FEDERACIÓN MENDOCINA DE AUTOMOVILISMO DEPORTIVO

FEDERACIÓN MENDOCINA DE AUTOMOVILISMO DEPORTIVO PERSONERÍA JURÍDICA RESOLUCIÓN 230/95 COMUNICADO OFICIAL RENUNCIA Sr. Manzano – Sr. Flamarique La Fed

2 downloads 80 Views 275KB Size

Story Transcript

FEDERACIÓN MENDOCINA DE AUTOMOVILISMO DEPORTIVO PERSONERÍA JURÍDICA RESOLUCIÓN 230/95

COMUNICADO OFICIAL RENUNCIA Sr. Manzano – Sr. Flamarique La Federación Mendocina de Automovilismo Deportivo, se viene manejando por sobre todo respetando las normas vigentes en nuestros estatutos, todos los actos permitidos por las leyes, reglamentaciones vigentes y disposiciones que surgen de la CDA. Que contrariamente a lo que muchos imaginan esta Comisión Directiva tiene una comunicación permanente con la CDA, y donde la mayoría de los casos Deportivos y Extra-Deportivos antes de ser resueltos, ya han sido consultados con el afán de no cometer errores. La Comisión Directiva de Federación da respaldo absoluto a lo actuado por la Comisión Deportiva (Sres. Escribano – Vas Romero – Alaniz – Fuertes) y de hecho ha sido igual con la Comisión Técnica, más allá de los últimos desentendimientos, y teniendo en cuenta que se confirmaron las competencias con las resoluciones por ellos impuestas. Las intenciones de esta Federación lejos están de apañar, proteger o beneficiar a ningún piloto, y como muestra de nuestra imparcialidad podemos citar las exclusiones recibidas este año por el piloto Rauli Degaspari de TP 1.4, donde las conclusiones Deportivas y Técnicas nunca fueron cuestionadas por ningún dirigente de esta Federación. Para que no queden dudas sobre la renuncia del Sr. Carlos Manzano y el Sr. Guillermo Flamarique, a la comisión de penalidades la Federación de Automovilismo hace saber lo siguiente: -

Artículo 30: Que son atribuciones del consejo directivo crear y suprimir Comisiones, SubComisiones internas que colaboren con orden y organización general.

-

Que en la Reunión de Comisión Directiva de fecha 4 de Agosto se crea la Comisión de Penalidades entre otras cosas, formada por los Sres. Manzano, Flamarique y Dr. Diaz Rugero.

-

Hasta el día 18 de Noviembre, mientras los medios periodísticos informaban que Federación debe poner mano dura a la hora de sancionar, esta Comisión Directiva solo aceptaba las resoluciones de la Comisión de Penalidades, obviamente influenciadas por algunos sectores. Ej: el Piloto Sette, con sanción de 1 fecha en suspenso. Pilotos Lauria y Persia con una multa económica de $1000.

-

También fue pasado a penalidades un piloto que participo en los disturbios de Mayo/16 en la Ciudad de San Martin, situación que fue revisada conjuntamente con la CDA en una reunión personal con nuestros Directivos, y sabiendo cómo se debía actuar por lo sugerido, la Comisión de Penalidades se negó a tomar medidas sobre este caso.

-

El día 19 de Noviembre tras la maniobra en la final del TC, entre Gonzalo Palau y Luis Maggini. Se producen incidentes provocados por equipo y preparadores del Piloto Luis Maggini. La Comisión Deportiva el mismo día, sanciona al Piloto Gonzalo Palau excluyéndolo de la competencia y resuelve excluirlo de todo el evento, quitándole la posibilidad de competir el Domingo en la segunda final, haciéndolo perder toda posibilidad de pelear por el campeonato.

-

El día 20 de Noviembre, segunda final de la Fecha Doble, los abogados y escribanos del piloto Gonzalo Palau pretenden interponer una medida para poder participar de la competencia, la cual es denegada por esta Federación.

-

En la Final del TP 1.4 distintas situaciones ocurridas en pista hacen que el Piloto Federico Inzirillo y su preparador Sr. Paladini agravien verbalmente a los Comisarios Deportivos de la competencia.

-

La Comisión Deportiva resuelve enviar a Penalidades a Luis Maggini, Federico Inzirillo y a sus respectivos preparadores (Gerardi y Paladini).

-

El mismo 22 de noviembre se organiza una reunión de carácter informal donde participo la Comisión Directiva, la Comisión Deportiva, el presidente de AVE Sr. Alejandro Fernández, el

Pascual Toso 643 - Guaymallen – (C. P. 5521) – Tel : 0261-43178.50 Mendoza – República Argentina - E-mail: [email protected] Página 1 de 3

FEDERACIÓN MENDOCINA DE AUTOMOVILISMO DEPORTIVO PERSONERÍA JURÍDICA RESOLUCIÓN 230/95

Presidente de APATC Sr. Abdo Girala y en contacto telefónico el Presidente de ASA Sr. Mario Cerbetto. -

Todos concordamos en una sanción ejemplificádora, independientemente de lo que resolviera la Comisión de Penalidades, de ahí ya salió la idea de que hablaríamos de un mínimo de 2 años efectivos para Maggini, 2 años efectivos para Gerardi, 6 meses efectivos para Inzirillo y 6 meses efectivos para Paladini.

-

Las demoras en determinar las resoluciones para los pilotos pasados a penalidades responden a problemas personales de los Sres. Manzano y Flamarique.

-

El Dr. Diaz Rugero no participo de las resoluciones tomadas por encontrarse fuera del país desde el 4 de Diciembre.

-

En comunicación telefónica el día 6 de Diciembre el Presidente de Federación le hace saber al Sr. Manzano que las sanciones ya tienen establecidas por Comisión Directiva una base y de acuerdo a las establecidas en el punto anterior.

-

Se procede a enviar a Penalidades la documentación existente con el Sr. Héctor Cabrera de A.C.M. Se envían las inhabilitaciones de los pilotos Maggini e Inzirillo y el único descargo, el de los Sres. Gerardi.

-

El día 19 de Diciembre al medio día, se recibe el informe y la resolución por parte de los Sres. Manzano y Flamarique. Lo resuelto por ellos no coincide con lo solicitado por esta Comisión Directiva y ante esta situación, el Presidente de esta Federación llama a reunión de Comisión Directiva Urgente para el día 20 de Diciembre, para tratar la resolución de Penalidades entre otras cosas. Adjuntamos el temario de la reunión con el correspondiente orden del día,

-

A la reunión de Comisión Directiva son invitados especialmente los Presidentes de A.V.E. (Sr. Alejandro Fernandez)y A.S.A.(Sr. Mario Cerbetto). Participan de la mismo los Sres. Javier Escribano y Héctor Cabrera por A.C.M., los Sres. Osvaldo Bastida, Claudio Viudez, Raúl Degaspari, Sergio Fuertes y Hugo Mari por A.C.T., el Sr. Gerardo Vas Romero por A.V.E. y el Sr. Horacio Moreno, quien entrego una nota enviada por el Presidente de A.V.E. quien no pudo asistir. Nota que adjuntamos.

-

En reunión y tras dar lectura a lo resuelto por Penalidades, la Comisión Directiva en forma unánime y con el apoyo de los Presidentes de A.V.E. y A.S.A. decide aceptar en forma parcial lo resuelto por ellos, aceptando únicamente las sanciones aplicadas a los Pilotos Inzirillo, Maggini y Paladini.

-

No son aceptadas las sancione aplicadas a Luis Palau, Gonzalo Palau, y Diego Ruiz por cuanto la comisión Deportiva nunca paso a Penalidades a estos Pilotos y estas sanciones aplicadas por Penalidades son improcedentes, por que los pilotos no fueron inhabilitados, ni notificados, ni se les dio su legitimo derecho de defensa y las medidas se encuentran fuera de todo los plazos permitidos.

-

Por otra parte la Comisión Directiva resuelve sancionar a los preparadores Daniel y Exequiel Gerardi con las correspondientes restricciones de ingreso a los Autódromos donde fiscalice la Federación Mendocina y por el lapso de 2 años hasta el 31/12/18, aplicando el Artículo 50 del RDA.

-

Es también la Comisión Directiva de FEMAD, y en la reunión del 20/12, quien resuelve aplicar una sanción efectiva de seis meses a cumplir por agravios y acciones extra-deportivos contra Directivos y Comisión Técnica de FEMAD a la Piloto Srta Julieta Gelvez.

-

Lo resuelto por esta Comisión Directiva se encuentra en sus libros de actas, y que el Artículo 14 del Estatuto de FEMAD, reza que toda las decisiones adoptadas por el Consejo Directivo tienen fuerza de ley para todas las entidades asociadas.

Pascual Toso 643 - Guaymallen – (C. P. 5521) – Tel : 0261-43178.50 Mendoza – República Argentina - E-mail: [email protected] Página 2 de 3

FEDERACIÓN MENDOCINA DE AUTOMOVILISMO DEPORTIVO PERSONERÍA JURÍDICA RESOLUCIÓN 230/95

-

De todo lo anteriormente expuesto queda en claro que las declaraciones del Sr. Carlos Manzano, Presidente del A.C.M. en el Diario los Andes de fecha 27 del corriente y en donde dice “… El presidente actual de la Federación (Sr Hugo Mari) fraguo nuestros resoluciones…”, son falsas e injuriosas.

-

FRAGUAR: Palabra que en el ámbito jurídico significa engañar – Crear o inventar algo para tener consecuencias y obtener resultados a su favor – Fraude – Idear maquinar fuera de todo amparo legal.

-

El Sr. Carlos Manzano y sus asesores en al A.C.M., parecen no tener en cuenta el Artículo 9 del estatuto de FEMAD donde destaca que las entidades asociadas pueden ser pasibles de expulsiones. Entre los causales de expulsión figura (Articulo 13 aparatado d) difamar a las autoridades de Federación o a cualquiera de sus miembros por cualquier medio que fuere.

-

El día 27 de Diciembre se recibe comunicación telefónica por parte de Directivos de la CDA, quienes tienen conocimiento de todo lo actuado por FEMAD. Primeramente somos consultados sobre los procedimientos aplicados a la hora de sancionar a la Piloto Julieta Gelvez, los cuales son correctos, y entre otros temas nos informaron que la gente de la Comisión de Penalidades consulto a la CDA y recibió las indicaciones precisas para sancionar a los preparadores que estuvieron involucrados en los hechos extra deportivos del 20-11-16 en el Autódromo Ciudad de San Martin, obviamente indicaciones que Penalidades no acepto he hizo caso omiso a las indicaciones de la CDA, y del mismo modo que se negaron a tomar medidas sobre los pilotos involucrados en los incidentes de Mayo/16 en el Autódromo Ciudad de San Martin.

-

Las renuncias han sido aceptadas por todos los clubes

-

La Comisión Directiva de Federación accionara amparándose en los Estatutos Sociales ante quien corresponda.

CLAUDIO VIUDEZ Secretario de Femad

HUGO MARI Presidente de Femad

Pascual Toso 643 - Guaymallen – (C. P. 5521) – Tel : 0261-43178.50 Mendoza – República Argentina - E-mail: [email protected] Página 3 de 3

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.