Secretaría de Relaciones Exteriores Nombre del Trámite: Auténticas Descripción del Trámite: Es el procedimiento que establece la Ley en el cual exige que todo documento que ingrese/egrese del país debe ser debidamente autenticado. Este procedimiento se realiza mediante dos vías: 1.‐Apostilla: Para aquellos documentos que ingresen/egresen de los países que forman parte de los siguientes países: Estos trámites, se realizan directamente en la Secretaría de Relaciones Exteriores siempre y deben ser autenticados por el país suscriptor. 1.‐ Albania 21.‐ Colombia 41.‐ Israel 61.‐ Panamá 2.‐ Alemania 22.‐ Croacia 42.‐ Italia 62.‐ Portugal 3.‐ Andorra 23.‐ Dominica 43.‐ Japón 63.ReinoUnido 4.‐Antigua y Barbuda 24.‐ Ecuador 44.‐ Kazajstán 64.‐ República Checa 5.‐ Argentina 25.‐ El Salvador 45.‐ Lesotho 65.‐ Rumanía 6.‐ Armenia 26.‐ Eslovaquia 46.‐ Letonia 66.‐ Rusia 7.‐ Australia 27.‐ Eslovenia 47.‐ Liberia 67.‐ San Kitts Et Nevis 8.‐ Austria 28.‐ España 48.‐ Liechtenstein 68.‐ San Marino 9.‐ Azerbalyan 29.‐ Estados Unidos 49.‐ Lituania 69.‐ Samoa 10.‐ Bahamas 30.‐ Estonia 50.‐ Luxemburgo 70.‐ Seychelles 11.‐ Barbados 31.‐ Fiji 51.‐ Macedonia 71.‐ San Vicente y las Granadinas 12.‐ Bélgica 32.‐ Finlandia 52.‐ Malawi 72.‐ Santa Lucía 13.‐ Belice 33.‐ Francia 53.‐ Malta 73.‐ Serbia y Montenegro 14.‐ Bielorrusia 34.‐ Granada 54.‐ Mauricio 74.‐ Sudáfrica 15.‐ Bosnia y Hersegovina 35.‐ Grecia 55.‐ México 75.‐ Suecia 16.‐ Bosiswana 36.‐ Honduras 56.‐ Mónaco 76.‐ Suiza 17.‐ Brunel Darassalam 37.‐ Hungría 57.‐ Namibia 77.‐ Swazilandia 18.‐ Bulgaria 38.‐ Irlanda 58.‐ Noruega 78.‐ Surinam 19.‐ China (Región administrativa 39.‐ Islandia 59.‐ Nueva Zelanda 79.‐ Tonga de Hong Kong y Macao solamente) 40.‐ Islas Marshall (Islas Cook Nive) 80.‐ Trinidad y Tobago 20. ‐ Chipre 60. Países Bajos 81.‐ Turquía 82.‐ Ucrania 83.‐ Venezuela
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Cambio de Calidad Migratoria Es el proceso efectuado por un extranjero residente con el fin de adquirir otra calidad migratoria. Requisitos: 1. Número y fecha de la resolución del permiso de residencia o permiso especial de permanencia; 2. Número de inscripción en el Registro Nacional de Extranjeros; 3. Constancia original de que el extranjero residente o con permiso especial de permanencia mantuvo su Carné vigente durante el tiempo establecido; 4. Fotocopia del carné de identificación vigente, debidamente autenticada por Notario; 5. Constancia de no haber violado la Ley de Migración y Extranjería; 6. Timbres legales que deberán adherirse a la solicitud, por cada uno de los solicitantes; 7. Carta Poder autenticada por Notario con las generales del apoderado legal y las facultades con las cuales 8. Lo inviste, dirección, número de teléfono, fax y correo electrónico, en su caso; 9. El solicitante y cada uno de sus parientes deberá presentar una fotografía reciente de 6 centímetros de alto por 5 centímetros de ancho tomada de frente, consignando en el reverso el nombre de cada uno de ellos según corresponda; 10. Constancia original de no tener denuncias o antecedentes criminales; y, 11. Constancia original de no tener procesos pendientes en los juzgados de competencia criminal del domicilio del solicitante. 12. Acreditar con la documentación correspondientes, la razón por la cual se está optando al Cambio de Calidad 13. Acreditar el pago de la Tarifa establecida en el artículo 126 numeral 11
INFORMACIÓN ADICIONAL: Agregar cualquier otra información o documento que requiera la Secretaría del Interior y Población para la más acertada decisión del asunto. Todos los documentos procedentes del exterior, deberán presentarse debidamente legalizados y los autorizados en idioma extranjero traducidos oficialmente por la Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores o en los consulados de Honduras. Si solicita Constancia de estar en trámite y/o Certificación se cancelarán Lps. 200.00, por cada una. Las tasas y derechos se pagarán contra entrega de recibo oficial de pago de la Tesorería General de la República cancelados en las instituciones autorizadas del sistema financiero nacional. TIEMPO: Tiene una duración de 3‐6 meses si se presentan los documentos en regla. Ubicación: Deberá presentarse a la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Dispensa de Edictos Es el proceso en el cual se solicita ante la Secretaria General de la Secretaría del Interior y Población permiso para contraer nupcias. Requisitos: Copia de Partida de Nacimiento de los contrayentes cuando son mayores de Edad 1. Cuando son menores necesitan autorización de los padres autenticadas por un Abogado y presentar una copia de ambos documentos 2. en caso de que sea extranjero alguno de los contrayentes se le solicita la copia del pasaporte. 3. Pago de TGR‐1 de Lps. 10.00 que es entregado por el personal de ventanilla de Secretaria General O puede ingresar a la página web de la secretaría de finanzas para obtener el TGR‐1 www.sefin.gob.hn. Tiempo: Tiene una duración de un día si se presenta la documentación completa. Ubicación: Deberá presentarse a la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Dispensa de Menaje de Casas Es el proceso en el cual se solicita a la Secretaría del Interior y Población, el quedar exento del pago de impuesto por el ingreso de menaje de casa. Requisitos: Presentar todos los documentos a las oficinas de atención de la Secretaria General 1. Se recepciona y se espera el dictamen si es favorable 2. Si es favorable se envía a la Secretaria de Finanzas Tiempo: 1 Mes Ubicación: Deberá presentarse a la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite Dispensas de Vehículo Automotor Es el proceso en El cual se solicita a la secretaría del Interior y Población, el quedar exento del pago de impuesto por el ingreso de Vehículo Automotor. Requisitos: Se deberá cumplir con lo siguiente: 1. Presentar solicitud dirigida al secretario de estado en los despachos de la Secretaria del Interior y Población. a. Timbres Exigidos por la ley que deberán adherirse a la solicitud por cada uno de los solicitantes (LPS 10.00 de Contratación) b. Acompañar fotografía de resolución extendida por la Secretaria del Interior y Población, Autenticada por Notario. C. Acompañar fotografía de inscripción del registro Nacional de Extranjeros, Autenticada por notario. 2. Carta Poder Autenticada expresando las generales del apoderado legal y las facultades por las cuales inviste su dirección, teléfono, fax o correo electrónico. 3. Fotografía del carnet vigente, autenticado por notario. 4. Original y 8 copias de la factura proforma que deberá contener la descripción del vehículo. 5. Constancia extendida por el agente distribuidor que contenga: valor del vehículo, monto de los impuestos exonerados y valor del vehículo libre de impuestos 6. nueve (9) copias de títulos de propiedad del vehículo, una de las cuales deberá ser autenticada por un notario. 7. Constancia extendida por la Secretaria de finanzas de no haber hecho uso de Dispensa Anteriormente. 8. Acreditar la tarifa establecida en el Art. 126 del reglamento de la Ley de Migración y Extranjería (300.00 Dólares) Ubicación: Deberá presentarse a la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Personalidad jurídica (Iglesia, Comités, Consejos, junta de Agua, Fundaciones, Asociaciones, OPD, ONG) Requisitos: 1. Presentar solicitud dirigida al Secretario de Estado en los Despachos del Interior y Población, mas domicilio exacto, persona de contacto, teléfonos fijos y móviles, timbres por el valor de Lps. 10.00. 2. Carta Poder a favor del apoderado legal, debiéndose autenticar por Notario la firma del mandante, en donde se exprese con claridad las generales del profesional del derecho y las facultades con las cuales lo inviste, incluyendo la dirección y número de teléfono de donde despache sus asuntos profesionales. “esta carta poder deberá ser otorgada por el miembro de la junta Directiva facultado expresamente para este tipo de acto conforme a los estatutos o por el señala la Asamblea General. 3. Certificación que contenga lo siguiente: 9 Acta de constitución o fundación, consignando los nombres de los miembros fundadores. En caso de que está constituida por personas jurídicas deberán acreditar dicha existencia, así mismo acreditar la representación con la que actúan en nombre de dichas organizaciones. 9 Elección de junta Directiva 9 Discusión y Aprobación del proyecto de Estatutos. 9 El punto de Acta en donde la Asamblea General faculta al representante legal de la persona Jurídica para conferir poder a un profesional del derecho para llevar a cabo las diligencias ante la Secretaria del Interior y Población “De este extremo deberá hacerse relación en la carta poder que se otorgue a favor del profesional del derecho. Todo debidamente autenticado. 4. Un ejemplar del proyecto de los Estatutos siguiendo la estructura Siguiente: 9 Capitulo I: Constitución, Denominación, Duración y Domicilio Exacto. 9 Capitulo II: De los Objetivos 9 Capitulo III: De los Miembros (Clases de miembros, incluyendo los deberes y obligaciones de los miembros)
9 Capitulo IV: De los Órganos (Incluir los artículos relacionados a los órganos que lo dirigen (Asamblea General, junta Directiva, Comités, etc), determinando además las atribuciones de cada uno de los órganos “en el caso de los patronatos, deberá ser la fiscalía un órgano independiente de la junta directiva. Los requisitos deberán de ajustarse a lo preceptuado en el artículo 62 reformado (D.127‐ 2000) de la Ley de Municipalidad. 9 Capitulo V: Del Patrimonio 9 Capitulo VI: De la Disolución y liquidación. 9 Capitulo VII: Disposiciones Generales. 5. Fotocopia autenticada por notario de las Tarjetas de Identidad de los miembros de la Junta Directiva “estas deberán presentarse en hojas de papel tamaño oficio completas y por ambos lados, NO se aceptaran copias recortadas, obscuras e ilegibles. 6. Acompañar un disquete que contenga los estatutos de las personas Jurídica (Word 98 o versión más reciente en ambiente de Windows) Cuando se trata de un Patronato y Junta de Agua Se deberá cumplir con los numerales 1 al 6, más la constancia Original extendida por la corporación municipal del Domicilio del patronato. Cuando sea una Asociación, ONG, u O.P.D. y Fundaciones Se deberá cumplir con los numerales 1 al 6, además incluir: Proyectos a ejecutar de conformidad con sus objetivos o finalidades 9 Fuentes de financiamiento. 9 Instituciones gubernamentales con las cuales se relacionara. 9 Reseña curricular de los miembros de la junta Directiva o personal calificado para llevar a cabo los proyectos.
Cuando se trate de una Fundación Se deberá cumplir con los numerales 1 al 6, más lo señalado para las Asociaciones. Además acreditar un patrimonio, ya sea en especies o en numerario de no menos de Lps 50,000.00 9 En el mismo certificado de Autenticidad se puede legalizar fotocopias y Firmas.
Tiempo: 4‐6 Meses
Ubicación: Deberá presentarse a la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP)
Nombre del Trámite: Personalidad jurídica de las organizaciones privadas de desarrollo financieras (OPDF) Requisitos: 1. Solicitud dirigida al Secretario en los Despachos del Interior y Población; Acompañando un timbre de Lps.10.00; asimismo deberá especificar el nivel de actividad al que habrán de dedicar la OPDF (Art. 8 de la Ley, 11 y 12 del reglamento. 2. Carta poder emitida a favor del apoderado legal; 3. Una Certificación que contenga lo siguiente: ‐ Punto de Acta de Constitución de la OPDF (Art. 9 del Reglamento); ‐ Punto de Acta de Aprobación del proyecto Estatutos (Art. 10 del Reglamento); ‐ Punto de Acta de Elección de Junta de Directiva Actual; ‐ Punto de Acta donde la Asamblea General faculta al presidente para conferir poder; 4. Deberá acompañar lo siguiente: a) Acreditar mediante certificado bancario de depósito no en cuenta por un millón de lempiras (Lps 1,000, 000.00) a nombre de la OPDF, en caso del primer nivel. b) Acreditar mediante certificado bancario de depósito no en cuenta por un monto de Diez millones de lempiras (Lps. 10, 000,000.00) a nombre de la OPDF, en caso del segundo nivel. 5. Presentar flujo grama de proyectos financiero a implementar en la OPDF tanto para los créditos y recuperaciones (Art. 8 numeral 4 de la Ley OPDF) 6. Un ejemplar del proyecto de estatutos debidamente certificados y autenticados siguientes estructura:
a) Capitulo I de la creación, denominación, duración y domicilio (Art. 5, 6, 7 y 8 del Reglamento OPDF) b) Capitulo II de los fines y objetivos (Art. 4 y 41 del Reglamento OPDF) c) Capitulo III de los miembros incluyendo clases de miembros, deberes y obligaciones de los miembros. d) Capitulo IV de la administración y representación, fijándole a cada órgano las atribuciones consignadas en la ley y su reglamento. (Art. Del 16 al 33 de la ley y del 18 al 36 del Reglamento OPDF). e) Capitulo V del patrimonio. (Art 10 de la Ley, 15, 16, 17 del reglamento OPDF). f) Capitulo VI de la asociación y función (Art. Del 34 al 31 de la Ley y 37 del reglamento OPDF). g) Capitulo VII de las atribuciones y retribuciones de las OPDF (Art. 38 de la ley OPDF). h) Capitulo VIII de las obligaciones de las OPDF (Art. Del 39 al 44 de la ley y 49 del Reglamento OPDF). i) Capitulo IX de las prohibiciones de las OPDF (Art. 45 y 46 de la Ley OPDF) j) Capitulo X de la disolución y liquidación ( Art. Del 37 al 40 del Reglamento OPDF) k) Capitulo XI de las disposiciones finales (Art. 47 de la Ley y 56 del Reglamento OPDF) l) Capitulo XII de las disposiciones transitorias ( Art.50 de la Ley y 56 del Reglamento OPDF). 7. Proporcionar un listado de los asociados fundadores y de sus ejecutivos con sus currículos, asimismo adjuntando las constancias de la D.G.I.C. de no tener denuncias ni antecedentes penales, así como los juzgados correspondientes de su domicilios; declaración jurada debidamente autenticada; referencias comerciales y bancarias; copia fotostáticas de la tarjeta de identidad debidamente autenticada para acreditar la nacionalidad y para los extranjeros debidamente autorizados para ejercer actos de comercio, señalar el numero de resolución donde se le otorgo su residencia y donde se le autorizo; en caso de personas jurídicas copias fotostática autenticada de la escritura de constitución de la
escritura de constitución registrada y constancia de estar al día con sus responsabilidades tributarias y fiscales( Art. 6 de la Ley OPDF) • En el mismo certificado de Autenticidad se pueden legalizar fotocopias y firmas. Ubicación: Deberá presentarse a la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Personalidad jurídica (Iglesia) Requisitos: 7. Presentar solicitud dirigida al Secretario de Estado en los Despachos del Interior y Población, mas domicilio exacto, persona de contacto, teléfonos fijos y móviles, timbres por el valor de Lps. 10.00, o haciendo el Pago de TGR‐1 de Lps. 10.00 imprimirlo de la pagina web de finanzas http://www.sefin.gob.hn (tiene cualquiera de las dos opciones) 8. Carta Poder a favor del apoderado legal, debiéndose autenticar por Notario la firma del mandante, en donde se exprese con claridad las generales del profesional del derecho y las facultades con las cuales lo inviste, incluyendo la dirección y número de teléfono de donde despache sus asuntos profesionales. “esta carta poder deberá ser otorgada por el miembro de la junta Directiva facultado expresamente para este tipo de acto conforme a los estatutos o por el señala la Asamblea General. 9. Certificación que contenga lo siguiente: 9 Acta de constitución o fundación, consignando los nombres de los miembros fundadores. En caso de que está constituida por personas jurídicas deberán acreditar dicha existencia, así mismo acreditar la representación con la que actúan en nombre de dichas organizaciones. 9 Elección de junta Directiva 9 Discusión y Aprobación del proyecto de Estatutos. 9 El punto de Acta en donde la Asamblea General faculta al representante legal de la persona Jurídica para conferir poder a un profesional del derecho para llevar a cabo las diligencias ante la Secretaria del Interior y Población “De este extremo deberá hacerse relación en la carta poder que se otorgue a favor del profesional del derecho. Todo debidamente autenticado. 10.Un ejemplar del proyecto de los Estatutos siguiendo la estructura Siguiente: 9 Capítulo I: Constitución, Denominación, Duración y Domicilio Exacto. 9 Capítulo II: De los Objetivos
9 Capítulo III: De los Miembros (Clases de miembros, incluyendo los deberes y obligaciones de los miembros) 9 Capítulo IV: De los Órganos (Incluir los artículos relacionados a los órganos que lo dirigen (Asamblea General, junta Directiva, Comités, etc), determinando además las atribuciones de cada uno de los órganos “en el caso de los patronatos, deberá ser la fiscalía un órgano independiente de la junta directiva. Los requisitos deberán de ajustarse a lo preceptuado en el artículo 62 reformado (D.127‐ 2000) de la Ley de Municipalidad. 9 Capitulo V: Del Patrimonio 9 Capítulo VI: De la Disolución y liquidación. 9 Capítulo VII: Disposiciones Generales. 11.Fotocopia autenticada por notario de las Tarjetas de Identidad de los miembros de la Junta Directiva “estas deberán presentarse en hojas de papel tamaño oficio completas y por ambos lados, NO se aceptaran copias recortadas, obscuras e ilegibles. 12.Acompañar un disquete o CD que contenga los estatutos de las personas Jurídica (Word 98 o versión más reciente en ambiente de Windows). 13.Listado de miembros, con un mínimo de diez (10) integrantes. Cuando entre sus objetivos existan otros además de la predicación del evangelio, deberán presentar: 14.Proyectos a ejecutar de conformidad con sus objetivos o finalidades. 15.Fuentes de financiamiento. 16. Instituciones gubernamentales con las cuales se relacionara. 17. Reseña curricular de los miembros de la Junta Directiva o personal calificado para llevar a cabo los proyectos. • En el mismo certificado de autenticidad se puede legalizar fotocopias y firmas. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en la Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Personalidad Jurídica (Junta de Agua) Requisitos: 1. Presentar solicitud dirigida al Secretario de Estado en los Despachos del Interior y Población, mas domicilio exacto, persona de contacto, teléfonos fijos y móviles. 2. Carta Poder a favor del apoderado legal, debiéndose autenticar por Notario la firma del mandante, en donde se exprese con claridad las generales del profesional del derecho y las facultades con las cuales lo inviste, incluyendo la dirección y número de teléfono de donde despache sus asuntos profesionales. “esta carta poder deberá ser otorgada por el miembro de la junta Directiva facultado expresamente para este tipo de acto conforme a los estatutos o por el señala la Asamblea General. 3. Certificación que contenga lo siguiente: 9 Acta de constitución o fundación, consignando los nombres de los miembros fundadores. En caso de que está constituida por personas jurídicas deberán acreditar dicha existencia, así mismo acreditar la representación con la que actúan en nombre de dichas organizaciones. 9 Elección de junta Directiva. 9 Discusión y Aprobación del proyecto de Estatutos. 9 El punto de Acta en donde la Asamblea General faculta al representante legal de la persona Jurídica para conferir poder a un profesional del derecho para llevar a cabo las diligencias ante la Secretaria del Interior y Población “De este extremo deberá hacerse relación en la carta poder que se otorgue a favor del profesional del derecho. Todo debidamente autenticado. 4. Un ejemplar del proyecto de los Estatutos siguiendo la estructura Siguiente: 9 Capítulo I: Constitución, Denominación, Duración y Domicilio Exacto. 9 Capítulo II: De los Objetivos 9 Capítulo III: De los Miembros (Clases de miembros, incluyendo los deberes y obligaciones de los miembros)
9 Capítulo IV: De los Órganos (Incluir los artículos relacionados a los órganos que lo dirigen (Asamblea General, junta Directiva, Comités, etc), determinando además las atribuciones de cada uno de los órganos “en el caso de los patronatos, deberá ser la fiscalía un órgano independiente de la junta directiva. Los requisitos deberán de ajustarse a lo preceptuado en el artículo 62 reformado (D.127‐ 2000) de la Ley de Municipalidad. 9 Capitulo V: Del Patrimonio 9 Capítulo VI: De la Disolución y liquidación. 9 Capítulo VII: Disposiciones Generales. 5. Fotocopia autenticada por notario de las Tarjetas de Identidad de los miembros de la Junta Directiva “estas deberán presentarse en hojas de papel tamaño oficio completas y por ambos lados, NO se aceptaran copias recortadas, obscuras e ilegibles. 6. Acompañar un disquete o CD que contenga los estatutos de las personas Jurídica (Word 98 o versión más reciente en ambiente de Windows) 7. Constancia Original extendida por la corporación Municipal de Domicilio de la Junta de Agua. • En el mismo Certificado de autenticidad se puede legalizar fotocopias y Firmas. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en la Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Personalidad jurídica (Fundaciones) Requisitos: 1. Presentar solicitud dirigida al Secretario de Estado en los Despachos del Interior y Población, mas domicilio exacto, persona de contacto, teléfonos fijos y móviles, timbres por el valor de Lps. 10.00. o haciendo el Pago de TGR‐1 de Lps. 10.00 imprimirlo de la pagina web de finanzas http://www.sefin.gob.hn (tiene cualquiera de las dos opciones) 2. Carta Poder a favor del apoderado legal, debiéndose autenticar por Notario la firma del mandante, en donde se exprese con claridad las generales del profesional del derecho y las facultades con las cuales lo inviste, incluyendo la dirección y número de teléfono de donde despache sus asuntos profesionales. “esta carta poder deberá ser otorgada por el miembro de la junta Directiva facultado expresamente para este tipo de acto conforme a los estatutos o por el señala la Asamblea General. 3. Certificación que contenga lo siguiente: 9 Acta de constitución o fundación, consignando los nombres de los miembros fundadores. En caso de que está constituida por personas jurídicas deberán acreditar dicha existencia, así mismo acreditar la representación con la que actúan en nombre de dichas organizaciones. 9 Elección de junta Directiva 9 Discusión y Aprobación del proyecto de Estatutos. 9 El punto de Acta en donde la Asamblea General faculta al representante legal de la persona Jurídica para conferir poder a un profesional del derecho para llevar a cabo las diligencias ante la Secretaria del Interior y Población “De este extremo deberá hacerse relación en la carta poder que se otorgue a favor del profesional del derecho. Todo debidamente autenticado. 4. Un ejemplar del proyecto de los Estatutos siguiendo la estructura Siguiente: 9 Capítulo I: Constitución, Denominación, Duración y Domicilio Exacto.
9 Capítulo II: De los Objetivos 9 Capítulo III: De los Miembros (Clases de miembros, incluyendo los deberes y obligaciones de los miembros) 9 Capítulo IV: De los Órganos (Incluir los artículos relacionados a los órganos que lo dirigen (Asamblea General, junta Directiva, Comités, etc), determinando además las atribuciones de cada uno de los órganos “en el caso de los patronatos, deberá ser la fiscalía un órgano independiente de la junta directiva. Los requisitos deberán de ajustarse a lo preceptuado en el artículo 62 reformado (D.127‐ 2000) de la Ley de Municipalidad. 9 Capitulo V: Del Patrimonio 9 Capítulo VI: De la Disolución y liquidación. 9 Capítulo VII: Disposiciones Generales. 5. Fotocopia autenticada por notario de las Tarjetas de Identidad de los miembros de la Junta Directiva “estas deberán presentarse en hojas de papel tamaño oficio completas y por ambos lados, NO se aceptaran copias recortadas, obscuras e ilegibles. 6. Acompañar un disquete o CD que contenga los estatutos de las personas Jurídica (Word 98 o versión más reciente en ambiente de Windows) 7. Proyectos a ejecutar de conformidad con sus objetivos o finalidades. 8. Fuentes de financiamiento. 9. Instituciones gubernamentales con las cuales se relacionara. 10.Reseña curricular de los miembros de la Junta Directiva o personal calificado para llevar a cabo los proyectos. 11. Acreditar un patrimonio, ya sea en espacies o en numerario de no menos de Lps. 50,000.00 mediante Balance General debidamente firmado y sellado por perito colegiado, agregando el correspondiente timbre. • En el mismo certificado de Autenticidad se puede legalizar fotocopia y Firmas. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en la Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Personalidad jurídica (Asociaciones, ONG, OPD, Comités, Consejos) Requisitos: 1. Presentar solicitud dirigida al Secretario de Estado en los Despachos del Interior y Población, mas domicilio exacto, persona de contacto, teléfonos fijos y móviles, timbres por el valor de Lps. 10.00. o haciendo el Pago de TGR‐1 de Lps. 10.00 imprimirlo de la pagina web de finanzas http://www.sefin.gob.hn (tiene cualquiera de las dos opciones) 2. Carta Poder a favor del apoderado legal, debiéndose autenticar por Notario la firma del mandante, en donde se exprese con claridad las generales del profesional del derecho y las facultades con las cuales lo inviste, incluyendo la dirección y número de teléfono de donde despache sus asuntos profesionales. “esta carta poder deberá ser otorgada por el miembro de la junta Directiva facultado expresamente para este tipo de acto conforme a los estatutos o por el señala la Asamblea General. 3. Certificación que contenga lo siguiente: 9 Acta de constitución o fundación, consignando los nombres de los miembros fundadores. En caso de que está constituida por personas jurídicas deberán acreditar dicha existencia, así mismo acreditar la representación con la que actúan en nombre de dichas organizaciones. 9 Elección de junta Directiva 9 Discusión y Aprobación del proyecto de Estatutos. 9 El punto de Acta en donde la Asamblea General faculta al representante legal de la persona Jurídica para conferir poder a un profesional del derecho para llevar a cabo las diligencias ante la Secretaria del Interior y Población “De este extremo deberá hacerse relación en la carta poder que se otorgue a favor del profesional del derecho. Todo debidamente autenticado. 4. Un ejemplar del proyecto de los Estatutos siguiendo la estructura Siguiente:
9 Capítulo I: Constitución, Denominación, Duración y Domicilio Exacto. 9 Capítulo II: De los Objetivos 9 Capítulo III: De los Miembros (Clases de miembros, incluyendo los deberes y obligaciones de los miembros) 9 Capítulo IV: De los Órganos (Incluir los artículos relacionados a los órganos que lo dirigen (Asamblea General, junta Directiva, Comités, etc), determinando además las atribuciones de cada uno de los órganos “en el caso de los patronatos, deberá ser la fiscalía un órgano independiente de la junta directiva. Los requisitos deberán de ajustarse a lo preceptuado en el artículo 62 reformado (D.127‐ 2000) de la Ley de Municipalidad. 9 Capitulo V: Del Patrimonio 9 Capítulo VI: De la Disolución y liquidación. 9 Capítulo VII: Disposiciones Generales. 5. Fotocopia autenticada por notario de las Tarjetas de Identidad de los miembros de la Junta Directiva “estas deberán presentarse en hojas de papel tamaño oficio completas y por ambos lados, NO se aceptaran copias recortadas, obscuras e ilegibles. 6. Acompañar un disquete o CD que contenga los estatutos de las personas Jurídica (Word 98 o versión más reciente en ambiente de Windows) 7. Proyectos a ejecutar de conformidad con sus objetivos o finalidades. 8. Fuentes de financiamiento. 9. Instituciones gubernamentales con las cuales se relacionara. 10.Reseña curricular de los miembros de la Junta Directiva o personal calificado para llevar a cabo los proyectos. • En el mismo certificado de Autenticidad se puede legalizar fotocopia y Firmas. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en la Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Reformas de Estatutos de Personalidad Jurídica Requisitos: 1. Solicitud dirigida al secretario de Estado en los Despachos del Interior y Población acompañada de un timbre de LPS. 10.00, indicando el número de la resolución o acuerdo por medio del cual esta Secretaria de Estado confirió personalidad Jurídica a la Asociación. 2. Carta Poder o fotocopia de poder General para pleitos conferido a un profesional del Derecho 3. un ejemplar de las Reformas a los estatutos 4. Una Certificación que contenga lo siguiente: Punto de discusión y aprobación de las reformas de estatutos, junto con un listado de las personas que asistieron a ella, autenticando la firma del Secretario. Elección de la Junta Directiva Actual. 5. Acompañar un Disquete que contenga la reforma a los estatutos de la Personalidad Jurídica en Word 2000 o versión más reciente en ambiente Windows. En el mismo certificado de Autenticidad se puede legalizar fotocopias y Firmas. TIEMPO: Tiene una duración de 2‐ 6 meses si se presentan los documentos en regla. Ubicación: Deberá presentarse a la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Residencias en calidad de inversionista
Requisitos: 1. Presentar solicitud dirigida al Secretario(a) del Interior y Población; 2. Timbres exigidos por la ley que deberán adherirse a la solicitud, por cada uno de los solicitantes; 3. Consignar en la solicitud una dirección de contacto y número de teléfono del lugar en donde residirá el inmigrante; 4. Carta Poder autenticada expresando las generales del apoderado legal, las facultades con las cuales se le inviste, su dirección y número telefónico, fax o correo electrónico, en su caso; 5. El solicitante y cada uno de sus parientes deberá presentar una fotografía reciente de 6 centímetros de alto por 5 centímetros de ancho tomada de frente, consignando en el reverso el nombre de cada uno de ellos según corresponda; 6. Certificación original de movimiento migratorio, extendida por la Dirección General de Migración y Extranjería; 7. Solicitud de ingreso original autorizada por un Cónsul de Honduras, debidamente autenticada y legalizada. En caso que el extranjero se encuentre en Honduras no será necesaria la presentación de la solicitud de ingreso; 8. Certificado de antecedentes penales del país de origen y de su última residencia, debidamente legalizado; 9. Certificación original de no tener denuncias o antecedentes penales, extendida por la Dirección General de Investigación Criminal; 10.Certificación médica extendida dentro de los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud; 11.Fotocopia del pasaporte, debidamente autenticada; 12.Cualquier otra información o documento que requiera la Secretaría de Interior y Población para la más acertada decisión del asunto; y, 13.Todos los documentos procedentes del exterior, deberán presentarse debidamente legalizados y los autorizados en idioma extranjero traducidos oficialmente por la Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores o en los consulados de Honduras.
14.cumplir con los requisitos especiales siguientes: • Presentar ante la Secretaría del Interior y Población un estudio de factibilidad y una propuesta de cronograma, así como el monto de la inversión. • El interesado deberá presentar con su solicitud, un certificado de depósito no inferior a cinco mil Dólares de los Estados Unidos de América (US $ 5,000.00) o su equivalente en moneda nacional expedido por el Banco Central de Honduras, a disposición de la Secretaría del Interior y Población, para garantizar que se realizará la inversión; • Constancia de solicitud de inscripción o de estar inscrito en el Registro de Inversionistas de la Secretaría de Industria y Comercio. 15.Acreditar tarifa establecida en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Migración y Extranjería. Ubicación: Deberá presentarse a la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Residencia Dependiente Económico Es el proceso mediante el cual los hijos menores, mayores dependientes y los padres de extranjeros solicitan la residencia, en calidad de Rentista, Pensionado o Inversionista. Requisitos: Se deberá cumplir con lo siguiente: 1. Timbres exigidos por la ley que deberán adherirse a la solicitud, por cada uno de los solicitantes 2. Consignar en la solicitud una dirección de contacto y número de teléfono del lugar en donde residirá el Inmigrante. 3. El solicitante y cada uno de sus parientes deberá presentar una fotografía de ellos de 6 cm x 5cm, según corresponda 4. Carta Poder autenticada expresando las generales del apoderado legal, las facultades con las cuales se le inviste, su dirección y número telefónico, fax o correo electrónico, en su caso, 5. Certificación original de Movimiento Migratorio, extendida por la Dirección General de Migración y Extranjería 6. Solicitud de ingreso original autorizada por un Cónsul de Honduras, debidamente autenticada y legalizada. 7. En caso que el extranjero se encuentre en Honduras no será necesaria la presentación de la solicitud de ingreso, 8. Certificado de Antecedentes Penales del País de origen y de su última residencia, debidamente legalizado, 9. Certificación original de no tener denuncias o antecedentes penales, extendida por la Dirección General de Investigación Criminal, 10.Certificación Médica, 11.Fotocopia del Pasaporte, debidamente autenticada, 12. Deberán acreditar los documentos de acuerdo al parentesco familiar, respectivamente
13. Acreditar la tarifa establecida en el artículo 126 numeral 2…$150.00 NOTA: Algunos requisitos se exceptúan cuando son menores de edad. Ubicación: Deberá presentarse a la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Residencia como extranjero por vínculo familiar. Es el proceso mediante el cual los extranjeros solicitan residencia por tener vínculo familiar con hondureños por nacimiento. Requisitos: Se deberá cumplir con lo siguiente: 1. Presentar solicitud dirigida al Secretario del Interior y población; a. Timbres exigidos por la ley que deberán adherirse a la solicitud, por cada uno de los solicitantes. b. Consignar en la solicitud una dirección de contacto y número de teléfono del lugar en donde residirá el Inmigrante. c. El solicitante y cada uno de sus parientes deberá presentar una fotografía de ellos de 6 cm x 5cm, según corresponda 2. Carta Poder autenticada expresando las generales del apoderado legal, las facultades con las cuales se le inviste, su dirección y número telefónico, fax o correo electrónico, en su caso. 3. Certificación original de Movimiento Migratorio, extendida por la Dirección General de Migración y Extranjería. 4. Solicitud de ingreso original autorizada por un Cónsul de Honduras, debidamente autenticada y legalizada. En caso que el extranjero se encuentre en Honduras no será necesaria la presentación de la solicitud de ingreso. 5. Certificado de Antecedentes Penales del País de origen y de su última residencia, debidamente legalizado, 6. Certificación original de no tener denuncias o antecedentes penales, extendida por la Dirección General de Investigación Criminal, Certificación Medica, 7. Fotocopia del Pasaporte, debidamente autenticada, 8. Deberán acreditar los documentos de acuerdo al parentesco familiar, respectivamente 9. Acreditar la tarifa establecida en el artículo 126 numeral 4 ($200.00)
INFORMACIÓN ADICIONAL: * Agregar cualquier otra información o documento que requiera la Secretaría del Interior y población para la más acertada decisión del asunto. Ubicación: Deberá presentarse a la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Residencia como extranjero por tener vínculo matrimonial o unión de hecho con hondureño(a) por nacimiento Requisitos: 1. Presentar solicitud dirigida al Secretario del Interior y Población, conteniendo lo siguiente: a) Timbres exigidos por la ley que deberán adherirse a la solicitud, por cada uno de los solicitantes; (de L 100.00 de contratación) b) El solicitante y cada uno de sus parientes deberá presentar una fotografía reciente de 6 cm. de alto por 5 cm. de ancho tomada de frente, consignando en el reverso el nombre de cada uno de ellos según corresponda; c) Consignar en la solicitud una dirección de contacto y número de teléfono del lugar en donde residirá el inmigrante. 2. Los extranjeros que contraigan matrimonio o establezcan unión de hecho reconocida con hondureños, podrán adquirir residencia después de tres (3) años de celebrado el matrimonio o reconocida la unión de hecho. Además de cumplir con los requisitos generales establecidos en el artículo 22 de La Ley de Migración y Extranjería, dichos extranjeros deberán acreditar el vínculo matrimonial o de la unión de hecho reconocida y acompañar a la solicitud certificación original del Acta de Nacimiento y la fotocopia de la Tarjeta de Identidad del cónyuge o compañero de hogar hondureño, debidamente autenticada por Notario. 3. Certificación original de movimiento migratorio, extendida por la Dirección General de Migración y Extranjería; 4. Certificado de antecedentes penales del país de origen y de su última residencia, debidamente legalizado. 5. Certificación original de no tener denuncias o antecedentes penales, extendida por la Dirección General de Investigación Criminal. 6. Carta Poder autenticada expresando las generales del apoderado legal, las facultades con las cuales se le inviste, su dirección y número telefónico, fax o correo electrónico, en su caso;
7. Certificación médica extendida dentro de los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud. 8. Fotocopia del pasaporte, debidamente autenticada. 9. Solicitud de ingreso original autorizada por un Cónsul de Honduras, debidamente autenticada y legalizada. En caso que el extranjero se encuentre en Honduras no será necesaria la presentación de la solicitud de ingreso. 10.Acreditar tarifa establecida en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Migración y Extranjería. ($200.00) INFORMACIÓN ADICIONAL: Agregar cualquier otra información o documento que requiera la Secretaría del Interior y Población para la más acertada decisión del asunto. Todos los documentos procedentes del exterior, deberán presentarse debidamente legalizados y los autorizados en idioma extranjero traducidos oficialmente por la Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores o en los consulados de Honduras. Tiempo: Duración de 3 meses INFORMACIÓN ADICIONAL: *Agregar cualquier otra información o documento que requiera la Secretaría del Interior y Población para la más acertada decisión del asunto. *Todos los documentos procedentes del exterior, deberán presentarse debidamente legalizados y los autorizados en idioma extranjero traducidos oficialmente por la Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores o en los consulados de Honduras. *Si solicita Constancia de estar en trámite y/o Certificación se cancelarán lps.200.00, por cada una.
Las tasas y derechos se pagarán contra entrega de recibo oficial de pago de la Tesorería General de la República cancelados en las instituciones autorizadas del sistema financiero nacional. Ubicación: Deberá presentarse a la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Residencia por Naturalización Requisitos: 1.‐ Presentar Solicitud dirigida al secretario del Interior y Población, que contenga lo siguiente: a) Timbres exigidos por la Ley que deberá adherirse a la solicitud, cada uno de los solicitantes. b) Fotografía reciente de 6 cm de alto por 5 cm de ancho, tomada de frente, consignando en el reverso el nombre del titular. c) Fotografía autenticada del pasaporte (entregar pasaporte original cuando se notifica de la resolución). d) Consignar en la solicitud el número y fecha de la resolución de residencia o del permiso especial de permanencia. 2.‐Certificación original de matrimonio si es casado con hondureño por nacimiento extendida dentro de los (30) días anteriores a la presentación de la solicitud y si el matrimonio se realizo en el extranjero la certificación debe ser legalizada para surtir efectos legales en Honduras. 3.‐ Certificación original de nacimiento del conyugue hondureño y de los hijos si los hubiese. 4.‐Certificación original de nacimiento del solicitante debidamente legalizado para surtir efecto legal en Honduras. 5.‐constancia de no haber cometido violaciones a la Ley de Migración y Extranjería y el Reglamento de dicha Ley. 6.‐Certificación de Movimiento Migratorio extendida por la Dirección de Migración y Extranjería. 7.‐Constancia originales de los juzgados de sus domicilios en Honduras de no tener antecedentes penales.
8.‐Constancia original de no tener denuncias, extendidas por la Dirección General de Investigación Criminal. 9.‐Acreditar que posee patrimonios, profesión, oficio, actividad o industria lícitos, que le permitan al solicitante vivir independientemente o que depende económicamente de su conyugue o de sus padres. 10.‐Certificación medica. 11.‐Declaración Jurada en los términos referidos en el articulo 64 de la Ley de migración y Extranjería, debiéndose autenticar la firma del declarante por Notario. 12.‐Constancias actuales de solvencia de impuestos municipales e impuestos sobre la renta. 13.‐Constancias de solvencias del IHSS e INFOP en caso de ser propietario de empresas o negocios. 14.‐Carta Poder autenticada expresando las generales del apoderado legal, las facultades con las cuales se le inviste. 15.‐Certificación original de inscripción en el registro nacional de extranjero dirección y número telefónico, fax o correo electrónico, en su caso. 16.‐ Acreditar tarifas establecidas en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Migración y Extranjería. ‐Naturalizaciones para centroamericanos
($200.00)
‐Naturalizaciones para iberoamericanos
($300.00)
‐Naturalizaciones para nacionalidades restantes ($400.00) Si fuese fundamentada en el artículo 24 numeral 6 de la Constitución de la República agregar: 1) Certificación original de matrimonio si es casado con hondureño por nacimiento extendida dentro de los treinta (30) anteriores a la
presentación de la solicitud y si el matrimonio se realizo en el extranjero la certificación debe ser legalizada para surtir efectos legales en Honduras. 2) Certificación original de nacimiento del conyugue hondureño y de los hijos si los hubiese. 3) Antecedentes penales del país de origen del solicitante debidamente legalizado y traducido. INFORMACION ADICIONAL: *Agregar cualquier otra información o documento que requiera la Secretaria del Interior y Población para la más acertada Decisión del asunto. *Todos los documentos procedentes del exterior, deberán presentarse debidamente legalizados y autorizados en idioma extranjero traducidos oficialmente por la Secretaria de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores o en los consulados de Honduras * En la solicitud deberá hacerse una clara relación de los lugares en donde el peticionario haya residido en el territorio nacional, especificando direcciones exactas y números de teléfono. Además deberá consignar su dirección exacta y número de teléfono actuales. Ubicación: Deberá presentarse a la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Residencia para rentista Es el proceso mediante el cual todo extranjero solicita residencia para obtener rentas permanentes y estables provenientes del exterior o generadas por inversiones en el Sistema Financiero Nacional. Requisitos: 1. Presentar solicitud dirigida al Secretario del Interior y Población; a) Timbres exigidos por la ley que deberán adherirse a la solicitud, por cada uno de los solicitantes. b) Consignar en la solicitud una dirección de contacto y número de teléfono del lugar en donde residirá El inmigrante. c) El solicitante y cada uno de sus parientes deberá presentar una fotografía de Ellos de 6 cm x 5cm, según corresponda 2. Carta Poder autenticada expresando las generales del apoderado legal, las facultades con las cuales se le inviste, su dirección y número telefónico, fax o correo electrónico, en su caso. 3. Certificación original de Movimiento Migratorio, extendida por la Dirección General de Migración y Extranjería. 4. Solicitud de ingreso original autorizada por un Cónsul de Honduras, debidamente autenticada y legalizada. En caso que el extranjero se encuentre en Honduras no será necesaria la presentación de la solicitud de ingreso. 5. Certificado de Antecedentes Penales del País de origen y de su última residencia, debidamente legalizado. 6. Certificación original de no tener denuncias o antecedentes penales, extendida por la Dirección General de Investigación Criminal. 7. Certificación Medica 8. Fotocopia del Pasaporte, debidamente autenticada. 9. Constancia u otro documento de la Institución u otro organismo, donde se acredita que disfruta de rentas permanentes, lícitas y estables generadas en el exterior o en territorio nacional, no menores de DOS MIL QUINIENTOS DÓLARES (USD 2,500.00), mensuales, moneda de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional.
10. Constancia emitida por una Institución del Sistema Financiero Nacional, donde se haga constar además del nombre, numero de cuenta etc; que las transferencias o depósitos efectuados en dicha cuenta son realizados en concepto de Renta. 11.Acredita la tarifa establecida en el artículo 126 numeral 3…$300.00 INFORMACIÓN ADICIONAL: *Agregar cualquier otra información o documento que requiera la Secretaría del Interior y Población para la más acertada decisión del asunto. *Todos los documentos procedentes del exterior, deberán presentarse debidamente legalizados y los autorizados en idioma extranjero traducidos oficialmente por la Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores o en los consulados de Honduras. *Si solicita Constancia de estar en trámite y/o Certificación se cancelarán lps.2000.00, por cada una. Las tasas y derechos se pagarán contra entrega de recibo oficial de pago de la Tesorería General de la República cancelados en las instituciones autorizadas del sistema financiero nacional.
Ubicación: Deberá presentarse a la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Secretaría General (SEIP) Nombre del Trámite: Residencia como pensionados Es el extranjero que tiene o cobra una pensión de manera permanente o temporal, otorgada por meritos o servicios prestados a un empleador. Requisitos: 1. Presentar solicitud dirigida al Secretario del Interior y Población, conteniendo lo siguiente: a) Timbres exigidos por la ley que deberán adherirse a la solicitud, por cada uno de los solicitantes; b) El solicitante y cada uno de sus parientes deberá presentar una fotografía reciente de 6 cm. de alto por 5 cm. de ancho tomada de frente, consignando en el reverso el nombre de cada uno de ellos según corresponda; c) Consignar en la solicitud una dirección de contacto y número de teléfono del lugar en donde residirá el inmigrante; 2. Presentar un certificado de la institución de la cual reciben la pensión. Igualmente deberán presentar evidencia que la pensión será percibida en Honduras por medio de una institución del sistema financiero nacional; 3. Certificación original de movimiento migratorio, extendida por la Dirección General de Migración y Extranjería; 4. Certificado de antecedentes penales del país de origen y de su última residencia, debidamente legalizado; 5. Certificación original de no tener denuncias o antecedentes penales, extendida por la Dirección General de Investigación Criminal; 6. Carta Poder autenticada expresando las generales del apoderado legal, las facultades con las cuales se le inviste, su dirección y número telefónico, fax o correo electrónico, en su caso; 7. Certificación médica extendida dentro de los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud; 8. Fotocopia del pasaporte, debidamente autenticada; 9. Solicitud de ingreso original autorizada por un Cónsul de Honduras, debidamente autenticada y legalizada. En caso que el extranjero se
encuentre en Honduras no será necesaria la presentación de la solicitud de ingreso; 10. Acreditar tarifa establecida en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Migración y Extranjería. ($300.00) INFORMACIÓN ADICIONAL:
Agregar cualquier otra información o documento que requiera la Secretaría del Interior y Población para la más acertada decisión del asunto Todos los documentos procedentes del exterior, deberán presentarse debidamente legalizados y los autorizados en idioma extranjero traducidos oficialmente por la Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores o en los consulados de Honduras.
Tiempo: 3 mese Ubicación: Deberá presentarse a la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
DISCAPACIDAD (SEIP) Nombre del Trámite: Becas y Ayudas Sociales para la inclusión de personas con discapacidad Es el proceso en el cual se les brinda a las personas con discapacidad una ayuda directa que favorezca su inclusión en aspectos educativos, laborales, artísticos, deportivos y sociales. Este proceso está facilitado por un Comité Interinstitucional de carácter técnico conformado por miembros de redes del sector de discapacidad y Sector Gobierno con un reglamento, con la finalidad de hacer transparente y equitativo el proceso. Requisitos: Beneficiarios/a: 1. Ser una persona con discapacidad sustancial 2. Presentar una solicitud ante el Comité de Becas y Ayudas Sociales a través de las instituciones, asociaciones y estos a sus respectivas redes. 3. Presentar estudio socio‐económico que justifiquen la necesidad de la ayuda. 4. Constancia de discapacidad o necesidad educativa especial otorgada por la institución u organización. 5. Cotización y presupuesto de lo solicitado. 6. Copia de la identidad, en el caso de ser menor de edad, copia de Partida de Nacimiento. 7. Compromiso del beneficiario con el buen uso de la asignación y de la institución proponente en el monitoreo y firma de pagaré de la SEIP.
Tiempo: Aproximadamente, el proceso para la aprobación de becas y ayudas sociales toma 2 meses a partir del ingreso de la solicitud. Ubicación: La Dirección General de Desarrollo para las Personas con Discapacidad (DIGEDEPDI) de la Secretaría del Interior y Población se encuentra ubicada en la colonia Tepeyac frente al Restaurante Palacio Real.
Discapacidad (SEIP) Nombre del Trámite: Gestión de Proyectos a las instituciones (DIGEDEPDI) Es el procedimiento de adjudicación de transferencia para desarrollo de proyectos a ONG´S del sector de discapacidad. Requisitos: 1. Las instituciones y asociaciones deberán presentar la solicitud a través de redes del sector. 2. Los proyectos deben estar enfocados en áreas prioritarias establecidas en el reglamento. 3. Cumplir con los requerimientos técnicos y administrativos establecidos por la SEIP que son evaluados en su Comité de adjudicación de proyectos. 4. Al ser aprobados, la red firma a la Secretaría un pagaré que garantice el uso efectivo de fondos y la institución o asociación a la red. Asimismo, el Dictamen de la aprobación de las transferencias de fondos se basará en el apego a las áreas prioritarias establecidas, comprobación del cumplimiento de los requisitos preparados con este fin: Requisitos a cumplir por las redes, instituciones y asociaciones: 1. Nota de solicitud del fondo dirigida al Gerente Administrativo de la Secretaria del Interior y Población. 2. Documento de proyecto. 3. Documentos de soporte institucional que acompañen a cada solicitud. a. Copia de personaría jurídica, y RTN institucional. b. Inscripción en SIAFI. c. Documentación del representante legal y tesorero (Copia de la tarjeta de identidad y RTN personal). d. Constancia de registro de Junta Directiva en URSAC. e. Recibo a nombre de la Tesorería General de la República. f. Plan de inversión.
Todos estos documentos se presentarán con dos copias dirigidas a la DIGEDEPDI y se solicitarán los originales con la finalidad de realizar un chequeo que avale la autenticidad de los mismos. Tiempo: Aproximadamente el proceso para las transferencias de fondos para proyectos es de 3 meses. Ubicación: La Dirección General de Desarrollo para las Personas con Discapacidad (DIGEDEPDI) de la Secretaría del Interior y Población se encuentra ubicada en la colonia Tepeyac frente al Restaurante Palacio Real.
Discapacidad (SEIP) Nombre del Trámite: Registro e identificación de Personas con Discapacidad Es el proceso en el cual se registran e identifican con un carné a las personas con discapacidad. La Dirección General de Desarrollo para las Personas con Discapacidad (DIGEDEPDI) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en la colonia Tepecya frente al Restaurante Palacio Real. Requisitos: Actualmente, este proceso de aplicación de la ficha para el registro es coordinado por las redes del sector y es desarrollado en un primer momento para las personas que asisten a una institución, asociación privada sin fines de lucro o servicio relacionado. Las personas que no están inscritas y que laboran pueden remitirse al la Unidad de Medicina Física y Rehabilitación del IHSS, ya sea de Tegucigalpa o San Pedro Sula. Las personas que no están inscritas y que no laboran pueden remitirse al Centro de Rehabilitación Integral Teletón, a la Unidad de Medicina Física de Rehabilitación del Hospital San Felipe o a PROSENE de la UNAH. La persona con discapacidad necesita presentar lo siguiente: 1. Tarjeta de Identidad o Partida de Nacimiento en el caso de menores de edad. 2. Fotografía tamaño postal con fondo blanco. 3. Ficha de Diagnóstico que demuestre ser una Persona con Discapacidad sustancial (33% de discapacidad o más presentada por un periodo de un año).
Tiempo: Este trámite tiene una duración aproximadamente de 1 mes, a partir de la entrega de información por la institución, asociación o red del sector de discapacidad. Ubicación: La Dirección General de Desarrollo para las Personas con Discapacidad (DIGEDEPDI) de la Secretaría del Interior y Población se encuentra ubicada en la colonia Tepeyac frente al Restaurante Palacio Real.
Discapacidad (SEIP) Nombre del Trámite: Quejas del Sector Discapacidad Es el proceso en el cual se atienden todo tipo de queja por discriminación ya sea directa o indirecta que tenga por finalidad tratar de una manera diferente y menos favorable a las personas con discapacidad. Requisitos:
Para interponer cualquier queja puede hacerse de manera verbal o por escrito presentándose a la Dirección General de Desarrollo para las Personas con Discapacidad (DIGEDEPDI) de la Secretaría del Interior y Población Ubicada en la Colonia Tepeyac Frente al Restaurante Palacio Real. En la DIGEDEPDI, la persona que interponga la denuncia será atendido por el encargado de la Unidad de Exigibilidad de Derechos quien procederá a llenar un formato general de denuncias en el cual, entre otras cosas se pregunta: • Datos generales de la persona que interpone la denuncia (nombre, dirección, etc.) • Datos generales de la persona con discapacidad a quien se le violaron sus derechos: nombre, dirección, edad, tipo de discapacidad, etc. • Relación de denunciante con la víctima. • Descripción detallada de los hechos que suponen una discriminación o violación de los derechos, el nombre de la persona, cargo o institución violadora de derechos, lugar, fecha, entre otras cosas. *Si la denuncia procede se apertura el expediente y se remite a la Secretaría de Registro donde la denuncia es ingresada en el sistema para su seguimiento.
Tiempo: Las denuncias y quejan toman aproximadamente 1 mes para su debida investigación, resolución o referencia. Ubicación: La Dirección General de Desarrollo para las Personas con Discapacidad (DIGEDEPDI) de la Secretaría del Interior y Población se encuentra ubicada en la colonia Tepeyac frente al Restaurante Palacio Real.
URSAC (SEIP) Nombre del Trámite: Denuncias de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC) Es el trámite que se realiza cuando ciertos miembros de la asociación no están conformes con las actuaciones de los demás miembros; por lo que se presentan a nuestra unidad personalmente y por escrito interponen la queja o denuncia de dichas actuaciones. Requisitos: El peticionario se avoca a la unidad e interpone la denuncia, la cual tiene que ser presentada mediante escrito y asimismo se debe anexar pruebas de la denuncia para que luego se le dé el trámite correspondiente. Tiempo: Este trámite tiene una duración de 30 a 40 días hábiles. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en la Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
URSAC (SEIP) Nombre del Trámite: Solicitud de Constancia tanto de Registro de Asociación, de Junta Directiva como de Estado Financiero Es el proceso el cual se hace cuando los interesados solicitan la emisión de constancia ya sea de Asociación, de Junta Directiva, como de Estado Financiero con el objetivo de tener el comprobante para hacer cualquier trámite legal o financiero fuera de la Secretaría. Requisitos: El peticionario al llegar a solicitar una constancia ya sea de registro de Asociación Civil, Junta Directiva o de Estado Financiero, la persona debe de traer una solicitud de emisión de constancia y cancelar una boleta de Lps. 200.00 Tiempo: Este trámite tiene una duración de 30 a 40 días hábiles. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en la Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
URSAC (SEIP)
Nombre del Trámite: Solicitud de Impugnación de Juntas Directivas Es el proceso legal que se lleva a cabo en la URSAC cuando existen problemas internos en una asociación por no estar de acuerdo con los directivos. Requisitos: Por medio de un Apoderado Legal, se presenta el Escrito de Impugnación y por medio del Numeral Séptimo del Acuerdo Ejecutivo 770‐A‐2003 resolvemos la solicitud respectivamente. Tiempo: La solicitud se resuelve en un máximo de 40 días hábiles. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en la Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
URSAC (SEIP) Nombre del Trámite: Solicitud de Inscripción de Registro de Asociaciones Civiles a petición de parte o de oficio Es el proceso el cual se lleva a cabo una vez que el Apoderado Legal de determinada asociación solicita directamente en nuestra unidad la inscripción de la Personería Jurídica. Es de oficio este trámite, cuando las asociaciones solicitan inscripción de su Junta Directiva y no están registradas en URSAC, en donde se procede de oficio a realizar la inscripción de la Personería Jurídica de dicha asociación. Requisitos: Para este trámite deberá presentar lo siguiente: • Escrito de solicitud de registro y emisión de constancia dirigido al Secretario General. • Copia de la Certificación de la Resolución de Personalidad Jurídica. • Datos Generales de la asociación: a. Nombre exacto de la asociación b. Dirección exacta c. Teléfonos d. Fax e. Correo electrónico f. Otros • Boleta cancelada por valor de Lps. 200.00 (Ley de Equilibrio Financiero) en caso de solicitar constancia.
Nota: Las boletas de pago se extienden en la Unidad de Atención al Ciudadano de la Secretaría General. En el mismo Certificado de Autenticidad se puede legalizar fotocopias y firmas. Si el trámite es realizado por Apoderado Legal, el mismo deberá acreditar la Carta Poder correspondiente. Tiempo: Este trámite tiene una duración de 30 a 40 días hábiles.
Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en la Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
URSAC (SEIP) Nombre del Trámite: Solicitud para inspecciones a petición de las Asociaciones Civiles Es el proceso en el cual se realiza cuando miembros de una asociación solicitan a nuestra unidad que se realice una inspección en la asociación ya sea por irregularidades que se están dando o porque se quiere que se conozca de cerca el trabajo que ellos realizan. Requisitos: Para este trámite, el peticionario debe presentar la solicitud en URSAC de la Secretaría del Interior y Población Ubicada en la Colonia Tepeyac Frente al Restaurante Palacio Real. Tiempo: Depende el carácter de urgencia que tenga el peticionario para que se lleve a cabo la inspección. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en la Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
URSAC (SEIP) Nombre del Trámite: Solicitud de modificación de Junta Directiva Es el proceso que se lleva a cabo una vez que el Apoderado Legal de una asociación solicita la inscripción de modificación de la Junta Directiva conforme a lo establecido en sus estatutos y lo requerido por esta unidad. Requisitos: Al llegar el peticionario se verifica si está vigente o no la Junta Directiva y luego se le dan los requisitos. Si no está vigente, se procede a registrar la actual Junta Directiva. Para dicho trámite deberá presentarse a la URSAC de la Secretaría del Interior y Población Ubicada en la Colonia Tepeyac Frente al Restaurante Palacio Real. Tiempo: Este trámite tiene una duración de 30 a 40 días hábiles. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en la Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
URSAC (SEIP) Nombre del Trámite: Requisitos para solicitar la Emisión de Constancias Requisitos: 1. Escrito de solicitud de emisión de constancia, dirigido al Secretario General Abogado. Pastor Aguilar. 2. Boleta cancelada por valor de doscientos lempiras (Lps. 200.00) ley de equilibrio financiero, y si no han cumplido con los requisitos anteriormente señalados deberá acompañarlos con dicha solicitud. Nota: las boletas de pago se extienden en la Unidad de Atención al Ciudadano de la Secretaria General de la Secretaria del Interior y Población. En el miso certificado de autenticidad se puede legalizar fotocopias y firmas. Si el tramite es realizado por apoderado legal, el mismo deberá acreditar la carta poder correspondiente. Directora de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC): Abogada Amanda Aguilar. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en la Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
URSAC (SEIP) Nombre del Trámite: Requisitos para registrar una junta directiva Requisitos: 1. Escrito de solicitud de registro y emisión de constancia, dirigido al Secretario General Abogado. Pastor Aguilar. 2. Fotocopia de la convocatoria que hicieron para que los miembros asistieran a la asamblea eleccionaria (fotocopia que tiene que estar autenticada). 3. Certificación del punto del acta de la Asamblea en la que consta la elección de la junta directiva vigente de la asociación (autenticada). 4. Fotocopia del listado de asistencia de los miembros de la asociación que participaron en la elección de la junta directiva, con sus respectivas firmas y números de identidad (si es copia tiene que estar autenticada). 5. Boleta cancelada por valor de doscientos lempiras (Lps. 200.00), ley del equilibrio financiero, en caso de solicitar constancia. 6. Si no ha presentado estados financieros, balances generales y estado de Resultado e informes narrativos de las actividades realizadas en los años anteriores desde el 2009, 2010, 2011, deberá presentar dicha información junto con la solicitud. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en la Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Departamento Administrativo Inquilinato DAI (SEIP) Nombre del Trámite: Consignación de Pago en Concepto de Rentas Es el proceso en el cual habiéndose constatado la negativa de la parte arrendadora en recibir los pagos en concepto de renta se autorizan solicitudes de depósitos y retiros de rentas aplicando el 5% con fundamento en el Artículo 76 de la Ley de Inquilinato vigente. Requisitos: El requisito para este proceso es que se constate mediante un inspector del DAI la negativa del arrendador en recibir el pago en concepto de renta, presentar tarjeta de identidad y el último recibo cancelado en concepto de renta. Tiempo: Este trámite se solicita inmediatamente siempre y cuando la parte interesada reúna los requisitos. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse al Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Departamento Administrativo Inquilinato DAI (SEIP) Nombre del Trámite: Constancias extendidas a petición de parte Es el proceso en el cual se extienden constancias a petición de parte por diversas causas. Requisitos: Para dicho trámite deberá presentar una solicitud por escrito y hacer efectivo el pago de Lps. 200.00 según el Artículo 33 de la Ley de Equilibrio Financiero y Protección Social. Tiempo: La elaboración de constancias es en un término no mayor de 3 días. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse al Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Departamento Administrativo Inquilinato DAI (SEIP) Nombre del Trámite: Consultas sobre conflictos en materia de Inquilinato Es el proceso en el cual se reciben y atienden consultas sobre conflictos en materia de inquilinato expuestos por los arrendadores y arrendatarios o sus representantes legales dando asesoramiento a estos sobre sus derechos, deberes y prohibiciones. Requisitos: Si de la consulta nace la denuncia, se solicitan los requisitos para la misma. Tiempo: Tomando en consideración la función que desempeña el DAI, es difícil cuantificar el tiempo. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse al Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Departamento Administrativo Inquilinato DAI (SEIP) Nombre del Trámite: Denuncias del Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI) Es el proceso en el cual interponen reclamos por las partes, ya sea el arrendador o arrendatario notificando a esta autoridad el problema respectivo. Requisitos: Para interponer una denuncia se requiere de lo siguiente: Si es Arrendador: 9 Fotocopia de Tarjeta de Identidad 9 Fotocopia de contrato debidamente registrado •
Si es Apoderado Legal: 9 Copia del carné de colegiación 9 Copia de Carta de Poder autenticada
•
Si es Arrendatario: 9 Copia de la Tarjeta de Identidad 9 Copia del último recibo de pago en concepto de renta 9 Copia del último recibo de pago de servicios públicos
Tiempo: Tomando en consideración la función que desempeña el DAI, es difícil cuantificar el tiempo señalado a realizar esta actividad, porque depende del conflicto que se plantea. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse al Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Departamento Administrativo Inquilinato DAI (SEIP) Nombre del Trámite: Inspecciones del DAI Es el proceso mediante el cual se realizan inspecciones a diferentes inmuebles a solicitud de las partes y a iniciativa de este departamento con el objeto de constatar si los bienes inmuebles arrendados reúnen con los requisitos exigidos por la ley para ser habitados. Requisitos: Arrendador: •
Solicitud por escrito
•
Tarjeta de identidad
•
Contrato de arrendamiento debidamente registrado ante el DAI.
Arrendatario: •
Solicitud por escrito
•
Tarjeta de identidad
• Último recibo de pago acreditando su solvencia en el pago de la renta. Tiempo: Tomando en consideración la función que desempeña el DAI, es difícil cuantificar el tiempo señalado a realizarse ya que depende del lugar a donde se va a realizar la inspección. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse al Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Departamento Administrativo Inquilinato DAI (SEIP) Nombre del Trámite: Registro de Contrato de Arrendamientos del DAI Dando fiel cumplimiento a las obligaciones delegadas al DAI, se vigila la ejecución de los contratos de arrendamientos de viviendas, cuarterías, mesones y locales comerciales con el propósito que la parte arrendadora proceda a registrar los contratos de arrendamiento cumpliendo de esa manera las obligaciones tipificadas en la Ley de Inquilinato. Requisitos: Para este trámite se requiere de lo siguiente: •
Hacer efectivo el pago de Lps. 200.00
•
Presentar original del contrato con tres fotocopias.
Tiempo: Esta actividad se realiza al momento de que el solicitante presente los requisitos exigidos. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse al Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI) de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Adulto Mayor DIGAM (SEIP) Nombre del Trámite: Solicitud de Información del Adulto Mayor Es el proceso en el cual se proporciona información sobre la temática del Adulto Mayor a estudiantes y población en general. Tiempo: Para atender estas solicitudes toma aproximadamente 15 minutos. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse al Departamento de Adulto Mayor de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Adulto Mayor DIGAM (SEIP) Nombre del Trámite: Solicitudes de pensiones del Adulto Mayor Es el proceso en el cual se atienden y reciben todas las solicitudes de pensiones por parte de los Adultos Mayores. Requisitos: Se deberá cumplir con lo siguiente: 1. Tener 60 o más años de edad. 2. Vivir en condiciones de pobreza. 3. No ser beneficiario o recibir bono o pensión de ninguna otra institución, organización o empresa pública o privada sea nacional o extranjera. 4. Tener su domicilio habitual dentro del país. Tiempo: Dependiendo del lugar donde se encuentre el solicitante, toma aproximadamente de 10 a 15 días. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse al Departamento de Adulto Mayor de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Adulto Mayor DIGAM (SEIP) Nombre del Trámite: Quejas de Adultos Mayores Es el proceso en el cual se atienden todo tipo de quejas relacionadas con la supuesta violación de derechos de los Adultos Mayores. Requisitos: Para atender las quejas únicamente deberá presentarse a la Dirección General del Adulto Mayor. Tiempos: Para atender las quejas toma aproximadamente ½ hora.
Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse al Departamento de Adulto Mayor de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
PACTO POR LA INFANCIA (SEIP) Nombre del Trámite: Consultas sobre denuncias de Pacto por la Infancia Es el proceso mediante el cual se da información sobre las consultas referentes a denuncias sobre violación, maltrato infantil y trata de personas.
Requisitos: Para consultas sobre denuncias deberá presentar una solicitud por escrito al Programa Pacto por la Infancia de la Secretaría del Interior y Población. En donde se les remitirá a las autoridades correspondientes. Tiempo: Para atender las consultas sobre denuncias se toma aproximadamente dos días. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Dirección de Pacto por la Infancia de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Pacto por la Infancia (SEIP) Nombre del Trámite: Nombramiento de Defensores Municipales y Comunitarios Incidir y motivar a los alcaldes municipales para lograr que en Cabildo Abierto sea nombrado el Defensor Municipal de la Niñez y así cumplir con la Convención de los Derechos de la Niñez.
Requisitos: Los requisitos para este trámite son los siguientes: 9 Ser ciudadano hondureño o ciudadana hondureña 9 Ser originario, originaria o residente por más de 5 años en el municipio 9 Haber cursado la educación primaria completa, como mínimo 9 Ser una persona de reconocida solvencia Moral que tenga conciencia social hacia los niños y niñas e interés por el desarrollo de su municipio 9 Poseer reconocido liderazgo y facilidad de comunicación 9 Tener disponibilidad de tiempo para desarrollar las tareas 9 Que se encuentre en el pleno goce de sus derechos ciudadanos
Tiempo: El tiempo de nombramiento depende de la Corporación Municipal. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Dirección de Pacto por la Infancia de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Pacto por la Infancia (SEIP) Nombre del Trámite: Organización de red de comunicadores infantiles/juveniles
Es el proceso mediante el cual se atienden las solicitudes de las municipalidades para la organización de la red de Comunicadores Infantiles/Juveniles. Requisitos: Asimismo deberá cumplir con lo siguiente: 1. 2. 3. 4. 5.
La solicitud debe ser presentada por el Señor Alcalde. Compromiso de la Municipalidad para la sostenibilidad de la red. Concertación con las escuelas e Institutos de la Comunidad. Aprobación y apoyo de los padres y madres de familia. De 25 a 30 participantes, igual número de niños y niñas. Tiempo: Para atender las solicitudes de las municipalidades sobre la organización de red de comunicadores se toma de 3‐4 días aproximadamente. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Dirección de Pacto por la Infancia de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
Pacto por la Infancia (SEIP) Nombre del Trámite: Solicitud de Capacitaciones al Programa Pacto por la Infancia El defensor o cualquier autoridad municipal tramita las capacitaciones a la Secretaría del Interior y Población para todo tipo de autoridades como ser: colegios, escuelas, centros de salud, Juntas de Agua, sociedad civil en general, etc. Requisitos: De este modo, las autoridades o quienes soliciten la capacitación deben de estar dispuestos a dar apertura y de proveerles de un espacio físico para impartir dichas capacitaciones en el tiempo establecido. Tiempo: Para atender las solicitudes de capacitaciones se toma un máximo de 5 días hábiles. Ubicación: Para dicho trámite deberá presentarse a la Dirección de Pacto por la Infancia de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Colonia Tepeyac, frente al Restaurante Palacio Real.
FORTALECIMIENTO LOCAL (SEIP) Nombre del Trámite: Autorización para el pago de las transferencias del 7% a las municipalidades Es el proceso en el cual se recibe toda la documentación financiera de las 298 municipalidades del país para hacer efectivo el trámite de pago de la transferencia del 7% de acuerdo al Artículo 91 reformado de la Ley de Municipalidades. Este proceso es la autorización, el cual es el primer paso para el trámite de transferencias, que se envía a la Gerencia Administrativa para el siguiente proceso. Requisitos: Trámite del I Trimestre: Para entregar la documentación financiera deberá presentarse a la Dirección General de Fortalecimiento Local de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Residencial la Hacienda, Calle la Estancia. Se debe presentar lo siguiente: 1. La Rendición de Cuentas /Liquidación Presupuestaria del año anterior a más tardar el 31 de enero del año siguiente, misma que también deber ser entregada al Tribunal Superior de Cuentas. 2. El informe trimestral del avance físico y financiero de los proyectos en ejecución a más tardar quince días de finalizado el trimestre o, en su caso, el programa de los proyectos a ejecutarse con el monto a recibir, un mes antes de iniciar los proyectos. 3. El Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos del año actual, incluyendo la planilla o nomina de sueldos y salarios y el Plan de Inversión Municipal a más tardar el 31 de enero del mismo año, para dar cumplimiento a los Artículos 91, 93 y 98, numeral 6) de la Ley de Municipalidades. 4. El Plan de Arbitrios del presente año publicado en el Diario Oficial La Gaceta o en la Gaceta Municipal, o en otros medios de comunicación local.
5. Los informes mensuales de la ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos remitidos a mas tardar el día ocho (8) de cada mes, incluyendo, en su caso, acuerdo de pago suscrito entre el Cuerpo de Bomberos y la Municipalidad en el caso de que exista mora, para dar cumplimiento a los Artículos 93, Numeral 6 de la Ley de Municipalidades y 40 de la Ley de Bomberos de la República. 6. El Informe Semestral sobre la gestión municipal, a más tardar quince (15) días después de cada semestre. Todos los documentos anteriores deben remitirse en cualquier medio electrónico o papel, acompañados de la certificación del punto de acta de aprobación por la Corporación Municipal. Estos requisitos están contenidos en el Decreto Legislativo No. 16‐2010, Artículo No. 92. Tiempo: Aproximadamente este trámite dentro de la Secretaría tiene una duración de un máximo de 1 día. Trámite II Trimestre: 1. Informe de Ingresos y Egresos (mensual) del I Trimestre a más tardar el día 8 de cada mes. 2. Informe Trimestral del avance físico y financiero de los proyectos en ejecución a mas tardar quince días de finalizado el trimestre. Todos los documentos anteriores deben remitirse en cualquier medio electrónico o papel, acompañados de la Certificación del Punto de Acta de Aprobación por la Corporación Municipal. Estos requisitos están contenidos en el Decreto Legislativo No. 16‐2010, Artículo No. 92.
Tiempo: Aproximadamente este trámite dentro de la Secretaría tiene una duración de un máximo de 1 día. Trámite III Trimestre: 1. Informes de Ingresos y Egresos (mensual) del II Trimestre a más tardar el día 8 de cada mes. 2. Informes Trimestral de Avance Físico y Financiero de los proyectos en ejecución a más tardar 15 días. Todos los documentos anteriores deben remitirse en cualquier medio electrónico o papel, acompañados de la certificación del punto de acta de aprobación por la Corporación Municipal. Estos requisitos están contenidos en el Decreto Legislativo No. 16‐2010, Artículo No. 92. Tiempo: Aproximadamente este trámite dentro de la Secretaría tiene una duración de un máximo de 1 día.
Trámite del IV Trimestre (Transferencia): 1. Informe de Ingresos y Egresos (mensuales) del III Trimestre a más tardar 8 días. 2. Informe de Avance Físico y Financiero de los proyectos en ejecución a más tardar 15 días. Todos los documentos anteriores deben remitirse en cualquier medio electrónico o papel, acompañados de la certificación del punto de acta de aprobación por la Corporación Municipal. Estos requisitos están contenidos en el Decreto Legislativo No. 16‐2010, Artículo No. 9 Tiempo: Aproximadamente este trámite dentro de la Secretaría tiene una duración de un máximo de 1 día. Ubicación: Para entregar la documentación financiera deberá presentarse a la Dirección General de Fortalecimiento Local de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Residencial la Hacienda, Calle la Estancia.
FORTALECIMIMIENTO LOCAL (SEIP) Nombre del Trámite: Capacitación y asesoría a funcionarios y empleados municipales, instituciones públicas, privadas y técnicas Es el proceso en cual se brinda asesoría y capacitación sobre las finanzas municipales y su normativa que incluye formulación de presupuestos, ejecución, rendición de cuentas, informes trimestrales de proyectos, aspectos legales, plan de arbitrios y normas relacionadas al ámbito municipal. Requisitos: Para brindar asesoría a las diferentes entidades únicamente deberá presentar una solicitud a la Dirección General de Fortalecimiento Local de la Secretaría del Interior ya Población ubicada en Residencial La Hacienda, Calle la Estancia, donde se identifique el área en la cual necesita fortalecer su capacidad. Tiempo: El tiempo no se puede establecer en virtud que depende de la demanda que presenten y de los recursos que se tengan, usualmente la respuesta toma de 1‐5 días.
FORTALECIMIENTO LOCAL (SEIP) Nombre del Trámite: Consultas sobre información financiera municipal Es el proceso en el cual se brinda información financiera municipal a toda persona o institución interesada en el ámbito de los gobiernos locales. Requisitos: Para brindar este tipo de información a las diferentes entidades deberá presentarse a la Dirección General de Fortalecimiento Local o al Departamento de Información y Estadística de la Secretaría del Interior y Población ubicada en residencial la Hacienda, calle la Estancia o solicitarla a través del correo electrónico
[email protected]. Tiempo: Dependiendo de la información o de lo que solicite cada persona o institución se toma un máximo de 2‐3 días.
Fortalecimiento Local (SEIP) Nombre del Trámite: Solicitud de copias de los documentos financieros Se brindan copias de documentos financieros que presentan las municipalidades de forma física y digital. Requisitos: Para entregar la información se requiere presentar una solicitud escrita a la Dirección General de Fortalecimiento Local de la Secretaría del Interior y Población ubicada en Residencial la Hacienda, Calle la Estancia. Tiempo: Para brindar copias de los documentos financieros usualmente toma de 1‐5 días.
PASAPORTES (DGME) Nombre del Trámite: Elaboración y Entrega de Pasaportes Requisitos: Adultos Mayores de 21 Años 1. Realizar el pago correspondiente en las agencias bancarias siguientes: FICOHSA, Banco de Occidente, HSBC, BanPaís, BAC‐ HONDURAS, Banco Atlántida, BANHCAFE : Vigencia de 5 años: $ 35.00 o el equivalente en lempiras Vigencia de 10 años: $ 50.00 o el equivalente en lempiras Cita de Emergencia: $ 20.00 o su equivalente en lempiras 2. Presentar recibo de compra de la cita Presentarse en la Dirección General de Migración y Extranjería, en el departamento de pasaportes el día y hora asignada en el recibo. 3. Presentar Documento de Identidad con su respectiva fotocopia. Señoras que desean aparecer en el pasaporte con el apellido de casada, además de los requisitos anteriores, presentar la Certificación del acta de matrimonio.
Menores‐ Adultos: mayores de 18 años y menores de 21 años. 1. Tarjeta de identidad original. 2. Presentarse acompañado de ambos padres, con sus respectivas tarjetas de identidad. En caso de que no se presente alguno o ambos padres deberán presentar autorización por escrito titulada: Autorización para Solicitud de Pasaporte de un Menor de Edad, con las firma(s) del padre autorizante y haciendo mención de la persona que los representa, debidamente autenticada por un notario acompañado de fotocopia de las identidades de los padres y copia de la identidad de la persona que los representa. Si viven en el extranjero una autorización otorgada por el consulado de Honduras o en su efecto autorización acompañada de su respectiva apostilla, autenticada por la Secretaría de Relaciones Exteriores. 3. En caso de muerte de uno de los padres: certificación del acta de defunción computarizada o autenticada por el Registro Nacional de la Personas. 4. En caso de desconocer el paradero de alguno de los padres, el Juzgado de Familia/ Juzgado del Menor otorga la autorización para salida del país y para la solicitud de pasaporte. 5. En caso de tener la patria potestad alguno de los padres, presentar la copia autenticada. 6. En caso de los menores de edad que hayan contraído matrimonio se consideran emancipados, acreditando esta
7. condición presentando su acta de matrimonio para obtener su pasaporte. MENORES DE 18 AÑOS 1. Partida de nacimiento reciente y computarizada. En caso de que sean manuales, autenticada por el Registro Nacional de las Personas. 2. Presentarse acompañado de ambos padres, con sus respectivas tarjetas de identidad. En caso de que no se presente alguno o ambos padres deberán presentar autorización por escrito titulada: Autorización para Solicitud de Pasaporte de un Menor de Edad, con las firma(s) del padre autorizante y haciendo mención de la persona que los representa, debidamente autenticada por un notario acompañado de fotocopia de las identidades de los padres y copia de la identidad de la persona que los representa. Si viven en el extranjero una autorización otorgada por el consulado de Honduras o en su efecto autorización acompañada de su respectiva apostilla, autenticada por la Secretaría de Relaciones Exteriores. 3. En caso de muerte de uno de los padres: certificación del acta de defunción computarizada o autenticada por el Registro Nacional de la Personas. 4. En caso de desconocer el paradero de alguno de los padres, el Juzgado de Familia/ Juzgado del Menor otorga la autorización para salida del país y para la solicitud de pasaporte. 5. En caso de tener la patria potestad de alguno de los padres, presentar la copia autenticada.
6. En caso de los menores de edad que hayan contraído matrimonio se consideran emancipados, acreditando esta condición presentando su acta de matrimonio para obtener su pasaporte. Nota: A los menores de edad (Entiéndase como menor de edad a los ciudadanos menores de 21 años), únicamente se les podrá aceptar el pago correspondiente a CINCO AÑOS de vigencia del documento. Tiempo: 1 Hora Ubicación: Deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Migración y Extranjería ubicadas en Col. Las Torres antiguo edificio de Lafarge cemento, esquina opuesta a supermercado la Colonia N# 2.
Pasaportes (DGME) Nombre del Trámite: Permisos Especiales de Viaje Es el proceso que se da para aquellas personas que viajan de forma individual y colectiva. Requisitos: Los permisos especiales de viaje son aquellos que la Dirección General de Migración y Extranjería autoriza (y que son válidos por un solo viaje) a personas en forma individual o en forma colectiva a delegaciones nacionales artísticas, deportivas, culturales o excursionistas que necesiten viajar a otros países. Así mismo, a extranjeros en situaciones especiales debidamente calificadas. Tiempo: 1 Hora Ubicación: Deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Migración y Extranjería ubicadas en Col. Las Torres antiguo edificio de Lafarge cemento, esquina opuesta a supermercado la Colonia N# 2.
EXTRANJERÍA (DGME) Nombre del Trámite: Inscripción de Residencias Es la inscripción en el Registro para extranjeros residentes con permiso especial en el país, dependiendo de su calidad o categoría migratoria. Requisitos:
Resolución emitida por la Secretaría General de Gobernación Pago de recibo 2 fotografías tamaño carné Pasaporte vigente Presentarse personalmente a realizar el trámite
Ubicación: Deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Migración y Extranjería ubicadas en Col. Las Torres antiguo edificio de Lafarge cemento, esquina opuesta a supermercado la Colonia N# 2.
EXTRANJERÍA (DGME) Nombre del Trámite: Prórrogas de Estadía Es el proceso por medio del cual se extiende el permiso de permanencia en el país ó para los que tengan su trámite de residencia en proceso Requisitos: Se deberá cumplir con lo siguiente: 1. Pasaporte vigente 2. Boleta migratoria de Ingresos y egreso TIE 3. Recibo de pago TGR‐1 que se solicita en la ventanilla de Extranjería Ubicación: Deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Migración y Extranjería ubicadas en Col. Las Torres antiguo edificio de Lafarge cemento, esquina opuesta a supermercado la Colonia N# 2.
Extranjería (DGME) Nombre del Trámite: Renovación del Carné de residencias Es el proceso que realizan los residentes cada período de caducidad del mismo, puede ser otorgado desde 1 hasta 5 años dependiendo la calidad de residencia. Requisitos: 11. Inmigrado:
‐Recibo de Pago
‐Carne anterior
12. vínculo Familiar:
‐Recibo de pago
‐Carne Anterior
‐Partida de Nacimiento
13‐A Unión de Hecho: ‐Certificación original de unión de hecho.
‐Recibo de Pago
‐Carne Anterior
14. Inversionista:
‐Constancia de la Secretaria de Estados en los despachos de Industria y Comercio de que el extranjero sigue siendo inversionista de acuerdo a las cantidades establecidas en la ley.
‐Recibo de Pago
‐Carne Anterior
16. Profesional:
‐Constancia de trabajo de la empresa, organismo o institución para la cual el extranjero presta sus servicios profesionales o evidencia de que ejerce su actividad profesional en forma independiente.
‐Recibo de Pago
‐Carne Anterior
17. Rentista: ‐ Constancia de la institución del sistema financiero nacional de que el extranjero continúa percibiendo la renta y que ha ingresado al país las cantidades establecidas en la ley.
‐Recibo de Pago
‐Carne Anterior
17‐A. Pensionado:
‐Constancia de la institución del sistema financiero nacional de que el extranjero continúa recibiendo la pensión y que ha ingresado al país las cantidades en la ley.
‐ Recibo de Pago
‐ Carne Anterior
23. Contratación por gobierno:
‐ Constancia de trabajo
‐ Recibo de Pago
‐ Carne Anterior
31‐A. Trabajador Migrante: ‐constancia de trabajo de la institución, organismo o empresa en la cual realiza la pasantía.
‐ Recibo de Pago
‐ Carne Anterior
31‐B. Actividades Comerciales: ‐Constancia de trabajo
‐Recibo de Pago
‐Carne Anterior
31‐C. Actividades de Espectáculos Públicos: ‐Constancia de trabajo
‐Recibo de Pago
‐Carne Anterior
31‐D. Contrato Empresa Privada: ‐Constancia de trabajo de la empresa privada.
‐Recibo de Pago
‐Carne Anterior
31‐E. Contrato de Organismos Internacionales: ‐Constancia de trabajo del Organismo internacional ‐Constancia de Trabajo
‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior 31‐F. Contratado Instituciones Estatal: ‐Constancia de trabajo ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior 31‐G. Contratado instituciones de Derecho Público: ‐Constancia de Trabajo ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior 31‐I. Deportista: ‐Constancia de trabajo de empresa privada: ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior 31‐J. Técnico: ‐Constancia de Trabajo o diploma ‐ Recibo de Pago ‐Carne Anterior 31‐K. Empresario: ‐Constancia extendida por el presidente o representante legal de la junta directiva de la empresa. ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior
31‐L Personal Directivo: ‐Acuerdo de que es personal directivo escritura pública. ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior 31‐M Educación: ‐Constancia de trabajo del centro Educativo donde trabaja. ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior 32. Dependiente Económico: ‐Constancia del padre, madre o tutor; titular de la resolución de residencia o permiso especial de permanencia que subsiste el vínculo matrimonial, la unión de hecho o la dependencia de los hijos mayores.
‐Recibo de Pago
‐Carne Anterior 33‐A. Religioso: ‐Constancia de la iglesia para la cual presta sus servicios. ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior 34‐A. servicios humanitarios Benéficos: ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior
41‐A. contratado por proyecto gubernamental: ‐constancia de trabajo ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior 42‐A. Estudiante: ‐Constancia de la institución educativa de que ha aprobado los cursos para los cuales se inscribió en el año anterior y de que está matriculado para continuar sus estudios. ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior 43‐A. servicio social: ‐constancia de la institución u organismo para la cual el extranjero realiza el servicio social. ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior 44‐A. Refugiado: ‐Constancia de Trabajo ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior 44‐B. Asilado
‐Recibo de Pago
‐Carne Anterior
44‐C. Apátrida: ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior 45‐A Razones humanitarias: ‐Las autoridades migratorias decidirán en cada caso si procede la renovación. ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior 45‐B Interés Nacional: ‐Recibo de Pago ‐Carne Anterior
Tiempo: La duración de todos los trámites es de 1 Mes Ubicación: Deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Migración y Extranjería ubicadas en Col. Las Torres antiguo edificio de Lafarge cemento, esquina opuesta a supermercado la Colonia N# 2.
Extranjería (DGME) Nombre del Trámite: Solicitud de constancias de no Violación a la Ley/Ser Residente Legal Es el proceso en el cual un extranjero solicita una constancia en la que se acredite que está inscrito como residente o que no ha violado ninguno de los artículos de la Ley de Migración y Extranjería. Requisitos: Para solicitar estas constancias, deberá presentarse al Departamento de Extranjería de la Dirección General de Migración y Extranjería. 1. Llenar solicitud, que será entregada en el Departamento de Extranjería 2. Pago de recibo por la cantidad de L. 200.00 3. Copia del carné vigente Nota: En caso de que el carné esté vencido, deberá pagar multa que dependerá del tiempo que se haya extralimitado. TIEMPO: 3‐5 días UBICACIÓN: Deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Migración y Extranjería ubicadas en Col. Las Torres antiguo edificio de Lafarge cemento, esquina opuesta a supermercado la Colonia N# 2.
Secretaria de Registro (DGME) Nombre del Trámite: Movimientos Migratorios Es el proceso en el cual se solicita los de entradas y salidas del país. Requisitos: Se deberá cumplir con lo siguiente:
1. 2. 3. 4. 5. 6.
Tarjeta de identidad o pasaporte Copia de pasaporte completo (todos los sellos) Pago L.200.00 Carta Poder si la solicitud es presentada por Abogado Partida de nacimiento para menores de edad Identidad y presencia de uno de los padres
Tiempo: 3 días Ubicación: Deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Migración y Extranjería ubicadas en Col. Las Torres antiguo edificio de Lafarge cemento, esquina opuesta a supermercado la Colonia N# 2.
Secretaria de Registro (DGME) Nombre del Trámite: Solicitud de constancias de no estar en Alerta Migratoria Es el proceso en el cual un Extranjero o Nacional solicita una constancia en la que se acredite que no cuenta con prohibición ya sea del Ministerio Público o de los Juzgados para salir del País. Requisitos: Para solicitar estas constancias, deberá presentarse a la Secretaría de Registro de la Dirección General de Migración y Extranjería. 1. Llenar solicitud, que será entregada en el Departamento de Extranjería 2. Pago de recibo por la cantidad de L. 200.00 3. Fotocopia de Identidad Tiempo: 3‐5 días Ubicación: Deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Migración y Extranjería ubicadas en Col. Las Torres antiguo edificio de Lafarge cemento, esquina opuesta a supermercado la Colonia N# 2.
Secretaria de Registro (DGME) Nombre del Trámite: Solicitud de constancias de no estar en Alerta de Pasaporte Es el proceso en el cual un Nacional solicita una constancia en la que se acredite que su pasaporte no tiene ninguna irregularidad o se encuentre en proceso de investigación, se ha extraviado o ha sido robado el pasaporte. Requisitos: Para solicitar estas constancias, deberá presentarse al Departamento de Pasaportes. 1. 2. 3. 4.
2 copias de la tarjeta de identidad o partida de nacimiento Denuncia ( Si es por Robo) Pago de recibo por la cantidad de L. 200.00 Llenar 2 formularios
TIEMPO: 3‐5 días Ubicación: Deberá presentarse en las oficinas de la Dirección General de Migración y Extranjería ubicadas en Col. Las Torres antiguo edificio de Lafarge cemento, esquina opuesta a supermercado la Colonia N# 2.