EL DIRECTOR DE LA REGIONAL QUINDIO DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

COPIA SENA. RESOLUCION No. 1640 DE 2015 Por la cual se determina el monto de una obligacion dineraria en favor del Fondo Nacional de FormaciOn Profesional de la Industria de Ia ConstruccionFIC - SENA por incumplimiento en el pago de la contribucion FIC. EL DIRECTOR DE LA REGIONAL QUINDIO DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE — SENA En use de sus facultades legales y en especial las previstas en el numeral 9 del articulo 24 del Decreto 249 de 2004 y las delegadas por el Director General mediante Resolucion 770 del 11 de Julio de 2001, y CONSIDERANDO: Que el articulo 6 del Decreto 2375 de 1974 por el cual se dictan medidas destinadas a combatir el desempleo, establece: "Exonerase a la industria de la construcciOn de la obligaciOn que, conforme a las disposiciones vigentes, tiene de contratar aprendices. // En su lugar, crease el Fondo Nacional de FormaciOn Profesional de la Industria de la ConstrucciOn a cargo de los empleadores de ese ramo de Is actividad economica, quienes deberan contribuir mensualmente al mismo con una suma igual a una vez el salario minimo por cada cuarenta (40) trabajadores que laboren bajo sus Ordenes.// El Fondo sera administrado por el Servicio Nacional de Aprendizaje con la asesoria de la Camara Colombiana de la ConstrucciOn y con cargo a el se atendera el pago de /a proporciOn salarial que corresponda a los aprendices que reciben formaciOn profesional en los diversos oficios de la industria de la construccion" Que el articulo 7 del Decreto 083 de 1976, que reglamenta el Decreto-Ley 2375 de 1974, seriala: "Entiendase por personas dedicadas a la industria de la construcciOn pars los efectos del Decreto 2375 de 1974, quienes ocasional o permanentemente, por su cuenta o la de un tercero, erigen o levantan estructuras inmuebles como construccian de casas o edificios, vias de comunicaci6n, oleoductos, gasoductos, canalizaciOn, alcantarillado, acueducto, pavimentos, obras de desecacion, riego y embalses, instalaciones electricas y mecanicas y demas construcciones civiles no mencionadas y quienes trabajan en el mantenimiento y reparaci6n de dichas obras. Que el articulo 8 del precitado Decreto consagra que: "Entiendase por "valor de las obras" para los efectos del Articulo 4 del Decreto 2375 de 1974, el que resulte de la suma de todos los pagos que con cargo a una obra determinada hagan su propietario o el contratista. // Anualmente los propietarios de obras, ya sean personas naturales, juridicas o entidades de derecho public°, certificaran con destino a! Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, el valor total que con cargo a cada obra, cualquiera que sea su naturaleza, fue pagado al contratista o constructor durante el alio fiscal. Este valor no podra ser inferior a aquel por el cual se solicitO licencia de construcci6n. Exceptaense los gastos de financiaciOn, impuestos e indemnizaciones a terceros, lo mismo que el valor del lote sobre el cual se levanta la construcciOn. // Seran responsables, ante el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, del pago de los aportes de que trata este Articulo, el propietario de la obra en las construcciones por el sistema de administraciOn delegada y los contratistas o constructores principales de la misma en los contratos a precio alzado o a precios unitarios fijos" Que el Decreto 1047 de 1983, por medio del cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2375 de 1974 en lo relacionado con el funcionamiento del Fondo Nacional de FormaciOn Profesional de la Industria de Ia Construccion FIC, en su articulo 3 establece que: "El Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-, como administrador del Fondo, queda facultado para establecer los procedimientos necesarios relacionados con la liquidaciOn, recaudo y control de los valores correspondientes al F1C, asi como tambien para regular la administraciOn, funcionamiento y destinaciOn especifica del mismo" GRF-F-030 V.01 Pag 1 COPIA 0 SENA, RESOLUCION No. 7^7 1 4 0 DE 2015 Por la cual se determina el monto de una obligacion dineraria en favor del Fondo Nacional de FormaciOn Profesional de la Industria de Ia ConstruccionFIC - SENA por incumplimiento en el pago de la contribuciOn FIC. Que en virtud del literal a) del articulo 29 de la Resolucion 770 del 11 de Julio de 2001 el Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, delego en los Directores Regionales y Seccionales la facultad de: "Ordenar las acciones que sewn necesarias, para obtener el pago de las sumas de capital e intereses adeudados a! SENA por los empleadores del sector pc blic° o privado, de acuerdo con las liquidaciones que individualmente hayan sido efectuadas por concepto de aportes a la Entidad y contribuciones a/ Fondo Nacional de FormaciOn Profesional de la Industria de la Construccion- F1C-, administrado por el SENA, expidiendo las resoluciones correspondientes y resolviendo los recursos que contra ellos procedan por la via gubemativa" Que la ResoluciOn 1449 de 2012 expedida por el Director General del SENA, regula el funcionamiento del Fondo Nacional de Formacion Profesional de Ia Industria de la ConstrucciOn. Que en virtud del proceso de fiscalizaciOn, y conforme a la liquidation No. 63 del 26-03-15, se establecio que el empleador UNION TEMPORAL RECUPERACION VIAL DEL QUINDIO con NIT: 900.736.496-3, se encuentra obligado a pagar el (los) concepto (s) de la contribuciOn al Fondo Nacional de Formaci6n Profesional de la Industria de la Construcci6n —FIC-, con destino al Servicio Nacional de Aprendizaje — SENA, de conformidad con el siguiente cuadro explicativo: No. liquida cion 63 26-03-15 63 26-03-15 Periodos -Fecha Concepto Agosto — Diciembre FIC de 2014 Enero - Febrero FIC 2015 Valor periodo $3.064.600 $ 225.523 Que los intereses moratorios se liquidaran aplicando una tasa del 12% efectivo anual hasta el mes de diciembre de 2012, a partir del mes de enero de 2013, se aplicara la tasa de usura certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, conforme lo dispuesto en el Estatuto Tributario, desde que se causO el vencimiento de la obligaciOn hasta su pago total. Que en merit° de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Determinar que WILSON ARNULFO PERILLA BUITRAGO con C.C. No.4.264.250, representante legal o quien haga sus veces, de la UNION TEMPORAL RECUPERACION VIAL DEL QUINDIO con NIT. 900.736.496-3 le adeuda al FONDO NACIONAL DE FORMACION PROFESIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION FIC - SENA, la suma de Tres Millones Doscientos Noventa Mil Ciento Veintitres pesos moneda legal colombiana ($3.290.123), valor correspondiente a !a contribucion FIC dejada de cancelar por los periodos serialados en la parte motiva de esta resoluci6n, más los intereses de mora que se causen desde su vencimiento hasta su pago total. GRF-F-030 V.01 Pag 2 COPIA 0 SENA 7A7 RESOLUCION No. 1r, 4 0 DE 2015 Por la cual se determina el monto de una obligacion dineraria en favor del Fondo Nacional de Formacion Profesional de la Industria de la ConstruccionFIC - SENA por incumplimiento en el pago de la contribucion FIC. ARTICULO SEGUNDO. Citar al deudor o a su representante legal para que en el termino de cinco (5) dias contados a partir de la recepciOn de la citacion, comparezca a notificarse personalmente de la presente resolucian, advirtiendole que si no comparece se le notificara mediante aviso, en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 69 del Codigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. (C.P.A.C.A.). ARTICULO TERCERO: Advertir al deudor que contra la presente resolucion procede Onicamente el recurso de reposicion ante el Director Regional del SENA- Quindio, el cual podra interponerse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su notificaciOn, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 76 del CPACA, o proceder a su pago en las entidades bancarias establecidas por el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA para tal fin. ARTICULO CUARTO: La presente Resolucion presta merit° ejecutivo a partir de su firmeza. NOTIFIQUESE Y COMPLASE Dada en Armenia, Quindio, a los — --'\ — 2 SET. 201 ■ HERN , HOYOS WALTEROS D. eci.r Regional Quindio Proyecte) Olga Lucia Villa Aldana, Abogada Via Administ :five Revise): Gladys Myriam Fernandez Garcia., Tecnico de i artera Revise): Henry Alfonso 2:1.ra A., Coordinador Relaci nes Corporativas e Internacionales Revise: Karen F. Calder. V., Profesional G- , GRF-F-030 V.01 Pag 3 • SENA 7 A 7 631080 Armenia, No:2-2015-002161 Senor Wilson Arnulfo Perilla Buitrago Representante Legal Union Temporal Recuperacion Vial NIT: 900.736496-3 Carrera 43B 21-35 Barrio El Buque VILLAVICENCIO, META 03/09/2015 04:21:24 P.M. Asunto: CITACION para Notificacion Personal Respetado Senor Perilla: De Ia manera m6s atenta le solicitamos comparecer dentro de los cinco (5) dias, contados a partir del dia siguiente a Ia fecha de recibo de la presente citacion, ante el Grupo de Relaciones Corporativas e Internacionales de la Regional Quindio ubicado en la carrera 18 No.7-58 de Armenia, Quinclio, con el fin de notificarle personalmente la Resolucion No.1640 del 02-09-15. Para notificarse debe cumplir los siguientes requisitos: • Si es Representante Legal: Certificado de Ia Camara de Comercio con vigencia no mayor a 3 meses. • Si es Apoderado(a): Presentar poder otorgado y la tarjeta profesional del mismo. • Si es Autorizado: La respectiva autorizacibn, acompariada del Certificado de Camara de Comercio en donde se acredite la calidad de quien otorga la autorizacion. En caso de no comparecer a esta citacion, el Servicio Nacional de Aprendizaje procedera a notificar Ia mencionada resolucion mediante Aviso, en cumplimiento a lo di •uesto en el articulo 69 del Codigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Admi str o ( Ley 1437 de 2011). Cordial saludo, 1/ 01Atij HEN ALFONSO Z MORA A ► Coordinador Gru 'o Re . - brporativas e Internacionales Proyecto: Olga L. Villa Adana Ministerio de Trabajo GO-NACIONAL DE APRENDIZAJE Dirección Regional Carrera 18 No.7-58 de Armenia, Tel 7451531 www.sena.edu.co - Linea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GRF-F-028 V02 . 4h Ea la Motivos Desconocido No Existe Numero de Devolution Rehusado No Reclamado Cerrado Direction Errada WP11111"No Reside Et di$ 2 111.. : g :LI Apartado Clausurado Fuerza Mayor Rio 11D I Nombre del No Contactado kr..7 Fallecido 20 Fecha 2: DIA MES AND D Akmbre del distribuido Julio Cesar LOpez C.C. Centro de Distribucion: Re Observacionc:' C " () Son... Ponta. Nsoonenes S • nyeDistribucion Mgaci o nes: '. ‘‘t 5o rkACck Pio,-LEc< C• 47)2) 7 SERVICIOS POSTALES NACIONALES S.A NIT 900.062.917-9 NT 903062917-9 0OZGGSA55 POSTEXPRESS Unita hid 01 ECCO 1 1 1 210 Cipi,rativu Orden de servicio: Nombre/ Razors Social SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA • DIRECCION GENERAL Direccien:CArtREFtA 19 NO 6348 Env lo:YG096842433C 0 DESTINATARIO Nombre/ Razors Viielson Arrallo Per4la B 04/09/2015 19 40 59 Fecha Aprox Entrega - 08/09/2015 Direccion:CARRERA 19 NO 83-48 omirmEnri, Cocligo Postal: Fecha Adnusion: 4250830 iii YG096842433C0 Nombre/ Razen Social: SERVICIO NACIONAL OE APRENOIZAJE SENA - DIRECCION GENERAL SENA - ARMENIA Ciudad:ARMENIA_OUINDIO Departamento:OUINDIO PO ARMENIA rn as ausal Devoluciones: RE Rehusado NE No eioste NIT/C.Ca.1:899999034 Referencia: Telefono:7461417 Cectigo Postal: Cludad:ARMENIA_QUINDIO Depro:ouiN010 C6cligo Operatrvo 5004000 C dig° Polstal: Tel: Ciudad:VILL Peso Fisicolgr :20 o No contactado Fallecido cal reclamado am* DE Desconocido 0 Apartado Clausurado Fuerza Mayor Di eccion errada Firma ombre y/o saki de quien recd.: Barrio El Buque - Union Temporal Recupera der; \l'I`a DirecciOn:C c No reside Nombre/ Razdn Social: Wilson Amulfo Penta B 0 ci LI Cerrado META * clan PRO1 U D nt Peso Volurnet olgrs):0 \ es C.C. Tel: , Z LLJ 2 r, LL LL_ < Hors: Fecha de entrega: 'Dittrubutdor: Peso Facturad• grs):20 Valor Declarado Diroccien:Carrera 438 No. 21-35 Barrio El Bogue • Union Temporal Recu Observaciones del clients Valor Flete:S6 000 Costo de manelo:SO C rudad:VILLAV10ENCIO_META L I Valor Totall8 000 Departamento: META COdigo Postal: Fecha Admislon: 04/09/2015 19:40 59 Mrs lumpy* lc de mu. ()FAO del 20/05/711 44n C Res Mesons hu,ss00867cki09/08/7111 11111 -SEP 201 ii .0 _., .. 1 i4X' A . ■/; :teSda ,„, , 0 ---, c\iN,t. 92;Q ^... r 500400431032000Y0096842433C0 • Prmjal Bain 0 C Cziarha Chawfal 25 0 195 A 55 Baru / ow, .72 conco Is. baud MEMO IN / let armada Sit 17721:05 Me Ineapcne Le do am 3212(10 rii20 de nem ci 71104n IC. Rat *girl Eimit0867 i 9 serierbrt 61201 ii, Pip:. di. Intr.. ,.. A 72 ,,,,,,: (1 ...Ow loon moans as em tireirnerto ril crams arse nunrers Nice& en b plegre wit 4.72 01.1 211 &los parsmaies ten pAtior q asap del ena Psi war ion mann srvocalriate44 .71 cprie. II . ..„, , ■. p.,,,,,,,i,r 114.1.. 000000 4........i.n.srir.ii. 00000 111111.111111111111111111111111111 ?.(,) \n De: Enviado el: Para: CC: Asunto: Juan Manuel Valde

8 downloads 212 Views 2MB Size

Story Transcript

COPIA SENA.

RESOLUCION No.

1640 DE 2015

Por la cual se determina el monto de una obligacion dineraria en favor del Fondo Nacional de FormaciOn Profesional de la Industria de Ia ConstruccionFIC - SENA por incumplimiento en el pago de la contribucion FIC.

EL DIRECTOR DE LA REGIONAL QUINDIO DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE — SENA En use de sus facultades legales y en especial las previstas en el numeral 9 del articulo 24 del Decreto 249 de 2004 y las delegadas por el Director General mediante Resolucion 770 del 11 de Julio de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el articulo 6 del Decreto 2375 de 1974 por el cual se dictan medidas destinadas a combatir el desempleo, establece: "Exonerase a la industria de la construcciOn de la obligaciOn que, conforme a las disposiciones vigentes, tiene de contratar aprendices. // En su lugar, crease el Fondo Nacional de FormaciOn Profesional de la Industria de la ConstrucciOn a cargo de los empleadores de ese ramo de Is actividad economica, quienes deberan contribuir mensualmente al mismo con una suma igual a una vez el salario minimo por cada cuarenta (40) trabajadores que laboren bajo sus Ordenes.// El Fondo sera administrado por el Servicio Nacional de Aprendizaje con la asesoria de la Camara Colombiana de la ConstrucciOn y con cargo a el se atendera el pago de /a proporciOn salarial que corresponda a los aprendices que reciben formaciOn profesional en los diversos oficios de la industria de la construccion" Que el articulo 7 del Decreto 083 de 1976, que reglamenta el Decreto-Ley 2375 de 1974, seriala: "Entiendase por personas dedicadas a la industria de la construcciOn pars los efectos del Decreto 2375 de 1974, quienes ocasional o permanentemente, por su cuenta o la de un tercero, erigen o levantan estructuras inmuebles como construccian de casas o edificios, vias de comunicaci6n, oleoductos, gasoductos, canalizaciOn, alcantarillado, acueducto, pavimentos, obras de desecacion, riego y embalses, instalaciones electricas y mecanicas y demas construcciones civiles no mencionadas y quienes trabajan en el mantenimiento y reparaci6n de dichas obras. Que el articulo 8 del precitado Decreto consagra que: "Entiendase por "valor de las obras" para los efectos del Articulo 4 del Decreto 2375 de 1974, el que resulte de la suma de todos los pagos que con cargo a una obra determinada hagan su propietario o el contratista. // Anualmente los propietarios de obras, ya sean personas naturales, juridicas o entidades de derecho public°, certificaran con destino a! Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, el valor total que con cargo a cada obra, cualquiera que sea su naturaleza, fue pagado al contratista o constructor durante el alio fiscal. Este valor no podra ser inferior a aquel por el cual se solicitO licencia de construcci6n. Exceptaense los gastos de financiaciOn, impuestos e indemnizaciones a terceros, lo mismo que el valor del lote sobre el cual se levanta la construcciOn. // Seran responsables, ante el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, del pago de los aportes de que trata este Articulo, el propietario de la obra en las construcciones por el sistema de administraciOn delegada y los contratistas o constructores principales de la misma en los contratos a precio alzado o a precios unitarios fijos" Que el Decreto 1047 de 1983, por medio del cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2375 de 1974 en lo relacionado con el funcionamiento del Fondo Nacional de FormaciOn Profesional de la Industria de Ia Construccion FIC, en su articulo 3 establece que: "El Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-, como administrador del Fondo, queda facultado para establecer los procedimientos necesarios relacionados con la liquidaciOn, recaudo y control de los valores correspondientes al F1C, asi como tambien para regular la administraciOn, funcionamiento y destinaciOn especifica del mismo" GRF-F-030 V.01 Pag 1

COPIA 0

SENA,

RESOLUCION No.

7^7

1

4 0 DE 2015

Por la cual se determina el monto de una obligacion dineraria en favor del Fondo Nacional de FormaciOn Profesional de la Industria de Ia ConstruccionFIC - SENA por incumplimiento en el pago de la contribuciOn FIC.

Que en virtud del literal a) del articulo 29 de la Resolucion 770 del 11 de Julio de 2001 el Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, delego en los Directores Regionales y Seccionales la facultad de: "Ordenar las acciones que sewn necesarias, para obtener el pago de las sumas de capital e intereses adeudados a! SENA por los empleadores del sector pc blic° o privado, de acuerdo con las liquidaciones que individualmente hayan sido efectuadas por concepto de aportes a la Entidad y contribuciones a/ Fondo Nacional de FormaciOn Profesional de la Industria de la Construccion- F1C-, administrado por el SENA, expidiendo las resoluciones correspondientes y resolviendo los recursos que contra ellos procedan por la via gubemativa" Que la ResoluciOn 1449 de 2012 expedida por el Director General del SENA, regula el funcionamiento del Fondo Nacional de Formacion Profesional de Ia Industria de la ConstrucciOn. Que en virtud del proceso de fiscalizaciOn, y conforme a la liquidation No. 63 del 26-03-15, se establecio que el empleador UNION TEMPORAL RECUPERACION VIAL DEL QUINDIO con NIT: 900.736.496-3, se encuentra obligado a pagar el (los) concepto (s) de la contribuciOn al Fondo Nacional de Formaci6n Profesional de la Industria de la Construcci6n —FIC-, con destino al Servicio Nacional de Aprendizaje — SENA, de conformidad con el siguiente cuadro explicativo:

No. liquida cion 63

26-03-15

63

26-03-15

Periodos

-Fecha

Concepto

Agosto — Diciembre FIC de 2014 Enero - Febrero FIC 2015

Valor periodo

$3.064.600 $ 225.523

Que los intereses moratorios se liquidaran aplicando una tasa del 12% efectivo anual hasta el mes de diciembre de 2012, a partir del mes de enero de 2013, se aplicara la tasa de usura certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, conforme lo dispuesto en el Estatuto Tributario, desde que se causO el vencimiento de la obligaciOn hasta su pago total. Que en merit° de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: Determinar que WILSON ARNULFO PERILLA BUITRAGO con C.C. No.4.264.250, representante legal o quien haga sus veces, de la UNION TEMPORAL RECUPERACION VIAL DEL QUINDIO con NIT. 900.736.496-3 le adeuda al FONDO NACIONAL DE FORMACION PROFESIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION FIC - SENA, la suma de Tres Millones Doscientos Noventa Mil Ciento Veintitres pesos moneda legal colombiana ($3.290.123), valor correspondiente a !a contribucion FIC dejada de cancelar por los periodos serialados en la parte motiva de esta resoluci6n, más los intereses de mora que se causen desde su vencimiento hasta su pago total.

GRF-F-030 V.01

Pag 2

COPIA 0 SENA

7A7

RESOLUCION No.

1r, 4 0 DE 2015

Por la cual se determina el monto de una obligacion dineraria en favor del Fondo Nacional de Formacion Profesional de la Industria de la ConstruccionFIC - SENA por incumplimiento en el pago de la contribucion FIC.

ARTICULO SEGUNDO. Citar al deudor o a su representante legal para que en el termino de cinco (5) dias contados a partir de la recepciOn de la citacion, comparezca a notificarse personalmente de la presente resolucian, advirtiendole que si no comparece se le notificara mediante aviso, en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 69 del Codigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. (C.P.A.C.A.). ARTICULO TERCERO: Advertir al deudor que contra la presente resolucion procede Onicamente el recurso de reposicion ante el Director Regional del SENA- Quindio, el cual podra interponerse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su notificaciOn, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 76 del CPACA, o proceder a su pago en las entidades bancarias establecidas por el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA para tal fin. ARTICULO CUARTO: La presente Resolucion presta merit° ejecutivo a partir de su firmeza.

NOTIFIQUESE Y COMPLASE Dada en Armenia, Quindio, a los

— --'\ —

2 SET. 201

■ HERN , HOYOS WALTEROS D. eci.r Regional Quindio

Proyecte) Olga Lucia Villa Aldana, Abogada Via Administ :five

Revise): Gladys Myriam Fernandez Garcia., Tecnico de i

artera

Revise): Henry Alfonso 2:1.ra A., Coordinador Relaci nes Corporativas e Internacionales

Revise: Karen F. Calder. V., Profesional G- ,

GRF-F-030 V.01

Pag 3



SENA 7 A 7 631080 Armenia,

No:2-2015-002161

Senor Wilson Arnulfo Perilla Buitrago Representante Legal Union Temporal Recuperacion Vial NIT: 900.736496-3 Carrera 43B 21-35 Barrio El Buque VILLAVICENCIO, META

03/09/2015 04:21:24 P.M.

Asunto: CITACION para Notificacion Personal Respetado Senor Perilla: De Ia manera m6s atenta le solicitamos comparecer dentro de los cinco (5) dias, contados a partir del dia siguiente a Ia fecha de recibo de la presente citacion, ante el Grupo de Relaciones Corporativas e Internacionales de la Regional Quindio ubicado en la carrera 18 No.7-58 de Armenia, Quinclio, con el fin de notificarle personalmente la Resolucion No.1640 del 02-09-15. Para notificarse debe cumplir los siguientes requisitos: •

Si es Representante Legal: Certificado de Ia Camara de Comercio con vigencia no mayor a 3 meses.



Si es Apoderado(a): Presentar poder otorgado y la tarjeta profesional del mismo.



Si es Autorizado: La respectiva autorizacibn, acompariada del Certificado de Camara de Comercio en donde se acredite la calidad de quien otorga la autorizacion.

En caso de no comparecer a esta citacion, el Servicio Nacional de Aprendizaje procedera a notificar Ia mencionada resolucion mediante Aviso, en cumplimiento a lo di •uesto en el articulo 69 del Codigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Admi str o ( Ley 1437 de 2011). Cordial saludo,

1/ 01Atij HEN ALFONSO Z MORA A ► Coordinador Gru 'o

Re .

-

brporativas e Internacionales

Proyecto: Olga L. Villa Adana

Ministerio de Trabajo

GO-NACIONAL DE APRENDIZAJE Dirección Regional Carrera 18 No.7-58 de Armenia, Tel 7451531 www.sena.edu.co - Linea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GRF-F-028 V02

.

4h

Ea la

Motivos

Desconocido

No Existe Numero

de Devolution

Rehusado

No Reclamado

Cerrado Direction Errada

WP11111"No Reside

Et

di$ 2 111.. :

g :LI Apartado Clausurado

Fuerza Mayor

Rio

11D I Nombre del

No Contactado

kr..7 Fallecido

20

Fecha 2: DIA MES

AND

D

Akmbre del distribuido

Julio Cesar LOpez

C.C. Centro de Distribucion:

Re

Observacionc:' C

"

()

Son... Ponta. Nsoonenes S •

nyeDistribucion

Mgaci o nes:

'. ‘‘t 5o

rkACck Pio,-LEc<

C•

47)2)

7

SERVICIOS POSTALES NACIONALES S.A NIT 900.062.917-9

NT 903062917-9 0OZGGSA55

POSTEXPRESS

Unita hid 01 ECCO 1 1 1 210

Cipi,rativu Orden de servicio: Nombre/ Razors Social SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA • DIRECCION GENERAL Direccien:CArtREFtA 19 NO 6348

Env lo:YG096842433C 0

DESTINATARIO Nombre/ Razors Viielson Arrallo Per4la B

04/09/2015 19 40 59

Fecha Aprox Entrega -

08/09/2015

Direccion:CARRERA 19 NO 83-48

omirmEnri,

Cocligo Postal:

Fecha Adnusion:

4250830

iii

YG096842433C0

Nombre/ Razen Social: SERVICIO NACIONAL OE APRENOIZAJE SENA - DIRECCION GENERAL SENA - ARMENIA

Ciudad:ARMENIA_OUINDIO Departamento:OUINDIO

PO ARMENIA

rn

as

ausal Devoluciones: RE Rehusado NE No eioste

NIT/C.Ca.1:899999034

Referencia:

Telefono:7461417

Cectigo Postal:

Cludad:ARMENIA_QUINDIO

Depro:ouiN010

C6cligo Operatrvo 5004000

C dig° Polstal:

Tel: Ciudad:VILL Peso Fisicolgr :20

o

No contactado Fallecido

cal

reclamado am* DE Desconocido

0

Apartado Clausurado Fuerza Mayor

Di eccion errada Firma ombre y/o saki de quien recd.:

Barrio El Buque - Union Temporal Recupera der; \l'I`a

DirecciOn:C

c

No reside

Nombre/ Razdn Social: Wilson Amulfo Penta B

0

ci LI Cerrado

META

*

clan

PRO1 U D nt

Peso Volurnet olgrs):0

\

es C.C.

Tel:

,

Z LLJ 2 r, LL LL_ <

Hors:

Fecha de entrega:

'Dittrubutdor:

Peso Facturad• grs):20 Valor Declarado

Diroccien:Carrera 438 No. 21-35

Barrio El Bogue • Union Temporal Recu

Observaciones del clients

Valor Flete:S6 000 Costo de manelo:SO

C rudad:VILLAV10ENCIO_META

L

I

Valor Totall8 000

Departamento: META

COdigo Postal: Fecha Admislon: 04/09/2015 19:40 59 Mrs lumpy* lc de mu. ()FAO del 20/05/711 44n C Res Mesons hu,ss00867cki09/08/7111

11111

-SEP 201

ii

.0

_., .. 1 i4X' A . ■/; :teSda ,„, , 0 ---, c\iN,t.

92;Q ^... r 500400431032000Y0096842433C0 • Prmjal Bain 0 C Cziarha Chawfal 25 0 195 A 55 Baru / ow, .72 conco Is. baud MEMO IN / let armada Sit 17721:05 Me Ineapcne Le do am 3212(10 rii20 de nem ci 71104n IC. Rat *girl Eimit0867 i 9 serierbrt 61201 ii, Pip:. di. Intr.. ,.. A 72 ,,,,,,: (1 ...Ow loon moans as em tireirnerto ril crams arse nunrers Nice& en b plegre wit 4.72 01.1 211 &los parsmaies ten pAtior q asap del ena Psi war ion mann srvocalriate44 .71 cprie.

II

. ..„, , ■.

p.,,,,,,,i,r

114.1.. 000000 4........i.n.srir.ii. 00000 111111.111111111111111111111111111

?.(,)

\n

De: Enviado el: Para: CC: Asunto:

Juan Manuel Valdes Barcha manes, 12 de enero de 2016 09:39 a.m. Grupo Administracion Documentos Yida Mabel Parra Espitia CI POR RADICAR

Bogota D.C. PARA: Henry Alfonso Zamora Antia, Coordinador Grupo Relaciones Corporativas e Internacionales, regional Quindio, [email protected]

AS1 iNTO: Respuesta a CPM No. 8-2015-064811, solicitud publicaciOn notificaciOn por aviso

En atencion al radicado ('PM No. 8-2015-0648 l icon NIS: 2015-02-371129, de manera atenta cornunico que la informaciOn y los archivos en .pdf de las Notificaciones por aviso anexos a dicha comunicacion, fueron publicados el 08 dc enero en www.sena.edu.co, en el siguiente link http://www.sena.edu.co/transparencia/gestion-juridica/Paginas/Notificaciones-Aviso.aspx Notificaeion anexa: MARCACION ARCITIVO: NOTIFICADO _ FECHA SUSCRITA POR ASUNTO RECURSOS

MARCACIoN ARCHIVO: NOTIFICADO FECHA SUSCRITA POR ASUNTO

RECURSOS

N ARCHIVO: MARCACIONOTIFICADO FECHA

1640 020915 Wilson Arnulfo Perilla Buitrago, Union Temporal Recuperaci6n Vial del Quindio. 02/09/15 Dr. Hernán Hoyos Walteros, Director Regional Quindio. Deuda a• ortes FIC. Procede el recurso de reposicion, que podra ser interpuesto ante el Director Regional, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la notificaciOn. res

auto_63-012-29669180815 Mundo Juegos del Quindio, Carlos Eduardo Calderon. 18/08/15 Dr. Hernan Hoyos Walteros, Director Regional Quindio. Formulacion de cargos por el presunto incumplimiento de la cuota regulada de contrato de aprendizaje Procede la presentaciOn de descargos por escrito, aportar, controvertir o solicitar practica de pruebas que a su costa considere pertinentes y conducentes dentro de los quince (15) dias habiles siguientes a la notificaciOn.

res 843 250915 Jestls Maria Ortiz Pinilla, El Gran Bingo Millonario. 25/09/15

4c1

SENA

7AN-

NOTIFICACION POR AVISO EL COORDINADOR DE RELACIONES CORPORATIVAS E INTERNACIONALES DEL SENA REGIONAL QUINDIO, Atendiendo que dentro del terrain° legal establecido en la CitaciOn del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, atendiendo que no fue posible notificar el acto administrativo, mediante comunicaciOn N° 2-2015-002161 ni por la pagina res.1640020915 (solicitud de comparecencia) at senor Wilson Arnulfo Perilla Buitrago, con C.0 4264250 en calidad representante del establecimiento de comercio UniOn Temporal Del Quindio, ResoluciOn No 1640 de septiembre 2 de 2015, ObligaciOn dineraria FIC Procede a efectuar la, NOTIFICACION Por el presente AVISO se procede a notificar el contenido de la Resolucion 1640 02/09/15, suscrita por el Director Regional del SENA, cuya parte resolutiva se transcribe: RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Determinar que WILSON ARNULFO PERILLA BUITRAGO con C.C. 4.264.250, representante legal o quien haga sus veces, de la UNION TEMPORAL RECUPERACION VIAL DEL QUINDIO Con NIT.900.736.496.3 le adeuda al FONDO NACIONAL DE FARMACION PROFESIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCCION FIC SENA, la suma de Tres Millones Doscientos Noventa Mil Ciento Veintitres Pesos M/CTE ($3.290.123.00 valor correspondiente al contribuciOn FIC dejada de cancelar por los periodos senalados en la parte motiva de esta resoluciOn, más los intereses de mora que se causen desde su vencimiento hasta su pago total. ARTICULO SEGUNDO: Citar al deudor o su representante legal para que en el termino de cinco ( 5 ) dias contados a partir de la recepciOn de Ia citation, comparezca a notificarse personalmente de la presente resoluciOn, advirtiendole que si no comparece se le notificara mediante aviso, en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 69 del cOdigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (C.P.C.A.) ARTICULO TERCERO: Advertir al deudor que contra la presente resoluciOn procede unicamente el recurso de reposiciOn ante el Director de la Regional del SENA- Quindio, el cual podra interponerse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su notificaci6n, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 76 del CPACA, o proceder a su pago en las entidades bancarias establecidas por el Servicio Nacional de Aprendizaje. SENA para tal fin. ARTICULO CUARTO: La presente ResoluciOn presta merito ejecutivo a partir de su firmeza. Notifiquese y Cumplase Dada en Armenia a los 2 septiembre de 2015. HERNAN HOYOS WALTEROS Director Regional Quindio Funcionario Ejecutor o., con copia Integra del acto administrativo, El presente AVISO se publica en la pagina Web de la entidad www.sena . desconoce la direcciOn actual, numero de fax del cual se imprimira constancia para el expediente, teniendo en cuenta q e y el correo electrOnico del empleador, y permanecera pulakado durante 5 i habiles. Se fija el presente AVISO en un lugar visible (Ca er. r.e las instalaci6 es de la Oficina de Relaciones Corporativas del hy 18 abril de 2016 a las 8 A.M., por el termino . r ; SENA Regional Quindio, Carrera 18 N° 7-58 b„mkprel de 5 dias habiles. • 1,004444. • ‘1 r Ant He onales Coordinador Rel es Corporativas_a_latern ti CONSTANCIA DE DESFIJACION: El prese Regional Quindio hasta las 6 P.M., del

estuvo fijado en lugar visible (Cartelera) de las instalaciones del SENA

Henry Alfonso Zamora Antia Coordinador Relaciones Corporativas e Internacionales ADVERTENCIA: La notificacion se entendera surtida el dia siguiente del vencimiento del plazo de los 5 dias habiles del AVISO WEB y del retiro de Ia cartelera. Proyect6 y reviso Orlando Unta. B Abogado Via Aciministrativa

Ministerio de Trabajo SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE Dirección Regional /Quindio / Comercio y Turismo Carrera 18 No.7-58, Armenia, Q. - PBX (57 6) 7461417 www.sena.edu.co - Linea gratuita national: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V02

ISO .on

44.3~

„toil IF tfo

IQN t C,ertficack) ro CO-SC-CER339681

tOP 111C01, 1000

Certficado No. GP-CER339888

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.