TÉRMINOS DE REFERENCIA CONSULTORÍA: EDICIÓN DEL PORTAL WEB DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD - SUNASA

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Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud PARSALUD II

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERU “Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo”

TÉRMINOS DE REFERENCIA CONSULTORÍA: “EDICIÓN DEL PORTAL WEB DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD SUNASA” Actividad POA PARSALUD II: Código de la actividad

:

Contraparte

:

Fuente de Financiamiento

:

1.

Desarrollo e implementación del Portal Web Institucional de la SUNASA. VI.1.3 (Proyecto “Fortalecimiento de la Supervisión y Regulación en el Aseguramiento de Salud”) Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud PARSALUD II – Componente 6

JUSTIFICACIÓN El 08 de abril de 2009 se promulgó la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud (LMAUS), norma largamente esperada, fruto del acuerdo entre diversos sectores políticos del país y que se expresa en la Décimo Tercera Política de Estado planteada en el seno del Acuerdo Nacional y en el tercer Lineamiento de Política de Salud 2007 – 2020 del Plan Nacional Concertado de Salud, aprobado mediante RM Nº 589-2007/MINSA. Mediante el Artículo 9° de la Ley N° 29344 se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA), sobre la base de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS), como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud (MINSA), con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), así como supervisar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) en el ámbito de su competencia. En concordancia con el artículo 6° de la Ley N° 293 44, la SUNASA se encuentra encargada, en su calidad de órgano supervisor, de velar por la reglamentación de la recolección, transferencia y difusión de la información por parte de los agentes vinculados al proceso de Aseguramiento Universal en Salud (AUS); la transparencia y accesibilidad de la información en resguardo de los derechos de los asegurados; y, de acuerdo al artículo 34° del Reglamento de la Ley N° 29344, la SUNASA tiene la función de mantener la información de las IAFAS e IPRESS vinculadas al proceso de AUS para su difusión y presentación al MINSA y a otras instancias competentes. En general, la SUNASA, creada sobre la base de la SEPS, amplía sus funciones y ámbito de acción, siendo la entidad que promueve y vela por el cumplimiento de un adecuado funcionamiento del sistema del AUS; del uso eficiente y oportuno de los fondos asignados al proceso de AUS; de la calidad, puntualidad, eficiencia y eficacia de la provisión de las prestaciones de salud; de la reglamentación de la

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recolección, transferencia y difusión de la información por parte de los agentes vinculados al proceso del AUS; del establecimiento de mecanismos de conciliación y arbitraje entre los usuarios y las instituciones prestadoras y financiadoras del sector público y privado; y de la transparencia y accesibilidad de la información en resguardo de los derechos y deberes de los asegurados. En este sentido, es relevante que ésta entidad cuente con sus instrumentos y herramientas adecuadas y actualizadas, entre otras, aquellas que permitan la difusión y la imagen de su quehacer y nuevas competencias a los interesados y al público en general. Por otro lado, en el Plan Operativo Institucional de la SUNASA para el año 2011 se encuentran identificados y aprobados Objetivos Institucionales, entre los cuales está el de Generar y Fomentar espacios amigables de comunicación con el usuario del Sistema que aporta también al Objetivo Parcial Contar con medios que aseguren la transparencia de la información al Sistema, objetivos identificados para el Objetivo Estratégico 3 Atención Usuario, donde la actividad materia de los presentes Términos de Referencia ( TDR) encaja perfectamente. Así también, la Secretaría General de la SUNASA, de conformidad con el literal j) del artículo 12° del Reglamento de Organización y F unciones (ROF) aprobado mediante Decreto Supremo 009- 2011-SA, supervisa la actualización permanente del portal institucional y del portal de transparencia de la SUNASA, habiendo dado las indicaciones de dar inicio efectivo a la actualización del portal web institucional, debiendo prever un nuevo diseño en concordancia con los nuevos encargos y la nueva organización de la SUNASA. Es en ese sentido que la Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones (OGIIC) de la SUNASA, según su competencia, propone un nuevo portal web institucional moderno, dinámico y de acceso rápido, que permita la administración y mantenimiento del contenido del portal a funcionarios de la institución. Asimismo se espera que a través del portal web se puedan recibir, además de visitas, propuestas del público externo y se recojan valiosos aportes, de esa manera se brinde soporte conceptual a los instrumentos de supervisión de la SUNASA y al desarrollo de proyectos de Reglamentación y de Supervisión. Por otro lado, para el fortalecimiento del conjunto de normas, estrategias y mecanismos de fiscalización del proceso de atención y de la gestión y financiamiento de los planes de aseguramiento en salud, es conveniente empoderar en la población nacional el mensaje de una cultura de aseguramiento en salud que contemple la prevención y la atención en salud con oportunidad y calidad. Así, los mensajes orientados a este aspecto serán reportados a través del nuevo portal web en el que los asegurados podrán tener acceso, además de la información, a presentar sus denuncias ó reclamos por deficiencias en la atención de los servicios de salud públicos ó privados. Conocedores de que la red social es el conjunto de personas integrantes de una comunidad que tienen un sentido subjetivo de pertenencia hacia la misma y que mediante acciones organizadas específicas se desarrolla un mecanismo en el que se actúa en pro del bienestar de esa comunidad y por lo tanto de las personas que la integran, se ha considerado como un componente importante la facilidad de su uso y su interface con las redes sociales, actuando como un soporte y ámbito donde se resuelven los problemas.

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Es importante destacar que las redes sociales han cobrado gran importancia en la vida cotidiana y ello también se ve reflejado en la comunidad que tiene acceso a esta herramienta comunicacional. La aparición de redes sociales ha facilitado enormemente la comunicación entre personas, por lo que son una herramienta muy útil a la hora de mejorar la calidad asistencial por parte de los profesionales de la salud, así como la situación de los pacientes y/o asegurados en cuanto a conocimiento y vivencia de su enfermedad. Gracias a las redes sociales también se puede mejorar la relación entre el paciente y el personal asistencial y administrativo que brinda atención en salud. En ese contexto, la OGIIC, ha considerado la necesidad de actualizar el Portal Web Institucional, en cuanto al contenido, presentación disposición lógica e interfaz de usuario y también en el aspecto tecnológico que permita administrar aspectos técnicos y de contenido, cumpliendo con la normatividad vigente La necesidad señalada está alineada con el proyecto de cooperación técnica no reembolsable: Fortalecimiento de la Supervisión y Regulación en el Aseguramiento Universal en Salud, suscrito entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Gobierno del Perú para ser ejecutado por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud – PARSALUD, en el que se estipula que la SUNASA es beneficiaria de tal apoyo. El proyecto en mención consta de 3 Componentes, uno de los cuales tiene el objetivo de apoyar, entre otros, el Desarrollo e Implementación del Portal Web Institucional de la SUNASA, que incluya intranet institucional, que sea moderno, dinámico y de acceso rápido, para ser explotado fácilmente por distintos niveles de usuarios, entre otras características, todo con la finalidad, entre otras, de mejorar las capacidades de gestión de la información para la toma de decisiones, en ese marco, tiene previsto financiar la capacidad de administración, explotación y difusión de la información. 2.

OBJETIVO GENERAL Contar con un nuevo portal web institucional moderno, dinámico y de acceso rápido, bajo el concepto de CMS (Sistema Administrador de Contenidos), herramienta que debe permitir la administración y mantenimiento del contenido del portal a funcionarios de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA.

3.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS Contar con: 3.1.

Diseño de la estructura y disposición lógica de los contenidos, de los flujos de navegación, de la interface del usuario y de la estructura visual y estética del Portal Web de la SUNASA, así como de las secciones de información necesarias para satisfacer los requerimientos de navegabilidad y accesibilidad del usuario alineado con lo que la institución desea promover o presentar.

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4.

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3.2.

Contenidos del Portal de la SUNASA.

3.3.

Plantillas de estilos que servirán para la actualización de los diferentes contenidos del portal Web institucional.

3.4.

Diseño de todas las páginas que serán requeridas para el portal Web institucional.

3.5.

Módulo de Extranet que permita conocer la opinión de los usuarios mediante, votaciones, encuestas, formularios de contacto y servicios de chat en línea vía web de ayuda a ciudadanos.

3.6.

Sistema de administración de contenidos que permita distribuir la redacción entre varias personas y habilitar mecanismos de seguimiento.

3.7.

Módulos de administración de los diferentes elementos que compondrán el Portal de la SUNASA (contenidos, documentos, temas, banners, ventanas PopUps no bloqueables – layers -, enlaces de interés, zonas de contenido, plantillas de contenido HTML y reportes de visita).

3.8.

Gestión de seguridad basada en un repositorio unificado de usuarios y perfiles.

3.9.

Motor de búsqueda que permita encontrar con facilidad y rapidez la información y documentos que componen el portal

INSTANCIA RESPONSABLE Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud a través de la Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones.

5.

DESCRIPCION DE ACTIVIDADES Para el desarrollo del portal es de la máxima importancia tomar en cuenta los procesos críticos que la SUNASA debe desarrollar según lo establecido en la normativa y documentos de gestión que han sido aprobados y se encuentran vigentes, de manera que el portal web refleje el ejercicio del nuevo mandato de la institución. En este sentido, los procesos críticos ya están definidos en el sustento técnico y matrices del Reglamento de Organización y Funciones aprobado. De igual manera, el Mapa de Procesos (MAPRO), elaborado en marzo de 2011 para los 6 procesos principales de la SUNASA buscando formalizar el análisis de procesos luego de la aprobación del ROF de la SUNASA por parte del Consejo Directivo, es decir luego de la aprobación de la estructura orgánica por parte de la Alta Dirección de la SUNASA, debe servir de insumo básico para la construcción del portal.

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Las actividades específicas a desarrollar comprenden las siguientes:

6.

5.1.

Elaborar un plan de trabajo del proyecto, usando como base la Metodología de Desarrollo y Mantenimiento de Software de la SUNASA, versión 1.0, en adelante la Metodología.

5.2.

Efectuar el análisis de los requisitos o requerimientos funcionales del Portal y del sistema, definiendo en coordinación con la Oficina General de Imagen Institucional y Comunicaciones y la Oficina General de Tecnologías de Información las necesidades de publicación y difusión de información de la SUNASA.

5.3.

Acopiar y revisar la información de los procesos críticos a cargo de la SUNASA y coordinar permanentemente, a través del Grupo de Tarea, para garantizar que el desarrollo del portal responde a las necesidades institucionales en función a sus procesos principales.

5.4.

Realizar el análisis y diseño del Portal usando como base las secciones existentes complementadas por aquellas que se hayan definido como producto del análisis de requisitos o requerimientos funcionales del Portal. Se deberá utilizar como fuente de información las bases de datos existentes en la SUNASA y proponer la creación de nuevas estructuras (campos, tablas o bases de datos) para la información que no se encuentre almacenada en bases de datos.

5.5.

Efectuar la construcción del Portal en base al análisis y diseño definido.

5.6.

Programar y realizar las pruebas funcionales y no funcionales de acuerdo a lo definido en la Metodología.

5.7.

Implementar el nuevo Portal en los servidores de producción de la SUNASA.

5.8.

Capacitar a quince (15) usuarios finales en el uso del módulo de administración y actualización (20 horas como mínimo). Adicionalmente, a cinco (5) usuarios en la operación, configuración, instalación y mantenimiento de la solución.

5.9.

Elaborar la documentación técnica de acuerdo a la Metodología de Desarrollo y Mantenimiento de Software de la SUNASA, versión 1.0

5.10.

Coordinar con la Oficina General de Imagen Institucional y Comunicaciones, que supervisará los aspectos de diseño del Portal; así mismo, suministrará los insumos para los contenidos. Por otro lado, se deberá coordinar con la Oficina General de Tecnologías de Información que supervisará los aspectos tecnológicos del servicio.

CARACTERÍSTICAS OPERATIVAS 6.1.

El sistema de administración de contenidos debe implementarse en plataforma Microsoft.NET Framework 3.5 o superior con Visual Basic y utilizar bases de datos SQL Server 2000 y Oracle, contenido html5, permitir

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integración de contenidos con la Intranet de la SUNASA, según coordinación con la Oficina General de Tecnologías de Información. 6.2.

El Portal funcionará sobre Internet Información Server 7.0. sobre plataforma Windows 2008 Server.

6.3.

Todas las páginas web del portal deberán poder visualizarse correctamente en los navegadores MS Internet Explorer 6.0 o superior y Firefox 3.0 o superior.

6.4.

El Portal debe cumplir los lineamientos para accesibilidad a páginas web y aplicaciones para telefonía móvil para instituciones públicas del sistema nacional de informática, aprobados con Resolución Ministerial Nº 126-2009PCM y la Directiva Nº 016-2001-INEI/DNTP sobre normas y procedimientos técnicos sobre contenidos de las páginas web de las entidades de la administración pública.

6.5.

Todas las páginas del Portal deben cumplir con los estándares internacionales de accesibilidad para aplicaciones web (http://www.w3.org) y deben ser accesibles por personas con discapacidad visual en cumplimiento de la Ley Nº 28530 Ley de promoción de acceso a Internet para personas con discapacidad y de adecuación del espacio físico en cabinas públicas de Internet.

6.6.

El portal debe incluir los aplicativos web y las consultas en línea que actualmente se encuentran en producción y que acceden a bases de datos, incluyendo mecanismos de protección y seguridad y de ingreso de información a través de cajas de texto.

6.7.

El sistema de administración de contenidos debe tener las siguientes características: a. Debe estar basado en un desarrollo plataforma web con páginas dinámicas bajo el concepto de CMS (Content Management System). b. Debe permitir que el personal de la SUNASA pueda autenticarse mediante un usuario y una contraseña para publicar su información. c. Debe permitir a los usuarios autorizados sin entrenamiento subir información al portal, agregar páginas, publicarlas, guardarlas, así como editar texto agregando viñetas, enlaces, fotos, etc. d. Debe contar con los mecanismos de auditoría, que como mínimo incluye registro de accesos, adiciones, modificaciones y eliminaciones, almacenando usuario, fecha, IP y el detalle del cambio de acuerdo a lo que defina la Oficina General de Tecnologías de Información. e. Debe permitir publicar contenido multimedia, videos, audios e imágenes. f. Debe contar con requisitos básicos de seguridad: confidencialidad, integridad y disponibilidad. g. Debe contar con mecanismos de seguimiento y control mediante flujos de aprobación.

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h. Debe contar con módulos de administración de los diferentes elementos que compondrán el Portal de la SUNASA: i.

Administrador de contenidos según categorías / subcategorías / n subcategorías por cada perfil. Administrador para la publicación de documentos digitales. Administrador de temas Administrador de banners. Administrador de ventanas PopUps no bloqueables (layers). Administrador de enlaces de interés. Administrador de Plantillas de contenido HTML. Administrador de Zonas de Contenido. Administrador de Reportes de visita por contenidos administrados. Administrador de Suscripciones.

Debe permitir publicar información que considere conveniente la SUNASA en las redes sociales.

6.8.

El sistema deberá contar con una estadística de acceso a las páginas definidas por la SUNASA, que debe poder consultarse a través de reportes con opción de exportar a MS Excel.

6.9.

El portal debe contar con una sección de suscripciones a diferentes temas de interés para el usuario (tipo listas de interés) y poder enviar por correo electrónico de manera automática y personalizada información publicada en el portal.

6.10.

Debe contar con una sección de enlace a las redes sociales.

6.11.

Debe contar con una sección de ayuda al usuario que lo oriente en la utilización del Portal y facilite la navegación.

6.12.

Todas las opciones de descarga de archivos deben indicar el tamaño de los archivos.

6.13.

En caso que el modelo propuesto requiera instalar software con licencia de terceros estará sujeto a la aprobación de la Oficina General de Tecnologías de Información.

6.14.

El tiempo de carga promedio de las páginas web desde clientes externos a la red LAN debe ser de máximo cinco (5) segundos, que será medido con carga máxima en hora pico.

6.15.

La seguridad de las páginas que defina la SUNASA debe contar con soporte a LDAP y estar integradas al Sistema de Seguridad de la SUNASA, que utiliza como base de datos el SQL Server 2000.

6.16.

El licenciamiento del Sistema no debe ser restrictivo para su uso, administración o mantenimiento dentro de la Institución o cualquiera de sus organismos funcionales. Esto es que si para el correcto uso, administración o mantenimiento del Sistema, se requiere contar con una o más licencias

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para servidor o clientes de software o componente alguno, el costo total de dichas licencias debe ser asumido por el contratista.

7.

SOPORTE Y GARANTÍA El proveedor deberá proporcionar soporte técnico telefónico por un periodo no menor de 6 meses ante cualquier consulta sobre la operatividad del sistema. El proveedor deberá proporcionar garantía de un año desde el despliegue en producción, por lo que deberá responder en un máximo de 24 horas ante cualquier problema presentado en la operatividad del sistema. La garantía incluye vicios de programación no detectados en las pruebas, errores de cálculos y mal funcionamiento de alguno de los componentes del aplicativo. La garantía no incluye nuevas adecuaciones al sistema.

8.

ESTÁNDARES Y NORMATIVIDAD APLICABLE EN EL PROYECTO El servicio deberá cumplir con los siguientes estándares y normas: 8.1.

Resolución Ministerial Nº 126-2009-PCM, Lineamientos para accesibilidad a páginas web y aplicaciones para telefonía móvil para instituciones públicas del sistema nacional de informática.

8.2.

Directiva Nº 016-2001-INEI/DNTP Normas y procedimientos técnicos sobre contenidos de las páginas web de las entidades de la administración pública.

8.3.

Estándares internacionales de accesibilidad para aplicaciones web (http://www.w3.org).

8.4.

Ley Nº 28530 Ley de promoción de acceso a Internet para personas con discapacidad y de adecuación del espacio físico en cabinas públicas de Internet.

8.5.

Texto Único Ordenado de la Ley 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

8.6.

Reglamento de la Ley 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con D.S. Nº 072-2003-PCM.

8.7.

Directiva Nº 004-2008-PCM/SGP Lineamientos para la uniformización del contenido de los portales de transparencia de las entidades públicas.

8.8.

Metodología de Desarrollo y Mantenimiento de Software de la SUNASA, versión 1.0, en las actividades descritas en el Anexo 1.

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9.

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PRODUCTOS 9.1.

Producto 1 Informe conteniendo el plan de trabajo con actividades, participantes y cronograma.

9.2.

Producto 2 a. Informe conteniendo el diseño de la estructura lógica y gráfica del portal. b. Avance de la documentación de análisis y diseño del sistema.

9.3.

Producto 3 a. Documentación final de análisis y diseño del sistema. b. Primer informe de avance de la construcción que incluye Contenido, mapa del sitio y estructura de información del Portal, esquema de las plantillas y páginas implementadas. c. Informe técnico preliminar del plan de pruebas e implementación.

9.4.

Producto 4 a. Segundo informe de avance de la construcción que incluye Contenido, mapa del sitio y estructura de información del Portal, esquema de las plantillas y páginas implementadas. b. Documentación de los manuales técnicos en formato magnético e impreso, que deben incluir el diccionario de datos, los documentos de estándares de programación utilizados.

9.5.

Producto 5 Informe final del servicio, describiendo y documentando el cumplimiento de todas las actividades y adjuntando: a. Informe final de la construcción que incluye Contenido, mapa del sitio y estructura de información del Portal, esquema de las plantillas y páginas implementadas. b. Archivos gráficos JPG utilizados en el Portal y su grafico fuente, cuando corresponda. c. El código fuente, librerías y objetos del sistema, así como los manuales técnico y de usuario en formato magnético e impreso, que deben incluir el diccionario de datos, los documentos de estándares de programación y de diseño utilizados. d. Actas de capacitación a los usuarios finales y al personal de la Oficina General de Tecnologías de Información. e. La documentación de análisis, diseño, construcción, pruebas e implementación del sistema, establecida en la Metodología.

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10. DURACION ESTIMADA La duración estimada de la consultoría es 120 días calendario y no incluye los tiempos para aprobación de entregables.

11. MODALIDAD DEL SERVICIO Consultoría individual. 12. PRESUPUESTO TOTAL El costo total de la consultoría es de S/. 60,480 y 00/100 nuevos soles (sesenta mil cuatrocientos ochenta nuevos soles), incluidos los tributos de Ley 13. CRONOGRAMA DE ENTREGA Y FORMA DE PAGO El cronograma de entrega de los productos y la forma de pago corresponden al siguiente detalle:

Productos*

Porcentaje de pago**

Producto 1

Ninguno

25% previa conformidad a los productos parciales 1 y 2 25% previa conformidad al Producto 3 producto parcial 3 25% previa conformidad Producto 4 al producto parcial 4 Producto 2

Producto 5

25% previa conformidad al producto parcial 5

Plazo máximo de entrega de los productos Hasta 10 días calendario contados desde el día siguiente a la firma del contrato. Hasta 30 días calendario contados desde el día siguiente a la firma del contrato. Hasta 60 días calendario contados desde el día siguiente a la firma del contrato Hasta 90 días calendario contados desde el día siguiente a la firma del contrato Hasta 30 días calendario contados a partir del día siguiente de la aprobación del producto anterior

**/ Los productos deberán corresponder a las especificaciones establecidas en el acápite 5 de los presentes Términos de Referencia. ***/ Los porcentajes de pago señalados son calculados respecto al monto total contratado, incluidos los tributos de Ley.

14. PERFIL DEL CONSULTOR 14.1 Calificaciones requeridas •

Título profesional en ingeniería de sistemas, ciencias de la computación o afines.



Deseable estudios de postgrado en ingeniería de sistemas o afines.

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14.2 Experiencia laboral • Experiencia general de 05 años en desarrollo de tecnologías de información. • Experiencia específica no menor de 03 años en creación de portales institucionales.

15. SUPERVISIÓN Y CONFORMIDAD El Grupo de Tarea – conformado por el PARSALUD y los representantes de la SUNASA designados para tal fin – serán los responsables de la supervisión de los productos parciales de la consultoría, debiéndose otorgar conformidad o notificar las observaciones pertinentes en un plazo no mayor de siete (07) días calendario desde la presentación del producto. El consultor deberá subsanar las observaciones en un plazo que no deberá exceder de siete (07) días calendario de notificado. La conformidad a los productos parciales deberá ser consignada en un Acta del Grupo de Tarea. Para el caso del producto final de la consultoría, la supervisión estará a cargo del Grupo de Tarea y la conformidad a cargo del Superintendente, debiendo emitirse la conformidad mediante un oficio dirigido a la Coordinación General del PARSALUD. La Unidad de Coordinación Técnica de PARSALUD deberá dar conformidad a todos los productos para proceder al trámite administrativo de pago. Así mismo, para efectos de procesar el último pago se requerirá, además de la conformidad, el Informe de Evaluación de Desempeño del consultor y que el Banco Interamericano de Desarrollo manifieste su correspondiente No Objeción. 16. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LOS PRODUCTOS La forma de presentación de los productos indicados en el numeral 9 de las presentes especificaciones deberán ser entregados en versión impresa (01 juego anillado para el caso de los productos parciales y para la primera versión del producto final y 2 juegos anillados para la versión definitiva del producto final) y en formato electrónico (CD) para las versiones finales de todos los productos, en formato MS Office Word, Excel y Power Point versión 2002 ó superior. Los detalles de la presentación de los productos impresos se señalan a continuación: a. Tipo de papel y tamaño: Papel bond A4 b. Fuente: Arial 11 puntos c. Formato de redacción: • • • • • • •

Márgenes: Superior e inferior 2.5 cm, izquierda y derecha 3 cm Encabezado de página: Con el nombre de la consultoría Pie de página: con el número de versión del documento Títulos y sub títulos: Letras mayúsculas Interlineado: Múltiple en 1.25 Espacios entre los párrafos: doble espacio Justificado: Alinear el texto en los márgenes izquierdo y derecho

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• •

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Tablas, cuadros, gráficos, figuras y otros similares, enmarcados, centrados, con títulos, encabezados y fuente de referencia, según corresponda. Páginas: numeradas y rubricadas por el Consultor

d. Carátula que debe contener: • • • • • • • •

Logo del MINSA/PARSALUD Nombre de la consultoría en mayúsculas (Arial 14, interlineado 1.25) Código POA de la actividad Numero del producto entregable (Arial 12, interlineado 1.25) Nombre del producto (Arial 12, interlineado 1.25) Nombre del consultor individual/firma consultora (Arial 12, interlineado 1.25) Fecha de entrega Año

e. Estructura mínima del producto final: • • • • • • • • • •

Índice o tabla de contenido de los temas tratados en el documento Listado con abreviaturas, siglas y acrónimos utilizados en la redacción del documento Reconocimientos (de ser pertinente) Resumen ejecutivo Introducción Cuerpo del documento Conclusiones Recomendaciones Bibliografía o referencias bibliográficas (de ser el caso) Anexos

El consultor remitirá por correo electrónico al Especialista de Modernización y Fortalecimiento Institucional de PARSALUD las versiones iniciales y finales de todos los productos para su revisión por el Grupo de Tarea. 17. DISPOSICIONES GENERALES 17.1.

Las reuniones de trabajo, levantamiento de información, pruebas e implantación del Portal Web se realizarán en la Sede de la SUNASA, sito en Av. Velasco Astete Nº 1398, Santiago de Surco.

17.2.

El consultor deberá contar con disponibilidad de tiempo para participar en las reuniones de trabajo y realizar las coordinaciones necesarias con la contraparte institucional y equipo de asistencia del PARSALUD.

17.3.

La consultoría no implicará pagos adicionales a los establecidos en el acápite 12 de los presentes TDR, debiendo el consultor asumir todos los costos a generarse para la obtención de los productos.

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17.4.

El consultor deberá hacer las aclaraciones o ampliaciones que la SUNASA estime necesarias acerca de los informes de los productos que por obligación El consultor debe presentar, así como sustentar por escrito las acciones o recomendaciones que hiciera. Ello de ningún modo significará egresos adicionales por parte de la SUNASA.

17.5.

El consultor deberá cumplir con los estándares de desarrollo de software y otros establecidos por la incluyendo al personal de la Oficina General de Tecnologías de Información.

17.6.

El consultor deberá ceder a la SUNASA los derechos de autor, patentes y cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual, en los casos en que procedan esos derechos, sobre los trabajos y documentos producidos por el consultor como resultado del Contrato materia de las presentes Bases.

17.7.

Todo código fuente generado por parte de la consultora para el presente proyecto será propiedad de la SUNASA y deberá ser proveído íntegramente por el consultor.

17.8.

La documentación impresa y los archivos magnéticos que la SUNASA pone a disposición del consultor tienen el carácter de reservada, no pudiendo copiarse ni revelarse su contenido a persona o entidad alguna que sea extraña a la SUNASA.

17.9.

La documentación impresa y los archivos magnéticos producidos por el consultor también tienen el carácter de reservada, no pudiendo revelarse su contenido a persona o entidad alguna que sea extraña a la SUNASA.

17.10. El consultor se compromete a guardar la confidencialidad y reserva, así como no divulgar ni transferir la información y documentación recibida y producida con ocasión de la prestación del servicio, para lo cual se adjunta el formato correspondiente. 17.11. El consultor se compromete a suministrar los equipos de cómputo y herramientas necesarios para el desarrollo del servicio durante todo el tiempo que dure la consultoría.

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