesta a sus peticiones y observaciones por parte de la Corporación, tratándose de cuestiones o propuestas alternativas a la política presupuestaria del equipo de gobierno. Reclamaciones presentadas relacionadas con el Capítulo I de gastos de personal de este Ayuntamiento, debemos remitirnos al informe al respecto del departamento de personal y por el asesor jurídico mu-
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nicipal, ya que esta intervención se ha limitado a incluir en el expediente del presupuesto la información remitida y facilitada por el departamento responsable. Como se exponía en el informe al presupuesto del ejercicio 2012 de fecha 5 de diciembre de 2011: “En la documentación facilitada del capítulo I de gastos, se adjunta informe del Jefe del área de personal y a las observaciones expuestas en el mismo debemos añadir: El resultado de este capítulo ha sido motivado por la aprobación de la RPT, aprobación que no fue fiscalizada por esta intervención y por tanto carecemos de conocimientos adecuados de la misma. No nos consta que exista un estudio en el que se prevea la suficiencia de medios y la reasignación de los mismos una vez suprimidas las plazas ocupadas por personal interino. Como ya se manifiesta en el informe del jefe del área de personal, es necesario tomar los acuerdos necesarios para adecuar la plantilla a estos costes.” Debemos añadir que la RPT aprobada en el acuerdo definitivo de Pleno de 14 de diciembre de 2.011 tampoco fue fiscalizada por esta intervención. Reclamaciones presentadas por Desarrollo Integral Proyectos y por Mercedes Ortega Reguera en relación a los créditos a favor de los interesados referentes a expropiaciones de terrenos, debemos manifestar: Que no se ha facilitado el informe solicitado al departamento de planeamiento urbanístico y departamento de patrimonio en cuanto a la procedencia de estas reclamaciones. Que existiendo una sentencia firme y definitiva, según se alega, deberían haberse incluido en los presupuestos municipales los créditos reclamados, en este caso y en todos aquellos similares, circunstancia que debería ser informada por el departamento correspondiente. No obstante, existe la posibilidad de que estas sentencias se puedan hacer efectivas a través de la previsión contenida en los presupuestos como consta en nuestro informe al presupuesto de fecha 5 de diciembre de 2011: “Esta prevista la venta de inmuebles para financiar expropiaciones e inversiones en el Polígono Fuente del Jarro. No obstante, no se han reflejado los importes totales sino que se han recogido en aplicaciones ampliables. Inicialmente los importes se destinarán necesariamente, a excepción de la financiación obtenida por la venta de solares en el polígono Fuente del Jarro, a cubrir la financiación que figure en la incorporación de remanentes, pudiéndose aplicar el resto a las finalidades propuestas.” Por lo cual, en la medida que se puedan realizar las enajenaciones de patrimonio previstas se podrán ampliar los créditos en el estado de gastos para atender estas sentencias. En cuanto a los importes que se consignarán se estará a los informes preceptivos del departamento de planeamiento. No obstante, con cargo a recursos ordinarios no existiría consignación, por lo que en caso de no realizarse estas previsiones se deberían realizar las modificaciones presupuestarias oportunas detrayendo crédito de otras aplicaciones para poder atender estas obligaciones. Por último, y como hecho relevante que esta intervención quiere informar a la Corporación en este periodo de exposición pública del presupuesto aprobado inicialmente debemos hacer constar la entrada en vigor del Real decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público que en su Disposición adicional decimocuarta de modificación del RDL 8/2010 por el que se prorroga al ejercicio 2012 la prohibición de acudir al crédito a largo plazo para aquellas entidades que no cumplan con los requisitos de ahorro neto positivo y que el volumen total del capital vivo no exceda del 75 por ciento de los ingresos corrientes liquidados según las cifras deducidas de los estados contables consolidados. Por lo que en consecuencia debemos hacer la advertencia en cuanto al préstamo que está previsto en el capítulo IX a largo plazo para gastos corrientes según lo previsto en el art. 53 de la Ley de Haciendas Locales, que en caso de que la liquidación del ejercicio 2.011 resulte con una situación de ahorro negativo, no podría ser solicitado, lo cual obligaría a modificar a la baja los créditos presupuestados para atender a los gastos para no incurrir en un mayor déficit. En Paterna, a 16 de enero de 2.012 EL INTERVENTORFdo.: Salvador Alfonso Zamorano”. Vistos los anteriores antecedentes, en consecuencia:
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Se propone a la Comisión Informativa de Gestión Municipal para su Dictamen y remisión al Pleno el siguiente Acuerdo: PRIMERO.A).- Resolver las reclamaciones presentadas por los Grupos Políticos Municipales con representación en el Ayuntamiento (PSOE, COMPROMIS Y EU), contra la aprobación inicial del Presupuesto, desestimándolas por no corresponder a los supuestos tasados del art. 170.2 de la TRLRHL y con la motivación referida en el apartado A, Primero e Informe del Interventor. B).- Resolver las alegaciones presentadas por la Asociación de Vecinos de Terramelar, Asociación Vecinos La Cañada y Junta Barrio La Cañada formuladas contra la aprobación inicial del Presupuesto, desestimándolas por no corresponder a los supuestos tasados del art. 170.2 de la TRLRHL y con la motivación referida en el apartado A, Segundo e Informe del Interventor. C).- Resolver las alegaciones presentadas por las Secciones Sindicales de CC.OO, U.G.T., STAS-IV y CSIF, contra la aprobación inicial del Presupuesto, desestimándolas de acuerdo con la motivación referida en el apartado B, e de Informe de Asesoría Jurídica y Personal que se incorpora. D).- Estimar las alegaciones formuladas por los Doña Mercedes Ortega Reguera y otros y José Luis Díez Muñoz en representación de la Empresa DESARROLLO INTEGRAL DE PROYECTOS URBANOS Y SERVICIOS DE ARQUITECTURA, S.L., de acuerdo con la motivación referida en el apartado C, Primero, informe emitido por Planeamiento y Sostenibilidad y de acuerdo con el Informe del Interventor. E).- Resolver las alegaciones presentadas por Juan Nadal Contelles formuladas contra la aprobación inicial del Presupuesto, referida en el apartado C, Segundo, desestimándolas en cuanto a la pretensión frente a los créditos del presupuesto inicial 2012, si bien, el presente gasto debe figurar en el expediente de Incorporación de Remanentes, de acuerdo con las motivaciones señaladas en el Informe del Interventor. SEGUNDO.- Aprobar definitivamente el Presupuesto General Consolidado y Anexo para el ejercicio de 2012, fijando la previsión de ingresos y créditos, así como los ajustes de consolidación, en las cuantías que por capítulos a efectos de presupuesto consolidado, se expresan en el siguiente resumen:
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PRESUPUESTO MUNICIPAL - 2012 RESUMEN POR CAPITULOS CONSOLIDADO CON LOS PTOS. ENTES DEPENDIENTES
GASTOS
INGRESOS
TERCERO.- Aprobar definitivamente la documentación anexa, re lativa a previsiones personal y Memoria de Reorganización, Bases de Ejecución del presupuesto y Entidades dependientes: GESPA, SUMPA, AIGÜES DE PATERNA Y DESARROLLO LO- CAL DE PATERNA. CUARTO.Exponer al público la aprobación definitiva mediante la transcripción del resumen del Presupuesto General consolidado por Capítulos, trasladándose la comunicación a la Administración del Estado y Comunidad Autónoma, y resumen de personal. QUINTO.- Notificar individualmente a los alegantes a la aprobación inicial del Presupuesto, la Resolución definitiva, con expresión de los recursos que procedan. SEXTO.- Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamente recurso Contencioso-Administrativa de acuerdo con las previsiones del art. 170 del TRLRHL. Paterna, a 16 de enero de 2012.—Gestión Económica Presupuestaria, Francisco Berga Martínez. 2012/2565
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Ayuntamiento de Quart de Poblet Anuncio del Ayuntamiento de Quart de Poblet sobre puesta al cobro padrón de agua, tercer cuatrimestre 2011. anuncio La Alcaldía-Presidencia, mediante resolución número 128/2012, de 20 de enero, ha declarado aprobado el listado de cobros proporcionado por la empresa concesionaria Aguas de Valencia, S.A., correspondiente al tercer cuatrimestre de 2011, de los recibos de agua del núcleo urbano de Quart de Poblet, con exclusión del Barrio del Cristo. Se comunica a los interesados que el padrón se encontrará a su disposición en el Ayuntamiento de Quart de Poblet durante el período hábil de quince días a contar desde el siguiente, también hábil, de inicio de cada uno de los períodos de cobro. El cobro se realizará bien de forma domiciliaria o en su defecto a través de las oficinas de la empresa Aguas de Valencia, S.A., sita en Quart de Poblet en la calle Aparellador Antoni Monzó, 5-BJ en horario de 8.30 a 13.30 horas de lunes a viernes. La recaudación en período voluntario de los recibos correspondientes se realizará en el término de dos meses, contados a partir del día 23 de enero de 2011, de conformidad con el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Una vez finalizado el período voluntario, se iniciará el procedimiento de apremio, lo que determinará la exigibilidad del recargo de apremio y el devengo de los intereses de demora. Quart de Poblet, 20 de enero de 2012.—La alcaldesa, Carmen Martínez Ramírez. 2012/2566
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Ayuntamiento de Gandia Edicto del Ayuntamiento de Gandia sobre bajas del padrón por caducidad de inscripción (ENCSARP/ septiembre 2011). edicto Decreto. Número 2012-0282. Fecha 25/01/2012. Antecedentes. Visto que, una vez efectuada la notificación para la renovación de la inscripción padronal de los interesados, no se han personado en estas dependencias para su realización. Fundamentos de derecho. El art. 16 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, establece la renovación periódica cada dos años de las inscripciones en el padrón de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente y la caducidad de dichas inscripciones en caso de no llevarse a cabo tal renovación. En la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Local, se dictan instrucciones técnicas en los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años. En base a estos fundamentos, y dado que las personas que se indican a continuación no han procedido a la renovación exigida dentro del plazo que se les comunicó para hacerlo, en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, RESUELVO Acordar la baja por caducidad en la inscripción padronal de los siguientes habitantes por no haber renovado la misma: APELLIDO 1
APELLIDO 2
NOMBRE
ALVES
PEREIRA
MIRIAN
ALVES
PEREIRA
WELKER
ARANCIBIA
CESARI
JOAQUIN
ATIQI
ABDERRAZZAK
ATTIGUI
SALEHA
AYOUBE
HAYANE
BARRAGAN
FERNANDEZ
CLAUDIA VANESS
BARTOLOTTA
HECTOR JOSE
BENAVIDES
MOTATO
HECTOR ENRRIQUE
BENBAKHTA
FETOUHI
MOHAMED FAYEZ
BENITEZ
VILLAR
FANY MARIA
BENSOT
MAROUA
BENTAFAT
AMINA
BUITRON
MOLINA
CRISTIAN ANDRE
CALDERON
RODRIGUEZ
MAYRA DEIRA
CARBALLO
CACERES
NANCY MABEL
CHACON
LOPEZ
TEOFILO
COITIÑO
PEREZ
PABLO ENRIQUE
DIALLO
ASSIATOU
DIAW
ALASSANE
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DIOP
GAYE
NDACKE
DIOP
CHEIKHNA IBRAH
EL HARITI
EP QRAITICH
FATIMA
ENNACIRI
MY MOHAMED
FAROOQ
MUHAMMAD
GARCIA
RAIMUNDO MARCE
GUZMAN
BERNAL
CARLOS EDUARDO
IGBINIGIE
REJOICE OSAKIO
IGBINIGIE
SUCCESS IMUETI
LIBREROS
BECERRA
JHONATHAN MAUR
LOPEZ
PASPUEZAN
KATHY ALEJANDR
DE MEDEIROS
ANDREA APARECI
MUÑOZ
MEJIA
JHOAN STIVEN
MUÑOZ
MEJIA
MAICOOL JUSEP
NDIAYE
MOR
NDIAYE
PAPA IBRAHIMA
NDIAYE
SERIGNE ABDOU
PEDRAZA
MORENO
DIANA PAOLA
PEÑA
RIBERA
ISABEL
PETRASIAN
MAKSIM
QRAITICH
JILALI
RIBEIRO
DOS SANTOS
ROSEANE
RODRIGUES
DE SOUZA
ANDRE
RODRIGUES
DE SOUZA
BEATRIZ
RODRIGUEZ
DANIELA MARISO
SAAVEDRA
COIMBRA
MARCIA
SAREHANE
HLIMA
SOARES DA SILVA
MAURICIO
SOUSA
LOURENÇO
JUÇARA TERESA
TORRES
JAUREGUI
LIZBETH PRISIL
TURANSKA
IVANNA
VALENCIA
FIGUEROA
PATRICIA
YEGIAZARYAN
KAREN
ZAYA DE ZAYA
EDHIT TERESITA
ZBINDEN
ALVAREZ
FREDERICK
ZERARKA
NAIMA
2. Publicar la siguiente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento a efectos de notificación a los interesados.
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3. Proceder a la baja del padrón de habitantes con la fecha de dicha publicación. Gandia, 25 de enero de 2012 El Alcalde, Arturo Torró Chisvert. El Secretario General del Pleno, Lorenzo Pérez Sarrión. 2012/2570
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Ayuntamiento de Siete Aguas Edicto del Ayuntamiento de Siete Aguas sobre adjudicación definitiva de contrato de obras. EDICTO La Junta de Gobierno Local, en su pasada sesión de fecha 5-1-12, adjudicó definitivamente el siguiente contrato: 1. Entidad adjudicadora. a) Organismo: AYUNTAMIENTO DE SIETE AGUAS. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría. c) Número de expediente: 3.01. d) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.sieteaguas.es. 2. Objeto del contrato. a) Tipo: Obras. b) Descripción: Ejecución de las obras de “Edificio Multifuncional (Ludoteca y Centro Juvenil), Fase II”, de acuerdo con el proyecto y pliego aprobados. g) Medio de publicación del anuncio de licitación: “Boletín Oficial” de la provincia de Valencia. h) Fecha de publicación del anuncio de licitación: 26-10-10. 3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Negociado con publicidad. 4. Valor estimado del contrato: 359.916,80 euros. 5. Presupuesto base de licitación. Importe neto 359.916,80 euros. Importe total 424.701,82 euros. 6. Formalización del contrato: a) Fecha de adjudicación: 5-1-12. b) Fecha de formalización del contrato: 25-1-12 c) Contratista: CONSTRUCCIONES FRANCÉS, S.A. d) Importe o canon de adjudicación: Importe neto 248.014,00 euros. Importe total 335.120,00 euros. e) Ventajas de la oferta adjudicataria: Económicas. Siete Aguas, a 30 de enero de 2012.—El alcalde, Daniel Zahonero Abril. 2012/2571
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Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre información pública de la solicitud de licencia ambiental a nombre de Yang Shuang Feng para la actividad de bar restaurante sin ambientación musical sita en Av. Doctor Waksman, nº 10 bj. E/03901/2010/1774. EDICTO Data Fecha
24 de noviembre de 2011
Ref.
E/03901/2010/1774
Servici Servicio
ACTIVIDADES
Secció Sección
SR. PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD PROPIETARIOS ADMINISTRATIVA
C/ RUBEN VELA, nº 12 46006 VALENCIA
Negociat Negociado ASSUMPTE ASUNTO
Destinatari(ària) / Destinatario(a)
INFORMACION PUBLICA
PROCEDIMIENTO: Licencia ambiental, de acuerdo con la Ley 2/2006 de 5 de Mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental. SOLICITANTE: YANG SHUANG FENG ACTIVIDAD: BAR RESTAURANTE SIN AMBIENTE MUSICAL. EMPLAZAMIENTO: DOCTOR WAKSMAN N. 10 BJ FECHA DE REGISTRO DE ENTRADA: 27/01/2011 De conformidad con lo establecido en el artículo 50.3 de la Ley 2/2006, de 5 de Mayo de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental, como Presidente de la Comunidad de Propietarios del citado edificio, pongo en su conocimiento que se encuentra en trámite el procedimiento de referencia, para que, durante el plazo de 20 DÍAS, pueda consultar el expediente completo de la solicitud y formular las alegaciones que considere pertinentes, comunicando a los vecinos de las viviendas, locales y establecimientos ubicados en el inmueble de referencia la presente notificación. El expediente se podrá examinar en el Servicio de Actividades de este Ayuntamiento sito en la C/ Convento San Francisco, nº 2 piso 3º, durante las horas de 9 a 13. Valencia, 24 de noviembre de 2011.—El Secretario, P.D., la Jefa de Sección (Por delegación de fecha 5 de febrero de 2010). 2012/2574
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Ajuntament de L’Alcúdia Anunci de l’Ajuntament de L’Alcúdia sobre aprovació d’ordenança d’ocupació de la via pública. anunci Donat que el Ple de l’Ajuntament ha aprovat l’Ordenança municipal reguladora de l’ocupació de la via pública amb terrasses, segons allò previst en la legislació de règim local, s’obri un termini de 30 dies d’informació pública i d’audiència als interessats, mitjançant la publicació d’anunci en el Butlletí Oficial de la Provincia i en el Tauler d’Anuncis de l’Ajuntament, als efectes de la presentació d’al·legacions i suggeriments, que hauran de ser resoltes pel Ple de l’Ajuntament. De no presentar-se cap en el termini establert, s’entendrà aprovat definitivament. L’Alcúdia, 25 de gener de 2012.—L’alcalde-president. 2012/2577
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Ayuntamiento de Chiva Edicto del Ayuntamiento de Chiva sobre la aprobación definitiva del Reglamento del Consejo Agrario Municipal de Chiva y publicación del texto íntegro. EDICTO En el Boletín Oficial de la Provincia, número 296, de fecha 14 de diciembre de 2011, se ha expuesto la aprobación inicial del Reglamento del Consejo Agrario Municipal de Chiva según acuerdo plenario de 28 de noviembre de 2011. Y no habiéndose presentado ninguna reclamación durante el plazo de 30 días, el Reglamento del Consejo Agrario Municipal de Chiva se entiende definitivamente aprobado. El texto íntegro del Reglamento es el siguiente: ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales Artículo 1. Naturaleza.. Artículo 2. Sede social. Artículo 3. Funciones. Artículo 4. Funcionamiento. CAPÍTULO DOS. Composición y órganos de gobierno y administración. Artículo 5. Composición. Artículo 6. Órganos de gobierno y administración. Artículo 7. El Presidente. Artículo 8. El Pleno. Artículo 9. Comisión de Pastos. CAPÍTULO TRES. Secretaria. Articulo 10. Secretaria. CAPÍTULO CUARTO. Régimen jurídico y de las sesiones del Consejo Agrario Municipal. Artículo 11. Régimen de sesiones. Artículo 12. Sesiones Ordinarias y extraordinarias. Artículo 13. Duración del mandato. Artículo 14. Mayorías y votación. Artículo 15. Convocatoria y quórum. Artículo 16. Actas. Artículo 17. Faltas de asistencia. Artículo 18. Modificación del reglamento. Artículo 19. Vigencia. Artículo 20. Régimen supletorio. DISPOSICIÓN FINAL EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Ayuntamiento de Chiva, en uso de la potestad de autoorganización que le confiere la normativa vigente, y especialmente el art. 4.1.a) de la Ley 7/1.985, de 2 de Abril, Reguladora de lasa Bases de Régimen Local, modificada por ley 57/2003 de Modernización del Gobierno Local, la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana, de los arts. 130 y siguientes del R.D. 2.568/1.986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de acuerdo con la Ley 5/1.995, de 20 de marzo, de la Generalidad Valenciana, de Consejos Agrarios Municipales y la Ley 6/2003, de 4 de marzo de Ganadería de la Comunidad Valenciana, acuerda el presente Reglamento que se regirá por las siguientes normas: CAPITULO UNO.- DISPOSICIONES GENERALES Art. 1 NATURALEZA 1.- El Consejo Agrario Municipal de Chiva se constituye como un órgano complementario de este Ayuntamiento, con el carácter de Consejo Sectorial, cuya finalidad es canalizar la participación de los agricultores, organizaciones agrarias de trabajadores, profesionales agrarios, demás ciudadanos relacionados con el sector agrario en los asuntos municipales que puedan afectarles. 2.- El Consejo Agrario Municipal de Chiva no ostenta personalidad jurídica propia ni diferenciada del Ayuntamiento, pero le corresponde el ejercicio de las competencias más amplias atribuidas al municipio en relación con el sector agrícola y ganadero y las funciones y competencias que asuma de las que se prestaban por la extinta Cámara Local Agraria, con la salvedad de que en ningún caso podrá emanar actos administrativos que produzcan efectos frente a terceros.
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3.- El Consejo Agrario Municipal de Chiva en ningún caso podrá asumir las funciones de representación, reivindicación o negociación en defensa de los intereses profesionales de los agricultores y ganaderos, que competen a los organismos constituidos legalmente para estos fines. Art. 2 SEDE SOCIAL Se designa como Sede Social del Consejo Agrario Municipal de Chiva la Casa Consistorial de este Ayuntamiento. No obstante, en supuestos de fuerza mayor, podrá habilitarse a tal efecto otro edificio o local. Art 3 FUNCIONES El Consejo Agrario Municipal de Chiva se configura como órgano de carácter consultivo, colaborador y asesor en cuanto a las funciones de carácter agrícola y ganadera asumidas por el Ayuntamiento y procedentes de la Cámara Local Agraria, ostentando las siguientes funciones: a) Evaluar la realidad agraria del Municipio, sus problemas y necesidades. b) Asesorar a los restantes órganos del Ayuntamiento en materia agraria, así como en la prestación de los servicios de interés agrario que estén atribuidos o puedan atribuirse al Municipio. c) Proponer las medidas que propicien el desarrollo rural y la mejora de las rentas y de las condiciones de vida de los agricultores, ganaderos y trabajadores del sector agropecuario. d) Asesorar a la Generalitat Valenciana a solicitud de la misma. e) Diseñar las principales áreas de actuación de la Concejalía-Delegada de Agricultura (infraestructura, formación y promoción agraria, ayudas a labradores, producción e industria agraria, etc.) f) Proponer criterios y planes de actuación dentro de cada área. g) Proponer el destino de los créditos consignados para dotaciones de carácter agrícola. h) Asesorar e informar al Ayuntamiento, y a las personas físicas y jurídicas que así lo soliciten, en lo referente a servicios agrarios (policía local, mantenimiento de caminos rurales, servicios de prevención y defensa contra plagas, etc.) i) Conocer, informar, proponer y sugerir lo que se crea conveniente en materia agraria de competencia municipal. j) Arbitrar, cuando sea solicitada su mediación, en los conflictos entre agricultores y ganaderos. k) Apertura, conservación y mejora de caminos y vías rurales. l) Mejora del hábitat rural y de la calidad de vida de los agricultores y ganaderos. m) Desempleo rural n) Defensa de la naturaleza y ordenación del territorio y de los recursos ganaderos ñ) Subvenciones, auxilios y ayudas al medio rural o) Pastos, servicios antiplagas y sanidad animal p) Colaborar con la Administración Central y Autonómica en temas que afecten al interés general agrario. q) Mantener un estrecho contacto con la Oficina Comarcal Agraria de la Conselleria de Agricultura en materia de asesoramiento. r) Todas las demás funciones que le deleguen, en su caso, los órganos de gobierno municipales, o le confiera la Generalitat Valenciana en el marco de sus propias competencias, conforme a la legislación vigente. Art. 4 FUNCIONAMIENTO El Consejo Agrario Municipal de Chiva se configura como órgano complementario del Ayuntamiento, con funcionamiento autónomo e independiente, si bien deberá informar de su gestión a aquél en todos aquellos temas cuya resolución y ejecución precise acuerdo del Pleno Municipal, de la Junta de Gobierno Local o Resolución de Alcaldía, cuya competencia se circunscribe a la emisión y propuesta, no preceptivos ni vinculantes, en relación con las iniciativas municipales anteriormente descritas. CAPITULO DOS.- COMPOSICION Y ORGANOS DE GOBIERNO Y ADMINISTRACION Art. 5 COMPOSICION Con el fin de garantizar a las organizaciones agrarias la representación mínima del 50% que se les reconoce en el art. 3.4 de la Ley de la
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Generalitat Valenciana 5/1995, de 2 de marzo, la composición del Consejo Agrario Municipal de Chiva se determinará en base a las siguientes reglas: El Consejo Agrario Municipal de Chiva estará compuesto por los siguientes miembros: 1.- El Alcalde de la Corporación, quien ejercerá la presidencia del mismo o Concejal en quien delegue sus funciones. 2.- Un representante por cada uno de los grupos políticos que integran la Corporación. 3.- Dos representantes de los ganaderos. 4- Un representante de las organizaciones agrarias más representativas de la localidad: - La Unión Chivana Cooperativa Valenciana - La Comunidad de Regantes de Chiva. - A.V.A. - La unión de labradores y ganaderos. 5.- La facultad de designar miembros comprenderá la de titular y suplente. Además, podrán formar parte del Consejo Agrario Municipal de Chiva dos personas designadas por el propio Consejo por mayoría absoluta de sus miembros en la primera sesión que celebre, con reconocida experiencia en materia agraria y ganadera, con el requisito de que no estén integrados en ninguna de las Entidades arriba relacionadas. 6.- El Secretario, Secretaria del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. Art. 6 ORGANOS DE GOBIERNO Y ADMINISTRACION El Consejo Agrario Municipal de Chiva está compuesto por los siguientes órganos: a) El Presidente b) El Pleno c) La Comisión de Pastos Art. 7 EL PRESIDENTE El Presidente del Consejo Agrario Municipal de Chiva será el Alcalde de la Corporación o Concejal en quien delegue. Presidirá las sesiones y tendrá voto de calidad en caso de empate. Art. 8 EL PLENO El Pleno, bajo la Presidencia del Alcalde de la Corporación o Concejal en quien delegue, está integrado por todos los miembros que de hecho y de derecho integran el Consejo Agrario Municipal de Chiva. El Pleno del Consejo Agrario Municipal de Chiva tendrá como atribuciones formular propuestas de acuerdos y, en especial, informar acerca de las siguientes materias: a) La planificación y programación anual de las actividades del Consejo Agrario Municipal. b) La modificación del Reglamento del Consejo Agrario Municipal. c) El régimen del personal adscrito al Consejo Agrario Municipal. d) Los créditos que figuren consignados en el Presupuesto de la Corporación y que afectan a las funciones y competencias del Consejo Agrario Municipal. e) La adjudicación de pastos f) La disolución del Consejo Agrario Municipal, que precisará acuerdo del Ayuntamiento Pleno. Art. 9 COMISION DE PASTOS La Comisión de Pastos estará compuesta por: - Presidente del Consejo Agrario Municipal. -Tres vocales en representación de los propietarios de tierras en el término municipal. - Tres vocales en representación de los titulares de explotaciones ganaderas en régimen de extensivo con alguna unidad productiva radicada en el término municipal. - El Secretario o Secretaria del Ayuntamiento, o funcionario en quien delegue, que actuará como Secretario de la Comisión con voz pero sin voto. - Un funcionario de la Conselleria competente en materia de producción animal podrá participar, sin voto, como asesor de la comisión, a petición de su Presidente.
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Los seis vocales agricultores y ganaderos serán designados para un periodo de cuatro años, por el Consejo Agrario Municipal, o cuando no esté constituido, por no ser preceptivo, la designación la efectuará el Pleno de la Corporación. La Comisión Municipal de Pastos es un órgano de estudio, debate, informe y propuesta al Pleno del Consejo Agrario Municipal, en los asuntos que sean de su competencia, teniendo competencia en los asuntos siguientes: - Elaborar y proponer la aprobación de la ordenanza de pastos, hierbas y rastrojeras del municipio, así como sus modificaciones. - Fijar dentro de los límites señalados por la Comisión Territorial de pastos correspondiente, el precio por hectárea y cabeza de ganado del disfrute de los pastos, hierbas y rastrojeras, así como de los aprovechamientos extraordinarios por cosechas deficientes no recolectadas. - Concreta las cargas ganaderas para el año ganadero a comenzar, dentro de los límites establecidos por la Ordenanza. - Propone la adjudicación de los aprovechamientos. - Resolver sobre las discrepancias sobre las exclusiones de pastos - Informar sobre las peticiones o propuestas de segregaciones de fincas. - Informar a la Comisión Territorial de Pastos de su ámbito, cuantos asuntos considere de interés en relación con el aprovechamiento. - Cualesquiera otros que puedan establecerse. La Comisión Municipal de Pastos se reunirá a convocatoria de su Presidente o Presidenta, y al menos con carácter ordinario una vez al trimestre. Tres vocales de la Comisión podrán solicitar la celebración de reuniones extraordinarias que convocará el Presidente o Presidenta en el plazo de cinco días, y no podrá demorarse su celebración más de diez días desde la solicitud. CAPITULO TERCERO. SECRETARIA Art. 10. SECRETARIA Ejercerá la Secretaría del Consejo Agrario Municipal, la Secretaría de la Comisión de Pastos, el Secretario del Ayuntamiento o el funcionario a quien la Corporación encomiende sus funciones, a propuesta de aquel, y que actuará como su delegado. El Secretario será el responsable de la fe pública y del asesoramiento legal del Consejo Agrario Municipal de Chiva y de las distintas Comisiones. CAPITULO CUARTO. REGIMEN JURIDICO Y DE LAS SESIONES DEL CONSEJO AGRARIO MUNICIPAL Art. 11. REGIMEN DE SESIONES La sesión constitutiva del Consejo Agrario Municipal de Chiva será convocada por el Alcalde, quien como Presidente del mismo, asistirá con tal carácter a dicha sesión y dará posesión del cargo a los miembros del Consejo. Las sesiones pueden ser ordinarias, extraordinarias y extraordinarias urgentes. Las sesiones de los órganos del Consejo Agrario Municipal, serán convocadas por el Presidente, con una antelación mínima de dos días hábiles, salvo en caso de urgencia. Art. 12. SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS Se celebrará sesión ordinaria del Pleno del Consejo Agrario Municipal, al menos, una vez al trimestre. Se celebrará sesión extraordinaria cuando lo solicite una cuarta parte de sus miembros, cuando así lo disponga el Presidente y por iniciativa propia. Cuando lo solicitud provenga de la tercera parte de sus miembros, el Presidente estará obligado a convocarla y celebrarla en el plazo máximo de siete días hábiles desde que se realizó la petición. Art. 13 DURACION DEL MANDATO El mandato de todos los miembros del Consejo Agrario Municipal de Chiva tendrá la misma duración que la de los Concejales del Ayuntamiento, cesando en todo caso cuando se produzca la renovación de la Corporación. Los vocales designados perderán su condición de miembros del Consejo Agrario Municipal de Chiva cuando dejen la de miembro de las organizaciones o entidades que les propusieron o cuando a instancias de las mismas se proponga el cese y el nombramiento de nuevos representantes.
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Art. 14 MAYORIAS Y VOTACION Las propuestas de acuerdo se adoptarán por mayoría simple. Existe mayoría simple cuando los votos afirmativos son más que los negativos. Cada representante tendrá derecho a un voto, pudiendo el Presidente ejercer su voto de calidad en caso de empate. Las propuestas de acuerdo adoptadas se comunicarán al Ayuntamiento para que cada órgano con poder ejecutivo proceda por razón de la materia. Art. 15 CONVOCATORIA Y QUORUM La convocatoria de la sesión, junto con el orden del día, se entregará a los miembros del Pleno del Consejo Agrario Municipal de Chiva o de las Comisiones, según los casos, con dos días hábiles de antelación, como mínimo, a la fecha de celebración de la sesión. Para la válida constitución del Pleno o de las Comisiones, según los casos, se requerirá la asistencia de un tercio de sus miembros, quorum que deberá mantenerse durante toda la sesión. En todo caso será necesaria la presencia del Presidente y del Secretario, o de las personas que legalmente les sustituyan. Art 16. ACTAS Las Actas serán autorizadas con la firma del Presidente y del Secretario. Reflejarán el menor debate posible. Cuando este se suscite, tan solo se recogerán en acta las intervenciones expresamente solicitadas por los intervinientes y de forma sintetizada. Art 17. FALTAS DE ASISTENCIA Cuando un miembro del Consejo Agrario Municipal de Chiva no asista durante tres sesiones consecutivas al Pleno de dicho Consejo, sin causa justificada, será comunicada dicha circunstancia a la Entidad que lo haya designado, con el apercibimiento de que la ausencia producida constituye causa de cese, que deberá ser acordado por el Pleno del Consejo Agrario Municipal, por mayoría absoluta del número legal de sus miembros. Art. 18. MODIFICACION DEL REGLAMENTO La modificación del presente Reglamento será propuesta por el Pleno del Consejo Agrario Municipal, por mayoría absoluta del número legal de sus miembros y, una vez producida su entrada en vigor, se incorporará a este texto, previa su aprobación por el Ayuntamiento Pleno y cumplimiento de los demás trámites en el art. 49 de la Ley 7/1.985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 57/2003 de Modernización de Gobierno Local. Art. 19 VIGENCIA Continuará vigente en tanto no sea modificado o derogado por acuerdo municipal o disposición normativa superior. Art. 20 RÉGIMEN SUPLETORIO En todo lo no previsto expresamente en el presente Reglamento, el funcionamiento y régimen jurídico del Consejo Agrario Municipal de Chiva se regirá por la normativa sobre régimen local vigente en cada momento, sin perjuicio de la posibilidad de que el Consejo Agrario Municipal de Chiva se dote de un Reglamento de Régimen Interior, que deberá ser aprobado en primer lugar por el Pleno del Consejo y posteriormente por el de la Corporación. DISPOSICIONES DISPOSICIÓN DEROGATORIA El presente Reglamento deroga el anterior Reglamento del Consejo Local Agrario y Medio Ambiente, de fecha 3 de mayo de 2006 DISPOSICIÓN FINAL El presente Reglamento entrará en vigor a partir de los quince días siguientes al de de la publicación del presente texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, con forme lo dispuesto en los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local Contra la aprobación definitiva de este Reglamento se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. En Chiva, a 27 de enero de 2012.—El alcalde, José Manuel Haro Gil. 2012/2578
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Ayuntamiento de L´Alqueria de la Comtessa Edicto del Ayuntamiento de L’Alqueria de la Comtessa sobre aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada y salida de vehículos a través de las aceras y/o vías públicas, reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo, por carga y descarga de mercancías y materiales y acceso a inmuebles. EDICTO El Pleno del Ayuntamiento del l´Alqueria de la Comtessa, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de enero de 2012, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada y salida de vehículos a través de las aceras y/o vías públicas, reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo, por carga y descarga de mercancías y materiales y acceso a inmuebles. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. L´Alqueria de la Comtessa, 27 de enero de 2012.—El alcalde, Salvador Femenia Peiró. 2012/2579
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Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre información pública de la solicitud de licencia ambiental a nombre de Conselleria de Justicia y Bienestar Social para la actividad de Centro Especializado de Atención a Personas Mayores, sita en C/ Jorge Juan, nº 24 bj. E/03901/2011/1684. EDICTO Data Fecha
22 de noviembre de 2011
Ref.
E/03901/2011/1684
Servici Servicio
ACTIVIDADES
Secció Sección
ADMINISTRATIVA
SR. PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD PROPIETARIOS C/ JORGE JUAN, nº 22 y C/ CIRILO AMOROS, nº 59
Negociat Negociado ASSUMPTE ASUNTO
Destinatari(ària) / Destinatario(a)
46004 VALENCIA INFORMACION PUBLICA
PROCEDIMIENTO: Licencia ambiental, de acuerdo con la Ley 2/2006 de 5 de Mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental. SOLICITANTE: CONSELLERIA DE JUSTíCIA I BENESTAR SOCIAL ACTIVIDAD: CENTRO ESPECIALIZADO DE ATENCION A PERSONAS MAYORES. EMPLAZAMIENTO: JORGE JUAN N. 24 BJ FECHA DE REGISTRO DE ENTRADA: 30/08/2011
De conformidad con lo establecido en el artículo 50.3 de la Ley 2/2006, de 5 de Mayo de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental, como Presidente de la Comunidad de Propietarios del citado edificio, pongo en su conocimiento que se encuentra en trámite el procedimiento de referencia, para que, durante el plazo de 20 DÍAS, pueda consultar el expediente completo de la solicitud y formular las alegaciones que considere pertinentes, comunicando a los vecinos de las viviendas, locales y establecimientos ubicados en el inmueble de referencia la presente notificación. El expediente se podrá examinar en el Servicio de Actividades de este Ayuntamiento sito en la C/ Convento San Francisco, nº 2 piso 3º, durante las horas de 9 a 13. Valencia, 22 de noviembre de 2011.—El Secretario, P.D., la Jefa de Sección (Por delegación de fecha 5 de febrero de 2010). 2012/2580
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Ayuntamiento de L´Alqueria de la Comtessa Anuncio del Ayuntamiento de L´Alqueria de la Comtessa sobre probación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público local por mesas, sillas, tribunas, entarimados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa. ANUNCIO Anuncio probación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por Ocupación de terrenos de uso público local por mesas, sillas, tribunas, entarimados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa. El Pleno del Ayuntamiento del l´Alqueria de la Comtessa, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de enero de 2012, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por Ocupación de terrenos de uso público local por mesas, sillas, tribunas, entarimados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. L´Alqueria de la Comtessa, 27 de enero de 2012.—El alcalde, Salvador Femenia Peiró. 2012/2581
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Ayuntamiento de Beniparrell Anuncio del Ayuntamiento de Beniparrell sobre calendario Fiscal para el año 2012. ANUNCIO El Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el 25 de enero de 2012, acordó determinar los períodos de cobro en voluntaria de los impuestos y tasas municipales del año 2012: • 1 febrero al 30 de abril: Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, tasa de recogida de basuras y arbitrios municipales • 2 mayo a 31 de julio: Impuesto bienes inmuebles de naturaleza urbana (plazo 1º) y rústica. • 5 septiembre a 30 noviembre: Impuesto bienes inmuebles de naturaleza urbana (plazo 2º) y Impuesto de actividades económicas Días de cobro: Los miércoles no festivos, de 9 a 13’00 horas, en la planta baja del Ayuntamiento. Beniparrell, a 27 de enero de 2012.—El alcalde, Vicente José Hernandis Costa. 2012/2582
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Ayuntamiento de Beniparrell Edicto del Ayuntamiento de Beniparrell sobre corrección de errores de ordenanza fiscal IBI. EDICTO En los Boletines Oficiales de la Provincia de Valencia, nº 5 de fecha 6 de enero de 2012 aparece publicado el anuncio sobre la aprobación de modificación de la ordenanza fiscal reguladora sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana. Habiéndose apreciado un error en la transcripción de dicho texto en el artículo 5, apartado 3, se hace público, que donde dice: 3. Gozarán de una bonificación del 50 por ciento de la cuota íntegra del impuesto a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa. Cuando en realidad debía de tener esta redacción: 3. Gozarán de una bonificación del 90 por ciento de la cuota íntegra del impuesto a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa. Beniparrell, a 27 de enero de 2012.—El alcalde, Vicente José Hernandis Costa. 2012/2583
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Ajuntament de Cocentaina Edicte de notificació de l’Ajuntament de Cocentaina sobre proposta de resolució de l’òrgan instructor de l’expedient sancionador 26/2011. EDICTE En compliment del disposat en l’article 59.5 i 61 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, modificada per la Llei 4/99 de 13 de gener de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú, per la present se li notifica a l’interessat, la situació individualitzada de l’expedient administratiu instruït pel departament de Secretaria. Interessat: NARECO S.C.V. Actuació que es practica. Notificació de la proposta de resolució de l’òrgan instructor de l’expedient sancionador n.26/2011, amb data 16 de gener de 2012. L’interessat haurà de comparèixer en el termini màxim de 15 dies naturals, contats des de l’endemà al de la publicació del present anunci en el Butlletí Oficial de la Província, en horari de 9 a 14 hores, en les dependències del Departament de Secretaria, situades a la plaça de la Vila, 1, de Cocentaina, a l’efecte de practicar la corresponent notificació. Transcorregut aquest termini sense comparèixer, la notificació s’entendrà produïda amb tots els efectes legals des de l’endemà al del venciment del termini per a comparèixer. Cocentaina, 26 de gener de 2012.—L’alcalde, Rafael Briet Seguí. 2012/2589
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Ajuntament de Cocentaina Edicte de notificació de l’Ajuntament de Cocentaina sobre proposta de resolució de l’òrgan instructor de l’expedient sancionador 27/2011. EDICTE En compliment del disposat en l’article 59.5 i 61 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, modificada per la Llei 4/99 de 13 de gener de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú, per la present se li notifica a l’interessat, la situació individualitzada de l’expedient administratiu instruït pel departament de Secretaria. Interessat: TRASUNAVI S.L. Actuació que es practica. Notificació de la proposta de resolució de l’òrgan instructor de l’expedient sancionador n.27/2011, amb data 16 de gener de 2012. L’interessat haurà de comparèixer en el termini màxim de 15 dies naturals, contats des de l’endemà al de la publicació del present anunci en el Butlletí Oficial de la Província, en horari de 9 a 14 hores, en les dependències del Departament de Secretaria, situades a la plaça de la Vila, 1, de Cocentaina, a l’efecte de practicar la corresponent notificació. Transcorregut aquest termini sense comparèixer, la notificació s’entendrà produïda amb tots els efectes legals des de l’endemà al del venciment del termini per a comparèixer. Cocentaina, 26 de gener de 2012.—L’alcalde, Rafael Briet Seguí. 2012/2590
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Ayuntamiento de Torres Torres Edicto del Ayuntamiento de Torres Torres sobre aprobación provisional de la modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por celebración matrimonio civil. EDICTO El Pleno del Ayuntamiento de Torres Torres, en sesión de 26 de enero de 2012, adoptó acuerdo de aprobación de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por celebración de matrimonio civil. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se expone al público para que durante el plazo de 30 días, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el caso de que no se presentaran reclamaciones, los acuerdos de aprobación provisional anteriormente señalados se entenderán definitivamente aprobados, conforme al artículo 17.3 del TRLRHL. Torres Torres, a 26 de enero de 2012.—El alcalde. 2012/2591
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Ayuntamiento de Bèlgida Edicto del Ayuntamiento de Bèlgida sobre exposicion inicial de presupuesto general ejercicio 2012. EDICTo El Ayuntamiento pleno en sesión celebrada el día 26 de enero de 2012 ha aprobado inicialmente el Presupuesto Municipal del ejercicio 2012, junto con las bases de ejecución, plantilla de personal y restante documentación. Por el presente se anuncia que el mismo, estará expuesto al público por espacio de QUINCE DIAS para su examen y presentación en su caso de reclamaciones ante el Pleno, según lo dispuesto en el art. 169.1 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo. De no presentarse reclamaciones se entenderá aprobado definitivamente. Bèlgida, a 26 de enero de 2.012.—El alcalde, Diego Ibáñez Estarelles. 2012/2592
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Ayuntamiento de Torres Torres Edicto del Ayuntamiento de Torres Torres sobre aprobación provisional de la modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación del dominio público con mesas, sillas, veladores y elementos análogos. EDICTO El pleno del Ayuntamiento de Torres Torres, en sesión de 26 de enero de 2012, adoptó acuerdo de aprobación de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa ocupación del dominio público con mesas, sillas, veladores y elementos análogos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se expone al público para que durante el plazo de 30 días, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el caso de que no se presentaran reclamaciones, los acuerdos de aprobación provisional anteriormente señalados se entenderán definitivamente aprobados, conforme al artículo 17.3 del TRLRHL. Torres Torres, a 26 de enero de 2012.—El alcalde. 2012/2593
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Ayuntamiento de Catarroja Edicto del Ayuntamiento de Catarroja sobre exposición pública y aprobación de padrones tributarios. EDICTo Aprobados los siguientes padrones mecanizados, mediante Resolución Alcaldía nº 162/2012, de fecha 24/01/2012: Padrón Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, ejercicio 2012. Padrón tasa vados y reserva de aceras, ejercicio 2012. Quedan expuestos al público para su examen en el Área Financiera municipal, por el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de presentación de reclamaciones por los interesados, y considerándose éste como notificación colectiva. Contra la aplicación y efectividad de estos tributos podrá formularse recurso de reposición con carácter previo al recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del período de exposición pública, a tenor del artículo 14.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El plazo de recaudación en período voluntario será desde el 6 de febrero al 5 de abril, ambos inclusive, con la advertencia de que, transcurrido el mismo, se exigirá la deuda por el procedimiento de apremio. Los correspondientes ingresos deberán realizarse en las entidades bancarias consignadas en el correspondiente documento de pago, que según el sistema de recaudación municipal, se enviará al domicilio fiscal del contribuyente. En caso de pérdida o extravío del citado documento, podrá obtener un duplicado del mismo en la Oficina Integrada de Atención Ciudadana de Catarroja, donde puede dirigirse en todo caso para la aclaración de cualquier duda que se presente. Lo que se publica para general conocimiento. Catarroja, a 26 de enero de 2012.—La alcaldesa, Soledad Ramón Sánchez. 2012/2595
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Ajuntament de Riba-roja de Túria Edicto del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria sobre notificación como colindante de licencia ambiental, expte. 126/2011. EDICTO Intentada la notificación al interesado que a continuación se relaciona y no habiéndose podido practicar, en cumplimiento de lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/92 modificada por la Ley 4/1999, se procede a realizar la misma por medio de su publicación edictal en los términos siguientes: Notificación Exp. 126/11
Nombre y dirección Mediterranea de Volants, s.l.
Actividad Manipulación de componentes para diversos sectores industriales.
Se hace constar al interesado REAUVE RIBARROJA, S.L. que las ulteriores notificaciones de trámite dimanantes del procedimiento las tendrá el interesado a su disposición en el Departamento de Actividades. De conformidad con lo establecido en el artículo 50.3 de la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental, como vecino inmediato del lugar de emplazamiento de la actividad descrita, pongo en su conocimiento que se encuentra en trámite el procedimiento de referencia, para que, durante el plazo de 20 días, pueda consultar el expediente completo de la solicitud y formular las alegaciones que considere pertinentes Riba-roja de Túria, a 27 de enero de 2012.—El alcalde, Francisco Tarazona Zaragoza. 2012/2615
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Ayuntamiento de Utiel Edicto del Ayuntamiento de Utiel sobre notificación según el artículo 59 del la Ley 30/1992, a Varmonpro, S.L. EDICTO De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se hace público el oficio de la concejal delegada de Sanidad, sobre limpieza de parcelas en la calle Cervantes, núms.. 17 y 19, de Utiel, las cuales constan a nombre de Varmonpro, S.L., ya que habiéndose intentado diferentes notificaciones en calle Navarra, nº 6 bajo, 46008 Valencia, último domicilio conocido, estas no se han podido practicar: “Con motivo de la abundante vegetación en parcela de su propiedad ubicada en la calle Cervantes, núms. 17 y 19, de esta localidad, ante el actual estado de abandono que presenta y de conformidad con la ordenanza reguladora de vertidos de residuos sólidos, urbanos, limpieza viaria y ornato público, se considera infracción leve a dicha ordenanza y conforme al Art. 67 de la misma, la cuantía que se fija por dicha infracción será de 30 € hasta 90 €; por el presente escrito tengo a bien comunicarle que si en el plazo de 10 días contados a partir de la recepción del presente escrito, no procede a subsanar dicho problema tanto de limpieza como retirada de dicha suciedad, se procederá a hacer efectiva dicha sanción económicamente. Así mismo le comunico que deberá mantener dicha parcela en condiciones de higiene de forma continuada.” Lo que se comunica a los efectos oportunos legales. Utiel, a 27 de enero de 2012.—El alcalde. 2012/2617
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Ayuntamiento de Cullera Edicto del Ayuntamiento de Cullera sobre trámite de audiencia a propietarios desconocidos del inmueble sito en calle La Rapita, 9, de Cullera. EDICTO Por la presente se hace constar que habiéndose realizado las gestiones oportunas para identificar al propietario del inmueble que se cita más abajo, no ha sido posible realizar la notificación correspondiente en el domicilio por causas no imputables a esta Administración, por lo que se pone de manifiesto tal circunstancia mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos interesados, número de expediente y procedimiento se especifican más abajo. En virtud de lo anterior, se da audiencia a los mismos o a sus representantes debidamente acreditados, para presentar cuantas alegaciones, documentos y justificaciones estimen pertinentes en defensa de sus respectivos derechos, ello de conformidad con lo dispuesto en el los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/92, modificada por la Ley 4/99 LRJAP y PAC, y el artículo 75 del mismo cuerpo legal, se procede a efectuar dicha notificación mediante el presente anuncio. En consecuencia, se concede un plazo de quince días, a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOP, para que puedan presentarse las alegaciones que se estimen convenientes. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales señalados en estos artículos. Interesados y expedientes: - Expediente nº 36/12 (RUI 01/12), de Declaración en situación de ruina legal del inmueble sito en barrio La Rápita, 9, de Cullera, cuya propiedad es desconocida para esta administración. Cullera, 23 de enero de 2012.—El secretario general, Javier A. Gieure Le Caressant, la teniente de alcalde delegada de Urbanismo, Juana Sapiña Arlandis. 2012/2618
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Ayuntamiento de Utiel Edicto del Ayuntamiento de Utiel sobre notificación según art. 59 de la Ley 30/1992 a Italo Española de Poliuretanos Clemente, S.A. EDICTO De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se hace publico el oficio de la Concejal Delegada de Sanidad, sobre limpieza de parcelas en la Parcela 771 del polígono 17 de este término municipal, la cual consta a nombre de Italo Española de Poliuretanos Clemente, S.A., ya que habiéndose intentado diferentes notificaciones en Poligono Industrial El Melero, Parcelas 1 a 10 , 46300 Utiel, último domicilio conocido, estas no se han podido practicar: “Con motivo de la existencia en la parcela de su propiedad nº 771, Polígono 17, referencia catastral 46251A017007710000TZ, de una nave en mal estado, no disponiendo de puerta de acceso, existiendo mucha suciedad y productos tóxicos (disolventes, pegamento, ruedas de vehículos, etc.), así como que dicha nave está rodeada de vegetación lo que agrava más el problema en caso de posible incendio, y de conformidad con la ordenanza reguladora de vertidos de residuos sólidos, urbanos, limpieza viaria y ornato público, se considera infracción leve a dicha ordenanza y conforme el Art. 67 de la misma, la cuantía que se fija por dicha infracción será de 30 € hasta 90 €; por el presente escrito tengo a bien comunicarle que si en el plazo de 10 días contados a partir de la recepción del presente escrito, no procede a subsanar dicho problema, se procederá a hacer efectiva dicha sanción económicamente. Así mismo le comunico que deberá mantener dicha parcela en condiciones de higiene de forma continuada.” Lo que se comunica a los efectos oportunos legales. Utiel, a 27 de enero de 2012.—El alcalde. 2012/2619
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Ayuntamiento de Genovés Edicto del Ayuntamiento de Genovés sobre exposición pública de padrones primer semestre 2012. EDICTO Aprobado por Resolución de Alcaldía de 30 de diciembre de 2011, el padrón fiscal de la Tasa por recogida domiciliaria de basura correspondiente al primer semestre del ejercicio 2012 y tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo (vados), correspondiente al ejercicio 2012, se expone al público por un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de su examen y formulación, en su caso, de las reclamaciones oportunas, y considerándose éste como notificación colectiva. Se fija como período de cobro en voluntaria el comprendido desde el día 1 de marzo al 30 de abril de 2012, ambos inclusive. El cobro se realizará por el órgano de recaudación que tiene a su cargo la gestión de los recursos (Diputación de Valencia). Transcurrido el plazo de cobro en voluntaria, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo correspondiente, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. Contra la aprobación del referido padrón podrán los interesados de conformidad con el art. 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, interponer ante la Alcaldía y en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de finalización del período de exposición pública del/los correspondiente/s padrón/es, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, advirtiendo que la interposición del recurso no suspende la ejecución del acto impugnado, sino en los casos y con los requisitos recogidos en el citado artículo 14. Todo ello sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. Genovés, 3 de enero de 2012.—El alcalde, Emilio Llopis Oltra. 2012/2621
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Ayuntamiento de Almussafes Anuncio del Ayuntamiento de Almussafes sobre renovación de la inscripción padronal de varios ENCSARP. ANUNCIO En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada a la misma por la Ley 4/99, de 13 de enero, el Ayuntamiento de Almussafes, no habiendo podido practicar las notificaciones, que han sido intentadas, a las interesadas que a continuación se relacionan, mediante el presente anuncio se cita a las mismas para que comparezcan en las dependencias de este Ayuntamiento, a fin de que les sean notificadas las actuaciones llevadas a cabo por el departamento de Secretaría: INTERESADAS ASUNTO Izadora Cristina Costa Meirelles Renovación inscripción padronal ENCSARP Lobna Houmani Renovación inscripción padronal ENCSARP
Las personas interesadas o sus representantes deberán comparecer, con el fin de ser notificadas, en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se advierte a las interesadas que de no comparecer en dicho plazo, las notificaciones se entenderán practicadas, a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del mismo. Almussafes, a 26 de enero de 2012.—El alcalde, Albert Girona Albuixech. 2012/2625
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Ayuntamiento de Andilla Edicto del Ayuntamiento de Andilla sobre aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 1/2011. EDICTO En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del art. 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 27 de diciembre de 2011, sobre el expediente de modificación de créditos núm. 1/2011 en la modalidad de suplementos de crédito financiado con cargo al remanente de tesorería del ejercicio 2010, que se hace público resumido por capítulos: Capítulo 6
Denominación
Suplemento de crédito
Inversiones reales
100.000
Los importes anteriores quedan financiados de la siguiente forma: Financiación de la modificación Con cargo al remanente de tesorería
100.000
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto legislativo 272004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. Andilla, a 27 de enero de 2012.—El alcalde, Jesús Ruiz García. 2012/2626
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Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notificación de la Resolución de Alcaldía recaída en el expediente nº 1305/2008/659 (E1), incoado en virtud de reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta por D. Julio César Castañeda Jiménez. EDICTO Secretaría ha dictado en fecha 23 de enero de 2012 la Diligencia siguiente: “Visto el informe de la Oficina de Responsabilidad Patrimonial de fecha 23 de enero de 2012, a tenor del cual se ha intentado la notificación de la Resolución de Alcaldía nº 2324-W, de fecha 27 de octubre de 2011, sin que se haya podido practicar, resulta procedente: efectuar su notificación mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común..” El texto de la Resolución es el siguiente: “HECHOS: PRIMERO.- Mediante escrito presentado el 24 de noviembre de 2008 D. Julio César Castañeda Jiménez, interpuso una reclamación de responsabilidad patrimonial solicitando una indemnización por los daños sufridos en su vehículo matrícula 3040BMJ, como consecuencia de haber sido retirado dicho vehículo de la vía pública por el servicio municipal de retirada de vehículos mediante grúa y llevado al depósito municipal, habiendo sido desguazado y desaparecidas sus herramientas de trabajo y otros artículos. El reclamante fija el importe de la indemnización en 4.334,30 €, según el siguiente detalle: 1.500,- € por el valor venal del vehículo; 184,30 € por herramientas depositadas en el maletero; 60,- € por un CD música; 90,- € por unas gafas de sol; y 2.500,- por pérdida de trabajo. SEGUNDO.Por Decreto de Secretaría se solicitó informe a Policía Local, Plana Mayor. También se han pedido los demás informes necesarios para adoptar la Resolución, incluido el pedido a la contratista municipal, SERVICLEOP. Los informes emitidos se han incorporado al expediente. TERCERO.- La Alcaldía ha procedido por Decreto a la apertura del período de prueba, dando a los interesados en el expediente un plazo de diez días para proponer los medios de prueba de que consideren conveniente valerse. Posteriormente, se ha resuelto sobre la prueba propuesta, practicándose aquélla que lo ha requerido, como es la testifical. CUARTO.- Una vez instruido el procedimiento e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se ha puesto de manifiesto a los interesados, fijando un plazo de diez días durante el cual han podido formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que han estimado pertinentes. Finalizado, el citado plazo, ha sido remitido al Consell Consultiu de la Comunitat Valenciana todo lo actuado en el procedimiento, al objeto de que emita su preceptivo dictamen sobre ello. Dicho dictamen se ha recibido en el Ayuntamiento siendo su parecer que no procede declarar la responsabilidad patrimonial en esta reclamación. FUNDAMENTOS DE DERECHO: I.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 106.2 de la Constitución, en el Título X de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común –artículo 139 y ss.-, y en el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en Materia de Responsabilidad Patrimonial, aprobado por Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, normas a las que se remite el art. 54 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la Jurisprudencia ha formado un cuerpo de doctrina a tenor de la cual para el nacimiento de la responsabilidad patrimonial de la Administración se exige la concurrencia de los siguientes requisitos: a) La existencia de un daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas; b) Que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos, exigiendo la doctrina del Tribunal Supremo que se produzca el daño en relación directa e inmediata y exclusiva de causa a efecto, sin intervención extraña que pudiera interferir alterando el nexo causal: c) Que no concurra fuerza mayor; d) Que el particular no tenga el deber jurídico de soportar los daños de acuerdo con la Ley; e) Que no haya prescrito el derecho a reclamar y que se ejercite por persona legitimada. II.- En lo que se refiere a la carga de la prueba del daño causado, corresponde a quien lo alega. Así se ha determinado por nuestra Jurisprudencia, entre otras, en las Sentencias del Tribunal Supremo de fechas 06/04/92 y
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20/10/98, así como en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 13/06/98. III.- En cuanto al órgano competente para resolver en el ámbito del Ayuntamiento de Valencia, por Resolución nº 22, de fecha 17 de junio de 2011, la Alcaldía ha delegado en D. Félix Crespo Hellín, concejal delegado de Responsabilidad Patrimonial, la facultad de resolver mediante actos administrativos los procedimientos de responsabilidad patrimonial, iniciados de oficio o por reclamación de los interesados, hasta 5.000,- € o cuantía indeterminada. IV.- Por lo que respecta a la realidad del daño y su individualización, así como la valoración del mismo, el reclamante ha concretado el importe de la indemnización reclamada en 4.334,30 €, cantidad que se desglosa del siguiente modo: 1.500,- € por el valor venal del vehículo; 184,30 € por herramientas depositadas en el maletero; 60,- € por un CD música; 90,- € por unas gafas de sol; y 2.500,- por pérdida de trabajo. De todas estas valoraciones, tan sólo vienen apoyadas en documentación el importe de las herramientas y artículos que el interesado dice se encontraban en el maletero del coche y las gafas de sol. En estos dos casos aporta sendos presupuestos. Sin embargo, no consta en el expediente documentación alguna que haga referencia al valor del coche, del CD música, ni que fundamente la pérdida de trabajo. Por lo que estos conceptos de la indemnización deben ser rechazados sin más. Y por lo que se refiere a los presupuestos que obran referidos a los artículos del maletero y gafas de sol, no significa por sí mismos que con ello quede demostrado que se encontraban en el vehículo. En definitiva, no han quedado acreditados los daños en general y por lo que respecta al vehículo, se fija una cantidad que no ha quedado respaldada por documentación o informe alguno. De este modo, deben rechazarse todos los conceptos de la indemnización. V.- A continuación se analizará la relación de causalidad entre el funcionamiento de un servicio público municipal y el daño producido. Lo primero que se ha de resaltar es que el reclamante alega que su vehículo estaba perfectamente estacionado en la Pl. de Nápoles y Sicilia. Sin embargo, en el informe de Policía Local de 13 de marzo de 2009, incorporado a las actuaciones, se dice que “el vehículo fue retirado por encontrarse estacionado encima de la acera en la Plaza Nápoles y Sicilia.” Es decir, que la retirada se produjo por encontrarse estacionado ilegalmente. En segundo lugar, en el informe complementario de la Unidad Administrativa de Policía Local de 7 de abril de 2009 se deja meridianamente claro que la actuación municipal fue correcta. Así, se explicita que “con fecha 14 de mayo de 2008 se remite escrito a don Julio César Castañeda Jiménez, a la dirección que consta en la Dirección General de Tráfico, comunicándole que su vehículo se encuentra en el depósito, comunicación que es devuelta por “ausente”. “Transcurridos más de dos meses desde que el vehículo fue depositado sin que nadie se hiciese cargo del mismo, la empresa remitió la documentación del expediente GF 05/08-1 al objeto de que por parte de la Oficina se iniciaran los trámites pertinentes para su destrucción, de conformidad con lo previsto en el art. 71 a) a’) in fine de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Por Decreto de Alcaldía de fecha 16 de julio de 2008 se procedió a comunicar al titular del vehículo, según datos de la Dirección General de Tráfico, don Julio César Castañeda Jiménez, que dispone de quince días para retirar el vehículo de su propiedad del local donde se encuentra ubicado, previo pago de las tasas que por retirada, transporte y depósito correspondan según Ordenanza, concediéndole el mismo plazo para formular alegaciones, advirtiéndole que transcurrido el plazo de quince días sin efectuar la retirada del vehículo, se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano. Las notificación de dicho decreto fue devuelta por “ausente”, por lo que se publicó anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia nº 233 de 30 de septiembre de 2008 y en los tablones de Edictos del Ayuntamiento. (…). Así mismo se publicaron anuncios en los diarios “Las Provincias! Y Levante” del día 5 de octubre de 2008. (…) Con fecha 14 de octubre de 2008, la UTE Servicleop-Cleop remitió informe de la I.T.V. y por Resolución nº S-481 de 10 de noviembre de 2008 se encargó su destrucción.”. Puede afirmarse que el reclamante tuvo todas las garantías legales y pudo en cualquier momento comparecer en las Oficinas del Ayuntamiento y recuperar el vehículo. El interesado afirma que el desguace se hizo sin su autorización y sin notificación previa. Sin embargo, el Ayuntamiento utilizó todos los medios que la legislación pone a su disposición para hacer llegar al reclamante los oficios, llegando incluso a publicar edictos en el Boletín Oficial de la Provincia. El Ayuntamiento intentó la notificación al
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domicilio que constaba en la Dirección General de Tráfico y le fue devuelta por “ausente” en dos ocasiones: una cuanto se le envió carta por la UTE Servicleop-Cleop y la segunda cuando se le envió oficio por la Oficina Administrativa de Policía advirtiéndole la posibilidad de que se tratara el vehículo como residuo sólido si no acudía a retirar el vehículo. En definitiva, falta la relación causal entre el funcionamiento del servicio municipal y los daños por los que se reclama, no habiéndose constatado la existencia de la relación directa, inmediata y exclusiva de causa a efecto, sin intervenciones extrañas que alteren el nexo causal a que hace referencia la doctrina del Tribunal Supremo como requisito necesario para el nacimiento de la responsabilidad patrimonial de la Administración. Así, pues, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 106 de la Constitución Española, 139 y ss de la Ley 30/92, de 26 de noviembre y concordantes del R.D. 429/93; teniendo presentes el informe de la Oficina de Responsabilidad Patrimonial, el concejal delegado de Responsabilidad Patrimonial que suscribe, en uso de las facultades resolutorias delegadas por la Alcaldía, RESUELVE, CONFORME CON EL CONSELL JURÍDIC CONSULTIU DE LA COMUNITAT VALENCIANA: UNICO.- Desestimar, por las razones que constan en el cuerpo de la presente Resolución, la reclamación de responsabilidad patrimonial citada al comienzo, interpuesta el 24 de noviembre de 2008 por D. Julio César Castañeda Jiménez..” Contra el acto administrativo transcrito, que es definitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta desestimación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente. Lo que se notifica para su conocimiento y efectos. El secretario, P.D., el jefe de la oficina de Responsabilidad Patrimonial (por delegación de fecha 5 de febrero de 2010), Fdo. José Vte. Ferrer. 2012/2628
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Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia Servicio Central del Procedimiento Sancionador Sección Tercera Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia, Servicio Central del Procedimiento Sancionador, Sección Tercera, relativo al expte. 01306/2011/5874. EDICTO De conformidad con lo previsto en los artículos 59.5 60.2 y 61 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, por el presente edicto se notifica a D. Munawar Hussain Begum la resolución nº 507-W de 26 de enero de 2012, haciéndose constar que se halla a su disposición en las dependencias municipales del Servicio Central del Procedimiento Sancionador, sitas en la Plaza del Ayuntamiento nº 1, 2ª planta, en las que, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y a los efectos previstos en él, podrá comparecer, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de tener conocimiento del contenido íntegro de dicha resolución sancionadoras y constancia del tal conocimiento. Para efectuar el pago en periodo voluntario de las sanciones impuestas en los expedientes indicados en el presente edicto, cada una de las personas sancionadas podrá recoger el correspondiente documento de ingreso en las dependencias citadas, sitas en la Plaza del Ayuntamiento nº 1, 2ª planta. En tal documento consta lugar y forma de pago de la sanción impuesta en virtud de las resoluciones sancionadoras dictadas en los referidos expedientes administrativos. El pago se podrá realizar: a) Si la publicación y notificación consiguiente de la liquidación citada se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de publicación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. b) Si la publicación y notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de publicación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. RECAUDACIÓN EN PERIODO EJECUTIVO: Si no se produce el pago en el plazo señalado, al día siguiente del vencimiento de su plazo se iniciará el periodo ejecutivo de recaudación que determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General tributaria (Ley 58/2003) y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio. A los efectos del pago de las citadas sanciones de multa, se tendrán por fecha de publicación y notificación referidas en las letras a) y b) numeral 2.- inmediato precedente la fecha en que se produzca la personación dentro del plazo de diez días concedido en este Edicto de acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y, de no producirse dicha comparecencia, el día hábil inmediato siguiente al de la finalización del expresado plazo de diez días. Contra el acto administrativo transcrito, que es definitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta notificación. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contenciosoadministrativo, a su elección ante el Juzgado de lo Contenciosoadministrativo de Valencia o ante el Juzgado de lo Contenciosoadministrativo de su propio domicilio, en el plazo de seis meses, desde esta desestimación presunta b) Recurso contencioso-administrativo, a su elección, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia o ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de su propio domicilio, dentro del
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plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta notificación. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente. Valencia a 27 de enero de 2012.—El Secretario. 2012/2629
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Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notificación de la Resolución de Alcaldía recaída en el expediente nº 1305/2009/378 (E1), incoado en virtud de reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta por D. José María Navarro Estañ. EDICTO Secretaría ha dictado en fecha 23 de enero de 2012 la Diligencia siguiente: “Visto el informe de la Oficina de Responsabilidad Patrimonial de fecha 23 de enero de 2012, a tenor del cual se ha intentado la notificación de la Resolución de Alcaldía nº 2710-W, de fecha 15 de noviembre de 2011, sin que se haya podido practicar, resulta procedente: efectuar su notificación mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común..” El texto de la Resolución es el siguiente: “HECHOS: PRIMERO.- El 11 de junio de 2009 D. José María Navarro Estañ solicita una indemnización por los daños físicos sufridos a causa de una caída padecida el 10 de junio de 2009 al tropezar con la red de una obra y caer sobre una valla instalada en unas obras de la finca sita en la calle Reina Doña María, frente al nº 12. La reclamante no ha fijado el importe de la indemnización durante la instrucción del procedimiento. SEGUNDO.- Por Decreto de Secretaría se solicitaron y se han emitido informes por el Servicio de Licencias Urbanísticas, Servicio de Circulación y Transportes y sus infraestructuras y Junta de Distrito de Marítimo. Los informes elaborados obran unidos al expediente. TERCERO.- Seguidamente se abrió el periodo de prueba mediante Decreto de Secretaría, considerando interesada a D.ª Mª Dolores Moret Tatay, a la que se le había concedido licencia de edificación, dándose a los interesados un plazo de diez días para que propusieran los medios de prueba de que intentaran valerse. Toda la prueba propuesta ha sido documental. CUARTO.- Posteriormente, por Decreto de Secretaría se puso el expediente de manifiesto a todos los interesados en desarrollo del trámite de audiencia por un plazo de diez días, durante el cual los interesados han podido formular alegaciones así como presentar documentos y justificaciones. De este modo, se ha llevado a cabo la totalidad de la instrucción del procedimiento, quedando únicamente pendiente la resolución del mismo. FUNDAMENTOS DE DERECHO: I.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 106.2 de la Constitución, en el Título X de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común –artículo 139 y ss.-, y en el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en Materia de Responsabilidad Patrimonial, aprobado por Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, normas a las que se remite el art. 54 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la Jurisprudencia ha formado un cuerpo de doctrina a tenor de la cual para el nacimiento de la responsabilidad patrimonial de la Administración se exige la concurrencia de los siguientes requisitos: a) La existencia de un daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. b) Que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos, exigiendo la doctrina del Tribunal Supremo que se produzca el daño en relación directa e inmediata y exclusiva de causa a efecto, sin intervención extraña que pudiera interferir alterando el nexo causal. c) Que no concurra fuerza mayor. d) Que el particular no tenga el deber jurídico de soportar los daños de acuerdo con la Ley. e) Que no haya prescrito el derecho a reclamar y que se ejercite por persona legitimada. II.- En lo que se refiere a la carga de la prueba del daño causado, corresponde a quien lo alega. Así se ha determinado por nuestra Jurisprudencia, entre otras, en las Sentencias del Tribunal Supremo de fechas 06/04/92 y 20/10/98, así como en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 13/06/98. III.- En cuanto al órgano competente para revolver en el ámbito del Ayuntamiento, por Resolución nº 22, de fecha 17 de junio de 2011, la Alcaldía ha delegado en D. Félix Crespo Hellín, concejal delegado de Responsabilidad Patrimonial, la facultad para resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial, hasta 5.000 € o de cuantía indeterminada. IV.- Por lo que respecta a la realidad del
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daño y su individualización y valoración, el reclamante no ha fijado el importe de la indemnización por los daños físicos durante la instrucción del procedimiento. Por otro lado, no obra en el expediente documento de alta o informe médico que concrete la duración del proceso de curación, consolidación de la situación sanitaria, posibles secuelas, etc. El único informe médico que a tal efecto la reclamante ha aportado a las actuaciones, consiste en la Hoja de Asistencia de Urgencias de fecha 10 de junio de 2009. Es decir, no se dispone de ningún informe médico que permita conocer lo que ha durado el proceso curativo, cuándo se consolidó la situación médica, y si quedaron secuelas. En definitiva, no se dispone de elementos que permitan el cálculo de la posible indemnización a reconocer, resultando imposible dicho cálculo, de tal modo que, aún cuando se reconociera el derecho a la percepción de una indemnización, ésta no podría atenderse en lo que respecta a los daños físicos al no poder calcularse. VI.- En lo que se refiere a la relación de causalidad entre el funcionamiento de un servicio público municipal y el daño producido, a lo largo de la instrucción del procedimiento no ha habido ninguna prueba consistente que permita considerar acreditado que el daño por el que se reclama se haya producido según alega la interesada. En realidad, solo constan las manifestaciones de la propia reclamante, sin que se haya aportado informe de intervención de Policía Local o testimonio alguno que las corrobore. Por otro lado, aún cuando se hubiera confirmado el relato de los hechos efectuado por la interesada, de los informes emitidos por el Servicio de Licencias Urbanísticas y la Junta Municipal de Ruzafa se colige que el causante de los daños, el que puso la red y la valla de cerramiento fue un particular, al que se le había concedido licencia de edificación, D.ª Mª Dolores Moret Tatay, con motivo de unas obras de edificación y que, efectuada visita de inspección después de haberla requerido para su legalización, se ha constatado que la valla había sido retirada. Es decir, que si se hubieran probado los hechos, los daños deberían atribuirse a una actuación particular y no al Ayuntamiento. Como consecuencia de todo ello puede afirmarse que no se ha acreditado el nexo causal entre el funcionamiento de un servicio municipal y la caída que padeció la reclamante. O lo que es igual, no se ha constatado la existencia de esa relación directa, inmediata y exclusiva de causa a efecto, sin intervenciones extrañas que alteren el nexo causal a que hace referencia la doctrina del Alto Tribunal como requisito necesario para el nacimiento de la responsabilidad patrimonial de la Administración. Atendido lo dispuesto en los artículos 139 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como 4 y ss. del R.D. 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial. Teniendo presentes los obrantes en el expediente, el concejal delegado de Responsabilidad Patrimonial que suscribe, en uso de las facultades resolutorias delegadas por la Alcaldía, RESUELVE: UNICO.- Desestimar, por las razones que constan en el cuerpo de la presente resolución, la reclamación de responsabilidad patrimonial citada al comienzo de la misma, interpuesta el 11 de junio de 2009 por D. José María Navarro Estañ, registrada de entrada con nº 00102-20096508.” Contra el acto administrativo transcrito, que es definitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta desestimación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
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Lo que se notifica para su conocimiento y efectos. El Secretario, P.D., el jefe de la Oficina de Responsabilidad Patrimonial (por delegación de fecha 5 de febrero de 2010), Fdo. José Vte. Ferrer. 2012/2630
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Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notificación de la Resolución de Alcaldía recaída en el expediente nº 1305/2009/400 (E1), incoado en virtud de reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta por Dª Gloria Elena Valderrama Sánchez. EDICTO Secretaría ha dictado en fecha 23 de enero de 2012 la Diligencia siguiente: “Visto el informe de la Oficina de Responsabilidad Patrimonial de fecha 23 de enero de 2012, a tenor del cual se ha intentado la notificación de la Resolución de Alcaldía nº 2711-W, de fecha 15 de noviembre de 2011, sin que se haya podido practicar, resulta procedente: efectuar su notificación mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común..” El texto de la Resolución es el siguiente: “HECHOS: PRIMERO.- El 16 de junio de 2009 Dª Gloria Elena Valderrama Sánchez presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial en la que solicitaba una indemnización por los daños físicos sufridos a causa de una caída sufrida el 12 de julio de 2009 al tropezar con una valla ubicada en la acera de la calle Médico Esteve, frente al nº 3. La reclamante no ha fijado el importe de la indemnización durante la instrucción del procedimiento. SEGUNDO.- Por Decreto de Secretaría se solicitaron y se han emitido informes por el Servicio de Coordinación de Obras en Vía Pública y Mantenimiento de Infraestructuras, el Servicio de Obras de Infraestructura, Policía Local, Plana Mayor, y el Servicio de Circulación y Transportes y sus infraestructuras. Los informes elaborados obran unidos al expediente. TERCERO.- Seguidamente se abrió el periodo de prueba mediante Decreto de Secretaría, dándose a los interesados un plazo de diez días para que propusieran los medios de prueba de que intentaran valerse. Toda la prueba propuesta ha sido documental. CUARTO.Posteriormente, por Decreto de Secretaría se puso el expediente de manifiesto a todos los interesados en desarrollo del trámite de audiencia por un plazo de diez días, durante el cual los interesados han podido formular alegaciones así como presentar documentos y justificaciones. De este modo, se ha llevado a cabo la totalidad de la instrucción del procedimiento, quedando únicamente pendiente la resolución del mismo. FUNDAMENTOS DE DERECHO: I.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 106.2 de la Constitución, en el Título X de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común –artículo 139 y ss.-, y en el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en Materia de Responsabilidad Patrimonial, aprobado por Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, normas a las que se remite el art. 54 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la Jurisprudencia ha formado un cuerpo de doctrina a tenor de la cual para el nacimiento de la responsabilidad patrimonial de la Administración se exige la concurrencia de los siguientes requisitos: a) La existencia de un daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. b) Que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos, exigiendo la doctrina del Tribunal Supremo que se produzca el daño en relación directa e inmediata y exclusiva de causa a efecto, sin intervención extraña que pudiera interferir alterando el nexo causal. c) Que no concurra fuerza mayor. d) Que el particular no tenga el deber jurídico de soportar los daños de acuerdo con la Ley. e) Que no haya prescrito el derecho a reclamar y que se ejercite por persona legitimada. II.- En lo que se refiere a la carga de la prueba del daño causado, corresponde a quien lo alega. Así se ha determinado por nuestra Jurisprudencia, entre otras, en las Sentencias del Tribunal Supremo de fechas 06/04/92 y 20/10/98, así como en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 13/06/98. III.- En cuanto al órgano competente para revolver en el ámbito del Ayuntamiento, por Resolución nº 22, de fecha 17 de junio de 2011, la Alcaldía ha delegado en D. Félix Crespo Hellín, concejal delegado de Responsabilidad Patrimonial, la facultad para resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial, hasta 5.000 € o de cuantía indeterminada. IV.- Por lo que respecta a la realidad del
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daño y su individualización y valoración, la reclamante no ha fijado el importe de la indemnización por los daños físicos durante la instrucción del procedimiento. Por otro lado, no obra en el expediente documento ningún informe médico que baja, alta o que concrete la duración del proceso de curación, consolidación de la situación sanitaria, posibles secuelas, etc. Es decir, no se dispone de ningún documento que permita conocer lo que ha durado el proceso curativo, cuándo se consolidó la situación médica, y si quedaron secuelas. En definitiva, no se dispone de elementos que permitan el cálculo de la posible indemnización a reconocer, resultando imposible dicho cálculo, de tal modo que, aún cuando se reconociera el derecho a la percepción de una indemnización, ésta no podría atenderse en lo que respecta a los daños físicos al no poder calcularse. V.- En lo que se refiere a la relación de causalidad entre el funcionamiento de un servicio público municipal y el daño producido, a lo largo de la instrucción del procedimiento no ha habido ninguna prueba consistente que permita considerar acreditado que el daño por el que se reclama se haya producido según alega la interesada. En realidad, solo constan las manifestaciones de la propia reclamante, sin que se haya aportado informe de intervención de Policía Local o testimonio alguno que las corrobore. Como consecuencia de todo ello puede afirmarse que no se ha acreditado el nexo causal entre el funcionamiento de un servicio municipal y la caída que padeció la reclamante. O lo que es igual, no se ha constatado la existencia de esa relación directa, inmediata y exclusiva de causa a efecto, sin intervenciones extrañas que alteren el nexo causal a que hace referencia la doctrina del Alto Tribunal como requisito necesario para el nacimiento de la responsabilidad patrimonial de la Administración. Atendido lo dispuesto en los artículos 139 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como 4 y ss. del R.D. 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial. Teniendo presentes los obrantes en el expediente, el concejal delegado de Responsabilidad Patrimonial que suscribe, en uso de las facultades resolutorias delegadas por la Alcaldía, RESUELVE: UNICO.- Desestimar, por las razones que constan en el cuerpo de la presente resolución, la reclamación de responsabilidad patrimonial citada al comienzo de la misma, interpuesta el 16 de junio de 2009 por Dª Gloria Elena Valderrama Sánchez, solicitando una indemnización por causa de una caída.” Contra el acto administrativo transcrito, que es definitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta desestimación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente. Lo que se notifica para su conocimiento y efectos. El Secretario, P.D., el jefe de la Oficina de Responsabilidad Patrimonial (por delegación de fecha 5 de febrero de 2010), Fdo. José Vte. Ferrer. 2012/2631
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Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notificación de la Resolución de Alcaldía recaída en el expediente nº 1305/2009/739 (E1), incoado en virtud de reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta por Dª Antonia Leal Tébar. EDICTO Secretaría ha dictado en fecha 23 de enero de 2012 la Diligencia siguiente: “Visto el informe de la Oficina de Responsabilidad Patrimonial de fecha 23 de enero de 2012, a tenor del cual se ha intentado la notificación de la Resolución de Alcaldía nº 2955-W, de fecha 30 de noviembre de 2011, sin que se haya podido practicar, resulta procedente: efectuar su notificación mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común..” El texto de la Resolución es el siguiente: “HECHOS: PRIMERO.- Mediante escrito registrado de entrada el 4 de noviembre de 2009 Dª Antonia Leal Tébar solicita una indemnización por los daños físicos sufridos supuestamente el día 14 de octubre de 2009 al caerle un ladrillo que había suelto sobre el pié en el parque existente junto a la calle Periodista Alfredo Calderón. La reclamante no ha establecido durante el procedimiento el importe de la indemnización reclamada. SEGUNDO.- Por Decreto de Secretaría se solicitaron informes al Servicio de Jardinería y Servicio de Coordinación de Obras en la Vía Pública y Mantenimiento de Infraestructuras. Los informes elaborados obran unidos al expediente. TERCERO.- Seguidamente se abrió el periodo de prueba mediante Decreto de Secretaría, dándose a los interesados un plazo de diez días para que propusieran los medios de prueba de que intentaran valerse. Durante dicho plazo el reclamante no propuso ningún medio de prueba, habiendo quedado reducida ésta a la documental que ya había aportado junto con su reclamación. CUARTO.- Posteriormente, por Decreto de Secretaría se puso el expediente de manifiesto a todos los interesados en desarrollo del trámite de audiencia por un plazo de diez días, durante el cual los interesados han podido formular alegaciones así como presentar documentos y justificaciones. De este modo, se ha llevado a cabo la totalidad de la instrucción del procedimiento, quedando únicamente pendiente la resolución del mismo. FUNDAMENTOS DE DERECHO: I.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 106.2 de la Constitución, en el Título X de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común –artículo 139 y ss.-, y en el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en Materia de Responsabilidad Patrimonial, aprobado por Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, normas a las que se remite el art. 54 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la Jurisprudencia ha formado un cuerpo de doctrina a tenor de la cual para el nacimiento de la responsabilidad patrimonial de la Administración se exige la concurrencia de los siguientes requisitos: a) La existencia de un daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. b) Que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos, exigiendo la doctrina del Tribunal Supremo que se produzca el daño en relación directa e inmediata y exclusiva de causa a efecto, sin intervención extraña que pudiera interferir alterando el nexo causal. c) Que no concurra fuerza mayor. d) Que el particular no tenga el deber jurídico de soportar los daños de acuerdo con la Ley. e) Que no haya prescrito el derecho a reclamar y que se ejercite por persona legitimada. II.- En lo que se refiere a la carga de la prueba del daño causado, corresponde a quien lo alega. Así se ha determinado por nuestra Jurisprudencia, entre otras, en las Sentencias del Tribunal Supremo de fechas 06/04/92 y 20/10/98, así como en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 13/06/98. III.- En cuanto al órgano competente para revolver en el ámbito del Ayuntamiento, por Resolución nº 22, de fecha 17 de junio de 2011, la Alcaldía ha delegado en D. Félix Crespo Hellín, concejal delegado de Responsabilidad Patrimonial, la facultad para resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial, hasta 5.000 € o de cuantía indeterminada. IV.- Por lo que respecta a la realidad del
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daño y su individualización y valoración, la reclamante no ha fijado el importe de la indemnización por los daños físicos durante la instrucción del procedimiento. No obstante, obran en el expediente partes médicos en los que consta como fecha de la baja el 15 de octubre de 2009 y la fecha del alta el 26 del mismo mes y año. Es decir, que la reclamante estuvo doce días de baja. Así, pues, aplicando el baremo de la Resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones de 20 de enero de 2009, seguida de forma orientativa por los tribunales, la evaluación de la indemnización a satisfacer ascendería a 53,20 €/día de baja, con un total de 638,40 €, en el caso de que se reconociera la existencia de responsabilidad patrimonial de la Administración. VI.- En lo que se refiere a la relación de causalidad entre el funcionamiento de un servicio público municipal y el daño producido, a lo largo de la instrucción del procedimiento no ha habido ninguna prueba consistente que permita considerar acreditado que el daño por el que se reclama se haya producido según alega la interesada. En realidad, solo constan las manifestaciones del propio reclamante, sin que se haya aportado informe de intervención de Policía Local o testimonio alguno que las corrobore. Las fotografías que acompaña la interesada a su instancia inicial reflejan una zona con cierto desperfecto, pero no implican por sí solas prueba de que con motivo del mismo se produjera la lesión que motiva la reclamación. Como consecuencia de ello puede afirmarse que no se ha acreditado el nexo causal entre el funcionamiento de un servicio municipal y las lesiones que padeció la reclamante. O lo que es igual, no se ha constatado la existencia de esa relación directa, inmediata y exclusiva de causa a efecto, sin intervenciones extrañas que alteren el nexo causal a que hace referencia la doctrina del Alto Tribunal como requisito necesario para el nacimiento de la responsabilidad patrimonial de la Administración. Atendido lo dispuesto en los artículos 139 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como 4 y ss. del R.D. 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial. Teniendo presentes los obrantes en el expediente, el concejal delegado de Responsabilidad Patrimonial que suscribe, en uso de las facultades resolutorias delegadas por la Alcaldía, RESUELVE: UNICO.- Desestimar, por las razones que constan en el cuerpo de la presente resolución, la reclamación de responsabilidad patrimonial citada al comienzo de la misma, interpuesta el 4 de noviembre de 2009 por Dª Antonia Leal Tébar.” Contra el acto administrativo transcrito, que es definitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta desestimación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente. Lo que se notifica para su conocimiento y efectos. El Secretario, P.D., el jefe de la Oficina de Responsabilidad Patrimonial (por delegación de fecha 5 de febrero de 2010), Fdo. José Vte. Ferrer. 2012/2632
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Ayuntamiento de Moncada Anuncio del Ayuntamiento de Moncada sobre modificación de delegaciones de concejalías y miembros de la Junta de Gobierno Local. ANUNCIO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 20.1.b), 21.3, 22, 23.1, 23.2, 23.2.b), de la Ley 7/85, de 2 de abril; y artículos 35.2.d), 44, 45, 46, 51 y 52 del RD 2568/86, de 28 de noviembre; y artículo 22 del RDL 781/86, de 18 de abril se hace público que por Resoluciones de la Alcaldía números 11 y 15, de 13 de enero, se ha dispuesto lo siguiente por lo que a organización y funcionamiento municipal se refiere: DELEGACIONES Se han efectuado las siguientes delegaciones, relativas a los servicios municipales que se indican y las áreas administrativas correspondientes, a favor de los siguientes Concejales: - Planeamiento y gestión urbanística
D. Luís Botella De Las Heras
- Deportes - Policía - Protección Civil - Ciclo Integral del Agua
D. Jesús Gimeno Alcañiz
- Hacienda - Cementerio - Fallas - Promoción Económica
D. Miguel Gallego Blanca
- Participación Ciudadana - Servicios Sociales Generales - Servicios Sociales Especializados: Mayores, Mujer e Inmigración - Proyecto Ayuca - Empleo
Dª. Mª Dolores Muñoz Rubio
- Cultura, Biblioteca y Archivo - Patrimonio y Turismo - Brigada de Obras - Alumbrado Público
D. Miguel Benítez Arnas
- Educación, Rambleta, Conservatorio y EPA - Promoción Lingüística
D. Concepción Gea Manuel
- Juventud - Sanidad - Unidad de Prevención Comunitaria - Oficina Municipal de Información al Consumidor
D. Miguel Picher Martínez
- Licencias y disciplina Urbanística - MSU -Medio Ambiente: Limpieza viaria - Gobierno Interior
Dª. Lucía Ortega Martínez
- Parques y Jardines - Transporte Público - Residuos Sólidos
Dª. Mª Eugenia Pascual Company
- Fiestas - Tecnologías de la Información y la Comunicación
Dª. Nieves Lluesma Caballer
- Recursos Humanos - Mercado Municipal - Agricultura - Coordinación Agenda 21.
D. José Vicente Cervera Molina
Las delegaciones efectuadas abarcarán las facultades de dirección, organización interna y gestión de los correspondientes servicios, con exclusión de la facultad de resolver mediante actos administrativos con efectos para terceros, a salvo de lo señalado en el punto tercero siguiente.
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MIEMBROS EN LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Se ha acordado modificar los componentes de la Junta de Gobierno Local, nombrados, en su día, por Resolución de Alcaldía nº 659/2011. Los Concejales integrantes son los siguientes: D. LUIS BOTELLA DE LAS HERAS D. JESÚS GIMENO ALCAÑIZ D. MIGUEL GALLEGO BLANCA Dª. Mª. DOLORES MUÑOZ RUBIO D. MIGUEL PICHER MARTÍNEZ D. JOSE VICENTE CERVERA MOLINA Dª. CONCHA GEA MANUEL Corresponderá a la Junta de Gobierno Local así integrada y bajo la Presidencia de la Alcaldía, la asistencia permanente a ésta en el ejercicio de sus atribuciones, sin perjuicio de las que expresamente se le puedan delegar conforme al procedimiento que legalmente corresponda. Todos los nombramientos a que se refiere el presente anuncio son efectivos desde la fecha de las respectivas resoluciones, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Edictos del Ayuntamiento. Moncada, a 23 de enero de 2012.—El Alcalde, Juan José Medina Esteban. 2012/2634
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Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notificación de diversos actos relativos a expedientes tramitados por la Oficina de Responsabilidad Patrimonial. EDICTO Dado que no se han podido practicar las notificaciones que se relacionan a continuación, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, según lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicha publicación se realiza mediante un extracto, en aplicación del artículo 61 de la citada Ley, pudiendo comparecer los afectados en el lugar y plazo abajo indicados para conocimiento íntegro de los actos. Contenido y destinatario de los actos que se notifican: 1) Comunicación de la apertura del expediente y requerimiento para subsanar deficiencias observadas en la instancia de la reclamación. Expdte. Nº 1305/2011/361 (E1), incoado en virtud de reclamación presentada por Dª Amparo López Comas. - Destinataria: La propia reclamante. 2) Comunicación de Decreto sobre ampliación del plazo de subsanación de deficiencias en el expdte. nº 1305/2011/465 (E1), incoado en virtud de reclamación presentada por Dª Clara Rull Costa. - Destinataria: La propia reclamante. 3) Comunicación apertura del periodo de audiencia en el expdte. nº 1305/2009/487 (E1), incoado en virtud de reclamación presentada por Leonardo Santos Suárez y otros. - Destinatarios: Los reclamantes: D. Alberto Llobell López y Dª Marta Bartret Gutiérrez. - Lugar de notificación: Ayuntamiento de Valencia, Oficina de Responsabilidad Patrimonial, C/ del Hospital, 2-planta 3ª. - Plazo: 10 días siguientes a la publicación del presente edicto. Valencia, 23 de enero de 2012.—El Secretario, P.D., el jefe de la Oficina de Responsabilidad Patrimonial (Por delegación de fecha 5 de febrero de 2010), José Vte. Ferrer. 2012/2635
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Ayuntamiento de Buñol Edicto del Ayuntamiento de Buñol sobre delegación de autorización para celebración de matrimonio civil el día 03/03/2012, en D. Miguel Vallés Manzano. EDICTO Por Decreto nº 113/12, la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento dispuso: 1.- Delegar en el Sr. Concejal D. Miguel Vallés Manzano la autorización del matrimonio de D. Roberto Zanón Monte y Dª Aurelia Matamales Casañ, a celebrar el día 3 de marzo de 2012. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 2.568/86, de 28 de noviembre. Buñol, 26 de enero de 2012.—El Alcalde, Joaquín Masmano Palmer. 2012/2637
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Ayuntamiento de La Pobla Llarga Edicto del Ayuntamiento de La Pobla Llarga sobre aprobación de padrones fiscales. EDICTO El Alcalde por Resolución n º 2 del día 20 de Enero de 2.012, acordó aprobar los siguientes padrones fiscales: CONCEPTO
PERIODO
IMPORTE
GUARDERIA
ENERO 2012
8.612,35 €
Los citados padrones estarán expuestos al público durante 15 días para reclamaciones. Lo que se hace público en cumplimiento de lo previsto en la Ley General tributaria advirtiéndose que el presente edicto obra los efectos de notificación colectiva. La Pobla Llarga, a 27 de Enero de 2012.—El Alcalde, Rafael Soler Vert. 2012/2641
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Ayuntamiento de Alboraya Anuncio del Ayuntamiento de Alboraya sobre aprobación inicial del Reglamento de Segunda Actividad de la Policía Local. ANUNCIO El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de enero de 2012, adoptó el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar inicialmente y someter a información pública el Reglamento de Segunda Actividad de la Policía Local. Mediante el presente anuncio se somete a información pública, por un periodo de treinta días, contados desde el día siguiente al de su publicación, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, entendiendo el acuerdo elevado a definitivo en el caso de que no se presente, ninguna, y, en consecuencia, sin necesidad de acuerdo plenario. En Alboraya, a 27 de enero de 2012.—El alcalde, Miguel Chavarría Díaz. 2012/2642
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Ayuntamiento de Albal Anuncio del Ayuntamiento de Albal sobre aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio. ANUNCIO El Pleno del Ayuntamiento de Albal, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de enero de 2012, acordó la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En Albal, a 27 de enero de 2012.—El Alcalde, Ramón Marí Vila. 2012/2644
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Ayuntamiento de Pedralba Urbanismo Edicto del Ayuntamiento de Pedralba sobre expedientes de restauración de legalidad urbanística. EDICTO De conformidad con lo previsto en los artículos 59 y ss. de la Ley 30/1992, de 25 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la siguiente notificación relativa a los expedientes abajo indicados, por resultar ausente de reparto el interesado, o que habiéndose intentado en dos ocasiones la notificación individual en los últimos domicilios conocidos, no han podido practicarse. Nº EXPEDIENTE
UBICACIÓN Y HECHOS
INTERESADO
EMPLAZAMIENTO
PROCEDIMIENTO
19/11
Parcela 93 Polígono 4
Beata Joanna Talma
Camino Viejo de Betera, 14 46113 Moncada (Valencia)
Paralización y legalización de obras ejecutadas sin licencia de expediente de restauración de legalidad urbanística
Dichas notificaciones obran en las dependencias del Ayuntamiento de Pedralba, sito en Pl. Constitución, 1, donde los interesados podrán personarse para ser notificados. Transcurrido el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia se le tendrá por notificado a todos los efectos. Pedralba, 26 de enero de 2012.—El alcalde-presidente, Roberto Serigó Andrés. 2012/2645
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Ajuntament de Corbera Edicte de l’Ajuntament de Corbera sobre aprovació provisional de modificació de diferents ordenances fiscals. EDICT El Ple de l’Ajuntament de Corbera, en sessió ordinària de 26 de gener de 2011, adoptà l’acord provisional sobre la modificació de les ordenances fiscals següents: - Ordenança fiscal reguladora de les cases de banys, dutxes, piscines, instal•lacions esportives i altres serveis anàlegs. - Ordenança fiscal reguladora de llicències urbanístiques exigides per la legislació del sòl i ordenació urbana. - Ordenança fiscal de l’impost sobre vehicles de tracció mecànica. - Ordenança reguladora per la prestació de serveis administratius i urbanístics a instància de part. D’acord amb allò disposat en l’article 17.1 del Text Refós de la Llei Reguladora de les Hisendes Locals, aprovada per RDL 2/2004, de 5 març, s’exposen al públic i aquells que es refereix l’article 18 de l’esmentada Llei perquè, durant el termini de trenta dies hàbils, hi puguen ser examinats els expedients i presentar les reclamacions que estimen oportunes. En cas de no presentar-s’hi reclamacions, l’acord provisional s’entendrà definitivament aprovat, segons el que disposa l’article 17, apartat 3, del citat TRLHL. Corbera, 27 de gener de 2012.—L’alcalde, Jordi X. Vicedo Jiménez. 2012/2649
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Ajuntament de Corbera Edicte de l’Ajuntament de Corbera sobre aprovació provisional del Reglament d’Honors i Distincions. EDICTE El Ple de l’Ajuntament de Corbera, en sessió del dia 26 de gener de 2012 aprovà inicialment el Reglament d’honors i distincions de l’Ajuntament de Corbera. Per la qual cosa s’exposa a informació pública pel termini de trenta dies als efectes de presentació de reclamacions i suggeriments, en compliment d’allò establert en l’art. 49 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases del Règim Local. Si en el termini d’exposició pública no s’hagueren presentat reclamacions, es considerarà l’acord definitivament aprovat, sense perjudici de la publicació de l’aprovació definitiva a l’efecte de la seua entrada en vigor. Corbera, 27 de gener de 2012.—L’alcalde, Jordi X. Vicedo Jiménez. 2012/2650
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Ayuntamiento de Gandia Edicto del Ayuntamiento de Gandia sobre notificación de los expedientes sancionadores que se citan en materia de tráfico. EDICTO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican contra las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, se inicia con el expediente Nº 46131110014618 y termina con el Nº 46131120000327, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones del Ayuntamiento de Gandia, asistiendo a los interesados el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido el plazo sin formular alegaciones, o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas resoluciones. RELACION EXPEDIENTES Nombre Apellidos
Matrícula
Fecha
Lugar
Precepto
Art.
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110014618
0
PAU COMAS GOMAR
0792-GZR FORD
05/08/2011 23:27
ALCOI
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
ISABEL Mª SAN LEANDRO QUIÑONERO
4990-GYS SEAT
08/08/2011 16:30
APARISI I GUIJARRO
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110014768
0
FERNANDO CUBERO BAENA
1353-GNH A.U.D.I.
08/08/2011 22:32
VELES I VENTS
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110014781
0
FELIX IZQUIERDO BACHILLER
5776-FHZ HYUNDAI
12/08/2011 22:35
VELES I VENTS
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110015184
0
GREGORIO LOPEZ-ARREGUI SAMPEDRO
3937-FZW B.M.W.
15/08/2011 10:45
VALLDIGNA (LA)
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110015190
0
AARON FILIBERTO SISTERNES SANCHEZ
6131-GYT MERCEDESBENZ
14/08/2011 01:00
RIBERA BAIXA
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110015231
0
OLGA UTRILLA RECUERO
2691-FYS MERCEDESBENZ
26/08/2011 08:36
ALCOI
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110016068
0
GABRIEL FEDERICO MILLET CASTILLO
6343-BWS VOLVO
04/09/2011 17:20
ROSA DELS VENTS
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
100,00
46131110016453
0
PAUL NOEL FOGARTY
9459-GDK FORD
09/09/2011 13:25
PARANINF
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
100,00
46131110016793
0
CARLOS TORNERO ESTEBANEZ
5507-DCZ ALFA ROMEO
09/09/2011 11:05
LLARGUER
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110016810
0
JORGE LUIS ZARZOSA DIAZ
4644-DDP B.M.W.
24/09/2011 16:25
EUROPA (D')
CIRCULAR SOBREPASANDO LA VELOCIDAD REGLAMENTARIAMENTE ESTABLECIDA
050
300,00
46131110016923
2
JOSEFA MARTI GARCIA
7945-CNG A.U.D.I.
12/09/2011 09:10
GUITARRISTA SALVADOR GARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110016924
0
MIGUEL PELLICER BATALLER
5966-FHG MERCEDESBENZ
14/09/2011 12:05
CARMELITES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110017022
0
XAVIER HERNANDO COMELLA
5386-FRD VOLKSWAGEN
16/09/2011 16:15
SANT RAFAEL
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110017083
0
JOSE VICENTE CANET FERRER
7215-BPY ALFA ROMEO
13/09/2011 16:37
MARQUESA DE JURA REAL (DE
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110017169
0
NIKOLAE FLORIN DIMITRU
4475-FFS FORD
20/09/2011 11:55
CARDENAL SANZ I FORES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110017287
0
ALBERTO GONZALEZ GONZALEZ
3409-DNZ PEUGEOT
19/09/2011 18:40
EXERCIT ESPANYOL
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110017294
0
ANTONIO PRIETO BERMEJO
3304-FPR MINI
22/09/2011 16:00
RAFELCOFER
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110017383
0
FERNANDO CHAFER OLTRA
5534-GSC A.U.D.I.
25/09/2011 04:10
CASTELL (DEL)
EMITIR RUIDOS EN LA VIA, REBASANDO LOS LIMITES REGLAMENTARIOS.
07
200,00
46131110017433
0
094
200,00
46131110017436
0
094
MARIA TERESA YEBENES ARROYO
6769-GTN AUDI
26/09/2011 11:10
VALL D'EBO
ESTACIONAR EN ZONA URBANA EN INTERSECCIÓN O EN SUS PROXIMIDADES, DIFICULTANDO EL GIRO A OTROS VEHICULOS
NIKOLAE FLORIN DIMITRU
4475-FFS FORD
27/09/2011 11:55
XERESA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110017480
0
MARIA CIOBOTARU
CS-2616-AU ALFA ROMEO
26/09/2011 11:30
CIUTAT DE LAVAL
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110017506
0
DELG.COCACOLA BEBIDAS LA SAFOR S.L.
2863-HFM FORD
28/09/2011 11:40
JOAN XXIII
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110017512
0
OSCAR MESA RAMIREZ
4978-GBY OPEL
29/09/2011 08:00
ORIENT (D')
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110017626
0
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Nombre Apellidos
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
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DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art. 091
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110017657
0
CEF ALMACEN MATERIAL ELECTRICO SA
5750-FYK FORD
30/09/2011 11:25
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
M CONSUELO NAVARRO LLOPIS
9161-FVM MERCEDESBENZ
02/10/2011 21:20
SANT VICENT FERRER
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110017741
0
JOSE MONCHO PLANES
V-6577-GG FORD
02/10/2011 17:14
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110017765
0
018
200,00
46131110017809
3
DAVID NADAL NAVARRO
5148-BXB B.M.W.
02/10/2011 21:55
GERMANIES (DE LES)
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELÉFONO MÓVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
JOSE MIGUEL GOMIS MOLL
9866-GFV FIAT
04/10/2011 19:15
MARQUES DE CAMPO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110017815
0
SALVADOR POLOP MIRON
V-1328-GV DAEWOO
04/10/2011 11:12
FONT D'EN CARROS (LA)
ESTACIONAR EL VEHICULO EN UN MISMO LUGAR DE LA VIA DURANTE MAS DE SIETE DIAS CONSECUTIVOS.
0OR
90,00
46131110017852
0
TIMOTEO PIRES PIRES
OU-7190-O RENAULT
07/10/2011 11:25
ALQUERIA DE LES ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO FLORS PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110017945
0
091
200,00
46131110017946
0
ADRIAN BALLESTER PEIRO
8017-GRL OPEL
05/10/2011 09:35
POU (DEL)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
VASILE GILBERT
9665-FHK OPEL
06/10/2011 17:30
EL·LIPTICA
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110017947
0
MOURAD BENSOT
0460-CWW SEAT
06/10/2011 07:35
ORIENT (D')
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110017949
0
094
200,00
46131110017951
0
JOSEP PASCUAL BENEYTO
7573-CBX CITROEN
06/10/2011 11:55
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
M TERESA MARTINEZ FERNANDEZ
4462-FYM TOYOTA
06/10/2011 11:00
VILA (DE LA)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA PARA USO EXCLUSIVO DE MINUSVALIDOS
094
200,00
46131110017953
0
VICENTE SIGNES PEIRO
C-7474-BNF YAMAHA
05/10/2011 12:32
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN UN CRUCE DE VISIBILIDAD REDUCIDA O EN SUS PROXIMIDADES
094
200,00
46131110017954
0
JUAN CARLOS ESCUDERO MAGRANER
9284-FNL KYMCO
05/10/2011 10:30
HOSPITAL (DE L')
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110017955
0
CRISTIAN MANEA EMIL
A-0804-EH SEAT
06/10/2011 19:36
PINET
NO UTILIZAR EL CONDUCTOR DEL VEHICULO EL CINTURON DE SEGURIDAD O SISTEMA DE RETENCION HOMOLOGADO CORRECTAMENTE ABROCHADO
0117
200,00
46131110017957
3
LUIS GALLAT DE CASTRO
2688-GSC GILERA
07/10/2011 11:45
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110017960
0
BAUTISTA FUENTES DIAZ JOSE
V-9922-FZ FORD
06/10/2011 16:50
VALENCIA (DE)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110017964
0
094
100,00
46131110017965
0
GALIA YADIRA RIOFRIO RAMOS
M-5936-ZT RENAULT
05/10/2011 17:25
PARC DE L'ESTACIO
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
IVELIN DIMITROV IVANOV
7510-CXM OPEL
06/10/2011 11:25
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110017969
0
Mª DEL CARMEN PEIRO ESCRIVA
8009-DPS HYUNDAI
05/10/2011 16:34
MARQUES DE CAMPO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110017974
0
MARIA ANTONIA GONZALEZ OCHOA
4511-CPS FORD
05/10/2011 20:08
CIUTAT DE BARCELONA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110017976
0
091
200,00
46131110017980
0
JUAN IBAÑEZ MEDINA
V-3139-FV FORD
06/10/2011 11:27
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
MANUEL MORENO SANTIAGO
A-6094-EK SEAT
06/10/2011 10:20
OLIVA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110017982
0
JOSE ANTONIO HERRERA IBAÑEZ
B-8640-OU SEAT
07/10/2011 20:10
PINTOR JOAN DE JOANES
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110017986
0
IVAN LOPEZ PEREZ
C-2642-BTX YAMAHA
08/10/2011 13:00
FERROCARRIL D'ALCOI
NO UTILIZAR ADECUADAMENTE EL CONDUCTOR DEL VEHICULO EL CORRESPONDIENTE CASCO DE PROTECCIÓN HOMOLOGADO O CERTIFICADO
0118
200,00
46131110017988
3
ANTONIO CREMADES SALABERT
7158-CSC PEUGEOT
05/10/2011 19:25
MESTRE GINER
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110017993
0
MARTHA CECILIA LLUMIGUSIN ESCOBAR
1251-BLG KIA
08/10/2011 12:20
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110017999
0
JOSE ANTONIO COSTA TORRES
8376-FKT CITROEN
07/10/2011 16:00
MIRAMAR
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018000
0
094
200,00
46131110018005
0
094
200,00
46131110018009
0
ANTONIO ANGEL CORBACHO PAREJA
9350-BHV ROVER
09/10/2011 19:35
VALLIER
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
EDITH JANETH OSORIO MONTEFRIO
1030-DLT SUZUKI
09/10/2011 18:07
ESCOLAPIES (DE LES)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
87
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110018011
0
SILVIA SUÑER ROMERO
1881-CHK VOLKSWAGEN
08/10/2011 17:50
COLON
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
VIRTUDES ROMERO MAYOR
7291-BYV MERCEDESBENZ
07/10/2011 15:53
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018013
0
FRANCISCA PEREZ ALCAÑIZ
V-3352-FZ CHRYSLER
09/10/2011 16:37
BAIREN
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018020
0
JOSE GRIMAL SANCHIS
C-1209-BTZ ZNEN
09/10/2011 16:35
LEGIONARI BERNABEU
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018021
0
LOUIS NICOLAY JEAN CLAUDE
1454-CHZ SEAT
07/10/2011 11:10
PRADO (DEL)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018022
0
ELENA ESPASA PEREZ
0511-CPF RENAULT
07/10/2011 16:40
VALLIER
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018023
0
ARMINDA MOJICA LOPEZ
V-0016-GP RENAULT
05/10/2011 17:05
ESPANYA (D')
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018027
0
0117
90,00
46131110018028
0
094
ADRIAN CIOBANU
V-5941-EU RENAULT
08/10/2011 08:35
EL·LIPTICA
NO UTILIZAR EL PASAJERO DEL VEHICULO MAYOR DE 12 AÑOS Y CON ALTURA SUPERIOR A 135 CM. EL CINTURON DE SEGURIDAD O SISTEMA DE RETENCION CORRECTAMENTE ABROCHADO
AGUSTIN ESCALANTE MUÑOZ
0114-CDB RENAULT
05/10/2011 16:05
PRIMER DE MAIG
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018030
0
JOSE LUIS RELAÑO LARA
9690-FVZ FORD
05/10/2011 11:30
PARE PASQUAL CATALA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018035
0
V-2129-HH FIAT
10/10/2011 12:10
EL·LIPTICA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018039
0
094
200,00
46131110018040
0
ROBERTO VALCARCEL VALVERDE JOSEFA CALABUIG FORNES
6423-BTF NISSAN
10/10/2011 10:05
SANT PERE
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
Mª ANTONIA LEURENDI
B-5422-UV CITROEN
10/10/2011 09:22
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018044
0
ANDREI ANTONICA STEFAN
2743-BSJ RENAULT
10/10/2011 09:25
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018045
0
FRANCISCO CANTOS CASAS
6097-FWY SEAT
10/10/2011 09:25
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018046
0
M TRINIDAD MARTINEZ MIRET
6666-CCY PEUGEOT
10/10/2011 12:20
MAJOR
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018049
0
DOMINGO PEREZ MARTINEZ
8232-DFS MERCEDESBENZ
10/10/2011 15:40
GERMANA RITA (DE LA)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018051
0
SHEILA MARTINEZ MONTERO
1615-FDK KIA
10/10/2011 09:10
EXERCIT ESPANYOL
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018055
0
ANTONIO ESTRUCH LURBE
V-9449-FF MERCEDESBENZ
10/10/2011 12:20
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018056
0
KARROUM OUAFAA
8116-CRJ B.M.W.
10/10/2011 11:50
VALENCIA (DE)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018057
0
094
100,00
46131110018058
0
ANTONIO SAMBLAS SANCHEZ
3659-FLD ISUZU
11/10/2011 16:21
VALL D'EBO
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
DAVID BAÐULS ALBORCH
4532-DND CITROEN
11/10/2011 12:00
DOCTOR GOMEZ FERRER
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018061
0
ANTONIO MARIN MARIN
7923-BRK MERCEDESBENZ
11/10/2011 12:04
DOCTOR GOMEZ FERRER
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018063
0
JOSE MANUEL CLIMENT CISCAR
V-2215-FD VOLKSWAGEN
11/10/2011 09:05
GABRIEL MIRO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018064
0
PEDRO MAHIQUES DONET
9229-CCD OPEL
11/10/2011 12:20
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018065
0
TAVER-RIEGOS SL
V-5223-FB CITROEN
05/10/2011 11:30
NOU
NO RESPETAR LA INDICACIÓN DE UNA MARCA VIAL AMARILLA
0171
80,00
46131110018067
0
ANTONIO RODRIGUEZ HEREDIA
9623-CSB RENAULT
10/10/2011 09:20
GUITARRISTA SALVADOR GARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018068
0
VALENTIN CORONADO GONZALEZ
A-3698-EG HYUNDAI
10/10/2011 09:51
ESPANYA (D')
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110018074
0
JENNIFER CAMARASA MAHIQUES
A-3555-CZ RENAULT
11/10/2011 11:47
MAGDALENA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018075
0
MIHAI EDUARD CIOBOTARU
1870-FPJ VOLKSWAGEN
05/10/2011 00:45
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA PARA USO JOAN MARTORELL EXCLUSIVO DE MINUSVALIDOS
094
200,00
46131110018081
0
FCO, VICENTE LLORCA NADAL
0746-CSG PEUGEOT
11/10/2011 15:30
EXERCIT ESPANYOL
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018082
0
JULROMA REFORMA
0994-CKJ CITROEN
05/10/2011 00:42
JOAN MARTORELL
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA PARA USO EXCLUSIVO DE MINUSVALIDOS
094
200,00
46131110018083
0
BUTLLETÍ OFICIAL
88
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos
Fecha
Lugar
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
9611-DYG OPEL
09/10/2011 13:00
SANT VICENT FERRER
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
CONCEPCION MERI UBEDA
5281-FVW MERCEDESBENZ
11/10/2011 16:50
MARE NOSTRUM
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
MERCEDES GOZALBEZ MORATAL
9334-DXX FORD
09/10/2011 13:10
SANT VICENT FERRER
AGUSTIN GALLEGO COSTA
2167-FXY A.U.D.I.
11/10/2011 15:15
ANTONIO SANFELIX ARLANDIS
5468-FJV RENAULT
09/10/2011 13:50
FRANCISCO JAVIER RIO DEL GONZALEZ
Matrícula
BOLETIN OFICIAL
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110018084
0
094
90,00
46131110018085
0
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018088
0
GUARDAMAR
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
100,00
46131110018089
0
SANT VICENT FERRER
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018090
0
094
100,00
46131110018092
0
ANTONIA TERRERO EBET HILDA
5610-GJH FIAT
11/10/2011 18:50
NOU D'OCTUBRE
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
EL AADAOVI KARIM
8116-CRJ B.M.W.
10/10/2011 12:40
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018093
0
11/10/2011 09:23
ERMITA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
200,00
46131110018094
0
FRANCISCO JAVIER GOMAR BOS7874-DGZ SEAT CA MANUEL ARROYO HINOJOSA
9156-FFP PEUGEOT
10/10/2011 12:31
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018096
0
SALVADOR CAPELLINO PEIRO
1912-HBT A.U.D.I.
11/10/2011 09:32
REI
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018097
0
091
200,00
46131110018098
0
ESTHER PARADELO BARREDO
0360-FNB FORD
10/10/2011 11:58
NOU D'OCTUBRE
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
OSCAR BERTO GUIJARRO
V-8802-GG AUDI
09/10/2011 13:07
SANT VICENT FERRER
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110018101
0
J. ENRIQUE CATALA CATALA
8610-CHJ RENAULT
11/10/2011 11:51
APOSTOLS (DELS)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018102
0
LEANDRO ALAIN MARTI GARCIA
V-9437-GU A.U.D.I.
11/10/2011 15:08
PARE PASQUAL CATALA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018106
0
JOSE DAVID MARTINEZ GARCIA
1230-FWR FORD
11/10/2011 11:07
ABAT SOLA
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018109
0
094
100,00
46131110018110
0
SERGIO SOLER VICENTE
V-7293-FJ VOLKSWAGEN
12/10/2011 20:50
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VILALLONGA (DE) VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
OTILIO MARQUEZ VILA
8599-BRX OPEL
11/10/2011 11:00
CIUTAT DE LAVAL
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018111
0
JUAN SOLA SERRANO
3436-GNH HYUNDAI
10/10/2011 08:30
BENICANENA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018115
0
SALVADOR FALQUET CAUDELI
V-7434-FS PEUGEOT
09/10/2011 17:17
SANT VICENT FERRER
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018117
0
JOSE LUIS GARCIA GILABERT
4905-GKY FORD
11/10/2011 12:15
APARISI I GUIJARRO
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018119
0
IVAN GOMAR CACHINERO
1195-GCP GILERA
12/10/2011 16:00
GABRIEL MIRO
NO UTILIZAR ADECUADAMENTE EL PASAJERO DEL VEHICULO EL CORRESPONDIENTE CASCO DE PROTECCIÓN HOMOLOGADO O CERTIFICADO
0118
200,00
46131110018120
0
VICTOR VTE. BONO SANSALONI
1479-CGV FIAT
09/10/2011 18:14
SANT PERE
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018121
0
J. ANGEL DE ROMAN SOLER
8375-CLY PEUGEOT
11/10/2011 11:00
APARISI I GUIJARRO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA PARA USO EXCLUSIVO DE MINUSVALIDOS
094
200,00
46131110018123
0
NIEVES BOZA MARCOS
B-7568-VP NISSAN
13/10/2011 13:20
PLUS ULTRA
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018125
0
ANTONIO CASTRO CAMPOVERDE EDWIN
1204-DYV SEAT
11/10/2011 19:42
MESTRE GINER
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018127
0
JOSEFINA SEARA CRESPO
6146-GZS LAND ROVER
13/10/2011 12:45
PLUS ULTRA
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018128
0
MARCIA CHOLIMA MALPARTIDA
V-7486-HD OPEL
13/10/2011 09:36
PINET
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018129
0
JESUS FRANCO FUENTES
V-6262-HF RENAULT
17/10/2011 10:00
CIUTAT DE LAVAL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018132
0
ADRIAN PETER DARIUS
V-2753-FM FORD
25/10/2011 08:45
CIUTAT DE LAVAL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018135
0
MARIA SALOME MONZO ESCRIVA
4648-HFR NISSAN
13/10/2011 12:45
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018137
0
ANTONIYA DIMITROVA VANEVA
2410-DNV KIA
13/10/2011 13:10
MAJOR
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110018140
0
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula
Fecha
JOSE ANDRES GREGORI PEREZ
V-2213-GL VOLKSWAGEN
19/10/2011 11:35
VALENTIN SARANGO REALPE EDISON
6814-CBS HYUNDAI
13/10/2011 09:37
Lugar
BOLETIN OFICIAL
89
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
ROIS DE CORELLA ESTACIONAR EN DOBLE FILA
Art.
Euros
Expediente
Pto.
094
200,00
46131110018141
0
PINET
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018142
0
ESCOLAPIES (DE LES)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018145
0
JOSE ANTONIO SANCHIS MALONDA
1965-GJW LAND 15/10/2011 ROVER 09:07
MARIA INMACULADA JEREZ BRINES
8963-DZW KIA
13/10/2011 09:20
MAR (DE LA)
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELÉFONO MÓVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
018
200,00
46131110018146
3
DIOPER URBANA SL
8546-FDP RENAULT
15/10/2011 09:21
VALENCIA (DE)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018149
0
GENOVEVA ESCRIVA BALLESTER 2858-DTS FORD
15/10/2011 11:58
GRAU (DEL)
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018150
0
ACEBO MIGUEL SANCHEZ GOMEZ
9985-DZK SEAT
15/10/2011 12:05
GRAU (DEL)
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018152
0
SHABBIR HUSSAIN
A-9478-CX RENAULT
15/10/2011 09:05
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018157
0
094
200,00
46131110018158
0
ALEXANDRU BRISI
1906-CBJ CITROEN
13/10/2011 08:45
MONDUVER
ESTACIONAR EN ZONA URBANA EN INTERSECCIÓN O EN SUS PROXIMIDADES, DIFICULTANDO EL GIRO A OTROS VEHICULOS
LUCIA PADILLA PRADO DEL
9504-BJT VOLKSWAGEN
13/10/2011 09:50
GUITARRISTA SALVADOR GARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110018160
0
ERSIN ALIEV KARAALIEV
V-8577-FS FORD
13/10/2011 16:00
COLON
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018161
0
FRANCISCO VAZQUEZ VAZQUEZ
5406-DPS VOLKSWAGEN
13/10/2011 16:19
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018162
0
JOSE MARIA LLINARES JORDA
C-4298-BMZ HYOSUNG
13/10/2011 17:50
SANT RAFAEL
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
200,00
46131110018165
0
CRISTINA SABATER BOLUFER
V-2401-GM FORD
14/10/2011 13:20
VELL D'OLIVA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018170
0
VICENTE CASTELLO GARCIA
5975-GCN FORD
13/10/2011 12:30
LORETO
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018172
0
CAROL LOUISA HELYETT THOMAS
M-2962-TB SEAT
13/10/2011 08:45
MONDUBER (DEL)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018174
0
GEMMA M BORONAT CASANOVA
2214-FZK PEUGEOT
15/10/2011 12:17
NAU (LA)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018176
0
SALVADOR PEREZ VAYA
2867-FVX FORD
13/10/2011 20:15
ALACANT
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018179
0
L PIROTECNIA HERMANOS BORREDA S
V-9129-DW NISSAN
16/10/2011 20:00
SAFOR (LA)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018180
0
FEDERICO SALCEDO LOPEZ
C-9290-BBH APRILIA
13/10/2011 12:45
ALACANT
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018181
0
JOSE RAMON PEREZ GEA BAÑULS
8969-CGP A.U.D.I.
16/10/2011 17:20
SANT FRANCESC DE BORJA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018182
0
MINCHEVA HRISTOVA RADOST
4413-CKG CITROEN
15/10/2011 13:08
MARE DE DEU BLANQUETA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110018183
0
FRANCISCO GARCIA PALOMO
C-4784-BVC YAMAHA
13/10/2011 13:13
SANT PERE
NO UTILIZAR ADECUADAMENTE EL CONDUCTOR DEL VEHICULO EL CORRESPONDIENTE CASCO DE PROTECCIÓN HOMOLOGADO O CERTIFICADO
0118
200,00
46131110018186
3
LEONARDO IGLESIAS GONZALEZ
1159-CBD PEUGEOT
15/10/2011 13:14
GOLETA (LA)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110018188
0
LEONARD HOLMES PHILIP
V-9034-EX NISSAN
14/10/2011 15:45
SANT PERE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA PARA USO EXCLUSIVO DE MINUSVALIDOS
094
200,00
46131110018191
0
AMADEO RAMON MARTINEZ MARTINEZ
4757-CLV FORD
15/10/2011 23:00
LEGIONARI BERNABEU
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018193
0
EVA GARCIA CATALA
5122-BTN PEUGEOT
13/10/2011 18:55
FOIES (DE LES)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110018195
0
EMANUEL DANIEL PETRISOV
6057-DST FORD
14/10/2011 08:35
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018196
0
FRANCISCO MORA ALONSO
1189-CJG OPEL
14/10/2011 15:50
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
80,00
46131110018199
0
MANUEL TOMAS GARCIA
3420-GXC VOLKSWAGEN
14/10/2011 19:40
APOSTOLS (DELS)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018200
0
BUTLLETÍ OFICIAL
90
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110018204
0
SL ODISEY 2005 TRANSPORTES
6265-DRF B.M.W.
14/10/2011 13:30
PINET
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
IVELIN DIMITROV IVANOV
7510-CXM OPEL
13/10/2011 19:10
MARQUES DE CAMPO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018205
0
094
200,00
46131110018206
0
094
MIGUEL MARZAL MAGRANER
V-0283-FV OPEL
14/10/2011 12:35
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
GEMA MARCOS ORTUÑO
9758-GMC TOYOTA
14/10/2011 12:40
MESTRE GINER
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018209
0
MARIA TEBAR ALFARO
3219-FWX FORD
14/10/2011 19:44
REAL DE GANDIA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018215
0
094
200,00
46131110018217
0
SL DAVISA CONSTRUCCIONES Y REFORMAS
A-8957-DJ FIAT
14/10/2011 15:35
BAIREN
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
Mª CONCEPCION PEIRO GAVILA
8091-DFW MERCEDESBENZ
13/10/2011 21:00
ROTOVA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018219
0
RICARDO GONZALEZ BARRULL
6976-DKJ OPEL
16/10/2011 19:15
TRANSFORMADOR
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018227
0
H KLAR CONSTANZE
9936-CGZ RENAULT
13/10/2011 07:00
ORIENT (D')
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110018228
0
091
200,00
46131110018229
0
JENNIFER PASTRANA GARCIA
6689-CTW FORD
13/10/2011 09:26
COLON
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
LIVIA CARMEN MOLDOVAN
2448-FCY VOLVO
13/10/2011 09:10
BENISSUAI
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110018240
0
TOSHO MITEV TODOROV
X3991AH RENAULT
16/10/2011 23:11
CIUTAT DE LAVAL
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018241
0
JESUS RUBIRA ROMEO
7100-FYB PEUGEOT
15/10/2011 15:54
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
100,00
46131110018242
0
7254-FNX FORD
15/10/2011 15:52
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018243
0
094
200,00
46131110018250
0
LUIS ALMENAR BETANCOURT LIBUSE JANAKOVA
P-6610-BCH FORD
13/10/2011 13:15
SINIA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
MANUEL TOMAS GARCIA
3420-GXC VOLKSWAGEN
15/10/2011 15:58
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
100,00
46131110018252
0
091
200,00
46131110018255
0
ADRIAN BALLESTER PEIRO
8017-GRL OPEL
18/10/2011 16:30
POU (DEL)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
DIOPER URBANA SL
1081-FLW RENAULT
14/10/2011 19:55
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018256
0
VICENTE MAYOR VIDAL
V-8903-FB TOYOTA
13/10/2011 12:11
GARBI
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110018257
0
ALICIA GREGORI ESTEVE
7445-CRJ RENAULT
13/10/2011 13:14
SINIA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018258
0
ANTONIO CREMADES SALABERT
7158-CSC PEUGEOT
13/10/2011 09:19
MARE DE DEU BLANQUETA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110018259
0
JORGE PERELLO ALMIÑANA
3566-FVB VOLVO
13/10/2011 11:46
RAVAL (DEL)
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110018261
0
091
200,00
46131110018262
0
EVA M IBAÑEZ BORRAS
7334-DMR CHEVROLET
14/10/2011 16:00
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
NICU FIERARU
V-0481-EZ OPEL
13/10/2011 12:08
SANT PERE
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018266
0
TERESA PAÑOS MADRONA
8038-DSF PEUGEOT
17/10/2011 12:01
BARX (DE)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018267
0
LYUBOMIROV BETOV PLAMEN
0296-DYK MERCEDES
17/10/2011 12:40
CARDENAL CISNEROS
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018269
0
CONSUELO ORTS MOYA
3611-FGV CHEVROLET
17/10/2011 10:50
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018271
0
HERRAJES SILLA
9191-CGS B.M.W.
17/10/2011 12:30
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018272
0
KRASSIMIR ARNALDOV GUEORGUIEV
14/10/2011 V-7030-GD OPEL 10:00
SANT JORDI
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018273
0
REI
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018274
0
FONTANERIA MACOC SL
6243-DDD FIAT
14/10/2011 11:20
JOSE MANUEL MIÑANA TARODO
V-5194-GG FORD
17/10/2011 16:15
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018275
0
MARCOS LOPEZ GONZALEZ
5281-HBD CHEVROLET
14/10/2011 11:22
JOAN XXIII
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018276
0
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos JAROSLAW MAZUR
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula V-9083-FS VOLKSWAGEN
Fecha 14/10/2011 12:30
Lugar
BOLETIN OFICIAL
91
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
GARBI
ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110018277
0
091
200,00
46131110018281
0
V-4525-HB FIAT
17/10/2011 10:45
NAU (LA)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
AMALIA ANDREA GOMIS NEGUE1345-BPB SEAT ROLES
14/10/2011 11:42
GOLETA (LA)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110018283
0
MICHAELA BEATE MUSZYNSKI
4772-BVZ SEAT
14/10/2011 10:30
PARANINF
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018289
0
ALEXANDRU BRISI
V-7698-FL BMW
13/10/2011 09:30
CARDENAL CISNEROS
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018291
0
091
200,00
46131110018294
0
JOHANNA GOMEZ SORNOZA GLENDA
KARIN MARGIANA FLORES GUAGAMA
8567-FTH FIAT
19/10/2011 11:07
REI
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
ENRIQUE GILABERT ESCRIVA
A-6761-DU PEUGEOT
19/10/2011 11:40
MOSSEN MORAGUES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018297
0
094
200,00
46131110018298
0
Mª CARMEN BORROY MEDINA
7551-BMT FORD
13/10/2011 13:25
NOU D'OCTUBRE
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
AISSATOU BAKHOUM
2809-BYH HYUNDAI
13/10/2011 13:40
SANT RAFAEL
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110018300
0
091
200,00
46131110018301
0
FEITOSA MEIRELES MAX LANIO
1728-FVR CITROEN
18/10/2011 11:15
PARANIMF (DEL)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
FLORENTINA LINCAN LILIANA
3198-CCZ OPEL
19/10/2011 15:40
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018302
0
Mª DEL CARMEN CABALLERO PONS
2044-CFZ OPEL
18/10/2011 09:35
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018303
0
DONKOV DONEV KALOYAN
V-6184-FP RENAULT
13/10/2011 09:22
COLON
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018304
0
094
200,00
46131110018305
0
RUSLAN FARADZHOV
C-8642-BRD DERBI
19/10/2011 09:22
PORT
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
COTS HERMANOS S L
9219-GNC BMW
18/10/2011 18:00
CARDENAL CISNEROS
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018307
0
IMPACTE MKC SL
4537-FGS B.M.W.
19/10/2011 14:00
APOSTOLS (DELS)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018314
0
MARCOS VICENTE CASTELLA GARCIA
0990-GWH DERBI
19/10/2011 09:12
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
100,00
46131110018315
0
091
200,00
46131110018319
0
JOSE MANUEL MIÑANA TARODO
V-5194-GG FORD
19/10/2011 16:30
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
ALEIXANDRE GUILLEM FEMENIA
5303-GYG A.U.D.I.
19/10/2011 16:01
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018320
0
JOSE ESTRUCH CAMARENA
1813-DRF FORD
19/10/2011 20:17
PRIMER DE MAIG
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018323
0
JACINTO RAMON SANCHIS BAÑO
0612-DJP IVECO
18/10/2011 08:40
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018324
0
HAGIU MIHAI MARIAN
7704-FRZ A.U.D.I.
19/10/2011 23:05
ALGEPSERIA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018325
0
JOSE LUIS GARCIA GILABERT
4905-GKY FORD
19/10/2011 09:40
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018327
0
MATILDE CAROLINA FAYOS MESTRE
9024-BLM A.U.D.I.
18/10/2011 11:35
SANT PERE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018328
0
JOSE RICARDO GUEVARA
7440-CNZ HYUNDAI
19/10/2011 09:48
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018329
0
SABDY BEATRIZ DEUSA CARDENAS
5031-DXP CHEVROLET
18/10/2011 10:25
REIS CATOLICS
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018331
0
094
100,00
46131110018333
0
FRANCISCA CARO LORA
7702-BMN NISSAN
19/10/2011 10:55
XERESA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
JOSE MANUEL PIÑERA BECERRIL
6555-BSC PEUGEOT
19/10/2011 09:20
GUITARRISTA SALVADOR GARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018334
0
JOSEFINA SEARA CRESPO
6146-GZS LAND ROVER
19/10/2011 11:09
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018336
0
ONVURU ASIE NTONGONO MODESTO
6564-DHR CHRYSLER
18/10/2011 16:05
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018339
0
MAOQUN YE
6894-DFJ NISSAN
19/10/2011 11:15
CARDENAL SANZ I FORES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018341
0
Mª TERESA GARCIA SENDRA
2163-CWY HYUNDAI
19/10/2011 11:29
ESPANYA (D')
ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110018347
0
BUTLLETÍ OFICIAL
92
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art. 0118
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110018349
0
ANDONI GRACIA CALVO
C-2609-BCW YAMAHA
18/10/2011 17:55
REIS CATOLICS
NO UTILIZAR ADECUADAMENTE EL PASAJERO DEL VEHICULO EL CORRESPONDIENTE CASCO DE PROTECCIÓN HOMOLOGADO O CERTIFICADO
DANIEL LUQUE ROSELLO
V-4816-FN RENAULT
18/10/2011 19:00
SANT VICENT FERRER
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018352
0
JUAN PEREZ FERRANDO
2616-GGP SEAT
20/10/2011 16:45
BOU
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018354
0
JAVIER FRAGA LAGUNA
5317-GTH CITROEN
20/10/2011 11:42
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018355
0
AMALIA ANDREA GOMIS NEGUE1345-BPB SEAT ROLES
20/10/2011 11:40
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018356
0
CELIA GOMEZ PARDO GABALDON
18/10/2011 09:55
JAUME II
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018357
0
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018358
0
4599-FTT CHRYSLER
URBADAIMUZ SL
2685-BRW JEEP
13/10/2011 12:00
SANT PERE
FRANCISC ROCA
A-1655-CH OPEL
18/10/2011 09:10
CALDERON DE LA ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO BARCA CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018359
0
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
100,00
46131110018360
0
JUAN PEREZ FERRANDO
2616-GGP SEAT
20/10/2011 09:40
MARINA (DE LA)
ROBERTO CEREZO MARGASIAN
5897-CYK MERCEDESBENZ
17/10/2011 09:50
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA ROIS DE CORELLA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018361
0
HAGIU MIHAI MARIAN
7704-FRZ A.U.D.I.
17/10/2011 08:35
FERROCARRIL D'ALCOI
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018364
0
JUAN FERNANDEZ RUANO
V-8712-GD FORD
17/10/2011 21:15
LITERAT AZORIN
NO UTILIZAR EL CONDUCTOR DEL VEHICULO EL CINTURON DE SEGURIDAD O SISTEMA DE RETENCION HOMOLOGADO CORRECTAMENTE ABROCHADO
0117
200,00
46131110018366
3
HICHAM LAGMURI
A-2888-CV RENAULT
20/10/2011 19:34
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA PARA USO EXCLUSIVO DE MINUSVALIDOS
094
200,00
46131110018367
0
DAMIAN KONRAD DONACIK
V-7395-FP MITSUBISHI
18/10/2011 09:15
GRAU (DEL)
ESTACIONAR EN UN CRUCE DE VISIBILIDAD REDUCIDA O EN SUS PROXIMIDADES
094
200,00
46131110018370
0
SARAI FARIÑAS AUSINA
5542-CXC A.U.D.I.
17/10/2011 14:00
ALACANT
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018375
0
MACARENA VALLE FERRER
3204-CVB HYUNDAI
20/10/2011 15:45
ALGEPSERIA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018376
0
M CARMEN ORSI ORENGO
5499-CNV FIAT
17/10/2011 10:40
MORAN RODA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018377
0
094
200,00
46131110018378
0
DIEGO ALBERTO GARCIA SALDAÑA
V-8001-EX PEUGEOT
17/10/2011 12:20
PINET
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
EMMANUELLE ANTOLIN CERVANTES
V-5605-HH CITROEN
20/10/2011 15:45
OLIVA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018379
0
ANTONIO RAMOS MORAGUES
5768-BZX VOLKSWAGEN
17/10/2011 13:10
ALACANT
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018381
0
094
200,00
46131110018382
0
EMMANUELLE ANTOLIN CERVANTES
V-5605-HH CITROEN
20/10/2011 10:55
OLIVA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
Mª DOLORES VILA MILLET
V-7571-FD ROVER
20/10/2011 10:40
VALLIER
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018385
0
PEDRO JOSE VALERO LOPEZ
3318-BNT CITROEN
21/10/2011 10:30
GERMANA RITA (DE LA)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018387
0
VALENTIN LOZANO PALOMARES
8684-DDL CITROEN
21/10/2011 09:30
NAU (LA)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018389
0
ALFONSO TIENDA BRAULIO
2328-GBM OPEL
20/10/2011 08:30
PINTOR FRANCESC RIBALTA
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018393
0
094
200,00
46131110018394
0
FATIMA ZOHRA DAOUMI
V-4401-HC FORD
21/10/2011 09:22
OLIVA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
PABLO HERNANDO QUEIPO ADRIAN
8579-GRB SEAT
20/10/2011 10:20
MESTRE GINER
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018395
0
RAFAEL LOPEZ VIDAL
7939-DYJ KIA
21/10/2011 09:20
OLIVA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018396
0
094
200,00
46131110018397
0
EMMANUELLE ANTOLIN CERVANTES
V-5605-HH CITROEN
21/10/2011 09:17
ALGEPSERIA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
VICENTE JOAQUIN REIG SOLIVA
V-7945-GZ CHRYSLER
21/10/2011 11:11
VALENCIA (DE)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018399
0
JUANA CARRASCO CHAVES
9989-DWV MERCEDESBENZ
20/10/2011 12:01
VALENCIA (DE)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018400
0
OSCAR SERRANO ANGULO
V-8874-HG FORD
21/10/2011 11:05
COLON
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018401
0
JUAN BAUTISTA TUR ESTRUCH
V-6198-GZ RENAULT
20/10/2011 11:29
LLARGUER
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018402
0
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
93
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Expediente
Pto.
200,00
46131110018403
0
0154
200,00
46131110018404
0
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
Euros
ALVARO CIRUJEDA DIAZ
7275-DDT FORD
21/10/2011 21:15
OSCAR LLORET MOLINA
0366-CWB VOLKSWAGEN
17/10/2011 12:09
BARX (DE)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
CRISTIAN VAIDA IOAN
4596-DLF RENAULT
20/10/2011 12:50
ALACANT
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
90,00
46131110018410
0
LUIS MULET BALBASTRE JOSE
3230-DRY PEUGEOT
21/10/2011 09:15
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018411
0
JUAN CARLOS SIGNES FERRER
4011-DCF OPEL
20/10/2011 12:56
ALACANT
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110018413
0
Mª TERESA CAPELLINO MONCHO 0022-FKW OPEL
20/10/2011 08:20
CANÇONER DE GANDIA (DEL)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
100,00
46131110018415
0
ALEJANDRO ORQUIN GARCIA
0926-CZC HONDA
20/10/2011 12:24
ALACANT
NO UTILIZAR ADECUADAMENTE EL CONDUCTOR DEL VEHICULO EL CORRESPONDIENTE CASCO DE PROTECCIÓN HOMOLOGADO O CERTIFICADO
0118
200,00
46131110018417
3
FCO JAVIER AMO PRIETO
3261-FKZ RENAULT
20/10/2011 11:50
COLON
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018419
0
SEBASTIAN ZANOTTA
8084-BHP SEAT
20/10/2011 11:40
PINET
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110018425
0
GOUMBALE CHEIKH SOUJOU
4136-BRS OPEL
20/10/2011 11:20
PLUS ULTRA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018426
0
RICARDO JOAQUIN MONCHO GINER
V-1663-GS SEAT
29/10/2011 11:20
EL·LIPTICA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018427
0
JAVIER MEDINA CORELL
6086-DJX FORD
21/10/2011 08:31
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018428
0
JUAN FERNANDEZ RUANO
V-8712-GD FORD
21/10/2011 19:30
SAFOR (LA)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018430
0
MIGUEL MARCHANTE MORENO
9405-GNM RENAULT
20/10/2011 11:35
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018431
0
094
100,00
46131110018433
0
CORPESA PTAS. ME.
2656-DNF MINI
21/10/2011 18:30
MARE DE DEU BLANQUETA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
MARIA LOPEZ FEMENIA
V-8979-GK PEUGEOT
20/10/2011 11:55
SANT PERE
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018434
0
M. VIOLETA AMAT COLLADO
V-9880-GT HYUNDAI
21/10/2011 18:35
MARE DE DEU BLANQUETA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110018435
0
MARIA MURESAN
V-2266-GN VOLKSWAGEN
21/10/2011 18:15
JOAN XXIII
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018438
0
MANUEL ESPAÑA PARIENTE JUAN
A-8265-DW VOLKSWAGEN
20/10/2011 19:05
JOAN XXIII
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110018439
0
ANGELES FERNANDEZ LUNA
V-3454-GV A.U.D.I.
21/10/2011 18:35
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018441
0
094
200,00
46131110018442
0
TRANS X CARRETERA CALATAYUD
9070-FSV SEAT
20/10/2011 20:19
FOIES (DE LES)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
MERCEDES DURA LLOPIS
A-8567-EG OPEL
21/10/2011 23:50
CIUTAT DE LAVAL
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018444
0
VANESSA MARTINEZ VIÑARTA
2612-BRW MERCEDESBENZ
21/10/2011 11:15
CARMELITES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018445
0
JUAN IBAÑEZ MEDINA
V-3139-FV FORD
21/10/2011 10:25
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018446
0
MADERAS VILA MARTI SL
9496-FBL MERCEDES
21/10/2011 12:05
OLTRA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018447
0
MATIAS MATEOS APARICIO TORRES
8939-CYJ OPEL
21/10/2011 19:15
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERDUQUESSA MARIA VADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS ENRIQUEZ HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018449
0
SALVADOR ESCRIVA ADROVER
4037-DCL RENAULT
20/10/2011 09:40
MARQUESA DE JURA REAL (DE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018450
0
ALEXANDRU BRISI
1906-CBJ CITROEN
20/10/2011 11:30
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110018451
0
VICTOR HUGO HURTADO IBAÑEZ
V-0423-FN CITROEN
20/10/2011 11:35
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110018452
0
WAHEED MUHAMAD IFTIVHAR
A-9478-CX RENAULT
20/10/2011 11:40
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110018454
0
094
200,00
46131110018456
0
094
90,00
46131110018459
0
MICHEL ALEMANY JEAN
6630-DJT PEUGEOT
20/10/2011 11:50
MAJOR
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
IVAN MAGRANER MARTINEZ
6637-FJD MAZDA
21/10/2011 17:40
CARDENAL SANZ I FORES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
BUTLLETÍ OFICIAL
94
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art. 091
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110018461
0
NATALIA MARIA BOIX MAÑO
5921-DDR SEAT
21/10/2011 16:10
ALACANT
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
SUSANA NADAL GARCIA
1485-GBK FORD
21/10/2011 17:55
SANT PERE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018464
0
M JOSE FAYOS CATALA
V-2266-GM CHRYSLER
21/10/2011 12:00
REI
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018466
0
094
200,00
46131110018475
0
SERGIY GORBACHYK
1839-DDR VOLKSWAGEN
21/10/2011 12:05
EXERCIT ESPANYOL
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
ALEJANDRA LUCIO VILAR
3878-GPZ TOYOTA
21/10/2011 13:15
EXERCIT ESPANYOL
ESTACIONAR EN UN CRUCE DE VISIBILIDAD REDUCIDA O EN SUS PROXIMIDADES
094
200,00
46131110018477
0
5078-CRK FORD
22/10/2011 14:45
IBIZA
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018480
0
ANTONIO OSPINA RESTREPO LUIS
6462-DZJ SEAT
21/10/2011 11:05
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018481
0
VICTOR MONTAÑES RAIDA
4940-GCV FORD
21/10/2011 09:24
ESPANYA (D')
ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110018483
0
094
100,00
46131110018485
0
RESTAURANTE GAMBA S.A.
CESAR DAVID BLANCO FERNANDEZ
M-5647-LU FORD
22/10/2011 09:50
SANT PERE
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
M. MONTSERRAT PASTOR PEREZ
7440-BJY DAEWOO
23/10/2011 21:20
ALCOI
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110018487
0
KWL SECO DOS MIL
V-0158-EX CITROEN
23/10/2011 20:00
ABAT SOLA
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018492
0
JAVIER RAMOS GALINDO FCO
7366-BWH OPEL
23/10/2011 16:32
SANT RAFAEL
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110018493
0
ROSA MARIA CASTELLO NAVARRO
6458-DVC A.U.D.I.
22/10/2011 10:53
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110018500
0
JOSE LUIS FERRER RIBES
V-9621-EM B.M.W.
22/10/2011 12:00
PARC DE L'ESTACIO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110018501
0
GARNIK MADATYAN
B-6876-TG A.U.D.I.
17/10/2011 12:08
BARX (DE)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018504
0
0154
200,00
46131110018506
0
AMPARO MIRALLES BLAY
5058-FVL B.M.W.
17/10/2011 12:03
BARX (DE)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
JENNY ELISABETH OLIVERA
V-4598-EG VOLKSWAGEN
22/10/2011 09:00
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018507
0
OSCAR CORTES RECIO
C-1090-BST YAMAHA
22/10/2011 20:50
PERE MARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE ENTRADA PROHIBIDA
0152
80,00
46131110018509
0
JOSEFA FERRANDO PALOMARES
NA-7068-AW SEAT
17/10/2011 11:40
PRIMER DE MAIG
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018511
0
FRANCISCO DE BORJA REYNAU BLASCO
1630-BZR OPEL
18/10/2011 11:10
BARX (DE)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018512
0
CONSTRUCCIONES MERIDIAN SL.
0730-BCH NISSAN
17/10/2011 12:25
MONDUBER (DEL)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018514
0
094
200,00
46131110018516
0
RAQUEL GARCIA LORENZO
4949-CNX SEAT
18/10/2011 11:42
SANT PERE
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
IVAN LOPEZ PEREZ
C-2642-BTX YAMAHA
22/10/2011 17:35
FERROCARRIL D'ALCOI
NO UTILIZAR ADECUADAMENTE EL CONDUCTOR DEL VEHICULO EL CORRESPONDIENTE CASCO DE PROTECCIÓN HOMOLOGADO O CERTIFICADO
0118
200,00
46131110018517
3
FRANCISCO JAVIER TORRES GAMBA
4848-DGM SEAT
24/10/2011 12:45
MONTDUVER
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110018523
0
FRANCISCO GUERRA BLANES
V-4379-FV PEUGEOT
25/10/2011 20:30
BARRANC
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110018524
0
MARIA ANGELES SALVAT JUAN
0876-HCP HYUNDAI
11/10/2011 10:25
CIUTAT DE BARCELONA
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018525
0
094
200,00
46131110018526
0
JOSE IGNACIO SEGUI HERNANDEZ
4037-FNY TOYOTA
24/10/2011 11:50
NOU D'OCTUBRE
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
RICARDO GONZALEZ BARRULL
6976-DKJ OPEL
24/10/2011 04:40
SANTA ANNA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018527
0
LOTHAR HOMMERILH ERWIN
A-2390-DP FIAT
26/10/2011 09:32
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018530
0
M BELEN JIMENEZ CONCA
6484-DZK VOLKSWAGEN
25/10/2011 16:00
GUITARRISTA SALVADOR GARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018532
0
MEDITERRANIA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018533
0
ANTONIO VICENTE BONET BALLESTER
9793-DMN YAMAHA
26/10/2011 12:25
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
95
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Euros
Expediente
Pto.
100,00
46131110018536
0
LUIS MANUEL POMBO GONZALEZ
C-5617-BRG GILERA
26/10/2011 16:30
PRIMERA PEDRA (DE LA)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
VICENTE CATALA FUSTER
4124-FZH CHEVROLET
25/10/2011 11:45
BARX (DE)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018537
0
7785-FWH RENAULT
25/10/2011 10:55
EL·LIPTICA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018538
0
JULIAN MESTRE ROIG
V-8967-EV NISSAN
26/10/2011 09:25
ABAT SOLA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018539
0
AGUSTIN GARCIA RICO SALVADOR
0960-DPS VOLKSWAGEN
25/10/2011 11:13
BENIARJO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018541
0
LEONOR MORENO LOPEZ
7940-DZY PEUGEOT
26/10/2011 11:35
SANT PERE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018542
0
ABDERRAHIN ES SAMADI
V-1986-GV SEAT
26/10/2011 11:30
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018544
0
MARIA ISABEL LOPEZ SCHUGT
A-3954-DV FORD
25/10/2011 08:38
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018553
0
091
200,00
46131110018557
0
094
MARIA ROSA REIG JUAN BAUTISTA
C-2420-BRH YAMAHA
05/10/2011 18:57
ALACANT
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
JUAN JOSE SANCHIS CUÑAT
9704-FJM MERCEDESBENZ
05/10/2011 12:35
GERMANIES (DE LES)
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELÉFONO MÓVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
018
200,00
46131110018562
3
LACUSTA STELICA NICOLAE
4292-CBL B.M.W.
26/10/2011 12:00
OLIVA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018564
0
ANTONIO MAFFI GIAN
3302-GYX CHRYSLER
26/10/2011 11:40
COLON
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018568
0
MARIA DOLORES BRITO PELLICER
0646-GNK OPEL
25/10/2011 18:30
NAU (LA)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018570
0
MARCOS LOPEZ GONZALEZ
5281-HBD CHEVROLET
24/10/2011 18:45
SANT PASQUAL
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018571
0
CAROLINA CALVO CAREAGA
V-1894-GH RENAULT
25/10/2011 16:50
GOLETA (LA)
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELÉFONO MÓVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
018
200,00
46131110018573
3
JAVIER BAQUERO GUARDIA
V-7822-GF DAEWOO
26/10/2011 15:45
OLIVA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018582
0
JOSE GONZALEZ RUBIO
V-8742-FZ SEAT
24/10/2011 09:32
ESPANYA (D')
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110018585
0
DRAGOS MILITARU VASILE
M-7278-VV OPEL
25/10/2011 10:45
CARMELITES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018587
0
094
100,00
46131110018589
0
ANTONIO GONZALEZ BARRULL
4969-DJF OPEL
24/10/2011 14:00
PERU
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
M. ROSARIO MUÑOZ CABELLO
3685-FDX CITROEN
27/10/2011 10:30
SANT RAFAEL
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018592
0
GARCIA FERNANDEZ C.B.
1996-GCY PEUGEOT
25/10/2011 16:51
BAIREN
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018594
0
JUANA CARRASCO CHAVES
9989-DWV MERCEDESBENZ
24/10/2011 13:20
ESPANYA (D')
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110018595
0
JUAN ANDRES CHOVA CASANOVA
V-9191-FF MERCEDESBENZ
25/10/2011 17:22
REPUBLICA ARGENTINA
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018596
0
FRANCISCO ESTRUCH MAYOR
V-0420-FV RENAULT
25/10/2011 17:45
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018599
0
PERVAIZ IQBAL SHAKAR BAJWA
9395-DYD RENAULT
25/10/2011 17:47
ESCOLAPIES (DE LES)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018600
0
CHARLES JOSE BARBER JAMES
9962-FZS RENAULT
24/10/2011 16:30
SANT PERE
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018601
0
VALERIY KIRILOV DACHEV
1695-BXG RENAULT
25/10/2011 16:15
VALENCIA (DE)
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110018602
0
AMPARO TRUJILLO EVSEEVA ELSA DEL
5879-DJZ DAEWOO
25/10/2011 17:10
SANTA CLARA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018604
0
GELU AVRAM
V-9500-FX A.U.D.I.
25/10/2011 17:45
SANT RAFAEL
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110018607
0
BUTLLETÍ OFICIAL
96
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Euros
Expediente
Pto.
100,00
46131110018608
0
SALVADOR CAPELLINO PEIRO
1912-HBT A.U.D.I.
25/10/2011 17:45
SANT RAFAEL
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
MANUEL SERRA PAJARON
9200-DGC FORD
24/10/2011 19:30
ALACANT
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018615
0
RAMONA SOARE
8273-DBD MAZDA
24/10/2011 08:38
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110018618
0
0118
200,00
46131110018619
3
094
ATANASOV YAKOV
C-2586-BVB YAMAHA
24/10/2011 08:50
VALENCIA (DE)
NO UTILIZAR ADECUADAMENTE EL CONDUCTOR DEL VEHICULO EL CORRESPONDIENTE CASCO DE PROTECCIÓN HOMOLOGADO O CERTIFICADO
RAFAEL TROTONDA MOLIO
V-2373-HH FORD
24/10/2011 08:55
VALENCIA (DE)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110018620
0
ADELINO MIÑANA APARISI
A-3086-CC RENAULT
24/10/2011 11:30
MADRID
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018622
0
MARTA MORMENEO BELTRAN
4627-GFY VOLKSWAGEN
24/10/2011 12:30
JAUME TORRES
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018623
0
CHARLES JOSE BARBER JAMES
9962-FZS RENAULT
24/10/2011 12:10
SANT PERE
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018626
0
PRESLAV NIKOLOV HITOV
V-7536-EZ VOLKSWAGEN
24/10/2011 08:55
FERROCARRIL D'ALCOI
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018627
0
094
100,00
46131110018629
0
JOSE SUÑER BALDOMINOS
3361-BVY VOLKSWAGEN
24/10/2011 12:15
GUARDAMAR
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
JUAN VERA HERRERAS
9087-GFV FORD
24/10/2011 10:28
ALACANT
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110018632
0
SERVICIOS Y PRO SAFOR, S.L.
7128-DSB FORD
24/10/2011 12:15
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018634
0
JORGE BILLOTTA
2624-DBF JAGUAR
24/10/2011 20:20
ALCOI
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110018635
0
MARIA JESUS VALLE DEL GARCIA
7380-FHB SEAT
24/10/2011 11:00
MARINA (DE LA)
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110018636
0
094
200,00
46131110018639
0
JOSE JAVIER SANVICENTE MENGUAL
5305-GXD HONDA
24/10/2011 09:45
GOLETA (LA)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
JINGJIE YING
0337-CLT PEUGEOT
24/10/2011 12:15
ABAT SOLA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018640
0
ANGEL LABORDA BURGOS
TF-1089-BX SEAT
26/10/2011 16:10
LORETO
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018642
0
MOHAMMED ARFAN
IB-6707-CS CITROEN
26/10/2011 15:46
OLIVA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018644
0
JOSE ANTONIO MORAGUES SAMPEDRO
9094-GPJ HYUNDAI
26/10/2011 15:51
SANT JOSEP
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018645
0
M TERESA TOMAS GARCIA
V-1482-HF VOLKSWAGEN
26/10/2011 16:16
MOSSEN MORAGUES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018648
0
EMILIA MARTINEZ TOMAS
3300-FTY RENAULT
28/10/2011 10:00
GUITARRISTA SALVADOR GARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110018651
0
GUIDO REA ZAMBRANA
4194-FTF SEAT
26/10/2011 16:38
JOAN RAMON JIMENEZ
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018652
0
JONATHAN GIL CATALA
2084-FRY VOLKSWAGEN
28/10/2011 09:55
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018653
0
EMIL IGNATOV OGNYANOV
2322-DBC NISSAN
26/10/2011 16:31
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018657
0
094
90,00
46131110018663
0
JUAN ESCRIVA CODINA
7717-GNP FORD
26/10/2011 19:55
PINET
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
RICARDO MORANT HERNANDEZ
9058-GBV SEAT
26/10/2011 19:45
TORRE DELS PARES
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018664
0
RIUET MUNTANYAR SL
7278-DDL RENAULT
28/10/2011 11:45
EL·LIPTICA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018668
0
BODIFAUS SL
8784-BPR JEEP
26/10/2011 17:10
SANT VICENT FERRER
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018669
0
GAYANE HAYRAPETYAN
9277-BCZ VOLKSWAGEN
28/10/2011 11:45
EL·LIPTICA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018670
0
GARNIK MADATYAN
B-6876-TG A.U.D.I.
28/10/2011 11:44
EL·LIPTICA
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110018671
0
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
Precepto
Art.
Expediente
Pto.
200,00
46131110018674
0
094
200,00
46131110018676
0
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018677
0
LLARGUER
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018679
0
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA PARA USO EXCLUSIVO DE MINUSVALIDOS
094
200,00
46131110018681
0
094
90,00
46131110018682
0
JULIO RIBES DEUSA
3940-DXV PEUGEOT
28/10/2011 11:17
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN UN CRUCE DE VISIBILIDAD REDUCIDA O EN SUS PROXIMIDADES
094
IGNACIO MONCHO SIGNES
3112-BRP MERCEDESBENZ
28/10/2011 11:13
XERESA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
ROSARIO GONZALEZ MARTINEZ
6279-DHJ OPEL
26/10/2011 16:25
LLUIS VIVES
ELENA RODRIGUEZ PAGAN
3674-CDJ FORD
27/10/2011 09:05
1251-BLG KIA
28/10/2011 16:38
MARTHA CECILIA LLUMIGUSIN ESCOBAR
97
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Euros
JUAN POLO PANIAGUA
7520-BTN A.U.D.I.
28/10/2011 17:55
ALZIRA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
NOELIA ORPEGUI ESTRUCH
5324-DKX RENAULT
26/10/2011 16:15
CANONGE MANJON
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018683
0
GABRIELA BONTA MIRELA
B-9431-UX SEAT
26/10/2011 20:50
CIUTAT COMTAL
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018684
0
091
200,00
46131110018686
0
ANGEL ARANDA CALZADO
1756-BXP CITROEN
26/10/2011 12:20
VALENCIA (DE)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
ALEKSANDAR ANGELOV BOZHNOV
PB-4460-BP BMW
26/10/2011 08:40
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018695
0
MIHAI BARACA
V-7330-FD RENAULT
28/10/2011 01:46
CARDENAL CISNEROS
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018700
0
JOSE PLA MORA
3638-FGF FORD
26/10/2011 08:53
ALACANT
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018704
0
GEMA AMAYA SL
6597-BMK CITROEN
26/10/2011 12:05
ALFARO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018707
0
ASUNCION CORTES ESCUDERO
0068-BHR A.U.D.I.
26/10/2011 11:20
PARANIMF (DEL)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018711
0
ANDRES SIGNES NOGUERA
V-3316-GY ROVER
27/10/2011 11:40
CARDENAL SANZ I FORES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018712
0
JULIO MAESTEGUI MARTINEZ
V-6557-GD SEAT
29/10/2011 11:34
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018716
0
CONSTANTINO MADRIGAL SABATER
6203-BCV CITROEN
29/10/2011 11:20
NOU D'OCTUBRE
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018717
0
091
200,00
46131110018718
0
JENNIFER GONZALEZ MORA
V-1555-HH CITROEN
29/10/2011 11:24
SANT PERE
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
LHOUCINE OUBIBI
NA-6715-AT NISSAN
26/10/2011 19:20
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018725
0
VICENTE ANDRES MAÑO
3858-DWD B.M.W.
30/10/2011 04:30
VILALLONGA (DE)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110018726
0
094
200,00
46131110018728
0
ROSA MARIA CASTELLO NAVARRO
6458-DVC A.U.D.I.
30/10/2011 19:50
CARMELITES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
MANUEL GARCIA PALOMO
V-0246-GC OPEL
26/10/2011 19:25
ERMITA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018732
0
ANGEL FERNANDEZ SALAS MIGUEL
1168-BRL RENAULT
26/10/2011 19:20
NAU (LA)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018733
0
JULIAN MESTRE ROIG
V-8967-EV NISSAN
26/10/2011 20:15
ALCOI
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018734
0
094
90,00
46131110018736
0
MARIA TERESA MATEOS NAVARRO
V-9840-HG FORD
07/11/2011 11:45
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMO ESTACIONADUQUESSA MARIA MIENTO CON LIMITACION HORARIA, SIN ENRIQUEZ COLOCAR EL DISTINTIVO QUE LE AUTORIZA , O EXCEDER EL TIEMPO AUTORIZADO AL EFECTO
JOSE LUIS RAJA VALLTA
6625-FPX FORD
31/10/2011 11:45
CALDERON DE LA ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO BARCA CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
FRANCISCA SESE MIRALLES
A-7546-CT FORD
31/10/2011 09:31
SEILA FUSTER NUÑEZ
C-1595-BTY YAMAHA
30/10/2011 20:30
JOSEFA CARBO BORRULL
6629-GXN CHEVROLET
ANA PEREZ ESTORNELL
ANTOANELA ILIYANOVA YAKOVA
094
90,00
46131110018737
0
BENICANENA
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018738
0
PERE MARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE CIRCULACION PROHIBIDA
0152
200,00
46131110018739
0
31/10/2011 11:25
BARX (DE)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018741
0
C-7580-BBY APRILIA
31/10/2011 11:25
CULLERA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018742
0
C-2586-BVB YAMAHA
30/10/2011 20:39
EXERCIT ESPANYOL
CIRCULAR CON EL VEHICULO RESEÑADO POR VIA SUFICIENTEMENTE ILUMINADA SIN LLEVAR ENCENDIDO ALUMBRADO DE CORTO ALCANCE O DE CRUCE ENTRE EL OCASO Y LA SALIDA DEL SOL.
0101
200,00
46131110018744
0
BUTLLETÍ OFICIAL
98
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Euros
Expediente
Pto.
90,00
46131110018745
0
COMARITAN OCTAVIAN
V-9821-FY A.U.D.I.
07/11/2011 12:13
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
EDUARDO ANDRES UZCATEGUI ZAMORA
V-5228-FM FORD
30/10/2011 03:11
MARITIM NEPTU
CIRCULAR EN SENTIDO CONTRARIO AL ESTIPULADO
041
200,00
46131110018747
0
094
200,00
46131110018748
0
094
FRANCISCO JORDA CIRUJEDA
V-7330-EN HONDA
07/11/2011 11:41
SANT PERE
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
ROSARIO CORTES RECIO
V-1468-EU OPEL
07/11/2011 11:48
SANT PERE
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018749
0
TAVERMATIC SL
5528-GBT MERCEDESBENZ
30/10/2011 19:22
SANT JOAN DE RIBERA
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018751
0
YULIA GARANINA
9458-GBY SEAT
30/10/2011 14:26
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018753
0
ROBERTO PATRICIO GUALA SANGUÑA
2990-FFS CHEVROLET
07/11/2011 08:30
LLUIS VIVES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018754
0
SILVIA BEJARAMO MARLOA
A-5637-EK FORD
30/10/2011 15:30
BLASCO IBAÑEZ
NO UTILIZAR EL CONDUCTOR DEL VEHICULO EL CINTURON DE SEGURIDAD O SISTEMA DE RETENCION HOMOLOGADO CORRECTAMENTE ABROCHADO
0117
200,00
46131110018756
3
SANDRO COSTABILE
8404-DBH TOYOTA
30/10/2011 11:48
CARDENAL CISNEROS
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018758
0
JOSE MARIA SANCHEZ ALCON PRADOS
V-6905-FG NISSAN
30/10/2011 20:00
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018759
0
M TRINIDAD MARTINEZ MIRET
6666-CCY PEUGEOT
07/11/2011 11:55
CARMESINA (DE)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018761
0
GLORIA VALLEJOS SILVA
V-4993-HF NISSAN
07/11/2011 09:05
VELL DEL GRAU
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018765
0
CONCEPCION MERI UBEDA
5281-FVW MERCEDESBENZ
07/11/2011 11:23
REI
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018766
0
NICOLAE TOMA BOGDAN
B-8370-UY B.M.W.
31/10/2011 10:30
BENISSUAI
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110018772
0
ISIDRO GARCIA IBAÑEZ
V-3309-FB FORD
31/10/2011 09:15
MARINA (DE LA)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018773
0
JESUS LLOPIS CLIMENT
V-4344-GH CITROEN
31/10/2011 09:20
PEIX
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018775
0
EMMA NELLY ALINE LOOSE
3021-HFW NISSAN
31/10/2011 11:13
CULLERA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018778
0
ADRIAN LOPEZ GALIANO
V-3034-GS FORD
31/10/2011 12:50
SANT RAFAEL
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018780
0
MIGUEL MARZAL MAGRANER
V-0283-FV OPEL
31/10/2011 16:31
CEMENTERI DE GANDIA
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
100,00
46131110018782
0
MARTA SANFELIX MARTI
6526-BGB SEAT
31/10/2011 17:00
CEMENTERI DE GANDIA
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018783
0
JOSE IVARS SUCH FRANCISCO
3087-CGD VOLKSWAGEN
01/11/2011 19:35
GABRIEL MIRO
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018787
0
7160-GSR FORD
01/10/2011 18:22
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018788
0
091
200,00
46131110018790
0
CRISTIAN RUBIO FURIO DONKOV DONEV KALOYAN
V-6184-FP RENAULT
02/11/2011 08:20
EL·LIPTICA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
ANA MARIA CLAROS YARIGUAY
V-1251-FL SEAT
02/11/2011 19:18
MORAN RODA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018792
0
JONATAN ARTACHO MORANT
V-7995-GY A.U.D.I.
02/11/2011 18:02
SANTA ANNA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018793
0
JOAQUIN ROBERTO VAYA MARTINEZ
V-0095-GU A.U.D.I.
02/11/2011 10:00
GUITARRISTA SALVADOR GARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110018794
0
CATALIN RAZVAN RENTEA
AB-3156-T PEUGEOT
02/11/2011 19:00
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110018795
0
FEITOSA MEIRELES MAX LANIO
1728-FVR CITROEN
02/11/2011 11:10
PARANINF
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110018797
0
JAIME GREGORI BONET
9241-FJT FORD
02/11/2011 11:15
NAU (LA)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018798
0
NICOLAEVA MINKOVA ELKA
4278-BYF PEUGEOT
03/11/2011 13:25
ALFARO
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018799
0
LAURA DONET MARTI
03/11/2011 V-1730-GD SEAT 16:26
GAIETA GARCIA
ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110018802
0
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
99
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Euros
Expediente
Pto.
JOSE RAMON GINER CHAFER
7407-BJY FORD
02/11/2011 13:10
SANT PERE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018809
0
SHABBIR HUSSAIN
A-9478-CX RENAULT
02/11/2011 08:24
FERROCARRIL D'ALCOI
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
100,00
46131110018812
0
WUILMER JOSE ECHAVEZ VERGARA
9888-BCW CHRYSLER
02/11/2011 08:26
FERROCARRIL D'ALCOI
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
100,00
46131110018813
0
JOSE VICENTE GREGORI PEIRO
3164-DHL SEAT
02/11/2011 09:42
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018814
0
MARIA GIRONES BORRAS
7434-BHF SEAT
02/11/2011 10:30
MESTRE GINER
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018816
0
ENRIQUE PELLICER LLOPIS
3742-GGX A.U.D.I.
02/11/2011 11:55
MOSSEN MORAGUES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
80,00
46131110018817
0
094
100,00
46131110018820
0
J.ANTONIO RODRIGO FERRER
V-2792-FB FORD
03/11/2011 11:00
MAGISTRAT CATALA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
VASILE ILCA EUGEN
V-6340-FJ FIAT
02/11/2011 16:30
SANT PERE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110018821
0
M.DEL CARMEN FERNANDEZ AGULLO
8728-BLM FORD
03/11/2011 09:36
PINET
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018823
0
091
200,00
46131110018824
0
R MONOVA MIGLENA
6630-CXK CITROEN
02/11/2011 18:45
MESTRE GINER
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
EVA MARIA RIBES FERRAIRO
2421-DVJ TOYOTA
02/11/2011 18:46
MESTRE GINER
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018828
0
ANTONIO MIGUEL BOQUERA HERNANDEZ
5552-BLF CITROEN
03/11/2011 18:20
XERESA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018829
0
DIANA SUKACKIENE
9068-BML SEAT
31/10/2011 08:20
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
80,00
46131110018830
0
EVA VICTORIA OLIVARES
1655-CZW CITROEN
02/11/2011 18:53
BAIREN
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018832
0
OLIVER STOICAN
6583-GNY MERCEDESBENZ
02/11/2011 19:33
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018836
0
CARLOS ALBERTO ESTABLE DIANA
C-6717-BL RENAULT
03/11/2011 09:40
PARANINF
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018840
0
ABDELFATAH SABRI
V-7211-GU PEUGEOT
02/11/2011 11:00
JOAN DE JOANES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018842
0
MARIA LOPEZ LOZANO
9836-FKL SEAT
31/10/2011 16:45
EL·LIPTICA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018844
0
LUIS JOSE CASTELLO ALTUR
V-6408-GS RENAULT
04/11/2011 11:21
BARX (DE)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018849
0
3033-FDN SUZU- 04/11/2011 KI 13:48
REPUBLICA ARGENTINA
NO RESPETAR EL CONDUCTOR DE UN VEHÍCULO LA LUZ ROJA NO INTERMITENTE DE UN SEMÁFORO
0146
200,00
46131110018851
4
03/11/2011 11:45
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018853
0
094
200,00
46131110018854
0
ROSA ANA FRASQUET CAMPUZANO
AMALIA ANDREA GOMIS NEGUE1345-BPB SEAT ROLES JUAN ROIG MIÑANA
8330-CZV FORD
04/11/2011 19:36
JESUITES (DELS)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
JUAN SIRVENT LOPEZ
9904-DKV FIAT
03/11/2011 12:20
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018855
0
STIL REICHELS GANDIA SL
4915-BPV CHRYSLER
04/11/2011 11:10
MAJOR
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110018857
0
MANUEL MONTESINOS CALERO
4568-DCF HONDA
03/11/2011 11:05
NAU (LA)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018859
0
BENITA VERONICA VILLARROEL SILVA
3860-DRG FORD
31/10/2011 18:40
CIUTAT COMTAL
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018862
0
JUAN VICENTE CONTRERAS GORDO
3125-DPK A.U.D.I.
03/11/2011 09:20
GRAU (DEL)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110018864
0
SALVA Y MARIO T
2237-CLJ VOLKSWAGEN
03/11/2011 11:15
ALACANT
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018865
0
094
90,00
46131110018868
0
MARIA RAMONA ROIG MENA
1361-FXG PEUGEOT
04/11/2011 12:45
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMO ESTACIONADUQUESSA MARIA MIENTO CON LIMITACION HORARIA, SIN ENRIQUEZ COLOCAR EL DISTINTIVO QUE LE AUTORIZA , O EXCEDER EL TIEMPO AUTORIZADO AL EFECTO
DOLORES SERRA ALFONSO
V-5512-FH FORD
03/11/2011 11:15
ALACANT
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110018869
0
ELVIRA ESCRIVA ROS
3702-BWJ A.U.D.I.
03/11/2011 21:50
SANT VICENT FERRER
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018870
0
BUTLLETÍ OFICIAL
100
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110018872
3
JESUS PELAEZ GINER
C-6185-BNG YAMAHA
04/11/2011 12:06
SANT RAFAEL
NO UTILIZAR ADECUADAMENTE EL CONDUCTOR DEL VEHICULO EL CORRESPONDIENTE CASCO DE PROTECCIÓN HOMOLOGADO O CERTIFICADO
JAVIER GARCIA CASTRO
5032-BML PEUGEOT
03/11/2011 10:14
SANT PERE
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018873
0
4279-FBB SEAT
03/11/2011 10:08
EL·LIPTICA
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018874
0
091
200,00
46131110018875
0
MARCO JOSE MOSQUEIRA MENDEZ
0118
JAIRO DUTZANTH VEIZAGA GONZALES
V-2008-FK RENAULT
03/11/2011 10:10
ABAT SOLA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
MARCIA CHOLIMA MALPARTIDA
V-7486-HD OPEL
04/11/2011 15:05
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
100,00
46131110018876
0
YENNY HURTADO ZABALA
2502-BDX NISSAN
31/10/2011 19:15
SANT PERE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018878
0
TRINIDAD MONTAGUT DONET
31/10/2011 V-6773-GB OPEL 19:20
SANT PERE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018879
0
MIGUEL VIDAL GUEROLA
6935-BJY ALFA ROMEO
31/10/2011 18:55
BENICANENA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018881
0
ANA MARIA GUEROLA CABANES
6879-FDM CHEVROLET
31/10/2011 23:07
ALQUERIA DE LES NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O FLORS RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018883
0
094
200,00
46131110018884
0
ARMENAK MINASYAN
8482-DRX FORD
03/11/2011 10:08
EL·LIPTICA
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
MARIA ROSARIO GONZALEZ MORANT
1128-BBD HYUNDAI
04/11/2011 15:05
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
100,00
46131110018885
0
FLORENTINO GOMEZ ROMERO
1603-DSB OPEL
05/11/2011 08:40
COLON
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018886
0
JESUS FAUS APARISI
V-1107-BY RENAULT
03/11/2011 09:53
MOSSEN MORAGUES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018887
0
WILSON GARRIDO HURTADO
V-2316-FG SEAT
04/11/2011 16:48
NOU D'OCTUBRE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110018888
0
091
200,00
46131110018889
0
ALEJANDRO LOPEZ ZURITA
0554-FSC RENAULT
05/11/2011 08:55
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
MARIA PELON DANUTA
5388-BNF OPEL
05/11/2011 13:20
SANT VICENT FERRER
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110018891
0
GLORIA PATRICIA GUTIERREZ MARQUEZ
3686-CFH MERCEDESBENZ
05/11/2011 13:59
ESPORTS (DELS)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018901
0
DIEGO SERIO JAVIER
8228-BTH SEAT
04/11/2011 09:35
SANT PERE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110018902
0
NICU FIERARU
V-7330-FD RENAULT
04/11/2011 10:00
CARDENAL CISNEROS
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
100,00
46131110018906
0
091
200,00
46131110018908
0
LUCIA SIGNES MIRET
V-6403-FN DAEWOO
05/11/2011 08:54
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
MARIA TERESA PUIG PEREZ
V-8458-GY HONDA
05/11/2011 11:50
COLON
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018909
0
FERNANDO RAMON REQUEJO ROBLEDO
7736-FBD RENAULT
04/11/2011 11:41
PINET
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110018910
0
JESUS CAMBRA APARISI
9682-GLD B.M.W.
04/11/2011 11:53
SANT PERE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110018911
0
ANTONIO PRIETO BERMEJO
6588-DXM NISSAN
05/11/2011 14:00
ESPORTS (DELS)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018912
0
PEREZ RAMIS, S.L.
2870-BLG BMW
05/11/2011 08:55
COLON
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018913
0
JOSE CLIMENT MAHIQUES
V-5630-GX SEAT
06/11/2011 15:30
CIUTAT DE LAVAL
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018916
0
SALVADOR DEUSA MORANT
5141-CKV MERCEDESBENZ
06/11/2011 19:10
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018917
0
DIMO TODOROV DIMOV
0546-CCP PEUGEOT
06/11/2011 18:50
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110018918
0
FRANKLIN GONZALO CONSTANTE ANDRANGO
5026-GCK TOYOTA
06/11/2011 16:00
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110018919
0
3900-BVV FORD
04/11/2011 09:50
LLARGUER
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018923
0
MIGUEL DOMENECH ALABOR
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos CESAR OCTAVIO IBAÑEZ SACRISTAN
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula
Fecha
2467-CZN NISSAN
07/11/2011 11:50
7158-CSC ANTONIO CREMADES SALABERT PEUGEOT
07/11/2011 11:10
Lugar
BOLETIN OFICIAL
101
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Expediente
Pto.
90,00
46131110018924
0
0154
80,00
46131110018925
0
094
90,00
46131110018931
0
NAU (LA)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
MAJOR
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
Euros
JAVIER MONTAGUT ESTRUCH
V-0249-GG CITROEN
07/11/2011 12:45
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMO ESTACIONADUQUESSA MARIA MIENTO CON LIMITACION HORARIA, SIN ENRIQUEZ COLOCAR EL DISTINTIVO QUE LE AUTORIZA , O EXCEDER EL TIEMPO AUTORIZADO AL EFECTO
LLORET PATATAS Y CEBOLLAS SL
8921-FTK MERCEDES
04/11/2011 08:40
PINET
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110018933
0
MANUEL SANTOS LOPEZ TARAVILLA
1945-FSX RENAULT
04/11/2011 11:50
ALACANT
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110018934
0
JUAN TALENS PALLAS
5124-CPT FIAT
03/11/2011 19:10
SANT PERE
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018935
0
091
200,00
46131110018940
0
JOSE LUIS PEREZ BROSETA
0962-FNS B.M.W.
03/11/2011 15:40
BAIREN
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
PURIFICACION POUS MIRALLES
0487-CCD RENAULT
04/11/2011 12:10
GOLETA (LA)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110018942
0
RADU BUJOR
V-8129-EW VOLKSWAGEN
03/11/2011 17:05
ABAT SOLA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018945
0
BORJA GARCIA ESCRIVA
0675-FXL RENAULT
03/11/2011 18:40
APARISI I GUIJARRO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018946
0
EDGAR MANUEL CALVA TAMAYO
9052-FZS VOLKSWAGEN
04/11/2011 21:25
PLUS ULTRA
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110018951
0
RAMON BLAZQUEZ MUNUERA
1059-BYY DAEWOO
04/11/2011 12:41
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMO ESTACIONADUQUESSA MARIA MIENTO CON LIMITACION HORARIA, SIN ENRIQUEZ COLOCAR EL DISTINTIVO QUE LE AUTORIZA , O EXCEDER EL TIEMPO AUTORIZADO AL EFECTO
094
90,00
46131110018954
0
VICENTE ESTRUCH PEREZ
6187-BTY FORD
03/11/2011 09:00
MAGISTRAT CATALA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110018956
0
RANGELOV ALEKSANDROV NIKOLA
8991-CGK OPEL
27/10/2011 19:20
ESPANYA (D')
ENTRAR EN ZONA EXCLUIDA DE LA CIRCULACIÓN (CEBREADO)
0170
80,00
46131110018959
0
ESPERANZA GARCIA FERNANDEZ
V-8003-GF RENAULT
27/10/2011 19:25
ESPANYA (D')
ENTRAR EN ZONA EXCLUIDA DE LA CIRCULACIÓN (CEBREADO)
0170
80,00
46131110018962
0
TZVIATKO JETCHEV TZVETKOV
V-9203-FV A.U.D.I.
03/11/2011 15:50
ESPANYA (D')
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018963
0
MIGUEL ANGEL MARTINEZ SANCHEZ
B-2042-OW OPEL
27/10/2011 20:55
SIMAT DE LA VALLDIGNA (DE
CONDUCIR DE FORMA NEGLIGENTE CREANDO UNA SITUACIÓN DE RIESGO O PELIGRO
03
200,00
46131110018965
0
JUAN MIGUEL CISCAR ESTRUCH
9285-FWC CITROEN
27/10/2011 19:43
ESPANYA (D')
ENTRAR EN ZONA EXCLUIDA DE LA CIRCULACIÓN (CEBREADO)
0170
80,00
46131110018966
0
015
90,00
46131110018967
0
LUIS MARIANO SANTIAGO ESTEBAN
V-4100-GL OPEL
08/10/2011 11:39
BAIREN
ESTACIONAR EL VEHICULO EN EL MISMO LUGAR DE LA VIA DURANTE MAS DE SIETE DIAS CONSECUTIVOS.
FUSTER MONCHO SL
3585-CDR RENAULT
27/10/2011 19:10
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018972
0
JAVIER FERNANDEZ LORENZ
5960-CVG NISSAN
27/10/2011 12:15
PERU
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110018973
0
094
90,00
46131110018974
0
M DOLORES FAUS CORTELL
7733-GXP VOLKSWAGEN
27/10/2011 09:35
ALACANT
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
PEDRO JAVIER FAUS FERRER
3076-DKX OPEL
27/10/2011 09:35
SANT PERE
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110018979
0
FLAVIO CRISTOBAL GUILLCATANDA QUINCHE
8883-BLC FORD
27/10/2011 15:10
LLUIS VIVES
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
100,00
46131110018981
0
JUAN VICENTE RICO CISCAR
A-7189-BS RENAULT
27/10/2011 18:11
GABRIEL MIRO
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018985
0
BALBINA NAVARRO CORTES
2454-BPF RENAULT
27/10/2011 16:31
SANT PERE
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110018993
0
MAQ.AGRICOLA TRATAM.Y CONSERV. SA
7911-FKT VOLVO
27/10/2011 17:35
CARMELITES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018995
0
MILENA ZHIVKOVA LYUTSKANOVA
6573-CDF CITROEN
27/10/2011 17:35
CARMELITES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110018998
0
FODOUL LAAGUILI
M-6807-UZ PEUGEOT
09/11/2011 00:25
ILLES CANARIES
NO UTILIZAR EL PASAJERO DEL VEHICULO MAYOR DE 12 AÑOS Y CON ALTURA SUPERIOR A 135 CM. EL CINTURON DE SEGURIDAD O SISTEMA DE RETENCION CORRECTAMENTE ABROCHADO
0117
200,00
46131110019004
0
VICENTA SUBIELA ESTRUCH
4091-BDL CITROEN
09/11/2011 09:20
PARANINF
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110019005
0
ANTONIO TERRADES ALEMANY
V-3610-GB CHRYSLER
09/11/2011 16:40
PRIMERA PEDRA (DE LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019008
0
BUTLLETÍ OFICIAL
102
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art. 094
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110019011
0
AMPARO MONCHO
V-8474-GM VOLKSWAGEN
10/11/2011 12:10
EXERCIT ESPANYOL
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
JUAN TOMAS COSTA BELENGUER
8267-FHB VOLVO
09/11/2011 11:20
NAU (LA)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110019012
0
CONSTANTE ANDRANGO FRANKLIN G.
8385-DJX FORD
09/11/2011 15:45
NOU D'OCTUBRE
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110019014
0
NADAL GANDIA, S.L.
V-6318-FP MERCEDESBENZ
10/11/2011 11:35
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019016
0
CRISTOBAL REBOLLEDO MORALES
A-0109-CK NISSAN
10/11/2011 11:00
ESPORTS (DELS)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019017
0
VICTOR MONTAÑES RAIDA
V-2474-GZ FORD
10/11/2011 09:21
SANTS DE LA PEDRA
ESTACIONAR EL VEHICULO EN UN MISMO LUGAR DE LA VIA DURANTE MAS DE SIETE DIAS CONSECUTIVOS.
0OR
90,00
46131110019021
0
AMPARO MAGRANER MELO
0988-CHD PEUGEOT
09/11/2011 20:39
PINET
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110019022
0
FRANCISCA HURTADO AMADOR
4229-FWW SEAT
09/11/2011 18:26
BAIREN
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019024
0
LOUBNA EL OUAGHMIRI HANNOU
7899-DNZ A.U.D.I.
10/11/2011 17:32
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019025
0
JUAN VTE SIRAGUSA MARTI
5434-CBB SEAT
10/11/2011 17:35
RAFELCOFER
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019029
0
M CARMEN XAIXO IBAÑEZ
8366-FBN A.U.D.I.
10/11/2011 08:30
MAJOR
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019030
0
MONICA SARRION OLIVER
7656-FCV PEUGEOT
09/11/2011 16:49
LLARGUER
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019031
0
INMACULADA GARCIA APARISI
8363-FMY PEUGEOT
10/11/2011 10:30
MARQUES DE CAMPO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019035
0
YOLANDA GALBIS FUENTES ATALIA
6015-DLT HYUNDAI
09/11/2011 09:40
SANT ROC
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019040
0
MARTA ROVIRA RAMOS
8391-DZG A.U.D.I.
10/11/2011 19:07
CARMELITES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110019042
0
JUAN CORTES BARRULL
V-7761-HF PEUGEOT
08/11/2011 11:50
CRIST REI
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110019045
0
CARLOS AYALA OCAÑA
A-1698-EM OPEL
08/11/2011 09:25
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110019047
0
SHAHBAZ AHMED
9117-CMC OPEL
08/11/2011 12:00
EXERCIT ESPANYOL
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019049
0
DEVELOP INFORMATICA SL
3071-FNZ VOLKSWAGEN
10/11/2011 16:16
SANT PERE
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019053
0
JORGE GARCIA SIERRA
5404-BYF FIAT
10/11/2011 16:20
CIUTAT DE LAVAL
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019054
0
JOSE HERRERA MONTIEL
8802-FBK OPEL
10/11/2011 15:48
PLUS ULTRA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110019055
0
MIGUEL ALCARAZ FRASQUET
9160-DPT RENAULT
09/11/2011 12:27
APARISI I GUIJARRO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110019057
0
091
200,00
46131110019061
0
JAIRO DUTZANTH VEIZAGA GONZALES
V-2008-FK RENAULT
10/11/2011 11:55
NOU D'OCTUBRE
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
ANTONIO BENAVENT FORTUÐO
8416-BML VOLKSWAGEN
04/11/2011 12:20
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110019062
0
JESUS LLOPIS CLIMENT
V-4344-GH CITROEN
10/11/2011 11:40
EL·LIPTICA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019064
0
MARIA SALOME MONZO ESCRIVA
4648-HFR NISSAN
09/11/2011 12:25
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019065
0
091
200,00
46131110019066
0
SL URBANIK SEGUROS 2006
4102-DJP FORD
10/11/2011 11:20
MOSSEN MORAGUES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
JUAN ANTONIO MOLINA RODRIGUEZ
4374-FLN HARLEY DAVIDSON
10/11/2011 12:17
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019069
0
IVAN GEORGIEV MARKOV
6239-BBH CITROEN
10/11/2011 12:16
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019070
0
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula
Fecha
M TRINIDAD MARTINEZ MIRET
6666-CCY PEUGEOT
10/11/2011 11:55
MATILDE CAROLINA FAYOS MESTRE
9024-BLM A.U.D.I.
08/11/2011 11:25
Lugar
BOLETIN OFICIAL
103
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Expediente
Pto.
80,00
46131110019073
0
0154
200,00
46131110019074
0
094
100,00
46131110019080
0
MAJOR
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
REPUBLICA ARGENTINA
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
Euros
ALGESE SL
7731-CWD NISSAN
09/11/2011 12:18
SANT RAFAEL
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
ANGEL PALACIO TORAN
5407-CHK VOLVO
10/11/2011 09:45
PINET
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019081
0
ALFONSO DE LA PAZ
8482-BPW CITROEN
09/11/2011 09:40
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
200,00
46131110019082
0
FUSTALAC, S.L.
7843-BYK FIAT
09/11/2011 11:45
TRAPIG
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019083
0
JOSEFA RODENAS SALAS
2467-BHH SAAB
10/11/2011 09:45
PINET
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
200,00
46131110019087
0
ALBENA VELICHKOVA PETROVA
EH0941BC BMW
10/11/2011 09:50
PINET
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
200,00
46131110019090
0
OSCAR HIDALGO ADAMEZ
3304-GNW JONWAY
10/11/2011 10:37
BLASCO IBAÑEZ
NO UTILIZAR ADECUADAMENTE EL PASAJERO DEL VEHICULO EL CORRESPONDIENTE CASCO DE PROTECCIÓN HOMOLOGADO O CERTIFICADO
0118
200,00
46131110019091
0
RAMON BERTO MARTINEZ JOSE
2064-CMB FORD
10/11/2011 09:48
PINET
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019094
0
091
200,00
46131110019096
0
EMILIO FERNANDEZ CORTES
V-4819-FY PEUGEOT
10/11/2011 09:57
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERCALDERON DE LA VADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 BARCA MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
ALEJANDRA BERTO RICHART
1306-FMC BAOTIAN
08/11/2011 17:20
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019097
0
JESSICA BELTRAN RODA
B-6754-UU FORD
10/11/2011 10:10
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019099
0
SALECK OULD MOHAMED OULD JEODA
CS-4526-AP MERCEDESBENZ
08/11/2011 09:23
PLUS ULTRA
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019101
0
DANUT MUINGIU
V-6126-FJ HONDA
10/11/2011 10:08
EL·LIPTICA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019102
0
AZZEDDINE RAMADANI
CS-1021-AP RENAULT
11/11/2011 19:15
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110019120
0
JUAN GONZALO CAMACHO VALENCIA
V-6936-EY RENAULT
11/11/2011 09:15
SANTA ANNA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019122
0
FAUSTO POLIVIO ZAMBRANO MOREIRA
V-4490-GC FORD
10/11/2011 19:19
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110019123
0
091
200,00
46131110019124
0
ROMEO KLIMENTOV BARBOV
3005-FBC MERCEDESBENZ
08/11/2011 17:50
CIUTAT DE LAVAL
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
AUTO ESCUELA FERNANDO GUILLEM SC
6926-GFZ MERCEDES
08/11/2011 16:30
EL·LIPTICA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110019125
0
PILAR ESTRUCH BATALLER MARIA
4064-GWF PEUGEOT
08/11/2011 16:05
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110019127
0
JOAQUIN MOMPO PERELLO
V-0886-GW FORD
11/11/2011 19:15
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110019134
0
JOSE BOSCA LOPEZ
3559-DKZ B.M.W.
11/11/2011 19:20
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110019135
0
ESTRUCTURAS JOMER SL
1193-BYL PEUGEOT
10/11/2011 17:45
NAU (LA)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019136
0
HUGO CESAR ZANARDO CUITIÑO
6263-BTK CITROEN
10/11/2011 20:01
JOAN XXIII
ENTRAR EN ZONA EXCLUIDA DE LA CIRCULACIÓN (CEBREADO)
0170
80,00
46131110019137
0
TRANS X CARRETERA CALATAYUD
9070-FSV SEAT
11/11/2011 19:20
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110019138
0
ISABEL VILCHES JUAREZ
V-2407-GM FORD
10/11/2011 19:50
MARE DE DEU BLANQUETA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
200,00
46131110019139
0
JUAN PONS-FUSTER FRASQUET
V-9521-HD B.M.W.
10/11/2011 20:40
LORETO
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019143
0
BUTLLETÍ OFICIAL
104
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Euros
Expediente
Pto.
90,00
46131110019144
0
ROBERTO CARLOS PACHECO GALLARDO
0922-FCN YAMAHA
11/11/2011 20:00
GOLETA (LA)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
TEODOR STEFANOV AVRAMOV
CBP-211 OPEL
11/11/2011 18:50
ABAT SOLA
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110019145
0
V CHOKOV DANIEL
1508-FGN MERCEDESBENZ
08/11/2011 11:47
XERESA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110019147
0
GABRIEL CATUNA FLORIN
Z-7037-AZ OPEL
10/11/2011 09:30
LOPE DE VEGA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019149
0
FRANCISCO GARCIA DE MATEOS
6964-BHF DAEWOO
11/11/2011 13:30
MAJOR
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019150
0
EMOBASAFOR SL
V-5693-GM VOLKSWAGEN
11/11/2011 15:43
LOPE DE VEGA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019151
0
091
200,00
46131110019154
0
094
JUAN ANTONIO LOPEZ PENALBA
V-8707-FU NISSAN
08/11/2011 09:50
MADRID
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
JUAN MATOSES BAIDAL
1191-CVP PEUGEOT
11/11/2011 15:46
LOPE DE VEGA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019156
0
JOSE LUIS PARIS ALEIXIT
9174-DPB MERCEDESBENZ
08/11/2011 09:28
LLARGUER
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019157
0
CELIA GOMEZ PARDO GABALDON
4599-FTT CHRYSLER
11/11/2011 20:18
BENISSUAI
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110019159
0
094
90,00
46131110019161
0
BECOS SL
9934-FSM RENAULT
11/11/2011 20:05
GOLETA (LA)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
ANTONIO DEL RIO DIAZ JOSE
6355-GJL DODGE
08/11/2011 11:30
EL·LIPTICA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019169
0
MARIA PILAR JIMENEZ MARTI
V-1115-FW SEAT
11/11/2011 19:58
GOLETA (LA)
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110019170
0
JUAN CARLOS PEIRO GARCIA
4313-CWB MERCEDESBENZ
08/11/2011 13:00
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019171
0
VICTOR MONTAÑES RAIDA
V-2474-GZ FORD
21/11/2011 11:30
SANTS DE LA PEDRA
ESTACIONAR EL VEHICULO EN UN MISMO LUGAR DE LA VIA DURANTE MAS DE SIETE DIAS CONSECUTIVOS.
0OR
90,00
46131110019173
0
ESTEFAN ALTAVER MALONDA
1817-FPH FORD
11/11/2011 23:05
SANT PERE
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019177
0
YOLANDA REYES GARCIA
0404-DDR VOLKSWAGEN
11/11/2011 13:05
TORRE DELS PARES
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019182
0
FLORES Y ORENGO SL
3638-DJF CITROEN
11/11/2011 12:55
GERMANIES (DE LES)
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110019183
0
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019184
0
018
200,00
46131110019186
3
VANESSA PEREZ ESTEVE
4476-DGR PEUGEOT
11/11/2011 09:20
FRANCISCO SIRVENT GARCIA
9217-DNJ B.M.W.
11/11/2011 11:45
CIUTAT DE LAVAL
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELÉFONO MÓVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
DOLORES POLVOREDA GONZALEZ
4198-FVL MINI
11/11/2011 13:20
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019187
0
MARIA GOMEZ CHAROUK
0834-BMN PEUGEOT
11/11/2011 13:30
GERMANIES (DE LES)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019189
0
MARIA CONSUELO MONZO ESCRIVA
4938-DZV VOLKSWAGEN
11/11/2011 09:30
SANT PERE
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110019190
0
JOSE ANDRES MARTI ALMIÑANA
V-1009-EV OPEL
11/11/2011 09:42
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO DOCTOR FLEMING CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019191
0
RICARDO LOZANO MASERES
3586-CCG PEUGEOT
11/11/2011 10:50
DUC ALFONS EL VELL (DEL)
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110019194
0
PATRICIO MIGUEL JIMENEZ DOMINGO
6380-FSZ CITROEN
11/11/2011 15:10
CARMELITES (DE LES)
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110019195
0
094
100,00
46131110019196
0
DENNIS FERNANDA MORETA TUSA
4201-BFW RENAULT
12/11/2011 18:00
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
MARIA JOSE CRUZ GOMEZ
0912-GDG YAMAHA
12/11/2011 12:35
JOAN XXIII
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019198
0
JOSEFA MARCO CARBONELL
9111-GGP CITROEN
11/11/2011 18:37
MORAN RODA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019201
0
FINANFACTORY FRANCHISING
9475-FTY A.U.D.I.
11/11/2011 16:14
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110019202
0
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
105
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110019203
0
AZZEDDINE RAMADANI
CS-1021-AP RENAULT
11/11/2011 16:14
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
GRACIELA COFRE CRUZ NELLY
8618-BSZ SEAT
12/11/2011 15:16
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019206
0
ROSARIO RODRIGO CARAVACA
6908-GVG MERCEDESBENZ
14/11/2011 18:23
MARQUES DE CAMPO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019212
0
ISABEL CARDONA VIDAL
7784-CDX MERCEDESBENZ
14/11/2011 18:36
ALACANT
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019217
0
JOSEP BONET SELLENS
V-9037-HC SEAT
12/11/2011 11:53
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019220
0
M PILAR MARTI CERCOS
5158-DGK RENAULT
13/11/2011 20:13
SANT VICENT FERRER
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019221
0
094
200,00
46131110019222
0
094
RACHID MAATALLAOUI
V-1732-ET PEUGEOT
14/11/2011 08:05
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
ROSA SANMATEU PEIRO
4955-BPV VOLKSWAGEN
12/11/2011 21:15
GOLETA (LA)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
200,00
46131110019223
0
ANGELA MARIA ANDRADE TOBAR
9520-DBF SEAT
12/11/2011 19:09
GOLETA (LA)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
200,00
46131110019226
0
PABLO GRANADO VICEDO
7103-CNG OPEL
12/11/2011 19:10
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019228
0
FRANCISCO JOSE COBOS RAMIREZ
8993-BTW PORSCHE
12/11/2011 21:06
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019230
0
IONUT JELERIU CATALIN
2837-FCZ FORD
12/11/2011 21:05
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019232
0
FRANCISCO RUIZ RECIO
3186-CVH MERCEDES
12/11/2011 00:40
EL·LIPTICA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
200,00
46131110019234
0
LIONEL PAUL BERNARD LOOSE
7062-GSY A.U.D.I.
12/11/2011 01:10
BAIREN
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019237
0
094
200,00
46131110019239
0
ANA MARTINEZ GONZALEZ
7107-FLF SMART
12/11/2011 01:35
BAIREN
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
GUSTAVO JOSE ZAFRA FERRUS
V-0044-GX CITROEN
14/11/2011 18:34
ALACANT
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110019247
0
RAFAEL B. ESPINO PAREDES
V-7760-GF VOLKSWAGEN
13/11/2011 13:38
ESCLAVES (DE LES)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019248
0
MARTIN PENIZA AMOROS
A-2137-CM FIAT
14/11/2011 16:38
GRAU (DEL)
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110019249
0
094
100,00
46131110019253
0
JENNIFER PASTRANA GARCIA
6689-CTW FORD
13/11/2011 13:25
ALZIRA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
TOMAS PAULA ARIAS
1720-DFM SEAT
14/11/2011 16:23
SANT RAFAEL
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110019254
0
MANUEL GOMES CERQUEIRA
4541-FRL MERCEDESBENZ
13/11/2011 19:27
ALCOI
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110019255
0
OSCAR RODOLFO ANDALUZ ARIAS
7146-BPS PEUGEOT
13/11/2011 07:30
GUARDAMAR
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110019260
0
CARMEN CARRIO LOPEZ
2874-FGD FIAT
13/11/2011 16:26
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
100,00
46131110019264
0
BEATRIZ VIVES APARISI
4853-BCL OPEL
16/11/2011 08:40
RAVAL (DEL)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019265
0
ANTONIYA DIMITROVA VANEVA
2410-DNV KIA
14/11/2011 19:02
MORAN RODA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019266
0
094
90,00
46131110019267
0
CAMELIA BALASA IONELA
3484-CKP PEUGEOT
14/11/2011 19:10
SANT RAFAEL
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
JORGE RUEDA REJAS
A-5401-DZ OPEL
16/11/2011 09:10
ESCOLAPIES (DE LES)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
100,00
46131110019269
0
TAVER-RIEGOS SL
V-6547-GL NISSAN
14/10/2011 12:10
NOU
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019273
0
ARTURO SANTOS SHEVCHENKO
3512-FDD OPEL
14/11/2011 11:30
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019274
0
091
200,00
46131110019277
0
MATIAS MATEOS APARICIO TORRES
8939-CYJ OPEL
12/11/2011 11:50
ALACANT
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
ALBERTO JAVIER CLEMENTE SORIANO
0599-GSW SEAT
12/11/2011 12:14
MORAN RODA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019282
0
MOISES ALBERT PRESUMIDO
6726-BSC B.M.W.
16/11/2011 09:40
GOLETA (LA)
NO DETENERSE EN EL LUGAR PRESCRITO POR LA SEÑAL DE CEDA EL PASO
0151
200,00
46131110019285
4
BUTLLETÍ OFICIAL
106
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos RAUL ESCRIVA PEYRO
Matrícula V-0951-FM PEUGEOT
Fecha 12/11/2011 19:07
Lugar
BOLETIN OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
Euros
Expediente
Pto.
90,00
46131110019290
0
094
200,00
46131110019292
0
FRANCISCA FEMENIA TODOLI MARIA
0842-CXT SEAT
16/11/2011 12:50
SANT PERE
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
SANTIAGO MORAL BENAVENT
0032-BFJ CITROEN
16/11/2011 12:15
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019295
0
BALBINA NAVARRO CORTES
2454-BPF RENAULT
12/11/2011 20:19
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019297
0
JESUS MUÑOZ GARCIA ANTONIO
MU-3843-BZ SEAT
12/11/2011 16:08
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110019300
0
RAFAEL LOPEZ VIDAL
7939-DYJ KIA
12/11/2011 17:08
ALGEPSERIA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019302
0
JOSE RAUL FENOLLAR MONZO
8167-FFY FORD
12/11/2011 20:14
SANT PONÇ
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019305
0
SANDRA MONZO AGUT
3804-FKX KIA
16/11/2011 09:50
ESPANYA (D')
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019306
0
ORIHUEL DISTRIBUCION, S.L.
6044-DHK KIA
12/11/2011 19:05
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
90,00
46131110019307
0
JENNIFER PASTRANA GARCIA
6689-CTW FORD
12/11/2011 16:03
COLON
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019308
0
091
200,00
46131110019309
0
M TERESA BORRAS BUITRAGO
V-8182-GG FORD
14/11/2011 18:50
NAU (LA)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
ANITA SABOU CLAUDIA
NA-0841-BC RENAULT
12/11/2011 15:51
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
90,00
46131110019312
0
SANTIAGO MONCHO BEJARANO
V-9088-FX NISSAN
12/11/2011 15:45
SANT VICENT FERRER
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
90,00
46131110019314
0
RODRIGO CAEIRO GONZALEZ
V-6346-DV CITROEN
14/11/2011 19:11
ERMITA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110019315
0
094
100,00
46131110019317
0
LORENZO XAIXO GARCIA
4273-FFH NISSAN
16/11/2011 09:30
ALACANT
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
YULIAN STOIMENOV DANCHEV
M-3938-UC A.U.D.I.
16/11/2011 19:20
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019321
0
SUSANA TUR ZAPATA
6783-FFW B.M.W.
14/11/2011 13:25
MEDITERRANIA
NO RESPETAR LA INDICACIÓN DE UNA MARCA VIAL AMARILLA
0171
200,00
46131110019322
0
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110019323
0
094
90,00
46131110019325
0
DARIO ZAMBRANO MOREIRA
4068-FMP OPEL
16/11/2011 19:22
SANT RAFAEL
EVA MARIA ADROVER CABRERA
3270-CZH VOLKSWAGEN
15/11/2011 18:35
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMO ESTACIONADUQUESSA MARIA MIENTO CON LIMITACION HORARIA, SIN ENRIQUEZ COLOCAR EL DISTINTIVO QUE LE AUTORIZA , O EXCEDER EL TIEMPO AUTORIZADO AL EFECTO
IOAN PAPAUC SORIN
V-7954-FS OPEL
16/11/2011 19:26
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019328
0
094
200,00
46131110019329
0
TZVIATKO JETCHEV TZVETKOV
V-9203-FV A.U.D.I.
15/11/2011 18:56
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
PATRICIO MARCELO ROMERO ZUMBA
V-5909-FT OPEL
14/11/2011 20:11
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110019330
0
SALVADORA GIRAU POUS
4645-FHW OPEL
16/11/2011 19:55
GOLETA (LA)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019332
0
FERRER LLOPIS CONSULTORESSL
8264-CJC B.M.W.
14/11/2011 16:20
PRIMER DE MAIG
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019334
0
S.L. RIO TINTO CITRICOS
6530-HGN FORD
16/11/2011 00:50
JAUME II
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019339
0
MIGUEL HEREDIA CORTES
9406-BVW B.M.W.
14/11/2011 19:05
CARDENAL CISNEROS
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110019340
0
RICARDO RODAS ROJAS
5043-DPM B.M.W.
14/11/2011 12:20
SANT TOMAS DE VILLANUEVA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019342
0
MARTHA CECILIA LLUMIGUSIN ESCOBAR
1251-BLG KIA
14/11/2011 09:10
LOPE DE VEGA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019343
0
ALEJANDRO GALERA GREGORI
6342-DCZ A.U.D.I.
14/11/2011 11:50
MAGISTRAT CATALA
ENTRAR EN ZONA EXCLUIDA DE LA CIRCULACIÓN (CEBREADO)
0170
80,00
46131110019344
0
BAIREN
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019346
0
ENRIQUE LUJAN ESCRIVA
V-1283-FC B.M.W.
15/11/2011 19:10
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos JAVIER FELIPE PALLARES FUSTER FEDERICO MARCO ALMIÑANA
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula
Fecha
V-7979-GP NISSAN
15/11/2011 11:20
5863-BCF JEEP
15/11/2011 11:25
Lugar
BOLETIN OFICIAL
107
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
EXERCIT ESPANYOL
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110019349
0
094
90,00
46131110019351
0
094
200,00
46131110019353
0
VALERIY KIRILOV DACHEV
1695-BXG RENAULT
15/11/2011 11:47
COLON
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
DAVID SABATER GATO
2628-FCT SEAT
15/11/2011 17:20
ALACANT
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110019359
0
094
200,00
46131110019360
0
JOSELINE VIERA RODRIGUEZ VERONICA
A-6056-DW OPEL
15/11/2011 11:21
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
JUAN CARLOS PEIRO GARCIA
4313-CWB MERCEDESBENZ
15/11/2011 12:50
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA URBANA EN INTERSECCIÓN O EN SUS PROXIMIDADES, DIFICULTANDO EL GIRO A OTROS VEHICULOS
094
200,00
46131110019362
0
JOSE CATALA CHOVER
V-1410-EY FORD
15/11/2011 18:10
BAIREN
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019364
0
CAMILO ORTOLA MENGUAL
5905-CDL MERCEDESBENZ
15/11/2011 18:45
NAU (LA)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019367
0
ALBERTO MUÑOZ GARCIA JULIAN
6920-BMT PEUGEOT
15/11/2011 18:38
GOLETA (LA)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019369
0
MARIA ISABEL FUSTER JORDA
9949-FCX CHEVROLET
15/11/2011 19:30
GOLETA (LA)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110019370
0
SUSANA MONZO ESQUERDO
5599-CHY OPEL
17/11/2011 08:55
EXERCIT ESPANYOL
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELÉFONO MÓVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
018
200,00
46131110019376
3
JOSE DAVID MARTINEZ GARCIA
1230-FWR FORD
17/11/2011 16:00
GUITARRISTA SALVADOR GARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019378
0
091
200,00
46131110019380
0
ANGEL GARCIA GARCIA
4442-FGJ HONDA
17/11/2011 11:25
ERMITA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
DOLORES TORRES GOMEZ
8797-BLX PEUGEOT
02/11/2011 11:37
SANTA ANNA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019382
0
FRANCISCO ERNESTO FACHINE MANZO
V-8557-EY FORD
03/11/2011 09:14
BARRANC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019384
0
PILAR ORTEGA MONTERDE LEYRE
5612-GWM TOYOTA
17/11/2011 12:20
LORETO
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019385
0
MARINA AURELINA BONE KOOKE
A-3335-DB NISSAN
17/11/2011 12:20
GERMANA RITA (DE LA)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019389
0
17/11/2011 17:15
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019394
0
8499-BPB MARIA LORETO HERNANDIS MOMERCEDESRENO BENZ
19/11/2011 19:40
JESUITES (DELS)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA PARA USO EXCLUSIVO DE MINUSVALIDOS
094
200,00
46131110019396
0
AGUSTIN VALERO CARRION
2273-BBD FORD
17/11/2011 16:20
COLON
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019400
0
JUAN JAIME JULIO TORMO
3929-GRV DACIA
04/11/2011 11:30
PRIMER DE MAIG
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019401
0
PILAR ORTEGA MONTERDE LEYRE
5612-GWM TOYOTA
05/11/2011 18:22
LORETO
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019403
0
JOSE MANUEL MIÑANA TARODO
V-5194-GG FORD
06/10/2011 11:00
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110019407
0
AHMED SALHI
M-6504-TC PEUGEOT
17/11/2011 16:41
ESPANYA (D')
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019408
0
TZVIATKO JETCHEV TZVETKOV
V-9203-FV A.U.D.I.
06/10/2011 11:50
MONDUVER
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110019409
0
VALERIY KIRILOV DACHEV
1695-BXG RENAULT
17/11/2011 16:17
VALENCIA (DE)
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110019412
0
094
200,00
46131110019414
0
PATRICIO MARCELO ROMERO ZUMBA
V-5909-FT OPEL
ANTONIO VICENTE GARCIA SANTOS
8252-DRD MINI
17/11/2011 16:50
CIUTAT DE BARCELONA
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
MARIA MAGDALENA SISCAR CISCAR
6220-FXT FIAT
19/11/2011 14:36
JOAN RAMON JIMENEZ
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110019419
0
JUAN BERNABE TOLOSA CARRIO
5444-GPY VOLKSWAGEN
19/11/2011 12:00
CASES NOVES
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110019420
0
ALICIA MARIA GOMEZ REDONDO
1965-FGB MERCEDES
19/11/2011 11:00
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019421
0
BUTLLETÍ OFICIAL
108
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos NOURDDINE TANSAOUI
Matrícula M-9920-PU FORD
Fecha 17/11/2011 20:00
Lugar
BOLETIN OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Expediente
Pto.
200,00
46131110019425
0
094
90,00
46131110019426
0
094
90,00
46131110019428
0
GABRIEL MIRO
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMO ESTACIONAMIENTO CON LIMITACION HORARIA, SIN COLOCAR EL DISTINTIVO QUE LE AUTORIZA , O EXCEDER EL TIEMPO AUTORIZADO AL EFECTO
Euros
GLORIA PATRICIA GUTIERREZ MARQUEZ
6020-DHK CHEVROLET
17/11/2011 19:45
ALACANT
ENRIQUE LUJAN ESCRIVA
V-1283-FC B.M.W.
17/11/2011 19:31
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMO ESTACIONADUQUESSA MARIA MIENTO CON LIMITACION HORARIA, SIN ENRIQUEZ COLOCAR EL DISTINTIVO QUE LE AUTORIZA , O EXCEDER EL TIEMPO AUTORIZADO AL EFECTO
VIORICA MARIN GEORGETA
V-8045-GY B.M.W.
19/11/2011 16:40
ALACANT
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019431
0
CRUZ DIVINA CARRASCO ABAD
7980-DWG B.M.W.
20/11/2011 17:30
EMPERADOR CARLES V
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
90,00
46131110019434
0
094
200,00
46131110019435
0
FRANCISCO JOSE ESCRIVA MUÑOZ
5724-CZF OPEL
19/11/2011 16:20
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
RAFAEL CLIMENT CARBO
7509-GBX HONDA
19/11/2011 16:22
SANT PERE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019436
0
FERMIN MARIA MORENO PEREZ
V-0377-GU PEUGEOT
20/11/2011 19:30
BENISSUAI
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019437
0
SIAKA TOURE
L-4399-Z VOLKSWAGEN
20/11/2011 19:25
SANT RAFAEL
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110019439
0
MIGUEL ALTAMIRANO PERUGACHI JOSE
9040-HFF CITROEN
20/11/2011 19:15
ESCOLAPIES (DE LES)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
100,00
46131110019441
0
RUBEN MORANT GARCIA
3884-CMD MERCEDESBENZ
19/11/2011 15:08
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110019445
0
JOAQUIN MELO RAMON
9661-DPD VOLKSWAGEN
19/11/2011 19:20
ESCOLAPIES (DE LES)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019448
0
OSCAR RODOLFO ANDALUZ ARIAS
7146-BPS PEUGEOT
20/11/2011 19:20
ESCOLAPIES (DE LES)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019450
0
VALERIY KIRILOV DACHEV
1695-BXG RENAULT
19/11/2011 19:00
COLON
ESTACIONAR EN ZONA URBANA EN INTERSECCIÓN O EN SUS PROXIMIDADES, DIFICULTANDO EL GIRO A OTROS VEHICULOS
094
200,00
46131110019451
0
HANANE SBAYBI
6311-CNK FORD
20/11/2011 16:43
PRIMER DE MAIG
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019453
0
JOSE LUIS CABANILLES ROIG
V-8787-GH FORD
19/11/2011 19:23
ESCOLAPIES (DE LES)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019454
0
FRUTOS RODRIGUEZ APARISI
4515-CSV SEAT
19/11/2011 19:25
PRADO (DEL)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019459
0
FCO. JAVIER CUESTA VALLS
7984-CDW PEUGEOT
19/11/2011 17:00
JESUITES (DELS)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019460
0
DORIS CUMANDA ORNA VIVAS
0376-FLH RENAULT
19/11/2011 08:36
PLUS ULTRA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110019462
0
S.L. SOLECO TRADERS
5480-GBF VOLKSWAGEN
20/11/2011 01:45
ULARGUI
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019464
0
OSCAR ALBEROLA BORREGO
V-5457-FH FORD
20/11/2011 23:15
ALFONS EL MAGNANIM (D')
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110019466
0
JOSE LOZANO DIAZ
8112-CSH OPEL
19/11/2011 08:50
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110019468
0
CARLOS PEREZ MAFE
3682-BKH FORD
20/11/2011 17:35
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
100,00
46131110019469
0
GUSTAVO GARCIA GOGOLLOS
2727-FFH TOYOTA
20/11/2011 16:35
SANT RAFAEL
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110019479
0
ANGELES DE LA CONCEPCION PEREZ MARIA
1906-BYB VOLKSWAGEN
20/11/2011 16:35
SANT RAFAEL
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110019481
0
FERNANDO ESTRUCH HERRERO
5237-FVR FORD
19/11/2011 08:54
SANT PERE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110019483
0
VICTOR MONTAÑES RAIDA
V-2474-GZ FORD
10/11/2011 12:45
SANTS DE LA PEDRA
ESTACIONAR EL VEHICULO EN UN MISMO LUGAR DE LA VIA DURANTE MAS DE SIETE DIAS CONSECUTIVOS.
0OR
90,00
46131110019489
0
FCO JAVIER MUÑOZ RODRIGUEZ
5856-CYN CITROEN
10/11/2011 11:27
ESPANYA (D')
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019491
0
FRANCISCO JAVIER BAEZA GARCIA
4378-FFH SEAT
11/10/2011 09:35
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110019493
0
KAMAR SAHNOUNE
V-3159-HG NISSAN
12/09/2011 09:23
GUITARRISTA SALVADOR GARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019494
0
ALACANT
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110019495
0
MAGDALENA MADRANO GONZALEZ
6939-BMT OPEL
12/09/2011 19:15
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula
Fecha
BOLETIN OFICIAL
109
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Lugar
Precepto
Art.
SAFOR ELIPTICA SL
V-8012-GD MERCEDES
14/11/2011 11:23
CIUTAT DE LAVAL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
MARIA TERESA ESTRUCH SARRIO
V-2657-EH VOLKSWAGEN
14/11/2011 09:15
GUITARRISTA SALVADOR GARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110019498
0
0154
200,00
46131110019500
0
091
200,00
46131110019501
0
GUADALUPE RAMIREZ APELLANIZ
8661-GPR HONDA
14/11/2011 16:20
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
SALVADOR MONCHO CATALA
9450-DZR PEUGEOT
21/11/2011 13:15
GUITARRISTA SALVADOR GARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019503
0
DIMITROV HADZHIEV STANIMIR
V-8058-FF A.U.D.I.
21/11/2011 10:00
GUITARRISTA SALVADOR GARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019504
0
PASCUAL FRASQUET GADEA
6129-GRX CITROEN
21/11/2011 11:42
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019506
0
JUAN FRANCISCO BARBERA FERMIN
9644-CDK SEAT
21/11/2011 11:43
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019507
0
MIRIAM BEATRIZ MORANTE CARBONELL
1953-BZR CITROEN
21/11/2011 11:43
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019508
0
JUAN MARTINEZ BLANQUEZ
2734-FZM VOLKSWAGEN
21/11/2011 11:44
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019509
0
YOLANDA SANTOS VILCHES
3793-FTP SKODA
21/11/2011 13:10
SANT PERE
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
100,00
46131110019510
0
NICUSOR ALIN TUDOR
8648-DYP B.M.W.
21/11/2011 09:50
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110019512
0
ALFREDO VICTOR MORANT PEIRO
7638-CSY HYUNDAI
21/11/2011 12:50
SANT PERE
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
100,00
46131110019513
0
JOAQUIN OLIVER ARMENGOT
9091-BPX FORD
21/11/2011 16:47
SANT VICENT FERRER
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019519
0
BERNARDINO MARTINEZ JORNET
2650-HBS PEUGEOT
21/11/2011 16:23
EXERCIT ESPANYOL
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110019520
0
EDSON SOUSA BARRO
V-9081-DS FORD
21/11/2011 13:42
XERESA
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110019525
0
S.L. GESTORIA ADMINISTRATIVA CALVE
5963-HDF FORD
14/11/2011 11:27
MADRID
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019527
0
094
100,00
46131110019528
0
GEORGIEV DIMITROV APOSTOL
7831-CSM ROVER
14/11/2011 11:30
ESPANYA (D')
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
ABDELFATAH SABRI
V-7211-GU PEUGEOT
14/11/2011 11:50
ABAT SOLA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019530
0
AMALIA DEL CARMEN CAÑAMEA-0789-ED SEAT RO PERDIGUERO
22/11/2011 12:17
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019534
0
STEFAN BOZHIDAROV CHORBADZHIEV
4495-DHZ FORD
15/11/2011 12:15
PINTOR JOAN DE JOANES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019535
0
CONSTADA CATALINA RALUCA
Z-1137-BL A.U.D.I.
16/11/2011 13:15
BENISSUAI
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110019537
0
PRESENTACION PALMA MACIAS
8545-CKM DAEWOO
22/11/2011 11:53
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019539
0
DAMARIS MORENO SALOM
0257-DFY CITROEN
16/11/2011 09:15
CAPELLA CARBO
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019540
0
ALFREDO ANDRES FERRER FERNANDEZ
0034-GMF B.M.W.
22/11/2011 21:10
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019541
0
AMPARO MONCHO
V-8474-GM VOLKSWAGEN
18/11/2011 12:15
EXERCIT ESPANYOL
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110019542
0
ARTURO SANTOS SHEVCHENKO
3512-FDD OPEL
18/11/2011 11:38
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019545
0
EVA M GARCIA TOBARRA
0714-DJL HYUNDAI
18/11/2011 11:40
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019547
0
MIRIAM BRUGUERA TUR
V-3612-FK HONDA
18/11/2011 11:41
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019548
0
091
200,00
46131110019549
0
JOSELINE VIERA RODRIGUEZ VERONICA
A-6056-DW OPEL
22/11/2011 17:23
PLUS ULTRA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
VALERIY KIRILOV DACHEV
1695-BXG RENAULT
22/11/2011 16:22
VALENCIA (DE)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019552
0
JUAN SAMUEL PASTOR BOFI
V-8684-HD HONDA
22/11/2011 09:05
SANT VICENT
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019553
0
BUTLLETÍ OFICIAL
110
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art. 091
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110019556
0
IOAN PAPAUC SORIN
V-7954-FS OPEL
22/11/2011 17:45
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
MITEV HRISTON MARIN
V-3015-FX SEAT
22/11/2011 17:35
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019557
0
RAMON FONOLLA CUIXART
5584-GYY CHEVROLET
21/11/2011 08:55
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019558
0
JOSE ANTONIO HERRERA IBAÑEZ
B-0724-XF HYUNDAI
18/11/2011 11:25
COLON
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019560
0
TOMAS PAULA ARIAS
1720-DFM SEAT
21/11/2011 09:25
GUITARRISTA SALVADOR GARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019561
0
GLORIA VALLEJOS SILVA
0742-CGG FORD
18/11/2011 21:00
PERU
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110019567
0
MARGARITA MATEO JURADO
0032-DTC CITROEN
18/11/2011 16:25
MADRID
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019570
0
CATALIN RAZVAN RENTEA
AB-3156-T PEUGEOT
18/11/2011 17:30
CARDENAL CISNEROS
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110019572
0
091
200,00
46131110019573
0
VASILE MOIS
7396-FFF MERCEDES
18/11/2011 17:44
POETA LLORENTE
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
MARIANO BERMUDEZ RECIO
V-8136-DN RENAULT
18/11/2011 19:50
CARMESINA (DE)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019576
0
MANUEL MUÑOZ ALHAMBRA
6452-DLM KIA
18/11/2011 19:50
NAU (LA)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019578
0
091
200,00
46131110019579
0
SL GANDIA TROPICAL FRUIT
V-6175-EH A.U.D.I.
22/11/2011 12:10
MAGISTRAT CATALA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
DOMINIQUE GILBERT CHAPUIS
5275-CVK MERCEDESBENZ
22/11/2011 11:45
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019581
0
J.ANTONIO RODRIGO FERRER
V-2792-FB FORD
22/10/2011 23:00
UNIVERSITAT (DE LA)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019582
0
MIGUEL GALINDO COBOS
7732-CWN PEUGEOT
19/11/2011 10:45
MARE NOSTRUM
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110019585
0
JOSE MIGUEL JUST MONZO
3988-DMX B.M.W.
23/11/2011 11:30
ARCS
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019586
0
DIMAS CUCART FEMENIA
V-1979-HG MERCEDESBENZ
23/11/2011 19:10
SANT VICENT FERRER
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
90,00
46131110019587
0
LILIANA BUCUR ELENA
V-2510-GV FIAT
23/11/2011 10:45
CIUTAT DE LAVAL
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019588
0
JEAN PIERRE GARCIA GONZALVEZ
0884-GBR FORD
23/11/2011 19:07
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
90,00
46131110019589
0
ALFONSO MARTINEZ TORREGROSA
9530-BDR PEUGEOT
18/11/2011 11:45
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019590
0
DIMITRIJUS SOSTAKAS
1245-DMN A.U.D.I.
18/11/2011 12:30
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019596
0
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019597
0
094
90,00
46131110019599
0
SALVADOR FORNER CARRILLO
0637-BZN FORD
23/11/2011 16:15
ESPANYA (D')
CHRISTIAN LOPEZ SAN FELIPE
M-4835-YV OPEL
18/11/2011 12:30
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMO ESTACIONADUQUESSA MARIA MIENTO CON LIMITACION HORARIA, SIN ENRIQUEZ COLOCAR EL DISTINTIVO QUE LE AUTORIZA , O EXCEDER EL TIEMPO AUTORIZADO AL EFECTO
AROA SOTOCA ALEGRIA
V-9204-GC FIAT
23/11/2011 15:50
VALENCIA (DE)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019603
0
IRENE GONZALEZ HERNANDEZ
3449-DFV PEUGEOT
23/11/2011 10:15
SANT PERE
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMO ESTACIONAMIENTO CON LIMITACION HORARIA, SIN COLOCAR EL DISTINTIVO QUE LE AUTORIZA , O EXCEDER EL TIEMPO AUTORIZADO AL EFECTO
094
100,00
46131110019611
0
3005-CYR FORD
23/11/2011 10:20
SANT PERE
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMO ESTACIONAMIENTO CON LIMITACION HORARIA, SIN COLOCAR EL DISTINTIVO QUE LE AUTORIZA , O EXCEDER EL TIEMPO AUTORIZADO AL EFECTO
094
100,00
46131110019614
0
AMALIA CARMEN NAVARRO PRIMO
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
111
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art. 094
Euros
Expediente
Pto.
100,00
46131110019615
0
JUAN CARLOS JIMENEZ MENGUAL
9882-FHG PEUGEOT
23/11/2011 10:40
CIUTAT DE BARCELONA
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMO ESTACIONAMIENTO CON LIMITACION HORARIA, SIN COLOCAR EL DISTINTIVO QUE LE AUTORIZA , O EXCEDER EL TIEMPO AUTORIZADO AL EFECTO
GABRIEL MATEOS APARICIO LOPEZ
7252-HCC OPEL
23/11/2011 10:45
CIUTAT DE BARCELONA
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMO ESTACIONAMIENTO CON LIMITACION HORARIA, SIN COLOCAR EL DISTINTIVO QUE LE AUTORIZA , O EXCEDER EL TIEMPO AUTORIZADO AL EFECTO
094
100,00
46131110019617
0
LAURA DONET MARTI
23/11/2011 V-1730-GD SEAT 11:30
BARCELONA
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMO ESTACIONAMIENTO CON LIMITACION HORARIA, SIN COLOCAR EL DISTINTIVO QUE LE AUTORIZA , O EXCEDER EL TIEMPO AUTORIZADO AL EFECTO
094
100,00
46131110019623
0
MARIA FELICIA SAN MARTIN BATALLER
7039-GRJ PEUGEOT
23/11/2011 12:10
DUC CARLES DE BORJA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019627
0
JOSE ANTONIO CANOVAS RUBIO
6190-FRX FORD
23/11/2011 12:00
SANT RAFAEL
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELÉFONO MÓVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
018
200,00
46131110019629
3
J. ENRIQUE CATALA CATALA
8610-CHJ RENAULT
23/11/2011 12:00
APOSTOLS (DELS)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019630
0
FERNANDO SANCHO ESPI
7039-GRJ PEUGEOT
23/11/2011 20:20
DUC CARLES DE BORJA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
90,00
46131110019631
0
JAVIER RAMOS BARRIGA
7757-FXV ROVER
23/11/2011 19:18
COLON
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019637
0
SERGIO GUERRERO GARCIA
2348-FVJ VOLKSWAGEN
23/11/2011 19:08
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019638
0
094
200,00
46131110019639
0
MARIA SOLEDAD GELABERT
8713-GVL OPEL
23/11/2011 19:01
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
LLORENC ARDIT SALVADOR
8966-GTM TOYOTA
24/11/2011 19:20
MORAN RODA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019642
0
JULIO RIBES DEUSA
3940-DXV PEUGEOT
24/11/2011 15:40
FERROCARRIL D'ALCOI
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019643
0
PATRICIA RODRIGUEZ SANCHEZ
V-9657-GG SEAT
23/11/2011 16:52
CAVANILLES
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019645
0
MARIA ALEXANDRA BEJARANO FIGUEROA
A-5637-EK FORD
24/11/2011 09:55
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110019646
0
091
200,00
46131110019647
0
JOSE ANDRES MARTI ALMIÑANA
V-1009-EV OPEL
23/11/2011 16:44
GAIETA GARCIA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
CONSULTORES FINANCIEROS GANDIA SL
0833-DTN B.M.W.
24/11/2011 17:50
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019650
0
CONCEPCION RIBES SOTOS
3119-FKG A.U.D.I.
23/11/2011 16:13
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019651
0
CARLOS DIAZ HUERGA
V-0622-EV OPEL
24/11/2011 17:45
PLUS ULTRA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019652
0
MARIA DEL MAR HERRERO ORTEGA
M-0365-YN LANCIA
23/11/2011 15:48
GABRIEL MIRO
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110019654
0
JUAN VICENTE VEGA DE LA RODRIGUEZ
V-0410-FB VOLKSWAGEN
23/11/2011 11:32
NAU (LA)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019655
0
MIGUEL MARQUEZ PERALTA JESUS
5300-FLR FORD
23/11/2011 11:30
NOU
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019657
0
JUAN ANTONIO RUIZ CASADO
1488-DPB NISSAN
24/11/2011 17:50
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019662
0
JESUS ILLANES VERA MARCOS
V-3628-GL SEAT
24/11/2011 11:13
ALZIRA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110019665
0
JUAN ESCAMES RUIZ
9243-FCN CITROEN
24/11/2011 11:10
ALZIRA
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019666
0
JESUS CAMBRA APARISI
9682-GLD B.M.W.
24/11/2011 11:14
ALZIRA
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019667
0
ALVARO CIRUJEDA DIAZ
7275-DDT FORD
24/11/2011 11:16
ALZIRA
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019668
0
BUTLLETÍ OFICIAL
112
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos SANDRA MONZO AGUT
Matrícula 3804-FKX KIA
Fecha 24/11/2011 12:28
Lugar
BOLETIN OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Expediente
Pto.
80,00
46131110019671
0
094
90,00
46131110019673
0
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
Euros
LOURDES GALLEGO LACALLE
9722-DWN RENAULT
24/11/2011 11:09
MAGISTRAT CATALA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
ROCIO SANCHEZ SANCHIS
V-4910-GK PEUGEOT
24/11/2011 11:20
VILA (DE LA)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019674
0
JUAN J. SEPULVEDA SARMIENTO
9231-BTJ RENAULT
24/11/2011 12:00
CARMELITES (DE LES)
ESTACIONAR EN UN CARRIL DESTINADO AL USO EXLUSIVO DEL TRASPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110019675
0
MANUEL GOMEZ SEGURA
4590-DYJ FORD
24/11/2011 09:27
DAOIZ I VELARDE
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019676
0
ANGEL PALACIO TORAN
C-9519-BRM PIAGGIO
24/11/2011 11:42
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019679
0
ROSA ANA FRASQUET CAMPUZANO
2134-DZJ PEUGEOT
24/11/2011 11:50
SANT FRANCESC DE BORJA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019684
0
MIGUEL ANGEL MARFIL GAY
4725-DNF OPEL
24/11/2011 19:30
SANT VICENT FERRER
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110019685
0
A 60 MOBILIARIO SL
0275-BLD VOLKSWAGEN
24/11/2011 19:30
SANT VICENT FERRER
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110019687
0
ALFONSO MARTINEZ TORREGROSA
9530-BDR PEUGEOT
24/11/2011 19:00
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110019688
0
GEMA ESTEVE URIOS
2160-DXG A.U.D.I.
24/11/2011 11:25
JOAN XXIII
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110019689
0
FERNANDO VILLAN BERRIGUETE
1682-GDN FIAT
24/11/2011 11:25
REI
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019691
0
ANGEL ROMERO OSA LA
0229-CSM PEUGEOT
24/11/2011 17:55
VALENCIA (DE)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019694
0
SALVADOR MENA SANCHIS
8023-CYW FORD
24/11/2011 10:39
REIS CATOLICS
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019695
0
SL HIJOS DE AMADEO APARISI
3396-CZW SEAT
25/11/2011 11:30
CIUTAT DE LAVAL
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019718
0
ROBERTO CARLOS PACHECO GALLARDO
0922-FCN YAMAHA
25/11/2011 17:10
GOLETA (LA)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110019737
0
LAFITATTI SL
4378-DJM MERCEDESBENZ
26/11/2011 08:47
MADRID
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019749
0
MARIA LIRIOS MOLLA SANJUAN
8358-FVF PEUGEOT
25/11/2011 08:44
ABAT SOLA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019763
0
CIRO JOAQUIN SOLIZ SUVIRAMA
5721-BVX TELCO
26/11/2011 16:05
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110019768
0
094
200,00
46131110019779
0
JOSE MANUEL SANCHEZ ARANDA
9484-DZY OPEL
26/11/2011 02:20
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
ESPERANZA DOLOR VILA ARSENAL
8631-DTZ PEUGEOT
27/11/2011 12:50
BENISSUAI
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019785
0
CONRADO E HIJOS
8314-CYZ B.M.W.
25/11/2011 17:00
GOLETA (LA)
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110019791
0
COR685 IVECO
25/11/2011 19:50
CARDENAL SANZ I FORES
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110019798
0
094
200,00
46131110019800
0
VITAUDVS ZELVYS JUAN MARI LAPIEDRA
6410-DCH KIA
26/11/2011 08:45
SANT PERE
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
DAVID MATA LOPEZ
1744-FWG KAWASAKI
27/11/2011 20:22
RAVAL (DEL)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019801
0
LUIS GARCIA MOYA
C-4150-BLZ PEUGEOT
27/11/2011 18:45
BENICANENA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019803
0
ENRIQUE MENGUAL MONCHO
9466-CZJ MERCEDESBENZ
28/11/2011 19:20
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110019813
0
MIRIAM BEATRIZ MORANTE CARBONELL
1953-BZR CITROEN
28/11/2011 10:55
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019823
0
VICENTE VICIANO MARTI
3374-DPN NISSAN
29/11/2011 11:22
ESPANYA (D')
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019833
0
LACUSTA STELICA NICOLAE
4292-CBL B.M.W.
28/11/2011 11:32
PINET
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110019845
0
LACUSTA STELICA NICOLAE
4292-CBL B.M.W.
29/11/2011 10:05
OLIVA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019846
0
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos ISABEL RAMIREZ OSUNA
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula 1566-BXP FORD
Fecha 28/11/2011 12:00
Lugar
BOLETIN OFICIAL
113
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Expediente
Pto.
90,00
46131110019849
0
094
90,00
46131110019854
0
CIUTAT DE LAVAL
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
Euros
JOSE ARCOS MARTINEZ
6111-FSN B.M.W.
28/11/2011 21:10
EL·LIPTICA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
CB JAVIER MONZO E HIJO
0584-FHR B.M.W.
28/11/2011 11:13
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110019855
0
CONCEPCION RIBES SOTOS
3119-FKG A.U.D.I.
28/11/2011 18:07
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019857
0
JOSE VICENTE RUIZ GRACIA
9605-BZN TOYOTA
30/11/2011 16:00
GERMANIES (DE LES)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019870
0
091
200,00
46131110019880
0
NICUSOR PASCU
9179-GZJ DACIA
28/11/2011 12:00
CIUTAT DE LAVAL
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
SONIA MANUELA POLVOREDA LOPEZ
0802-DKG NISSAN
30/11/2011 12:10
SANT PERE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019886
0
ALBERTO CORCETERO FERNANDEZ
0749-DNZ FORD
30/11/2011 19:20
ALACANT
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019889
0
SYSTEM STAIR LIFT
0504-GYM MINI
30/11/2011 19:30
ALACANT
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
90,00
46131110019890
0
SANTIAGO GISBERT CRUZ
2507-CZJ TOYOTA
30/11/2011 19:10
LLEVANT
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019893
0
SAID HNINI
7234-BST RENAULT
29/11/2011 09:42
SANT PERE
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019901
0
Mª ANTONIA BORRAS MONCHO
9623-CMM NISSAN
29/11/2011 12:15
PARKING DE LES ANIMES
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110019910
0
J. ENRIQUE CATALA CATALA
8610-CHJ RENAULT
29/11/2011 17:25
CARMELITES (DE LES)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019913
0
PROMOCIONES TURISTICAS TOLEDO SL
0347-FHD MERCEDESBENZ
23/11/2011 18:35
MARQUES DE CAMPO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019921
0
VIOLETA ATANASSOVA PETROVA
0852-CSG FIAT
23/11/2011 19:14
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110019929
0
0OR
90,00
46131110019930
0
VICTOR MONTAÑES RAIDA
V-2474-GZ FORD
23/11/2011 11:16
SANTS DE LA PEDRA
ESTACIONAR EL VEHICULO EN UN MISMO LUGAR DE LA VIA DURANTE MAS DE SIETE DIAS CONSECUTIVOS.
PROMOTORA INVER SL
4826-FXF MERCEDESBENZ
23/11/2011 08:50
MONDUVER
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110019931
0
EVA TEJA GONZALEZ
3623-BBT MERCEDES
24/11/2011 10:50
PRIMER DE MAIG
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110019935
0
MARIS STEPANOVS
V-7690-GH HYUNDAI
01/12/2011 19:55
MALDONADO
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110019940
0
ANTONIO ANGEL CORBACHO PAREJA
9350-BHV ROVER
14/12/2011 19:00
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110019944
0
JUAN MORENO FERNANDEZ
V-4529-GY KIA
02/12/2011 10:15
BENICANENA
ESTACIONAR EN LA INTERSECCIÓN INDICADA GENERANDO PELIGRO POR FALTA DE VISIBILIDAD
094
200,00
46131110019961
0
HOSTELERIA ESPINOSA S.L.
6770-HCR JAGUAR
01/12/2011 12:42
FERROCARRIL D'ALCOI
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110019964
0
WALTER CORTEZ VALVERDE
V-6467-GJ RENAULT
01/12/2011 11:53
BENIARJO
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019967
0
CARLOS CERDAN APARICIO
B-6528-SU OPEL
01/12/2011 11:53
BENIARJO
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019969
0
SL LITTLEWOOD
3239-DYP VOLKSWAGEN
02/12/2011 18:15
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110019972
0
DIS.PROD,ACCES DIMAX
2024-CJJ FORD
01/12/2011 11:46
SANT PERE
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019973
0
CARLOS MACIAS DELGADILLO JUAN
V-1469-HB SEAT
01/12/2011 11:31
ABAT SOLA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110019980
0
LACUSTA STELICA NICOLAE
4292-CBL B.M.W.
04/12/2011 05:50
SANT ENRIC
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110020000
0
ALGEPSERIA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110020003
0
ANTONIO ANGEL CORBACHO PAREJA
9350-BHV ROVER
06/12/2011 00:45
BUTLLETÍ OFICIAL
114
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131110020008
0
BARBU CONSTANTIN
0657-BXK MERCEDES
06/12/2011 00:49
ALGEPSERIA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
AUTOCREDITO GANDIA SL
V-8128-FL CITROEN
05/12/2011 04:30
RAFELCOFER
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
100,00
46131110020010
0
ANTONIO ANGEL CORBACHO PAREJA
9350-BHV ROVER
05/12/2011 11:50
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110020018
0
9346-BYR FORD
03/12/2011 16:25
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110020030
0
OLGA PATRICIA AZACATA TENELEMA
3229-DKM CHEVROLET
07/12/2011 20:14
TORRE DELS PARES
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110020033
0
PAU PRIETO GIMENEZ
V-2047-HC OPEL
07/12/2011 17:47
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110020035
0
091
200,00
46131110020049
0
094
JOAQUIN BLAY PRATS
5480-DLN PEUGEOT
07/12/2011 11:35
COLON
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
SALVADOR TUR CLIMENT
8485-GSH NISSAN
05/12/2011 19:45
BLASCO IBAÑEZ
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110020053
0
ADRIANA CONSTANTINIDE MARIA
V-1882-HF OPEL
05/12/2011 19:50
BLASCO IBAÑEZ
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110020056
0
GABRIELA BONTA MIRELA
B-9431-UX SEAT
05/12/2011 18:21
ASSAGADOR
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110020066
0
ENRIQUE PEREIRA AGUILERA
A-3449-CP TOYOTA
07/12/2011 21:05
PELLERS (DELS)
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
90,00
46131110020068
0
094
200,00
46131110020077
0
ANGELOV KAMEN NIKOLAEV
M-0174-SZ OPEL
03/12/2011 09:15
SANT VICENT
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
IACOBELLI SERGIO
X266EKU CITROEN
03/12/2011 14:00
PINTOR JOAN DE JOANES
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110020080
0
MARCELO HORACIO VIVAS
CS-6399-AN RENAULT
08/12/2011 19:32
BAIREN
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110020097
0
RICARDO GONZALEZ BARRULL
6976-DKJ OPEL
03/12/2011 06:25
ROTOVA
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
100,00
46131110020100
0
FERNANDO REBATO TEJADO
8712-CHJ RENAULT
09/12/2011 12:55
GERMANIES (DE LES)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110020119
0
TALLER DE VINOS LA SAFOR SL
8469-CDG VOLKSWAGEN
09/12/2011 12:54
SANT RAFAEL
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110020125
0
FELIX HIPOLITO ENCISO RODAS
0425-DKC HYUNDAI
09/12/2011 20:12
REPUBLICA ARGENTINA
PARAR O ESTACIONAR OBSTACULIZANDO GRAVEMENTE LA CIRCULACION
091
200,00
46131110020138
0
SL NATURANDINA AMERICA IMPORT
6627-FKJ FORD
09/12/2011 20:11
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110020141
0
VALENTIN VALCHEV CENKOV
4744-FSG PEUGEOT
09/12/2011 15:05
VALENCIA (DE)
CONDUCIR UTILIZANDO MANUALMENTE EL TELÉFONO MÓVIL O CUALQUIER OTRO DISPOSITIVO INCOMPATIBLE CON LA OBLIGATORIA ATENCION PERMANENTE A LA CONDUCCION
018
200,00
46131110020147
3
ANGEL RAMON BENTANCUR
6368-DTF FORD
11/12/2011 00:00
SANT VICENT FERRER
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110020149
0
RUBEN MORANT GARCIA
3884-CMD MERCEDESBENZ
11/12/2011 21:32
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110020154
0
JOSE MARIA SANCHEZ ALCON PRADOS
V-6905-FG NISSAN
11/12/2011 18:46
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131110020161
0
CHEN WEIJING
2625-DJY PEUGEOT
10/12/2011 17:00
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110020179
0
OSCAR ADAN GACITUA
1728-DWT FORD
10/12/2011 19:10
SANT VICENT FERRER
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
100,00
46131110020182
0
091
200,00
46131110020206
0
ACHI EL BOUTAYBY
B-4420-SS SEAT
12/12/2011 16:14
EL·LIPTICA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
SORAYA BERBEGALL FRASQUET
V-2373-GU SEAT
25/11/2011 10:50
EL·LIPTICA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110020215
0
MARTIN PENIZA AMOROS
A-2137-CM FIAT
01/12/2011 09:30
EXERCIT ESPANYOL
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110020223
0
JUAN CARLOS MARTI ESCRIVA
A-4537-CP FIAT
14/12/2011 11:40
LORETO
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110020233
0
SISTRONIC SL.
3637-DLX PEUGEOT
02/12/2011 13:30
ALGEPSERIA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110020235
0
NEW BANBA SL
8286-FNY RENAULT
14/12/2011 19:10
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131110020251
0
MILTON CUEVAS GUEVARA
9857-FXF SKODA
05/12/2011 13:20
GUITARRISTA SALVADOR GARC
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131110020252
0
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula
5444-GPY JUAN BERNABE TOLOSA CARRIO VOLKSWAGEN
Fecha 13/12/2011 18:41
Lugar
BOLETIN OFICIAL
115
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Expediente
Pto.
200,00
46131110020281
0
091
200,00
46131110020283
0
NOU D'OCTUBRE
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO PASO DE PEATONES
094
Euros
CARLOS SANCHEZ PALACIOS
B-1629-TW A.U.D.I.
13/12/2011 18:33
CIUTAT DE LAVAL
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
JAUME PEIRO FAYOS
1673-GMB BMW
15/06/2010 11:33
ALACANT
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110020301
0
094
90,00
46131110020311
0
MARCOS TAMARIT ALBEROLA
0513-FFS TOYOTA
14/12/2011 11:00
BENIARJO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
SERVI RENT SL
6457-HGN KIA
13/12/2011 10:56
ESPANYA (D')
ESTACIONAR EN EL LUGAR INDICADO IMPIDIENDO LA VISIBILIDAD DE LA SEÑALIZACION
094
200,00
46131110020313
0
MARCOS TAMARIT ALBEROLA
0513-FFS TOYOTA
14/12/2011 11:00
BENIARJO
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110020314
0
MARIA YURIEVA ANGELOVA
9497-DDG VOLKSWAGEN
13/12/2011 11:50
ESPANYA (D')
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110020316
0
JUAN PABLO MARTINEZ MONCADA
V-3491-ED FORD
15/12/2011 09:40
COLON
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131110020329
0
094
200,00
46131110020335
0
SERVISOL URBANA SL
7263-CDN A.U.D.I.
15/12/2011 10:50
CARMELITES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
JORGE MARTI MARTI
7721-DXK FORD
15/12/2011 12:10
MARE DE DEU BLANQUETA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110020337
0
RAFAEL B. ESPINO PAREDES
V-7760-GF VOLKSWAGEN
16/12/2011 12:15
PARC DEL PAIS VALENCIA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110020341
0
RAMADE YVONNE JEANNE
4509-GBG CHEVROLET
16/12/2011 08:20
LLUIS VIVES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110020344
0
RAUL BRUNELLI RODOLFO
A-9796-CT FIAT
17/12/2011 20:00
CARMELITES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110020362
0
MIGUEL ANGEL DIEZ GONZALEZ
V-6938-FX NISSAN
18/12/2011 11:10
FLORISTES
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131110020366
0
ANITA SABOU CLAUDIA
NA-0841-BC RENAULT
17/12/2011 08:55
SANT RAFAEL
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131110020369
0
PILAR GONZALEZ SANCHEZ
7439-BVJ PEUGEOT
19/12/2011 16:06
MAJOR DE BENIOPA
NO RESPETAR LA INDICACIÓN DE UNA MARCA VIAL AMARILLA
0171
80,00
46131110020383
0
CATALIN RAZVAN RENTEA
AB-3156-T PEUGEOT
17/12/2011 09:15
CARDENAL SANZ I FORES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110020390
0
TEODOR CONSTANTIN TAVASE
V-4309-EN VOLKSWAGEN
17/12/2011 00:10
DOCTOR FLEMING
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131110020392
0
091
200,00
46131110020404
0
SL PROMOCION GRAFIKA DENIA
8744-HBN CHEVROLET
19/12/2011 19:15
BAIREN
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
FLORIN MOCIU
3053-BGW FORD
20/12/2011 17:00
EL·LIPTICA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110020422
0
ADRIAN ROMERO BAÐULS
C-0140-BNN HONDA
19/12/2011 21:30
CRIST REI
NO UTILIZAR ADECUADAMENTE EL PASAJERO DEL VEHICULO EL CORRESPONDIENTE CASCO DE PROTECCIÓN HOMOLOGADO O CERTIFICADO
0118
200,00
46131110020429
0
DIEGO ARIEL PRISCO
2986-BCJ PEUGEOT
19/12/2011 09:10
MAGISTRAT CATALA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
100,00
46131110020434
0
SANA ANKAB
C-0652-BVG PEUGEOT
19/12/2011 13:00
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
100,00
46131110020438
0
TAVER-RIEGOS SL
V-5223-FB CITROEN
19/12/2011 18:40
SANT FRANCESC DE BORJA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131110020440
0
CLIMATIZACIONES MEDISOL SL
8692-DCB FIAT
19/12/2011 11:30
ALACANT
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
90,00
46131110020441
0
094
90,00
46131110020443
0
JUAN ANTONIO MOLINA RODRIGUEZ
1327-HBV MAZDA
19/12/2011 11:22
MARQUES DE CAMPO
ESTACIONAR EN LUGAR PROHIBIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMO ESTACIONAMIENTO CON LIMITACION HORARIA, SIN COLOCAR EL DISTINTIVO QUE LE AUTORIZA , O EXCEDER EL TIEMPO AUTORIZADO AL EFECTO
JUAN CARLOS LOPEZ LOPEZ
5736-DTP KIA
20/12/2011 17:10
ALACANT
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131110020452
0
FERNANDO CARDONA AUSINA
V-1177-DS SUZUKI
20/12/2011 17:29
MOSSEN MORAGUES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131110020456
0
BUTLLETÍ OFICIAL
116
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Nombre Apellidos
Matrícula
Fecha
Lugar
BOLETIN OFICIAL
N.º 30 4-II-2012
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art. 091
Euros
Expediente
Pto.
200,00
46131120000003
0
ROSA ROIG ROIG
3881-BKH FORD
20/12/2011 19:20
MORAN RODA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
GRANITOS S.A. JAVIER GARCIA, MARMOLES Y
0592-BWZ BMW
21/12/2011 11:40
ROSA DELS VENTS
ESTACIONAR EL VEHICULO EN EL MISMO LUGAR DE LA VIA DURANTE MAS DE SIETE DIAS CONSECUTIVOS.
015
100,00
46131120000005
0
MIRCEA STANCULESCU
1462-DRW IVECO
20/12/2011 09:20
SANT PERE
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
094
200,00
46131120000008
0
JAVIER JULIO ESCRIVA FRANCISCO
3075-DXG DACIA
21/12/2011 17:25
LLUIS VIVES
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131120000041
0
MERY JIMENA AROCA CHIMBORAZO
4148-DKK FORD
19/12/2011 22:04
PERU
ESTACIONAR EN DOBLE FILA
094
200,00
46131120000046
0
ISRAEL PELLICER GOMAR
V-5956-HH HYUNDAI
21/12/2011 12:18
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131120000047
0
J. JOSE PEREZ FERRER
V-5534-FX FORD
22/12/2011 18:33
JESUITES (DELS)
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131120000062
0
SALVADOR GARCIA MARTINEZ
1975-DYW B.M.W.
24/12/2011 13:00
MARE DE DEU BLANQUETA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131120000104
0
MILTON CUEVAS GUEVARA
9857-FXF SKODA
23/12/2011 07:50
GUITARRISTA SALVADOR GARCIA
CIRCULAR CON EL VEHICULO RESEÑADO POR LA ACERA O ZONA PEATONAL
0121
200,00
46131120000109
0
GABRIEL EDUARDO PEREZ BENITEZ
V-3498-EP B.M.W.
23/12/2011 08:57
EL·LIPTICA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131120000123
0
JUANA LOPEZ ALONSO
1129-BCR FORD
23/12/2011 11:21
BENIOPA (DE)
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131120000126
0
JOSE LUIS MONTEAGUDO MARTINEZ
V-2779-FL FORD
23/12/2011 12:07
ALACANT
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VIA RESERVADO EXCLUSIVAMENTE PARA LA CIRCULACIÓN
094
100,00
46131120000129
0
AUTOCREDITO GANDIA SL
V-1636-FX RENAULT
23/12/2011 15:00
SANT VICENT FERRER
ESTACIONAR EN ZONA DESTINADA PARA ESTACIONAMIENTO Y PARADA DE USO EXCLUSIVO PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO URBANO
094
200,00
46131120000130
0
TERESA NACHER MARI MARIA
8515-GJV FORD
23/12/2011 15:30
PINTOR SOROLLA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131120000144
0
ANITA SABOU CLAUDIA
NA-0841-BC RENAULT
23/12/2011 11:26
FERROCARRIL D'ALCOI
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131120000149
0
ALBERTO GARCIA ALEMANY
9844-BDR OPEL
26/12/2011 13:30
GOLETA (LA)
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
0154
200,00
46131120000165
0
MIGUELA SORIANO GOMEZ
1267-GLN CHEVROLET
27/12/2011 08:22
PLUS ULTRA
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131120000193
0
ARGIMIRO IGLESIAS MARTIN
4976-CZD PEUGEOT
28/12/2011 15:40
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131120000206
0
ARTESANO INMOBILIARIO SL
3010-BRW MERCEDES
28/12/2011 16:00
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131120000210
0
DIMITROV HADZHIEV STANIMIR
A-1080-EC B.M.W.
29/12/2011 12:15
MOSSEN MORAGUES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131120000211
0
PEDRO MAHIQUES DONET
9229-CCD OPEL
29/12/2011 11:33
EL·LIPTICA
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131120000212
0
SALVADOR ESCRIVA ADROVER
4037-DCL RENAULT
29/12/2011 11:20
LLUIS VIVES
ESTACIONAR EN ZONA SEÑALIZADA COMO CARGA Y DESCARGA (MÁXIMO 15 M. OMT )
094
100,00
46131120000222
0
091
200,00
46131120000226
0
ANTONIO TIMONER SL
8438-CRW MERCEDESBENZ
28/12/2011 08:08
MARQUESA DE JURA REAL (DE
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
GERMAN BARRIGA RODRIGUEZ
0756-FPY SSANGYONG
28/12/2011 19:03
SANT PERE
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHBICION O RESTRICCIÓN
0154
80,00
46131120000230
0
094
200,00
46131120000231
0
GABRIEL PIZARRO MENA
9796-BLD RENAULT
28/12/2011 18:32
GERMANIES (DE LES)
ESTACIONAR EN ZONA URBANA EN INTERSECCIÓN O EN SUS PROXIMIDADES, DIFICULTANDO EL GIRO A OTROS VEHICULOS
MIGUEL ANGEL VAELLO SANCHO
C-6430-BTT YAMAHA
23/12/2011 18:30
LORETO
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131120000240
0
FLORIN FIERARU VIJAI
V-6097-GB NISSAN
28/12/2011 09:25
GABRIEL MIRO
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131120000244
0
LIDIA MORANT RODRIGUEZ
T-5420-AZ CITROEN
28/12/2011
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131120000247
0
N.º 30 4-II-2012
Nombre Apellidos
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Matrícula
Fecha
JOAQUIN RICARDO ROQUE AVILA
CA-7898-BS FORD
29/12/2011 20:13
JOSE IGNACIO BERGADO PEREDA
5028-CJT RENAULT
28/12/2011 12:05
DAGOBERTO VERA HERNANDEZ
9474-GDY OPEL
25/12/2011 01:05
RESTAURANT CLOT DE LA MOTA SL
V-3133-GW OPEL
25/11/2011 19:45
Lugar
BOLETIN OFICIAL
117
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Precepto
Art.
Expediente
Pto.
200,00
46131120000252
0
0154
200,00
46131120000253
0
094
200,00
46131120000282
0
NO RESPETAR LA INDICACIÓN DE UNA MARCA VIAL AMARILLA
0171
100,00
46131120000290
0
094
200,00
46131120000291
0
MUSIC UBEDA
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
SANT RAFAEL
NO OBEDECER UNA SEÑAL DE PROHIBICIÓN O RESTRICCIÓN (INDICAR SEÑAL)
PERU
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
MAJOR DE BENIOPA
Euros
JOSE ARCOS MARTINEZ
6111-FSN B.M.W.
01/01/2012 02:30
EL·LIPTICA
ESTACIONAR EN UN CARRIL O PARTE DE LA VÍA RESERVADA EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO DE DETERMINADOS USUARIOS
MULTISERVEIS TURISTICS SL
6418-BMR VOLKSWAGEN
25/12/2011 02:00
NOU D'OCTUBRE
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131120000292
0
SALVADOR RAGA RICO
3264-DBX YAMAHA
02/01/2012 09:06
CISCAR
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131120000293
0
ABDERRAHIN ES SAMADI
V-1986-GV SEAT
25/12/2011 12:00
BENISSUAI
ESTACIONAR DELANTE DE UN VADO SEÑALIZADO CORRECTAMENTE
094
200,00
46131120000294
0
091
200,00
46131120000296
0
JOSE COTS SOLER MARIA
5651-GNL TOYOTA
02/01/2012 11:00
ERMITA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
SOGAPE S.L.
V-7441-FF IVECO
03/01/2012 09:00
RONDA DE VENECIA
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131120000310
0
RAUL SOLER ESCRIVA
C-9811-BBF PIAGGIO
03/01/2012 11:40
MAJOR
ESTACIONAR SOBRE LA ACERA, PASEO Y DEMÁS ZONAS DESTINADAS AL PASO DE PEATONES
094
200,00
46131120000314
0
SOLERA ASUNCION JUAN MANUEL
3593-DKY VOLKSWAGEN
03/01/2012 09:00
REPUBLICA ARGENTINA
ESTACIONAR UN VEHICULO EN ZONA RESERVADA A CARGA Y DESCARGA DURANTE LAS HORAS DE UTILIZACIÓN ( MAX 15 MINUTOS O 5 MINUTOS SIN ACTIVIDAD ART 39-4 OMT
091
200,00
46131120000327
0
2012/2651
118
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ayuntamiento de Marines Edicto del Ayuntamiento de Marines sobre plan de saneamiento y reequilibrio financiero 2012-2014. EDICTO En cumplimiento de lo establecido en el artículo 26 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, y a efectos meramente informativos, se hace público que el Pleno del Ayuntamiento de Marines en sesión de fecha 29 de diciembre de 2011, aprobó un Plan de Saneamiento y Reequilibrio Financiero para los ejercicios 2012-2014. El mismo estará a disposición de los interesados en la sede del Ayuntamiento, durante su vigencia. En Marines, a 23 de enero de 2012.—La alcaldesa, Mª Dolores Celda LLuesma. 2012/2653
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
N.º 30 4-II-2012
N.º 30 4-II-2012
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ayuntamiento de Buñol Anuncio del Ayuntamiento de Buñol sobre baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes de Afrodita Radu y otros. ANUNCIO Incoado expediente por este Ayuntamiento de Buñol de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes, en virtud de lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, y habida cuenta del incumplimiento por los interesados de los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento, y no habiendo podido practicar la notificación de manera personal, a cuantos figuran abajo relacionados, sirva el presente anuncio para ello, haciendo constar que contra esta presunción, los interesados podrán, en el plazo de diez días, manifestar si están o no de acuerdo con la baja, pudiendo en este último caso, alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, al objeto de acreditar que es en este municipio en el que residen el mayor número de días al año. AFRODITA RADU FLORIN DUTA JOSE ANTONIO PINTO LOPES DUARTE COITO Buñol, 26 de enero de 2012 .—El alcalde, Joaquín Masmano Palmer. 2012/2657
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
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BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ayuntamiento de Buñol Anuncio del Ayuntamiento de Buñol sobre expediente de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes de Carlos Alejandro Rodríguez y otros. ANUNCIO No habiendo podido efectuar personalmente la notificación de la Resolución de Alcaldía nº 46/12, de fecha 13 de enero de 2012, a los siguientes interesados: CARLOS ALEJANDRO RODRIGUEZ DANIEL FLORIN BOGHIAN VIRGIL MARCIEL JARAVETE VLASTIMIL BROZEK DIANA MARCELA OSPINA ARANDA y de conformidad con lo prevenido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se procede a la publicación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, del extracto del acto administrativo que a continuación se relaciona: Resolución de alcaldía nº 36/12 de fecha 13 de enero de 2012, relativa a expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de Buñol: 1.- Dar de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes, con efectos de fecha 13-01-2012 a: CARLOS ALEJANDRO RODRIGUEZ DANIEL FLORIN BOGHIAN VIRGIL MARCIEL JARAVETE VLASTIMIL BROZEK DIANA MARCELA OSPINA ARANDA Lo que se hace público mediante el presente edicto, haciendo saber al interesado/a que contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente ante el mismo órgano que la ha dictado, o impugnarla directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de los de Valencia, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la presente notificación. No podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en caso de que potestativamente se interponga. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente. El correspondiente expediente obra en la Secretaría del Ayuntamiento de Buñol, Departamento de Padrón de Habitantes sito en C/ Cid, 20 de Buñol (Valencia), en horario de 8:00 a 15:00 horas. Buñol, 26 de enero de 2012.—El alcalde, Joaquín Masmano Palmer. 2012/2659
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DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
N.º 30 4-II-2012
N.º 30 4-II-2012
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ayuntamiento de Buñol Anuncio del Ayuntamiento de Buñol sobre expediente de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes de Narciso Antonio Quintana Gutiérrez y otros. ANUNCIO No habiendo podido efectuar personalmente la notificación de la Resolución de Alcaldía nº 37/12, de fecha 13 de enero de 2012, a los siguientes interesados: NARCISO ANTONIO QUINTANA GUTIERREZ DANIELA ALEJANDRA QUINTANA VARGAS J.Q.V. (Representante ANTONIO QUINTANA GUTIERREZ) P.A.Q.V.(Representante DANIELA ALEJANDRA QUINTANA VARGAS) y de conformidad con lo prevenido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se procede a la publicación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, del extracto del acto administrativo que a continuación se relaciona: Resolución de alcaldía nº 37/12 de fecha 13 de enero de 2012, relativa a expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de Buñol: 1.- Dar de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes, con efectos de fecha 13-01-2012 a: NARCISO ANTONIO QUINTANA GUTIERREZ DANIELA ALEJANDRA QUINTANA VARGAS J.Q.V. (Representante ANTONIO QUINTANA GUTIERREZ) P.A.Q.V.(Representante DANIELA ALEJANDRA QUINTANA VARGAS) Lo que se hace público mediante el presente edicto, haciendo saber al interesado/a que contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente ante el mismo órgano que la ha dictado, o impugnarla directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de los de Valencia, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la presente notificación. No podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en caso de que potestativamente se interponga. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente. El correspondiente expediente obra en la Secretaría del Ayuntamiento de Buñol, Departamento de Padrón de Habitantes sito en C/ Cid, 20 de Buñol (Valencia), en horario de 8:00 a 15:00 horas. Buñol, 26 de enero de 2012.—El alcalde, Joaquín Masmano Palmer. 2012/2660
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DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ayuntamiento de Buñol Anuncio del Ayuntamiento de Buñol sobre expediente de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes de Felipe López Faubell y otros. ANUNCIO No habiendo podido efectuar personalmente la notificación de la Resolución de Alcaldía nº 36/12, de fecha 13 de enero de 2012, a los siguientes interesados: FELIPE LOPEZ FAUBELL M ISABEL LOPEZ FAUBELL JOSE VICENTE GOMEZ LOPEZ y de conformidad con lo prevenido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se procede a la publicación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, del extracto del acto administrativo que a continuación se relaciona: Resolución de alcaldía nº 36/12 de fecha 13 de enero de 2012, relativa a expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de Buñol: 1.- Dar de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes, con efectos de fecha 13-01-2012 a: FELIPE LOPEZ FAUBELL M ISABEL LOPEZ FAUBELL JOSE VICENTE GOMEZ LOPEZ Lo que se hace público mediante el presente edicto, haciendo saber al interesado/a que contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente ante el mismo órgano que la ha dictado, o impugnarla directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de los de Valencia, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la presente notificación. No podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en caso de que potestativamente se interponga. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente. El correspondiente expediente obra en la Secretaría del Ayuntamiento de Buñol, Departamento de Padrón de Habitantes sito en C/ Cid, 20 de Buñol (Valencia), en horario de 8:00 a 15:00 horas. Buñol, 26 de enero de 2012.—El alcalde, Joaquín Masmano Palmer. 2012/2661
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DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
N.º 30 4-II-2012
N.º 30 4-II-2012
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ayuntamiento de Buñol Anuncio del Ayuntamiento de Buñol sobre expediente de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes de Stefan Mihai Tamas. ANUNCIO No habiendo podido efectuar personalmente la notificación de la Resolución de Alcaldía nº 65/12, de fecha 17 de enero de 2012, a los siguientes interesados: STEFAN MIHAI TAMAS y de conformidad con lo prevenido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se procede a la publicación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, del extracto del acto administrativo que a continuación se relaciona: Resolución de alcaldía nº 65/12 de fecha 17 de enero de 2012, relativa a expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de Buñol: 1.- Dar de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes, con efectos de fecha 17-01-2012 a: STEFAN MIHAI TAMAS Lo que se hace público mediante el presente edicto, haciendo saber al interesado/a que contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente ante el mismo órgano que la ha dictado, o impugnarla directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de los de Valencia, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la presente notificación. No podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en caso de que potestativamente se interponga. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente. El correspondiente expediente obra en la Secretaría del Ayuntamiento de Buñol, Departamento de Padrón de Habitantes sito en C/ Cid, 20 de Buñol (Valencia), en horario de 8:00 a 15:00 horas. Buñol, 26 de enero de 2012.—El alcalde, Joaquín Masmano Palmer. 2012/2662
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Ayuntamiento de Montroy Anuncio del Ayuntamiento de Montroy sobre fin de expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de Francisco José Romero Delgado. ANUNCIO En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero, el Ayuntamiento de Montroy, no habiendo podido practicar las notificaciones correspondientes a la Resolución de la Alcaldía nº 13/2012 de 17 de enero de 2012, por desconocer el domicilio de los interesados que a continuación se relacionan, mediante el presente anuncio se cita a los mismos para que comparezcan en las dependencias de este Ayuntamiento, a fin de que les sea notificada la actuación llevada a cabo por el departamento de Secretaría y que seguidamente se relaciona: Interesados
Asunto
D. Francisco José Romero Delgado
Notificación fin expediente baja oficio en padrón municipal de habitantes
Las personas interesadas o sus representantes deberán comparecer, con el fin de ser notificados, en el plazo de 10 días, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial” de la provincia. Asimismo, se advierte a los interesados que de no comparecer en dicho plazo, la notificación se entenderá practicada, a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del mismo. En Montroy, a 17 de enero de 2012.—El alcalde, Antonio Polo Bessó. 2012/2664
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Ajuntament de Corbera Edicte de l’Ajuntament de Corbera sobre notificació a veïns de l’ampliació d’activitat de central hortofrutícola en Av. Alzira, 5, promoguda per Morales Júcar, S.A. EDICTE Per Raul Fort Marí en representació de MORALES JÚCAR S.A., s’ha sol•licitat llicència ambiental per a l’ampliació d’activitat de central hortofrutícola en Av. Alzira, 5, segons expedient 6/2011 De conformitat amb el que establix l’article 50 de la Llei 2/2006, de 5 de maig, de Prevenció de la Contaminació i Qualitat Ambiental, el procediment de referència se sotmet a informació pública per un termini de vint dies, perquè les persones físiques o jurídiques, associacions veïnals i quants ho consideren oportú, formulen les al•legacions que tinguen per convenients. L’expedient es podrà examinar en la Secretaria d’este Ajuntament, durant les hores d’onze a catorze. Corbera, a 12 de gener de 2012.—L’alcalde, Jordi X. Vicedo Jiménez. 2012/2665
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Ayuntamiento de Paterna Area de Gestión Municipal Estadística y Padrón Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes. EDICTO Expte: 2/2011 Por Decreto de Alcaldía número 169 de 18 de enero de 2012, se ha dispuesto dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes a los extranjeros no comunitarios (ENCSARP), correspondiente a los ficheros H46190IA.611, 711, 811 y 911 que no han renovado su inscripción a los dos años de alta cual afecta a las siguientes personas: FICHERO H46190ia.611
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KAUR *, KAMALJEET
INDIA
MONTES *BERMUDEZ, JHON SERGIO
COLOMBIA
PABON *CARANQUI, PRISCILA ANDREA
ECUADOR
PERAFAN *ALZATE, JUAN PABLO
COLOMBIA
PRESAS *BARRETO, SUSANA CAROLINA
VENEZUELA
PRYVEDENTSEVA *, LYUDMYLA
UCRANIA
ROJAS *HERNANDEZ, MAURO JOSE
VENEZUELA
SAAVEDRA *PADILLA, SILVIA PEPITA
BOLIVIA
VALENCIA *CASTAÑO, PAOLA ANDREA
COLOMBIA
VEGA *FERIZ, SANDRA NAYIBE
COLOMBIA
BARCO *GIRALDO, CESAR AUGUSTO
COLOMBIA
WAGNER *CARDONA, HERNANDO
COLOMBIA
BENJUMEA *VALENCIA, JHOAN SEBASTIAN
COLOMBIA
ZEGARRA *PALOMINO, MARIELA ESTHER
PERU
BIBOLETOVA *, GALIMET
UCRANIA
DAMBALLY *SANNEH, DAWDA
GAMBIA
BOSOKA *TORAO, FIDEL
GUINEA ECUATORIAL
DAMBALLY *SANNEH, MARIAM
GAMBIA
CARCAMO *BONILLA, LORENA XIOMARA
EL SALVADOR
DAMBALLY *SANNEH, NIUMASETU
GAMBIA
CIRO *CALDERON, NINI JOHANA
COLOMBIA
MOUSSAOUI *, MOHAMED AMINE
ARGELIA
CORNEJO *CORNEJO, MARTIN
PERU
ROMANO *, MATIAS
ARGENTINA
DOMINGUEZ *SANCHEZ, RENE
CUBA
TRUJILLO *ROSALES, MARIA CLARIVEL
CUBA
FENG *, SHAOMEI
CHINA
FERNANDEZ *VALENCIA, BRANDON
COLOMBIA
FLORES *PEREZ, JOSE RICARDO
EL SALVADOR
GARZON *SANCHEZ, LUIS HUMBERTO
COLOMBIA
HUANG *, WEILANG
CHINA
JOUNAIDA *, ACHAMLAL
MARRUECOS
KAUR *, KAMALJEET
INDIA
MONTES *BERMUDEZ, JHON SERGIO
COLOMBIA
PABON *CARANQUI, PRISCILA ANDREA
ECUADOR
PERAFAN *ALZATE, JUAN PABLO
COLOMBIA
PRESAS *BARRETO, SUSANA CAROLINA
VENEZUELA
PRYVEDENTSEVA *, LYUDMYLA
UCRANIA
ROJAS *HERNANDEZ, MAURO JOSE
VENEZUELA
SAAVEDRA *PADILLA, SILVIA PEPITA
BOLIVIA
VALENCIA *CASTAÑO, PAOLA ANDREA
COLOMBIA
VEGA *FERIZ, SANDRA NAYIBE
COLOMBIA
WAGNER *CARDONA, HERNANDO
COLOMBIA
ZEGARRA *PALOMINO, MARIELA ESTHER
PERU
FICHERO H46190ia.711
FICHERO H46190ia.811 AIGBOKHAN *, KENNEDY
NIGERIA
AIGBOKHAN *, WINNY
NIGERIA
ALYSEHEVA *, DARIA
RUSIA
ALYSHEV *, ILYA
RUSIA
ALYSHEV *, IVAN
RUSIA
ARIB *, WASSIM
MARRUECOS
ASHAD *, DRISS
MARRUECOS
BORIESA *TOKULE, CONSTANCIA
GUINEA ECUATORIAL
BOUKARI *, MADELA SEYRAM
TOGO
BOURASSI *, FATTOUCHE
MARRUECOS
ECHEGORRI *ALMIRON, MARTIN ESTEBAN
URUGUAY
EMMANUEL *, DAKLEU
CAMERUN
GUARDIA *MORILLO, AIDA
VENEZUELA
ISHAGH *DARAMANE, MOHAMED
MAURITANIA
KIRIAKO *ABZUETA, GIOVANNY ALEJANDRO
VENEZUELA
KONATEH *, EBRIMA
GAMBIA
LIMASSOU *, SALEH
CHAD
MANNEH *, MANSITA
GAMBIA
NUÑEZ *, ANDREA BEATRIZ
PARAGUAY
PALACIOS *ORTEGA, CRISTHIAN FERNANDO
COLOMBIA
PATARROYO *MORALES, JANNETH LILIAN
COLOMBIA
RAIGOSA *CASTANEDA, GERARDO ALFREDO
COLOMBIA
ROJAS *SOLARES, RICHARD
BOLIVIA
SINGH *, MANGALJEET
INDIA
WENG *, QIMING
CHINA
BARCO *GIRALDO, CESAR AUGUSTO
COLOMBIA
BENJUMEA *VALENCIA, JHOAN SEBASTIAN
COLOMBIA
BIBOLETOVA *, GALIMET
UCRANIA
BOSOKA *TORAO, FIDEL
GUINEA ECUATORIAL
CARCAMO *BONILLA, LORENA XIOMARA
EL SALVADOR
CIRO *CALDERON, NINI JOHANA
COLOMBIA
CORNEJO *CORNEJO, MARTIN
PERU
DOMINGUEZ *SANCHEZ, RENE
CUBA
FENG *, SHAOMEI
CHINA
FERNANDEZ *VALENCIA, BRANDON
COLOMBIA
ALAOUI EL*BEN HACHEM, GHIZLANE
MARRUECOS
FLORES *PEREZ, JOSE RICARDO
EL SALVADOR
BALLESTEROS *HERRERA, LUZ MARY
COLOMBIA
GARZON *SANCHEZ, LUIS HUMBERTO
COLOMBIA
BELLAGNECH *, ABDERRAHIM
MARRUECOS
HUANG *, WEILANG
CHINA
BYAZI EL*ZOUINE, HAITAM
MARRUECOS
JOUNAIDA *, ACHAMLAL
MARRUECOS
CHEN *, AITANA
CHINA
FICHERO H46190ia.911
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COULIBALY *, MOHAMEDY BOUDOU
MAURITANIA
ESSERYRY *, MOHAMMED
MARRUECOS
LABAZANOVA *, ADABIYA
RUSIA
LABAZANOVA *, KHAYRAT
RUSIA
LAKHVEER *, SINGH
INDIA
LOMBARD *, MIGUEL ANGEL
ARGENTINA
MAÑANA *ROLO, ANTONIO
GUINEA ECUATORIAL
MAO *, LINGYAN
CHINA
MARIN *LOZANO DE, MARIA NOELVA
COLOMBIA
NOA *MOLLO, JORGE MARIO
BOLIVIA
PAREDES *SANTOS, SILVIA GRACIELA
PARAGUAY
RIAL *, PATRICIA VIVIANA
ARGENTINA
ROUISSI *, KHALID
MARRUECOS
SHARMA *, JATIN
INDIA
VILLADA *JIMENEZ, GHERALDING
COLOMBIA
VILLADA *JIMENEZ, YULIANA
COLOMBIA
VILLADA *MUÑOZ, WILLIAN HERNAN
COLOMBIA
VORONYUK *, ANTONINA
UCRANIA
YANCHAPANTA *CHILAN, ANGEL GUSTAVO
ECUADOR
ZAHID *, EL ALAMI
MARRUECOS
ZANELLO *RIAL, NICOLAS FRANCESCO
ARGENTINA
ZANELLO *RIAL, TOMAS MATIAS
ARGENTINA
Paterna, 23 de enero de 2012.—La alcaldesa en funciones, Sara Alvaro Blat. 2012/2666
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Ayuntamiento de Montroy Anuncio del Ayuntamiento de Montroy sobre fin de expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de Gustavo Pérez Castillo. ANUNCIO En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero, el Ayuntamiento de Montroy, no habiendo podido practicar las notificaciones correspondientes a la Resolución de la Alcaldía nº 014/2012 de 17 de enero de 2012, por desconocer el domicilio de los interesados que a continuación se relacionan, mediante el presente anuncio se cita a los mismos para que comparezcan en las dependencias de este Ayuntamiento, a fin de que les sea notificada la actuación llevada a cabo por el departamento de Secretaría y que seguidamente se relaciona: Interesados
Asunto
D. Gustavo Pérez Castillo
Notificación fin expediente baja oficio en padrón municipal de habitantes
Las personas interesadas o sus representantes deberán comparecer, con el fin de ser notificados, en el plazo de 10 días, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial” de la provincia. Asimismo, se advierte a los interesados que de no comparecer en dicho plazo, la notificación se entenderá practicada, a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del mismo. En Montroy, a 17 de enero de 2012.—El alcalde, Antonio Polo Bessó. 2012/2667
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Ayuntamiento de Paterna Area de Gestión Municipal Estadística y Padrón Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes. EDICTO Exp.: 13/2012 Por decretos de Alcaldía que a continuación se relacionan se ha propuesto dar de baja a los citados interesados en el padrón municipal de habitantes, en el domicilio en el que figuran empadronados: Núm. Expt.
Núm. Decreto
Fecha decreto
49/11
4519
16/09/2011
52/11
4518
16/09/2011 Gheorghe Cosmin Iovanescu
53/11
5133
18/10/2011 Satnam Singh Kamaljeet Kaur Gurjit Singh Kamalpreet Singh Baljit Singh Jaswinder Singh Balwinder Kaur Manjinder Singh
54/11
4520
16/09/2011 Jordi Muñoz Martínez
55/11
4828
29/09/2011 James Michael Cleary Suzanne Lisa Cleary Patrick Nicholas Cleary Emily Josephine Cleary Sofia Mary Cleary
57/11
4720
26/09/2011 María Luisa Teixeira de Oliveira Couto
58/11
4954
59/11
4719
04/10/2011 Javier Santos Venega Jesús Santos Venega 26/09/2011 Ángel Romeo Campos Benigno Thais Melanny Campos Benigno María Dolores Benigno Cano Juan Gabriel Campos
62/11
5499
08/11/2011 Mihnea Alexandru Popescu
64/11
5318
27/10/2011 César Andrés del Rosal Barrios
65/11
6232
28/12/2011
67/11
5319
27/10/2011 Joaquín Domingo Giménez Barrientos
68/11
6235
28/12/2011 Joaquín José Bonet Gimeno
69/11
5320
27/10/2011 Raquel Pilar González Játiva José Francisco Rubio González Oscar Rubio González José Luis Rubio Ibáñez
70/11
5321
27/10/2011 Beatriz Fuster Pérez
72/11
5406
03/11/2011 Thara El Bouayadi
73/11
5725
22/11/2011 Yulia Vitalierna Sharovskaya
74/11
5813
28/11/2011 Juana Fuentes Olid
75/11
5729
78/11
5930
23/11/2011 Roberto Alejandro Di Sanzo Marc Rodríguez Budi Germán Giménez Herrerías Francisco Garay González Oscar López López 07/12/2011 Eduardo Moreno Samper
80/11
6234
28/12/2011 Francisco López Ríos
82/11
6116
21/12/2011 Jesús Antonio Trujillo Olivares
83/11
6114
21/12/2011 Fernando Domenech Huercio
84/11
6231
28/12/2011 Iustin Cosmin Makai Makai Teofil Marius Viorel Florin Tihan Florin Gabriel Nagy Florin Cristian Negru Verónica María Nagy Veselín Kostadinov Stoilov
85/11
6236
28/12/2011 David Luis Amador
Interesados Carmen Delfina Esono Ebebele Silvia Violeta Tillhet Avomo
Alba Utrera Hernández Alba Hernández Fernández
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Lo cual se hace público, a los efectos de que los interesados puedan presentar las alegaciones que estimen oportunas durante el plazo de 15 días desde la publicación del presente, de conformidad con lo previsto en el art. 72 del RD 1690/1986, Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales. Paterna, 24 de enero de 2012.—La alcaldesa en funciones, Sara Alvaro Blat. 2012/2669
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Ayuntamiento de Navarres Anuncio del Ayuntamiento de Navarres sobre aprobación inicial de la ordenanza reguladora del vallado y limpieza de solares. ANUNCIO El pleno del Ayuntamiento de Navarrés, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de enero de 2012, acordó la aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora sobre vallado y la limpieza de solares, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. Navarrés, a 27 de enero de 2012.—La alcaldesa, Estela Darocas Marín. 2012/2674
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Ayuntamiento de Alzira Edicto del Ayuntamiento de Alzira sobre aprobación inicial del Reglamento para el régimen y gobierno en la prestación de servicios en el Cementerio Municipal de la ciudad. EDICTO El pleno del Ayuntamiento de Alzira, en sesión celebrada el día 25 de enero de 2012, acordó aprobar inicialmente el Reglamento para el régimen y gobierno en la prestación de servicios en el Cementerio Municipal de la ciudad. Por la presente se somete a información pública la citada aprobación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la ley 11/99, de 21 de Abril, para que en el plazo de treinta días hábiles, a contar del día siguiente al de la publicación del presente Edicto, puedan formularse las alegaciones y reclamaciones que se estimen convenientes. Los interesados podrán examinar el Reglamento en el Departamento de Servicios Públicos, 3ª planta de la Casa Consistorial, calle Sant Roc, 6 de Alzira, y en la página web del Ayuntamiento de Alzira (www.alzira.es). Se entenderá aprobado definitivamente el referido Reglamento en el supuesto de no presentarse ninguna reclamación o sugerencia durante el plazo de treinta días concedidos al efecto. En tal caso se expondrá al público mediante publicación del texto íntegro del Reglamento, por un plazo de quince días hábiles, y entrará en vigor una vez haya transcurrido el expresado plazo. Alzira, 27 de enero de 2012.— La alcaldesa, P.D., Dolores Ortega Miñarro. 2012/2675
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Ayuntamiento de Navarres Anuncio del Ayuntamiento de Navarres sobre aprobación provisional de la tasa por retirada de vehículos de la vía pública. ANUNCIO El pleno del Ayuntamiento de Navarrés, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de enero de 2012, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por retirada de vehículos de la vía pública. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. Navarrés, a 27 de enero de 2012.—La alcaldesa, Estela Darocas Marín. 2012/2677
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Ajuntament de Bocairent Edicte de l’Ajuntament de Bocairent sobre aprovació provisional de l’ordenança fiscal reguladora de la taxa per ocupació de terrenys d’ús públic amb taules i cadires, amb finalitat lucrativa. EDICTE Pel Ple de l’Ajuntament, en sessió de data 26 de gener de 2.012, s’ha aprovat provisionalment la modificació de l’Ordenança Fiscal reguladora de la taxa per ocupació de terrenys d’ús públic amb taules i cadires, amb finalitat lucrativa. S’exposa al públic l’esmentat acord i modificació d’ordenança, pel termini de trenta dies hàbils, comptats des del següent a la publicació d’aquest edicte al “Butlletí Oficial” de la Província de València, dins dels quals els interessats podran examinar l’expedient i presentar les reclamacions que estimen escaients. En el supost de no presentar-se reclamacions, s’entendrà definitivament adoptat l’acord fins a eixe moment provisional. Bocairent, a 27 de gener de 2012.—L’alcalde, Josep Vicent Ferre i Domínguez. 2012/2681
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Ajuntament de Bocairent Edicte de l’Ajuntament de Bocairent sobre aprovació inicial del pressupost general per a 2012. EDICTE El Ple de l’Ajuntament, en la seua sessió del 26 de gener de 2012, va acordar d’aprovar inicial, i definitivamente en el supost de que no es formulen reclamacions durant el termini d’exposició al públic, el projecte de pressupost General per a 2012, que inclou el de l’organisme autònom administratiu Patronat Municipal Residència Sagrat Cor de Jesús i la plantilla orgànica. De conformitat amb allò disposat a l’article 20 del Reial Decret 500/1990, de 20 d’abril, queda exposat pel termini de quinze dies hàbils, comptats des del següent al de la publicació al “Butlletí Oficial” de la Província, als efectes de presentació de reclamacions i suggerències, i en supost de no haver-les, l’acord quedarà elevat automàticament a definitiu. Bocairent, a 27 de gener de 2012.—L’alcalde, Josep Vicent Ferre i Domínguez. 2012/2683
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Ayuntamiento de Requena Anuncio del Ayuntamiento de Requena sobre notificación declaración baja de oficio en el padrón de habitantes de Agne Vitkauskyte. ANUNCIO Alfredo Muñoz Barrera, Jefe Del Negociado de Padrones, Censos y Estadísticas del M.I. Ayuntamiento de Requena, por Delegación del Secretario General, por medio del presente hago saber: Que el Sr. Concejal Delegado el día 13 de enero de 2012 ha dictado el siguiente, “Decreto Nº 139/2012 Teniendo por admitida la solicitud presentada por parte interesada, en la que insta dar de Baja en el Padrón Municipal de Habitantes a Dª. AGNE VITKAUSKYTE con PASP. número 11259611, que figura inscrita en el domicilio sito en C/ Ferrocarril nº 9 de Requena, siendo titular del inmueble Dª. Mª Carmen Martínez Martínez. Considerando: Que por Decreto 4235/2011 se incoa de oficio Expediente de Baja Municipal del Padrón de Habitantes de Requena de Dª. Agne Vitkauskyte con pasp. número 11259611 (dando audiencia al interesado en cumplimiento del Art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Considerando: El Informe favorable emitido por el Presidente de la Sección Provincial del Consejo de Empadronamiento de Valencia, de fecha 9 de enero de 2012, conforme al art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio. A la vista de los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho que preceden y, por Delegación del Sr. Alcalde, en virtud de Decreto de la Alcaldía nº 3750/2011, ello en relación con el artículo 21.1.s de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, vengo a Resolver: Primero: Declarar de Oficio la Baja en el Padrón Municipal de Habitantes de Dª. AGNE VITKAUSKYTE con PASP. número 11259611. Segundo: Notifíquese al interesado significándole los recursos que procedan. Tercero: Particípese al pleno de este Ayuntamiento en la próxima sesión ordinaria que celebre.” Lo que le notifico, de conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para su conocimiento y efectos, significándole que contra el/la presente Acuerdo/ Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso administrativo de la provincia de Valencia (o la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana según la materia), en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del mismo/a, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime conveniente. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el art. 52.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril , reguladora de las bases del régimen local, según modificación aprobada por Ley 11/99, de 21.04.99, y 57/03 de 16 de diciembre, y, en los arts. 107, 116 y 117 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según modificaciones introducidas por Ley 4/99, de 14.01.99 podrá interponer, con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Requena, a 30 de enero de 2012.—El jefe de negociado.El secretario general P.D. 2012/2684
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Ayuntamiento de Carcaixent Edicto del Ayuntamiento de Carcaixent sobre notificación por comparecencia de baja de licencia de vados. EDICTO Resultando que intentada la notificación, a los interesados que a continuación se cita por las siguientes resoluciones de alcaldía sobre anulación autorización para entrada de vehículos a través de las aceras (vados): -Juan Valles Rubio (resolución 3891/2011) -Andriy Shchirov.(resolución 3925/2011) -Urbanísta Mediterránea de Construcciones S.L.(resolución 3895/2011) -Maria Angeles Gimeno Albelda (resolución 3934/2011) Ésta ha sido imposible de practicar por causas no imputables a esta Administración, se pone de manifiesto de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación de dichos decretos. El presente edicto deberá permanecer expuesto al público por un periodo de 15 días contados desde la publicación del mismo en el BOP, plazo durante el cuál los interesados podrán comparecer en el Área de intervención del Ayuntamiento de Carcaixent, Plaça Major número 1 de 9 a 14 horas, al objeto de conocer el contenido íntegro del acto y practicar constancia de tal conocimiento. Una vez finalizado el citado plazo, y en caso de no comparecencia durante el mismo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Carcaixent, a 26 de enero de 2012.—La alcaldesa, Lola Botella Arbona. 2012/2685
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Ayuntamiento de Requena Negociado de Padrones, Censos y Estadísticas Anuncio del Ayuntamiento de Requena sobre notificación de declaración de baja de oficio en el padrón de habitantes de Laima Galinauskiene. ANUNCIO Alfredo Muñoz Barrera, jefe del Negociado de Padrones, Censos y Estadísticas del Ayuntamiento de Requena, por Delegación del Secretario General, por medio del presente hago saber: Que el concejal Delegado el día 13 de enero de 2012 ha dictado el siguiente, “Decreto nº 140/2012 Teniendo por admitida la solicitud presentada por parte interesada, en la que insta dar de baja en el padrón municipal de habitantes a Laima Galinauskiene con PASP. número LB729699, que figura inscrita en el domicilio sito en calle Ferrocarril nº 9 de Requena, siendo titular del inmueble Mª Carmen Martínez Martínez. Considerando: Que por decreto 4236/2011 se incoa de oficio expediente de baja municipal del padrón de habitantes de Requena de Laima Galinauskiene con pasp. número LB729699 (dando audiencia al interesado en cumplimiento del Art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Considerando: El informe favorable emitido por el Presidente de la Sección Provincial del Consejo de Empadronamiento de Valencia, de fecha 9 de enero de 2012, conforme al art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio. A la vista de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que preceden y, por Delegación del Sr. Alcalde, en virtud de Decreto de la Alcaldía nº 3750/2011, ello en relación con el artículo 21.1.s de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, vengo a resolver: Primero: Declarar de oficio la baja en el padrón municipal de habitantes de Laima Galinauskiene con PASP. número LB729699. Segundo: Notifíquese al interesado significándole los recursos que procedan. Tercero: Particípese al pleno de este Ayuntamiento en la próxima sesión ordinaria que celebre.” Lo que le notifico, de conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para su conocimiento y efectos, significándole que contra el/la presente Acuerdo/ Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso administrativo de la provincia de Valencia (o la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana según la materia), en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del mismo/a, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime conveniente. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el art. 52.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril , reguladora de las bases del régimen local, según modificación aprobada por Ley 11/99, de 21.04.99, y 57/03 de 16 de diciembre, y, en los arts. 107, 116 y 117 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según modificaciones introducidas por Ley 4/99, de 14.01.99 podrá interponer, con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Requena, a 30 de enero de 2012.—El secretario general, P.D., el jefe de negociado. 2012/2687
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Ayuntamiento de Requena Negociado de Padrones, Censos y Estadísticas Anuncio del Ayuntamiento de Requena sobre notificación de declaración de baja de oficio en el padrón de habitantes de Justina Galinauskaite. ANUNCIO Alfredo Muñoz Barrera, jefe del Negociado de Padrones, Censos y Estadísticas del Ayuntamiento de Requena, por Delegación del Secretario General, por medio del presente hago saber: Que el Sr. Concejal Delegado el día 13 de enero de 2012 ha dictado el siguiente, “Decreto Nº 141/2012 Teniendo por admitida la solicitud presentada por parte interesada, en la que insta dar de baja en el padrón municipal de habitantes a Justina Galinauskaite con PASP. número 22025729, que figura inscrita en el domicilio sito en calle Ferrocarril nº 9 de Requena, siendo titular del inmueble Mª Carmen Martínez Martínez. Considerando: Que por decreto 4237/2011 se incoa de oficio expediente de baja municipal del padrón de habitantes de Requena de Justina Galinauskaite con pasp. número 22025729 (dando audiencia al interesado en cumplimiento del Art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Considerando: El informe favorable emitido por el Presidente de la Sección Provincial del Consejo de Empadronamiento de Valencia, de fecha 9 de enero de 2012, conforme al art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio. A la vista de los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho que preceden y, por Delegación del Alcalde, en virtud de Decreto de la Alcaldía nº 3750/2011, ello en relación con el artículo 21.1.s de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, vengo a resolver: Primero: Declarar de oficio la baja en el padrón municipal de habitantes de Justina Galinauskaite con PASP. número 22025729. Segundo: Notifíquese al interesado significándole los recursos que procedan. Tercero: Particípese al pleno de este Ayuntamiento en la próxima sesión ordinaria que celebre.” Lo que le notifico, de conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para su conocimiento y efectos, significándole que contra el/la presente acuerdo/ resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso administrativo de la provincia de Valencia (o la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana según la materia), en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del mismo/a, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime conveniente. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el art. 52.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril , reguladora de las bases del régimen local, según modificación aprobada por Ley 11/99, de 21.04.99, y 57/03 de 16 de diciembre, y, en los arts. 107, 116 y 117 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según modificaciones introducidas por Ley 4/99, de 14.01.99 podrá interponer, con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Requena, a 30 de enero de 2012.—El secretario general, P.D., el jefe de negociado. 2012/2688
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Ayuntamiento de Carcaixent Edicto del Ayuntamiento de Carcaixent sobre exposición al público de la aprobación inicial de modificación de ordenanzas fiscales. EDICTO El Pleno del Ayuntamiento de Carcaixent, en su sesión de 26 de enero de 2012, acordó aprobar, con carácter provisional: - La modificación de las siguientes ordenanzas fiscales: - Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por el uso de las instalaciones deportivas municipales. - Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas académicas por asistencia al Conservatorio profesional de música y centro reconocido de danza Maestro Vert. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto 2/2004 que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales se somete a información pública dichos acuerdos provisionales mediante edictos, que se expondrán el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento durante el plazo de treinta días hábiles a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las sugerencias y reclamaciones que estimen oportunas. En el caso de que no se presentasen reclamaciones en el periodo de exposición pública, se entenderán definitivamente aprobados los acuerdos. Lo que se hace público, en cumplimiento de lo así acordado por el Pleno de la Corporación Municipal. Carcaixent, a 27 de enero de 2012.—La alcaldesa, Lola Botella Arbona. 2012/2689
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Ayuntamiento de Mislata Edicto del Ayuntamiento de Mislata sobre notificación a desconocidos y ausentes (Ramona Fernández Campos y 18 más). EDICTO Vistos los expedientes tramitados por este Ayuntamiento que a continuación se señalan, en las materias que igualmente se indican; resultando que las notificaciones de actos administrativos recaídos en los mismos no han podido ser practicadas a los interesados, por ser desconocidos, ignorarse el lugar de la notificación o intentada ésta no ha sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia un extracto de la misma, a los efectos de continuar el procedimiento que proceda: Expdte S/n S/n S/n S/n S/n 406/11 525/11 568/11 615/11 624/11 624/11 626/11 637/11 740/11 753/11 846/11 937/11 945/11 948/11
Titular Ramona Fernández Campos Seyni Ndiaye Iris Cervera Ferriz Sara Vargas Fernández Carmen Gabarri Bizárraga Alí Shalaqat Tomás Lara Romero Mohammed El Rhandor Khouyi Marina López Enguídanos Isidro Bravo Toledo Domingo Lozano Roa Miguel Ángel Ruiz Millán Gonzalo Trávez Perugachi Coalició Compromís Alfredo Roselló Villanueva Fco. Javier Ampuero Martí José Navarro Mendoza Ahmed Esshali Fco. Javier Ampuero Martí
Materia M. Amb. Sáb. M. Amb. Sáb. M. Amb. Sáb. M. Amb. Sáb. M. Amb. Sáb. SS.OO.BB. SS.OO.BB. SS.OO.BB. SS.OO.BB. SS.OO.BB. SS.OO.BB. SS.OO.BB. M. Amb. Fiest. SS.OO.BB. SS.OO.BB. M. Amb. Sáb. M. Amb. Sáb. M. Amb. Sáb. M. Amb. Sáb.
Resolución Dec. 3429/11 Res. Def. Dec. 3429/11 Res. Def. Dec. 3429/11 Res. Def. Dec. 3429/11 Res. Def. Dec. 3429/11 Res. Def. Dec. 2976/11 Res. Def. Dec. 3102/11 Res. Def. Dec. 3107/11 Res. Def. Dec. 3020/11 Res. Def. Dec. 3356/11 Res. Def. Dec. 3356/11 Res. Def. Dec. 3361/11 Res. Def. Dec. 3392/11 Res. Def. Dec. 3398/11 Res. Def. Dec. 3481/11 Res. Def. Dec. 3497/11 Res. Def. Dec. 3412/11 Res. Def. Dec. 3361/11 Res. Def. Dec. 3497/11 Res. Def.
Recursos: Contra los actos de trámite no procede recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 107 de la Ley 30/1992, citada. Contra los anteriores acuerdos o Resoluciones que pongan fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación. La desestimación presunta del recurso de reposición se producirá por el transcurso de un mes desde su interposición y contra ella, podrá interponerse, en el plazo de seis meses, contados desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto, recurso contencioso – administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valencia, excepto si la reclamación versa sobre impugnación de instrumentos de planeamiento urbanístico, en cuyo caso deberá interponerse ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. El recurso contencioso – administrativo podrá también interponerse directamente ante el Juzgado citado, sin necesidad de previo recurso de reposición y siempre que no se haya interpuesto éste, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación del presente Acuerdo o Resolución. Mislata, a 27de enero de 2012.—El alcalde, Carlos Fernández Bielsa. 2012/2691
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Ayuntamiento de Benirredrà Edicto del Ayuntamiento de Benirredrà sobre publicación definitiva del prespuesto general 2012 y plantilla de personal. EDICTO El Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio de 2012 y la Plantilla del Personal, fue aprobado inicialmente en sesión plenaria el día 28 de diciembre de 2010 y expuesto al público en el Boletín Oficial de la Provincia nº 311 de fecha 31 de diciembre de 2011. No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de 15 días de exposición pública previsto en el artículo 169 del TRLHL, de conformidad con dicho artículo, el acuerdo de aprobación inicial se eleva a definitivo considerándose definitivamente aprobado el Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio de 2012 y la Plantilla de Personal. Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece dicha jurisdicción, tal y como establece el artículo 171 Del Real Decreto Legislativo 2/2004. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/90, se publica el Presupuesto resumido por capítulos:
A).- Presupuesto General INGRESOS Capítulo
Denominación
Euros
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 1
Impuestos directos
424.404,00
2
Impuestos indirectos
3
Tasas y otros ingresos
143.000,00
4
Transferencias corrientes
309.807,00
5
Ingresos patrimoniales
6
Enajenación inversiones reales
7
Transferencias de capital
8.000,00
3.500,00 0,00 126.986,00
TOTAL ESTADO DE INGRESOS
1.033.697,00
GASTOS Capítulo
Denominación
Euros
1
Gastos de personal
360.352,00
2
Gastos en bienes corriente y servicios
294.500,00
3
Gastos financieros
31.723,00
4
Transferencias corrientes
69.910,00
6
Inversiones reales
7
Transferencias de capital
0,00
8
Activos financieros
0,00
9
Pasivos financieros
86.726,00
TOTAL ESTADO DE GASTOS
190.486,00
1.033.697,00
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PLANTILLA DE PERSONAL: Clasificación
nº
Denominació n
A) Funcionarios de carrera 1. Habilitación Secretario1 Nacional Interventor 2. Escala Admón General 2.1 Subescala 1 Auxiliar Adtvo. Auxiliar 3. Escala Admón Especial 3.1 Subescala Serv Especiales 1 Agente Policia L. 3.1.1 Clase Policía Local y 1 Agente Policía L. Aux. 3.1.2. Subescala Adtva. B) Funcionaris interins:
Grupo/C. Profesional
C.D .
Situación.
Dedic .
A1
24
N.provisional
100%
C2
18
cubierta
100%
C1 C1
18 18
Vacante Vacante
100%
1
Administrativo (Bibliotecaria)
C1
18
Cubierta
100%
1
Agent Policia Local
C1
18
Cubierta
100%
Servicios Dispersos
-
Cubierta
100%
Servicios dispersos
-
prejubilat
100%
Cubierta
100%
Cubierta
100%
Cubierta
25%
Cubierta Cubierta
100% 100%
1. ESCALA ADMON ESPECIAL 1.1. Classe Policia Local i aux.
B) Personal Laboral: 1. Laboral fijo 1
1
1
1 1 2 1
Operario servicios Varios Operario Servicios Varios Operario Servicios Varios TécnicoAdministrativo Trabajadora Social Limpieza Aux. Admvo
Peón Técnico Técnico Limpieza Consultori
-
2. Laboral temporal 1
Operario servicios varios
Peón
Contrato de relevo
En Benirredrà, a 27 de enero de 2012
En Benirredrà, a 27 de enero de 2012.—La alcaldesa-presidenta, Mª Dolores Cardona Llopis. La Alcaldesa-Presidenta
2012/2694
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Ayuntamiento de L’Alcúdia de Crespins Anuncio del Ayuntamiento de L’Alcúdia de Crespins sobre delegación de boda civil del alcalde en un concejal. ANUNCIO Por resolución de la Alcaldía número 061/2012, de fecha 25 de enero de 2012, se ha efectuado la delegación para la celebración de la boda civil de Don Juan Antonio Romero Garcia y Doña Maria Begoña Martorell Martorell el próximo dia 4 de febrero de 2012 a las 19.30 horas en el Salon de Plenos del Ayuntamiento de la población, que será efectuada por el Concejal Don Roberto Granero Martin. L’Alcúdia de Crespins, a 25 de enero de 2012.—El alcalde, Javier Sicluna Lletget. 2012/2696
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Ayuntamiento de Alboraya Anuncio del Ayuntamiento de Alboraya sobre delegación para celebración de matrimonios civiles (Expte. 34/2011). ANUNCIO Por Decreto de la Alcaldía número 117/2012 de fecha 27 de enero de 2012, el Alcalde del Ayuntamiento de Alboraya ha delegado en el Concejal de este Ayuntamiento D. Manuel Dueñas Pérez, para la celebración del Matrimonio Civil a realizar el próximo 28 de enero de 2012, en el edificio municipal habilitado para tal uso, entre los siguientes interesados: D. FJ.Ll.S. y Dña. MD.D.A.. Alboraya, 27 de enero de 2012.—El alcalde, Miguel Chavarría Díaz. 2012/2698
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Ajuntament de Benimodo Anunci de l’Ajuntament de Benimodo sobre aprovació definitiva del Reglament d’Organització i Funcionament del Consell Municipal de Cultura i Festes. ANUNCI El Ple Municipal, en sessió de 28 de novembre de 2011, aprovà amb caràcter definitiu el Reglament d’Organització i Funcionament del Consell Municipal de Cultura i Festes: “REGLAMENT D’ORGANITZACIÓ I FUNCIONAMENT DEL CONSELL MUNICIPAL DE CULTURA I FESTES PREÀMBUL.La Llei 7/1985 de 2 d’abril, de les Bases de Règim Local, en el seu article 28, exposa que els Ajuntaments poden realitzar activitats complementàries de les pròpies d’altres administracions i en particular les relatives a l’educació i la cultura. L’Ajuntament de Benimodo davant de les noves exigències culturals, i els nous reptes que s’han d’emprendre per a salvaguardar i potenciar les nostres tradicions i festes, i sent conscient que el nostre poble demana una participació molt més ampla i qualificada en les decisions referents a cultura i festa, proposa al Ple la modificació de l’actual Reglament d’ Organització i Funcionament del Consell de Cultura, considerant necessari, incloure al mateix competències d’assessorament i recolzament en tot el referent a les nostres festes, tradicions i a qualsevol altre tipus de canvi social o cultural que es puga produir. Per tot allò, es proposen les següents modificacions: 1.- DISPOSICIONS GENERALS. Art. 1.Amb la finalitat de promoure i recolzar el desenvolupament cultural del nostre poble, es crea el Consell Municipal de Cultura i Festes, amb el caràcter, composició, competències i funcionament que s’estableix en este Reglament. Art. 2.El Consell Municipal de Cultura i Festes realitzarà funcions d’assessorament i assistència al Ple de l’Ajuntament, a la Regidoria o àrea de Cultura i a qualsevol associació o veí del poble que ho requerisca. Art. 3.1.- El Consell Municipal de Cultura i Festes estarà format per: a) L’Alcalde-President de l’Ajuntament de Benimodo que el presidirà o regidor/a en qui delegue, que preferiblement serà el/la de Cultura o Educació. b) Un representant de cada partit polític amb representació a l’Ajuntament de Benimodo (no essent necessari que el mateix siga regidor). c) Un número indeterminat de persones nomenades pel Ple de l’Ajuntament, entre les proposades per les associacions, o bé que pel seu prestigi públic, tinguen vinculació amb la cultura, l’art o la festa: Societat Unió Musical, Coral Polifònica, Falla, Big Band, Confraria. Les associacions podran proposar 1 membre titular i 1 membre suplent, quan el número dels seus socis siga inferior a 100. Aquelles que superen els 100 socis podran presentar 2 membres titulars i 2 suplents. d) Un número indeterminat, nombrat per el Ple de l’Ajuntament entre aquelles persones que estiguen interessades a pertànyer a este Consell, i així ho sol·liciten per escrit dirigit a l’Ajuntament de Benimodo. 2.- El Consell, per majoria simple dels seus membres, nomenarà el seu Vicepresident, el qual assumirà les funcions de President en cas d’absència del President. 3.- El Consell, per majoria simple dels seus membres, nomenarà al Secretari del Consell. 4.- El Consell podrà recaptar la participació d’especialistes aliens als membres del Consell, quan per la natura de l’assumpte que es tracte així ho recomane, els quals tindran caràcter consultiu i intervindran amb veu però sense vot. Art. 4.-
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El Consell es renovarà totalment amb ocasió de la celebració d’eleccions locals i corresponent canvi de Corporació. La renovació es realitzarà dins d’un termini no superior a dos mesos, des de la presa de possessió de la nova Corporació. II.- FUNCIONS I ÒRGANS. Art. 5.Dins del marc d’assessorament i assistència al Ple de l’Ajuntament, a la Regidoria o àrea de Cultura i a qualsevol associació o veïns del poble que ho requerisquen, en totes aquelles matèries que afecten a l’àrea de cultura i festa, el Consell exercirà les següents funcions específiques: a) Estudiar, avaluar i proposar informes en qüestions relatives al patrimoni històric, artístic, arqueològic i etnogràfic del poble. b) Col·laborar amb la programació cultural del poble. c) Col·laborar amb l’organització de les festes i els esdeveniments culturals del poble. d) Realitzar estudis i informes i avaluar consultes que sobre la cultura i la festa li siguen encomanats pel Ple de l’Ajuntament. e) Col·laborar amb la salvaguarda de les tradicions i el patrimoni cultural i festiu del nostre poble. f) Col·laborar amb la realització i coordinació dels mitjans de comunicació de l’Ajuntament: revista, pàgina web, etc. g) Proposar activitats que innoven en qüestions culturals o festives. h) Qualsevol altres de naturalesa cultural o festiva que li siguen encomanades pel Ple de l’Ajuntament. Art. 6.Un portaveu del Consell de Cultura informarà periòdicament al Ple de l’Ajuntament dels acords i decisions adoptats al sí del mateix. CAPÍTOL I. DEL PLE. Art. 7.1.- La convocatòria de les sessions del Consell s’efectuarà pel seu President, almenys una vegada cada quatre mesos i sempre que així s’estime necessari o, en el seu cas, quan així ho sol·licite una quarta part del seus membres, per escrit dirigit al President, en el qual s’indicarà expressament l’ordre del dia que es pretén tractar. 2.- La convocatòria es farà mitjançant citació per escrit en la qual es farà constar la data, hora i lloc de celebració de la sessió, així com l’ordre del dia de la mateixa. 3.- La convocatòria serà remesa als membres del Consell amb una setmana d’antelació a la data prevista per a la realització de la sessió al domicili designat per cada membre. Excepcionalment el termini podrà reduir-se fins a un mínim de 24 hores, per raons d’urgència apreciada lliurement pel President, prèvia comunicació telefònica o telegràfica o per correu electrònic als convocats. 4.- L’ordre del dia s’establirà pel President del Consell, el qual inclourà els temes de cultura i festes que després es tractaran al Ple de l’Ajuntament, sense perjudici d’allò disposat a l’apartat número 1 d’este article. Art. 8.1.- Les sessions del Ple del Consell no podran iniciar-se sense la presència del President o Vicepresident, ni sense la presència de la meitat més un dels seus membres. 2.- No obstant, en allò disposat al paràgraf anterior, les sessions es podran celebrar, sense necessitat de convocatòria prèvia, quan estant reunits tots els membres del Consell, per unanimitat, acorden donarli a l’acte caràcter de sessió. 3.- Les reunions del Consell es podran celebrar en una o en diverses sessions. En este cas es complirà per cadascuna allò disposat al punt 1. Art. 9.De conformitat amb allò que preveu l’article 3.4 d’este Reglament, podran concórrer, amb caràcter excepcional, especialistes que s’estimen necessaris a petició d’un terç dels membres del Consell, sempre que se sol·licite per escrit dirigit al President. La presència
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d’estes especialistes es limitarà al temps precís per a informar sobre els extrems que siguen consultats. Art. 10.El President ordenarà el desenvolupament dels debats, auxiliat pel Secretari. Art. 11.1.- Els acords del Ple del Consell s’adoptaran per majoria simple dels membres presents. S’entén majoria simple quan els vots afirmatius són superiors en número als negatius. Els empats seran decidits pel vot de qualitat del President. Les votacions seran secretes si així ho sol·licita com a mínim dos membres del Consell. 2.- No és tractarà fora de l’ordre del dia cap assumpte, excepte si es declara urgent per una majoria absoluta dels membres presents al Consell. 3.- Els Vocals podran fer constar a l’acta el seu vot contrari a l’acord pres i els motius que ho justifiquen. Art. 12.Les sessions tindran caràcter públic, i abans de la finalització de la sessió s’obrirà un torn de precs i preguntes per als assistents a la sessió i que constaran a l’acta de la mateixa. El President serà l’encarregat de obrir el torn de precs i preguntes, ordenant l’ordre en què intervindran els sol·licitants. Els membres del Consell no tindran obligatorietat de contestar a les preguntes formulades pels assistents a la sessió del Consell si ho estimen oportú. Els precs efectuats no tindran cap caràcter vinculant. Art. 13.1.- De cada sessió s’alçarà acta, constant a la mateixa la indicació de les persones que han assistit, la circumstància de lloc i temps en què s’ha celebrat, els punts principals de la deliberació, la forma i resultat de la votació i el contingut dels acords adoptats i de les preguntes dels assistents. Les actes seran firmades pel President i el Secretari i s’aprovaran en posterior sessió o en la mateixa si es fa constar. 2.-Amb les actes es formarà un llibre d’actes que serà custodiat a l’Ajuntament de Benimodo. Dit llibre serà públic i és podrà consultar per tot aquell que vullga, prèvia sol·licitud per escrit dirigida al President del Consell. CAPÍTOL II. DE LES COMISSIONS. Art.14.1.- El Consell Municipal de Cultura i Festes tindrà adscrites almenys quatre Comissions Tècniques, per la importància dels assumptes a tractar, que són les següents: - Comissió Tècnica dels premis de Vicent Andrés Estellés: Col·laborarà amb l’organització dels premis literaris. - Comissió Tècnica d’activitats de la Casa de la Cultura: S’encarregarà de col·laborar amb la regidoria de Cultura en l’organització de les activitats que allí es porten a terme. - Comissió Tècnica de festes i esdeveniments culturals: Col·laborarà amb l’organització de les festes i els esdeveniments culturals del poble. - Comissió Tècnica de mitjans de comunicació: Col·laborarà amb totes aquelles qüestions que sobre informació i comunicació es generen des de l’Ajuntament: l’edició de la revista informativa de l’Ajuntament, pàgina web, etc. No obstant això, el Ple del Consell podrà acordar la formalització d’altres comissions tècniques, quan l’especialització dels assumptes que es tracten així ho aconsellen. 2.- El Ple del Consell determinarà les persones que constituiran les Comissions Tècniques i la seua durada. Art. 15.1.- Les comissions tècniques estaran formades entre 3 i 5 membres, dels quals, almenys un formarà part del Consell de Cultura. 2.- A excepció del President, cada membre del Consell podrà pertànyer com a màxim, a tres comissions tècniques, i sempre que així ho acorde el Ple del Consell.
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3.- De conformitat amb el que estableix a l’article 3.4 d’este Reglament, podran participar en les comissions aquells especialistes que el Ple del Consell estime necessari, que tindran veu però no vot. Art. 16.Cada Comissió Tècnica consensuarà, entre els seus membres i amb el Ple del Consell, tot allò que afecta al seu funcionament: convocatòria de les sessions, forma de prendre els acords, etc. Art. 17.De les sessions de les Comissions Tècniques s’elaborarà un informe amb els aspectes tractats i les conclusions a les quals s’han arribat. CAPÍTOL III. ATRIBUCIONS DELS MEMBRES DEL CONSELL MUNICIPAL DE CULTURA I FESTES. Art. 18.1.- El President del Consell respecte a este, i els Presidents de les diferents comissions tècniques respecte a les mateixes, tindran les següents funcions i atribucions: a) Convocar les reunions i elaborar l’ordre del dia de les mateixes. b) Presidir i moderar les reunions assegurant el normal desenvolupament de les deliberacions, auxiliat pel Secretari. c) Decidir, amb el seu vot de qualitat, els empats de les votacions. d) Aplicar les normes que regulen el Consell. e) Vetllar perquè els acords siguen notificats als òrgans pertinents de la Administració. f) Sol·licitar dels Vocals els informes que s’estimen convenients. g) Exercir quantes funcions corresponguen. h) Respondre a les propostes elevades pels membres del Consell. 2.- A més de funcions assenyalades al punt 1 d’este article, el President del Consell Municipal de Cultura i Festes representarà públicament al mateix sempre que no delegue expressament en un altre membre del Consell. Art. 19.Correspon al Vicepresident, a més de les seues funcions com a Vocal, substituir al President del Consell en casos d’absència, malaltia o causa justificada. Art. 20.Els Secretaris del Ple i de les Comissions Tècniques del Consell, a més de les funcions de Vocal, desenvoluparan les següents: a) Preparar i remetre als Vocals la documentació que ha d’acompanyar als assumptes inclosos a l’ordre del dia. b) Assistir al President en el desenvolupament de les sessions. c) Redactar les actes de les sessions. d) Donarà fe dels acords adoptats i realitzarà les accions administratives necessàries per a la seua notificació i execució. Art. 21.Els membres del Consell Municipal de Cultura i festes tindran les següents funcions i atribucions: a) Assistir a les reunions plenàries i a les comissions a les què estigueren adscrits, intervenir en els debats i participar amb el seu vot en les decisions. b) Proposar tantes iniciatives com estimen oportunes per a afavorir les distintes àrees culturals i festives que interessen al poble de Benimodo. c) Sol·licitar la inclusió a l’ordre del dia d’aquells assumptes que estimen oportuns, mitjançant escrit dirigit al President del Consell o de les comissions en les què estiguen. d) Recollir per mitjà del President del Consell, la informació que siga necessària per al compliment dels seus drets i obligacions. e) Formar part de les Comissions per a les què siguen designats. f) Sol·licitar el caràcter secret de les votacions. g) Sol·licitar al President la intervenció d’especialistes. h) Realitzar estudis i informes i avaluar les consultes que li siguen sol·licitades pel Ple de l’Ajuntament de Benimodo. DISPOSICIÓ FINAL.Es faculta al Ple de l’Ajuntament de Benimodo per a adoptar els acords necessaris per al desenvolupament i aplicació del present Reglament, prèvia derogació de l’anterior reglament.”
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El present Reglament entrarà en vigor a partir del dia següent de la seua publicació al Butlletí Oficial de la Província de València. La qual cosa es fa pública per al seu coneixement i efectes oportuns. Benimodo, 10 de gener de 2012.—L’alcalde, Francisco Teruel Machí. 2012/2700
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Ajuntament de Benimodo Anunci de l’Ajuntament de Benimodo sobre aprovació definitiva del Reglament d’Organització i Funcionament del Consell Municipal d’Esports i Joventut. ANUNCI El Ple Municipal, en sessió de 28 de novembre de 2011, aprovà amb caràcter definitiu el Reglament d’Organització i Funcionament del Consell Municipal d’Esports i Joventut: “REGLAMENT D’ORGANITZACIÓ I FUNCIONAMENT DEL CONSELL MUNICIPAL D’ESPORTS I JOVENTUT PREÀMBUL.La Llei 7/1985 de 2 d’abril, de les Bases de Règim Local, en el seu article 28, exposa que els ajuntaments poden realitzar activitats complementàries de les pròpies d’altres administracions i en particular les relatives a esport i joventut. L’Ajuntament de Benimodo davant de les noves exigències esportives i en temes de joventut i els nous reptes que s’han d’emprendre per a salvaguardar i potenciar totes aquelles activitats esportives i en temes de joventut, i sent conscient que el nostre poble demana una participació molt més ampla i qualificada en els decisions referents a esport i joventut, proposa al Ple la modificació de l’actual Reglament d’Organització i Funcionament del Consell d’Esport, considerant necessari incloure al mateix temps competències d’assessorament i suport en tot el referent als temes esportius i de joventut. Per tot allò és proposen les següents modificacions: I. DISPOSICIONS GENERALS Art. 1.Amb la finalitat de promoure i recolzar el desenvolupament esportiu i de joventut del nostre poble, es crea el Consell Municipal d’Esport i Joventut, amb el caràcter, composició, competències i funcionament que s’estableix en este Reglament. Art. 2.El Consell Municipal d’Esports i Joventut realitzarà funcions d’assessorament i assistència al Ple de l’Ajuntament, a la Regidoria o àrea d’Esports i Joventut i a qualsevol associació o veí del poble que ho requerisca. Art. 3.1- El Consell Municipal d’esports i Joventut estarà format per: a)L’Alcalde-President de l’Ajuntament de Benimodo que el presidirà o regidor/a en qui delegue, que preferiblement serà el/la Regidor/a d’Esports. b)Un representant de cada partit polític amb representació al Ple de l’Ajuntament de Benimodo (no essent necessari que el mateix siga regidor). c)Un número indeterminat de persones nombrades per l’Alcalde entre les proposades per les associacions de la següent manera: A. Sector de l’esport: Totes aquelles associacions que estiguen vinculades a l’esport (Club d’Escacs, Colombaires, Pescadors, Caçadors, Escola de Futbol, Penya Ciclista, Motocuc, Penya d’Atletisme, etc) podran proposar 1 membre titular i 1 suplent, quan el número dels seus socis siga inferior a 50, i podran proposar 2 membres titulars i 2 suplents aquelles que superen els 50 socis. B. Sector de la joventut: Estarà representat per 3 persones de 16 a 30 anys, entre aquells que es presenten voluntàriament en resposta a un ban de l’Ajuntament. El Ple consensuarà la composició dels 3 joves. Esta manera de procedir es portarà a terme mentre no hi hagen associacions juvenils al poble. d) Un número indeterminat, nomenat pel Ple de l’Ajuntament entre aquelles persones que estiguen interessades en pertànyer a este Consell, i així ho sol·liciten per escrit dirigit a l’Ajuntament de Benimodo. 2.- El Consell, per majoria simple dels seus membres, nomenarà el seu Vicepresident, el qual assumirà les funcions de President en cas d’absència del President. 3.- El Consell, per majoria simple dels seus membres, nomenarà el Secretari del Consell. 4.- El Consell podrà recaptar la participació d’especialistes aliens als membres del Consell, quan per la natura de l’assumpte que es tracte
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així ho recomane, els quals tindran caràcter consultiu i intervindran amb veu però sense vot. Art 4.El Consell es renovarà totalment amb ocasió de la celebració d’eleccions locals i corresponent canvi de corporació. La renovació es realitzarà dins d’un termini no superior a dos mesos, des de la presa de possessió de la nova Corporació. II. FUNCIONS I ÒRGANS. Art. 5.Dins del marc d’assessorament i assistència al Ple de l’Ajuntament, a la Regidoria o àrea d’Esports i Joventut i a qualsevol associació o veí del poble que ho requerisca, en totes aquelles matèries que afecten l’esport i la joventut, el Consell exercirà les següents funcions específiques: a) Col·laborar en l’organització d’esdeveniments esportius i amb el manteniment i millora de les instal·lacions esportives, proposar programes d’activitats i serveis per a la joventut, promoure la participació de la joventut en el desenvolupament de la vida social, cultural i política del poble i, en definitiva, proposar totes aquelles iniciatives que estime oportunes, en favor dels distints àmbits esportius i de la joventut. b) Realització d’estudis i informes i avaluar consultes que li siguen sol·licitades sobre la temàtica descrita al punt “a” d’este article, per part de l’Ajuntament, diverses associacions o veïns del poble. c) Procurar per la salvaguarda de les nostres tradicions esportives. d) Qualsevol altra de naturalesa esportiva i de joventut que li siga encomanada pel Ple de l’Ajuntament. Art. 6.Un portaveu del Consell de l’Esport i la Joventut informarà periòdicament al Ple de l’Ajuntament dels acords i decisions adoptats al sí del mateix. CAPÍTOL I. DEL PLE. Art. 7.1.- La convocatòria de les sessions del Consell s’efectuarà pel seu President, almenys una vegada cada quatre mesos i sempre que així s’estime necessari o, en el seu cas, quan així ho sol·licite una quarta part del seus membres, per escrit dirigit al President, en el què s’indicarà expressament l’ordre del dia que es pretén tractar. 2.- La convocatòria es farà mitjançant citació per escrit en la qual es farà constar la data, hora i lloc de celebració de la sessió, així com l’ordre del dia de la mateixa. 3.- La convocatòria serà remesa als membres del Consell amb una setmana d’ antelació a la data prevista per a la realització de la sessió al domicili designat per cada membre. Excepcionalment el termini podrà reduir-se fins a un mínim de 24 hores, per raons d’urgència apreciades lliurement pel President, prèvia comunicació telefònica o telegràfica o per correu electrònic als convocats. 4.- L’ordre del dia s’establirà pel President del Consell, el qual inclourà els temes de joventut i esports, que després es tractaran al Ple de l’Ajuntament, sense perjudici d’allò disposat a l’apartat número 1 d’este article. Art 8.1.- Les sessions del Ple del Consell no podran iniciar-se sense la presència del President o Vicepresident, ni sense la presència de la meitat més un dels seus membres. 2.- No obstant allò disposat al paràgraf anterior, la sessió es podrà celebrar, sense necessitat de convocatòria prèvia, quan estant reunits tots el membres del Consell, per unanimitat acorden donar-li a l’acte caràcter de sessió. 3.- Les reunions del Consell es podran celebrar en una o en diverses sessions. En este cas es complimentarà per cadascuna allò disposat al punt 1. Art. 9.De conformitat amb allò que preveu l’article 3.4 d’este Reglament, podran incloure amb caràcter excepcional especialistes que s’estimen
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necessaris a petició d’un terç dels membres del Consell, sempre que se sol·licite per escrit dirigit al President. La presència d’estes especialistes es limitarà al temps precís per a informar sobre els extrems que foren consultats. Art. 10.El President ordenarà el desenvolupament dels debats auxiliat pel Secretari. Art. 11.1.- Els acords del Ple del Consell s’adoptaran per majoria simple dels membres presents. S’entén majoria simple quan els vots afirmatius són superiors en número als negatius. Els empats seran decidits pel vot de qualitat del President. Les votacions seran secretes si així ho sol·liciten com a mínim dos membres del Consell. 2.- No és tractarà fora de l’ordre del dia cap assumpte, excepte si es declara urgent per una majoria absoluta dels membres presents al Consell. 3.- Els Vocals podran fer constar a l’acta el seu vot contrari a l’acord pres i els motius que ho justifiquen. Art 12.Les sessions tindran caràcter públic, i abans de la finalització de la sessió s’obrirà un torn de precs i preguntes per als assistents a la sessió i que constaran a l’acta de la mateixa. El President serà l’encarregat d’obrir el torn de precs i preguntes, marcant l’ordre en què intervindran els sol·licitants. Els membres del Consell no tindran obligatorietat de contestar a les preguntes formulades pels assistents a la sessió del Consell si ho estimen oportú. Els precs efectuats no tindran cap caràcter vinculant. Art.13.1.- De cada sessió s’alçarà acta, constant a la mateixa la indicació de les persones que han assistit, la circumstància de lloc i temps en què s’ha celebrat, els punts principals de la deliberació, la forma i resultat de la votació i el contingut dels acords adoptats. Les actes seran firmades pel President i el Secretari i s’aprovaran en posterior sessió o en la mateixa si es fa constar. 2.- Amb les actes es formarà un llibre d’actes que serà custodiat a l’Ajuntament de Benimodo. Dit llibre ser públic i es podrà consultar per tot aquell que vullga, prèvia sol·licitud per escrit dirigida al President del Consell. CAPÍTOL II. DE LES COMISSIONS. Art. 14.1.- El Consell Municipal d’Esports i Joventut podrà acordar la formalització de Comissions Tècniques quan l’especialització dels assumptes a tractar així ho aconsellen. 2.- El Ple del Consell determinarà les persones que les constituiran, objecte, duració i demés condicions de la seua activitat. Art. 15.1.- Les comissions tècniques estaran formades per entre 3 i 5 membres, dels quals, almenys un formarà part del Consell d’Esports i Joventut. 2.- A excepció del President, cada membre del Consell podrà pertànyer com a màxim, a tres Comissions Tècniques, i sempre que així ho acorde el Ple del Consell. 3.- De conformitat amb allò establert a l’article 3.4 d’este Reglament, podran participar en les Comissions aquells especialistes que el Ple del Consell ho estime necessari, que tindran veu però no vot. Art. 16.Cada Comissió Tècnica consensuarà, entre els seus membres i amb el Ple del Consell, tot allò que afecta al seu funcionament: convocatòria de les sessions, forma de prendre els acords, etc. Art. 17.De les sessions de les Comissions Tècniques s’elaboraran els respectius informes, en els quals es redactaran els aspectes tractats i les conclusions a les quals s’han arribat. Estos informes seran custodiats per l’Ajuntament, seran públics i podran ser consultats per tota
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aquella persona que així ho vullga, prèvia sol·licitud amb escrit dirigit al President del Consell. CAPÍTOL III. ATRIBUCIONS DELS MEMBRES DEL CONSELL MUNICIPAL D’ESPORTS I JOVENTUT. Art. 18.El President del Consell i els Presidents de les diferents Comissions Tècniques, tindran les següents funcions i atribucions: a) Convocar les reunions i elaborar l’ordre del dia de les mateixes. b) Presidir i moderar les reunions assegurant el normal desenvolupament de les deliberacions, auxiliat pel Secretari. c) Decidir amb el seu vot de qualitat els empats de les votacions. d) Aplicar les normes que regulen el Consell. e) Vetllar perquè els acords siguen notificats als òrgans pertinents de l’Administració. f) Sol·licitar dels Vocals els informes que s’estimen convenients. g) Exercir quantes funcions corresponguen. h) Respondre a les propostes elevades pels membres del Consell. Art. 19.Correspon al Vicepresident, a més de les seues funcions com a Vocal, substituir el President del Consell en casos d’absència, malaltia o causa justificada. Art. 20.El Secretari del Ple i de les Comissions Tècniques del Consell, a més de les funcions de Vocal farà les següents: a) Preparar i remetre als Vocals la documentació que ha d’acompanyar als assumptes inclosos a l’ordre del dia. b) Assistir el President en el desenvolupament de les sessions. c) Redactar les actes de les sessions. d) Donar fe dels acords adoptats i realitzar les accions administratives precises per a la seua notificació i execució. Art. 21.Els membres del Consell Municipal d’Esports i Joventut tindran les següents funcions i atribucions: a) Assistir a les reunions plenàries i a les comissions a les que estiguen adscrits, intervenir en els debats i participar amb el seu vot a les decisions. b) Proposar tantes iniciatives com estimen oportunes per a afavorir les distintes àrees esportives i de joventut que interessen al poble de Benimodo. c) Sol·licitar la inclusió a l’ordre del dia d’aquells assumptes que estimen oportuns, mitjançant escrit dirigit al President del Consell o de les Comissions en els què estiguen. d) Recollir per mitjà del President del Consell, la informació que siga necessària per al compliment dels seus drets i obligacions. e) Formar part dels Comissions per a les què siguen designats. f) Sol·licitar el caràcter secret de les votacions. g) Sol·licitar al President la intervenció d’especialistes. h) Realitzar estudis, i informes i avaluar tantes consultes com li siguen sol·licitades pel plenari de l’Ajuntament de Benimodo. DISPOSICIÓ FINAL.Es faculta al Ple de l’Ajuntament de Benimodo per a adoptar els acords necessaris per al desenvolupament i aplicació del present Reglament, prèvia derogació del reglament anterior.” El present Reglament entrarà en vigor a partir del dia següent de la seua publicació al Butlletí Oficial de la Província de València. La qual cosa es fa pública per a general coneixement. Benimodo, 10 de gener de 2012.—L’alcalde, Francisco Teruel Machí. 2012/2701
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Ayuntamiento de Benimodo Anuncio del Ayuntamiento de Benimodo de aprobación definitiva del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Municipal de Política Social. ANUNCI El Pleno Municipal, en sesión de 28 de noviembre de 2011, aprobó con carácter definitivo el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Municipal de Política Social: “REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE POLITICA SOCIAL PREÁMBULO. La Ley 7/1985 de 2 de abril, de les Bases de Régimen Local, en su artículo 28, expone que los ayuntamientos pueden realizar actividades complementarias de las propias de otras administraciones y en particular las relativas a las actividades de carácter social. El Ayuntamiento de Benimodo es consciente de la magnitud de la problemática social a la que se enfrenta la sociedad actual, que solo puede ser resuelta con la participación coordinada de las instituciones y colectivos existentes para tal fin, así como con la participación de ciudadanos de nuestra población que quieran implicarse en estas tareas. El Ayuntamiento es igualmente consciente que nuestro pueblo demanda una participación mucho más amplia y cualificada en las decisiones referentes a política social y por lo tanto, se propone al Pleno la modificación del actual Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de la Mujer, y que este quede redactado en los siguientes términos. 1º.- DISPOSICIONES GENERALES. Art. 1.Con la finalidad de promover el desarrollo de políticas de Bienestar Social al pueblo de Benimodo, se crea el Consejo Municipal de Política Social, que integrará las problemáticas sociales de las personas y colectivos más desfavorecidos del pueblo, con el carácter, composición, competencias y funcionamiento que se establecen en este Reglamento. Art. 2.El Consejo Municipal de Política Social, es un órgano de participación democrática y comunitaria que realizará funciones de asesoramiento y asistencia al Pleno del Ayuntamiento, a la concejalía de Bienestar Social y a los servicios técnicos de asistencia social. Art. 3.1º.- El Consejo Municipal de Política Social estará formado por: a) El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Benimodo que lo presidirá o concejal en quien delegue, que principalmente será el/la concejal/-a de Bienestar Social. b) Un representante de cada partido político con representación en el Ayuntamiento de Benimodo (no siendo necesario que dicho representante sea concejal). c) Un número indeterminado de personas de entre las propuestas por las asociaciones de implantación municipal: Asociación de Jubilados, Asociación de Amas de Casa, Manos Unidas, etc.) o bien por su prestigio, trabajo o experiencia en actividades de marcado carácter social o asistencial, que serán nombradas por el Pleno del Ayuntamiento. Las Asociaciones podrán proponer 1 miembro titular y 1 miembro suplente, cuando el número de sus socios sea inferior a 100, y aquéllas que superen los 100 socios podrán presentar 2 miembros titulares y 2 suplentes. 2º.- El Consejo, por mayoría simple de sus miembros, nombrará a su vicepresidente, el cual asumirá las funciones de presidente en caso de ausencia del presidente. 3º.- El Consejo por mayoría simple de sus miembros nombrará al Secretario del Consejo. 4º- El Consejo podrá recabar la participación de especialistas ajenos a los miembros del Consejo, cuando la naturaleza del asunto que se trate así lo recomiende, que tendrán carácter consultivo e intervendrán con voz pero sin voto. Art. 4.El Consejo se renovará totalmente con ocasión de la celebración de elecciones locales y correspondiente cambio de Corporación, dicha
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renovación se realizará dentro de un plazo no superior a dos meses, desde la toma de posesión de la nueva Corporación. II.- FUNCIONES Y ÓRGANOS. Art. 5.1. Dentro del marco de asesoramiento y asistencia al Pleno del Ayuntamiento, a la Concejalía de Servicios Sociales y a cualquier asociación o vecino del pueblo que lo requiera, en todas aquellas materias que afecten a cuestiones sociales, el Consejo ejercerá las siguientes funciones específicas: a) Asistir a la concejalía de Servicios Sociales y al Pleno del Ayuntamiento, a las asociaciones y a los vecinos que lo soliciten, en cuantas materias interesen al desarrollo de políticas de bienestar social que afecten a las personas y colectivos más desfavorecidos del pueblo. b) Realizar estudios, informes y evaluar cuantas consultas le sean solicitadas por el Pleno del Ayuntamiento, la Concejalía de Servicios Sociales, las asociaciones y los vecinos que lo soliciten, en el ámbito de sus responsabilidades. c) Proponer al Pleno del Ayuntamiento, a la Concejalía de Servicios Sociales, a las asociaciones y a los vecinos que lo soliciten, cuantas iniciativas estime oportunas en favor de las personas y colectivos más desfavorecidos del pueblo. d) Velar porque se contemple una perspectiva de género en todos los ámbitos y áreas municipales. e) Fomentar la prestación de servicios específicos en favor de los colectivos referidos en apartado a). f) Impulsar la colaboración y cooperación entre asociaciones y demás entidades que lleven a cabo actividades de promoción a favor de los colectivos reseñados en el apartado a). g) Proponer la realización de campañas de sensibilización e información en todos aquellos aspectos que contribuyan a mejorar la calidad de vida de los colectivos enumerados en el apartado a). h) Realización de estudios, con el fin de elevar propuestas a la Concejalía de Servicios Sociales y al Pleno del Ayuntamiento, tanto por iniciativa propia como a instancia del propio Ayuntamiento, previos a la adopción de acuerdos sobre criterios y prioridades que se deben seguir en el ámbito de las políticas de bienestar social. i) Proponer los criterios a adoptar en la elaboración del presupuesto municipal respecto a las materias objeto de este consejo. j) Cualesquiera otras, de naturaleza social, que le sean confiadas por la Concejalía de Servicios Sociales, por el Pleno del Ayuntamiento, por las asociaciones o por los vecinos que lo soliciten. 2. Las funciones de este Consejo Municipal, se ejercerán mediante la emisión de dictámenes, informes o peticiones. CAPITULO I Art. 6.1. El Consejo Municipal de Política Social, funcionará en Pleno. 2. La convocatoria de las sesiones del Consejo se efectuarán por su Presidente, cada 4 meses, y las extraordinarias cuando lo solicite una cuarta parte de sus miembros. 3. Por escrito dirigido al presidente, en el cual se indique expresamente el orden del día que se pretende tratar. 4. La convocatoria se realizará previa citación por escrito en el cual es hará constar la fecha, hora y lugar de celebración de la sesión, así como el orden del día de la misma. 5. La convocatoria será remitida a los miembros del Consejo con una semana de antelación a la fecha prevista para la realización de la sesión al domicilio designado por cada miembro. Excepcionalmente el plazo podrá reducirse hasta un mínimo de 24 horas, por razones de urgencia apreciadas libremente por el Presidente, previa comunicación telefónica o cualquiera otra de forma telemática. 6. Un portavoz del Consejo de Política Social informará periódicamente al Pleno del Ayuntamiento de los acuerdos y decisiones adoptadas en el mismo. 7. A efectos informativos se remitirá a cada uno de los Concejales que forman el Pleno del Ayuntamiento, copia tanto de las convocatorias como de las actas del Consejo.
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Art. 7.1.- Las sesiones del Pleno del Consejo no podrán iniciarse sin la presencia del Presidente o Vicepresidente, ni sin la presencia de la mitad más uno de sus miembros. 2.- No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la sesión podrá celebrarse, sin la necesidad de convocatoria previa, cuando estando reunidos todos los miembros del Consejo, por unanimidad acuerden darle al acto carácter de sesión. 3.- Las reuniones del Consejo podrán celebrarse en una o en diversas sesiones. En este caso se cumplimentará por cada uno lo dispuesto en el punto 1. Art. 8.De conformidad con lo que previene el artículo 3.4 de este Reglamento, podrán incluirse con carácter excepcional los especialistas que se estimen necesarios a petición de un tercio de los miembros del Consejo, siempre que se solicite por escrito dirigido al Presidente, que tendrán carácter consultivo e intervendrán con voz pero sin voto. La presencia de estos especialistas se limitará al tiempo preciso para informar sobre los extremos que les fueran consultados. Art. 9.El Presidente ordenará el desarrollo de los debates del Consejo auxiliado por el Secretario. Art. 10. 1.- Los acuerdos del Pleno del Consejo se adoptarán por mayoría simple de los miembros presentes. Se entiende que se alcanza la mayoría simple cuando los votos afirmativos son más que los negativos. 2.- Los empates serán decididos por el voto de calidad del Presidente. Las votaciones serán secretas si así lo solicita uno de sus miembros. 3.- No se tratará fuera del orden del día ningún asunto, excepto si se declara urgente por una mayoría absoluta de los miembros presentes al Consejo. 4.- Los vocales podrán hacer constar en el acta su voto contrario al acuerdo tomado y los motivos que lo justifican. Art. 11.Las sesiones tendrán carácter público, y antes de la finalización de la sesión se abrirá un turno de ruegos y preguntas para los asistentes a la sesión que tendrán constancia en el acta. El Presidente será el encargado de abrir el turno de ruegos y preguntas, marcando el orden en que intervendrán los solicitantes. Los miembros del Consejo no tendrán obligatoriedad de contestar a las preguntas formuladas por los asistentes a la sesión del Consejo si lo estiman oportuno. Las preguntas efectuadas no tendrán ningún carácter vinculante. Art.12.1.- De cada sesión se levantará acta, constando en la misma las personas que han asistido, y la circunstancia de lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de la deliberación, la forma y resultado de la votación y el contenido de los acuerdos adoptados. Las actas serán firmadas por el Presidente y el Secretario y se aprobarán en posteriores sesiones o en la misma si se hace constar. 2.- Con las actas se formará un libro de actas que será custodiado en el Ayuntamiento de Benimodo. Dicho libro será público y se podrá consultar por todos aquellos que quieran previa solicitud por escrito dirigido al Presidente del Consejo. CAPÍTULO II. De las comisiones. Art.13.1.- El Consejo Municipal de Política Social podrá acordar la formalización de comisiones técnicas cuando la especialización de los asuntos que se tratan así lo aconseje. 2.- El Pleno del Consejo determinará a las personas que la constituirán, objeto, duración y demás condiciones de su actividad. Art.14.1.- Las Comisiones Técnicas estarán formadas entre 3 y 5 miembros, de los que, al menos uno formará parte del Consejo de Política Social.
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2.- A excepción del Presidente, cada miembro del Consejo podrá pertenecer como máximo, a tres Comisiones Técnicas, y siempre que así lo acuerde al Pleno del Consejo. 3.- De conformidad con lo establecido en el art. 3.4 de este Reglamento, podrán participar en las Comisiones aquellos especialistas que el Pleno del Consejo estime necesario, que tendrán carácter consultivo e intervendrán con voz pero sin voto. Art.15.Cada Comisión Técnica consensuará, entre sus miembros y con el Pleno del Consejo, todo aquello que afecte a su funcionamiento: convocatoria de las sesiones, forma de tomar los acuerdos, etc. Art.16.De las sesiones de las Comisiones Técnicas se elaborarán los respectivos informes, en los que se redactarán los aspectos tratados y las conclusiones a las que se han llegado. Estos informes serán custodiados por el Ayuntamiento, serán públicos y podrán ser consultados por toda aquella persona que así lo quiera, previa solicitud por escrito dirigido al Presidente del Consejo. CAPÍTULO III. Atribuciones de los miembros del Consejo Municipal de Política Social. Art. 17.El Presidente de Consejo respecto a éste, y los Presidentes de las diferentes Comisiones Técnicas con relación a las mismas, tendrán las siguientes funciones y atribuciones: a) Convocar las reuniones y elaborar el orden del día de las mismas. b) Presidir y moderar las reuniones asegurando el normal desarrollo de las deliberaciones, auxiliado por el Secretario. c) Decidir, con su voto de calidad los empates de las votaciones. d) Aplicar las normas que regulen el Consejo. e) Velar para que los acuerdos sean notificados a los órganos pertinentes de la Administración. f) Solicitar de los vocales los informes que se estimen convenientes. g) Ejercer cuantas funciones le correspondan. h) Responder a las propuestas elevadas por los miembros del Consejo. Art. 18.Corresponde al Vicepresidente, además de las funciones propias de los vocales, sustituir al Presidente del Consejo en casos de ausencia, enfermedad o cuando concurra alguna causa justificada. Art. 19.Los Secretarios del Pleno y de las Comisiones Técnicas del Consejo, además de las funciones propias de vocal desempeñarán las siguientes: a) Preparar y remitir a los vocales la documentación que ha de acompañar a los asuntos comprendidos en el Orden del Día. b) Asistir al Presidente en el desarrollo de las sesiones. c) Redactar las actas de las sesiones. d) Dar fe de los acuerdos adoptados y realizar las acciones administrativas precisas para su notificación y ejecución. Art. 20.Los miembros del Consejo Municipal de Política Social tendrán las siguientes funciones y atribuciones: a) Asistir a las reuniones plenarias y a las comisiones a las que estuvieran adscritos, intervenir en los debates y participar con su voto en las decisiones. b) Proponer tantas iniciativas como estimen oportunas para favorecer las distintas áreas de política social que interesen al pueblo de Benimodo. c) Solicitar que se incluyan en el orden del día aquellos asuntos que estimen oportunos, mediante escrito dirigido al Presidente del Consejo o de las Comisiones en las que estén. d) Recoger por medio del Presidente del Consejo, la información que sea necesaria para el cumplimiento de sus derechos y obligaciones. e) Formar parte de las Comisiones para las que han sido designados. f) Solicitar el carácter secreto de las votaciones.
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g) Solicitar al Presidente la intervención de especialistas. h) Realizar estudios e informes y evaluar tantas consultas como les sean solicitadas por el Pleno del Ayuntamiento de Benimodo, la concejalía de Servicios Sociales, las asociaciones o los vecinos del pueblo. DISPOSICIÓN FINAL.Se faculta al Pleno del Ayuntamiento de Benimodo para que adopte los acuerdos necesarios para al desarrollo y aplicación del presente Reglamento una vez derogado el anterior.” Este Reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín oficial de la Provincia de Valencia. Lo que se hace público para general conocimiento. Benimodo, 10 de gener de 2012.—L’alcalde, Francisco Teruel Machí. 2012/2702
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Ayuntamiento de Picassent Anuncio del Ayuntamiento de Picassent sobre aprobación de bases de ayudas económicas destinadas al transporte para estudiantes universitarios o de ciclos formativos de grado superior residentes en el municipio de Picassent. ANUNCIO De conformidad con lo acordado en la Junta de Gobierno Local de fecha 30 de enero de 2012, se pone en público conocimiento que en dicha sesión se aprobaron las “BASES PARA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONOMICAS DESTINADAS AL TRANSPORTE PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS O DE CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR RESIDENTES EN EL MUNICIPIO DE PICASSENT CURSO 2011-2012” 1. OBJECTE DE LA CONVOCATÒRIA I CRÈDIT PRESSUPOSTARI 1r L’objecte de les bases presents és regular el procediment en règim de concessió directa, per raons d’interès social, de acord amb l’article 22, punt 2 apartat c) de la Llei General de Subvencions, d’ajudes al transport per a estudiants universitaris o de cicles formatius de grau superior, en el curs acadèmic 2011-2012, amb la finalitat de reduir l’impacte d’aquest tipus de despesa en els economies familiars i de garantir la igualtat d’accés a l’ensenyament dels estudiants residents a Picassent. 2n La quantia total de les ajudes que es concediran apuja fins un màxim de 32.000€, i la partida pressupostària que empara aquesta despesa és la 600.33701.48200 “BEQUES TRANSPORT JOVE” prevista en el pressupost de l’Ajuntament de Picassent corresponent a l’exercici 2012, aprovat inicialment per el Ple de data 7 de desembre de 2011. 2. BENEFICIARIS DE LES SOL·LICITUDS 1r Podran acollir-se a aquestes ajudes els estudiantes, residents en el municipi de Picassent, que complisquen els requisits següents: a. Estar empadronats en el terme municipal de Picassent, almenys, amb un any d’antelació a la data de la convocatòria. b. Les persones nascudes entre l’1 de gener de 1988 i el 31 de desembre de 1994. c. Estar matriculats en, almenys, el 50% d’un curs lectiu (inclou el període de pràctiques), i estar estudiant en l’exercici acadèmic 20112012: • Estudis universitaris presencials: llicenciatura, diplomatura o graus (de primer o segon cicle) (estan inclosos els estudis d’Art dramàtic, dansa i música) • Estudis de formació professional de grau superior, fora del municipi de Picassent. Per a participar en aquesta beca, els estudis s’han de cursar en centres adscrits a la Universitat o a centres homologats per la Generalitat Valenciana. 3. DOTACIÓ INDIVIDUAL DE LES AJUDES 1r La quantia individual de l’ajuda per estudiant dependrà de les sol·licituds presentades. 2n L’ import individual de l’ajuda s’obtindrà tot i procedint-se al prorrateig, entre els beneficiaris de la subvenció, de l’import global màxim previst en la partida 600.33701.48200 “BEQUES TRANSPORT JOVE” destinat a les ajudes, sense que en cap cas se superen els 200.-€ d’ajuda individual. 4. COMPATIBILITAT DE LES AJUDES Les ajudes seran INCOMPATIBLES amb les concedides per altres administracions públiques, o ens públics o privats, nacionals, de la Unió Europea o d’organismes internacionals, per a la mateixa finalitat, d’acord amb l’article 19.2 de la Llei General de Subvencions. 5. PUBLICITAT DE LA CONVOCATÒRIA Les bases presents es publicaran en el Butlletí Oficial de la Província (BOP), sense perjudici de la seua inserció íntegra en el tauler d’edictes i en la pàgina web de l’Ajuntament de Picassent i de la Casa Jove “La Torta”. 6. TERMINI I LLOC DE PRESENTACIÓ DE SOL·LICITUDS 1r El termini per a la presentació de les sol·licituds S’INICIARÀ DES DE L’ENDEMÀ DE LA PUBLICACIÓ EN EL TABLER
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D’ANUNCIS DE L’AJUNTAMENT I FINALITZARÀ EL DIA 16 DE MARÇ. 2n Les sol·licituds es presentaran, de dilluns a divendres en horari de d’11 a 14 hores i de 17 a 20.30 hores, en la Casa Jove LA TORTA. C/ Clara Campoamor, s/n. 7. SOL·LICITUDS I DOCUMENTACIÓ 1r Les sol·licituds hauran de formular-se amb l’imprés oficial (Annex 1). 2r La sol·licitud s’ acompanyarà de la documentació següent: a) Fotocòpia compulsada del DNI o NIF del/la sol·licitant. b) Certificat de matrícula expedit por la Universitat o Centre oficial que impartisca el cicle formatiu de grau superior, amb indicació del curs, matèries en les quals està matriculat i els crèdits corresponents a cada matèria. c) Declaració jurada de no percebre ajuda de transport de cap organisme oficial o privat, de no estar incurs en cap dels supòsits establerts en l’article 13.2 i 3 de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, General de Subvencions que l’inhabiliten per a rebre subvencions i que no té pendent de justificar cap subvenció concedida amb anterioritat per l’Ajuntament de Picassent. (Contingudes en el model oficial de sol·licitud. Annex1). d) Fitxa de manteniment de tercers amb el segell de la Caixa d’Estalvis o Entitat Bancària (segons model oficial, annex 2). 4r L’acreditació del requisit d’estar empadronat a Picassent serà objecte de verificació municipal, sense necessitat que els sol·licitants hagen d’aportar cap documentació. 5é La presentació de sol·licituds per a optar a les ajudes suposa l’acceptació formal de les condicions de la convocatòria. Las Bases integras de esta convocatoria de ayudas económicas destinadas al transporte para estudiantes universitarios o de ciclos formativos de grado superior residentes en el municipio de Picassent Curso 2011-2012 se encuentran a su disposición en la Oficina de Información y en la página web del Ayuntamiento de Picassent y de la Casa Jove “La Torta”. Picassent a 30 de gener de 2012.—La alcaldesa, Conxa García Ferrer. 2012/2933
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Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia Gestión de Personal Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia relativo al acuerdo aprobatorio del acuerdo laboral para el personal funcionario para los años 2012-2015. ANUNCIO El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada en fecha veintisiete de enero de dos mil doce, acordó aprobar el texto definitivo del Acuerdo Laboral para el personal funcionario al servicio del Ayuntamiento de Valencia para los años 2012-2015 Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos, adjuntándose el citado Acuerdo Laboral, para su publicación conforme a los artículos 38 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, 154 de la Ley10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana y 11.2 de la Ley 5/2002 de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias. Contra el acto administrativo transcrito, que es definitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de seis meses, desde esta desestimación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción Valencia, a 31 de enero de 2012.—EL SECRETARIO. PROTOCOLO DE RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA NEGOCIACION COLECTIVA DEL PERSONAL DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE VALENCIA. Las partes firmantes reconocen que la competencia para la aprobación de los Presupuestos del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia corresponde única y exclusivamente al Pleno del mismo. De acuerdo con la legislación vigente dentro de lo establecido en la misma, las partes firmantes ACUERDAN: 1.- Se reconoce el derecho a la negociación colectiva del personal empleado público al servicio del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia. Este derecho comprende las siguientes materias: a) Las retribuciones personal empleado público, su aplicación así como la revisión de las mismas en función de lo que se establezca en las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales del Estado. b) La determinación y aplicación de las retribuciones complementarias del personal. c) La regulación y determinación concreta, en cada caso, de los sistemas, criterios, órganos y procedimientos de acceso al empleo público y la promoción profesional. d) Las normas que fijen los criterios y mecanismos generales en materia de evaluación del desempeño. e) Los planes de Previsión Social Complementaria. f) Los criterios generales de los planes y fondos para la formación y la promoción interna. g) Los criterios generales para la determinación de prestaciones sociales y pensiones de clases pasivas. h) Las propuestas sobre derechos sindicales y de participación. i) Los criterios generales de acción social. j) Las que así se establezcan en la normativa de prevención de riesgos laborales.
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k) La preparación de los planes de Oferta de Empleo Público y de Planes de Empleo. l) Los criterios generales de clasificación y valoración de los puestos de trabajo. m) Los derechos sociales. n) Los planes de igualdad. ñ) Las referidas a calendario laboral, horarios, jornadas, vacaciones, permisos, movilidad funcional y geográfica, así como los criterios generales sobre la planificación estratégica de los recursos humanos, en aquellos aspectos que afecten a condiciones de trabajo del personal empleado público . o) Las materias de índole económica, el régimen de prestación de servicios, los derechos sindicales, asistenciales y en general, las materias que afecten a las condiciones de trabajo y al ámbito de relaciones del personal y sus Organizaciones Sindicales con el Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia. 2.- Con el objeto de proceder a la negociación del Capítulo I de los Presupuestos del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia, la Corporación convocará a las Organizaciones Sindicales más representativas en el ámbito de la misma, con antelación suficiente que permita la negociación de los incrementos retributivos, su aplicación y distribución entre el personal. En cualquier caso, dicha convocatoria deberá realizarse al menos con un mes de antelación sobre lo señalado en el artículo 168.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 3.- El proceso de negociación podrá concluir cuando las partes alcancen un acuerdo. En caso contrario se estará a lo dispuesto en el art. 45 del Estatuto Básico del Empleado Público. 4.- El acuerdo alcanzado sobre el Capítulo I de los Presupuestos del Ayuntamiento será incorporado como anexo al proyecto de Presupuestos para su aprobación por el Pleno de la Corporación. 5.- En el supuesto de no alcanzarse acuerdo, se remitirán igualmente como anexos los escritos razonados de cada una de las partes, y en su caso, las actas que contendrán las motivaciones del desacuerdo. 6.- En cualquier caso se establecerá una Comisión de Seguimiento, de composición paritaria, que entenderá sobre la interpretación y cumplimiento de lo acordado. Igualmente se podrán establecer otras Comisiones de carácter técnico en desarrollo de determinados aspectos que se contemplen en el Acuerdo Laboral. 7.- Se garantizará que en la Mesa General de Negociación, la toma de decisiones de eficacia general se fundamente en una mayoría cualificada de ambas partes. 8.- Las partes firmantes se obligan a llevar a cabo los procesos de negociación de acuerdo con los principios que informan tal institución jurídica, en particular la buena fe y la lealtad contractual. 9.- Se garantiza el cumplimiento de los Pactos y Acuerdos, salvo cuando excepcionalmente y por causa grave de interés público derivada de una alteración sustancial de las circunstancias económicas, el Ayuntamiento suspenda o modifiquen el cumplimiento de Pactos y Acuerdos ya firmados en la medida estrictamente necesaria para salvaguardar el interés público. En este supuesto el Ayuntamiento deberán informar a las Organizaciones Sindicales de las causas de la suspensión o modificación. 10.- Este Protocolo entrará en vigor una vez sea aprobado por el Pleno de la Corporación Capítulo I Artículo 1. Ámbito Funcional. Este acuerdo, negociado al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/85, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, regula la condiciones de trabajo en el Ayuntamiento de Valencia para el personal funcionario. Artículo 2. Ámbito Personal. El presente Acuerdo será de aplicación al personal funcionario que preste sus servicios en el Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia, con excepción de quienes ostente la titularidad de los Órganos Directivos necesarios del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia y del personal funcionario de Administración Local, con habilitación de carácter estatal, que tendrán derecho a que se les apliquen las condiciones establecidas para el resto del personal en el Acuerdo
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Laboral en lo relativo a: disposiciones generales (capítulo I), vacaciones, licencias y permisos (capítulo III) condiciones económicas (capítulo IV), prestaciones sociales (capítulo V) y seguridad y salud en el trabajo (capítulo VII). Igualmente será de aplicación al personal de confianza en cuanto sea adecuado a la naturaleza de su condición, con excepción del derecho a la permanencia y niveles de remuneración. Al personal jubilado parcialmente le será de aplicación la totalidad del presente Acuerdo, en función del desarrollo reglamentario que se establezca. Al personal jubilado total y pensionista le será de aplicación el artículo referente a las ayudas por sepelio o incineración. Artículo 3. Ámbito Temporal, Vigencia y Denuncia. La duración del presente acuerdo será del 1 de enero del año 2012 al 31 de diciembre del año 2015, salvo que expresamente se dispongan otros efectos, período que, no obstante, se entenderá prorrogado expresa, temporal y accidentalmente hasta la entrada en vigor de un nuevo acuerdo. Ambas partes convienen que el acuerdo se considerará denunciado al 15 de octubre de 2015, a fin de iniciar las negociaciones o deliberaciones del nuevo acuerdo en fecha no posterior a 15 días naturales contados a partir de la fecha de la denuncia. Los efectos económicos derivados de la aplicación de los preceptos contenidos en el presente acuerdo, lo serán a partir del 1 de enero de 2012. Artículo 4. Criterio de Interpretación. Las condiciones pactadas en el presente acuerdo constituyen un todo orgánico y unitario. Sus normas serán consideradas global y conjuntamente, por lo que no podrán ser negociadas, modificadas, reconsideradas o parcialmente apreciadas separándolas de su contexto íntegro. Su interpretación práctica se hará conforme al espíritu que lo informa y los Principios Generales del Derecho. Artículo 5. Sustitución de Condiciones. La entrada en vigor de este acuerdo implica la sustitución de las condiciones laborales vigentes hasta la fecha, por las que se establecen en el presente acuerdo, y en cuanto a las modificaciones que en él se contemplan por estimar y aceptar que en su conjunto y globalmente consideradas, suponen condiciones más beneficiosas para el personal. Quedan a salvo las garantías personales a que se refiere el siguiente artículo, así como cuantas disposiciones legales del Estado y de la Administración Autonómica estén o entren en vigor. Artículo 6. Cláusula de Garantía “Ad Personam”. Se respetarán las situaciones personales que excedan de las condiciones pactadas en el presente acuerdo, manteniéndose estrictamente “ad personam” mientras no sean absorbidas o superadas por la aplicación de sucesivos acuerdos. Artículo 7. Condiciones más beneficiosas. Las mejoras establecidas en otras disposiciones, cualquiera que sea su rango, serán de aplicación conforme al principio de norma más favorable o condición más beneficiosa para el personal de esta corporación. Artículo 8. Irrenunciabilidad. Se tendrá por nula y por no hecha la renuncia por parte del personal de cualesquiera beneficios establecidos en el acuerdo, sin perjuicio de aquéllos que lo sean a instancia de parte de forma individual; asimismo se tachará de nulidad, reputándose no dispuestos y sin efecto alguno, cualesquiera acuerdo, resolución o cláusula que impliquen condiciones menos beneficiosas. Artículo 9. Comisión Paritaria de Seguimiento. Se constituye una Comisión de Paritaria de seguimiento al amparo de lo dispuesto en el artículo 38.5 de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, que tendrá carácter paritario, integrada por representantes de la Corporación y de las Organizaciones Sindicales que formen parte de la Mesa General de Negociación ostentando la Presidencia el Concejal/a Delegado/a de Personal o persona en quien delegue. Esta comisión se constituirá en el plazo de 15 días contados a partir de la fecha de aprobación del presente acuerdo por el Pleno de la Corporación. La Comisión Paritaria de Seguimiento elaborará un reglamento para su mejor funcionamiento.
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La Comisión estará integrada por dos miembros de cada sindicato con representación en la Mesa General de Negociación y paritariamente por el mismo número de miembros por parte de la Corporación, todos ellos con sus respectivos suplentes. Las reuniones se celebrarán mensualmente, salvo si por parte de la corporación o los sindicatos no se ha aportado ningún tema para el orden del día, y con carácter extraordinario, por decisión de la corporación, por acuerdo de ésta y los sindicatos o por solicitud de la mayoría de los sindicatos presentes en la misma, solicitando la convocatoria con 48 horas de antelación. Obligatoriamente la reunión extraordinaria se celebrará antes de cinco días hábiles de la fecha de solicitud. Artículo 10. Funciones de la Comisión de Paritaria de seguimiento. La función de esta Comisión Paritaria de Seguimiento será velar por la aplicación de lo establecido en el presente acuerdo; su interpretación, cuando surjan dudas en su concreta aplicación; sin perjuicio de las competencias de la Corporación. Ante los posibles supuestos de discrepancia que puedan producirse sobre la interpretación de este acuerdo por parte de la Comisión de Seguimiento, ambas partes podrán llegar al acuerdo de nombrar mediador/a, según lo establecido en el siguiente artículo. Artículo 11. Solución Extrajudicial de Conflictos Colectivos. 1. Con independencia de las atribuciones fijadas por las partes a la Mesa General de Negociación y Comisión Paritaria de seguimiento para el conocimiento y resolución de los conflictos derivados de la aplicación e interpretación de los pactos y acuerdos, las partes firmantes podrán acordar la creación, configuración y desarrollo de sistemas de solución extrajudicial de conflictos colectivos. 2. Los conflictos a que se refiere el apartado anterior podrán ser los derivados de la negociación, aplicación e interpretación de los pactos y acuerdos sobre las materias señaladas en el presente acuerdo, excepto para aquéllas en que exista reserva de ley. 3. Los sistemas podrán estar integrados por procedimientos de mediación y arbitraje. La mediación será obligatoria cuando lo solicite una de las partes y las propuestas de solución que ofrezcan el mediador/a o mediadoras/es podrán ser libremente aceptadas o rechazadas por las mismas. Mediante el procedimiento de arbitraje las partes podrán acordar voluntariamente encomendar a un tercero la resolución del conflicto planteado, comprometiéndose de antemano a aceptar el contenido de la misma. 4. El acuerdo logrado a través de la mediación o de la resolución de arbitraje tendrá la misma eficacia jurídica y tramitación de los pactos y acuerdos regulados en el presente acuerdo, siempre que quienes hubieran adoptado el acuerdo o suscrito el compromiso arbitral tuviesen la legitimación que les permita acordar, en el ámbito del conflicto, un pacto o acuerdo conforme a lo previsto en el estatuto básico del empleado público. Estos acuerdos serán susceptibles de impugnación. Específicamente cabrá recurso contra la resolución arbitral en el caso de que no se hubiesen observado en el desarrollo de la actuación arbitral los requisitos y formalidades establecidos al efecto o cuando la resolución hubiese versado sobre puntos no sometidos a su decisión, o que ésta contradiga la legalidad vigente. 5. La utilización de estos sistemas se efectuará conforme a los procedimientos que reglamentariamente se determinen previo acuerdo con las Organizaciones Sindicales representativas. Artículo 12. Mesa General de Negociación. Se constituye la Mesa General de Negociación del personal funcionario público, al amparo de lo dispuesto en el artículo 34 y siguientes de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público; lo previsto en la Ley Orgánica de Libertad Sindical, con carácter permanente y lo dispuesto en la Ley 10/2010 de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana. Esta Mesa estará presidida por el Concejal/a Delegada/o de Personal, en representación de la Corporación, o persona en quien delegue, y podrá valerse de las/os asesores/as que estime conveniente en cada momento. En la parte social estarán presentes las organizaciones sindicales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 y siguientes de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
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Público y lo previsto en los artículos 6 y 7 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical. La Mesa General de Negociación se reunirá una vez al mes, salvo si por parte de la Corporación o los Sindicatos no se ha aportado ningún tema para el orden del día. Igualmente se reunirá, con carácter extraordinario, por decisión de la corporación, por acuerdo de ésta y los sindicatos o por solicitud de la mayoría de los sindicatos presentes en la misma. Obligatoriamente la reunión extraordinaria se celebrará antes de cinco días hábiles desde la fecha de solicitud. La Mesa General de Negociación elaborará un reglamento para su mejor funcionamiento, en el plazo máximo de 1 año. Al menos una vez al año, y previamente a la aprobación por el Pleno o la Junta de Gobierno Local de la relación de puestos de trabajo y plantilla orgánica y de los presupuestos municipales, cuyos borradores se remitirán a los Sindicatos con representación en la Mesa General de Negociación con una antelación mínima de 3 días hábiles, se convocará esta Mesa con la finalidad de proceder a la negociación del Capítulo 1 de los Presupuestos en lo relativo a: a) Actualización de la plantilla (clasificación, número de puestos). b) Plan anual de provisión y/o promoción de los puestos vacantes de nueva creación y los sistemas de selección. c) Las retribuciones básicas y complementarias que corresponda aplicar a cada puesto de trabajo. Serán objeto de negociación, las materias siguientes: a) La aplicación del incremento de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y de las Comunidades Autónomas. b) La determinación y aplicación de las retribuciones complementarias de las/os funcionarias/os. c) Las normas que fijen los criterios generales en materia de acceso, carrera, provisión, sistemas de clasificación de puestos de trabajo, y planes e instrumentos de planificación de recursos humanos. d) Las normas que fijen los criterios y mecanismos generales en materia de evaluación del desempeño. e) Los planes de Previsión Social Complementaria. f) Los criterios generales de los planes y fondos para la formación y la promoción interna. g) Los criterios generales para la determinación de prestaciones sociales y pensiones de clases pasivas. h) Las propuestas sobre derechos sindicales y de participación. i) Los criterios generales de acción social. j) Las que así se establezcan en la normativa de prevención de riesgos laborales. k) Las que afecten a las condiciones de trabajo y a las retribuciones de las/os funcionarias/os, cuya regulación exija norma con rango de Ley. l) Los criterios generales sobre ofertas de empleo público. m) Las referidas a calendario laboral, horarios, jornadas, vacaciones, permisos, movilidad funcional y geográfica, así como los criterios generales sobre la planificación estratégica de los recursos humanos, en aquellos aspectos que afecten a condiciones de trabajo de las/os empleadas/os públicas/os. Los cambios organizativos que afectasen a colectivos de personal, se estudiarán en la Mesa General de Negociación, en el ánimo de evitar la ejecución de un Plan de Empleo. Igualmente se someterá a informe de esta Mesa, el traslado total o parcial de instalaciones y el cese o modificación de la prestación de servicios cuando modifiquen las condiciones de trabajo del personal incluido en el ámbito de aplicación del acuerdo. La Mesa General de Negociación será obligatoriamente oída cuando se produzca cualquier cambio en la gestión de algún servicio, municipalización, privatización, creación de organismos autónomos, fundaciones o patronatos. Artículo 13. Mesas Técnicas. La Corporación podrá encargar el desarrollo de las actividades de negociación colectiva a órganos creados por ella, de naturaleza estrictamente técnica, que ostentarán su representación en la negociación colectiva previas las instrucciones políticas correspondientes y
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sin perjuicio de la ratificación de los acuerdos alcanzados por los órganos de gobierno o administrativos con competencia para ello. Artículo 14. Vinculación a la Totalidad. En el supuesto de que, por resolución de la Administración del Estado o de la Comunidad Autónoma, y en su caso, de la jurisdiccional, se impidiese la vigencia del presente acuerdo o de alguno de sus artículos, el acuerdo quedaría sin efecto en las partes afectadas y su contenido debería ser reconsiderado en plazo no superior a 30 días. Capítulo II Tiempo de Trabajo Artículo 15. Calendario Laboral. Serán fiestas las señaladas en el Calendario Laboral oficial. Los días 24 y el 31 de diciembre permanecerán cerradas las oficinas públicas, estando abierta al público la Oficina de Registro ubicada en la plaza del Ayuntamiento. Igualmente, el personal quedará exento de la asistencia al trabajo el día 18 de marzo. Siempre y cuando la normativa vigente lo permita, en el calendario laboral de cada año se fijará un número igual de días compensatorios para ajustar las desviaciones producidas por los días festivos que coincidan en sábado y por los días inhábiles, citados en el párrafo anterior de este artículo, que coincidan en sábado o domingo. Estos días tendrán el mismo tratamiento que los días por asuntos propios establecidos en el art. 28.12 de este Acuerdo. El personal que debiera asistir a su puesto de trabajo los días 18 de marzo, 24, 31 de diciembre y los días de las fiestas locales, los verá compensados por día y medio de descanso por cada uno de aquéllos, o la parte proporcional que corresponde, en función de la jornada laboral que efectivamente realice, siempre y cuando no esté incluido en su horario específico. Artículo 16. Jornada Laboral. 1. La jornada laboral, dentro de los límites establecidos en las disposiciones vigentes aplicables, vendrá determinada en su cómputo de horas y en distribución diaria y semanal por la naturaleza, características específicas y exigencias del funcionamiento de los distintos servicios. 2. Respetándose el cómputo anual, y sin carácter de permiso retribuido, a petición del interesada/o y oída la Mesa General de Negociación, se podrá conceder acumulaciones de jornadas de trabajo efectivo, con un máximo de 10 días, teniendo preferencia para su disfrute el personal con 25 años de servicio en la Administración Pública. Dichas acumulación deberán realizarse en el plazo máximo de cinco años desde que se haya reconocido el derecho a la misma. 3. Por razones determinadas del Servicio y para su buen funcionamiento, la Corporación establecerá los Servicios que deben realizar horarios especiales. Previa negociación, se establecerá el horario de trabajo, la flexibilidad del mismo si las necesidades del servicio lo permiten, así como las condiciones de la flexibilidad; el régimen de trabajo, régimen de vacaciones, calendarios y fiestas; y ello en el plazo máximo de tres meses desde la firma de este Acuerdo, el resultado de las negociaciones figurará como anexo al mismo. El personal adscrito a los servicios afectados, estará obligado a su cumplimiento. 4. Con carácter de jornada recuperable en cómputo anual, al personal con horario genérico funcionarial y al personal que realice horarios especiales en los que expresamente se contemple, se le otorgará, en función de las necesidades de los servicios, hasta un máximo de dos días al año a cada empleada o empleado, pudiendo disponer de uno en cada semestre, salvo que por la Comisión Paritaria de Seguimiento se acuerden otras fechas. 5. En todo caso, tal autorización no podrá ser coincidente para más del 50% del personal adscrito a cada Servicio o Unidad Administrativa. La recuperación de este horario podrá efectuarse tanto previamente al disfrute de los días, como con posterioridad. Artículo 17. Horario de Trabajo. 1. Se acuerda para el año 2012 el mismo horario de trabajo y jornada laboral que en 2011, sin perjuicio de los ajustes que la Mesa General de Negociación establezca en orden a su regulación de acuerdo con el calendario vigente, aplicándose los mismos criterios para los años 2013, 2014 y 2015, y teniendo en cuenta las condiciones de trabajo de los diferentes puestos de trabajo.
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Para los horarios genéricos, teniendo en cuenta que la jornada matutina exigirá un cumplimiento mínimo de siete horas, se establece un margen de flexibilidad en la entrada entre las 7 horas 30 minutos y las 8 horas y 30 minutos, y un margen de flexibilidad en la salida entre las 14:00 y las 16:00 horas, con un presencia obligatoria entre las 8:30 horas y las 14:00 horas; la parte flexible de la jornada matutina será recuperable en cómputo mensual, entre las 7:30 y las 8:30 horas y entre las 14:00 y las 16:00 horas, completándose el resto del horario en jornada vespertina, sin que en ningún caso sea inferior a 37,5 horas semanales. Al personal que ocupe puestos de trabajo cuyo complemento específico conlleve MD o TD, el exceso horario realizado en cómputo mensual sobre la jornada matutina, entre las 7:30 horas y las 16:00 horas, -una vez compensados, en su caso, los saldos positivos y negativos de la jornada diaria como consecuencia del ejercicio de la flexibilidad contemplada en el presente artículo- le será atribuido a la bolsa horaria que tengan obligación de realizar a lo largo de cada año natural. Anualmente, el calendario laboral acordará los criterios de aplicación del horario a los puestos diferentes a los de normal dedicación. 2. Jornada especial para las festividades tradicionales: Para el periodo comprendido entre el día de la plantà de las fallas infantiles y hasta el día de la cremà, la jornada finalizará a las 14:00 horas. 3. En aplicación del principio de racionalidad y sostenibilidad del consumo energético y para hacer compatible este principio con la aplicación del derecho de flexibilidad del personal funcionario, si la continuidad de la jornada laboral se prolonga más allá de las 16,00 horas, la Jefatura de Servicio dispondrá la agrupación del personal en una misma dependencia dentro del edificio municipal que corresponda, y a ser posible, esta agrupación se realizaría también entre distintos servicios. Artículo 18. Flexibilidad del horario de permanencia obligatoria. 1. El personal que tenga a su cargo hijo/a o cónyuge con disminución o minusvalía, cualquiera que sea su edad, tendrá derecho a un horario flexible siempre y cuando no esté la/el cónyuge en condiciones de atender a la persona con disminución física o minusvalía según normativa legal, en los términos que en el presente artículo se recogen. 2. El horario de permanencia obligatoria del personal podrá flexibilizarse en los siguientes supuestos: a) En una hora diaria para los empleadas/os que tengan a su cargo personas mayores de 65 años que requieran una especial dedicación, hijos o hijas de 12 años o menores, así como niñas o niños en acogimiento, preadoptivo o permanente, de dicha edad, y quien tenga a su cargo directo a un familiar con enfermedad grave o con un grado de discapacidad igual o superior al 65% hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad. En los casos de familias monoparentales esta flexibilización podrá ser de dos horas. b) Dos horas diarias para quienes tengan hijas o hijos, así como niñas o niños en acogimiento, preadoptivo o permanente, con discapacidad, con el fin de conciliar los horarios de los centros educativos ordinarios de integración y de educación especial, así como otros centros donde éstos/as discapacitados/as reciban atención, con los propios horarios de los puestos de trabajo. c) Dos horas diarias y, en su caso, con adaptación del turno de trabajo, para las empleadas víctimas de violencia sobre la mujer, con la finalidad de hacer efectivo su derecho a la asistencia social integral, por el tiempo que acrediten los servicios sociales de atención o salud, según proceda. 3. La flexibilidad en el cumplimiento del horario regulada en el apartado anterior en ningún caso supondrá reducción de la jornada laboral, debiendo el personal recuperar la disposición de dichas horas en cómputo mensual. 4. El personal que tengan hijos/as con discapacidad tendrán derecho a ausentarse del trabajo por el tiempo indispensable para asistir a reuniones de coordinación y citas de su centro educativo, ordinario de integración o de educación especial, donde reciba atención, tratamiento o para acompañarla/o si ha de recibir apoyo adicional en el ámbito sanitario o social.
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5. El personal víctima de violencia de género sobre la mujer, para hacer efectiva su protección o su derecho de asistencia social integral, tendrán derecho a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que sean aplicables, en los términos que para estos supuestos establezca la Administración Pública competente en cada caso. 6. Excepcionalmente, la Corporación podrá autorizar, con carácter personal y temporal, la modificación del horario fijo en un máximo de dos horas por motivos directamente relacionados con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. La denegación será motivada. Artículo 19.- FLEXIBILIZACIÓN DEL HORARIO LABORAL. El personal al servicio de la Corporación al que se le reconozca la flexibilidad horaria del artículo anterior y que realice horario genérico, deberá ejercitar dicho derecho con arreglo a las siguientes normas: FLEXIBILIDAD DE 1 HORA: - Entrada entre las 7:30 horas y las 9:30 horas; Salida entre las 13:30 horas y las 16:30 horas. - Obligación de realizar un mínimo 6:00 horas diarias consecutivas. - La hora diaria que falta se recuperará en cómputo mensual. - Dicha recuperación se podrá realizar en jornada matutina sin que la misma suponga una jornada diaria continuada superior a 7 horas y 30 minutos. Una vez transcurrido dicho tiempo, no se computarán los siguientes 30 minutos. - En el caso de que la recuperación se realice en jornada vespertina, habrá que realizar una pausa obligatoria de 30 minutos. Dicha jornada vespertina no se podrá comenzar antes de las 15:00 horas y no se podrá prolongar más allá de las 20:00 horas. FLEXIBILIDAD DE 2 HORAS: - Entrada entre las 7:30 horas y las 10:30 horas; Salida entre las 12:30 horas y las 17:30 horas. - Obligación de realizar un mínimo 5:00 horas diarias consecutivas. - Las dos horas diarias que faltan se recuperarán en cómputo mensual. - Dicha recuperación se podrá realizar en jornada matutina sin que la misma suponga una jornada diaria continuada superior a 7 horas y 30 minutos. Una vez transcurrido dicho tiempo, no se computarán los siguientes 30 minutos. - En el caso de que la recuperación se realice en jornada vespertina, habrá que realizar una pausa obligatoria de 30 minutos. Dicha jornada vespertina no se podrá comenzar antes de las 15:00 horas y no se podrá prolongar más allá de las 20:00 horas. PERSONAL MAYOR Y TOTAL DEDICACIÓN: - Mismos criterios que lo expuesto con anterioridad, y además: - Tardes obligatorias: a partir 16:00 horas. Todo lo que exceda de 2 horas y 30 minutos irá a saldo mensual. - Tardes voluntarias: las horas realizadas irán a saldo mensual. Una vez finalizado el mes natural si el saldo mensual está compensado, el exceso de dicho saldo irá a bolsa de horas. La flexibilidad como derecho individual de las/os trabajadoras/es, se verá limitada por el principio de garantía del Servicio Público, y para conjugar los derechos y obligaciones del personal, las Jefaturas de las Unidades Orgánicas correspondientes, podrán consensuar entre el personal que tienen a su cargo, medidas específicas de su aplicación, para cubrir satisfactoriamente el tiempo troncal, para lo que emitirán informe motivado del desarrollo de su aplicación si va en claro detrimento de la gestión o se cometieran constantes reducciones del tiempo efectivo; así mismo podrá proponer, dentro del principio de integración en la gestión y preferentemente consensuando, la mejor hora o días de su recuperación. A la hora de determinar la individualización del ejercicio del derecho recogido en el presente artículo se dará preferencia al personal que tenga, en primer lugar, una mayor antigüedad y en segundo lugar, al personal con hijas/os con una grado de discapacidad superior al 33%. En cualquier caso, dichos informes se elevarán a la Comisión Paritaria de Seguimiento para su valoración.
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El personal que no esté sujeto a horario genérico ejercerá la flexibilidad en los términos que se establezcan en los respectivos horarios especiales. Artículo 20. Reducciones de la Jornada. 1. Tendrá derecho a una disminución de hasta la mitad de su jornada de trabajo, con reducción proporcional de sus retribuciones: a) El personal que, por razones de guarda legal, tenga a su cargo algún niño o niña de 12 años o menor, tendrá derecho a una disminución de hasta la mitad de su jornada de trabajo, con reducción proporcional de sus retribuciones. A estos efectos tendrá la consideración de familiar la/el cónyuge o pareja de hecho. b) El personal que tenga a su cargo familiares que requieran especial dedicación, previa resolución o informe del órgano correspondiente de la administración sanitaria, tendrá derecho a una disminución de hasta la mitad de su jornada de trabajo, con reducción proporcional de sus retribuciones. A estos efectos tendrá la consideración de familiar el cónyuge o pareja de hecho. c) El personal que por razones de convivencia tenga a su cuidado directo alguna persona con discapacidad física, psíquica o sensorial con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, acreditado por órgano competente y no desempeñe actividades retribuidas que superen el salario mínimo interprofesional. d) El personal que por razón de larga o crónica enfermedad no pueda realizar su jornada laboral completa, previa certificación de este extremo por la Unidad de Valoración de Incapacidades. e) Tendrá el mismo derecho el empleado o empleada que precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida. 2. Cuando las reducciones a las que se refiere el punto anterior, excepto la reducción prevista en el apartado e), no superen la hora diaria, no generará deducción de retribuciones. La reducción de una hora diaria sin deducción de retribuciones, en el caso de guarda legal de niñas/os de 12 años o menores, únicamente se disfrutará cuando se acredite, por órgano competente de la administración sanitaria, que el/la menor requiere especial dedicación. 3. El personal que deba atender el cuidado del cónyuge, pareja de hecho o de un familiar de primer grado por razón de enfermedad muy grave que requiera hospitalización en institución sanitaria o domiciliaria, podrá disfrutar de una reducción de hasta el 50% de la jornada laboral, de carácter retribuido, durante el plazo de un mes. En el supuesto de que hubiera más de un/a beneficiario/a de este derecho que fuera personal de la Corporación, podrán disfrutar del mismo de forma parcial, respetando en todo caso el plazo máximo. 4. En aquellos casos en que resulte compatible con las funciones del puesto desempeñado y con las del centro de trabajo, y cuando la legislación así lo prevea, el personal que ocupe puestos de trabajo que tengan asignados complementos específicos que comporten una jornada de dedicación normal, podrá ser autorizado a realizar una jornada reducida, continua e ininterrumpida de las 9 a las 14 horas, o las equivalentes si el puesto desempeñado está sujeto a turnos, percibiendo un 75 por ciento del total de sus retribuciones. 5. Las empleadas víctimas de violencia sobre la mujer, para hacer efectivo su derecho a la asistencia social integral, tendrán derecho a la reducción de su jornada, con disminución proporcional de la retribución, previa acreditación de la situación de violencia ejercida sobre ellas durante el tiempo que los servicios sociales o de salud, según proceda, acrediten. Cuando la reducción no supere la hora diaria no generará deducción de retribuciones. 6. Las reducciones de jornada de una hora diaria que no generen deducción de retribuciones no supondrán exención de la realización de la jornada de tarde. 7. Las/os empleadas/os a quienes falten menos de 5 años para cumplir la edad de jubilación forzosa, prevista en la normativa vigente, podrán obtener, a su solicitud, la reducción de su jornada de trabajo hasta un medio, con la reducción de retribuciones que se determine reglamentariamente, siempre que las necesidades del servicio lo permitan. 8. Por nacimiento de hijas/os prematuras/os o que por cualquier otra causa deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la
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funcionaria o el funcionario tendrá derecho a ausentarse del trabajo durante un máximo de dos horas diarias percibiendo las retribuciones íntegras. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional de sus retribuciones. 9. El personal acogido a las anteriores reducciones de jornada, verá disminuidas proporcionalmente éstas en los periodos de lactancia. 10. Previo informe de la Jefatura de Medicina Laboral del Excmo. Ayuntamiento, se podrá conceder la incorporación progresiva al puesto de trabajo una vez finalizada la Incapacidad Temporal de larga duración y a petición de la/el interesada/o. 11. El personal que tenga a su cargo a sus progenitores, o a uno de ellos y sean mayores de 85 años, tendrá derecho a una disminución de hasta una hora de su jornada de trabajo, en los términos establecidos en el apartado e) del punto primero y punto segundo de este artículo 12.- Las reducciones de jornada a que se refiere el presente artículo deberán solicitarse en fracciones mínimas de 30 minutos. 13.- En la negociación de los horarios especiales podrá regularse el ejercicio del derecho reconocido en este artículo. Artículo 21. Disposiciones Comunes a las Reducciones de Jornada contempladas en los puntos 1 a 5 del artículo anterior. 1. Las reducciones de jornada previstas en el artículo anterior son incompatibles entre sí, salvo las reguladas en los apartados 1.d) y 5, que serán compatibles con las restantes. 2. Si varias/os empleadas/os de la Corporación tuvieran derecho a una reducción de jornada respecto a un mismo sujeto causante, podrán disfrutar de este derecho de forma parcial. 3. El personal que solicite dejar sin efecto una reducción de jornada no podrá comenzar a disfrutar otra por la misma causa hasta que transcurran, como mínimo, tres meses desde que se dejó sin efecto la reducción anterior. 4. El personal deberá informar a la persona responsable de su unidad administrativa, con quince días de antelación, de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria. 5. Al personal con la reducción de jornada prevista en el punto 5 del artículo anterior no le resultan de aplicación los puntos 3 y 4. 6.- El personal que disfrute al mismo tiempo de una reducción de jornada de las dispuestas en los artículos anteriores y de un permiso para flexibilidad el horario laboral de los regulados en los artículos 18 y 19 deberá comunicar formalmente a la Administración si dicha reducción la disfrutará al principio o al final de su jornada laboral. Artículo 22. Control Horario y su cumplimiento. 1. El personal estará obligado a registrar sus entradas y salidas del centro de trabajo mediante los sistemas establecidos al efecto por la corporación. 2. Las Jefaturas de los Servicios o de las Unidades Administrativas colaborarán en el control del personal a sus órdenes, sin perjuicio del control general asignado al servicio o unidad que lo tenga como competencia. Las Jefaturas de Servicio o de las Unidades Administrativas estarán obligadas a comunicar a la mayor brevedad posible los incumplimientos de parte o toda la jornada laboral del personal de su servicio. 3. Las Jefaturas de Sección deberán comunicar a su superior inmediato las faltas de permanencia no justificadas del personal a su cargo, de acuerdo con las reglas previstas en el artículo 26 de Justificación de Ausencias de este acuerdo. 4. Aquel personal que tenga reconocido el permiso para flexibilizar el horario de permanencia obligatoria y registre su asistencia mediante el control de fichajes, en la jornada laboral en que se produzca un olvido en el registro del fichaje de entrada o salida, no verá computado saldo horario alguno, justificándose solamente, si procede, las horas obligatorias de dicha jornada. Artículo 23. Tiempo Efectivo. 1. Se entiende que el tiempo necesario para recoger, ordenar o guardar las ropas, materiales y demás útiles de trabajo, es tiempo de trabajo efectivo. 2. Dentro del concepto de trabajo efectivo se entenderán comprendidos en la jornada ordinaria de trabajo, los tiempos horarios empleadas/os como pausas reglamentarias, desplazamientos y otras
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interrupciones derivadas de normas de seguridad e higiene o de la propia organización de trabajo. 3. El tiempo de cambio de turno dentro de cada servicio si hubiera solape, será sumado al total del tiempo y luego descontado del cómputo anual en horas a realizar. El solape o cambio no superará los 15 minutos diarios por turno. En la negociación de cada calendario específico se acordarán la necesidad del solape, siempre que no se superen los 15 minutos diarios por turno con independencia de que éste compute a la entrada o a la salida según se determine en la negociación de cada calendario específico. 4. El tiempo empleado en juzgados, centros municipales o de cualquier otra administración por situación relacionada con la función desempeñada, se considerará como tiempo efectivo de trabajo. 5. El tiempo empleado en viajes y desplazamientos será contado como efectivo desde la hora de citación por el servicio hasta la hora de llegada, salvo los periodos que estuvieran sujetos a dietas. Si es en la ciudad, será sólo de 30 minutos. 6. Los puestos de operación en pantallas con más de 5 horas de exposición en las mismas, que fuesen continuadas y no permitiesen pequeñas interrupciones o alternancias con otras tareas, dispondrán de una pausa de 15 minutos por cada 2 horas de exposición. 7. El descanso semanal será de 48 horas consecutivas, preferentemente en sábado y domingo. 8. A nivel individual se dispondrá de una pausa de 30 minutos diarios, computables como tiempo efectivo de trabajo, entre las 9 horas 30 minutos y 12 horas, en los casos de horario genérico o funcionarial. Las Jefaturas de Servicios velarán por el cumplimiento estricto de dicha pausa, debiendo remitir informe mensual puesto que será considerado incumplimiento de jornada a los efectos de lo dispuesto en el artículo 26.5 En los casos de los horarios especiales se estará a lo que se acuerde en la negociación de los mismos. 9. En los servicios cuya secuencia de trabajo sea continuada e impida el abandono del proceso operativo por parte de quien ocupe ese puesto, salvo que haya relevo momentáneamente, la pausa de 30 minutos se adecua en cada horario específico si así se estima en su negociación. 10. Mensualmente, por la Jefatura de Servicio u Oficina, se remitirá informe a la Oficina Técnico Laboral sobre las incidencias de incumplimientos de tiempo efectivos de trabajo, que tendrán los efectos recogidos en el artículo 26.5 Artículo 24. Pausa entre Jornadas. Como principio general, entre el final de la jornada y el comienzo de la siguiente, mediarán como mínimo 12 horas, salvo acuerdo en contrario. Artículo 25. Penosidad Horaria. Se entenderá por trabajo en período nocturno el efectuado entre las 8 de la noche y las 8 de la mañana, aunque si la mitad o más de la jornada se realizase en período nocturno, se entenderá realizada toda ella en turno de noche. Tendrán la consideración de festivo las fiestas nacionales, autonómicas, locales y los domingos; la jornada se entenderá entre las 0 horas del día anterior hasta las 24 horas del mismo día. Artículo 26. Justificación de Ausencias. 1. El personal comunicará sus ausencias y la razón de la misma a su superior jerárquico o a la Jefatura del Servicio, con preferencia hasta una hora después del inicio de la jornada, salvo causas justificadas que lo impidan. La Jefatura del Servicio requerirá al personal los justificantes de dichas ausencias. 2. En los casos de enfermedad o incapacidad temporal se regulan las siguientes situaciones: a) Ausencias aisladas de uno o dos días: El personal comunicará su ausencia y la razón genérica de la misma a su superior jerárquico o a la Jefatura del Servicio, con preferencia hasta una hora después del inicio de la jornada, salvo causas justificadas que lo impidan. La/el interesada/o aportará a la Oficina de Medicina Laboral el justificante de las ausencias expedidos por la/el facultativa/o competente o acudirá a dicha oficina para que, si procediese, se le expida la justificación oportuna. En el supuesto de que no se justifiquen las ausencias se procederá al descuento en nómina que legalmente proceda.
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b) Ausencias de tres o más días: El personal comunicará su ausencia y la razón genérica de la misma a su superior jerárquico o a la Jefatura del Servicio y deberá presentar en las oficinas de Medicina Laboral respectivas el parte médico de baja y los de confirmación de la misma, en su caso, en el plazo de los tres días siguientes a su expedición. La resolución del INSS o parte médico de alta deberá presentarla dentro de las 24 horas siguientes a su recepción y/o expedición. De no entregarse los justificantes en los plazos anteriores legalmente previstos, se procederá a repercutir en el personal aquellas cantidades que como consecuencia de dicho retraso sean reclamadas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, llevando aparejado además la correspondiente responsabilidad disciplinaria a que hubiere lugar. 3. Si las ausencias, aún justificadas, son reiteradas, se valorará la situación entre la representación sindical y la Corporación, a instancia de cualquiera de las partes, y proponiendo conjuntamente la solución adecuada al caso. 4. Los supuestos de permisos por maternidad y/o paternidad precisarán, en el primer caso, la presentación del informe de maternidad expedido por la/el facultativa/o correspondiente del Servicio Público de Salud y, en el caso de paternidad, la copia del Libro de Familia donde figure inscrita/o la/el niña/o. 5. Descuentos por incumplimiento de jornada: Las ausencias y faltas de puntualidad y permanencia del personal que no queden debidamente justificadas, darán lugar a una deducción proporcional de haberes, de acuerdo con lo establecido en la normativa que regule dichas detracciones. Una vez realizada la deducción, las ausencias e incumplimientos horarios justificados fuera de plazo darán lugar a la devolución que corresponda, la cual se efectuará cuando se tramite el correspondiente expediente, sin que éste tenga el carácter de prioritario. Capítulo III Permisos, Licencias, Vacaciones y Situaciones Administrativas. Artículo 27. Cómputo de Permisos y Licencias. 1. Todas aquellas licencias y permisos que sean de un día comprenderán el total de la jornada ordinaria de trabajo, siempre que ésta sea de 7 horas. En los horarios especiales, cuando se trate de jornadas de menos de 7 horas o de más de 7 horas, los días que se concedan por licencias o permisos se computarán por horas, teniendo en cuenta que cada día de permiso o licencia supone un total de 7 horas de trabajo 2 Si se trabajase en período nocturno se podrá optar por la noche anterior o posterior al hecho causante, para iniciar el permiso. Artículo 28. Acreditaciones. 1. La situación de convivencia ha de ser acreditada mediante certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento de residencia. 2. La condición de discapacidad ha de ser acreditada mediante certificación oficial expedida por la Consellería competente en la materia o, en su caso, órgano equivalente de otras Administraciones Públicas. 3. El grado de parentesco y la relación familiar se acreditará con el libro o libros de familia, certificación del Registro Civil o bien con la inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunitat Valenciana o en cualquier registro público oficial de uniones de hecho. 4. La guarda legal ha de acreditarse mediante resolución judicial o documento de formalización del acogimiento familiar. 5. La situación de violencia de género se acreditará mediante la orden de protección a favor de la víctima. Excepcionalmente, será título de acreditación de esta situación el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la trabajadora afectada es víctima de violencia de género, hasta tanto se dicte la orden de protección. Artículo 29. Permisos. El personal funcionario podrá disfrutar, previa comunicación, en los términos y condiciones establecidos o en los que se establezcan reglamentariamente, de permisos, al menos como consecuencia de las causas siguientes: 1. Matrimonio o unión de hecho.
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a) El personal podrá disfrutar de quince días naturales y consecutivos, por razón de matrimonio o inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunitat Valenciana o en cualquier otro registro público oficial de uniones de hecho. b) Este permiso puede acumularse al período vacacional y no se disfrutará necesariamente a continuación del hecho causante. c) El personal que disfrute de este permiso por inscripción en un registro de uniones de hecho no podrá disfrutarlo de nuevo en caso de contraer matrimonio posteriormente con la misma persona. 2. Técnicas prenatales y de fecundación Se concederán permisos al personal, por el tiempo indispensable, para la asistencia a la realización de exámenes prenatales, cursos de técnicas para la preparación al parto y pruebas o tratamientos basados en técnicas de fecundación asistida que deban realizarse dentro de la jornada laboral. Estos permisos se concederán previa justificación de que no pueden realizarse fuera de la jornada de trabajo de personal. 3. Lactancia. a) El personal, por lactancia de un menor de 12 meses o por acogimiento o adopción en idéntico supuesto, tendrá derecho a una hora diaria de ausencia del trabajo, que podrá dividir en dos fracciones. b) Este permiso será ampliable en la misma proporción por parto, adopción o acogimiento familiar múltiple. c) Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o por el padre, en el caso de que ambos trabajen, pero, en cualquier caso, sólo por uno de ellos. Previa renuncia del padre, este permiso podrá disfrutarlo el cónyuge o pareja de hecho de la madre. d) El personal podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente. 4. Interrupción del embarazo. En caso de interrupción del embarazo, la trabajadora tendrá derecho a seis días naturales y consecutivos a partir del hecho causante, siempre y cuando no se encuentre en situación de incapacidad temporal. 5. Médicas y asistenciales. El personal podrá acudir durante su jornada laboral, por necesidades propias o de menores, ancianos/as o discapacitados/as físicos/as, psíquicos/as o sensoriales a su cargo, a: a) Consultas, tratamientos y exploraciones de tipo médico durante el tiempo indispensable para su realización. b) Reuniones de coordinación y citas de sus centros de educación especial. c) Consultas de apoyo adicional en el ámbito socio-sanitario. Las ausencias de la jornada de trabajo causadas por cualquiera de los motivos enumerados en este punto, durarán el tiempo indispensable para su realización. 6. Fallecimiento. a) Por fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho o de un familiar de primer grado, en línea directa, por consanguinidad o afinidad, se tendrá derecho a un permiso de 4 días. Si el hecho causante ocurriera a más de 100 kilómetros de la localidad de residencia del personal, el permiso será de 6 días. b) Por fallecimiento de un familiar de segundo grado en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad, se tendrá derecho a un permiso de 3 días. Si el hecho causante ocurriera a más de 100 kilómetros de la localidad de residencia del personal el permiso será de 5 días. c) Este permiso se tomará en días naturales a partir del hecho causante. d) Este permiso es compatible y no necesariamente consecutivo con el del punto siguiente. 7. Enfermedad grave. a) Por enfermedad grave del cónyuge o pareja de hecho o de un familiar de primer grado, en línea directa, por consanguinidad o afinidad, se tendrá derecho a un permiso de 4 días. Si el hecho causante ocurriera a más de 100 kilómetros de la localidad de residencia del personal, el permiso será de 6 días.
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b) Por enfermedad grave de un familiar de segundo grado en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad, se tendrá derecho a un permiso de 3 días. Si el hecho causante ocurriera a más de 100 kilómetros de la localidad de residencia del personal, el permiso será de 5 días. c) Se tendrá derecho a este permiso cada vez que se acredite una nueva situación de gravedad. d) En el caso de que la hospitalización fuese inferior a los días a que por enfermedad grave se tiene permiso y no mediase certificado de gravedad, este permiso se reducirá a los días que efectivamente el familiar del/de la afectado/a haya estado hospitalizado. e) En los supuestos de enfermedad grave, hospitalización en institución sanitaria u hospitalización domiciliaria de larga duración, los días de permiso podrán utilizarse seguidos o alternos, a petición del personal. f) Este permiso es compatible y no necesariamente consecutivo con el del punto anterior. 8. Concurrencia a pruebas definitivas de aptitud o exámenes finales. El personal dispondrá de permiso el día del examen para concurrir a pruebas selectivas para el ingreso en cualquier Administración Pública, a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación en centros oficiales, aunque la realización del ejercicio sea compatible con la jornada laboral, o la noche anterior en el supuesto de trabajo nocturno, iniciándose el permiso a las 00 horas del día en que se realicen las pruebas o los exámenes. Igualmente para realizar estudios sobre materias directamente relacionadas con la Función Pública. 9. Traslado de domicilio habitual. a) El personal dispondrá de dos días naturales consecutivos por traslado de su domicilio habitual, aportando justificante de empadronamiento acreditativo. b) Cuando el nuevo domicilio se encuentre situado a más de 100 kilómetros del actual, dispondrá de tres días naturales consecutivos de permiso. Dicho permiso podrá disfrutarse hasta dos meses después de la fecha de empadronamiento. 10. Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. 1. Se tendrá derecho para el cumplimiento de un deber inexcusable, de carácter público y personal, al tiempo indispensable. 2. Se entenderá por deber de carácter público y personal: a) Citaciones de juzgados, tribunales de justicia, comisarías, Delegaciones de Gobierno, Autoridades Militares o cualquier otro organismo oficial. b) Cumplimiento de deberes ciudadanos derivados de una consulta electoral. c) Asistencia a reuniones de los órganos de gobierno y comisiones dependientes de los mismos cuando deriven estrictamente del cargo electivo de concejala o concejal, así como de diputada o diputado. d) Asistencia como miembro a las sesiones de un tribunal de selección o provisión, con nombramiento de la autoridad pertinente. e) Cumplimiento de obligaciones que generen la/al interesada/o una responsabilidad de orden civil, social o administrativa. Se tendrá derecho al tiempo indispensable por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral. 11. Por funciones sindicales o de representación del personal. Se concederán permisos para realizar funciones sindicales, de formación o de representación del personal, en los términos en que se establece en la normativa vigente. 12. Asuntos propios. a) Cada año natural, y hasta el día 15 de enero del año siguiente, se podrá disfrutar de hasta 6 días por asuntos propios o particulares no incluidos en el artículo de permisos. El personal tendrá derecho al disfrute de dos días adicionales al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo. b) El personal distribuirá dichos días a su conveniencia, previa autorización de la Jefatura del Servicio o Unidad Administrativa solicitándolo a la Unidad Administrativa que tenga la competencia con
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la suficiente antelación, y tendrá en cuenta que su ausencia no provoque una especial dificultad en el normal desarrollo del trabajo. Su denegación será motivada, debiendo emitirse informe en el que se pongan de manifiesto los perjuicios que supondría para la prestación de servicio su concesión. Los días por asuntos particulares deberán solicitarse con 3 días de antelación, salvo que se vayan a disfrutar entre el 15 de diciembre y el 15 de enero, que deberán solicitarse antes del 1 de diciembre. c) La Administración, previa negociación con las/os representantes sindicales, podrá dictar las normas oportunas, durante el primer trimestre del año, para que el disfrute de estos días no repercuta negativamente en la adecuada prestación de los servicios. d) El personal funcionario interino podrá disfrutar de permiso a razón de un día por cada dos meses completos trabajados en la corporación. e) Los días de asuntos propios anuales podrán ser acumulados a los permisos de maternidad, lactancia, paternidad, acogimiento y adopción, aun habiendo expirado ya el año a que tal período corresponda. f) Los 6 días anuales de asuntos propios corresponderán por año natural de prestación de servicios efectivos. En los casos de licencia sin retribución o de reingreso, cuando el tiempo de servicios prestados fuese menor, se disfrutarán un número de días proporcional al tiempo trabajado, a razón de un día por cada dos meses trabajados, redondeándose al alza a favor del personal solicitante. Esta previsión no se aplicará al supuesto de reingreso después de haber disfrutado de una excedencia por cuidado de hijos/as o familiares, situación que se entenderá como de trabajo efectivo. 13. Celebración de Matrimonio o unión de hecho. a) El personal tendrá derecho a permiso el día de la celebración de su matrimonio o inscripción de su unión de hecho. b) Asimismo, el personal tendrá derecho a permiso el día de la celebración del matrimonio o inscripción de la unión de hecho de sus padres/madres, padres/madres políticos/as, hermanos/as, hermanos/ as políticos/as, hijos/as, hijos/as del cónyuge o pareja de hecho, nietos/as y abuelas/os. c) Si el lugar en el que se realiza la celebración superara la distancia de 375 kilómetros, computados desde la localidad de residencia de dicho personal, el permiso será de dos días naturales consecutivos. Artículo 30 Procedimiento de Tramitación de los Permisos. Con carácter general, los permisos retribuidos establecidos en el artículo anterior, excepto los contemplados en los puntos 1 y 4, deberán solicitarse, al menos, con 5 días hábiles de antelación; salvo los casos de urgente necesidad en los que no será necesario el cumplimiento del citado preaviso. El personal solicitará, a través de la intranet municipal, los permisos a la Jefatura de Servicio o Unidad Administrativa, haciendo constar la clase de permiso y su duración. Las respectivas Jefaturas remitirán, a través de la citada intranet, los permisos solicitados con la correspondiente conformidad a la unidad administrativa que tenga la competencia; posteriormente aportarán la justificación documental pertinente, la cual será aportada por la/el interesada/o al Servicio al día siguiente de su incorporación al trabajo. La Jefatura del Servicio remitirá los justificantes a la Unidad Administrativa que tenga la competencia. La Unidad Administrativa que tenga la competencia, una vez comprobada la procedencia o no del permiso, la comunicará al interesado/a por medio de la intranet municipal, justificándose, en caso de desestimación, la causa de la misma. Siempre y cuando la solicitud de permiso se haya presentado en el plazo señalado en el párrafo primero, la falta de comunicación al interesado/a, hasta dos días anteriores a la fecha para el que se solicitó, se entenderá como favorable para el/la solicitante. Artículo 31. Permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y por razón de violencia de género. El personal funcionario disfrutará de los siguientes permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y por razón de violencia de género, de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público, sin perjuicio de que reglamentariamente puedan ser objeto de mejora: 1. Permiso por parto.
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a) En el supuesto de parto, la trabajadora tendrá derecho a un permiso de 16 semanas ininterrumpidas, ampliables por parto múltiple en dos semanas más por cada hijo/a a partir del segundo. Asimismo, se ampliará en dos semanas más en el supuesto de que el/la recién nacido/a sufra discapacidad. b) El período de permiso se distribuirá a opción de la interesada, siempre que 6 semanas sean inmediatamente posteriores al parto. En caso de fallecimiento de la madre, el progenitor podrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de la parte que reste del permiso. c) No obstante lo anterior, y sin perjuicio de las seis semanas inmediatas posteriores al parto de descanso obligatorio de la madre, en el caso de que la madre y el padre trabajen, ésta, al iniciarse el período de descanso por maternidad, podrá optar por que el padre disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto, bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. 2. Permiso por adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple. 2.1. El permiso por adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple. El permiso por adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple tendrá una duración de dieciséis semanas ininterrumpidas. Este permiso se ampliará en dos semanas más en el supuesto de discapacidad del menor adoptada/o o acogida/o y por cada hijo/a, a partir del segundo, en los supuestos de adopción o acogimiento múltiple. El cómputo del plazo se contará a elección del personal, a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o a partir de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sin que en ningún caso un/a mismo/a menor pueda dar derecho a varios periodos de disfrute de este permiso. En el caso de que ambos progenitores trabajen, el permiso se distribuirá a opción de la/o interesada/o, que podrán disfrutarlo de forma simultánea o sucesiva, siempre en periodos ininterrumpidos. En los casos de disfrute simultáneo de periodos de descanso, la suma de los mismos no podrá exceder de las dieciséis semanas o de las que correspondan en caso de adopción o acogimiento múltiple y de discapacidad del/la menor adoptado/a o acogido/a. Este permiso podrá disfrutarse a jornada completa o a tiempo parcial, cuando las necesidades de servicio lo permitan, y en los términos que reglamentariamente se determine. Durante el disfrute de este permiso se podrá participar en los cursos de formación que convoque la Administración. Los supuestos de adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple, previstos en este artículo serán los que así se establezcan en el Código Civil o en las Leyes Civiles de las Comunidades Autónomas que los regulen, debiendo tener el acogimiento simple una duración no inferior a un año, y aunque dichos acogimientos sean provisionales. 2.2. Permiso por adopción internacional. a) El personal tendrá derecho, además del regulado en el artículo anterior, a disfrutar de un permiso de hasta dos meses de duración, en los supuestos de adopción internacional cuando sea necesario el desplazamiento previo de las/los madres/padres al país de origen del adoptado o adoptada. b) Este permiso podrá fraccionarse o ser continuado, en función de la tramitación que se requiera en el citado país de origen del/la menor. c) El personal percibirá exclusivamente las retribuciones básicas durante el período en el que disfrute de este permiso. d) Con independencia del permiso de hasta dos meses previsto en el punto 1 y para el supuesto contemplado en dicho párrafo, el permiso por adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple, podrá iniciarse hasta cuatro semanas antes de la resolución judicial por la que se constituya la adopción o la decisión administrativa o judicial de acogimiento. 3. Permiso de paternidad, por el nacimiento, acogimiento o adopción de un hija o hijo. El personal funcionario tendrá derecho a cuatro semanas por nacimiento, acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, o adop-
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ción de una/un hija o hijo, que disfrutará el padre a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituya la adopción. Este permiso es independiente del disfrute compartido de los permisos por parto y por adopción o acogimiento. En los permisos por parto, adopción o acogimiento y de paternidad el tiempo transcurrido durante el disfrute de estos permisos se computará como de servicio efectivo a todos los efectos, garantizándose la plenitud de derechos económicos del personal y, en su caso, del otro progenitor, durante todo el periodo de duración del permiso, y, en su caso, durante los periodos posteriores al disfrute de este, si de acuerdo con la normativa aplicable, el derecho a percibir algún concepto retributivo se determina en función del periodo de disfrute del permiso. El personal que haya hecho uso del permiso por maternidad, paternidad y adopción o acogimiento tendrá derecho, una vez finalizado el periodo de permiso, a reintegrarse a su puesto de trabajo en términos y condiciones que no les resulten menos favorables al disfrute del permiso, así como a beneficiarse de cualquier mejora en las condiciones de trabajo a las que hubieran podido tener derecho durante su ausencia. 4. Permiso por razón de violencia de género sobre la mujer funcionaria. Las faltas de asistencia de las mujeres víctima de violencia de género, totales o parciales, tendrán la consideración de justificadas por el tiempo y en las condiciones en que así lo determinen los servicios sociales de atención o de salud según proceda. Asimismo, la mujer víctima de violencia de género, para hacer efectiva su protección o su derecho de asistencia social integral, tendrá derecho a la reducción de la jornada con disminución proporcional de la retribución, o la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que sean aplicables en los términos que para estos supuestos establezca la Administración Pública competente en cada caso. 5. Permiso por cuidado de hija/o menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave. El personal tendrá derecho, siempre que ambos progenitores, adoptantes o acogedores de carácter pre adoptivo o permanente trabajen, a una reducción de la jornada de trabajo de al menos la mitad de la duración de aquélla, percibiendo las retribuciones íntegras con cargo a los presupuestos del órgano o entidad donde venga prestando sus servicios, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del hija/o menor de edad afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas o carcinomas) o por cualquier otra enfermedad grave de las reguladas en el R.D. 1148/2011, de 29 de julio que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente acreditado por el informe del servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma o, en su caso, de la entidad sanitaria concertada correspondiente y, como máximo, hasta que la/ el menor cumpla los 18 años. Cuando concurran en ambos progenitores, adoptantes o acogedores de carácter preadoptivo o permanente, por el mismo sujeto y hecho causante, las circunstancias necesarias para tener derecho a este permiso o, en su caso, puedan tener la condición de beneficiarias/os de la prestación establecida para este fin en el Régimen de la Seguridad Social que les sea de aplicación, la/el funcionaria/o tendrá derecho a la percepción de las retribuciones íntegras durante el tiempo que dure la reducción de su jornada de trabajo, siempre que el otro progenitor, adoptante o acogedor de carácter preadoptivo o permanente, sin perjuicio del derecho a la reducción de jornada que le corresponda, no cobre sus retribuciones íntegras en virtud de este permiso o como beneficiaria/o de la prestación establecida para este fin en el Régimen de la Seguridad Social que le sea de aplicación. En caso contrario, sólo se tendrá derecho a la reducción de jornada, con la consiguiente reducción de retribuciones. Asimismo, en el supuesto de que ambos presten servicios en el mismo órgano o entidad, ésta podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas en el correcto funcionamiento del servicio.
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Reglamentariamente se establecerán las condiciones y supuestos en los que esta reducción de jornada se podrá acumular en jornadas completas. Artículo 32.- Especialidades del permiso por parto 1. En el caso de nacimiento de hijas/os prematuras/os o en los que, por cualquier motivo, éstas/os tengan que permanecer hospitalizadas/ os después del parto, el permiso podrá comenzar a computarse, a instancia de la madre o, en caso de que ella fallezca, del padre, a partir de la fecha del alta hospitalaria del niña o niño. 2. Se excluyen del cómputo del apartado anterior las primeras 6 semanas posteriores al parto, de descanso obligatorio para la madre. 3. En los casos de parto prematuro y en aquéllos en que, por cualquier otra causa, el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, este permiso se ampliará en tantos días como el neonato se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales. 4. Durante el disfrute de este permiso se podrá participar en los cursos de formación que convoque la Administración. Artículo 33. Disfrute de Permisos a Tiempo Parcial, en supuestos de Parto, Adopción o Acogimiento. 1. Principios generales: El disfrute a tiempo parcial de los permisos en los supuestos de parto, adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple, requerirá de acuerdo previo entre el personal afectado y el órgano competente para su concesión. A tal efecto, a la solicitud que debe presentar el/la interesado/a se acompañará informe del/la responsable de la unidad en que estuviera destinado el personal, en el que se acredite que quedan debidamente cubiertas las necesidades del servicio. El órgano competente, a la vista de la solicitud y del informe correspondiente, dictará resolución en el plazo de tres días por la que quedará formalizado el acuerdo para el disfrute del permiso en la modalidad a tiempo parcial o, en su caso, su denegación. El acuerdo podrá celebrarse tanto al inicio del permiso correspondiente como en un momento posterior, y podrá extenderse a todo el periodo de duración del permiso o a parte de aquél. Cuando lo permita la organización del trabajo, se concederá al personal la parte de la jornada solicitada para el disfrute del permiso a tiempo parcial que convenga a sus intereses personales. 2. Reglas para el disfrute de los permisos a tiempo parcial: El disfrute a tiempo parcial de los permisos incluidos en el punto anterior, se ajustará a las siguientes reglas: a) Este derecho podrá ser ejercido tanto por la madre como por el padre, y en cualquiera de los supuestos de disfrute simultáneo o sucesivo del periodo de descanso. En el supuesto de parto, la madre no podrá hacer uso de esta modalidad del permiso durante las seis semanas inmediatas posteriores al parto, que serán de descanso obligatorio. b) El periodo durante el que se disfrute del permiso se ampliará proporcionalmente en función de la jornada de trabajo que se realice, sin que, en ningún caso, se pueda superar la duración establecida para los citados permisos. c) El disfrute del permiso en esta modalidad será ininterrumpido. Una vez acordado, sólo podrá modificarse el régimen pactado mediante nuevo acuerdo entre el órgano competente para la concesión de permisos y el personal afectado, a iniciativa de éste y debido a causas relacionadas con su salud o la del/la menor. d) Durante el periodo del disfrute del permiso a tiempo parcial, el personal no podrá realizar servicios extraordinarios fuera de la jornada que deba cumplir en esta modalidad. e) Durante el disfrute de este permiso se podrá participar en los cursos de formación que convoque la Administración. 3. Incompatibilidades: El disfrute a tiempo parcial de los permisos incluidos en el punto 1 será incompatible con el ejercicio simultáneo por el personal de los derechos previstos en la normativa vigente, que regule los derechos en los supuestos de lactancia, nacimiento prematuro de hijas/os y disminución de jornada por guarda legal. Igualmente, será incompatible con el ejercicio del derecho a la excedencia por cuidado de familiares.
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Artículo 34. Licencias con Retribución. En los términos y condiciones previstos, o en los que se establezcan reglamentariamente, el personal funcionario tendrán derecho a disfrutar, previa autorización, de licencias retribuidas, como mínimo, en los supuestos siguientes: 1 Licencia para la formación. El tiempo de asistencia a los cursos de formación programados por las distintas Administraciones Públicas para la capacitación profesional o para la adaptación a un nuevo puesto de trabajo, y los organizados por los diferentes promotores previstos en el acuerdo de formación continua vigente en las Administraciones Públicas, se considerará tiempo de trabajo a todos los efectos, cuando los cursos se celebren dentro de ese horario. 2. Licencia por cursos externos de perfeccionamiento profesional. La corporación podrá conceder hasta cuarenta horas al año para la asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional, retribuidas, cuando coincidan con el horario de trabajo, el curso se encuentre homologado, el contenido del mismo esté directamente relacionado con el puesto de trabajo o la carrera profesional del personal en la administración y no lo impidan las necesidades del servicio. La denegación será motivada. Durante los permisos de maternidad, paternidad y excedencias por cuidado de hijos/as o familiares, el personal podrá participar en los cursos de formación y perfeccionamiento. Artículo 35. Licencias sin retribución. En los términos y condiciones previstos, o en los que se establezcan reglamentariamente, el personal funcionario tendrá derecho a disfrutar, previa autorización, de licencias no retribuidas, como mínimo, en los supuestos siguientes: - Por interés particular. - Por enfermedad de familiares o cualquier persona que, legalmente, se encuentre bajo su guarda o custodia. - Para perfeccionamiento profesional, por interés particular. 1. Disposiciones comunes a las licencias sin retribución. a) Las licencias sin retribución, en cualquier caso, deberán comprender períodos continuados e ininterrumpidos. b) Para poder solicitar una nueva licencia será necesario que transcurran, como mínimo, tres días laborables entre el período que se solicita y el anteriormente disfrutado. 2.- Licencia por interés particular. a) Con una duración máxima de seis meses cada tres años, y mínima de dos días consecutivos la Corporación, previo informe de la Jefatura del Servicio o Unidad Administrativa, podrá conceder licencia por interés particular. b) Esta licencia se solicitará, salvo casos excepcionales debidamente justificados, con una antelación mínima, respecto de la fecha de su inicio, de treinta días, y deberá resolverse, como mínimo, con quince días de antelación a dicha fecha. Su denegación deberá ser motivada. c) La Administración, mientras dure esta licencia sin retribución, mantendrá al personal en alta especial en el régimen de previsión social que corresponda. d) Esta licencia tendrá la consideración de servicios efectivamente prestados, a los efectos de antigüedad y consolidación de grado personal. De la consideración anterior se excluye el caso del cómputo de las vacaciones anuales. En este supuesto, y cuando coincida con un mes natural o lo supere, deberá descontarse de la vacación anual el tiempo proporcional de la licencia sin retribución disfrutada. 3.- Licencia por enfermedad de familiares. a) En el caso de que la/el cónyuge, pareja de hecho, familiar en línea directa o colateral hasta segundo grado, por consanguinidad o afinidad o cualquier persona que, legalmente, se encuentre bajo su guarda o custodia, que conviva con el/la solicitante, padezca enfermedad grave o irreversible que requiera una atención continuada, podrá solicitarse la licencia por enfermedad de familiares, o cualquier persona que, legalmente, se encuentre bajo su guarda o custodia, con una duración máxima de un año.
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b) El período que dure esta licencia tendrá la consideración de servicios efectivamente prestados, a los efectos exclusivamente del cómputo de antigüedad y consolidación de grado, pero no constituirá causa de alta especial en el régimen de previsión social. c) A los efectos indicados, la enfermedad deberá ser acreditada suficientemente con los necesarios informes médicos. 4.- Licencia para perfeccionamiento profesional. a) La corporación podrá conceder licencias no retribuidas, de una duración máxima de tres meses al año, para la asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional, cuando el contenido de los mismos esté directamente relacionado con el puesto de trabajo o la carrera profesional en la administración y siempre que la gestión del servicio y la organización del trabajo lo permitan. b) La corporación mantendrá al personal con alta especial, en el régimen de previsión social que corresponda, mientras dure la licencia sin sueldo. c) Esta licencia tendrá la consideración de servicios efectivamente prestados. Artículo 36. Duración de las Vacaciones. 1. El personal tendrá derecho a disfrutar, durante cada año completo de servicio activo, de unas vacaciones retribuidas de 22 días hábiles o de un mes natural. Si se toman fraccionadas ninguno de los períodos podrá ser inferior a siete días naturales consecutivos. 2. En el caso de que el servicio efectivamente prestado en la administración fuera inferior a un año, se tendrá derecho al disfrute de los días proporcionales de vacaciones que correspondan. 3. Igualmente, se tendrá derecho a aquellos días adicionales de vacaciones que, en su caso, vengan determinados por la legislación vigente. 4. A los efectos previstos en los artículos que regulan las vacaciones, no se considerarán como días hábiles los sábados, sin perjuicio de las adaptaciones que se establezcan para los horarios especiales. 5. A efectos de determinar el periodo computable para el cálculo de las vacaciones anuales, las ausencias del trabajo por motivos independientes de la voluntad de la/el empleada/o pública/o, tales como enfermedad, accidente o maternidad, computarán como servicios efectivos. Artículo 37. Régimen de disfrute de las Vacaciones. 1. Las vacaciones anuales retribuidas podrán disfrutarse a lo largo de todo el año a petición del personal, si bien, preferentemente, en el período de junio a septiembre, salvo lo que se establezca para los horarios especiales. 2. El comienzo y terminación del derecho al disfrute de las vacaciones se producirán forzosamente dentro del año natural al que correspondan. Excepcionalmente, la finalización del disfrute de las mismas podrá prorrogarse hasta el 15 de enero del año siguiente. No podrán, en ningún caso, ser sustituidas por compensaciones económicas, ni acumuladas a las siguientes. 3. El período de vacaciones anual podrá ser acumulado a los permisos de maternidad, lactancia, paternidad, acogimiento y adopción, aun habiendo expirado ya el año natural a que tal período corresponda. 4.- Cuando el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal derivada del embarazo, parto o lactancia natural, o con el permiso de maternidad o paternidad, o con su ampliación por lactancia, el personal empleado público tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta, aunque haya terminado el año natural al que correspondan. Igual derecho alcanza al personal que, como consecuencia de una situación de Incapacidad Temporal, no pueda iniciar sus vacaciones en el tiempo previsto. No obstante, si la situación de Incapacidad Temporal se produce una vez iniciado el periodo vacacional solo se tendrá derecho a la interrupción del mismo si mediare ingreso hospitalario, en cuyo caso deberá continuar con dicho periodo vacacional una vez recibida el alta de la situación de I.T. 5. Las vacaciones anuales no podrán, en ningún caso, ser sustituidas por compensaciones económicas. Excepcionalmente, el personal interino y el personal contratado laboral temporal tendrá derecho al abono de la parte proporcional de sus vacaciones cuando cese antes de completar el año de servicio y no hubiese sido posible disfrutar de las mismas
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6. Se abonará la parte proporcional de las vacaciones al viudo/viuda, los hijos/as y los herederos/as legales, por este orden de prelación cuando cualquier persona sometida al ámbito de aplicación del presente Acuerdo fallezca antes de disfrutar su periodo vacacional. Artículo 38. Solicitud de Vacaciones. 1. El personal que desee disfrutar de sus vacaciones durante los meses de julio y agosto deberá solicitarlas con un mes de antelación al inicio de su disfrute, elevando a la persona responsable de su unidad administrativa comunicación formal a través de la intranet municipal, en el que expresará su opción personal al periodo de vacaciones anuales.. Para el resto de períodos habrá que solicitarlas con 15 días de antelación. 2.- Recibidas las opciones, el órgano competente remitirá en el plazo de una semana a la Oficina Técnico Laboral, a través de la intranet municipal, las solicitudes individualizadas, teniendo en cuenta el equilibrio necesario para que los servicios se presten con normalidad. 3. En el caso de que, por razones justificadas, cualquier persona al servicio del Ayuntamiento desee alterar su período de vacaciones ya concedido, podrá solicitar un cambio mediante petición formal dirigida a la unidad administrativa que tenga asignada la competencia tramitada a través del responsable de su unidad, quien adjuntará un informe personal sobre la oportunidad de conceder lo solicitado. 4. En caso de denegación por la administración del período de vacaciones solicitado, ésta deberá ser motivada. 5. Para determinar dentro de un Servicio los turnos de vacaciones, se procederá del siguiente modo: a) Se procurará que la distribución de los turnos de vacaciones se haga dentro de cada servicio de común acuerdo con el personal, de modo que queden cubiertas las necesidades del Servicio y atendiendo al orden que sea aconsejado por la persona responsable del mismo. b) De no llegar a un acuerdo, se seguirán los turnos vacacionales de forma rotativa según se viene realizando. Artículo 39. Excepciones al Régimen General de Vacaciones. La Corporación previa negociación con las/os representantes sindicales, establecerá las excepciones oportunas al régimen general de vacaciones anuales y fijará los turnos de éstas que resulten adecuados, a propuesta razonada de la Jefatura del Servicio o de la Jefatura de la Unidad Administrativa de que se trate, en aquellos servicios que, por la naturaleza y peculiaridad de sus funciones, requieran un régimen especial. En ningún caso podrá minorarse la duración total de las mismas. Artículo 40. Derechos relacionados con el Período de Vacaciones. El personal tendrá derecho: a) Al retraso de sus vacaciones si no puede iniciarlas como consecuencia de incapacidad temporal. b) A la interrupción del período de vacaciones cuando mediase hospitalización justificada no voluntaria, para reanudarlas una vez producida el alta médica hasta completar los días que le resten. c) A la acomodación del disfrute de las vacaciones en caso de embarazo y hasta que la/el hija/o cumpla doce meses; también, y por el mismo período, en caso de separación legal, divorcio o viudedad, así como si se es víctima de violencia de género o se tiene a cargo una persona dependiente, previa justificación de estas circunstancias, siempre que no implique perjuicio para otras empleadas y empleadas/ os públicas/os. d) Al disfrute de treinta y un días naturales de vacaciones si se toman continuadas en un mes de treinta días por decisión de la administración. Artículo 41. Situaciones administrativas. Las situaciones administrativas en las que se pueden encontrar el personal funcionario de carrera del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia se ajustarán a lo establecido en cada caso por la legislación vigente. Capítulo IV Condiciones Económicas Artículo 42- Disposición General. Las retribuciones del personal funcionario al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Valencia, se ajustarán sus incrementos, revisiones, adaptaciones y adecuaciones, a lo que en su caso queden reflejadas
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en las leyes de presupuestos generales del Estado para dichos ejercicios. Artículo 43. Retribuciones. Las retribuciones básicas del personal funcionario al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Valencia incluidas las dos pagas extraordinarias establecidas legalmente experimentarán el incremento que, en su caso, fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 y sucesivos. El mismo hipotético incremento y durante el mismo periodo será de aplicación a las retribuciones complementarias de carácter fijo y periódico determinadas para cada uno de los puestos de trabajos municipales, excluido el Complemento de Productividad. Artículo 44. Complemento de Productividad. De conformidad con lo dispuesto en el art. 5 del R.D. 861/86 de 25 de abril, y demás disposiciones al respecto, una vez constatado por las respectivas delegaciones a través de las Jefaturas de Servicio o responsables de las correspondientes unidades, el especial rendimiento, interés e iniciativa del personal funcionario, se le retribuirá con un complemento de productividad cuya cuantía será propuesta por la Mesa General de Negociación. Dicho abono, en su caso, se efectuará preferentemente en las nóminas de marzo, junio, septiembre y diciembre, previo oportuno expediente a tal efecto instruido, en los términos del artículo 43 anterior y aprobación por el órgano competente. No obstante, y al objeto de mejorar la calidad de los servicios públicos que posibilite la máxima atención a la ciudadanía y una mejora en la gestión, objetivos a los que deben ir dirigidos todos los esfuerzos de la administración, en la que resulta necesario la implicación del personal a su servicio, se constituirá un fondo con los criterios de distribución negociados por la Mesa General de Negociación, y que una vez constatada y evaluada, mensualmente, será singularizado en su estudio por la Mesa Técnica de Bomberos (respecto al personal adscrito a la Delegación de Bomberos, Prevención e Intervención en Emergencias), por la Mesa Técnica de Policía (respecto al personal destinado en el Servicio de Policía Local) y por la Mesa General de Negociación (respecto del resto del personal al servicio de la Corporación), elevándose su ejecución al órgano competente, previo oportuno expediente instruido a tal efecto, en los términos del artículo anterior, que se integra en la productividad, devengándose mensualmente, siempre que se cumplan los requisitos legales establecidos. Artículo 45. Servicios extraordinarios. 1.- Tienen la consideración de servicios extraordinarios, los realizados fuera de la jornada normal para cada servicio, y deberán compensarse a razón de una hora y cuarenta y cinco minutos de disfrute por cada hora realizada por este concepto, cuando los servicios extraordinarios se hayan realizado en jornada diurna; de dos horas, cuando se hayan realizado en festivo o en nocturno; y de dos horas y quince minutos cuando concurran las circunstancias de nocturnidad y festividad. Dicha compensación horaria deberá realizarse en el plazo máximo de cinco años desde la realización de dichos servicios extraordinarios. 2.-La realización de servicios extraordinarios, que excepcionalmente no puedan ser objeto de ser compensados en tiempo de horario conforme a los dispuesto en el punto anterior, requerirá, previo a su realización, acuerdo de autorización de la Junta de Gobierno Local, a propuesta del Servicio que tiene adscrito al personal que ha de efectuarlos, que la elevará adjuntando informe de la Intervención Municipal, donde conste la existencia de crédito en la aplicación presupuestaria del correspondiente servicio, y en caso de inexistencia de crédito, proponiendo suplementación o transferencia del mismo en el Capítulo I con cargo a otras aplicaciones presupuestarias del citado servicio o condicionando la efectiva realización de los servicios extraordinarios a un suplemento de crédito de otros Capítulos al Capítulo I. Una vez recabada la autorización de la Junta de Gobierno Local u órgano delegado, y realizados los servicios pertinentes, previo oportuno expediente el personal funcionario tendrá derecho al abono en
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su caso, de servicios extraordinarios, bajo el concepto retributivo de gratificación, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/2007, y Ley 10/2010 3.- En cualquier caso los servicios extraordinarios serán voluntarios, excepto en los supuestos de fuerza mayor, caso fortuito o estricta necesidad motivada, que tendrán carácter de obligatorio. Capítulo V Prestaciones Sociales. Los derechos sociales, reconocidos a las/os trabajadoras/es del Excmo. Ayuntamiento de Valencia, deberán inspirarse en los principios de universalidad y equidad, garantizándose los mismos en los términos expuestos en el presente capítulo. Las cantidades íntegras previstas en este Capítulo estarán sujetas a las correspondientes retenciones legales. El abono de las mismas se producirá, como máximo, en el segundo trimestre del ejercicio siguiente de cada año natural, tramitándose las instancias en orden inverso a las subvenciones recibidas por las/ os interesadas/os con anterioridad. Artículo 46. Subvenciones Sanitarias. Las subvenciones sanitarias lo son en concepto de ayuda económica para las prótesis que a continuación se relacionan. Se beneficiarán de las subvenciones sanitarias: a) El personal titular de la cartilla sanitaria. b) El/la cónyuge, e hijas/os del personal menores de 24 años. Respecto de hijos/as mayores de 18 años deberá acreditarse que se encuentran en situación legal de desempleo o cursando estudios en centros oficiales escolares o universitarios. Para la percepción de estas ayudas será necesario aportar a la solicitud el original o fotocopia compulsada de la prescripción médica en los casos que se requiera, así como el original o fotocopia compulsada de la justificación de pago. Dicha solicitud se desestimará cuando hayan transcurrido un año desde la fecha de la prescripción facultativa y del justificante de pago, en su caso. Prestaciones Sanitarias: A) Prótesis dentarias: Empastes ......................................................................... 12 €. Reposición de piezas: - Aparato completo superior/inferior .............................. 121 €. - Boca completa ................................................................ 241 €. - Pieza repuesta (máximo boca completa) ........................ 39 €. - Ortodoncia: 30% del presupuesto con un máximo de 573 € de las cuales se abonará un 50% al iniciar el tratamiento y el 50% restante al finalizar el mismo. - Desvitalización............................................................... 19 €. - Tartrectomía (limpieza bucal) ...................................... 8 €. - Periodoncia: Se establece como ayuda el 50% del importe de la misma, con un tope de 198 €. Se abonará un 50% al iniciar el tratamiento y el 50% restante al finalizar el mismo pudiendo ser solicitada al inicio de los trabajos según presupuesto a tal efecto, debiendo en todo caso justificarse el importe recibido con el original, o fotocopia compulsada, del importe de la factura abonada. - Implantes. Se abonarán 88 € por implante, con un límite de tres piezas implantadas. Tanto la periodoncia, como los implantes se abonarán con un periodo de carencia anual. B) Prótesis de visión: Gafas normales (cerca y/o lejos) ...................................... 45 €. Gafas bifocales o progresivas .......................................... 76 €. Gafas (montura) .............................................................. 15 €. Gafas-audífono ............................................................... 226 €. Renovación de cristales .................................................. 30 €. Lentillas ........................................................................... 76 €. Lentillas desechables ……...………………………....... 76 €. La montura, renovación de cristales, lentillas o lentillas desechables únicamente se abonará transcurridos dos años desde la última petición, salvo que se acredite que la necesidad tenga como hecho causante un accidente laboral o se acredite variación en la graduación, en cuyo caso se abonará el importe total de la factura. También se
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subvencionaran las operaciones de la vista por láser Excimer, una operación por cada ojo, por importe no superior a la cuantía máxima prevista para el concepto “Resto” del apartado D) de este artículo En las subvenciones por prótesis dentarias y de visión no se requerirá que la prescripción facultativa lo sea del Agencia Valenciana de Salud, pero sí deberá aportarse en las prótesis de visión la correspondiente graduación óptica. C) Prótesis auditivas. Se abonará todas aquéllas que se prescriban facultativamente, con los siguientes topes: Audífono ...................................................................... 301 €. Fonación ...................................................................... 377 €. Tapones de silicona .................................................... 37 €. En relación con las prótesis auditivas, se establece dicha prestación con una carencia de dos años. D) Prótesis quirúrgicas. 1.- Fijas. Se abonará en todo caso el importe de la prótesis hasta un máximo de 339 €. 2.- Ortopédicas: Se abonarán con los siguientes topes: - Plantillas ....................................................................... 37 €. - Calzado y plantillas ..................................................... 76 €. - Resto ............................................................................ 339 €. - Coches y silla: Se abonarán siempre que el proceso sea irreversible, previo acuerdo de la Comisión Paritaria de Seguimiento. - Alquileres en caso de provisionalidad: En todos aquellos supuestos en los que exista posibilidad de recuperación, se abonará el alquiler. Para calzado y plantillas se estima la duración de un año para menores de 14 años y dos años para mayores de esta edad. Se exige prescripción facultativa. E) El Ayuntamiento concederá una ayuda de 317 €, para acondicionamiento de vehículo particular al personal que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Dicha ayuda no podrá volver a solicitarse hasta transcurridos cinco años desde la anterior. En cumplimiento del principio de universalidad, con independencia de la periodicidad establecida en cada prótesis, cada funcionaria/o solo tendrá derecho al abono de una subvención anual por cualquiera de los conceptos regulados en el presente artículo. Artículo 47. Subvenciones por Nupcialidad o Unión de Hecho, Natalidad o Adopción. El Ayuntamiento abonará por estos conceptos las siguientes cantidades: - Nupcialidad o convivencia comprobada: 98 € por empleado/empleada. - Natalidad o adopción: 45 €. por hijo/a. Estas subvenciones se abonarán individualmente, con independencia de que las personas beneficiarias sean, ambos, personal de la Corporación. Las subvenciones previstas en este artículo deberán solicitarse en el plazo máximo de 3 meses desde el hecho causante, debiendo aportarse al efecto documentación acreditativa del hecho, o fotocopia compulsada de dicha documentación. Transcurrido dicho plazo, quedará caducado el derecho. Artículo 48. Ayudas por sepelio, incineración. El personal en activo o jubilado, gozará del beneficio, al nombramiento en propiedad, de la concesión de un nicho con carácter gratuito, si se tratase de uno sencillo o pagando la mitad de su valor si fuese doble, en los Cementerios Municipales dependientes del Ayuntamiento de Valencia que designe la familia. Este derecho se hará extensivo a la incineración, incluyendo la urna y nicho correspondiente cuando éste sea el deseo de los familiares. Artículo 49. Subvenciones por Discapacidad. El Ayuntamiento fija la cantidad de 222 € mensuales como subvención para padres/madres de hijos/as o tutores/as legales, o cónyuges o pareja de hecho con discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales iguales o superiores al 33%. No tendrán derecho a dicha subvención cuando la persona con discapacidad física, psíquica o sensorial sea sujeto de una relación
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contractual remunerada, esté percibiendo la prestación social por desempleo o pensión por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, se encuentre de alta en cualquier régimen de previsión social y perciba por alguno de esos conceptos una cantidad superior a la pensión no contributiva. La calificación del grado de discapacidad se justificará a través de la resolución aprobatoria, dictamen y certificado de la Consellería de Bienestar Social o, en su caso, la que asuma la competencia, de la Generalitat Valenciana, y serán los servicios médicos de la corporación quienes, en su caso, podrán recabar los informes técnicos complementarios. Los efectos económicos previstos en este artículo se producirán, una vez solicitada dicha subvención, y siempre que se acredite la condición de discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 33%, al mes siguiente de dicha petición y acreditación. Si concurriesen en ambos cónyuges o miembros de la pareja de hecho la condición de personal municipal, sólo se devengará una subvención. Artículo 50. Becas de Orfandad por fallecimiento de personal en activo. En caso de fallecimiento de personal municipal los estudios de sus hijas/os hasta los 16 años de edad, serán becados con cargo al Ayuntamiento. Esta beca comprenderá ayuda de transporte, ayuda de comedor, material escolar, tasa de matrícula y ayuda compensatoria, y de conformidad con los siguientes requisitos: 1) Ser hijo/a de personal de la Corporación fallecido en activo, y cumplir el requisito de edad establecido. 2) A la renta per cápita anual le será de aplicación el siguiente baremo: - Ingresos mayores de 12.621,25 €, no les será concedida beca alguna. - Ingresos de 9.015,19 € a 12.621,25 €, se les concederá el 25% de la beca. - Ingresos de 6.010,12 € a 9.015,19 €, se les concederá el 50% de la beca. - Ingresos inferiores a 6.010,12 €, se les concederá el 100% de la beca. En caso de existencia de hijo/a con discapacidad en la familia, a éste se le concederá el 100% de la beca establecida, siempre que la renta per cápita no supere los 12.621,25 €. Las cuantías de las becas, serán las siguientes: - Educación Secundaria: 2.336 €. - Educación Primaria: 1.884 €. - Educación Infantil: 1.507 €. - Educación Especial: 2.336 €. Artículo 51. Seguros. La Corporación se compromete a cubrir con efectos 1 de enero de 2012, bien directa, bien indirectamente, los siguientes riesgos: a) Muerte, 18.843 €, en aquel personal funcionario en activo; 37.686,00 € cuando el fallecimiento se produzca como consecuencia de accidente laboral; y 47.107,50 € cuando el fallecimiento por accidente laboral lo sea como consecuencia de muerte violenta en acto de servicio. En estos supuestos las/os beneficiarias/os serán, por este orden, el viudo/a, pareja de hecho, los hijos/as y personas herederas legales. El personal, mediante instancia presentada en el Registro General de la Corporación, podrá alterar el orden de beneficiarias/ os anteriormente establecido. b) Invalidez laboral y permanente: en su grado de incapacidad total 15.073 €; en su grado de absoluta, 18.843 €; y en su grado de gran invalidez 22.599 €. En caso de que se produzca la rehabilitación del empleado/a, se reintegrará la cantidad percibida por este concepto. c) Hasta regularizar la totalidad de las retribuciones, en los supuestos de permiso por maternidad y por paternidad, Baja por Incapacidad Temporal por accidente laboral, enfermedad profesional y Baja por Incapacidad Temporal derivada de enfermedad común, y en este último supuesto , en relación con lo establecido en los artículos 21 y 22 del Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, cuando la Baja supere los periodos medios contemplados en la Guía de Estándares publicado por el Ministerio de Trabajo o cualquier otro orga-
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nismo oficial, y de conformidad con el Capítulo IV de la Ley General de la Seguridad Social, hasta regularizar las retribuciones fijas y periódicas, debiendo tener en cuenta las particularidades previstas en el artículo 26 apartado 2.b. No obstante, en caso de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social resuelva que una baja por Incapacidad Temporal no tiene efectos económicos, no se será de aplicación este artículo d) Robo, hurto y expolio, que pueda sufrir el personal que por razón del servicio presten funciones fuera de las dependencias municipales. El capital garantizado será de 377 € para ropa y efectos personales y hasta 377 € en dinero en efectivo, según se acredite en denuncia policial, donde deberá constar el importe individualizado de cada uno de los objeto robados. e) El personal que por razón del servicio tenga que conducir vehículos oficiales, deberá ser considerado como Conductor/a Profesional (Permiso Profesional de Conducción), al amparo de la Ley 17/2005 de 19 de julio por la que se regula el permiso y licencia de conducción por el sistema de puntos. Artículo 52. Responsabilidad Civil. En aquellos supuestos en los que el personal como consecuencia de su actividad laboral, se vea inmerso en procedimientos judiciales, la corporación deberá abonar las costas de juicio, la asistencia letrada y la indemnización que se fije judicialmente en concepto de responsabilidad civil, siempre que no exista dolo, culpa o negligencia de la/el empleada/o municipal. Esta indemnización será compatible con la de cualquier otra póliza individual, con independencia del seguro de responsabilidad civil que la corporación tenga suscrito. Artículo 53. Ayuda para Guarda y Custodia de Menores. La Corporación concederá, en concepto de ayuda, a todo el personal con hijas/os en edad de escolarización en el primer ciclo de educación infantil a que hace referencia la Ley Orgánica de Educación y a partir de los cuatro meses, la cantidad de 55 €. Cuando dicha ayuda se solicite con posterioridad a que la/el menor cumpla 4 meses de edad, la ayuda comprenderá desde la fecha de petición, sin que la misma pueda tener efectos retroactivos. Si concurre en ambos progenitores la condición de empleado/a municipal, sólo se devengará una subvención. La ayuda se percibirá, asimismo, en caso de acogimiento o tutela, aportando a tal efecto la resolución administrativa o judicial correspondiente El derecho a percibir dicha ayuda se iniciará a partir del mes siguiente a que el hijo/a cumpla los 4 meses de no poderse abonar el importe en la nómina correspondiente a ese mes, se abonará retroactivamente en la siguiente. Dicha subvención será incompatible con la percepción de bonificaciones en las guarderías municipales, salvo que dicha bonificación sea inferior a la prevista en el presente artículo, en cuyo caso se abonará la diferencia. Artículo 54. Desplazamientos. En concepto de plus de desplazamiento, se abonará a las/os empleadas/os públicas/os la cantidad por Km. que establece la normativa de dietas e indemnizaciones correspondiente cuando la distancia sea superior a 10 Km. desde el edificio municipal sito en la Plaza del Ayuntamiento hasta el puesto de trabajo. A efectos del pago no se tendrá en cuenta la fracción por defecto en 500 metros. Artículo 55- Matrículas. La Corporación abonará, al personal, los costes por estudios (tasas académicas oficiales) en Facultades, Escuelas Técnicas u otros Centros Oficiales Públicos así como de los necesarios cursos de habilitación de grado, únicamente de aquellas asignaturas o créditos de los que se acredite su superación y pago previo, y siempre que dichos estudios estén relacionados con la promoción o carrera administrativa del personal, de conformidad con las exigencias de titulación de la Relación de Puestos de Trabajo excluyéndose Postgrados, Masters, Diplomas y Doctorados, y a razón de 5,00 € por crédito. En ningún caso se abonará más de una titulación (superación del primer y segundo ciclo), ni un número de créditos superior a los que configura la titulación universitaria cuyo estudio se pretende y tampoco se abonarán incrementos de las tasas derivados de segundas o sucesivas matrículas de una asignatura, por cuanto el abono se realizará teniendo en cuenta, para todos los casos, los precios públicos
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aprobados en las correspondientes disposiciones legales o reglamentarias. En el caso de cambio de estudios, se procederá a la compensación entre la cantidad ya abonada por la Corporación por la anterior titulación sin finalizar y la ayuda por los nuevos estudios solicitados. Artículo 56. Anticipos. La Corporación habilitará una partida presupuestaria de 231.390 € destinada a anticipos de nómina de las/los empleadas/os públicas/ os. La/el funcionaria/o de carrera tendrá derecho a solicitar un anticipo siempre que esta cantidad no exceda de 1.983 €. El personal funcionario interino podrá solicitar la misma cantidad en concepto de anticipo debiendo presentar un aval bancario o fianza personal y solidaria de dos contribuyentes de reconocida solvencia residentes en el municipio de Valencia que posibilite su concesión. La Comisión Paritaria de Seguimiento es la encargada de establecer el baremo de carácter general a aplicar en las solicitudes, puntuando las necesidades perentorias así como la antigüedad de la solicitud. Los anticipos que se concedan al personal serán reintegrados a la Corporación en un plazo de 18 meses. Las/os funcionarias/os interinas/os que tengan concedido un anticipo, estarán obligados a su reintegro en un plazo inferior, si se produjese su cese con anterioridad al plazo establecido. Artículo 57. Jubilación Anticipada. Cuando el personal lo solicite, y le sea aceptada por la Seguridad Social la jubilación con antelación a la edad mínima para acceder a la misma y si su pensión fuera objeto de reducción por aplicación de la normativa vigente, el Ayuntamiento le abonará una indemnización de la cuantía que se indica en función de su edad. • 7.000 €, si se solicita con menos de 1 año de antelación (3.000 € con un trimestre de antelación; 4.000 € con dos trimestres de antelación: 5.000 € con tres trimestres de antelación; 7.000 € con cuatro trimestres de antelación) • 8.000 €, si se solicita con 1 año de antelación (7.300 € con cinco trimestres de antelación; 7.500 € con seis trimestres de antelación; 7.800 € con siete trimestres de antelación; 8.000 € con ocho trimestres de antelación) • 10.000 €, si se solicita con 2 año de antelación (8.500 € con nueve trimestres de antelación; 9.000 € con diez trimestres de antelación; 9.500 € con once trimestres de antelación; 10.000 € con doce trimestres de antelación) • 11.000 €, si se solicita con 3 años de antelación (10.300 € con trece trimestres de antelación; 10.500 € con catorce trimestres de antelación; 10.700 con quince trimestres de antelación; 11.000 € con dieciséis trimestres de antelación) • 13.000 €, si se solicita con 4 años de antelación (11.500 € con diecisiete trimestres de antelación; 12.000 € con dieciocho trimestres de antelación; 12.500 € con diecinueve trimestres de antelación; 13.000 € con veinte trimestres de antelación). Artículo 58. Carnet de Conducir. Al personal funcionario de carrera que, posteriormente a su ingreso, se le cambie de funciones y que para estas nuevas se le exija por la corporación o por ley un permiso de conducción distinto al requerido en las normas de ingreso, se le abonará la obtención del nuevo permiso, por una sola vez y para una sola matrícula. Artículo 59. Plan de Pensiones. Durante el periodo de vigencia del presente Acuerdo, el Ayuntamiento queda obligado a aportar anualmente al Fondo del Plan de Pensiones, la cuantía correspondiente en los términos y condiciones que se establezcan con carácter anual en la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado. Capítulo VI Instrumentos de planificación y ordenación del personal y Condiciones Profesionales. Artículo 60. Oferta de Empleo Público. Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien
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adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la Oferta de Empleo Público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años. La Oferta de Empleo Público que se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno del Ayuntamiento deberá ser publicada en el “B.O.P.”. La Corporación podrá aprobar planes de ordenación de su personal con la finalidad de contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de los efectivos, su mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad, y sometido a lo establecido en el artículo 78. Artículo 61. Defensa del empleo público. La Corporación, comprometida con el Servicio Público y la mejor atención a la ciudadanía, y teniendo como ejes centrales de su gestión los principios de eficiencia y eficacia, se compromete en su política de empleo público al mantenimiento de la plantilla ocupada interinamente con carácter prioritario a cualquier otro tipo de acciones Artículo 62. Entrada en vigor de la nueva clasificación profesional. Hasta tanto no se generalice la implantación de los nuevos títulos universitarios a que se refiere el artículo 76, del Estatuto Básico del Empleado Público para el acceso a la función pública seguirán siendo válidos los títulos universitarios oficiales vigentes a la entrada en vigor de este Estatuto. Transitoriamente, los Grupos de clasificación existentes a la entrada en vigor del Estatuto se integrarán en los Grupos de clasificación profesional de funcionarias/os previstos en el artículo 76 de esta Ley, de acuerdo con las siguientes equivalencias: Grupo A: Subgrupo A1. Grupo B: Subgrupo A2. Grupo C: Subgrupo C1. Grupo D: Subgrupo C2. Grupo E: Agrupaciones profesionales prevista en la Disposición Adicional Séptima del Estatuto Básico del Empleado Público para cuyo acceso no se exigirá estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo. En todo caso siempre supeditado a la Disposición Final Cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público. Las/os funcionarias/os del Subgrupo C1 que reúnan la titulación exigida podrán promocionar al Grupo A sin necesidad de pasar por el nuevo Grupo B, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Estatuto Básico del Empleado Público. Artículo 63. Selección del Personal de Carrera. La elección y promoción se realizará bajo los principios de mérito, capacidad e igualdad; publicidad de las convocatorias y de sus bases; transparencia; imparcialidad y profesionalidad de las personas que formen parte de los órganos de selección; independencia, confidencialidad y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección; adecuación entre el contenido de las pruebas que forman parte de los procedimientos selectivos a las funciones a asumir y las tareas a desarrollar; agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección; eficacia y eficiencia;; ajustándose, en todo caso, a lo previsto en este acuerdo y a la normativa vigente en dicha materia. Los órganos de selección velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos. El ingreso se realizará mediante convocatoria pública y se regirá por las Bases respectivas que se ajustarán a la normativa vigente. Los sistemas selectivos de funcionarias/os de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de las/os aspirantes y establecer el orden de prelación. Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos. En el caso de optar por el sistema de Concurso-Oposición, la relación de personal aprobado vendrá determinada por la suma de la calificaciones obtenidas en la fase de Oposición y la fase de Concurso, una vez superada la primera.
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Los procedimientos de selección cuidarán especialmente la conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de trabajo convocados, incluyendo, en su caso, las pruebas prácticas que sean precisas. Las pruebas podrán consistir en la comprobación de los conocimientos y la capacidad analítica de las/os aspirantes, expresados de forma oral o escrita, en la realización de ejercicios que demuestren la posesión de habilidades y destrezas, en la comprobación del dominio de lenguas extranjeras y, en su caso, en la superación de pruebas físicas. Para asegurar la objetividad y la racionalidad de los procesos selectivos, las pruebas podrán completarse con la superación de cursos, de periodos de prácticas, con la exposición curricular por las/os candidatos/as, con pruebas psicotécnicas o con la realización de entrevistas. Igualmente podrán exigirse reconocimientos médicos. Los órganos de selección no podrán proponer el acceso a la condición de funcionario/a de un número superior de aprobadas/os al de plazas convocadas, excepto cuando así lo prevea la propia convocatoria. En las respectivas convocatorias podrá establecerse que, una vez superada la fase de Oposición o las fases de Concurso y Oposición, las personas aspirantes deban superar un curso de formación o realizar un periodo de práctica, los cuales podrán tener carácter selectivo y ser evaluados a efectos de obtener el orden definitivo de puntuación de las/os aspirantes. Ninguna de dichas fases, o ambas conjuntamente, si se establecieran las dos, podrá superar los seis meses de duración. El personal funcionario en prácticas percibirá las retribuciones correspondientes al sueldo del grupo, subgrupo o de las agrupaciones profesionales funcionariales en el que aspire a ingresar. El personal en prácticas que ya esté prestando servicios en el Excmo. Ayuntamiento de Valencia como funcionaria o funcionario de carrera, o personal laboral fijo, sin perjuicio de la situación administrativa o laboral que le corresponda, podrá optar por percibir una remuneración por igual importe de la que le correspondía hasta el momento de su nombramiento, o bien la que proceda conforme a las normas señaladas en el apartado anterior. Quien esté prestando servicios en la misma administración como personal funcionario interino o contratado laboral temporal, podrá continuar percibiendo los trienios que tuviera reconocidos hasta el momento de su nombramiento como personal en prácticas Quienes superen las pruebas selectivas acreditarán sus conocimientos de valenciano mediante la presentación de uno de los siguientes documentos: a) Título de Bachillerato o equivalente cursado en la Comunidad Autónoma Valenciana, con superación de las asignaturas de valenciano. b) Título de la Escuela Oficial de Idiomas correspondiente al tercer curso de conocimientos de valenciano. c) Certificado de nivel medio de la Junta Qualificadora de Coneiximents de Valencià. Quienes no puedan acreditar dichos conocimientos deberán realizar los cursos de perfeccionamiento que a este fin organice la Administración Autonómica. En la Oferta de Empleo Público, se reservará un cupo no inferior al 7%, con el objetivo tendente del 8%, de las vacantes para ser cubiertas por personal con discapacidad de grado igual o superior al 33%, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas correspondientes, según se determine legalmente. La administración, cuando sea necesario, adoptará medidas adecuadas en el procedimiento selectivo que garanticen la participación de las y los aspirantes con discapacidades en condiciones de igualdad mediante las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo y medios, pudiéndose prever en las ofertas de empleo público convocatorias independientes de procedimientos selectivos para el acceso de personas con discapacidad, con pruebas selectivas específicas que se adapten a las discapacidades concretas de las y los aspirantes. Una vez superado el mismo, se llevarán a cabo las adaptaciones en el puesto de trabajo que se requieran y, en su caso, formación práctica tutorizada, con la finalidad de hacer efectivo el desempeño del mismo. Artículo 64. Órganos de selección para el acceso al Empleo Público.
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Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. .El personal de elección o de designación política, el personal interino, laboral no fijo y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. Los órganos de selección estarán presididos por funcionaria/o de carrera que será propuesto por la Corporación a través de la Delegación en materia de personal que tenga dichas funciones encomendadas; del mismo modo será propuesto el Secretario de los órganos de Selección por entre las/os funcionarias/os de habilitación de carácter estatal que presten servicios en el Excmo. Ayuntamiento de Valencia. El resto de los miembros de los órganos de selección serán designados de entre las/os funcionarias/os de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Valencia que, para cada caso, reúnan los requisitos objetivos para formar parte de los mismos. Artículo 65. Selección de Personal Interino. 1. Podrán realizarse convocatorias para la constitución de Bolsas de Trabajo para aquellas plazas que tengan un volumen significativo de contratación o sea urgente su provisión, si así se acuerda por la Corporación y con los trámites legales correspondientes En la selección de este personal se respetarán los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El nombramiento de personal interino sólo podrá realizarse por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia. Las condiciones o requisitos que deban reunir las personas aspirantes deberán ser necesariamente iguales a las exigidas para acceder como personal funcionario de carrera. Se considerará como mérito preferente el haber superado alguna de las pruebas de acceso a las plazas que se trate de cubrir, así como la experiencia en el desempeño de un puesto de igual categoría en el Excmo. Ayuntamiento de Valencia. 2. Del mismo modo, podrán constituirse Bolsas de Trabajo con aquellas/os aspirantes que, habiéndose presentado a un proceso selectivo, no hayan superado la oposición, y que hayan superado, al menos, uno de los ejercicios eliminatorios del proceso, ordenándose de acuerdo a la nota total conseguida; en caso de empate, tendrá prioridad el personal que acredite desempeño de puesto similar en el Excmo. Ayuntamiento de Valencia Artículo 66. Jubilación Parcial. Normas Específicas. Cuando se produzca el desarrollo normativo de la jubilación parcial previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público y dicha normativa entre en vigor, los criterios para la selección del personal de relevo, respetando en todo caso lo dispuesto en la normativa vigente, serán los siguientes: 1.- Quien a la entrada en vigor del acuerdo se encuentre prestando servicios en el Ayuntamiento de Valencia con contrato de duración determinada. 2.- Quien a la entrada en vigor del acuerdo se encuentre prestando servicios en el Ayuntamiento de Valencia como funcionaria/o interina/o. 3.- Quien esté en bolsas de trabajo como consecuencia de oposiciones. 4.- Quien a la entrada en vigor del acuerdo se encuentre incluida en bolsas de mejora de empleo. 5.- Si no hubiese perfil adecuado se acudirá al SERVEF. Los contratos de relevo se realizarán por el 100% de la jornada de trabajo. Artículo 67. Consolidación del Empleo Temporal. La Corporación efectuará convocatorias de consolidación de empleo a puestos o plazas de carácter estructural correspondientes a sus distintos cuerpos, escalas o categorías, que estén dotados presupuestariamente y se encuentren desempeñados interina o temporalmente con anterioridad a 1 de enero de 2005. Los procesos selectivos garantizarán el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
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El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria. En la fase de concurso se valorará, entre otros méritos, el tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas y prioritariamente los servicios prestados en el Ayuntamiento de Valencia y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria. Los procesos selectivos se desarrollarán conforme a lo dispuesto en los apartados 1 y 3 del artículo 61 Estatuto Básico del Empleado Público. Artículo 68. Promoción Interna. La promoción interna se realizará mediante procesos selectivos que garanticen el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad así como los de publicidad de la convocatorias y sus bases, transparencia, imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección, independencia, confidencialidad y discrecionalidad técnica en su actuación, adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar y agilidad, sin perjuicio de la objetivad, en los procesos de selección, eficacia y eficiencia. Las/os funcionarias/os deberán poseer los requisitos exigidos para el ingreso, tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el inferior Subgrupo, o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo y superar las correspondientes pruebas selectivas. La titulación no constituirá un requisito indispensable para el acceso a categorías del Grupo C1 desde el Grupo C2 del área de actividad o funcional correspondiente, con una antigüedad de diez años o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos En la fase de concurso, dentro del proceso de concurso-oposición, y siempre con posterioridad a la fase de oposición, se podrá tener en cuenta como méritos entre otros: la antigüedad, los cursos de formación y perfeccionamiento superados y relacionados con el puesto de trabajo, la formación en idiomas y en valenciano, la posesión de un determinado nivel, la valoración del trabajo desarrollado, la titulación, acogiéndose a la legislación vigente. Asimismo, se eximirá del temario o de aquellas pruebas que constituyan el proceso que ya haya superado en su oposición de ingreso a la función pública que permita la normativa vigente. Estas convocatorias se realizarán independientemente de las de nuevo ingreso, cuando las circunstancias así lo aconsejen. La adscripción del personal a los puestos de trabajo se efectuará con carácter definitivo según el orden obtenido en las pruebas de selección y de acuerdo con las peticiones de las/os interesadas/os, teniendo preferencia para cubrir los puestos vacantes quienes hayan accedido por turno de promoción interna sobre los de turno libre. Las Leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público articularán los sistemas para realizar la promoción interna, así como también podrán determinar los cuerpos y escalas a los que podrán acceder las/os funcionarias/ os de carrera pertenecientes a otros de su mismo Subgrupo. El Ayuntamiento adoptará medidas que incentiven la participación de su personal en los procesos selectivos de promoción interna y para la progresión de la carrera profesional. Artículo 69.- Carrera Profesional. El Ayuntamiento fomentará, a través de la aplicación de las leyes que se dicten en el desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público, la promoción profesional de las/os funcionarias/os de carrera, articulando de manera aislada o simultánea procesos de carrera horizontal, consistente en la progresión de grado o categoría, escalón u otros análogos, sin necesidad de cambiar el puesto de trabajo y la conformidad a la valoración de la trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos, los conocimientos adquiridos y el resultado de la evaluación del desempeño y los procesos de carrera vertical consistirán en el ascenso en la estructura de puestos de trabajo, mediante procedimientos de provisión de la normativa vigente. Artículo 70. Relación de puestos de trabajo. La relación de puestos de trabajo es pública y ha de incluir todos los puestos de trabajo de naturaleza funcionarial, laboral y eventual existentes.
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Anualmente la corporación procederá a la aprobación de la RPT que contendrá, de acuerdo con las necesidades de los servicios, la enumeración de la totalidad de los puestos existentes en su organización, ordenados por grupo de titulación, complemento de destino y complemento específico, con expresión de: a. Número. b. Denominación. c. Naturaleza jurídica. d. Clasificación profesional en un grupo, subgrupo o agrupación profesional para los puestos funcionariales y en el respectivo grupo profesional para los puestos laborales. e. Retribuciones complementarias asignadas al mismo. f. Forma de provisión. g. Adscripción orgánica. h. Requisitos para su provisión. i. En su caso, méritos. j. Cualquier otra circunstancia relevante para su provisión en los términos previstos reglamentariamente. La Corporación una vez confeccionada la RPT la trasladará a la Mesa General de Negociación para su aprobación y que, en cumplimiento del artículo 32 de la Ley 7/2007, proceder a la negociación de: a) Preparación y diseño de los planes de Oferta de Empleo Público, conjugando la racionalización de los efectivos de personal existentes con la consolidación del empleo temporal. A tal fin, la Mesa General de Negociación llevará a cabo los trabajos necesarios que conlleven a realizar las pruebas selectivas oportunas. b) Determinación de los programas y fondos para la acción de promoción interna, formación y perfeccionamiento. Artículo 71. Provisión de puestos de trabajo. En desarrollo del presente Acuerdo, y en el plazo de tres meses, se negociarán las modificaciones oportunas al documento “Bases que han de regir en los procedimientos de concurso y libre designación para la provisión con carácter definitivo de los puestos de trabajo vacantes en el Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia”, aprobado en la Comisión de Gobierno, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de diciembre de 2003 y publicado en el BOP de 9/1/2004. Como regla general, antes de efectuar nombramientos interinos en plazas vacantes, dichos puestos se ofertarán al personal de carrera de la Corporación, que previamente haya manifestado su voluntad de cambiar a puesto de trabajo de las características que se vayan a ofertar, atendiendo a la antigüedad en la petición, y en caso de empate, a la antigüedad en la prestación del servicio de la/el funcionaria/o. El personal seleccionado, será nombrado con carácter provisional, y se incluirá para el correspondiente concurso Los principios reguladores que contemplarán la modificación de estas bases y su concreción en reglamentos y convocatorias serán las siguientes: - Con carácter previo a un proceso de oposición los puestos vacantes absolutas que han de ocupar el personal seleccionado serán objeto de concurso entre el personal de la misma categoría a través de convocatoria pública y de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad. Los puestos que queden vacantes de este proceso y las que dejen el personal funcionario que opte a estos puestos serán ocupados por las personas de nuevo acceso en riguroso orden de puntuación obtenido en las oposiciones. .- En desarrollo del presente Acuerdo, y si fuera necesario, se podrán hacer las adaptaciones que se consideren oportunas en los procedimientos y reglamentos vigentes en materia de concurso, respetándose, en todo caso, si así se acuerda, las condiciones establecidas en los mismos - El Limite para poder volver a concursar es establece en 2 años. - Los diferentes tribunales y comisiones de selección se nombrarán en los mismos términos que los establecidos en el artículo 63 del vigente Acuerdo. - Con la vigencia del presente Acuerdo, la Mesa General de Negociación, y de acuerdo con las adaptaciones aprobadas previamente en las “Bases que han de regir en los procedimientos de concurso y libre designación para la provisión con carácter definitivo de los puestos de trabajo vacantes en el Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia”, determinará paulatinamente los diferentes puestos que
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deberán proveerse mediante concurso, aprobándose, en su caso, las diversas bases que deberán regir los mismos. Artículo 72. Medidas para incentivar la participación del personal en los procesos selectivos de promoción interna y para la progresión en la carrera profesional. La Mesa de Formación, constituida al amparo de la Mesa General de Negociación programará cursos específicos relacionados con los contenidos y materias específicas de los procesos selectivos para promoción interna o mejora de empleo que vayan a celebrarse Artículo 73. Permutas entre personal funcionario de la Corporación. Con el informe favorable de la Delegación y Servicio de origen y destino, y a petición de las/os funcionarias/os de carrera interesadas/ os, se podrá proceder a la permuta de destino siempre y cuando concurran los siguientes requisitos: - Que los puestos de trabajo sean de igual naturaleza, grupo de titulación, circunstancias, funciones, forma de provisión y retribuciones. - Que los puestos de trabajo no sean de jefatura. La adscripción lo será con el carácter que ostentaran en su puesto de origen. Artículo 74 Permutas con personal funcionario de otras entidades locales y Organismos Autónomos Se podrá proceder a la permuta entre funcionarias/os de carrera siempre que se trate de funcionarias/os de una Entidad Local o de Organismos Autónomos según la clasificación establecida en el Presupuesto Municipal, medie informe favorable de la Delegación y Servicio donde se desempeñe el puesto, que ninguno/a de las/los funcionarias/os se encuentre incursa/o en expediente disciplinario, que los puestos de trabajo sean de igual naturaleza, grupo de clasificación profesional, misma categoría o funciones y que no sea un puesto de jefatura. Además, que la/el funcionaria/o que pretenda integrarse en esta Corporación no tenga un grado personal consolidado superior al del complemento de destino del puesto de trabajo al que pretende acceder. En el caso de funcionarias/os que pertenezca al Cuerpo de Policía o al Servicio de Extinción de Incendios, la/el funcionaria/o ajena/o a esta Corporación deberá someterse y superar el examen médico y psicotécnico que se exige para el acceso a la plaza que pretende ocupar Artículo 75. - Nombramiento provisional por mejora de empleo. Cuando exista urgente necesidad de proveer puestos de trabajo y no puedan ser cubiertos interina o reglamentariamente, el personal funcionario de carrera que reúnan los requisitos de titulación establecidos en la clasificación de un puesto de trabajo vacante, adscrito a una categoría de distinta clasificación profesional al de pertenencia, podrán desempeñarlo temporalmente hasta su provisión reglamentaria, la reincorporación de la persona titular o la amortización del puesto, mediante nombramiento provisional por mejora de empleo, con reserva de su puesto de trabajo, de acuerdo con el carácter con que lo viniera ocupando. Todo ello a resultas de lo que establezca la legislación para este supuesto. El personal funcionario con nombramiento provisional por mejora de empleo, se encontrará en servicio activo en el grupo de titulación al que pertenece, percibirá las retribuciones básicas y complementarias del puesto de trabajo que desempeñe temporalmente. El ejercicio de funciones por el procedimiento de mejora de empleo no supondrá consolidación de derecho alguno de carácter retributivo o en la promoción profesional, excepto los referentes al perfeccionamiento de trienios en el grupo o subgrupo de clasificación profesional del cuerpo o escala en el que haya sido nombrado. El nombramiento provisional por mejora de empleo se realizará mediante procedimiento que consistirá, al menos, en la superación de una prueba objetiva y en la valoración del currículum de la/el interesada/o, con el fin de garantizar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Respecto al personal que se encuentre en situación de mejora de empleo con anterioridad al 1 de enero de 2005, la Corporación efectuará la convocatoria de consolidación de empleo, de acuerdo a lo establecido en la Disposición Transitoria Cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público.
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Artículo 76. - Cambio de puesto por motivos de salud. Podrá adscribirse al personal funcionario de carrera que lo solicite a puestos de trabajo, cuando por motivos de salud no le sea posible realizar adecuadamente las tareas asignadas a su puesto de trabajo. Dicha solicitud deberá ser valorada por el órgano competente en materia de prevención de riesgos laborales, que informará sobre la procedencia de adaptación o, en su defecto, cambio de puesto de trabajo, ante la situación puesta de manifiesto. El traslado estará condicionado a la existencia de puestos dotados y vacantes de la categoría que tengan asignadas unas retribuciones complementarias iguales o inferiores a las del puesto de procedencia y al cumplimiento, en su caso, del resto de requisitos del mismo. En cuanto a la Policía Local y al Servicio de Bomberos se estará a lo que determina su normativa específica. Las previsiones contenidas en este artículo serán de aplicación al personal del Excmo. Ayuntamiento de Valencia que sea víctima acreditada de acoso laboral, sexual o por razón de sexo, y tendrá prioridad absoluta para su traslado Los procedimientos de cambio de puesto por motivos de salud, se tramitarán de manera preferente y a través de procedimientos especialmente ágiles que garanticen la eficacia de los mismos. Se atenderán preferentemente, dentro de las posibilidades de cada uno de los Servicios, las peticiones del personal mayor de 50 años, que realice su trabajo en periodo nocturno para pasar a prestar sus servicios durante la jornada diurna. Artículo 77. Traslado por violencia de Género. Las empleadas víctimas de violencia de género que se vean obligadas a abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde venían prestando sus servicios, para hacer efectiva su protección o el derecho a la asistencia social integral, tendrán derecho al traslado a otro puesto de trabajo propio de su categoría o categoría profesional, de análogas características, sin necesidad de que sea vacante de necesaria cobertura. Aun así, en tales supuestos el Ayuntamiento, estará obligado a comunicarle las vacantes ubicadas en la misma localidad o en las localidades que la interesada expresamente solicite. Este traslado tendrá la consideración de traslado forzoso. En las actuaciones y procedimientos relacionados con la violencia de género, se protegerá la intimidad de las víctimas, en especial, sus datos personales, los de sus descendientes y las de cualquier persona que esté bajo su guarda o custodia, y se tramitarán de manera preferente. Las empleadas municipales víctimas de violencia de género que hayan solicitado la situación de excedencia, tendrá derecho a la reserva del puesto de trabajo durante un periodo de 3 años. Artículo 78. Movilidad del personal funcionario de carrera. Se garantiza el derecho a la movilidad del personal funcionario de carrera incluido en el ámbito de aplicación de este Acuerdo, de conformidad con los sistemas previstos en la normativa vigente. La movilidad, provisional o definitiva, puede tener carácter voluntario o forzoso y se hace efectiva mediante los sistemas previstos. La movilidad forzosa, fundamentada en las necesidades del servicio, y previa negociación con las organizaciones sindicales, deberá respetar las garantías que para la misma se establecen. Artículo 79. - Movilidad forzosa del personal funcionario La movilidad forzosa, fundamentada en las necesidades del servicio, se dará en los siguientes supuestos: a) Comisión de servicios forzosa. Cuando se acredite que, por necesidades del servicio sea de urgente provisión un puesto de trabajo y no haya sido posible su cobertura por alguno de los sistemas de movilidad voluntaria previstos en la normativa vigente, podrá adscribirse en comisión de servicios, con carácter forzoso, a personal funcionario de la Corporación, dando cuenta a la Mesa General de Negociación. En este caso, se destinará, en los términos que se establezcan reglamentariamente, en primer lugar, al que le suponga menos dificultades para conciliar dicho destino con su vida personal y familiar y, en última instancia, al de menor antigüedad. En igualdad de condiciones, se destinará al personal de menor edad. La comisión de servicios forzosa tendrá una duración máxima de un año.
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b) Reasignación de efectivos: 1. Las funcionarias y funcionarios cuyo puesto sea objeto de supresión, como consecuencia de un plan de ordenación de personal u otras medidas de racionalización de la organización administrativa y de personal, podrán ser destinados a otro puesto de trabajo por el procedimiento de reasignación de efectivos. La reasignación de efectivos no podrá realizarse a puestos de trabajo adscritos a otras categorías al que pertenezca la funcionaria o funcionario de carrera afectados. La reasignación de efectivos como consecuencia de un plan de empleo se efectuará, previa negociación en la Mesa General de Negociación, aplicando criterios objetivos relacionados con las aptitudes, formación, experiencia y antigüedad que se concretarán en el mismo. La adscripción al puesto adjudicado por reasignación tendrá carácter definitivo. 2. El plan de ordenación de personal deberá prever el número de puestos que se suprimen, las características de los puestos a los que se destina a los efectivos de personal, y las razones objetivas que justifican la reasignación. Los planes de ordenación de personal deberán incluir, con carácter preceptivo, una memoria justificativa motivada que incluya un análisis de las disponibilidades y necesidades de personal, su cualificación y las medidas que deban adoptarse en el plan de empleo, así como un informe económico-financiero. Los planes de ordenación de personal deberán incluir también la temporalidad de los mismos, y establecer los plazos de ejecución de las medidas adoptadas. 3. Aprobado el plan de ordenación de personal se ejecutará la reasignación en el plazo de seis meses, que será obligatoria y en puestos de similares características, funciones y retribuciones. Durante esta fase se percibirán las retribuciones del puesto de trabajo que desempeñaba. En el caso de que el nuevo puesto de trabajo asignado tenga unas retribuciones superiores, el personal funcionario percibirá las correspondientes a este nuevo puesto de trabajo. Notificada a la persona afectada la reasignación obligatoria, dispondrá de un mes para tomar posesión de su nuevo destino. c) Traslado forzoso de funcionaria/o de carrera, por necesidades del servicio o funcionales a puesto de trabajo, en unidad distinta de la de su destino, respetando sus retribuciones y condiciones esenciales de trabajo o modificando, en su caso, la adscripción de los puestos de trabajo, de los que sean titulares, sin límite temporal, previa negociación en la Mesa General de Negociación d) Por necesidades de adecuada prestación del servicio público, podrá adscribirse al personal funcionario que no ocupe puesto de trabajo singularizado a unidades orgánicas o funcionales distintas por un plazo máximo de un año, prorrogable por otro año más, para el desempeño de funciones propias de su puesto de trabajo, dando cuenta a la Mesa General de Negociación. e) Adscripción provisional por cese en el puesto de trabajo, sin obtener otro por ninguno de los sistemas previstos en la normativa. Artículo 80. Derecho a la formación. 1. El personal empleado público tiene el derecho al perfeccionamiento continuado de sus conocimientos, habilidades y aptitudes para mejorar en el desempeño de sus funciones y contribuir a su promoción profesional. 2. Se programará en la mesa de formación constituida al amparo de la Mesa General de Negociación, acciones formativas como cursos, itinerarios, talleres o conferencias, para mejorar la eficiencia y la calidad del servicio público y para la promoción profesional del personal. 3. El tiempo de asistencia a las acciones formativas a que se refiere el número dos del presente artículo se considerará de trabajo a todos los efectos, cuando coincida con la jornada laboral. Dichos conocimientos deberán aplicarse en la actividad profesional diaria. El personal empleado público tendrá la posibilidad de acceder a la formación. A tal efecto, la administración adoptará las medidas adecuadas para garantizar este acceso a través de una o alguna de las modalidades previstas. Estas medidas podrán incluir, entre otras, el uso de las nuevas tecnologías para la formación a distancia. 4. El personal empleado público podrá acudir a actividades formativas durante los permisos de maternidad, paternidad, excedencias
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por motivos familiares e incapacidad temporal siempre que su estado de salud se lo permita. 5. Con el objeto de actualizar los conocimientos de las empleadas y empleadas/os públicas/os, se otorgará preferencia, durante un año, en la adjudicación de plazas para participar en las actividades formativas relacionadas con las funciones o tareas de su puesto de trabajo, a quienes se hayan incorporado procedentes del permiso de maternidad paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por cuidado de familiares. Esta preferencia únicamente se otorgará, en el supuesto de no haber ejercido el derecho previsto en el apartado anterior. 6. La denegación de la asistencia a actividades de formación deberá ser motivada. Artículo 81. Deber de formación. Las empleadas y empleadas/os públicas/os deben contribuir a mejorar la calidad de los servicios públicos a través de su participación en las actividades formativas aprobadas por la mesa de formación constituida al amparo de la Mesa General de Negociación. A tal fin, deberán asistir, salvo causa justificada, a estas actividades programadas, bien cuando la finalidad de éstas sea adquirir los conocimientos, habilidades o destrezas adecuados para el desempeño de las funciones o tareas que le sean propias, bien cuando se detecte una necesidad formativa como consecuencia de los procedimientos de evaluación del desempeño. Dichos conocimientos deberán aplicarse en la actividad profesional diaria. Artículo 82. La formación en el Excmo. Ayuntamiento de Valencia. La Comisión de Formación, constituida al amparo de la Mesa General, es la encargada de la elaboración, gestión y control de los planes de formación que elabore la propia Corporación para su personal. Tendrán preferencia para la asistencia a estos cursos de formación quienes hayan realizado menos cursos en los últimos tres años. Cuando el personal sea nombrado docente para los cursos de formación o perfeccionamiento, programados por el Excmo. Ayuntamiento de Valencia, otra Administración Pública u otra Institución, concertados con éstas y se realicen dentro de la jornada laboral se garantiza la no recuperación del tiempo empleado, siempre y cuando no reciba retribución económica alguna, por ser en tal caso incompatible con la normativa vigente. La Corporación cuando el curso se celebre fuera de la localidad de Valencia, abonará los gastos de conformidad con la legislación vigente, como si de una indemnización por razón del Servicio se tratara, siempre y cuando el curso se celebre dentro del territorio nacional y la asistencia al curso haya sido a iniciativa de la Corporación. El Excmo. Ayuntamiento facilitará, si lo considera necesario, mediante cursos habilitados a tal efecto y de acuerdo con la legislación vigente, la promoción interna desde cuerpos o escalas inferiores a grupos superiores. A su vez realizará cursos de capacitación profesional o de reciclaje para adaptación a nuevos puestos de trabajo derivados de la política de modernización de sus servicios. En los Presupuestos anuales de la corporación se destinará una partida para formación contando, exclusivamente, con recursos propios, con independencia de subvenciones de otras instituciones. La Corporación podrá enviar a las/os trabajadoras/es a cursos, seminarios, mesas redondas o congresos referentes a su especialidad y trabajo específico, cuando de la asistencia a los mismos se puedan derivar beneficios para los servicios. La asistencia a éstos será obligada para el/la trabajador/a, a quien se le abonará, además de su salario, gastos de desplazamiento y dietas en los casos que corresponda. Artículo 83.- Tiempo para la formación. La Corporación fomentará y facilitará la formación, el perfeccionamiento profesional y el desarrollo personal de las/os empleadas/os públicas/os, para ello el tiempo de asistencia a los cursos de formación tendrá un tratamiento específico y diferenciado. 1. Cursos y acciones formativas del Plan de Formación de la Corporación.
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El tiempo de asistencia a cursos, seminarios o jornadas de formación organizados por la Corporación, computará como tiempo de trabajo cuando coincida con la jornada laboral, y se garantiza la no recuperación del tiempo empleado en dichos cursos. 2. Cursos, seminarios o jornadas de formación organizados por otras administraciones y organismos públicos, o por las organizaciones sindicales: a) Cursos y acciones formativas cuyo contenido esté directamente relacionado con el puesto de trabajo: el tiempo de asistencia a estos cursos, seminarios etc., tendrán el mismo tratamiento que las acciones formativas del Plan de Formación de la Corporación contemplados en el punto 1 de este artículo. b). Cursos y acciones formativas cuyo contenido esté directamente relacionado con la carrera profesional-administrativa: el tiempo de asistencia a estos cursos, seminarios etc., computará como tiempo de trabajo cuando coincida con la jornada laboral y se garantiza la no recuperación del tiempo empleado en dichos cursos. La asistencia a las acciones formativas previstas en este Capítulo, en ningún caso generará el derecho a la percepción de gratificaciones por servicios extraordinarios. El personal en situación de I.T. podrá participar en los cursos de formación que haya sido seleccionado si sus condiciones de salud se lo permiten. Durante los permisos de maternidad, paternidad y excedencias por cuidado de hijos/as o familiares, el personal podrá participar en los cursos de formación y perfeccionamiento. Las victimas acreditadas de violencia de género tendrán preferencia en el acceso a las actividades formativas organizadas por la Corporación. Artículo 84. Personal laboral fijo que desempeña funciones o puestos clasificados como propios de personal funcionario. El personal laboral fijo que a la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público esté desempeñando funciones de personal funcionario, o pase a desempeñarlos en virtud de pruebas de selección o promoción convocadas antes de dicha fecha, podrán seguir desempeñándolos. Asimismo, podrá participar en los procesos selectivos de promoción interna convocados por el sistema concurso-oposición, de forma independiente o conjunta con los procesos selectivos de libre concurrencia, en aquellos cuerpos y escalas a los que figuren adscritas las funciones o los puestos que desempeñe, siempre que posea la titulación necesaria y reúna los restantes requisitos exigidos, valorándose a estos efectos como mérito los servicios efectivos prestados como personal laboral fijo y las pruebas selectivas superadas para acceder a esta condición. Artículo 85. Jubilación. 1. La jubilación del personal funcionario podrá ser: a) Voluntaria, total o parcial. b) Forzosa. c) Como consecuencia de la declaración de incapacidad permanente. 2. Procederá la jubilación voluntaria, total o parcial, a solicitud de la persona funcionaria interesada, siempre que ésta reúna los requisitos y condiciones establecidos en el Régimen de Seguridad Social que le sea aplicable. Reglamentariamente se regulará el procedimiento para hacer efectivo este derecho. 3. La jubilación forzosa se declarará de oficio al cumplir la edad legalmente establecida. No obstante lo anterior, se podrá solicitar la prolongación de la permanencia en el servicio activo, como máximo, hasta que se cumpla los setenta años de edad. 4. La Administración deberá resolver de forma motivada la aceptación o denegación de la prolongación, en función de las necesidades de recursos humanos de la organización. A tal efecto, se tendrán en cuenta, entre otros aspectos, las condiciones psicofísicas y las aptitudes personales de la persona solicitante para desempeñar las funciones y tareas que le sean propias, así como el correcto dimensionamiento del volumen de efectivos que garantice la austeridad del gasto público, la racionalización de la estructura y la eficiencia de la administración. 5. Dicha resolución de aceptación o denegación de la prolongación deberá fundamentarse en los siguientes extremos:
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a) Informe emitido por el órgano que ostente la jefatura superior de personal en el que preste servicio la persona funcionaria que solicite prolongar la permanencia en el servicio activo, en el que se valore su implicación en los objetivos fijados por la organización, el rendimiento o los resultados obtenidos y, en su caso, el absentismo observado durante los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. b) Resolución, dictamen o informe médico emitido por la Oficina de Medicina Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Valencia sobre las condiciones psicofísicas y las aptitudes personales de la persona solicitante para desempeñar las funciones y tareas asignadas a su puesto de trabajo, así como las de cualquier otro puesto adscrito al cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial al que pertenezca. c) No obstante lo dispuesto en el punto anterior, la Corporación estimará o desestimará las solicitudes de prolongación por razones organizativas, funcionales o económicas basadas en la racionalización de estructura. (Dicho procedimiento se realizará a propuesta del Servicio de Personal y de la Secretaría de la Delegación de Personal, si existe previo informe de permanencia en el servio activo emitido por la Jefatura del Servicio y por el Secretario del Área correspondiente). En el caso de que no sea posible la continuidad de la persona interesada en su puesto de trabajo, de acuerdo con sus condiciones psicofisicas y aptitudes personales según lo dispuesto en la letra b, la prolongación de la permanencia en el servicio activo quedará condicionada a la existencia de puestos de trabajo vacantes en su cuerpo, agrupación profesional o escalas, cuyas tareas asignadas sean compatibles con sus condiciones personales. La resolución estimatoria de la prolongación de la permanencia en el servicio activo será objeto de revisión anualmente emitiéndose, por el órgano competente, resolución de confirmación en la misma o de jubilación forzosa, según proceda, atendiendo y fundamentándose ésta en los mismos extremos que se señalan en este número. 6. Procederá la jubilación del personal funcionario por la declaración de incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias de su cuerpo, agrupación profesional o escala, o por el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta. Capítulo VII Seguridad y Salud en el Trabajo. Artículo 86. - Definiciones en materia de Seguridad y Salud. I.- A efectos de lo dispuesto en el presente capítulo, se entenderá por: a) Prevención: El conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la corporación, con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. b) Riesgo laboral: Posibilidad de que el personal sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. c) Daños derivados del trabajo: Las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. d) Riesgo laboral grave e inminente: Aquél que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud del personal funcionario. En el caso de exposición a agentes susceptibles de causar daños graves a la salud de las/os trabajadoras/es, se considerará que existe un riesgo grave o inminente cuando sea probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato una exposición a dichos agentes de la que puedan derivarse daños graves para la salud, aun cuando éstos no se manifiesten de forma inmediata. e) Procesos, actividades, operaciones, equipos o productos potencialmente peligrosos: Aquéllos que, en ausencia de medidas preventivas específicas, originen riesgos para la seguridad y la salud de las/ os trabajadoras/es que los desarrollan o lo utilizan. f) Equipo de trabajo: Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo. g) Condición de trabajo: Cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud de el/la trabajador/a. Quedan específicamente incluidas en esta definición:
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1.- Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro de trabajo. 2.- La naturaleza de los agentes físicos, químicos o biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia. 3.- Los procedimientos para la utilización de los agentes citados anteriormente que influyan en la generación de los riesgos mencionados. 4.- Todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a su organización y ordenación, que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el personal funcionario. h) Equipo de protección individual: Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el personal para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. II.- El Ayuntamiento acometerá las actuaciones oportunas y necesarias para impulsar la preceptiva estructura organizativa municipal en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Artículo 87. Actividades Tóxicas, Penosas y Peligrosas. Las condiciones de penosidad, toxicidad o peligrosidad se procurarán resolver mediante la implantación de las necesarias medidas de Seguridad e Higiene. Tóxicas.- Se clasificarán como tóxicas las actividades que den lugar a emanación o evacuación de productos que resulten perjudiciales para la salud humana. Penosas.- Serán así calificadas las actividades que constituyan una molestia por los ruidos, vibraciones, humos, gases, olores, nieblas, polvos en suspensión y otras sustancia que las acompañen en su ejercicio, así como aquellas actividades que, como consecuencia de su desarrollo continuado, puedan llegar a producir sobrecarga con riesgo para la salud, como el trabajo permanente en posturas forzadas, levantamiento continuado de pesos y movimientos forzados. Peligrosas.- Se consideran peligrosas las actividades susceptibles de producir una lesión física inmediata, así como las que tengan por objeto manipular o almacenar productos susceptibles de originar riesgos graves por explosiones, combustibles, radiaciones y otros de análoga importancia para las personas o bienes. Artículo 88. Comité de Seguridad y Salud. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano único, paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones del Ayuntamiento en materia de prevención de riesgos laborales. Considerando que las/os empleadas/os tienen derecho a una protección eficaz de su integridad física y su salud en el trabajo, la corporación tiene el deber de promover, formular y aplicar una adecuada política de prevención de riesgos laborales. No obstante, se estará a lo dispuesto en los reglamentos específicos legislados para actividades concretas. También podrá constituirse en ámbitos específicos de la corporación, cuando por su situación o circunstancia lo acuerden la Corporación y las/os representantes de las/os empleadas/os municipales. Artículo 89. Composición del Comité de Seguridad y Salud. Las/os Delegadas/os de Prevención son las/los representantes de las/ os trabajadoras/es con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. La designación de los Delegadas/os de Prevención, deberá realizarse por la Junta de Personal y por el Comité de Empresa. El tiempo utilizado por las/os Delegadas/os de Prevención para el desempeño de las funciones previstas en el Art. 36 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, será considerado como de ejercicio de funciones de representación, a efectos de utilización del crédito de horas mensuales retribuidas. El Comité se compone de 8 Delegadas/os de Prevención, como representantes de las/os trabajadoras/es, designadas/os a tal efecto por la Junta de Personal y el Comité de Empresa, y con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales, de una parte, y de otra, por parte de la Corporación en número igual, debiendo designarse: - Una Presidencia, que deberá ser el/la titular de la Delegación del Área Administración Electrónica, Personal, Descentralización y Participación, o persona en quien delegue.
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- Dos Vicepresidencias, la primera será asumida por las/os Delegadas/ os de Prevención y la segunda por uno de las/os Técnicas/os de la Corporación. - La Jefatura de Servicio de Servicios Centrales Técnicos, o persona en quien delegue. - La Jefatura de la Oficina Coordinación Servicio de Servicios Centrales Técnicos, o persona en quien delegue. - La Jefatura de la Oficina de Medicina Laboral, o persona en quien delegue. - Un/a Médico/a-Psicólogo/a-ATS de la Oficina de Medicina Laboral. - La Jefatura de Servicio de Bomberos. - La Jefatura de Unidad de Prevención de Incendios. - Un/a Técnico/a de Seguridad. - Un/a Secretario/a, con voz y sin voto designado/a por la Corporación entre las/os empleadas/os administrativos. Artículo 90. Competencias y Facultades de los Delegadas/os de Prevención. Son competencias de las/os Delegadas/os de Prevención: a) Colaborar con la Corporación en la mejora de la acción preventiva. b) Promover y fomentar la cooperación del personal en la ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. c) Ser consultados por la Corporación, con carácter previo a su ejecución, acerca de las decisiones a que se refiere el artículo 33 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. d) Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. En el ejercicio de dichas competencias, las/os Delegadas/os de Prevención dispondrán de las siguientes facultades: a) Acompañar al personal técnico en las evaluaciones de carácter preventivo del medio ambiente de trabajo, así como, en los términos previstos en el artículo 40 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en las visitas y verificaciones que se realicen en los centros de trabajo para comprobar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, pudiendo formular ante el personal técnico las observaciones que estimen oportunas. b) Tener acceso a la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones y, en particular, a la prevista en los artículos 18 y 23 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Cuando la información esté sujeta a las limitaciones reseñadas, sólo podrá ser suministrada de manera que se garantice el respecto a la confidencialidad. c) Ser informadas/os por el Ayuntamiento sobre los daños producidos en la salud de las/os trabajadoras/es una vez que aquél hubiese tenido conocimiento de ello, pudiendo presentarse, aún fuera de su jornada laboral, en el lugar de los hechos para conocer las circunstancias de los mismos. d) Recibir del Ayuntamiento las informaciones obtenidas por éste procedentes de las personas u órganos encargados de las actividades de protección y prevención en el Ayuntamiento, así como de los organismos competentes para la seguridad y la salud de las/os trabajadoras/es, sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 40 de la mencionada Ley de Prevención de Riesgos Laborales en materia de colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. e) Realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control del estado de las condiciones de trabajo, pudiendo, a tal fin, acceder a cualquier zona de los mismos y comunicarse durante las jornadas con el personal, de manera que no se altere el normal desarrollo del proceso productivo. f) Recabar del Ayuntamiento la adopción de medidas de carácter preventivo y para la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud de las/os trabajadoras/es, pudiendo a tal fin efectuar propuestas al Ayuntamiento, así como al Comité de Seguridad y Salud para su discusión en el mismo. g) Proponer al órgano de representación del personal funcionario, la adopción de acuerdos de paralización de actividades a que se refiere el apartado 3 del art. 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
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El Ayuntamiento deberá proporcionar a las/los Delegadas/os de Prevención, los medios, la información y la formación en materia preventiva que resulten necesarios para la organización de sus funciones. La formación se deberá facilitar por el Ayuntamiento por sus propios medios o mediante concierto con organismos o entidades especializadas en la materia y deberá adaptarse a la evolución de los riesgos y la aparición de otros nuevos, repitiéndose periódicamente si fuera necesario. El tiempo dedicado a la formación será considerado como tiempo de trabajo a todos los efectos y su coste no podrá recaer en ningún caso sobre las/os Delegadas/os de Prevención. Artículo 91. Convocatoria y reuniones del Comité de Seguridad y Salud. El Comité de Seguridad y Salud se reunirá cada dos meses y siempre que lo solicite algunas de las representaciones en el mismo. El comité adoptará sus propias normas de funcionamiento. Salvo asunto considerado muy grave por su urgencia, la convocatoria se efectuará, como mínimo, con 48 horas de antelación, incluyéndose el Orden del Día. Los acuerdos serán vinculantes para el conjunto del comité y se tomarán por mayoría. De cada reunión se levantará acta. A título informativo, podrá asistir a las reuniones, a petición de cualquiera de las partes, el personal que por su función específica pueda informar de algún asunto a tratar y sean convocados para ello. El comité estará asistido por el personal Técnico y Especialista que precisa de cada área en relación con la entidad, características y el objeto de los informes, trabajos y estudios que tengan que realizar. Cuando el comité convoque al personal técnico especialista para asistir a reuniones o realizar trabajos que salgan fuera del normal desarrollo de su trabajo, necesitará el oportuno aviso a la Jefatura a cuyas órdenes se encuentre dicho personal. Artículo 92. Competencias y Facultades del Comité de Seguridad y Salud. El Comité de Seguridad y Salud, tendrá las siguientes competencias: a) Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos laborales en la Corporación. b) Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos laborales, proponiendo a la Corporación la mejora de las condiciones de trabajo y la corrección de las deficiencias existentes. En el ejercicio de sus competencias, el Comité de Seguridad y Salud dispondrá de las facultades que se recogen en el apartado 2 del artículo 39 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Artículo 93. Plan de Drogodependencias y Alcoholismo y demás conductas adictivas. El Comité de Seguridad y Salud, realizará un plan de prevención contra las drogodependencias. Las acciones del plan estarán orientadas hacia la consecución del objetivo de salud y se desarrollará con la cooperación y participación de todas las partes implicadas: Corporación, Sindicatos, Empleadas/os municipales y Organismos Oficiales. Las actuaciones que se establezcan irán dirigidas a evitar, reducir y prevenir las causas y consecuencias del consumo de drogas y alcohol en el medio laboral, mediante acciones preventivas, asistenciales y rehabilitadoras. Los objetivos básicos del plan serán: - Prevenir conductas de consumo de drogas y alcohol y demás conductas adictivas. - Fomentar la responsabilidad y la colaboración de todo el colectivo laboral, con la finalidad de cumplir las normas que se establezcan en el plan. - Proporcionar asesoramiento, información y tratamiento a los trabajadores y trabajadoras. - Hacer efectivo este plan, en sus diferentes fases: a) - Estudio de incidencias. b) - Estudio de necesidades.
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c) - Desarrollo de las acciones concretas dentro del plan. Artículo 94. Plan de Igualdad del Ayuntamiento de Valencia. 1. El Ayuntamiento de Valencia está obligado a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. 2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el Ayuntamiento de Valencia se compromete a impulsar, potenciar y mejorar las medidas y actuaciones previstas en las 6 áreas de intervención previstas el plan de igualdad para empleadas y empleadas/os del Ayuntamiento de Valencia, de forma que se posibilite la eliminación de los obstáculos que impiden o dificultan la igualdad real de oportunidades entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público y en su desarrollo profesional. Artículo 95. Protección de la dignidad del personal al servicio de la Corporación. De conformidad con la Recomendación y el Código de Conducta relativo a la Protección de la Dignidad de la Mujer y el Hombre en el Trabajo de 27 de noviembre de 1991, nº 92/131 de la Unión Europea, la corporación se compromete con los sindicatos a actuar frente al acoso por razón de sexo y laboral a nivel preventivo, publicando una declaración sobre este tipo de comportamientos en el centro de trabajo y estableciendo un procedimiento para la presentación de quejas, que garantice la inmunidad de la víctima y la información de los derechos de las trabajadoras y trabajadores explicitando y desarrollando un protocolo. El personal al servicio del Ayuntamiento tiene derecho al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente a ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual y/o laboral. Artículo 96. Principios éticos de los empleados y empleadas públicos. Los principios éticos de conducta del personal al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Valencia son: La protección del interés público de acuerdo con el ordenamiento jurídico, la lealtad institucional, la imparcialidad y objetividad, la integridad, la honestidad y ejemplaridad, la austeridad, la profesionalidad, la iniciativa, diligencia y receptividad, la responsabilidad y transparencia, así como la confidencialidad cuando proceda, todo ello de acuerdo con el Capítulo VI del Estatuto Básico del Empleado Público. Artículo 97. Uniformidad-indumentaria de trabajo. La Corporación dotará al personal de medios, material y la ropa adecuada para el desempeño de sus funciones, siempre que por razón de su trabajo lo necesite, estando obligado el personal funcionario a su utilización durante su jornada de trabajo. La ropa de trabajo o uniformidad, estará sujeta a la mejor idoneidad al puesto de trabajo, teniendo en cuenta las condiciones de seguridad que el puesto requiera. La ropa de trabajo de verano se entregará entre los meses de marzo y abril y la de invierno se entregará entre los meses de septiembre y octubre. La periodicidad, cantidad y calidad de la ropa de trabajo se regulará por un Reglamento, Resolución, Circular o Instrucción que será negociado en el Comité de Salud y Seguridad en el Trabajo. Artículo 98. Medicina de Salud Laboral. 1. La Corporación mantendrá, como viene haciendo, el servicio de asistencia sanitaria equipado debidamente (en material fungible, instrumental médico, fármacos de urgencia, material de curas, etc.) y que tendrá como misión atender, además de la promoción y prevención de la salud, los primeros auxilios y prestar las consultas de medicina laboral que soliciten los empleadas/os públicas/os y las revisiones periódicas, evitando así, siempre que sea posible, desplazamientos para estos menesteres. 2. En el supuesto de psiquiatría no abonable por la Seguridad Social, el Ayuntamiento correrá con los gastos de asistencia psiquiátrica, sea por internamiento o tratamiento ambulatorio, en los casos en que dicha asistencia no esté contemplada dentro de las prestaciones médico-psiquiátricas que atiende la Seguridad Social. 3. Para tener derecho al abono de estos gastos, será necesario acreditar a través del informe médico emitido por las/os especialistas del Agencia Valenciana de Salud, que el tratamiento necesario y concre-
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to, no se cubre por los servicios médico-psiquiátricos del Servicio Valenciano de Salud. 4. La oficina de Medicina Laboral fomentará campañas de vacunación entre las/os empleadas/os municipales. Artículo 99. Vigilancia de la salud. Se efectuará, además del obligatorio reconocimiento médico de ingreso, un reconocimiento médico voluntario cada año a todas/os las/ os empleadas/os municipales, cuyo resultado deberá ponerse en conocimiento de las/os interesadas/os. En todo caso, dicho reconocimiento tendrá en cuenta fundamentalmente las características del puesto de trabajo. Artículo 100. Protección de la maternidad. La evaluación de los riesgos a que se refiere el artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, deberá comprender la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico. Si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de las citadas trabajadoras, se adoptarán las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada. Dichas medidas incluirán, cuando resulte necesario, la no realización de trabajo nocturno o de trabajo a turnos. 1. Cuando la adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo no resultase posible o, a pesar de tal adaptación, las condiciones de un puesto de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del feto, y así lo certifiquen los Servicios Médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social o de las Mutuas, en función de la entidad con la que la corporación tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales, con el informe de la/el médica/o del Servicio Nacional de Salud que asista facultativamente a la trabajadora, ésta deberá desempeñar un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado. La Corporación deberá determinar, previa consulta con las/os representantes de las/ os trabajadoras/es, la relación de los puestos de trabajo exentos de riesgos a estos efectos. El cambio de puesto o función se llevará a cabo de conformidad con las reglas y criterios que se apliquen en los supuestos de movilidad funcional y tendrá efectos hasta el momento en que el estado de salud de la trabajadora permita su reincorporación al anterior puesto. 2. En el supuesto de que, aun aplicando las reglas señaladas en el párrafo anterior, no existiese puesto de trabajo o función compatible, la trabajadora podrá ser destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equivalente, si bien conservará el derecho al conjunto de retribuciones de su puesto de origen. Si dicho cambio de puesto no resultara técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados, podrá declararse el paso de la trabajadora afectada a la situación administrativa que proceda durante el período necesario para la protección de su seguridad o de su salud y mientras persista la imposibilidad de reincorporarse a su puesto anterior o a otro puesto compatible con su estado. Lo dispuesto en los número 1 y 2 de este artículo será también de aplicación durante el período de lactancia natural, si las condiciones de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la mujer o del hijo/a y así lo certifiquen los Servicios Médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social o de las Mutuas, en función de la Entidad con la que la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales, con el informe de la/el médica/o del Servicio Nacional de Salud que asista facultativamente a la trabajadora o a su hija/o. Podrá, asimismo, declararse el pase de la trabajadora afectada a la situación administrativa que proceda por riesgo durante la lactancia natural de hijas/os menores de nueve meses, si se dan las circunstancias previstas en el número 3 de este artículo. Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, previo aviso a la Cor-
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poración y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo. Capítulo VIII Órganos de Representación. Artículo 101. Junta de Personal. 1. La Junta de Personal es el órgano representativo del personal funcionario que se incluyen en el ámbito de aplicación del presente Acuerdo. Este órgano estará compuesto por las/os Delegadas/os elegidos/as en las correspondientes elecciones sindicales. 2. La Junta de Personal tendrá las funciones y garantías determinadas por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Artículo 102. Funciones y legitimación de los órganos de representación. 1. La Junta de Personal tendrá las siguientes funciones, en sus respectivos ámbitos: a) Recibir información, sobre la política de personal, así como sobre los datos referentes a la evolución de las retribuciones, evolución probable del empleo en el ámbito correspondiente y programas de mejora del rendimiento. b) Emitir informe, a solicitud de la Administración Pública correspondiente, sobre el traslado total o parcial de las instalaciones e implantación o revisión de sus sistemas de organización y métodos de trabajo. c) Ser informados de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. d) Tener conocimiento y ser oídos en el establecimiento de la jornada laboral y horario de trabajo, así como en el régimen de vacaciones y permisos. e) Vigilar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales, Seguridad Social y empleo y ejercer, en su caso, las acciones legales oportunas ante los organismos competentes. f) Colaborar con la Administración correspondiente para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento e incremento de la productividad. 2. La Junta de Personal, colegiadamente, por decisión mayoritaria de sus miembros estará legitimada para iniciar, como interesada, los correspondientes procedimientos administrativos y ejercitar las acciones en vía administrativa o judicial en todo lo relativo al ámbito de sus funciones. Artículo 103. Garantías de la función representativa del personal. 1. Las/os miembros de la Junta de Personal como representantes legales de todo el personal funcionario tendrán las siguientes garantías y facultades. a) El acceso y libre circulación por las dependencias de su unidad electoral, sin que se entorpezca el normal funcionamiento de las correspondientes unidades administrativas, dentro de los horarios habituales de trabajo y con excepción de las zonas que se reserven de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente. b) Expresar individualmente o colegiadamente, con libertad, sus opiniones en las materias concernientes a la esfera de su representación, pudiendo publicar y distribuir, sin perturbar el normal desenvolvimiento del trabajo, las comunicaciones de interés profesional, laboral-sindical o social, comunicándolo en este caso a la corporación. También tendrán derecho a la distribución libre de las publicaciones que se refieran a cuestiones profesionales y sindicales. c) La audiencia en los expedientes disciplinarios a que pudieran ser sometidos sus miembros durante el tiempo de su mandato y durante el año inmediatamente posterior, sin perjuicio de la audiencia a la/ el interesada/o regulada en el procedimiento sancionador. d) Dispondrá cada miembro de un número de 40 horas mensuales de las correspondientes a su jornada de trabajo sin disminución de sus retribuciones para el ejercicio de sus funciones de representación. Las/os miembros de la Junta de Personal de la misma candidatura que así lo manifiesten podrán proceder, previa comunicación a la corporación, a la acumulación de los créditos horarios. Previa comunicación a la Corporación las secciones sindicales podrán acomodarse el total de las horas, por cada uno de las/os distintos miembros de las secciones sindicales en uno o varios componentes,
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sin rebasar el máximo total y pudiendo quedar relevados del trabajo sin perjuicio de sus retribuciones. Posteriormente, y durante los primeros cinco días naturales de cada mes, las Secciones Sindicales remitirán a la Oficina Técnico Laboral relación en la que se especifique los días y horas que cada funcionaria/o ha hecho uso del crédito horario asignado. e) No ser trasladados ni sancionados por causas relacionadas con el ejercicio de su mandato representativo, ni durante la vigencia del mismo, ni en el año siguiente a su extinción, exceptuando la extinción que tenga lugar por revocación o dimisión. Ningún delegado/a sindical, podrá ser trasladado/a de su puesto de trabajo por razones de su actividad sindical. Cuando haya que realizarse un traslado o cambio de turno por necesidades del Servicio, que afecte a un/a delegado/a sindical, éste/a, salvada su voluntariedad, será el último/a en ser trasladado o cambiado de turno. 2. Las/os miembros de la Junta de Personal no podrán ser discriminadas/os en su formación ni en su promoción económica o profesional por razón del desempeño de su representación. 3. Cada una/o de los miembros de la Junta de Personal y ésta como órgano colegiado observarán sigilo profesional en todo lo referente a los asuntos en que la administración señale expresamente el carácter reservado, aún después de expirar su mandato. En todo caso, ningún documento reservado entregado por la administración podrá ser utilizado fuera del estricto ámbito de la administración para fines distintos de los que motivaron su entrega. 4. La corporación facilitará a la Junta de Personal y/o Comité de Empresa, los locales y medios materiales que se estimen necesarios para el debido cumplimiento de sus funciones. Se dispondrá en los centros de trabajo de tablones de anuncios sindicales de dimensiones suficientes y espacios visibles, uno para la información de la Junta de Personal y otro para la información de las Secciones Sindicales. Su puesta en práctica será llevada a cabo por los responsables de cada dependencia de acuerdo con las/os representantes de las/os trabajadoras/es, sin que pueda utilizarse espacios distintos al objeto de mantener el orden de los centros de trabajo. Las Secciones Sindicales con representación en la Junta de Personal dispondrán de locales, medios, estafeta y así como cuantos medios materiales de pequeñas oficinas sean necesarios. Se establecerán los mecanismos adecuados que permitan dimensionar el gasto sindical de acuerdo con la representatividad obtenida en la Junta de Personal. Los Sindicatos presentes en la Comisión de Control del Plan de Pensiones podrán proponer y sustituir a sus representantes. 5. La Corporación facilitará a las/os representantes sindicales que sean designados por las distintas Secciones Sindicales la asistencia como miembro a las sesiones de mesas técnicas o en la Mesa General de Negociación. Artículo 104. Asamblea de centros. 1. Los requisitos formales para poder realizar reuniones o asambleas de centros serán los siguientes: a) Formular la petición con una antelación de 2 días hábiles. b) Señalar la hora y el lugar de celebración. c) Remitir el Orden del Día. d) Datos de las/os firmantes que estén legitimados para convocar la reunión o asamblea. e) Si en el plazo de 24 horas anteriores a la fecha de la celebración de la reunión, la Presidencia de la Corporación o su Delegado/a no formulase objeciones a la misma, podrá celebrarse sin otro requisito posterior. En cualquier caso, la celebración de la reunión no perjudicará la prestación de los servicios de la corporación. 2. Los Sindicatos con representación en el ámbito del Excmo. Ayuntamiento de Valencia podrán celebrar dichas reuniones o asambleas dentro de la jornada de trabajo, en cuyo caso, además de los requisitos mencionados en el punto anterior, la solicitud deberá cumplir las siguientes condiciones: a) Que sea convocada la totalidad del colectivo afectado. b) Que el total de las reuniones que se celebren no superen las 36 horas anuales. Dicho crédito se computará a las Sección Sindical
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convocante, o convocantes cuando la misma sea convocada por varias o todas ellas, o por la Junta de Personal Dentro de estas 36 horas podrán celebrarse asambleas denominadas urgentes. Nadie podrá superar estas 36 horas para asistencia a asambleas. 3. Podrán celebrarse asambleas denominadas urgentes, cuando así lo estimen la Junta de Personal, el Comité de Empresa o las Organizaciones Sindicales, por divergencias graves en negociaciones con la Corporación o a la vista de cualquier acontecimiento importante que afecte a la totalidad de las/os trabajadoras/es o colectivos específicos con un preaviso de 24 horas. 4. Están legitimados para convocar una reunión, además de las Organizaciones Sindicales, directamente o a través de las/os Delegadas/ os Sindicales: a) Las/os Delegadas/os de Personal. b) La Junta de Personal. c) El Comité de Empresa. d) Las/os empleadas/os públicas/os en número no inferior al 40 por 100 del colectivo convocado. La celebración de la reunión no perjudicará la prestación de los servicios y los convocantes de la misma serán responsables de su normal desarrollo. Dichas reuniones podrán realizarse dentro de la jornada de trabajo siempre que las mismas sean convocadas por las Organizaciones Sindicales con representación en el ámbito del Excmo. Ayuntamiento de Valencia, o por la Junta de Personal. A los efectos de lo dispuesto en el presente artículo, se considerarán Organizaciones Sindicales con representación en el ámbito del Excmo. Ayuntamiento de Valencia aquellas que tengan representación en la Junta de Personal. Artículo 105. Cobro de cuotas. La Corporación efectuará el cobro de las cuotas de las/os afiliadas/ os a las Centrales Sindicales con carácter mensual mediante descuento en nómina, siempre que las personas interesadas lo soliciten y autoricen, liquidando posteriormente las cantidades a dichas entidades. Así mismo podrán dejar sin efecto la citada autorización mediante comparecencia al efecto en el Servicio de Personal, el cual comunicará a la central Sindical correspondiente la nueva situación. Artículo 106. Secciones sindicales. 1. Se reconocen las Secciones Sindicales. Estas tendrán las siguientes funciones: a) Recoger reivindicaciones profesionales, económicas y sociales del personal y plantear ante la corporación todas estas reivindicaciones. b) Convocar asambleas según el procedimiento determinado en el presente Acuerdo. 2. Los sindicatos tendrán derecho a 3 Delegadas/os Sindicales como se especifica en el artículo 10 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, con las mismas garantías que los miembros de la Junta de Personal a partir del 10% de los votos obtenidos en las elecciones sindicales, todo ello de acuerdo con el siguiente baremo: 10% ............ 3 Delegadas/os Sindicales. 15% ............ 4 Delegadas/os Sindicales. 20% ............ 5 Delegadas/os Sindicales. 25% ............ 6 Delegadas/os Sindicales. Y así sucesivamente. 3. Las/os miembros de la Junta de Personal, Delegadas/os Sindicales y afiliadas/os elegidas/os para ello, dispondrán de permiso retribuido para la asistencia a Congresos, cursos y jornadas de formación organizadas por las Centrales Sindicales. Cada Sección Sindical dispondrá de un crédito de 15 jornadas anuales por cada miembro que tenga la respectiva Sección Sindical en la Junta de Personal, de tal forma que el total de número de jornadas anuales por todas las Secciones sindicales con representación en la Junta de Personal no podrá exceder de 465. Aquellas Organización Sindicales que habiendo concurrido al correspondiente proceso para la elección de las/os representantes de las/os trabajadoras/es no hayan obtenido representación en la Junta de Personal, dispondrán de un crédito de 7 jornadas anuales. Ningún funcionaria/o podrá disponer de dicho permiso en más de 40 horas anuales.
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La asistencia a dichos Congresos, cursos y jornadas de formación deberá comunicarse a la Oficina Técnico Laboral con 72 horas de antelación al inicio de las mismas, al objeto de que se pueda poner en conocimiento de los respectivos Servicios con antelación suficiente para la organización del mismo y al objeto de que por los mismos se constate que la ausencia del funcionario/a no cause detrimento en el servicio, para lo que deberán emitir informe al respecto. Con posterioridad a su celebración, deberá justificarse la asistencia al mismo. Artículo 107. Derecho a la Huelga. Se reconoce el derecho a la huelga de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, haciendo especial referencia al artículo 28.2 de la Constitución Española. Los requisitos para el ejercicio del citado derecho son los siguientes: a) 10 días de preaviso de huelga. b) La Corporación y el Comité de Huelga negociarán los servicios mínimos que deberán funcionar durante la huelga. Artículo 108. Régimen Interior. La Mesa General de Negociación negociará, previamente a su aprobación por el órgano competente, los proyectos de aquellos Reglamentos internos que pueda necesitar cualquier servicio de este Ayuntamiento. Disposiciones Transitorias. Primera. Los actos y acuerdos adoptados durante el periodo de prórroga del anterior acuerdo laboral, se entenderán válidamente adoptados y no procederá su revisión por aplicación del presente acuerdo. Segunda. El personal funcionario de carrera de esta corporación que a fecha de 1 de octubre de 2000 tuvieren reservado u ocupare un puesto de trabajo no reservado con la misma categoría que la exigida para su desempeño, no podrá ser adscrito a otro puesto distinto con carácter forzoso, sin que medie un proceso de remoción por procedimiento contradictorio, con idénticas garantías a las previstas en la legislación básica estatal y en la autonómica, siendo de aplicación a esta Disposición lo dispuesto en el artículo 6 del presente acuerdo laboral. Tercera. Si durante la vigencia de este Acuerdo se desarrollase la estructura y cuantías de las retribuciones de los empleadas/os públicas/os según lo dispuesto en el artículo 24 del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 76 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, se podrán realizar las revisiones y/o adaptaciones de las retribuciones complementarias de los puestos de trabajo a que haya lugar de acuerdo con las disposiciones vigentes y las que se dicten al respecto. Cuarta. El personal funcionario que a la entrada en vigor del presente acuerdo se encuentre desempeñando funciones de categoría superior, permanecerá en dichas funciones hasta la cobertura reglamentaria del puesto, según los términos establecidos en sus respectivos acuerdos. Quinta. Se desarrollará el protocolo de actuación frente al acoso laboral durante la vigencia de este Acuerdo, y transitoriamente, se estará a lo dispuesto para las/os funcionarias/os de la Administración del Estado. Sexta. En cumplimiento de la Ley 7/2011, de 1 de abril de la Generalitat Valenciana, de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Valenciana, y una vez aprobado el desarrollo reglamentario o normativo pertinente, y durante la vigencia del presente Acuerdo, se realizará la adecuación correspondiente del Cuerpo de Bomberos del Excmo. Ayuntamiento de Valencia. DISPOSICIONES ADICIONALES. Primera. Durante la vigencia del presente Acuerdo, siempre que la normativa aplicable lo permita, y con prioridad a cualquier otro, se impulsará la aplicación de los acuerdos pendientes de desarrollo. Segunda. Lengua de signos. Se estudiará y promoverá las actuaciones necesarias que posibiliten, a través de las nuevas tecnologías, la implantación gradual de la lengua de signos española para la adecuada atención de las ciudada-
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nas y los ciudadanos que lo requieran. Asimismo, y en el marco de las citadas actuaciones, se estudiarán las condiciones que hagan posible la valoración del conocimiento de la lengua de signos española en el acceso al empleo público de las personas sordas y en la provisión de puestos de trabajo con tareas de atención directa al público. Disposiciones Finales. Primera.- En los conflictos que puedan plantearse al interpretarse este acuerdo, se estará a lo establecido la legislación vigente. Segunda.- Del presente acuerdo se dará traslado a todos los Grupos Políticos con representación municipal, Jefaturas de Servicio y Jefaturas de Unidades Administrativas, los cuales responden de su aplicación en lo que afecte a sus atribuciones; se considerarán incorporados al mismo todos aquellos acuerdos consecuencia de la negociación entre los Sindicatos y la Corporación, y una vez aprobados por el órgano competente. Tercera.- Se acuerda la no aplicación de ningún Complemento Personal Transitorio o similar que suponga congelación en los aumentos anuales en el supuesto de una clasificación de puestos de trabajo. Cuarta.- Los Anexos al presente Acuerdo son parte integrante del mismo, teniendo el mismo alcance jurídico que los preceptos contenidos en el mismo. Disposición Derogatoria. Quedan derogados todos los acuerdos, disposiciones, decretos y demás normas municipales que regulen materias o cuestiones contempladas en el presente Acuerdo y se opongan al mismo. Apéndice. Definiciones: A los efectos de lo dispuesto en este acuerdo y de las normas que lo desarrollen, se entenderá por: a) Pareja de hecho: Persona que respecto de la persona de referencia mantiene una relación que puede acreditar a través de la inscripción en un registro público oficial de uniones de hecho. b) Familiar: Persona que mantenga respecto del sujeto de referencia cualquier grado de parentesco, acreditado según lo dispuesto en el artículo 27. A los efectos de este acuerdo, y sus normas de desarrollo, se considerará familiar al cónyuge o pareja de hecho exclusivamente en aquellos apartados en que se establezca expresamente. c) Familiar de primer grado en línea directa, por consanguinidad o afinidad: Padre/madre, hijas/os, padres/madres políticos/as y cónyuge o pareja de hecho de la hija o hijo. d) Familiar de segundo grado en línea directa o colateral, por consanguinidad: Hermanas/os, abuelas/os, nietas/os; o por afinidad: Hermanas/os, abuelas/os y nietas/os del cónyuge o pareja de hecho. e) Necesitar especial dedicación: Supone que es preciso que el sujeto reciba tratamiento, atención, cuidados o asistencia continuada por terceras personas debido a problemas de salud, entendida esta última como bienestar físico, psíquico y social. f) Informe del órgano competente de la administración sanitaria: Informe de la Inspección Médica de Zona o, si el tratamiento se recibe en el hospital, el informe facultativo de la/el médica/o responsable del paciente. g) Convivencia: Relación basada en la cohabitación en el mismo domicilio. h) Tener a su cargo: Relación de dependencia que no implica convivencia. i) Cuidado directo: Relación de dependencia que implica convivencia. j) Enfermedad grave: Se considera como tal la hospitalización en institución sanitaria u hospitalización domiciliaria o aquella en la que sea acreditada por la/el facultativa/o responsable la gravedad de la misma. 2012/2946
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Ayuntamiento de Massanassa Edicto del Ayuntamiento de Massanassa sobre licencia ambiental para ejercer una actividad dedicada a taller de reparación de vehículos automóviles. EDICTO Por EMILIO MARISCAL AGUILERA se ha solicitado LICENCIA AMBIENTAL PARA EJERCER UNA ACTIVIDAD DEDICADA A TALLER DE REPARACIÓN DE VEHÍCULOS; dicha actividad emplazada en C/ AUSIAS MARCH, 50 B Lo que se hace público por término de 30 días, de acuerdo con lo previsto en el art. 50 de la Ley de la Generalitat Valenciana 2/2006 de 5 de mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental, a fin de que cuantos lo consideren oportuno formulen las observaciones que tengan por convenientes. Massanassa a 28 de diciembre de 2011.—El alcalde presidente, Vicente Pastor Codoñer. 2011/39468
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Juzgado de lo Social número catorce Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número catorce de Valencia sobre autos número 569/2011 contra Viuda de Borrás, S.L. EDICTO María Piedad Rubio Fernández, secretaria del Juzgado de lo Social número catorce de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 569/2011, a instancias de MANUEL GOMEZ PEÑA contra VIUDA DE BORRAS, S.L., en la que el día 24/1/2012 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice: “Declarar extinguida la relación laboral que unía a la parte actora MANUEL GOMEZ PEÑA con la empresa VIUDA DE BORRAS, S.L., con efectos del día de la fecha y condenar a esta última a abonar las siguientes cantidades por los conceptos de indemnización y salarios de tramitación: Trabajador Indemnización Salarios de tramitación Manuel Gomez Peña 24.717,15 12.062,40 Notifíquese esta resolución a las partes y terceros interesados, en su caso, a quienes se hará saber que contra ella cabe recurso de reposición ante este mismo juzgado, en el plazo de tres días, y en la forma y con los requisitos señalados en el artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social; el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, deberá hacer entrega en la Secretaria de éste juzgado, de resguardo acreditativo del depósito de 25 euros, en cualquier oficina del BANCO ESPAÑOL DE CREDITO (Banesto), en la cuenta de Depósitos y Consignaciones, abierta a nombre de este Juzgado. Estan las firmas”. Y para que conste y sirva de notificación a VIUDA DE BORRAS, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente. En Valencia, a 25 de enero de 2012.—La secretaria, María Piedad Rubio Fernández. 2012/2242
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Juzgado de lo Social número seis Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número seis de Valencia sobre autos número 979/2010 contra Tecnisegur Seguridad, S.L., y otro. EDICTO Raquel Sala Navalón, secretaria del Juzgado de lo Social número seis de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 979/2010, a instancias de AGUSTIN AZORIN CASCALES contra TECNISEGUR SEGURIDAD, S.L., y Fogasa, en la que el día 24/1/12 se ha dictado resolución número cuya parte dispositiva dice: “Fallo: Estimando la demanda presentada por AGUSTIN AZORIN CASCALES contra la empresa TECNISEGUR SEGURIDAD, S.L., condeno a esta última a que abone al actor la cantidad de 16.702,39 euros (5.358,94 euros en concepto de indemnización por despido improcedente,9.914,40 en concepto de salarios y 1.429,05 euros en concepto de vacaciones no disfrutadas). Todo ello más los intereses legales correspondientes calculados conforme a lo dispuesto en el Fundamento de Derecho Tercero. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a esta notificación, bastando, para ello, la mera manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante, al hacerle la notificación, de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo Social, siendo requisitos necesarios que, al tiempo de hacerse el anuncio, se haga el nombramiento del letrado o Graduado Social colegiado que ha de interponerlo, entendiéndose que asume la representación y dirección técnica del recurrente el mismo que hubiera actuado con tal carácter en la instancia, salvo que se efectúe expresamente nueva designación. El recurrente que no gozare del derecho de asistencia jurídica gratuita deberá presentar en la Secretaría del Juzgado de lo Social, también al hacer el anuncio, el documento que acredite haber consignado en cualquier oficina del Banesto, en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre del juzgado, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, emitido por entidad de crédito. de hacer consignación en metálico, deberá efectuarse en la cuenta de expediente número 4471 0000 65 0979 10. Igualmente, y al tiempo de anunciar el recurso, el recurrente que no gozare del derecho de asistencia jurídica gratuita deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado de resguardo, diferenciado del anterior, acreditativo del depósito de 300 euros en la misma cuenta de expediente. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo”. Y para que conste y sirva de notificación a TECNISEGUR SEGURIDAD, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente. En Valencia, a 25 de enero de 2012.—La secretaria, Raquel Sala Navalón. 2012/2243
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Juzgado de lo Social número dos Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número dos de Valencia sobre autos número 99/2011 contra Flagx Levante, S.L., y otro. EDICTO Milagros Burillo Orrico, secretaria del Juzgado de lo Social número dos de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 99/2011, a instancias de VANESA GOMEZ MONTALVA, HOUARIA GUEETAR EPSE CHAIBEDRAA y FRANCISCO RUBIO DESANTES contra FLAGX LEVANTE, S.L., y Fogasa, en la que el día 20/1/12 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice: Fallo: Estimando la demanda que da origen a estas actuaciones, debo condenar y condeno a la empresa demandada FLAGX LEVANTE, S.L., a que por los conceptos expresados en la demanda abone a VANESA GOMEZ MONTALVA, la cantidad de 531,38 euros; a HOUARIA GUEETAR EPSE CHAIBEDRAA,531,38 euros, y a FRANCISCO RUBIO DESANTES 554,32 euros, importes que deberán incrementarse en el interés por demora del 10 por cien anual, y condenando al Fondo de Garantía Salarial, en su condición de responsable legal subsidiario, a estar y pasar por los efectos de esta resolución con las limitaciones legalmente establecidas. Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles que frente a la misma no cabe recurso alguno. Expídase testimonio de esta sentencia que se unirá a las actuaciones y llévese el original al Libro de sentencias. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo”. Y para que conste y sirva de notificación a FLAGX LEVANTE SLY a AGUSTIN MARTIN GANGA que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente. En Valencia, a 23 de enero de 2012.—La secretaria, Milagros Burillo Orrico. 2012/2244
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Juzgado de Instrucción número diecisiete Valencia Cédula de notificación del Juzgado de Instrucción número diecisiete de Valencia sobre juicio de faltas número 15/2011 para Jawad Tamri. CEDULA DE NOTIFICACIÓN Consuelo Casado Silvestre, secretaria judicial del Juzgado de Instrucción número diecisiete de los de Valencia. Hace saber: Que en éste Juzgado a mi cargo se sigue juicio de faltas número 15/2011 en el que se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva dice: Fallo: Que debo absolver y absuelvo a VICENTE ALBERT CHIRIVELLA y a María AMPARO VILLAGRASA GASULLA de los hechos y de las faltas de injurias livianas y amenazas, contra los intereses generales e imprudencia leve con resultado de lesiones previstas y penadas respectivamente en los artículos 620.2º,631.1º y 621.3º respectivamente del Código Penal que se les imputaban, con toda clase de pronunciamientos favorables, declarando de oficio las costas procesales causadas en este procedimiento. Contra esta sentencia puede interponerse recurso de apelación en ambos efectos para ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Valencia, en el plazo de 5 días a partir de que las partes sean notificadas de su contenido por escrito reuniendo los requisitos legales del artículo 790 L. E. Cr. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo”. Y para que sirva de notificación en legal forma a JAWAD TAMRI, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido la presente. En Valencia, a 25 de enero de 2012.—La secretaria judicial, Consuelo Casado Silvestre. 2012/2258
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Juzgado de lo Social número dos Valladolid Edicto del Juzgado de lo Social número dos de Valladolid sobre ejecución número 344/2011 contra Universo Selección, S.L. EDICTO José Luis García Roig, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de los de Valladolid. HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES número 344/2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de CELIA VARGAS PESET contra la empresa UNIVERSO SELECCION, S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: PARTE DISPOSITIVA. Acuerdo: a) Declarar al ejecutado UNIVERSO SELECCION, S.L., en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 100 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. c) Procédase a su inscripción en el registro correspondiente. Notifíquese a las partes. MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante el/la Secretario/a judicial que dicta esta resolución interponer en el plazo de CINCO DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos respecto a la resolución recurrida. Y para que sirva de notificación en legal forma a UNIVERSO SELECCION SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Valladolid, a 25 de enero de 2012.—El secretario judicial, José Luis García Roig. 2012/2259
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Juzgado de lo Social número trece Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número trece de Valencia sobre autos número 1.169/2010 contra Herederos de Manuel Serra, S.L. EDICTO José Ramón Santamaría Blasco, secretario judicial del Juzgado de lo Social número trece de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 1.169/2010, a instancias de SEBASTIAN TALAYA FERNANDEZ y FERNANDO LOPEZ SEGADO contra HEREDEROS DE MANUEL SERRA, S.L., en el que se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice: “Parte dispositiva. ACUERDO tener al demandante por desistido de la demanda a que se refiere el hecho primero de esta resolución; archívese lo actuado. Notifíquese la presente resolución, en legal forma, haciendo saber que contra la misma cabe interponer recurso de revisión, en el plazo de tres días SIGUIENTES a la notificación de la presente resolucion, ante este Juzgado y con los requisitos establecidos en el artículo 188 de la LJS. Lo decreto y firmo”. Y para que conste y sirva de notificación a HEREDEROS DE MANUEL SERRA, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente. En Valencia, a 25 de enero de 2012.—El secretario judicial, José Ramón Santamaría Blasco. 2012/2261
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Juzgado de Instrucción número diecisiete Valencia Cédula de notificación del Juzgado de Instrucción número diecisiete de Valencia sobre juicio de faltas número 1.165/11 para Mame Boury Camara. CEDULA DE NOTIFICACIÓN Consuelo Casado Silvestre, secretaria del Juzgado de Instrucción número diecisiete de los de Valencia. Hace saber: Que en éste Juzgado a mi cargo se sigue juicio de faltas número 1.165/11 en el que se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva dice: “Que debo de absolver y absuelvo a Tariq Mahmood y a Muhammad Ikram de los hechos y de la falta de coacciones prevista y penada en el artículo 620.2º del Código Penal que se les imputaban, con toda clase de pronunciamietos favorables, declarando de oficio las costas procesales causadas en este procedimiento. Contra esta sentencia puede interponerse recurso de apelación en ambos efectos para ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Valencia, en el plazo de 5 días a partir de que las partes sean notificadas de su contenido por escrito reuniendo los requisitos legales del artículo 790 L. E. Cr. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo”. Y para que sirva de notificación en legal forma a MAME BOURY CAMARA que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido la presente. En Valencia, a 25 de enero de 2012.—La secretaria judicial, Consuelo Casado Silvestre. 2012/2264
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Juzgado de lo Social número seis Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número seis de Valencia sobre autos número 980/2010 contra Tecnisegur Seguridad, S.L., y otro. EDICTO Raquel Sala Navalón, secretaria del Juzgado de lo Social número seis de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 980/2010, a instancias de JOSE SANCHEZ MAROTO CABA contra TECNISEGUR SEGURIDAD, S.L., y Fogasa, en la que el día 24/1/2012 se ha dictado sentencia número 12/12 cuya parte dispositiva dice: “Fallo: Estimando la demanda presentada por JOSE SANCHEZMAROTO CABA contra la empresa TECNISEGUR SEGURIDAD, S.L., condeno a esta última a que abone al actor la cantidad de 9.876,22 euros (424,32 euros en concepto de indemnización por finalización de contrato,8.431,10 en concepto de salarios y 1.020,80 euros en concepto de vacaciones no disfrutadas). Todo ello más los intereses legales correspondientes calculados conforme a lo dispuesto en el Fundamento de Derecho Tercero. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a esta notificación, bastando, para ello, la mera manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante, al hacerle la notificación, de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo Social, siendo requisitos necesarios que, al tiempo de hacerse el anuncio, se haga el nombramiento del letrado o Graduado Social colegiado que ha de interponerlo, entendiéndose que asume la representación y dirección técnica del recurrente el mismo que hubiera actuado con tal carácter en la instancia, salvo que se efectúe expresamente nueva designación. El recurrente que no gozare del derecho de asistencia jurídica gratuita deberá presentar en la Secretaría del Juzgado de lo Social, también al hacer el anuncio, el documento que acredite haber consignado en cualquier oficina del Banesto, en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre del juzgado, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, emitido por entidad de crédito. de hacer consignación en metálico, deberá efectuarse en la cuenta de expediente número 4471 0000 65 0980 10. Igualmente, y al tiempo de anunciar el recurso, el recurrente que no gozare del derecho de asistencia jurídica gratuita deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado de resguardo, diferenciado del anterior, acreditativo del depósito de 300 euros en la misma cuenta de expediente. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo”. Y para que conste y sirva de notificación a TECNISEGUR SEGURIDAD, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente. En Valencia, a 24 de enero de 2012.—La secretaria, Raquel Sala Navalón. 2012/2265
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Juzgado de lo Social número trece Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número trece de Valencia sobre autos número 1.253/2010 contra ABC Valencia, S.L., y otros. EDICTO José Ramón Santamaría Blasco, secretario judicial del Juzgado de lo Social número trece de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 1.253/2010, a instancias de INES MASERES MORANT contra Fogasa, ABC VALENCIA, S.L., y administradora concursal MARIA CALVE MORTES en el que se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice: “Fallo: Estimando la demanda presentada por INES MASERES MORANT frente a la empresa ABC VALENCIA, S.L., el ADMINISTRADOR CONCURSAL de la mercantil demandada y el Fondo de Garantía Salarial condeno a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de 6.376,7 euros por los conceptos detallados en el hecho probado 3º de esta resolución, más la cantidad de 984,83 euros, en concepto de interés por mora condenando a la ADMINISTRACION CONCURSAL de la mercantil demandada a estar y pasar por esta declaración y condena y absolviendo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal en los términos y con los límites del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores”. Y para que conste y sirva de notificación a ABC VALENCIA, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente en Valencia, a 24 de enero de 2012.— El secretario judicial, José Ramón Santamaría Blasco. 2012/2267
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Juzgado de lo Social número cinco Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número cinco de Valencia sobre expediente número 844/2011 contra Tecno Habitat Security, S.L.U. EDICTO José María Vila Biosca, secretario del Juzgado de lo Social número cinco de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue expediente número 844/2011, a instancias de SEBASTIAN FULLANA RIPOLL contra TECNO HABITAT SECURITY, S.L.U., en la que el día 28/12/11 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice: “Fallo: Estimo la demanda formulada por SEBASTIAN FULLANA RIPOLL contra la empresa TECNO HABITAT SECURITY, S.L.U., declaro improcedente el despido de que fue objeto en fecha 30 de junio de 2011 y por resuelto el contrato de trabajo que unía a las partes de esta litis, condenando a la demandada a que no siendo posible la readmisión abone al demandante en concepto de indemnización la cantidad de 24.223,5 euros y como salarios de tramitación la de 9.635,57 euros. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse ante este Juzgado de lo Social en el plazo de cinco días a contar del siguiente al de su notificación. Así por esta mi sentencia, que se publicará debidamente, lo pronuncio, mando y firmo”. Y para que conste y sirva de notificación a TECNO HABITAT SECURITY, S.L.U., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, haciéndole saber al mismo, que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele, se le harán en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 25 de enero de 2012.—El secretario, José María Vila Biosca. 2012/2272
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Juzgado de lo Social número trece Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número trece de Valencia sobre autos número 1.123/2010 contra Francisco Pedro Gullen de Luz y otros. EDICTO José Ramón Santamaría Blasco, secretario judicial del Juzgado de lo Social número trece de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 1.123/2010, a instancias de VICENTE LOPEZ MARIN contra I.N.S.S., MUTUA MC MUTUAL y FRANCISCO PEDRO GULLEN DE LUZ en el que se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice: “Diligencia de ordenación Sr. José Ramón Santamaría Blasco. En Valencia, a 25 de enero de 2012. Habiéndose recibido el precedente escrito de la parte recurrente, únase a los autos de su razón; se tiene por interpuesto dentro de plazo el recurso de suplicación anunciado. Dese traslado del mismo a la parte recurrida a efectos de su impugnación en el plazo de cinco días; transcurrido que sea, háyase presentado o no escrito de impugnación, elévense los autos a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana para la resolución del recurso”. Y para que conste y sirva de notificación a FRANCISCO PEDRO GULLEN DE LUZ que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente en Valencia, a 25 de enero de 2012.—El secretario judicial, José Ramón Santamaría Blasco. 2012/2273
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Juzgado de lo Social número seis Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número seis de Valencia sobre autos número 929/2010 contra Soluciones Integrales de Levante, S.L., y otro. EDICTO Raquel Sala Navalón, secretaria del Juzgado de lo Social número seis de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 929/2010, a instancias de MARIA VICTORIA FABRA MARTINEZ contra SOLUCIONES INTEGRALES DE LEVANTE, S.L., y Fogasa, en la que el día 24/1/2012 se ha dictado resolución número 14/12 cuya parte dispositiva dice: “Fallo: Estimando la demanda presentada por MARIA VICTORIA FABRA MARTINEZ contra la mercantil SOLUCIONES INTEGRALES DE LEVANTE, S.L., condeno a SOLUCIONES INTEGRALES DE LEVANTE, S.L., a que abone a la actora la cantidad de 1.316,63 euros cantidad que se incrementara con los intereses por mora del 10 por 100 y ello sin perjuicio de la posterior responsabilidad subsidiaria que pueda corresponder al Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese a las partes con advertencia de que la resolución es firme y contra la misma no cabe ulterior recurso dada la cuantía de la reclamación. Así por esta mi sentencia que se publicará debidamente, lo pronuncio, mando y firmo”. Y para que conste y sirva de notificación a SOLUCIONES INTEGRALES DE LEVANTE, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente en Valencia, a 24 de enero de 2012.—La secretaria, Raquel Sala Navalón. 2012/2274
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Juzgado de lo Social número tres Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre ejecución número 102/12-LU contra Luxpa, S.L. EDICTO Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo Social número tres de los de Valencia, de Ejecuciones Laborales. Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número 102/12LU, a instancias de SUSANA MACHIRAN MOYA contra LUXPA, S.L., en la que el día 24 de enero de 2012 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice: “Dispongo: la orden general de ejecución, despachando ejecución del/de la sentencia de fecha 22 de diciembre de 2010 del Juzgado de lo Social número uno de Valencia por cuantía de 7.821,84 euros de principal adeudados por LUXPA, S.L., a la parte ejecutante SUSANA MACHIRAN MOYA, más 1.250 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas. Notifíquese esta resolución en la forma prevista en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial a las partes, así como, en su caso y atendida la cantidad objeto de apremio, a los representantes unitarios y sindicales de los trabajadores de la empresa deudora, a éstos a efectos de que puedan comparecer en el proceso, haciéndoles saber que contra este auto, que no es firme, puede, conforme a lo dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, interponerse recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social en el plazo de tres días hábiles desde su notificación y con los requisitos establecidos en el apartado 1 del artículo 187 de dicha Ley, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación deudas admisible como causa de oposición a la ejecución. De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial, indíqueseles así mismo al notificarse esta resolución la necesidad de constitución depósito para recurrir por importe de 25 euros, así como la forma de efectuarlo, salvo que en la parte concurra la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ya que en tales supuestos no se exigirá tal depósito, ni tampoco al Ministerio Fiscal, ni al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las entidades locales y a los organismos autónomos dependientes de todos ellos, que están exentos. Al interponerse el recurso, deberá acreditarse haberse consignado la cantidad objeto depósito en la oportuna entidad de crédito y en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre de este Juzgado. Así lo acordó y firma en la ejecución número 102/12-LU el ilustrísimo señor magistrado del Juzgado de lo Social número tres de Valencia, de Ejecuciones Laborales, Antonio Ramos Belda. Doy fe”. Firmado y rubricado. Asimismo en fecha 24 de enero de 2012 se ha dictado Decreto cuya parte dispositiva dice: “Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en tres días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso directo de revisión ante el magistrado mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación re-
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curso seguida del código 31 Social-Revisión. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizado el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. Y, no constando el domicilio de la empresa ejecutada LUXPA, S.L., o ignorándose su paradero, según se desprende la certificación remitida por el Juzgado de lo Social número uno de Valencia, en la que consta que la notificación se le hizo por edictos, notifíquesele esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, en igual forma, esto es, por medio de edictos, insertándose un extracto suficiente de la cédula en el Boletín Oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o se trate de emplazamiento. Sin perjuicio de lo cual, de resultar otro/s domicilio/s en el curso de los autos, inténtese nuevamente la comunicación en el/los mismo/s. El/la secretario judicial. Firmado y rubricado”. Y para que conste y sirva de notificación a LUXPA, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 24 de enero de 2012.—El secretario judicial, Domingo Fernández Soriano. 2012/2275
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Juzgado de lo Social número seis Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número seis de Valencia sobre autos número 1.291/09 contra Fontanería Instalaciones Reformas Industriales y Sanitarias, S.L. EDICTO Raquel Sala Navalón, secretaria del Juzgado de lo Social número seis de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 1.291/09, a instancias de MARIA JOSE CAPELLA BUENO y otros contra FONTANERIA INSTALACIONES REFORMAS INDUSTRIALES Y SANITARIAS, S.L., en la que el día 24/11/2011, se ha dictado resolución auto de aclaración sentencia el cual literalmente copiado dice: “Auto.- En la ciudad de Valencia, a 24 de noviembre de 2011. Dada cuenta;. Hechos. Primero.— En el expediente seguido ante este Juzgado de lo Social número 1.291/2009 seguido a instancia de MARIA JOSE CAPELLA BUENO y otros, contra FONTANERIA IRIS, S.L., se dictó sentencia número 49/11 de fecha 8/2/11. Segundo.— Que con fecha 8/11/11 por el letrado de la parte actora OLGA CEZON MARTI, se ha presentado escrito y demás documentación al objeto de solicitar la aclaración de la meritada sentencia, en los términos expresados en el citado escrito. Razonamientos jurídicos. Primero.— Por prescripción del artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial los errores materiales manifiestos y los aritméticos producidos en la sentencias podrán ser rectificados en cualquier momento del procedimiento. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, Dispongo.- Se rectifica y aclara la sentencia a que se refiere el hecho de esta resolución en el sentido declarar que el nombre correcto de la mercantil demandada es FONTANERIA INSTALACIONES REFORMAS INDUSTRIALES Y SANITARIAS, S.L., y no Fontanería Iris, S.L., Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles. Así lo acuerda, manda y firma Inmaculada Serrano Pérez magistrada juez del Juzgado de lo Social número seis de Valencia y su provincia”. Y para que conste y sirva de notificación a, C.B.S., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente en Valencia, a 25 de enero de 2012.—La secretaria, Raquel Sala Navalón. 2012/2277
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Juzgado de lo Social número diez Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número diez de Valencia sobre autos número 194/2011 contra Publimar Siglo XXI Publicidad Exterior, S.L., y otro. EDICTO José Vicente Hervás Vercher, secretario del Juzgado de lo Social número diez de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 194/2011, a instancias de FELIX PALACIOS GUTIERREZ contra PUBLIMAR SIGLO XXI PUBLICIDAD EXTERIOR, S.L., y Fondo de Garantía Salarial, en la que el día 23 de enero de 2012, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice: “Dispongo: Declarar extinguida la relación laboral que unía a la parte actora con la empresa Publimar Siglo XXI Publicidad Exterior, S.L., con efectos del día de la fecha y condenarla a abonar las siguientes cantidades por los conceptos de indemnización y salarios de tramitación: Nombre.- FELIX PALACIOS GUTIERREZ. Indemnización.- 16.326,25 euros. Salarios de trámite.- 25.283,44 euros. Y hágase saber expresamente a la parte que, de no cumplir la demandada voluntariamente lo acordado en la presente resolución, podrá solicitarse la ejecución a este Juzgado con la presentación del correspondiente escrito de ejecución a fin de remitir lo necesario al Juzgado de lo Social número tres de Valencia, haciendo constar expresamente que, de no solicitarse la ejecución, y una vez firme la presente, se procederá sin más al archivo de las actuaciones”. Y para que conste y sirva de notificación a PUBLIMAR SIGLO XXI PUBLICIDAD EXTERIOR, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente en Valencia, a 25 de enero de 2012.—El secretario, José Vicente Hervás Vercher. 2012/2278
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Juzgado de lo Social número tres Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre ejecución número 156/12-MN contra Grupolevacom, S.L. EDICTO Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo Social número tres de los de Valencia, de Ejecuciones Laborales. Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número 156/12MN, a instancias de ANGEL DANIEL SCHLEGEL contra GRUPOLEVACOM, S.L., en la que el día 26 de enero de 2012 se ha dictado auto de ejecución de sentencia cuya parte dispositiva dice: “Dispongo: la orden general de ejecución, despachando ejecución de la sentencia de fecha 28 de junio de 2011 del Juzgado de lo Social número catorce de Valencia por cuantía de 1.295,36 euros de principal adeudados por GRUPOLEVACOM, S.L., a la parte ejecutante ANGEL DANIEL SCHLEGEL, más 200 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas. Notifíquese esta resolución en la forma prevista en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial a las partes, así como, en su caso y atendida la cantidad objeto de apremio, a los representantes unitarios y sindicales de los trabajadores de la empresa deudora, a éstos a efectos de que puedan comparecer en el proceso, haciéndoles saber que contra este auto, que no es firme, puede, conforme a lo dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, interponerse recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social en el plazo de tres días hábiles desde su notificación y con los requisitos establecidos en el apartado 1 del artículo 187 de dicha Ley, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación deudas admisible como causa de oposición a la ejecución. De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial, indíqueseles así mismo al notificarse esta resolución la necesidad de constitución depósito para recurrir por importe de 25 euros, así como la forma de efectuarlo, salvo que en la parte concurra la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ya que en tales supuestos no se exigirá tal depósito, ni tampoco al Ministerio Fiscal, ni al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las entidades locales y a los organismos autónomos dependientes de todos ellos, que están exentos. Al interponerse el recurso, deberá acreditarse haberse consignado la cantidad objeto depósito en la oportuna entidad de crédito y en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre de este Juzgado. Así lo acordó y firma en la ejecución número 156/12-MN el ilustrísimo señor magistrado del Juzgado de lo Social número tres de Valencia, de Ejecuciones Laborales, Antonio Ramos Belda. Doy fe”.- Firmado y rubricado. Así mismo en fecha 26 de enero de 2012 se ha dictado Decreto cuya parte dispositiva dice: “Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en tres días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso directo de revisión ante el magistrado mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación re-
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curso seguida del código 31 Social-Revisión. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizado el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. Y, no constando el domicilio de la empresa ejecutada GRUPOLEVACOM, S.L., o ignorándose su paradero, según se desprende la certificación remitida por el Juzgado de lo Social número catorce de Valencia, en la que consta que la notificación se le hizo por edictos, notifíquesele esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, en igual forma, esto es, por medio de edictos, insertándose un extracto suficiente de la cédula en el Boletín Oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o se trate de emplazamiento. Sin perjuicio de lo cual, de resultar otro/s domicilio/s en el curso de los autos, inténtese nuevamente la comunicación en el/los mismo/s. El secretario judial. Firmado y rubricado”. Y para que conste y sirva de notificación a GRUPOLEVACOM, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 26 de enero de 2012.—El secretario judicial, Domingo Fernández Soriano. 2012/2283
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Juzgado de lo Social número seis Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número seis de Valencia sobre autos número 602/2010 contra Obras y Servicios Tracpel, S.L., y otros. EDICTO Raquel Sala Navalón, secretaria del Juzgado de lo Social número seis de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 602/2010, a instancias de DIGNO MANUEL GOMEZ NAVARRETE contra OBRAS Y SERVICIOS TRACPEL, S.L., OBRAS y SERVICIOS TRAVEL 2010, S.L., y Fogasa, en la que el día 24/1/12 se ha dictado resolución número 9/12 cuya parte dispositiva dice: “Fallo: Estimando la demanda presentada por DIGNO MANUEL GOMEZ NAVARRETE, contra las OBRAS Y SERVICIOS TRACPEL, S.L., y OBRAS Y SERVICIOS TRAVEL 2010, S.L., condeno a OBRAS Y SERVICIOS TRACPEL, S.L., y OBRAS Y SERVICIOS TRAVEL 2010, S.L., a que abonen solidariamente al actor la cantidad de 3.764,50 euros cantidad que se incrementara con los intereses por mora del 10 por 100 y ello sin perjuicio de la posterior responsabilidad subsidiaria que pueda corresponder al Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese a las partes con advertencia de que la resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de suplicación para ante LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a esta notificación, bastando para ello, la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante, al hacerle la notificación, de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo Social. Siendo requisitos necesarios que, al tiempo de hacer el anuncio, se haga el nombramiento del letrado que ha de interponerlo y que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita presente en la Secretaría, del Juzgado de lo Social, también al hacer el anuncio, el documento que acredite haber consignado en cualquier oficina del BANCO ESPAÑOL DE CREDITO, en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones, abierta a nombre del juzgado, número 4.471/0.000/65/602/10 la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. De hacer la consignación en metálico, el recurrente podrá utilizar el Resguardo de ingreso que al efecto, cumplimentado se le acompaña, pudiendo, también, disponer de tales resguardos en el mencionado Banco o en la Secretaría de este Juzgado de lo Social. Igualmente, y al tiempo de anunciar el recurso, el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado, de resguardo, independiente o distinto del anterior, acreditativo del depósito de 300 euros, que también, se le acompaña o, de precisarlo, tiene a su disposición en los sitios indicados. Así por esta mi sentencia que se publicará debidamente, lo pronuncio, mando y firmo”. Y para que conste y sirva de notificación a OBRAS Y SERVICIOS TRACPEL, S.L., y a OBRAS Y SERVICIOS TRAVEL 2010, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente en Valencia, a 25 de enero de 2012.— La secretaria, Raquel Sala Navalón. 2012/2285
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Juzgado de lo Social número quince Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número quince de Valencia sobre autos número 1.503/2010/B contra Jufer Energías, S.L., y otro. EDICTO Sagrario Plaza Golvano, secretaria del Juzgado de lo Social número quince de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 1.503/2010/B, a instancias de CAROLINA DELGADO SANTOS contra JUFER ENERGIAS, S.L., y Fogasa, en la que el día 23/1/2012 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice: “Fallo: Que, estimando la demanda interpuesta por CAROLINA DELGADO SANTOS, debo condenar y condeno a la empresa JUFER ENERGIAS SOCIEDAD LIMITADA, a que pague a la trabajadora la cantidad de 2.263,73 euros con más el diez por ciento de dicha cifra por razón de mora en el pago, en concepto de salarios y la cantidad de 2.268,52 euros en concepto de indemnizaciones. Notifíquese la presente resolución a las partes, en legal forma, indicándoles que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a esta notificación, bastando, para ello, la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante, al hacerle la notificación, de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo Social. Siendo requisitos necesarios que, al tiempo de hacerse el anuncio, se haga el nombramiento del letrado o Graduado Social Colegiado que ha de interponerlo y que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita presente en la Secretaría, del Juzgado de lo Social, también al hacer el anuncio, el documento que acredite haber consignado en cualquier oficina del BANCO ESPAÑOL DE CREDITO, S.A., en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre del juzgado, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. De hacer consignación en metálico, deberá efectuarse en la cuenta de expediente n° 4481-0000-64-1.503-10. Igualmente, y al tiempo de interponer el recurso, el recurrente que no gozare del beneficio de justifica gratuita, deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado, de resguardo, independiente o distinto del anterior, acreditativo del depósito de 150 euros en la misma cuenta de expediente. Así por esta, mi sentencia, cuyo original se llevará al libro de sentencias y de la que se llevará copia testimoniada a los autos, lo pronuncio, mando y firmo”. Y para que conste y sirva de notificación a JUFER ENERGIAS, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente en Valencia, a 25 de enero de 2012.— La secretaria, Sagrario Plaza Golvano. 2012/2287
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Juzgado de lo Social número tres Valencia Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre ejecución número 157/2012-MN contra delice Pan y Arte, S.L. EDICTO Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo Social número tres de los de Valencia, de Ejecuciones Laborales. Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número 157/12MN, a instancias de MARIA CARMEN SERRANO AZAÑON contra DELICE PAN Y ARTE, S.L., en la que el día 26 de enero de 2012 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice: “Dispongo: la orden general de ejecución, despachando ejecución de la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2011 del Juzgado de lo Social número catorce de Valencia por cuantía de 5.790,1 euros de principal adeudados por DELICE PAN y ARTE, S.L., a la parte ejecutante MARIA CARMEN SERRANO AZAÑON, más 920 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas. Notifíquese esta resolución en la forma prevista en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial a las partes, así como, en su caso y atendida la cantidad objeto de apremio, a los representantes unitarios y sindicales de los trabajadores de la empresa deudora, a éstos a efectos de que puedan comparecer en el proceso, haciéndoles saber que contra este auto, que no es firme, puede, conforme a lo dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, interponerse recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social en el plazo de tres días hábiles desde su notificación y con los requisitos establecidos en el apartado 1 del artículo 187 de dicha Ley, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación deudas admisible como causa de oposición a la ejecución. De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial, indíqueseles así mismo al notificarse esta resolución la necesidad de constitución depósito para recurrir por importe de 25 euros, así como la forma de efectuarlo, salvo que en la parte concurra la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ya que en tales supuestos no se exigirá tal depósito, ni tampoco al Ministerio Fiscal, ni al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las entidades locales y a los organismos autónomos dependientes de todos ellos, que están exentos. Al interponerse el recurso, deberá acreditarse haberse consignado la cantidad objeto depósito en la oportuna entidad de crédito y en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre de este Juzgado. Así lo acordó y firma en la ejecución número 157/12-MN el ilustrísimo señor magistrado del Juzgado de lo Social número tres de Valencia, de Ejecuciones Laborales, Antonio Ramos Belda. Doy fe”.- Firmado y rubricado. Así mismo en fecha 26 de enero de 2012 se ha dictado Decreto cuya parte dispositiva dice: “Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en tres días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso directo de revisión ante el magistrado mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación re-
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curso seguida del código 31 Social-Revisión. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizado el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. Y, no constando el domicilio de la empresa ejecutada DELICE PAN Y ARTE, S.L., o ignorándose su paradero, según se desprende la certificación remitida por el Juzgado de lo Social número catorce de Valencia, en la que consta que la notificación se le hizo por edictos, notifíquesele esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, en igual forma, esto es, por medio de edictos, insertándose un extracto suficiente de la cédula en el Boletín Oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o se trate de emplazamiento. Sin perjuicio de lo cual, de resultar otro/s domicilio/s en el curso de los autos, inténtese nuevamente la comunicación en el/los mismo/s. El Secretario Judial. Firmado y rubricado”. Y para que conste y sirva de notificación a DELICE PAN Y ARTE, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 26 de enero de 2012.—El secretario judicial, Domingo Fernández Soriano. 2012/2289
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Juzgado de lo Social número nueve Valencia Cédula de citación del Juzgado de lo Social número nueve de Valencia sobre expediente número 1.189/2011 para Hitaca Gestión de Arte y Cultura, S.L., y otras. CEDULA DE CITACION Carmen Piles Gimeno, secretaria del Juzgado de lo Social número nueve de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue expediente número 1.189/2011, a instancias de ESTHER PALANCA PARRA contra HITACA GESTION DE ARTE Y CULTURA, S.L., LANDMANCH SERVICIOS CULTURALES, S.L., LYBRYX SERVICIOS EDITORIALES, S.L., SANCHEZ RON BENOIT CONSULTORIA, S.L., TITANIA CAPITAL, S.L., y Fogasa, por el presente se cita a HITACA GESTION DE ARTE Y CULTURA, S.L., LYBRYX SERVICIOS EDITORIALES, S.L., y SANCHEZ RON BENOIT CONSULTORIA, S.L., quien se halla en ignorado paradero, para que comparezca ante este Juzgado de lo Social, sito en Valencia, avenida del Saler, 14, Ciudad de la Justicia, Sala 8; al objeto de celebrar acto de conciliación, y en su caso, juicio el día 4 de marzo de 2013, a las 11,15 horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes. Igualmente se le advierte, que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Valencia, a 25 de enero de 2012.—La secretaria, Carmen Piles Gimeno. 2012/2290
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Juzgado de lo Social número cinco Valencia Cédula de citación del Juzgado de lo Social número cinco de Valencia sobre expediente número 343/2011 para Fustdecor, S.V. CEDULA DE CITACION José María Vila Biosca, secretario del Juzgado de lo Social número cinco de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue expediente número 343/2011, a instancias de JOSE FENOLL CABEZA y JOSE FENOLL MARTINEZ contra FUSTDECOR, S.V., en reclamación por cantidad, en el que, por medio del presente se cita a FUSTDECOR, S.V., quien se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este Juzgado de lo Social, sito en Valencia, autopista del Saler número 14, Ciudad de la Justicia, Sector Social, Sala número 3; al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, para el día 5 de marzo de 2012, a las 10.15 horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes. Cítese para confesión judicial al legal representante de la empresa demandada, bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia injustificada podrá ser tenido por confeso. Igualmente se le advierte que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Valencia, a 25 de enero de 2012.—El secretario, José María Vila Biosca. 2012/2292
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Juzgado de lo Social número quince Valencia Cédula de citación del Juzgado de lo Social número quince de Valencia sobre autos despido número 1.430/2011/A para Dinamiz-E Consultoría Creatividad y Desarrollos Tecnológicos, S.L. CEDULA DE CITACION Sagrario Plaza Golvano, secretaria del Juzgado de lo Social número quince de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos despido/CESES EN GENERAL número 1.430/2.011/A, a instancias de DANIEL OCON LLORENS contra GCS COMUNICACION Y SERVICIOS, S.L., DINAMIZ-E CONSULTORIA CREATIVIDAD Y DESARROLLOS TECNOLOGICOS, S.L., y Fogasa en el que, por medio del presente se cita a DINAMIZ-E CONSULTORIA CREATIVIDAD Y DESARROLLOS TECNOLOGICOS, S.L., quien se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este Juzgado de lo Social, sito en avenida del Saler, 14-4º, Amarilla; al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, el día 20 de febrero de 2012, a las 11:30 horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes. En Valencia, a 31 de enero de 2012.—La secretaria, Sagrario Plaza Golvano. 2012/2855
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Juzgado de lo Social número doce Valencia Cédula de citación del Juzgado de lo Social número doce de Valencia sobre expediente número 1.395/2010 para Casa Fores, S.L., y otro. CEDULA DE CITACION Lorenzo Navarro Lorente, secretario del Juzgado de lo Social número doce de los de Valencia. Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue expediente número 1.395/2010, a instancias de ENRIQUE RAMON PALLAS ITURRIAGA contra fogasa, INEM, CASA FORES, S.L., y PABLO GAGO COMES en reclamación por DESEMPLEO en el que, por medio del presente se cita a LA PARTE DEMANDADA CASA FORES, S.L., y a SU ADMINISTRADOR CONCURSAL D. PABLO GAGO COMES, quien se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este Juzgado de lo Social, sito en avenida del Saler, 14-3º, Amarilla; al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio y confesión, con apercibimiento de que, de no comparecer, se le podrá ser tenido por confeso, estando señalado el día 23 de febrero de 2012, a las 12,45 horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes. Igualmente se le advierte que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. En Valencia, a 30 de enero de 2012.—El secretario, Lorenzo Navarro Lorente. 2012/2930
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a) Els instats per ajuntaments, organismes autònoms dependents d’estos i mancomunitats municipals, sempre que no siguen repercutibles a tercers (per caràcter tipogrà¿c, inclosos els espais en blanc) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . b) Els instats per particulars, organismes o¿cials, administracions públiques, etc., ¿ns i tot per ajuntaments, organismes autònoms i mancomunitats municipals, en cas que hi haja la possibilitat de la seua repercussió a tercers (per caràcter tipogrà¿c, inclosos els espais en blanc). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . c) Aquells que incloguen mapes, imatges, grà¿cs i quadres resum, amb independència de per qui siguen instats (per pàgina o la part proporcional que ocupe la imatge). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . d) Els de caràcter urgent a l’empara del que preveu l’article 7.3 de la Llei 5/2002, de 4 d’abril, Reguladora dels Butlletins O¿cials de les Províncies, s’aplicarà el doble de les tarifes regulades en els apartats anteriors. e) Import mínim per inserció . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
BOLETIN OFICIAL
0,050 euros
0,075 euros 270,00 euros
110,00 euros
a) Los instados por ayuntamientos, organismos autónomos dependientes de los mismos y mancomunidades municipales, siempre que no sean repercutibles a terceros (por carácter tipográ¿co, incluido los espacios en blanco) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . b) Los instados por particulares, organismos o¿ciales, administraciones públicas, etc., incluso por ayuntamientos, organismos autónomos y mancomunidades municipales, en el supuesto de que exista la posibilidad de su repercusión a terceros (por carácter tipográ¿co, incluido los espacios en blanco) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . c) Aquellos que incluyan mapas, imágenes, grá¿cos y estadillos, con independencia de por quién sean instados (por página o la parte proporcional que ocupe la imagen) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . d) Los de carácter urgente al amparo de lo previsto en el artículo 7.3 de la Ley 5/2002, de 4 de abril, Reguladora de los Boletines O¿ciales de las Provincias, se aplicará el doble de las tarifas reguladas en los apartados anteriores. e) Importe mínimo por inserción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . «BOP»: ADMINISTRACION: C/ Corona, 36 - 46003 Valencia Tels.: 96 388 25 81 - Fax.: 96 388 25 84 e-mail:
[email protected] «B.O.P.» en Internet: http: //bop.dival.es Depósito legal: V. 1-1958
0,050 euros
0,075 euros 270,00 euros
110,00 euros