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Ley 52−60, sobre establecimiento de empresas comerciales o industriales, registro mercantil e inscripción industrial. En la ley 52−60 se habla de todos los pasos y documentos necesarios para establecer una empresa, ya sea comercial o industrial. Primeramente, se debe tener un formulario para la solicitud de autorización especial, el cual será entregado sin costo alguno por la secretaría de estado de trabajo e industria, las colecturías de rentas internas y las cámaras oficiales de comercio, agricultura e industria, dicha solicitud debe ir acompañada de un sello de rentas internas. En su segundo capítulo habla del registro mercantil, que no es más que el registro de marca, de mercadeo, este se instituye a cargo de las cámaras oficiales de comercio, agricultura e industria. Los encargados de registro mercantil siempre serán los secretarios generales de las cámaras oficiales de comercio, agricultura, e industria. En caso de que no haya en ciertos municipios cámara de comercio, los secretarios de los ayuntamientos serán los que informarán al Secretario general de la cámara oficial de comercio de su jurisdicción. En la secretaría de estado de trabajo e industria se llevara un registro central de todos y cada una de las copias de registro y de las modificaciones. Toda empresa debe hacer una solicitud de registro mediante un formulario que prepara la secretaría de estado de trabajo e industria, el cual debe estar firmado por el propietario, o representante legal, ya sea gerente o administrador. Toda persona puede tener una copia de su inscripción, podrá tener certificaciones de los datos contenidos en cada inscripción por medio de pagar su respectivo sello en rentas internas. Los documentos originales no pueden ser sacados de la oficina. En su tercer capítulo trata de la inscripción industrial y dice que todo industrial o empresa industrial debe de solicitar un certificado de inscripción industrial, sin el cual no podrá realizar sus actividades correspondientes, este certificado lo expide la secretaría de estado de trabajo e industria. El certificado de inscripción industrial tiene que estar en un lugar visible en el local de la empresa, cuando la empresa tenga varias sucursales deberá solicitar copias y tener una en cada uno de los locales. Cuando se hace una inscripción inmediatamente esos datos pasan a ser confidenciales y si algún empleado o funcionario público llegase a divulgar dicho contenido será sancionado con la destitución de su cargo. En su capítulo cuatro dice que toda solicitud de registro mercantil o de inscripción industrial deberá estar acompañada de sellos de rentas internas según el capital de la empresa. En caso de que haya aumento o disminución de capital, traspaso, ampliación o modificación, se tiene que comunicar por escrito a la secretaría de estado de trabajo e industria con quince días de anticipación. En el capítulo cinco habla de las sanciones aplicadas por la violación de esta ley.
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