EL NUEVO PROGRAMA COMUNITARIO DE APOYO A LAS PRODUCCIONES AGRARIAS DE CANARIAS

EL NUEVO “PROGRAMA COMUNITARIO DE APOYO A LAS PRODUCCIONES AGRARIAS DE CANARIAS” FERNANDO SEGURA CEBADA Jefe de Servicio de Estudios, Análisis Sector

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EL NUEVO “PROGRAMA COMUNITARIO DE APOYO A LAS PRODUCCIONES AGRARIAS DE CANARIAS”

FERNANDO SEGURA CEBADA Jefe de Servicio de Estudios, Análisis Sectorial y Coordinación Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

BEATRIZ BARRERA VERA Jefa de Servicio de Asuntos Europeos y Auditoría Interna Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

SUMARIO

I.

Introducción.

II.

Objetivos de la reforma.

III.

Condiciones de los programas.

IV.

El Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias. A)

Diagnóstico inicial y objetivos

B)

Medidas incluidas en el Programa

V.

Procedimiento de modificación del Programa.

VI.

Conclusiones.

hacienda 111 canaria

FERNANDO SEGURA CEBADA Y BEATRIZ BARRERA VERA

Resumen del contenido:

Los nuevos programas de apoyo a las producciones agrarias locales establecidos en el artículo 9 del Reglamento (CE) nº 247/2006 del Consejo, como nuevo instrumento de ayuda a las producciones agrarias ultraperiféricas, han supuesto un importante cambio de enfoque con respecto al anterior régimen de ayudas. En el presente artículo se resumen las principales características de este nuevo régimen y su implementación para Canarias en el “Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias”.

I. INTRODUCCIÓN

del Tratado de Ámsterdam, el 2 de octubre de 1997.

La producción agraria de Canarias ha tenido, desde su integración en la Política

El artículo 9, del Reglamento (CE) nº

Agrícola Común (PAC), un apoyo fundamen-

247/2006, introduce una tercera etapa en

tal en el POSEICAN. Este programa se ins-

las políticas de apoyo comunitario a las pro-

trumentó, inicialmente, a través del

ducciones agrarias de Canarias, al estable-

Reglamento (CEE) nº 1601/92 del Consejo,

cer la creación de programas de apoyo con-

de 15 de junio, sobre medidas específicas a

teniendo un conjunto de medidas diseñadas

favor de las islas Canarias relativas a deter-

y gestionadas, en el caso de Canarias, por el

minados productos agrarios, como un con-

Gobierno de Canarias, correspondiendo a la

junto de medidas destinadas a paliar los

Comisión Europea la aprobación de las mis-

condicionantes de nuestra agricultura y

mas, al igual que en el caso del Régimen

ganadería debidos al alejamiento, insulari-

Específico de Abastecimientos (REA).

dad, fragmentación del territorio y las dificultades derivadas de su posición geográfi-

II. OBJETIVOS DE LA REFORMA

ca, orografía y las limitaciones económicas de nuestro archipiélago. Estas políticas

Cuando la Comisión remite la propues-

tuvieron su continuación en el Reglamento

ta de Reglamento al Consejo1, en octubre de

(CE) nº 1454/2001 del Consejo, de 28 de

2004, en la exposición de motivos evalúa

junio, por el que se aprueban medidas espe-

favorablemente el efecto de las medidas

cíficas en favor de las Islas Canarias en rela-

entonces en vigor, tanto en su objetivo de

ción con determinados productos agrícolas y

fomento de la agricultura en las regiones

por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº

ultraperiféricas como en lo relativo a la

1601/92, reforzadas por el reconocimiento

mejora del abastecimiento de productos

de Canarias como Región Ultraperiférica de

agrícolas. Sin embargo, encuentra que la

la Unión Europea en virtud del artículo 299.2

gestión de los distintos POSEI resulta rígida.

1

COM(2004) 687 final de 28 de octubre de 2004

112 hacienda canaria

EL NUEVO “PROGRAMA COMUNITARIO DE APOYO A LAS PRODUCCIONES AGRARIAS DE CANARIAS”

En el caso de los regímenes de apoyo a

aspecto, el Reglamento exige, específicamen-

las producciones locales de las RUP, se aplica-

te, que se debe garantizar la coherencia de las

ban en aquel momento 56 medidas diferen-

medidas del Programa con los instrumentos

tes distribuidas entre los tres programas,

de la Política Agraria Común (PAC), especial-

POSEICAN, POSEIDOM Y POSEIMA. La adap-

mente con las organizaciones comunes de

tación de estas medidas, plasmadas en sus

mercado (OCM), la política de desarrollo rural

respectivos Reglamentos del Consejo, reque-

y las políticas orientadas a la calidad de los

ría un procedimiento legislativo interinstitu-

productos, el bienestar animal y la protección

cional que, teniendo en cuenta su aplicación

del medio ambiente.

a regiones pequeñas y sus fichas presupuestarias reducidas(en comparación a la extensión de la UE y los presupuestos de la Política

En particular, el Reglamento impide la financiación de cualquier medida:

Agraria Común, respectivamente), resultaba excesivamente prolijo, lo que resultaba en

a) “que suponga una ayuda suplementa-

falta de rapidez en la actuación y dificultaba

ria para los regímenes de primas o de

la adaptación de las medidas a las caracterís-

ayudas establecidos en el marco de

ticas específicas de cada RUP.

una organización común de mercado, salvo en caso de necesidades excep-

En consecuencia, la Comisión se proponía proporcionar un régimen de apoyo basa-

cionales justificadas por criterios objetivos;

do en un planteamiento que permitiese implantar un método participativo para la

b) que suponga una ayuda para proyec-

adopción de decisiones y facilitase la rápida

tos de investigación, para medidas de

adaptación de las medidas, de modo que

apoyo a proyectos de investigación o

fuera posible tener en cuenta, también en su

para medidas que puedan optar a la

dimensión temporal, las características espe-

financiación comunitaria con arreglo a

cíficas cada RUP.

la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a

Teniendo en cuenta este planteamiento, el nuevo régimen de ayudas establece la

determinados gastos en el sector veterinario ;

creación de Programas de Apoyo a las producciones agrarias locales.

c) que suponga una ayuda a las medidas incluidas en el ámbito de aplicación

III. CONDICIONES DE LOS PROGRAMAS

del Reglamento (CE) nº 1257/1999 y del Reglamento (CE) nº 1698/2005

Los límites fijados a las medidas incluyen

del Consejo, de 20 de septiembre de

que estas fueran, lógicamente, compatibles

2005, relativo a la ayuda al desarrollo

con el derecho comunitario y coherentes con

rural a través del Fondo Europeo

las restantes políticas comunitarias (Artículo

Agrícola de Desarrollo Rural (FEA-

11, Reglamento (CE) nº 247/2006). En este

DER).”

hacienda 113 canaria

FERNANDO SEGURA CEBADA Y BEATRIZ BARRERA VERA

De estas últimas tres limitaciones

El apartado c), sin embargo, implica que

expresas, sólo la última de ellas ha supues-

cualquier medida que pudiera quedar cubier-

to alguna dificultad práctica en el caso del

ta por una de las medidas enumeradas en el

Programa para Canarias. En efecto, tal como

Reglamento (CE) nº 1698/2005, que describe

había evolucionado la PAC, en el momento

las medidas que pueden potestativamente

de redactar el borrador del primer

incluirse en los Programas de Desarrollo Rural

Programa, a principios de 2006, a excepción

para el periodo 2007-2013, no podía introdu-

de la ayuda al plátano, todas las ayudas a la

cirse en los Programas. Como consecuencia:

producción que se aplicaban en Canarias y que procedían de las distintitas OCM habían

a) Una medida que se venía aplicando en

quedado incluidas en el conjunto de ayudas

virtud del artículo 7 del Reglamento

establecido en el Reglamento (CE) nº

(CE) nº 1454/2001 2 , “Apoyo y

1454/2001, cuyo régimen de ayudas queda-

Asesoramiento Técnico”, y cuyo obje-

ba derogado y sustituido por el establecido

to era prestar apoyo y asesoramiento

en virtud del Reglamento (CE) nº 247/2006.

técnico a las explotaciones ganaderas, cuyo efecto se había considerado

Este era el caso, por ejemplo, de las

muy positivo por lo que se deseaba

primas para el ganado bovino y ovino-

darle continuidad en el nuevo

caprino que, antes reguladas por sus res-

Programa, resultaba excluida al coli-

pectivas OCM, habían quedado incluidas en

sionar con las medidas de asesora-

el desacoplamiento y el régimen de pago

miento previstas para el Desarrollo

único por explotación impuestos por la

Rural. De hecho, cualquier iniciativa

reforma de la PAC mediante el Reglamento

relacionada con la calidad puede a

(CE) nº 1782/2003. Al permitir este

priori encontrarse en este caso, pues-

Reglamento la exclusión de las RUP del

to que el apoyo a los agricultores que

régimen de pago único, se modificó el

participen en programas con este fin

Reglamento (CE) nº 1454/2001 para per-

quedan englobados entre las medidas

mitir la permanencia de un régimen de ayu-

del Eje 1, letra c) de los Programas de

das a las producciones de estas especies

Desarrollo Rural (PDR) 2007-2013.

ganaderas en Canarias. En casos como este, la incoherencia no podía darse.

b) Las medidas que incluían primas especiales para las razas autóctonas

La limitación introducida por el aparta-

han originado ciertos problemas,

do b) tampoco fue un obstáculo, puesto que

puesto que la Comisión ha mostrado

es fácil evitar esta colisión. Las medidas de

su preocupación de que se solapen

este tipo se articulan, normalmente, por

con las contempladas en el Eje 2

otras vías.

para la “conservación de recursos

2 Dicho artículo permitía establecer un programa quinquenal de apoyo a las actividades de producción y comercialización de los productos locales en los sectores de la ganadería y los productos lácteos, orientado a fomentar la calidad en las producciones ganaderas.

114 hacienda canaria

EL NUEVO “PROGRAMA COMUNITARIO DE APOYO A LAS PRODUCCIONES AGRARIAS DE CANARIAS”

genéticos”. Sin embargo, bajo el

que atraviesa este sector agrícola en

Reglamento (CE) nº 1454/2001 se

Canarias, se ha mostrado insuficiente.

venían pagando primas especiales a especies autóctonas.

IV. EL PROGRAMA COMUNITARIO DE APOYO A LAS PRODUCCIONES

c) En líneas generales, resulta muy difí-

AGRARIAS DE CANARIAS

cil incorporar al Programa en el futuro medidas distintas de las ayudas a la producción o la comercialización,

A) DIAGNÓSTICO INICIAL Y OBJETIVOS

puesto que las iniciativas destinadas a mejorar la competitividad, fomentar

La estrategia del Programa se orientó en

la calidad o dar promoción a los pro-

cinco líneas de actuación:

ductos pueden colisionar fácilmente con las medidas establecidas para el Desarrollo Rural.

Mantenimiento de las actividades agrarias tradicionales para salvaguardar el tejido económico y social de las

El Reglamento (CE) nº 793/2006 de la

zonas rurales y evitar daños al paisaje

Comisión, de 12 de abril de 2006, por el que

tradicional y al medio ambiente debidos

se establecen disposiciones de aplicación del

al abandono de las explotaciones: La

Reglamento (CE) no 247/2006, introdujo limi-

papa y la viña son los dos principales cultivos

taciones de una orientación muy diferente.

en las explotaciones agrícolas de las zonas de

Las ayudas por la comercialización de produc-

medianías. Tanto el Reglamento (CEE) nº

tos de las RUP en el Resto de la UE quedaban

1601/92 como el (CE) nº 1454/2001 incorpo-

limitadas al 10% del valor de la producción

raron ayudas a la hectárea cultivada de papas

comercializada, pudiendo llegar al 13% en el

de consumo y a las vides destinadas a la pro-

caso de que el productor fuera una agrupa-

ducción de vinos de calidad producidos en

ción, asociación u organización de producto-

regiones determinadas (v.c.p.r.d.). Dado el

res (artículo 22), esto es, en la misma cuantía

elevado valor medioambiental y paisajístico

que la ayuda establecida en la anterior ayuda

de estos cultivos así como su alto valor social

establecida por el artículo 10, del Reglamento

en muchas zonas rurales, se incorporaron a

(CE) nº 1454/2001.

este Programa medidas que den continuidad a las ayudas mencionadas.

En cuanto al tomate, el artículo 23, del Reglamento (CE) nº 793/2006 limita la cuan-

En lo relativo a la ganadería, la peculiar

tía de la ayuda a 3,60 euros por cada 100 kilo-

orografía y condiciones climáticas de

gramos, lo que significaba un aumento consi-

Canarias hacen que en nuestra cabaña gana-

derable con respecto a la ayuda que se venía

dera tenga especial protagonismo el ganado

aplicando anteriormente (de 0,72 euros por

caprino. Las razas caprinas autóctonas de

cada 100 kilogramos, casi una quinta parte),

Canarias están especialmente adaptadas a

pero que, teniendo en cuenta la grave crisis

las condiciones climáticas de las islas. La

hacienda 115 canaria

FERNANDO SEGURA CEBADA Y BEATRIZ BARRERA VERA

ganadería ovina, si bien cuenta con un núme-

ciertas modificaciones, algunas de las ayudas

ro más reducido de cabezas, juega un papel

aplicadas en virtud del Reglamento (CE) nº

complementario al del ganado caprino.

1454/2001, como, por ejemplo:

Además, la producción vacuna se ha enfrentado durante los últimos años a especiales

• Las ayudas a los productos agrícolas

dificultades. El artículo 5, del Reglamento

destinados al mercado interior (artícu-

(CE) nº 1454/2001, establecía ayudas para

lo 9 del Reglamento nº 1454/2001)

estas especies ganaderas cuyo efecto debía

que constituyeron un valioso instru-

continuarse, por lo que en el Programa se

mento para permitir la permanencia

incluyeron medidas destinadas a dar conti-

de producciones de hortalizas, frutas y

nuidad a las mismas. De igual manera, las

flores destinadas al mercado interior;

ayudas a la producción de miel de calidad de abeja negra canaria otorgadas en virtud del

• la ayuda al consumo humano de pro-

artículo 17. del Reglamento (CE) nº

ductos de leche de vaca de origen local

1454/2001, también se integraron en este

(artículo 8 del mismo Reglamento)

Programa a través de una medida específica.

que colaboró a mantener una producción láctea que cubre una parte de la

Las medidas orientadas a la ganadería

demanda interior.

se complementan con la inclusión en el Plan del Régimen Específico de Abastecimientos

En consecuencia, era necesario incorpo-

de nuevos insumos agrarios destinados a la

rar a este Programa medidas que dieran con-

alimentación animal (paja, raigras deshidra-

tinuidad a estas ayudas destinadas a la

tado, pulpa de remolacha y pellets de girasol)

comercialización y el consumo de los produc-

y el incremento de los importes de las ayudas

tos destinados al mercado interior, además de

destinadas a los restantes insumos ya recogi-

introducir nuevas medidas con idéntico fin

dos en el Régimen anterior (trigo blando,

para otros, como los productos lácteos de

cebada, maíz, avena, alfalfa y soja).

caprino y ovino y la carne de bovino.

Incrementar el porcentaje actual de

Facilitar el acceso de la producción

autoabastecimiento de los productos

canaria a otros mercados para mantener

frescos en Canarias: Aunque el mercado

su actual volumen de envíos: La lejanía de

interior de Canarias se ha expandido conside-

los mercados europeos, la fragmentación del

rablemente en los últimos años, debido a un

territorio y las limitaciones impuestas por la

importante aumento de población, la produc-

difícil orografía, entre otros, imponen condi-

ción agraria local ha perdido en general cuota

ciones especialmente dificultosas a las pro-

de mercado, debido a la falta de competitivi-

ducciones Canarias destinadas a otros mer-

dad derivada de nuestra condición ultraperi-

cados. Desde el Reglamento (CEE) nº

férica, la fragmentación del mercado y los

1601/92, al posterior Reglamento (CE) nº

condicionantes orográficos. En este sentido,

1454/2001, las medidas destinadas a facilitar

se consideraba conveniente mantener, con

la comercialización de las producciones fuera

116 hacienda canaria

EL NUEVO “PROGRAMA COMUNITARIO DE APOYO A LAS PRODUCCIONES AGRARIAS DE CANARIAS”

de Canarias, fomentando la celebración de

de ayudas POSEICAN habían introducido

contratos de campaña, fueron un importante

medidas tendentes a fomentar la integración

elemento para el mantenimiento de una agri-

en las organizaciones de productores,

cultura dinámica y moderna. A pesar de ello,

mediante el pago de ayudas más elevadas a

el volumen de expedición de tomate ha des-

los productores englobados en las mismas.

cendido significativamente, disminuyendo la

Siempre que fue posible, las nuevas medidas

superficie en cultivo desde 3.546 hectáreas

se diseñaron para seguir también esta línea.

en 1998 hasta 2.439 en 2004, desapareciendo un gran número de explotaciones dedica-

Fomentar las producciones agrarias

das a este producto. La aplicación de medidas

de calidad: El alejamiento y la escasa

que frenen este descenso y prolonguen el

dimensión económica de las explotaciones

efecto beneficioso de las ayudas a la celebra-

agrarias canarias dificultan el acceso a la

ción de contratos de campaña, se considera-

innovación y la obtención de producciones de

ron un elemento principal del Programa, con

calidad. Por ello y teniendo en cuenta las

las limitaciones anteriormente indicadas.

características del actual comercio de productos agrarios, el fomento de la calidad es un

Al incorporarse la ayuda al plátano a

objetivo necesario. A estos efectos, se inclu-

este programa a partir del año 2007, median-

yó una medida de ayuda a la innovación y la

te la reforma del Reglamento (CE) nº

calidad en las producciones ganaderas, con-

247/2006, por el Reglamento (CE) nº

siderando que este subsector tiene especial

2013/2006 del Consejo, de 19 de diciembre,

necesidad de este tipo de ayudas. Otro ejem-

la nueva ayuda al plátano se diseño para

plo, de esta línea de actuación es la ayuda al

cubrir, principalmente, con este objetivo.

viñedo, pagadera exclusivamente a las superficies de cultivo inscritas en los corres-

Fomentar la integración de los agricultores y ganaderos en Agrupaciones y

pondientes Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen.

Organizaciones de Productores: Las Agrupaciones y Organizaciones de Producto-

Cada una de las medidas, fue diseñada

res fomentan la concentración de la oferta,

para actuar en una o varias de estas líneas,

permitiendo a los agricultores y ganaderos

tratando de prolongar los efectos positivos

asociados concurrir a un mercado en el que

del anterior régimen de ayudas y reforzan-

la gran distribución tiene un peso determi-

do las medidas destinadas a aquellos secto-

nante. Además, la aplicación de economías

res que, como el vacuno, no habían tenido

de escala mediante el uso de medios y la com-

una buena evolución. A través de esta estra-

pra en común permite incrementar la compe-

tegia, se pretendía alcanzar los siguientes

titividad de los productos. Las entidades aso-

objetivos:

ciativas permiten que se proporcione proporciona asistencia técnica a los socios

• En el ámbito social: Mediante el

que les permita satisfacer a un mercado cada

mantenimiento de las actividades

vez más exigente. Los anteriores regímenes

agrarias claves se busca mantener el

hacienda 117 canaria

FERNANDO SEGURA CEBADA Y BEATRIZ BARRERA VERA

tejido social de las zonas rurales y los

Programa, debe conseguirse un

modos de vida tradicionales. En par-

efecto global beneficioso para la

ticular, el efecto de este Programa

conservación del medioambiente.

debe reflejarse en el mantenimiento del empleo en la agricultura.

• En el ámbito económico: El fomento de las producciones de

• En el ámbito medioambiental:

calidad debe tender a afianzar la

Evitando el abandono de los culti-

viabilidad económica del sector

vos, especialmente, de viña y papa,

agrario. Las ayudas destinadas a

se hace una contribución decisiva

fomentar la comercialización deben

para la conservación del paisaje y de

contribuir a frenar el declive en los

los elementos relacionados con la

envíos a otros mercados y a estabi-

producción agraria que lo confor-

lizar las producciones destinadas al

man. Las ayudas al ganado caprino

mercado interior.

y ovino, junto con incentivos especiales para las razas autóctonas de ganado vacuno y abeja, deben per-

B) MEDIDAS INCLUIDAS EN EL PROGRAMA

mitir la conservación de las particularidades genéticas de las razas pro-

El Programa incluyó inicialmente dieci-

pias de Canarias. El control que se

séis medidas, algunas de ellas desglosadas

verifica del cumplimiento de la

en submedidas, totalizando un total de vein-

Condicionalidad, que afecta, no sólo

tiuna ayudas diferentes. La inclusión de la

a las producciones agrarias objeto

ayuda al plátano en el Programa (que no tra-

de ayuda, sino a toda la explotación,

taremos, puesto que es objeto de un artículo

ejerce de estímulo para que el agri-

específico en este mismo número) elevó el

cultor cumpla todos los Reglamentos

total de ayudas a veintidós a partir de 2007.

y Directivas medioambientales. De

Las medidas y sus fichas financieras pueden

esta manera, con las medidas del

verse en la siguiente tabla.

118 hacienda canaria

EL NUEVO “PROGRAMA COMUNITARIO DE APOYO A LAS PRODUCCIONES AGRARIAS DE CANARIAS”

TABLA 1 CUADRO FINANCIERO GENERAL DEL “PROGRAMA COMUNITARIO DE APOYO A LAS PRODUCCIONES AGRARIAS DE CANARIAS”

hacienda 119 canaria

FERNANDO SEGURA CEBADA Y BEATRIZ BARRERA VERA

I. Medidas de apoyo a la producción vegetal

medianías actualmente en retroceso, reservando ciertos contingentes de ayudas a sus productos.

I.1. Ayuda a la comercialización local de frutas, hortalizas, raíces y

• Busca fomentar el asociacionismo,

tubérculos alimenticios, flores y

mediante el pago de una ayuda de

plantas vivas recolectadas en

cuantía mayor a los agricultores inte-

Canarias

grados en asociaciones y organizaciones de productores.

Esta ayuda, ya existente en el anterior régimen de ayudas, consiste en una ayuda

• Tiene como fin primordial fomentar

para los productores que presenten un pro-

el autoabastecimiento del mercado

grama de producción y comercialización en

local.

el mercado local de frutas y hortalizas, papas, plantas vivas, flores y esquejes, de

I.2. Ayuda para la comercialización

la que están expresamente excluidos los

fuera de Canarias de frutas, horta-

plátanos y los tomates. Mediante la obliga-

lizas, plantas ornamentales, flores

ción de presentar un programa de produc-

y esquejes

ción y comercialización se busca fomentar el uso de los instrumentos de programación

Esta ayuda se remonta para los pro-

por parte de los agricultores y de las coope-

ductos distintos del tomate al primer

rativas a fin de estabilizar el suministro a los

Reglamento POSEICAN, el Reglamento

mercados y minimizar los vaivenes de pre-

(CEE) nº 1601/92. Se subdivide en dos ayu-

cios. Actualmente se pueden presentar cua-

das (submedidas) diferentes, a fin de res-

tro programas anuales. La ayuda se paga en

petar los diferentes limites establecidos a

función de las cantidades comercializadas

las ayudas para el tomate y a las ayudas a

de cada producto, con cuantías más altas

los restantes productos destinados a mer-

para los agricultores asociados a asociacio-

cados del resto de la UE. En virtud de estos

nes u organizaciones de productores.

límites, la ayuda al tomate tiene una cuantía fija (3,60 euros por cada 100 kilogra-

Existen dos submedidas; una destina-

mos) y la ayuda a los restantes productos es

da a las frutas, hortalizas, raíces y tubércu-

del 10% del valor del producto o, si el pro-

los y otra destinada a las flores, plantas

ductor pertenece a una asociación u organi-

vivas y esquejes. Esta es un buen ejemplo

zación de productores, del 13%. En ambos

de una medida que se ha diseñado para

casos, con el fin de fomentar la comerciali-

seguir simultáneamente varias de las estra-

zación de nuestros productos, la ayuda se

tegias propuestas, en este caso:

abona al operador situado fuera de Canarias que los adquiere. Los plátanos, al disponer

• Trata de fomentar el mantenimiento de ciertos cultivos tradicionales de

120 hacienda canaria

de una ayuda específica, están expresamente excluidos.

EL NUEVO “PROGRAMA COMUNITARIO DE APOYO A LAS PRODUCCIONES AGRARIAS DE CANARIAS”

I.3. Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides desti-

dientes, manteniendo el suelo y evitando la erosión y la desertización.

nadas a la producción de vinos de calidad producidos en regiones determinadas (v.c.p.r.d.)

Además, este cultivo tiene una importancia destacada en el mantenimiento del entramado social de las zonas rurales, de

Esta ayuda por hectárea se ha venido

manera que apoyarlo supone una apuesta

aplicando en Canarias desde el inicio del

importante para el mantenimiento del sector

POSEICAN, Reglamentos (CEE) nº 1601/92 y

de población dedicado a la agricultura tradi-

(CE) nº 1454/2001, y ha contribuido al des-

cional, con un marcado carácter familiar.

pegue del sector, por lo que se ha continuado

Asimismo, constituye un elemento básico en

aplicando en el Programa, elevando su cuan-

la alimentación canaria donde tenemos el

tía alrededor de un 25%. Para poder percibir

mayor consumo per cápita de todo el Estado

la ayuda el viñedo debe estar inscrito en el

español (90 Kg. por habitante y año), estan-

Consejo Regulador de la Denominación de

do profundamente ligada a la cultura rural

Origen correspondiente y debe presentar

tradicional y a la identidad local.

declaración de cosecha. También en este caso se trata de una I.4. Ayuda por hectárea para el cultivo de la papa de mesa

ayuda que se remonta al Reglamento (CEE) nº 1601/92 y se continuó a través d e l Re g l a m e n t o ( C E ) n º 1 4 5 4 / 2 0 0 1 .

La papa es un cultivo que está localiza-

Considerando que ha contribuido a frenar

do fundamentalmente en las “medianías”,

el declive del cultivo de este producto tradicio-

zonas comprendidas entre trescientos y mil

nal y dada la importancia del mismo en térmi-

metros de altura sobre el nivel del mar, bien

nos sociales y medioambientales, se incluyó

sean las húmedas y frías del norte de las islas,

en el Programa una medida orientada a favo-

o bien en cultivos bajo riego en las vertientes

recer el mantenimiento del mismo, incremen-

orientadas al sur, más cálidas y secas. Hay

tando la cuantía desde los 476,76 euros por

que destacar que debido a la accidentada oro-

hectárea hasta los 700. La ayuda puede

grafía de estas zonas y la pequeña dimensión

cobrarse hasta dos veces al año por cada par-

de las explotaciones (cultivo en “bancales” o

cela si se obtiene en ella más de una cosecha.

“terrazas artificiales”), la mecanización del cultivo es muy escasa. Esto se traduce en un cultivo muy tradicional, con un alto coste pro-

I.5. Ayuda a los productores de determinados cultivos herbáceos

ductivo y con escasas posibilidades para competir con las papas que se puedan importar de

Estas ayudas por superficie, destinadas

zonas de producción más competitivas. Sin

a cultivos de cereales, leguminosas y protea-

embargo, la papa, junto al viñedo, es un ins-

ginosas para la alimentación animal, se habí-

trumento fundamental para el sostén de los

an venido gestionado, hasta el año 2005,

ecosistemas de “medianías”, de fuertes pen-

junto con las primas ganaderas de los secto-

hacienda 121 canaria

FERNANDO SEGURA CEBADA Y BEATRIZ BARRERA VERA

res vacuno y ovino-caprino. Estas últimas, en

rar la cabaña ganadera local. En el

el año 2005, han pasado integrarse en el

Reglamento (CE) nº 1454/2001 se encuadró

POSEICAN, por lo que en dicho año las ayu-

esta ayuda entre las medidas de apoyo a la

das de superficies de la PAC se tramitaron

producción agraria local (Título II, “Medidas

transitoriamente al amparo del Real Decreto

en favor de las producciones locales”, artícu-

2353/2004, de 23 de diciembre, y del Real

lo 4), aunque su gestión, regulada en la nor-

Decreto 1618/2005, de 30 de diciembre. Se

mativa de desarrollo, se siguió estableciendo

ha integrado esta ayuda en el Programa para

conjuntamente con los procedimientos de

evitar el potencial impacto negativo de su

gestión del REA. En esta nueva etapa, se ha

desaparición en las zonas en las que existían

conservado la ayuda basada en la misma filo-

estos cultivos, si bien, como se puede dedu-

sofía, pero totalmente integrada en el conjun-

cir de su escasa ficha financiera, su incidencia

to de medidas de apoyo a las producciones

es muy escasa.

locales tanto en su encuadre como en su gestión. Esta circunstancia, obligada debido a la

I.6. Ayuda a los productores de plátano

nueva normativa impuesta por el Reglamento (CE) nº 247/2006 del Consejo y el Reglamento

Esta ayuda se integra en el Programa a

(CE) nº 793/2006 de la Comisión, causó bas-

partir del año 2007, teniendo su antecedente

tantes problemas a los operadores, dado que

directo en la ayuda compensatoria estableci-

las nuevas disposiciones imponían como

da en el Reglamento (CEE) nº 404/93 del

periodo de pago desde el 16 de octubre al 30

Consejo (OCM del plátano). Puesto que es

de junio, mientras que en el régimen ante-

objeto de otro artículo en este mismo núme-

rior se venían pagando las ayudas a lo largo

ro, no la describiremos aquí.

de todo el año, alrededor de cuarenta días después de cursar la solicitud, al igual que

II. Medidas de apoyo a la producción animal

las ayudas REA. Una modificación del Reglamento (CE) nº 793/2006 solicitada por el Gobierno de Canarias modificó esta limita-

II.1. Ayuda para el suministro de razas puras o razas comerciales origina-

ción, y, de nuevo, estas ayudas se pueden pagar a lo largo de todo el año.

rios de la Comunidad Estas ayudas se limitan, actualmente, a Esta medida también tiene sus orígenes

los animales originarios de la Unión Europea.

en los inicios del régimen de ayudas POSEI-

Sin embargo, la extensión de la enfermedad

CAN. En el Reglamento (CE) nº 1601/92 se

de la “lengua azul” ha hecho muy difícil

encontraba encuadrada dentro del Régimen

encontrar dentro de la UE bovinos reproduc-

Específico de Abastecimientos (REA) y con-

tores libres de la enfermedad durante los últi-

sistía en una ayuda para la introducción en

mos dos años. Aunque para ampliar las posi-

Canarias de bovinos, porcinos y conejos

bilidades de obtener reproductores, se

reproductores de características especifica-

incluyeron nuevas razas entre las aptas para

das y de pollitas de puesta, con el fin de mejo-

acogerse a esta ayuda, los ganaderos de

122 hacienda canaria

EL NUEVO “PROGRAMA COMUNITARIO DE APOYO A LAS PRODUCCIONES AGRARIAS DE CANARIAS”

vacuno han solicitado repetidamente que se

nacimiento de vacuno y otra por sacrificio,

modifique esta ayuda para permitir que se

aunque asignándoles una mayor ficha presu-

importen con ayuda animales extracomuni-

puestaria, puesto que para 2005 no había

tarios de países libres de la “lengua azul”,

sido dotada suficientemente.

incrementando las ayudas para cubrir los gastos de viaje más elevados. Aunque en este

Además, también se dio continuidad a

tipo de ayudas siempre se ha aplicado la pre-

una ayuda para la importación de terneros de

ferencia hacia el suministro comunitario, las

engorde que había estado vigente dentro del

especiales circunstancias que se dan en la

programa quinquenal destinado a promover

actualidad hacen que, muy probablemente,

la calidad en las producciones ganaderas.

se presente próximamente a la Comisión una modificación en este sentido.

Se añadió una ayuda destinada a promover la cría de vacas de aptitud lechera para

II.2. Medidas de apoyo al sector vacuno

la reposición de los animales envejecidos, que fue propuesta por algunos representan-

Los ganaderos de vacuno habían recibido, hasta 2004, las primas instituidas por el

tes del sector durante la consulta pública que se realizó del borrador del programa.

Reglamento (CE) nº 1254/1999 (OCM del sector de la carne de vacuno), comunes para

• II.2.1. Prima por nacimiento de

toda Europa. El Reglamento (CE) nº

vacuno y II.2.2. Prima por

1454/2001 añadía unas primas complemen-

sacrificio de vacuno

tarias. Sin embargo, en el momento de comenzar a aplicarse el nuevo Programa, se

Ambas primas se gestionan conjunta-

había comenzado a aplicar un nuevo sistema

mente, consistiendo la primera en una

de ayudas que había sido específicamente

ayuda de cuantía fija y la segunda de

diseñado para Canarias.

ellas en una ayuda variable según la clase de animal, con cuantías algo más

Al comenzar a aplicarse el régimen de

elevadas en el caso de tratarse de ani-

pago único y el desacoplamiento, las primas

males de razas Canarias o Palmera.

de vacuno quedaron incluidas en él. Sin

Ambas están principalmente orienta-

embargo, se había previsto la posibilidad de

das a fomentar la producción de carne.

eximir a Canarias, como RUP, de la aplicación del régimen de pago 9único, como efectiva-

• II.2.3. Ayuda para la importación

mente se hizo. Por esta circunstancia, había

de terneros destinados al

sido necesario diseñar unas medidas especí-

engorde

ficas para Canarias que comenzaron a aplicarse en el año 2005, por lo que a comienzos

Esta ayuda, de 200 euros por animal,

de 2006 se estaba aún gestionando las solici-

tiene como objetivo permitir la cría de

tudes. En el nuevo programa se continuaron

vacunos de cebo, como ocurre en otras

dichas ayudas, consistentes en una prima por

comunidades autónomas. La ayuda se

hacienda 123 canaria

FERNANDO SEGURA CEBADA Y BEATRIZ BARRERA VERA

paga con la condición de que se cebe al

elevó la cuantía de la ayuda. Durante el pasa-

animal un mínimo de seis meses.

do año 2007 (el primer año completo de aplicación de la nueva cuantía) la producción, sin

• II.2.4. Ayuda a la reposición en

embargo, disminuyó de forma importante. Se

vacuno de leche con novi-

está estudiando un aumento de la ayuda,

llas nacidas en Canarias

para compensar la situación de crisis.

Esta ayuda está destinada a las vacas de aptitud lechera nacidas en Canarias

II.5. Ayuda al consumo humano de carne de vacuno de origen local

y destinadas a reponer los efectivos de la explotación. Se trata de una medida

Se trata de una nueva ayuda con la que

complementaria a la I.1, puesto que

se intenta mejorar la situación del subsector

debe tender a extender en la cabaña

de vacuno de carne. Se paga una ayuda por

ganadera las características genéticas

kilo al propietario de las canales de vacuno en

de los animales de raza pura obtenidos

el momento del sacrificio.

con ayuda de esta medida. II.6. Ayuda al consumo de productos II.3. Medidas de apoyo al sector de

lácteos elaborados con leche de

caprino y ovino

cabra y oveja de origen local

Esta ayuda se encontraba en el mismo

Como en el caso anterior, es una nueva

caso que las primas de vacuno, pues también

ayuda, introducida para reforzar la competi-

acaban de comenzar a aplicarse unas primas

tividad de los productos lácteos del caprino y

específicamente diseñadas para Canarias,

el ovino. Creada según el modelo de la ayuda

que aún estaban en periodo de gestión de su

II.4 para la leche de vacuno, prima a la indus-

primera campaña de aplicación, por lo que se

tria láctea o quesería que procesa leche de

continuó su aplicación dentro del nuevo pro-

producción local.

grama. Se aprovechó la ocasión para ampliar el número de animales con derecho a ayuda, puesto que el anterior límite era escaso para

II.7. Ayuda para la producción de reproductores de porcino en Canarias

la cabaña existente. Se trata de una nueva ayuda destinada II.4. Ayuda al consumo humano de pro-

a complementar a la ayuda para reproducto-

ductos de leche de vaca de origen

res de porcino incluida en la medida II.1 per-

local

mitiendo que los reproductores selectos puedan también producirse en Canarias.

Esta ayuda, también existente en el

Durante el pasado año, la ayuda no tuvo

régimen de ayudas anterior, prima la compra

efecto, pues la única explotación existente

por las industrias lácteas de leche de origen

en estos momentos dejo de funcionar

local. Al incorporarla al nuevo programa se

momentáneamente, pero se espera que

124 hacienda canaria

EL NUEVO “PROGRAMA COMUNITARIO DE APOYO A LAS PRODUCCIONES AGRARIAS DE CANARIAS”

durante este año vuelva a funcionar, tras un cambio de titular.

II.8. Ayuda al consumo industrial de carne de origen local

II.11. Ayuda a la innovación y la calidad en las producciones ganaderas

La intención inicial para esta medida era incorporar una ayuda destinada a dar asistencia técnica a las explotaciones ganaderas

Otra ayuda de nueva creación, que

en cuestiones relacionadas con la producción.

prima la adquisición por las industrias cár-

Sin embargo, debido a la incorporación de las

nicas de carne de producción local. La ficha

limitaciones que se discutieron anteriormen-

es reducida debido a que el destino de la

te, el diseño inicial de la medida no fue acep-

producción local es el consumo en fresco.

tado por la Comisión Europea, por lo que se modificó para evitar colisionar con los

II.9. A y u d a p a r a l a p r o d u c c i ó n d e gallinas ponedoras

Programas de Desarrollo Rural. Está destinada a financiar la implantación por asociaciones de productores de acciones comunes

Un caso idéntico a la medida II.7, des-

orientadas a la innovación y a la calidad. Sin

tinado a permitir la existencia de una pro-

embargo, durante el primer año la ejecución

ducción local de gallinas ponedoras que no

presupuestaria ha sido muy limitada, puesto

tenga una indebida competencia con las

que el campo de actuación es escaso para los

pollitas de puesta que puedan recibir ayuda

productores, por lo que, muy probablemen-

a través de la medida II.1. En este caso, la

te, sea modificada en un futuro.

medida se había creado dentro del programa quinquenal aplicado en 2002-2006 orientado al fomento de las producciones

V. PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA

agrarias de calidad establecido en el Reglamento (CE) nº 1454/2001.

La adaptabilidad a las condiciones específicas de cada RUP no podía conseguirse sin

II.10. Ayuda para la producción de

dotar a los programas de sistemas ágiles para

miel de calidad procedente de la

su modificación. En este sentido, inicialmen-

raza autóctona de abeja negra

te se previó un sistema en el que las modificaciones se presentarían a la Comisión para

Se trata de una ayuda ya existente en

su aprobación excepto en el caso de que se

el régimen de ayudas anterior que abona

tratara de modificaciones de hasta el 20% de

una prima por colmena de abeja negra

la cuantía o la dotación financiera de las medi-

canaria a las asociaciones de apicultores. Al

das, en cuyo caso se establecía que “…esta

incorporarla al programa se incrementó la

aprobación no será necesaria” (artículo 49 del

cuantía de la ayuda y se aumentó el límite

R(CE)793/2006).

máximo de colmenas anuales, que resultaba insuficiente para las solicitudes presentadas.

Sin embargo, esta disposición, que condujo a diferencias en su interpretación casi

hacienda 125 canaria

FERNANDO SEGURA CEBADA Y BEATRIZ BARRERA VERA

tan pronto entró en vigor, fue pronto modifi-

presupuestarias o de las cuantías uni-

cada, tanto para los programas de apoyo a

tarias de las ayudas de hasta el 20%

las producciones locales como para los pro-

(apartado 3). En este caso, sólo se

gramas de abastecimiento del REA.

precisa notificar las modificaciones a la

Mediante el Reglamento (CE) nº 1242/2007

Comisión antes de su entrada en vigor.

de la Comisión, de 24 de octubre de 2007, que además de modificar otros aspectos

Durante el pasado año 2007 ya se han

menores del Reglamento (CE) nº 793/2006,

realizado tres modificaciones del Programa.

modificaron el artículo 49 del mismo para

La primera de ellas, consistente en peque-

establecer tres procedimientos de modifica-

ñas modificaciones para realizar pequeños

ción diferentes, aplicables tanto a los Planes

ajustes en las medidas de ayuda, que fue

de Abastecimiento del REA como a los

tramitada mediante el procedimiento esta-

Programas de Apoyo a las producciones

blecido en la redacción original del artículo

locales:

49. Las dos siguientes, consistentes en modificaciones presupuestarias y de cuantí-

• Un procedimiento ordinario (estableci-

as unitarias de ayuda, acogidas al procedi-

do en el apartado 1), en el que las

miento establecido en el apartado 3, cuyo fin

modificaciones deben presentarse

era movilizar recursos que permitieran

antes del 30 de septiembre de cada

incrementar la ayuda a las partidas del Plan

año, pudiendo ponerse en aplicación a

de abastecimientos del REA en las que se

partir del 1 de enero del año siguiente

incluyen los piensos para la ganadería, a fin

si la Comisión no formula objeciones.

de paliar los acusados incrementos de precios de estos artículos y su negativa inciden-

• Un procedimiento para las modifica-

cia en el sector ganadero.

ciones más sustanciales (apartado 2), en las que quedan comprendidas

VI. CONCLUSIONES

aquellas que introducen nuevas medidas en los Programas o extinguen

El año 2007 ha sido el primer año com-

alguna de las existentes y aquellas

pleto de aplicación del Programa y a lo largo

modificaciones que impliquen un

del año se han puesto en marcha nuevas ayu-

aumento de más del 50% de la cuan-

das que anteriormente no existían. En conse-

tía unitaria de la ayuda que fuese apli-

cuencia, es pronto para evaluar completa-

cable en cada momento. En este caso,

mente el impacto del nuevo régimen de

las modificaciones se aprobarán explí-

ayudas. Sin embargo, algunas conclusiones

citamente mediante Decisión de la

pueden apuntarse ya.

Comisión. El nuevo régimen de ayudas cumple • Un procedimiento para aquellas modi-

bien con su objetivo de permitir la rápida

ficaciones que consistan exclusiva-

adaptación de las medidas a las necesidades

mente en modificaciones de las fichas

específicas de cada momento. Su única limi-

126 hacienda canaria

EL NUEVO “PROGRAMA COMUNITARIO DE APOYO A LAS PRODUCCIONES AGRARIAS DE CANARIAS”

tación en este sentido es su forma de “sobre

Consejo, en el que las medidas de apoyo

presupuestario” cerrado, lo que hace necesa-

estaban fijadas en el propio Reglamento (o

rio establecer prioridades para la asignación

en los correspondientes Reglamentos de

de los recursos presupuestarios limitados.

desarrollo), y por tanto era necesario un

Esta limitación se hace más patente aún

complejo y largo procedimiento legislativo

teniendo en cuenta que la flexibilidad que se

para su modificación.

permite a las medidas hace que se tienda a altos niveles de ejecución, por lo que existen

Finalmente, es preciso tener en cuenta

pocos remanentes que se puedan reasignar.

que, tras la reforma de la Política Agraria Común, mediante el Reglamento (CE) nº

La flexibilidad que permite el procedi-

1782/2003, en la que Canarias quedó exenta

miento de modificación ya fue puesto a prue-

de la aplicación de la modulación y el desaco-

ba el pasado año. En el presente año, la

plamiento de las ayudas directas, dentro del

importante crisis que afecta actualmente a

POSEI se ha ido insertando, en varias etapas,

nuestro sector primario y que ha afectado de

y de forma más notable a partir de la incorpo-

manera singular a la ganadería va ha hacer

ración de las ayudas al plátano, la práctica

necesaria una modificación de programa en

totalidad de las ayudas a la producción y la

la que se reajusten de manera significativa

comercialización, por lo que ha quedado

las ayuda destinadas a la ganadería. Es obvio

como principal y casi único instrumento de

que este tipo de rápidas adaptaciones a las

aplicación en Canarias del primer pilar de la

circunstancias de las producciones locales no

PAC (medidas para el sostenimiento de ren-

era posible en un régimen como el derivado

tas, regulación de la producción e interven-

del Reglamento (CE) nº 1454/2001 del

ciones en los mercados).

hacienda 127 canaria

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