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EDUCACION Y SOBERANIA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL. I.
PRESENTACION
El presente documento constituye un Reporte Técnico referido al rol de la “Educación Alimentaria Nutricional” en la Seguridad alimentaria y Nutricional. El actual reporte técnico está dirigido a tomadores de decisiones y representantes del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.
Es importante destacar que la educación es considerada además como un mecanismo fundamental para avanzar en la reducción de las enormes desigualdades sociales que caracterizan a nuestros países, y de superación de la denominada “reproducción intergeneracional de la pobreza”. Sólo así se puede asegurar el objetivo de lograr una efectiva “igualdad de oportunidades” para todos.
En el actual Reporte Técnico consideraremos con fines de enfoque a la Educación Alimentaria Nutricional (EAN), la cual consiste en la combinación de experiencias de aprendizaje diseñadas para aumentar la concienciación; mejorar la motivación; facilitar la adopción voluntaria, o mantenimiento de conductas nutricionales sanas, que conlleven a la salud y al bienestar.
La realización del presente Reporte Técnico se elaboró con la asistencia técnica de la Organización de las naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), en materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional proporcionada a la División de participación ciudadana y seguridad alimentaria de la Asamblea Nacional de Nicaragua,
II.
INTRODUCCION La Educación Alimentaria Nutricional es un pilar fundamental para alcanzar la Soberanía y Seguridad Alimentaria Nutricional (SSAN) en Nicaragua, ya que nos permite conocer y adquirir experiencia para producir alimentos saludables e inocuos, de igual forma nos permite formar hábitos y conductas nutricionales sanas.
La Ley No. 693 Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (aprobada el 18 de junio del 2009 y publicada en la Gaceta No.133 del 16 de julio del 2009), constituye el pilar normativo en materia de SSAN en el País, asimismo, es una de las normas jurídicas más innovadora e integral, dentro de ella se establece como un objetivo estratégico:
“Establecer una educación basada en la aplicación de prácticas saludables de alimentación sana y nutritiva, recreación y cuido del medio ambiente”
Dicho objetivo establece por primera vez en el marco jurídico de Nicaragua, el binomio Educación- Alimentación; generando un precedente muy importante no solamente para garantizar el Derecho a una Alimentación Adecuada sino que también incentiva llevar a la Educación Tradicional a un abordaje más integral de la SSAN en los distintos niveles de enseñanza.
La Ley No. 693, también define con claridad lo referente al Consumo de los Alimentos, y lo delimita como:
“Capacidad de la población para decidir adecuadamente sobre la forma de seleccionar, almacenar, preparar, distribuir y consumir los alimentos a nivel individual, familiar y comunitario. El consumo de los alimentos está íntimamente relacionado con las costumbres, creencias, conocimientos, prácticas de alimentación y nivel educativo de la población.”
La definición antes indicada, establece a la Educación como una condición necesaria para generar o fortalecer la capacidad de la Población para decidir de forma adecuada y responsable cual es el tipo de alimentación que debe consumir.
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III. ALIMENTACIÓN ESCOLAR EN NICARAGUA. En materia de Educación es importante iniciar mencionado que el Estado de Nicaragua, restableció la gratuidad de la Educación, lo cual brinda en principio una plataforma adecuada para la realización del derecho a una alimentación y Nutrición adecuada de los niños y niñas en el Sistema Educativo. En Nicaragua el Gobierno de Unidad y Reconciliación Nacional en el marco del proceso de restitución de Derecho a Desarrollados programas importantes en materia de Educación y Alimentación Escolar, uno de estos programas es el Programa Integral de Nutrición Escolar (PINE) el cual incentiva el desarrollo de acciones directas y procesos de articulación intersectorial e interinstitucional en el marco de las políticas nacionales, para contribuir al mejoramiento de las condiciones de educación, nutrición y cultura alimentaria de las niñas y niños matriculadas/os en los centros preescolares y las escuelas públicas de primaria, con un enfoque de derecho El Gobierno de Nicaragua asumió el compromiso de implementar una Política Nacional de Primera Infancia dirigida a las niñas y niños nicaragüenses menores de seis años. Desde el 10 de Enero de 2007, el Estado de Nicaragua ha impulsado programas sociales hacia la niñez y familias nicaragüenses, tales como: Programa Amor, Amor para los más Chiquitos y Chiquitas, Programa Integral de Nutricional Escolar, Programa Derecho a un Nombre, entre otros. En el 2012, según los datos oficiales de la FAO, Nicaragua bajó la subnutrición de un 55,1 % a un 20,1 % entre los años 2010 y 2012, convirtiéndose en uno de los países del mundo en reducir a la mitad el número de personas desnutridas en el país antes de 2015, según la meta planteada en la Cumbre Mundial sobre la Alimentación de 1996. Aunque la cifra del 20.1% es relativamente alta, es importante reconocer que existe un avance positivo y más ágil en lo referido a la reducción de la Desnutrición Infantil.
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En el 2011, se obtuvieron importantes avances por medio de la implementación de las políticas antes mencionadas, entre algunos de los principales resultados están:
a)
75,963 niñas y niños en 1,824 Círculos Infantiles Comunitarios y Casas Bases Comunitarias a (40,226 menores de 3 años y 35,737, de 3 a 6 años), 76 mil hijas e hijos menores de seis años de las madres que trabajan en el campo y la ciudad, y se les suministró alimentación
La implementación sistemática de los programas ha permitido en Nicaragua visualizar cambios en lo referente a desnutrición crónicas ya que el Ministerio de Salud (MINSA) a través del Sistema Integrado de Vigilancia Nutricional (SIVIN), reportó que para el 2009 se disminuyó al 19.6% el porcentaje de niñas y niños comprendidos entre 6 y 59 meses que presentan desnutrición crónica.
complementaria (arroz, frijoles, maíz, aceite, azúcar y soya) una vez al día durante 5 días de la semana por madres voluntarias. 6,916 niñas y niños atendidos en 56 Centros de Desarrollo Infantil (CDI). b)
18,271 niñas y niños trabajadores que fueron atendidos de forma integral, principalmente con acciones dirigidas a incorporarlos al sistema educativo, habilitación laboral de madre y padres para que sus hijas e hijos no continúen trabajando en la calle.
c)
Se Brindaron controles de vigilancia y promoción de crecimiento y desarrollo (VPCD) realizado por el
La situación de pobreza de las familias determina la calidad de vida de niñas y niños. De acuerdo con cifras del INIDE, en el 2005, el 56.2% de niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años eran pobres, y los menores de 12 años constituían el grupo de edad con mayor porcentaje de pobreza. Todos ellos, enfrentaban serias limitaciones en el cumplimiento de sus derechos
Ministerio de Salud (MINSA) al 90% del total de niñas y niños atendidos. d)
Se atendieron a 18,276 madres y padres de las niñas y niños que asistieron a los centros de consejería nutricional
por
parte
de
educadoras
y
madres
voluntarias.
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e)
Se atendieron a 5,000 mujeres lactantes y embarazadas que recibieron consejería nutricional.
f)
Se distribuyeron micronutrientes en 60 locales.
El Estado de Nicaragua, ha tenido un avance gradual El Estado de Nicaragua por medio de los
en lo referido a la Alimentación Adecuada, en el año
Programas de Alimentación Escolar
2008, al inicio de la implementación de los
se ha
establecido como objetivo estratégico contribuir a
programas. Entre algunas de las metas alcanzadas
mejorar las condiciones de educación, salud y
estuvieron:
nutrición de los niños y niñas en situación de Distribución de 141.584.250 raciones de 145
pobreza extrema e inseguridad alimentaria La Iniciativa de integrar los componente de Educación
y
Alimentación
bajo
un
solo
eje
estratégico permite una mayor cobertura a niños y
gramos, equivalentes a 18.743,18 Toneladas de alimentos, garantizando el consumo por 150 días hábiles, dicho suministro de alimentos aporta al
niñas dentro del sistema público de educación
30% de la dieta alimentaria de 1.009.638
preescolar formal y primaria regular, incrementando
preescolares y escolares con alimentos nutritivos y
y mejorando con ello la inversión en capital humano
fortificados.
y social en sus comunidades de origen, con la participación de los padres y madres de familia y la comunidad general.
Incremento del porcentaje de asistencia escolar en
Uno de los elementos estratégicos es la formación
un 10% y por tal razón se disminuyó la deserción
de docentes en materia de Seguridad Alimentaria y
escolar en los centros escolares de 146 Municipios
Nutricional, de igual forma la incorporación de la
que se encuentran en los 15 departamentos de
Educación Alimentaria y Nutricional dentro del
Nicaragua, incluyendo las Regiones autónomas del
Currículo Académico constituye un importante paso
atlántico Norte y Sur del País.
para
aumentar la concienciación; mejorar la
motivación; facilitar la adopción voluntaria, o mantenimiento de conductas nutricionales sanas, que conlleven a la salud y al bienestar de los niños y niñas.
Proceso de implementación de 1000 centros educativos para la implementación de Huertos escolares.
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Otro factor clave en los Programas impulsados por el Gobierno de Nicaragua es la promoción de alimentación y nutrición escolar saludable, nutritiva e inocua, diversa, y respetuosa de la cultura, tradiciones, mística y hábitos alimentarios. Un Determinante en este aspecto es el rescate de las tradiciones nutricionales y los conocimientos ancestrales asociados a la misma. Entre los principales resultados que el Gobierno de Nicaragua se ha planteado alcanzar están: a) Aumentar la ingestión de alimentos nutritivos y fortificados entre los niños en edad preescolar y educación primaria. b) Incrementar en un 10% la asistencia y disminuir en un 5% la deserción en los centros preescolares comunitarios y escuelas de primaria. c) Fortalecer la participación comunitaria y la adopción de buenas prácticas alimentarias y sanitarias en los centros preescolares comunitarios y escuelas primarias.
“El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño”. Principio 2. Declaración Universal de los Derechos del Niño (1959)
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IV.
MARCO JURIDICO EN MATERIA DE EDUCACION Y ALIMENTACION ESCOLAR A nivel de la región se han dado importantes avances en la ratificación de instrumentos que promueven la alimentación adecuada y en particular los derechos de los niños y niñas
Observaciones Generales No.12 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1999). “El derecho a la alimentación adecuada se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño, ya sea solo o en común con otros, tiene acceso físico y económico , en todo momento, a una alimentación adecuada o a medios para obtenerla.”
(Ver: Tabla 1). Entre algunos de los principales instrumentos vinculantes suscritos y ratificados por el Estado de Nicaragua que retoma el derecho a la Alimentación de niños y niñas están: La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). La Declaración Universal de los Derechos Humanos aprobada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), reconoce formalmente el Derecho a la Alimentación; conforme lo establecido en su artículo No. 25, que proclama que: “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado, que le asegure, al igual que a su familia, la salud y el bienestar, en especial a la alimentación.
Declaración Universal sobre la erradicación del hambre y la malnutrición (1974). “Todos los hombres, mujeres y niños tienen el derecho inalienable a no padecer de hambre y malnutrición a fin de poder desarrollarse plenamente y conservar sus capacidades físicas y mentales. La sociedad posee en la actualidad recursos, capacidad organizadora y tecnologías suficientes y, por tanto, la capacidad para alcanzar esta finalidad. En consecuencia, la erradicación del hambre es objetivo común de todos los países que integran la comunidad internacional, en especial de los países desarrollados y otros que se encuentran en condiciones de prestar ayuda.”
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Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966). Cabe destacar que el derecho a la alimentación es jurídicamente vinculante para los 160 Estados Partes del Pacto. El PIDESC en su artículo No.11, reconoce con un doble enfoque el Derecho fundamental a estar protegido contra el Hambre y el Derecho a una Alimentación Adecuada. Los Estados Partes en el presente Pacto, reconociendo el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre, adoptarán, individualmente y mediante la cooperación internacional, las medidas, incluidos los programas concretos .. Convención sobre los Derechos del Niño (1989) Los derechos de la infancia están plenamente estipulados en la Convención sobre los Derechos del Niño(1989), este instrumento internacional que recoge el derecho a la alimentación y constituye el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que define los derechos humanos básicos que disfrutan los niños y niñas en todas partes: el derecho a la supervivencia; al desarrollo pleno; a la protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación; y a la plena participación en la vida familiar, cultural y social. La Convención en su artículo 24(2)(c,e) y 27(3), establece que: Convención sobre los Derechos del Niño Artículo 24(2)(c), “Combatir las enfermedades y la malnutrición en el marco de la atención primaria de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicación de la tecnología disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del medio ambiente”
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Convención sobre los Derechos del Niño Artículo 24(2)(e), “Asegurar que todos los sectores de la sociedad, y en particular los padres y los niños, conozcan los principios básicos de la salud y la nutrición de los niños, las ventajas de la lactancia materna, la higiene y el saneamiento ambiental y las medidas de prevención de accidentes, tengan acceso a la educación pertinente y reciban apoyo en la aplicación de esos
Considerando los efectos positivos de la atención integral a la infancia temprana en el desarrollo cognitivo, sería de esperar que – en la fase siguiente: de 3 a 5 años de edad - un mayor acceso de los niños y niñas a la educación preescolar se exprese en mejores resultados, logros y progresión a lo largo del nivel primario.
conocimientos” Fundamentado
en
algunos
de
los
instrumentos
internacionales antes indicado y motivados por la necesidad de garantizar los derechos de los niños y niñas nicaragüenses, en la actualidad se han realizado esfuerzos importantes impulsados desde el Foro de Presidentes de Poderes Legislativos de Centroamérica y la cuenca del Caribe (FOPREL), para armonizar el marco jurídico en dicha materia en el ámbito regional, dicha instancia asumió por medio de su “Comisión
Una Instancia de mucha importancia que puede aportar en la formación de docentes en materia de Educación Alimentaria y Nutricional es el Comité Interuniversitario de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CIUSSAN), constituido en el 2005 e integrado por cuatro universidades: UNAN Managua, UNAN León, UCA y UNA, apoyado por los organismos internacionales PESA-FAO y OPS/INCAP.
Interparlamentaria de Cohesión Social y Lucha contra la Pobreza” el compromiso de elaborar e institucionalizar una “Ley Marco referida a la Alimentación y Nutrición Adecuada Escolar”, dicho proceso por mandato de la Presidencia Pro Tempore del FOPREL ejercida por el Diputado Rene Núñez, Presidente de la Asamblea Nacional de Nicaragua , ha constituido una prioridad en la Agenda Institucional 2013, logrando como resultado de la gestión beligerante de la Secretaria Permanente del FOPREL, ejercida por el Dr. Santiago Rivas Leclair, el contar con una comisión de trabajo interinstitucional en donde participa PRESANCA, INCAP y especialistas
Las políticas integrales de atención a la infancia puede evitar daños irreversibles que pueden producirse a esa edad, debido por ejemplo a carencias nutricionales. Estas carencias derivan en distorsiones diversas del desarrollo cerebral y del sistema nervioso, las que deterioran la capacidad cognitiva y la conducta y magnifican los efectos adversos de las privaciones socioeconómicas en el desarrollo infantil.
en materia de SSAN.
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V.
DESAFIOS EN MATERIA DE EDUCACION ALIMENTARIA Y NUTRICONAL EN NICARAGUA Es importante destacar que Nicaragua es un país pionero en materia de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (SSAN) en el ámbito regional, y consta actualmente de la legislación más moderna de la región, asimismo la implementación de dicha legislación es de referencia importante en la región por su eficiente desarrollo. No obstante por lo complejo y multidimensional del abordaje de la temática de SSAN, es fundamental mantener una dinámica continua de formulación de instrumentos y mecanismos que fortalezcan la realización de un Derecho tan transversal como el Derecho a una alimentación y Nutrición adecuada, se presentan las siguientes recomendaciones: a. Formular y aprobar una Ley referida a la Alimentación y Nutrición Escolar. b. Fortalecer la Implementación de
los Programas actuales en materia de
Alimentación y nutrición escolar. c. Incentivar la compra local a Pequeños/as y mediados/as Productores/as de los alimentos que abastecen a los Programas de Gobierno, con la finalidad de estimular la Producción Local, y el Consumo de Alimentos Nacionales y Saludables. d. Promover en coordinación con el Comité Interuniversitario de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CIUSSAN) y el Ministerio de Salud, la Formación Integral de Docentes en temas relacionados a Salud Integral, hábitos de vida saludable, Nutrición Infantil, y Alimentos Saludables. e. Fomentar el desarrollo y alentar la actividad física, con el objetivo desarrollar
un Sistema Locomotor, neuromuscular y cardiovascular saludable, de igual forma mantener un peso corporal saludable. f.
Ampliar la implementación de los Huertos Escolares.
g. En Coordinación con las instancias competentes vinculadas al Consumidor Restringir la propaganda de bebidas carbonatadas y azucaradas, así como alimentos chatarra, en todas las escuelas y en sus alrededores. h. Promover en conjuntos con los Gobiernos Municipales y Gobiernos Regionales, el rescate, y divulgación de las prácticas alimenticias y nutricionales ancestrales Nicaragüenses. i.
Promover la conformación de las Comisiones Municipales de Soberanía y Seguridad Alimentaria, conforme la Ley No.603.
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FUENTES: a. Política Nacional de la Primera Infancia 2011 b. Castilla, M (2007). El Derecho a la Educación en Nicaragua. FLAPE. c. El Futuro de la Educación en Nicaragua.
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