El pronombre relativo. El interrogativo. El exclamativo. Formas y funciones

E.O.I. ESPAÑOL PARA EXTRANJEROS TEMA 41: El Pronombre Relativo • 1 El pronombre relativo. El interrogativo. El exclamativo. Formas y funciones. Aut

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TEMA 41:

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El pronombre relativo. El interrogativo. El exclamativo. Formas y funciones. Autora: Elena Suárez Prieto

Esquema: 1. Introducción

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2. Relativos e Interrogativos 3. El Pronombre relativo 3.1. Inventario y características generales 3.2. El relativo que 3.2.1. Variantes: el que como relativo y el que con articulo sustantivador 3.3. Los relativos quien y quienes 3.4. Los relativos el cual, la cual, los cuales, las cuales 3.5. El relativo cuanto 3.6. El relativo cuyo 3.7. Los adverbios relativos 3.8. La oración de relativo 4. Pronombres interrogativos y exclamativos 4.1. Inventario de los pronombres interrogativos-exclamativos 4.2. El interrogativo-exclamativo qué 4.3. El interrogativo quién 4.4. El interrogativo cuál 4.5. El interrogativo-exclamativo cuánto 4.6. Los adverbios interrogativo-exclamativo dónde, cuándo, cómo 4.7. Funciones de los interrogativos y los exclamativos 4.7.1. Los enunciados interrogativos 4.7.2. Las construcciones exclamativas 5. Bibliografía 1.- Introducción

REV.: 06/09

El pronombre es una de las categorías que más polémica ha generado en la tradición gramatical hispánica, en especial, en cuanto a su definición y adscripción a una determinada clase. De hecho, no todos los gramáticos consideran el pronombre como una clase gramatical independiente. Por lo que se refiere a su función, algunos gramáticos hablan de 'sustitución': el pronombre sería la unidad lingüística que está en lugar del nombre, en general para evitar repeticiones. Esta explicación ha sido criticada por muchos autores desde diferentes puntos de vista (Roca Pons, Henríquez Ureña, RAE, etc.). La RAE (1973), por ejemplo, señala la imposibilidad de PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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hablar de sustitución para la primera y la segunda persona del pronombre personal, y afirma que es preferible decir que los pronombres “señalan, remiten a algo o lo representan”. Por otra parte, los pronombres son, como sabemos, elementos que adquieren significado de modo ocasional, dependiendo de las circunstancias del discurso. En el presente tema, nos ocupamos de la clase de los pronombres relativos, interrogativos y exclamativos, elementos que, como veremos, comparten algunos de sus rasgos (semejanza morfológica, función sintáctica en la oración en la que se encuentran, etc.) y difieren en otros (tonicidad, carácter anafórico, etc.).

2.- Relativos e interrogativos Son muchos los gramáticos, con Andrés Bello a la cabeza, que piensan que los relativos y los interrogativos-exclamativos vienen a ser en realidad los mismos signos, puesto que los segundos no serían más que la realización tónica o acentuada de los primeros. La lingüística moderna, sin embargo, sostiene mayoritariamente otra opinión, aun cuando, como señala Porto Dapena (1997), no puede negarse el estrecho parentesco gramatical existente entre ambos tipos de pronombres y adverbios. Continúa Porto Dapena señalando que no hay ni fónica, ni semánticamente una identificación absoluta entre ambas clases de pronombres y adverbios. El parentesco gramatical es, sin embargo y como ya se ha señalado, evidente e indiscutible: al lado de sus claras semejanzas morfonológicas, coinciden también sintácticamente en desempeñar, además de la función nominal o circunstancial propia de todo pronombre o adverbio, la de modificadores oracionales en el sentido de que marcan la oración de que forman parte, o bien como relativos, subordinándola a otra, o bien como interrogativa-exclamativa, señalando el elemento oracional sobre el que recae la pregunta o la exclamación. Ambos grupos de elementos también difieren en el hecho de que los interrogativos admiten modificadores (quién diablos, quién mejor que…) pero los relativos no (*quien diablos, quien mejor que…). Lo mismo que el pronombre interrogativo qué, que admite modificaciones que el relativo rechaza. Asimismo, como advierte José Mª Brucart (19992), son esenciales las diferencias semánticas que median entre los relativos, por una parte, y los exclamativos e interrogativos, por otra. Estos últimos son operadores que PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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marcan la modalidad del enunciado; por su parte, los relativos carecen de contenido modal (de ahí que no pueda hablarse de una modalidad relativa). Conviene señalar antes de seguir adelante que los distintos manuales y gramáticas consultadas coinciden en el análisis conjunto del pronombre interrogativo y el exclamativo: Porto Dapena, de hecho, se refiere a este pronombre como interrogativo-exclamativo; asimismo, Ángel Alonso-Cortés (1999) considera que oraciones interrogativas y exclamativas comparten los mismos operadores, que él denomina palabras-cu, distinguiendo entre interrogativos-cu y exclamativos-cu cuando la ocasión lo requiere. Por este motivo, se analizan también en este tema de forma conjunta.

3.- El pronombre relativo El término relativo no merece en todos los casos la misma definición. Se entiende a menudo como sinónimo de anafórico, esto es, como palabra que se refiere a un antecedente. Otras, este término se entiende como elemento que relaciona, es decir, que sirve para enlazar dos proposiciones, sentido en el que vendría a identificarse con conjunción o nexo gramatical. En realidad, según la concepción más extendida, el relativo participaría de ambas características: la anafórica, por una parte, y la de nexo, por otra. En este sentido, ya se pronunció Bello, para quien el relativo no es más que un tipo de pronombre o adverbio demostrativo que, por una parte, reproduce un concepto anterior y, por otra, sirve al mismo tiempo para enlazar proposiciones. Así, en el enunciado Las estrellas son otros tantos soles, éstos brillan con luz propia, el demostrativo estos puede ser sustituido por que, lo que sería una prueba, según el gramático venezolano, del carácter demostrativo del relativo. Sin embargo, los demostrativos sirven para referirse a los objetos señalando su situación respecto a determinada persona, y es evidente que los relativos no comparten esa función. Parece que lo único que tienen en común demostrativos y relativos sería la alusión a algo dicho anteriormente, es decir, el carácter anafórico. En todo caso, en tanto que elemento que se vincula anafóricamente al antecedente, una característica más del relativo es su papel como argumento o adjunto dentro de la subordinada en que se encuentra. La interpretación del relativo como palabra de doble función (anafórica y nexual) sigue manteniéndose en la actualidad. Así lo consideran Samuel Gili Gaya (1961) y la RAE. Según esta última, el carácter anafórico situaría al pronombre relativo en la clase pronominal, y el nexual lo opondría a los demás pronombres. PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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Esta caracterización necesita, en palabras de Porto Dapena, alguna puntualización. Por una parte, el relativo no siempre es anafórico en sentido estricto, esto es, como palabra que hace referencia a algo anteriormente mentado y, por otra, no está claro cuál es su valor conjuntivo o el tipo de relación que dicho pronombre o adverbio establece entre las oraciones implicadas. Respecto a lo primero, no hay que olvidar que el relativo puede ser, no solo anafórico, sino también catafórico: Quien estuvo aquí ayer fue Juan. Y no solo esto, sino que muchas veces no es ni lo uno ni lo otro: Quien mal anda, mal acaba. En este caso, el relativo quien no alude a ningún elemento explícito ni implícito de la oración principal. Sostiene Porto Dapena, siguiendo a Bello, que en realidad el relativo en este caso lleva un antecedente envuelto, por lo que se trata de una anáfora sui generis, en la que anaforizado y anaforizante están representados en un mismo signo: quien apunta a una persona que es a la vez sujeto de andar y de acabar. A propósito de la segunda característica propuesta, cabe plantearse las siguientes preguntas: ¿tiene el relativo valor verdaderamente conjuntivo?, ¿de qué naturaleza es la relación por él establecida entre las proposiciones implicadas? Según la doctrina comúnmente admitida, se trataría de una relación de subordinación, dado que el relativo convertiría la oración que introduce en adjetivo funcional. 3.1.- Inventario y caracterísicas generales En lo que respecta al inventario y clasificación de los relativos españoles, hay que observar de entrada la falta de unanimidad existente entre los gramáticos. En general, puede considerarse que las formas del pronombre relativo son: que, el que, cual, el cual, quien, cuyo y cuanto. Respecto a los adverbios, todos los autores están de acuerdo en considerar como relativos donde, como y cuando. Sin embargo, no hay unanimidad respecto de mientras, conforme y según. A todas estas forma habría que añadir que, cual, cuanto (con su variante cuan), puesto que no solo pueden funcionar como pronombres sino también como adverbios. José María Brucart propone la siguiente clasificación: Formas pronominales:  Que (eventualmente precedida por artículo determinado).  Quien. PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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Adjetivos determinativos:  Cual (precedido casi siempre por artículo determinado).  Cuanto.  Cuyo. Adverbios:  Cuanto.  Como.  Donde.  Cuan. Porto Dapena, por su parte, clasifica estos elementos como sigue: Relativos sustantivos

Singular

Plural

Masculi no Femeni no Neutro Masculi no Femeni no

- totalidad -humano el el

+ totalidad +humano Cuanto Quien

Que

lo los

cual/e la s lo los

las

las

la

que

Cuanta Cuanto Cuantos

Quienes

Cuantas

Relativos adjetivos -totalidad Masculino Singular Femenino Neutro Masculino Plural Femenino

el la lo los las

cual cuales

+totalidad Cuanto Cuanta Cuanto Cuantos Cuantas

Relativos posesivos Masculino Singular Femenino Neutro Masculino Plural Femenino

Cuyo Cuya Cuyo Cuyos Cuyas

Adverbios relativos + Donde Lugar Cuando - duración Tiempo Mientras* +duración Como / cual identidad o similitud Modo Según* / conforme conformidad Cuanto / Cuan Cantidad * No considerados relativos por todos los gramáticos. PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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Desde el punto de vista estrictamente morfológico, esto es, de las posibilidades flexivas, dentro de los pronombres relativos podemos distinguir formas variables y formas invariables. Son variables los pronombres quien, cual, cuanto y cuyo, así como sus compuestos: el cual, el que (en el que la flexión está presente en el artículo). Como formas invariables tenemos: que, junto con los adverbios donde, como, cuando y mientras. Los relativos variables presentan una flexión que se limita, al igual que ocurre con los nombres, a las categorías de género y número. La única excepción es quien, que como es sabido presenta sincretismo de género pero no de número. Variables Invariables quien, cual, cuanto, que, donde, como, cuando, mientras cuyo

A pesar de que el pronombre relativo suele caracterizarse por su atonicidad (factor que lo distingue, como es sabido, del pronombre interrogativo y del exclamativo), como observa Navarro Tomás, el pronombre el cual es siempre tónico. Los pronombres relativos pueden construirse con o sin antecedente. Sintácticamente, los relativos distan mucho de ser una categoría homogénea. En la descripción de los usos y valores de los relativos, se han seguido las explicaciones de Porto Dapena, de una parte, y de José María Brucart, de otra. El primero ofrece una caracterización de cada elemento por contraste con los restantes miembros del paradigma (ejemplo: Que: [+cosa -totalidad] / Quien: [-cosa -totalidad] / Cuanto [+totalidad]). Brucart, por su parte, propone un análisis más exhaustivo del comportamiento sintáctico de los distintos relativos, en función de las características que los distinguen entre sí. 3.2.- El relativo que Es el relativo por antonomasia, por ser el más usado y susceptible de intercambiarse con prácticamente todos los demás relativos. Desde el punto de vista semántico, el relativo que es el más vacío. De hecho, como señala José Mª Brucart, sus únicos rasgos léxicos son los que derivan de su doble condición de subordinante y de elemento de remisión anafórica. Esto lo distingue de los otros pronombres y adjetivos relativos y de todos los adverbios de la misma clase, que incorporan un contenido léxico adicional al PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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que los habilita como nexos de las correspondientes subordinadas. Se le considera, por ello, el relativo puro, contenido en todos los demás o lo que es lo mismo, neutralizador de todo el sistema. La gramática estructural explica que el relativo que se opone, por una parte, a quien por indicar ‘cosa’, esto es, por poseer el rasgo –humano, y por otra, a cuanto, por no ser indicador de cantidad, es decir, por tener el rasgo –totalidad. En su uso adverbial se opone como término negativo a todos los demás, al no indicar específicamente lugar, ni tiempo, ni modo, ni cantidad. Como la mayoría de los relativos, que es una unidad átona proclítica, por lo que no puede aparecer nunca como última unidad de un grupo fónico. En los contados casos en que el pronombre relativo debe ocupar tal posición, que es sustituido por el único relativo tónico, la forma compleja el cual. El relativo que puede introducir tanto oraciones especificativas como explicativas. No puede construirse sin antecedente expreso, salvo en la construcción con infinitivo, y, además, es siempre sustantivo, pudiendo desempeñar dentro de la oración que introduce todos los oficios de esta categoría: sujeto, complemento directo, etc. Además, precedido de preposición o artículo determinado, puede desempeñar cualquier otra función sintáctica. Sin embargo, normalmente, no puede funcionar como objeto indirecto, papel que se reserva a el que o quien. Como término de preposición, el relativo que se encuentra sometido en su uso a ciertas restricciones, ya que, además de referirse más bien a cosas, puede aparecer únicamente tras las preposiciones a, con, de, en, por: *El edificio ante que nos encontramos es de estilo barroco. Por otra parte, para explicar la inaceptabilidad de *Escribió un libro, a que siguieron varios otros, hay que tener en cuenta que la oración introducida por prep. + que ha de ser especificativa. 3.2.1.- Variantes: el que como relativo complejo y el que con artículo sustantivador La tradición gramatical distingue dos tipos de relativo ‘artículo + que’:  Sustantivador (el artículo afecta a toda la frase, y la sustantiva): El que se mueva, no sale en la foto.  Relativo complejo (el artículo solo afecta al relativo): Ayer recibí tu carta, a la que contesté inmediatamente. 3.2.1.1.- El que sustantivador  Sin antecedente. PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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 El elemento de carácter sustantivo introducido por el no es el relativo que, sino toda la oración.  Puede construirse sin preposición. En los casos de artículo con función sustantivadora, este artículo desempeña la función propia de su categoría, esto es, acompañar a un sustantivo. En este caso, sin embargo, el sustantivo no está representado por el relativo que, sino por toda la oración que le sigue. Salvo en casos determinados, esta construcción de artículo + que aparece siempre sin antecedente. En algunas escuelas gramaticales se ha considerado que el antecedente es el propio artículo. Frente a el que compuesto, el sustantivador puede construirse sin preposición. De hecho, cuando le precede una preposición es por venir impuesta por el verbo: Conozco a los que asesinaron al guarda. 3.2.1.2.- El que compuesto  Con antecedente.  El artículo puede sustituirse por demostrativo.  Ha de llevar preposición. Aunque indudablemente se trata de una construcción emparentada con el que sustantivador, el compuesto presenta características que nos obligan a distinguirlo del anterior: llevan casi siempre antecedente, el artículo no puede sustituirse por un demostrativo, y siempre ha de llevar preposición: He recibido vuestra carta, a la que contesto inmediatamente. Pese a las diferencias mencionadas, en uno y otro caso el artículo tiene como función el reproducir los rasgos gramaticales de un antecedente que no está léxicamente realizado en la cláusula en la que aquellos aparecen. 3.3.- Los relativos quien y quienes El otro relativo que funciona exclusivamente como sustantivo es quien, cuya utilización, salvo casos muy excepcionales, se limita a los contextos en que el relativo se refiere a personas. Semánticamente quien se caracteriza por su contenido de ‘persona’, esto es, por poseer el rasgo +humano, siendo, por consiguiente, término marcado frente a que, que por ello puede sustituirlo: Conocí al chico de quien me hablaste – Conocí al chico de que me hablaste. En algunos casos, el uso de que es obligatorio: El señor que está en la cafetería es mi padre. Esto ocurre en los casos en que el relativo introduce una oración especificativa y no va precedido de preposición. PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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El comportamiento sintáctico de quien está condicionado por este rasgo +humano, que limita los contextos en que puede aparecer. Es el único pronombre relativo del español que incluye un rasgo selectivo de carácter léxico, dado que los restantes miembros de su paradigma admiten indistintamente un antecedente de persona o cosa. Sus propiedades flexivas son limitadas pues solo muestra distinción de número. Pero la característica más relevante es su capacidad para identificar antecedentes elípticos, es decir, para ejecutar el papel que, desde una perspectiva estructuralista, Porto Dapena denomina sustantivador. Considera Porto Dapena, que desde el punto de vista sintáctico, hay que distinguir: • Un quien sustantivador, caracterizado por no llevar antecedente: Quien esté libre de pecado, que tire la primera piedra. • Un quien meramente adjetivador o con antecedente: El hombre con quien almorzaste es mi profesor. La presencia del rasgo +humano en el contenido de quien explica que este relativo deba incorporar la preposición a cuando desempeña la función de objeto directo. Frecuentemente el campo referencial de quien se amplía para dar cabida a antecedentes que, sin ser propiamente humanos, y ni siquiera animados, designan entidades susceptibles de personificación. Tal sucede especialmente cuando se trata de instituciones sociales: El comité de empresa, quien esta tarde… Fuera de los casos en que quien remite a corporaciones u organismos sociales, no es frecuente que este pronombre tome como antecedente otro tipo de entidades inanimadas. 3.4.- Los relativos el cual, la cual, los cuales, las cuales El relativo tónico el cual presenta características que lo distinguen nítidamente de las restantes unidades del paradigma. Morfológicamente, se trata de una entidad dotada de flexión de número y, en virtud de la presencia del artículo, de género. El alto grado de fusión entre sus dos componentes se pone de manifiesto en la imposibilidad de intercalar ninguna otra entidad. Cual es un adjetivo, pero el compuesto el cual actúa como SN con núcleo habitualmente vacío por coincidencia con el antecedente. En el español actual el relativo el cual no se distingue semánticamente de que o el que, a los cuales, como veremos, puede a menudo sustituir. El cual posee una propiedad que le otorga la exclusividad en ciertos contextos: la tonicidad, que le otorga independencia fónica. Es lo que le permite aparecer en contextos en los cuales la relación con el antecedente PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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es más compleja, por ejemplo cuando antecedente y relativo están más separados de lo habitual. Sin embargo, en general, presenta algunas restricciones. La más importante es la que le impide formar parte de relativas especificativas con antecedente explícito, salvo que vaya precedido de preposición, dado que, si apareciera en estos contextos, se produciría un conflicto de redundancia: *Ese es un tema el cual he estudiado a fondo. Su carácter tónico le permite aparecer en el margen derecho de un grupo fónico: por ejemplo como término de un grupo partitivo: tres de los cuales. 3.5.- El relativo cuanto Dos son las propiedades de cuanto. Por una parte, como relativo que es, ejerce remisión anafórica a un antecedente explícito o implícito. Por otra, actúa como cuantificador impreciso de la entidad sobre la que incide en la cláusula subordinada, que puede ser un sustantivo, un adjetivo, un adverbio o un predicado entero. Implica la idea de totalidad, de hecho, la lingüística estructural lo caracteriza como poseedor del rasgo de [+ totalidad]: Dijo cuanto quiso. Su naturaleza cuantificacional impone que el antecedente sea también un sintagma cuantificado. 3.6.- El relativo cuyo El relativo cuyo se sitúa en un paradigma independiente con respecto a los restantes relativos, puesto que pertenece simultáneamente al paradigma de los relativos y al de los posesivos. Señala Porto Dapena que cuyo viene a ser respecto a que lo mismo que mío, tuyo, suyo respecto a yo, tú, él. Se trata, pues, de un relativo posesivo y, por lo tanto, añade al contenido de aquellos una relación de posesión en sentido laxo; de ahí su equivalencia con de que o de quien: Tengo un amigo cuyo padre es arquitecto. El relativo cuyo representa, por lo tanto, la función de complemento del nombre introducido por la preposición de (el padre de mi amigo…). Pese a que presenta flexión de género y de número cuyo no concuerda con el antecedente, que designa al poseedor, sino con el núcleo de su SN, que representa la entidad poseída. En este aspecto cuyo se comporta como el resto de los posesivos. También en la distribución, muestra cuyo sus rasgos posesivos, comportándose de modo similar al posesivo átono pronominal su. Como éste, cuyo solo puede aparecer al frente de SSNN determinados. Como señalan Alcina y Blecua (1975), “las construcciones con cuyo… se presentan en la lengua actual en franco retroceso ante otras soluciones.” En efecto, la lengua coloquial muestra una clara preferencia por construcciones PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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del tipo Tengo un amigo que su padre es arquitecto. Como señala José Mª Brucart (19992), este es un caso más de reduplicación, de desdoblamiento funcional similar al que ocurre a menudo con el pronombre: Hace lo que dice su hermano mayor, que lo respeta como un padre (José Mª Brucart denomina estas construcciones ‘construcciones con forma reasuntiva’). En este caso, el adjetivo relativo posesivo cuyo es sustituido por la fórmula analítica que + posesivo. El propio Brucart y otros autores, como Lope Blanch, mencionan que el relativo cuyo ha sido sustituido por una combinación del relativo que alguno de los siguientes tres elementos reasuntivos: el posesivo su, el artículo determinado con valor de posesión inalienable y el sintagma genitivo de él. El carácter recesivo de cuyo se pone también de manifiesto en la pérdida de algunos de sus valores originarios. En RAE 1928 todavía se consideraba vivo el uso del relativo posesivo en función de atributo: Aquel cuya fuere la viña  Aquel de quien fuere la viña. 3.7.- Los adverbios relativos Los adverbios relativos se diferencian entre sí por la indicación de lugar (donde), tiempo (cuando y mientras), modo (como, cual, según, conforme) y cantidad (cuanto). Frente a todos ellos, (lo) que es el término negativo de todo el sistema, capaz, por ello, de neutralizarlos a todos: Pedro y María se mudaron el año que nació su hijo. Por su parte, cuando y mientras constituyen una oposición basada en el rasgo ‘duración’, expresado por el segundo. Como y cual son meras variantes sinonímicas, de las cuales la segunda presenta un uso arcaizante. Además, ambas se oponen a conforme y según, que expresan la noción de ‘conformidad’. 3.8.- La oración de relativo Las cláusulas de relativo son oraciones subordinadas encabezadas por un pronombre, adjetivo o adverbio relativo, que actúan como complementos modificadores de un elemento, normalmente nominal, llamado antecedente. Porto Dapena sostiene que es necesario desterrar la identificación entre oración de relativo y oración adjetiva. Por un lado, existen oraciones de tipo adjetivo que no son de relativo como He comprado una novela escrita por un amigo mío. Por otro lado, pueden encontrarse oraciones de relativo cuya función no es adjetiva: Lo adoptaron cuando era un niño. En realidad, la oración de relativo solo será adjetiva cuando tenga como antecedente un sustantivo. PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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Las cláusulas de relativo funcionan como complementos no argumentales del nombre; la naturaleza no argumental de las oraciones de relativo es lo que determina que tengan un carácter ‘adjetivo’, no ‘sustantivo’. La gramática tradicional ha distinguido entre dos clases funcionales de oraciones de relativo, en función de diferente tipo de antecedente y del distinto tipo de incidencia que, consecuentemente, ejerce la oración en el SN que los contiene. Las ‘especificativas’ (o ‘restrictivas’, ‘determinativas’ o ‘atributivas’) y las ‘explicativas’ (o ‘incidentales’, ‘apositivas’). Se trata de una distinción introducida ya por los gramáticos de Port-Royal en su Logique y recogida también por Bello. Fue Bello quien señaló algunas de las diferencias más importantes entre ambas. Fundamentalmente, el mayor grado de autonomía que presentan las explicativas, que parecen estar muy cerca de las coordinadas (Las señoras, que deseaban descansar, se retiraron = Las señoras deseaban descansar y se retiraron). Esta idea se incorporará más tarde a la doctrina gramatical de la Academia. Explicativas y especificativas presentan diferencias melódicas e interpretativas. La oración especificativa no forma grupo fónico propio, por lo que en su elocución todo el sintagma nominal que contiene la relativa forma una misma unidad melódica. La explicativa, por su parte, sí forma un grupo fónico propio precedido de un tonema de semicadencia o suspensión, tal como es común a todos los constituyentes parentéticos o incidentales. Por otra parte, los modificadores especificativos inciden sobre el núcleo nominal, al que añaden rasgos intensionales, reduciendo la extensión del conjunto de elementos designados (de ahí, la denominación de ‘restrictivos’ que reciben). Este tipo de oraciones ejerce la función de complemento restrictivo del nombre o grupo nominal que actúa como antecedente. Por el contrario, la función de las explicativas, como la de todos los complementos adjuntos del sintagma nominal, no consiste en restringir la extensión del sintagma nominal sino en aportar información adicional sobre la entidad designada por aquel a través de una predicación de segundo orden que se superpone a la principal. Esta naturaleza de modificador externo del sintagma nominal explica que, a efectos de lo designado por el antecedente, la relativa explicativa sea totalmente prescindible. En cuanto a la selección modal en este tipo de oraciones, se puede afirmar que, dado que la modalidad de las cláusulas de relativo es asertiva, el verbo de las relativas aparece casi siempre en indicativo. Sin embargo, seleccionan subjuntivo aquellos casos en los que el sintagma nominal tiene un carácter no específico. En relación con esto, se habla de creadores de opacidad para referirse a aquellos elementos lingüísticos de distinto tipo que impiden que los sintagmas nominales tengan carácter referencial (esto es, que designen a PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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una entidad específica) y que favorecen la elección del subjuntivo. Otro tipo de elementos son los denominados marcadores de contraexpectatividad (solo, poco, etc.), en cuyas oraciones suele ser posible la alternancia de modos: • Sintagma nominal específico: Tengo un alumno que se llama Ramón. • Sintagma nominal no específico: Busco un profesor que sea bilingüe. • Creadores de opacidad: verbos de voluntad o necesidad (predicados como querer, desear, decidir, necesitar, buscar, hacer falta, obligar a, inducir a…), verbos modales (poder, deber (de), tener que…, ser necesario, posible, necesidad, posibilidad, probabilidad, etc.), etc. • Marcadores de contraexpectatividad: Solo conozco a un alumno que ha / haya ido a la excursión. Las oraciones de relativo pueden construirse también con infinitivo. El infinitivo, como el subjuntivo, aparece en un contexto de inespecificidad, pero además añade un valor modal de posibilidad: Necesito alguien con quien sincerarme. 4.- Pronombres interrogativos y exclamativos Muy relacionados con el relativo, aunque sin confundirse con él, existen otros pronombres y adverbios, los interrogativos, caracterizados por actuar como marcas de modalidad oracional, puesto que sirven para introducir oraciones a las que imprimen el carácter de interrogativas o exclamativas, directas o indirectas, de tipo parcial. Lo primero que suele plantearse es su delimitación respecto al relativo. No existe una distinción neta entre la interrogación o exclamación indirecta y la subordinación relativa. Algunos autores establecen, incluso, una correspondencia formal entre la construcción de relativo y la interrogativa indirecta, lo que, sumado al parentesco morfológico y semántico, ha llevado a muchos estudiosos a considerarlos variantes de una misma clase pronominal o adverbial. Según Salvador Fernández Ramírez (1951), lo que caracteriza los interrogativos es el servir de instrumentos en la función apelativa del lenguaje, además de realizar una referencia catafórica, frente a los relativos que, como hemos visto, solo realizan tal referencia de forma muy excepcional. Sin embargo, lo primero es evidente si tomamos como punto de referencia la interrogación directa, pero no lo es si nos fijamos en la indirecta, cuya distinción de la subordinación relativa es en ocasiones bastante problemática, como reconoce la Academia en el Esbozo (Real Academia Española 1973). PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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La distinción entre interrogativos y relativos se establece las más de las veces en el plano fónico, aludiendo al hecho de que los primeros tienen carácter tónico, frente a los segundos, que son átonos (con la excepción de el cual). Por otra parte, para numerosos autores, lo más característico de los interrogativos (y lo que los distingue de manara clara de los relativos) es su función como marca de oración interrogativa o exclamativa de tipo parcial, señalando aquello sobre lo que recae nuestra duda, sorpresa, admiración, etc., es decir por imprimir carácter interrogativo a la oración. En resumen, los rasgos que distinguen los interrogativos de los relativos son: 1) Sirven a la función apelativa del lenguaje. 2) Realizan una referencia catafórica. 3) Tienen carácter tónico. 4) Son marcas de modalidad oracional. 4.1.- Inventario de los pronombres interrogativos-exclamativos Interrogativos-exclamativos sustantivos

Singular Plural

Masculino Femenino Neutro Masculino Femenino

- cantidad - humano + humano Cuál Quién Qué Cuáles

Quiénes

+ cantidad Cuánto Cuánta Cuánto Cuántos Cuántas

Interrogativos-exclamativos adjetivos -totalidad Masculino Singular Femenino Neutro Masculino Plural Femenino

Qué (cual) Qué (cuales)

+totalidad Cuánto Cuánta Cuánto Cuántos Cuántas

Interrogativos posesivos1 Masculino Singular Femenino Neutro Masculino Plural Femenino 1

Cúyo Cúya Cúyo Cúyos Cúyas

En desuso, sustituido por De quién: ¿Cúyos son esos ojos? - ¿De quién son esos ojos?

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Adverbios interrogativos Lugar

Dónde

Tiempo

Cuándo

Modo Cantidad

Cómo / cuál Cuánto / cuán / qué

4.2- El interrogativo-exclamativo qué El pronombre interrogativo-exclamativo qué presenta usos sustantivos, adjetivos y adverbiales. En sus usos sustantivos (¿Qué dijo?), qué se distingue de quién por carecer del valor +persona, de cuánto por carecer del valor +cantidad y de cuyo por no presentar flexión. Como señala Porto Dapena, qué se opone a cuánto por carecer de significado cuantitativo. Sin embargo, esta oposición queda neutralizada en enunciados como ¿Qué le debo?, característicos del lenguaje popular y conversacional. Lo mismo ocurre en ¡Qué de tonterías dijo!, en la que qué forma parte de una construcción partitiva que solo se da en contextos exclamativos. Qué puede tener, además, un uso adjetivo (¿Qué ciudad es esta? ¿A qué asuntos te refieres?). También con este uso puede emplearse en lugar de cuánto: ¿Qué años tiene? Este tipo de neutralización es especialmente frecuente en construcciones exclamativas de carácter ponderativo: ¡Qué frío hace! En ocasiones puede presentar un valor cualitativo, equivalente a Qué clase de…: ¿Qué mujer eres tú? De aquí surge el valor ponderativo o peyorativo de ¡Qué barbaridad! Con este mismo sentido cualitativo se emplea en la fórmula Qué tal: ¿Qué tal tiempo hace? Esta fórmula se emplea también con valor adverbial equivaliendo a cómo: ¿Qué tal estás? También es un uso adverbial el de ¡Qué cansado estoy!, ¡Qué bien vives!, enunciados en los que qué modifica adjetivos o adverbios y se emplea con el valor del adverbio cuantificador cuán. PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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Porto Dapena denomina ‘qué exploratorio’ a: -Aquí hay algo raro. -¿El qué? Las exclamativas con qué y cuánto admiten un que expletivo, ya desde la época clásica y preclásica del idioma, formando una construcción que Alonso-Cortés denomina ‘exclamativa expletiva’: ¡Qué gordos que están! El qué exclamativo no concurre directamente con un infinitivo verbal: *¡Qué saludar tiene mi vecino! 4.3- El interrogativo quién Presenta las mismas características semánticas que su homónimo relativo. Funciona exclusivamente con valor sustantivo. La forma quién no efectúa ponderación sobre ninguna otra clase de palabras, por lo que, en realidad, podría quedar excluida del paradigma de las palabras exclamativas. Puede, sin embargo, constituir una exclamación cuando es expresión de un estado mental de deseo: ¡Quién supiera latín! o de reproche: ¡Mira quién habla! Como advierte Alonso-Cortés, todas estas oraciones indican la fuerza exclamativa por medio de la entonación pero no son exclamativas porque no intensifican ninguna propiedad. 4.4.- El interrogativo cuál Al igual que qué, cuál puede funcionar como sustantivo y como adjetivo, si bien, este último uso es muy poco frecuente. De acuerdo con Porto Dapena, cuál se refiere a objetos habitualmente nombrados en el contexto. Como señala Alonso-Cortés, la ponderación exclamativa con cuál, vigente en otras épocas del idioma, ha desaparecido hoy, salvo en algún contexto restringido. Este es el caso del verbo ver con una subordinada introducida por cuál, equivalente a cómo: ¡Ya veo cuál es tu forma de actuar! 4.5.- El interrogativo-exclamativo cuánto Cuánto puede funcionar como sustantivo o como adjetivo, indicando frente a los demás pronombres cantidad o cuantificación. También se usa como adverbio en la forma neutra cuánto en distribución complementaria con cuán. En épocas anteriores del idioma eran muy frecuentes las construcciones de cuánto + de partitivo. El español actual, sin embargo, prefiere eliminar de y establecer así la concordancia de género y número entre cuánto y la categoría nominal de que depende. 4.6.- Los adverbios interrogativo-exclamativos dónde, cuándo, cómo Cómo es un adverbio que sustituye a un complemento de naturaleza modal (equivalente, más o menos, a de qué manera), ya sea argumental: ¿Cómo te has portado? o adjunto: ¿Cómo has conseguido mi dirección? PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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Dónde y cuándo ejercen la misma función, pero con valor respectivamente locativo y temporal. 4.7.- Funciones de los interrogativos y los exclamativos 4.7.1.- Los enunciados interrogativos Los pronombres y adverbios interrogativos ejercen la función de foco de la oración interrogativa. De acuerdo con Victoria Escandell (1999), las oraciones interrogativas se suelen caracterizar por un principio que no responde a la realidad, a saber, que sirven para preguntar y, por ende, para solicitar del destinatario una información de la que se carece. Esto, como señala Escandell, no siempre se cumple en ninguna de las dos direcciones: ni todas las interrogativas son preguntas (¿Me puede poner un café con leche?), ni todas las secuencias que pretenden que el destinatario informe de algo desconocido para el oyente se formulan a través de una interrogativa (No estuve en la fiesta. Cuéntame lo que ocurrió con María). La propiedad que comparten todas las interrogativas es la de contener una incógnita, una variable, esto es, el ser expresiones abiertas o incompletas por lo que no pueden ser evaluadas en términos de verdad o falsedad, sino más bien como pertinentes, adecuadas, comprometedoras, insolentes, fuera de lugar, etc. En el caso de las interrogativas parciales son los pronombres, adjetivos o adverbios interrogativos los que se corresponden con esa incógnita, en otras palabras, son los que constituyen el foco de la interrogación. El tono de la palabra interrogativa sobrepasa la línea media del campo de la entonación. En las interrogativas parciales las llamadas palabras cu-, es decir los pronombres, adjetivos o adverbios interrogativos constituyen el foco, el elemento que contiene la incógnita. Esto es así, en virtud de su especificidad léxica, de su prominencia prosódica y de la posición normalmente inicial de oración. El resto de los elementos de la secuencia queda como información conocida o presupuesta, es decir, queda en segundo plano y forma la presuposición. La presuposición ‘escapa’ del ámbito del operador interrogativo y, en consecuencia, no se cuestiona. Ello explica que las interrogativas parciales (¿Quién ha roto la ventana?) admitan paráfrasis como Alguien ha roto la ventana. ¿Quién?, en la que la presuposición aparece sintácticamente desgajada y la interrogación se asocia solo al foco. En las interrogativas totales, el foco abarca, en principio y por defecto, toda la estructura. Al igual que el relativo, el interrogativo desempeña una función sintáctica en la oración, la de adjunto o argumento del predicado de la oración a la que pertenece. PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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Como se ha señalado, las palabras interrogativas suelen ocupar las posiciones iniciales del enunciado. Cuando esto ocurre, se desencadenan otros procesos sintácticos, como la inversión del orden sujeto / verbo, al igual que ocurre con los constituyentes focalizados antepuestos. Pero, como cualquier elemento focal también pueden aparecer en posición canónica si van marcados por una prominencia fonológica especial, sin que ello modifique la relación con el operador interrogativo, como sucede típicamente en las llamadas ‘interrogativas de eco explicativas’: ¿Que has visto a QUIEN? Las interrogativas parciales, al estar ya caracterizadas por la presencia de cu, no necesitan marca tonal distintiva por lo que su esquema tonal se asemeja al de las declarativas, asociadas a un patrón de cadencia con la palabra cu- en la cima de la curva entonativa y una melodía descendente hasta el final. Por ello se habla de función distintiva de la palabra cu-, marcadora, por sí sola, de modalidad oracional, sin que se requiera entonación propia. Por otra parte, José Mª Brucart (19991) menciona que una de las funciones fundamentales de los pronombres interrogativos es garantizar la coherencia discursiva entre preguntas y respuestas. El procedimiento formal es muy simple: mediante una relación catafórica, la respuesta mantiene con el predicado principal la misma relación semántica que le corresponde al pronombre interrogativo. De este modo en – ¿Quién ha firmado la carta? – Tres mujeres, ‘tres mujeres’ puede ser secundariamente interpretado como argumento del predicado firmar. 4.7.1.1.- Interrogativas indirectas Tradicionalmente las interrogativas indirectas se incluyen dentro de las subordinadas sustantivas porque este tipo de oración incrustada desempeña la misma función gramatical que un sintagma nominal: puede ser un argumento seleccionado por un predicado verbal (Preguntó qué hora era), por un sintagma nominal (No tiene ni idea de con quién sale su hija) o por un adjetivo (No estoy segura de a qué hora es el concierto). Estas oraciones no tienen un significado necesariamente interrogativo, ni entonación, ya que no tienen curva melódica ascendente ni signos de interrogación. Como sus correspondientes directas, si son totales, van introducidas por la conjunción si, y, si son parciales, por un interrogativo PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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(pronominal, adjetivo o adverbial) perteneciente al grupo cu- (qué, quién (es), cuál (-es), cuánto (-a /-s), dónde, cómo, cuándo, por qué y cuán), con función sintáctica determinada en su proposición, ya sea de argumento o de adjunto del predicado en el que aparecen. Según las gramáticas tradicionales, los verbos que pueden introducir interrogativas indirectas son fundamentalmente los verbos de lengua o dicendi (anunciar, decir, asegurar, preguntar, contestar...) y entendimiento (saber, suponer, creer...). Hoy, la clasificación más exhaustiva (Suñer, 1999) distingue dos grupos: a) Verbos exclusivamente interrogativos, como preguntar (se) e inquirir. Con comportamiento similar, verbos que pueden incluir una pregunta indirecta verdadera o genuina, es decir, interrogativas que encierran una incógnita: algunos verbos de comunicación, como decir, proponer, y repetir, y los que expresan maneras de decir, como gritar, chillar, balbucear, suspirar... b) Una amplia gama de predicados admiten preguntas indirectas impropias que en realidad aseveran una proposición. Verbos dubitativos y de falta de conocimiento (dudar, ignorar, desconocer); verbos de percepción (ver, oír, observar, sentir...); de valoración (aprobar, criticar, reprochar, juzgar), de descubrimiento (averiguar, examinar, descubrir) y un largo etcétera. 4.7.2.- Las construcciones exclamativas Ángel Alonso-Cortés (1999) define la oración exclamativa como una estructura marcada gramaticalmente por una palabra exclamativa (exclamativas -cu), palabras que ponderan o intensifican algo que afecta al hablante. Como el mismo autor señala, en estudios recientes se ha definido la característica semántica esencial de la oración exclamativa como la expresión del alto grado de una propiedad que un hablante atribuye a una entidad. Desde la perspectiva de la teoría de los actos de habla, se puede definir la exclamativa como un acto de habla expresivo, en el sentido de Searle, cuyo propósito es comunicar que el hablante se encuentra afectado por algo. Otra propiedad de la exclamativa, apuntada en todas las recientes investigaciones es la determinación de la propiedad por los operadores exclamativos qué, cuándo, cómo… Estos operadores fijan el valor de la propiedad a la que preceden, valor que tiene un grado alto o una cualidad destacada. La función de las exclamativas es por lo tanto:  Ponderar una propiedad máximamente relevante para el hablante: ponderación cuantitativa. PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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 Ponderar aspectos cualitativa.

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cualitativos

del

significado:

ponderación

Esta ponderación, ya sea cuantitativa o cualitativa, se efectúa mediante una clase de palabras de la que nos ocupamos en este tema, a las que, como hemos visto, Alonso-Cortés denomina ‘palabras-cu’. Con ellas se efectúa la ponderación de la frase a la que introducen. Esta ponderación puede ser de carácter apreciativo o despreciativo. Dado que el valor de la estructura exclamativa es la ponderación o intensificación de la propiedad a la que la palabra-cu introduce, la palabra exclamativa-cu se ha de acompañar, por lo tanto, de términos que designen propiedades que se puedan ponderar, intensificar, graduar (al igual que ocurre con los adverbios de grado). Sin embargo no son raros los casos de exclamativa referida a entidades que carecen de tal capacidad, como los nombres propios, los nombres de materia, etc. Cuando el sustantivo o adjetivo no admite gradación o intensificación por sus propiedades de significado, como el nombre propio, la exclamativa pondera tácitamente un aspecto del modo de ser de la persona: ¡Qué Carmelo esté! Similar es el caso de las exclamativas con nombres de materia: ¡Qué vino!, en las que la ponderación se refiere a una cualidad tácita concomitante al nombre.

Bibliografía Alcina, Juan y José Manuel Blecua (1975). Gramática española. Barcelona, Ariel Lingüística. Alonso-Cortés, Ángel (1999). “Las construcciones exclamativas. La interjección y las expresiones vocativas”, I. Bosque y V. Demonte, (eds.), Gramática descriptiva de la lengua española. Madrid, Espasa Calpe. Brucart, J. Mª. (19991). "La elipsis", I. Bosque y V. Demonte, (eds.), Gramática descriptiva de la lengua española. Madrid, Espasa Calpe. Brucart, J. Mª. (19992). "La estructura del sintagma nominal: las oraciones de relativo", I. Bosque y V. Demonte, (eds.), Gramática descriptiva de la lengua española. Madrid, Espasa Calpe. Escandell, Victoria (1999). "Los enunciados interrogativos. Aspectos semánticos y pragmáticos", I. Bosque y V. Demonte, (eds.), Gramática descriptiva de la lengua española. Madrid, Espasa Calpe. Fernández Ramírez, S. (1951). Gramática española, 1. Los sonidos, el nombre y el pronombre. Madrid, Revista de Occidente. Gili Gaya, Samuel (1961). Curso superior de sintaxis española. Barcelona, Biblograf. Porto Dapena, José-Álvaro (1986). Los pronombres. Madrid, Edi-6. PREPARADORES DE OPOSICIONES PARA LA ENSEÑANZA

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Porto Dapena, José-Álvaro (1997). Relativos e interrogativos. Madrid, Arco. Real Academia Española (1973). Esbozo de una gramática de la lengua española. Madrid, Espasa Calpe. Rivero, M. L., Las construcciones de relativo, Madrid, Taurus. Suñer, M. (1999). “La subordinación sustantiva. La interrogación indirecta”, I. Bosque y V. Demonte, (eds.), Gramática descriptiva de la lengua española. Madrid, Espasa Calpe.

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NOTAS

REV.: 06/09

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