Story Transcript
FEDERACION COLOMBIANA DE FUTBOL RESOLUCIÓN No. 005 QUINTA FECHA – I FASE CAMPEONATO JUVENIL SUB 19 DE FÚTBOL 2016 / FCF (JUNIO 15 / 2016) Por la cual se imponen unas sanciones EL COMITÉ DISCIPLINARIO DEL CAMPEONATO JUVENIL SUB 19 DE FÚTBOL 2016 / FCF En uso de sus facultades estatutarias y reglamentarias y en particular de las que le confiere el Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol y la Resolución No. 3384 por la cual se adopta la Reglamentación que regirá el Campeonato Juvenil Sub 19 de Fútbol 2016 / FCF, Resuelve: ARTÍCULO 1º.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos de la Quinta Fecha– I Fase, Campeonato Juvenil Sub 19 de Fútbol 2016 / FCF (Junio 10, 11 y 12 - 2016). EXPULSADOS APELLIDOS Y NOMBRES
ID COMET
CLUB
SANCION
MOTIVO
DUQUE SANCHEZ, HERNEY, DIRECTOR TÉCNICO
2899029
PEREIRA
DOS (2) FECHAS
CONDUCTA VIOLENTA CONTRA UN ADVERSARIO (ARTICULO 78, LITERAL D)
HERRERA ESCALANTE, YHON EDINSON, PREPARADOR FISICO
2510227
DEPORNEIVA
CUATRO (4) FECHAS
DESAPROBAR DECISIONES ARBITRALES (ARTICULO 79, LITERAL A) Y MULTA DE CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($483.262,00) CORRESPONDIENTE AL 25% DE TRES (3) SMMLV. APLICACIÓN EXTENSIVA ARTICULO 89, INCISO FINAL.
TRIVIÑO CARDENAS, DIEGO ARMANDO, PREPARADOR FISICO
2898896
IND NACIONAL
TRES (3) FECHAS
INJURIA VERBAL CONTRA UN OFICIAL DE PARTIDO (ARTICULO 79, LITERAL B) Y MULTA DE CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($483.262,00) CORRESPONDIENTE AL 25% DE TRES (3) SMMLV
TORRES TEJADA, ALDEMAR
3568918
CLUB DEPORTIVO DE FUTBOL TALENTOS PITALITO
DOS (2) FECHAS
RODRIGUEZ RAMIREZ, EDIVER CAMILO, ASISTENTE TÉCNICO
2909669
LA GAITANA
DOS (2) FECHAS
NAVARRO BRAVO, LUCIANO CUARTO, ASISTENTE TÉCNICO
2503091
COSMOS SANTO TOMAS FC
DOS (2) FECHAS
GONZALEZ RAMIREZ, JHON JAIRO, PREPARADOR FISICO
3478636
ROSARIO CASTRO
SEIS (6) FECHAS
LEIVA SERRANO, OSCAR MAURICIO
2515125
REAL SANTANDER
DOS (2) FECHAS
LONDOÑO RESTREPO, JUAN PABLO
2843548
C.D GAVAS
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
ALVAREZ VASQUEZ, SANTIAGO
2844019
C.D GAVAS
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
TOVAR TORDECILLA, WILMER
2842393
CLUB DEPORTIVO BELLO
TRES (3) FECHAS
INJURIA VERBAL CONTRA UN OFICIAL DE PARTIDO (ARTICULO 79, LITERAL B)
MAÑARES ARRIETA, LUIS CARLOS
2510017
CLUB DEPORTIVO BELLO
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
BERRIO HERNANDEZ, SANTIAGO
2847583
CLUB DEPORTIVO BELLO
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
MURILLO HURTADO, SEBASTIAN
3495644
C.D. PACHO MATURANA
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
DESAPROBAR DECISIONES ARBITRALES (ARTICULO 79, LITERAL A) Y MULTA DE CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($483.262,00) CORRESPONDIENTE AL 25% DE TRES (3) SMMLV. APLICACIÓN EXTENSIVA ARTICULO 89, INCISO FINAL. DESAPROBAR DECISIONES ARBITRALES (ARTICULO 79, LITERAL A) Y MULTA DE CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($483.262,00) CORRESPONDIENTE AL 25% DE TRES (3) SMMLV. APLICACIÓN EXTENSIVA ARTICULO 89, INCISO FINAL. DESAPROBAR DECISIONES ARBITRALES (ARTICULO 79, LITERAL A) Y MULTA DE CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($483.262,00) CORRESPONDIENTE AL 25% DE TRES (3) SMMLV. APLICACIÓN EXTENSIVA ARTICULO 89, INCISO FINAL. INJURIA VERBAL CONTRA UN OFICIAL DE PARTIDO (ARTICULO 79, LITERAL B) Y MULTA DE CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($483.262,00) CORRESPONDIENTE AL 25% DE TRES (3) SMMLV. APLICACIÓN EXTENSIVA, ARTICULO 89, INCISO FINAL. DESAPROBAR DECISIONES ARBITRALES (ARTICULO 79, LITERAL A) Y MULTA DE CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($483.262,00) CORRESPONDIENTE AL 25% DE TRES (3) SMMLV. APLICACIÓN EXTENSIVA ARTICULO 89, INCISO FINAL.
1
FEDERACION COLOMBIANA DE FUTBOL PERILLA ARAGON, BRAIAN DAVID
2465161
ASOCIADOS QUINDIANOS
CUATRO (4) FECHAS
INJURIA VERBAL CONTRA UN OFICIAL DE PARTIDO (ARTICULO 79, LITERAL B) REINCIDENCIA (ARTICULO 64)
BURGOS PACHECO, JUAN SEBASTIAN
2831204
JAMUNDI FUTBOL CLUB
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
VALENCIA VIVEROS, CRISTIAN STIVEN
2507371
OROS DEL PACIFICO
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
RIASCOS HERNANDEZ, MIYER ANDRES
2509406
OROS DEL PACIFICO
TRES (3) FECHAS
INJURIA VERBAL CONTRA UN OFICIAL DE PARTIDO (ARTICULO 79, LITERAL B) REINCIDENCIA (ARTICULO 64)
MURCIA MORALES, NICOLAS ESTEBAN
2054261
MILLONARIOS
UNA (1) FECHA
JUEGO BRUSCO GRAVE (ARTICULO 78, LITERAL C)
ANDRADE GONZALEZ, ROBINSON NICOLAS
2866042
BOCA JUNIORS FCM
DOS (2) FECHAS
CONDUCTA VIOLENTA CONTRA UN ADVERSARIO (ARTICULO 78, LITERAL D)
BETANCOURT QUIROGA, DIEGO FERNANDO
2517565
MARACANEIROS
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
GUTIERREZ RODRIGUEZ, ELVIS FELIPE
2462700
C.D. CACIQUES BOYACA F.C.
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
MENDIVIL RODRIGUEZ, DIEGO FERNANDO
2905545
LLANEROS F.C.
DOS (2) FECHAS
CONDUCTA VIOLENTA CONTRA UN ADVERSARIO (ARTICULO 78, LITERAL D)
RAMIREZ SERNA, HARLIN DAVID
2863047
IND. SANTA FE D. INFERIORES
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
BOADA BELTRAN, ANGELO ALEXANDER
2502591
CHIA LIGA LOCAL F. C.
DOS (2) FECHAS
CONDUCTA VIOLENTA CONTRA UN ADVERSARIO (ARTICULO 78, LITERAL D) Y REINCIDENCIA (ARTICULO 64)
TORRES RUEDA, KEVIN FARY
3581019
CHIA LIGA LOCAL F. C.
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
PATRON GUERRERO, JESUS ENRIQUE
2869264
C.D ALIANZA PLATANERA
TRES (3) FECHAS
CONDUCTA VIOLENTA CONTRA UN ADVERSARIO (ARTICULO 78, LITERAL D), INCISO FINAL
MARTINEZ RAMOS, JOSE EDUARDO
2504928
EXPRESO ROJO
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
PEÑATES DAGER, IVAN JOSE
3577289
JUVENTUD EL CORTIJO
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
MARQUEZ PUERTA, JEAN CARLOS
2523022
JUVENTUD EL CORTIJO
CUATRO (4) FECHAS
VIAS DE HECHO - LE DIO UN RODILLAZO EN LA CARA A UN ADVERSARIO CUANDO SE ENCONTRABA EN EL PISO (ARTÍCULO 78, LITERAL F)
PATERNINA OLASCOAGA, SEBASTIAN
2504622
ONCE SUCRE
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
BOLIVAR JIMENEZ, LUIS DIEGO
2568860
MACONDO F.C. ARACATACA
DOS (2) FECHAS
CONDUCTA VIOLENTA CONTRA UN ADVERSARIO (ARTICULO 78, LITERAL D)
FONTALVO DE LEON, DANIEL ANDRES
2503008
COSMOS SANTO TOMAS FC
UNA (1) FECHA
MALOGRAR UNA OPORTUNIDAD MANIFIESTA DE GOL MEDIANTE FALTA (ARTICULO 78, LITERAL A)
PEREZ MORENO, JUAN JOSE
1809984
TAL. LOS ALMENDROS
UNA (1) FECHA
MALOGRAR UNA OPORTUNIDAD MANIFIESTA DE GOL MEDIANTE FALTA (ARTICULO 78, LITERAL A)
FONSECA PADILLA, ROBERT DAVID
3580314
MACONDO F.C. ARACATACA
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
2
FEDERACION COLOMBIANA DE FUTBOL AVILA PINEDA, DUBAN FELIPE
2503267
LOS ALCAZARES
DOS (2) FECHAS
CONDUCTA VIOLENTA CONTRA UN ADVERSARIO (ARTICULO 78, LITERAL D)
ANDRADES CANTILLO, EDSON ALDAIR
2498582
LOS ALCAZARES
UNA (1) FECHA
JUEGO BRUSCO GRAVE (ARTICULO 78, LITERAL C)
DOWNS QUINTERO, ARTHUR
1810649
LOS ALCAZARES
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
GONZALEZ GONZALEZ, JEFFER STEVEN
2499342
JUNIOR
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
DE LA HOZ HOYOS, JOSE JULIO
2504014
UNICOSTA
TRES (3) FECHAS
INJURIA VERBAL CONTRA UN OFICIAL DE PARTIDO (ARTICULO 79, LITERAL B) REINCIDENCIA (ARTICULO 64)
OÑATE ROMERO, JORGE DANIEL
2464398
REAL SAN MARTIN
DOS (2) FECHAS
CONDUCTA VIOLENTA CONTRA UN ADVERSARIO (ARTICULO 78, LITERAL D)
CARRILLO DIAZ, JHONATAN
2519707
JUVENTUD VALLENATA
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
CONTRERAS LEVETTE, YOSMAN ANDRES
2463862
GUAJIROS JUNIORS
TRES (3) FECHAS
INJURIA VERBAL CONTRA UN OFICIAL DE PARTIDO (ARTICULO 79, LITERAL B) REINCIDENCIA (ARTICULO 64)
BARROS BUELVAS, SOCRATES JUNIOR
2897293
IMAGEN DENTAL
CUATRO (4) FECHAS
VIAS DE HECHO - UTILIZO UNA FUERZA DESMEDIDA EN CONTRA DE UN ADVERSARIO COLOCANDOLE LOS TACHES DEL CALZADO EN EL PECHO (ARTÍCULO 78, LITERAL F)
MERCADO MARIMON, ALEXANDRI MANUEL
3581015
IMAGEN DENTAL
CUATRO (4) FECHAS
VIAS DE HECHO - LE DIO UN MANOTAZO EN LA CARA A UN ADVERSARIO OCASIONANDO HEMATOMA EN LA PARTE DEL POMULO (ARTÍCULO 78, LITERAL F)
CONSUEGRA ANGARITA, CARLOS ANTONIO
2526549
IMAGEN DENTAL
CUATRO (4) FECHAS
VIAS DE HECHO - PEGAR UNA PATADA VIOLENTA EN LA ESPALDA, CAUSANDOLE UNA SEVERA LECCIÓN (ARTÍCULO 78, LITERAL F)
LOPEZ GARIZABAL, LUIS FERNANDO
3581743
DEPORTIVO MAICAO
TRES (3) FECHAS
CONDUCTA VIOLENTA CONTRA UN ADVERSARIO (ARTICULO 78, LITERAL D), INCISO FINAL
LLANOS PANA, HECTOR JULIO
2908828
DEPORTIVO MAICAO
TRES (3) FECHAS
CONDUCTA VIOLENTA CONTRA UN ADVERSARIO (ARTICULO 78, LITERAL D), INCISO FINAL
ROJANO PEREZ, ERICK MANUEL
2521151
DEPORTIVO MAICAO
CUATRO (4) FECHAS
VIAS DE HECHO - PEGAR UN PUÑETAZO EN LA CARA A UN ADVERSARIO DEJANDOLO EN EL SUELO Y UTILIZÓ LA VIOLENCIA CON SUS MANOS CONTRA OTROS ADVERSARIOS (ARTÍCULO 78, LITERAL F)
ALBA RAMIREZ, ARGENIS ORLANDO
2510987
CUCUTA
DOS (2) FECHAS
CONDUCTA VIOLENTA CONTRA UN ADVERSARIO (ARTICULO 78, LITERAL D), INCISO FINAL
CASTILLO LEON, JHAIR ANDRES
2872397
REAL SANTANDER
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
ESTUPIÑAN PEREZ, CRISTIAN JOSE
2499633
ANIVERSARIO
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
LOPEZ PALACIO, WILSON FABIAN
2519036
OCAÑA FC
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
ZSIROS UREÑA, IMRE
2920080
FLAMENGO
UNA (1) FECHA
RECIBIR UNA SEGUNDA AMONESTACIÓN EN UN MISMO PARTIDO (ARTICULO 74, NUMERAL 2)
TORRES DIAZ, YASSER FERNANDO
1808964
FLAMENGO
TRES (3) FECHAS
CONDUCTA VIOLENTA CONTRA UN ADVERSARIO (ARTICULO 78, LITERAL D), INCISO FINAL
SIERRA SOLANO, JORGE ANDRES
2836493
COORPORACION NIZA
UNA (1) FECHA
ARTÍCULO 2º.- Equipos sancionados con multa de TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTISIETE PESOS MONEDA CORRIENTE ($344.727,00) correspondiente al 50% de un SMMLV por infracción al artículo 91 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol. CAPÍTULO IV Faltas de los clubes Artículo 91. Infracciones de un club. Constituye conducta incorrecta, sancionable con multa de un (1) salario mínimo mensual legal vigente cuando el club en cuestión incurra en cualquiera de los siguientes supuestos: a) b)
Haber sido amonestados al menos cuatro (4) de sus jugadores en el transcurso de un mismo partido. Haber sido expulsados al menos tres (3) de sus jugadores en el transcurso de un mismo partido.
3
FEDERACION COLOMBIANA DE FUTBOL c)
Cuando varios de sus jugadores, en grupo, hayan amenazado o intentado coaccionar a un oficial de partido.
Para determinar la cuantía de la multa se tendrá en cuenta la clase de competición de que se trata. PARTIDO
CLUB SANCIONADO
CALENDARIO
GRUPO
FECHA (FIXTURE)
MULTA (50% DE UN SMMLV)
CLUB DEPORTIVO MACOL F.C. VS. ENVIGADO F.C.
ENVIGADO F.C.
8/06/2016
A
4
$ 344.727,00
PROFESIONALES F.C. VS. CLUB LA CANTERA
PROFESIONALES F.C.
12/06/2016
A
5
$ 344.727,00
ATLÉTICO QUINDIO VS. TOTAL SOCCER
TOTAL SOCCER
4/06/2016
B
4
$ 344.727,00
ESC. DIEGO PIZARRO VS. CLUB DEPORTIVO PALMIRA
ESC. DIEGO PIZARRO
25/05/2016
C
1
$ 344.727,00
CORPORACIÓN NORTE DEL VALLE VS. ESC. DIEGO PIZARRO
CORPORACIÓN NORTE DEL VALLE
4/06/2016
C
4
$ 344.727,00
OROS DEL PACIFICO VS. ESTRELLAS DEL NORTE
OROS DEL PACIFICO
28/05/2016
E
3
$ 344.727,00
ESTRELLAS DEL NORTE VS. CLUB GENERACIONES PALMIRANAS
ESTRELLAS DEL NORTE
4/06/2016
E
4
$ 344.727,00
ESTRELLAS DEL NORTE VS. CLUB GENERACIONES PALMIRANAS
CLUB GENERACIONES PALMIRANAS
4/06/2016
E
4
$ 344.727,00
AMERICA S.A. VS. ESTRELLAS EL NORTE
ESTRELLAS EL NORTE
11/06/2016
E
5
$ 344.727,00
CLUB DEPORTIVO GOL 5 VS. CLUB DEPORTIVO NEIVA
CLUB DEPORTIVO GOL 5
04/06/2016
F
3
$ 344.727,00
INDEPENDIENTE NACIONAL VS. MILLONARIOS F.C.
INDEPENDIENTE NACIONAL
11/06/2016
G
4
$ 344.727,00
TIGRES FÚTBOL CLUB VS. BOGOTÁ FÚTBOL CLUB
TIGRES FÚTBOL CLUB
11/06/2016
G
4
$ 344.727,00
TIGRES FÚTBOL CLUB VS. BOGOTÁ FÚTBOL CLUB
BOGOTÁ FÚTBOL CLUB
11/06/2016
G
4
$ 344.727,00
4
FEDERACION COLOMBIANA DE FUTBOL ATLÉTICO BANFIELD VS. CLUB DEPORTIVO MARACANEIROS
ATLÉTICO BANFIELD
12/06/2016
I
4
$ 344.727,00
ATLÉTICO BANFIELD VS. CLUB DEPORTIVO MARACANEIROS
CLUB DEPORTIVO MARACANEIROS
12/06/2016
I
4
$ 344.727,00
ALIANZA SPORTS VS. LLANEROS S.A.
LLANEROS S.A.
23/05/2016
J
1
$ 344.727,00
CLUB DEPORTIVO LA GAITANA VS. LLANEROS F.C.
CLUB DEPORTIVO LA GAITANA
05/06/2016
J
3
$ 344.727,00
ALIANZA SPORTS VS. NIZA F.C.
NIZA F.C.
10/06/2016
J
4
$ 344.727,00
PALMARES F.C. VS. CHIA LIGA LOCAL
PALMARES F.C.
12/06/2016
K
4
$ 344.727,00
PALMARES F.C. VS. CHIA LIGA LOCAL
CHIA LIGA LOCAL
12/06/2016
K
4
$ 344.727,00
PLATA VINO TINTO Y ORO B VS. JUVENTUS F.C.
PLATA VINO TINTO Y ORO B
11/06/2016
K
4
$ 344.727,00
CLUB EQUIDAD SEGUROS VS. ESTRELLA ROJA
CLUB EQUIDAD SEGUROS
12/07/2016
K
4
$ 344.727,00
CORDAJAX VS. CLUB DEPORTIVO LOS CRIOLLITOS
CLUB DEPORTIVO LOS CRIOLLITOS
11/06/2016
L
5
$ 344.727,00
ILUSIÓN NARANJA VS. ALIANZA CÓRDOBA
ALIANZA CÓRDOBA
12/06/2016
L
5
$ 344.727,00
SAHAGUN FÚTBOL CLUB VS. JUVENTUD EL CORTIJO
JUVENTUD EL CORTIJO
12/06/2016
M
5
$ 344.727,00
LEONES DE FLORIDABLANCA VS. CUCUTA DEPORTIVO
LEONES DE FLORIDABLANCA
16/06/2016
R
4
$ 344.727,00
ORO NEGRO VS. PSD PANTERAS
PSD PANTERAS
11/06/2016
R
4
$ 344.727,00
REAL SANTANDER VS. CLUB ANIVERSARIO
REAL SANTANDER
11/06/2016
R
4
$ 344.727,00
REAL SANTANDER VS. FLAMENGO F.C.
FLAMENGO F.C.
4/06/2016
S
3
$ 344.727,00
ESC. NIZA VS. ATLÉTICO VILLADIMAR
ATLÉTICO VILLADIMAR
5/06/2016
S
3
$ 344.727,00
ARTÍCULO 3º.- Club Deportivo Palmira. Sancionado con la perdida de los puntos en disputa a favor del equipo contendor y multa de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA PESOS MONEDA CORRIENTE ($6.894.540,00) correspondientes al 50% de 20 SMLMV del partido CLUB DEPORTIVO PALMIRA VS. ORSOMARSO S.C. de la TERCERA FECHA – I FASE del CAMPEONATO JUVENIL SUB 19 DE FÚTBOL 2016 / FCF, programado para el día sábado 29 de mayo de 2016 a las 16h0min en el Estadio COMFANDI PANCE No. 16, por la actuación irreglamentaría de un jugador no autorizado por DIFÚTBOL. 5
FEDERACION COLOMBIANA DE FUTBOL El Comité conoce del presente asunto, en virtud del artículo 172 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol, el cual dispone: Artículo 172. Apertura del procedimiento. Las infracciones a las reglas de juego o al reglamento de competición serán perseguibles de oficio, por queja o denuncia de un tercero con interés deportivo o institucional, autoridades del fútbol, del torneo o del representante legal de un club, según el caso. Los oficiales de partido están obligados a denunciar todas las infracciones de las que tuvieren conocimiento.
Sobre el particular, la Comisión expresa lo siguiente: Una vez revisada la planilla de juego del partido de la referencia y los controles internos de actuaciones y sanciones, se pudo establecer que el jugador, Jeffer Duvan SANCHEZ QUIÑONEZ, ID 2504306 perteneciente al registro del Club Deportivo Palmira, actuó en el partido de la referencia sin haber sido autorizado por la DIFUTBOL. En consecuencia, no fue añadido a la competencia a través del sistema COMET por la Federación Colombiana de Fútbol, por tal motivo no podía actuar en el Campeonato Juvenil Sub 19 de Fútbol 2016 / FCF. Conductas de esta índole están contempladas en los artículos 97 y 44 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol y articulo 32 del reglamento los cuales disponen: Artículo 97. Infracciones sancionables con pérdida del partido. Constituye infracción de los clubes sancionable con multa de 20 salarios legales mínimos vigentes al momento de la infracción y pérdida del partido por retirada, renuncia o no presentación en la cancha, las siguientes: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l)
Al club, selección municipal o departamental que permita actuar en el campo de juego o en el banco de suplentes un jugador que haya suplantado a otro. Al club, selección municipal o departamental que incluya en la planilla de juego un jugador no inscrito reglamentariamente. Al club, selección municipal o departamental que permita la actuación en el campo de juego de un jugador no inscrito en la planilla. Al club, selección municipal o departamental que haga actuar en el campo de juego o permita la presencia en el banco de suplentes, jugadores suspendidos o inhabilitados. Al club, selección municipal o departamental que omitan o alteren la cuota de jugadores cuyas edades tengan tratamiento restrictivo. Al club, selección municipal o departamental que incluya en la planilla de juego un número de jugadores superior al autorizado o realice el cambio de jugadores en número superior al permitido o convenido. Al club, selección municipal o departamental que incluya en la planilla de juego un número de jugadores extranjeros o nacionalizados superior al autorizado o realice el cambio de dichos jugadores en número superior al permitido o convenido. Si por actuación de los dirigentes de un club, selección municipal o departamental o por un factor del cual es responsable el club u organizador del encuentro, un partido no puede disputarse o se termina anticipadamente por disposición del árbitro. Si por motivo imputable a sus dirigentes o a un factor del cual es responsable el club o el organizador del evento, el equipo no puede, no quiere, se niega jugar o a continuar el partido. Imposibilidad de celebración de un partido por vencimiento o suspensión del reconocimiento deportivo o participación en un evento deportivo con dicha suspensión. Si el partido se juega entre dos clubes cuyo reconocimiento deportivo se encuentra suspendido ó cancelado, además de la multa, ambos serán sancionados con pérdida del partido por retirada, renuncia o no presentación en la cancha. Al club, selección municipal o departamental que sin justa causa no presentare su equipo en la cancha a la hora programada oficialmente y por esta causa no se realizare el partido.
6
FEDERACION COLOMBIANA DE FUTBOL m) n)
Si el club responsable fuere visitante pagará al local los perjuicios económicos que fije la Comisión Disciplinaria, de acuerdo con las pruebas presentadas y sin perjuicio de las demás sanciones que le puedan corresponder. Al equipo del club, selección municipal o departamental, que sin autorización del árbitro abandone el terreno del juego antes del tiempo reglamentario o se niegue a jugar estando dentro del mismo. Cuando un equipo quede en inferioridad numérica que le impida continuar reglamentariamente un partido de campeonato.
Parágrafo: Las conductas tipificadas en este artículo serán conocidas por la autoridad competente mediante queja o denuncia formulada por el representante legal del club ofendido, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la celebración del partido denunciado con indicación clara los hechos y las pruebas correspondientes. Artículo 44.
Pérdida del partido por retirada, renuncia o no presentación en la cancha.
Cuando un club sea sancionado con la pérdida del encuentro por retirada, renuncia o no presentación en la cancha, se entenderá que el resultado es de cero – tres (0-3) a favor del contendor. Si este último, en el tiempo jugado, hubiere logrado una mejor diferencia de goles, ésta se mantendrá. Artículo 32º.Para la actuación válida de un jugador o Miembro de Cuerpo Técnico, será necesaria la aprobación de su inscripción con una antelación no menor a doce (12) horas de la hora programada para inicio del partido.
En tal sentido, se sanciona al Club Deportivo Palmira con la pérdida de los puntos en disputa a favor del contendor y multa de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA PESOS MONEDA CORRIENTE ($6.894.540,00) correspondientes al 50% de 20 SMLMV. Contra la presente decisión procede el recurso de reposición ante este Comité Disciplinario y el de apelación ante la Comisión Disciplinaria de la Federación Colombiana de Fútbol. Notifíquese y Cúmplase
Fdo. JOSÉ ORLANDO MORALES LEAL Presidente
Fdo. GABRIEL ANTONIO HERRERA DIAZ
Fdo. LUIS CARLOS ROZO BERMUDEZ Secretario
7