FACTURACION – NUEVO REGIMEN INFORMATIVO DE COMPRAS Y VENTAS MODIFICACIONES A LA RG 1361 RG 3685
RG 3685 OBJETIVOS CREA UN REGIMEN INFORMATIVO DE COMPRAS Y
VENTAS DEROGA LA RG 1361 Y REEMPLAZA SUS NORMAS MODIFICA LA RG 1575 (inicio de actividad RI)
RG 3685 REGIMEN INFORMATIVO DE COMPRAS Y VENTAS Reemplaza citi compras y ventas por aplicativo unificado Sujetos Alcanzados
Sujetos designados por el fisco (ver www.afip.gob.ar/comprasyventas ) Alcanzados por factura electrónica (RG 2485) excepto monotributistas (RG 3067) Responsables Inscriptos en IVA a partir del 01/01/2014 Sujetos alcanzados por Titulo II RG 1361 al 22/10/14 (obligados al almacenamiento electrónico de registraciones)
RG 3685 OPERACIONES COMPRENDIDAS COMPRAS Y VENTAS GENEREN O NO CREDITO O DEBITO FISCAL EN EL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Problema: momento de información Deben incluirse la totalidad de las operaciones que generan el debito/crédito fiscal correspondiente al mismo periodo mensual que se informa
RG 3685 COMPRAS Compras Locaciones o prestaciones recibidas e Importaciones definitivas de bienes y servicios También Descuentos y bonificaciones Quitas, devoluciones y rescisiones Que se documenten en forma independiente
RG 3685 VENTAS Ventas Locaciones o prestaciones realizadas Exportaciones definitivas de bienes y servicios También Descuentos y bonificaciones Quitas, devoluciones y rescisiones Que se documenten en forma independiente
RG 3685 Utilizar aplicativo AFIP – DGI – REGIMEN DE INFORMACION DE COMPRAS Y VENTAS – versión 1.0 Presentación por mes calendario Vencimiento: la fecha de vencimiento para la
presentación del IVA del mes que se informa Obligatorio aunque no haya movimientos – utilizar opción “sin movimientos”
RG 3685 INICIO DE ACTIVIDAD Cumplir con la RG 1575
Acreditar solvencia patrimonial Reemplaza el citi ventas por el aplicativo unificado de compras y ventas La presentación pasa a ser mensual en vez de cuatrimestral La obligación de presentación de información no cesa al cumplirse los 4 cuatrimestres sino que quedan incluidos en el régimen
RG 3685 SANCIONES ANTE INCUMPLIMIENTOS Aplica la Ley 11.683
Multa formal por falta de presentación de ddjj o presentación tardía de ddjj (art. 38) Multa por falta de presentación de ddjj informativa: 5.000 sin necesidad de intimación previa (art. 38.1) Art. 39.1.1 se considera consumada la infracción cuando el deber de informar no se cumpla de manera integral – que pasa con las facturas que no generan debito o credito fiscal?
RG 3685 ALMACENAMIENTO ELECTRONICO DE
REGISTRACIONES (compras y ventas) Reemplaza Titulo II RG 1361 Sujetos Obligados Responsables Exentos en el IVA que
Sean autoimpresores Hayan emitido mas de 200.000 facturas por un monto igual o mayor a 1.000.000 Efectuado ventas por mas de 20.000.000 y emitido mas de 5.000 facturas
RG 3685 Sujetos Comprendidos pero no obligados Responsables exentos que hayan sido autorizados para efectuar emisión y almacenamiento de duplicados en forma electrónica Responsables inscriptos autorizados excepto que deban presentar el régimen informativo de compras y ventas Tanto Responsables inscriptos como exentos pueden solicitar autorización para almacenar electrónicamente sus comprobantes Estos pueden solicitar la exclusión transcurrido 1 ejercicio comercial
RG 3685 Fecha de incorporación al régimen Exentos autoimpresores: a partir del mes siguiente a la adquisición del carácter de autoimpresor Alcanzados por volumen de facturas o de facturación: desde el primer día del cuarto mes inmediato siguiente al cumplimiento de la condición Incluidos voluntariamente: desde la fecha en que se hace efectiva la autorización
RG 3685 Inicio de Actividades Deberán proyectar anualmente la cantidad de comprobantes o de pesos facturados luego de transcurridos los primeros 3 meses Si de la proyección surge la obligación, esta se hace
efectiva desde el séptimo mes contado desde el inicio de actividad
RG 3685 EMPADRONAMIENTO Debe notificarse a la AFIP el inicio de la obligación Utilizar el servicio REGIMEN DE FACTURACION Y REGISTRACION (REAR/RECE/RFI) Antelación de 5 días como mínimo EXCLUSION Por dejar de cumplir las condiciones objetivas – se pide por multinota invocando la causa
EMISION Y ALMACENAMIENTO DE DUPLICADOS ELECTRONICOS SUJETOS EXCLUIDOS Declarados en estado de quiebra Querellados o denunciados penalmente por la penal tributaria Querellados o denunciados por delitos comunes vinculados a incumplimiento de obligac tributarias Con causas penales donde se haya ordenado el procesamiento de funcionarios o ex funcionarios
EMISION Y ALMACENAMIENTO DE DUPLICADOS ELECTRONICOS COMPROBANTES ALCANZADOS Facturas o documentos equivalentes Notas de Crédito/Débito Documentos emitidos por controladores fiscales – vieja tecnología Documentos emitidos por el comprador en sustitución de los emitidos por el vendedor COMPROBANTES EXCLUIDOS Documentos respaldatorios de la Liquidación primaria de granos (antiguos form. A – C)
EMISION Y ALMACENAMIENTO DE DUPLICADOS ELECTRONICOS Obligaciones Emitir factura electrónica según RG 2485 Duplicado queda almacenado electrónicamente Caso de controlador fiscal: deben guardar la cinta testigo
por dos años. Poder imprimir el duplicado a requerimiento
EMISION Y ALMACENAMIENTO DE DUPLICADOS ELECTRONICOS Requisitos para solicitar autorización Tener actualizada la actividad económica Tener actualizado el domicilio fiscal Haber presentado la ultima ddjj de ganancias, las ultimas 12 ddjj de IVA y Seguridad Social (de corresponder) Disponer de un sistema centralizado de emisión de comprobantes que permita el almacenamiento electrónico de duplicados Controlador fiscal implica sistema enlazado de puntos de venta que permita el almacenamiento
EMISION Y ALMACENAMIENTO DE DUPLICADOS ELECTRONICOS Solicitud de autorización a través del servicio
Regimenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/FRI) Será resuelta por la AFIP dentro de los 20 días corridos Exclusión Puede solicitarse luego de transcurrido un ejercicio
fiscal
Disposiciones Comunes Diseño de Registro: se establece en el Anexo III RG
3685 Los archivos se mantendrán por mes calendario por separado en soportes de única grabación y múltiples lecturas (no puede ser un pen drive por ej) Se deben mantener dos copias Una en el domicilio fiscal declarado Otra a mas de 200 metros
Disposiciones Comunes Plazo para grabar los archivos: dentro de los primeros
15 días del mes siguiente Quienes estaban obligados a almacenar electrónicamente sus registraciones (RG 1361 titulo II) deben cumplir con el régimen informativo de compras y ventas y quedan incluidos sin empadronarse como adhesión opcional Pueden solicitar la exclusión
Régimen de información: hasta la fecha de vto de la
ddjj del IVA según el siguiente esquema Enero y febrero 2015: mayo 2015
Marzo y abril 2015: junio 2015 Mayo y junio 2015: julio 2015 Julio y agosto 2015: agosto 2015
VIGENCIA Diseño de registros: Los de la RG 1361 pueden utilizarse hasta el periodo Mayo 2015 A partir del periodo Junio 2015 utilizar obligatoriamente los nuevos diseños de registro