UNIDADES QUE CONSTAN EN EL CONTRATO

1 HOSPITAL CLINICO UNIVERSITARIO “LOZANO BLESA” Avda. San Juan Bosco, 15 50009-ZARAGOZA MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPOS DE ADQUISICIÓN Y PROCE

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HOSPITAL CLINICO UNIVERSITARIO “LOZANO BLESA” Avda. San Juan Bosco, 15 50009-ZARAGOZA

MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPOS DE ADQUISICIÓN Y PROCESADO DE IMÁGENES RADIOGRAFICAS POR SISTEMA CR. UBICADOS EN EL HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSITARIO “LOZANO BLESA” DE ZARAGOZA.

El objeto del Contrato derivado del presente Concurso será el Mantenimiento de los equipos ubicados en el Hospital Clínico Universitario “Lozano Blesa” de Zaragoza y que se describe a continuación:

UNIDADES QUE CONSTAN EN EL CONTRATO

HOSP. CLINICO LOZANO BLESA

Modelo DRYPIX 4000 CR-CSL CR-CSL PLUS CR-CSL PLUS CR-CSL PLUS CR-CSL PLUS CR-CSL PLUS DRYPIX 3000 DRYPIX 7000 FCR CAPSULA XL FCR PROFECT CS FCR XG-1 FCR XG-1 FCR XG-1 FCR XG-1 FM-DP L FM-DP L CR-CSL PLUS FCR XG-1

serie 56420360 76650181 466210005 46721158 27220107 46520878 46520879 1129 46530164 66821991 46520509 46924207 46428894 46428895 37227729 1727049 2689987 4100109 46830007

Nº INV 29257-3 31873-1 25849-8 25849-5 25849-9 25849-11 25849-10 25705-0 25848-0 31873-0 25849-0 25849-3 25849-2 25849-4 25849-7 25704-0 20399-0 29257-2 29257-0

Ubicación Instalación 20-jul-05 Radiología 1-oct-07 Garantía (1/09/09) 28-sep-04 Rayos - 3 25-feb-05 Rayos - 4 19-mar-03 Urgencias-1 9-ago-04 Mamografía 9-ago-04 Urgencias-2 19-mar-03 Oncología 9-ago-04 Mamografía 1-oct-07 Garantía (1/09/09) 9-ago-04 Mamografía 19-mar-03 Urgencias-1 9-ago-04 Urgencias-2 28-sep-04 Rayos - 3 25-feb-05 Rayos - 4 19-mar-03 Láser 8-Nov-99 FMDPL 20-Dic-05 UCI 20-Dic-05 UCI

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1.- Mantenimiento Preventivo.

La empresa adjudicataria llevará a cabo las revisiones preventivas recomendadas por el fabricante para éste tipo de aparato y según el protocolo de revisión propuesto por el mismo. En cualquier caso, como mínimo deberán ser 2 al año. Se revisará expresamente la seguridad eléctrica según la Normativa Internacional EN UNE 60601-1 y la normativa vigente referente a riesgos de equipos de Radiodiagnóstico. La empresa suministrará, durante el mes de Noviembre, un Planning anual de los días de revisión de la instalación. Una vez aprobado, cualquier modificación de fechas que se produzca deberá ser comunicado a este servicio con un mínimo de 20 días de antelación.

2.- Mantenimiento Correctivo.

La empresa adjudicataria realizará todas las operaciones de mantenimiento correctivo que sean necesarias a juicio del Servicio Técnico de Mantenimiento del Hospital Clínico Universitario “Lozano Blesa” de Zaragoza.

3.- Materiales.

El importe ofertado incluirá, en principio, todos los materiales de repuesto que pudieran ser necesarios para el mantenimiento y ajuste de las instalaciones y aparatos objeto de esta contratación.

No obstante, las empresas podrán, si lo consideran oportuno, excluir algún material que por su coste e índice de sustitución pudiera incidir negativamente en el presupuesto, debiendo, en su caso, adjuntar a su oferta la relación valorada de aquellos materiales no incluidos en el precio del Mantenimiento.

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4.- Mano de Obra y Desplazamiento.

El importe ofertado incluirá tanto la mano de obra necesaria para la revisión preventiva como correctiva y todos los desplazamientos necesarios.

5.- Tiempo de respuesta.

La empresa adjudicataria se compromete a asegurar la presencia física del técnico de la casa en un plazo no superior a 6 horas (de horario de 9 a 20:00) contado desde el momento en que se efectúe el aviso. Así mismo, el adjudicatario se compromete a garantizar la reposición de los materiales necesarios para la reparación antes de las 24 horas (naturales) posteriores a la comunicación de la avería. Excepcionalmente, en el caso que dicha reposición no fuera posible, deberá comunicarse por escrito al Servicio de Electromedicina, indicando los motivos y el tiempo previsto para su reposición.

6.- Informe de reparaciones.

Toda intervención, sea cual fuere, realizada en los aparatos objeto de esta contratación, deberá quedar documentada en una Hoja de Servicio Técnico que la empresa adjudicataria entregará, tras ser firmada por el Servicio de Electromedicina. La entrega se realizará inmediatamente después de la realización de la intervención. En ella se hará constar expresamente la intervención realizada, y cualquier variación que pueda afectar al rendimiento del equipo o sus seguridades, indicando si ha terminado la intervención o no. De no cumplirse todos estos requisitos se entenderá que el trabajo no ha sido terminado, entendiendo que el equipo continua parado, lo que podrá ser motivo de sanción.

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7.- Medios Técnicos.

La empresa adjudicataria deberá contar con los medios técnicos necesarios para la comprobación de las prestaciones del equipo así como para la comprobación del resultado final de la reparación o revisión realizada debiendo quedar el equipo, tras éstas, dentro de sus especificaciones iniciales . Deben incluirse las pruebas de aceptación que quedan reflejadas en Protocolo Español de Control de calidad en Radiodiagnóstico, Radioterapia o Medicina Nuclear, que se realizarán en presencia del personal del hospital.

8.- Tiempo de parada del equipo.

Excluido el tiempo correspondiente a los Mantenimientos Preventivos, el adjudicatario deberá garantizar un “tiempo útil” del 95% sobre 10 horas/día, 5 días/semana. En ningún caso la parada continuada excederá de 3 días.

Caso de incumplimiento tanto del cómputo anual como de la parada continua, y del tiempo de respuesta física de un técnico, al adjudicatario le será descontado por cada día una cantidad igual al 1% del importe anual del contrato.

9.- Legislación.

La empresa adjudicataria deberá poseer la homologación exigible según el R.D. 1891/91 (B.O.E. 3 Enero 1992), debiendo presentar certificación acreditativa.

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10.- Prescripciones en materia de seguridad.

La empresa contratada es responsable en materia de prevención de riesgos laborales del personal a su cargo y de toda persona que quede afectada por la ejecución de la contrata, así como del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y de las normas de seguridad en todo lo que a ella incumbe:

R.D. 773/1997, de 30 de mayo, de equipos de protección individual (89/656/CEE). R.D. 485/97 de 14 de abril, sobre señalización (92/58/CEE). R.D. 486/97 de 14 de abril, de lugares de trabajo (89/654/CEE). R.D. 1215/97 de 18 de julio, de equipos de trabajo (89/655/CEE). LEY 31/95 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales LEY 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. RD 39/1997 de 17 de enero de los Servicios de Prevención. RD 171/2004 de 30 de enero por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en materia de Coordinación de Actividades Empresariales. RD 614/2001 de 8 de junio por el que se establecen las Disposiciones Mínimas para la protección de la Salud y Seguridad de los trabajadores frente a Riesgo Eléctrico. RD 664/1997 de 12 de mayo sobre la protección de los trabajadores contra riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. RD 374/2001 de 6 de abril sobre la protección de los trabajadores contra riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Normativa específica aplicable al presente contrato y no detallada en la presente lista o el la citada en el apartado 3.

La empresa contratada cumplirá con todos las obligaciones laborales y de Seguridad Social pertinentes. La empresa contratada atenderá las indicaciones aportadas

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por personal del HOSPITAL CLINICO UNIVERSITARIO de Zaragoza sobre condiciones de seguridad en la realización de los trabajos

El incumplimiento grave por parte de la empresa contratada en el centro de trabajo de la principal de las normas de seguridad y salud faculta a la empresa principal para resolver la contrata y exigir la correspondiente indemnización contractual.

Al objeto de dar cumplimiento a los requisitos establecidos en la Ley 31/95 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y su modificación Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, Real Decreto 39/1997 de 17 de enero por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención y Real Decreto 171/2004 de 30 de enero en materia de coordinación de actividades, y derivados de la naturaleza de los trabajos que su empresa desarrolla en el Hospital Clínico Universitario Lozano Blesa, la empresa adjudicataria remitirá a la entrada en vigor del correspondiente contrato la siguiente documentación:

-

Planificación de la Actividad Preventiva.

-

Evaluación de Riesgos por Puestos de trabajo

-

Certificados que acrediten la formación necesaria y suficiente en materia de Prevención de Riesgos Laborales al personal con acceso a las instalaciones del Hospital Clínico Universitario y centros adscritos al mismo.

-

Listado de herramientas de trabajo

-

Listado de equipos de protección individual y colectiva en el desarrollo de su actividad.

-

Justificante del cumplimiento de pagos con la seguridad social (TC1 y TC2)

-

Justificante de pago de la póliza de Responsabilidad Civil.

-

Relación de trabajadores (DNI, Nombres y Apellidos) de su empresa.

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De acuerdo con el Real Decreto 171/2004 referente a la coordinación de actividades empresariales, está a su disposición (bajo solicitud previa) el Plan de Prevención del Hospital Clínico Universitario Lozano Blesa.

Esta documentación es independiente de documentaciones anteriormente presentadas o solicitadas, debiendo ser actualizada como mínimo con periodicidad anual o variación significativa del contenido de la misma.

Visto el prente Pliego de Prescripciones Técnicas, esta Gerencia de Sector Zaragoza III resuelve su aprobación.

Zaragoza, a 29 de octubre de 2008

P.O. La Directora de Gestión y SS.GG.

Fdo.: Ana Beltrán Audera

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