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TABLA DE CONTENIDO
Tabla de Contenido
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Resolución Rectoral
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Presentación
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Definiciones y Conceptos
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Actores del maltrato
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Criterios para definir si existe riesgo o violencia sexual
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4) 5) 6) 7) 8) 9) 10) 11) 12) 13)
Indicadores de maltrato 9 Consecuencias del maltrato infantil y la violencia escolar 11 Estrategias generales 13 Promoción y prevención 13 Atención 19 Ruta de atención Integral para la convivencia escolar 20 Procedimiento y manejo de violencia escolar 21 Procedimiento y manejo por situaciones de violencia o sospecha de violencia dentro o fuera del contexto escolar 22 Consideraciones especiales 25 Seguimiento 26 Referencias bibliográficas 27 Certificación de recibido y aceptado 28
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PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y PERSONAS VULNERABLES “AMBIENTES SANOS Y PROTEGIDOS” PRESENTACIÓN En Colombia, de acuerdo a la vivencia de experiencias de maltrato tanto en niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos, cada vez se habla más de temas orientados a promover el buen trato y el cuidado de sí mismos, ya que las cifras de violencia intrafamiliar y de violencia escolar siguen siendo bastante altas y preocupantes. Al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF, como ente garante de derechos de niños, niñas y adolescentes, le preocupa que el bullying sigue creciendo en el país, vulnera los derechos de los menores e influye en la deserción escolar por lo que precisó: “…En el 2012 tuvimos 149 casos de niños que fueron víctimas de intimidación escolar, hicimos constataciones y luego de su verificación, abrimos procesos administrativos de restablecimiento a 68 casos importantes en Bogotá, Caldas, Antioquia, Sucre y Tolima, una cifra que sigue siendo alta…”,(Tomado de http://alo.co/salud-y-bienestar/matoneo-en-colombia). Por lo anterior y ante el incremento de los índices de violencia escolar, el Gobierno Nacional promulgó la Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 y su Decreto 1965 del 11 de septiembre del mismo año, implementan como herramienta el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la violencia escolar, lo cual se constituye en una importante fuente de información para el presente protocolo. En este orden de ideas, el Colegio San Bartolomé La Merced no es ajeno a esta realidad social, la cual permea el sector educativo. Por ello, ante algunas situaciones particulares presentadas en nuestra comunidad estudiantil, se ha tenido que recurrir a la intervención de instancias legales competentes, en el marco del debido proceso que se tiene implementado. Si bien la frecuencia es bastante baja, es importante aunar esfuerzos para posibilitar un cambio cultural enfocado al proceso de crianza de nuestros estudiantes, orientados a favorecer su desarrollo integral. Así, este documento se presenta como una normativa institucional para todos los actores sociales que trabajan con Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes en nuestro entorno escolar, en tanto que permite abordar este fenómeno social, actuar adecuadamente en el acompañamiento a las víctimas y agresores y conocer el procedimiento que se debe seguir en caso de que alguna problemática de maltrato a menores, sea detectada en nuestra comunidad educativa. Consejo Ejecutivo y Equipo SAE 4
1. DEFINICIONES1 Y CONCEPTOS Para efectos de este protocolo, es necesario contextualizar alguna terminología técnica consignada en nuestra normatividad vigente, tal es el caso de la Ley 1620/2013, Decreto 1965/2013 y la Ley 1098/2006 Código de la Infancia y la Adolescencia. Igualmente es importante reconocer los aportes de diversos estudios en torno al fenómeno de la violencia escolar realizados por ONG´S, instituciones educativas y encuentros interinstitucionales frente a la atención a las víctimas de la violencia intrafamiliar, violencia y explotación sexual. Promoción Mediante el desarrollo de acciones y medidas pedagógicas dentro de las actividades escolares, fomentar el mejoramiento de la convivencia y el clima escolar del colegio San Bartolomé La Merced, con el fin de generar un entorno favorable para el ejercicio real y efectivo de los Derechos humanos, sexuales y reproductivos de los menores. Prevención Intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos en el contexto escolar. Atención Asistir oportunamente a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la Convivencia Escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos. Seguimiento Seguimiento y evaluación de las estrategias y acciones de promoción, prevención y atención desarrolladas por los actores e instancias del Sistema Nacional de Convivencia Escolar. Maltrato Infantil Toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y la violación, y en general toda forma de violencia o
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Ley 1620 de 2013, Decreto 1965 de 2013, Ley 1098 de 2006
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agresión, por parte de sus padres, representantes legales o cualquier otra persona sobre el niño, la niña o el adolescente. Negligencia y Abandono La negligencia es una falta de responsabilidad parental que ocasiona una omisión ante aquellas necesidades para la supervivencia del niño y niña que no son satisfechas temporal o permanentemente por los padres, cuidadores o tutores. Comprende la vigilancia deficiente, descuido, privación de alimentos, incumplimiento de tratamiento médico, impedimento a la educación, entre otros, que interfieren en el desarrollo biopsicoafectivo normal del niño o niña. Maltrato Emocional y Psicológico Se entiende como toda acción que produce daño psicológico o emocional en el niño y afecta su dignidad, su bienestar e incluso su salud. Esas acciones se caracterizan por ridiculización, insultos, regaños o menosprecio. Se caracteriza por actos de violencia física o verbal hacia otros miembros de la familia o del colegio, o permitir y tolerar el uso de drogas o el abuso del alcohol. Violencia Sexual2 Se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor. Aplican además para el presente protocolo las demás definiciones contenidas en el Reglamento Manual de Convivencia del Colegio San Bartolomé La Merced.
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Artículo 2 de la Ley 1146 de 2007
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2. ACTORES DEL MALTRATO3 Agresor Es una persona que afecte de forma física o psicológica a un tercero. Se caracteriza por tener más fuerza, control o poder con respecto a la víctima; por ende hay una relación de desequilibrio. Puede tener ideas erróneas de lo que significa autoridad, respeto, cuidado y justicia. De igual forma, tiene dificultad para manejar y expresar sus emociones. Víctima Es la persona que recibe la agresión y se encuentra en una situación de dependencia o indefensión ante el agresor. Cómplice Es toda persona que conoce del maltrato (antes, durante o después) y prefiere no intervenir, ni denunciar a la instancia correspondiente. También es aquella persona que tiene sospechas y no hace nada para aclarar la situación.
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Ambientes Sanos y Protegidos. Colegio San Francisco Javier 2009
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3. CRITERIOS PARA DEFINIR SI EXISTE RIESGO O VIOLENCIA SEXUAL 4 Coerción El abusador utiliza alguna forma de poder que posee para interactuar sexualmente. Una persona tiene poder sobre otra cuando la obliga a realizar algo que esta no desea o que no va a favor de su propio beneficio, sin importar el medio que utilice: amenaza, fuerza física, chantaje, engaño, manipulación o seducción. Asimetría Normalmente un abusador es mayor que la víctima, aunque no necesariamente en edad. (El abuso sexual entre menores de edad es posible. La presión de pares, donde la diferencia de edad es mínima, podría configurar un abuso sexual). Otras asimetrías contemplan los aspectos anatómicos, desarrollo del deseo sexual, habilidades sociales y experiencia sexual. Uso del lenguaje verbal o gestual Estas conductas se dan por parte del abusador hacia el niño, niña, adolescente o persona vulnerable. Incluyen contenido sexual, seductor, obsceno o provocador y pueden presentarse en escenarios privados o públicos. Incluye uso de lenguaje sexual explícito donde el abusador busca satisfacer sus deseos sexuales. Estimulación Visual Son conductas en las que el abusador busca estimular visualmente al niño, niña, adolescente o persona vulnerable a través de exhibicionismo, fotografía, o videos de contenido sexual, entre otros. Contacto Físico sexo-genital Estas conductas pueden ser presentadas por el abusador usando la fuerza, la seducción hacia la persona vulnerable, la coerción por la relación de poder; pueden darse en situaciones en las que el niño, niña, adolescente o persona vulnerable se encuentra consciente o bajo el efecto de sustancias que afectan su nivel de alerta y conciencia. Estas acciones pueden ser desde saludos o abrazos que incluyan roces con una connotación sexo genital, hasta todas aquellas acciones de carácter sexual en las que se presenta contacto con los órganos genitales.
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Ambientes Sanos y Protegidos Colegio San Luis Gonzaga. 2008
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4. INDICADORES DE MALTRATO Los menores que sufren de algún tipo de maltrato durante el periodo escolar pueden presentar dificultades en el funcionamiento cognitivo, en el desarrollo emocional y en el comportamiento social. Existen algunos indicadores que, de acuerdo a su intensidad y frecuencia, pueden llevar a una presunción, mas no a la confirmación del mismo. 5
Indicadores físicos: • • • • • • • • • •
Acude al colegio sin desayunar. Presenta olores desagradables. Presenta heridas o raspaduras. Tiene señales de golpes en el cuerpo (hematomas o contusiones) Presenta un desarrollo físico inadecuado. Presenta una gran frecuencia de enfermedades o dolencias físicas. Dificultad para caminar o sentarse. Dolor, hinchazón o comezón. Contusiones o sangrado en las áreas genitales. Enfermedades de transmisión sexual. a) Indicadores Emocionales y Comportamentales:
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No quiere irse a casa o al colegio. Manifiesta actitudes defensivas ante cualquier aproximación física. Se muestra cauteloso ante el contacto físico con adultos. Tiene una actitud hipervigilante. Busca protección en el profesor. Es agresivo con los compañeros y con los profesores. Destruye objetos. Pérdida del control de esfínteres. Uso de Alcohol o drogas. Cambios en el comportamiento con tendencias agresivas o de aislamiento. Muestra excesiva preocupación por el sexo. Excesiva masturbación. Intento de suicidio. Incapacidad para mantener la mirada. Automutilación. b) Indicadores a tener en cuenta, que no son inclusivos de Maltrato:
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Manifiesta dificultades en el aprendizaje. Manifiesta problemas de atención y de concentración
Atención al Maltrato Infantil desde el Ámbito Educativo. Manual para el Profesional. Murcia. Consejería de trabajo y política social
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Tiene problemas en el habla Llanto permanente e injustificado Miedo permanente Angustia marcada. Tristeza. Fobias Hábitos desordenados Comerse las uñas Hipocondrías, miedos o fobias Falta de Actividad exploratoria Rechazo a recibir ayuda c) Otros indicadores
Es importante tener en cuenta que dentro del marco legal colombiano se describen situaciones específicas intolerables6 las cuales están descritas como aquellas situaciones que denotan gravedad en consideración a las circunstancias, anteriores, actuales y futuras del hecho violento y en consideración a las condiciones particulares de la víctima frente al mismo hecho, violento y en consideración a las condiciones particulares de la víctima frente al mismo hecho por lo que se hace necesaria la respuesta integral y oportuna del colegio, las cuales incluyen: • • • • •
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Lesiones físicas, de acuerdo con el periodo de la incapacidad y la singularidad o pluralidad de lesiones. Violencia asociada a consumo de alcohol o psicoactivos. Maltrato psicológico severo que implique riesgo o daño. Violencia recurrente, entendida como la repetición de hechos violentos y la no solución de los mismos, a pesar de haberse llevado a cabo algunas acciones orientadas a su modificación. Víctimas en situación de alta vulnerabilidad: niños, niñas, adolescentes, adultos mayores y personas en condición de discapacidad. Estos se consideran intolerables por la especial gravedad o riesgo que enfrentan las víctimas. También se tiene como intolerable que niños, niñas y adolescentes sean abusados y explotados sexualmente.
Como intolerable también se considerará cualquier acción que atente contra la integridad física y emocional contemplada en el Código de la Infancia y la Adolescencia.
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Primer encuentro interinstitucional del consejo distrital de atención integral a víctimas de violencia intrafamiliar y violencia y explotación sexual y la Fiscalía General de la Nación- Bogotá. Mayo 30 de 2007
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5. CONSECUENCIAS DEL MALTRATO INFANTIL 7,8 Y LA VIOLENCIA ESCOLAR
El maltrato infantil en todas sus formas tiene una serie de consecuencias que se pueden identificar a corto, mediano y largo plazo en el desarrollo psicosocial y emocional de los menores. El maltrato produce daños tanto a nivel físico como psicológico, destructivo para las víctimas, ejerciendo un impacto en áreas críticas del desarrollo infantil, con consecuencias inmediatas y a futuro en lo social, emocional y cognitivo, como las siguientes: a. Baja autoestima Al igual que los niños de familias empobrecidas, los niños maltratados se sienten incapaces para el buen desarrollo de sus dimensiones como personas, tienen sentimientos de inferioridad, lo que manifiestan en comportamientos de timidez y miedo, o por el contrario, con comportamientos de hiperactividad tratando de llamar la atención de las personas que les rodean. b. Síndromes de ansiedad, angustia y depresión Estos pueden manifestarse en trastornos del comportamiento, por angustia, miedo y ansiedad, o como estrés pos-traumático. A veces estos trastornos pueden estar disfrazados por mecanismos de “adaptación” a la situación. Estos niños desconfían de los contactos físicos, particularmente de adultos, y se alteran cuando un adulto se acerca a otros niños, especialmente si lloran; también presentan problemas de atención, concentración y tienen dificultad para comprender las instrucciones que se les imparten. Estos niños desarrollan sentimientos de tristeza y desmotivación, pudiendo llegar a un estado anímico deprimido, o a comportarse autodestructivamente, como también llegar a la auto mutilación. Los niños maltratados físicamente son más agresivos con otros niños y presentan altas tasas de conductas hostiles, como patear y gritar; son destructivos con desviaciones en la conducta pro social. Al mismo tiempo, existe una conexión etiológica entre los malos tratos recibidos en la infancia y el desarrollo fisiológico y social de la persona, tales como la delincuencia o el comportamiento antisocial, durante la adolescencia y adultez, y el retardo del crecimiento y desnutrición que no está relacionado con el insuficiente aporte de nutrientes. c. Desorden de Identidad El niño golpeado puede llegar a tener una mala imagen de sí mismo, o creer que es él la causa del descontrol de sus padres, lo que le llevará a auto representarse como una persona mala, o inadecuada y peligrosa. 7 8
www.fundacionamparo.org.ar/Consec_maltrato.htm. ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES. MISIÓN COLOMBIA
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d. Otras consecuencias relacionadas con el aprendizaje Por otro lado, se ha observado que los niños que sufren del maltrato psicológico y por negligencia de parte de los adultos o de las instituciones, son muy temerosos y ansiosos; y toda experiencia nueva, aunque sea positiva, les provocan excitación y ansiedad desmedida. Muy pocas veces demuestran alegría o placer; se les ve frustrados y tristes; además, tienen sentimientos de fracaso y vergüenza frente a sus problemas de aprendizaje, pues además de tener una mala imagen de sí mismo, perciben el mundo como amenazante y poco seguro. En la adultez, pueden presentar cuadros depresivos; ya que se ha constatado que una de las causas principales de la depresión es la privación afectiva durante la infancia, que además puede ser encubierta con otros trastornos de dificultades de conducta. Los niños que desde la edad escolar son maltratados psicológicamente, son más propensos a mostrar retrasos en el desarrollo del conocimiento que los niños no maltratados. Este fracaso se ha atribuido a la falta de estimulación temprana y a la descalificación a la que son sometidos permanente por los padres que se preocupan excesivamente de su conducta y de obediencia, en menoscabo de las necesidades exploratorias y de estimulación que son necesarias para su desarrollo. Los niños que son expuestos a maltrato verbal, cohíben poco a poco sus manifestaciones y suprimen aspectos de la conducta interpersonal, lo que explicaría la lentitud de adquirir competencias cognitivas, que pueden llevar en algunos casos a la deserción escolar. Estudios realizados por la “UNIVERSITAT JAUME” en la jornada de investigación frente al maltrato, han revelado déficit en el rendimiento escolar y en el nivel intelectual de los niños maltratados física y psicológicamente, encontrándose diferencias promedio de 20 a 40 puntos menos en el coeficiente intelectual, que el de los niños que no han sido maltratados; a veces demuestran un retraso de dos ó más años en la habilidad verbal.
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6. ESTRATEGIAS GENERALES 6.1. Promoción y Prevención El colegio desarrolla programas y proyectos que tienen como objetivo fomentar el mejoramiento de la convivencia y el clima escolar generando un entorno favorable para el ejercicio real y efectivo de los Derechos humanos, sexuales y reproductivos. Asimismo el colegio debe intervenir, oportunamente, frente a los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en el contexto escolar, siguiendo los siguientes niveles de prevención: La prevención primaria busca disminuir el número de casos de maltrato, abuso o su aparición. Se refiere a métodos aplicados a la población donde se actúa antes de que se presente cualquier tipo de amenaza frente a una situación. La prevención secundaria busca reducir la prevalencia y reducir al máximo las manifestaciones tras el contacto con los agentes desencadenantes; se refiere a esfuerzos dirigidos hacia quienes se hallan o pudieran estar en una situación de alto riesgo de sufrir una afectación determinada. En este sentido, el colegio interviene en promoción y prevención a partir de las siguientes estrategias: 6.1.1. Actividades, programas y proyectos: el colegio promueve programas de sensibilización y formación para el conocimiento del abuso sexual y las conductas afectivas impropias a toda la comunidad educativa. Se desarrollarán teniendo en cuenta las situaciones específicas, las necesidades planteadas por grado, la etapa de desarrollo de los niños, niñas y adolescentes, desde las diferentes áreas funcionales del colegio:
-Desde la Pastoral: • • • •
Encuentros con Cristo. Formación y Acción Social. Formación Apostólica. Liderazgo al Estilo Ignaciano.
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-Desde Bienestar estudiantil: • • • • • • •
Publicación en la página web del colegio el Reglamento Manual de Convivencia y el Protocolo de ambientes sanos y protegidos para que toda la comunidad educativa lo tenga disponible. Capacitación en conciliación, manejo y resolución de conflictos a los docentes, directivos y miembros del Comité Escolar de Convivencia. Educación para la ciudadanía y la paz. Libertad y Autonomía. Coeducación. Proyecto Ambiental Escolar. Campañas de difusión y educación a todos aquellos que trabajan con niños o sus familias, que expliquen la firme relación entre el alcoholismo y el maltrato infantil.
-Desde el SAE: • • • • •
Formación de la Afectividad (Huellas). Orientación Profesional. Apoyo a procesos pedagógicos. Escuela de Padres. Enrúmbate a la Vida.
-Desde las áreas académicas: • • • • • •
Literatura Infantil (Preescolar y 1º,2º,4º y 5º). Filosofía para niños (Preescolar). Proyecto Recreativo. TIC: Tecnología de la información y comunicación. LEO: Lectura, escritura y oralidad. Periódico Marcapasos.
También se revisarán periódicamente normas del Manual de Convivencia, correctivo y reeducativo que eviten comportamientos de burla, desprecio adolescentes.
los procedimientos institucionales y las para asegurar dispositivos de carácter una agresión física o psicológica o y humillación hacia los niños, niñas y
6.1.2. Selección y Formación de personal: de conformidad con el procedimiento de selección del personal, liderado por la Dirección de Gestión Humana, el colegio continuará esmerándose en la evaluación profesional, psicológica y espiritual de los candidatos que pretenden vincularse a la institución y de los que, perteneciendo a ella, mantengan un proceso de formación actualizada en todos los campos propios de la labor que desempeñe en alineación con la filosofía institucional. 14
También se entregará a todos los integrantes de la comunidad bartolina una copia de este protocolo, el cual estará respaldado en una cláusula en su contrato de trabajo. El desacatar las normas aquí establecidas conllevará sanciones disciplinarias que podrán ir desde la amonestación en privado con anotación a la hoja de vida hasta la terminación del contrato de trabajo y/o la respectiva denuncia. Quienes se encuentren vinculados al Colegio deberán tener actitudes y capacidades para realizar un trabajo sano con niños, niñas y adolescentes. Esta actitud de trabajo deberá reflejarse en las siguientes características:
Ofrecer un testimonio de madurez afectiva y sexual. Brindar ejemplo de buena conducta. Velar por el buen nombre de la Iglesia de la Compañía de Jesús y de sus instituciones. Velar por la dignidad, el buen nombre y la salud integral de los niños, niñas y adolescentes. Tratarlos con respeto y aprecio. Inspirar en ellos la confianza necesaria para que puedan expresar sus sentimientos sobre comportamientos inaceptables por parte de los adultos y otras personas que interactúan con ellos. Informar a los responsables del Colegio sobre todo comportamiento impropio, acusación o sospecha de abuso y/o maltrato. Garantizar que en la institución se acaten, en lo que corresponda, las disposiciones establecidas en este protocolo, en el Reglamento Manual de Convivencia, las sugerencias del Comité de Convivencia Escolar, el reglamento interno de trabajo y demás reglamentación emitida por el Colegio.
Deberes del Personal del Colegio: Además de los estipulados en los acuerdos contractuales, Reglamento interno, Código Sustantivo del Trabajo y Reglamento Manual de Convivencia, tendrán los siguientes: •
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Los adultos vinculados al Colegio están en la obligación de brindar protección y acompañamiento a los niños, niñas y adolescentes, haciendo señalamientos y adelantando acciones para prevenir situaciones potencialmente peligrosas. Cualquier omisión por parte del adulto, como puede ser el conocimiento de comportamientos inaceptables por parte de otra persona o retener información que posibilite evitar un abuso, se entiende como negligencia y abandono físico a la protección integral a que tienen derecho los niños, niñas y adolescentes. Deben evitarse los gestos de afecto que involucren un contacto físico que genere ambigüedad en el trato, pudiendo interpretarse como excesivo e inconveniente. Los gestos de cariño no deben tener ninguna estimulación 15
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de tipo sexual ni ocasionar desagrado para el menor de edad, la persona vulnerable o el adulto que los recibe. Ofrecer a los alumnos el espacio y las oportunidades para experimentar formas no violentas de resolución de los conflictos, Los consejos de clase y todo medio que estimule la participación democrática en la vida escolar, puede ser un buen recurso. Son inadecuados, y por lo tanto inaceptables, los comportamientos que pueden propiciar situaciones de riesgo para la integridad física o que pueden generar sospechas de la existencia de un trato abusivo con niños, niñas y adolescentes por parte de los empleados del Colegio. Se deben evitar las siguientes situaciones, consideradas como prohibiciones: a. Llevarlos en automóviles, sin previa autorización de los padres de familia o acudientes. b. Dictarles cursos particulares sin autorización del Directivo Académico correspondiente. c. Realizar terapias o cualquier tipo de actividad exclusivamente personal sin autorización de los responsables de la Institución y de los padres de familia. d. Prestarles dinero o darles frecuentemente obsequios, con o sin motivo especial. e. Tratar temáticas de tipo afectivo sexual que no puedan abordarse públicamente o con la debida autorización de las Directivas y de los Padres de Familia. f. Llevarlos o acompañarlos a bares o discotecas. g. Consumir alcohol o bailar con ellas o ellos. h. Sentarlos o cargarlos en sus piernas. i. Cargarlos en los brazos y hombros, excepto en caso de accidente. j. Propiciar o permitir formas de hostilidad verbal, insulto, desprecio, burla, apodo, ironía, humillación, ridiculización o discriminación. k. Burlarse de su aspecto físico o hacer comentarios de tipo sexual sobre su cuerpo. l. Enviarles mensajes o correos electrónicos con contenido inapropiado. m. Hacerles comentarios eróticos, así sea aparentemente elogiosos, sobre su cuerpo. n. Relatarles historias de su propia vida sexual o hacerles preguntas sobre su vida íntima, que les haga sentir incomodo o. Realizar cualquier forcejeo o agresión física con un niño, niña o adolescente. p. Tratarlos de manera morbosa o hacerles preguntas indecentes. q. Tomarles fotografías en posiciones inadecuadas, eróticas o insinuantes, r. Ofrecerles material pornográfico de cualquier índole. s. Espiarlos cuando se cambien de ropa. t. Inducirlos a que usen ropa o realicen acciones que exciten sexualmente a otros. u. No se permite ningún contacto físico o caricias a un niño, niña o adolescente en sus partes íntimas. 16
v. Los adultos vinculados al Colegio, no deben tener relaciones afectivas o sexuales con niños, niñas o adolescentes, de noviazgo o pareja. La omisión a esta directriz será considerada como falta grave en el Reglamento Interno de Trabajo. w. Ningún adulto permanecerá a solas con un niño, niña o adolescente o una persona vulnerable en ningún sitio de la institución, sin que exista la posibilidad de que otros vean lo que sucede. Si alguno de ellos debiere recibir acompañamiento, éste debe realizarse en las instalaciones del Colegio. No está permitido que los niños, niñas o adolescentes acudan a los domicilios privados de los adultos vinculados al Colegio. x. Los niños, niñas o adolescentes no deben acudir solos o en grupo a sitios cerrados donde se reúnan adultos por razones de descanso o trabajo; si esto ocurre siempre se debe tener el cuidado de que desde afuera se pueda ver lo que ocurre dentro. y. Si un adulto visita un estudiante por razón de su labor educativa, debe hacerlo con consentimiento de al menos uno de sus padres o la presencia de otro adulto; en cualquier caso no debe quedarse a solas y la puerta cerrada con el niño, niña o adolescente. z. Solo las personas de las enfermerías y por razones de urgencia médica, podrán examinar las partes íntimas de los niños, niñas o adolescentes. 6.1.3. El espacio físico y las interacciones entre los miembros de la comunidad educativa. Se deben buscar los medios educativos, Psicológicos, y espirituales para facilitar ambientes sanos y protegidos que en si mismos prevengan el maltrato infantil. Por tal razón, todos los adultos vinculados laboralmente y relacionados con el Colegio, guiados por la prudencia, adoptarán los siguientes cuidados: a) Dotar los lugares para la atención pedagógica, pastoral y SAE, de los medios que permitan la confidencialidad de la comunicación interpersonal y a la vez posibiliten la transparencia (visualización) de los lugares y las formas de interacción que se dan en estos espacios. b) Los responsables de los servicios pedagógico, pastoral y SAE deberán conocer los límites inherentes de su función en el Colegio, remitiendo las personas a otros especialistas cuando sea necesario. Si por su ejercicio profesional se estableciera una transparencia afectiva inadecuada, es necesario declararse impedido para ayudar. c) En las actividades programadas por el Colegio para los niños, niñas y adolescentes y cuya realización sea fuera de su sede (convivencias, retiros, encuentros, entre otros) siempre se contará con la presencia de al menos dos adultos que los acompañen, preferiblemente de distinto sexo. d) En las actividades en las que se requiera la permanencia durante las noches fuera de sus hogares, se separarán hombres de mujeres y los 17
adultos a cargo de los niños dormirán aparte de los niños, niñas y adolescentes. e) Los niños, niñas y adolescentes no deberán pasar la noche en las instalaciones del Colegio o de la Comunidad Jesuítica, sin autorización escrita de sus padres. f) Las expresiones de afecto deberán manifestarse, cuando haya lugar a ellas con suma prudencia. g) En los contratos de prestación de servicios que suscriba el Colegio siempre se incluirá una cláusula mediante la cual el Colegio se reserve el derecho de pedirle al contratista el cambio del personal que ejecuta el servicio en caso de considerar que dicha(s) persona(s) contrarían lo estipulado en los acuerdos contractuales, Reglamento Manual de Convivencia, Protocolo de ambientes sanos y protegidos y demás reglamentación emitida por el Colegio para la comunidad educativa. 6.1.4. Compromiso y testimonio de las familias Es importante que padres, madres y acudientes conozcan el contenido de este texto para que lo exijan y hagan cumplir dentro como fuera del Colegio; igualmente para que puedan asumir actitudes y comportamientos coherentes con el sentido profundo que lo inspira. Para lograr esto, el texto de cada familia irá acompañado de un documento que certifica su recepción y con la firma, las familias se comprometen a leerlo y a cumplirlo. Es obligación de los padres de familia o acudientes poner en conocimiento ante las autoridades competentes, las sospechas fundadas acerca de la situación de maltrato que pueda estar sufriendo un niño, niña o adolescente. Si la situación está relacionada con el Colegio; también es deber de la familia informar directamente la situación al Rector o a su delegado. Los padres de familia deben garantizar que los niños, niñas o adolescentes cuando se reúnan con otros en espacios sociales, familiares, recreativos, etc., estén bajo la supervisión de algún miembro responsable e idóneo que garantice su cuidado y su bienestar. Además de los deberes consagrados en el Reglamento Manual de Convivencia los padres de familia deberán: a) Promover a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. b) Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable. 18
c) Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el colegio para la convivencia y la sexualidad. d) Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias respectivas. e) Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos. f) Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el Reglamento Manual de Convivencia. g) Responder cuando su hijo(a) incumpla alguna de las normas allí definidas. h) Utilizar los mecanismos legales existentes, los establecidos en el Reglamento Manual de Convivencia, y los establecidos en la Ruta de Atención Integral para convivencia escolar contenidos en el presente protocolo. 6.2. Atención Está dada durante todo el proceso de acompañamiento dentro de las instalaciones del colegio y en actividades académicas en ambientes externos y será liderada por el Colegio. Sin embargo, es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa dependiendo del tiempo, modo y lugar de detección de las situaciones. 6.2.1. Procedimiento y Manejo de Violencia Escolar En algún momento de su carrera y en el contexto escolar, los maestros han estado en contacto con niños, niñas o adolescentes que han padecido alguna de las formas de maltrato. Advertir la existencia de una amenaza real hacia un menor no es sencillo. Si bien el maltrato no siempre deja lesiones físicas fácilmente visibles, siempre deja marcas en la conducta que nos dan indicios para sospechar que un niño, niña o adolescente, está sufriendo maltrato o por lo menos detectar un posible riesgo. La persona que tenga conocimiento ante cualquier situación de violencia escolar deberá informarlo a un docente, directivo o personal de vigilancia del colegio para que se dé cumplimiento a lo contemplado en el Capítulo denominado: “Clasificación de faltas, debido proceso y estrategias formativas” de Reglamento Manual de Convivencia del colegio y se active la ruta de atención que se describe en los siguientes diagramas:
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6.2.2. Procedimiento y Manejo por situaciones de violencia o sospecha de situaciones de violencia dentro o fuera del contexto escolar Una vez se haya determinado que un estudiante, niño, niña o adolescente podría haber sido víctima de cualquier tipo de violencia o maltrato se debe proceder teniendo en cuenta algunas recomendaciones puntuales, en especial si el tipo de maltrato tiene que ver con abuso sexual, aunque no se tenga la certeza o identificación del victimario. Teniendo en cuenta la necesidad de clarificar los procedimientos para el manejo del maltrato o el abuso sexual, a continuación encontrarán el diagrama de flujo y se describen las rutas a seguir: 6.2.2.1. Procedimiento en caso de sospecha a) Detección por algún miembro de la comunidad educativa (docentes, relato de pares, agentes externos: familia y otros): una vez la información sea suministrada a algún miembro del personal, debe reportar la situación al psicólogo del Servicio de Asesoría Escolar encargado de grado o sección. b) El Psicólogo del SAE escucha y registra la información en el formato destinado para este fin. En este proceso el psicólogo podrá realizar indagación de antecedentes, frecuencia, riesgos y contexto de la situación. c) El SAE reporta la situación a la Coordinadora de Bienestar de la Sección correspondiente. d) Posteriormente se realiza citación a la familia con el fin de aclarar la situación y establecer posibles estrategias. e) Si la situación se considera grave, se remite al Rector quien realizará la correspondiente denuncia ante la entidad pertinente. En el caso de no serlo, se realizará acompañamiento desde psicología quien determinará el procedimiento adecuado para manejar la situación. 6.2.2.2. Procedimiento en caso de maltrato a) Detección por algún miembro de la comunidad educativa (docentes, relato de pares, agentes externos: Familia y otros) 9 b) Comunicar de manera inmediata la situación al Rector: éste escucha los hechos por parte de quien hace la detección temprana y registra la información en un acta. NOTA: el rector informará la situación al 9
Es importante escuchar la situación sin indagar sobre los hechos mediante preguntas, tampoco se debe inducir al niño o niña a contestar otro tipo de preguntas que pretendan indagar sobre lo ocurrido, o dar cuenta sobre la veracidad o no del abuso sexual. Hacer este tipo de preguntas puede contaminar la información, entorpecer el futuro procedimiento judicial o re victimizar, entre otros. En caso de una situación de crisis de la víctima, el psicólogo procederá a intervenir, sin indagar sobre los hechos.
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Provincial de la Compañía de Jesús. Si el denunciado es trabajador de la institución, el Rector procede a reportar la situación a Gestión Humana, con quién realizará el procedimiento de investigación administrativa y realizará una reunión de descargos con registro formal en acta. El Rector separará temporalmente de su cargo a la persona denunciada, mientras se hace una investigación por parte de los organismos legales competentes. La persona denunciada no podrá ingresar a las instalaciones del Colegio hasta que no haya un veredicto oficial, con el fin de proteger posibles futuras víctimas. Se presumirá su inocencia hasta que no se pruebe lo contrario; por tal motivo, el Colegio le seguirá pagando su salario, de acuerdo a lo pactado en el contrato laboral. Si el denunciado es un contratista del colegio o trabajador o contratista de cualquier entidad (Asobartolina, Asia Bartolina, o Transportes Loyola) u otro entidad vinculada al colegio, el colegio hará la solicitud formal de retiro de esta persona del servicio que preste a la comunidad educativa y solicitará que la entidad realice la investigación y trámite correspondiente ante las autoridades. c) Comunicar a la familia la situación y solicitar la instauración inmediata de la denuncia ante las autoridades competentes. d) En caso de que la familia o acudiente no proceda a interponer la denuncia en un término de 72 horas, después de haber sido notificada por el Rector, se realizará la denuncia desde el Colegio a través del representante legal (Rector). e) El colegio estará en disposición de colaborar con las autoridades competentes para cualquier investigación que se requiera.
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7. CONSIDERACIONES ESPECIALES10 El sacerdote que en el fuero interno o en el ámbito sacramental de la celebración de la reconciliación haya escuchado la denuncia de un niño, niña, adolescente o de una persona vulnerable, debe abstenerse de revelar a otros lo que se trató en el sacramento de la Reconciliación. Igual, puede decirse del caso del abusador que acude al mismo Sacramento. Sin embargo, en ambas situaciones, el sacerdote sugerirá al penitente que, fuera del ámbito de la celebración sacramental, exponga su situación a alguien que pueda ayudarle profesionalmente a sanar las heridas (educador, psicólogo, trabajador de la salud) y proceder a interponer la denuncia ante las autoridades competentes. Cuando se ha realizado una denuncia formal o pública Un trabajador del colegio puede ser denunciado ante las autoridades competentes por quienes conozcan el hecho. En consecuencia, dichas autoridades iniciarán un proceso de investigación y en dado caso la situación podrá ser divulgada a la opinión pública por los medios de comunicación. En tal caso la única persona autorizada para dar declaraciones en nombre de la institución será el Rector o su delegado, quien lo hará leyendo un documento debidamente redactado para el efecto. En todos los casos, el Rector y sus colaboradores cooperarán plenamente con cualquier investigación realizada por las autoridades judiciales. Cuando el acusado sea un miembro de la Comunidad Jesuita En este caso, se informará inmediatamente al Provincial de la Compañía de Jesús en Colombia, para que desde la administración Provincial se asuma el caso siguiendo los lineamientos de la Ley, del Derecho Canónico y las normativas particulares de la Compañía de Jesús.
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Nuestro Ministerio en ambientes sanos y protegidos (Compañía de Jesús en Colombia)
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8. SEGUIMIENTO
8.1. Servicio de Asesoría Escolar (SAE): El Colegio, a través de los psicólogos que pertenecen al Servicio de Asesoría Escolar, dará cumplimiento a la ley 1146 de 2007, la cual dispone que “los docentes que tengan a cargo el Programa en Educación para la Sexualidad y salud Sexual y Reproductiva en los establecimientos oficiales y privados, deberán ser profesionales idóneos, capacitados en este campo de manera que posibiliten la detección y manejo de cualquier caso de abuso sexual”. 8.2. Responsabilidades del SAE:
Informar a los niños, niñas y adolescentes sobre sus derechos y sobre lo que deben hacer en caso de maltrato físico, psicológico o de abuso sexual. Capacitar a los demás miembros de la Comunidad Educativa para que participen en la protección de los niños, niñas y adolescentes. Garantizar que en el programa de Formación para la Afectividad se aborde la prevención del maltrato. Velar por la divulgación e implementación de este protocolo.
8.3. Comité Escolar de Convivencia: Hará seguimiento y dejará constancia previa garantía de la intimidad y confidencialidad en sus actas, de la verificación de las actividades y/o estrategias desarrolladas en los casos tratados, así como de las actividades y/o estrategias implementadas en la promoción, prevención y atención. 8.4. Rectoría: El Rector o su apoderado hará el seguimiento y verificará que se realice el respectivo cierre del proceso al interior del colegio y/o al proceso judicial, este último en caso de haber sido necesario.
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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Ley 1098 de 2006. De Infancia y Adolescencia. Ley 1620 de 2013 y Decreto reglamentario 1965 de 2013. De Convivencia escolar. Nuestro Ministerio en ambientes sanos y protegidos (Compañía de Jesús en Colombia). BRINGIOTTI, María (2000). La escuela ante los niños maltratados. Argentina: Paidós. CAJÍAS, Beatriz (2000). Prevención y tratamiento de la violencia doméstica en la escuela. Bolivia: Sierpe publicaciones. CIRILO, Stefano (1997). Niños maltratados: Diagnóstico y terapia familiar. España: Paidós. DAVINI, María (1995). La formación docente en cuestión: política y pedagogía. España. Martínez Roca. UNICEF – UNDCP (1999). El ABC de las Defensorías de la Niñez y Adolescencia. Bolivia: U.P.S. Editorial
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PROTOCOLO DE AMBIENTES SANOS Y PROTEGIDOS COLEGIO SAN BARTOLOMÉ LA MERCED CERTIFICACIÓN DE RECIBIDO Y ACEPTADO
Nosotros _____________________________ y ___________________________ en calidad de padres y/o acudiente(s) del estudiante ________________________ ___________________________________________ del grado ______________
Reconocemos el compromiso que el Colegio San Bartolomé la Merced tiene con la comunidad educativa. Manifestamos que conocemos y hemos leído el PROTOCOLO DE AMBIENTES SANOS Y PROTEGIDOS, con el cual estamos de acuerdo y por lo tanto, nos acogemos y comprometemos a cumplir sus disposiciones.
Firma
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C.C
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