ESTUDIOS PREVIOS DE OPORTUNIDAD Y CONVENIENCIA

GOBERNACIÓN Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina Reserva de Biosfera Seaflower Nit: 892.400.038-2 ESTUDIOS PREVIOS

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GOBERNACIÓN Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina

Reserva de Biosfera Seaflower Nit: 892.400.038-2

ESTUDIOS PREVIOS DE OPORTUNIDAD Y CONVENIENCIA

El Departamento Archipiélago de San Andrés Providencia y Santa Catalina, a través de la Secretaria de Agricultura y Pesca, en cumplimiento de los principios y postulados contenidos la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, el Decreto 734 de 2012 y el Manual de Contratación, procede a efectuar el presente estudio. 1.- DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD: Los cultivos en las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, vienen siendo atacados por la cochinilla rosada y acanalada, que es una especie de plaga polífaga que afecta a más de 125 plantas hospedantes, tanto cultivadas como silvestres. La cochinilla acanalada fue descrita en el año 2009, con base en ejemplares colectados en los Departamentos de Antioquia, Tolima y Valle de Cauca. Este pertenece a la familia de los Monophlebidae, Orden Hemíptera. La cochinilla acanalada, conocida como Crypticerya multicatrices Kondo & Unruh, fue reportada como una plaga en la Isla de San Andrés en el año 2010 por el ICA. El insecto, hasta el momento, ha afectado plantas de uso económico como guanábano, mango, cocotero, papayo, lima ácida Tahití, san joaquín, mangles, laurel de la india, guandú, tamarindo, noni, árbol de coral, palma manila, entre otros. En las Islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, así como en los cayos cercanos, en los últimos años, se ha incrementado las poblaciones de estos insectos, teniendo un comportamiento invasor lo que ha generado una alerta en la comunidad por el riesgo inminente y las afectaciones que ha llegado no solo a los jardines, bosques, zonas públicas, sino a los cultivos. Por lo tanto la producción de pan coger y frutas se han visto diezmadas, así como la belleza paisajística, cuyo impacto negativo visual es producto de la cochinilla y algunos hongos asociados como la fumagina (que da un color negro a las hojas). Para tener un mejor conocimiento en el manejo de la plaga se suscribió el Convenio Interadministrativo de Cooperación Técnica No. 058 de 2011 entre el Departamento Archipiélago y la Universidad Nacional - Sede Caribe cuyo objeto era “(…) la instalación, dotación, montaje y puesta en funcionamiento de un laboratorio de cría de controladores biológicos de la cochinilla (…)”. Este proceso permitió reunir información que hasta el momento no existía sobre estas plagas. Lo anterior sumado a las pruebas de efectividad en manejo de la cochinilla que adelanta el ICA con algunos insumos genera una variedad de posibilidades para iniciar un programa de manejo de la cochinilla acanalada.

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Los riesgos por daño no están centrados únicamente en la plaga, sino que dadas los factores fitosanitarios del Departamento Archipiélago, se ha desatado el uso indiscriminado de insecticidas sintéticos que trae como consecuencia la selección de individuos con mayor resistencia, la resurgencia de nuevas plagas y la contaminación ambiental y del hombre. Para el control de estas plagas se recomienda un manejo integrado, que consiste en un sistema de protección de cultivos orientado a mantener las plagas en niveles que no causen daño económico mediante el uso preferencial de factores naturales, o sus derivaciones que resulten adversos al desarrollo de las plagas. Entre estos factores están las variedades de plantas resistentes, agentes de control biológico, prácticas agronómicas adecuadas, medidas físicas y mecánicas, y la utilización de estímulos que determinen el comportamiento de los insectos tales como repelentes, atrayentes y otras prácticas. Teniendo en consideración que el control biológico es una técnica limpia y eficaz, no obstante el nivel de dispersión de la plaga requiere de un restablecimiento del equilibrio, lo cual se hace por vía de aplicación de insumos amigables ambientalmente, de esta manera el controlador podrá dar resultados excelentes manteniendo la plaga en niveles que no causen daños ambientales y económicos. El control biológico posee la debilidad de que es un proceso a largo plazo donde se requiere el establecimiento y adaptación de los microorganismos quienes deben vencer humedades, radiaciones y temperaturas adversas. Esta total adaptación puede tomar varios años en darse. En cuanto a los controles químicos existen varias moléculas con diferentes grados de toxicidad (desde baja hasta muy alta). Hay moléculas que actúan por contacto y otras por ingestión. Hay unas biodegradables y otras no biodegradables. Existen moléculas químicas sistémicas. Para el caso de la flora del Archipiélago, la sistemicidad es muy limitada ya que en especies arbóreas y arbustivas estos productos solo se mueven sobre brotes meristemáticos y tejidos herbáceos o semileñosos. No hay translocación en ramas con tallos de tejido duro. Por lo general causan impacto ambiental en mayor o menor grado, dependiendo del producto. La utilización de aceites tiene un efecto mecánico cubre al insecto y produce asfixia. El individuo, como mecanismo de defensa, abre sus espiráculos tratando de respirar, generándose a través de los mismos una alta deshidratación hasta causarle la muerte. El uso de estos productos se acompaña de un jabón líquido de coco (orgánico biodegradable) que tiene por función ablandar la capa cerosa facilitando la asfixia del insecto. Estos productos requieren de agua blanda, para lo cual, de ser necesario, dadas las características del agua en la Isla de San Andrés debe hacerse un tratamiento hasta bajar la dureza (si la hubiere). Para asegurar la adecuada cobertura en la aspersión se debe verificar a través de indicadores con papel hidrosensibe. Dada la avanzada propagación del insecto es necesaria la aplicación (fumigaciones) de insumos que ayuden a reestablecer el equilibrio de la vegetación en el Departamento Archipiélago en un corto plazo, ya que el trabajo de los controladores aunque es muy eficiente se da en un periodo más prolongado. En éste sentido el ICA ha encontrado efectiva la aplicación de coadyuvantes compuestos por una mezcla de triglicéridos, ácidos grasos saturados, insaturados y polinsaturados esenciales, emulsionantes a base de aceite de soya, los mismos que según informe adjunto ha presentado efectividad en el manejo de la plaga. Por ésta razón considera ésta Secretaría necesario la inmediata contratación de una empresa que preste sus servicios de fumigación con el producto antes mencionado, y suministrado por la

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Secretaria de Agricultura y Pesca, como parte de las medidas de mitigación y control de la cochinilla acanalada en la isla de San Andrés, para contener el agresivo ataque de la plaga, como complemento a las acciones de control biológico que se adelantan para mejorar las condiciones fitosanitarias. En el mismo sentido, durante la vigencia 2012 radicó, registró y obtuvo el financiamiento del Proyecto de Inversión “(…) REFORESTACIÓN PRODUCTIVA EN LA ISLA DE SAN ANDRÉS IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS DE MANEJO DE PLAGAS EN EL DEPARTAMENTO (…)”. 2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR: Contratar una empresa para brindar servicios de fumigación de largo alcance dirigida al control y mitigación de la cochinilla acanalada en la isla de San Andrés 2.1. ALCANCES DEL OBJETO. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. CONDICIONES TECNICAS: 2.1.1. ALCANCES DEL OBJETO: En el marco de la ejecución de este aparte, el contratista se obliga a tener en cuenta cada uno de los componentes del proyecto así: PRODUCTOS Y METAS ESPERADOS: CAMPAÑAS DE FUMIGACION: COMPONENTE O ACTIVIDAD

META

Fumigación con aceite vegetal suministrado por la Secretaria de Agricultura y Pesca. Contar con maquinaria de largo alcance para fumigación a árboles de más de 18 metros de altura

30 hectáreas , conforme a las posiciones suministradas y verificadas por la Secretaria de Agricultura y Pesca

Agua de lluvia

140mts cc, para la mezcla del producto a fumigar

VALOR

$36.000.000

$ 582.000

Formularios de campo de recopilación Inventario y seguimiento de 30 de datos y seguimiento a los niveles de hectáreas a fumigar infestación de la cochinilla acanalada TOTAL

$ 36.582.000

2.1.2 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En desarrollo del contrato que se llegare a celebrar, el contratista seleccionado deberá:

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Mantener comunicación con la entidad a través del Supervisor del contrato, a fin de recibir las orientaciones y evaluar el cumplimiento del objeto del mismo. Garantizar que el servicio suministrado mediante el presente contrato sean los realmente citados en el objeto y alcances del contrato. Contar con maquinaria de largo alcance para fumigación a árboles de más de 12 metros de altura (Declaración Juramentada) Pagar por su cuenta todos los derechos, impuestos y los gastos legales en que incurra para el cumplimiento del objeto del contrato. Desarrollar el objeto y alcances del contrato de acuerdo con la propuesta presentada, y para las especificaciones técnicas requeridas por la entidad. Atender todas las recomendaciones que oportunamente indique el supervisor del contrato. Dar cumplimiento a las leyes, ordenanzas, acuerdos y reglamentos aplicables que existan sobre el particular. Suministrar la información que solicite el supervisor para ejercer el adecuado seguimiento del contrato. Las demás propias del objeto del contrato que sean necesarias para dar cumplimiento al mismo 3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: De acuerdo con las especificaciones técnicas, se adelantó el correspondiente estudio de precios de mercado realizado por la Secretaria de Agricultura y Pesca, en la determinación del presupuesto aproximado de los bienes a adquirir, quien solicitó cotizaciones a establecimientos de comercio dedicados a esta actividad comercial de lo cual se puede concluir como presupuesto oficial la suma de TREINTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL PESOS ($36.582.000) m/cte., que serán tomados del Presupuesto Oficial asignado por la entidad, para la vigencia fiscal de 2013, con cargo a la Identificación Presupuestal 03-3-106-508. Proyecto REFORESTACION PRODUCTIVA EN LA ISLA DE SAN ANDRES. Los siguientes factores que inciden en el precio se denominarán Costos indirectos. Está conformado por los descuentos nacionales y departamentales como:   

Retención en la Fuente: 3.5 % del Valor del Contrato. Estampilla Procultura: (Dec. 043/07 – Ordenanza 020/06): 2% del valor del Contrato Sobretasa Deportiva: 2 % del Valor del Contrato

4. FACTORES DE SELECCIÓN: La entidad establecerá en la invitación los requisitos mínimos habilitantes que serán verificados únicamente en el oferente con el precio más bajo. En caso que este no cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, se podrá contratar con el oferente que haya presentado el segundo menor precio previa verificación de sus calidades habilitantes. En

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caso de que este tampoco cumpla, se verificaran las de quien presento el tercer menor precio y así sucesivamente hasta obtener un oferente habilitado. En todo caso, la oferta deberá encontrarse en condiciones del mercado y satisfacer las necesidades de la Entidad. De no lograrse lo anterior, se repetirá el proceso de selección. En caso de empate a menor precio, la entidad adjudicara a quien haya entregado primero la oferta entre los empatados, según el orden de entrega de las mismas. 5. FORMA DE PAGO: Los recursos aportados por el DEPARTAMENTO serán desembolsados según se detalla a continuación: a) Un primer desembolso del 50% del valor aportado ($18.291.000), como pago anticipado, una vez firmado y perfeccionado el convenio. b) Un último desembolso del 50% del valor aportado ($18.291.000 ), contra entrega de los productos e informes finales y recibo a satisfacción por parte del supervisor designado por el DEPARTAMENTO y la acreditación de que el contratista se encuentra al día en el pago de los aportes relativos al Sistema Integral de Seguridad Social, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 6. PLAZO DE EJECUCIÓN: Tres (03) meses, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y legalización del contrato. 7. CERTIFICADO DE DISPONIBILDAD PRESUPUESTAL: Existe disponibilidad para atender el gasto, según Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 2317 del 03 de Octubre del 2013 expedida por el profesional especializado - Coordinador del Grupo de Presupuesto de la Secretaria de Hacienda del Departamento Archipiélago, y Certificado de autorización para comprometer vigencias futuras No. 2013-036 de fecha 18 de septiembre de 2013, expedido por el Profesional Especializado encargado del Grupo de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Departamento, de conformidad con la Ordenanza No. 008 del 20 de agosto de 2013, por medio de la cual se autoriza a la Gobernadora del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para comprometer vigencias futuras ordinarias, que en el artículo 2º del mismo establece: “Autorizar a la Gobernadora del departamento para asumir compromisos de vigencias futuras; así como para pactar la recepción de bienes y servicios en anualidades posteriores al 31 de diciembre de 2013 8. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN: Considerando el objeto señalado, la modalidad de selección para esta contratación es la Selección de mínima cuantía, teniendo en cuenta el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 en la cual se incorpora como nueva modalidad de selección, la contratación de “Mínima Cuantía”, como lo establece el parágrafo 2° del artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, se realizará

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exclusivamente con las reglas en ella contempladas y en su reglamentación, no pudiendo aplicarse reglas propias de las demás modalidades de selección. El Decreto 734 de 2012, en el TÍTULO III, capítulo V, artículos 3.5.1. y ss, reglamenta las adquisiciones de bienes, servicios y obras cuyo valor no exceda del diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la entidad contratante, independientemente de su objeto. Para el caso que nos ocupa el proceso de selección del contratista será llevado a cabo mediante el procedimiento de selección de mínima cuantía, a la cual le son aplicables, como al contrato que de ella se derive, los principios de la Constitución Política, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y por lo consagrado en el Decreto 734 de 2012, y las demás disposiciones legales que reglamentan la materia. 9. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS Para asegurar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del CONTRATISTA frente a la entidad contratante, por razón de la celebración, ejecución y liquidación del futuro contrato, EL CONTRATISTA se obliga a constituir en una Entidad Bancaria o en una Compañía de Seguros, legalmente autorizada para funcionar en Colombia, una póliza única de garantía que ampare los siguientes riesgos: Cumplimiento del contrato, pago de multas, cláusula penal pecuniaria y demás sanciones, deberá ser equivalente al 10% del valor total del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más. Buena calidad de los servicios suministrados: Equivalente al 50% del valor total del contrato con una vigencia igual al plazo del mismo y cuatro (4) meses más. San Andrés, Isla

(Original Firmado) MARCELA SJOGREEN VELASCO Secretaria de Agricultura y Pesca.

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