EL CONFLICTO RELIGIOSO EN ORIZABA: DE LA LEY CALLES A LA LEY TEJEDA,

UNIVERSIDAD VERACRUZANA FACULTAD DE HISTORIA “EL CONFLICTO RELIGIOSO EN ORIZABA: DE LA LEY CALLES A LA LEY TEJEDA, 1926-1940” TESIS QUE PARA OBTENER
Author:  Soledad Rubio Río

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UNIVERSIDAD VERACRUZANA FACULTAD DE HISTORIA

“EL CONFLICTO RELIGIOSO EN ORIZABA: DE LA LEY CALLES A LA LEY TEJEDA, 1926-1940”

TESIS QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE LICENCIADO EN HISTORIA

PRESENTA: Julio César Zúñiga Trujillo

DIRECTOR: Dr. Juan Ortiz Escamilla

XALAPA-ENRÍQUEZ, VER.

DICIEMBRE DE 2015.

Índice Introducción........................................................................................................... 5 Marco teórico ..................................................................................................... 11 Hipótesis y estructura del trabajo ....................................................................... 13 Capítulo I. El conflicto religioso en Veracruz (1925-1926) ............................... 18 1.1 Adalberto Tejeda en la presidencia de Plutarco Elías Calles ....................... 18 1.2 La Ley Calles en Orizaba, Veracruz ............................................................. 25 1.2.1 Aplicación del artículo 3° Constitucional ................................................ 31 1.2.2 Las Juntas Vecinales, el control por los bienes del clero ....................... 39 1.3 El apoyo obrero, la fuerza política ................................................................ 47 1.4 Los medios de protesta de los católicos ante la Ley Calles ......................... 51 Capítulo II. La ley antirreligiosa en Orizaba: de Heriberto Jara Corona a Adalberto Tejeda (1927-1930) .......................................................................... 56 2.1 La crisis del gobierno de Heriberto Jara Corona .......................................... 56 2.2 Un gobierno interino en Veracruz (1927-1928) ............................................ 58 2.2.1 Desobedientes de la ley: el caso de Paulino Martínez Pacheco y agraviados ................................................................................................... 61 2.2.2 Los espiritistas, una breve participación en la política religiosa de Orizaba ........................................................................................ 72 2.2.3 La administración de las Juntas Vecinales ............................................ 74 2.3 El camino hacia la concordia entre la Iglesia y el Estado, la derogación de la ley antirreligiosa en Veracruz durante la administración de Adalberto Tejeda ................................................................... 80 2.3.1 El primer año de la política religiosa en el gobierno tejedista en Orizaba ........................................................................................ 81 2.3.2 El “Modus Vivendi”: hacia la reconciliación entre el Estado y la Iglesia, el descontento de Adalberto Tejeda ............................ 85 2.4 Después del modus vivendi y el regreso a los templos................................ 91 2.4.1 La entrega de los templos a los feligreses de Orizaba, respetando el “modus vivendi” ........................................................................ 94 2

Capítulo III. El gobierno radical en Veracruz. La segunda ley antirreligiosa en la década de los treinta del siglo XX .......................................................... 106 3.1 El anticlericalismo veracruzano .................................................................. 107 3.1.1 Un nuevo enfrenamiento, el clero y el gobierno veracruzano .............. 116 3.2 Tiempos difíciles en el segundo semestre de 1931, crisis e incertidumbre entre el clero y el gobierno de Veracruz ........................ 124 3.2.1 1932: el segundo cierre de templos en Orizaba .................................. 137 3.2.2 El rumbo de la Ley 197 ........................................................................ 150 3.3 La Iglesia de la Santísima Trinidad, un caso presbiteriano ........................ 157 Capítulo IV. El fin de la Ley 197 en Veracruz: 1937, rumbo a la reapertura de los templos en Orizaba ............................................................. 161 4.1 Un nuevo panorama político ...................................................................... 161 4.2 La situación religiosa en 1937: el último año de la Ley 197 ....................... 166 4.3 La nueva entrega de templos a las Juntas Vecinales en Orizaba .............. 182 4.3.1 En búsqueda de otros implicados en el asesinato de Leonor Sánchez ....................................................................................... 188 4.4 Hacia una solución de la ley antirreligiosa ................................................. 191 4.4.1 Rumbo a la reconciliación entre el Estado y la Iglesia en Orizaba ...... 193 Conclusión ......................................................................................................... 207 Anexo ................................................................................................................. 214 Bibliografía......................................................................................................... 224

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Agradecimientos Las palabras nunca alcanzan cuando lo que hay que decir desborda el alma. -Julio Cortázar-

A mis abuelos paternos, Irineo Zúñiga Trujillo y Guadalupe García Cerón, quienes fueron testigos del acontecimiento histórico regional que se expone en el presente trabajo, por ellos fue que me interesó estudiar y analizar este periodo de la historia de Orizaba. A cada miembro de las familias Luna Trujillo, Rossains Trujillo, Trujillo Antonio y Zúñiga García, quienes demostraron su apoyo incondicional. Externo especial agradecimiento a mis padres, Sofía Trujillo Antonio y Gaspar Fernando Zúñiga García, quienes con su guía moral me brindaron las herramientas necesarias para lograr cumplir este proceso universitario. Especialmente a mi mamá, quien con su esfuerzo, lucha, perseverancia y dedicación hizo que esto se llevara a cabo, jamás dudó en darme su apoyo incondicional; a mi hermano Adán. A los amigos que me acompañaron: Hilda, Indira Daniela, Jesús Antonio, Maribel, Mario Alberto, Marisol, Miguel Enrique, Paulo César. Asimismo, agradezco a la Facultad de Historia de la Universidad Veracruzana durante la estancia 2011-2014. Hago mención que la presente investigación fue asesorado por el Dr. Juan Ortiz Escamilla, profesorinvestigador del Instituto de Investigaciones Históricos-Sociales de la Universidad Veracruzana, quien además me brindó una beca del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) 2014-2015, gracias a ello logré elaborar esta investigación. A mis lectores: Dra. Julieta Arcos Chigo, Dr. Gerardo Antonio Galindo Peláez y Dra. Dora Cecilia Sánchez-Hidalgo Hernández, gracias por sus atinadas observaciones. Finalmente, agradezco a la directora del Archivo Municipal de Orizaba “José María Naredo” Lic. Aracely Rodríguez Contreras y al personal, quienes me auxiliaron al momento de la consulta de los expedientes. De igual manera al Pbro. Antolín Bernardi Castelán, párroco de la Catedral de San Miguel Arcángel de Orizaba y al Pbro. Helkin Enríquez Báez, capellán del templo de El Calvario de la misma ciudad, quienes me permitieron la consulta del archivo parroquial.

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Introducción El presente trabajo tiene como objetivo explicar el impacto que tuvo la ley anticlerical del siglo XX en el estado de Veracruz, concretamente en la ciudad de Orizaba. Como se recordará, en los primeros años del siglo XX, estalló la Revolución Mexicana, que dio fin al gobierno de Porfirio Díaz, como consecuencia el sistema político de México sufrió un cambio con los siguientes presidentes y líderes de la Revolución. En ese tiempo se da el triunfo de Venustiano Carranza con quien la vida política del país tomaría un curso diferente al decretarse una nueva Constitución en 1917, si bien varios artículos son reformados de diferentes índoles, unos en particular son de especial interés para esta investigación: el 3°, 24 y 130, que tratan sobre la educación y los intereses del clero. El origen de esta investigación surgió de los estudios que se han hecho de manera nacional, siendo el máximo exponente el historiador Jean Meyer con su obra “La Cristiada”. La investigación que se presenta, de manera local, se orienta a un espacio en específico: Orizaba, Veracruz; asimismo se trata de buscar cuáles fueron los factores que durante los años veinte y treinta el anticlericalismo se puso en práctica. Así como dar a conocer por qué en esta entidad no hubo enfrentamientos violentos en comparación con la zona centro-occidente del país a pesar de que México es mayoritariamente católico; siendo que el impacto de las leyes en contra de la Iglesia1 fue diferente en Veracruz en comparación con las otras entidades del país. La Iglesia mostró su desaprobación a la Constitución e incitaba a desobedecerla y no acatarla, mientras que el gobierno mantenía su postura de que la única manera de lograr el progreso del país era limitar la influencia del clero que, según los ideales revolucionarios, venía perjudicando a la sociedad; a pesar de que la Carta Magna fue promulgada en 1917, los artículos referentes a materia de cultos se empezaron a ejercer en 1926 y se extendió hasta los años treinta. El Estado mexicano tomó un nuevo rumbo al reformar las leyes y ejercerlas, destacando la cuestión educativa, laboral, social, agraria y religiosa. Al aplicarse los

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Como observación, se escribirá “iglesia” cuando se trate del recinto, del inmueble. Mientras que cuando se vea “Iglesia” se referirá a la Institución religiosa.

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artículos 24 y 130 donde el Estado podía intervenir en asuntos religiosos, lo que provocó serios enfrentamientos, primero de 1926 a 1929 a nivel nacional con la llamada “Ley Calles”, después a nivel estatal, en Veracruz fue de 1931 a 1937 con la “Ley Tejeda”. Algunos artículos que se plasmaron en la Constitución como producto de las ideas radicales, fueron tomados como una amenaza por aquéllos en donde sus intereses se veían afectados, como lo fue en materia de libertad de cultos. Uno de los radicales fue Francisco J. Múgica, quien influyó en la redacción de los artículos 24 y 130. El primero expresaba que las manifestaciones de los cultos debían permanecer en el interior de los templos, mientras que el segundo, era como una extensión del 24, garantizaba que las leyes no prohíben ningún tipo de culto, además de que concede al Estado intervenir en asuntos religiosos de carácter externo para evitar conflictos entre los diversos credos, este artículo se basa en las Leyes de Reforma de Juárez.2 Ante esto, la Iglesia Católica Mexicana reaccionó de tal manera que años después se llevó a cabo un enfrentamiento violento entre el Estado y la Iglesia. El tema de la religión fue importante y controvertido durante las sesiones del Congreso Constituyente celebrado en Querétaro para la formación de la nueva Carta Magna, algunos buscaron su limitación, sino es que eliminación del clero, otros no querían reformar las leyes. Enrique Recio buscaba reformar el artículo 24, agregando que se prohibía al sacerdote de cualquier culto impartir la confesión auricular y que el ejercicio del sacerdocio se limitara a ciudadanos mexicanos por nacimiento, por lo que una vez planteada la propuesta se pone a discusión y es aprobada.3 Del mismo modo, el artículo 130 (en un momento llamado art. 129), fue puesto en debate para su reforma y nuevamente hubo pros y contras; David Pastrana Jaimes dijo: “…El pueblo mexicano no es religioso, es fanático, es simplemente un fanático”, mientras Múgica deseaba terminar con el clero al que llamaba “hidra”.4

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ARCOS Chigo, Antonio. “Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917” en ARCOS Chigo, Julieta (Coord. y Comp.). Documentos Fundamentales de México. Jornadas Veracruzanas de Historia, México, Gobierno del Estado de Veracruz, Universidad Veracruzana, 2010, pp. 228-229. 3 http://constitucion1917.gob.mx/contenido/pdf/congreso_const/023.pdf, (consultado el 01 de diciembre de 2014). 4 Ibíd.

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El Presidente Plutarco Elías Calles hizo valer el Artículo 130 de la Constitución mexicana,5 limitando la intervención política y social de la Iglesia Católica ya que ésta comenzaba a tener una participación activa en la vida de los ciudadanos, pues contaba con escuelas religiosas, fomentaba la práctica de culto y cuestionaba al gobierno, por lo que a esta medida por parte del gobierno mexicano se le conoció como “Ley Calles”. De esa manera se puso en práctica la “reglamentación de los curas”, el cual consistió en que debían de registrarse ante un padrón para poder ejercer su culto, donde sus actividades serían tomadas como “oficios” siempre y cuando fueran mexicanos por nacimiento. Por otro lado, en Orizaba hubo movimientos obreros que al principio apoyaron al gobierno. Sobre la política religiosa mostraron su apoyo al presidente Plutarco Elías Calles a través de la máxima casa obrera, la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM). Tal Confederación agrupó a miles de obreros en todo el país, siendo Veracruz uno de los bastiones de esos movimientos por albergar a ciudades fabriles y mercantiles como Córdoba, Orizaba, Xalapa y puerto de Veracruz. Los obreros mostraron su apoyo ante esta medida pero con el paso del tiempo las constantes luchas entre el gobierno y los sindicatos abrirían una brecha que los distanciaría, culminando con la ruptura entre ellos. Asimismo, años después los obreros abogarían por los derechos de los católicos y ellos mismos se llamarían así, mostrando apoyo a los feligreses de Orizaba para la reapertura de los templos en 1937. No es intención ahondar sobre la cuestión laboral o del movimiento obrero en Orizaba, pero conforme avance el presente trabajo se abordarán ciertos aspectos para ayudar a tener en cuenta cuál era la situación que se vivía en esa época, donde las posturas tanto de la Iglesia como del Estado eran diferentes buscando imperar una sobre la otra. Del mismo modo cómo la sociedad, con énfasis en los católicos, buscaba resistir a las leyes anticlericales del gobierno, así como algunos sectores apoyaron las disposiciones gubernamentales; sin embargo, no sólo la ley afectó al clero católico, sino a otras religiones.

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En este Artículo la Federación tiene poder sobre materia de culto y no reconoce personalidad alguna en las agrupaciones religiosas. Al igual que el ejercicio de sacerdote será visto como una profesión, los Estados podrán designar el número de sacerdotes y éstos tienen que ser mexicanos por nacimiento, así como prohibirles agrupaciones políticas ni criticar las leyes del país. Véase a ARCOS Chigo, Antonio, Op. Cit., 2010, pp. 247-248.

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A modo de respuesta, el Episcopado Mexicano rechazó el artículo y suspendió los cultos, creyendo que de esa forma el gobierno daría marcha atrás, pero no fue así por lo que la ley se puso en práctica en todo el país, como consecuencia estalla la “guerra cristera”. Además del presidente, había otros revolucionarios que buscaban la limitación del clero, entre ellos sobresale Francisco J. Múgica, quien destacó en el Congreso Constituyente de Querétaro cuando se redactaba la Constitución de 1917; también destaca el veracruzano Adalberto Tejeda, un revolucionario con ideales radicales. Tejeda ocupó la gubernatura de Veracruz por primera vez de 1920 a 1924, en ese tiempo mostraba ya su desagrado hacia la Iglesia, durante esa administración tuvo un acercamiento hacia las clases populares, obreros y agraristas, por lo que años después se valió de eso para un segundo mandato. Fue llamado a formar parte del gabinete de Calles; al decretarse la ley anticlerical en junio de 1926, como secretario de Gobernación exigió su cumplimiento a todos los funcionarios. En Veracruz, se encontraba como gobernador Heriberto Jara Corona (1924-1927), otro revolucionario que era allegado a Adalberto Tejeda, quizás este fue el motivo por lo que en la entidad la ley anticlerical se puso en práctica; el gobernador Jara seguía las órdenes del Gobierno Federal, la influencia que se tenía uno sobre del otro jugó un papel fundamental, Tejeda tenía autoridad en Veracruz a pesar de que se encontraba en la ciudad de México, esto debido a que ya había destacado en el campo político al ser gobernador de 1920 a 1924. Mientras la guerra cristera se libraba en ciertos lugares del país, en el estado de Veracruz no sucedió lo mismo, a esto se debe la figura de un personaje caracterizado y reconocido incluso por el gobierno, el obispo Rafael Guízar y Valencia; él era la contraparte del gobierno, figura principal del clero veracruzano y a pesar de su exilio siguió teniendo presencia en su diócesis. Tan fuerte fue su liderazgo que llamó la atención de los católicos a no tomar las armas como sus semejantes, para Guízar la violencia no era necesaria, por lo que debía buscar una solución de manera pacífica, aunque repudió la reglamentación de los curas pidió a sus feligreses que se respetara la ley y no se metieran en asuntos políticos.

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En la ciudad de Orizaba, la ley se comenzó a ejercer a petición del gobernador Heriberto Jara Corona, por lo que los sacerdotes que no se registraron ante un padrón eran expulsados, se confiscaban todos los bienes eclesiásticos y pasaban a manos del gobierno; posteriormente se crearon las Juntas Vecinales para su cuidado, limpieza y conservación. Al momento de ejercer la ley se buscaron todos los recintos en los que pudieran ejercer el culto o enseñar la educación religiosa, por lo que se ordenó vigilar asilos u orfanatos y si se encontraba una capilla se tenía que clausurar; lo mismo pasó con las escuelas particulares que ejercían la enseñanza religiosa, las cuales debían de sujetarse al plan educativo del gobierno y si no lo hacían eran cerradas. La Ley Calles se mantuvo en Orizaba hasta el segundo mandato de Tejeda en 1928, dicha ley se deroga al año siguiente. A pesar de que el obispo Guízar rechazaba la violencia, su resistencia se basó en la desobediencia y se oficiaban misas en casas particulares. Sin embargo, en 1929 se realizan los arreglos entre el Gobierno Federal y el Episcopado Mexicano, dando fin a la guerra cristera; algunos políticos rechazaron esta actitud, entre ellos Tejeda, quien en los años treinta, junto con otros gobiernos estatales llevaron a cabo el cumplimiento del artículo 130 en algunas entidades del país. Adalberto Tejeda reprobó los acuerdos y sostuvo que era un sometimiento hacia el clero; en Orizaba los católicos celebraron el arreglo y esperaban la entrega de los templos, sin embargo el gobierno veracruzano no los entregó inmediatamente y se prolongó por varios meses más. Faltando un año para que su gestión terminara, el gobernador Tejeda propuso una ley de reglamentación de sacerdotes pero ahora con jurisdicción estatal, ésta fue aprobada en junio de 1931 y de esta manera se aplicaba otra ley anticlerical. Ahora el número de ministros sería de 13 por cada 100,000 habitantes; esta ley no sólo afectó a los católicos, sino que también a los protestantes que tenían presencia en Orizaba. Esta ley alcanzó tal dimensión, que días antes de entrar en vigor Tejeda fue víctima de un atentado, esto motivó al gobierno veracruzano a culpar a los católicos y de acuerdo con las averiguaciones pertinentes se dijo que el autor intelectual del crimen fue el sacerdote Rafael Rúa Álvarez, de Orizaba. Conforme pasaban los años, desde que Adalberto Tejeda promulga la ley los que le sucedieron en el gobierno mantuvieron su vigencia, pese a que algunos católicos 9

solicitaban derogarla. El gobernador en turno no aceptaba esa petición y como consecuencia siguieron las insubordinaciones y aquellos que fueron sorprendidos, tanto sacerdotes como civiles, fueron consignados ante las autoridades siendo procesados y trasladados a la cárcel municipal. Rafael Rúa, cura distinguido entre los habitantes del valle de Orizaba, mantuvo su postura contra el gobierno y fue muy cercano al obispo Guízar, soportó las dos persecuciones religiosas en Veracruz. Su participación fue tal que influía entre los habitantes al igual que en los obreros; Rúa tuvo que huir cuando se le buscaba por el atentado hacia el gobernador, entre sus actividades estuvo el de misionar por la zona central de Veracruz para hacer frente a la ley Tejeda, la forma en que lo hizo fue entregando los amparos que buscaron los sacerdotes para resistir la persecución y evitar su detención por parte de las autoridades. Además, tanto el padre Rafael Rúa como el obispo Rafael Guízar, tuvieron influencia para que la ley en Veracruz terminara. La muerte de una joven llamada Leonor Sánchez fue el inicio, el gobernador en turno era Miguel Alemán Valdés; después de que Leonor murió se hicieron grandes manifestaciones que pedían la apertura de los templos, ante esto jugaron un rol importante los clérigos antes mencionados, por un lado Rúa fue compañero de clases de Alemán, por lo que tenía cierta cercanía hacia su persona, pero, quien tuvo más peso fue el obispo ya que era amigo de la familia del gobernador. El obispo conocía a la familia de la esposa del gobernador, la señora Beatriz Velasco, concretamente a su hermano, a quien le pidió en diversas ocasiones interceder entre Guízar y el gobernador, el cual pedía que los templos tenían que ser abiertos y así reanudar los cultos católicos. Ante esto el gobernador junto con las presiones del Gobierno Federal, dado que Lázaro Cárdenas buscaba una solución al conflicto, se tuvo que ceder y en noviembre de 1937 los cultos en Veracruz fueron restablecidos, no obstante, el gobierno entregó poco a poco los templos, de nueva cuenta las Juntas Vecinales jugaron un papel crucial para el manejo y control de los inmuebles religiosos de Orizaba.

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Marco teórico Durante el tiempo que se libró la guerra cristera en México, el gobierno veracruzano ejerció la ley anticlerical con el apoyo de las autoridades civiles, los obreros mostraron su fuerza al secundar esa disposición, en primer lugar porque el presidente municipal de Orizaba era un obrero y estaba afiliado a algún sindicato. Si la autoridad civil no ejercía lo que el Estado demandaba los obreros actuaban y le recordaban que era parte del gremio, logrando así su influencia en la política. En la historia nacional, la guerra cristera se ha centrado en el centro-occidente del país, en aquellos estados donde los cristeros tomaron las armas y se enfrentaron al ejército nacional, pero eso no significa que el tema no se ha abordado en los años treinta. Jean Meyer señala que debido a que los arreglos del 29 no se respetaron, llamando a este periodo como “La Segunda”, refiriéndose a un segundo episodio de la persecución de los católicos. Meyer aborda este concepto en otras obras, como el estudio que realiza en Oaxaca.6 En Orizaba no se ha investigado de manera crítica este episodio de la historia. Los trabajos que hay son obra de los cronistas de Orizaba, pero estos se centran únicamente en los años treinta, por lo que esta investigación profundiza en la problemática desde inició con Calles, pasando por el gobierno radical de Adalberto Tejeda, del mismo modo que no se ha aclarado cómo termina la aplicación de la Ley Tejeda, por lo general, el periodo se corta dramáticamente en febrero de 1937. Si bien la ley se deroga en noviembre de ese año, los templos fueron entregados paulatinamente. En palabras de Jean Meyer,7 este segundo movimiento lo llamó “alberchigal” por referirse al albérchigo o al durazno de cosecha tardía. Tejeda logró mantenerse en el palacio de gobierno de Xalapa por su habilidad para afianzar su respaldo entre los grupos populares, se convirtió en ferviente callista, recurso que había de brindarle jugosos frutos

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MEYER, Jean. El conflicto religioso en Oaxaca (1926-1938), CIESAS, Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, Instituto de Artes Gráficas de Oaxaca, Oaxaca, México, 2006. 7 Conferencia celebrada en Xalapa, Veracruz. Por el aniversario 150 de la arquidiócesis efectuada el 27 de junio de 2014.

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en los años por venir.8 Para 1933 hubo un descontento hacia Adalberto Tejeda por parte del gobierno federal por haberse “vendido” a compañías con intereses petroleros,9 él y Calles se iban distanciando debido a las diferencias políticas. Como revolucionario, Tejeda tenía en Veracruz su fuente de poder en los trabajadores y los campesinos, organizados en ligas campesinas, sindicatos obreros y partidos socialistas. Al mismo tiempo, estaba en juego el dominio, es decir la capacidad del Estado o de la Iglesia para controlar a las instituciones y a la sociedad como los obreros, los campesinos, la juventud, la clase media; el cura llegaba a ser más importante que el presidente municipal.10 Orizaba, junto con Xalapa y Veracruz serían los centros productivos más importantes de la entidad, se buscó que estuvieran sujetas a las disposiciones del gobierno por la importancia económica que representaban. Las ideas revolucionarias estaban presentes en algunas partes del país y pese a que la Cristiada había terminado, algunos gobernadores implementaron leyes anticlericales en sus estados. Otra definición de anticlericalismo puede ser como el conjunto de ideas, discursos, actitudes y comportamientos que se manifiestan en forma pacífica o violenta contra las instituciones eclesiásticas. Esta postura anticlerical puede llegar a cuestionar o descalificar dogmas, creencias, ritos y devociones. René Remond dice que el anticlericalismo se desarrolla principalmente donde hay clericalismo, es decir, donde la fuerza de la Iglesia Católica ha sido fundamental en su historia, su sociedad y su cultura.11 De esta forma se hace evidente que en las rebeliones que ocurren en un país causarán estragos en lo social, político y económico, pero a pesar de ello los bandos que se enfrentan mantendrán sus ideales y harán lo posible por ganarle a su adversario. Para

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FALCÓN Romana y Soledad García. “La anarquía pura. El nuevo régimen” en La semilla en el surco. Adalberto Tejeda y el radicalismo en Veracruz 1883-1960, El Colegio de México, México, 1986, p. 154. 9 Fondo Francisco J. Múgica, Caja 16, Tomo CXLIV, documento 202, de Lázaro Cárdenas a Francisco J. Múgica, julio 17 de 1933. 10 PÉREZ-Rayón Elizunda, Nora. “El anticlericalismo revolucionario” en Estado, Iglesia Católica y Anticlericalismo en México. La primera visita de Juan Pablo II en la prensa de opinión, México, Universidad Autónoma MetropolitanaAzcapotzalco, Almaqui Editores, 2013, pp. 53-55. 11 PÉREZ-Rayón, Elizundia Nora. Estado, Iglesia Católica y Anticlericalismo en México. La primera visita de Juan Pablo II en la prensa de opinión, México, Universidad Autónoma Metropolitana-Azcapotzalco, Almaqui Editores, 2013, pp. 11-12.

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la década de 1930 en Veracruz había una lucha ideológica,12 los ideales revolucionarios estaban presentes y algunos políticos llegaron a ser radicales al momento de ejercer su política. A pesar de todo, en Veracruz –concretamente Orizaba–, no hubo rebelión por las armas, sino más bien se trató de una desobediencia civil 13. Esta fue una manera de protestar y resistir ante las adversidades que atravesaban, pues se sentían agraviados por la conocida ley 197. Como se recordará el anticlericalismo en México estaba presente desde antes de la Revolución, pero es en el siglo XX cuando esta política es llevada cabo por el gobierno. Primero de manera nacional donde el presidente de la República pide el cumplimiento de la Constitución con base a ese tema, posteriormente esa política es trasladada a gobiernos estatales. La temporalidad de la investigación es larga, por lo que hubo varios gobernantes, tanto presidentes como gobernadores, por lo que no se profundizará en la política de cada uno, sino más bien de aquellos que tuvieron una participación más activa en las dos formas de gobierno.

Hipótesis y estructura del trabajo Para entender esta investigación se tratará de responder las siguientes preguntas:  ¿Por qué la guerra cristera no llegó al estado de Veracruz?  ¿Hasta qué grado fue la influencia del obispo Rafael Guízar y Valencia para que los católicos veracruzanos no tomaran las armas?  ¿Por qué los obreros fueron un apoyo importante para el gobierno?  ¿Cuál fue la relación del padre Rafael Rúa Álvarez con los católicos orizabeños?  ¿Cómo fue tomada la ley de cultos por los protestantes en Orizaba?

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Norberto Bobbio dice que como ideología se entiende a los sistemas de creencias políticas: un conjunto de ideas y de valores concernientes al orden político que tienen la función de guiar los comportamientos políticos colectivos. BARRIOS, Miguel Ángel. “La filiación ideológica de Manuel Ugarte” en El Latinoamericanismo en el pensamiento político de Manuel Ugarte, Buenos Aires, Biblos, 2007, p.30. 13 Es una forma particular de desobediencia, en cuanto que es llevada a cabo con el fin inmediato de demostrar públicamente la injusticia de la ley y con el fin mediato de inducir al legislador a cambiarla. BOBBIO Norberto, Nicola Matteucci, Gianfranco Pasquino y otros. Diccionario de Política 2 Vol., Siglo XXI, México, 1995, pp. 534-535.

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 ¿Qué impacto tuvo la muerte de Leonor Sánchez con los católicos y obreros en Orizaba?  ¿Cómo terminó la ley de cultos en Orizaba? Durante la administración del presidente Plutarco Elías Calles (1924-1928) se presentó una ley anticlerical (1926-1929), en ella se buscó la limitación del culto católico y minimizar su influencia en la sociedad mexicana. Para lograrlo, utilizó los sindicatos existentes a través de la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM), la cual era la máxima casa de obreros reunidos en un solo gremio, su dirigente fue Luis N. Morones que a su vez era aliado de Calles. Limitar la religión católica fue un serio problema que enfrentó el gobierno posrevolucionario en México, la mayoría de los habitantes profesaban esa religión y hubo serios enfrentamientos, especialmente en el centro-occidente del país, donde se originó la “Guerra Cristera”. Sin embargo, a la par de que se librara la rebelión de los cristeros en contra del ejército mexicano, en otros estados parecía no haber guerras; esto se tratará de explicar en la presente investigación. Probablemente la influencia del obispo Rafael Guízar y Valencia evitó que la guerra entre católicos y el ejército mexicano alcanzara el estado de Veracruz, Guízar condenó desde un principio tomar las armas y llamó a sus feligreses a no desatar una guerra como ocurrió en otros estados de la República Mexicana, para el obispo la mejor manera de hacer frente era por la vía legal, sin violencia. Esto pudo haber ayudado a que no hubiera enfrentamientos violentos, sin embargo, no pudo evitar ciertas escaramuzas en algunas regiones veracruzanas, principalmente en el centro y norte. Adalberto Tejeda, fue parte del gabinete callista al ocupar la Secretaría de Gobernación, pedía el cumplimiento de la ley anticlerical a los gobernadores de los estados. Esto hizo que Heriberto Jara Corona, quien se encontraba al frente del gobierno veracruzano en aquella época ordenara el cumplimiento de la ley, en Orizaba –campo de estudio– se empezaron a confiscar los templos, conventos y escuelas católicas, al mismo tiempo que se pedía la inscripción de los sacerdotes para que se decretara quiénes podían oficiar.

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Para que en el valle de Orizaba la ley se pudiera cumplir, el gobierno se valió del apoyo de los sindicatos que se encontraban allí, los obreros tenían una considerable presencia en la sociedad, en la política y en la economía. Fueron un bastión importante durante los años veinte y treinta, donde los gobiernos, tanto federal como estatal, se valían de los gremios para tener el control político. Algo que significó una alianza entre los grupos obreros con la fuerza política del país. Para una mejor comprensión lectora sobre este trabajo le informo al lector que la primera parte –por así decirlo– se abordará la ley anticlerical promulgada por el gobierno federal; aquí se implementará cómo fue que el gobierno, tanto federal como estatal, lograron hacer cumplir la ley Calles, las sanciones que se daban si era violada y cómo fue que los orizabeños, feligreses católicos, la percibieron, del mismo modo cómo fue la influencia de los sacerdotes Rafael Rúa y Rafael Guízar ante las acciones del gobierno y del cómo fue que evitaron que hubiera enfrentamientos violentos entre los católicos y el ejército. Mientras que la segunda parte será desde el ámbito estatal, cuando Adalberto Tejeda asume de nueva cuenta el gobierno de Veracruz (1928-1932), en este contexto la guerra cristera había terminado con los arreglos del 29 entre el Estado y la Iglesia en México, pero algunos políticos rechazaron ese tratado y promulgaron una nueva ley anticlerical pero ahora bajo la dirección del gobernador, entre ellos Tejeda; en Veracruz inicia en junio de 1931 y nuevamente se enfrenta el gobierno –ahora estatal– con la Iglesia, a diferencia de la ley federal que duró solo tres años, la nueva ley estatal duraría hasta 1937. La ley de cultos no incluía únicamente la religión católica, sino que las existentes en el país (protestante, judía, cristiana, etc.), aunque la mayoría de la población en México era de culto católico, por ello los enfrentamientos fueron inevitables. Por otro lado, durante la segunda gestión de Tejeda en Veracruz, se pidió que no solo la religión católica debía de limitarse, sino también las otras religiones que se encontraban presentes. En Orizaba, la segunda religión con más adeptos, después de la católica, era la protestante A diferencia de los feligreses católicos, los protestantes mostraron obedecer las disposiciones en cuanto a la materia de cultos desde 1926; esto provocó inconformidades 15

con los católicos pues estos los acusaban de estar aliados con el gobierno. Sin embargo, desde que la Ley Calles y posteriormente la Ley Tejeda se decreta, los protestantes obedecieron y no tuvieron problemas con el gobierno, desde el primer momento se reglamentaron ante el padrón que pedían, además, cualquier acto que querían hacer los notificaban a las autoridades correspondientes, esto permitió que las relaciones entre la Iglesia Presbiteriana en Orizaba y las autoridades de aquella ciudad fueran tolerables pero también fue clausurada por el gobierno municipal,14 siempre y cuando no se violara la ley. Por otro lado, los obreros siguieron siendo una fuerza fundamental en la política de Veracruz y por ende en Orizaba debido a la concentración de las fábricas que se encontraban allí y en los alrededores. Si bien los obreros mostraron apoyo a la política, el cambio de ésta hizo que las divisiones entre los sindicatos se hiciera cada vez más fuerte, tanto que la CROM va perdiendo poder y más cuando nace la Confederación de Trabajadores Mexicanos (CTM) en 1936, provocando una lucha intergremial por el control de las fábricas en el valle de Orizaba. Aunado a esto, en 1937 la muerte de Leonor Sánchez, hija de un obrero hizo que los obreros se unieran en contra del gobierno y sus dirigentes sindicalistas, ellos ya no tolerarían más abusos y buscaron justicia, esto fue el inicio del fin de la ley anticlerical en Orizaba, posteriormente en Veracruz. Fue la primera vez en que los obreros se expresaron como católicos y pedían garantías para profesar su culto, además de que exigían mejores tratos y condiciones de trabajo. El presente trabajo se realizó en cuatro capítulos. Se utilizaron fuentes encontrados tanto en el archivo histórico municipal y el archivo parroquial de Orizaba, la Casa Jurídica de Veracruz, Veracruz, así como fuentes bibliográficas referentes al tema. El primer capítulo muestra cómo llegó la ley anticlerical a Veracruz, así como la reacción que tuvieron los orizabeños cuando la ley se tuvo que acatar por órdenes del gobierno estatal, también se explica cómo los obreros mostraron su apoyo durante ese tiempo y las muestras de resistencias de los católicos ante esa adversidad. El capítulo dos muestra

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Archivo Municipal de Orizaba (en adelante AMO). Ramo Gobierno, Iglesias, Informe, C.-726, Exp. 3; Ibíd. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia, C.-726 Exp. 5.

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el seguimiento de la ley Calles, así como una breve semblanza del conflicto político que se vivía en Veracruz, ocasionando que Heriberto Jara Corona fuera derrocado y no lograra terminar su gestión. También, durante ese tiempo los católicos siguieron mostrando su lucha en contra de la ley y el gobierno no tuvo más remedio que procesarlos por desobedientes. Además de que en ese momento se presentaban los arreglos entre el Estado y la Iglesia para dar fin al problema, por lo que el gobierno de Tejeda tuvo que entregar los templos. El tercer capítulo explica la ley anticlerical en Veracruz, donde el gobernador Tejeda la ejerce, además de que su política radical limita al clero, dando inicio a un nuevo enfrentamiento entre la Iglesia y el Estado. También se menciona a los presbiterianos que se encontraban en Orizaba, los católicos no fueron los únicos afectados con la ley de cultos, pero a diferencia de ellos los protestantes acataron la ley sin muchas dificultades y daban cuentas de todo lo referente a su templo, miembros y religión. Informaban de los movimientos que realizaban y esto pudo haber influido para que el gobierno no los persiguiera con énfasis como lo hicieron con sus semejantes católicos. El cuarto y último capítulo aborda parte del escenario político en que se encontraba Veracruz en ese entonces, cómo fue que Miguel Alemán Valdés llega a la gubernatura y el final de la Ley Tejeda, se exponen los acontecimientos que se dieron en Orizaba para que se llevara a cabo; del mismo modo de cómo fue que los obreros que alguna vez apoyaron al gobierno, ahora defendían sus derechos hacia la religión católica, desconociendo a sus líderes “tiranos”. Esto hizo que el gobierno veracruzano tuvo que anular la ley y reabrir los templos en todo el estado de Veracruz.

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Capítulo I. El conflicto religioso en Veracruz (1925-1926) El general Plutarco Elías Calles llegó a la presidencia del país el primero de diciembre de 1924. Desde entonces ya se le conocía su desagrado y hostilidad hacia la Iglesia. El presidente decretó la ley anticlerical el 14 de junio de 1926, conocida como “Ley Calles”, consistió en que las iglesias debían permanecer cerradas, los sacerdotes extranjeros debían salir del país y sólo podían oficiar mexicanos de nacimiento y que estuvieran registrados ante un padrón. El gobierno federal pidió a los estados hacer cumplir la ley, por lo que inmediatamente los templos fueron confiscados y las escuelas religiosas se clausuraron. En este capítulo se analizará la Ley Calles en el estado de Veracruz, concretamente en la ciudad de Orizaba, Heriberto Jara Corona era gobernador cuando estalló el conflicto político-religioso; quien además ejecutó las disposiciones que se daban desde la ciudad de México en materia de culto. La política anticlerical se ejerció con rigor en el país, el estado de Veracruz se vio involucrado dado que la orden venía desde la presidencia de la República, además, la influencia de Adalberto Tejeda, quien tenía a su cargo la Secretaría de Gobernación, fue de vital importancia para el cumplimiento de la ley. Se describirá también por qué el conflicto no fue tan violento como en otros puntos del país y cuáles fueron las medidas de los clérigos para combatir al gobierno, así como los métodos que el gobierno utilizó para el acatamiento de los artículos anticlericales (3° y 130).

1.1 Adalberto Tejeda en la presidencia de Plutarco Elías Calles En el gabinete callista, el veracruzano Adalberto Tejeda tuvo a su cargo la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas en el primer año, y de 1925 a 1928 ocupó la Secretaría de Gobernación, sustituyendo a Gilberto Valenzuela. Fue bajo esta administración y cargo que estalló la Guerra Cristera o Cristiada (1926-1929),15 que consistió en un conflicto entre el Estado mexicano y la Iglesia católica. El problema entre estos se venía presentando desde años atrás, en especial cuando entró en vigor la Constitución de 1917; 15

Para mayor referencia véase a MEYER, Jean. La Cristiada, 3 Tomos, Siglo XXI, México, 1999.

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sin embargo, fue hasta la presidencia de Calles cuando se agudizó el enfrentamiento entre los católicos y el gobierno que hizo valer el artículo 130 de la Constitución, el cual se reformó para el Distrito y Territorios Federales, sancionando con penas y multas a los eclesiásticos en caso de violar la Constitución. En 1926, el Episcopado Mexicano declaró su inconformidad por lo que solicitó la derogación del artículo, no sólo del 130, sino también del 3°, 5°, 24 y 27; el gobierno omitió esta petición y los artículos se pusieron en práctica, se expulsaron a los sacerdotes extranjeros y se confiscaron los templos. Como medida, el Episcopado Mexicano cerró los templos y suspendió los cultos, con el propósito principal de incitar a los católicos para que protestaran contra el gobierno.16 Al cerrarse los templos y esconderse los sacerdotes, la Liga Nacional Defensora de la Libertad Religiosa (LNDLR) –organización civil fundada el 09 de marzo de 1925– convocó a un levantamiento nacional,17 para que los católicos lucharan por la abolición de la ley anticlerical. El gobierno había ordenado desde el 10 de febrero de 1926 que se ejerciera el artículo 130 y el 3°, ocasionando que para el 15 de marzo fueron expulsados 202 sacerdotes, 118 colegios se clausuraron y se cerraron 83 conventos.

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Acto seguido, el clero ordenó la suspensión de los cultos mediante una carta pastoral el 25 de julio. Ante esto el secretario de Gobernación, Adalberto Tejeda, respondió diciendo que era una nueva maniobra del clero para desvirtuar la vigencia de la Ley Suprema de la República, además, exhortó a los gobernadores para que pidieran a los presidentes municipales formar juntas de vecinos. Las juntas se encargarían de los templos una vez que el clero católico los dejara o fueran abandonados, cada junta estaría integrada por diez vecinos de carácter reconocido ante la población y no podrían ser nombrados por el clero. Otra de sus funciones era evitar que los sacerdotes volvieran a hacer uso de los templos, a menos que se registraran ante las autoridades correspondientes.19

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GARCÍA Morales, Soledad. “Arreglos de 1929. Solución al conflicto clerical de 1926” en El Conflicto Clerical de Veracruz de 1931, Tesis de Maestría en Historia, Universidad Veracruzana, Jalapa, 1974 pp. 3-4. 17 BUTLER, Matthew. Devoción y disidencia. Religión popular, identidad política y rebelión cristera en Michoacán, 1927-1929, El Colegio de Michoacán, México, 2013, pp. 12-13. 18 CHURRUCA Peláez, Agustín. Historia de la Iglesia en México, Obra Nacional de la Buena Prensa, México, 2002, p. 190. 19 BUTLER. Op. Cit., “A las catacumbas. Crisis y persecución, 1926-1929”, 2013, pp. 221-222.

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Tejeda mostró su apoyo al presidente Calles, el anticlericalismo del secretario de Gobernación fue base para la lucha contra el clero porque les pedía a los funcionarios y a la población acatar la ley. El levantamiento cristero se desencadenó entre la Iglesia y el poder civil en México, la crisis religiosa que se vivió en los años veinte fue desgastante y destructiva porque se desarrolló en el contexto político, además de que se incluyeron reformas agrarias y educativas. De esta manera, el conflicto entre la jerarquía católica y la élite política revolucionara obligó a muchos mexicanos a sostener sus lealtades espirituales y seleccionar la línea política a seguir.20 Jean Meyer, atribuye la geografía política de la rebelión cristera a una diversidad regional de mentalidades, ya que la guerra se libró y adquirió fuerza en la zona centro-occidental de México, donde la expresión religiosa era sinónimo de la cultura popular. Por ello se debe tener en cuenta las especificidades católicas junto con las creencias y prácticas ante una postura política, en este caso el anticlericalismo revolucionario.21 Plutarco Elías Calles continuó con la estrategia de fortalecer el Estado mexicano postrevolucionario. Algunos buscaban participar en la vida política de la nación; los jerarcas del ejército trataron de mantener el control político y económico que ejercían en algunas partes del país. Por otro lado, la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM), buscó rebasar su dominio sindical y ambicionó llegar al poder político pero dejando al margen a los líderes agraristas. Además, la crisis entre el poder estatal y la Iglesia hacía inevitable un enfrentamiento entre ellos, ocasionando una guerra que sacudiría al país. La política antirreligiosa y el radicalismo jacobino de los gobernantes, produjeron una fuerte reacción del pueblo al cuestionarle una de sus más sólidas creencias, asimismo atacaron tanto a la Iglesia como institución como al culto religioso popular.22 Tejeda, ahora como secretario de Gobernación ordenó a los gobiernos estatales la aplicación de los artículos constitucionales referentes al anticlericalismo, porque culpaban al clero de propagar una “religión perniciosa” que amenazaba la unidad

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BUTLER. 2013, p. 13. Ibíd., p. 17; “Católicos, marianistas y protestantes. La vida parroquial, 1920-1925”, p. 153. 22 DOMÍNGUEZ Pérez, Olivia. “La presencia de Tejeda en México”, en Política y movimientos sociales en el tejedismo, Centro de Investigaciones Históricas, Universidad Veracruzana, México, 1986, p.67. 21

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nacional; además de embrutecer al indígena. También consideraba a la religión como un asunto “inmoral”; por otro lado, Calles declaraba en sus entrevistas con los prelados: “no les queda más remedio que las cámaras o las armas”.23 El año de 1926 fue el inicio de la resistencia de los católicos, ya que tomaron las armas y se enfrentaron contra el ejército federal, pero esto no se vio en todo el país. Sin embargo, en Veracruz no hubo luchas ni se tomaron las armas, su resistencia consistió en oficiar misas en los domicilios, así como sacar de los templos las reliquias y objetos sagrados para esconderlos, incluso también se escondieron a los sacerdotes, estas prácticas las siguieron hasta la década de los treinta cuando Adalberto Tejeda regresó al gobierno de Veracruz. Hubo manifestaciones por parte de los católicos pidiendo al gobierno la derogación de la ley. En septiembre de 1926 se rechazó la petición de dos millones de católicos que pedían la revocación de la legislación anticlerical.24 El presidente se mantuvo firme en la aplicación de la ley y mediante la CROM pudo seguir su lucha en contra del clero, Calles junto con Morones, intentaron formar una Iglesia cismática llamada “Iglesia Católica Apostólica Mexicana”, nombrando a José Joaquín Pérez Budar como Patriarca, este intento no tuvo éxito y se desintegró. Las manifestaciones se presentaron con más fuerza cuando los templos se cerraron, lo mismo sucedió con las escuelas y orfanatos de índole religioso. Quienes apoyaban la decisión del gobierno eran las sociedades protestantes, por lo que los católicos sospechaban de que aquellos fomentaban el anticlericalismo del presidente Calles, además de que era notorio su acercamiento a esas personas, pues su hijo se casó con la hija de un ministro protestante.25 Plutarco Elías Calles destacó en la administración pública con grandes avances en la infraestructura carretera y la cuestión agraria, en cambio, lo religioso fue un punto crucial en su gestión. No se sabe con precisión qué provocó la crisis Iglesia-Estado. El gobierno arguyó que el detonante fue cuando el 4 de febrero de 1926 el periódico El Universal hizo pública una carta del arzobispo Mora y del Río, en la cual condenaba varios 23

Ibíd. Pp. 68-69. BUTLER. Op. Cit., 2013, p. 225. 25 DOOLEY, Francis Patrick. “Calles ¿Un Nerón moderno?” en Los cristeros, Calles y el catolicismo mexicano, SepSetentas, México, 1976, pp. 59, 61. 24

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artículos constitucionales, pero la noticia sorprendió al mismo arzobispo y negó haber escrito dicha carta y tener alguna conexión con el periódico.26 La guerra entre la Iglesia y el Estado se prolongó por tres años (1926-1929), los enfrentamientos fueron violentos y sangrientos, por un lado el clero pedía respeto a sus derechos, a abrir los templos y que los sacerdotes regresaran a oficiar misa, mientras que el gobierno solicitaba que los artículos fueran acatados por la ciudadanía y los políticos. Desde 1928 hubo varios intentos de llegar a un acuerdo, donde la participación del embajador norteamericano Dwight Morrow en México fue de vital importancia para que sucedieran los anhelados arreglos. Morrow influyó en Calles para que se entrevistara con el padre John J. Burke el 4 de abril de 1928, la incertidumbre se apoderó de los católicos porque no sabían cuáles eran los términos para los arreglos, pero este intento fracasó; la situación se complica cuando el arzobispo José Mora y del Río muere el 22 de abril.27 En ese mismo año (1928), Tejeda deja su cargo como secretario de Gobernación para buscar la presidencia del país, sin embargo su intento se vio frustrado por la reelección del general Álvaro Obregón, por lo que optó reelegirse como gobernador de Veracruz.28 Para ello contó con el apoyo del presidente Plutarco Elías Calles. Otro factor que le valió el triunfo a Tejeda fue su experiencia en su primer mandato como gobernador (1920-1924), además de la simpatía de la que gozaba por parte de los grupos populares como lo fueron los agraristas y obreros. La política en México dio un nuevo giro cuando, el 1 de julio de 1928, se llevaron a cabo elecciones presidenciales, Álvaro Obregón buscó reelegirse y ganó la contienda. Sin embargo éste fue asesinado dos semanas después. Se culpó de ello a Calles y a Morones de haber sido los autores intelectuales, porque no querían que volviera a la presidencia, sino que lo fuera Morones. Pero después se aseguró que había sido José de León Toral, bajo la influencia de la madre Conchita, quien decía que la paz llegaría si Obregón y Calles morían. El asesinato de Obregón sacudió al país. Calles culpó al clero

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Ibíd. pp. 52-53. DOOLEY. Op. Cit., “Convenio sin victoria”, 1976, pp. 154-155. 28 DOMÍNGUEZ. Op. Cit., 1986, pp. 69-70. 27

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por el crimen; aunque el inspector de policía, obregonista, Antonio Ríos Zertuche responsabilizaba a Morones, pero por las intervenciones del presidente de que fueron los religiosos la investigación debía seguir ese camino. Había una fuerte presión hacia Morones y a Calles por la muerte del general Obregón.29 Debido a las fuertes presiones y acusaciones que se les presentaron, Calles aceptó las renuncias de Morones como secretario de Industria, Comercio y Trabajo y de sus partidarios el 21 de julio. Además, el presidente tuvo que salir en su defensa al afirmar que Morones no había tenido participación en el asesinato de Obregón. A pesar de esto, Morrow siguió con los planes para la reconciliación Estado-Iglesia, aunque Calles culpaba al clero y viceversa. Aarón Sáenz, quien fue el asesor de campaña de Obregón, le sugirió al embajador de que si la Iglesia repudiaba el crimen podría ser el primer paso para las negociaciones; de la misma forma el obispo de San Luis Potosí, Miguel de la Mora, ya había declarado que Toral era un “fanático”.30 Para sorpresa de muchos, Calles anunció ante el Congreso que no se reelegiría, tampoco ocuparía la presidencia interina, la decisión de nombrar a un presidente interino fue del Congreso, esto también para calmar los ánimos de los obregonistas, el elegido fue Emilio Portes Gil, quien tomó posesión el 1 de diciembre de 1928. Sin embargo, Plutarco Elías Calles tenía intenciones de seguir gobernando bajo las sombras mediante el Partido Nacional Revolucionario (PNR). Las tensiones volvieron cuando el 9 de febrero de 1929 José de León Toral fue fusilado, el gobierno hizo énfasis en la ejecución y los católicos visitaron el domicilio del finado para velarlo.31 El embajador Morrow no desistía de llegar a un acuerdo y el Vaticano también buscaba lo mismo porque se dio cuenta de que la guerra originada en 1926 no llevaba a nada. De esta manera, el 12 de junio de 1929 el presidente Portes Gil se reunió con los obispos Pascual Díaz Barreto y Leopoldo Ruíz y Flores para llegar a unos acuerdos para finalizar el conflicto. Posteriormente se entrevistó con el enviado papal, el arzobispo Leopoldo Ruíz y Flores el 14 de junio de 1929. El arzobispo Ruíz también se reunió con

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DOOLEY. Op. Cit., 1976, pp. 157-162. DOOLEY. 1976, pp. 163-165. 31 DOOLEY. 1976, pp. 166-167, 172. 30

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el padre norteamericano Edmund Walsh y el embajador chileno Miguel Cruchaga Tocornal, quienes le dijeron que el presidente estaba dispuesto a llegar a un arreglo; el 20 de junio un telegrama del Vaticano le informa a Ruíz que podía firmar un acuerdo ya que el Papa Pío XI lo había nombrado delegado apostólico. El telegrama decía: 1. 2. 3. 4.

Santo Padre ansioso por pacificar y laica solución. Completa amnistía para obispos, sacerdotes y fieles. Devolución de casas episcopales, curatos y seminarios. Relaciones libres entre el Vaticano y la Iglesia mexicana. 32

Al día siguiente de que llegó el telegrama, Ruíz y Díaz se dirigieron al castillo de Chapultepec y fueron recibidos por Emilio Portes Gil; los clérigos le mostraron el telegrama que envió el Vaticano por lo que el presidente ordenó que las peticiones fueran cumplidas, parecía que los acuerdos pondrían fin a la guerra e iban por buen camino; los arreglos fueron preparados por el embajador Dwight Morrow, ante las peticiones el delegado apostólico Ruíz y Flores, el obispo de Tabasco Díaz Barreto y el presidente Portes Gil firmaron, poniendo como fin la “Guerra Cristera”. A continuación se muestran cuáles eran los acuerdos: 1. Que el artículo de la ley que determina el registro de ministros, no significa que el Gobierno pueda registrar a aquellos que no hayan sido nombrados por el superior jerárquico (sic) del credo religioso respectivo, o conforme a las reglas del propio credo. 2. En lo que respecta a la enseñanza religiosa la Constitución y leyes vigentes prohíben de manera terminante que se imparta en las escuelas primarias y superiores oficiales o particulares, pero esto no impide en el recinto de la Iglesia, los ministros de cualesquiera religión impartan sus doctrinas a las personas mayores o a los hijos de éstas que se acudan para tal efecto. 3. Que tanto la Constitución como las leyes del país garantizan a todo habitante de la República el derecho de petición, y en esa virtud, los miembros de cualesquiera Iglesia pueden dirigirse a las autoridades que corresponde para la reforma, derogación o expedición de cualesquier ley. Palacio Nacional, junio de 1929 El Presidente de la República (Firma) E. Portes Gil.33

Además, el arzobispo Ruíz expidió una hoja donde declaraba que el clero reanudaría los cultos, siguiendo y respetando las leyes constitucionales vigentes, porque no se modificarían, algo que los católicos buscaban desde que la Constitución de 1917 se puso en vigor.34 Ruíz aceptó los términos y así se volvieron a abrir los templos; del mismo 32

CHURRUCA. Op. Cit., 2002, p. 195; DOOLEY. Op. Cit., 1976, p. 185. CHURRUCA. 2002, p. 196; DOOLEY. 1976, p. 186. 34 CHURRUCA. 2002, p. 197. 33

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modo, Portes Gil indicó que el arzobispo de Durango José María Gonzáles y Valencia y el obispo de Huejutla José de Jesús Manríquez y Zárate permanecieran en el exilio, al mismo tiempo de que el arzobispo de Guadalajara, Francisco Orozco y Jiménez, fuera exiliado del país, estas fueron otras condiciones que consideró el gobierno para calmar la rebelión.35 Al concretarse los acuerdos con todas la peticiones se pensaba que de nuevo habría paz en el país, a este proceso se le conoció como “modus vivendi”, ya que tanto el Estado como la Iglesia llegaron a un arreglo para que pudieran convivir sin meterse en asuntos que no les concernían.36 Sin embargo, esos acuerdos solo pusieron fin a la guerra, porque algunos cristeros desconocieron los arreglos, haciendo que la disputa fuera disminuyendo gradualmente, por lo que a los obispos Pascual Díaz y Leopoldo Ruíz les esperaba una ardua tarea para convencer a los católicos.37 El rechazo a los acuerdos por algunos jacobinos y católicos provocaron la continuación de los enfrentamientos; por su parte, el Vaticano y el Episcopado Mexicano retiraron su apoyo a los cristeros. De la misma forma algunos radicales desconocieron el acuerdo, poniendo en práctica el anticlericalismo en algunos estados de la República, como lo fue en Veracruz con el segundo mandato de Adalberto Tejeda (1928-1932) al igual que en Tabasco, Jalisco, Oaxaca, entre otros.

1.2 La Ley Calles en Orizaba, Veracruz Además de Veracruz, en otros estados la práctica de la ley Calles no fue estricta a pesar de que habían católicos; las relaciones entre los estados con la ciudad de México eran importantes, del mismo modo la influencia entre políticos del gobierno federal, del gobierno estatal y los sacerdotes, así como las alianzas de los militares, como fue el caso de Tejeda y Jara, ambos eran generales y veracruzanos que compartieron algunos ideales revolucionarios.

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DOOLEY. 1976, p. 186. BLANCARTE, Roberto. Historia de la Iglesia católica en México, 1929-1982, El Colegio Mexiquense, Fondo de Cultura Económica, México, 1992, p. 21; Ibíd. “Entre la guerra de los cristeros y el ‘modus vivendi’ (1929-1938)”, p. 29; 37 Ibíd. p. 29; DOOLEY. 1976, p. 195. 36

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En San Luis Potosí, siendo gobernador Abel Cano Villa, estaban los generales Saturnino Cedillo y Genovevo Rivas; en Oaxaca estaba la presencia del general Heliodoro Charis, que además fue diputado por el 17 Distrito electoral de aquél estado; mientras que en algunos estados del norte como Chihuahua y Sonora tenían la influencia del país vecino del norte y del protestantismo, además los diputados a pesar de ejercer el catolicismo negociaban con los prelados para llegar a un acuerdo.38 Los gobernadores del país empezaron a cerrar los templos, Jara Corona fue quien hizo valer las disposiciones federales en materia de culto en territorio veracruzano; para contrarrestar estos actos el 2 de diciembre de 1925 S. S. Pío XI nombra al obispo George J. Caruana de Puerto Rico como Delegado Apostólico de México para interceder en el conflicto, el obispo Caruana promovió una resistencia contra el gobierno, bajo esta acusación fue expulsado del país en mayo de 1926. En enero de ese año la arquidiócesis de México mostró su descontento y el gobierno reaccionó con el cierre de los templos y escuelas religiosas; en el mes de febrero, el primer mandatario mandó telegramas a los gobernadores pidiendo el cumplimiento del artículo 130; exigía el registro de los sacerdotes como responsables de las iglesias en donde oficiaban, si no cumplían tenían que pagar una multa de 500 pesos o una sentencia de 15 días en la cárcel.39 Con el ejercicio que llevó a cabo el gobierno federal, los gobiernos estatal y municipal tuvieron que cumplir los artículos en materia de cultos. El Ayuntamiento de Orizaba expidió una circular en donde invitaba a los sacerdotes de la ciudad a reunirse con el presidente municipal en la sala de cabildos, para tratar asuntos respecto al tema político-eclesiástico. Los templos que confirmaron su asistencia fueron los siguientes: San Antonio, Santa María, La Concordia, El Carmen, Los Dolores, San Miguel, El Calvario, San José y San Juan de Dios.40

38

MEYER, Jean. “El conflicto religioso en Chihuahua. 1925-1929”, en De una revolución a otra, El Colegio de México, México, 2013, p. 344; “Resistencias católicas en el México revolucionario a la hora del conflicto religioso”, Ibíd., p. 365. 39 Archivo Parroquial de Orizaba (en adelante APO). Sin Clasificación (S/C). Anuncio del Presidente Municipal Rodrigo Maldonado al público, Orizaba, 3 de septiembre de 1926; WILLIMAN, John B. “Reconstrucción eclesiástica en Veracruz, 1919-1926” en La Iglesia y el Estado en Veracruz, 1840-1940, SepSetentas, México, 1976, pp. 59-61. 40 AMO Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C. 551, Exp. 182. Circular, del Presidente Municipal a los señores prelados de las iglesias de esta ciudad, Orizaba, 18 de febrero de 1926. El templo de Santa Gertrudis no confirmó su asistencia a la reunión.

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Se confiscaron los bienes del clero en Orizaba, fueron expulsados los sacerdotes extranjeros, como fue el caso del cura Ignacio Orbarraños a quien se le consideró como nocivo y creían que era español.41 Sin embargo, el gobierno del estado tenía que comprobar primero que fuera extranjero, de ser así, el presidente municipal de Orizaba podría ordenar su traslado a Veracruz para su expulsión del país. En este caso se logró comprobar que el cura Ignacio Orbarraños era mexicano, originario de la ciudad de México.42 El inspector de policía del municipio de Orizaba fue decisivo para aplicar la ley Calles. El gobierno le pidió que supervisara si se estaban cumpliendo los artículos constitucionales; en caso de que no fuera así, podría intervenir arrestando a quienes infringieran la norma, como fue el caso de la iglesia El Calvario. Al gobernador Jara Corona le informaron que allí se ocultaban unos curas españoles, por lo que se tuvo que inspeccionar el templo, para cuando llegó la policía ya habían huido.43 El presidente de Orizaba, Rodrigo Maldonado, le comunicó al gobernador Jara que los curas se habían fugado, pero le aseguraba que haría cumplir el artículo 130 constitucional en la ciudad y arrestar a quienes que desobedecieran.44 El gobernador Jara tuvo que seguir las órdenes del presidente Calles y de Tejeda para promover los artículos anticlericales. De este modo, a través de la H. Legislatura del estado de Veracruz se expide la ley reglamentaria en la que se determinaban el número de sacerdotes para el Estado por medio del decreto número 247 con fecha del 25 de febrero de 1926: Art. 1°. El número de sacerdotes quedará de la siguiente forma de acuerdo a la población: 500 a 10,000 habs., un sacerdote. 41

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182. Del Presidente Municipal al C. Gobernador de Veracruz, Orizaba, 8 de febrero de 1926. 42 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, del Secretario General de Gobierno al C. Presidente Municipal, Jalapa-Enríquez, 23 de febrero de 1926; Ibíd., de V. Vargas Galeana al Presidente Municipal, Orizaba, 02 de marzo de 1926. 43 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Telegrama, de Heriberto Jara Corona al Presidente Municipal, Jalapa, 15 de febrero de 1926; Ibíd., del Inspector de Policía al Presidente Municipal, Orizaba, 16 de febrero de 1926. 44 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Telegrama, del Presidente Municipal al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 16 de febrero de 1926; Ibíd., de Heriberto Jara al Presidente Municipal, Jalapa, 16 de febrero de 1926; Ibíd., del Secretario de Gobierno al C. Presidente Municipal, JalapaEnríquez, 19 de febrero de 1926.

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10,000 a 30,000 habs., dos. 30,000 a 60,000 habs., cuatro. Más de 60,000 será de seis sacerdotes como mínimo por cada culto. Art. 2°. En el estado de Veracruz sólo se permitirá un Jefe Superior Jerárquico por cada culto, siendo la capital del estado su residencia oficial. Art. 3°. La autoridad municipal, bajo una multa de hasta $1,000.00 cuidará del cumplimiento de esta disposición.45

Si la población del estado de Veracruz la conformaban 1.159,935 habitantes, de los cuales vivían en las principales ciudades: Córdoba 26,892 habitantes; Orizaba 39,563 habitantes; Veracruz 58,225 habitantes y Xalapa 29,233 habitantes, 46 con base a dichos datos, el número aproximado de sacerdotes para esas ciudades para atender el culto católico serían: Córdoba y Xalapa dos, mientras que Orizaba y Veracruz cuatro. La Ley Calles tomó el nombre del gobernador y fue conocida como “Ley Jara”, hasta cierto punto fue flexible, no hubo batallas violentas pero sí protestas, en parte debido a la influencia del obispo Rafael Guízar y Valencia que pedía a sus fieles no involucrarse en los asuntos del Estado. La ley Jara permitía un mayor número de sacerdotes, ya que para esa época Veracruz contaba con 186 municipios; a pesar de que Guízar rechazó y solicitó la suspensión de la ley, Heriberto Jara informó que se encargaría del cumplimiento de las designaciones federales y estatales.47 Al día siguiente que se estableció la ley reglamentaria, el gobierno del estado mandó una circular al H. Ayuntamiento de Orizaba explicando cuáles eran las condiciones que imponía el artículo 130 constitucional para su debido cumplimiento, el comunicado dice: Párrafo 1°. Corresponde a los Poderes Federales ejercer en materia de culto religioso y disciplina externa, la intervención que designen las leyes. Las demás autoridades obrarán como auxiliares de la Federación. Párrafo 6°. Los ministros de los cultos serán considerados como personas que ejercen una profesión y estarán directamente sujetos a las leyes que sobre la materia se dicten. Párrafo 8°. Para ejercer en México el ministerio de cualquier culto se necesita ser mexicano por nacimiento. Párrafo 9°. Los ministros de los cultos nunca podrán en reunión pública o privada constituida en junta, ni en actos de culto o de propaganda religiosa, hacer crítica a las leyes fundamentales del país, de las autoridades en particular o en general del gobierno; no tendrán voto activo ni pasivo, ni derecho para asociarse con fines políticos. 45

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C-551, Exp. 182, Ley Reglamentaria, el gobernador Heriberto Jara, Jalapa-Enríquez, 1 de marzo de 1926. 46 http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/proyectos/ccpv/default.aspx. Censo de Población y Vivienda 1921, (consultado el 22 de febrero de 2015). 47 WILLIMAN. “Reconstrucción eclesiástica…“, Op. Cit., 1976, p. 63.

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Párrafo 10°. Para dedicar al culto nuevos locales abiertos al público, se necesita permiso de la Secretaría de Gobernación, oyendo previamente al Gobierno del Estado, debe hacer en todo templo un encargado de él, responsable ante la autoridad del cumplimiento de las leyes sobre disciplina religiosa en dicho templo y de los objetos pertenecientes al culto. Párrafo 11°. El encargado de cada templo, en unión de diez vecinos más, avisará desde luego, a la autoridad municipal, quien es la persona que está a cargo del referido templo. Todo cambio se avisará por el ministro que cese acompañado del entrante y diez vecinos más. La autoridad municipal bajo pena de destitución y multa de hasta mil pesos por cada caso, cuidará de cada caso, cuidará del cumplimiento de esta disposición; bajo la misma pena llevará un libro de registro de los templos y otro de los encargados. Da todo permiso para abrir al público un nuevo templo, o del relativo al cambio de un encargado, la autoridad municipal dará noticia a la Secretaría de Gobernación por conducto del Gobernador del Estado. En el interior de los templos, podrán recaudarse donativos en objetos muebles. Párrafo 12°. Por ningún motivo se revalidará, otorgará dispensa o se determinará cualquier otro trámite que tenga por fin dar valides en los curos oficiales, a estudios hechos en los establecimientos destinados a la enseñanza profesional de los ministerios de los cultos. La autoridad que infrinja esta disposición, será penalmente responsable, y la dispensa o trámite referidos, será nulo y traerá consigo la nulidad del título profesional para cuya obtención haya sido parte la infracción de este precepto. Párrafo 13°. Las publicaciones periódicas de carácter confesional ya sea por su programa, por su título o simplemente por sus tendencias ordinarias, no podrán comentar asuntos políticos ni informar sobre actos de las autoridades del país, o de particulares, que se relacionen directamente con el funcionamiento de las instituciones públicas. Párrafo 14°. Que estrictamente prohibida la formación de toda clase de agrupaciones políticas, cuyo título tengan alguna palabra o indicación cualquiera que la relacione con alguna confesión religiosa. No podrán celebrarse en los templos reuniones de carácter político. Párrafo 15°. No podrán heredar por sí ni por interpósita persona ni recibir por ningún título un ministro de cualquier culto, un “inmueble” ocupado por cualquiera asociación de propaganda religiosa o de beneficencia. Los ministros de los cultos tienen incapacidad para ser herederos, por testamento, de los ministros del mismo culto o de un particular con quien no tengan parentesco, dentro del cuarto grado. Párrafo 17°. Los procesos por infracción a las anteriores bases nunca serán vistas en jurado. Y lo transcribo a usted a efecto de que se sirva vigilar el exacto cumplimiento de las disposiciones contenidas en dicho artículo, recomendándole muy especialmente cuidar las partes que en esta Circular se encuentran subrayadas. Recomiendo a usted se sirva a indicar el número de habitantes de ese Municipio, así como lo sacerdotes que están oficiando en ese lugar, debiendo indicar expresamente el culto religioso de cada uno de ellos. 48

Una vez que la ley reglamentaria de sacerdotes se aprobó, fue enviada a los municipios veracruzanos para que estuvieran enterados de cuántos curas debían permanecer en su población. En Orizaba, dado que la población en esa ciudad oscilaba entre los 30,000 y 60,000 habitantes, quedaron autorizados cuatro sacerdotes, uno sería el Jefe Superior, en este caso el párroco Eduardo L. Munguía, que a su cargo tendría a los otros tres

48

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Circular No. 3957, del gobernador del Estado al C. Presidente de la Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 2 de marzo de 1926.

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sacerdotes para atender a la población católica orizabeña. El secretario de Gobierno de Veracruz, Manuel Maples Arce, fue el encargado de mandar las publicaciones de la ley. 49 Los católicos no aceptaron las disposiciones de la ley Calles, por lo que siguieron protestando para abolir el artículo 130 constitucional, pero mientras en el Bajío estallaba la guerra cristera, en Veracruz las cosas fueron diferentes; en la ciudad de Orizaba, a partir de septiembre los católicos usaban una insignia como medio de protesta y de reconocerse entre ellos, esta distintivo era de color verde y se la ponían en la solapa del saco. En un principio se creyó que simplemente era un accesorio de la ropa, pero después el agente del ministerio público hizo la observación que varias personas lo usaban y tenía en común la religión católica, por lo que pidió fueran investigadas.50 El Ayuntamiento de Orizaba interpretó el hecho como una violación al artículo 18, por lo que pidió al inspector de policía que proceda legalmente contra aquellos que portaran el “distintivo verde”.51 Sin embargo, los católicos no fueron los únicos a quienes se les hizo cumplir la ley, también a los protestantes, como fue el caso del templo “La Santísima Trinidad” perteneciente a la Iglesia Presbiteriana. El pastor Apolonio C. Vázquez, encargado de este recinto, rindió por escrito el cumplimiento del artículo 130, algo que sus semejantes católicos hicieron cuando las autoridades se los pidieron; en dicho documento plasmó los bienes con que contaba la Iglesia protestante, así como un inventario de lo que contiene el templo en su interior, además, se nombró al pastor Vázquez encargado del templo. 52 Del mismo modo, en el mes de julio otro templo evangélico localizado a dos cuadras del anterior haría su registro ante las autoridades para el cumplimiento de la ley. Se dijo que desde 1892 realizaban los servicios en la misma dirección (Sur 10 No. 63) el encargado

49

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, del Presidente Municipal al señor Presbítero Eduardo L. Munguía, Orizaba, 9 de marzo de 1926; Ibíd., Circular No. 4998, el Secretario de Gobierno al C. Presidente de la Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 17 de marzo de 1926. 50 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Telegrama, del Presidente Municipal al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 2 de septiembre de 1926. 51 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, del Presidente Municipal al C. Inspector General de Policía, Orizaba, 2 de septiembre de 1926; Ibíd., del Presidente Municipal al C. Inspector de Policía, Orizaba, 3 de septiembre de 1926. 52 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, del Presbítero Apolonio C. Vázquez al C. Presidente Municipal, Orizaba, 6 de marzo de 1926.

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en ese momento fue Justo Alamillo, que a su vez era el responsable de las reuniones que se hacían en una casa de la fábrica de yute “Santa Gertrudis”.53 Por otro lado, se presentó un caso en Orizaba con el sacerdote Rafael Giliberti, quien al parecer se encontraba practicando culto y fue sorprendido en el acto, por lo que se tuvo que arrestar, además era extranjero y fue puesto a la disposición de las autoridades correspondientes para investigar su caso, para así dictaminar si se encontraba oficiando misa.54 El secretario de Gobernación, Adalberto Tejeda, supervisaba que los estados y municipios cumplieran la ley, una vez que se enteró del caso del cura Giliberti, solicitó informe al presidente de Orizaba si fue trasladado al puerto de Veracruz para su exilio, si realmente practicaba el culto, en caso de que no, desde cuándo dejó de hacerlo, se le informó a Tejeda que el sacerdote no ejerce su profesión desde el diez de marzo, días después de que se decretara el número de sacerdotes dependiendo de la población en el estado de Veracruz.55 Para que no hubiera enfrentamientos, todo se hacía conforme la ley, de la manera más pacífica para no alterar el orden público, los sacerdotes que eran aprehendidos podían tener un juicio para demostrar su inocencia, la autoridad municipal a través del gobierno del estado, tenía que demostrar a gobernación cuáles eran las actividades que hacían los clérigos cuando dejaron de ejercer su culto.56 1.2.1 Aplicación del artículo 3° Constitucional Otro artículo que restaba autoridad al clero y a su organización fue el 3°, el cual estipulaba que la educación debería de ser supervisada por el Estado y debería de ser laica, sin ninguna influencia religiosa, José Manuel Puig Casauranc estuvo a cargo de la Secretaría 53

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, de Justo Alamillo al Sr. Presidente del H. Ayuntamiento de Orizaba, Orizaba, 26 de julio de 1926. 54 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, del Presidente Municipal a quien corresponda, Orizaba, 19 de mayo de 1926. 55 Ibíd., Telegrama, del Secretario A. Tejeda al Presidente Municipal, México, D.F., 21 de mayo de 1926; Ibíd., Telegrama, del Presidente Municipal al C. Secretario del Estado y del Despacho de Gobernación, Orizaba, 21 de mayo de 1926. 56 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, del asistente del secretario el Oficial Mayor al C. Presidente Municipal de Orizaba, México, D.F., 27 de mayo de 1926; Ibíd., del secretario de gobierno al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 8 de junio de 1926; Ibíd., del Presidente Municipal al C. Secretario de Gobernación, Orizaba, 16 de junio de 1926.

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de Educación Pública en el gabinete callista. A través de la educación se buscó instruir a la población, se volvió un instrumento para unificar al país, enseñándole a trabajar e inculcarles un nacionalismo, a modo de que se desplazara a la religión como fuente de la verdad y formación de la sociedad; Puig Casauranc, como secretario de Educación Pública, pidió el cumplimiento del mencionado artículo, similar como lo hizo su compañero Tejeda en la Secretaría de Gobernación. En la década de los veinte, se le tenía más confianza a la escuela para lograr una reconstrucción nacional. Después de 1921, la Secretaría de Educación Pública a cargo de José Vasconcelos, y siendo presidente Álvaro Obregón, se promovía con mayor firmeza; buscaba la liberación del pueblo para transformarse en una ciudadanía nacional, patriótica y próspera, dejando a un lado la superstición y la ideología religiosa. Los programas educativos que se planteaban eran la enseñanza del castellano, la historia, la geografía, el arte y disciplinas humanísticas, a fin de que transformaran al pueblo analfabeto en culto.57 Para 1925, durante la administración callista, se introdujo el calendario escolar cívico el cual fomentó una ética patriótica basada en los héroes nacionales, empezando los ataques hacia la educación religiosa, que imperaba en ese entonces. Posteriormente, en febrero de 1926, se obligaron a todas las escuelas religiosas presentar sus currículos ante la SEP para evaluarlos y hacerles una revisión oficial, además, se prohibieron la colocación de crucifijos en las aulas y la educación primaria religiosa Ante estas medidas, la Iglesia se opuso a la educación pública emanada de la revolución porque la percibía como una amenaza al catolicismo, según los eclesiásticos, imitaba la enseñanza de la fe, ponía al maestro en el mismo nivel que a un sacerdote restándole poder en los asuntos espirituales e intelectuales, asimismo argumentaron que la laicidad de la educación pública violaba el derecho natural que tenían los padres de familia de educar a sus hijos. 58 Puig Casauranc, solicitó informes sobre el convento que era parte del templo del Carmen de Orizaba para que sea utilizado como escuela pública, el secretario de Educación quería saber el estado que presentaba el inmueble y quién estaba a cargo. La

57 58

BUTLER. Op. Cit., “Al encuentro de los misioneros. La educación rural, 1920-1929”, 2013, pp. 113,117. BUTLER. 2013, pp. 118-119.

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autoridad municipal de Orizaba pidió que fuera el Inspector de Policía quien recabara la información que se pedía.59 El gobierno federal pidió que en los templos se dedicaran únicamente a profesar la religión por aquellos sacerdotes que se registraban en el padrón estatal, que no se instruyera la educación en recintos religiosos. Para evitar que los católicos desobedecieran el artículo 3°, el presidente de la república ordenó la clausura de las Instituciones Monásticas y de los planteles educativos particulares en el país, el gobernador Jara secundó la petición de la presidencia y mandó el aviso a todo el estado de Veracruz. En Orizaba se expresó que los vecinos que habitaban junto a un templo y si éste impartía la educación serían consignados ante las autoridades por no hacer la denuncia correspondiente, su delito era el de “encubridores” y podrían pasar de diez a treinta días de prisión, y pagar una multa de 50 a 300 pesos.60 La circular emitida por el gobierno de Heriberto Jara decía lo siguiente: La enseñanza es libre; pero será laica la que se de en los establecimientos oficiales de la educación, lo mismo que la enseñanza primaria elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares. Ninguna corporación religiosa ni ministro de algún culto podrán establecer o dirigir escuelas de Instrucción primaria. Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial. Este gobierno espera que cumpliendo con estas instrucciones, esa Corporación Municipal habrá procedido a hacer conocer a los habitantes de esa región, las penas en que incurren los contraventores de las disposiciones previstas tanto en la Constitución General de la República como en las Circulares que sobre el particular ha girado el C. Presidente de la República. 61

Se entiende como establecimiento oficial de la educación a las escuelas aprobadas por el gobierno que cumplían con los requisitos y el Plan de Estudios que estipulaba la SEP, los

otros

planteles

educativos

fueron

inspeccionados

por

las

autoridades

correspondientes para determinar si seguían ejerciendo o se clausuraban. El gobernador Jara concedió al Ayuntamiento de Orizaba al profesor Juan Galicia como Inspector

59

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, del Secretario J. M. Puig Casauranc al C. Presidente Municipal de Orizaba, México, 17 de febrero de 1926; Ibíd., del Presidente Municipal al C. Inspector de Policía, Orizaba, 26 de febrero de 1926. 60 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Circular No. 3702, del Gobernador H. Jara al C. Presidente de la Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa, 27 de febrero de 1926; Ibíd., del Presidente Municipal a la Oficina de la Policía Judicial, Orizaba, 1 de marzo de 1926; Ibíd., del Oficial Judicial al C. Presidente Municipal, Orizaba, 1 de marzo de 1926. 61 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Circular No. 3956, del Gobernador del Estado de Veracruz al Presidente de la Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 2 de marzo de 1926.

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Técnico Escolar para que se clasificaran los planteles que se encuentran en esa ciudad,62 se le notificó al obispo Rafael Guízar que las escuelas católicas serían cerradas para que fueran inspeccionadas.63 Para apoyar al profesor Juan Galicia, la presidencia de Orizaba designó el 1 de marzo de 1926 una comisión para que se inspeccionaran los establecimientos de cualquier índole donde se pudiera instruir la educación religiosa, no solo en las escuelas (ver tabla 1), siendo los siguientes revisados por las autoridades entregando su informe al presidente municipal y al gobernador, también se buscaba que en esos inmuebles no hubiera ninguna imagen religiosa y en caso de hallarlas serían consignadas por las autoridades. TABLA 1. Establecimientos donde hubo inspección por las autoridades civiles en busca de evidencia de educación religiosa católica en Orizaba AUTORIDAD ESTABLECIMIENTO Y REPORTE MUNICIPAL ENCARGADA  En los salones habían 7 Eugenio Vigil.* Hospital Infantil niños y 10 niñas enfermas. Arnulfo M. “Isabel la Católica”.  Armazón de un altar sin Rodríguez. Srita. Josefina Álvarez. imágenes  10 ancianos de distintas edades.  45 señoras que no podían trabajar Eugenio Vigil.  Armazones de altares en Asilo de Ancianos Filiberto Valdés. diferentes puntos del Desamparados. Arnulfo M. plantel. Rosalía de la Rosa. Rodríguez.  Una capilla religiosa, un confesionario y 17 bustos de santos, éstos quedaron a disposición de las autoridades.  Nunca estuvo a cargo de Eugenio Vigil. alguna corporación Asilo de Ciegos “Llera”. Arnulfo M. religiosa. Sra. Luisa Castillo. Rodríguez.  No existe oratorio ni imágenes religiosas. 62

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Telegrama, del Presidente Municipal al C. Gobernador del Estado de Veracruz, Orizaba, 2 de marzo de 1926; Ibíd., Telegrama, del Gobernador H. Jara al Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa, 3 de marzo de 1926. 63 WILLIMAN. “Reconstrucción eclesiástica…” Op. Cit., 1976, p. 64.

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Eugenio Vigil. Filiberto Valdés.

Asilo de Huérfanas. Sra. Concepción Ramírez.

 Se da instrucción únicamente de lectura, escritura, cuentas y música.  Nunca estuvo a cargo de alguna corporación religiosa.  12 huérfanas  No se encontró oratorio o algo que delatara se impartiese la religión católica.

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182. *Eugenio Vigil fue el comisionado del gobernador Heriberto Jara Corona para el cumplimiento de la ley.

Estas inspecciones se realizaron entre el 1 y 2 de marzo de 1926, como complemento de la Circular No. 3702 (clausura de instituciones monásticas y de escuelas particulares) del 27 de febrero de ese año. A excepción del asilo de ciegos y del asilo de huérfanas, los otros establecimientos estuvieron atendidos por las madres de la Caridad, las cuales se retiraron el 27 de febrero cuando se anuncian las medidas hacia el clero católico. Del mismo modo, las revisiones se hicieron en las escuelas particulares de la ciudad garantizando que la Circular antes mencionada se cumpliera con las siguientes bases: Primera. Si los profesores o profesoras visten hábitos que revelen pertenecer a corporación monástica. Segunda. Si la enseñanza impartida tiene visos de religiosidad. Tercera. Si por los libros, registros y anotaciones de los maestros y por los libros y útiles de los alumnos, se desprende que se imparte enseñanza religiosa. Cuarta. Si por la documentación de los Directores se llega al conocimiento de la religiosidad buscada. Quinta. Si para el sostenimiento de las escuelas proporcionan fondos algunas sociedades religiosas. Sexta. Si los edificios o locales son propiedad de alguna corporación religiosa. Séptima. Si en los lugares destinados para clases o en los despachos de los Directores se hallan imágenes o cuadros que reflejen la falta del laicismo. Octava. Si en los mismos edificios hay templos u oratorios.64

En la siguiente tabla se muestran a detalle las escuelas que fueron inspeccionadas: Tabla 2. Escuelas particulares que se inspeccionaron Nombre de la escuela

Reporte

Colegio Guadalupano

 La directora, profesora normalista Isaura Marroquín Santander no viste hábito de monja. Las demás profesoras son conocidas

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AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Informe General de la Comisión Especial Encargada de Visitar las Escuelas Particulares de Orizaba, de la Comisión al H. Ayuntamiento, Orizaba, 5 de marzo de 1926.

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      

Escuela del Orfanatorio de “San Luis Gonzaga”     

Escuela “Antonio Pérez“

     

Escuela “Del Corazón de Jesús” Escuela “Vilaseca”



y no pertenecer a ninguna institución monástica. La enseñanza se ajusta al Programa de Estudios Oficiales de la SEP. Se comprueba su laicismo por estar anexa a la Normal de Profesores de la Ciudad de México. Todos los libros son de autores liberales. La escuela se sostiene por las cuotas de los padres de familia. El edificio es propiedad particular. No se encontraron imágenes religiosas. No hay espacio destinado para oratorio. Los profesores visten de color porque revelan costumbres de haber pertenecido a alguna corporación religiosa. La enseñanza impartida en el momento de la vista no tuvo nada de religiosa. Se interrogaron a tres niñas para saber si practicaban la religión, dos contestaron que se les llevaba a misa y les enseñaban oraciones en el dormitorio, la otra negó todo, pareciendo que ya estaba preparada para contestar. Los libros no tuvieron nada de religión. La escuela, comprendida dentro del asilo de huérfanos, está sostenida con fondos del Lic. Agustín Aguilar. El edificio es particular, pues el que le correspondía en propiedad está ocupado por el Hospital Militar. No hay oratorio ni imágenes religiosas. El profesor, Modesto Cadena, es bien conocido como laico. La enseñanza refleja el laicismo. Los libros no tienen indicios de religión. La escuela está sostenida por fondos que ministra el Lic. José de L. y Pasquel. El edificio es propiedad particular. No hay oratorio ni imágenes religiosas. Se encontró esta escuela clausurada con muebles escolares. En el archivo de la Inspección Escolar del Estado aparece como directora la Sra. Soledad Valiente. El personal viste de color, reflejando que pertenecieron a alguna corporación religiosa.

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Escuela “Covadonga”

Escuela Particular Mixta

Escuela Particular de “Ana Luisa Latour”

Escuela Presbiteriana “Hidalgo”

 La enseñanza que se mostró en el momento de la visita no tiene nada de religión  Los libros son reglamentarios, aunque los libros de tareas escolares denotaban por su tinta y color que estaban recién formados.  No se mostraron los libros de la Dirección, excepto el de las cuotas.  Se dijo que los fondos provienen de las colegiaturas.  El edificio es propiedad particular.  No hay oratorio ni imágenes religiosas.  Algunos profesores vestían trajes civiles de color evidenciando haber pertenecido a alguna corporación religiosa, pero había tres profesoras civiles.  La enseñanza no era religiosa.  Los libros son reglamentarios.  La documentación de la Directora contiene actas de visitas del Inspector Escolar Gonzalo R. Cortina.  Las cuotas provienen de las colegiaturas.  El edificio es propiedad particular.  No hay oratorio ni imágenes religiosas.  La profesora Concepción Menchaque es civil.  La enseñanza es laica.  No se llevan libros ni registros.  La Dirección del plantel no contiene correspondencia oficial  Las cuotas no bastan para el sostenimiento.  Ocupa como salón de clases el corredor de la casa de la profesora Menchaque.  No hay oratorio ni imágenes religiosas.  La directora no es religiosa.  La enseñanza es laica.  Libros reglamentarios.  Escasez de alumnos.  Ninguna corporación provee fondos.  El edificio es particular.  No hay oratorio ni imágenes religiosas.  Es Directora la Sra. Luisa B. de Sherwell, con título de la Iglesia Evangélica.  La enseñanza no es religiosa.  Libros reglamentarios.  Se hace el pago de 215 pesos mensuales para el sueldo de las maestras.  El edificio pertenece a la misma Iglesia. 37

 No hay cuadros religiosos.  En todos los documentos legales aparece el nombre “Misión Presbiteriana” y “Escuela Presbiteriana”, siendo la Inspectora de Escuelas Presbiterianas, la Srita. Mary F. Turner. La Sra. Sherwell expresó que la Iglesia ya no dará fondos a partir de este año. Se hace la siguiente clasificación tomando los datos anteriores    Escuelas Laicas, pero por la  vestidura se revela que hubo  religiosidad. Escuelas donde no se  encontraron pruebas de  religiosidad, pero hay detalles que lo reflejan y desde la entrada se respira el ambiente religioso Escuela que por sus  documentos y fondos está controlada por la Iglesia Evangélica. Escuelas enteramente Laicas.

Antonio Pérez. Mixta de Menchaque. Ana Luisa Latour. Colegio Guadalupano. Colegio Covadonga. Escuela Vilaseca. Escuela San Luis Gonzaga.

Presbiteriana Hidalgo.

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182. Reporte de las escuelas inspeccionadas por el gobierno de Orizaba.

En este reporte se menciona que solo el Colegio Guadalupano suspendió clases, pero el profesor Juan Galicia y el comisionado Eugenio Vigil sugirieron que reanudara sus funciones porque era el único que se ajustaba con la ley y no representaba peligro para la sociedad, por lo que el presidente municipal de Orizaba ordenó su reapertura el 6 de abril.65 Por otra parte, el gobernador Jara estaba consciente que las escuelas reanudarían labores una vez que la inspección terminara y se evaluara la certificación de los maestros, del plantel y de los planes educativos, siempre y cuando cumplieran con los requerimientos de la ley. El obispo Rafael Guízar y Valencia proporcionó la ayuda

65

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Informe General de la Comisión Especial Encargada de Visitar las Escuelas Particulares de Orizaba, de la Comisión al H. Ayuntamiento, Orizaba, 5 de marzo de 1926; Ibíd., del Oficial 1° Enc. del Desp. Sría. al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa, 26 de marzo de 1926; Ibíd., del Presidente Municipal al C. Secretario de Gobernación del Estado, Orizaba, 6 de abril de 1926.

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necesaria e invitó a los católicos para obedecer las peticiones del gobierno y evitar enfrentamientos.66 Obedeciendo las peticiones de Guízar, las Damas Católicas de Orizaba buscaron una solución pacífica, por lo que una comisión salió hacia la capital veracruzana para entrevistarse con el gobernador para que se reanudaran los colegios y templos cerrados por órdenes del Gobierno Federal67. Sin embargo, esto no se logró ya que Jara Corona siguió las órdenes dictadas por el presidente Calles y el secretario de Gobernación Tejeda, las escuelas se abrieron únicamente si se sujetaban al Plan de la SEP, mientras que los templos permanecieron cerrados. Si bien había otras religiones, las que contaban con mayor presencia de seguidores en Orizaba eran la católica y protestante, antes de limitarlos de acuerdo a la población, la ciudad contaba con once curas católicos y posteriormente cuatro; había cinco pastores protestantes, por un momento se les admitió que todos podrían oficiar su culto, pero después se determinó la expulsión de tres porque eran extranjeros y que el número de los pastores debería ser acorde a la población por lo que finalmente fueron cuatro los que permanecieron, como sus semejantes católicos.68 1.2.2 Las Juntas Vecinales, el control por los bienes del clero Los católicos veracruzanos protestaron –de forma pacífica– en contra de las medidas que el gobierno veracruzano puso en práctica, los inconformes pedían la reapertura de todos los templos; como esto no fue concedido, en agosto de 1926 se solicitó a través de una carta pastoral que todas las iglesias estuvieran al cuidado de los feligreses, el gobierno no aceptó estos términos. Por tal motivo, la Secretaría de Gobernación señaló que el patrimonio nacional debería de ser protegido por personas que el mismo gobierno designaría, se realizaron inventarios de los bienes que se encontraban en los templos, 66

WILLIMAN. “Reconstrucción eclesiástica…” Op. Cit., 1976, p. 64. AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Telegrama, del Presidente Municipal al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 15 de marzo de 1926. 68 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Telegrama, del Secretario de Gobierno Manuel Maples Arce al C. Presidente de la H. Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa, 1 de mayo de 1926; Ibíd., Telegrama, del Presidente Municipal al C. Gobernador Constitucional del Estado, Orizaba, 2 de mayo de 1926; Ibíd., Telegrama, del Gobernador del Estado al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa, 3 de mayo de 1926; Ibíd., Telegrama, del Presidente Municipal al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 8 de mayo de 1926. 67

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así como el nombramiento de “Juntas Vecinales”.69 El 31 de julio, Gobernación vuelve a expedir otra circular donde informaba a los funcionarios que podían pedirle autorización para modificar las iglesias y poder dedicarlas al uso civil.70 La orden llegó al gobierno de Veracruz a mediados de julio para pedirle que recabara los inventarios de los bienes eclesiásticos y así ser nacionalizados, de esta manera la entidad veracruzana estaba facultada para ordenar la petición que venía desde la ciudad de México; en agosto la presidencia de Orizaba le proporciona la noticia al Inspector de Policía para que se encargara de ejecutar la disposición gubernamental, no sin antes haber notificado a los sacerdotes de la ciudad que deberían tener listos los inventarios

de

todas

las

iglesias

para

ser

entregados

a

las

autoridades

correspondientes.71 En todo el país los católicos estaban disgustados por la aplicación de inventarios en los templos, por lo que algunos optaron por sacar las imágenes, los muebles, las esculturas y todo lo que se pudiera. Ante esto, el presidente de la República pidió a los gobernadores que se vigilaran los templos, sancionando tanto a sacerdotes como a civiles que extrajeran cualquier objeto ya que se impedía el control del patrimonio monástico, se pidió la rápida formación de las juntas que custodiarían los templos para evitar el saqueo.72 De esta manera y por petición del gobernador para el cumplimiento de la vigilancia de los inmuebles religiosos, en Orizaba se creó una comisión para recibirlos de las juntas vecinales y entregarlos al gobierno:

69

WILLIMAN. “La Iglesia y el Estado en México, 1926-1931. Discordia a la nación armónica en Veracruz”, Op. Cit., 1976, p. 68. 70 Ibíd. pp. 68-69. 71 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Circular No. 13414, del Secretario de Gobernación Manuel Maples Arce al C. Presidente de la Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 15 de julio de 1926; Ibíd., del Presidente Municipal al C. Inspector General de Policía, Orizaba, 5 de agosto de 1926; Ibíd., del Presidente Municipal al Sr. Cura Párroco, Orizaba, 29 de julio de 1929. 72 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Telegrama, del Gobernador H. Jara al Presidente Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa, 30 de julio de 1926.

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Tabla 3. Reparto de la vigilancia de los templos a cargo de funcionarios del H. Ayuntamiento de Orizaba. 31 de julio de 1926 Templo

Comisionado C. Presidente Municipal Rodrigo Maldonado C. Síndico Primero Fortunato Ramírez C. Síndico Segundo Luis Massa C. Regidor Primero Cornelio de los Santos C. Regidor Segundo Isaías Castillo C. Regidor Tercero Aurelio Pérez

Parroquia de San Miguel San Juan de Dios y San José de Gracia Santa María y El Carmen El Calvario y San Antonio Los Dolores y La Concordia Santa Gertrudis y Barrio Nuevo

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182. Nombramiento de las personas que se harían cargo de la vigilancia de los templos en Orizaba.

A partir del 30 de julio, cuando se solicitó la vigilancia, el Ayuntamiento de Orizaba comenzó enviar cartas a los ciudadanos considerados para formar parte de las juntas vecinales, estos vecinos tenían que ser conocidos por las autoridades y por los miembros de la población. Una vez que aceptaban ser parte de la junta y comprometerse a salvaguardar el templo y todo lo que contenga en su interior, se registraban en las instalaciones de la iglesia que les era asignada ante las autoridades convenientes (Tabla 3) y el sacerdote a cargo. Tabla 4. Lista de las Juntas Vecinales de los Templos Católicos de Orizaba a en 1926 Junta de la Parroquia de San Miguel Junta del templo El Calvario Sacerdote a cargo: José Ma. Flores Sacerdote a cargo: Mariano Álvarez Representante: Ernesto Galland Representante: Luis Durand Porfirio Vázquez Guillermo Rangel Francisco Mendoza Manuel Ramírez Aurelio M. Ramírez Luis Fernández Rafael Hernández Aurelio Trejo Antonio Báez Gregorio Valderrama Juan Báez Cesáreo Osorio Roberto Alamillo Delfino P. Ramírez Francisco Campos Ausencio Izquierdo Prócuro Peregrina Próspero Flores Zeferino Cruz Pedro Peña Fuentes 41

Junta del templo Santa María Sacerdote a cargo: Vicente Vargas G. Representante: Francisco González Rubén Yáñez Ruperto Islas Manuel Bravo Luis Ortega Luis Fuentes C. Francisco Rosete Alberto Osorio M. Oswaldo Barruecos Eliseo S. Acosta Juan Trujillo Junta del templo San José de Gracia Sacerdote a cargo: Juan B. Pérez Emiliano Marín Emilio Arellano Eduardo Egea Eduardo López Agustín Martínez Sacramento Osorio Luis Maya Ezequiel Carrillo Guillermo Ramírez Agustín Ramírez Junta del templo San Antonio Sacerdote a cargo: Francisco Vallejo E. Representante: Carlota Hernández Pascual Álvarez Melesio Bolaños Abraham Álvarez Fidencio Vázquez Liberio Rosas Gonzalo de la Rosa Ignacio Trejo Higinio Huerta Delfino Contreras Manuel Rodríguez Junta del templo La Concordia Sacerdote a cargo: Leopoldo Osorio Representante: Gertrudis Sánchez Diego Cerón Laureano Álvarez Alberto Lechuga Hilario Miranda

Junta del templo El Carmen Sacerdote a cargo: No hay Representante: Severiano Contreras Rafael Ariza José Polo Luis Uruñuela Enrique Valdés Alberto Uruñuela Régulo Fernández Alonso Francisco Pacheco Francisco Aspiri Pedro Bobadilla Jesús Castillo Junta del templo San Juan de Dios Pedro Yáñez Severiano Plasencia Manuel Noguera Daniel Domínguez José Gómez Eduardo Peña Manuel Islas Gerardo Zepeda Francisco Amor Miguel Díaz Junta del templo Los Dolores Sacerdote a cargo: No hay Representante: Rogelio Valiente Felipe Nieva Miguel L. del Castillo Andrés P. Palacios Enrique González Antonio Martínez Eulogio Benítez Francisco Amador Ignacio Pérez Campos Agustín Vignon José María Lugo Junta del templo Santa Gertrudis Sacerdote a cargo: No hay Representante: Cesáreo Miranda Próspero Rodríguez Melitón Sánchez Francisco Reyes Luis Hernández 42

Florentino Flores Florentino Sánchez Pedro Moreno Eduardo Ramos Antonio Rosete Marcos Monterrosas Junta del templo de Barrio Nuevo Gregorio de los Santos Margarito Almanza Crescencio Torres Faustino González Tomás Torres Luis Celisco Porfirio Vázquez Ángel Ciruelo Manuel Ciruelo Paulino Torres

Bartolo Gallegos Felipe Trujillo Jesús Calderón Juan Miranda José S. Gallardo Eduardo B. Rodríguez  Los curas de San Miguel, Santa María San José y La Concordia, reconocidos por la ley reglamentaria.  Los curas de El Calvario y San Antonio expulsados por la ley reglamentaria.  El cura de El Carmen, expulsado por ser extranjero.  No se sabe de los curas de Los Dolores, San Juan de Dios, Santa Gertrudis y Barrio Nuevo.

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182.

Los nombres de las listas varían conforme la renuncia y la integración de nuevos vecinos. La junta vecinal de San José de Gracia fue la que tuvo mayores cambios desde su formación; cuando un miembro quería renunciar, tenía que enviar una carta al presidente municipal explicando cuáles eran los motivos por los que no podía seguir y si tenía una sugerencia para que fuera ocupado su lugar tenía que decírselo, posteriormente el alcalde aceptaba la renuncia y enviaba otra carta al candidato en la que se le informaba haber sido nombrado para ser miembro de la junta. A diferencia de las juntas vecinales de los templos católicos, en el caso de los dos templos protestantes no se hicieron juntas, sino que se nombró únicamente a un encargado. Por lo general eran los pastores, para la Iglesia de la Santísima Trinidad quedó Apolonio Vázquez y para la otra que no tenía nombre permaneció Justo Alamillo. En el momento de la creación de las juntas, 31 de julio y el 1 de agosto, se hizo una lista detallando todos los objetos y artículos que había y por disposición del gobierno federal, éste junto con el gobierno municipal y estatal tendrían que tener una copia de los inmuebles. Una vez formadas las juntas el Ayuntamiento de Orizaba informó al gobernador que estaban listas para ejercer sus funciones y para mayor seguridad se

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pusieron como vigilantes a funcionarios del Ayuntamiento.73 Cada junta tenía que informar al gobierno de Orizaba si la ley era violada para que posteriormente se sancionaran a los que desobedecían la ley. Pero la vigilancia se reforzó aún más a partir del 10 de agosto, tomando como referencia la ley del 14 de junio (Ley Calles), esto porque el gobierno veracruzano no quería arriesgarse a que los católicos desobedecieran, por lo que mandó a la ciudad de Orizaba ejemplares de la ley Calles para que éstas se pegaran en las puertas de los templos o espacios públicos y recordándole que no olvidara lo convenido respecto al artículo 3°.74 A pesar de las juntas vecinales, no se pudo controlar por completo a los católicos, ya que seguían practicando el culto y no respetaban los artículos constitucionales. Cuando el gobierno de Veracruz se enteró de estos actos, culpó a los fanáticos de alterar el orden público. De esta manera pidió a los presidentes municipales vigilar estrictamente a todos los sacerdotes que estuvieran a su cargo e identificar a quienes practiquen el culto fuera de la ley para aprehenderlos y enviarlos ante el Secretario de Gobernación en México para recibir su castigo; Maples Arce dejaba claro que las autoridades municipales eran auxiliares para el acatamiento de las leyes, sino cumplían por tolerancia o indiferencia también serían castigados.75 Para prevenir que fueran sancionados, las autoridades municipales de Orizaba comenzaron a vigilar los templos y las acciones de los católicos; se descubrió que el día 25 de agosto en el templo La Concordia se había celebrado un matrimonio sin el consentimiento de las autoridades. Si bien el sacerdote de dicho templo estaba registrado ante el gobierno, el presidente municipal tuvo que preguntarle al gobernador y al secretario de Gobernación hacia quien tendría que proceder, si contra el sacerdote que ofició la misa o contra los diez vecinos por no haber detenido la ceremonia. Tanto Jara

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AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Telegrama, del Presidente Municipal al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 1 de agosto de 1926. 74 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Circular No. 15100, del Secretario de Gobierno Manuel Maples Arce al C. Presidente de la Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 10 de agosto de 1926. 75 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Circular No.15850, del Secretario General de Gobernación Manuel Maples Arce al C. Presidente de la Corporación Municipal, Jalapa, 19 de agosto de 1926.

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como Tejeda respondieron que tenían que investigar previamente y castigar a quienes resultaran culpables.76 Lo más preocupante fue que se pensó que la junta vecinal de La Concordia nunca recibió el templo ni hicieron el inventariado correspondiente, pero esto se resolvió al notificar que sí tenían el inmueble a su cargo. Para solucionar el problema que se presentó con el matrimonio, se solicitó la ayuda al ministerio público y éste a su vez pidió la lista de todos los templos y sus respectivas juntas para hacer un expediente e investigar a cada uno, con especial atención al templo en cuestión que tras una especulación se dictaminó que sí se había realizado una ceremonia religiosa, por lo que se procedía a la aplicación de las sanciones correspondientes, siendo acreedores tanto los vecinos como el sacerdote.77 Ante estas medidas, el Ayuntamiento de Orizaba tenía que estar seguro de las diligencias practicadas; persuadió al ministerio público de comprobar la verdad, contestando que también los vecinos podían salir perjudicados ya que ellos tenían a su cargo el templo y el dictamen podría variar de acuerdo a la culpabilidad que podrían tener; no podrían valerse de las versiones callejeras, pues así fue como el municipio se enteró de la boda, pero aun así pidió que se preguntara a los habitantes que vivían cerca de la iglesia para encontrar cualquier pista. Sin embargo, al no tener pruebas contundentes y sólo valerse de los comentarios callejeros, tanto el ministerio público como la policía no lograron encontrar culpables, por lo que tanto el cura como los vecinos no fueron sancionados.78

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AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Telegrama, del Presidente Municipal al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 25 de agosto de 1926; Ibíd., Telegrama, del Presidente Municipal al C. Ministro de Gobernación, Orizaba, 25 de agosto de 1926; Ibíd., Telegrama, de Adalberto Tejeda al Presidente Municipal de Orizaba, México D.F., 27 de agosto de 1926; Ibíd., Telegrama, de Heriberto Jara al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa, 27 de agosto de 1926. 77 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Telegrama, del Gobernador H. Jara al Presidente Municipal, Jalapa, 27 de agosto de 1926; Ibíd., Telegrama, del Presidente Municipal al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 28 de agosto de 1926; Ibíd., del Agente del Ministerio Público al C. Presidente Municipal, Orizaba, 1 de septiembre de 1926; Ibíd., del Presidente Municipal al C. Agente del Ministerio Público, Orizaba, 1 de septiembre de 1926. 78 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, del Agente del Ministerio Público al C. Presidente Municipal, Orizaba, 2 de septiembre de 1926; Ibíd., del Secretario de Gobierno Manuel Maples A. al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 17 de septiembre de 1926.

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Lo que le importaba al gobierno sobre los inmuebles católicos era su nacionalización, fue por esto que se pidió el inventario de todos los templos así como su clausura para impedir que la población hiciera uso de ellos. En Veracruz se hizo una vez que la relación de las posesiones del clero se haya terminado deberán de hacérselos saber a las autoridades correspondientes para su debido cuidado, además de que se haría un padrón de todas las adquisiciones que se hicieron en Orizaba para después sumarlas a las que hayan recolectado a nivel nacional.79 A diferencia de los católicos, con quienes las juntas se hicieron por petición del gobierno, la iglesia protestante de la Santísima Trinidad giró un documento justo cuando el gobierno mostraba su inconformidad hacia la religión, expuso el cumplimiento del artículo 130 y como anexo dio el inventario del templo, algo que a los católicos se les tuvo que pedir tiempo después. Mientras que el otro templo protestante no dio su inventario – al menos en el AMO no se tiene registro–, de igual manera mostró acatar las leyes. Hasta aquí se muestra la importancia de las juntas vecinales como una extensión del gobierno para cumplir los lineamientos constitucionales, las juntas estaban obligadas a informar cualquier movimiento que los católicos hacían para que la policía intercediera, del mismo modo sólo permitían que el sacerdote registrado podía oficiar el culto únicamente dentro del templo a su cargo, cualquier anomalía tenía que ser informada, los vecinos que formaban estas juntas llegaron a ser los ojos y oídos del gobierno. Tiempo después, en los años treinta, las juntas vecinales volverían a ser cruciales para el cumplimiento de la ley bajo la supervisión del gobierno veracruzano.

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AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, del J. de la C. F. de Hda. A. del M. P. Federal por Ministro de Ley Arturo Valenzuela al Juez 2do. Instancia, Orizaba, 10 de septiembre de 1926; Ibíd., Circular No. 17199, del Secretario General de Gobierno Manuel Maples Arce al C. Presidente de la Corporación de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 11 de septiembre de 1926.

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1.3 El apoyo obrero, la fuerza política Al llegar el siglo XX la población de Veracruz alcanzaba 981,030 habitantes, de acuerdo con el II Censo Nacional de Población de 1910.80 En el valle de Orizaba estaban asentadas varias empresas, el giro textil y cervecero eran las principales, esto gracias por su ubicación geográfica y estratégica dado a que estaba en un punto intermedio entre la ciudad de México y el puerto de Veracruz, facilitando el tránsito de personas y mercancías a través del ferrocarril; desde el siglo XIX prácticamente el valle se fue industrializando, por lo que después se volvería una región económica importante para el país, el capital invertido era principalmente francés e inglés, distribuido entre Nogales, Orizaba, Santa Rosa (hoy Cd. Mendoza) y Río Blanco. Una de las primeras formas de agrupación que tuvieron los trabajadores fueron las Sociedades Mutualistas, siendo la primera la llamada “Sociedad de Socorros Mutuos, fundada por obreros en la ciudad de México, cerca del año de 1853.81 Los obreros significaron la mano de obra más importante para que las fábricas siguieran produciendo; antes de 1915 los obreros comenzaron a organizarse 82 con la ayuda del gobierno de Venustiano Carranza; por lo que destaca la alianza entre la Casa del Obrero Mundial (COM) con los Constitucionalistas. Así quedó establecido en el histórico pacto firmado por Venustiano Carranza y la COM el 17 de febrero de 1915, en el cual la Casa del Obrero Mundial se comprometía a acelerar el triunfo en la revolución, para lo cual se crearon guarniciones de trabajadores, las cuales fueron conocidas como "Batallones Rojos". A cambio de este apoyo, la COM pudo extender su presencia en varias entidades de la República. 83 Estos Batallones

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FLORESCANO, Enrique y Juan Ortiz Escamilla. “Dinámica de la población Siglos XVI al XXI y perspectivas a futuro”, en Atlas del Patrimonio Natural, Histórico y Cultural de Veracruz, Tomo II, Patrimonio Histórico, México, Gobierno del Estado de Veracruz, 2010, p. 133; http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/proyectos/ccpv/default.aspx. Censo de Población y Vivienda 1930, (consultado el 22 de febrero de 2015). 81 http://www.conampros.gob.mx/historiasind_01.html (Consultado el 25 de febrero de 2014). 82 Por movimiento obrero se entiende al conjunto de los hechos políticos y organizativos que afectan la vida política, ideológica y social de la clase obrera o, más ampliamente, al mundo del trabajo. BOBBIO Norberto, Nicola Matteucci, Gianfranco Pasquino y otros. Op. Cit., 1995, pp. 1066-1072. 83 http://www.conampros.gob.mx/historiasind_03.html (Consultado el 25 de febrero de 2014).

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llegan a Orizaba desde la ciudad de México en 1915, cuando Carranza se encontraba en Veracruz.84 Después de una serie de problemas entre los sindicatos de la época, en marzo de 1918 se fundó la primera Confederación de Trabajadores con carácter Nacional: la “Confederación Regional Obrera Mexicana”, CROM. La Casa del Obrero Mundial había perdido importancia, se generó la inquietud para que se fundara una organización sindical que representara al mayor número de sindicatos del país. Los primeros intentos al respecto se dieron en los Congresos realizados en las ciudades de Veracruz y Tampico, en donde se discutieron las principales estrategias de lucha que la futura central habría de tener para salvaguardar los derechos de sus trabajadores.85 El Gobierno Federal utilizó el apoyo de los sindicatos y obreros, se alió con el grupo más prominente de obreros, la CROM. Al igual que Cales, Luis N. Morones mostró su anticlericalismo. Morones usó su influencia en los sindicatos para que todos los trabajadores apoyaran la ley, para ello hizo reuniones donde hablaban de las ventajas de limitar al catolicismo y que expulsando esa religión el país tendría un mejor desarrollo. El sindicalismo se volvió un bastión para la política en México; en febrero de 1925 la CROM junto con el presidente Calles trataron de imponer una Iglesia Cismática en México, apoyado por los obreros se nombró al patriarca Pérez como líder de los cismáticos, pero este proyecto no dio resultados por lo que se disuelve más tarde, sin embargo los obreros y el sindicalismo siguieron teniendo participación en el conflicto Estado-Iglesia. En la ciudad de Orizaba, tras la promulgación de la ley Calles, los obreros mostraron su apoyo al gobierno, tanto que se pidió el teatro Llave de la ciudad para dar una conferencia sobre el problema religioso que atravesaba el país, sin embargo la presidencia municipal no otorgó el establecimiento, aunque se le solicitó previamente, esto ocasionó que los sindicatos de la región reprobaran el acto del presidente de aquella ciudad. Dicha petición fue solicitada por el sr. David Lara Pardo, pero el presidente 84

Para mayor detalle véase a GARCÍA Díaz, Bernardo. “Las tácticas de agitación de los militantes de la Casa del Obrero Mundial entre los trabajadores textiles” en Documentos, testimonios y crónicas de la Revolución Mexicana en Veracruz (Antología), Secretaría del Estado de Veracruz, México, 2010, pp. 141-143; GARCÍA Díaz, Bernardo. Los obreros textiles de Santa Rosa y la Revolución, Tesis de Doctor en Historia, Puebla, Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades “Alfonso Vélez Pliego”, Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2011. 85 http://www.conampros.gob.mx/historiasind_05.html (Consultado el 25 de febrero de 2014).

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municipal respondió que el teatro estaba arrendado pero haría lo posible para prestar el recinto, mostrando su total apoyo al gobierno ante el problema religioso.86 Los sindicatos se manifestaron enérgicos cuando Rodrigo Maldonado, presidente municipal de Orizaba, no dio facilidades de prestar el teatro mencionado para la 1ª Conferencia que trataría el asunto en cuestión, pidieron que recapacitara ante esto y que otorgara aquél inmueble para poner al tanto a la ciudadanía del asunto religioso que atravesaban Veracruz y el país. Solicitaban al presidente que acatara las normas que la política había adoptado respecto al tema religioso, si no cumplía con los lineamientos sería considerado enemigo del gobierno y de los trabajadores, éstos argumentaban que ejercían su labor de liberación de las clases oprimidas, por lo que consideraban indispensable que se realizara la conferencia.87 La presidencia de Orizaba respondió a las acusaciones que los sindicatos hacían, particularmente se dirigió al secretario Francisco García, el presidente Maldonado le explicaba al secretario que el teatro Llave se encontraba arrendado al sr. José Jiménez y al haber un contrato de por medio no podía hacer uso del espacio prontamente, pero que estaría al pendiente de que el recinto se les diera lo más rápido posible. Por lo tanto esa era la única razón por el cual no se podía dar la instalación solicitada, por lo que no había necesidad de que se culpara al presidente de no estar de acuerdo con la política religiosa, manifestaba además, que el viernes 20 de agosto podía hacer uso del teatro. 88 Del mismo modo, el gobierno estatal le pidió a la presidencia de Orizaba que atendiera el asunto del teatro Llave, debiendo mostrar su apoyo a los trabajadores para que la ley no fuera infringida, Jara recomendó que este tema no debía de pasarse por alto y se debían de cumplir las disposiciones constitucionales.89 Cabe resaltar que el 86

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Telegrama, del Gobernador H. Jara al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa, 17 de agosto de 1926; Ibíd., del Presidente Municipal al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 17 de agosto de 1926. 87 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, de Miguel C. Pérez Secretario General del Sindicato de Obreros y Similares de Río Blanco al C. Rodrigo Maldonado Presidente Municipal de Orizaba, Río Blanco, 17 de agosto de 1926; Ibíd., de Francisco García Secretario General del Sindicato Obrero de las Aguas Gaseosas y Oficios Varios al H. Ayto. de Orizaba, Orizaba, 17 de agosto de 1926. 88 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, del Presidente Municipal al Sindicato Obrero de las Aguas Gaseosas y Oficios Varios, Orizaba, 18 de agosto de 1926. 89 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, del Gobernador H. Jara al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa, 18 de agosto de 1926.

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ayuntamiento mandó copias al gobernador y a los sindicatos de la carta girada hacia el secretario Francisco García para que estuvieran pendientes del porqué no se podía disponer por el momento del edificio. Esto ocasionó tensión entre los grupos sindicales del valle con el Ayuntamiento de Orizaba, los obreros pensaron que el presidente municipal no apoyaba la ley y se mantenía tolerante a la religión, el sindicato de la fábrica de San Lorenzo de Nogales le hizo notar a Rodrigo Maldonado que gracias al apoyo obrero está en la presidencia municipal y no debía de olvidar que pertenece a la clase obrera. El presidente municipal de Orizaba le hizo llegar su respuesta para que el secretario de San Lorenzo entendiera cuál era la situación del teatro y que por ningún motivo la presidencia estaría alejada del gobierno estatal y federal.90 La noticia le llegó a Adalberto Tejeda, a través del secretario Anselmo Aguilar por parte de los estableros y campesinos, le pedía su intercepción para usar el edificio para las conferencias porque el Ayuntamiento obstruía el deber. La autoridad municipal de Orizaba hizo saber que estaría al pendiente del teatro Llave, a su vez, comunicó que lo estaba arrendando a una empresa de espectáculos y tomaría las medidas necesarias para conseguirlo, para lograrlo pidió a los sindicatos cuál es la fecha en que lo necesitaban. Al parecer el asunto quedó arreglado y la presidencia informa que pueden hacer uso del inmueble el viernes 20 de agosto.91 A continuación se muestran los sindicatos que solicitaban dicho teatro: Tabla 5. Sindicatos que solicitaban el Teatro Llave para dar conferencias sobre el asunto religioso Sindicato Lugar Sindicato de Obreros y Similares de Río Blanco, Río Blanco, Ver. adherido a la CROM Sindicato de Obreros y Artesanos de la Cervecería “Moctezuma”, Orizaba, Ver. miembro de la CROM 90

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, del Sindicato de Obreros y Artesanos Progresistas de San Lorenzo al H. Ayto. de Orizaba, Villa de Nogales, 19 de agosto de 1926; Ibíd., del Presidente Municipal al Sindicato de Obreros y Artesanos Progresistas de San Lorenzo, Orizaba, 20 de agosto de 1926. 91 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Telegrama, del secretario Adalberto Tejeda al Presidente Municipal, México D. F., 21 de agosto de 1926; Ibíd., Telegrama, del Presidente Municipal al C. Ministro de Gobernación, Orizaba, 23 de agosto de 1926; Ibíd., Telegrama, del Presidente Municipal al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 18 de agosto de 1926.

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Sindicato Obrero de las Fábricas de Aguas Gaseosas y Oficios Varios, adherido a la CROM Sindicato de Obreros y Artesanos Progresistas de San Lorenzo, miembro de la CROM Sindicato de Obreros Cigarreros y Similares de la Fábrica de Puros “La Violeta”, miembro de la CROM Estableros Campesinos

Orizaba, Ver. Villa de Nogales, Ver. Orizaba, Ver. ---

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182.

Se puede notar que estos sindicatos están agrupados a la CROM, por lo que su influencia llegó a ser de gran importancia en el país, logrando mover a miles de obreros cuando hacía falta, como lo señaló el sindicato de San Lorenzo de Nogales, la influencia del sindicato era que podían determinar a los gobernantes. La dualidad entre la política y el sindicalismo fue importante para establecer la hegemonía gobernante de la época.

1.4 Los medios de protesta de los católicos ante la Ley Calles Así como se opuso el arzobispo de México, José Mora y del Río, en Veracruz protestó el obispo Rafael Guízar y Valencia, que desde 1919 ostentaba el cargo. La diferencia es que mientras en otras partes de México algunos sacerdotes se mostraron enérgicos de la ley y buscaban su derogación lo más pronto posible, incitando a los católicos a protestar; en Veracruz el obispo Guízar buscó la vía de la conciliación pacífica. Incluso desde antes de la persecución religiosa ya se notaba el anticlericalismo de Tejeda cuando fue gobernador por primera vez, en ese momento Guízar mostró su interés de llegar a un arreglo con el gobierno veracruzano, provocando que el gobernador y el obispo se enfrentaran en algunas ocasiones. Después de febrero de 1917 las tensiones entre los católicos y revolucionarios jacobinos se fueron agravando debido a los artículos constitucionales. Los Caballeros de Colón fueron un grupo de católicos que defendieron su fe contra las aversiones del Estado, su participación fue sustancial durante la guerra cristera; en Veracruz se establecen en la ciudad de Xalapa en 1921, a finales del año ya tenían sedes en Córdoba, Orizaba y Veracruz, teniendo presencia en las principales ciudades de la entidad 51

veracruzana. Este grupo fue culpado de un atentado en Orizaba en contra de agricultores arrendatarios el 23 de octubre de 1923, ellos fueron atacados desde las torres de una parroquia en dicha ciudad, a partir de entonces las relaciones entre eclesiásticos y autoridades civiles se volvía cada vez más frágil.92 Otro grupo que sobresalió durante la crisis religiosa en México fue la Liga Nacional Defensora de la Libertad Religiosa (LNDLR), en Veracruz el clero no aceptó ni apoyó a los miembros de la Liga y decayó. Del mismo modo, la Asociación Católica de la Juventud Mexicana (ACJM) no logró atraer suficientes miembros para que la Liga se mantuviera y así garantizar una oficina en el estado de Veracruz; hubo miembros en esta organización pero no los suficientes como para mantenerla; en Córdoba, Paula Espinoza dirigía la filial con 200 miembros; en Xalapa hubo tres filiales dirigidos por Elvira Núñez, Julio R. Luengas y Fernando Ruiz con 200 miembros; en Orizaba se encontraba Manuel Gómez con 300 miembros. Veracruz, junto con Puebla y Tlaxcala formaban la “zona 8” de la LNDLR y a su cargo estaba el inspector Julio M. Helguera con residencia en Orizaba.93 La Liga, valiéndose de la prensa invitaba a los católicos a defender su fe, los boletines que publicaron fueron enviados a los estados para mantener informados a los feligreses sobre los acontecimientos que estaba atravesando la religión católica. En un boletín publicado en el mes de septiembre de 1926 rechazaban la actitud que había tomado el gobierno, comparaban a los políticos con los sayones de la Inquisición, pero además mencionaba que la Inquisición daba días hábiles para mostrar la inocencia de un presunto hereje y si éste pedía perdón se le concedía. Lo que resaltaba en este comunicado era que los involucrados no debían vender la patria, si eran católicos tenían que respetar a sus semejantes que luchaban por la religión y si no lo eran también tenían que respetar. Los miembros de la Liga llamaron “judas” a quienes ayudaban al gobierno y “pilatos” a los que apoyaban las acciones tanto del gobierno como del clero.94 Probablemente el fallo de la Liga residió en que el obispo Guízar y Valencia repudiaba la violencia, dado que la LNDLR se había caracterizado por desempeñar

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WILLIMAN. “Reconstrucción eclesiástica…” Op. Cit., 1976, pp. 54-55. WILLIMAN. Ibíd., p. 56. 94 APO. S/C. Liga Nacional Defensora de la Libertad Religiosa (LNDLR), boletín No. 6, sep./26/1926. 93

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ataques en contra del ejército federal apoyando a los cristeros en la batalla, además el obispo buscaba una solución diplomática sin llegar a un enfrentamiento, tratando de acatar las disposiciones del gobierno, aunque esto se dificultó dado el hecho de que Tejeda rechazaba las agrupaciones religiosas. Guízar se limitó exclusivamente a la religión e invitando a sus fieles a hacer lo mismo, de esta manera se evitó la persecución de los católicos en Veracruz, con esta hazaña el obispo se ganó el respeto de Adalberto Tejeda, que incluso cuando éste fue gobernador por primera vez su relación con el obispo fue tratable. Después de que Tejeda pasara a formar parte del gabinete del presidente Plutarco Elías Calles en 1924, las relaciones entre el clero y el gobierno veracruzano siguieron tranquilas bajo el mandato de Heriberto Jara Corona.

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Incluso en 1926, cuando estalla

la crisis político-eclesiástico en el centro del país, en el estado de Veracruz las relaciones permanecieron calmosas; si bien se pidió al gobernó veracruzano el cumplimiento estricto de la ley, no hubo severos enfrentamientos, los católicos respondían mediante protestas mientras que las autoridades políticas actuaban si se infringía la ley. El Episcopado Mexicano apoyaba la resistencia de los católicos en la ciudad de México y lugares cercanos, aunque también pudo haber apoyado a la causa cristera en los estados involucrados. Sin embargo, los católicos en Veracruz no recibieron apoyo y el que se recibió fue mínimo por lo que tuvieron que pelear con contratiempos, en parte también porque Guízar prohibía a sus fieles involucrase. Las medidas anticlericales fueron firmes, prohibía que los sacerdotes extranjeros oficiaran y se exigía el cumplimiento de la Ley Jara. Orizaba albergaba sacerdotes españoles que servían a los católicos ricos y tuvieron que abandonar la ciudad por las medidas en contra de ellos. 96 Cuando se prohibieron los cultos el gobierno creyó que podía doblegar a los católicos, en cambio los religiosos mostraron que podían dar batalla, esto se nota en los tres años que duró la guerra cristera. Como primer medio de protesta fue que el arzobispado suspendió oficiar misas como medio de huelga, pero después el gobierno declara que debe haber un número limitado de sacerdotes. Otra medo de resistencia de

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WILLIMAN, “Reconstrucción eclesiástica…” Op. Cit., 1976, p. 57. WILLIMAN. “La Iglesia y el Estado…”, 1976, p. 85.

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los curas fue que daban sus servicios como practicar misas, bautizos, comuniones o matrimonios en domicilios particulares, con estas acciones los propietarios se exponían a la expropiación de sus bienes. En Veracruz el obispo Guízar apoyó este medio de protesta, debido a que no era violenta y se podía hacer en secreto.97 Los sacerdotes que permanecieron en Orizaba oficiaron misas “clandestinamente” en casas particulares, era su única forma de desobedecer la ley, ya que si lo hacían abiertamente eran arrestados al igual que los que estaban presentes. En el mes de octubre el Ayuntamiento de Orizaba recibió la noticia de que un sacerdote de nombre Juan Valiente había oficiado en una casa ubicada en la casa No. 34 de la calle Colón, por lo que se procedió investigar el caso resultando ser otra persona, el verdadero nombre del cura era Francisco Rodríguez.98 No obstante, el cambio de identidad fue otra más de las estrategias para despistar a las autoridades que buscaban a los clérigos. Al momento de que las autoridades se enteraron de la misa clandestina, se procedió a arrestar al padre inculpado, Juan Valiente, por lo que permaneció en la cárcel municipal, éste solicitó al agente del ministerio público, Lic. Miguel Ángel Martínez, su liberación porque no había pruebas contundentes por el delito que se le acusaba, que también era el de efectuar un bautizo afuera de la iglesia de San Miguel. Siguiendo con la averiguación se llegó a la conclusión de que se trataba del mismo padre Rodríguez, por lo que las autoridades procederán conforme a la ley, dejando en libertad al padre Valiente.99 Los curas que llegaban a ser sorprendidos y que se les averiguaba, muchas veces abandonaban el lugar donde permanecían, cambiando de nombre para pasar desapercibidos. Cuando se trataba de propaganda religiosa, el gobierno debía buscar a quienes las repartían, si estaban pegadas en las calles eran retiradas, de esta manera la autoridad

97

BÁEZ-Jorge, Félix. “Los aristas de la intolerancia y el fanatismo” en Olor de santidad: San Rafael Guízar y Valencia. Articulaciones históricas, políticas y simbólicas de una devoción popular, Universidad Veracruzana, México, 2006, p. 232. 98 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, Telegrama, del Presidente Municipal al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 26 de octubre de 1926; Ibíd., del Presidente Municipal al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 27 de octubre de 1926. 99 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, boleta de libertad del padre Juan Valiente, Orizaba, 27 de octubre de 1926.

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civil podía mantener el orden, ya que la única propaganda que podían estar en las calles eran las que contaban con el permiso del gobierno. En la ciudad de Orizaba se presentó el caso de que se repartían volantes de propaganda religiosa, por lo que se alertaron al cuerpo de policía para que estuviera vigilando las calles.100 De este modo inició el primer enfrentamiento entre la Iglesia y el Estado en Veracruz, si bien la ley Calles fue rechazada por los católicos del país, en el bajío y occidente del país estalla la guerra de los cristeros, mientras que en Veracruz las relaciones se mantenían un poco tolerantes. La ley se aplicó siguiendo las órdenes del presidente Plutarco Elías Calles y del secretario de Gobernación Adalberto Tejeda, el gobernador Heriberto Jara Corona dispuso de la ejecución de los artículos 3° y 130 constitucionales, además resalta la influencia del prelado Rafael Guízar y Valencia quien supo llevar un trato con el gobierno y los católicos para que no se enfrentaran entre sí, a pesar de que rechazó la ley anticlerical mostró otros medios de protesta. La ley anticlerical seguiría su curso en los siguientes años, a pesar de que el gobierno jarista llegara a su fin, los siguientes gobernadores la mantendrían vigente. Los católicos por su parte, buscarían bajo todos los medios derogar dicha ley para poder abrir los templos, algo que se les dificultó porque los gobernantes no estaban dispuestos a ceder. La figura del obispo de Veracruz fue crucial para que no se llevaran a cabo enfrentamientos violentos, pero esto no significó que hubiera resistencia, pues una de ellas fue hacer misas clandestinas.

100

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-551, Exp. 182, del Presidente Municipal al Agente 1º del Ministerio Público, Orizaba, 9 de diciembre de 1926; Ibíd., de Miguel Ángel Martínez Agente 1º del Ministerio Público al C. Presidente Municipal, Orizaba, 10 de diciembre de 1926.

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Capítulo II. La ley antirreligiosa en Orizaba: de Heriberto Jara Corona a Adalberto Tejeda (1927-1930) La política veracruzana dio un giro inesperado cuando el gobierno de Heriberto Jara Corona se ve truncado a consecuencia de los problemas políticos, sociales y económicos que atravesaba el país, aunque en un momento recibió el apoyo del presidente Plutarco Elías Calles éste le retira su apoyo dado que en su administración presidencial también se destacó que podía anular los gobiernos estatales que ya no le favorecían. Veracruz atravesaba una crisis debido al petróleo y además se desarrollaba en el estado la rebelión de Arnulfo R. Gómez que rechazaba la reelección. En este capítulo se desarrolla cuál fue el motivo por el que el gobernador Jara no concluyó su mandato, aunque no es tema central de esta investigación se debe mencionar ya que afectó a la política veracruzana. Además, después de que se destituyó como gobernador se nombra a un gobernador interino para que más adelante se elija a un gobernador constitucional. A pesar de esto la ley Calles siguió vigente hasta 1929, cuando Adalberto Tejeda fungía como gobernador constitucional del estado de Veracruz.

2.1 La crisis del gobierno de Heriberto Jara Corona Veracruz fue clave para la rebelión que encabezaba Arnulfo R. Gómez para luchar a favor de la no reelección, durante el mandato del gobernador Jara ocupó la Jefatura de Operaciones Militares. Sin embargo, cuando Álvaro Obregón presenta sus intenciones para reelegirse como presidente el general Gómez junto con el general Francisco R. Serrano buscaron hacerle frente a Obregón; además, durante este proceso se vivía la guerra cristera y el general Gómez se interesó por el respeto de las religiones con independencia entre el Estado y la Iglesia. Finalmente, en el mes de octubre el general Arnulfo es traicionado por Gonzalo Escobar y Jesús M. Aguirre en Ayahualulco, siendo fusilado el 4 de noviembre de 1927 en Teocelo.101

101

http://www.memoriapoliticademexico.org/Efemerides/6/23061927.html; http://plumaslibres.com.mx/articulo/arnulfo-r-gomez-nuevamente-fusilado/ (Consultados el 29 de marzo de 2015).

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Con la muerte del general Gómez la rebelión es sofocada, al año siguiente Obregón es electo presidente de la República, pero es asesinado. Mientras tanto, en Veracruz, Jara ya no es gobernador por lo que es elegido uno interino, más tarde mediante las elecciones es electo gobernador Adalberto Tejeda tras ser secretario de Gobierno; para 1929 el país y el estado sufrieron las consecuencias de la depresión económica. La crisis del gobierno jarista se debió porque dejó de recibir las regalías por parte del Gobierno Federal (petroleras, estancias de reos federales, etc.), esto hizo que el estado dejara de recibir el presupuesto por lo que se vio imposibilitado de solventar los gastos presupuestales, afectando a su vez el sueldo de los maestros y el de los funcionarios.102 Al mismo tiempo, el gobierno de la República, a través de la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo detuvo las acciones para recuperar los adeudos de las empresas petroleras y estorbó los embargos que el gobierno estatal promovió hacia estas compañías. A pesar de esto, el gobierno jarista emprendió una campaña a través de los licenciados Eugenio Méndez y Francisco Escudero para que las compañías petroleras respondieran por los daños causados al violar los estatutos gubernamentales por establecerse en tierras que no les competían.103 Maples Arce expuso también que pudo haberse promovido la crisis del gobierno de Jara porque éste apoyaba a los enemigos de Obregón y Calles. Además el erario veracruzano fue disminuyendo ocasionando que la Legislatura local se dividiera provocando que algunos nombraran gobernador a Roberto A. Morales, quien era secretario particular del jefe de operaciones militares en el estado, Jesús M. Aguirre, y otros que se mantuvieron fieles al gobierno constitucional del general Jara.104 Heriberto Jara Corona no pudo controlar la crisis, las deudas ascendían a cinco millones de pesos y se debían pagos a los acreedores del gobierno, a maestros y a

102

MAPLES Arce, Manuel. “El gobierno del general Heriberto Jara Corona y su crisis” en GARCÍA Díaz, Bernardo. Documentos, testimonios y crónicas de la revolución mexicana en Veracruz (Antología), Secretaría de Educación de Veracruz, México, 2010, pp. 252-253. 103 MAPLES. Ibíd. pp. 254-255. 104 MAPLES. Ibíd., p. 255.

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empleados por lo que pasó a ser un problema político que acabó con su gobierno. 105 Fue destituido de su cargo en septiembre de 1927 y en su lugar se nombró a Roberto A. Morales, estuvo en el cargo poco tiempo ya que al no ser veracruzano de nacimiento la Constitución local no lo aprobó, nuevamente desaparecen los poderes en el estado y es designado como gobernador el profesor Abel S. Rodríguez, oriundo de Xalapa, en el mes de octubre de ese año. El nuevo gobernador interino convocaría a elecciones constitucionales y esto fue apoyado por el presidente Plutarco Elías Calles y el secretario de Gobernación, Adalberto Tejeda.106

2.2 Un gobierno interino en Veracruz (1927-1928) El periodo de Abel S. Rodríguez como gobernador interino sería de octubre de 1927 a noviembre de 1928 cuando se llevaran a cabo elecciones. Durante su gobierno la ley Calles siguió su curso y todo seguiría prácticamente igual en cuanto a ese tema. En el estado se cumplió con la disposición federal pero siguieron las protestas y desobediencias por parte de los católicos, si bien las iglesias permanecieron cerradas, en los domicilios particulares llegaron a celebrarse misas oficiadas por los sacerdotes que se rehusaban a abandonar el estado o a registrarse ante el padrón. Como ya señalamos, la Iglesia en Veracruz no propició una revuelta como se hizo en otros puntos del país, en gran parte porque el obispo Rafael Guízar y Valencia no lo permitió y se enfocó únicamente a profesar su culto en vez de instigar en la política; además, el obispo rechazó las acciones que la Liga Nacional Defensora de la Libertad Religiosa había tomado; el obispo Guízar expresó: “…yo no fui partidario del boicot porque lo veía como una lucha civil que debilitaba al pueblo… no veo posibilidades de

105

BLÁZQUEZ Domínguez, Carmen. “Informe del Gobernador del Estado Abel S. Rodríguez. Septiembre 1927 a septiembre 1928”, en Estado de Veracruz. Informe de sus gobernadores. 1826-1986, Tomo XI, Gobierno del Estado de Veracruz, Xalapa, 1986, p. 6060. 106 Ibíd. p. 6060; LÓPEZ Escalera, Juan. “Desaparición de los poderes” en Historia del Poder Legislativo y de los Gobernadores del Estado de Veracruz-Llave, Ed. Arte y Letra, Veracruz, 1971, pp. 112-113.

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éxito, ya que los cristeros carecen de dinero, de armas y del apoyo de Estados Unidos…”.107 Por causa de la ley, desde mayo de 1927 a mayo de 1929 el obispo dejó del país, Tejeda que fungía como secretario de Gobernación se encargó de que su salida fuera con las mejores condiciones, el retorno del obispo coincide cuando Tejeda era gobernador de Veracruz; a pesar del exilio Guízar siguió estando presente en la vida religiosa de los veracruzanos y desde el extranjero coordinaba las actividades de su diócesis. Sostenía que la defensa de la Iglesia dependía de la fuerza moral sin llegar a la violencia, no tenían que volverse enemigos de las autoridades civiles pero sí tenían que resistir cuando se atacaba la fe.108 Durante los dos años que se mantuvo en el exilio las relaciones entre la Iglesia y el Estado se volvieron tensas, la crisis que atravesaba al país hacía más enérgica la ley Calles. La única medida de resistencia fue la desobediencia de la ley anticlerical, en algunos puntos del estado se realizaban misas clandestinas en casas particulares. El gobierno no podía controlar estas acciones ya que no sabían en qué casa se oficiaba el culto, por lo que dependían de la vigilancia de algunos vecinos que apoyaban al gobierno, cuando se violaba la ley daban aviso a las autoridades y enviaban a la policía para arrestar a quienes infringían el decreto federal. El gobierno utilizó a la Junta de Administración Civil para llevar a cabo las disposiciones gubernamentales, de esta manera al tener controlado los ayuntamientos era más factible el cumplimiento de las leyes. Estas Juntas se establecieron en 1914 con la intención de controlar al municipio y realizar las funciones propias del Ayuntamiento como recabar impuestos y tomar decisiones políticas.109 Durante la gestión de Tejeda el control de los municipios fue vital para que su gobierno fuera efectivo, esto se desarrollará

107

ANTONIO Peñalosa, Joaquín. “Vuelven las catacumbas” en Rafael Guízar a sus órdenes, Ed. Rafael Guízar y Valencia, Xalapa, 1995, p. 160. 108 Ibíd. p. 161; BÁEZ. “Los aristas…”, Op. Cit., 2006, pp. 239, 246; WILLIMAN. “La Iglesia y el Estado…”, Op. Cit., 1976, p. 75. 109 JUÁREZ Martínez, Abel. “Especulación y crisis en el centro de Veracruz, 1915” en Anuario, Universidad Veracruzana, Centro de Investigaciones Históricas, No. 6, Jalapa, octubre de 1989, p. 240.

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más adelante; sin embargo en el mandato de Abel S. Rodríguez, la Junta también fue importante para la política. Los vecinos que no informaban de las acciones de los católicos cuando violaban la ley eran sancionados, por lo que en cuanto tenían conocimiento y no deseaban ser acreedores de una multa denunciaban los actos, aunque algunos tomaban el riesgo y pese a las sanciones practicaban el culto o prestaban su casa. No sólo los católicos sufrían de sanciones, sino que también los protestantes, como fue el caso de una casa ubicada en la calle Sur 10 No. 63 de Orizba, la cual se inspeccionó porque se oficiaba una misa por el presbiteriano inglés Eglón Harris, por lo que el gobierno de Veracruz pidió al Ayuntamiento que hiciera la investigación correspondiente y castigara a los culpables con el apoyo de la policía.110 Jean Meyer fundamenta que el hombre vive en primera instancia de la sociedad; en un país como México la religión pertenece a la cultura del pueblo y la modela, por lo que para la mayoría de la población es una garantía de supervivencia mental de dignidad y de esperanza contra todo, llegando a ser una forma de patriotismo, esta fue la razón por la que la Iglesia se adaptó a la secularización y a la crisis porque conservó su base popular.111 La crisis entre la Iglesia y el Estado se vivía de diferentes maneras en México, si bien la religión se sostuvo de la sociedad, las dimensiones políticas y económicas fueron variadas, además de que había diversas vidas religiosas en diferentes estados: protestantismo, masonería, anticlericalismo y ateísmo revolucionario; de esta manera, lo que sucedió en Oaxaca respecto al problema religioso en esos años no fue igual que en Tabasco o Jalisco.112 Lo mismo aplica para el caso veracruzano, las circunstancias fueron distintas en comparación con otros estados del país, en parte debido a que la política fue decisiva a esta situación, la radicalidad política jugó un papel importante.

110

AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Del Subsecretario de Gobierno E. González Aparicio al C. Presidente de la Junta de Administración Civil, Jalapa-Enríquez, 7 de marzo de 1928; AMO. Ibíd., del Pte. de la H. Junta Isaac J. Barragán al Subsecretario de Gobierno del Estado, Orizaba, 10 de marzo de 1928; AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-507, Exp. 5. Del Presidente de la H. Junta de Admón. Civil Isaac J. Barragán al C. Inspector Gral. de Policía, Orizaba, 13 de marzo de 1928. 111 MEYER. “Resistencias católicas…”, Op. Cit., 2013, pp. 364-365. 112 MEYER. Ibíd., p. 364.

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Sin embargo, a pesar de que cada estado vivió la crisis política-religiosa de manera diferente (al parecer) los católicos se organizaron para hacer frente al anticlericalismo, de esta manera se forman el ejército cristero y grupos religiosos, mientras que el gobierno se respaldaba en los funcionarios. A pesar que la guerra se libraba en el centro-occidente del país, algunos grupos católicos viajaron por diferentes entidades para apoyar a la religión católica, ya sea para distribuir propaganda o recaudación de fondos para sostener la guerra. Un grupo proveniente de Jalisco recolectaba fondos para destinarlos a la rebelión de esa entidad, en Veracruz se alertaron a las autoridades para aprehenderlos lo más pronto posible, además se puso vigilancia extrema a la salida de los fondos católicos. 113 En Orizaba se recibió el aviso por lo que inmediatamente se notificó la noticia a la policía municipal.114 Así, en caso de sorprender a estas personas serían arrestadas y puestas a disposición de las autoridades correspondientes; ahora no sólo tenían que vigilar a los católicos que practicaban el culto clandestino, sino que también debían de vigilar a los visitantes que llegaban a la ciudad y todo aquel que pudiera ser sospechoso. Todo con el fin de evitar que elementos católicos hicieran colectas de fondos para destinarlos a la rebelión del estado tapatío.115 2.2.1 Desobedientes de la ley: el caso de Paulino Martínez Pacheco y agraviados Algunas ciudades del estado donde los católicos desobedecieron fueron Córdoba, Orizaba y Xalapa, pero en lo que compete a esta investigación se desarrollará la última ciudad. Cuando se daba aviso a las autoridades de que se realizaba una misa en un domicilio, los presentes tenían “vigilancia” para anunciar cuando la policía iba en camino, por lo que en ocasiones no se podía arrestar a las personas ni al cura ya que escapaban. La casa del señor Paulino Martínez era utilizado como recinto religioso, cuando se dio

113

AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Circular No. 42, el secretario de Gobierno al C. Presidente de la Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 8 de marzo de 1928. 114 AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Del presidente de la Junta Isaac J Barragán al C. Inspector Gral. de Policía, Orizaba, 24 de marzo de 1928. 115 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-507, Exp. 5. Del Inspector Gral. de Policía Teniente Coronel Víctor M. Guajardo al C. Presidente de la H. Junta de Admón. Civil, Orizaba, 3 de abril de 1928.

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aviso a las autoridades y se procedió a la detención de los asistentes la mayoría escapó por lo que únicamente se confiscaron los objetos religioso que estaban ahí. 116 A pesar de que las personas escapaban al momento de que la policía arribaba al lugar para detenerlos por la violación del artículo 130, en ocasiones eran aprehendidas en el momento o buscadas por las autoridades para rendir cuentas ante la justicia. En primer lugar se arrestaba al dueño o dueña de la casa donde se oficiaba la misa y al cura, al igual que a las personas que eran devotos católicos y posteriormente a los presentes; después de que se supo de la misa en casa de Paulino Martínez, treinta personas resultaron detenidas y esperaban el dictamen del gobierno para castigar a los concurrentes, en especial al dueño de la casa, María de Jesús García, Josefina Merino, Juana Flores, Antonia González, Prisca López, Francisca Ochoa, Rosa Montiel, María Guadalupe Flores, Felipa Ramírez y Francisca Tello.117 La casa en cuestión tenía como dirección la Av. Morelos (hoy Poniente 7) No. 223, además el dueño, Paulino, era de origen español, se dio la noticia a las autoridades de que ahí se estaba celebrando una misa y al llegar las autoridades el cura ya no se encontraba porque huyó del lugar de los hechos, pero las personas arriba mencionadas fueron puestas a disposiciones de las autoridades.118 Por esta razón el caso fue asignado a las autoridades judiciales competentes, siendo el Juez 2°Municipal en Funciones Federales encargándose del señor Martínez Pacheco y del Distrito las demás personas.119 Como pudieron apreciar fueron mujeres las que fueron detenidas, desde este punto de vista pueden ser parte del grupo de las “Damas Católicas” que tanto en el país como en el estado tuvieron presencia para hacer frente a la ley anticlerical. Su principal característica era hacer propaganda católica, apoyar a los sacerdotes y católicos en la 116

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-554, Exp. 200, Telegrama, del Presidente de la Junta de Administración Civil Pedro Gómez C. al Sr. Cor. Isaac J. Barragán, Orizaba, 7 de abril de 1928. 117 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-554, Exp. 200, Telegrama, del Presidente de la H. Junta al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 9 de abril de 1928. 118 AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Del Inspector Gral. de Policía Teniente Coronel Víctor M. Guajardo al C. Presidente de la H. Junta de Admón. Civil, Orizaba, 7 de abril de 1928. 119 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-507, Exp. 5. Del Subsecretario de Gobierno Lic. E. González Aparicio al C. Presidente de la Junta de Admón. Civil, Jalapa-Enríquez, 9 de abril de 1928; Ibíd. Del Presidente de la H. Junta Pedro Gómez C. al C. Secretario de Gobierno del Estado, Orizaba, 18 de abril de 1928.

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resistencia para seguir practicando el culto o buscar que la ley se aboliera. Sin embargo, no se consta que estas mujeres pertenecieron a dicho grupo, pero se pudo comprobar que radicaban en la ciudad y otras partes del estado y el país, además fueron partícipes de una lucha legal que se llevó a cabo a través del amparo. Esta detención de personas causó conmoción entre los asistentes y las autoridades, no obstante se levantó un acta que describía los hechos, que fue elaborada por el Comandante de la Policía, Luis Martínez G., puesto que el Comisario de Guardia de la Inspección General de Policía Juan Hernández describió lo que sucedió: “…ordenó que entraran al domicilio encontrando un altar, un sagrario con copón lleno de ostias, una custodia y un cáliz”. Como se dijo anteriormente el cura no fue arrestado, por lo que se arrestaron a los demás, sin embargo llegó el General Edmundo Durand, Jefe del 5° Sector Militar, ordenando la liberación de las personas.120 Esta acción sorprendió a los policías que efectuaban el arresto, pero su primera reacción fue de no dejarlos libres, el General Durand ordenó que de no hacerlo se arrestaría al Comandante Martínez, la confusión ente los policías se presentó, no sabían qué hacer, por lo que se pidió la ayuda de la Inspección de Policía, finalmente Durand dijo que soltaran a las personas porque ya había hablado con el Inspector General de Policía. Sin embargo, se procedió a interrogar a los policías que llevaron a cabo el arresto preguntándoles por qué dejaron libres a las personas que violaron la ley de cultos, estos respondieron que el General Durand dijo: “ya todo está arreglado, ya ustedes se pueden ir (dirigiéndose a las detenidas) y yo soy el responsable de lo que resulte”.121 Algunos policías esperaban la orden directa del Teniente Coronel Inspector General de Policía, desobedeciendo en primera instancia a Durand, pero éste respondió: “que se valían de la fuerza y que para la fuerza estaba la fuerza, habiéndole ordenado a su acompañante del coche hablara por teléfono pidiendo una escolta de diez soldados para que se llevara a efecto la orden”. Los asistentes que se encontraban y escuchaban las declaraciones del General Durand comenzaban a irse, algunas nuevamente entraron

120 121

AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Acta de los hechos elaborada el 7 de abril de 1928. Ibíd. Acta de los hechos elaborada el 7 de abril de 1928.

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a la casa; se remitieron copias del acta al C. Presidente de la H. Junta de Administración Civil y al C. Agente Primero del Ministerio Público.122 Sin embargo, pese a que las personas fueron liberadas algunas se valieron del amparo contra los actos del presidente municipal y de las autoridades para asegurar su libertad para que ellos no “violaran” los derechos de quienes fueron agraviados. El amparo fue promovido en la ciudad de Veracruz por Josefina Merino, una de las integrantes cuando la casa fue sorprendida por la policía, a favor de sí misma, Paulino Martínez Pacheco, Rosa Montiel, Francisca Ochoa, Juana Flores, María de Jesús García, Guadalupe Flores, Prisca López, Antonia González, Francisca Tello, Felipa Ramírez y Cleofas Moreno. Si bien estas personas estaban conscientes de su detención, debían de esperar al menos 72 horas después de haberse dictado el amparo para esperar el fallo, citando a los involucrados primero el 13 de abril a las 11 de la mañana y después el 30 de mayo a las 9 de la mañana para la audiencia.123 El gobernador Rodríguez respondió

que

debían

de efectuarse

penas

administrativas infractoras a quienes violaron la ley federal de cultos.124 Las autoridades procedieron al cumplimiento de la petición del gobernador, sin embargo, Paulino Martínez Pacheco salió libre bajo fianza amparado por el Juez 2° Municipal, mientras que las detenidas se encuentran en la Inspección de Policía donde se esperaba el dictamen de la autoridad, asimismo se pone a disposición el cuerpo del delito recogido por la policía (custodia, copón con ostias, sagrario y cáliz).125 La liberación de Paulino se debió porque

122

AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Acta de los hechos elaborada el 7 de abril de 1928; del Inspector General de Policía Víctor M. Guajardo al C. Presidente de la H. Junta de Admón. Civil, Orizaba, 8 de abril de 1928. 123 AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Acta de juicio de amparo, del Juez Numerario de Distrito Francisco Montellano Lanz al C. Presidente Municipal de Orizaba, Veracruz, 8 de abril de 1928; Ibíd. Telegrama, del Lic. Francisco Montellano Lanz al C. Presidente Municipal, Veracruz, 8 el 9 de abril de 1928, de ayer depositado hoy. 124 AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Telegrama, del gobernador provisional Abel S. Rodríguez al Presidente Municipal, Jalapa, 10 el 11 de abril de 1928, de ayer depositado hoy. 125 AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Del Pte. de la Junta de Admón. Civil Isaac J. Barragán al C. Juez 2° Municipal, Orizaba, 9 de abril de 1928; Ibíd. Telegrama, del presidente de la Junta de Admón. Civil Isaac J. Barragán al C. Juez Numerario de Distrito, Orizaba a Veracruz, 11 de abril de 1928.

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también su esposa, Amada Montiel, interpuso un amparo en el cual describía que se violaban los artículos 14 y 16 constitucionales.126 Amada Montiel se presentó ante el Segundo Juez Municipal de Primera Instancia en Asuntos Federales para promover el amparo a favor de su esposo contra actos del presidente de la Junta de Administración Civil, Oficial Judicial e Inspector de Policía, todos de la ciudad de Orizaba por violar los artículos antes mencionados, el acta que se presentó fue narrada por Amada, diciendo lo siguiente: HECHOS:  Tiene citado esposo tiene en su recámara un pequeño oratorio para uso particular, además guardaba ahí un copón de oro, una custodia y un cáliz, valuados en más de mil pesos, que estaban en vías de adquirir.  Hoy como a las ocho de la mañana, estando en reunión íntima con familiares y amigos, llegaron como diez agentes de la policía, dependientes de la Inspección de la misma, según indicaron, y sin órdenes de la autoridad se introdujeron a las habitaciones recogiendo los objetos, aprehendiendo a mi esposo.  No se ha dictado orden de detención ni orden de cateo, por lo cual es atentatorio el procedimiento de la policía, que ha infringido la ley al aprehender al esposo y recogiendo objetos.  Al llegar la policía no había ningún sacerdote, ni siquiera de visita, mucho menos se ejercía un acto de culto religioso que pugnara contra las disposiciones gubernamentales. DERECHO:  Nadie puede ser privado de su libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio ante los tribunales previamente establecido, en el que se cumplan las formalidades denúnciales del procedimiento, nadie puede ser molestado en su persona, familia o domicilio. No podrá librarse ninguna orden de aprehensión o detención a no ser por la autoridad judicial, sin que proceda denuncia, acusación o querella de un hecho determinado que la ley castigue con pena corporal. Artículos 14 y 16 Constitucionales.  Proceden las suspensiones de acuerdo con lo prescripto por los artículos 54 fracción II, 55 fracción I y 56 de la ley reglamentaria de los artículos 103 y 104 Constitucionales.  Para cumplir con lo prevenido por la ley paso a especificar: A. Como autoridad responsable al C. Presidente de la Junta de Administración Civil como jefe nato de la Policía. B. Como autoridades ejecutoras el Inspector de Policía, agentes especiales de la misma. C. Como fundamento de la queja el artículo 1° fracción I de la ley de Amparo. D. Como acto reclamado la detención injustificada de mi citado esposo Paulino Martínez Pacheco, y el apoderamiento de las prendas que he hecho mención, actos llevados a contra lo expresamente prevenido por los artículos infringidos. E. Y como garantías violadas las que consignan los artículos 14 y 16 Constitucionales.  Por lo expuesto y con fundamento de los artículos 1° fracción I, 2, 3, 12, 3(x), 46, 53 a 56 de la ley reglamentaria de amparo, pido a Ud., atentamente se sirva acordar: 1. Se me tenga por presentada con este escrito y representación de mi citado esposo que se halla incomunicado contra toda ley en la Inspección de Policía, promovido juicio de amparo por los actos atentatorios expreso y de los cuales ya se dirigió poniéndolos en conocimiento del Cónsul de España, por tratarse de un extranjero. 2. Decretar por el término legal la suspensión acto reclamado.

126

AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Del Juez 2° Municipal en Funciones Federales Julio Bellos al C. Presidente de la H. Junta de Admón. Civil, Orizaba, 7 de abril de 1928.

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3. Resolver en definitiva, que la justicia de la nación me ampara y protege contra los actos de que me quejo por ser así de justicia que impetro, y protesto con lo necesario y al Juzgado mis respetos, al que suplico se sirva poner al detenido a disposición de la Justicia Federal a fin de que quede expedito en el ejercicio de sus derechos y pueda solicitar su libertad provisional.  Señalo para que conozcan de ante juicio al C. Jue Supernumerario de Distrito. Orizaba, Ver. Abril siete de mil novecientos veintiocho. (Firma de Amada M. de Martínez) 127

Del mismo modo, Josefina Merino promovió dos amparos por las violaciones de los artículos 14 y 16 constitucionales, bajo los fundamentos de los artículos 48 y 73, 56 y 59 de la ley de amparo. El primero admitía la demanda de amparo y el segundo pedía el informe de los sucesos, pedían la suspensión de los actos cometidos a quienes se encontraban en la casa del señor Martínez Pacheco y a él mismo. 128 Posteriormente al levantamiento de las actas, el Juez Montellano mandó una notificación al demandado, el cual dice que el juicio seguirá su curso conforme a la ley por violación de los artículos 14 y 16 Constitucionales, para que se anexe a la demanda que se presentó.129 Sin embargo, también los agraviados presentaron una demanda donde detallaban lo que sucedió: HECHOS: El día de ayer, con motivo del sábado de Gloria, nos reunimos en la casa del señor Paulino Martínez a rezar en su oratorio particular, cuando de momento se presentó el C. Inspector de Policía de esta ciudad con otros agentes aprehendiéndonos así como al dueño de la casa señor Martínez Pacheco, en el momento en que la policía llegó el señor Pacheco estaba en su escritorio arreglando sus asuntos y su caposa en el despacho de la casa comercial, quien fue la que nos permitió que entráramos al oratorio a rezar. Al hacer la aprehensión no se encontró sacerdote ninguno que estuviera con nosotros, para que pudiéramos haber infringido alguna disposición del Superior Gobierno de la Nación, por lo tanto creemos no tener culpa alguna para que se nos haya detenido y mucho menos incomunicadas, cosa prohibida por nuestra Constitución General de la República y, solo hasta en la tarde se nos concedió el haber puesto el telegrama que dirigimos a Ud. en demanda de amparo. Sabemos que la Inspección mandó un acta que levantaron a su gusto, en la que hacen aparecer que recogieron unos útiles religiosos; pero estos son del Sr. Mayer quien se los dejó al dueño de la casa en calidad de guardados, y sobre los que se funda dicha Inspección para hacernos cargos. Entre ocho y nueve de la mañana del día sábado fue la aprehensión, hora en que el catolicismo no celebra misas, para que si se hubieran encontrado que estaban diciendo alguna pudiéramos tener culpa alguna, y solo como hemos dicho estábamos orando.

127

AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Acta donde pide amparo de la justicia por federal por violación de garantías individuales, de Amada M. de Martínez al C. Juez Segundo Municipal, Orizaba, 7 de abril de 1928. 128 AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Telegrama, de Josefina Merino al C. Juez Numerario de Distrito, Orizaba, 7 de abril de 1928; Ibíd. Acta de Juicio de Amparo, de Francisco Montellano Lanz al C. Presidente Municipal de Orizaba, Veracruz, 8 de abril de 1928. 129 AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Notificación, del Juez Numerario de Distrito Francisco Montellano Lanz al C. Presidente Municipal de Orizaba, Veracruz, 9 de abril de 1928.

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DERECHO: Con los hechos que hemos expuesto constituyen una violación a las garantías individuales que nos otorga nuestra Constitución, pues esta faculta a todos los habitantes tener sus creencias y libertad de cultos, cuando estos sean lícitos, se ha cometido en nuestras personas un atropello incalificable, porque la orden de aprehensión no fue dada por autoridad competente y el cateo que hicieron en la casa también fue un atropello, pedimos el amparo de la Justicia Federal. No se nos pueden hacer otros cargos pues en el lugar donde nos aprehendieron solo fuimos a orar con motivo de Semana Santa, de la manera más atenta y ya que toda detención no puede exceder de setenta y dos horas que cumplimos el día de mañana, apoyadas en las disposiciones de los artículos relativos a la ley de amparo y ampliando nuestro telegrama del día de ayer a Ud. C. Juez Numerario de Distrito pedimos se sirva a ordenar se nos ponga en libertad de la prisión injustificada que estamos sufriendo, pues no queremos pedir se castigue al que ha cometido el atropello que bien pudiéramos hacerle, ya que ha violado las disposiciones de los artículos 14 y 16 Constitucionales y que nadie más que él es el culpable. Protestamos a Ud. nuestras atenciones y respetos. Orizaba, Ver. Abril ocho de mil novecientos veintiocho. 130

El gobierno se valió de la Constitución para cerrar los templos, las personas agraviadas utilizaron la vía legal para defenderse, alegando que sus derechos fueron violados. Sin embargo es necesario observar que en la declaración de la esposa de Paulino Martínez detalla que los objetos religiosos estaban por ser adquiridos, mientras que en la anterior se dice que pertenecían a otro señor y estaban en calidad de préstamo. Los amparos fueron de gran ayuda porque era la forma de defenderse de la ley, se acudía a ellos cuando la persona sentía que su derecho era violado. Pudiera ser que esta fue la manera en que las autoridades dejaron ir a los detenidos, ya que no se encontró culpable alguno. El caso de Paulino Martínez Pacheco es importante, ya que las autoridades se vieron sumamente involucradas porque se trataba de un extranjero, por lo que el nueve de abril se procedió a la interrogación de cada detenida sobre el asunto si estaban o no oficiando misa y saber la razón del por qué el General Durand ordenó su libertad:

Tabla 1. Toma de declaración de los detenidos. Nombre Paulino Martínez Pacheco

Procedencia España

Declaración No eran actos religiosos, era un rosario que lo rezaban veinte o treinta señoras y niñas, en un oratorio en los altos de su casa en una pieza que se destinaba exclusivamente para ello. Los objetos encontrados son de él, que la piedra de oficiar es del padre Mayer, dijo que todas

130

AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. De los subscritos al C. Juez Numerario de Distrito, Orizaba, 8 de abril de 1928.

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María de Jesús García

Oaxaca

Josefina Merino

Ixhuatlán

Juana Flores

Jalisco

Antonia González

Orizaba

Prisca López

Orizaba

Francisca Ochoa

Michoacán

las personas son de Orizaba, que desde hace un año vienen a las reuniones religiosas en su casa. Que no la invitaron para asistir a dicho acto religioso, sino que iba de pasada cuando traían a los detenidos y la enrolaron en el grupo sin culpa alguna. Que no la invitaron y que si entró fue por curiosidad, siendo que los acontecimientos la sorprendieron, que si ella entró fue porque le informaron sobre el particular, adentro había mujeres y vio que en un departamento había bancas. Que sí se celebraba acto religioso, asistió tres días consecutivos y tenía a su cargo “el rosario o lo que se ofreciera”, solo vio entrar una vez al padre Mayer, reconoce los útiles de oficiar, invitada por Amada Montiel. Asistía desde hace una semana, dijo que el departamento estaba destinado para el culto, dijo que la participación del General Edmundo Durand fue porque al preguntar sobre las detenidas se disgustó sobre el procedimiento de aprehensión que se llevó a cabo en la casa del Sr. Martínez Pacheco. Visita esa casa desde hace dos años y que el día de los acontecimientos fue parte del rosario y que antes no había asistido a ellos, vio al Gral. Durand que iba en un automóvil y que se detuvo para hablar con la policía y vio cuando quedaron libres las demás personas, ignora por quien fueron puestas en libertad. Tenía tres o cuatro días de concurrir allí a rezar el rosario, invitada por la señora Amada Montiel, no sabe si algún sacerdote oficiaba allí, dijo que el local estaba destinado a oficiar el culto y se encontraban alrededor de veinte personas, dijo haber visto al Gral. Durand en el automóvil y que se detuvo para hablar con la policía y que las personas

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Rosa Montiel

Huamancla

María Guadalupe Flores

Jalisco

Felipa Ramírez

Oaxaca

Francisca Tello

Tequila

que fueron liberadas se debió a instancias del General. No sabía cuántas personas había en el lugar y ningún sacerdote oficiaba, no conoce la procedencia de los objetos recogidos, desde hace tiempo rezaban el rosario, dijo que el Gral. Durand intervino con la policía para que las dejaran libres. Que solo había asistido dos días y no completos, no oficiaba ningún sacerdote, ignora a quien pertenecen los objetos, para asistir no fue invitada por nadie, no sabía si el departamento era para el fin religioso, el Gral. Durand ordenó su libertad. Se encontraba allí porque se encontró con unas amistades, concurrió tres veces a rezar, no sabe si oficiaba algún sacerdote, ignora a quien pertenecen los objetos. Que nunca había ido a la casa de Paulino Martínez Pacheco, no supo que se hacían actos religiosos y si fue detenida hace constar que fue estando dentro de la Inspección General de Policía y no en la casa indicada, esto le sucedió por ir siguiendo a la señora Felipa Ramírez que es su amiga, dijo que iba por hojas de naranjo.

Fuente: AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121.

Con esas declaraciones se comprobó que la actitud del General Edmundo Durand fue porque estaba inconforme con el procedimiento que hizo la policía al momento de la detención. Además se percataron de la presencia de mujeres que venían de Jalisco, uno de los estados que estaba envuelto en la guerra cristera y que se había ordenado vigilancia de las personas que procedían de esta entidad al buscar apoyo económico para financiar su guerra. A pesar de sus declaraciones fueron detenidos y después hicieron su acta donde pedían su liberación, como se explicó anteriormente. Tanto los quejosos como los demandados mostraban sus versiones sobre los actos, los jueces fueron quienes dictaron el fallo; por ello se hizo un documento donde se mostraban las actas de los hechos en la cual se narraban todo lo que ocurrió, tanto de la 69

parte quejosa como de las autoridades. En esa acta, el C. Agente del Ministerio Público Federal de Orizaba remitió lo actuado al Juzgado de Distrito, por lo que lo resolvió y firmó el C. J. Bellos, Juez 2° Municipal de esta ciudad en Funciones Federales. Asimismo la H. Junta de Administración pedía el informe justificado para que surta los efectos legales.131 La resolución que se dictó fue a favor del C. Paulino Martínez Pacheco, quien fue puesto en libertad bajo caución de $2,000.00 otorgados por el señor Filogonio Alvarado y a disposición del C. Juez Numerario de Distrito el detenido señor Martínez Pacheco.132 Después de que el General Durand dio la orden de liberar a las personas, estas se dirigieron a la Inspección de Policía a pedir los objetos religioso que se habían confiscado, como confesaron que Durand los dejó ir, el C. Inspector de Policía Teniente Coronel Víctor M. Guajardo, ordenó su detención y las puso a disposición de la Presidencia. Se interrogaron a las mujeres detenidas y dos confesaron que vinieron a misa, por lo que las autoridades corroboraron que efectivamente se estaba llevando a cabo el culto religioso.133 Asimismo, las autoridades sospecharon que de las limosnas que se recolectaron se estaban fomentando revoluciones, ya que se comprobó que dos personas provenían del Estado de Jalisco, se confesó desde hace tiempo se celebran misas en la casa de Paulino Martínez Pacheco, pero que los objetos consignados solo son usados por sacerdotes. Se estipula además que el General Durand tuvo una participación directa de la liberación de las presuntas culpables que celebraban actos religiosos, no en la recámara de Martínez Pacheco, sino en dos departamentos arreglados para oficiar. 134 Las autoridades creen que las dos personas que confesaron ser de Jalisco, una dio como dirección el curato de Los Dolores y la otra da un domicilio de esta ciudad pero no vive allí, vinieron exclusivamente a recoger limosnas, quizás para fomentar la 131

AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Informe sobre el juicio de amparo, del Presidente de la H. Junta Isaac J. Barragán al C. Juez Numerario de Distrito de Veracruz, Orizaba, 10 de abril de 1928. 132 AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Informe sobre el juicio de amparo, del Presidente de la H. Junta Isaac J. Barragán al C. Juez Numerario de Distrito de Veracruz, Orizaba, 10 de abril de 1928; Ibíd., del Juez 2° Municipal en Funciones Federales Julio Bellos al C. Presidente de la H. Junta de Administración Civil, Orizaba, 9 de abril de 1928. 133 AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Informe sobre el juicio de amparo, del Presidente de la H. Junta Isaac J. Barragán al C. Juez Numerario de Distrito de Veracruz, Orizaba, 10 de abril de 1928. 134 Ibíd.

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revolución de ese Estado, asimismo confesaron venir únicamente a las misas que ellas sabían se celebraban en diversos lugares de esta ciudad.135 Con las declaraciones de las detenidas se pudo comprobar que hasta cierto punto se infringía la ley, por lo menos el caso de las jaliscienses que tiempo atrás se había alertado de la presencia de católicos provenientes de aquella entidad. Finalmente, la resolución a favor de los detenidos se logró, por lo que el comandante enterado de la disposición del Juez 2° Municipal ordenó su libertad.136 Aunque se dijo que aproximadamente treinta personas se encontraban presentes al momento de la detención en la casa de Paulino Martínez, sólo las mujeres que se mencionaron fueron detenidas. Sin embargo, como estas personas se ampararon ante un Juez, lograron una resolución y se les liberó por caución con el precepto de violación de las garantías individuales.137 Para los efectos legales que procedieran se les notificó a las partes involucradas la resolución del juez, de este modo Paulino Martínez Pacheco y demás personas fueron puestos a disposición de las autoridades competentes, siendo enterado el C. Gobernador del Estado que fueron dispuestas al C. Juez 2° Municipal en Funciones Federales de Orizaba.138 Los dos mil pesos que se pagó como fianza para la libertad de Paulino Martínez también sirvieron para las mujeres que se encontraban detenidas.139 Queda claro que ambas partes, tanto la población como el gobierno, se valieron y se respaldaron del recurso legal, unos para hacer cumplir la ley que era violada mientras que otros para defender sus derechos si consideraban que eran violados; este recurso legal fue necesario porque en cierta forma fue otra lucha, una resistencia que la población de Orizaba utilizó cuando se sintieron atacados. Las acciones del gobierno fueron

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Ibíd. AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Del Comandante Luis Martínez G. al C. Presidente de la H. Junta de Admón. Civil, Orizaba, 12 de abril de 1928. 137 AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Cotejada el Secretario, Veracruz, 13 de abril de 1928; Ibíd., del Juez Numerario de Distrito Francisco Montellano Lanz al C. Presidente Municipal de Orizaba, Veracruz, 13 de abril de 1928. 138 AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Del Lic. E. González Aparicio al C. Presidente de la Junta de Administración Civil, Jalapa-Enríquez, 25 de abril de 1928. 139 AMO. Ramo Justica, Juzgados, Amparo. C.-650, Exp. 121. Del Presidente de la H. Junta P. M. D. L. Pedro Gómez C. al C. Juez Numerario de Distrito de Veracruz, Orizaba, 13 de abril de 1928. 136

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conforme a su conciencia, el hecho de irrumpir en una vivienda sin orden previa ocasionó que un militar ordenara que todos fueran libres porque no era la forma correcta, esto hizo que los amparos fueran el arma para defenderse al considerar que sus garantías eran ultrajadas. 2.2.2 Los espiritistas, una breve participación en la política religiosa de Orizaba Otro grupo, aunque no menos importante, fueron los espiritistas que practicaban sus creencias de contactar y hablar con los espíritus de personas fallecidas, esta ideología proviene de Francia en el siglo XIX representado por Allan Kardec, sobre esta corriente se puede decir: "El Espiritismo es una ciencia que trata de la naturaleza, el origen y destino de los Espíritus, así como de sus relaciones con el mundo corporal." Allan Kardec (Qué es el Espiritismo – Preámbulo). "El Espiritismo realiza lo que Jesús dijo del Consolador prometido: conocimiento de las cosas, que hace que el hombre sepa de dónde viene, a dónde va y por qué está en la Tierra; recuerdo de los verdaderos principios de la ley de Dios y consuelo por la fe y la esperanza." Allan Kardec (El Evangelio según el Espiritismo – cap. VI – ítem 4).140

En México la Sociedad Espírita de la República Mexicana fue formalizada en 1872 y en su acta constitutiva quedaron registradas las firmas del general Refugio I. González (fundador del periódico “La Ilustración Espírita”), Manuel Powers y Santiago Sierra, este último hermano de Justo Sierra.141 A partir de este momento el espiritismo comenzó a tener participación en el país siendo aceptado por la población, un personaje que es conocido por haber practicado esta corriente es el revolucionario Francisco I. Madero.142 De este modo, los espiritistas llevan sus dogmas en un plano diferente al de la fe católica. Sin embargo, en la ciudad de Orizaba los espiritistas eran minoría a diferencia de los católicos o protestantes que habitaban allí, pero aun así practicaban sus sesiones y debieron de acatar las disposiciones de la ley respecto a la práctica de cultos, cualquiera que fuera. Es por ello los centros espiritistas que se encontraban en Orizaba también

140

http://www.espiritismoenmexico.org/index.php/que-es-el-espiritismo (Consultado el 12 de abril de 2015). http://www.espiritismoenmexico.org/index.php/el-espiritismo-en-mexico/las-sociedades-espirita (Consultado el 12 de abril de 2015). 142 Para mayor información véase a TORTOLERO Cervantes, Yolia. El espiritismo seduce a Francisco I. Madero, CONACULTA-FONCA, México, 2003. 141

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fueron dados a conocer a la autoridad municipal, en este caso eran tres que existían en toda la ciudad a cargo del representante de la Federación Espirita Mexicana, Abraham del Valle.143 Los Centros Espiritas, así llamados, se encontraban en la Calle Montiel No. 61 Int. 14, Poniente 9 No. 152 y Centro Espirita del Yute cuartos de mampostería No. 44; y si se formaban más centros de éstos se tenía que notificar al Ayuntamiento. Lo que resulta interesante de estos establecimientos es que habían más, pero el representante aseguraba que son con fines de explotación y desprestigian a la “ciencia espiritista”, llevándolos a un fanatismo más dañino que la Iglesia Católica, por lo que pedía facultades para poder someter a esos Centros.144 Abraham del Valle pedía que se le otorgaran las facilidades para que interpusiera su orden cuando se presentaran Centros que no cumplían los requerimientos, por lo que la solicitud fue pasada del Ayuntamiento al Gobernador del Estado para que éste diera su veredicto. La respuesta del gobierno veracruzano fue que no le concedían a Abraham esas facultades que pedía, porque si los Centros no cometen faltas a la ley o al reglamento de la policía el gobierno no podría autorizar al representante para que interviniera en acciones que solo a las autoridades les compete. Posteriormente la respuesta del gobierno fue dada a conocer al representante de los Centros Espiritistas.145 La participación de estos establecimientos no fue tan abierta como el de los católicos, posiblemente por la minoría que representaban en la ciudad, pero acataron las disposiciones del gobierno y no eran sancionados sino infringían la ley. Sus miembros solo se abstuvieron en las reuniones y no se mezclaron en asuntos políticos, al menos no hay documentos de disturbios ocasionados por esta corriente en la ciudad de Orizaba; hasta cierto punto los espiritistas, como los protestantes, acataron la ley de cultos.

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AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-555, Exp. 206. Del representante de la FEM Abraham del Valle al C. Presidente de la H. Junta de Admón. Civil, Orizaba, 26 de mayo de 1928. 144 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-555, Exp. 206. Del representante de la FEM Abraham del Valle al C. Presidente de la H. Junta de Admón. Civil, Orizaba, 26 de mayo de 1928. 145 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-555, Exp. 206. Del Secretario de Gobierno E. Rosas al C. Presidente de la Junta de Admón. Civil, Jalapa-Enríquez, 8 de junio de 1928; Ibíd., del Presidente de la Junta de Admón. Civil Severino Méndez a Abraham del Valle, Orizaba, 14 de junio de 1928.

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2.2.3 La administración de las Juntas Vecinales El principal motivo de las juntas era la vigilancia y custodia de los templos católicos o protestantes –según sea el caso–, para ser parte de ese nombramiento tenían que ser designados únicamente por la autoridad municipal bajo el consentimiento del gobierno estatal. El nombramiento de estas juntas facilitó que el gobierno pudiera tener un mayor control sobre los templos así como de los bienes que se encontraban en ellos, aunque hubo ocasiones en que algunos integrantes desertaron por diferentes motivos, como no llevarse bien con otros miembros o tener otras actividades que les imposibilitaba ejercer bien sus funciones. Los templos pasarían a ser parte de los Bienes Nacionales, por lo que se pedía un registro de cada uno así como las condiciones que presentaban, en febrero de 1928 se pidió un informe al presidente de Orizaba sobre los edificios y propiedades, incluyendo los anexos de los templos, a su vez la noticia fue informada a la policía de la ciudad, ya que en uno de ellos se aprovecharía para instalar una oficina de los Telégrafos Nacionales.146 Por si fuera poco, los miembros de las juntas llegaron a tener desacuerdos , desde su creación la única que cambió varias veces de integrantes fue la del templo de San José de Gracia. Ahora el de Los Dolores presentaba una situación similar, un trabajador de la junta de este templo, José María Hernández, presentó una queja, porque uno de los representantes (Sr. Nieva) insultaba a él y a sus hijas, pero Nieva argumentó que pagaba treinta y cinco pesos mensuales por su servicio y ofreció un departamento para que viviera el trabajador, en cambio llevó a vivir también a sus tres hijas.147 A diferencia de las juntas católicas, las protestantes no hacían disturbios y sus miembros pasaban desapercibidos porque no ocasionaban problema alguno, sólo cuando se hacían cambios se les notificaban a las autoridades, como fue el caso del

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AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-507, Exp. 5. Del Jede de Oficina de Telégrafos Nacionales Amado Toledano al C. Presidente de la Junta de Administración Civil, Orizaba, 14 de febrero de 1928; Ibíd., del Presidente de la Junta al C. Vocal d Policía, Orizaba, 18 de febrero de 1928. 147 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-507, Exp. 5. Del Inspector de Mujeres Públicas al C. Presidente de la H. Junta de Admón. Civil, Orizaba, 3 de abril de 1928.

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presbiteriano Nicolás Cortés Esparza quien tomó posesión de la iglesia evangélica La Santísima Trinidad, mientras que el Sr. Próspero Mendoza era el encargado de la junta Vecina; decía cumplir los lineamientos de la Carta Magna en cuanto al artículo 130, de este modo el presidente municipal le concedió que tomara el puesto como presbítero en dicha iglesia.148 Para que las iglesias estuvieran bajo una mejor protección, la Oficina Federal de Hacienda, bajo la aprobación de la Procuraduría General de la República, pidió a su cargo los nexos contiguos de los templos, más no de las sacristías cuando estas formen parte integrante de los mismos templos. La tarea para cumplir esta orden le fue asignada a la junta vecinal de cada templo, de este modo la orden es pasada a los encargados por parte de la autoridad municipal y aquellos proceden a cumplir, registrando cada uno de los templos con sus respectivas construcciones contiguas para ser entregados a las autoridades correspondientes.149

Tabla 2. Registro de los templos de Orizaba Templo San Antonio

San José de Gracia

El Carmen

San Juan de Dios

Informe La sacristía forma parte de la casa anexa y que las puertas selladas quedan dentro de la casa. La persona que cuida habita la casa y se encarga del aseo y la conservación del edificio. No tiene anexos, las puertas fueron cerradas y selladas por el C. Agente del Ministerio Público, permaneciendo así hasta el día de hoy. Los anexos fueron cerrados y sellados por el C. Agente del Ministerio Público, permaneciendo así hasta hoy, la Junta Vecinal no los recibió ni tiene en su poder. Tiene como anexo una pequeña pieza que da al atrio y sirve de habitación al sacristán y una sacristía interior con puerta al presbiterio que fue cerrada y sellada por el C. Agente del Ministerio Público.

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Registro 4 de junio de 1928 8 de junio de 1928 7 de junio de 1928

7 de junio de 1928

AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-507, Exp. 5. Del Pbro. Nicolás Cortés Esparza al C. Presidente Municipal, Orizaba, 9 de abril de 1928; Ibíd., del Presidente de la Junta de Admón. Civil Isaac J. Barragán al C. Nicolás Cortés Esparza, Orizaba, 10 de abril de 1028. 149 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-507, Exp. 5. Del Jefe de la Oficina Guillermo Prieto al C. Presidente de la Junta de Admón. Civil, Orizaba, 26 de mayo de 1928; Ibíd., del Presidente de la H. Junta Severino Méndez a los CC. Encargados de todos los templos de la ciudad, Orizaba, 30 de mayo de 1928; Ibíd., del Presidente de la H. Junta Severino Méndez al C. Jefe de la Oficina Federal de Hacienda, Orizaba, 30 de mayo de 1928.

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Los Dolores El Calvario

San Miguel

Los nexos ya están a disposición del C. Jefe de la Oficina Federal de Hacienda Tiene como anexo una casa de ocho piezas (cuatro abajo y cuatro arriba). Desde agosto de 1926, la casa cural está a resguardo de la junta y la sacristía fue clausurada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia y el Juzgado Eclesiástico (de la parroquia) sellando y recogiendo la llave, desde entonces no tiene intervención del anexo que se trata

15 de junio de 1928 14 de junio de 1928

19 de junio de 1928

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-507, Exp. 5.

La junta vecinal del templo del Carmen no tenía a su cargo la sacristía porque fue clausurada junto con los anexos, por lo que el Lic. Rafael Ariza la pidió para su cuidado a cargo de la junta que le corresponde. En contestación a su petición se le dijo que se dirigiera a la Agencia del Ministerio Público porque la Oficina de Hacienda no tenía la autoridad de levantar los sellos, sin embargo no se le pudo entregar la sacristía. Además, se dijo que desde el momento en que la junta asumió el templo se dedicó únicamente a su cuidado, dejando a cargo a las señoras que dirigen las Asociaciones Religiosas la colecta y distribución de las limosnas; por otro lado, se sabe por parte de una de esas señoras, doña Fe H. (sic) viuda de Villa, lo poco que se recauda apenas alcanza para el pago del sacristán, del alumbrado y de otros gastos150 Lo mismo pasó con la junta del templo de San Juan de Dios, pedía la sacristía para estar a su cuidado ya que únicamente los nexos serían trasladados; la noticia llegó al Agente del Ministerio Público, éste alegó que el cargo le corresponde a la Oficina Federal de Hacienda. Esta última respondió que podía acceder a sus deseos por no ser de su competencia, por lo que la sacristía permanecerá en el estado actual en que se encuentra, la noticia les fue dada a los miembros de la junta.151

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AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-507, Exp. 5. Del Jefe de la Oficina Federal de Hacienda Guillermo Prieto al C. Presidente de la H. Junta de Admón. Civil, Orizaba, 25 de junio de 1928; Ibíd., del Presidente de la H. Junta Severino Gómez al C. Jefe de la Oficina Federal de Hacienda, Orizaba, 10 de julio de 1928; Ibíd., de Rafael Ariza al C. Presidente de la H. Junta, Orizaba, 4 de mayo de 1928. 151 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-507, Exp. 5. Del Presidente de la H. Junta de Admón. Civil Severino Méndez al C. Agente del Ministerio Público del Estado, aux. del Ministerio Público Federal, Orizaba, 13 de junio de 1928; Ibíd., del Agente 1° del Ministerio Público Lic. Rubén D. Martínez Murillo al C. Presidente de la H. Junta, Orizaba, 15 de junio de 1928; Ibíd., del Jefe de la Oficina Fed. de la Hda. Guillermo Prieto al C. Presidente de la H. Junta de Admón. Civil, Orizaba, 25 de junio de 1928.

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En el caso de la junta a cargo del templo de Los Dolores, pasó algo similar al de El Carmen, porque no lo pueden cuidar continuamente ni hacerse cargo del templo alegando que no es su profesión. Con lo que se saca de las limosnas el representante de los vecinos contrató a una persona para que lo cuide y limpie, pero existen otros pagos como el de alumbramiento y gastos extraordinarios, en ocasiones los miembros de la junta han puesto de su bolsa para completar los gastos.152 Una vez que se terminara el registro de los templos se hacía pasar una copia a las autoridades competentes para que estuvieran informados del procedimiento y se llevara un mejor control. Sin embargo no se encontró información disponible de estos trámites de los otros templos de la ciudad como el de La Concordia, Santa María o Santa Gertrudis. Asimismo se puede notar que las juntas tuvieron ciertos problemas para administrar los templos, puesto que su principal ingreso eran las limosnas. Otro caso fue el de la parroquia de San Miguel, ya que se tenía sospecha del uso que se le daba a la limosna recaudada. La autoridad municipal de Orizaba interrogó al encargado de San Miguel, Aurelio M. Ramírez, quien ostentaba el cargo desde 1926 cuando se formaron las Juntas Vecinales. Aurelio informó al presidente Isaac J. Barragán que desde entonces visitaba diariamente el templo para cerciorarse de que todo esté bien, saliendo en ocasiones hasta la una de la mañana con el propósito de estar seguro si el personal a su cargo cumple con su deber y que no recibe sueldo ni gratificación por esta actividad.153 Sobre el uso que se le daba al dinero que se juntaba en el templo, Aurelio dijo que se hizo cargo porque unos feligreses se lo pidieron por ser el encargado de la parroquia; de la limosna solventa los gastos que se presentan: sueldos de 90 pesos al sacristán y 35 pesos a cada ayudante que son dos, el cantor no recibe sueldo fijo porque depende de la entrada y del trabajo que realice, para los mozos de limpieza que son de diez a quince personas paga al mes 1 peso a cada uno; otros gastos son de velas, flores, adornos y la luz que paga alrededor de 175 pesos. Al cuestionarle si llevaba un libro de 152

AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-507, Exp. 5. De Felipe Nieva al C. Presidente de la Junta de Admón. Civil, Orizaba, 3 de mayo de 1928. 153 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Informe. C.-529, Exp. 6. Acta de informes de la parroquia de San Miguel, 10 de abril de 1928.

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contabilidad, Aurelio respondió que no, pero que podría demostrar los gastos con los comprobantes.154 El manejo de los ingresos de los templos, en este caso el de las limosnas, fue vigilado por las autoridades, aunque eran los mismos católicos quienes las manejaban pero el dinero era controlado probablemente porque estaba la noticia de que católicos provenientes de Jalisco buscaban un financiamiento para la guerra que había estallado. No obstante las limosnas recaudadas eran pocas, pero a pesar de eso las juntas administraban lo recaudado para los gastos que se presentaran en los templos. La supervisión de este modio de ingresos para los templos fue aplicado para todos. A finales de la administración interina de Abel S. Rodríguez, el gobierno estatal a través de la Secretaría de Gobernación, gira una circular en la cual las Juntas Vecinales sufren un cambio en su estructura: Por acuerdo del C. Presidente de la República se aclara y se reforma la circular telegráfica de esta Secretaría expedida bajo el número 103 con fecha 27 de julio de 1926, en los términos siguientes: PRIMERO. Las Juntas Vecinales que se encargan del cuidado de los templos católicos abandonados por el clero, estarán por tres vecinos en las poblaciones que no sean Capital de Estado o Cabecera de Municipalidad y por cinco en las que tengan esa categoría. Esos vecinos deberán escogerse entre los que profesen la religión católica, sean de reconocida honorabilidad y tengan posición social que garantice su solvencia. SEGUNDO. Se hará un nuevo nombramiento de Juntas Vecinales conforme al artículo anterior y a las nuevamente nombradas se les entregarán los templos conforme a los inventarios con que los hayan recibido las actuales Juntas. Los miembros de las Juntas serán responsables en los términos del artículo 22, párrafo 3o. de la Ley de 14 de junio de 1926, dar cuidado y conservación de los edificios, muebles y objetos pertenecientes al culto. TERCERO. Las limosnas en dinero efectivo que se recauden en el interior de los templos, serán administradas libremente por dicha Junta Vecinal, la que podrá nombrar un Tesorero; y serán dedicadas exclusivamente al cuidado, conservación y aseo del templo y a los gastos del culto que pueda celebrarse arreglo a la ley. CUARTO. La Autoridad Municipal ni ninguna otra tendrán injerencia en el manejo e inversión de esas limosnas; y sólo en caso de que tengan datos comprobados de que distraen de su objeto y se invierten en usos distintos me darán cuenta a esta Secretaría para que disponga lo que procede. QUINTO. Respecto a los donativos: en objetos muebles que no sean dinero y de los en dinero que se hagan para la adquisición de muebles, ornatos, etc., o para reparaciones en el edificio, se procederá como lo dispone el artículo 14 de la Ley de 4 de enero de 1927. SEXTO. Habrá una sola Junta Vecinal para todos los templos de la población; y solo en caso de tratarse de templos que por su importancia lo necesitan, se hará nombramiento especial de Junta para esos templos. SEPTIMO. Las disposiciones anteriores no impiden la facultad que tienen las Autoridades para vigilar que en el interior de los templos se cumplan estrictamente todas las disposiciones Constitucionales y legales, relativas al culto público y disciplina externa.

154

Ibíd.

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Y de conformidad con el artículo 130 de la Constitución General de la República, lo comunico a usted para su conocimiento y a fin de que lo haga saber a las Autoridades Municipales dependientes de ese Estado, para su debido cumplimiento. Lo transcribo a usted por acuerdo del ciudadano Gobernador para su conocimiento y debida observancia.155

La Junta de Admón. Civil de Orizaba pasó la noticia a la presidencia municipal para citar a los miembros vigentes de las juntas e informarles el cambio que se presentaba, en esa reunión los integrantes: CC. Ernesto Galland-Presidente de la Junta Vecinal, Dr. Luis Fuentes Cicero-Tesorero, Lic. Agustín Aguilar Muñoz-Vocal, Prof. Hermelindo DíazVocal; los CC. Encargados de los templos: Rubén Yáñez-Parroquia San Miguel, Ricardo Segura-Sta. María, Delfino Ramírez-Calvario, Bernabé Polanco-San José, Hilario Miranda-Concordia, Juan Miranda-Santa Gertrudis, Felipe Nieva-Dolores, Manuel Romero Coeto-San Juan de Dios, Manuel Rodríguez-San Antonio y Dr. Luis Fuentes Cicero-El Carmen, que junto con la presidencia municipal formarían a los nuevos comisionados de los templos para su cuidado, algunos permanecieron en la custodia de los inmuebles.156 La reunión se llevó a cabo el 6 de noviembre y el 15 del mismo mes se establecieron los miembros de las nuevas juntas que fueron elegidos por unanimidad:

Tabla 3. Organización de las Juntas Vecinales para la ciudad de Orizaba Administración de la Junta Vecinal Nombre Cargo Ernesto Galland Presidente Dr. Luis Fuentes Cicero Tesorero Lic. Agustín Aguilar Muñoz Vocal Prof. Hermelindo Díaz Vocal Gustavo Sota --Responsables de los templos católicos Nombre Templo Bernabé Polanco San José de Gracia 155

AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Inventarios. C.507, Exp. 7. Circular No. 101, del Subsecretario de Gobierno Lic. E. González Aparicio al C. Presidente de la Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 18 de septiembre de 1928. 156 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Inventarios. C.507, Exp. 7. Del Secretario de la Junta de Admón. Civil al C. Presidente Municipal, Orizaba, 5 de octubre de 1928; Ibíd., Aviso, del presidente de la Junta de Admón. Civil Severino Méndez a los CC. de la Junta Vecinal y encargados de los templos, Orizaba, 19 de octubre de 1928.

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Hilario Miranda Juan Miranda Ricardo Segura Delfino P. Ramírez Emanuel Rodríguez Próspero Vigil Emanuel Romero Cueto Felipe Nieva Rubén Yáñez

La Concordia Santa Gertrudis Santa María El Calvario San Antonio El Carmen San Juan de Dios Los Dolores Parroquia San Miguel

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Inventarios. C.507, Exp. 7.

El 24 de noviembre se entregaron las llaves de los templos junto con los inventarios. Las autoridades consideraron que en lugar de nombrar otras juntas, como lo indica el artículo sexto de la circular de Juntas Vecinales, nombraron a delegados los cuales tendrán a su cargo un templo.157 Adalberto Tejeda continuaría con la vigilancia de los templos, ya que en diciembre de 1928 toma posesión como Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz.

2.3 El camino hacia la concordia entre la Iglesia y el Estado, la derogación de la ley antirreligiosa en Veracruz durante la administración de Adalberto Tejeda Adalberto Tejeda se mostró como un personaje que ejercía la política en su totalidad, siguiendo los principios de la revolución y cumpliendo con los lineamientos de la Constitución de 1917. Por esto fue que Plutarco Elías Calles lo nombra secretario de Gobernación, porque durante su presidencia se ejercen leyes que disminuyen los intereses del clero, Tejeda lo apoyó considerablemente al hacer cumplir esas legislaciones constitucionales. Siempre hacía notar su radicalismo al momento de hacer valer la política, esto lo caracterizó tanto en México como en Veracruz. Sobre esto último, en el siguiente capítulo se mencionará las principales características del tejedismo. Al asumir la gubernatura de Veracruz para un segundo periodo (1928-1932) la ley Calles seguía vigente, su antecesor Abel S. Rodríguez siguió cumpliendo esta norma, ahora Tejeda se encargaría del gobierno veracruzano y sus acciones serían diferentes, 157

AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Inventarios. C.507, Exp. 7. Aviso del Presidente de la H. Junta de Admón. Civil Severino Méndez a los CC. miembros de las Juntas Vecinales, Orizaba, 15 de noviembre de 1928; Ibíd., Acta de formación de las Juntas Vecinales, Orizaba, 6 de noviembre de 1928.

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pero bajo los lineamientos que el gobernador consideraba pertinentes para ejercer la política. De este modo en Orizaba siguió presente la ley anticlerical, aunque al año siguiente la situación entre el Estado y la Iglesia tomaría un nuevo rumbo con el “modus vivendi” que daba fin al conflicto religioso en el país. 2.3.1 El primer año de la política religiosa en el gobierno tejedista en Orizaba Durante el primer semestre de 1929 la política religiosa seguía su curso con las acciones que el gobierno planteaba; durante el final del gobierno interino de Abel S. Rodríguez se modificaron las juntas vecinales, el procedimiento terminó al año siguiente, cuando en enero de 1929 se da por terminado el registro de los inventarios de los templos ante las autoridades municipales, que desde diciembre pasado se venía haciendo porque las nuevas juntas custodiarían los templos católicos de la ciudad de Orizaba. 158 A partir de este momento el gobierno de Tejeda se encargaría del asunto religioso, aunque la ley estaría por terminar meses después. Ante esa reforma en las juntas vecinales, nuevamente se pidió el registro de los sacerdotes ante el gobierno, esto sería únicamente para aquellos que residían fuera de la ciudad de México en el cual manifestaban sus domicilios de acuerdo a la disposición del 12 de febrero. Pero, para el cumplimiento de esta norma, el obispo de Chihuahua, Antonio Guízar y Valencia, que a su vez era hermano del obispo de Veracruz, pidió una prórroga de 15 días para el registro de los sacerdotes, lo que le fue concedido por el presidente de la República; en Orizaba, la solicitud es dada por el gobierno estatal y se lleva a cabo un registro de cada sacerdote que habitaba, exponiendo su domicilio y el templo.159 Los sacerdotes comenzaron a registrarse ante la autoridad municipal:

158

AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Informe. C.529, Exp. 6. Del Presidente de la Junta de Admón. Civil Severino Méndez al C. Ernesto Galland Pte. de la Junta Vecinal, Orizaba, 2 de enero de 1929. 159 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-556, Exp. 222. Circular No. 18, del Secretario de Gobierno Gonzalo Vázquez al C. Presidente de la H. Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 2 de marzo de 1929; Ibíd., del Presidente de la Junta Rafael Sierra Domínguez al C. Secretario de Gobierno del Estado, Orizaba, 4 de abril de 1929.

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Tabla 4. Registro de los sacerdotes en Orizaba Nombre Rafael Rúa Álvarez José María Flores J. V. Heredia Vicente Vargas Galeana Juan D. Gallardo

Culto Católico Católico Católico Católico

Dirección Templo Calle Norte 2 No. 5 Calle Sur 5 No. 24 Calle Sur 7 No. 6 Calle Sur 7 No. 6

Registro 1 de marzo de 1929 28 de febrero de 1929 28 de febrero de 1929 28 de febrero de 1929

Católico

Vicente Pallares*

Católico

Calle Norte 4 No. 2 de marzo de 1929 174 Av. Oriente 4 No. 47 1 de marzo de 1929

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-556, Exp. 222. *Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Informes. C.-529, Exp. 6.

Conforme los sacerdotes se registraban, se le notificaba al Secretario de Gobierno de Veracruz con copia a cada sacerdote en cuestión, para que a su vez el gobierno veracruzano mandara la noticia a la Secretaría de Gobernación. El número de sacerdotes permaneció conforme a la ley reglamentaria de 1926, cuatro de acuerdo al número de población, sin embargo se puede notar que hay seis registrados, de los cuales cinco son mexicanos, por lo que el gobierno pondría especial interés en el Pbro. Vicente Pallares por ser extranjero. En el caso de los protestantes, el encargado del templo de la Santísima Trinidad, el Pbro. Nicolás Cortés Esparza, informó a las autoridades que el H. Cuerpo Eclesiástico lo cambió a Tacubaya, D.F. Al no poder esperar a su sucesor nombró al Sr. Próspero Mendoza, junto con la Junta Vecinal hacerse cargo del templo hasta la llegada del nuevo encargado, poniendo además el inventario que se hizo.160 El sacerdote Vicente Pallares notificó al mismo tiempo que su registro ser de nacionalidad española, dejando de ejercer el culto desde el 15 de febrero de 1926 pero pernoctando en el mismo domicilio, el gobierno municipal de Orizaba dio por enterado este hecho y lo notificó al gobierno del estado. Ante esto, el gobierno veracruzano pidió que se vigilaran los actos de este cura en particular, en especial de que no ejerciera el ministerio religioso y en caso de hacerlo ponerlo a disposición de la Secretaría de

160

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-556, Exp. 222. De Nicolás Cortés Esparza al C. Presidente Municipal, Orizaba, 9 de abril de 1929.

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Gobernación.161 Para el cumplimiento de esta petición, la autoridad municipal se valió de la Inspección de Policía para proceder en caso de violación de la ley. 162 Además, la situación con los sacerdotes seguía siendo vigilado por las autoridades, desde el municipal hasta el federal, debido a que era importante que se cumplieran los artículos constitucionales. Sin embargo, nuevamente el sr. Paulino Martínez Pacheco vuelve a ser protagonista del asunto religioso, esta vez pide permiso a las autoridades de conceder una fiesta religiosa en su domicilio particular el día 25 de julio, permiso que es concedido siempre y cuando no ejerza ningún sacerdote; 163 se puede decir que no se tenía previsto que los arreglos entre el Estado y la Iglesia se llevarían a cabo. Paulino Martínez se dirigió desde un principio al Gobierno Federal, una vez que se le concedió el permiso por la Secretaría de Gobernación, se le avisó a la autoridad municipal del asunto para permitir que se realice la fiesta, asimismo se avisa a la Inspección de Policía para vigilar que el día señalado no se violen los artículos en materia de culto, especialmente en el artículo 24, de ser así se procedería legalmente. Sin embargo, el 21 de junio de 1929 se da por terminado el conflicto religioso en el país, por lo que Paulino se dirige nuevamente a la Secretaría de Gobernación pidiendo que en esa fiesta esté un sacerdote.164 A pesar de los arreglos que se llevaron a cabo, la tensión entre el Estado y la Iglesia permaneció. La petición de Paulino para que estuviera un sacerdote le fue negada por el Gobierno Federal, debido a que las fiestas religiosas de carácter público deben celebrarse dentro de los templos. Se le informaba que si violaba el artículo 24 Constitucional, la autoridad municipal de Orizaba podría consignar a quienes resulten

161

AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Informes. C.-529, Exp. 6. Del Subsecretario de Gobierno Luis Vega Pavón al C. Presidente de la Junta de Admón. Civil de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 29 de mayo de 1929. 162 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Informes. C.-529, Exp. 6. Del Presidente de la Junta de Admón. Civil Rafael Sierra Domínguez al Subsecretario de Gobierno del Estado, Orizaba, 6 de junio de 1929; Ibíd., del Presidente de la Junta de Admón. Civil al C. Inspector Gral. de Policía, Orizaba, 6 de junio de 1929. 163 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-555, Exp. 217. Del Oficial Mayor Ignacio García Tellez al Sr. Paulino Martínez Pacheco, México, D.F. 8 de junio de 1929. 164 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-555, Exp. 217. Del Sr. Paulino Martínez Pacheco al C. Ministro de Gobernación, Orizaba, 12 de julio de 1929

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responsable de los actos, poniéndolos a disposición de las autoridades judiciales competentes.165 Aunque los templos permanecieron cerrados, el gobierno procuró su cuidado y es donde las juntas entraban en el cumplimiento de su deber, se pedía que la arquitectura no debía de ser afectada porque estaban conscientes del legado histórico que representaban. Para lograr esto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pidió la conservación de estos monumentos que existen en el país, por lo que hizo llegar a todas las Oficinas Federales de esa dependencia recordándoles las disposiciones del artículo 38 de la ley sobre Clasificación y Régimen de los Bienes Inmuebles de la Federación. En el cual se establece que no se pueden hacer obras que afecten la arquitectura, sin el permiso de esta Secretaría; para el cumplimiento de esta petición se pide el apoyo de los gobiernos estatales.166 Sin embargo, los templos que fueron cerrados desde 1926 difícilmente recibieron el mantenimiento correspondiente, algunos se encontraban en pésimas condiciones, si bien le correspondió al Gobierno Federal hacerse cargo de los inmuebles, éste alegó que no tiene los fondos necesarios para atender la conservación, sólo en casos excepcionales se llevaron a cabo obras a cargo del Erario.167 El gobierno aludía que la obligación de la conservación de los templos era de las juntas y de los feligreses, ya que ellos hacían uso de las instalaciones, además porque todo edificio religioso es la manifestación artística más poderosa que se ha producido en México. Cualquier arreglo debía de anunciarse a las autoridades competentes y esperar si se aprueba o no, así como la disposición de fondos. Además, se clausurarán los templos que presenten peligro para los fieles.168

165

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-555, Exp. 217. Del Subsecretario encargado del despacho Felipe Canales al Sr. Paulino Martínez Pacheco, México, D.F. 20 de julio de 1929. 166 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-556, Exp. 222. Circular No. 20, del Subsecretario de Gobierno Lic. Luis V. Pavón al C. Presidente de la Corporación Municipal, Jalapa-Enríquez, 20 de marzo de 1929; Ibíd., del Presidente de la Junta Rafael Sierra Domínguez al C. Secretario de Gobierno del Estado, Orizaba, 4 de abril de 1929. 167 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-556, Exp. 222. Circular No. 30-3-187. Del P. O. del Secretario, el Oficial Mayor Manuel Guerrero a las Juntas Vecinales encargadas de los templos, México, D.F. 30 de mayo de 1929. 168 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-556, Exp. 222. Circular No. 56, del Secretario de Gobierno G. Vázquez Vela al C. Presidente de la H. Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 11 de junio de 1929; Ibíd., del Presidente de la Junta de Admón. Civil Francisco Riveros al C. Presidente de la Junta Vecinal Ernesto

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2.3.2 El “Modus Vivendi”: hacia la reconciliación entre el Estado y la Iglesia, el descontento de Adalberto Tejeda Tras los arreglos de 1929 se pensó que la situación entre el Estado y la Iglesia mejoraría, sin embargo se llevó más tiempo para llegar a calmar los ánimos que había dejado la guerra cristera desde 1926. A este proceso se le llamó “modus vivendi”, pero también se dificultó esta medida conciliatoria ya que no todos los cristeros estaban dispuestos a dejar las armas, inclusive acusaron a los sacerdotes de traidores por haber propiciado los arreglos, además, el Vaticano ya no apoyaba la rebelión, se buscaba el fin la crisis religiosa. Los arreglos comenzaron a tratarse a finales de 1928, cuando el gobierno y el clero comenzaron a trabajar de solucionar las dificultades que atravesaba el país, Emilio Portes Gil, como secretario de Gobernación y sucesor de Tejeda en este cargo, le hizo ver al aun presidente Plutarco Elías Calles la necesidad urgente de reprimir los incontables y escandalosos abusos que se venían cometiendo en la Secretaría de Gobernación, se saqueaban hogares de las personas fanáticas con el pretexto de buscar a los rebeldes, se extraían reliquias de valor histórico, pinturas, alhajas, dinero, etc. En la Jefatura de Policía se acusaba de complicidad a la gente adinerada obligándoles a dar fuertes cantidades de dinero para no perjudicarlos, generando un ambiente de odio hacia el gobierno.169 Estos primeros arreglos no se llevaron a cabo porque Portes Gil no contó con el favor de Calles, por lo que fue hasta su designación como presidente interino de la República cuando se vio su empeño para llegar a un acuerdo, llevándose a cabo en junio de 1929. Sin embargo, no todos estuvieron de acuerdo, algunos creyeron que era una claudicación de los principios revolucionarios y una traición a las Leyes de Reforma (las de Juárez) y a la Constitución de 1917, mientras el clero argumentó que los prelados hicieron a un lado los principios por los que habían combatido.170

Galland, Orizaba, 26 de junio de 1929; Ibíd., del Presidente de la Junta de Admón. Civil Francisco Riveros al Secretario de Gobierno del Estado, Orizaba, 26 de junio de 1929. 169 GARCÍA Morales. “Arreglos de 1929…”, Op. Cit., 1974, pp. 5-6. 170 GARCÍA Morales. 1974, pp. 7-8.

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Finalmente, el presidente Emilio Portes Gil y los obispos Pascual Díaz y Leopoldo Ruíz, con la aprobación del Papa Pío XI, firman los tratados con la participación del embajador Morrow. El 22 de junio se publica el acuerdo modus vivendi, en el cual se finiquitaba el conflicto entre la Iglesia y el Estado, de la misma forma Portes Gil aseguró a Pascual Díaz de que no habría venganza y se devolverían los templos que no habían sido asignados a usos seculares.171 Morrow fue acusado de servir a los intereses del sionismo por ser socio de J. P. Morgan, un banquero judío de Wall Street. Por otro lado, el Gral. Jesús Degollado Guízar, sobrino de Rafael Guízar, comandante de los cristeros en el occidente del país, rechazó los arreglos por lo que sus tropas no estuvieron sujetos a los lineamientos firmados, a pesar de eso hubo cristeros que depusieron las armas al reanudarse los servicios religiosos. En agosto de 1929 el Gral. Degollado disolvió el ejército cristero, aunque esto no evitó que continuara habiendo rebeliones en otros puntos del país.172 Pero no todos los católicos siguieron la solución, algunos seguían peleando y no consentían esos arreglos. El mismo día en que se publicaron los arreglos, la Liga Defensora de la Libertad Religiosa expresó su incondicional, sincera y filial sumisión a las resoluciones del Papa; había inconformes entre los cristeros y católicos, creían que el Papa estaba mal informado. Algunos obispos invitaron a Rafael Guízar a renunciar como protesta de inconformidad por los arreglos, por lo que el obispo de Veracruz declaró: “yo apruebo y acato cuanto el Papa ha aprobado”.173 Sin embargo, Blancarte menciona que era natural que el episcopado estuviera interesado en un arreglo porque la rebelión surgió de manera espontánea y la Liga no necesariamente acataba las indicaciones de la jerarquía eclesiástica. Se consideró que la jerarquía traicionó de alguna manera a los cristeros y que los obispos debían de haber apoyado a la rebelión, en lugar de acatar los arreglos de 1929. Así, si la mayoría de los obispos ayudaron a sofocar la rebelión, no fue porque considerara injustificada la causa cristera, ni porque el episcopado se uniera al Estado, sino que era la lucha armada, la

171

BÁEZ. “Los aristas…”, Op. Cit., 2006, pp. 249-250. Ibíd. p. 251. 173 ANTONIO. “Puertas abiertas”, Op. Cit., 1995, pp. 177-178. 172

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autonomía que llegó a tener, esto era lo que temían tanto la Santa Sede como la mayoría de los obispos mexicanos.174 En efecto, la Iglesia pretendía llevar el problema religioso con los medios que consideraba pertinentes, por ello no es difícil entender que un movimiento como el cristero, con la autonomía que ejerció, no contara con la aprobación episcopal. Por lo tanto, si la Iglesia no aprobó la rebelión cristera es porque no consideró la violencia y porque el movimiento cristero escapaba del control clerical.175 Quizás este fue el motivo por el que algunos clérigos, el caso de Rafael Guízar, desaprobaron la violencia y la lucha armada, buscando otros medios, como el legal y el pacífico para una conciliación. La desaparición de los cristeros no significó el fin del conflicto Estado-Iglesia, sino que cada uno utilizaría los medios a su alcance para controlar los grupos sociales que estaban en disputa, estos eran: obreros, campesinos, trabajadores, niños, mujeres, hombres, etc., que era visto como un terreno exclusivo que cada uno peleaba para poder controlarlo. El Estado pretendía que la Iglesia se concentrara en el cuidado de las almas, por lo que promulgó e hizo cumplir las leyes constitucionales.176 Jean Meyer afirmó que desde junio las hostilidades se suspendieron en la totalidad del territorio mexicano, hubo combates hasta agosto debido a las regiones más aisladas. Además, ya que los cristeros no fueron consultados durante las negociaciones, durante todo el mes de julio se organizaron los licenciamientos entre el gobierno y los combatientes que terminaron en agosto. Sin embargo, los cristeros tuvieron una doble presión, por un lado el pueblo y por otro el clero, haciendo que se inclinaran a sus peticiones.177 Los últimos cristeros depusieron las armas a finales de 1929, sólo la tercera parte cumplió las órdenes recibidas: el gobierno contó 14,000 armas entregadas y otros tantos caballos. En Colima 900 hombres entregaron 728 rifles, no daban las armas tan fácilmente, entregaban aquellas armas viejas e inservibles, por lo que el gobierno se 174

BLANCARTE. “Entre la guerra…”, Op. Cit., 1992, p. 30. Ibíd. pp. 31-32. 176 Ibíd. p. 32. 177 MEYER, Jean. “La Segunda” en La Cristiada 1. La guerra de los cristeros. Tomo I, Siglo Veintiuno, México, 1999, pp. 323-324. 175

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molestaba, pero alegaba que se las aceptaban porque se quiere la paz; en diferentes partes no se resignaban, tardando de dos a tres meses en hacerlo.178 La incertidumbre se apoderaba de los cristeros, solamente se les dijo que los arreglos habían puesto fin a la guerra, pero nada más se les informaba. Aurelio Acevedo, un cristero, preguntaba a su obispo: “1) Nada sabemos… ¿Qué está arreglado? ¿Y quién dice que está arreglado? Pues el gobierno y el delegado apostólico ¿Y el señor obispo dónde está? ¿Y qué dicen los demás obispos? Nada sabemos. 2) ¿Por qué el señor Delegado no se interesa en arreglar al mismo tiempo la parte más delicada, la militar? ¿O nada se le debe a ésta? 3) Hay quien diga que el Episcopado está dividido… ¿En dónde estará la razón y la justicia?”179 Los cristeros vieron que la Iglesia había hecho un “mal negocio”, porque trataban de apaciguarla para desarmar a los rebeldes y a quienes temía el gobierno, esto no les sorprendió porque sabían que eran hombres de la revolución y de antemano sabían que no cumplirían uno sólo de lo que se prometió a los prelados: “El gobierno no cumplió lo que por medio ofreció el 21 de junio de 1929… porque soberbio, avaro, envidioso, avorazado, quiere adueñarse hasta de lo que no le pertenece… por eso resulta enredado en sus mismos malos hechos y lego dicen que el que se defiende de ellos tiene toda culpa del malestar de la patria y luego vuelven a la carga y a su hipocresía de siempre, lavándose sus mugrosas manos en periódicos, revistas, volantes, presumiendo lo poco bueno que tienen y callan como un muerto lo mucho y malo que hacen contra los ciudadanos de verdad… El presidente Portes Gil, mandil o interino del César Calles, prometió la paz y devolver todo lo que robaban a la Iglesia, y en cuanto a los muertos, ni hablar, ¡amén!”. Portes Gil decía en un banquete masónico del 27 de julio de 1929 que “el clero se había sometido estrictamente a la ley”, dándole así la razón a Acevedo, que envió una proclama a sus tropas: “Dicen que ya se hizo la paz, que está concedido lo que vosotros pedíais. Mentira.” “Nada más tenían que amistiarse (sic) en señal de amistad unos con otros… sin embargo, los cristeros siguieron siempre con el mismo temor, porque no tenían confianza alguna al govierno (sic); cuanta cabesilla agarraba el gobierno después de la rebolución (sic) lo fusilaba; el gobierno no seguía siempre amusgando en sus ideas, ideas de más persecución, ideas de más guerra.” 180

De esta manera, para los cristeros el modus vivendi pasó a ser un siniestro “modus moriendi”. Los antiguos cristeros decían: “Han muerto más después de los ‘arreglos’ que durante la guerra”, y no podemos dejar de pensar que es una costumbre antigua de todos los estados, eclesiásticos o no, sacrificar las personas a las instituciones. Las condiciones de paz fueron notablemente suaves: se perdonaba a los rebeldes con la única condición 178

MEYER. “La Segunda”, 1999, pp. 328-329. Ibíd. p. 335. 180 Ibíd. pp. 336, 344. 179

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de someterse en un plazo de 45 días (ampliado a 100) y de deponer las armas en puntos determinados. Por otro lado, se comienza el asesinato sistemático y premeditado de los jefes cristeros, con el fin de impedir cualquier reanudación del movimiento.181 Sin embargo, no todos los políticos de la época aprobaron los arreglos; en Veracruz, Adalberto Tejeda se mostraba inconforme con las noticias de un posible arreglo por lo que mandó un telegrama al presidente provisional con fecha del 13 de junio de 1929: “La prensa clerical y reaccionaria habla a la Nación del regreso de connotados representativos del funesto clero católico, que aún insiste en su pretensión de quebrantar la fuerza y la alta justicia de nuestras leyes, que ponen límites a sus innobles ambiciones. Vienen ensombreciendo el cielo de la Patria después de su criminal rebeldía contra las Instituciones de la República, tal vez a ofrecer una hipócrita sumisión para asó preparar mejor, como lo han hecho siempre, una nueva y siniestra maniobra contra ellas. Quieren volver al púlpito, al confesionario, a los colegios, etc. para reanudar su monstruosa tarea de reformar la conciencia y la moral del pueblo estorbando su liberación y su progreso. El pueblo no los necesita; ha adquirido con su ausencia y la suspensión de cultos la alta conciencia de la verdad que le ha dado la Revolución y espera fundamentalmente de usted, como digno mandatario de la Nación y de sus limpios antecedentes revolucionarios, que con la firmeza que le caracteriza y con la clarividencia y patriotismo que justamente le reconocemos todos, no permitirá que se vulneren las Leyes de Reforma y la Constitución vigente. Con mi doble carácter de ciudadano y Gobernador de esta Entidad, satisfáceme hacerle presente una vez más y en ocasión de esta amenaza para la Patria, mi sincera y firme adhesión. 182

Del mismo modo, la Liga de Comunidades Agrarias del Estado de Veracruz, aliada del gobierno tejedista, giró una circular con motivo de los presuntos arreglos que estaban por llevarse a cabo entre el clero y el gobierno, mostraba un telegrama el cual decía que la Liga fue una de las primeras organizaciones que apoyaba el anticlericalismo durante el gobierno del Gral. Calles, a nombre de los campesinos veracruzanos le pedía retroceder para no efectuarse tales acuerdos. Asimismo, en esa circular se mostraba que la actitud de Portes Gil era apegarse a la Ley y los acuerdos se llevarían a cabo con las leyes vigentes, que serían acatadas por los representantes de la Iglesia para permitírsele reanudar los cultos.183

181

MEYER. “La Segunda”, 1999, pp. 336-337, 344. Periódico El Gladiador, 23 de junio de 1929, No. 52 p. 1, citado en GARCÍA Morales. “Arreglos de 1929…”, Op. Cit., 1974, pp. 8-9. 183 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-556, Exp. 222. Circular No. 7, del Comité Ejecutivo de la Liga Presidente Isauro Acosta a todas las agrupaciones dependientes de esta Liga, Jalapa-Enríquez, 15 de junio de 1929. 182

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El gobierno veracruzano y la Liga mostraron su inconformidad por la reanudación de los templos y del regreso del clero a la vida pública, consideraron un peligro que la Iglesia reconquistara el terreno que las “Leyes Liberales” habían adquirido, la Liga recomendó a sus compañeros: PRIMERO. Que interpretando el sentir de la inmensa mayoría de los trabajadores mexicanos, acerca de la cuestión religiosa, se dirijan al Supremo Gobierno de la República, haciéndole patente el gran descontento que entre la clase proletaria ha causado de celebrar pactos conciliatorios con la facción clerical, fuera de lo que al respecto establece nuestra Carta Magna. SEGUNDO. A partir de sus familias de todo trato con los individuos de sotana, negándoles toda cooperación o ayuda económica; y procurando hacer el vacío más completo a su alrededor a fin de obligarles a renunciar a su vida de parásitos de la sociedad. TERCERO. Que siguiendo la costumbre ya implantada en muchos lugares de la República, se prive a los frailes de las entradas que reciben por concepto de bautizos y que éstos sigan llevándose a cabo en ríos o en los propios domicilios de los interesados; pues a mayor abundamiento de razones para proceder en tal forma, recordamos que los mismos obispos mexicanos antes de levantar la bandera de la rebelión, abandonando los templos, declararon que los bautizos serían “válidos” llevándose a cabo en el propio domicilio del recién nacido, actuando como padrino, cualquier persona, incluso los padres de la creatura (sic) a quien se pretende “cristianizar”. CUARTO. Por ningún motivo permitir que sus hijos concurran a las Escuelas dirigidas por los curas y sus colaboradores, y QUINTO. Evitar hasta donde sea posible, que entre ustedes tenga el lugar el hecho humillante y vergonzoso de que sus esposas, novias, hijas y hermanas vayan a postrarse a los pies de esos sátiros ensotanados para revelar las intimidades del hogar. 184

Tejeda no logró convencer al primer mandatario de desistir de los arreglos, al decretarse que la ley Calles se levantaba los clérigos comenzaban a regresar a los templos. El gobernador veracruzano tuvo que esperar a que se la situación siguiera su curso y vigilar la conducta de los sacerdotes una vez que se reanudaran los servicios religiosos. El temor de Tejeda se hacía realidad, el clero empezó a pedir colectas y a hacer campañas para la restauración de los templos, al poco tiempo empezaron a celebrarse fiestas religiosas. Los sacerdotes no acataron los arreglos ya que algunos que eran extranjeros se hicieron cargo de parroquias o curatos, violando el art. 130 Constitucional.185 Las fricciones entre el gobierno y el clero se iban acentuando conforme pasaba el tiempo, cada uno debía de acatar lo que se acordó en el pacto del 29, pero no fue así, los enfrentamientos seguían, aunque ya no por las armas. En cierta manera las partes involucradas no respetaron los lineamientos que se establecieron, por un lado la decisión 184

Ibíd.; Archivo Adalberto Tejeda, Vol. No. 150, Fojas No. 120-121, citado en GARCÍA Morales. “Arreglos de 1929…”, 1974, pp. 9-11. 185 GARCÍA Morales. “Labor reformista en Veracruz (1928-1932). La obra de restructuración y saneamiento dentro del Estado”, 1974, pp. 21-22.

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de que los cristeros seguirían peleando, pero que después se disolvería; también de que el clero se comprometió a cumplir la Constitución con el fin de regresar al ministerio; a su vez el gobierno entregaría los templos, aunque esto se llevó más tiempo. No hubo realmente un modus vivendi, se tuvo que aprender a vivir entre el clero y el gobierno. Después de junio de 1929 las relaciones entre el estado de Veracruz y el Gobierno Federal se deterioraron rápidamente, la religión no tuvo nada que ver en este distanciamiento, sino más bien que los problemas giraron en torno a la política. La presidencia buscaba someter a Adalberto Tejeda al Partido Nacional Revolucionario, cosa que el gobernador veracruzano no aceptó, por consiguiente el PNR concluyó que lo más sensato era permitir que Tejeda terminara su periodo como gobernador.186

2.4 Después del modus vivendi y el regreso a los templos El obispo de Veracruz, Rafael Guízar y Valencia, se encontraba fuera del país y regresa de su exilio en mayo de 1929 un mes antes de que se celebraran los tratados que daban fin a la guerra cristera, caracterizado por mantenerse fiel a su credo; repudió la violencia y esto propició que no hubiera enfrentamientos en Veracruz.187 A su vez, Guízar había anticipado la armonía entre la Iglesia y el Estado, invitaba a los feligreses a orar para alcanzar la merced divina, el perdón y la caridad universal. Tras la resolución IglesiaEstado, el obispo pidió que se debía de respetar a las autoridades civiles en el ejercicio de sus funciones. Guízar, junto con el obispo de Querétaro, Francisco Banegas Galván, hicieron un llamado “a la paz y a la concordia”, que se publicó en El Universal el 9 de junio de 1929.188 En Veracruz, la reanudación de los servicios religiosos comenzó el 1 de agosto de 1929 en Xalapa, por lo que el obispo ofició una misa pidiendo a sus fieles unión y fraternidad, a su vez, hizo una oración por el presidente Emilio Portes Gil y por el gobernador Adalberto Tejeda, esto disgustó a algunos prelados y expresaron que el obispo Guízar debía renunciar al episcopado. Pese a la reapertura de los templos, estos 186

WILLIMAN. “La Iglesia y el Estado…”, Op. Cit., 1976, p. 84. Ibíd. p. 74. 188 BÁEZ. “Los aristas…”, Op. Cit., 2006, p. 253; WILLIMAN. Ibíd., p. 82. 187

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se fueron entregando parcialmente, como fue el caso del templo parroquial de la ciudad de Veracruz que se entregó hasta septiembre.189 El gobernador Tejeda desaprobaba la apertura de los templos y el regreso de los sacerdotes, esto pudo influir en que los templos en Veracruz no se entregaran inmediatamente manera oficial, los católicos pedían los templos que no eran entregados. La depresión económica de 1929 que se vivió en esos años fue perjudicial para la economía mexicana; en Veracruz, esa fue la razón por la que Tejeda evitó que los templos volvieran a abrirse, al ser una época de carencias el clero utilizaría las limosnas que les pedirían a los indígenas, a los humildes y a los trabajadores para enriquecerse aún más y crear nuevas capillas, lo que el gobernador llamaba “centros de ignorancia”.190 La lucha por el poder entre las facciones fue un factor que evitó que las relaciones internas del país mejoran, se estaba viviendo un periodo conocido como “Maximato”, en el cual Calles aún tenía influencia y poder en México. Portes Gil deja el cargo de presidente de la República y en su lugar es nombrado el 5 de febrero de 1930 Pascual Ortiz Rubio, designado por Calles. Aun así, desde que se presentaban los intereses para conciliar el asunto religioso, los gobernadores de los estados de Tabasco y Veracruz criticaron los arreglos por lo que alentaban una lucha contra el clero católico.191 Entre 1929 y 1931 se pensó que el modus vivendi podría ser viable, pero fue difícil, sino es que imposible para algunos lugares del país. La Iglesia aceptaba su independencia del Estado que se logró por la vía legal, si bien las autoridades aplicaban la ley prohibían que se interviniera en la vida interna de la Iglesia. Para 1930 ya había 4,390 sacerdotes autorizados para ejercer su ministerio, como muestra de apoyo a la voluntad que presentaba el gobierno mexicano, la Iglesia apoyó a Ortiz Rubio para que fuera presidente de México.192 El regreso de la Iglesia a la vida pública cambió considerablemente la situación tanto en México como en Veracruz, debido en parte porque se fue infiltrando en las 189

ANTONIO. “Puertas abiertas”, Op. Cit., pp. 179-180; BÁEZ. Ibíd., p. 254; WILLIMAN. Ibíd., p. 82. BLÁZQUEZ. “Informe que rinde el C. Gobernador del Estado ante la XXXIII H. Legislatura”, Op. Cit. Tomo XII, 1986, p. 6272; GARCÍA Morales. “Arreglos de 1929…”, Op. Cit., 1974, p. 15. 191 BLANCARTE. “Entre la guerra…”, Op. Cit., 1992, pp. 34-35. 192 MEYER. “La Segunda”, Op. Cit., 1999, p. 355. 190

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cuestiones educativas, agrarias y políticas, que según el Estado sólo le competían a él. En Veracruz, la unión clerical fue notoria, en parte favorecida por los terratenientes que estaban resentidos con el gobernador por haber apoyado a los campesinos. 193 Con las diferencias entre el Estado y la Iglesia, el distanciamiento entre el Gobierno Federal y el estado de Veracruz, se inicia una nueva política anticlerical propia, tomando como principal argumento la crisis económica por la que atravesaba el estado.194 A finales de 1931, Emilio Portes Gil le manda una carta a Plutarco Elías Calles en el cual expresa que las relaciones entre el clero y el gobierno estaban lejos de los arreglos del 29 celebrados entre Portes Gil y el Episcopado mexicano: 1. La insolencia del clero ha sido provocada, en parte, por la complacencia de que el mismo gobierno e instituciones que dependen de él o publicaciones que pertenecen a funcionarios de alta categoría, han venido teniendo para la propaganda religiosa. 2. El resurgimiento del clericalismo, es además, consecuencia de la política de moderación que ha tratado de implantar en los últimos tiempos, y que ha provocado un doble movimiento de audacia en las clases acomodadas y de recelo en las clases proletarias. 3. Para combatir el clericalismo con el respaldo de las masas no hay camino más eficaz que el de ofrecer el combate en todos los sectores, y muy principalmente en el económico, usando como instrumento un gobierno radical unido.195

En la década de los treinta inicia un nuevo conflicto entre la Iglesia y el Estado, esta vez en los gobiernos estatales, las iglesias nuevamente son cerradas por mandato de cada gobernador como fue el caso en los estados de Oaxaca, Puebla, Tabasco, Veracruz y Sonora, aunque en otros también se llevó a cabo esta nueva anti religiosidad, de esta manera los arreglos de 1929 no aplicaba a esta nueva política estatal. 196 La vida religiosa en Veracruz empezó tras los acuerdos Iglesia-Estado del 29, pero se llevó un tiempo para que los templos se entregaran, además, se emplearía otra política anticlerical a partir de junio de 1931, cuando el gobierno veracruzano inicia una campaña en contra del clero en la entidad, haciendo que en Veracruz nuevamente los católicos sean perseguidos por las autoridades.

193

GARCÍA Morales. “Labor Reformista…”, Op. Cit., 1974, p. 23. GARCÍA Morales. “Arreglos de 1929…”, p. 11. 195 PORTES Gil, Emilio. Autobiografía de la Revolución, citado en GARCÍA Morales. Ibíd., p. 16. 196 MEYER, Jean. “La marcha de los acontecimientos en Oaxaca, 1929-1932: el modus vivendi respetado” en El conflicto religioso en Oaxaca (1926-1938), Op. Cit., 2006, p. 51. 194

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2.4.1 La entrega de los templos a los feligreses de Orizaba, respetando el “modus vivendi”

Los acuerdos se celebraron el 21 de junio de 1929, se dio la noticia a través de la Secretaría de Gobernación al resto del país para que se entregaran los templos y los inmuebles al clero católico, siempre y cuando acate las disposiciones constitucionales, así lo dijo en un telegrama Portes Gil al Presidente de la Junta de Admón. Civil de Orizaba.197 El Gobierno Federal pidió a cada estado una lista de los templos existentes, la clase de culto que practica, la ubicación y sus condiciones, asimismo el gobierno veracruzano notificó esta disposición al Ayuntamiento de Orizaba pidiendo la información requerida.198

Tabla 5. Lista de los templos entregados al Gobierno de Veracruz Templo Parroquia Santa María Guadalupe “La Concordia Los Dolores El Carmen Santa María San Juan de Dios Parroquia San Miguel San José de Gracia San Antonio Santa Gertrudis Capilla San Antonio El Calvario Barrio Nuevo Tercer Orden* Santísima Trinidad (sin nombre)

Culto de Católico Católico Católico Católico Católico Católico Católico Católico Católico Católico Católico Católico Católico Protestante Protestante

Lugar Orizaba Orizaba Orizaba Orizaba Orizaba Orizaba Orizaba Orizaba Orizaba Jalapilla Orizaba Orizaba Orizaba Orizaba Orizaba

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-556, Exp. 222. *Clausurado por deterioro. Posiblemente se refiera al templo de La Soledad, que se encuentra adjunto al de San José de Gracia.

197

AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Informe. C.-529, Exp. 6. Agustín Barrios Secretario de la Junta de Admón. Civil certifica que en su oficina hay in telegrama, Orizaba, 21 de junio de 1929. 198 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-556, Exp. 222. Circular No. 67, del Secretario de Gobierno G. Vázquez al Presidente de la H. Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 24 de junio de 1929.

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Ante la noticia de que los templos serían regresados al culto, en Orizaba los católicos expresaron su regocijo a las autoridades municipales pidiendo la parroquia de San Miguel para que el día de que les sean entregados los templos esté adornada de la parte exterior, siguiendo los estatutos que marcaba la Constitución; el permiso les fue concebido.199 El 29 de junio se giraba una Circular por parte del Departamento de Gobernación y Justicia del Gobierno del Estado, que fue pasado a todos los municipios: El C. Subsecretario de Gobernación, Encargado del Despacho de la Secretaría, en telegrama 27 del actual, dice a este Gobierno lo que sigue: Habiendo resuelto el clero católico romano reanudar próximamente servicios culto con sujeción leyes vigentes según acuerdo celebrado con C. Presidente de la República encarézcole (sic) atender instrucciones siguientes: Juntas Vecinales encargadas administración Templos deberán entregarlos previo inventario a sacerdotes mexicanos por nacimiento proponga a ese Gobierno Autoridad eclesiástica correspondiente expresados sacerdotes en unión diez vecinos mexicanos católicos levantarán por duplicado acta entrega acompañada inventarios de bienes muebles e inmuebles dejando originales Presidente Municipal lugar y enviando a esta Secretaría copia certificada de dichas actas e inventarios entendiendo omisión aviso castigarase (sic) términos Código Penal y esta Secretaría ordenará clausura Templo, entre tanto cúmplase requisitos legales. Sacerdotes quedan carácter encargados Templos serán responsables ante Autoridades del cumplimiento Leyes sobre culto y disciplina externa y de conservación bienes reciban. Entrega Templos comprenderá locales y dependencias encuéntranse (sic) actualmente poder Juntas Vecinales a excepción los que estén destinados a servicios públicos federales o locales y los administra Oficinas Federales de Hacienda. Para velar celosamente cumplimiento anteriores disposiciones conviene autoridades municipales intervengan esta sola vez a efecto entregas verifíquense cuidadosamente especificando objetos faltantes de acuerdo últimos inventarios para exigir responsabilidades procedieran. Igualmente dichas Autoridades Municipales deberán abrir libros registro Templos encargados pena de aplicárseles sanciones artículo ciento treinta constitucional y leyes reglamentarias. La aplicación de esta Circular se hará sin contravenir leyes locales que fijen número máximode ministros de los cultos según las necesidades regionales. Atentamente. El Subsecretario Encargado del Despacho. F. Canales y por acuerdo del C. Gobernador, lo transcribo a ustedes para su conocimiento y a fin de que sirva comunicar estas instrucciones a los Sres. Presidentes de las Juntas Vecinales de ese Municipio, recomendándole a usted a la vez, la observancia de las mismas disposiciones. 200

La autoridad de Orizaba informó al gobierno del Estado que el obispo Rafael Guízar y Valencia nombró a los sacerdotes que recibirían los templos, estos eran: José María Flores, Leopoldo Osorio, Alfonso G. Sánchez, Santos Torres, Gustavo Domínguez, Vicente Vargas Galeana, Francisco Rodríguez y Celedonio Pérez, por lo que pedía autorización si se le autorizaba la entrega a ellos o no. Sin embargo, el gobierno del

199

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-555, Exp. 217. De José María Ramírez, Víctor Castillo, Amado Arias y demás firmantes al C. Presidente de la Junta de Admón. Civil, Orizaba, 26 de junio de 1929; Ibíd., del Presidente de la Junta de Admón. Civil Rafael Sierra Domínguez a los CC. José María Ramírez y demás firmantes, Orizaba 3 de julio de 1929. 200 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Inventarios. C.-507, Exp. 7. Transcripción de Circular No. 70, del Presidente de la Junta Rafael Sierra Domínguez a los miembros de la Junta Vecinal encargada de los Templos del culto católico Sres. Ernesto Gallan, Gustavo Sota, Luis Fuentes Cicero, Agustín Aguilar Muñoz y Hermelindo Díaz, Orizaba, 6 de julio de 1929.

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Estado respondió que los templos debían de ser entregados a los sacerdotes que las Juntas Vecinales presentaran, haciendo caso omiso de que el obispo los acredite o no. 201 Conforme a lo estipulado en la Circular No. 70, tanto las autoridades municipales como los representantes del clero se comprometieron a acatar la ley, especialmente lo que se estipuló en los arreglos del 21 de junio de 1929. Ante esto, los católicos empezaron a agruparse para recibir los templos, por lo que nuevamente se nombrarían a los vecinos encargados de recibirlos, así como del cura que fuera asignado por las autoridades. El obispo Guízar aprobaría esto último para evitar enfrentamientos. La entrega de los templos fue en el mes de julio. Según el protocolo, la junta vecinal y las autoridades deberían de estar en el templo para asignar a los nuevos encargados y al sacerdote seleccionado para su custodia:

Tabla 6. Lista de los nuevos encargados de los Templos después de los arreglos del 21 de junio de 1929. Templo Barrio Nuevo Margarito Almanza Luis Celiceo Manuel Ciruelo Faustino González Cresencio Torres Tomás Torres Porfirio Vázquez Paulino Torres Ángel Ciruelo Gregorio Santos Pbro. Francisco T. Zepeda Templos Santa María Jesús García González Ricardo Ortega Isaac Osorio Manuel Gómez y Gómez Francisco Vázquez Manuel Vázquez

El Carmen Ricardo Osorio Isaac Osorio Manuel Gómez y Gómez Humberto Ahuja Leonardo Gallardo Alberto Osorio

201

AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Inventarios. C.-507, Exp. 7. Telegrama, del Presidente Municipal Rafael Sierra Domínguez al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 8 de julio de 1929; Ibíd., del Secretario de Gobierno G. Vázquez al C. Presidente de la H. Junta de Admón. Civil, Jalapa-Enríquez, 11 de julio de 1929.

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Gabino Alonso Eliezer Jara Leonardo Gallardo Humberto Ahuja

Rubén Yáñez Francisco Vázquez Daniel Díaz Felipe Sánchez Déctor Pbro. Vicente Vargas Galeana Templos San José de Gracia San Juan de Dios Jesús García González Ricardo Osorio Ricardo Ortega Isaac Osorio Isaac Osorio Manuel Gómez y Gómez Manuel Gómez y Gómez Humberto Ahuja Francisco Vázquez Leonardo Gallardo Manuel Vázquez Alberto Osorio Gabino Alonso Rubén Yáñez Eliezer Jara Francisco Vázquez Leonardo Gallardo Daniel Díaz Humberto Ahuja Felipe Sánchez Déctor Pbro. Alfonso M. Sánchez Templos La Concordia Santa Gertrudis Los Dolores Humberto Ahuja Humberto Ahuja Humberto Ahuja Jesús García González Jesús García González Jesús García González Ricardo Ortega Ricardo Ortega Ricardo Ortega Isaac Osorio Isaac Osorio Isaac Osorio Manuel Gómez y Gómez Manuel Gómez y Gómez Manuel Gómez y Gómez Francisco Vázquez Francisco Vázquez Francisco Vázquez Manuel Vázquez Manuel Vázquez Manuel Vázquez Gabino Alonso Gabino Alonso Gabino Alonso Eliezer Jara Eliezer Jara Eliezer Jara Leonardo Gallardo Leonardo Gallardo Leonardo Gallardo Pbro. Leopoldo Osorio Templos Parroquia San Miguel El Calvario San Antonio Jesús García González Ricardo Osorio Jesús García González Ricardo Ortega Isaac Osorio Ricardo Ortega Isaac Osorio Manuel Gómez y Gómez Isaac Osorio Manuel Gómez y Gómez Humberto Ahuja Manuel Gómez y Gómez Francisco Vázquez Leonardo Gallardo Francisco Vázquez Manuel Vázquez Alberto Osorio Manuel Vázquez Gabino Alonso Rubén Yáñez Gabino Alonso 97

Eliezer Jara Leonardo Gallardo Humberto Ahuja

Francisco Vázquez Daniel Díaz Felipe Sánchez Déctor Pbro. José María Flores

Eliezer Jara Leonardo Gallardo Humberto Ahuja

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Inventarios. C.-507, Exp. 7.

Todos, con excepción del templo de Barrio Nuevo fueron entregados el 17 de julio de 1929, aquél fue entregado el 20 de julio. De la misma manera, los sacerdotes tenían que ser mexicanos de nacimiento para que se les entregaran los templos y pudieran ejercer el ministerio. A pesar de que el clero recibía los templos, no tenían la libertad que pensaban, puesto que el gobierno supervisaba que se cumpliera la Constitución, para lograrlo giró otra Circular a los Ayuntamientos para su cumplimiento, lo cual fue avisado a los sacerdotes que recibieron los templos en Orizaba: LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 130 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL Art.1°. Corresponde al Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación ejercer en materia de culto religioso y disciplina externa la intervención que esta Ley le concede. Art. 2°. El matrimonio es un contrato civil. Este y los demás actos del estado civil de las personas son de la exclusiva competencia de los funcionarios y autoridades del orden civil, en los términos prevenidos por las Layes, y tendrán las fuerzas y validez que las mismas les atribuyen. Sólo cumplidas las disposiciones de las Layes sobre actos o contratos referentes al estado civil, podrán los ministros de cultos celebrar las ceremonias que prescriba una religión o secta sobre actos de esta naturaleza y siempre que ante ellos, los interesados o deudos comprueben con el certificado o certificados correspondientes, haber llenado los requisitos de la ley Los ministros de culto que desobedezcan la disposición anterior serán castigados administrativamente con multa de hasta cien pesos, y si no se pagan, con arresto hasta ocho días. Art. 3°. Los encargados de los templos, así como de los ministros oficiantes, están obligados a participar a la Secretaría de Gobernación, en el Distrito Federal, o a los Gobernadores de los Estados y Territorios en las demás Entidades Federativas, dentro de plazo de cinco días, la celebración de prácticas religiosas que se refieren a los actos mencionados en el artículo anterior; expresando si se cumplió lo dispuesto en ese artículo. El transcurso del plazo señalado sin que se dé el aviso, es motivo suficiente para imponer al encargado del templo y al ministerio del culto que intervino en el acto religioso, la pena que señala el último párrafo del artículo anterior. La Secretaría de Gobernación en cumplimiento a lo dispuesto en el primero de los artículos citados, recuerda y exige el estricto acatamiento a las prevenciones y ordenamientos que contienen los artículos 2° y 3° con motivo de la reanudación del culto católico apostólico romano, según su respetable circular número 27 de 27 de junio último. El Ejecutivo del Estado, consecuentemente con las disposiciones respectivas de la propia Secretaría de Gobernación y, respetuoso al par a la Ley Reglamentaria citada, por mi conducto recomienda a esa Presidencia Municipal a su cargo observancia debida a los preceptos legales hechos de su conocimiento y le encarece vigilancia especial tendiente a que los encargados de templos así como los ministros oficiantes, proporcionen a este Gobierno por conducto esa Presidencia, dentro del plazo legal, los informes relativos a la celebración de prácticas religiosas sobre actos o contratos del estado civil, RECORDANDO A DICHOS MINISTROS, DESDE LUEGO, LA PROHIBICIÓN DE CELEBRAR LAS CEREMONIAS RELIGIOSAS, SIN LA PREVIA CERTIFICACIÓN DE LOS CERTIFICADOS OFICIALES. A efecto de que pueda llevarse un registro general de los actos del estado civil verificados en todo el Estado, por los ministros de los cultos radicados en esa Entidad, recomiendo a usted atentamente se

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sirva enviar a esta Secretaría, -Departamento de Estadística-, MENSUALMENTE, un resumen total del número de actos religiosos de quese trata por lo que respecta a ese Municipio. Anticipando a usted las debidas gracias por la atención preferente que de seguro se servirá dispensar a (tal) asunto y, recomendándole acusar de recibido, le reitero mis consideraciones. 202

Como los católicos de Orizaba ya esperaban la apertura de los templos desde que se dio la noticia de los arreglos, solicitaron a la Secretaría de Gobernación que diera la orden para que los templos de esa ciudad se incorporaran al culto, esto ocasionó que Gobernación pidiera informes del asunto que ya se había arreglado, por lo que a través del gobierno veracruzano se supervisó de las autoridades de dicha ciudad cumplieran con lo dispuesto en los arreglos del 29, habiendo contestado que los templos se entregaron desde el 17 de julio.203 No sólo el templo fue lo que se confiscó y posteriormente se devolvió, sino que también los anexos con que contaban, mismos que debían de ser vigilados y mantenerse por parte de las juntas y las autoridades políticas. Por lo tanto, una vez que los templos pasaron a mano de los católicos se hizo lo mismo con los anexos que tuviera cada uno, en la ciudad de Orizaba, por parte del Agente del Ministerio Público Federal adscrito al Juzgado Segundo de Distrito de Veracruz, que recibió un telegrama de la Procuraduría de General de la República, se pidió una relación de los anexos y del uso que se les da.204

Tabla 7. Informe de Ernesto Galland sobre el estado de los aaaaaaa anexos Anexos Parroquia de San Miguel Iglesia El Calvario Iglesia Santa María

Descripción Antes anexo vacío, hoy casa cural Antes anexo vacío, hoy casa cural, empleados al cuidado del templo No tiene anexos

202

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-555, Exp. 217. Circular No. 48, del Secretario de Gobernación Lic. Gonzalo Vázquez Vela al C. Presidente Municipal, Jalapa-Enríquez, 31 de julio de 1929. 203 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-555, Exp. 217. Del Subsecretario de Gobierno Lic. Luis Vega Pavón al C. Presidente de la Junta de Admón. Civil de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 1 de agosto de 1929; Ibíd., del Presidente de la Junta de Admón. Civil Rafael Sierra Domínguez al C. Subsecretario de Gobierno, Orizaba, 8 de agosto de 1929; AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Informe. C.-529, Exp. 6. Del Subsecretario de Gobierno Lic. Luis Vega Pavón al C. Presidente de la H. Junta de Admón. Civil, Jalapa-Enríquez 26 de agosto de 1929. 204 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-555, Exp. 217. Circular No. 75, del Secretario de Gobernación G. Vázquez al C. Presidente de la Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 12 de julio de 1929; Ibíd., del Presidente de la Junta de Admón. Civil al C. Enrique Galland Presidente de la Junta Vecinal, Orizaba, 13 de agosto de 1929.

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Iglesia El Carmen

Iglesia La Concordia Iglesia Santa Gertrudis Iglesia Los Dolores

Iglesia San Juan de Dios Iglesia San José de Gracia Iglesia San Antonio Iglesia Tercer Orden

Casa en ruinas. Antes una parte habitable, ocupada por el Sindicato de Eventuales, el cual sigue ocupándola y parte reparada, ocupada actualmente por empleados al cuidado del templo Antes anexo vacío hoy casa cural No tiene anexos Antes ocupada por Oficina Verificadora de Pesas y medidas y demás, familias que supongo de los empleados federales, que continúan ocupándola Antes y ahora, ocupado su anexo por empleados al cuidado del templo Antes vacío, hoy ocupado por el capellán Antes vacío, hoy ocupado por empleados del templo No fue recibido por esta junta ni entregado, estando destinado antes y ahora a garage

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-555, Exp. 217.

Los anexos que se entregaban debían de encontrarse vacíos, así lo dispuso la Secretaría de Gobernación, siendo recibidos por el mismo sacerdote que custodiaba el templo, para ello debían de contar con la aprobación de las Juntas Vecinales o del Agente del Ministerio Público, según sea quien lo tenga a su resguardo. Aquellos anexos que tuvieran un uso por parte del Ejecutivo Federal, quedarán pendientes de ser entregados; sin embargo, el Ministerio Público argumentó que no tenía a su disposición ningún anexo, por lo que el asunto debía de ser tratado directamente con las autoridades federales. 205 Así como las autoridades civiles estuvieron al pendiente del cumplimiento de los lineamientos políticos, de la misma manera lo estuvo el obispo Rafael Guízar y Valencia para que el gobierno cumpliera con su parte de entregar los templos al culto católico, el obispo se mostraba atento a sus feligreses y buscaba la manera de atenderlos, así como tener en cuenta las necesidades de su diócesis. Esto se plasmó cuando se percató que

205

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-556, Exp. 222. Circular No. 76, del Secretario de Gobierno G. Vázquez al C. Presidente de la Corporación Municipal, Jalapa-Enríquez, 15 de julio de 1929; Ibíd., del Presidente de la Junta de Admón. Civil al C. Agente 1° del Ministerio Público, Orizaba, 7 de agosto de 1929; Ibíd., del Agente 2° Auxiliar de la Procuraduría Lic. Miguel Tejera al C. Presidente de la H. Junta de Admón. Civil, Orizaba, 16 de agosto de 1929.

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el templo de la Tercera Orden no había sido entregado, por lo que solicitó a la Secretaría de Gobernación cumpliera su palabra para que se lo entregaran, al respecto la autoridad municipal respondió que jamás fue recogido por el gobierno ni por el clero, que era ocupado por un particular que se entendía con la Junta Vecinal.206 Por otra parte los protestantes siguieron presentes, Cirilo Ávila, representante en Orizaba y siguiendo las leyes que la política religiosa establecía, presentó una petición ante la Secretaria de Gobernación para construir un templo, el permiso le fue concedido siempre y cuando obedeciera el artículo 130 Constitucional, cumpliendo cada inciso que establecía así como presentar los requisitos correspondientes, la noticia le fue dada por parte del gobierno del Estado.207 Para construir el templo, Cirilo debía esperar la respuesta del gobierno si aprobaba o no la construcción del templo, así, cuando se le da el permiso correspondiente con las normas a seguir, además tuvo que informar dónde estaría el templo: Av. 6 No. 56, Orizaba, así como el permiso a la Secretaría de Gobernación para la inauguración del templo, lo cual le fue concedido al interesado, respetando el art. 130 Constitucional.208 La autoridad municipal de Orizaba informó que las prácticas de culto habían iniciado desde el 17 de abril de 1930.209

206

AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Informe. C.-529, Exp. 6. Del Subsecretario de Gobierno Luis Vega Pavón al C. Presidente de la Junta de Admón. Civil, Jalapa-Enríquez, 18 de octubre de 1929; Ibíd., del Presidente de la Junta de Admón. Civil Rafael Sierra Domínguez al C. Subsecretario de Gobierno, Orizaba, 29 de octubre de 1929. 207 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-555, Exp. 217. Del Subsecretario de Gobierno Luis Vega Pavón al C. Presidente de la H. Junta de Admón. Civil, Jalapa-Enríquez, 17 de agosto de 1929; Ibíd., del Presidente de la Junta de Admón. Civil Francisco Riveros al C. Subsecretario de Gobierno del Estado, Orizaba, 29 de agosto de 1929; Ibíd., del Gobernador del Estado de Veracruz al C. Secretario de Gobernación, Jalapa-Enríquez, 18 de octubre de 1929. 208 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-507, Exp. 9. Del Oficial Mayor al Sr. Cirilo Ávila, México, D.F., abril de 1930. 209 AMO. Ramo Gobierno, Presidente Municipal, Correspondencia. C.-559, Exp. 253. Del Subsecretario de Gobernación Lic. Luis Vega Pavón al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 19 de mayo de 1930; Ibíd., del Presidente Municipal Pedro López al C. Subsecretario de Gobernación, Orizaba, 13 de junio de 1930.

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El Gobierno Federal llevaba un control minucioso sobre los templos, solicitó nuevamente los informes de los inmuebles religiosos, para llevar un control estadístico; en Orizaba lo hizo el cura José M. Flores, el resultado lo entregó a las autoridades.210

Tabla 8. Informe rendido al Presidente Municipal de Orizaba en contestación a la Circular 104 por el cura José María Flores Informe I. Bajo la responsabilidad de quien se halla el templo o templos del lugar

II. Desde qué fecha III. Quién ocupa los anexos curales IV. Desde qué fecha V. Qué autoridad los facultó para usar los anexos, citando la fecha si se trata de acuerdos Presidenciales VI. En qué estado se hallan dichos anexos curales VII. Qué oficina de Gobierno hay establecida VIII. Si dicha Oficina ocupa todo el anexo, si hay Departamento desocupado IX. Nombre de la persona o personas a cuyo cargo se hallan el templo y los anexos

Descripción Los templos de esta ciudad están bajo la responsabilidad de los sacerdotes siguientes: José María Flores: San Miguel, El Calvario y San Antonio; Leopoldo Osorio: La Concordia, Los Dolores y Santa Gertrudis; Gastón Ferrer: Santa María y El Carmen; Alfonso M. Sánchez: San José de Gracia y San Juan de Dios 17 de julio de 1929 Los anexos de San Miguel y de La Concordia están ocupados por los párrocos respectivos Julio citado Tengo entendido que se entregaron por orden de la Secretaría de Gobernación en la fecha citada

En regular estado

En el anexo del templo Los Dolores, entiendo había una Oficina de Peso y Medidas Como dicho anexo no ha sido entregado aún, la Oficina local de Hacienda podrá informar

Santa María y San José de Gracia carecen de anexos, San Juan de Dios solo tiene una pieza ocupada por el sacristán, el de El Calvario está ocupado por el sacristán Luis Durán y su familia, el de San Antonio por Francisca Vallejo Espejo quien cuida el aseo del templo, el de Santa Gertrudis por

210

AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Informe. C.-529, Exp. 6. Circular No. 104, del Subsecretario de Gobierno Lic. Luis Vega Pavón al C. Presidente de la H. Corporación Municipal, Jalapa-Enríquez, 10 de octubre de 1919; Ibíd., del Presidente de la Junta Rafael Sierra Domínguez al Sr. Cura José María Morelos.

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el Sacristán Juan Miranda y su familia, el de El Carmen está en ruina alguna parte lo ocupa el sacristán Guadalupe López Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Informe. C.-529, Exp. 6.

La información recaudada entre esta última tabla y la número 7 es variada, podría haber sido porque las circunstancias cambiaron de julio a octubre de ese año. Del mismo modo para 1930 hubo cambios en los sacerdotes que se encargarían de los templos, todo tenía que hacerse de acuerdo a los lineamientos del gobierno para un mejor control. Todo en cuanto a la situación de los templos tenía que seguir un estricto procedimiento en cuanto a solicitudes, quejas, permisos, registros y pedimentos de cualquier índole. De acuerdo al asunto a tratar era como se dirigían a las autoridades, pero para mayor seguridad, en ocasiones solicitaban la intervención de la Secretaría de Gobernación que era quien tenía las facultades de dictaminar si se cumplían o no lo encomendado. Un caso se presentó en Orizaba cuando algunos ciudadanos pidieron su intervención porque las autoridades de la ciudad reglamentarían el uso de las campanas, aunque en ocasiones ciertas demandas debían de ser acordadas con la autoridad municipal a petición de Gobernación.211 Para mayo de 1930 llegaba el nuevo en cargado de la iglesia de la Santísima Trinidad, que desde el año pasado se encontraba sin representante religioso con la salida de Nicolás Cortes Esparza, el nuevo representante siguió los lineamientos constitucionales y se presentó ante las autoridades para hacer de su conocimiento que tomaría posesión del templo que le fue concedido por la Iglesia Nacional Presbiteriana en México, el presidente de Orizaba le informaba al nuevo representante que debía cumplir con el art. 130 Constitucional..212 En ese mismo mes, el obispo Guízar y Valencia avisó al presidente de Orizaba que había nombrado al sacerdote Juan Valiente para hacerse cargo del templo La Concordia, en cuanto el sacerdote llegó a la ciudad tuvo que presentarse ante las

211

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-555, Exp. 217. Del Oficial Mayor Manuel Collado a los CC. Carlos Ortiz y demás, México D.F., 12 de diciembre de 1929. 212 AMO. Ramo Gobierno, Presidente Municipal, Correspondencia. C.-559, Exp. 253. De A. Vázquez D. al C. Presidente Municipal, Orizaba, 29 de mayo de 1930; Ibíd., del Presidente Municipal Jesús Ponce al C. A. Vázquez D. Orizaba, 9 de junio de 1930.

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autoridades para hacer de su conocimiento que sería el nuevo encargado de dicho templo, siendo esta la manera de cubrir los requisitos que pedía la ley para una relación entre el clero y el gobierno orizabeño.213 Además, el 20 de junio de 1930 se fundó en Orizaba el grupo parroquial de la Juventud Católica Mexicana por el sacerdote Rafael Rúa Álvarez, quien nombró al sacerdote José María Flores como “Primer Asistente Eclesiástico” y a Elena Galland Naredo como “Primera Presidenta Parroquial” que en el mes de septiembre sería sustituida por Dolores Oliver y Suárez Peredo que ocuparía tal cargo hasta octubre de 1937. Este grupo conformado por mujeres católicas enfrentó una nueva ley anticlerical en Veracruz.214 El modus vivendi que presentaba Orizaba se podría considerar que fue menos agresivo que el de otros puntos del país, principalmente de aquellos en donde se libró la guerra. A pesar de que Tejeda no estaba a favor de los arreglos tuvo que entregar los templos por petición del Gobierno Federal, aun así la situación religiosa siguió un camino difícil, pues a pesar de esos arreglos el gobierno estaba vigilante de que los artículos plasmados en la Constitución se cumplieran perfectamente. Supervisar que el clero, católico o protestante al menos en Orizaba, cumplieran con tales disposiciones era tarea del gobierno. Todo se tenía que hacer de acuerdo con la ley, por eso hubo comunicación entre los funcionarios, siguiendo la línea jerárquica que iba desde el presidente municipal pasando por el gobernador para finalmente llegar al presidente, de la misma manera la respuesta que se daba. Aunque hubo casos que si la situación lo meritaba se dirigían directamente al Gobierno Federal, como fue la petición de los templos o permisos de oficiar misas. Las relaciones entre el clero y el gobierno orizabeño eran viables de acuerdo a la ley, sin embargo, una nueva medida anticlerical fue tomada por los gobiernos estatales.

213

AMO. Ramo Gobierno, Presidente Municipal, Correspondencia. C.-559, Exp. 253. Del obispo de Veracruz Rafael Guízar Valencia al Alcalde Municipal de Orizaba, Actopan, 29 de mayo de 1930; Ibíd., del Presidente Municipal al obispo Rafael Guízar Valencia, Orizaba, 19 de junio de 1930; Ibíd., del Pbro. Juan Valiente al C. Presidente Municipal, Orizaba, 10 de junio de 1930; Ibíd., del Presidente Municipal al Pbro. Juan Valiente, Orizaba, 19 de junio de 1930. 214 APO. S/C. Acta de actividades de este grupo católico, en el cual se muestra que estuvo presente hasta la década de los cincuenta.

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Durante el mandato de Adalberto Tejeda se decreta una nueva ley anticlerical en 1931, el cual da inicio a un nuevo enfrentamiento entre la Iglesia y el Estado ahora en el terreno estatal que se prolongaría hasta 1937, donde una situación que ocurre en Orizaba pone a los católicos fervientes de justicia y exigen la reapertura de los templos.

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Capítulo III. El gobierno radical en Veracruz. La segunda ley antirreligiosa en la década de los treinta del siglo XX En junio de 1929 se llevaron a cabo los arreglos entre el Gobierno Federal y el Episcopado Mexicano que dio fin a la guerra cristera. De acuerdo a los tratados, el gobierno entregaría los templos y permitiría que los clérigos regresaran al culto siempre y cuando respetaran los artículos de la Constitución, los cristeros entregarían las armas y el ejército no los perseguiría más. Sin embargo, los acuerdos no fueron suficientes para frenar el enfrentamiento entre el clero y el gobierno, ambos se acusaban mutuamente de no acatar los lineamientos estipulados por lo que los enfrentamientos siguieron hasta la década de los treinta, pero ahora bajo el dominio del gobierno estatal, donde algunos gobernadores que estaban en contra de los arreglos del 29 decretaron leyes anticlericales. Veracruz no fue la excepción, Adalberto Tejeda apoyó la política anticlerical de Plutarco Elías Calles y más tarde decretó una ley anticlerical estatal. Tejeda mostró desde un principio no estar de acuerdo con los arreglos, pero antes de que decretara la ley debió de gestionar su política valiéndose de las clases populares que eran su principal apoyo. Para 1931 el gobernador Tejeda logra que la ley anticlerical sea válida en el estado de Veracruz, que se extendió hasta 1937 con Miguel Alemán Valdés al mando del gobierno veracruzano. La ley anticlerical veracruzana también es conocida como “Ley Tejeda”, como lo fue en un momento la “Ley Calles”, que tomaron el nombre por su legislador. En este capítulo se pretende explicar el “comienzo” y el “fin” de la ley Tejeda, así como los medios que el gobierno veracruzano utilizó para lograr su cumplimiento; no se pretende desarrollar la política de Adalberto Tejeda ni de ningún otro gobernador que mientras la ley anticlerical estuvo vigente, sino que se abordará el contexto ante esta cuestión. Cabe señalar que cada mandatario estatal gestionó su propia política, por lo que el gobierno de Veracruz tuvo distintos matices de 1931 a 1937 en cuanto a la administración pública.

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3.1 El anticlericalismo veracruzano Cuando Tejeda arribó al poder en Veracruz la ley Calles seguía vigente, por lo que siguió cumpliéndose, se creyó que las medidas serían más extremas porque se le conocía el anticlericalismo que el gobernador profesaba, pero mientras se cumpliera la ley no habría problema alguno; sin embargo, a pesar de estar en contra de las tendencias religiosas no se consideraba enemigo de la religión en sí, sino del “fanatismo”, acusaba al clero de los males que perpetuaban la ignorancia, sumisión y pobreza de la población. Tejeda se mantenía firme en su idea y atribuía que el mejoramiento del pueblo estaba en la ilustración, para el gobernador el buen gobierno era el gobierno ilustrado.215 Desde que ocupó la gubernatura de Veracruz por primera vez, Tejeda plasmó los ideales revolucionarios articulándolo con la política liberal de Juárez en cuanto a la política religiosa, estaba convencido de que a través de estos preceptos se podían extirpar del país los males que radicaban en el sentimiento religioso para lograr el “despertar” de los ciudadanos. Su experiencia en el campo político lo llevó al gabinete callista; de regreso como gobernador hizo lo posible por controlar la política a través de sus “facultades extraordinarias”, que consistieron en la influencia que ejercía sobre los ayuntamientos y políticos allegados al gobernador Tejeda.216 Tejeda consideró a los arreglos del 29 como una claudicación por parte del Estado, en los años treinta se mantuvo al frente de la lucha en contra de la Iglesia, el radicalismo empezaba a ejercerse; el obispo Guízar sabía que el gobernador repudiaba tales acuerdos por lo que se centró en seguir la línea conciliatoria que practicó desde la guerra cristera.217 El escenario conflictivo ahora sería el estado de Veracruz, un nuevo enfrentamiento estaba por empezar debido a que los gobiernos estatales consideraban que la Iglesia violaba la Constitución. Después de casi un año de que los cultos regresaron a las iglesias, el descontento del gobierno iba creciendo, Adalberto Tejeda junto con otros gobernadores, siguieron mostrándose enérgicos contra el clero, por lo que vigilaban que los clérigos cumplieran 215

FALCÓN y García. Op. Cit., 1986, p. 170. FALCÓN y García. 1986, pp. 171, 194. 217 FALCÓN y García. 1986, pp. 172, 255-256. 216

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la Constitución. Sin embargo, en el caso veracruzano, el gobernador tuvo que solucionar su propia política, como afianzarse en el poder lográndolo con el apoyo de las clases populares y buscó el favor de la presidencia del país, lo cual no fue fácil para Tejeda debido a que Pascual Ortiz Rubio era su rival en la contienda política, además de la situación económica que se atravesaba el país desde 1929. Sin embargo, desde inicios de 1931 la lucha contra el clero tomó fuerza cuando en la Convención de la Cámara de Trabajo que se celebró en el mes de enero en Xalapa, se tocó el tema de una campaña anticlerical donde los obreros querían llevarlo a cabo con el objeto de desfanatizar a sus hijos. Ante esta iniciativa se integra una Liga de Resistencia Anticlerical que contaría con la ayuda del Sindicato de Maestros y de los obreros más capacitados dentro de los problemas sociales. Mientras tanto, en la ciudad de México se forma la Liga Anticlerical Revolucionaria (LAR), la cual tendrá presencia en la capital veracruzana, con una visión ideológica de la lucha antirreligiosa, que además sería encargado del primer Congreso Nacional Anticlerical con sede en el D.F., durante los días 2 y 3 de abril de 1931.218 Por parte de la entidad veracruzana asistieron los anticlericales Manlio Fabio Altamirano, Agapito Barranco, Rafael Ortega C., Ignacio R. Ojeda, Germán List Arzubide, José Mancisidor, Juan Bartolo Hernández, Francisco J. Mancillo, Moisés de la Torre y otros,219 la relación entre estos personajes fue que algunos tenían tendencias políticas de izquierda; asimismo se da a conocer el programa de la LAR: La acción clerical, producto obligado de la mentalidad religiosa, ha sido a través de los tiempos una reaccionaria que ha actuado frenando el progreso de la humanidad. Con la proclamación dogmática de sus principios, que a pesar de ser notablemente absurdos, no pueden discutirse, esclavizan la conciencia del hombre introduciéndose en el seno de la familia, en donde el pretendido carácter de Ministros Divinos que tienen sus miembros, les abre las puertas, pervierten las costumbres. Además, la religión no es sino uno de tantos puntales del actual sistema de explotación capitalista, que sólo la revolución social podrá derribar. Combatir al fanatismo religioso sin combatir un régimen que lo fomenta porque de él obtiene provecho, sería demostrar una torpe miopía en la apreciación de los fenómenos sociales. Los elementos clericales, especialmente en el caso del catolicismo que es el que mayormente nos interesa por su carácter predominante en nuestro medio, están fuertemente unificados, lo que hace que su poderío se acreciente, obligando a adoptar también una organización homogénea a los elementos que deseen combatirlos.

218

GARCÍA Morales, “La lucha contra el clero. Organización de la unión revolucionaria anticlerical”, Op. Cit., 1974, p. 27. 219 Ibíd. p. 27

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El fanatismo religioso y las instituciones que en él encuentran su origen, medran el amparo de la ignorancia ambiente y, por tanto, es menester combatirlos destruyendo dicha ignorancia. Además habiendo dispuesto de todos los medios para ello, con el transcurso de los siglos, han falseado la historia, adulterando la moral y corrompiendo las costumbres, lo que obliga urgentemente a hacer la luz sobre todas sus infamias seculares, para que el pueblo pueda apreciar la verdad de las cosas. Todos los medios de difusión cultural, conferencias, periódicos, folletos, libros o carteles, son pues, armas importantes en la lucha anticlerical. Por otra parte, tenemos en nuestro país todo un conjunto de disposiciones legales que limitan las actividades eclesiásticas pero que, desgraciadamente, con aterradora frecuencia son olvidadas por quienes tienen obligación de hacerlas cumplir. Sólo una organización anticlerical potente, contando con el apoyo de las masas, podrá hacer la suficiente presión para que tales leyes no sean letra muerta. La historia nos enseña que los defensores del fanatismo religioso no han vacilado nunca en recurrir a los medios más viles para deshacerse de sus enemigos y, por lo tanto, los anticlericales debemos estar fuertemente unidos y estrechamente solidarizados para defendernos de las acometidas del oscurantismo y sus testaferros. Por último, fácilmente podemos ver, y esto no sólo en México, sino en el mundo entero, cómo la clerecía de todas las denominaciones, contando con el apoyo de la burguesía, que ha abandonado ya casi por completo su máscara demagógica y liberal, se apresta a iniciar la ofensiva contra los elementos que le son antagónicos. El “arreglo” del conflicto religioso entre nosotros, la recuperación del poder temporal por el Papa, el concordato de Prusia con la Santa Sede, así como la ruda campaña contra la Unión Soviética, secundando las maniobras de los intereses capitalistas, son magníficas ilustraciones de lo anterior. Considerando pues, todo lo expuesto, la Liga Anticlerical Revolucionaria acepta para la organización básica de sus labores, los siguientes postulados: 1. Al combatir la funesta acción del clericalismo en todos sus matices, se combate también el fanatismo que lo alimenta y que es una ofensa a la razón humana. 2. Siendo las masas obreras y campesinas las únicas capaces de combatir el clericalismo en todas sus manifestaciones por ser las que más resienten la explotación del mismo, y no pudiendo llevarse a buen término este combate sino después de la revolución social, se admite sin taxativas el principio de la lucha de clases y se hace frente único sin reserva alguna, con el proletariado revolucionario. 3. Siendo menester organizaciones homogéneamente en escala nacional emprender con éxito el combate contra el clericalismo, se admite como base para ello un centralismo democrático que dé cohesión a nuestros elementos. 4. Todos los medios de difusión cultural son buenos para el combate contra el fanatismo religioso y por consiguiente, todos ellos se emplearán de acuerdo con las posibilidades materiales, procurando orientarlos hacia hechos y problemas concretos en el terreno social. 5. Viendo que las autoridades, en la mayoría de los casos, no hacen aprecio de las Leyes de Cultos, se procurará presionar sobre ellas para que les den el debido cumplimiento, y se luchará tenazmente para impedir su derogación o reforma, a menos que esta última sea para hacerlas más radicales. 6. La organización se hace solidaria de las dificultades que puedan presentarse a sus miembros en el desarrollo de este programa, y luchará tenazmente para defenderlos en todos los terrenos de las acometidas clericales. 7. Considerando que las actuales contradicciones del régimen social, así como la agresividad clerical hacen inevitables futuras luchas de orden material, que ya se vislumbran en el horizonte, la organización prepara a sus miembros para poder ir, en el momento dado, al terreno que las circunstancias exijan.220

Con el regreso de los representantes a Xalapa se pusieron en práctica las disposiciones que se plantearon en el Congreso, la Liga Anticlerical fue quien emprendió la labor de desfanatización, instaló un Comité Ejecutivo formado de la siguiente manera: “Secretario General Alfredo Monterrosa; Secretario del Interior Manuel Herrera Ángeles y Secretario 220

AGETRO, Leafar. Las luchas proletarias en Veracruz, citado en GARCÍA Morales. 1974, pp. 28-32.

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de Finanzas Gerardo García H.” Además se designó una delegación que llevaría la campaña llamada Comisión de Agitación y Propaganda, conformada por Francisco S. Mancilla, German List Arzubide, José Luis Díaz Castilla y Raymundo Flores Fuentes.221 Se inició la tarea de emancipación de conciencias por parte del gobierno veracruzano, llevaron esta misión a las principales ciudades veracruzanas donde se integraron comités locales dependientes del Comité Central de la Unión Revolucionaria Anticlerical (URA) en el estado, siendo Xalapa la sede. La URA utilizó a la prensa y atacó al clero mediante publicaciones de revistas, periódicos, así como conferencias y manifestaciones públicas, siendo la principal tarea la de desfanatizar al pueblo.222 Los convenios del 29 llegaban a su fin, a pesar de que las partes involucradas acordaron respetarlos tal pareciera que no fue así, el gobierno, sobre todo los estatales, iniciaron una campaña en contra del clero, mientras que estos seguían pidiendo los templos que fueron cerrados. El conflicto político-religioso seguía firme, pero ahora más radical porque los gobernadores ejercieron su poder respaldándose en la Constitución, aunque cada uno lo ejerció a su manera, entre los conocidos están Sonora con Rodolfo Elías Calles, Tabasco con Tomás Garrido Canabal y Veracruz con Adalberto Tejeda. Las características de estos gobernadores fue que practicaron su anticlericalismo en sus respectivos estados. El gobierno estatal se valió de recursos para apoyar su campaña en contra de la Iglesia, como fueron los obreros y los maestros a través de la educación. En 1931 inició una nueva lucha contra el clero, los católicos no estaban dispuestos a ceder lo que habían conseguido desde 1929, por lo que hicieron resistencia ante las acciones del Estado para mantenerse en la vida pública. Se vivía en el país el “Maximato”, representado por Plutarco Elías Calles, quien aún influía en la política. El nuevo aliado del Estado era el Partido Nacional Revolucionario (PNR), el cual adoptó un programa radical en el que tenían cabida el anticlericalismo, el agrarismo, el nacionalismo económico y un compromiso con la “educación socialista”. Es en la década de los treinta donde el anticlericalismo favoreció

221 222

Periódico El Dictamen, 24 de abril de 1931, No. 8460 p. 7, citado en GARCÍA Morales. 1974, pp. 32-33. Ibíd. pp. 33-34.

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un segundo conflicto religioso, limitado sólo en los estados, pero que provocó la extensión de la resistencia popular llevando al obstruccionismo, boicots y desobediencia. 223 El Estado mantuvo la prohibición de los partidos confesionales, asegurando así que ningún partido cristiano pudiera impugnar la hegemonía del PNR, asimismo el Estado truncó a los sindicatos católicos, fortaleciendo el predominio de los ejes PNR-CROM.224 El poder estatal pudo hacerle frente al eclesiástico, valiéndose de las instituciones y de los grupos populares para lograrlo. Los problemas entre el gobierno y el clero en Veracruz se debieron a que los sacerdotes comenzaron a oficiar misas sin consentimiento del gobernador, además los sacerdotes extranjeros estaban regresando a los templos. Por otro lado, esos problemas se agravan cuando el 6 de marzo de 1931 hubo una explosión en la catedral de Xalapa dejando a varios heridos, el gobierno investigó los hechos y se arrestó a Ernesto Pacheco, secretario general del Sindicato Unitario (comunista), pero fue liberado debido a la falta de pruebas.225 El 9 de junio, casualmente el mismo mes en que inició y terminó la ley anticlerical a nivel nacional, el gobernador Tejeda anunció que se tratarán todas las medidas para eliminar el catolicismo del estado: Tejeda declaró que todos los gobiernos emanados de la Revolución tenían el imperioso deber de lograr la desfanatización del pueblo, y de mostrarle simultáneamente el camino hacia el progreso y la civilización. Que consideraba que la mejor manera de lograrlo era limitando el número de sacerdotes de las sectas.226

En la ciudad de Orizaba la incertidumbre entre los católicos no se hizo esperar, se enteraron de que el gobernador estaba dispuesto a una reglamentación de sacerdotes, en un principio eran once los sacerdotes que podían oficiar en territorio veracruzano, tomando en cuenta a la población. El gobernador tenía la intención de desfanatizar al pueblo, así lo demostró el día 10 de junio ante la Cámara Legislativa, en esa primera lectura los diputados mostraron estar a favor, además, derogaba toda oposición a ese

223

KNIGHT, Alan. “Estado y Sociedad” en Repensar la Revolución, Vol. I, El Colegio de México, México, 2013, pp. 285286. 224 KNIGHT, Alan. “Ideología e identidad” en Repensar la Revolución, Vol. II, El Colegio de México, México, 2013, p. 155. 225 WILLIMAN. “El drama de la Iglesia en Veracruz. Del 6 de marzo al 25 de julio de 1931”, Op. Cit., 1976, p. 88. 226 Periódico El Dictamen, 10 de junio de 1931, citado en WILLIMAN. 1976, p. 89.

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decreto y comenzará a surtir efectos desde su publicación en la Gaceta Oficial del Estado.227 A pesar de que los católicos en Orizaba ya conocían la intención del gobernador, siguieron celebrando el culto, un ejemplo fueron las festividades religiosas de San Antonio de Padua, tanto en el templo que lleva su nombre como en el de San José de Gracia, en éste último fue el padre Rafael Rúa quien ofició la misa.228 En el estado de Veracruz se promovió una legislación para que se permitiera un sacerdote por cada 100 mil habitantes, la cual fue aprobada el 16 de junio de 1931, conocida como la “ley número 197”; más radical en comparación con otros estados que permitían a un sacerdote por cada 50 ó 4 mil habitantes, inclusive uno por cada municipio; la Gaceta Oficial publicó la nueva ley de cultos: ADALBERTO TEJEDA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, a sus habitantes, sabed: Que la H. Legislatura del mismo, se ha servido expedir la siguiente ley: ARTÍCULO 1. EL MUNDO MAXIMO DE MINISTROS DE CADA UNO DE LOS CULTOS EN ESTE ESTADO, SERA DE UNO POR CADA CIEN MIL HABITANTES. ARTÍCULO 2. LAS AUTORIDADES MUNICIPALES BAJO PENDA DE MULTA DE $1,000.00 UN MIL PESOS, POR CADA CASO, CUIDARAN DEL EXACTO CUMPLIMIENTO DE ESTA DISPOSICIÓN. TRANSITORIOS: PRIMERO. LA PRESENTE LEY COMENZARÁ A REGIR DESDE LA FECHA DE SU PUBLICACIÓN EN LA “GACETA OFICIAL” DEL ESTADO. SEGUNDO. QUEDA ABROGADA CUALQUIERA LEY QUE SE OPONGA A LA PRESENTE. Dada en el salón de sesiones de la H. Legislatura del Estado, a los diez y seis días del mes de junio de mil novecientos treinta y uno. Antonio M. Carlón, Diputado Presidente. Isaac Fernández, Diputado Secretario. Por tanto, mando se publique en la “Gaceta Oficial” del Estado para su debido cumplimiento. Jalapa-Enríquez, a 18 de junio de 1931. A. Tejeda. El Secretario de Gobierno, G. VÁZQUEZ VELA. 229

La respuesta del clero veracruzano no se hizo esperar, el mismo día en que se publicaba la nueva ley el obispo de Veracruz declaró: Como la ley sólo permite que once sacerdotes en todo el Estado cuyo territorio corresponde tres diócesis; y descontando tres obispos, sólo quedan ocho sacerdotes de manera que quedan para la diócesis de Veracruz cuatro sacerdotes y cuatro para otras dos. La verdad es que esta nueva ley

227

AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 12 de junio de 1931, No. 396, p. 1. Ibíd. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 14 de junio de 1931, No. 398, pp. 1, 6. 229 BÁEZ. “Los aristas…” Op. Cit., 2006, p. 263; García Morales. “La lucha contra el clero…”, 1974, pp. 36-37. 228

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equivale a tanto como si no nos dieran nada; por lo que, mientras no se pueda disponer de mayor número de sacerdotes no se podrá ejercer el ministerio eclesiástico.230

El artículo 130 constitucional se reglamentó en Veracruz, algo que los políticos de aquella entidad lo aprobaron, una comisión de Damas Católicas entregaron un memorial que fue leído pero no fue tomado en cuenta, ellas presenciaron la decisión final de la Legislatura y los agraristas expresaron su contento al ser aprobada por unanimidad la ley. Sin embargo, los diputados Isaac Fernández, Sostenes Blanco y Agustín Alvarado buscaban que hubiera sólo cinco sacerdotes en todo el estado, ya que consideraban que once era demasiado para la desfanatización del pueblo.231 Al momento de decretarse la “Ley Tejeda”, no se hizo mención de las cláusulas relativas a la cuestión de las leyes de 1926, en la cual prohibía a los extranjeros ejercer el ministerio y se limitaba a uno el número de obispos para el estado. Por ello, se emitió una aclaratoria donde se hizo la observación de que la Constitución puede delimitar a través de las legislaturas estatales y conforme el artículo 130 el número apropiado de los sacerdotes.232 Para esos años la población total de Veracruz era de 1, 377,293 habitantes, haciendo que el total de sacerdotes fuera de trece.233 Las poblaciones que superaban los 25,000 habitantes eran: Xalapa con 36,812 habs. Orizaba con 42,904 habs. Veracruz con 67,801 habs.234 Esto indica que la población de los municipios que no llegaban al límite debió de haberse sumado para dar el total que la ley 197 pedía, de esa forma les fuera asignado el sacerdote por las autoridades civiles. Los católicos, ante la nueva crisis que enfrentaban buscaron la ayuda del Gobierno Federal, girando telegramas a la Secretaría de Gobernación, a la Cámara de Diputados y Senadores, así como al Gobernador del Estado y a la Legislatura Local. Todo esto para que los funcionarios los auxiliaran para evitar que el nuevo decreto entrara en vigor o 230

BÁEZ. “Los aristas…”, Op. Cot., 2006, pp. 263-264. AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 18 de junio de 1931, No. 401, pp. 1, 4. 232 WILLIMAN. “El drama de la Iglesia…”, Op. Cit., 1976, pp. 89-90. 233 García Morales. “Fundamento constitucional de la Ley 197. Sus bases en el artículo 130 Constitucional”, Op. Cit., 1974, p. 41; http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/proyectos/ccpv/default.aspx. Censo de Población y Vivienda 1930, (consultado el 22 de febrero de 2015). 234 http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/proyectos/ccpv/default.aspx. Censo de Población y Vivienda 1930, (consultado el 22 de febrero de 2015). 231

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fuera reconsiderado.235 Sin embargo, todo esto fue inútil debido a que los funcionarios, al menos los estatales, estaban dispuestos a continuar con el cumplimiento de la ley. Debido a que el gobierno veracruzano siguió con la intención de ejercer la ley antirreligiosa, llegaron felicitaciones al gobierno veracruzano por parte de los Comités Agrarios, Sindicatos Obreros, Logias Masónicas, maestros y particulares residentes en el país y en el extranjero, donde elogiaban el decreto de Tejeda en contra de la Iglesia. Así como también de la Legislatura en donde se pronunciaron discursos en defensa del gobernador, donde se dijo que la citada ley era Constitucional, para evitar que se presentaran apelaciones ante el poder judicial.236 El presidente Pascual Ortiz Rubio y el gobernador veracruzano Adalberto Tejeda, no mostraban amistad entre sí, sus diferencias políticas los colocó como rivales; la nueva ley en contra de la Iglesia preocupaba al presidente y mostró su desacuerdo al gobernador, debido a su radicalidad, Ortiz Rubio informó a Tejeda que la situación política y económica que se vivía en el país le obligaba a proceder con la mayor discreción en relación al tema religioso para evitar que se alterara el orden público.237 Ortiz Rubio y Tejeda no tenían comunicación, el presidente a través del magistrado de la Suprema Corte, Manuel Padilla, se comunicaba con el gobernador y fue el intermediario entre ambos. El 17 de junio, Padilla informó a Tejeda que habló con el secretario de Gobernación, Octavio Mendoza G., donde le informó el punto de vista del presidente diciendo que estaba dispuesto a enfrentarse a cualquier desafío clerical, pero que deseaba evitar desórdenes tanto en Veracruz como en el resto del país; asimismo esperaba que el gobernador cooperara con el presidente y que la ley se modificara ligeramente.238 Tejeda se mostró firme en su decisión sobre la ley 197, le informó a Padilla para que a su vez le dijera a Ortiz Rubio, que no deseaba provocar conflictos ni exacerbar las pasiones, le informó que las religiones eran nocivas y son un instrumento de explotación,

235

GARCÍA Morales. “Fundamento constitucional…”, 1974, p. 44. Ibíd. p. 49; WILLIMAN. “El drama de la Iglesia…”, Op. Cit., 1976, p. 90. 237 ANTONIO. “El viacrucis de Julio”, 1995, p. 192. 238 WILLIMAN. “El drama de la Iglesia…”, Op. Cit., 1976, p. 91. 236

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le hizo llegar muestras de violaciones por parte del clero y copias de los mensajes de apoyo a la ley. Aunque desde un principio se postulaba en contra de la medida del gobierno veracruzano, el presidente Ortiz Rubio cedería después argumentando: “el Poder Ejecutivo Federal a mi cargo, tiene absoluto respeto por la soberanía de los estados”. Con esto Tejeda ganó terreno en el camino político y otros gobernadores del país adoptarían legislaciones similares en contra de la Iglesia.239 Por otro lado, en la ciudad de Orizaba los católicos no aceptaban la ley 197, aunque poco podían hacer ya que las autoridades municipales apoyaban al gobierno estatal, de no hacerlo serían sancionados. Un caso en Orizaba se dio a conocer el día de la promulgación de la mencionada ley, una mujer de nombre María Agripina Arenas –que padecía de sus facultades mentales–, comenzó a orar gritando en el templo de El Carmen, ocasionando que se congregara la gente, se llamó a la policía pero finalmente un familiar de esa mujer la recogió.240 Iniciaba de cuenta la crisis religiosa, el radicalismo de Tejeda y su política lograron que los templos volvieran a cerrarse, los sacerdotes tenían que ser limitados y registrarse ante un nuevo padrón. Las autoridades estatales vigilarían que la ley se cumpliera. El año de 1931 fue el inicio de un radicalismo más energético en contra del clero, donde el Estado buscaba limitarlo de la gente y utilizar otros sectores como la educación, para llevar a la población hacia el “progreso”. En 1931 había 18 “Distritos Judiciales” en el estado de Veracruz y Orizaba era cabecera, esto se mantuvo desde 1917 hasta que en 1933 aumentó a 19 distritos.241 La característica de la ley Tejeda era congregar a las poblaciones para juntar los 100,000 habitantes y así haber un sacerdote, había dudas con respecto a cuál sería la “cabecera” que serviría como referencia. Esta situación se vio en Orizaba cuando se le mandó

239

ANTONIO. “El viacrucis de Julio”, Op. Cit., p. 192; WILLIMAN. “El drama de la Iglesia…”, 1976, p. 92. AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 19 de junio de 1931, No. 402, pp. 1, 4. 241 http://www.letrasjuridicas.com/Volumenes/7/montero7.pdf (Consultado el 16 de mayo de 2015). Texto de ÁLVAREZ Montero, José Lorenzo. División territorial del Estado de Veracruz y Distritos Judiciales, 1824-2003. 240

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telegrama al gobernador para que se fijaran las poblaciones a tomar, 242 no se encontró información de que se haya contestado a ese telegrama. 3.1.1 Un nuevo enfrenamiento, el clero y el gobierno veracruzano Con la promulgación de la ley Tejeda la situación religiosa se volvería a avivar, el obispo Guízar se opuso a esta medida mientras que el gobernador se valió de los municipios para que se respetara la ley. Después de que se dio a conocer en qué consistía la Ley 197, el obispo junto con otros sacerdotes viajaron a la ciudad de México para examinar cómo podían enfrentar el anticlericalismo estatal. El sacerdote orizabeño que se mostró enérgico en contra de la ley fue Rafael Rúa, quien se caracterizó por su desempeño para combatir contra el gobierno, opinaba que aceptar la ley equivalía a cubrirse de vergüenza y prepararse para el martirio. 243 La solución de los clérigos veracruzanos que dieron en la ciudad de México fue que Guízar aceptara la disposición del gobernador y nombrara a los 13 sacerdotes que podían oficiar legalmente, así el resto lo harían secreta e ilegalmente; al parecer el Delegado Apostólico Leopoldo Ruíz y el primado Pascual Día alentaron a Guízar para que se opusiera a la ley anticlerical de Veracruz.244 La desobediencia de los sacerdotes se presentó desde la ley Calles, ejercer su ministerio en las casas fue una de las maneras que encontraron para contrarrestar la política del gobierno. Después de que se pusieron de acuerdo para la práctica de los cultos regresaron a Veracruz; por otra parte el gobierno pedía el registro de los sacerdotes para que pudieran oficiar legalmente en el territorio veracruzano, la resistencia de los prelados fue notoria debido a que no lo hicieron inmediatamente, buscaban persuadir al gobierno, sobretodo el obispo Rafael Guízar, de que derogara la ley para evitar enfrentamientos. El gobierno estatal no presentó ningún interés en razonar con el clero para eliminar la ley 197, al contrario, mostró mayor énfasis en limitarlos y para ello otorgó a la educación 242

AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-559, Exp. 262. Telegrama, del Presidente Municipal Pedro López al C. Coronel Adalberto Tejeda Gobernador del Estado, Orizaba, 23 de junio de 1931. 243 García Morales. “La oposición del clero. Sus argumentos en contra de la ley 197”, Op. Cit., 1974, p.55. 244 WILLIMAN. “El drama de la Iglesia…”, Op. Cit., 1976, pp. 94-95.

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un papel fundamental para lograrlo. Tejeda ordenó a la Dirección de Educación que indicara a los docentes de las escuelas elementales las instrucciones necesarias para erradicar “el virus religioso de las consciencias infantiles”. Lo mismo se pidió para los niveles medio superior y superior, donde el Departamento Universitario y la Escuela Normal organizaron debates, conferencias y actos culturales para erradicar a la religión.245 Aún había relaciones entre Calles y Tejeda, por lo que éste informó a aquél el 20 de junio de 1931 la situación en Veracruz, le explicó que los católicos infringían las leyes estatales y federales, que intervenían en asuntos agrarios y laborales criticando a las autoridades civiles. El presidente Pascual Ortiz Rubio mostró preocupación por la crisis veracruzana, se reunió con Rafael Guízar y le dijo que la Ley 197 fue aprobada sin el consentimiento de las autoridades federales. Ante esto, el gobernador Tejeda movilizó a los diputados federales Carlos Darío Ojeda, Luis G. Márquez y Manlio Fabio Altamirano para obtener el respaldo del Congreso de la Unión, fue por esta razón que en el mes de julio el presidente comunicó que mostraba respeto a la soberanía de los estados a través de la Constitución.246 De la misma manera en que se mantuvo firme durante la guerra cristera, el obispo Guízar siguió con su temple de no llamar al levantamiento de armas, que la mejor manera de enfrentarse al gobierno era a través de la vía legal y agotar los recursos necesarios sin llegar a la violencia, se mantenía firme en su actitud de no meterse en cuestiones políticas. Estas características que presentó el obispo fue lo que le valió que Tejeda lo respetara como un hombre de influencia, si los católicos mantenían su posición de acatar la ley el gobierno no haría nada en su contra, si llegaran a desobedecer serían sancionados. Había dos personajes centrales en esta contienda, por un lado Adalberto Tejeda Olivares, gobernador de Veracruz, que se mostraba como un líder de las ideas revolucionarias y por el otro, Rafael Guízar y Valencia, quinto obispo de Veracruz, que se representaba como un ejemplo de serenidad. Estos dos personajes llegaron a

245 246

BÁEZ. “Los aristas…”, Op. Cit., 2006, p. 269. Ibíd. pp. 271-272.

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enfrentarse, pero no con violencia ni golpes, sino de palabras, de discursos prominentes que se hacían uno al otro destacando en la situación religiosa veracruzana, uno manejaba la política y el otro la religión. La situación que empezaba en Veracruz hizo que el obispo se dirigiera al alto clero de México para saber cómo proceder, estos mostraron su descontento ante la ley 197 y Guízar les comunicó lo siguiente: Diga usted a todos mis sacerdotes que si las autoridades cívicas le impiden el ejercicio de su ministerio, que no ejerzan; y que permanezcan al cuidado de las iglesias y las casas curales que les tienen encomendadas la Secretaría de Hacienda y la de Gobernación. Pueden los católicos y los sacerdotes pedir amparo. Yo no designo a ninguno para el ejercicio del ministerio sagrado, supuesto que la vigencia de la ley hace que sea imposible en esa forma atender a los católicos.247

Como lo había dicho Guízar, el recurso legal era el camino hacia una solución, el alto clero apoyó esta medida como resistencia por parte de los católicos. Los principales estados antirreligiosos eran Tabasco y Veracruz, situación que fue criticada por el Delegado Apostólico Leopoldo Ruíz y Flores, de igual manera no aceptaba la reducción de los sacerdotes y enunció: Es del dominio público que la base general sobre la que se dio principio a los arreglos que permitieron la reanudación del culto en los templos, fue la mutua buena voluntad por parte del Gobierno y de la Iglesia. Esta llevó a cabo su condescendencia hasta donde su conciencia se lo permitía, a juicio de su suprema autoridad; y si se resolvió reanudar el culto de acuerdo con las leyes, fue porque, entre otras declaraciones, se ofreció solemnemente interpretar y practicar esas mismas leyes dentro de un espíritu amistoso y no sectario. Desgraciadamente se han prestado muchos casos en que de esa voluntad se ha demostrado todo lo contrario; esta Delegación Apostólica ha preferido callar ante el público y no gestionar el remedio oficialmente, sino en lo privado, demostrando con esa conducta que la Iglesia quiere dar pruebas de su buena voluntad, apresurando así, si es posible, el día en que reine una verdadera concordia y evitar agraviar los ánimos. Es de lamentar que algunas autoridades locales, no teniendo en cuenta ese espíritu de buena voluntad, y guiadas por su espíritu de sectarismo injurioso a los católicos y el menos propio para crear la necesaria concordia, hayan dado ejemplos tan tristes de intolerancia y hostilidad. Nos referimos a los Gobernantes de Tabasco y Veracruz, el primero de los cuales, con una tenacidad digna de mejor causa, ha impedido durante varios años el que pudiera haberse reanudado el culto en aquel Estado y ha cometido multitud de atropellos de los cuales ha dado cuenta la prensa, con verdadera violación de los derechos ciudadanos más sagrados que están reconocidos en la misma Constitución. Y en cuanto al gobierno de Veracruz, patente es la violación imposibilitando a los católicos de aquel Estado a practicar su religión y alegando motivos injuriosos a la Iglesia Católica. Patentes es la violación a la Constitución la cual manda que el fijarse el número de sacerdotes, será el necesario para cada lugar; y patente es el desprecio a la Circular de Gobernación Número 33, que recordaba esto mismo a los Gobiernos de los Estados, precisamente con el fin de favorecer la Reforma 247

Periódico El Dictamen de Veracruz, 20 de junio de 1931, No. 8416, citado en GARCÍA Morales. “La oposición del clero…”, Op. Cit., 1974, p. 62.

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de las leyes expedidas el año 1926. No creo que tenga ninguna autoridad civil el derecho de injuriar la religión que profesa la religión que profesa la mayoría de los habitantes de la República; el deber de las autoridades es respetar los derechos católicos. Rogamos a todos los católicos que ante todo, ofrezcan oraciones con qué alcanzar de Dios el remedio y en segundo lugar, que, mancomunados con los afligidos católicos de los estados de Tabasco y Veracruz presenten, en cumplimiento de su deber numerosas peticiones al Gobierno Federal, para que haga justicia en asunto de tanta importancia. Eso servirá de mayor estímulo y preparación para unirnos al presentar nuestra petición de la reforma a la Constitución. 248

Los acuerdos del 29 fueron nulos, tanto el clero como el gobierno se acusaban entre sí por no cumplirlos, este pudo ser el motivo para que los gobiernos estatales iniciaran su propia campaña anticlerical; los católicos no estuvieron de acuerdo ante estas acciones pero la radicalidad de los gobiernos imposibilitó que los fieles pugnaran por tener sus iglesias abiertas. Nuevamente se buscó el amparo para que los sacerdotes no fueran aprehendidos, el obispo Guízar fue quien los promovió a través de los abogados, pero le fue difícil debido a que muchos temían las represalias que pudiera tomar el gobernador Tejeda. El abogado Víctor Velázquez aceptó llevar los casos de los curas, ante esto, el obispo le pidió al sacerdote Rafael Rúa que entregara todos los documentos al clero veracruzano, al parecer ellos se encontraban en la ciudad de México, debido a que Rúa viajó a Orizaba y después a Xalapa por petición de Guízar para informar al cura José María Folres y al vicario Pedro Castillo el procedimiento legal que se estaba llevando a cabo.249 En Orizaba, una comisión de Damas Católicas recorrió las calles solicitando firmas para el amparo que presentarían ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra del art. 130 Constitucional en Veracruz. Sin embargo, el gobernador Tejeda ya había declarado que la derogación de la ley la podría hacer únicamente su sucesor. 250 Guízar instruía a los clérigos de su diócesis para exigir a las autoridades la orden escrita cuando se les conminara a no ejercer su ministerio, debiendo acudir de inmediato a solicitar “amparo ante la justicia federal”. Buscaron los amparos debido a que la ley 197 entraría en vigor el 25 de julio de 1931, el padre Rúa coordinó estas medidas por ser de confianza para el obispo veracruzano; los sacerdotes que recibieron amparos definitivos fueron

248

Las Noticias, Diario Libre de la Mañana, Guadalajara, Jalisco, 20 de junio de 1931, citado en GARCÍA Morales. 1974, pp. 62-65 249 GARCÍA Morales. “La oposición del clero…” Op. Cit., 1974, pp. 57-58. 250 AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 20 de junio de 1931, No. 403, pp. 1, 4.

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Rafael Rosas, Justino de la Mora, Daniel Palacios, Adalberto Landa y Darío Acosta, todos del puerto de Veracruz.251 Del mismo modo, los sacerdotes de Orizaba José María Flores, Jesús Morfin, Alfonso M. Sánchez y Antonio Sánchez buscaron el amparo en contra de la H. Legislatura, el Gobernador del Estado, el Presidente Municipal e Inspector General de Policía de Orizaba, lo solicitaron al Juez 2º. de Distrito del puerto de Veracruz, alegando que se violaban los artículos 4 y 130 constitucionales, asimismo pedían garantías ante los actos cometidos por el gobierno y días para la audiencia correspondiente.252 El amparo fue promovido y la notificación le llegó al Presidente Municipal por parte del Lic. Bartlett, pidiendo que debía esperar la resolución legal.253 La autoridad municipal orizabeña respondió que no había ordenado algún acto en contra de los sacerdotes para representar la queja, por lo que pidió al Juez que suspendiera el reclamo por ser improcedente.254 La situación entre el clero y el gobierno veracruzano hicieron que la información se cruzara, los sacerdotes alegaban que ya habían sido sentenciados por las autoridades, mientras que estos anunciaban que no habían ordenado acto alguno en contra de los clérigos, por lo que se convirtió en un vaivén de acusaciones respecto a la ley Tejeda. El juicio que los sacerdotes orizabeños pidieron se llevó a cabo en la ciudad de Veracruz, donde se dictó la resolución, en el cual ambas partes exponían sus puntos, todo giraba en torno a la ley 197; el gobierno veracruzano designó a los Licenciados Cayetano Rodríguez Beltrán, Rodolfo Chávez como representantes de la H. Legislatura y Gobernador del Estado respectivamente, por la parte quejosa se presentó el señor Rafael Rosas para oír las notificaciones únicamente del cura Flores, los actos reclamados son:

251

BÁEZ. “Los aristas…”, Op. Cit., 2006, pp. 265-266. AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Amparos. C.-919, Exp. 10. De José María Flores, Jesús Morfin, Alfonso M. Sánchez y Antonio Sánchez al Juez 2º. de Distrito de Veracruz, Orizaba, 19 de junio de 1931. 253 AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Amparos. C.-919, Exp. 10. Acta de juicio de Amparo, del Juez 2º. de Distrito en el Estado Lic. Manuel Bartlett al C. Presidente Municipal de Orizaba, Veracruz, 19 de junio de 1931. 254 AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Amparos. C.-919, Exp. 10. Del Presidente Municipal de Orizaba Pedro López al C. Juez Segundo de Distrito en el Estado, Orizaba, 22 de junio de 1931. 252

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I. La ley (197) expedida por la H. Legislatura local, restringiendo el número de sacerdotes que deberán ejercer su profesión a uno por cada cien mil habitantes que haya en el Estado. II. La promulgación de dicha ley. III. La aplicación de la misma ley por el ciudadano Gobernador del Estado, Presidente Municipal e Inspector General de Policía de Orizaba. IV. En impedirles como consecuencia de esa ley, el ejercicio de su profesión de ministros de culto católico de Orizaba. V. En proporcionarles el destierro como consecuencia de la aplicación de la propia ley. 255

Por otro lado, la H. Legislatura local informó que se expidió la ley 197 el 18 de junio publicándose en la Gaceta Oficial núm. 73, en su declaración dice: “…contrayéndome únicamente a la naturaleza y fines de la misma Ley número 197, debo significar a usted ciudadano Juez, que es verdaderamente sensible que los interponentes no hayan fundamentado e ilustrado las reglas constitucionales que dicen han sido violadas, con la espaciosa o maliciosa afirmación de que se trata de aplicar una pena inusitada a los coagraviados, como es el destierro, violación que citan y no reclaman, seguramente por la evidencia de no existir la privación del ejercicio profesional de los demandantes…” “… no pudiéndose deducir de la misma que haya existido o exista el propósito de imponer pena su ministerio por motivo de la nueva reglamentación o no…”. “No puede dejar pasar desapercibido este Poder Ejecutivo el hecho de que en la demanda los quejosos hagan la errónea apreciación de que por virtud de la ley que están reclamando como anticonstitucional, se pretenda desterrarlos del lugar de su residencia. Sobre este particular la autoridad informa se concreta a decir que rechaza enérgicamente tal imputación que estima poco meditada y más poco seria…”. 256

Mientras que el presidente de Orizaba volvió a decir en su informe lo que le había dicho al Juez, que no dictó alguna disposición en contra de los quejosos, lo mismo pasó con el Inspector de Policía de Orizaba, que no recibió órdenes de ninguna dependencia para proceder en contra de los sacerdotes o para privarlos del ejercicio de su profesión; con estas declaraciones el juzgado comprobó los actos I y II porque lo confesaron tanto la Legislatura como el Gobernador, mientras que el IV y V se lo atribuyen los quejosos a las partes acusadas, siendo estos que niegan las acusaciones al no haber ninguna prueba.257 En el juicio, se deja claro que en términos generales la expedición de una ley no perjudica a nadie, pese a que los quejosos argumentaron la ley 197 y como prueba presentaron el número de la Gaceta en que se expidió, siendo que los sacerdotes alegaron que no se cumplió con los estatutos constitucionales, debido a que la ley empezó a ejecutarse al día siguiente de haber sido aprobada, en el acta se estipula que una ley no queda perfeccionada por la simple expedición por el Poder Legislativo, sino 255

AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Amparos. C.-919, Exp. 10. Acta de resolución firmada por el Lic. Manuel Bartlett Juez Segundo de Distrito en el Estado, Veracruz, 26 de junio de 1931. 256 Ibíd. 257 Ibíd.

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cuando el Ejecutivo hace su promulgación, en este caso el gobernador Tejeda. 258 Finalmente, el juez dio a las partes implicadas una resolución: 1. Se niega a los señores José María Flores, Jesús Morfin, Alonso M. Sánchez y Antonio Sánchez, la suspensión definitiva de los actos reclamados a la Honorable Legislatura local, y a los ciudadanos Gobernador del Estado, Presidente Municipal de Orizaba de este Estado e Inspector General de Policía también de Orizaba, los cuales actos se han dejado expresados. 2. Notifíquese.259

Sin embargo, no todo quedó dicho en esta resolución, ya que para noviembre de 1931 se volvió a citar a la autoridad municipal de Orizaba para una segunda audiencia, esta vez para el 21 de marzo de 1932 ya que el suscrito no estaba del todo autorizado para dar el fallo definitivo, ante esto, el presidente de Orizaba respondió de enterado. 260 Desde que se dio a conocer la intención del gobierno veracruzano de limitar a los sacerdotes, buscaron una resistencia para lograr que la ley no fuera aprobada, el apoyo vino de los católicos y de grupos como las Damas Católicas o Caballeros de Colón. El obispo Guízar fomentó los amparos para que lo sacerdotes no fueran reprimidos de sus templos, asimismo, otra medida fue oficiar clandestinamente. Pese a los amparos, el gobierno siguió con su política desfanatizadora, el año de 1931 solo fue el inicio, al siguiente año, en la ciudad de Orizaba los templos empezarían a cerrarse. El Lic. Bartlett jugó un papel importante para los sacerdotes, era quien les promovía los amparos, tanto en el puerto de Veracruz como en Orizaba, Bartlett expidió esos documentos que salvaguardaban al sacerdote que lo solicitaba tanto en el puerto de Veracruz como en la ciudad de Orizaba, aunque también pudo haber otorgado amparos para sacerdotes de otras localidades veracruzanas, el esfuerzo del Lic. Bartlett fue tomado en cuenta por clérigos debido a que otros licenciados no habían aceptado ayudarlos.

258

Ibíd. AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Amparos. C.-919, Exp. 10. Acta de resolución firmada por el Lic. Manuel Bartlett Juez Segundo de Distrito en el Estado, Veracruz, 26 de junio de 1931; Ibíd., Resolución del amparo, del Juez 2º. de Distrito en el Estado Lic. Manuel Bartlett al C. Presidente Municipal de Orizaba, Veracruz, 27 de junio de 1931. 260 AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Amparos. C.-919, Exp. 10. Del Secretario del Juzgado Segundo del Distrito encargado del despacho por ministerio de ley Lic. Antonio Pirrón Quej al C. Presidente de Orizaba, Veracruz, 18 de noviembre de 1931; Ibíd., del Presidente Municipal de Orizaba Pedro López al C. Secretario del Juzgado Segundo de Distrito, Orizaba, 27 de noviembre de 1931. 259

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Por este motivo, los meses de junio y julio fueron difíciles para Bartlett cuando emitía una decisión relacionada con la Iglesia, se reunían grupos anticlericales manifestándose en contra de los veredictos favorables, entre los manifestantes que se identificaron se encontraron el Inspector General de Policía, Samuel Rojano; el Jefe de Comisiones de Seguridad en el Estado, Alfonso Vela; el Presidente de la Liga de Comunidades Agrarias, Manuel Almanza y el líder del Sindicato Revolucionario de Inquilinos, Herón Proal.261 Así como los sacerdotes declararon en la audiencia que anteriormente se explicó, que la ley 197 no era legal porque atentaba a las garantías y que aún no se decretaba oficialmente por parte del gobernador, Tejeda hizo lo mismo, pero ahora bajo el fundamento de que los amparos no tenían fundamento legal, debido a que la ley 197 se aprobó el 18 de junio ésta aún no se aplicaba. Asimismo alegó que no se atentaba en contra del art. 4, argumentó que debido a su “influencia moral”, los sacerdotes no tenían derecho al amparo.262 Los sacerdotes del estado de Veracruz no podían esperar, buscaron el amparo como un recurso legal. No obstante, estos se prepararon para dejar el estado durante la semana del 21 al 28 de julio si la situación no les favorecía; algunos civiles interpusieron una demanda en contra de la ley 197 porque consideraban violación al artículo 24, de los 200 amparos que se solicitaron aproximadamente, se otorgaron 10 de forma definitiva, 40 de manera provisional y 150 fueron negados; aun con los amparos, el obispo Guízar dijo a sus sacerdotes que aquél que quisiera irse podía hacerlo, el delegado apostólico Leopoldo Ruíz, apoyó esta decisión.263 Guízar y Ruíz pusieron una condición a aquellos sacerdotes que decidieron quedarse en Veracruz, que fue de abstenerse de su vocación y celebrar ritos en secreto, tanto el obispo como el delegado amonestaron a los curas que no acataban esa disposición, además les informaron que serían suspendidos sino acataban la orden. 264 La práctica de cultos se vio por varias partes del estado, su estrategia se basó en 261

WILLIMAN. “El drama de la Iglesia…”, Op. Cit., 1976, pp. 101-102Ibíd. p. 103. 263 Ibíd. pp. 99-100, 103. 264 Ibíd. p. 104. 262

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disfrazarse para pasar desapercibidos y no pernoctar en un solo lugar, aunque hubo algunos que no se movían del lugar donde vivían y en su domicilio efectuaban el culto, como en Xalapa y Orizaba. El obispo presentó una rectificación en forma de carta pastoral el 4 de julio de 1931: 1. Los clérigos deberían continuar sus funciones como tales ignorando la reciente ley. 2. Que si las autoridades estatales o municipales les ordenaban lo contrario, exigieran una copia escrita para que fuera presentada ante el Tribunal Federal como apoyo de una queja (y que hicieran una copia para los archivos diocesanos). 3. Que si las circunstancias evitaban la celebración de servicios religiosos en una determinada localidad, los clérigos deberían mantener las iglesias abiertas, ya que la Secretaría de Hacienda de manera automática asumiría el control directo de los templos que estuvieran cerrados. 265

En ese documento, Guízar expresaba su firmeza ante la ley. A pesar de esto el gobierno de Veracruz expidió el 10 de julio una carta a cada sacerdote en el estado diciendo que debían de ser 13 los que podían oficiar, tenían hasta el 21 de ese mes haber decidido quienes serían los que ejercerían el culto y cuáles eran los funcionarios municipales que deberían recibir una carta que explicara sus intenciones para tal efecto, pese a las suplicas del obispo no pudo convencer al gobernador de desistir.266

3.2 Tiempos difíciles en el segundo semestre de 1931, crisis e incertidumbre entre el clero y el gobierno de Veracruz Después de que se aprobara la Ley 197 el 18 de junio, hubo protestas por parte de los católicos aunque el gobierno siguió con su plan de hacer cumplir esta nueva disposición una vez que entrara en vigor. Sin embargo, hubo quejas por algunos feligreses debido a que dicha ley entró antes de lo planeado, pidiendo que ésta se derogara o que interviniera el gobernador para actuar conforme la ley. Por otro lado, Tejeda rechazó los amparos que los sacerdotes buscaron. En los meses que siguieron después de que se aprobó la ley de cultos en Veracruz, hubo movilizaciones de los sacerdotes, quienes buscaron el apoyo del Procurador de Justicia de la Nación, el Ministro de Gobernación y el Juez Segundo de Distrito, Manuel Bartlett, fue éste quien concedió algunos amparos provisionales para los 54 sacerdotes 265 266

WILLIMAN. “El drama de la Iglesia…”, Op. Cit., 1976, pp. 97-98. Ibíd. p. 98.

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que oficiaban en ese año. El cura José M. Flores dijo en una entrevista al periódico Los Sucesos que obedecerían a la ley, por obediencia y no por rebeldía, pero aun así recibieron una orden procedente de la Sagrada Mitra firmado por el Vicario General que en los templos debían de efectuarse los cultos.267 La incertidumbre se apoderó de los sacerdotes orizabeños cuando se les negó la suspensión definitiva a sus compañeros del puerto de Veracruz, los curas Rafael Rosas, Justino de la Mora, Daniel Palacios, Alberto Landa y Darío Acosta, que también solicitaron el amparo ante al Lic. Bartlett, en respuesta a este fallo los sacerdotes porteños pidieron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la revisión y fue ésta quien tuvo la última palabra, no solo con los curas del puerto sino con toda la entidad veracruzana.268 Esto llevó a que la Secretaría de Gobernación interviniera, la cual dijo mediante su subsecretario que se estaba llevando un diálogo para arreglar la situación que se vivía en el estado de Veracruz respecto a la reglamentación del art. 130. Además, se plasmó que esta medida afectaba las garantías y la Federación sólo podía legislar en esta materia, se explicó que si los amparos fallaron fue porque se precipitaron al solicitarlos antes de que la ley se aplicara y por consiguiente era motivo de negárseles; asimismo se dice: “Ninguna autoridad en el Estado puede aplicar, constitucionalmente esa ley, porque la Constitución dice que la Federación será la única y que podrá conceder derecho a las Legislaturas, para legislar en la materia, indicando como auxiliares y de acuerdo con las necesidades locales el número de sacerdotes que puedan ejercer, ya que toca a la Secretaría de Gobernación, de acuerdo con esas necesidades señaladas por las Legislaturas, reglamentar cómo y en dónde habrán de ejercer esos sacerdotes pues en la nueva ley señalan uno por cada cien mil habitantes, pero le falta reglamentación donde indique cual es el lugar en que deben oficiar, sin en Veracruz, Córdoba, Orizaba o Jalapa.”. 269

La situación de dónde podrían ejercer los sacerdotes era lo que tenía inquietos a los católicos, pero además estaban pendientes de cuáles eran las noticias de la época debido a que el Gobierno Federal estaba inmiscuido en el asunto religioso veracruzano, a pesar de que anteriormente había declarado respetar el gobierno estatal, seguía teniendo participación debido a que los feligreses buscaban a la autoridad Federal. Esos días pudieron haber sido tensos para los devotos como para los políticos de Veracruz.

267

AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 21 de junio de 1931, No. 404, pp. 1, 6. AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 26 de junio de 1931, No. 408, pp. 1, 4. 269 Ibíd. Orizaba, 27 de junio de 1931, No. 409, pp. 1, 4. 268

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El padre Rafael Rúa se encontraba en Huatusco entregando amparos, pidió a los católicos que se opusieran a la ley e hicieran propaganda católica y hacer comités para que estuvieran preparados en caso de enfrentamientos armados. En Huatusco también hubo problemas porque el 13 de junio hieren de muerte al padre José Cano y después de su sepelio los católicos se congregaron en la plaza a gritar “¡Abajo el mal gobierno!”, “¡Mera Tejeda!” y “¡Viva Cristo Rey!”. La policía llegó al lugar y hubo fuego cruzado, el tumulto terminó con muertes entre ambos bandos y el saqueo de la oficina de la liga agraria local.270 Durante el cortejo fúnebre del sacerdote Cano, el 20 de junio, hubo enfrentamientos entre católicos y representantes municipales, mueren el Comandante de la Policía Ricardo Ramírez, un policía y el representante del Sindicato de Obreros Panaderos y cuatro miembros; de los católicos el saldo fue de tres muertos y quince heridos, los feligreses queman las oficinas del sindicato, repican las campanas y marchan sobre las calles.271 Este fue un enfrentamiento que se llevó a cabo en la parte central de Veracruz, lo cual delataba que la crisis política-religiosa se encontraba sensible debido a la división de quienes estaban en contra o a favor de la ley reglamentaria. El zafarrancho que ocurrió en Huatusco evidenció que los problemas se encontraban latentes, no había tolerancia hacia los católicos y estos no esperarían la medida legal por lo que tomaron acciones por su propia mano para frenar lo que ellos llamaban “abuso del gobierno”. Sin embargo, este enfrentamiento no fue el único que se presentó, durante los años en que la crisis religiosa estuvo en Veracruz se suscitaron más, como en Tierra Blanca, Santiago Tuxtla y Rodríguez Clara, donde se descarrilaron trenes en 1934, así como escaramuzas en la Antigua, Salmoral, Villa Cardel, Orizaba y Córdoba. Félix Báez describe que Guízar no tuvo nada que ver con esos duelos, sino que fue Rúa quien formo

270

GARCÍA Morales. “Levantamientos cristeros. Circular del Gobernador a los sacerdotes”, Op. Cit., 1974, pp. 71-72; WILLIMAN. “El drama de la Iglesia…”, Op. Cit., 1976, pp. 106-108. 271 AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 27 de junio de 1931, No. 409, pp. 1, 3.

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parte de esos movimientos, poco a poco el padre orizabeño tomaba presencia, fue el obispo Guíaz quien trató de impedir el levantamiento en Huatusco y sus alrededores. 272 Asimismo, el obispo Rafael Guízar buscaba una solución sin llegar a enfrentamientos violentos, por lo que días antes de que la ley 197 entrara en vigor le envió una súplica al gobernador Tejeda para que se retractara de la ley: Este procedimiento es injusto y opuesto a la más sagrada voluntad de Dios; es un ataque a la sagrada libertad de la humanidad y esclaviza a un pueblo entero, sin siquiera redundar en el beneficio de la nación; a cuyo nombre, yo le suplico una vez más que no aplique tan lamentable ley en contra de nosotros.273

Resulta interesante la posición del obispo veracruzano ante la situación que se vivía, puesto él había aprobado que los sacerdotes que se quedaban en el estado podían ejercer el culto de manera clandestina; esto demuestra su hábil hazaña de enfrentar al gobierno, porque de frente ante la política mostraba que hacía todo conforme a la ley. Pero esto no le evitó enfrentamientos directos con el gobernador Tejeda; no obstante el gobernador siguió con la intención de efectuar la ley a partir del 25 de julio. Sin embargo, la crisis se agudizó más cuando el gobernador Adalberto Tejeda sufrió un atentado el sábado 25 de julio de 1931 –día en que la Ley 197 entró en vigor– por un fanático religioso, ocasionando que tres días después los servicios religiosos fueran suspendidos. El altercado ocurrió alrededor de las 03:00 p.m. cuando Tejeda salía del palacio de gobierno en compañía del secretario de gobernación, Gonzalo Vázquez Vela; el Presidente de la Junta de Administración Civil de Xalapa, Agapito Barranco; Enrique Díaz Mirón, un sobrino del poeta Salvador; el ex diputado Adolfo Montiel y un ayudante, Antonio Ávila.274 El desconocido abrió fuego hacia el gobernador y éste respondió de la misma forma hiriéndolo y cayendo al suelo, inmediatamente el personal que se encontraba cerca del palacio lo registraron y sólo se encontraron algunos artículos religiosos, no dio su nombre y afirmó haber actuado solo. Fue atendido por médicos y una multitud compuesta por agraristas, empleados y ciudadanos se reunieron enfrente del palacio expresando

272

BÁEZ. Los aristas…”, Op. Cit., 2006, pp.307-309. Guízar a Tejeda, 23 de julio de 1931 en WILLIMAN. “EL drama de la iglesia…”, pp. 98-99. 274 WILLIMAN. “¿Persecución o fanatismo?”, Op. Cit., 1976, p. 110. 273

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mediante gritos saludos al gobernador. Tejeda proclamó un discurso ante los presentes en el que les informaba que no incitaba la violencia y que el clero no detendrá nunca su campaña de desfanatización, afirmó que si los asesinos lo abatían, otros tomarían su lugar.275 Del mismo modo, otras dependencias municipales repudiaron el atentado que sufrió el gobernador, expresando el apoyo a éste; como fue el caso de las autoridades municipales de Orizaba, que al día siguiente del crimen le enviaron un telegrama en donde protestaban por el acto cometido y manifestaron que combatirían a los clericales enemigos de la revolución.276 La lucha en contra del clero se enfatizó después del ataque que sufrió Tejeda, provocando que hubiera represalias en contra de los católicos. El atacante del gobernador murió el 27 de julio, su cuerpo fue expuesto en el parque Juárez y reconocido por dos mujeres estudiantes de la Escuela Normal –debido a que se desconocía su verdadero nombre puesto que utilizó uno falso–, lo identificaron como José Ramírez Frías originario de Santa Rosa (Cd. Mendoza). Días después, el 6 de agosto, agentes federales junto con la policía de Orizaba dirigida por Juan C. Gómez, arrestaron a la madre de José (Manuela Frías), así como a su tío Manuel Frías y sus hermanos Vicente y Socorro Ramírez, quienes junto con otros sospechosos fueron trasladados a la Xalapa, la situación de los detenidos se agravó cuando encontraron una carta del obispo Guízar donde autorizaba que su domicilio funcionara como depósito de las limosnas del seminario.277 El gobierno veracruzano hizo que se buscaran a los culpables del atentado, debido a que cuestionaron la confesión de José Frías de haber actuado solo, cuando se arrestan sus familiares y encontraron la carta de Guízar concluyeron que habría más implicados en delito por lo que se empieza una búsqueda de los otros autores. Para ese momento ya tenían sospechas de que el padre Rafael Rúa estaba implicado debido a que

275

Ibíd. p. 111. AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia. C.-559, Exp. 262. Telegrama, del Presidente Municipal Pedro López al C. Gral. Adalberto Tejeda Gobernador del Estado, Orizaba, 26 de julio de 1931. 277 WILLIMAN. “¿Persecución o fanatismo?”, Op. Cit., 1976, pp. 119-121. 276

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entregaba los amparos por la zona central de Veracruz, asimismo arrestaron a los representantes católicos de la ciudad de Orizaba al considerarlos cómplices. Sin embargo, en los expedientes se muestra que la detención de las personas no fue el 6 sino el 7 de agosto. Para arrestar a los “cómplices” del atentado se giró un telegrama a las autoridades de Orizaba, exponiendo que con base al artículo 16 y 21 constitucionales deberían de ser arrestados los señores Gustavo Sota, Ernesto Galland, Agustín Aguilar Muñoz, Alberto Vargas, Ángel (de) la Vega, Manuela Frías, Vicente Frías Ramírez, Nieves Frías Ramírez; porque debido a la pena que se les imputa la sanción es de dos años de prisión.278 Independientemente de los familiares del occiso José Frías, no se encontró cuál es la relación de la familia con los otros individuos, aunque se sabe que eran devotos católicos. La disposición de que las personas anteriormente mencionadas fueran arrestadas fue aprobada por las autoridades del ministerio público de la ciudad de Xalapa, de esa manera se haría la averiguación respectiva de los hechos en contra del gobernador, todo se basaba en el atentado y como prueba estaba el cuerpo de José Frías. Así, en cuanto fueran arrestados los trasladaran a Xalapa para su juicio, no sin antes haberles dado una filiación de las características de los sospechosos, así como su dirección.279 Los arrestos en Orizaba fueron en la madrugada del 8 de agosto, cuando se le dio orden a la policía de esa ciudad para aprender a Gustavo Sota, Ernesto Galland, Agustín Aguilar Muñoz; por otra parte y según el expediente, se muestra que Manuela Frías, Vicente y Nieves Frías Ramírez, fueron arrestados el mismo día que los mencionados anteriormente, por lo que fueron dispuestos ante a las autoridades y abordados en el primer tren matutino rumbo a Xalapa para proseguir con su detención.280 El mismo 8 de agosto, las autoridades policiacas de Xalapa informaron al presidente de Orizaba que los detenidos habían llegado y puestos a disposición del Juez de 1ª. Instancia de ese Distrito Judicial, sin embargo, llama la atención que aparecen 278

AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Orden de aprehensión. C.-920, Exp. 37. Telegrama, del Juez de 1ª. Instancia Juan N. Garrido al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa, 07 de agosto de 1931. 279 AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Orden de aprehensión. C.-920, Exp. 37. Telegrama, del Juez de 1ª. Instancia Juan N. Garrido al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa, 07 de agosto de 1931. 280 Ibíd. Telegrama, del Presidente Municipal Jesús Ponce al Juez de 1ª. Instancia, Orizaba, 8 de agosto de 1931.

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otros nombres: Ricardo Islas, Alberto de la Llave y Jesús Ramírez, 281 ellos junto con los demás fueron procesados por el atentado al gobernador Tejeda. El presidente de Orizaba envió una comisión para que siguieran el proceso de los detenidos.282 Indudablemente, la detención de estas personas causó furor en la prensa, hubo ciertas discrepancias debido a que en el periódico Ortiguilla de la ciudad de Xalapa se publicó lo siguiente: “En la ciudad de Orizaba las Autoridades Municipales protegen a los curas”. Esta publicación ocasionó el descontento del presidente de Orizaba, por lo que pide al director de El Dictamen que esa nota sea aclarada para el conocimiento del público, aludiendo que su posición revolucionaria está bien definida, asimismo pidió apoyo a otros Ayuntamientos para secundar la protesta ante el periódico. 283 El diario xalapeño se valió de una declaración que dijo Vicente Lombardo Toledano: “hay que rehabilitar los valores espirituales, respetando toda clase de creencias, para que dentro del patriotismo, colaboremos con la reconstrucción nacional…”, esta interpretación se dio porque Lombardo Toledano es un líder sindical y Orizaba representa a una ciudad fabril de gran importancia para el país; de esa manera supusieron que el alcalde Pedro López daba garantías a los curas. 284 En ese mismo periódico, se dio a conocer que los detenidos procedían de Orizaba, pero además se describía que José Frías había confesado quiénes habían confabulado con él, pero para no estropear la investigación las autoridades acordaron no decir nada, así como de que se encontraron documentos firmados por el obispo Guízar. Además de que había nueve sacerdotes escondidos en Orizaba.285 Mientras seguía el proceso en contra de los acusados, se vio que otro fundamento para su detención fue que se logró averiguar que José Frías Ramírez mantuvo contacto

281

AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Orden de aprehensión. C.-920, Exp. 37. De Inspector General de Policía Ernesto M. al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa, 08 de agosto de 1931. 282 AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Orden de aprehensión. C.-920, Exp. 37. Telegrama, del Presidente Municipal Pedro López al C. Gobernador Adalberto Tejeda, Orizaba, 11 de agosto de 1931; Ibíd., del Presidente Municipal Pedro López al C. Lic. Rodolfo Chávez Procurador General de Justicia del Estado, Orizaba, 11 de agosto de 1931. 283 AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Orden de aprehensión. C.-920, Exp. 37. De Pedro López a Juan Malpica Silva Director de El Dictamen, Orizaba, 11 de agosto de 1931. 284 AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Orden de aprehensión. C.-920, Exp. 37. Fragmento del periódico Ortiguilla. 285 AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Orden de aprehensión. C.-920, Exp. 37. Periódico Ortiguilla, Orizaba, 9 de agosto de 1931, No. 15, pp. 1, 4.

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días antes con las personas anteriormente dichas, así como otras personas que se desconocen, las reuniones eran en su casa junto con su familia; esta información era intercambiada entre el Juez Garrido, el presidente de Orizaba y el Inspector de Policía de la misma ciudad para seguir con el orden de la detención.286 Las investigaciones en Orizaba y sus alrededores, concretamente en Santa Rosa, siguieron por varios días, las autoridades de la ciudad buscaban a aquellos que instigaron el ataque al gobernador por lo que su pista a seguir fue el de la reunión en casa de los Frías Ramírez. También buscaban a sacerdotes o similares que fueran sospechosos, se dio la noticia de que la policía arrestó a los seminaristas Gabriel Sánchez, Othón Godínez y Erasmo Ponce, enviados a la cárcel de la ciudad de Orizaba a esperar su proceso bajo la acusación de complicidad por el atentado que sufrió el gobernador días antes, se les interrogaría para que diera parte de los hechos.287 Los acusados presentaron un amparo ante la ley, por lo que nuevamente se pidió al Lic. Manuel Bartlett que tomara el caso de los civiles detenidos acusados por el ataque al gobernador Tejeda, para el cumplimiento de esta medida retomaron los artículos 14 y 16 constitucionales por haber sido detenidos injustamente, así lo expresó el Lic. Agustín Aguilar que presentó la demanda a favor de sus hijos Ricardo y Luis; ante esto, el alcalde de Orizaba respondió que no había dado orden de arrestarlos.288 Al parecer, el Lic. Agustín Aguilar temía por la vida de sus hijos, por lo que estipula que estos debían de permanecer en la cárcel y a disposición del juzgado de Orizaba, para garantizar su seguridad y no ser privados de sus vidas, posteriormente el alcalde

286

AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Orden de aprehensión. C.-920, Exp. 37. Del Juez de 1ª. Instancia Juan N. Garrido al Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa, 8 de agosto de 1931; Ibíd., del Presidente Municipal Pedro López al C. Inspector de Policía, Orizaba, 12 de agosto de 1931. 287 AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Orden de aprehensión. C.-920, Exp. 37. Del Inspector de Policía Eulalio Martínez al C. Presidente Municipal, Orizaba, 11 de agosto de 1931. 288 AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Amparo. C.-920, Exp. 27. Telegrama, del Lic. Agustín Aguilar al Juez 2º. de Distrito de Veracruz, Orizaba, 6 de agosto de 1931; Ibíd., del Lic. Manuel Bartlett al C. Presidente Municipal de Orizaba, Veracruz, 6 de agosto de 1931; Ibíd., del Presidente Municipal Jesús Ponce al C. Juez 2º. de Distrito de Veracruz, Orizaba, 7 de agosto de 1931.

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acusa de recibido para proceder con lo estipulado.289 Con esta medida del Lic. Aguilar trató de “defender” a sus hijos de la misma acusación que se le imputó. De la misma manera, la esposa del Lic. Aguilar –Esther Carrillo– promovió un amparo para su esposo, pidiendo su libertad absoluta y en contra de las autoridades de Orizaba para proceder con el cumplimiento de la ley.290 Sin embargo el amparo no podía proceder puesto que Aguilar ya se encontraba en la ciudad de Xalapa; días después se da la resolución de que el Lic. Aguilar fuera puesto en libertad el 12 de agosto, lo que le fue notificado al presidente Jesús Ponce.291 Ernesto Galland fue otro al que se le interpuso un amparo, fue por parte de su hijo Francisco Galland el mismo día que el de los Aguilar.292 Ernesto sufrió el mismo percance que Agustín, el ser trasladados a la ciudad de Xalapa por ser sospechosos de un delito del orden común.293 El Juez Juan N. Garrido ordenó la liberación de los detenidos el 11 de agosto, a excepción de uno que siguió siendo interrogado; para que los detenidos fueran procesados se hizo una averiguación previa, como estrategia las autoridades decidieron no decir nada para no alertar a los cómplices, el cuerpo de José Frías fue identificado por el alcalde de Orizaba, Pedro López, además se descubrió que estuvo en el seminario de Veracruz entre 1924 y 1927. En una declaración por su hermana se vio que mantenía contacto con el padre Rafael Rúa y que había saldo de Santa Rosa el 23 de julio, por lo

289

AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Amparo. C.-920, Exp. 27. Acta de juicio de amparo, del Juez 2º. de Distrito en el Estado Lic. Manuel Bartlett al C. Presidente Municipal de Orizaba, Veracruz, 6 de agosto de 1931; Ibíd., telegrama, del Lic. Manuel Bartlett al C. Presidente Municipal de Orizaba, Veracruz, 6 de agosto de 1931; Ibíd., del Presidente Municipal al C. Juez 2º. de Distrito, Orizaba, 8 de agosto de 1931. 290 AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Amparo. C.-920, Exp. 27. Acta de juicio de amparo, del Juez 2º. de Distrito en el Estado Lic. Manuel Bartlett al C. Presidente Municipal de Orizaba, Veracruz 6 de agosto de 1931; Ibíd., telegrama, del Lic. Manuel Bartlett al Presidente Municipal de Orizaba, Veracruz, 6 de agosto de 1931. 291 AMO. Ramo Justicia, Juzgados, Amparo. C.-920, Exp. 27. Del Presidente Municipal Jesús Ponce al C. Juez 2º. de Distrito, Orizaba, 8 de agosto de 1931; Ibíd., acta de resolución, del Juez 2º. de Distrito en el Estado, Manuel Bartlett, Veracruz, 19 de agosto de 1931; Ibíd., del Juez 2º. de Distrito Manuel Bartlett al C. Presidente Municipal de Orizaba, Veracruz, 19 de agosto de 1931. 292 AMO, Ramo Justicia, Juzgados, Amparo. C.-919, Exp. 12. Telegrama, de Francisco Galland al Juez 2º. de Distrito, Orizaba, 6 de agosto de 1931; Ibíd., Acta de juicio de amparo, del Juez 2º. de Distrito en el Estado Lic. Manuel Bartlett, Veracruz, 8 de agosto de 1931. 293 AMO, Ramo Justicia, Juzgados, Amparo. C.-919, Exp. 12. Del Presidente Municipal Pedro López al C. Juez 2º. de Distrito, Orizaba, 11 de agosto de 1931.

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que se pensó que fue éste quien le dijo que matara al gobernador; de esta manera se expide una orden de detención en contra del sacerdote Rúa.294 Ante la amenaza de ser detenido, el padre Rúa huye del estado de Veracruz para eludir a las autoridades que lo buscaban, primero llegó a la ciudad de México y posteriormente se trasladó a Estados Unidos. El padre Rúa se convirtió en uno de los sacerdotes más requeridos por las autoridades y pese a nunca ser detenido se rumoraba que oficiaba clandestinamente en Córdoba y Orizaba, así como otras partes de la zona central de Veracruz, por más que se nombraron a varios agentes nunca pudo ser aprehendido para ser procesado ante la ley.295 Los sacerdotes que se escondían recibieron ayuda de los católicos así como de sus colegas de otros estados, en este caso Puebla, dado que Guízar pidió apoyo al obispo de aquél estado. Para el caso de Orizaba, ya no sólo era el obispo veracruzano una figura central ante la situación religiosa, sino también Rúa, que oriundo de la ciudad llegó a profesar su ministerio, además se sabía que tenía contacto con todas las clases sociales de la población por lo que era bien recibido por los feligreses del valle. Rafael Rúa representaba un liderazgo en ciertos sacerdotes de Veracruz y además se convirtió en un prominente personaje de la sociedad orizabeña. Ante esto, el líder obrero Daniel Sierra no creyó que Rúa fuera autor intelectual del atentado contra Tejeda. Para los años siguientes al cierre de templos en Orizaba, Rúa se mantenía como un personaje principal ante las autoridades estatales y municipales, debido a que –según Félix Báez– benefició a los trabajadores del valle, destacando como un discípulo fiel a Rafael Guízar.296 La idea de llevar acabo un congreso anticlerical estuvo presente, como se dijo anteriormente, se buscó uno en Veracruz en donde asistirían todos los anticlericales que existían en el estado. La intención del congreso era hacer una campaña enérgica y efectiva para llevar a cabo la total “desfanatización” del pueblo veracruzano, además de

294

WILLIMAN, “¿Persecución o fanatismo?”, Op. Cit., 1976, pp. 121-122. GARCÍA Morales. “Vigorización de la campaña anticlerical”, Op. Cit., 1974, p. 105; WILLIMAN. Ibíd., p. 123. 296 BÁEZ. “Los aristas…”, Op. Cit., 2006, p. 310. 295

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pedir al Congreso de la Unión reformas que garanticen al pueblo una liberación de la fe católica; la sede sería en Xalapa para fines de año o inicios de 1932.297 La prensa fue el medio por el que se daban a conocer las posturas en que se encontraban tanto los católicos como los políticos, en el Semanario Juventud se expresaban las intenciones de por qué la religión tenía que ser desplazada del pueblo, del mismo modo los católicos mostraban su actitud explicando que si se apoyaba a la educación laica era como si “Judas” estuviera traicionando de nuevo a “Jesús” por entregar los niños al Estado. El escenario cambió a las escuelas, donde el gobierno veracruzano puso énfasis para iniciar con su campaña anticlerical, algunos profesores apoyaron esta acción mientras que otros no, en el puerto de Veracruz fue cesada de su cargo la profesora Guadalupe Policante que trabajaba en la escuela primara “Francisco J. Clavijero” por haberse negado a secundar la campaña de desfanatización.298 La URA desarrollaría el Congreso Anticlerical en el Estado en diciembre de 1931, el tema principal sería la educación, se elaboraba un proyecto por parte de profesores anticlericales el cual sustituiría la escuela laica de ese momento, porque consideraban que era tiempo de una nueva, que denominaron escuela “Proletaria”, que representaban las exigencias actuales. Después de éste Congreso, se llevaría a cabo el Congreso Pedagógico y ahí explicarían los pasos necesarios para realizar las encomiendas a la educación contra el clero para “liberar” a los niños; para llevar a cabo la escuela Proletaria, la URA sugería modificar el artículo 3º. Constitucional.299 La educación fue otro de los medios que utilizó para combatir a la religión, se impulsó a la Normal Veracruzana y se crearon otras Normales Regionales para incrementar el número de maestros; el gobernador pensaba que la educación debía ser capaz de sentir y de pensar con las clases laborantes.300 Ante las adversidades que vivían los católicos, declaraban que los fanáticos son los revolucionarios, considerados menos

297

AMO-Hemeroteca. Semanario Nacionalista de Información Juventud, Orizaba, 24 de septiembre de 1931, No. 1, pp. 1, 6. 298 Ibíd., pp. 2-5. 299 AMO-Hemeroteca. Semanario Nacionalista de Información Juventud, Orizaba, 15 de octubre de 1931, No. 4, pp. 1, 4. 300 GARCÍA Morales. “La educación como medio de exterminio religioso. Difusión de la educación”, Op. Cit., 1974, p. 106.

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inteligentes, porque llevan un falso concepto al tiranizar al pueblo de México en nombre de la Revolución.301 Si bien la educación fue primordial durante la administración tejedista y en las siguientes, no se desarrollará este tema, sino que solamente se menciona la importancia que tuvo este rubro durante esos años; para 1932, Tejeda menciona que el primer paso hacia la tendencia desfanatizadora del pueblo fue la expedición de la ley 197. Para lograrlo, fue necesario la “liberación” del alma de las nuevas generaciones, la escuela debía abandona su posición neutral, respetar las instituciones, leyes y decretos porque en las escuelas primarias, urbanas y rurales se va elaborando un nuevo espíritu sin las trabas de la religión, poniéndola en contacto con el pensamiento de los obreros y campesinos.302 En octubre de 1931 se dio la noticia de que se reduciría el número de Diputados a la H. Legislatura del Estado de Veracruz, siendo 14 por cada cien mil habitantes, aunque en principio serían 13, casualmente el número equivalía al de los sacerdotes. Por esos mismos días y tras las elecciones los resultados anunciaron que el Partidlo Veracruzano del Trabajo, adherido al Partido Laborista, ganaron en las “tres villas” (Orizaba, Xalapa y Veracruz).303 El poder municipal fue un factor que controló Adalberto Tejeda, en cambio, no tuvo un control total en aquellos donde los obreros imperaban en la política. Además, varios representantes de la Iglesia Católica en Veracruz se encontraban en la capital del país buscando que el presidente de la República intercediera en el asunto religioso que se presentaba en aquél estado, por lo que se rumoraba que los cultos serían reanudados, esto lo afirmaba el secretario de Gobernación, Manuel C. Téllez, que se trataría el tema religioso no sólo en Veracruz sino en las otras entidades que se presentaran, siguiendo el estricto apego a la ley; algunos templos ya se encontraban

301

AMO-Hemeroteca. Semanario Nacionalista de Información Juventud, Orizaba, 15 de octubre de 1931, No. 4, pp. 3-4. 302 BLÁZQUEZ. “Informe que rinde el C. Gobernador del Estado ante la XXXIII H. Legislatura”, Op. Cit. Tomo XII, 1986, pp. 6304-6305. 303 AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 30 de octubre de 1931, No. 518, pp. 1, 4.

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cerrados, pero con las peticiones de los católicos los de Huatusco y Veracruz fueron reabiertos al culto.304 Si bien los templos fueron cerrados y algunos reabiertos, en Orizaba seguían estando al servicio de los cultos pese a la ley 197, obviamente las autoridades municipales hacían cumplir tal ley pero poco pudieron hacer ya que en diciembre se llevaron a cabo las festividades guadalupanas (conmemoración a la aparición de la Virgen de Guadalupe el 12 de diciembre). Estas celebraciones empezaron a finales de noviembre e inicios del mes siguiente con peregrinaciones, además de actos religiosos en los templos de La Concordia (dedicado a la Virgen de Guadalupe), El Carmen, San Antonio, San José y San Juan.305 Estas festividades se llevaron a cabo a pesar que el gobernador Tejeda había ordenado al presidente municipal de Orizaba de no permitir las celebraciones guadalupanas, debido a que infringían la ley de cultos, de igual manera pidió que se vigilaran los templos para que no fueran adornadas con el pabellón nacional con imágenes y adornos religiosos, ante esta petición el presidente acusó que cumpliría con la disposición gubernamental.306 No se encontraron documentos de las medidas que el gobierno orizabeño usó o si hubo detenidos para evitar las fiestas religiosas, sin embargo, periódicos de la época muestran que éstas se llevaron a cabo. El día 12 de diciembre Orizaba llevó a cabo con júbilo la fiesta guadalupana, entre los católicos estaba presente el problema religioso que atravesaban tanto el estado como el país, además los feligreses acentuaron que Guadalupe es igualdad, nacionalidad e independencia, pedían que el problema que estaba presente sobre el asunto religioso

304

AMO-Hemeroteca. Semanario Nacionalista de Información Juventud, Orizaba, 31 de octubre de 1931, No. 6, pp. 1, 4; Ibíd., Periódico Los Sucesos, Orizaba, 31 de octubre de 1931, No. 519, pp. 1, 4. 305 AMO-Hemeroteca. Semanario Nacionalista de Información Juventud, Orizaba, 06 de diciembre de 1931, No. 11, p. 2. 306 AMO. Ramo Gobierno, Presidencia Municipal, Correspondencia C.-559, Exp. 262. Telegrama, de Adalberto Tejeda al Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa, 10 de diciembre de 1931; Ibíd., Telegrama, del Presidente Municipal de Orizaba Pedro López al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 11 de diciembre de 1931.

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terminara. Días después de las festividades guadalupanas, el diputado veracruzano Luis F. Márquez presentó la iniciativa de restricción de sacerdotes en el Distrito Federal.307 Poco a poco el problema religioso iba en aumento, Chihuahua se sumaba a la ley reglamentaria de sacerdotes y en el puerto de Veracruz se pidieron las bancas de la iglesia de la Asunción para que fueran trasladadas a la biblioteca municipal; por otro lado el arzobispo de México, Pascual Días, pedía al presidente que intercediera para evitar que la ley de cultos se llevara a cabo en el Distrito Federal y en los estados del país. Esta situación puso enérgicos a los Senadores, destacando Manlio Fabio Altamirano.308 Desde que la Ley Tejeda entró en vigor la resistencia católica se hizo presente y el gobierno veracruzano junto con los municipios llevaron a cabo su cumplimiento, poco a poco la tensión crecía cuando en otros puntos de la República se llevó a cabo la misma política en contra de la Iglesia. La situación se agravó más cuando en 1932, en Veracruz, el cierre de templos comenzó a ser definitivo en todo el estado, el gobierno ya no estaba dispuesto a permitir que los católicos siguieran quebrantando la Constitución. 3.2.1 1932: el segundo cierre de templos en Orizaba En 1931 la Ley Tejeda fue tomada con hostilidad por algunos grupos católicos, mientras que por parte del gobierno veracruzano fue una medida para acabar con la religión, los enfrentamientos no pudieron evitarse. Los cierres de templos en el estado fueron poco a poco por la entidad, los primeros en cerrar fueron Córdoba, Orizaba, Veracruz y Xalapa, además debían de expulsar a los sacerdotes quedando sólo los permitidos por el estado para oficiar. Rafael Sevilla, jefe de la Hacienda Federal de Veracruz, se encargó de la conservación de los templos, así lo apunta Williman; en Orizaba y Veracruz, los funcionarios de la Secretaría de Hacienda colocaron sellos federales en las puertas que estaban cerradas, mientras que en la zona de Xalapa se levantaron inventarios en las

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AMO-Hemeroteca. Semanario Nacionalista de Información Juventud, Orizaba, 12 de diciembre de 1931, No. 12, pp. 1, 4; Ibíd., Periódico La Última Hora, Orizaba, 17 de diciembre de 1931, No. 13, p. 1 308 AMO-Hemeroteca. Periódico La Última Hora, Orizaba, 19 de diciembre de 1931, No. 15, p. 1; Ibíd., Periódico La Última Hora, Orizaba 20 de diciembre de 1931, No. 16, pp. 1, 4; Ibíd., Semanario Nacionalista de Información Juventud, Orizaba, 27 de diciembre de 1931, No. 14, pp. 1, 4.

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iglesias y los objetos fueron trasladados a la catedral, que también fue cerrada y sellada, ante esto, las juntas vecinales nuevamente jugaron un papel importante para la custodia y resguardo de los templos veracruzanos.309 Para que la campaña de Tejeda funcionara, dependía de la expulsión de los sacerdotes, a finales de 1931 lo empezaron a hacer, siendo desterrados también los obispos Nicolás Corona y Jenaro Méndez, de San Andrés Tuxtla y Papantla respectivamente, el primero se trasladó a Teziutlán y el segundo a Tehuantepec y ahí instalaron la nueva sede de sus diócesis, por lo que a pesar de estar en otros estados podían ejercer sus funciones en su jurisdicción veracruzana; para que esto funcionara el arzobispo de Puebla, Pedro Vera Zurita cedió temporalmente algunos templos de la frontera para que fueran utilizadas por el obispo Guízar. La ley 197 permitía un solo obispo para todo el estado de Veracruz.310 La ciudad de México también limitó a los sacerdotes, el 30 de diciembre de 1931 se celebró la última misa y a partir de enero los templos permanecerían cerrados, aquellos curas que no se registraron y oficiaban eran consignados ante las autoridades, el número que se designa para la capital de México fue de 25 –uno por cada 50,000 habs.–, la ley fue anunciada en el Diario Oficial el 30 de diciembre y el arzobispo Ruiz y Flores pidió al presidente Pascual Ortiz Rubio que interviniera y exhortó a los sacerdotes a buscar una medida legal; en el puerto de Veracruz se pedía una iglesia para que fuera ocupada como escuela.311 Del mismo modo que en Veracruz, los sacerdotes del D.F. buscaron el amparo bajo el alegato que se violaba el artículo 24 constitucional, además de que el arzobispo Díaz alegaba al reglamentar el número de sacerdotes los legisladores no tuvieron en cuenta las necesidades del pueblo; se entregaron seis mil amparos, siendo el Lic. Fernando I. Ramos quien los patrocinaba. La situación política en México hizo cambios en el gabinete presidencial; además, pese a que se tramitaron los amparos y hayan sido

309

WILLIMAN. “¿Persecución o fanatismo?”, Op. Cit., 1976, p. 128. WILLIMAN. “El programa de ‘desfanatización’ en Veracruz, 1931-1932”, 1976, p. 131. 311 AMO-Hemeroteca. Semanario Nacionalista de Información Juventud, Orizaba, 3 de enero de 1932, No. 15, pp. 1, 4; Ibíd., Semanario Nacionalista de Información Juventud, Orizaba, 10 de enero de 1932, No. 16, pp. 1, 4. 310

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presentados en la capital mexicana, estos fueron rechazados, por lo que se pidió a la Suprema Corte de Justicia que resuelva el conflicto.312 Por otro lado, en el estado de Veracruz la campaña desfanatizadora que empleaba el gobernador Tejeda era bien recibida por los obreros, debido a que lo tomaban como un beneficio para el proletariado veracruzano y de la Nación. La medida para erradicar estos problemas era el radicalismo que representaba Adalberto Tejeda, se apoyó que tanto en el D.F., como en otros estados del país la lucha antirreligiosa era auspiciada por la “Juventud Revolucionaria”.313 En 1932 inició una potente campaña propiciada por el gobierno del estado en contra del clero al que llamaría hipócrita. La URA en Orizaba dio su apoyo al gobernador Tejeda siendo su lema “¡Abajo el clero! Por la desfanatización del pueblo” y a gritos de “¡Abajo los ídolos de madera!” “¡Abajo las imágenes rodeadas de simbólica santidad!” “¡No más farsas!” “¡Ha llegado la edad del pensamiento y de la idea, y en ella demostraremos al pueblo que ha sido víctima eterna del engaño y la explotación!” buscaban erradicar al pueblo la religión. Se mantenían firmes ante la actitud revolucionaria y asentaban que no cesarían en su lucha hasta lograr que los sacerdotes cambiaran su misión por la de ciudadanos de bien, pedían a las iglesias como aulas para impartir la instrucción.314 Debido a que el gobierno veracruzano no cedería ante las peticiones de los feligreses de abstenerse sobre la ley de cultos, éstos decidieron volver a formar una junta vecinal por cada templo para salvaguardar los intereses de la Nación, por lo que al organizarse pidieron el permiso correspondiente al alcalde de Orizaba para permitirles tomar posesión del recinto, la respuesta del Ayuntamiento de Orizaba fue que debían dirigirse a la Secretaría de Gobernación.315 La primera junta vecinal en formarse fue la

312

AMO-Hemeroteca. Semanario Nacionalista de Información Juventud, Orizaba, 17 de enero de 1932, No. 17, pp. 1, 4; Ibíd., Semanario Nacionalista de Información Juventud, Orizaba, 24 de enero de 1932, No. 18, p. 1. 313 AMO-Hemeroteca. Periódico Pro-Paria, Orizaba, 9 de enero de 1932, No. 552, pp. 3- 4. 314 APO. S/C. Comunicado del Comité No. 7 de la Unión Revolucionaria Anticlerical (Srio. Gral. Edmundo López; Srio. del Interior Francisco Arey; Srio. del Exterior F. B. Pavón Jr.; Srio. de Actas Aurelio M. Pérez; Srio. de Finanzas Juan Gálvez), Orizaba, 9 de enero de 1932. 315 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. De la Junta Vecinal al Presidente Municipal, Orizaba, 12 de enero de 1932; Ibíd., del Presidente Municipal de Orizaba Martín Torres al C. Bernabé Polanco,

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del templo de San José de Gracia. La situación con los templos fue un poco complicada, el gobierno de Orizaba respondía que era el poder superior quien servía de disponer lo que mejor convenga.316 Se tuvo que poner atención ante la posibilidad de una rebelión liderada por Camilo Corona, a quien las autoridades llamaban “fanático religioso”, originario de Maltrata se descubrió que permanecía oculto en Orizaba y según las fuentes planeaba junto a su suegra Gumersinda Rosas y sus hijos desequilibrar el gobierno, mantenía contacto con otros personajes y pedía armamento siendo Orizaba y Maltrata los lugares de operaciones, del mismo modo llegarían más secuaces provenientes de diversos puntos del país al estado de Veracruz que pretendían derrocar el actual gobierno y las autoridades que lo secundan.317 Al ser evaluada la situación se procedió a investigar al señor Camilo Corona, la inspección de policía de Orizaba argumentó que Corona habitaba en Maltrata y muy pocas veces se veía en Orizaba, era de oficio agricultor y estaba afiliado al partido “Vicente Guerrero” que es miembro del Partido Veracruzano del Trabajo, se le dio vigilancia y se le informaría al gobernador cualquier situación.318 Nuevamente, los católicos orizabeños debían de dirigirse ante las autoridades para cualquier acontecimiento, de no hacerlo las sanciones se aplicarían dependiendo de la falta, estos iban desde permisos para algún evento hasta vigilancia de los templos.319 Para una mejor clasificación el gobierno de Veracruz pidió que se informara cuáles eran

Orizaba, 13 de enero de 1932; Ibíd., del Subsecretario de Gobierno al C. Presidente Municipal de Orizaba, JalapaEnríquez, 12 de febrero de 1932. 316 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Presidente Municipal Martín Torres al Subsecretario de Gobierno, Orizaba, 27 de febrero de 1932; Ibíd., del Gobernador al C. Secretario de Gobernación, Jalapa-Enríquez, 7 de marzo de 1932. 317 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Gobernador Adalberto Tejeda al C. Presidente Municipal de Orizaba Martín Torres, Jalapa-Enríquez, 26 de febrero de 1932. 318 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Inspector de Policía Eulalio Martínez al C. Presidente Municipal, Orizaba, 10 de marzo de 1932; Ibíd., del Presidente Municipal Martín Torres al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 23 de abril de 1932. 319 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. En el templo de Los Dolores se pidió permiso para audición de bandas de música, mismo que fue negado; en el caso de El Calvario una surada azotó a la ciudad provocando que la puerta se abriera y se pidió asegurarla nuevamente.

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los templos menos suntuosos que existían en Orizaba, el Ayuntamiento informó que estos eran: San Juan de Dios, Los Dolores, San Antonio y Santa Gertrudis. 320 Ante cualquier caso, tanto las autoridades como los particulares debían de hacer trámites correspondientes en cuanto a trámites que tuvieran que ver los templos, no necesariamente tendría que ser una misa o alguna festividad religiosa. También podrían ser trámites legales o consulta de los archivos parroquiales (sacramentos religiosos), como el que solicitó Fernando de la Llave y Blagborne para comprobar el lugar de nacimiento de Gregorio Mendizábal y ser cotejada por un notario público, para lograr esto se tenían que dirigir a las dependencias establecidas para conseguir el permiso correspondiente.321 Los permisos debían de esperar, debido a que la Oficina de Hacienda no daba fácilmente el acceso a los templos y sus anexos porque las llaves estaban en el Ayuntamiento, además de que no estaban organizadas las juntas vecinales para que se hicieran responsables de los inmuebles y así el público pudiera asistir a solicitar los documentos que requieren de los archivos parroquiales.322 Por otro lado, se presentaron más solicitudes para consultar esos archivos, la Oficina negaba esos permisos por la falta de las juntas que respondieran para proteger los bienes de la Nación, por lo que dijo a la presidencia que organizaría unas juntas relativas para que recibieran los templos y sus anexos de acuerdo a la ley en vigor.323 El asunto que se suscitó fue porque pidieron permiso para revisar los archivos parroquiales del templo de San Miguel, debido a que se tenía que comprobar un parentesco del finado Gregorio Mendizábal con los señores Fernando, Joaquín y Mariano Mendizábal así como del matrimonio Dolores Mora y Miguel Vázquez, esto por tratarse

320

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Telegrama, del Gobernador Adalberto Tejeda al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa, 15 de marzo de 1932; Ibíd., telegrama, del Presidente Martín Torres al C. Gobernador del Estado, 15 de marzo de 1932. 321 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. De la Oficina Federal de Hacienda al C. Presidente Municipal, Orizaba, 12 de marzo de 1932; Ibíd., del Presidente Municipal Martín Torres al C. Jefe de Oficina Federal de Hacienda, Orizaba, 23 de marzo de 1932. 322 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Jefe de la Oficina Maximiliano Jofre al C. Lic. Luis Salmerón, Orizaba, 12 de mayo de 1932. 323 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Secretario Municipal Agustín G. Barrios al C. Presidente Municipal, Orizaba, 9 de abril de 1932.

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de una herencia. El Lic. Salmerón pidió el permiso correspondiente al Jefe de la Oficina Federal de Hacienda pero éste informó que las llaves estaban en el Ayuntamiento, pero también debía de organizarse con la Junta Vecinal del templo en cuestión, el procedimiento tenía que ser de acuerdo a la ley porque estaba prohibido abrir los templos. Para recibir la respuesta debieron de insistir ante la Oficina, ya que la presidencia no tiene inconveniencia para no afectar a terceros.324 Para cumplir los preceptos de la ley de cultos, se basaron en la Ley Federal del 14 de junio de 1926, esos mismos lineamientos los llevó a cabo el gobernador del Estado de Veracruz. Una vez hecho esto el Ayuntamiento de Orizaba tenía que seguir las disposiciones dictadas y se comprometía a hacerlas cumplir estrictamente 325 Asimismo, se dijo que los templos tendrían que permanecer cerrados o en su defecto ocuparlos de forma discrecional de acuerdo con las necesidades del culto y dentro de las restricciones que la ley establece, para el caso de aperturas de nuevos templos se mencionó que es contraproducente, puesto que por un lado se trata de reducir por otro estarán abriendo más, por lo que queda expuesto que no se autorizará ninguna apertura ni construcción de un nuevo templo religioso.326 Aunque la Ley 197 se aplicaba, el gobernador giró un telegrama a la presidencia municipal de que en Orizaba los templos seguían abiertos por los sacristanes, pidió que se cerraran todas las iglesias a fin de evitar propaganda en contra del gobierno; tal orden fue dada por la autoridad municipal al Inspector de Policía para que se cumpliera. 327 Este fue el inicio de la clausura de los templos en la ciudad de Orizaba, si bien debían de permanecer cerrados desde el año pasado, no se había cumplido en su totalidad con la ley, por lo que bastó la orden del gobernador para cumplirla estrictamente.

324

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Lic. Luis Salmerón al C. Presidente Municipal, Orizaba, 13 de mayo de 1932; Ibíd., del Presidente Municipal Martín Torres al Lic. Luis Salmerón, Orizaba, 18 de mayo de 1932; Ibíd., del Presidente Municipal Martín Torres al C. Jede de la Oficina Federal de Hacienda, Orizaba, 23 de mayo de 1932. 325 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Circular No. 4, del Gobernador al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 21 de enero de 1932. 326 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Circular No. 20, del Subsecretario de Gobierno al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 16 de febrero de 1932. 327 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Telegrama, del gobernador A. Tejeda al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 20 de mayo de 1932; Ibíd., del Presidente Municipal Martín Torres al C. Inspector General de Policía, Orizaba, 25 de mayo de 1932.

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Para su conocimiento, el gobierno estatal pidió informe detallado de cuáles eran los templos que se ubicaban en Orizaba,328 siendo los siguientes:

Tabla 1. Templos existentes en Orizaba Templos Católicos

Templos de otras religiones

San José de Gracia, San Antonio, San Miguel, El Calvario, Santa María, El Carmen, Los Dolores, Nuestra Señora de Guadalupe (La Concordia), Santa Gertrudis, San Juan de Dios y Barrio Nuevo

La Santísima Trinidad Templo Evangelista

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Presidente Municipal Martín Torres al C. Subsecretario de Gobierno, Orizaba, 6 de junio de 1932.

El procedimiento para la clasificación de los templos fue similar al de la “Ley Calles”. Se pidió el nombre de los sacerdotes autorizados para ejercer su ministerio dentro de Veracruz, describiendo su cargo, culto y ubicación, la autoridad municipal respondió que no había ningún sacerdote puesto que los templos ya habían sido cerrados.329 Las llaves de los templos fueron entregados al presidente municipal:

Tabla 2. Entrega de llaves Templo

Llaves

El Carmen Los Dolores San Antonio San Juan de Dios San José Santa María La Concordia Santa Gertrudis Total

15 9 7 4 8 2 12 3 60

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Inspector de Policía Eulalio Martínez al C. Presidente Municipal, Orizaba, 30 de mayo de 1932.

328

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Circular No. 58, del Subsecretario de Gobierno Lic. Miguel Aguillón Guzmán al C. Presidente de la H. Corporación Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 24 de mayo de 1932. 329 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Circular No. 66, del Subsecretario de Gobierno Lic. Miguel Aguillón Guzmán al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 31 de mayo de 1932; Ibíd., del Presidente Municipal Martín Torres al C. Secretario de Gobierno, Orizaba, 9 de junio de 1932.

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En mayo se cerraron los templos en Orizaba que permanecían abiertos desde el año pasado, se negaron a nombrar a las Juntas Vecinales para hacerse cargo de estos templos y cualquier oportunidad para la apertura de cualquier templo. La presidencia cumplía con las órdenes del gobernador, por lo que el 26 de mayo a las 5 de la madrugada junto con la policía cerraron y sellaron las puertas de las iglesias Santa María, El Carmen, La Concordia, Santa Gertrudis, Los Dolores, San Juan de Dios, San José y San Antonio, quedando las llaves a disposición de la Inspección de Policía de la ciudad y posteriormente a la presidencia municipal, la noticia le fue enviada al gobernador y al Jefe de Hacienda.330 En 1931 se ordenó el cierre de los templos pero al año siguiente fueron retirados oficialmente del culto, debido a que las autoridades tenían que dar seguimiento a la situación de los templos en los años siguientes se daba constancia de que los templos permanecían cerrados:

Tabla 3. Situación de los templos en Orizaba Iglesia

Retirado del culto

Nombre del encargado

Santa María San Antonio El Carmen Los Dolores

4 de enero de 1932 19 de abril de 1932 21 de abril de 1932 24 de abril de 1932

Cayetano Flores Manuel Rodríguez Severiano Plasencia Felipe Nieva

Parroquia de Santa María de Guadalupe (La Concordia)

25 de abril de 1932

Pascal Flores

4 de mayo de 1932 4 de mayo de 1932 4 de mayo de 1932

Alberto Báez Bernabé Polanco Juan Miranda Reyes

24 de mayo de 1932

Margarito Almanza

San Juan de Dios San José de Gracia Santa Gertrudis La Asunción (Barrio Nuevo) 330

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Telegrama, del Presidente Municipal Martín Torres al C. Gobernador del Estado, Orizaba, 26 de mayo de 1932; Ibíd., del Inspector de Policía Eulalio Martínez al C. Presidente Municipal, Orizaba, 26 de mayo de 1932; Ibíd., del Presidente Municipal Martín Torres al C. Inspector de Policía, Orizaba, 27 de mayo de 1932; Ibíd., del Subsecretario de Gobierno Lic. Miguel Aguillón Guzmán al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 27 de mayo de 1932; Ibíd., del Presidente Municipal de Orizaba al C. Jefe de la Oficina Federal de Hacienda, Orizaba, 25 de mayo de 1932.

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El Calvario Parroquia de San Miguel Arcángel Tercera Orden

26 de julio de 1932

Luis Durand

19 de julio de 1932

Mariano A. López

---

---

---

Próspero Mendoza Reinaldo Ávila

La Santísimia Trinidad (Iglesia Presbiteriana)

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Informes C.-726, Exp. 3. Constancias del Ayuntamiento de Orizaba en favor de los encargados de los templos, Orizaba, 6 de enero de 1934; sobre la constancia de la entrega del templo de la Santísima Trinidad a Prospero Mendoza, Orizaba 6 de junio de 1935 y posteriormente constancia a Reinaldo Ávila, Orizaba, 22 de agosto de 1935.

Al parecer, la decisión de que se cerraran definitivamente los templos, –excepto los de San Miguel y El Calvario que se encontraban sellados por un atentado dinamitero–, fue porque no sólo iban los feligreses a practicar su culto, sino que las autoridades municipales y del gobierno estatal descubrieron que también invitaban a los feligreses a desobedecer la ley siendo incitados por algunos curas que permanecían de incógnito en la ciudad; esto fue lamentable para los católicos porque creyeron que ya no podría haber una solución..331 Los

católicos

orizabeños

pidieron

la

intervención

de

las

autoridades

correspondientes para que fueran nuevamente abiertos, basándose en que la Constitución daba garantías de practicar su religión dentro de los templos; otro argumento era que la orden no era de la autoridad Federal; para poder ejercer la ley de cultos debían de estar abiertas las iglesias para hacer adentro las prácticas religiosas y es el Gobierno Federal el único que puede ordenar sobre los bienes de la Nación; estas peticiones fueron recolectadas para dárselas a conocer a la presidencia de Orizaba.332 Para contrarrestar las acusaciones anteriores, se rindió un informe justificado donde tanto el gobierno orizabeño como el estatal se basaron en las investigaciones de que los católicos preparaban disturbios al gobierno veracruzano, por lo que tuvieron que cerrar los templos, por ello se dieron a conocer los telegramas de las sospechas del

331

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 27 de mayo de 1932, No. 698, pp. 1, 3. 332 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Subsecretario de Gobierno encargado de la Secretaría Santiago Mota Barrientos al C. Presidente Municipal de Orizaba, 17 de junio de 1932.

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gobernador así como de la orden para cerrar los templos, del mismo modo cuando el gobierno de Orizaba cumplió los mandatos.333 De acuerdo con los expedientes, los únicos templos que se entregaron a la Oficina de Hacienda por las autoridades municipales fueron San Miguel y El Calvario, tomaron posesión de los templos y sus anexos con intervención de Contraloría y de las autoridades municipales, levantaron el respectivo inventario y mientras se resolvía qué fin tendrán los templos se debieron de asignarse a una persona a cada templos de confianza y honorable que se comprometiera a cuidarlos gratuitamente, con el derecho de habitarlos. El 27 de junio se estableció que el 18 de julio se haría la entrega formal, siendo el comisionado por la Oficina de Hacienda el señor Antonio Arévalo.334 Las actas que denotaba la entrega de templos fueron el 19 de julio y 26 de julio para San Miguel y El Calvario respectivamente, en ambos casos el Síndico 2º. Anselmo Aguilar fue el representante jurídico del Ayuntamiento, Antonio Arévalo comisionado por la Oficina Federal de Hacienda para recibir los templos; una vez elaborada el acta se prosigue a hacer el inventario de cada templo para ponerlo como anexo. 335 Con el cierre de los templos todo se tenía que hacer de manera legal, es decir, cualquier situación se tenía que hacer saber a los responsables de los templos. Otro templo que fue retirado del culto fue el de Santa María bajo los mismos lineamientos que los otros dos.336 La Oficina Federal de Hacienda permitió a algunas personas de vivir en los templos con carácter de responsable, con la condición de velar por la conservación y aseo del inmueble, a continuación se muestra cómo quedó el nombramiento:

Tabla 4. Entrega de templos a personas para su cuidado y aseo Templo

Nombre

Fecha

Santa María Parroquia de San Miguel

Cayetano Flores Mariano A. López

16 de febrero de 1933 25 de marzo 1933

333

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Presidente Municipal Martín Torres al C. Gobernador del Estado de Veracruz, Orizaba, 25 de junio de 1932. 334 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Jefe de la Oficina Maximiliano Jofre al C. Presidente Municipal, Orizaba, 24 de junio de 1932; Ibíd., del Jefe de la Oficina Maximiliano Jofre al C. Presidente Municipal, Orizaba, 15 de julio de 1932. 335 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Actas de entrega de los templos San Miguel y El Calvario; Ibíd., del Síndico 2º. al C. Presidente Municipal, Orizaba, 30 de julio de 1932. 336 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Acta de entrega del templo de Santa María.

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El Calvario San Antonio Los Dolores El Carmen La Concordia San Juan de Dios San José de Gracia Santa Gertrudis Barrio Nuevo

Luis Durand Manuel Rodríguez Felipe Nieva Severiano Plascencia Pascual Flores Alberto Báez Bernabé Polanco Juan Miranda Reyes Margarito Almanza

4 de abril de 1933 19 de abril de 1933 24 de abril de 1933 24 de abril de 1933 25 de abril de 1933 4 de mayo de 1933 4 de mayo de 1933 4 de mayo de 1933 24 de mayo de 1933

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-708, Exp. 22.

Para el cumplimiento de esas disposiciones se giraban avisos entre las partes involucradas para que todo estuviera en orden, asimismo le hacían saber a los “vigilantes” de los templos que su función era salvaguardar el templo, siendo su tarea principal la de mantenerlos aseados. Así se pudo mantener un orden sobre el cuidado de las iglesias entre el gobierno y las personas nombradas para el cargo de custodio; hasta este momento las Juntas Vecinales no tenían la importancia como la vez anterior, pero algunos miembros y se optó entregarles los templos, del mismo modo se realizó el inventario a cada uno. La entrega de templos fue tan importante para el gobierno que la Oficina Federal de Hacienda en Orizaba daba seguimiento a los trámites, debido a que todos los inmuebles formaban parte del Departamento Bienes Nacionales de la Secretaría de Hacienda, ésta dependencia federal era quien procedía con la entrega de los templos a las personas encomendadas mediante las gestiones necesarias por el Ayuntamiento. Una de las peticiones fue mantener a los inmuebles libre de propaganda: En virtud de que la mayoría de las oficinas que tienen a su cargo la administración y custodia de los bienes nacionales e intervenidos, permiten que en los edificios públicos de la Federación, así como en los templos y sus anexidades, se lleve a cabo la fijación de anuncios, sin tener en cuenta que, en el primer caso, dichos edificios presentan un aspecto indecoroso, si se considera el destino que se les ha dado, y que, en el segundo, se trata de predios que deben tenerse como monumentos de gran valor artístico e histórico, dignos de conservarse, esta Dirección con apoyo en lo dispuesto por el artículo 32 del Reglamento de Oficinas Federales de Hacienda, en vigor, previene a usted que, para lo sucesivo, esa oficina a su cargo se servirá ordenar que se ejerza una estricta vigilancia a fin de que no se permita, por ningún motivo, la fijación de anuncios de cualquier índole en todo predio de los antes señalados. 337

337

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-708, Exp. 22. Circular No. 30-6-312 Dirección de Bienes Nacionales del 17 de octubre de 1929, de la Oficina Federal de Hacienda al C. Presidente Municipal, Orizaba, 6 de abril de 1933.

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En este año, también se pretendió celebrar las fiestas guadalupanas para el día 12 de diciembre, pero como la ley se cumplía en ese momento de manera más estricta, los vecinos cercanos al templo de La Concordia y de algunos barrios de Orizaba pidieron permiso desde los primeros días del mes en curso al presidente municipal para realizar las festividades religiosas, cosa que les fue negada y se les informó que para tal efecto debían de dirigirse al gobierno del Estado.338 Además, el relojero municipal Rafael Mendoza, tuvo problemas para entrar a los templos desde que las llaves fueron entregadas a miembros de las juntas, por lo que después de dirigirse a las autoridades competentes se le dio todas las facilidades para acceder a las iglesias que tuvieran relojes las veces necesarias para darles cuerda cada vez que lo necesiten.339 Un edificio que llamó la atención del gobierno estatal y federal desde la Ley Calles fue el “San Luis Gonzaga” que fungió como asilo para niños y el cual fue ocupado como cuartel de 1914 a 1917; tras ser abandonado por los militares su uso volvió a ser el mismo. Esto motivó a las autoridades de pedir informes a las autoridades de Orizaba para saber el uso actual que tiene el inmueble, por lo que si le pertenece al clero podría ser objeto de juicio de nacionalización. Entre las averiguaciones se descubrió que fue donado por el Sr- Luis González Gómez y su patrono actual es el Lic. Agustín Aguilar Muñoz; era sede de un salón de artes manuales y domésticas.340 La situación religiosa en Orizaba llegó a tal punto que para poder oficiar misas en los templos se debía de pedir permiso al presidente municipal; en cambio, de nueva cuenta el Sr. Paulino Martínez Pacheco vuelve a interferir a favor de los católicos, esta vez pide que el templo de San Miguel se abra al culto, para ello se tuvo que dirigir al 338

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-708, Exp. 22. De Mauricio Vargas, Miguel Villarello y demás firmantes al C. Presidente Municipal, Orizaba, 5 de diciembre de 1933; Ibíd., del Presidente Municipal Martín Torres a los Sres. Vargas, Villarello y demás, Orizaba, 9 de diciembre de 1933; Ibíd., de los Sres. Emilio Ramos, Zeferino García y demás firmanes al C. Presidente Municipal, Orizaba, 6 de diciembre de 1933; Ibíd., del Presidente Municipal Martín Torres a los Sres. Ramos, García y demás, Orizaba, 18 de diciembre de 1933. 339 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-708, Exp. 22. Del Regidor de Ornato S. Jaramillo al C. Presidente Municipal, Orizaba, 12 de mayo de 1933; Ibíd., del Presidente Municipal Martín Torres al C. Jefe de la Oficina Federal de Hacienda, Orizaba, 16 de mayo de 1933; Ibíd., del Jefe de la Oficina Esteban C. Sánchez a los CC. Mariano A. López, Bernabé Polanco, Alberto Báez, Orizaba, 22 de mayo de 1933. 340 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-708, Exp. 22. Del Secretario de Gobierno Francisco Salcedo Casas al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 11 de mayo de 1933; Ibíd., del Presidente Municipal al Secretario de Gobierno, Orizaba, 18 de mayo de 1933; Ibíd., del Gobernador Interino Francisco Salcedo Casas al C. Secretario de Gobernación, Jalapa-Enríquez, 26 de mayo de 1933.

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gobierno del estado y éste a su vez informó a la presidencia de Orizaba, la respuesta fue negada a Paulino diciendo que se le negaba la autorización que pedía, debido a que el edificio dependía de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a su vez del Ejecutivo Federal.341 La Oficina Federal de Hacienda dio seguimiento sobre los inmuebles de índole religioso en Orizaba, pidió informes de escuelas y hospitales que pudieran pertenecer al clero para que posteriormente se nacionalizaran, con la respectiva averiguación se informó que estos edificios se encontraban cerrados desde 1931.342 Por otro lado, se presentó una queja hacia el encargado de los relojes, puesto que en los templos de San Miguel y San José la persona dio las llaves a personas ajenas a los establecimientos y repicaron las campanas sin el consentimiento de las autoridades, por lo que advirtieron al responsable de los relojes que sería sancionado si se volvía a repetir el suceso.343 El gobierno del estado presionaba al Ayuntamiento de Orizaba para vigilar y hacer cumplir la ley de cultos para evitar que fuera violada, debido a que había recibido denuncias de que los sacerdotes estaban oficiando toda clase de actos religiosos utilizando las casas particulares de las damas de sociedad y por esto recibían grandes cantidades de dinero. Esta disposición le fue informaba a la Inspección de Policía de la ciudad para redoblar la vigilancia y sancionar a aquellos que infrinjan la ley. 344 La administración de Adalberto Tejeda estaba por terminar, a finales de 1932 dio su último informe de gobierno. Culpaba a los sacerdotes de haber violado sistemática e intencionalmente las leyes, así como de explotar al pueblo desviándolos del trabajo y robándoles el patrimonio de sus familias en épocas de depresión y aflicción económicas

341

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-708, Exp. 22. Del Subsecretario de Gobierno Santiago Mota Barrientos al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 3 de octubre de 1933; Ibíd., del Presidente Municipal Martín Torres al C. Subsecretario de Gobierno, Orizaba, 13 de octubre de 1933. 342 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 4. Se encuentran varias notas de diferentes establecimientos que requirieron investigación sobre el estado de los inmuebles. 343 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 4. Del Jefe de la Oficina Daniel Ortega Camarena al C. Presidente Municipal, Orizaba, 18 de octubre de 1935; Ibíd., del Presidente Municipal Jesús Ponce al C. Encargado de los relojes públicos, Orizaba, 30 de octubre de 1935. 344 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 4. Del Secretario de Gobierno al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 19 de octubre de 1935; Ibíd., del Presidente Municipal Jesús Ponce al C. Inspector General de Policía, Orizaba, 1 de noviembre de 1935; Ibíd., del Inspector de Policía Pablo Ayala al C. Presidente Municipal, Orizaba, 5 de noviembre de 1935.

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por recolectar fondos para construir y reconstruir capillas, iglesias o templos. Además reclamaba que la Iglesia nunca había dado un peso para ayudar a las víctimas de las catástrofes que habían conmovido a la Nación o para ayudar a los damnificados por inundaciones, epidemias, terremotos, etc.; los acusaba que a pesar de que el gobierno hace lo posible por enmendar la crisis económica el clero roba millones para reedificar la nueva Basílica del Tepeyac.345 De acuerdo con su informe, Tejeda aludía que su deber era velar por el pueblo trabajador contra las empresas capitalistas, los patronos inhumanos, los comerciantes sin escrúpulos y hasta algunas autoridades arbitrarias, así como protegerlo y defenderlo contra la rapacidad y los fraudes del clero. Expuso que esa fue la razón para la reglamentación de la séptima base del artículo 130 Constitucional al proponer la reducción el número de sacerdotes de las distintas religiones; si bien la Honorable Asamblea aprobó la iniciativa, fanáticos, católicos, cretinos y extremistas hicieron de la ley antes de su vigencia objetos de desahogo a sus iras implacables y al entrar en vigor, los prelados, mismos que se habían ofrecido a obedecer las leyes, asumieron un papel rebelde.346 Tejeda reprochaba enérgicamente la actitud que había tomado el clero, debido a que los sacerdotes que oficiaban en el Estado acudieron a jueces en demanda de amparo alegando que se violaba las garantías que la Constitución otorga en sus artículos 4, 6, 9, 14, 16 y 24 por lo que solicitaron la protección de la justicia.

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Esto fue el principal

descontento del gobernador, debido a que los católicos desconocían la Carta Magna de México y acudían a los artículos para “defender sus derechos”. Pero como se ha expuesto la ley se puso en vigencia en Veracruz a finales de la administración de Adalberto Tejeda, siendo que los siguientes gobernadores tendrían que seguirla practicando. 3.2.2 El rumbo de la Ley 197 Cuando los templos se entregaron en Orizaba, Gonzalo Vázquez Vela ya fungía como Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz, desde sus primeros días como tal 345

BLÁZQUEZ. “Informe que rinde…”, Op. Cit. Tomo XII, 1986, pp. 6272-6273. Ibíd., p. 6273. 347 Ibíd., p. 6275. 346

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recibió solicitudes para que los templos fueran reanudados al culto. Vázquez Vela llegaba a la gubernatura y se le pidió abrir los templos en la entidad, la respuesta del gobernador Vázquez Vela fue que debían de dirigirse al Gobierno Federal, porque a petición de la Secretaría de Hacienda los tenían clausurados e inventariados como bienes nacionales.348 Sin embargo, la situación cambia para 1933 cuando Lázaro Cárdenas dice que Tejeda se vendió a compañías petroleras y al igual que Plutarco Elías Calles, piensa que es suficiente para darle “muerte política”, puesto que el interés que tiene el ex gobernador es en Veracruz. Asimismo, Cárdenas sostiene que deben de mantenerse en con el propósito ideológico para resolver los problemas que afligen al país. 349 Esto dio inicio a la ruptura política entre Calles al ser el “Jefe Máximo” y Tejeda, del mismo modo lo hace Cárdenas al ser electo presidente de México, no obstante Tejeda seguía teniendo presencia política en Veracruz. Otro medio para lograr el cumplimiento de la Ley Tejeda, las autoridades se apoyaron de los mismos habitantes, como lo fue en la ley de cultos federal, por lo que si recibían avisos de que la ley era violada actuaban para sancionar a los responsables. Se detuvo a una mujer de nombre Carolina Muñoz por violar la ley de cultos, al inspector de policía le llegó un aviso anónimo de que en la casa de aquella señora con domicilio en Norte 10 No. 24 se estaba efectuando una reunión religiosa, el inspector se trasladó al domicilio junto con otros elementos y logró entrar a la casa encontrando a alrededor de 300 personas. Al parecer se estaba coronando a una virgen pero la Srita. Muñoz fue puesta a disposición del Agente del Ministerio Público.350 Carolina hizo su declaración bajo la acusación de ser su casa sede de una celebración religiosa sin ser recinto aprobado para ello, en ella la Srita. Muñoz afirma que era verdad, pero que la celebración era de carácter privado y por ende no había violado

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BLÁZQUEZ. “Informe que rinde…”, Op. Cit. Tomo XII, 1986, p. 6324. Fondo Francisco J. Múgica, Tomo CXLIV, C.-16. De Lázaro Cárdenas al Sr. Gral. de Bgda. Francisco J. Múgica, Baja California, 17 de julio de 1933. 350 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Inspector General de Policía Eulalio Martínez al C. Presidente Municipal, Orizaba, 1 de junio de 1932. 349

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ninguna disposición legal y si lo hizo no quería faltar en materia de cultos. Después de la declaración, se dictó que la sentencia sería una multa de $50.00 pesos.351 Días después de haber sido liberada, Carolina Muñoz se queja con las autoridades estatales de allanamiento y aprehensión después de que se dieron disparos al aire, ante esto, la autoridad municipal rechazó la acusación que se le imputaba, por lo que informó mediante copias certificadas de las declaraciones que se presentaron, aludiendo que en ellas estaban las confesiones de la quejosa, así como de los hechos que se presentaron para llevar a cabo la detención de Carolina y cuál fue la falta que cometió.352 Los católicos siguieron efectuando los cultos en casas particulares, un caso fue la detención de un grupo de personas en la casa de María Vázquez en la calle Sur 25 No. 50, donde el cura Ambrosio Vázquez oficiaba una misa, los hechos fueron a las 7 de la mañana y se encontraron un cáliz y objetos que sirven para oficiar misas siento estos recogidos, las personas de tenidas fueron las siguientes:

Tabla 5. Personas detenidas por infringir la ley de cultos Sacerdote: Ambrosio Vázquez. Hombres: José Hernández, Diego Cerón y Eleuterio Ramírez. Mujeres: María Vázquez, Carmen Hernández, Ester Terrazas, Rita Flores, Praxedis Farras, Luisa Castillo, Brígida Hernández, María Moreno, Julia Sánchez, Dolores Callejo y Guadalupe Carbajal. Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Inspector de Policía al C. Presidente Municipal, Orizaba, 6 de noviembre de 1932.

No es de sorprenderse que haya más mujeres que hombres cuando se detenían a las personas por violar la ley, esto se puede deber a que son ellas quienes tienen más participación en la vida religiosa de algún lugar. Además, en Orizaba estaba el grupo de “Damas Católicas” que apoyaba la causa para derrocar la ley 197. Entre los objetos que se consignaron al momento de detener a las citadas personas fueron: una sotana negra, un alba, un cordón blanco denominado “singuio”, una casulla, una estela morada, una

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AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Acta de declaración, de la Srita. Carolina Muñoz por el Agente del Ministerio Público Lic. Lorenzo Alfaro Alomia, Orizaba, 1 de junio de 1932. 352 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Subsecretario de Gobierno Santiago Mota Barrientos al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 5 de julio de 1932; Ibíd., del Presidente Municipal al Subsecretario de Gobierno, Orizaba, 16 de julio de 1932; Ibíd., copia certificada de los hechos por el Secretario del Ayuntamiento Agustín C. Barrios, Orizaba, 16 de julio de 1932.

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estela blanca, un manípulo, un cubre cáliz de lienzo blanco y dorado, un lienzo blanco pequeño para coger el cáliz dorado conteniendo una hostia fragmentada.353 Ante los hechos y las pruebas encontradas se abrió una investigación, en el cual de ser encontrados culpables se pide decretarles formal prisión dentro del término legal, pero mientras eso pasaba las personas fueron trasladadas a la cárcel pidiendo a los representantes tanto de la cárcel de hombres como de mujeres un permiso para su estancia en las instalaciones.354 Además, para octubre se dio la noticia de que los sindicatos adheridos a la CROM acordaron durante la convención obrera intensificar la campaña antirreligiosa y solicitó los templos para que ahí se establecieran escuelas o bibliotecas.355 Los acontecimientos que ocurrieron a fines de 1932 ocasionaron que se vigilara más la ciudad para evitar que los católicos violaran la ley de cultos, además se dijo que había sacerdotes que oficiaban sin autorización, la petición fue dada por el gobierno del Estado de Veracruz y girada a las autoridades de Orizaba.356 Esta medida por parte del gobierno ocasionó que los católicos fueran más precavidos para practicar su culto de manera clandestina, pero no los salvó de ser descubiertos en algunas ocasiones. Otro problema en donde se vieron afectados personas de religión católica, fue por motivo del Sr. José Loza Cerda, que al parecer ejercía el culto en Orizaba y se hacía pasar como un agente viajero, fue detenido en la dirección Oriente 4 No. 27 en conjunto con las señoras Concepción Azpiri, Guadalupe Azpiri, María Azpiri Muñoz y María Martínez, también se le decomisaron objetos de ornamentos religiosos.357 La noticia pasó 353

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Presidente Municipal Martín Torres al C. Agente del Ministerio Público Federal, Orizaba, 6 de noviembre de 1932. 354 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 1. Del Jefe de la Oficina en Funciones de Agente del Ministerio Público Federal Luis G. Velázquez al C. Juez 1º. Instancia, Orizaba, 7 de noviembre de 1932; Ibíd., del Presidente Municipal Martín Torres al C. Alcalde de la cárcel municipal, Orizaba, 6 de junio de 1932; Ibíd., del Presidente Municipal Martín Torres a la Señora encargada de la detención de mujeres, Orizaba, 6 de noviembre de 1932. 355 AMO-Hemeroteca. Semanario Nacionalista y de Información El Ciudadano, Orizaba, 2 de octubre de 1932, No. 49, p. 1. 356 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-708, Exp. 22. Del Subsecretario de Gobierno Santiago Mota Barrientos al C. Presidente Municipal de Orizaba, Jalapa-Enríquez, 27 de diciembre de 1932; Ibíd., del Presidente Municipal Martín Torres al C. Inspector de Policía, Orizaba, 10 de enero de 1933. 357 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-708, Exp. 22. Del Inspector General de Policía Eulalio Martínez al C. Jefe de la Oficina Federal de Hacienda, Orizaba, 29 de enero de 1933.

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a la Oficina de Hacienda debido a los objetos que se encontraron y así fueran anexados a inventario. Los inculpados, rindieron su declaración ante las autoridades y ahí el Sr. Loza dijo que sí era verdad haber sido detenido en la dirección antes puesta, pero que no lo era el hecho de que se estaba efectuando una ceremonia religiosa, al preguntarle sobre los objetos dijo que la familia los tenía en calidad de depósito por lo que considera que portar esos objetos no es motivo de enjuiciamiento, mencionó que era huésped de la familia e ignora el motivo de su detención. Lo anterior fue sostenido por las mujeres que también fueron detenidas, pero los objetos encontrados fueron suficientes como pruebas de práctica de culto, por lo que a petición del Inspector de Policía fueron trasladados a la cárcel.358 También se encontró un papel con nombres de más personas y lugares aledaños como Nogales e Ixhuatlancillo, con esto llegaron a la conclusión de que se realizaban bautizos en las casas; los objetos eran un crucifijo de metal, una custodia de metal, 4 piezas de ropa blanca, 4 piezas de seda, 7 piezas negras, 5 piezas azul, un libro de misa, un platillo chico de cristal, un atril de madera para libros, 2 ceras sin encender, 3 ceras encendidas, 81 ceras medianas sin encender, un frasco de cristal que contenía una sustancia grasa con un rótulo que dice “Crisma”, un frasco de cristal conteniendo santos olios, un vaso conteniendo sal y un vaso de cristal floreado.359 Mientras los sacerdotes seguían oficiando misas clandestinamente eran perseguidos por el gobierno, otro que fue detenido en plena celebración de misa fue el cura Leopoldo Osorio en la avenida Oriente 2 No. 30 y como todos los aprehendidos fue trasladado junto con los ornamentos que utilizaba a las instalaciones de la policía local. 360 El cura Osorio fue procesado legalmente y se levantó el acta establecida, donde declara 358

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-708, Exp. 22. Acta de los hechos elaborada en Orizaba el 30 de julio de 1933. 359 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-708, Exp. 22. Acta certificada por el Secretario de la Inspección de Policía Modesto Solano, Orizaba, 31 de enero de 1933; Ibíd., del Inspector General de Policía Eulalio Martínez al C. Jefe de la Oficina Federal de Hacienda, Orizaba, 31 de enero de 1933; Inventario de los objetos encontrados, Orizaba, 30 y 31 de enero de 1933. 360 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 4. Del Presidente Municipal Eduardo Huerta al C. Jefe de la Oficina, Orizaba, 12 de noviembre de 1934; Ibíd., del Presidente Municipal Eduardo Huerta al C. Alcalde de la cárcel municipal, Orizaba, 12 de noviembre de 1934.

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que al estar en su domicilio no afectaba a la ley por estar en la intimidad de su hogar. 361 Después de permanecer en la cárcel municipal, la Srita. María Domínguez pagó una fianza y el sacerdote Osorio fue puesto en libertad.362 No solo los sacerdotes desobedecían la ley, el policía municipal de Orizaba Epifanio Pulido presentó ante el Inspector al Sr. Ignacio Martínez Urriola a quien sorprendió repartiendo propaganda religiosa en la Av. Oriente 2, Martínez Urriola dijo que se le había comisionado para llevar a cabo dicho reparto; en la declaración rendida mencionó que eran dos mil volantes y que llegó un señor que no conoce a recogerlos en la imprenta donde trabaja, se ofreció a repartirlos porque iba de salida a su casa. La publicidad era sobre la conmemoración de la Virgen de Guadalupe; además, también se le decomisó una publicidad que criticaba a la “Educación Socialista” referente al artículo 3º. Constitucional, el Sr. Martínez Urriola fue puesto a disposición de las autoridades.363 Probablemente la situación que alarmó más a los católicos fue cuando se detuvo al padre José María Flores, quien junto con Rafael Rúa eran los más prominentes de Orizaba, la detención del cura Flores fue en el domicilio de uno de los practicantes católicos más reconocidos en la ciudad, se trata de Agustín Aguilar, quien desde inicios de la ley anticlerical ha tenido participación a favor de la religión y fue catalogado como uno de los autores intelectuales en contra del gobernador Tejeda. Durante los años treinta, Aguilar y otros miembros formaron parte de la resistencia que ayudaba a los sacerdotes a oficiar en casas. Para vigilar la ley los policías patrullaban las calles, según el reporte los oficiales Aurelio Arcos y José Osorio se percataron que en la conocida casa del Lic. Aguilar se congregaron 500 personas aproximadamente, al revisar la casa se notaron que se realizaban actos religiosos y procedieron con la detención del sacerdote y trataron de confiscar los objetos religiosos pero estos fueron escondidos debido a la gran multitud,

361

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 4. Acta de declaración de los hechos por el C. Inspector de Policía, 12 de noviembre de 1934. 362 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 4. Del Juez 1º. Instancia Lic. Arnulfo Zárate Palacios al C. Alcalde de la cárcel municipal, Orizaba, 14 de noviembre de 1934. 363 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 4. Acta de declaración de los hechos por el C. Inspector de Policía, Orizaba, 11 de diciembre de 1934; Ibíd., del Inspector de Policía Pablo Ayala al C. Presidente Municipal, Orizaba, 11 de diciembre de 1934

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cuando se sacó al sacerdote del domicilio hubo una muchedumbre que peleaba la libertad del cura, siendo detenidos algunas personas. En la declaración tomada a José Ma. Flores admitió el por qué fue detenido y afirmó que ha oficiado antes en casas.364 Acto seguido, se interrogó a las personas detenidas, en especial a mujeres que resultaron ser hijas del Lic. Aguilar, ellas respondieron que al haberse cerrados los templos optaron por dar su casa como recinto para celebrar las misas, siendo regularmente los domingos y en ocasiones entre semana, por lo que fueron puestas a disposición de la policía para rendir castigo por infringir la ley de cultos, la noticia le fue dada al presidente.365 Para defenderse ante las autoridades por el delito cometido, el cura Flores nombró a Ernesto Galland como su representante legal, por lo que inmediatamente el Sr. Galland le informó al presidente la situación que representaba.366 El 31 de diciembre de 1934 otro problema se presentó en el templo de San José de Gracia cuando la policía descubrió a feligreses celebrando el culto, por lo que fueron castigados conforme la ley. A pesar de que los templos estaban a cargo de Hacienda, quien procedía legalmente era el Ayuntamiento y/o el Gobierno Estatal. Sin embargo, los presentes notaron a la policía y éstos se disiparon por lo que no pudieron detenerlos, únicamente interrogaron a las pocas que alcanzaron a detener, todas mujeres, siendo su respuesta que ignoraban quién había abierto la iglesia, pero que al notarlo ingresaron a practicar sus creencias religiosas no habiendo solicitado permiso alguno para entrar.367

364

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 4. Acta de declaración de los hechos por el C. Inspector de Policía, Orizaba, 23 de junio de 1935. 365 Ibíd.; AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 4. Del Inspector de Policía Pablo Ayala al C. Presidente Municipal, Orizaba, 23 de junio de 1935. 366 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 4. Carta poder de Ernesto Galland en representación de José María Flores, Orizaba, 25 de junio de 1935; Ibíd., de Ernesto Galland al C. Presidente Municipal, Orizaba, 25 de junio de 1935. 367 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 4. Del Jefe de la Oficina José Rodríguez Magaña al C. Presidente Municipal, Orizaba, 2 de enero de 1935; Ibíd., del Presidente Municipal Eduardo Huerta al C. Jefe de la Oficina, Orizaba, 2 de enero de 1935.

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3.3 La Iglesia de la Santísima Trinidad, un caso presbiteriano La ley reglamentaria de cultos abarcaba a todas las religiones existentes, tanto en la federal como en la estatal, desde el inicio se procuraba que los practicantes y representantes de las diferentes religiones acataran la ley. En Orizaba, los protestantes no quedaron fuera y debieron de obedecer, siendo que estos accedieron desde el principio a acatar las disposiciones estatales, pero en ocasiones hubo quejas hacia ellos. Cuando la Ley 197 entró en vigor, en 1932 hubo quejas en Orizaba de que dicha ley no era cumplida por los protestantes, los quejosos argumentaron que había dos templos y los ministros eran de nacionalidad inglesa, por lo que piden a las autoridades que se encarguen del cumplimiento de la Constitución y pongan orden a este problema, debido a que el principal reclamo era que oficiaban tres ministros protestantes y no uno, como lo marcaba la ley tomando en cuenta a la población.368 En 1935, los miembros de la Iglesia de la Santísima Trinidad comunicaron al presidente municipal de Orizaba haberse organizado y crearon la Junta Vecinal del templo, así como la elaboración del inventario; para aclarar la situación del inmueble nombraron al Sr. Miguel Zavaleta como encargado ya que el ministro Apolo Vázquez es de la ciudad de Córdoba, de todas maneras solicitaban a las autoridades que fuera él quien fungiera sus funciones como sacerdote presbiteriano en calidad provisional y por ende que el templo siguiera abierto al culto.369 Apolo Vázquez pidió al Ayuntamiento un documento que le constara que era él quien se hacía cargo del templo para trámites que se requirieran, el gobierno municipal respondió que desde 1930 no comprobó que fuera mexicano por nacimiento siendo que la situación cambiaba para Vázquez.370 Posteriormente, se notificó a las autoridades que el Sr. Rafael Alvear era el pastor de la Santísima Trinidad, por lo que para tomar al templo 368

AMO-Hemeroteca. Semanario Nacionalista de Información Juventud, Orizaba, 6 de marzo de 1932, No. 24, pp. 1,

4. 369

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 5. Miembros de la Junta Vecinal de la Santísima Trinidad al C. Presidente Municipal, Orizaba, 26 de abril de 1935; Ibíd., de G. S. B. y Vicente Zárate al C. Presidente Municipal, Orizaba, 14 de mayo de 1935; Ibíd., miembros de la iglesia al C. Presidente Municipal, Orizaba, 16 de mayo de 1935; Ibíd., del C. Presidente Municipal a los miembros de la iglesia, Orizaba, 17 de mayo de 1935. 370 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 5. De A. Vázquez al C. Presidente Municipal, Orizaba, 14 de mayo de 1935; Ibíd., del Presidente Municipal Jesús Ponce al Sr. Apolo Vázquez, Orizaba, 16 de mayo de 1935.

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se pidió que se comprobara que fuera mexicano por nacimiento, además el pastor Alvear mandó una carta a las autoridades presentándose como el encargado del templo, siendo la respuesta que debía comprobar ser mexicano.371 Sin embargo, había problemas dentro de la Iglesia protestante en Orizaba. El pastor Vázquez se dirigió al alcalde mediante una carta en donde explicaba que había enemigos dentro de su religión y querían desestimarlo del cargo, además de que dichas personas eran ajenas a ese credo, ante esto, el alcalde recomendó a Vázquez que debía de presentar una denuncia ante el Ministerio Público para consignar a los responsables; asimismo el presidente municipal pidió ayuda al gobernador para solucionar este problema en cuanto a quién sería el encargado del templo.372 Otro problema que enfrentaron los miembros de la Santísima Trinidad fue su “independencia” del Presbiterio Nacional que se celebró el 28 de abril de 1935, donde el pastor expone lo siguiente el acta: “No es ajena a ninguno de los presentes, la actitud que el Presbiterio Nacional de la ciudad de México ha asumido en relación con la Iglesia de la Santísima Trinidad de Orizaba, actitud que ha afectado a los intereses materiales y espirituales de la Iglesia ya por largos tres años, en los cuales se ha luchado con el interés de solucionar todos los conflictos. Todo al parecer se había solucionado si no fuera porque el Presbiterio nombró una comisión que con carácter de justicia viniera a inspeccionarlos trabajos y la vida calumniada del pastor de la Iglesia, cosa en contraposición no solamente de los principios del gobierno Presbiteriano sino contra todo principio de razón; sin embargo el informe de dicha Comisión puso de manifiesto que eran infundados los prejuicios de algunos elementos inquietos e intrigantes de la Iglesia. En su reunión anual, en los últimos días de enero del presente año, el Presbiterio acordó el retiro del Pbro. Apolo Vázquez D. del Pastorado de la Iglesia la Santísima Trinidad para dejar en libertad a la Iglesia de elegir al Pastor que más le convenga. Acuerdo aceptado por el que habla contra toda la voluntad de las mayorías de la Iglesia y solo por el principio de disciplinas. Efectuáronse dos elecciones; en la primera de ellas se hacía notar engañosamente que la Iglesia estaba dividida habiéndose igual número a favor y en contra del Pbro. A. Vázquez y acordó convocar la Iglesia a nuevas elecciones nombrando para dirigir la Reunión Congregacional al Pbro. Eleazar Z. Pérez, Presidente del Presbiterio efectuándose dicha elección el día 20 de marzo próximo pasado con un resultado de 22 votos contra 7 elección que favorecía al Pbro. A. Vázquez. Inmediatamente el grupo de las mayorías hizo las gestiones necesarias para que de acuerdo con la Constitución de la Iglesia Presbiteriana, se instalara el Pastor elegido, cosa a la que se opuso la Mesa Directiva del Presbiterio, a pesar de que las elecciones habían sido dirigidas por el Presidente del 371

AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 5. Miembros de la Junta Vecinal de la Santísima Trinidad al C. Presidente Municipal, Orizaba, 15 de mayo de 1935; Ibíd., del Presidente Municipal Jesús Ponce a los miembros de la Junta, Orizaba, 16 de mayo de 1935; Ibíd., de Rafael Alvear al C. Presidente Municipal, Orizaba, 16 de mayo de 1935, Ibíd., del Presidente Municipal a Rafael Alvear, Orizaba, 16 de mayo de 1935. 372 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 5. De A. Vázquez al C. Presidente Municipal, Orizaba, 16 de mayo de 1935; Ibíd., del Presidente Municipal Jesús Ponce al Sr. Apolo Vázquez, Orizaba, 17 de mayo de 1935; Ibíd., telegrama, del Presidente Municipal Jesús Ponce al C. Gobernador del Estado Gonzalo Vázquez Vela, Orizaba 17 de mayo de 1935.

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Presbiterio, dejando por lo tanto abandonada a la Iglesia por cerca de dos meses, hasta que se convocó a Reunión Extraordinaria para el día 23 de marzo en el templo la Santísima Trinidad sin haber pedido el templo a la Iglesia, exigencia de elemental cortesía pero que es el primer indicio de que el Presbiterio estaba dispuesto a pisar la soberanía de la Iglesia. Ya en plena reunión, fue presentada credencial que acreditaba una comisión para presentarse delante del Presbiterio para arreglar el asunto del pastorado de la Iglesia, en la forma más adecuada aceptándose a esa Comisión, pero desconociéndola más tarde a tal grado que para tratar dicho asunto pidieron a todos salieran, para así dañar en libertad al Presbiterio para obrar conforme a sus deseos y entonces, con arbitrariedad inusitada, anulan las elecciones pisoteando así no solamente la soberanía de la Iglesia, sino los principios de la Iglesia Presbiteriana y la dignidad del actual Presidente del Presbiterio, que fue quien convocó y llevó a cabo las elecciones. Inmediatamente el Presbiterio acordó que el que habla actuará como Pastor de la Iglesia por el resto del año presbiteral, es decir, hasta fines de enero de 1936 y que entonces, se convocaría a nuevas elecciones, cosa que no aceptó ni el suscrito, ni la Iglesia que pedía la instalación y en los momentos de mayor agitación, el suscrito rogaba al Presbiterio que para la tranquilidad de la Iglesia, transara de alguna manera con la Iglesia, obcecándose a tal grado que orilló a la Iglesia para que en ese mismo instante se declarara independiente; pocos momentos después, el Presbiterio se había aliado con elementos que por inmorales había sido desechados por la Iglesia, elementos que apoyados por el Presbiterio, han fraguado planes atentatorios contra la vida del Pastor de la Iglesia y dando documentos de notoria falsedad para desvirtuar y escandalizar a la Iglesia y al pastor, quienes defenderán con decisión absoluta los intereses de la Iglesia de Cristo en este lugar. En vista de lo expuesto, la Iglesia, después de quieta deliberación y habiendo sido testigo presencial de los hechos manifestados, llega a los siguientes acuerdos: 1. La Iglesia da un voto de simpatía y de absoluta adhesión al Pbro. Apolo Vázquez D. manifestando todos estar dispuestos a luchar hasta donde sea posible para sostenerlo como pastor único de la Iglesia de la Santísima Trinidad. 2. Que la Iglesia Evangélica Nacional Presbiteriana la Santísima Trinidad se declara INDEPENDIENTE del Presbiterio Nacional de la ciudad de México. 3. Que acepta como confesión de fe la adoptada por la Asamblea de Wensminster de origen calvinista encerrada en la Biblia. 4. Que adopta la forma de gobierno de la Iglesia Presbiteriana, asentada en la Biblia, a excepción de todos aquellos puntos que de manera directa o indirecta la liguen al Presbiterio Nacional de la ciudad de México. 5. Que se comunique y se envíe copia al Presbiterio de la ciudad de México para su conocimiento y otro al Ayuntamiento de la localidad y otra a la Oficina Federal de Hacienda. En el nombre de Dios y con el deseo del adelanto de su Obra en este lugar, y siendo las 22 horas 15 minutos damos fin a la presente reunión Congregacional, estampando nuestras firmas en señal de que aprobamos lo hecho y seremos fieles a esta Iglesia y a Cristo nuestro Bendito Salvador.” 373

En los meses siguientes varios hombres fueron nombrados como encargados del templo de la Santísima Trinidad, se notaba que dentro de esa religión en Orizaba había algunos problemas que impedían ejercer sus funciones, a pesar de ello trataron de respetar la ley al dirigirse a las autoridades cada vez que un pastor era nombrado, del mismo modo que

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AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 5. Acta levantada con motivo de los acuerdos tomados por la Iglesia Evangélica Nacional Presbiteriana “La Santísima Trinidad” al independizarse del Presbiterio Nacional de la ciudad de México.

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al designar a un encargado para los bienes del templo. Para esos trámites también se contó con la participación de la Oficina Federal de Hacienda.374 Se tiene la idea de cómo fue la relación de los habitantes de Orizaba con la Ley 197, algunos apoyaban la causa del gobierno veracruzano y otros la rechazaron desde el principio; el uso de los amparos o misas clandestinas era una manera de resistencia, y no sólo los católicos se vieron afectados, también los protestantes, siguieron los lineamientos estatales. La ley anticlerical fue radical en el estado de Veracruz, en Orizaba se empezó a ejercer de manera total a partir de 1932 y se extendió otros años más, hasta que en 1937 un acontecimiento sacude a Orizaba y los católicos exigieron la apertura de los templos.

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AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia C.-726, Exp. 5. Varios expedientes relativo a la situación del Templo de la Santísima Trinidad.

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Capítulo IV. El fin de la Ley 197 en Veracruz: 1937, rumbo a la reapertura de los templos en Orizaba Habían transcurrido 6 años desde que Adalberto Tejeda promulgó la ley reglamentaria que limitaba a los sacerdotes de cualquier religión a uno por cada 100,000 habs. Del mismo modo que han otros gobernadores han estado al frente del estado y seguían ejerciendo esa ley; sin embargo para 1937 el panorama político en Veracruz como en México ya era diferente y el camino de la Iglesia tomaría un nuevo rumbo en el país. Las discrepancias políticas habían sacudido al país, Lázaro Cárdenas expulsó a Plutarco Elías Calles y una nueva vida política empezaba a gobernar, de la misma manera en Veracruz, cuando el candidato electo Manlio Fabio Altamirano es asesinado en la ciudad de México, por lo se opta elegir a un sucesor, siendo nombrado Miguel Alemán Valdés como el nuevo Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz. El presente capítulo explicará el proceso en el que la ley Tejeda es abolida por el gobierno de Veracruz, de cómo los católicos enérgicos por un suceso que los indignó tomaron las riendas para reclamar al gobierno la atrocidad de un crimen, qué al tratar de sofocar una misa en una casa, muere una mujer dando como origen que la política antirreligiosa en el estado se tambaleara. Las presiones llegaron al Gobierno Federal y el gobernador tuvo que estar presente en Orizaba para dar “fin” al problema con la ciudadanía. Irónicamente fue un acto del gobierno lo que originó que los templos empezaran a abrirse, no sólo en Orizaba sino en toda la entidad veracruzana.

4.1 Un nuevo panorama político Lázaro Cárdenas fue el último en este periodo conocido y en un principio se pensaba que seguiría igual la figura de calles en la vida del país; mientras tanto, en Veracruz la oleada anticlerical había limitado los cultos y los templos fueron cerrados, pero no sólo en esta entidad, sino en otras más del país. Cárdenas siguió la política anticlerical cuando fue gobernador de Michoacán; al llegar a la presidencia algunos gobernadores reglamentaron el número de sacerdotes: 161

Tabla 1. Número de sacerdotes reconocidos por la autoridad civil Febrero de

Diciembre de

Marzo de

1935

1935

1936

132 900 95 516 89 860 528 654 440 000 436 425 62 301 1 229 576 493 530 987 970 641 690 667 000 1 255 213 990 112 1 048 341 132 723 167 724 417 479 1 082 191 1 150 425 233 655

2 0 0 0 0 5 0 25 2 39 0 5 50 34 33 40 5 28 ? 23 2

2 0 0 0 0 5 0 25 2 ? 0 5 29 34 ? 8 5 ¿? 1 23 2

2 0 0 0 1 5 0 25 2 39 0 0 29 34 33 8 5 28 0 23 3

579 831

40

56

56

395 027 316 271 224 168 344 589

0 0 0 0

0 0 0 0

205 578

0

1 376 476 838 964 448 344 17 012 573

0 0 0 333

0 0 0 0 (comprende Puebla) 0 0 0 197

Estado

Habitantes

Aguascalientes Baja California Campeche Chiapas Chihuahua Coahuila Colima Distrito Federal Durango Guanajuato Guerrero Hidalgo Jalisco México Michoacán Morelos Nayarit Nuevo León Oaxaca Puebla Querétaro San Luis Potosí Sinaloa Sonora Tabasco Tamaulipas Tlaxcala Veracruz Yucatán Zacatecas Total

0 0 0 0 293

Fuente: MARTÍNEZ Assad, Carlos. “El radicalismo anticlerical" en El laboratorio de la Revolución. El Tabasco garridista, SIGLO XXI, México, 2004, p. 51.

Como se puede apreciar, para esa época no había ningún sacerdote “oficial” para que practicara su ministerio ante la sociedad, a pesar de que en el estado de Veracruz se 162

permitió un total de 13 sacerdotes siempre y cuando se registraran ante un padrón. Aun así, los sacerdotes siguieron administrando su culto de manera clandestina, ocasionando que fueran perseguidos por el estado. Entre los primeros meses de gobierno, Cárdenas auspició algunas actividades anticlericales, tomando en cuenta que una de las tendencias ideológicas del gobierno es la de “combatir por todos los medios legítimos el fanatismo y los prejuicios religiosos”, también evitó que se hicieran publicaciones, impresos de índole religioso. El presidente anunciaba que la Iglesia debía cumplir las leyes y reglamentos establecidos como medio de impedir su intromisión en el terreno político, jurídico, económico y social; para Cárdenas, su deber era el cumplimiento de la ley “sin que existan persecuciones en contra de las creencias o sentimientos religiosos”. Sin embargo, responsabilizó a la Iglesia en México de haber retrasado la evolución social y económica de la nación.375 Durante dos años Calles estuvo presente en la administración cardenista, el nuevo presidente había heredado las políticas antirreligiosa y educativa de Calles, por lo que fue resentido por la Iglesia militante y por la mayoría de los católicos. Los padres de familia reaccionaron contra el art. 3º Constitucional porque se sentían amenazada la libertad de cátedra y la “libre expresión” del pensamiento y la moral religiosa. 376 Con estos puntos, la población pensaba que Calles estaba vinculado, sin embargo, Cárdenas ejercería una política propia en los siguientes años de su periodo. Para 1936 la situación en México cambió; se comenzó a exigir la eliminación de los callistas del gobierno, pidiendo que se expulsara a Calles al extranjero a la par de que Saturnino Cedillo junto con Portes Gil pedían la libertad de cátedra y la libertad religiosa. El problema entre Calles y Cárdenas provocó cambios en la política mexicana así como de gobernadores en las entidades, entre los que se encontraba Veracruz, pero el gobernador electo, Manlio Fabio Altamirano, fue asesinado.377 Finalmente, Calles es expulsado en abril de 1936 y Cárdenas nombra a un nuevo gabinete.

375

MARTÍNEZ. “El radicalismo anticlerical”, Op. Cit., 2004, pp. 53, 55. HERNÁNDEZ Chávez, Alicia. “La sucesión presidencial y los políticos del régimen” en Historia de la Revolución Mexicana 1934-1940. La mecánica cardenista, Tomo 16, El Colegio de México, México, 1981, pp. 47-48. 377 Ibíd., pp. 48, 60. 376

163

A partir de 1936, en los discursos del presidente Cárdenas se notó una disminución del anticlericalismo y una cierta tolerancia, probablemente el presidente haya decidido terminar con la campaña antirreligiosa, pero esto no pudo llevarse a cabo debido a que los poderes locales (estatales) no captaron el mensaje o desobedecieron la intención; para mantener la paz con la Iglesia, Cárdenas exigía el cumplimiento a los artículos 3º, 5º, 24, 27 y 130 de la Constitución, mismos que el clero desconocía. A diferencia de los arreglos del 29, los cuales buscaban terminar con la guerra cristera, de 1936 a 1938 se intentó establecer pautas de comportamiento para las relaciones Iglesia-Estado en los años futuros.378 Durante la administración cardenista, Veracruz sufrió una pérdida al ser asesinado su gobernador electo, además, la crisis religiosa en el estado estaba por cambiar cuando en 1937 muere una mujer y la población se moviliza para abrir las iglesias; Meyer apunta que Cárdenas deseaba terminar con la cuestión religiosa que azotaba al país, debido a que después de la crisis del petróleo (expropiación en 1938), la cuestión nacional volvía a primer plano, siendo que Roma reclamaba la reconciliación desde hacía años.379 Continuando con Veracruz, la política seguía su curso desde que Adalberto Tejeda llegó en 1928. La situación cambia cuando se llevan a cabo las elecciones en el estado; estas son efectuadas en el mes de julio de 1936, siendo los candidatos Eduardo Hernández Cházaro, Joaquín Muñoz, Adolfo Ruiz Cortines, Francisco Ochoa Zamudio, Manlio Fabio Altamirano y Juan Soto Lara. Hubo también elecciones para senadores siendo los candidatos Luis Vázquez Vela, Miguel Alemán Valdés, Othón León Lobato, Manuel Olmos Ruíz y Adalberto Tejeda.380 El dúo Altamirano-Valdés contaba con apoyo del pueblo por lo que se les atribuía el triunfo, pero el 25 de junio de 1936 Manlio Fabio Altamirano es asesinado en la ciudad de México –se hace la observación de que anteriormente se le denominó “gobernador electo”, pero por la simpatía que recibía ya lo declaraban ganador de las elecciones–. 378

BLANCARTE. “Entre la guerra…”, Op. Cit., 1992, pp. 40-41, 58. MEYER. “La Segunda”, Op. Cit., 1999, pp. 364-366. 380 HERNÁNDEZ García, Erasmo. “Alianzas políticas y el ascenso de un nuevo grupo al gobierno estatal: Alemán Valdés y el proyecto conciliador, 1936-1940” en Redes políticas y sociales: Consolidación y permanencia del régimen posrevolucionario en Veracruz, 1920-1970, Tesis de Doctorado, Universidad Veracruzana, Instituto de Investigaciones Históricos-Sociales, Xalapa, 2010, p. 122. 379

164

Ante esto, el PNR estatal, algunas organizaciones sociales y miembros de la campaña de Altamirano, acusaron como autores intelectuales a Manuel Parra, Joaquín Muñoz, Guillermo Rebolledo y Vázquez Vela, días antes Altamirano había declarado que sus enemigos eran Rebolledo, Parra y el Gral. Quiroga.381 El atentado fue la respuesta de los grupos de derecha a la posición progresista representada por Altamirano, donde daba respaldo a la Liga Roja que combatía a los guardias blancas auspiciados por los latifundistas, si bien no seguía a Tejeda, si Altamirano llegaba al poder sería el retorno de los agraristas, el radicalismo y el aumento de la persecución clerical.382 Las elecciones para gobernador se suspendieron, mientras que Alemán Valdés llegó a ser senador; el PNR realizó nuevos plebiscitos internos para determinar quién sería el nuevo candidato. Durante la definición de nombrar al sucesor, los altamiranistas nombran a Manuel Zorrilla Rivera y los aguilaristas (partidarios de Cándido Aguilar) a Miguel Alemán, éste recibe el respaldo de Cárdenas porque coordinó su campaña presidencial en Veracruz.383 La llegada de Alemán al gobierno de Veracruz fue muy rápida, siendo esto su primera prueba como político ya que no ejerció como Senador, por lo que el reto era grande dado las circunstancias en las que atravesaba el estado. Sobre la situación religiosa, el 16 de enero de 1937 un contingente de católicos pidió reanudar los cultos, tras ser atendidos por el gobernador se dijo que el asunto sería tratado para ser resuelto. El presidente trató de poner fin a este problema al haber declarado: “Me cansé de cerrar iglesias y de encontrar templos llenos (…) el consuelo está en abrir escuelas”; la política sería a través de la tolerancia, para evitar que se avivaran los rescoldos del fanatismo.384 El gobernador Alemán tomó las riendas del asunto religioso, pero la respuesta no fue inmediata, si bien los católicos esperaban que finalmente los templos volverían a abrirse, el gobierno veracruzano no cedía fácilmente a pesar de que Cárdenas ya tenía una política conciliatoria hacia la Iglesia. La presión por parte de los católicos hacia el 381

Ibíd., pp. 124-125. BÁEZ. “Los aristas…” Op. Cit., 2006, p. 314. 383 HERNÁNDEZ García. 2010, pp. 125-126. 384 MIJARES Sánchez, Mario Raúl. “El gobierno de Miguel Alemán Valdés en Veracruz (1936-1939)” en México: Génesis de su descomposición política. Miguel Alemán Valdés (1936-1952), Palibro, Estados Unidos de América, 2012, pp. 174, 179-180. 382

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gobernador empezó a inicios de febrero de 1937, por lo que debieron de actuar rápidamente antes de que el problema se saliera de control, pero esto fue el inicio para que dichos templos volvieran al uso de los católicos a pesar de que el procedimiento fue lento.

4.2 La situación religiosa en 1937: el último año de la Ley 197 La situación en Orizaba parecía seguir normal respecto a la ley anticlerical, Alemán apenas había asumido la gubernatura y los católicos esperaban que con él la situación con la Iglesia se resolviera, pero tomaría unos días más cuando una comitiva lo propuso, sin embargo, en la ciudad se seguían reuniendo las personas en casas particulares para seguir ejerciendo su ministerio o por lo menos hacer reuniones religiosas. En enero de 1937 se detuvieron a unas personas en la casa de María Cristina Izquierdo ubicada en la Norte 12 No. 14 y se confiscaron unos objetos religiosos que de acuerdo a las declaraciones pertenecían a varias iglesias de la ciudad. Las personas que fueron dispuestas a la cárcel municipal fueron: José González, Ignacio Jesús Noriega, Enrique Hernández, Julián Flores Hernández, Florentino Flores, Guadalupe Nieves, Anastasia Reyes, Lorenza Texcahua, Soledad Martínez y la propietaria.385 Siguiendo con el trámite, se presentaron ante las autoridades los objetos que se decomisaron en la casa de la Srita. Izquierdo, los cuales fueron: dos libros en latín “El Devoto Purgatorio” y “Misal”, tres casullas, dos albas, tres estolas, dos manípulos, un cíngulo blanco, un cíngulo dorado, un amito, un manículo, tres bolsas de corporales, tres talías y dos porta relicarios.386 La casa en donde fueron aprehendidos era la misma que en 1935 se presentaron otros hechos similares, en esta ocasión el presunto sacerdote era Ignacio de Jesús Noriega por lo que se pidió revisar su expediente, sin embargo no

385

AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Del Presidente del Concejo Municipal al C. Agente del Ministerio Público Federal, Orizaba, 12 de enero de 1937. 386 Ibíd. Acta de los objetos encontrados en la casa de María Cristina Izquierdo, por el Inspector Gral. de Policía Maroclino Absalón Pérez, Orizaba, 13 de enero de 1937; Ibíd., del Presidente del H. Concejo Municipal al Jefe de la Oficina Federal de Hacienda, Orizaba, 20 de enero de 1937.

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existía tal sacerdote pero informaron que en 1935 uno de los detenidos era José de Jesús Noriega.387 Es hasta el mes de julio de 1937 cuando se dio a conocer el veredicto por un periódico local, donde decía que se les notificaba el auto de absoluta libertad por falta de méritos dictados por el C. Juez Primero de Distrito de Veracruz a favor del Sr. Cura Ignacio de Jesús Noriega, Enrique Hernández, Julián Flores, María Cristina Izquierdo, Guadalupe Nieves, Anastasia Reyes, Lorenzo Texcahua y Soledad Martínez. La libertad fue otorgada por una fianza de 100 pesos cada uno cosa que rechazaron por lo que pasó a revisión del Tribunal Quinto de Puebla y éste consideró que no había delito de violación a las leyes de cultos.388 Se debe tomar en cuenta que los sacerdotes tomaban otras identidades para pasar desapercibidos ante las autoridades, los únicos que sabían de su “identidad” eran los católicos que los ayudaban a moverse por la ciudad, ya sea para oficiar ahí mismo o trasladarse entre los poblados. El problema se presentaba cuando eran descubiertos o acusados de practicar su ministerio. La Oficina Federal de Hacienda jugó un papel importante en este asunto, se encargaba de vigilar que los templos y todo lo perteneciente a ellos estuvieran bajo el resguardo de la Nación, por lo que al momento de confiscar los objetos a las personas éstos eran trasladados ya sea al departamento de policía o a las iglesias para guardarlos. Aunque también pedía información de las casas donde se pensaba se ejercían los cultos o que en algún momento hubo alguna capilla, para ello solicitaba a tres personas de entera confianza para ser interrogados.389 Orizaba se preparaba para celebrar el carnaval, por lo que el comité solicitó permiso para repicar las campanas del templo de San José de Gracia y de la parroquia de San Miguel el día 3 de febrero a las 23:00 horas y el 7 del mismo mes a las 10:00 horas por motivo de la elección de “Señorita Carnaval”, dado a que las llaves estaban a manos de personas encargadas, la petición fue enviada a Hacienda y ésta autorizó el

387

Ibíd. De Alcalde de la Cárcel Municipal al C. Agente del Ministerio Público Federal, Orizaba, 13 de enero de 1937. AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 9 de julio de 1937, No. 2243, pp. 1, 4. 389 AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Sobre la casa de la calle Sur 11 No. 27, del Jefe de la Oficina Blas Camacho al C. Presidente Municipal, Orizaba, 16 de enero de 1937; Ibíd., sobre la casa de la calle Norte 12 No. 17, del Jefe de la Oficina Blas Camacho al C. Presidente Municipal, Orizaba, 19 de enero de 1937. 388

167

repique de las campanas.390 Este mes marcaría el destino de los católicos en Veracruz, en los siguientes días empezarían a hacer grandes manifestaciones pidiendo justicia y la apertura de los templos. El día 7 de febrero de 1937, en la casa de la calle Sur 5 No. 41 el padre José María Flores oficiaba una misa ante un gran número de asistentes, debido a esto, policías municipales irrumpieron en el lugar de los actos para aprehender a los presentes. Sin embargo, entre el caos generado la gente se dispersó y los policías abrieron fuego hiriendo de muerte a una joven llamada Leonor Sánchez López, hija del obrero Encarnación Sánchez y Catalina López, ambos de Orizaba, a pesar de esto los católicos fueron trasladados a la inspección de policía, el cura Flores estuvo tres preso tres días mientras que los demás fueron liberados al poco tiempo de ingresar. 391 Leonor fue trasladada al Hospital Civil y no se le permitió que la auxiliara un sacerdote ni que la vieran sus familiares, murió a causa de haber recibido un disparo por la espalada, en el hospital se redactó el certificado médico de defunción donde estipularon que la causa de su deceso fue por “heridas de proyectil de arma de fuego”, la joven contaba con 20 años de edad, fue declarada muerta a las 10:15 a.m.392 Los católicos quedaron consternados ante estos actos, por lo que ese mismo día (7 de febrero) empezaron a manifestarse exigiendo justicia: CIUDADANOS ORIZABEÑOS: Estáis enterados del sangriento suceso acaecido hace unas horas en la ciudad. Agentes policíacos, allanando una morada contra todo derecho y contra toda ley, ultrajando los más sagrados derechos del hombre, con lujo de fuerza y a larde de poder, penetran en un recinto donde un grupo de creyentes, cumpliendo con su deber de católicos y sumisos y obedientes a la infame y bárbara ley que en materia de cultos nos rige, reza y eleva sus oraciones a Dios… Ancianos, mujeres, jóvenes y niños, todos amigos entre sí, convictos de su inocencia y movidos por su amor a Cristo se posternan (sic) ante un sagrado Crucifijo pidiendo alivio a sus dolores, consuelo y protección, y cuando en esos momentos de piedad y recogimiento enjugan sus lágrimas y confortan sus corazones, un grupo de dichos agentes 390

Ibíd. Del Presidente del Comité “Pro-Carnaval” Lic. Jorge E. Gómez Casauranc al C. Presidente Municipal, Orizaba, 2 de febrero de 1937; Ibíd., del Presidente del H. Concejo Municipal al C. Jefe de la Oficina Federal de Hacienda, Orizaba, 2 de febrero de 1937; Ibíd., del Jefe de la Oficina Blas Camacho al C. Presidente Municipal, Orizaba, 3 de febrero de 1937; Ibíd., del Presidente del H. Concejo Municipal al C. Lic. Jorge E. Gómez Casauranc, Orizaba, 3 de febrero de 1937. 391 AGUILAR Muñoz, Carlos. “Las manifestaciones populares para la apertura de los templos católicos en 1937 en Orizaba” en GARCÍA Díaz Bernardo. Documentos, Testimonios y Crónicas de la Revolución Mexicana en Veracruz (Antología), Secretaría de Educación de Veracruz, México, 2010, pp. 293-294; en el periódico Los Sucesos y otras fuentes marcan que el número de la casa era 31. 392 Ibíd. p. 294; AMO. Ramo Registro Civil, Defunciones, Certificados. C.-940, Exp. 18. Certificado de defunción de Leonor Sánchez.

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ataca y ultraja sus derechos y sembrando el pánico y el espanto entre aquellos seres que estaban cometiendo el enorme delito de alabar a Dios, respetando las leyes que contra todo derecho les impide orar en sus templos, entran disparando sus armas y ofendiendo e injuriando a una sociedad que cree en Dios, y no conformes, cuando una indefensa criatura que aún no llegaba a los quince años (Leonor Sánchez) sale huyendo de la casa, azorada sin duda porque su alma inocente no pudo comprender tamaña maldad, LOS ESBIRROS DISPARAN CONTRA ELLA Y ATRAVESANDOLE EL CUERPO CON UNA BALA COBARDE, LA DEJAN MUERTA EN MITAD DE LA CALLE, hiriendo además a un niño y un señor que también están al borde del sepulcro. Católicos que en realidad lo seáis, ciudadanos que alardeáis de tan digno nombre, dejaréis de serlo, si en estos tremendos instantes de luto y de dolor para la sociedad orizabeña, prestáis vuestro contingente a las fiestas con que se celebra el carnaval en esta ciudad. Os exhortamos a cumplir con vuestro deber; a los católicos, porque su religión lo manda, su religión de amor y de piedad y a los ciudadanos, porque su condición de tales se los impone, porque no se podría ser buen ciudadano si un acto de barbarie y de ignominia como el acaecido hace unos instantes en nuestra ciudad, no fuera suficiente para llenar de luto a cualquier corazón y de lágrimas y angustia cualquier hogar honrado. Absteneos de concurrir a las fiestas de Carnaval en señal de duelo. Así lo impone el honor, así lo impone la justicia y así aclama a gritos el pecho honrado, así lo impone la justicia y así clama a gritos el pecho honrado y el ser que haya sentido arder en sus venas el amor, el honor y la vergüenza. 393

Ante esta petición, la Srita. Blanca Hartz, Reina del Carnaval 1937, accedió y pidió al presidente municipal Horacio Xochihua la libertad del padre José María Flores, la respuesta fue negativa, debido a que estaba a disposición de la Policía Judicial, el Comité del Carnaval pidió la transferencia de las fiestas como muestra de sentimiento y respeto. Además, el cura José Ma. Flores declaró haber sido nombrado párroco de la ciudad por el obispo Rafael Guízar y se declaraba que Flores era el único responsable. 394 Sin embargo, el Ayuntamiento de Orizaba respondió a las acusaciones: AL PUEBLO ORIZABEÑO ACLARACIÓN IMPORTANTE En virtud de que se han propalado noticias sobre que este Concejo Municipal fue el culpable de los hechos sangrientos ocurridos el día de ayer a las 7 de la mañana, siendo el mismo completamente ajeno a ellos, se permite poner en conocimiento de los habitantes de esta ciudad el mensaje condensado que ha enviado al C. Gobernador Constitucional del Estado y Presidente de la República, el cual por si solo habla: Orizaba, Ver., a 8 de febrero de 1937. AL LIC. MIGUEL ALEMAN. Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz. JALAPA, VER. Para superior conocimiento usted permitome (sic) informarle que ayer seis horas ciudadanos Efraín Moreno Lara y Antonio Morell, Jefe y Secretario Policía Judicial detuvieron dentro de casa particular setenta y tres personas en su gran mayoría mujeres, varias menores de edad clase media y pueblo, así como a sacerdote católico José María Flores, manifestando dichos empleados judiciales que detención hacíase por violación Ley de Cultos. Citados Jefes Judiciales informaron a esta Presidencia que ordenaron directamente a Policías Municipales sesenta y cinco y cuarenta y ocho, acompañáranlos para efectuar aprehensiones ampliando después dicha orden directamente otros policías, conduciendo a 393

AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Comunicado a los ciudadanos orizabeños, Orizaba, 7 de febrero de 1937. 394 AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 9 de febrero de 1937, No. 2119, pp. 1, 3-4.

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Inspección Policía todos los detenidos y ordenando ingreso cárcel sacerdote Flores, según boleta firmada Jefe Judicial, poniendo disposición esta Presidencia resto de personas detenidas que fueron libertadas inmediatamente sin multa alguna, por suscrito por no existir para ellos responsabilidad alguna. Al mismo tiempo Policía Judicial informó al suscrito que había sido lesionada por arma de fuego sin saber por quién y a una cuadra de distancia casa sacerdote señorita Leonor Sánchez, quien falleció horas después. Madre, hermana y cuñado de la señorita muerta, presentáronse hoy esta Presidencia declarando ante el suscrito Vocal 1º Jorge Guapillo, que estando la madre en el lugar de los hechos presenció cómo Agustín Saldaña , Agente de la Policía Judicial hizo fuego sobre su hija y que secretario Morell al salir dicha casa llevando sacerdote ordenó a Policías Municipales hicieran fuego sobre quienes huyeran. Estos hechos están siendo utilizados por elementos conoció usted personalmente como interesados en apoderarse administración municipal por medio de bajas intrigas y calumnias, alterándolos y tratando sorprender funcionarios del Estado y Federales, para impresionarlos con hechos en los cuales como puede comprobarse con los mismos afectados y documentos esta Autoridad, que no ha tenido intervención alguna en lo absoluto (punto) Con todo respeto suplico a usted quiera nombrar personas su absoluta confianza investiguen hechos (punto) Usted sabe soy incapaz sancionar cualquier violación Leyes nos rigen pero tampoco estimo justo enemigos gratuitos esta Administración háganme responsable de un hecho sangriento utilizándolo como medio para satisfacer ruines ambiciones (punto) Salúdolo respetuosamente (punto) Presidente Concejo Municipal (punto) HORAIO XOCHIHUA. El C. Víctor F. Ochoa, Agente del Ministerio Público del Distrito, quien se encontraba ausente el día de ayer, se ha abocado el conocimiento de la investigación hasta descubrir al o los culpables de estos hechos, los cuales serán castigados con todo rigor de la ley. Por su parte esta Presidencia declara y a todos los habitantes de Orizaba consta, que han tenido y tienen la más completas garantías legales de su parte, sin distinción de credos políticos o religiosos. SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECIÓN ORIZABA, VER., A 8 DE FEBRERO DE 1937 El presidente del Concejo Municipal El Vocal 1º HORACUO XOCHIHUA JORGE GUAPILLO El Vocal 2º El Vocal 3º Alfredo Ramírez Francisco Franco395

Ese comunicado es un telegrama que se le envió al gobernador, fue utilizado para dar a conocer a los ciudadanos cómo se encontraba el asunto. El funeral de la Srita. Sánchez fue en casa de unos familiares, los católicos de Orizaba empezaron a reunirse para una protesta colectiva siendo invitados por el sacerdote José Mondragón miembro de la Acción Católica y Vicario de la Parroquia de San Miguel; Carolina Muñoz, Leopoldo Franco y otros más recorrieron las calles de la ciudad invitando al pueblo para que acudieran al entierro de Leonor Sánchez llevando una flor en la mano.396 Un testimonio de la época dice lo siguiente sobre el cortejo fúnebre: “(…) Eran las tres de la tarde. Allá va el cortejo mudo, camino del cementerio Juan de la Luz Enríquez. Son centenares de creyentes los que forman. El comercio cierra sus puertas en señal de duelo. La ciudad enmudece. Todos callan y cual más o menos abandonan todo, hasta sus ocupaciones para unirse al cortejo… ¡Leonor Sánchez va al cielo y Orizaba a la libertad! (…)”. 397

395

AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Comunicado a los ciudadanos orizabeños, Orizaba, 8 de febrero de 1937. 396 AGUILAR. “Las manifestaciones…”, 2010, pp. 294-295. 397 Ibíd. p. 295.

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El 9 de febrero se reunió una multitud frente al Palacio Municipal para pedir justicia al Procurador del Estado, Lic. Adolfo Moreno. Se congregaron desde el Palacio Municipal (antes los poderes del Ayuntamiento se encontraban en el Palacio de Hierro) hasta el parque Castillo. Los católicos ya pensaban en la libertad contra la Ley de Cultos, el Procurador informó que no estaba en sus manos entregar los templos pero que transmitiría la petición del pueblo a las autoridades competentes.398 No solo los católicos se manifestaron, también lo hicieron los obreros de la ciudad, debido a que la víctima era hija de uno de ellos, los obreros apoyaron las acciones del gobierno en un momento, pero las constantes pugnas orillaron a que los sindicatos se alejaran de los políticos. El mismo día 9 de febrero, debido a los acontecimientos ocurridos, giraron un volante diciendo: ¡ALERTA! A nuestros camaradas católicos CAMARADAS: Ha llegado el momento de DEMOSTRAR CON HECHOS al C. Presidente de la República y a los malos dirigentes de nuestras agrupaciones, tanto la CTM como la CROM, que el 95 por ciento de los trabajadores y campesinos SOMOS CATÓLICOS y que NO SON NUESTROS DIRIGENTES los que van a obligarnos A DESTRUIR NUESTRA RELIGIÓN, porque YA ESTAMOS CANSADOS de sus amenazas y traiciones. SEPAN los señores dirigentes, líderes políticos y convenencieros de todos los sindicatos de la CROM y la CTM que nos amenazan con quitarnos el trabajo SOLO POR SER CATÓLICOS, que si en otras ocasiones lograron sorprender y dividir a las masas obrera y campesina en dos y grandes facciones con sus criminales engañifas, no importándoles manchar el suelo mexicano con la sangre leal y honrada de nuestros compañeros; QUE HOY NO SERÁ IGUAL; las masas obreras y campesinas MENOS LOS PROFESORES, a quienes no perdemos de vista, estamos unidos por el fuerte y fraternal lazo de nuestra religión, y NO NOS IMPORTA que unos seamos de la CROM y otros de la CTM ¡¡TODOS UNIDOS LUCHAREMOS POR LA LIBERTAD DE CONCIENCIA!! Los Sindicatos sólo son para luchar por el mejoramiento colectivo del trabajador y del campesino pero NUNCA PARA DESTRUIR RELIGIONES. Si nuestros dirigentes anticatólicos obligan a efectuar manifestaciones públicas o mítin (sic) anticatólicos, NO PROTESTAMOS, IREMOS, pero en todos estos actos nuestros únicos gritos de entusiasmo y demostrativos de que ya no nos importan las amenazas de nuestros dirigentes, será el de ¡VIVA CRISTO REY! ¡QUEREMOS LIBERTAD DE CULTOS! CAMARADAS: Hemos acabado con el temor al hambre, ARMA COBARDE que siempre han esgrimido las dos grandes organizaciones CROM y CTM para obligarnos a tomar determinaciones en su mayoría erróneas y hoy, ¡NO TEMEMOS A SUS RUINES AMENAZAS!; los campesinos y los obreros DE TODOS LOS GREMIOS formamos una sola masa LA MASA CATÓLICA, y todos unidos, porque “LA UNIÓN ES LA FUERZA”, VENCEREMOS ¡NO NOS IMPORTA! Que Morones y Lombardo Toledano desconozcan a los sindicatos actuales ¡YA FORMAREMOS LOS NUESTROS! ¡NO QUEREMOS ESCLAVIZADORES! ¡QUEREMOS LIBERTADORES! ORIZABA, FEBRERO DE 1937 Los Trabajadores Católicos de todas las Agrupaciones LEALA UD. Y PASELA A OTRA PERSONA399

398 399

Ibíd. p. 295. APO. S/C. Girado el 9 de febrero de 1937.

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Aunque no es objeto de estudio, en los años treinta hubo conflictos gremiales y la CROM va en decadencia, de esta manera surge la CT, además, surgieron conflictos por contratos colectivos siendo la fábrica de Cocolapam el motivo de las disputas. Además estaban las luchas por las presidencias municipales en el valle de Orizaba, los sindicatos tuvieron poder político hasta 1935, cuando pierden las elecciones. 400 A pesar de los conflictos entre los sindicatos, la ley de cultos siguió vigente; a partir de febrero de 1937 los obreros, en cierta manera, se unieron por los actos cometidos por la policía, en ese momento las diferencias se hicieron a un lado y se unieron por lo único que tenían en común: la religión católica. Apoyando a los feligreses de reabrir los templos. La multitud que se encontraba frente al Palacio Municipal gritaba “¡abramos los templos!”, por lo que se dirigieron hacia el atrio de la parroquia de San Miguel, treparon el barandal y llegaron a la puerta con la intención de abrirla a empujones, el sacristán Mariano López conservaba una llave de la puerta lateral, por lo que la abre y la gente logra entrar abriendo las demás puertas (3 frontales), rezaban a gritos, con este acto los manifestantes toman el templo.401 El obispo Rafael Guízar y Valencia fue informado de lo ocurrido en Orizaba, debido a la comunicación que mantenía con el cura José María Flores, la postura del obispo fue la de proceder sin caer en la no violencia, señala: “… de ninguna manera apruebo que los católicos hagan movimientos violentos. Si obran así me desobedecen…”.402 A pesar de la proclama del obispo de Veracruz, los católicos orizabeños se enfrentaron a las autoridades locales, únicamente manifestándose y tomando los templos a la “fuerza”, no se registró violencia que dejara heridos o muertes. Antonio Morell, ante la acusación en su contra y que sería detenido junto con los demás involucrados en los actos del mes de febrero de 1937, pidió un amparo de la Justicia Federal por violación de los artículos 14 y 16 Constitucionales, en contra del Presidente Municipal, Oficial de la Policía Judicial, Jefe del Sector Militar, Agente del Ministerio Público del Ramo Penal y Juez Primero de Primera Instancia de Orizaba. Morell se dirige al Juez de Veracruz diciendo:

400

Para mayor información véase a TRUJILLO Anaya, Lauro Ángel. Los conflictos intersindicales en Orizaba 1935-1940, Comunidad Morelos, Col. Los Hijos de Ahauilizapan No. 3, Orizaba, 1998, 32 pp. 401 AGUILAR. “Las manifestaciones…”, Op. Cit., 2010, pp. 295-296. 402 BÁEZ. “Los aristas…”, Op. Cit., 2006, pp. 226-228.

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I. Soy desde hace muchos años, Secretario de la Policía Judicial de esta ciudad, son haber recibido nunca amonestación o reprensión de mis superiores que lo son el Jefe de la Oficina el C. Agente del Ministerio Público del Ramo Penal y el C. Procurador de Justicia del Estado, ni menos aún la propia sociedad ha tenido que censurarme acto alguno de mis funciones, cuya actuación puedo justificar ampliamente llegada la vez. II. Desde el día dos de este mes se recibió en la Policía Judicial estando entonces de turno mi Jefe el señor Efraín Moreno Lara, la denuncia de que en la casa del referido sacerdote José María Flores, se estaba violando la Ley de Cultos porque en ella además de hacerse propaganda católica, se celebraban misas siendo el oficiante dicho sacerdote. En tal virtud, desde esa fecha mi expresado Jefe dio órdenes al señor Agustín Saldaña, que venía fungiendo como Agente Auxiliar de la Oficina, para que vigilara aquella casa y el domingo siete de los corrientes, como poco después de las cinco horas, se me presentó en mi domicilio participándome que efectivamente se estaba diciendo misa en la citada casa, por lo que, en cumplimiento de la orden recibida de mi Jefe, me dispuse a entrevistar al C. Agente del Ministerio Público Penal para a mayor abundamiento recibir de él las instrucciones que tuviera a bien darme; pero no lo encontré en su domicilio, donde me informaron que se hallaba en Veracruz de vacaciones, debiendo advertir que no entrevisté al Representante del Ministerio Público Federal que lo es el C. Jefe de la Oficina Federal de Hacienda, porque a esa hora nadie pudo darme su domicilio. Y en tal concepto me trasladé acompañado de solamente de dos gendarmes municipales y del referido Agente Auxiliar, en auxilio de la Policía Federal. III. Al llegar a la casa del mencionado sacerdote estaba abierto el zaguán y entrando muchas personas, y comprobado que hube que en efecto se celebraba un acto religioso efectué la aprehensión del cura Flores, quien no se resistió a ser conducido por mí personalmente y cuando trasponía la puerta que da a la calle se había formado un gran tumulto y comenzaron a hacerse los disparos, sin poder precisar yo de parte de qué personas, porque la confusión era completa, ya que algunas gentes de la concurrencia a la misa abandonaron esa casa, pero la mayor parte quedó adentro, y con haberse tocado el poste que es la señal de alarma en esta ciudad, se provocara ésta, mayor fue el número de personas que se congregó en la calle que era donde se hacían los disparos, por lo que me concreté a conducir al padre Flores a la Inspección de Policía, quedándose en la puerta de la casa de éste los dos gendarmes municipales con el señor Saldaña y fue cuando yo me encontraba en la Inspección cuando llegó el aviso de que encontrábase una señorita gravemente herida en la esquina opuesta a la dirección que yo había tomado al conducir al expresado sacerdote y a una distancia de la casa de este de más de media cuadra por lo que ni yo mismo me doy cuenta de quien haya sido el autor de ese delito. IV. Ha llegado a mi conocimiento que personas interesadas en perjudicarme tratan de presentarme como responsable por la sola circunstancia de haber sido el aprehensor del cura Flores y que las autoridades antes mencionadas pretenden ordenar mi aprehensión con el propósito de calmar la excitación que ha causado la muerte de la citada señorita, pero, repito, soy ajeno completamente a ese infame crimen, que yo soy el primero en reprobar. Consideraciones de derecho. I. Como Queda relatado, no tuve ninguna participación en el homicidio perpetrado en la persona de la señorita Sánchez, a quien ni siquiera conocí y por lo demás no existe en la averiguación practicada para esclarecer ese delito, ningún dato ni declaración que me señale como autor y en tal concepto la orden que se ha dictado o pretende dictarse en mi contra restringiendo mi libertad, no tiene no puede tener fundamento alguno y por lo mismo es indudable que por lo que a mí respecta, no resulten cumplidas las formalidades esenciales del procedimiento penal, violándose así el artículo 14 Constitucional supuesto que se trata de aprehenderme sin existir indicio alguno en mi contra. II. En cuanto a la violación del artículo 16 de la Constitución General, resulta del hecho de que independientemente de que no está probado que yo haya tenido intervención en el asesinato, circunstancia por la cual nunca podrá fundarse ni motivarse mi detención, hay la particularidad de que ninguna de las autoridades, excepto el C. Juez Primero de Primera Instancia, es competente para restringir mi libertad, ya que esas autoridades solo tienen competencia para restringirla en el caso de delito infraganti y en tal concepto como yo no traté de evadir la acción de la justicia, sino al contrario he colaborado en que ésta se imparta, es evidente que si alguna responsabilidad se supuso desde el principio, debía haberse ordenado desde entonces mi detención, por lo que no me explico por qué motivos y en qué razones de carácter legal puede fundarse mi aprehensión.

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Por todo lo expuesto, como no tengo ninguna responsabilidad en el asesinato, pero sí se pretende perjudicarme con inmiscuirme en un proceso injustamente, y por otra parte estoy dispuesto a presentarme a declarar ante la autoridad que deba juzgarme, en su oportunidad, con apoyo en los citados preceptos constitucionales, así como en los artículos 103, fracción I, y 107 de la misma Constitución, 1, 2, 3, 4, 5, 11, 36, 37, 114, 116, 117, 122, 123, 124, 130, 131, 136, 145,146 y demás relativos de la Ley de Amparo. A usted atenta y respetuosamente suplico se sirva: I. Tenerme por presentado promoviendo demanda de amparo de la Justicia Federal contra actos de los CC. Presidente Municipal, Inspector de Policía, Oficial de la Policía Judicial, Jefe del Sector Militar, Agente del Ministerio Público del Ramo Penal y Juez Primero de Primera Instancia de esta ciudad por violación de las garantías que me conceden los artículos 14 y 16 de la Constitución General de la República, por los conceptos que dejo ampliamente expresados. II. Como temo ser aprehendido de un momento a otro, y con ello recibiría grave perjuicio, dignarse concederme la suspensión previa respectiva por setenta y dos horas y comunicar a las autoridades tal suspensión por la vía telegráfica, ya que se trata de mi libertad personal. III. Pedir a las autoridades responsables el correspondiente informe y por último, IV. Oportunamente concederme la suspensión definitiva y resolver a su tiempo, que la Justicia Federal me protege contra los actos de que me quejo. Señalo como llevo dicho para oír acuerdos al despacho situado en Colón 77 de esta población.403

El amparo que promovió Antonio Morelll fue recibido por el juez, asimismo éste le notificó al juez de Orizaba para que estuviera enterado de los hechos redactados y de quiénes eran los implicados en el asunto.404 Asimismo el juez de Veracruz informó a las partes involucradas, es decir a los acusados, que la ley de amparo promovida por Morell, debían de suspender bajo estricta responsabilidad, todo acto que pueda poner en peligro la vida del quejoso.405 Ante eso debían de cumplir con el cumplimiento de las garantías; sin embargo, el Oficial Judicial expresó la intención de arrestar a Morell por los actos del 7 de febrero, por orden del C. Agente del Ministerio Público del Distrito; días después

403

Casa de la Cultura Jurídica en Veracruz, Veracruz (En adelante CCJV) Juicio de amparo del juzgado 4to. de Distrito, Exp. 51/937. De Antonio Morell al C. Juez Primero de Distrito, Orizaba, 9 de febrero de 1937. 404 CCJV. Juicio de amparo del juzgado 4to. de Distrito, Exp. 51/937. Certifica Lic. Fernando Zapata Díaz la demanda de amparo, Veracruz, 10 de febrero de 1937; Ibíd. De Lic. Fernando Zapata Díaz al C. Juez Primero de Primera Instancia de Orizaba, Veracruz, 10 de abril de 1937. 405 CCJV, Juicio de amparo del juzgado 4to. de Distrito, Exp. 51/937 Juicio de amparo del juzgado 4to. de Distrito, Exp. 51/937. Telegrama, del Juez Primero de Distrito Lic. Fernando Zapata Díaz a los CC. Juez Primero de Primera Instancia, Presidente Municipal, Inspector General de Policía, Comandante de Policía, Jefe de la Policía Municipal, Jefe del Sector Militar, Veracruz, 13 de febrero de 1937; Ibíd. Telegrama, del Juez Primero de Distrito Lic. Fernando Zapata Díaz a los CC. Procurador General de Justicia del Estado, Gobernador del Estado, Veracruz, 13 de febrero de 1937.

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informa que no intentó la aprehensión de Morell así como no haber recibido orden de la autoridad superior.406 Por otro lado, los acusados de arrestar a Antonio Morell presentaron su posición de los hechos, expusieron que no habían girado orden alguna para la detención del quejoso, debido a que la investigación la realizaron las autoridades competentes. Del mismo modo que nadie había dictado orden alguna en contra de Morell para privarlo de su libertad, esto se dejaba ver en los informes justificados hacia el juez de Veracruz después de haber recibido la notificación del amparo.407 La misma declaración la hicieron las autoridades estatales como la Procuraduría General de Justicia y el Gobernador del Estado, donde informaban que no se dictó ninguna disposición de arresto al referido Antonio.408 Un periódico local dijo que se arrestaron a los oficiales Agustín Saldaña, Antonio Morell y Efraín Moreno Lara gracias a la intervención del Lic. Francisco Sánchez Torres, secretario particular de Miguel Alemán, quien fue el enviado especial para la averiguación de los hechos del día 7 de febrero. Saldaña fue detenido por el Jefe de las Comisiones de Seguridad, Miguel Rodríguez M. en su intento de escapar a Río Blanco; Morell fue detenido en Córdoba, mientras que Moreno se presentó voluntariamente, al parecer estas detenciones se llevaron a cabo el día 9; otro de los detenidos fue el Lic. Agustín Aguilar Muñoz quien recibió su libertad incondicional así como el cura Flores que era esperado afuera por católicos.409

406

CCJV. Juicio de amparo del juzgado 4to. de Distrito, Exp. 51/937. Del Oficial Judicial Eduardo A. Espíndola al C. Juez Primero de Distrito en el Estado, Orizaba, 12 de febrero de 1937; Ibíd. Del Oficial Judicial Eduardo A. Espíndola al C. Juez 1° de Distrito, Orizaba, 16 de febrero de 1937. 407 CCJV. Juicio de amparo del juzgado 4to. de Distrito, Exp. 51/937. Del Coronel Comandante del Batallón 3er. Sector Baltazar Treviño Sepúlveda al C. Lic. Fernando Zapata Díaz, Orizaba, 12 de febrero de 1937; Ibíd. Del Juez 1° de Primera Instancia de Orizaba Lic. José Canales al C. Juez Primero de Distrito, Orizaba, 12 de febrero de 1937; Ibíd. Del Agente del Ministerio Público Lic. Víctor F. Ochoa al C. Juez Primero de Distrito, Orizaba, 13 de febrero de 1937; Ibíd. Del Inspector Gral. de Policía Marcelino Absalón Pérez al C. Juez Primero de Distrito, Orizaba, 14 de febrero de 1937; Ibíd. Del Presidente del Concejo Municipal Horacio Xochihua al C. Juez 1° de Distrito Orizaba, 15 de febrero de 1937; Ibíd. Del Comandante de la Policía Municipal Jesús González Marrufo al C. Juez 1° de Distrito, Orizaba, 15 de febrero de 1937. 408 CCJV. Juicio de amparo del juzgado 4to. de Distrito, Exp. 51/937. Del Procurador General de Justicia Lic. Adolfo Moreno al C. Juez Primero de Distrito, Jalapa-Enríquez, 16 de febrero de 1937; Ibíd. del Secretario de Gobierno Lic. Fernando Casas Alemán al C. Juez Primero de Distrito, Jalapa-Enríquez, 17 de febrero de 1937. 409 AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 10 de febrero de 1937, No. 2120, pp. 1-2.

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La investigación hacia Antonio Morell siguió su curso, este personaje fue el único a quien se le encontró más información en los expedientes de archivos, por lo que se sabe más de su situación legal a diferencia de los otros acusados, donde no hay más evidencia de cómo procedieron en su contra. Sin embargo, gracias a los expedientes localizados en la Casa de la Cultura Jurídica en Veracruz, Veracruz, se logró saber más de la situación de Morell, ya que él promovió su amparo y se abrió la averiguación pertinente. Pues bien, tras la demanda de amparo promovido por el quejoso, se pidió que las partes acusas no actuaran en contra de su persona ni libertad; de acuerdo con la averiguación que se abrió al asunto, en el mes de agosto se declaró la audiencia pública en la ciudad de Veracruz, después de leerse la demanda de amparo se dieron a conocer los informes rendidos por las autoridades designadas como responsables y el pedimento del Ministerio Público dictó la sentencia: RESULTANDO: 1. Por escrito de fecha 9 de febrero próximo pasado, ocurrió ANTONIO MORELL, en demanda de amparo contra los actos de los CC. Presidente Municipal, Inspector General de Policía, Oficial de la Policía Judicial, Jefe del Sector Militar, Agente del Ministerio Público del Ramo Penal y Juez Primero de Primera Instancia de Orizaba, reclamando la orden de aprehensión dictada en su contra. 2. Por telegrama de fecha 12 del propio mes el referido quejoso amplió su demanda contra actos de los CC. Procurador General de Justicia del Estado, Gobernador del Estado y Comandante de Policía de Orizaba, reclamando tanto de estas responsables como de las anteriormente citadas, hecha excepción del Agente del Ministerio Público del Ramo Penal, atentados contra su vida. Estima el agraviado que tales actos violan en su prejuicio las garantías que consignan los artículos 14, 16 y 22 Constitucionales, por cuanto que no se han cumplido las formalidades esenciales del procedimiento supuesto que se trata de aprehenderlo sin existir (----) alguno en su contra y porque al no estar probado que haya tenido intervención en el asesinato, (----) delito se le considera presunto responsable no (----) fundarse ni motivarse su detención. 3. Admitida la demanda y pedidos los informes con justificación a las autoridades designadas como responsables, los CC. Agente del Ministerio Público, Presidente Municipal, Inspector General de Policía y Jefe del Sector Militar de Orizaba; Procurador General de Justicia del Estado, Gobernador del Estado, Jalapa y Comandante de Policía de Orizaba, negaron expresamente los actos que se les imputan. C. Oficial de la Policía Judicial de Orizaba, manifestó: que es cierto que trata de aprehender al quejoso por existir en su contra graves indicios de responsabilidad por el delito de homicidio de Leonor Sánchez y niega el acto que se le imputa, consistente en (----) contra su vida. Y el C. Juez Primero de Primera Instancia, manifestó: que el quejoso le fue (----) en calidad de detenido, por el Oficial Judicial de Orizaba, quien lo internó a la cárcel a disposición de ese Tribunal; y que dentro del término constitucional se le dictó auto de formal prisión como presunto responsable de los delitos de homicidio, (----) de autoridad, acompaño con su informe y usurpación de funciones. La referida autoridad, acompañó con su informe copia certificada de dos fojas de dicho auto de formal prisión y negó expresamente el acto reclamado que se le dicta, consistente en atentados contra la vida del quejoso. 4. En esta audiencia el Ministerio Público pidió el sobreseimiento.

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CONSEDERANDO: I. No se acreditó la existencia de los actos reclamados de los CC. Agente del Ministerio Público, Inspector General de Policía, Presidente Municipal, Jefe del Sector Militar y Comandante de Policía de Orizaba; Procurador General de Justicia del Estado y Gobernador del Estado, Jalapa, pues fueron negados expresamente por dichas responsables, sin que la parte quejosa desvirtuara sus informes con prueba alguna en contrario. Por tanto, procede a su respecto sobreseer el presente amparo por falta de materia. II. Tampoco se acreditó la existencia de los actos reclamados de los CC. Juez Primero de Primera Instancia y Oficial de la Policía Judicial de Orizaba, consistentes en atentados contra la vida del agraviado, pues ambas responsables los negaron, sin que se demostrara lo contrario en autos. Por tanto, y por el mismo concepto expresado en el considerando anterior, procede sobreseer también este amparo. III. La existencia del acto reclamado consistente en la orden de aprehensión dictada en contra del quejoso, en lo que respecta a los CC. Juez Primero de Primera Instancia y Oficial de la Policía Judicial de Orizaba, se encuentra debidamente acreditada con sus respectivos informes justificados; pero apareciendo de la copia certificada que la primera de dichas autoridades remitió con su oficio número 1083 de 7 de mayo último, que corre agregada a fojas 85 y 86 de este expediente, que ya se dictó auto de formal prisión en la causa número 54/937, instruida contra el quejoso y socios por los delitos de homicidio, abuso de autoridad y usurpación de funciones, cambiando así su situación jurídica y cesando por tanto los efectos del actor reclamado, procede sobreseer este amparo en lo que hace a dichas responsables, por la expresada causa de improcedencia. Por lo puesto y con fundamento en los artículos 73 fracciones XVI y XVIII y 74 fracciones (III) y (----) de la Ley Orgánica de los artículos 103 y 107 de la Constitución, se resuelve: I. Se sobresee el presente juicio de amparo, promovido por ANTONIO MORELL, contra actos de los CC. Juez Primero de Primera Instancia, Agente del Ministerio Público, Presidente Municipal, Inspector General de Policía, Oficial de la Policía Judicial, Jefe del Sector Militar y Comandante de Policía de Orizaba; Procurador General de Justicia y Gobernador del Estado, consistentes en atentados contra su vida y en la orden de aprehensión dictada en contra por la primera de dichas autoridades, como presunto responsable de los delitos de homicidio, (abusando) de autoridad y usurpación de funciones. II. Notifíquese. Con lo que terminó la audiencia levantándose esta acta que firma el C. Juez Primero de Distrito en el Estado, Licenciado Fernando Zapata Díaz.410

En esa acta se dio a entender que la búsqueda de Antonio Morell por los oficiales de Orizaba fue por un mal entendido, con las averiguaciones pertinentes la situación de los oficiales cambia considerablemente. Quizás esto junto con las demás declaraciones de los acusados, fue el motivo por el que el amparo que Morell buscó no le fuera concedido, por lo que tuvo que acatar la ley y sujetarse a la sanción que se le establecía. A finales de 1937, las autoridades acusadas informan de recibido la resolución que dio el juez. 411

410

En la misma fecha se libran oficios 7429, 7430, 7431 (----), 7433 y 7434 a las responsables enviándoles copias (---) anterior resolución y exhorto al Juez de la 1ª. Instancia de Orizaba para que notifique al quejoso. CCJV. Juicio de amparo del juzgado 4to. de Distrito, Exp. 51/937. Acta de resolución del amparo, Veracruz, 9 de agosto de 1937. 411 CCJV. Juicio de amparo del juzgado 4to. de Distrito, Exp. 51/937. Del Procurador General de Justicia Lic. Emilio Gómez Sariol al C. Juez de 1° de Distrito, Jalapa-Enríquez, 10 de noviembre de 1937; Ibíd. Del Presidente del Concejo Municipal al C. Juez 1° de Distrito, Orizaba, 10 de noviembre de 1937; Ibíd. Del Oficial Judicial Eduardo Arellano Espíndola al C. Juez 1° de Distrito, Orizaba, 10 de noviembre de 1937; Ibíd. Del Secretario General de Justicia Lic.

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Por otro lado, se pidió reconstruir los hechos, los cuales fueron narrados por los familiares de Leonor y autoridades municipales, narrando que la joven recibió el balazo arriba del pecho, de la tetilla izquierda, al caer un joven trata de levantarla pero éste huye al ver a los policías con pistola en mano, siendo Saldaña el autor del crimen. La noticia ya había llegado a Cárdenas siendo que los templos volverían a abrirse, éste mandó a dos Delegados a averiguar los hechos y a través de la Secretaría de Gobernación procedería en este asunto.412 Debido a los actos que se llevaron frente al Palacio Municipal, se le comunicó al gobernador lo ocurrido, donde le informaron que todos los presentes pedían la apertura de dichos templos, el Procurador les hizo saber que eso no era de su competencia pero se haría justicia, por lo que los manifestantes se introdujeron a las iglesias a repicar las campanas, por lo que llegó más gente al escuchar el sonido, quedando resguardados por ellos, dándose la orden que si se acercaban fuerzas militares impidieran que fueran cerrados nuevamente, asimismo se le comunicó que el pueblo volvió a marchar y se encontraba excitado por lo que no pudieron contenerlos.413 La manifestación era grande, según cuenta Carlos Aguilar: “(…) las casas se vacían y cuarenta mil orizabeños de todas las clases sociales y miles de obreros de las fábricas cercanas: Río Blanco, Santa Rosa, Nogales, Cerritos, Yute, Cocolapam, Mirafuentes, San Lorenzo y las cervecerías Moctezuma y Nogales, vienen a unirse a la multitud que se precipita por las calles a abrir los templos clausurados: la Concordia, Santa Gertrudis, los Dolores, San José, San Juan de Dios, Santa María, el Carmen, el Calvario, San Antonio (…)”414

Ante el fervor de los manifestantes, el 10 de febrero los obreros volvieron a dar su postura: ¡¡A NUESTROS CAMARADAS CATÓLICOS!! CAMARADAS: es hora de que despertemos y sacudamos el yugo de nuestra esclavitud. Tengan en cuenta que el Sindicato al que pertenezcamos no tiene derecho a violar nuestra libertad de conciencia. No dejemos que nuestros dirigentes, abusando de la confianza que en ellos hemos depositado, traicionen nuestros derechos más sagrados, llevando a efecto determinaciones que no han sido con la plena aprobación de las asambleas, como son las que tomaron algunos COMITES DE LA REGION ORIZABEÑA, girando telegramas en contra de los católicos a las principales autoridades del Fernando Casas Alemán al C. Juez 1° de Distrito, Jalapa-Enríquez, 11 de noviembre de 1937; Ibíd. Del Comandante de Policía Serafín Vázquez al C. Juez 1° de Distrito, Orizaba, 11 de noviembre de 1937; Ibíd. Del Inspector General de Policía Marcelino Absalón Pérez al C. Juez 1° de Distrito, Orizaba, 11 de noviembre de 1937; Ibíd. Del Coronel Comandante del Sector Arnulfo de Nova Delgado al C. Juez 1° de Distrito, Orizaba, 11 de noviembre de 1937. 412 AMO. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 10 de febrero de 1937, No. 2120, pp. 1-2; Ibíd. Periódico El Universal Gráfico, México, No. 6097, p. 3. 413 AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Telegrama, del Presidente del Concejo Municipal Jorge Guapillo al Gobernador del Estado Lic. Miguel Alemán, Orizaba, 10 de febrero de 1937. 414 AGUILAR. “Las manifestaciones…”, Op. Cit., 2010, p. 296.

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Estado y de la República. Es hora de que demostremos nuestra soberanía en las asambleas, defendiendo nuestra fe, nuestro Dios y nuestros templos, imponiéndonos para obligar a nuestros dirigentes, a respetar nuestras creencias. De este modo verán el C. Gobernador y el C. Presidente de la República, que han sido sorprendidos por tres o cuatro elementos contrarios a nuestra doctrina y de que el único lazo de unión fuerte, grande y sagrado, es el de la Religión. No temamos a las amenazas de nuestros dirigentes, recordemos que “La Unión es la Fuerza” y triunfaremos. Seamos valientes, defendiendo con entusiasmo y optimismo nuestra doctrina religiosa y vigilemos los actos de nuestros dirigentes, para que no burlen nuestra confianza. Tengamos presente, que los Sindicatos sólo deben luchar por el MEJORAMIENTO DEL TRABAJADOR pero nunca, poder determinar nuestra religión, que es la única que lucha por mantener la paz en todas las esferas sociales, y la única doctrina socialista que nos legó el Divino Rabí de Galilea, al pronunciar sus consoladoras palabras. “AYUDAOS LOS UNOS A LOS OTROS”. “DAN AL CESAR LO QUE ES DEL CESAR Y A DIOS LO QUE ES DE DIOS”. ORIZABA, FEBRERO DE 1937. Los Trabajadores Católicos de todas las Agrupaciones. LEALA UD. Y PASELA A OTRA PERSONA.415

Con esto quedaba claro que los obreros, pese a seguir a sus dirigentes y políticos, se consideraban católicos, pero no lo expresaran “abiertamente”. Pero debido a los problemas sindicales y a al ser asesinada la hija de un obrero, despertaron sus deseos de profesar la religión católica, dando su apoyo y respaldo quienes se manifestaban sin tomar en cuanta si eran religiosos o no y sin importar que fueran en contra de sus líderes, del gobernador o del presidente. Los templos permanecieron abiertos todo el diez de febrero, pero fueron cerrados en la noche a solicitud de la Oficina Federal de Hacienda, en representación de la Dirección de Bienes Nacionales; al día siguiente llega el gobernador Alemán, las actividades estaban paralizadas, había gente de poblados cercanos y obreros de las fábricas del valle. Indígenas de Santa Ana Atzacan se dirigieron a Orizaba y traían con ellos al padre Jorge Gómez, en Córdoba siguieron el ejemplo de manifestarse por las calles y abrieron sus templos.416 Durante ese día el Comité Pro-Carnaval de Orizaba manifestó su apoyo a los católicos, con los templos ocupados los feligreses practicaron rezos y el Himno Nacional se escuchó dentro de los muros de la iglesia de San Miguel, era tal la gente que se encontraba que ésta llegaba a la calle Madero; seguían las averiguaciones por la muerte

415 416

APO. S/C. Girado el 10 de febrero de 1937. AGUILAR. “Las manifestaciones…”, Op. Cit., 2010, p. 296.

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de Leonor y había contradicciones, pero se llegó a la conclusión de que Saldaña y los otros implicados actuaron por cuenta. 417 La situación se volvía cada vez más crítica, con la presencia del gobernador en Orizaba se pensaba que la ley sería retirada y las iglesias volverían a abrirse, los feligreses daban sus peticiones a través de pancartas donde se podía leer: “El pueblo de Orizaba pide garantías”; “Una nueva víctima de la injusticia”; “Ciudadano Gobernador, pedimos la justicia y libertad de cultos”; “Respeto a nuestras creencias”; “Orando en nuestros templos no violaremos la ley”; “Para quitarnos la fe nos deben de quitar la vida. Aquí estamos”; “Todo el Estado de Veracruz odia la ley Tejeda y pide al Gobierno la reanudación de los cultos”; El pueblo de Maltrata se une al dolor”; “Orizaba cuando tiene un derecho, no lo pide de rodillas, ¡lo arrebata!”. 418

El gobernador se retiró el mismo día en que llegó pero no solucionó nada, ante esto los católicos se lanzaron al Palacio Municipal (el gobernador tuvo que salir por la parte de atrás debido a la gran cantidad de gente), un grupo de mujeres ondeó la bandera de la Virgen de Guadalupe desde el balcón principal, otro grupo de católicos volvieron a abrir los templos pero ahora los vigilarían día y noche por medio de guardias voluntarios, siendo la Juventud Católica Femenina Mexicana quien les suministraba alimentos. Los orizabeños católicos pedían oficialmente la entrega de las iglesias y sus llaves. 419 Ante los problemas que se presentaron, una comisión de orizabeños católicos también se dirigió a los poderes superiores: A las H.H. Cámaras de Diputados: El pueblo de Orizaba y en general del Estado de Veracruz ante esas H.H. Cámaras hace escuchar una vez más su voz de protesta, en contra de la ley extorsionadora de sus creencias que están en pugna con el sentir no solo del pueblo veracruzano sino del pueblo de la Nación Mexicana. Creemos que las legislaturas pasadas sufrieron la influencia de un Maximato y en su abyección sancionaron leyes que lesionan las libertades del pueblo, en esta era de reajustes morales que el C. Presidente de la República trata de normar sus esfuerzos por la unificación de la gran familia mexicana toca a la H.H. Cámaras de Diputados y Senadores derogar las leyes que opongan a la voluntad del pueblo mexicano, siempre amante de respeto a su libertad por lo que espera el pueblo de este Estado Libre y Soberano de Veracruz que esas H.H. Cámaras sabrán interpretar los principios democráticos que rigen a la Nación Mexicana y (acatar) el respeto que el pueblo merece. Por el pueblo Veracruzano. LA COMISIÓN Andrés Salinas, Paula M. de Herrera, Herlinda Vázquez 420

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AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 11 de febrero de 1937, No. 2122, p. 1, 4. AGUILAR. “Las manifestaciones…” 2010, p. 297. 419 Ibíd. p. 297. 420 AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 25 de febrero de 1937, No. 2134, pp. 1, 4. 418

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El mes de febrero estuvo marcado por la presencia de los católicos en Orizaba, inicio de su lucha por abrir sus templos y pidiendo justicia por el crimen cometido; el 23 se hizo otra manifestación donde exigían que las llaves fueran entregadas a las Juntas Vecinales, porque se había esparcido el rumor de otra clausura, para evitar enfrentamientos una señora de nombre Carolina Ojeda de Islas se dirigió a los feligreses para calmar los ánimos, inmediatamente se retiraron a los templos para seguirlos cuidando. Acto seguido las autoridades orizabeñas pasaron el informe al gobernador, explicando que la Fuerza Federal impidió desórdenes, además hubo agrupaciones de los municipios adyacentes a Orizaba.421 No obstante, los católicos orizabeños se dirigieron al presidente de la República, Lázaro Cárdenas, a través de una carta donde exponían que desde hace años los templos en Veracruz permanecían cerrados como consecuencia de la política antirreligiosa, del mismo modo que se han hecho gestiones para que los templos vuelvan a los cultos pero han sido infructuosas, debido a que la Secretaría de Gobernación dice que se tienen que dirigir al gobernador del estado y éste a su vez a México. En esa carta expusieron lo acontecido el día 7 de febrero, y en últimas declaraciones el gobernador dijo que no tenía comentario sobre la cuestión religiosa, por lo que solicitaron al presidente las siguientes peticiones: I. Que Ud. como Primer Mandatario de la República Mexicana, intervenga directamente para que quien tenga que dictar la orden de entrega de Templos a las juntas vecinales, lo haga en obsequio al Pueblo que lo exige; y lo haga lo más rápidamente posible como es de justicia. II. Que intervenga Ud. ante el C. Gobernador del Estado para que en este Estado de Veracruz se restablezca la tranquilidad mediante la reapertura de los templos y la reanudación de los cultos católicos. III. Que apoye Ud. nuestras futuras gestiones ante la Legislatura Local para que sea derogada la actual y sectaria Ley sobre reglamentación del número de ministros que pueden oficiar y en virtud de la cual, solamente un sacerdote está autorizado para atender las necesidades de cien mil habitantes, lo cual es IMPOSIBLE.422

El problema religioso se salió de control, los católicos se movilizaron y en un primer momento tomaron los templos por la fuerza, tras las acciones del gobierno para

421

Ibíd. pp. 297-298; AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Del Presidente del Concejo Municipal Jorge Guapillo al C. Lic. Miguel Alemán Gobernador Constitucional del Estado, Orizaba, 24 de febrero de 1937. 422 APO. S/C. Los que suscriben católicos de la ciudad de Orizaba al C. Presidente de la República, Orizaba, 24 de febrero de 1937.

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detenerlos y evitar que abrieran los templos decidieron dirigirse al presidente, éste mantuvo una postura mediadora pero daba pie a que tomaría el asunto en sus manos y se resolvería conforme a la ley; Alemán, por su parte, no daba una respuesta concreta, desde que iniciaron las manifestaciones ya se hablaba de que los templos en Orizaba serían dados a las juntas vecinales.

4.3 La nueva entrega de templos a las Juntas Vecinales en Orizaba Las autoridades contemplaron entregar los templos de nueva cuenta a las juntas vecinales. El día 8 de febrero de 1937 las autoridades municipales de Orizaba citaron a los señores Agustín Aguilar, Ernesto Galán (Galland), Delfino Ponce, Manuel Gómez, Francisco Ramírez, Ignacio Gómez Zavaleta, Carolina Muñoz y Sritas. Domínguez para tratar los asuntos urgentes, probablemente por lo ocurrido el día anterior.423 La noticia de que los templos se entregarían a las junas corrió desde el 14 de febrero, en el periódico se dio que en un plazo de 72 horas las iglesias serían entregadas. Esto alegró a los católicos, porque la palabra del gobernador empezaba a cumplirse, además, no solo en Orizaba se entregarían los templos sino que en todo el estado de Veracruz. 424 En Orizaba esperaban la resolución del gobernador para que las autoridades pudieran nombrar las juntas, estas serían formadas en menos de dos días, al parecer algunos miembros fueron cambiados; en cuanto a los sacerdotes, se dijo que sólo oficiarían tres, pero aún no quedó aclarado ese punto.425 Al ser un momento crítico en Orizaba, todo tenía que hacerse siguiendo la ley para evitar problemas, se debió esperar a que el gobernador autorizara el nombramiento de las juntas y a su vez las autoridades municipales informaran del procedimiento. Las juntas católicas no variaron mucho en cuanto a su estructura y a mediados de febrero se instauraron de la siguiente manera:

423

AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Citatorio, del Presidente del H. Concejo Municipal a los Señores ya mencionados, Orizaba, 8 de febrero de 1937. 424 AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 14 de febrero de 1937, No.2125, p. 4. 425 Ibíd. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 16 de junio de 1937, No. 2126, pp. 1, 4.

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Tabla 2. Las Juntas Vecinales en Orizaba en 1937 Templo de la Concordia Nombre

Edad

Gabriel Zepeda

63 años

Francisco Reyes

85 años

Diego Cerón

47 años

Amelio Martínez Alejandro Serrano

54 años 50 años

Emiliano Rivera

39 años

Leopoldo Ortega

50 años

Pedro Flores

56 años

Luis Cordero

60 años

Dirección

68 años

Nombre

Edad

Arcadio Franco

60 años

José Hernández

49 años

Juan Miranda

35 años

Luis Hernández

55 años

Jesús Hernández Eulogio González Próspero Rodríguez Emilio Rico

35 años 31 años 60 años 37 años

Nombre

Oriente 4 Eulogio No. 451 Benítez Id. 6 No. Benito Tello 226 Id. 3 Abraham No. 500 Villegas Oriente 4 y Manuel Sur 25 Mendoza Oriente 3 Víctor Tello No. 452 Oriente 10 Felipe Loyo No. 118 Oriente 6 Felipe Nieva No. 95 Oriente. 6 Hermenegildo No. 167 Ramírez Oriente 2 No. 3

Oriente 6 No. 155 Templo de Santa Gertrudis

Librado Serna

Templo de Los Dolores

Herminio Cruz

Edad 76 años 61 años 29 años 34 años 63 años 30 años 56 años 56 años 46 años

Dirección Oriente 4 No. 47 Sur 13 No. 43 Sur 13 No. 55 Sur 15 No. 103 Sur 13 No. 41 Sur 11 No. 13 Sur 13 No. 14 Sur 13 No. 18 Oriente 4 No. 61 int 9

Leobardo 40 años Colón 139 Carmona Templo de San José de Gracia

Dirección

Nombre

Edad

Oriente 6 No. 374 Oriente 6 No. 378 Oriente 6 No. 320 Oriente 6 No. 320 Oriente 6 No. 354 Oriente 6 No. 352 Oriente 6 No. 332 Oriente 6 No. 310

Bernabé Polanco

66 años

Ángel Torres

41 años

Basilio Villagómez Daniel Fougerat Alfredo Echegaray Juan Ruíz Alfonso Martínez Donato Merino 183

62 años 55 años 56 años 37 años 40 años 49 años

Dirección Poniente 5 No. 72 Poniente 7 No. 133 Sur 6 No. 8 Poniente 7 No. 141 Sur 10 No. 80 Sur 8 No. 9 Poniente 5 No. 73 B Sur 8 No. 4 Int. 3

Oriente 6 No. 314 Cuartos Emilio Cortés 53 años Yute No. 101 Templo Parroquial de San Miguel Dionisio Rico

36 años

Nombre

Edad

Roberto Martínez

30 años

Nombre

Edad

Manuel Roque

42 años

Dirección

Madero No. 64 Madero Gustavo Sota 67 años No. 81 Rafael Oriente 5 54 años Hernández G. No. 31 Madero José Mendoza 39 años No. 113 Encarnación Norte 2 45 años Hernández No. 7 Alejandro Madero 32 años Boschetti No. 97 Bis. Leopoldo Sur 8 27 años Franco No. 11 Sur 9 Rubén Yáñez 49 años No. 15 Norte 4 Leopoldo Lima 42 años No. 49 Madero y Basilio Orea 45 años Poniente 3 Templo de El Carmen

Francisco Pacheco Ricardo Osorio M. Enrique Hernández Pedro Aguilar Alberto Uruñuela Antonio Gargantua

42 años 37 años 48 años 25 años 40 años 39 años

Dirección Oriente 2 No. 59 Oriente 4 No. 48 Oriente 3 No. 50 Sur 9 No. 26 Oriente 2 y Sur 7 Oriente 4 No. 25 Norte 8 No. 2

Poniente 5 No. 72 B Sur 8 Sacramento 56 años No. 17 Osorio Int. 29 Templo de El Calvario

Antonio Rey

26 años

Nombre

Edad

Leodegario Peregrina Francisco Huerta Ávila Alberto Osorio M. Mauricio Martínez

Dirección

Norte 4 No. 6 Norte 4 54 años No. 5 Oriente 3 48 años No. 50 Av. Colón 44 años No. 74 Oriente 3 Félix Rosas 46 años No. 5 Delfino P. Oriente 3 56 años Ramírez No. 90 José Orozco Sur 3 45 años Ríos No. 12 Eliseo Oriente 2 37 años Sánchez No. 27 Gabriel Av. Colón 58 años Palacios No. 86 Ricardo Oriente 4 40 años Aguilar M. No. 15 Templo de San Antonio 52 años

Nombre

Edad

Luis Cardel

40 años

Delfino Contreras Gonzalo Rivera Cornelo Santos Nemesio Bolaños Toribo Campos Manuel Rodríguez 184

49 años 34 años 64 años 80 años 60 años 56 años

Dirección Norte 5 No. 39 Norte 5 No. 59 Norte 5 A No. 1 Poniente 8 No. 9 Poniente 8 No. 18 Norte 5 No. 62 Poniente 8 No. 36

Oriente 3 No. 70 Frumencio Av. Colón 43 años Suárez No. 177 Norte 6 Javier Vivanco 63 años No. 16 Templo de Santa María Julio Arenas

47 años

Nombre

Edad

Osvaldo Berruecos Cayetano Flores

Dirección

Oriente 3 No. 7 Oriente 2 30 años No. 19 Sur 3 No. Mario Sánchez 45 años 9 Ignacio Poniente 3 55 años Berruecos No. 19 Francisco Sur 7 No. 45 años Meneses 33 Oriente 4 José Ahuja 35 años No. 19 Oriente 2 Diego Bringas 50 años No. 12 Sur 7 No. Luis Aguirre 22 años 8 Fernando Norte 4 28 años Araujo No. 32 Sur 7 José Villa 22 años No. 18 Templo de Barrio Nuevo 48 años

Eduardo Poniente 8 23 años Galland No. 40 Aurelio R. Poniente 8 36 años Trejo No. 21 Salvador Norte 5 35 años Gutiérrez No. 44 Templo de San Juan de Dios Nombre Roberto Escamilla Manuel C. Iturriaga Eduardo Gómez Florentino Sánchez

Edad 42 años 69 años 51 años 24 años

José Gómez

60 años

Félix Reyes

48 años

Martín Sánchez Porfirio Chávez

63 años 56 años

Alberto Díaz

39 años

Francisco Mendoza

56 años

Dirección Sur 3 No. 41 Poniente 2 No. 1 Oriente 10 No. 22 Sur 2 No. 58 Oriente 8 No. 24 Sur 5 No. 56 Oriente 10 No. 24 Madero No. 23 Poniente 9 No. 8 Sur 5 No. 36

Nombre Pascual Vázquez Tomás Torres Felipe Pliego Julián Pliego Isequio Pliego Ascensión Hernández Pedro Vázquez Manuel Ciruelo Ventura Pliego Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Las Juntas Vecinales fueron formadas el 16 de febrero de 1937, siendo la comisión integrada por: Delfino P. Ramírez, Cástulo Hernández y Manuel Gómez. El caso de la iglesia de Barrio Nuevo, la junta se creó el 1 de marzo de 1937.

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Una vez que quedaron formadas se le notificó al gobernador Alemán para que siguiera con los lineamientos legales.426 Los grupos católicos como las “Damas Católicas” fueron cruciales para el seguimiento y que se llevara a cabo la reformación de las juntas, algo que el gobierno permitió siguiendo el medio legal; el gobierno municipal, estatal y federal mantuvieron comunicación sobre el avance del tema de cultos. La Oficina de Hacienda pidió a las autoridades municipales el nombramiento de las juntas vecinales para que todo estuviera en orden y por el medio legal, ya había estipulado que las juntas se encargarían del cuidado y conservación de los templos que se les encomendara, claro que ese nombramiento tuvo que estar aprobado por las autoridades competentes y hacérselas saber a Hacienda, en la documentación que pidió la Oficina de Hacienda sólo se encontraron los templos de San José y San Miguel. 427 Cuando la junta del templo de San Miguel recibió el inmueble, estos se dirigieron mediante una carta a Hacienda, en la ciudad de México, donde explicaban que dicho edificio estaba de deplorables condiciones tanto en el exterior como en el interior debido al abandono que sufrió por 7 años por permanecer cerrado. Por esa razón los vecinos se juntaron para darle el mantenimiento correspondiente porque daba “mal aspecto” tanto para la ciudad como para los turistas que llegaban, en esa carta pedían autorización para las siguientes mejoras:    

Resanar las partes que sean necesarias. Blanquear todo el cuerpo del edificio que sea de mampostería y la torre. Pintar con aceite puertas y barandales. Limpiar las partes que no necesiten pintura de ninguna índole. 428

Bajo los mismos lineamientos se dirigieron al presidente municipal y pidieron su “apoyo moral” para verse realizado sus deseos por ser iniciativa del pueblo católico de salvar un edificio digno de la cultura de Orizaba. El Ayuntamiento respondió que no le concierne

426

AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Del Presidente del F. Concejo Municipal Jorge Guapillo al C. Lic. Miguel Alemán, Orizaba, 18 de febrero de 1937. 427 AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Del Jefe de la Oficina Blas Camacho al C. Presidente Municipal, Orizaba, 6 de marzo de 1937; Ibíd., del Presidente del H. Concejo Municipal Jorge Guapillo al Jefe de la Oficina Federal de Hacienda, Orizaba, 6 de marzo de 1937. 428 AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. De la Junta Vecinal del Templo San Miguel al C. Secretario de Hacienda y Crédito Público, Orizaba, 14 de abril de 1937.

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dar autorización para arreglar el templo de San Miguel, pues al ser propiedad federal deberían haberse dirigido a las Autoridades Federales para solicitar el permiso.429 Los vecinos de Orizaba estuvieron al pendiente de los templos, ellos se organizaron para atender cualquier problema que afectara a las iglesias. En julio de 1937 hubo un temblor en la ciudad ocasionando que parte de la cúpula del templo de La Concordia se desplomara, ante esa adversidad los vecinos cercanos a dicho templo se organizaron para retirar los escombros e ir reparando los daños, siendo que aún pertenecían a los Bienes de la Nación, la Oficina de Hacienda pidió apoyo policiaco para que no se retirara ningún objeto.430 El templo de La Concordia tenía un valor simbólico para los católicos de la ciudad, por ser el recinto de veneración de la Virgen de Guadalupe, por esa razón las fiestas guadalupanas tenían un gran valor sentimental. Nuevamente volvían a pedir permiso para celebrar a la “morenita”, como se le conoce por los católicos, en primer lugar se presentó la petición Manuel González para quemar cohetes y fuegos artificiales, pero esto le fue negado y de una vez se le advirtió que se tendría que abstener de cualquier manifestación pública de carácter religiosa por estar prohibidas por la ley. 431 Asimismo la junta encargada de dicho templo pidió permiso para poner puestos dentro del perímetro del parque “Francisco I. Madero” (también conocido como La Concordia, ubicado frente al templo), para vender, confeti, cerveza, tamales, tortas, limonadas, etc. con el fin de obtener recursos para la reconstrucción del parque y a beneficio del Manicomio del Estado (ubicado junto a dicho templo). Para corroborar esta petición las autoridades enviaron una carta para saber si era cierto que lo obtenido de

429

AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. De la Junta Vecinal del Templo San Miguel al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Orizaba, 4 de mayo de 1937; Ibíd., del Presidente del Concejo Municipal a la Junta Vecinal del Templo San Miguel, Orizaba, 10 de mayo de 1937. 430 AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Del Jefe de la Oficina Blas Camacho al C. Presidente Municipal, Orizaba, 27 de julio de 1937; Ibíd., del Presidente del Concejo Municipal al C. Inspector Gral. de Policía, Orizaba, 29 de mayo de 1937. 431 AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. De Manuel González al C. Presidente Municipal, Orizaba, 22 de noviembre de 1937; Ibíd., del Presidente del Concejo Municipal al C. Manuel González, Orizaba, 22 de noviembre de 1937.

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esas ventas sería destinado al Manicomio, la respuesta fue que se ignoraba el beneficio que podían obtener.432 Nuevamente la junta vecinal de La Concordia se volvió a dirigir a las autoridades municipales para solicitar el permiso correspondiente y así llevar a cabo las ventas que se dijeron anteriormente los días 11 y 12 del citado mes, bajo la justificación de la recaudación de fondos para el parque y el Manicomio, pero en esta ocasión esas actividades estarían vigiladas por la junta y el administrador del Manicomio. El alcalde negó la solicitud porque las fechas que eligieron corresponden a las festividades religiosas de la Virgen de Guadalupe, pero se les hace la observación de que pueden escoger otros días y así se les concederá el permiso y las facilidades necesarias.433 4.3.1 En búsqueda de otros implicados en el asesinato de Leonor Sánchez Se dijo que solamente el oficial Agustín Saldaña fue el autor de la muerte de la joven Leonor, pero descartaron quién o quienes o acompañaban. Los católicos pidieron justicia a las autoridades, estas procedieron con la detención del oficial Saldaña y otros presuntos culpables o por lo menos sospechosos de los actos. Pero al parecer estos no fueron los únicos que tuvieron una participación el día 7 de febrero de 1937, sino que hubo otros más, los policías acompañantes que estuvieron presentes aquél día, esto se sabe debido a que se ordenó la confiscación algunas armas. Aunque no se tenía noticia si otros policías dispararon en contra de la multitud en la casa del cura José María Flores, las investigaciones que se hicieron llevaron a que se le decomisaran las armas a los policías que acompañaron al oficial Saldaña, Morell y Moreno, me refiero a los policías Juan Cruz Castillo y Félix Mendoza, con el número 65 y 48 respectivamente, a ellos se les decomisaron sus armas, a Castillo un revolver marca

432

AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. De la Junta Vecinal del Templo La Concordia al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Orizaba, 20 de noviembre de 1937; Ibíd., del Presidente del H. Concejo Municipal al C. Presidente de la Junta Local de Beneficencia, Orizaba, 1 de diciembre de 1937; Ibíd., del Presidente de la H. Junta de Beneficencia Dr. Francisco Memije al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Orizaba, 6 de diciembre de 1937. 433 AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. De la Junta Vecinal del Templo La Concordia al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Orizaba, 1 de diciembre de 1937; Ibíd., del Presidente del H. Concejo Municipal a la Junta Vecinal del Templo La Concordia, Orizaba, 2 de diciembre de 1937.

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B. H. cal. 38 matrícula 2102 con dos cartuchos útiles, a Mendoza una pistola automática marca Plus Ultra cal. 7-65 matrícula 20267.434 Estos policías se conocían con los números de identificación 65 y 48, es necesario mencionarlos ya que se creyó que hubo otros más que fueron cómplices de los hechos ocurridos en los primeros días de febrero. Con las movilizaciones de las masas de los católicos orizabeños pidiendo castigo a los culpables, las autoridades municipales tuvieron que proseguir con las detenciones de los que estuvieron presentes. Al ser procesados estos policías, las armas pasaron a manos de la policía municipal, se hicieron gestiones a través del Juez 1º de Primera Instancia de que estas pasaran a manos del municipio por ser de su propiedad ya que no pueden tomarse como instrumento de delito de los acontecimientos del día 7 en cuestión.435 Se le informó al gobernador Alemán para que decidiera qué se procedía y a su vez al Procurador de Justicia, éste último porque el municipio carecía de armas, además le informaban que los policías no fueron autores del homicidio por lo que las armas no eran consideradas instrumentos de delito.436 El presidente de Orizaba siguió solicitando las armas en cuestión, se le respondió que no podían ser entregadas debido a la investigación que se estaba llevando a cabo porque al parecer una de esas armas sirvió para privarle de la vida a la Srita. Leonor Sánchez.437 Más adelante se da la noticia de que los señores Félix Mendoza y Juan Cruz fueron absueltos de toda responsabilidad, por lo que inmediatamente se piden las pistolas al ser una necesidad para el servicio de la policía municipal; ahora la respuesta que se

434

AMO. Ramo Gobierno, Policía, Correspondencia. C.-760, Exp. 85. Del Inspector Gral. de Policía Marcelino Absalón Pérez al C. Agente del Ministerio Público, Orizaba, 10 de febrero de 1937. 435 AMO. Ramo Gobierno, Policía, Correspondencia. C.-760, Exp. 85. Del Inspector Gral. de Policía Marcelino Absalón Pérez al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Orizaba, 26 de febrero de 1937; AMO. Ramo Gobierno, Policía, Correspondencia. C.-760, Exp. 87. Del Inspector Gral. de Policía Marcelino Absalón Pérez al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Orizaba, 26 de febrero de 1937. 436 AMO. Ramo Gobierno, Policía, Correspondencia. C.-760, Exp. 85. Del Presidente del H. Concejo Municipal al C. Gobernador del Estado Miguel Alemán, Orizaba, 23 de marzo de 1937; AMO. Ramo Gobierno, Policía, Correspondencia. C.-760, Exp. 87. Del Gobernador del Estado Miguel Alemán al C. Procurador General de Justicia del Estado, Jalapa-Enríquez, 29 de marzo de 1937. 437 AMO. Ramo Gobierno, Policía, Correspondencia. C.-760, Exp. 87. Del Presidente del H. Concejo Municipal al C. Procurador de Justicia del Edo., Orizaba, 2 de abril de 1933; Ibíd., del Secretario de Gobierno al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Jalapa-Enríquez, 7 de abril de 1937.

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enviaba era que pese a que los señores fueron liberados no gestionaron el trámite para que se entregaran las armas, por lo que éstas estaban guardadas, inmediatamente se pidió a Félix y a Juan que gestionaran los trámites necesarios para recuperarlas.438 El asunto de los policías Mendoza y Cruz fue largo, se requirió de bastantes trámites para lograr comprobar su inocencia y que las armas fueran regresadas al municipio, sin embargo no se encontró documentos referentes a los otros policías implicados ni de la situación de las armas que presentaban al momento de detener a los católicos aquél día. Pero es necesario mencionar esta situación de los policías porque se hacía una averiguación para aclarar los hechos. Sin embargo, con las investigaciones que se llevaron a cabo se descubrió que Efraín Moreno Lara, –Jefe de la Policía Judicial en turno en el momento de los sucesos del 7 de febrero–, fue encontrado como culpable y se le adjudicaron los delitos de abuso de autoridad y usurpación de funciones, asimismo se tenía presente los cargos por el delito de homicidio contra Antonio Morell, Juan Cruz Castillo, Félix Mendoza y Agustín Saldaña, a este último se le adjudicaron también los de allanamiento y usurpación de funciones.439 Dentro de esa acta se registraron las averiguaciones y los hechos que se presentaron en cuanto al asunto de los implicados. Dando como consecuencia la formal prisión de Antonio Morell, como presunto responsable de los delitos de homicidio, abuso de autoridad y usurpación de funciones de que lo acusa el Ministerio Público, por lo que se le comunicó al alcalde de la cárcel de Orizaba para su conocimiento así como aclarar que han pasado 72 horas desde la detención legal de Morell.440 De los otros implicados no se encontró dato alguno de su situación legal.

438

AMO. Ramo Gobierno, Policía, Correspondencia. C.-760, Exp. 87. Del Presidente del H. Concejo Municipal al C. Secretario de Gobierno, Orizaba, 30 de junio de 1937; Ibíd., del Oficial Mayor Fernando López Arias al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Jalapa-Enríquez, 6 de agosto de 1937; Ibíd., del Presidente del H. Concejo Municipal a los CC. Félix Mendoza y Juan Cruz, Orizaba, 13 de agosto de 1937. 439 CCJV. Acta certificada de los hechos por el C. Ernesto Martínez Secretario del Juzgado Primero de Primera Instancia de Orizaba, 7 de mayo de 1937. 440 CCJV. Acta certificada de los hechos por el C. Ernesto Martínez Secretario del Juzgado Primero de Primera Instancia de Orizaba, 7 de mayo de 1937.

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4.4 Hacia una solución de la ley antirreligiosa La búsqueda de una solución fue larga, las autoridades municipales no podían entregar los templos sin antes tener el consentimiento del gobierno del estado, que a su vez debía de tener autorización del gobierno federal. Esto dificultaba que los templos se entregaran inmediatamente; el gobernador Alemán había declarado que los templos sí se entregarían a las juntas vecinales. La intención de arreglar la condición de los templos y que la Ley 197 se levantara ocasionó fricciones; tal fue la importancia de esta ley para algunos políticos que rechazaron la reforma de la ley de cultos, el diputado local, Rafael Murillo Vidal dijo que prefería renunciar a su cargo con el argumento que de permitir esa reforma significaría dar pasos atrás a los “ideales de la Revolución”. Hubo maestros que rechazaron la derogación de la ley antirreligiosa y los padres de familia se organizaban para ir en contra de la educación social.441 Algunos padres de familia apoyaron a los sacerdotes: A NUESTROS CAMARADAS LOS ESTUDIANTES DE ORIZABA y sus CONTORNOS Con mucha frecuencia se nos habla en las escuelas, del amor al árbol, con tanto entusiasmo que a veces nos parece ver a nuestros Maestros revestidos de hermoso plumaje y transformados en aves del cielo, o en zorras o en leopardos que también gustan mucho estar en lo más espeso de los bosques. A esta clase de profesores, nosotros debemos formular estas preguntas: ¿Quién existió primero, Dios o el árbol? ¿Dios da la hermosura al árbol o el árbol a Dios? Y si nuestros profesores no son más ignorantes que nosotros o más necios que las bestias del campo, nos dirán que Dios existió antes que todas las cosas y que todas reciben de Él, el ser y la hermosura. Pues si esto es así, que se nos enseñe primero a AMAR A DIOS y DESPUÉS AL ÁRBOL Todos testigos de lo mucho que han luchado nuestros padres en estos días, para lograr tener los templos abiertos a la libertad de cultos, sin que esto haya sido todavía posible por falta de las más elementales garantías. Tiempo es ya de que nos unamos todos los estudiantes de uno y otro sexo, y respaldemos a nuestros padres en tan justa petición. Nuestros padres no saben vernos sufrir sin que nos remedien nuestros males. Nosotros tampoco podemos verlos sufrir sin que nos unamos a ellos para ayudarlos a conseguir su objeto. Si para el seis de los corrientes, nuestros padres no han logrado la libertad de cultos no pisemos más las escuelas hasta no ver resuelto el conflicto. Somos Chicos pero Tenemos Conciencia de Nuestros Actos Marzo 1º de 1937.442

La lucha tomó otro giro al dirigirse a las conciencias de los niños, donde la educación era parte fundamental de la sociedad orizabeña. Estos nuevos cambios fueron enfrentados

441 442

AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 19 de febrero de 1937, No. 2127, pp. 1, 4. APO. S/C.

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por la Iglesia y por los padres de familia; hubo diversos volantes que invitaban a la resistencia educativa: Condiscípulos Escolares de Orizaba y Contornos No queremos ser Ateos. Debemos de exigir nuestra Religión Católica, Apostólica, Romana es nuestra fe y la creencia de nuestros padres. No queremos la Doctrina Comunista, porque es un descrédito para nuestra Patria y para el mundo entero. No debemos admitir nada contrario a la Religión que nos han infundido nuestros padres. Recordemos lo que un compañerito nuestro traía en un cartelón en reciente manifestación: “PARA QUITARNOS LA FE ES NECESARIO QUE NOS QUITEN LA VIDA. AQUÍ ESTAMOS”. Unámonos, Condiscípulos, no olvidando que en la unión está la fuerza. No vayamos a las escuelas, si las Autoridades no conceden lo que nuestros padres, con toda justicia piden. Orizaba, Ver., marzo de 1937. La Comisión Estudiantil.443

No se explicará la educación socialista en este trabajo, pero se muestran esos comunicados para que se tenga una idea de cómo se encontraban las circunstancias, esto muestra que la apertura de los templos fue pedida por los católicos tanto civiles, obreros y estudiantes. Para marzo se celebraba Semana Santa y el cura José María Flores pedía su inscripción como párroco de la ciudad, la contestación del gobierno veracruzano fue que debido a las manifestaciones de los católicos y actos de desorden no estaba dispuesto a tolerar más desobediencia y violencia.444 En esta investigación se utilizaron las notas periódicas, debido a que la prensa era el medio fundamental para saber los acontecimientos que acaecían, se debe tener cuidado con la información que estos periódicos manejan ya que suele suceder que se exagere con la notica. Este fue el motivo para que el presidente municipal de Orizaba hiciera un llamado al director del periódico Los Sucesos para desmentir la noticia “que hubo sermones y rosarios” publicada el 16 de marzo, el coronel Baltazar Treviño secundó la acción del presidente.445

443

APO. S/C. AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Del Presidente del Concejo Municipal Jorge Guapillo al C. Gobernador del Estado Miguel Alemán, Orizaba, 22 de marzo de 1937; Ibíd., del Secretario de Gobierno Lic. Fernando Casas Alemán al C. Presidente del Concejo Municipal, Jalapa-Enríquez, 27 de marzo de 1937. 445 AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Acuse de recibido, México, 19 de marzo de 1937; Ibíd., del Coronel Baltazar Treviño Sepúlveda, al Presidente del H. Concejo Municipal, Orizaba, 22 de marzo de 1937. 444

192

Las noticias que se investigaron fueron a partir del 7 de febrero de 1937, también de años anteriores, pero con minucioso cuidado para no desvirtuar la información. A partir de febrero de 1937 el periódico Los Sucesos publicó varias notas referentes a la situación religiosa en Orizaba y en el estado. Un problema se presentó el 9 de abril de 1932, cuando el periódico Pro-Paria publicó una nota diciendo que su homólogo Los Sucesos debía de tener cuidado para informar a sus lectores.446 Los Sucesos tiene información prácticamente a diaria sobre la situación política-religiosa a finales de los treinta. 4.4.1 Rumbo a la reconciliación entre el Estado y la Iglesia en Orizaba Desde que los grupos católicos se movilizaron para abrir los templos y exigir que la Ley 197 fuera derogada, el gobierno respondió que todo sería por la vía legal y castigarían a quienes resultaran culpables. El ejemplo de Orizaba se propagó por toda la diócesis donde varios grupos católicos dieron su apoyo y respaldo, en ese momento el gobierno se percató de la magnitud del movimiento y pidió al obispo Rafael Guízar y Valencia que intercediera para que pusiera orden.447 El 2 de marzo de 1937 el obispo se dirigió a Luis de Velasco448 mediante una carta, explicaba la situación religiosa que se vivía en Veracruz y le sugería un plan para la apertura de los templos, Guízar junto con los otros tres obispos escribían a las secretarías de Hacienda, Gobernación y al gobernador Miguel Alemán Valdés solicitando la apertura de los templos: El pueblo está sumamente excitado, tomando como base que en el resto de la República todos los gobernadores han sio ya benignos, facilitando ampliamente el culto católico, y que sólo en el Estado de Veracruz son oprimidos en una forma tal, que hasta la fecha no se les ha concedido en forma legal que se abra ningún templo no la inscripción de un solo sacerdote para que ejerza su ministerio con toda libertad. Como vera usted, por todo lo expuesto, mi situación es muy delicada, y sólo en lo privado he estado haciendo muchas gestiones para calmar al pueblo; pero lejos de conseguirlo el incendio va cundiendo de día en día, por lo que he creído que estoy muy lejos de conseguir lo que me propongo, o sea que venga la calma para continuar tratando nuestro asunto religioso con las autoridades civiles.449

La respuesta que dio Luis Velasco fue que Miguel Alemán aceptó el plan del obispo Guízar mediante la intervención de su cuñado (Luis Velasco); había tensión sobre la situación de los templos por lo que se recomendó “prudencia” al momento de la entrega

446

AMO-Hemeroteca. Periódico Pro-Paria, Orizaba, 9 de abril de 1932, No. 565, p. 1. ANOTNIO. “Doy mi vida”, Op. Cit., 1995, pp. 209-210. 448 En otras obras como la de Mario Raúl Mijares Sánchez se menciona únicamente como “Luis Velasco”, hermano de Beatriz Velasco, esposa de Miguel Alemán Valdés. 449 BÁEZ. “Los aristas…” Op. Cit., 2006, pp. 228-229. 447

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a las juntas vecinales, se debía esperar que la custodia de los inmuebles fuera entregada por la Secretaría de Hacienda, mientras que el número de sacerdotes autorizados era determinado por la Legislatura del Estado; el obispo no pudo evitar la corrupción en el estado y temía que fuera aprovechado por la situación, informaba en una carta: Tacuba, D. F. abril 6 de 1937 Sr. Canónigo D. José María Flores. Orizaba, Ver. Muy amado Sr. Cango.: Estuvo en ésta a visitarme, el Sr. Lic. Manuel Limón Maciel, jefe de los servicios confidenciales del Estado de Veracruz, ofreciéndome su cooperación para que se reanude el Culto en el referido Estado. Agradecí al Sr. Lic. muchísimo sus magníficos deseos, rogándole que interpusiera su valiosa influencia para que nuestros asuntos terminen con feliz éxito. Me indicó que necesitaría algunos fondos para gastos y le contesté por medio del Sr. Ingeniero Lainé, esclareciéndole mi situación financiera, la que me imposibilita para ello; pero a la vez le hice saber que, si por su conducto y sus ayudantes logramos restablecer el Culto público que debemos a Dios Nuestro Señor, pasado un mes de la reanudación, nos cotizaremos todos los eclesiásticos, con la reserva que el caso requiere para darles una ayuda pecunaria. Quiera Dios Nuestro Señor que en la cooperación del Sr. Lic. Logremos nuestro deseado fin. Dios colme a S. S. (su señoría) de bendiciones y le llene de su santo amor. +Rafael Obispo de Veracruz450

Aunque Rafael Guízar se encontraba en la ciudad de México, se mantenía informado de la situación en Veracruz, la correspondencia entre los sacerdotes fue importante para saber cuáles eran las decisiones que se tomaban desde el momento en que inició la ley antirreligiosa en los años veinte hasta los años treinta. No obstante la familia de Beatriz Velasco intervendría para apoyar la causa del obispo de Veracruz, se tenía que esperar cuál era la decisión del gobernador. Hubo problemas para que la sede diocesana no permaneciera en Xalapa, por lo que a través de gestiones se logró que por un tiempo lo fuera Orizaba; Guízar pidió al cura Flores de instruir a los sacerdotes de la diócesis a fin de que se pidiera a los diputados del Congreso Local que se ampliara el número de sacerdotes que deberían inscribirse. El obispo no pudo inscribirse, por lo que se dirige a Luis Velasco para entregarle una carta a Miguel Alemán: La inmensa mayoría de los obispos están ya trabajando en sus respectivas diócesis y yo aún estoy en el destierro, por lo que ruego a usted haga uso de su valiosa influencia, para conseguir que el Sr. Gobernador facilite mi inscripción, como lo hicieran en Chihuahua tratándose de mi hermano, quien ya está autorizado para ejercer su ministerio en todo el Estado; si esto no se consigue, que se me inscriba 450

Ibíd. pp. 229-231.

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como a uno de los trece sacerdotes que concede la ley; pero lo primero será mejor para mí, porque así podré llevar más almas al cielo.451

Lamentablemente no se encontraron los nombres de los sacerdotes que podían oficiar en Orizaba ni su registro ante las autoridades; sin embargo, podrían haber sido los sacerdotes que se inscribieron desde la “Ley Calles”. A pesar de que el conflicto religioso iba en camino a una solución en la entidad veracruzana, los políticos siguieron ejerciendo los lineamientos de la Constitución en cuanto a la práctica de cultos. El obispo Rafael Guízar y Valencia llegó a Xalapa el 5 de agosto de 1937, ese mismo día se entrevista con el gobernador Alemán el cual le pidió que moderara su participación en la vida pública; en la obra de Jorge Félix se menciona que el obispo ya había bautizado a una hija el gobernador. La cercanía que tuvo el obispo con el mandatario estatal se debió a la amistad que tenía con el hermano de su esposa Beatriz, Luis Velasco, esto ayudó a acercarse para que trataran los asuntos políticos-religiosos.452 Félix Báez expone que la carta dirigida al gobernador Alemán no tuvo buenos resultados: “Ya fines de agosto de 1937 pudo el Sr. Guízar regresar a Jalapa y después de múltiples gestiones se abrió al culto la Catedral, pues los señores del mandil (prenda de la indumentaria simbólica utilizada por los masones) pusieron multitud de trabas. Abierta al culto de la Catedral, se inscribieron los Sres. Mesa como párroco, don Daniel y don Miguel como párroco auxiliar. Al Siervo de Dios no le fue permitido inscribirse en Jalapa, y para evitarse mayores complicaciones, optó por mantenerse aislado en la casa que servía de obispado. A pesar de su prudencia y ocultamiento, no logró evadir las molestias que habían resuelto ocasionarle. Sucedió que determinados empleados del Gobierno, insidiosamente le rogaron que administrara la confirmación a una criatura. Estos mismos acusaron y se impuso grave multa que tuvo que pagar con gran regocijo de los pillos empleados, que comentaban alegremente: ‘Ya tenemos para la parranda del 15 de septiembre’”.453

Esto podría interpretarse de que el gobierno no tenía interés por entregar los templos o que el clero tenía que mantenerse al margen, los católicos siguieron buscando una solución, el obispo, con la ayuda de la familia de Beatriz Velasco hacía lo mismo para influir en la persona del gobernador. Durante el mes de septiembre de 1937 los católicos empezaron a abrir los templos, la justificación fue que los vecinos cumplían con los lineamientos y daban el mantenimiento que acordaron con el gobierno.454

451

Ibíd. pp. 232-233. MIJARES. “El gobierno de Miguel Alemán Valdés…” Op. Cit., 2012, p. 184. 453 BÁEZ. “Los aristas…”, Op. Cit., 2006, pp. 333-334. 454 MIJARES. “El gobierno de Miguel Alemán Valdés…”, Op. Cit., 2012, p. 193 452

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Sin embargo, ante la dificultad que se le presentó a Rafael Guízar, éste junto con los representantes católicos decidieron establecer la diócesis en Coatepec como sede provisional, esto no duró mucho debido a que la Jefatura Eclesiástica de Xalapa ordenó que el asiento de la sede sea Xalapa, porque no podía estar en otra ciudad; 455 el 11 de noviembre se terminaría oficialmente el conflicto entre la Iglesia y el Estado en Veracruz. El obispo escribió el 12 de enero de 1938 sobre este acontecimiento: Por la infinita misericordia de Dios se ha establecido ya el culto público en nuestra amada Diócesis, disfrutando nuestros sacerdotes de relativa libertad para ejercer su santo ministerio, por lo que creído conveniente reorganizar nuestra Curia Diocesana y darla a conocer al venerable clero de esta Diócesis.456

Asimismo el obispo anunciaba la reorganización de la diócesis de la siguiente manera: “Vicario General y Provisor, Sr. Canónigo Lic. D. Pedro Castillo y Landa; Secretario de la Sagrada Mitra, Sr. Cura D. Miguel Mesa; Promotor Fiscal, Sr. Cura D. Luis G. Mora; Defensor del Vínculo, Sr. Canónigo D. Justino de la Mora; Examinadores Sinodales, Sres. Canónigos Daniel Mesa, José Manuel Flores y Justino de la Mora y Sres. Curas D. Miguel Mesa, D. Luis G. Mora, D. Ignacio Lehonor y D. Enrique Trejo; Jueces Sinodales, Sres. Canónigos D. Daniel Mesa y D. José María Flores y Sres. Curas D. Ignacio Lehonor y D. Luis G. Mora; Párrocos Consultores, Sr. Canónigo D. Daniel Mesa y Sres. Curas D. Luis G. Mora, José Olivares e Ignacio Lehonor; Diputados de Disciplina para el Seminario, Sr. Canónigo D. José María Flores y Sr. Cura D. Prudencio Ortiz e Ignacio Díaz.”457 A pesar de que los templos se abrirían y el conflicto terminaría, los masones de Orizaba acusaron a los católicos de pretender asaltar los Templos de las Logias Masónicas el 20 de noviembre. Los masones pensaban que debido al fanatismo se llevaría a cabo y pidieron a las autoridades garantías en caso de que se efectuara el asalto; es así como se gira el comunicado a la policía municipal para que ésta ordene vigilancia a los templos masónicos.458

455

BÁEZ. p. 334; MIJARES. p. 193. BÁEZ. p. 334. 457 BÁEZ. 2006, p. 334. 458 AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Del Gran Maestro Roberto Sierra al C. Presidente Municipal, Orizaba, 15 de noviembre de 1937; Ibíd., del Presidente del Concejo Municipal al C. Inspector Gral. de Policía, Orizaba, 17 de noviembre de 1937. 456

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En el estado de Veracruz los templos fueron abiertos al culto en noviembre de 1937, ante esto, Mijares Sánchez apuntó que la fortaleza del gobierno de Miguel Alemán estuvo cimentado en el buen manejo que realizó sobre el problema religioso.459 El obispo Guízar y Valencia escribió en enero de 1938: “Por la infinita misericordia de Dios se ha establecido ya el culto público en nuestra amada Diócesis, disfrutando nuestros sacerdotes de relativa libertad para ejercer su santo ministerio, por lo que he creído conveniente reorganizar nuestra Curia Diocesana y darla a conocer al venerable clero de esta Diócesis.”460 También tuvo mucho que ver las relaciones entre el obispo de Veracruz con la familia del gobernador Alemán, gracias a la intervención que hicieron Luis y Beatriz se logró unificar el conflicto y buscaron una solución a la crisis religiosa. Ésta fue otra de las causas que ayudaron al conflicto político-religioso que se vivía en Veracruz, tanto Rafael Guízar como su hermano Prudencio, conocían al padre de Beatriz, así como la amistad que sostenían con sus hijos, entre ellos Luis, quien fue intermediario entre el gobernador y el obispo. Otro factor importante fue la relación amistosa entre Miguel Alemán Valdés y el padre Rafael Rúa Álvarez, quienes fueron compañeros de escuela en Orizaba por lo que su influencia también pudo haber ayudado.461 El padre Rafael Rúa era conocido en el estado de Veracruz por su afán de resistencia ante la Ley Tejeda, ejercía un liderazgo y se convirtió en un personaje prominente entre los orizabeños; se destacó entre los obreros y el líder obrero Daniel Sierra Rivera dijo que debido a la amistad entre Rúa y el gobernador se beneficiaron tanto la sociedad como los trabajadores, pero no solo de Orizaba, también de Río Blanco, Nogales, Mendoza y los alrededores. Recordaremos que en esa época estaba el conflicto intergremial y el padre Rúa intercedía para que no se derramara más sangre, tal fue su influencia que en el sepelio de su madre, 17 de mayo de 1941, los obreros de la región lo acompañaron y juraron no volver a derramar sangre humana.462

459

MIJARES. “El gobierno de Miguel Alemán Valdés…”, Op. Cit., 2012, p. 198. BÁEZ Jorge, Félix. “El poder y los instrumentos de la fe (San Rafael Guízar y Valencia en el entramado del catolicismo social)” en Revista Ulúa No. 22, julio-diciembre 2013, Universidad Veracruzana, 2014, Xalapa, p. 162. 461 BÁEZ. “Los aristas…”, Op. Cit., 2006, pp. 315-316, 319. 462 Ibíd. p. 310. 460

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A finales del año 1937 los templos permanecían cerrados, no había indicios de que el gobierno los entregaba, la Ley Tejeda –ya levantada– parecía seguir vigente. Ante esta situación, nuevamente los protestantes mostraban estar sujetos a las leyes del Estado, ahora se presentaba una petición al gobierno por parte del Pastor Evangélico Lutero Gotthelf Federico Fraustadt en la cual decía que casaría a la señorita Ilse Dorn, hija de George Dorn, dueño de la “Botica Alemana” ubicada en la calle Poniente 7 No. 53, Ilse contraría nupcias con el señor Walter Meyer-Wendt, dicha ceremonia sería celebrada en el Templo de la Santísima Trinidad en el mes de enero de 1938.463 Dicha solicitud fue girada al gobernador veracruzano para que decidiera si se le concedía el permiso, la respuesta fue favorable, pero se hacía énfasis de que por esa única vez el Pastor Evangélico Fraustadt oficiaría la ceremonia el día 28 de enero de 1938 en el templo mencionado.464 La declaración que dio el gobierno pudo haber sido porque Fraustadt no era el pastor a cargo del templo evangélico, por lo que solo se encargaría de oficiar la boda y nada más; el registro de los ministros fue un requisito y sólo ellos se encargarían de los actos en sus respectivos templos, pero al parecer hubo ciertas excepciones siempre y cuando lo solicitaran a las autoridades. Por otro lado, a mediados de 1938 ocurre una tragedia que marcó a los católicos de Veracruz y del país, el obispo Rafael Guízar y Valencia falleció en la ciudad de México el 6 de junio –coincidiendo con la fecha de la promulgación de la ley anticlerical–. El cortejo fúnebre partió rumbo a Xalapa el día 7, en Perote y Banderilla fue recibido por miles de feligreses; las autoridades civiles prohibieron manifestaciones, rezos cantos y luces, por lo que el canónigo Pedro Castillo y Landa pidió que se acataran esas disposiciones para evitar enfrentamientos con el gobierno.465 En Orizaba, los feligreses

463

AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. De G. Dorn al C. Horacio Xoxhihua Presidente del H. Consejo Municipal, Orizaba, 23 de diciembre de 1937. 464 AMO. Ramo Gobierno, Personal, Correspondencia. C.-747, Exp. 37. Del Presidente del Concejo Municipal al C. Gobernador Constitucional del Estado, Orizaba, 27 de diciembre de 1937; Ibíd. Del Presidente del Concejo Municipal Edmundo Durán al Sr. Jorge Dorn, Orizaba, 19 de enero de 1938. 465 ANTONIO Peñalosa, Joaquín. “Llama de amor viva” en Rafael Guízar a sus órdenes, Ed. Rafael Guízar y Valencia, Xalapa, 1995, p. 245; ANTONIO. “La última misión”, Ibíd., pp. 249-252.

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pidieron permiso a las autoridades para que los negocios cerraran por dos horas, de las diez a las doce del día como señal de luto.466 El día 8 de junio el cuerpo del obispo Rafael Guízar fue trasladado al cementerio de la ciudad de Xalapa, miles de devotos se unieron a la marcha antes de enterrarlo se detuvieron enfrente del Palacio de Gobierno y gritaron: “Viva el señor obispo, viva el Papa, viva la Virgen de Guadalupe” –“¡Viva!”.467 Estas acciones se podrían tomar como resistencia a las leyes del Estado en contra del clero, aunque la ley fue levantada en 1937 seguían defendiendo su fe. Se creyó que con la muerte de Rafael Guízar y Valencia la Iglesia esperaba que el gobernador Miguel Alemán apresurara la apertura.468 Durante 1937 y 1940, el presidente Lázaro Cárdenas buscó una política conciliatoria para que diera fin al conflicto político-religioso en Veracruz, por otro lado se encontraba la indiferencia del gobernador Miguel Alemán, aun así, poco a poco el anticlericalismo en el estado comenzó a disminuir.469 Se llevó un tiempo para llegar a un arreglo. Durante los siguientes meses de 1938 algunos templos permanecían cerrados, el gobierno no los entregó inmediatamente a pesar de la muerte del obispo Rafael Guízar, los problemas siguieron presentándose entre los católicos orizabeños, las autoridades municipales y el gobierno veracruzano. Hasta 1939 los inconvenientes seguían presentes y las juntas pedían los templos para su resguardo. El problema se fue serenando poco a poco hasta la salida de Lázaro Cárdenas y la llegada de Manuel Ávila Camacho a la presidencia de México. Un problema que se presentó en Orizaba fue en marzo de 1938, un grupo de 15 católicos llegaron a la casa con No. 1 de la calle Norte 2, quienes se dirigieron al señor Mauro Dondé, quien arrendaba el inmueble, le pedían la casa en virtud de que se trataba de un anexo del templo de San Miguel. El inquilino Dondé alegó que al ser parte de un Bien Nacional tenía un contrato ante la Federación y sólo ésta podría pedir el desalojo de

466

AMO-Hemeroteca. Periódico Los Sucesos, Orizaba, 7 de junio de 1938, No. 2, p. 1. ANTONIO. “La última misión”, Op. Cit., pp. 253-254. 468 MIJARES. “El gobierno de Miguel Alemán Valdés…” Op. Cit., 2012, p. 208. 469 WILLIMAN. “La Iglesia y el Estado en Veracruz y el nuevo modus vivendi”, Op. Cit., 1976, p. 172. 467

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la casa, los creyentes no aceptaron eso y dieron plazo de un día para que fuera desocupada y de no hacerlo usarían la fuerza, se hizo un acta correspondiente donde se exponía la situación a fin de que intervinieran las autoridades.470 Los inmuebles eclesiásticos seguían a resguardo de los Bienes Nacionales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los católicos peleaban que todos regresaran al clero. Sin embargo, esto fue tardado debido a que algunos eran ocupados tanto por civiles como por el gobierno para diversos usos; otro ejemplo fue el caso del templo de San José de Gracia, un grupo de católicos repartieron volantes invitando a apoderarse de aquél templo, que era ocupado por la Junta Local de Caminos y que tenía instalado un taller mecánico, ésta Junta pidió a las autoridades garantías ya que los católicos no se habían dirigido al Departamento de Bienes Nacionales, encargada de resolver ese problema.471 Uno de los volantes que circulaba decía lo siguiente: ¡PUEBLO CATÓLICO! Se recuerda que este LUNES 27 del presente mes de Junio (Dios mediante), a las 11 de la mañana, estaremos todos reunidos en las afueras de San José de Gracia, con el fin de lanzar a los mercaderes del Templo. “LA 3a ORDEN DE SAN FRANCISCO,” pues lo sabemos que están profanando un lugar Sagrado, al igual como El mismo Nuestro Señor nos enseñó lanzando a los profanadores de su Templo. Como Católicos no debemos tolerar el que se ofendan nuestros más sagrados ideales, siendo celosos para el respeto general en nuestras creencias y sus propiedades. ORIZABA, VER., JUNIO 26 DE 1938. LOS CATÓLICOS ORIZABEÑOS Una vez leída esta nota pásela a sus amistades.472

Un año después de las grandes manifestaciones que se llevaron a cabo tras la muerte de Leonor Sánchez, los templos parecían seguir bajo la custodia del gobierno. Aun así, parecía que algunos habitantes de Orizaba seguían apoyando al gobierno, como se mostró en una misiva donde algunos pidieron al Presidente Municipal que no aprobara

470

AMO. Ramo Gobierno, Sindicato, Correspondencia. C.-810, Exp. 46. Del Jefe de la Oficina Blas Camacho al C. Comandante del 3er. Batallón, Orizaba, 12 de marzo de 1938. 471 AMO. Ramo Gobierno, Sindicato, Correspondencia. C.-810, Exp. 46. Del Secretario de la Junta Local de Caminos Eduardo Ramos Millán al C. Gral. Edmundo Durán Presidente del H. Concejo Municipal, Orizaba, 23 de junio de 1938. 472 AMO. Ramo Gobierno, Sindicato, Correspondencia. C.-810, Exp. 46.

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una reunión donde tratarían asuntos religiosos, argumentando que el interés público estaba de por medio y podrían originar males que deben prevenirse.473 Los católicos seguían dirigiéndose a las autoridades municipales para pedir permisos para alguna festividad religiosa, nuevamente se trató de la celebración de la “aparición” de la Virgen de Guadalupe. Algunos vecinos de Orizaba se dirigieron a la autoridad municipal para que les fuera concedido tales celebraciones que consistían de mañanitas, música, cuetes, banderas y farolitos los días 11 y 12 de diciembre, se realizarían en el atrio de la Parroquia de San Miguel.474 La respuesta del gobierno de Orizaba fue favorable para los vecinos, pero a su vez se les dijo que debían evitar toda violación de la ley de cultos, siendo ellos los únicos responsables de cualquier accidente que se presentara al quemar los cuetes. 475 La respuesta que dio el presidente de Orizaba daba a entender que la mencionada ley antirreligiosa seguía vigente, si los católicos la desobedecían eran consignados ante las autoridades, tenían que pedir los permisos correspondientes; la ley fue levantada de palabra pero no en la práctica. Conforme transcurría el tiempo se presentaron más hechos sobre la situación de los templos católicos en Orizaba, todo se hacía acorde a la ley mediante solicitudes y expedientes de los interesados a las autoridades, al menos por parte de los feligreses; por otro lado, el gobierno decidía si favorecía o no las demandas que se les presentaban. Ya en 1939, se volvió a solicitar formación de una nueva junta vecinal para el templo de El Carmen, alegando que la anterior estaba desintegrada, los nuevos miembros elaboran un acta estipulando a los nuevos integrantes:

473

AMO. Ramo Gobierno, Sindicato, Correspondencia. C.-810, Exp. 46. Manuel Durán, José María Luna Gómez, Antonio Báez, Rafael Hernández y otros firmantes al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Orizaba, 20 de julio de 1938. 474 AMO. Ramo Gobierno, Sindicato, Correspondencia. C.-810, Exp. 46. De Rafael Porras, Manuel González, Francisco Martínez y otros formantes al C. Presidente del H. Concejo Municipal Lic. Rafael Murillo Vidal, Orizaba, 15 de noviembre de 1938. 475 AMO. Ramo Gobierno, Sindicato, Correspondencia. C.-810, Exp. 46. Del Presidente del H. Concejo Municipal Lic. Rafael Murillo Vidal a los CC. Rafael Porras, Manuel González, Francisco Martínez y demás signatarios, Orizaba, 17 de noviembre de 1938.

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Tabla 3. Nueva Junta Vecinal del Templo El Carmen José Ricardo Trujillo Bernabé Camiro Alfredo Aguilar Severiano Plascencia - Joaquín Romero Eulogio Benítez David Torres Sánchez Mario P. Sánchez Fidencio Mendoza José Rosas Matías Ramírez Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-727, Exp.10. Miembros de la nueva Junta Vecinal formada el 26 de agosto de 1939 en Orizaba.

La notificación fue girada al presidente municipal y ahí mismo se expresó que también se le avisó a la Oficina Federal de Hacienda de Orizaba; los miembros de la nueva junta pedían que se aprobara la demanda para tomar posesión del templo y cuidarlo, cumpliendo con todos los preceptos de la ley.476 A los días de haberse dado a conocer la nueva junta, surgieron unos inconvenientes como la revocación de Severiano Plascencia que él mismo pidió debido a problemas de salud, para que fuera relevado de su cargo tuvo que notificar a las autoridades y fue sustituido por Joaquín Romero.477 El señor Joaquín Romero fue propuesto por la autoridad civil para ser ocupar el lugar de Severiano Plascencia; asimismo, la Oficina de Hacienda dio a conocer mediante una carta que los vecinos del tempo El Carmen, que pedían al señor Plascencia su renuncia, ahora decían que permaneciera en su cargo, siendo que ellos mismos se comprometían a cubrir los gastos de sus curaciones. Ante esto, se pidió al Presidente de Orizaba y demás autoridades competentes dejarlo en su puesto. 478 Tal petición fue tomada en cuenta y Severiano Plascencia siguió como miembro de la junta.

476

AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-727, Exp.10. De Joaquín Romero, José Ricardo Trujillo al C. Presidente de la Admón. Civil, Orizaba, 29 de agosto de 1930; Ibíd. Acta de la formación de la Junta Vecinal en Orizaba, 26 de agosto de 1939. 477 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-727, Exp.10. Del Jefe de la Oficina de Hacienda Alfredo Andreu Almazán al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Orizaba, 30 de agosto de 1939; Ibíd. Del Presidente del Concejo Municipal Armando Martínez Acosta al C. Jefe de Oficina Federal de Hacienda, Orizaba, 01 de septiembre de 1939. 478 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-727, Exp.10. Del Presidente del Concejo Municipal Armando Martínez Acosta al C. Jefe de la Oficina Federal de Hacienda, Orizaba, 1 de septiembre de 1939; Ibíd. Del Jefe de la Oficina de Hacienda Alfredo Andreu Almazán al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Orizaba, 4 de septiembre de 1939.

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Sin embargo, la Oficina Federal de Hacienda en Orizaba rechazó la solicitud de José Ricardo Trujillo, la creación de la junta vecinal para el templo de El Carmen, Hacienda dijo que la junta no tenía representación y no podía tomarse en cuenta, además de que aquél templo fue uno de los que se tomaron a la fuerza por católicos; asimismo se le dijo al Sr. Trujillo que debían dirigirse a la Secretaría de Gobernación para que quedara legalizada tanto la apertura del templo como de la junta.479 Para 1940 Severiano Plascencia tuvo problemas con el sacerdote, sacristán y otros vecinos del templo El Carmen, la Oficina Federal de Hacienda tuvo que relevarlo de su cargo, entregando su puesto al señor Francisco Barragán.480 En septiembre de 1939 la Oficina Federal de Hacienda pidió informes de la situación del templo protestante La Santísima Trinidad, pedía que se describiera desde cuándo suspendió las actividades religiosas, el comisionado para esta tarea fue Samuel Marañón, quien explicó que el templo protestante suspendió sus actividades religiosas desde hace 3 años, siendo el encargado el señor Reynaldo Ávila y éste hace gestiones culturales en dicho recinto. Para saber del asunto se giraron oficios a las autoridades pertinentes; cabe mencionar que en los documentos se estipula que la dirección del templo La Santísima Trinidad es “Norte 3 No. 13”, habiendo analizado tal información no se encontró en esa dirección, sino que se ubica en la calle “Sur 6”,481 a no ser que se trate de otro templo con el mismo nombre. Al parecer, la situación entre el Estado y la Iglesia ya no era crítica como en años anteriores, pese a que la Ley Tejeda fue levantada el gobierno aun influía en el manejo de los bienes eclesiásticos. No obstante, los católicos seguían dirigiéndose a las autoridades civiles para el uso y manejos de las iglesias, esperando que les favorecieran

479

AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-727, Exp.10. Del Jefe de la Oficina de Hacienda Alfredo Andreu Almazán al Sr. José Ricardo Trujillo y demás firmantes vecinos del templo El Carmen, Orizaba, 30 de agosto de 1939. 480 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia. C.-727, Exp. 11. Del Jefe de la Oficina Alfredo Andreu Almazán al C. Severiano Plascencia, Orizaba, 13 de febrero de 1940; Ibíd. Del Jefe de la Oficina Alfredo Andreu Almazán al C. Francisco Barragán, Orizaba, 13 de febrero de 1940. 481 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-727, Exp.10. Del Jefe de la Oficina Alfredo Andreu Almazán al C. Presidente Municipal, Orizaba, 25 de septiembre de 1939; Ibíd. Del Comisionado Samuel Marañón al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Orizaba, 27 de septiembre de 1939; Ibíd. Del Presidente del Concejo Municipal Armando Martínez Acosta al C. Jefe de la Oficina Federal de Hacienda, Orizaba, 29 de septiembre de 1939.

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sus peticiones, sin embargo, se notaba que el Estado aún tenía control sobre la administración de los templos y los feligreses debían de sujetarse a su disposición. La situación por saber las condiciones de los templos era importante, a finales de 1939 se giró una circular donde pedía informes del estado de los inmuebles, para saber si se realizaron obras de construcción o reconstrucción.482 Ante esta petición se describió lo siguiente:

Tabla 4. Descripción de los arreglos a los templos Templo

La Concordia

San José de Gracia

Obra Se están realizando obras en una de las cúpulas, parte de la bóveda, una torre que levantarán y arreglo de las paredes Arreglos y blanqueo de las paredes

Costo

$ 20,000.00

$ 500.00

Fuente: AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-727, Exp.10. Informe de las obras a las iglesias, del Vocal de Obras Públicas Carlos Gris al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Orizaba, 24 de enero de 1940.

El informe sobre las obras de los templos le fue enviado al secretario de Gobierno del Estado para su conocimiento.483 En diciembre de 1939, los protestantes se dirigieron al presidente de Orizaba pidiendo la apertura del templo La Santísima Trinidad que desde hace años permanecía cerrado al culto religioso, se estipuló que en 1935 el Departamento de Bienes Nacionales expresó que no había inconveniente que el templo reanudara el culto público siempre y cuando se llenen los requisitos de Gobernación, los protestantes alegaban que tenían uno para todo el municipio de Orizaba, por lo que solicitaban este otro para sus actividades religiosas.484 Desde 1935 la Ley de

482

AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-727, Exp.10. Circular No. 78, del Secretario de Gobierno Lic. Carlos P. Carrión al C. Presidente de la H. Corporación Municipal, Jalapa-Enríquez, 16 de noviembre de 1939. Ibíd. Del Presidente del Concejo Municipal Lic. Rafael Murillo Vidal al C. Vocal de Obras Públicas, Orizaba, 22 de noviembre de 1939. 483 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-727, Exp.10. Del Presidente del Concejo Municipal Lic. Rafael Murillo Vidal al C. Secretario de Gral. de Gobierno, Orizaba, 29 de enero de 1940. 484 AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-727, Exp.10. De Pedro V. García al C. Presidente Municipal, Orizaba, 20 de diciembre de 1939.

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Nacionalización de Bienes del Clero se encontraba en vigor, siendo la Secretaría de Educación quien los utilizaba como escuelas.485 El presidente municipal respondió que la solicitud le fue enviada al Secretario de Gobernación para que resolviera la situación referente a la apertura del templo que los protestantes expusieron, la autoridad federal informó que se dará a conocer posteriormente la resolución.486 Al año siguiente, 1940, la situación del templo de La Santísima Trinidad no tenía respuesta, Gobernación expresó que el tema sería tratado y a su vez el gobierno del Estado de Veracruz informó a las autoridades de Orizaba que la autoridad federal estaba al tanto de los hechos.487 Para el seguimiento de la situación del templo La Santísima Trinidad, el comisionado giró un informe al presidente de Orizaba donde aludía que por los años 1924-1925 el templo fue cerrado, pero una parte del inmueble estaba destinado a una escuela primara pero que fue clausurado en 1930, desde entonces la Oficina Federal de Hacienda administró ese edificio y era ocupado por tres familias; Pedro V. García ocupó un departamento contiguo al templo por ser el encargado de su cuidado. 488 La situación parecía favorable para las personas que solicitaban la reapertura, la Secretaría de Gobernación, a través del gobierno de Veracruz, se dirigió a las autoridades de Orizaba para saber si no tenían ningún inconveniente en que se abriera nuevamente el templo, la respuesta fue favorable para ser reanudado al culto.489 Hacia 1940 la mayoría de los templos en Orizaba fueron regresados al culto católico y protestante, a pesar de que las autoridades civiles tardaron en devolverlos, los 485

MIJARES. “El gobierno de Miguel Alemán Valdés…” Op. Cit., 2012, p. 208. AMO. Ramo Gobierno, Iglesias, Correspondencia. C.-727, Exp.10. Del Presidente del Concejo Municipal Lic. Rafael Murillo Vidal al Sr. Pedro V. García, Orizaba, 21 de diciembre de 1939; Ibíd. Del Presidente del Concejo Municipal Lic. Rafael Murillo Vidal al C. Secretario de Gobernación, Orizaba, 21 de diciembre de 1939; Ibíd. Del Jefe del Departamento Lic. Euquerio Guerrero al Lic. Rafael Murillo Vidal, México, 12 de enero de 1939. 487 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia. C.-727, Exp. 11. Del Oficial Mayor de Gobierno Lic. Silvestre Aguilar Jr. al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Jalapa-Enríquez, 2 de febrero de 1940. 488 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia. C.-727, Exp. 11. Del Comisionado Samuel Marañón al C. Presidente del H. Concejo Municipal, Orizaba, 4 de marzo de 1940; Ibíd. Del Presidente del Concejo Municipal Lic. Rafael Murillo Vidal al C. Oficial Mayor de Gobierno, Orizaba, 12 de marzo de 1940; Ibíd. Del Secretario de Gobierno Adolfo Ruiz Cortines al C. Secretario de Gobernación, Jalapa-Enríquez, 22 de marzo de 1940. 489 AMO. Ramo Gobierno, Iglesia, Correspondencia. C.-727, Exp. 11. Del Secretario de Gobierno Adolfo Ruz Cortines al C. Presidente del Concejo Municipal, Jalapa, 17 de mayo de 1940; Ibíd. Del Presidente del Concejo Municipal Lic. Rafael Murillo Vidal al C. Secretario de Gobierno, Orizaba, 14 de septiembre de 1940. 486

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feligreses se mantuvieron firmes al solicitar los inmuebles para los usos que deseaban darles. Además se apoyaban porque la ley anticlerical fue levantada, ellos consideraron el derecho de pedirlos y hacer uso de ellos como mejor les pareciera; por lo menos uno por uno esos templos fueron devueltos después del trámite correspondiente y todo acorde a la ley. También se contribuyó que los edificios eclesiásticos fueran entregados debido a que el presidente Lázaro Cárdenas buscaba una conciliación entre los religiosos y su gobierno, por lo que medió para que se llevara a cabo. Asimismo, gracias a la pericia del gobernador Miguel Alemán y la relación entre la familia de su esposa Beatriz con el obispo Rafael Guízar y Valencia, los católicos recibieron la noticia de la apertura de los templos. Esto trajo consigo una nueva posibilidad de solucionar la crisis política-eclesiástica que se había presentado años atrás. No solamente para el credo católico, sino también para las otras religiones que se encontraban. De esta manera, poco a poco los curas fueron regresando a los templos de Orizaba y la religión volvía a tener presencia en la vida pública de los ciudadanos, el gobierno no tuvo otra opción que entregar los templos.

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Conclusión A pesar de que la Constitución de 1917 se encontraba vigente, no se exigió el cumplimiento de las leyes en materia de cultos, al menos no de manera rigurosa, manteniendo una forma de vida hasta cierto punto estable, eso fue aprovechado por la Iglesia para seguir estando presente en la sociedad. Pero, en los años veinte se optó por exigir el cumplimiento de todas las leyes y sancionar a quienes no las acataran: limitar a los sacerdotes y confiscar sus bienes En los años veinte y treinta del siglo XX el gobierno inició un proceso de “desfanatizar” al pueblo mexicano, en parte debido a la presencia e influencia que tenía la Iglesia Católica, no solo con la sociedad sino también en la política. La primera parte fue durante el gobierno de Plutarco Elías Calles, que la ley de cultos se implementó de manera federal, durante ese tiempo estalló una guerra que devastó ciertas regiones del país. La desfanatización del siglo XX consistió en limitar al clero, para lograrlo el gobierno se apoyó en los lineamientos de la Constitución de 1917. Aprovechó los artículos 3° y 130, entre otros para lograrlo, asimismo se valió de la educación para llegar a las conciencias de los jóvenes. El gobierno veía mal la presencia del clero en la sociedad, pues consideró que en vez de ir hacia el “progreso” permanecían en la “ignorancia”. Esta situación no fue bien tomada por los católicos y decidieron contraatacar, situación que llevó a una guerra que duraría tres años. El proceso de desfanatización también fue llamado como “ley anticlerical”, esto se entiende a que únicamente se vio afectada la religión católica, cabe hacer mención que no fue así. Para igualar la situación, en esta investigación se le nombró “ley antirreligiosa” a las acciones del gobierno en cuanto al proceso de desfanatizar, debido a que en México y en Veracruz había distintas religiones que se profesaban. Por lo que la dicha ley fue ejecutada para todas, aunque claro que siendo la mayoría católica, fueron estos quienes se opusieron con más fuerza. En ese tiempo Veracruz vivió dos leyes anticlericales, una a nivel federal y otra a nivel estatal, la primera fu conocida como la “Ley Calles” y la segunda como la “Ley 207

Tejeda”. En ambas circunstancias el gobierno buscó una libertad de la Iglesia, que le permitiera separarla en su totalidad de la sociedad. La diferencia en ambas leyes fue la temporalidad, pero en la forma de ejecutarla siguió siendo básicamente la misma, utilizaron los recursos a su alcance para ello. La Ley Calles llegó a Orizaba en 1926 pero los templos comenzaron a cerrarse un año después, el gobierno veracruzano pidió el cumplimiento de la Constitución por lo que las autoridades municipales debieron acatar las órdenes provenientes del presidente de la república. Sin embargo, la situación en Orizaba fue un tanto distinta al de la zona centro-occidente del país. A pesar de que los católicos veracruzanos se opusieron a la ley de cultos, no estalló una guerra. El escenario era otro, a pesar de que en el estado de Veracruz también había mayoría católica, se pudo evitar que la guerra estallara debido a la presencia del obispo Rafael Guízar y Valencia, quien fue su líder “espiritual” en esta contienda, desde que la ley fue promulgada pidió que no se tomaran las armas y se obedeciera, sin embargo su modo de resistencia fue distinta, se practicaron los cultos clandestinos, que consistieron en que los sacerdotes oficiaran en casas particulares para que no fueran descubiertos por el gobierno. Aunque no hubo una “guerra cristera” en el estado de Veracruz, muchos de los curas fueron perseguidos, incluido el obispo, por lo que optaron en esconderse entre la sociedad y moviéndose de lugar. Algunos católicos apoyaron a esos curas prestando sus casas para que ahí se llevaran a cabo las misas, incluso para que se hospedaran, después de un tiempo tenían que irse a otro lado para evitar ser arrestado. De esta manera algunos curas no lograron ser detenidos, sin embargo, las autoridades anunciaron que aquellos que desobedecía la ley serían sancionados, ante esto, los católicos de Orizaba se vieron forzados a denunciar las actividades religiosas que se practicaban fuera de la ley. Además, la vigilancia por parte de las autoridades municipales incrementó y cuidaban de que no se infringiera la Constitución. La resistencia que se dio en Orizaba hacia la Ley Calles fue “pacífica”, pero esto no evitó que existieran enfrentamientos tanto en la ciudad como en otros puntos del estado de Veracruz. Para seguir con el cumplimiento de esa ley el gobierno tomó en 208

cuenta las organizaciones obreras a través de la CROM, gracias a ello los sindicatos ayudaron a su cumplimiento, pues de acuerdo a su pensamiento, el proletariado podía llevar al país a mejores condiciones de vida. Para que la ley anticlerical se cumpliera destacó la participación de Adalberto Tejeda, quien desde la ciudad de México y como parte del gabinete callista, mantuvo su influencia en la política veracruzana. De este modo Veracruz, junto con otros estados, se ejerció la ley. Sin embargo, Tejeda desaprobó los arreglos de 1929 entre el gobierno mexicano y el clero, lo que dio origen a otro enfrentamiento entre estos poco tiempo después. Adalberto Tejeda llegó a la gubernatura de Veracruz para un segundo periodo en 1928, en ese momento la Ley Calles se encontraba vigente, pero con los arreglos del 29 esto cambiaría. A pesar de su postura, Tejeda tuvo que entregar los templos en la entidad, en Orizaba se entregaron los templos y los católicos empezaban a regresar a su credo en el ambiente público. Esto cambió para 1932, cuando el gobernador decide implementar su ley antirreligiosa. La radicalidad del gobernador Tejeda era conocida, cuando la ley antirreligiosa es aprobada se da la orden de que los sacerdotes se registraran nuevamente ante un padrón y se decidieron cuántos debía de haber, asimismo los templos volvieron a cerrarse y fueron confiscados por el gobierno. El gobierno federal mantenía una postura donde no apoyaba la decisión del gobernador veracruzano, pero terminó diciendo que respetaba la soberanía de los estados. Al momento de que se ejerce la ley de cultos, el gobierno (federal y estatal) pidió la formación de juntas vecinales, integrada por diez miembros, quienes se encargarían del cuidado, mantenimiento y vigilancia de los inmuebles religiosos, estos eran nombrados por las autoridades civiles y debían de registrarse ante ellos. De igual manera se pidió que los templos debían de conservarse al ser considerados joyas arquitectónicas, el cuidado de los templos fue minucioso y el encargado de eso fue la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Departamento de Bienes Nacionales.

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El camino de la lucha de la ley de cultos en Veracruz pareció haber sido la legal, el obispo Guízar y el sacerdote Rúa buscaron los amparos para que los clérigos no fueran detenidos y siguieran oficiando. Esto descontentó al gobierno ya que repudiaba que los curas se refugiaran mediante la ley, debido a que desde un principio desconocían la Constitución y después se respaldaban en ella para no ser detenidos. El gobierno veracruzano hizo lo posible porque los amparos no fueran otorgados, pero algunos jueces favorecieron su entrega. Orizaba se caracterizó por las industrias que se establecieron, congregando a un gran número de obreros junto con Xalapa y Veracruz. Gracias a eso la organización sindical fue favorable y el gobierno se alió con ellos para lograr sus cometidos, asimismo parte del gremio obrero ocuparon la presidencia municipal de Orizaba, conformando así un bastión importante tanto para Veracruz como para México. Los obreros, que buscaban el bienestar de la sociedad secundaron la ley de cultos, con tal de liberar a la sociedad de la influencia del clero. Sin embargo, la ley anticlerical compartió temporalidad con el movimiento obrero en Veracruz, cuando la CROM comenzó a decaer y los obreros buscaron más autonomía, esto llevó a grandes pugnas inter sindicales por el control de las masas obreras, el gobierno tuvo que buscar una solución ante estos hechos; surgió una nueva agrupación sindical: la CTM, que inmediatamente tuvo poder y apoyo de algunos sindicatos que se salieron de su contraparte para adherírseles. A diferencia de la Ley Calles, la Ley Tejeda duró más tiempo, hubo diferentes gobernadores que siguieron cumpliéndola y se prolongó hasta 1937.En ese año ocurrió una tragedia que azotó a la ciudad de Orizaba, la muerte de Leonor Sánchez a manos de un oficial de la policía municipal, ella era hija de un obrero de la ciudad. Este hecho no solo indignó a los habitantes sino que también a los obreros, provocando grandes manifestaciones que exigían la apertura de los templos y algunos fueron abiertos a la fuerza. Las autoridades civiles argumentaron que sancionarían a los culpables, pero los habitantes de Orizaba buscaban justicia por su propia mano; a quienes se encontraron culpables fueron puestos ante las autoridades y recibieron su castigo, algunos fueron exonerados al no encontrarse pruebas contundentes. 210

Esa coyuntura fue aprovechada por la población católica quienes empezaron a manifestarse por las calles, lograron reunir a miles no sólo de Orizaba, sino de las poblaciones cercanas. Se encontraba como gobernador Miguel Alemán Valdés y en su visita a la ciudad dijo que debía cumplir con la ley de mantener los templos cerrados, pero que se haría la investigación de los hechos, esto detonó el malestar de los orizabeños católicos y siguieron abriendo los templos por la fuerza. El obispo Guízar volvió a tener una participación porque conocía a la familia de la esposa del gobernador y esto ayudó a un acercamiento entre ambas partes. Asimismo, los obreros apoyaron las manifestaciones de los católicos porque Leonor era hija de un obrero, entre las demandas que exigían era el castigo a los culpables y la reapertura de los templos. Además, los obreros demostraban descontento hacia sus líderes debido a que ya no cumplían con sus funciones de proteger al proletariado, sino que buscaban sus intereses, esto motivó a que mostraran su apoyo hacia los católicos indignados ante la desgracia que se presentó. Ante la presión de los manifestantes, junto con las intermediaciones del obispo Rafael Guízar y del cura Rafael Rúa en noviembre de 1937 la ley de cultos es levantada, pero los templos no se entregaron inmediatamente, esto fue motivo de otras discusiones entre los católicos y el gobierno, entre 1938 y 1940 los templos fueron entregados a quienes los solicitaban. La situación empezaba a calmarse cuando los recintos religiosos volvían al culto. Por otro lado, también marcó la influencia del sacerdote Rafael Rúa, quien estuvo cerca de los obreros, pero también de la sociedad orizabeña, por lo que se ganó el respeto de todos los habitantes. Gracias a esto, en el sepelio de la madre del cura Rúa, los obreros manifestaron que ya no derramarían sangre de sus “hermanos”. A pesar de que la ley ya había sido levantada, el gobierno aún prohibía actos religiosos fuera de los templos, incluso algunos seguían cerrados. Esto quedó demostrado en 1938, cuando el obispo Rafael Guízar y Valencia fallece, en el momento en que es velado en la ciudad de Xalapa las autoridades piden que no haya manifestaciones ni actos religiosos, para evitar enfrentamientos se acata tal disposición, en Orizaba el comercio permaneció cerrado como señal de luto.

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Durante las leyes anticlericales que se vivieron en el siglo XX no sólo los católicos se vieron afectados, sino que también otras que estaban presentes en el país y en Veracruz, la segunda como más presencia fue la protestante. Por un momento los católicos los acusaron de favorecer la ley de cultos debido a que Plutarco Elías Calles provenía del norte de México, donde esa religión tenía más fuerza que la católica en el centro del país. Pues bien, los protestantes también se vieron sujetas al artículo 130 y tuvieron que acatarla, sin embargo hubo una diferencia que marcó las relaciones entre estos y el gobierno. Desde que la ley antirreligiosa entró en vigor los protestantes comenzaron a obedecer todas las disposiciones que se dictaban, esto ayudó que las relaciones entre ambos fuera más cordial y menos violento que con sus semejantes católicos. Los protestantes de Orizaba entregaron sus templos prácticamente sin oposición, cualquier cosa que deseaban hacer avisaban a las autoridades y las relaciones fueron más favorables para ellos. Los católicos tuvieron que ceder ante las presiones del gobierno y de la misma manera pedían de manera legal sus demandas, en ocasiones les fueron favorecidas y otras denegadas. Con el levantamiento de la Ley Tejeda se pensó que la situación mejoraría. Esto no fue así, aunque la ley ya estaba levantada en la práctica parecía lo contrario, debido a que las relaciones entre los católicos y el gobierno siguió siendo la misma, como si aún se encontraba en vigor. Después del conflicto religiosos los católicos comenzaron a regresas a sus templos, las juntas vecinales se encargaron de la apertura y buscaron por la vía legal que se abrieran lo más rápido posible. Por otro lado, la política también cambió, porque tuvo que ser más tolerante ante la práctica religiosa. La prensa, otro medio de información de la época también fue utilizada para comprender el tema que abordo, pero noté que hubo un periódico donde a primera vista exageraba las noticias, lo primero que concluí fue que pudo haber sido una manera de llamar la atención y así lograr que se vendiera el periódico, por lo que tuve que compararlo con otros de la época para comparar la misma noticia, en especial en el año de 1937 cuando surgen las manifestaciones en Orizaba por la apertura de templos. Este periódico

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llamado Los Sucesos ya mostraba inconformidades desde años atrás, su contraparte Pro-Paria le llamó la atención de que debía tener cuidado con las noticias. Durante la elaboración de esta investigación encontré que la información llegó a ser mal interpretada, en Pro-Paria del año de 1932 hallé fotografías donde se observan a grupos de personas en Orizaba con pancartas frente a la parroquia de San Miguel, algunos han atribuido a que son obreros apoyando a los católicos de la región, sin embargo, los expedientes del archivo muestran que en esos años se llevó a cabo una convención de la CROM, donde la sede fue Orizaba y de este modo hubo un gran número afiliados a esa confederación, esto originó que se confundieran los acontecimientos.

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Anexo En este apartado se muestran algunas fotografías de los sucesos ocurridos en febrero de 1937 tras el asesinato de Leonor Sánchez. Asimismo, al final se muestran unas fotografías alusivas a reuniones obreras y que han sido tomadas por una mala interpretación como apoyo de obreros hacia los católicos, pero en realidad se trataba de una convención de la CROM celebrada en Orizaba en el año de 1932. De esta manera, con la fotografía se puede tener una idea de lo que sucedía en dicha ciudad en aquellos años, donde los católicos pedían al gobierno la reapertura de los templos clausurados años atrás en diversas ocasiones. Gracias a la fuente fotográfica podemos “ver” cuáles eran los acontecimientos más importantes que sucedían en determinado momento. Además, se le conoce como “referencia singular” por los objetos o personas retratadas, debido a que muestran lo que estuvo frente a la cámara en un momento y espacios concretos.490 Ahora bien, la presente investigación no hace un estudio profundo de la fotografía en Orizaba, sino que da a conocer a grandes rasgos lo que sucedió en un momento, sin llegar a un análisis exhaustivo. Las fotografías que se muestran a continuación fueron tomadas de un álbum que se ubica en el Archivo Municipal de Orizaba,491 otro ejemplar está a resguardo del presbítero de la Iglesia de El Calvario, Helkyn Enríquez Báez, algunas imágenes que se encuentran en dicho álbum fueron otorgadas por el Lic. Andrés Guzmán Olmos del “Museo de San Rafael Guízar y Valencia” de la ciudad de Xalapa, por lo que se utilizaron ya que algunas estaban en malas condiciones y no se lograba apreciar la imagen. Se agregaron fotografías tomadas por el autor de esta investigación y otras más de un periódico de 1932.

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AGUAYO Fernando y Lourdes Roca (Coords.). Investigación con imágenes, usos y retos metodológicos, Instituto Mora, México, 2012, p. 9. 491 AMO-Biblioteca Histórica. MONDRAGÓN A. J. Álbum gráfico histórico de los sucesos del 1 de febrero de 1937 en la ciudad de Orizaba, Ver., Imprenta J. P. Talavera, Orizaba, s/a.

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Biblioteca Histórica del Archivo Municipal de Orizaba (en adelante AMO), Álbum, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; iglesia de La Concordia junto al Hospital Civil “Ignacio de la Llave”.

Museo de San Rafael Guízar y Valencia de Xalapa, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; marcha fúnebre y féretro de Leonor Sánchez por las calles de la ciudad de Orizaba.

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Museo de San Rafael Guízar y Valencia de Xalapa, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; una multitud de católicos orizabeños manifestándose por el asesinato de Leonor Sánchez.

Biblioteca Histórica del AMO, Álbum, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; una marcha de católicos orizabeños en protesta por la muerte de Leonor Sánchez.

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Museo de San Rafael Guízar y Valencia de Xalapa, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; católicos protestando durante el sepelio de Leonor Sánchez en el cementerio de la ciudad de Orizaba.

Biblioteca Histórica del AMO, Álbum, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; el gobernador Miguel Alemán Valdés hablando con los manifestantes católicos.

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Biblioteca Histórica del AMO, Álbum, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; manifestantes católicos en la visita del gobernador Miguel Alemán Valdés en febrero de 1937.

Biblioteca Histórica del AMO, Álbum, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; se observa al cura José María Flores declarando por los sucesos del 7 de febrero de 1937. Lo acompañan el Inspector General de Policía Antonio Morell y un Notario quien toma nota de la declaración.

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Biblioteca Histórica del AMO, Álbum, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; católicos de Río Blanco frente al Palacio Municipal pidiendo al Gobernador del Estado, Miguel Alemán Valdés, reanudar los cultos.

Museo de San Rafael Guízar y Valencia de Xalapa, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; católicos orizabeños esperando la manifestación proveniente de la ciudad de Córdoba.

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Museo de San Rafael Guízar y Valencia de Xalapa, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; la Srita. Berta González, proveniente de Córdoba, hablando hacia los católicos antes de entrar a Orizaba.

Biblioteca Histórica del AMO, Álbum, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; católicos provenientes de Orizaba, Córdoba, Río Blanco, Nogales y Santa Rosa (hoy Cd. Mendoza) que exigen la reapertura de los cultos.

220

Biblioteca Histórica del AMO, Álbum, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; católicos en el atrio de la Parroquia de San Miguel Arcángel.

Biblioteca Histórica del AMO, Álbum, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; algunos sacerdotes siendo cargados en hombros por los manifestantes católicos.

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Biblioteca Histórica del AMO, Álbum, Anónimo, 1937, Orizaba, Veracruz, México; católicos en el interior de la Parroquia de San Miguel Arcángel.

Museo de la Ciudad de Orizaba del AMO, Personajes Ilustres, Anónimo, 1940-1950, Orizaba, Veracruz, México; retrato del cura Rafael Rúa Álvarez.

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Fondo particular, Julio César Zúñiga Trujillo, 2015, Orizaba, Veracruz, México; estas fotografías muestran el lugar donde se encuentra actualmente el sepulcro de Leonor Sánchez, en la ahora Catedral de San Miguel Arcángel.

Hemeroteca del AMO, Periódico Pro-Paria, 1932, Orizaba, Veracruz, México; estas fotografías muestran parte de las manifestaciones obreras en Orizaba debido a la X Convención de la CROM, que en ocasiones se confunden con las manifestaciones católicas que se dieron en el año de 1937.

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