GOBIERNO NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DE FINANZAS

GOBIERNO NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR  MINISTERIO DE FINANZAS  DEL ECUADOR INSTRUCTIVO PARA LA DESCONCENTRACIÓN DE CLASES DE REGISTROS CONTA

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GOBIERNO NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR 

MINISTERIO DE FINANZAS  DEL ECUADOR

INSTRUCTIVO PARA LA DESCONCENTRACIÓN DE CLASES DE REGISTROS CONTABLES (Fase 3) 2012

GOBIERNO NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR 

MINISTERIO DE FINANZAS  DEL ECUADOR

REPÚBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DE FINANZAS DEL ECUADOR

SUBSECRETARÍA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

Instructivo para la desconcentración de clases de registros contables (fase 3) 2012

GOBIERNO NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR 

MINISTERIO DE FINANZAS  DEL ECUADOR

INSTRUCTIVO PARA LA DESCONCENTRACIÓN DE CLASES DE REGISTROS CONTABLES (Fase 3) 2012 No está permitida la reproducción total o parcial de esta obra ni su tratamiento o transmisión electrónica o mecánica, incluida fotocopia, grabado u otra forma de almacenamiento y recuperación de información, sin autorización escrita del MINISTERIO DE FINANZAS DEL ECUADOR. DERECHOS RESERVADOS Copyright © 2012 primera edición

MF y logotipo MF son marcas registradas Documento propiedad de: MINISTERIO DE FINANZAS DEL ECUADOR. República del Ecuador. Edición:

Ministerio de Finanzas del Ecuador

Cubierta:

Ministerio de Finanzas del Ecuador

Composición y diagramación:

Ministerio de Finanzas del Ecuador

Estructuración:

Ministerio de Finanzas del Ecuador

Autores:

Ing. Luis Alberto Fiallos Analista de Estados Financieros

Revisado:

Dr. Francisco Torres

Aprobado:

Dra. Sonia Proaño Directora Nacional de Estados Financieros: Eco. Magdalena Vicuña Subsecretaria de Contabilidad Gubernamental:

Fecha:

05/07/2012

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GOBIERNO NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR 

MINISTERIO DE FINANZAS  DEL ECUADOR

ÍNDICE Contenido

BASE LEGAL ............................................................................................5  ÁMBITO DE APLICACIÓN ........................................................................6  PROCEDIMIENTO .....................................................................................6  LIMITACIONES ........................................................................................11  REGISTRO EN LA HERRAMIENTA INFORMATICA VIGENTE.............17 

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INSTRUCTIVO PARA LA DESCONCENTRACIÓN DE CLASES DE REGISTROS CONTABLES (Fase 3) 2012 Dirigido a: Entidades de gobierno central, descentralizadas y autónomas y empresas públicas que operan en el e-Sigef BASE LEGAL La Subsecretaría de Contabilidad Gubernamental del Ministerio de Finanzas, en concordancia con los artículos 152 y 158 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas que respectivamente señalan:

“Art. 152.- Obligaciones de los servidores de las entidades.- Las máximas autoridades de cada entidad u organismo público, serán los responsables de velar por el debido funcionamiento del componente de contabilidad gubernamental y los servidores de las unidades financieras, de observar la normativa contable… ”. “Art. 158.- Normativa aplicable.- El ente rector de las finanzas públicas tiene la facultad privativa para expedir, actualizar y difundir los principios, normas técnicas, manuales, procedimientos, instructivos y más disposiciones contables, que serán de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades y organismos del Sector Público no Financiero.”

Por lo expuesto, esta Subsecretaría emite las directrices para la desconcentración de clases de registros contables (fase 3) 2012, para que las entidades ejecuten en la herramienta informática e-Sigef los registros contables de forma directa.

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ÁMBITO DE APLICACIÓN

En esta oportunidad se liberaran clases de registros contables tipo, direccionadas a ajustes y regularizaciones de bienes y existencias.

Las directrices emitidas en este documento son de aplicación para las entidades que operan en el sistema e-Sigef.

Las clases de registro contables tipo reemplazarán a algunas clases de registro contables parametrizadas en la herramienta informática e-Sigef, las cuales pasarán a estado restrictivo, las clases de registro contable tipo, tienen la característica de que están a nivel de cuenta de mayor o de nivel 1, y dan la opción para que la entidad pueda seleccionar la cuenta a un nivel más desagregado que es el que tiene la asociación presupuestaria

PROCEDIMIENTO El registro de los asientos contables, la verificación de la documentación suficiente, la aplicación de las normas de control interno y el adecuado funcionamiento de la gestión financiera es responsabilidad de la Entidad. La misión de la Subsecretaría de Contabilidad Gubernamental es consolidar y analizar los estados financieros del sector público, así como la emisión de directrices contables, políticas y manuales de procedimientos relativos a activos, pasivos y patrimonio público.

A continuación se detallan las clases de registro contables desconcentradas para las entidades de Gobierno Central, Descentralizadas y Autónomas y Empresas Públicas 6

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que operan en el sistema e-Sigef, las cuales se registrarán de la misma forma como indica en el “Instructivo para la Desconcentración de Clases de Registro Contables (fase 2)”.

En el caso que la entidad se encuentre produciendo, deberá utilizar las siguientes clases de registro para productos semiterminados y terminados. TXCP  ­  TRASLADO  EXISTENCIAS  CONSUMO  CORRIENTE  A  EXISTENCIAS  PRODUCTOS  SEMITERMINADOS  Ítem  Código  Descripción  Debe  Haber  Presupuestario  132.03.00  Existencias de Productos Semiterminados  XXXX Existencias  de  Bienes  de  Uso  y  Consumo  131.01.00  Corriente  XXXX  TXST  ­  TRASLADO  EXISTENCIAS  PRODUCTOS  SEMITERMINADOS  A  EXISTENCIAS  PRODUCTOS TERMINADOS  Ítem  Código  Descripción  Debe  Haber  Presupuestario  132.05.00  Existencias de Productos Terminados 

XXXX

132.03.00  Existencias de Productos Semiterminados 

  

XXXX 

TXTC ­ TRASLADO EXISTENCIAS PRODUCTOS TERMINADOS A COSTOS ACUMULADOS DE  PRODUCTOS TERMINADOS  Ítem  Código  Descripción  Debe  Haber  Presupuestario  133.93.00  Costos Acumulados de Productos Terminados 

XXXX

132.05.00  Existencias de Productos Terminados 

  

XXXX 

Para la acumulación de costos en proyectos y programas, deberán utilizar las clases de registro descritas a continuación, las cuales se encuentran asociadas a un tipo de transacción 100 y 101 respectivamente.

7

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Ruta:

Contabilidad/Registro

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de

Operaciones

No

Presupuestarias/Ajustes

Reclasificaciones/Ajustes por Acumulación de Costos en Proyectos y Programas.

APRY­ACUMULACION COSTOS PROYECTOS  Ítem  Debe  Haber  Presupuestario 

Código  Descripción 

151.92  Acumulación de Costos en Inversiones en proceso  XXXX 151.00  Inversiones en obras en proceso 

  

XXXX 

APRG ­ ACUMULACION COSTOS PROGRAMAS  Ítem  Código  Descripción  Debe  Haber  Presupuestario  Acumulación  de  Costos  en  Inversiones  en  152.92  Programas en ejecución  XXXX 152.00  Inversiones en Programas en ejecución 

8

  

XXXX 

y

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MINISTERIO DE FINANZAS  DEL ECUADOR

Para la disminución se existencias se procederá con la utilización de la siguiente clase de registro contable: DEB1­ DISMINUCION EXISTENCIAS BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO  Código 

Ítem  Debe  Haber  Presupuestario 

Descripción 

634.00.00  Bienes y servicios de consumo 

XXXX

131.00.00  Existencias para consumo corriente 

  

XXXX 

Para la actualización de existencias se utilizará la clase de registro:

DEB2­ DISMINUCION EXISTENCIAS PARA CONSUMO CORRIENTE  Código 

Ítem  Debe  Haber  Presupuestario 

Descripción 

639.52.00  Actualización del Patrimonio 

XXXX

131.00.00  Existencias para consumo corriente 

  

XXXX 

DEB3­ DISMINUCION EXISTENCIAS INVERSIONES EN PRODUCTOS EN PROCESO  Ítem  Código  Descripción  Debe  Haber  Presupuestario  639.52.00  Actualización del Patrimonio 

XXXX

133.00.00  Inversiones en Productos en Proceso 

  

DEB4­  DISMINUCION  DISTRIBUCIÓN  Código 

EXISTENCIAS 

INVERSIONES 

XXXX 

EN 

COMERCIALIZACIÓN 



Ítem  Debe  Haber  Presupuestario 

Descripción 

639.52.00  Actualización del Patrimonio 

XXXX

135.00.00  Inversiones en Comercialización y Distribución 

  

9

XXXX 

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MINISTERIO DE FINANZAS  DEL ECUADOR

Para la baja de Bienes de Larga Duración se procederá con la utilización de las siguientes clases de registro contables: DBA1­ DISMINUCION  (BAJA) BIENES DE ADMINISTRACION  Código 

Descripción 

Ítem  Debe  Haber  Presupuestario 

639.52 

Actualización del Patrimonio 

XXXX

141.99.00  Depreciación Acumulada 

XXXX   

141.00.00  Bienes de administración 

  

XXXX 

DBP2 ­ DISMINUCION  BIENES DE PRODUCCION  Código 

Descripción 

Ítem  Debe  Haber  Presupuestario 

639.52 

Actualización del Patrimonio 

XXXX 

142.99.00  Depreciación Acumulada 

XXXX    

142.00.00  Bienes de producción 

  

XXXX 

DBY4­ DISMINUCION  BIENES DE PROYECTOS  Código 

Descripción 

Ítem  Debe  Haber  Presupuestario 

639.52 

Actualización del Patrimonio 

XXXX 

144.99.00  Depreciación Acumulada 

XXXX    

144.00.00  Bienes de proyectos 

  

XXXX 

DBA5­DISMINUCION  BIENES DE PROGRAMAS  Código 

Descripción 

Ítem  Debe  Haber  Presupuestario 

639.52 

Actualización del Patrimonio 

XXXX 

145.99.00  Depreciación Acumulada 

XXXX    

145.00.00  Bienes de programas 

  

10

XXXX 

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MINISTERIO DE FINANZAS  DEL ECUADOR

En caso de que las instituciones efectúen compras de bienes de larga duración y que no han sido registrados contablemente, se procederá a realizar un ajuste, para que dichos bienes se registren en el grupo 14 correspondiente.

LIMITACIONES 1. Si el ajuste corresponde a años anteriores, se utilizará la cuenta de patrimonio 611 correspondiente; y en el caso de ser un ajuste de año vigente, se utilizará la cuenta de actualización de activos 629.51. 2. Este tipo de ajuste no se lo podrá realizar para los bienes referentes a Vehículos, Terrenos, Edificios, Locales y Residencias: Cualquier tipo de ajuste para los bienes nombrados se los realizará conforme a lo que estable la base legal vigente para estos casos. AJB1 ­ AJUSTES BIENES DE LARGA DURACIÓN – BIENES DE ADMINISTRACIÓN  Ítem  Código  Descripción  Debe  Haber  Presupuestario  141.01.03  Mobiliarios 

XXXX

141.01.04  Maquinaria y Equipo 

XXXX

141.01.06  Herramientas 

XXXX

141.01.07  Equipos, Sistemas y Paquetes Informáticos 

XXXX

141.01.08  Bienes Artísticos y Culturales

XXXX

141.01.09  Libros y Colecciones 

XXXX

141.01.10  Pertrechos para la Defensa y Seguridad Pública 

XXXX

141.01.11  Partes y Repuestos 

XXXX

141.05.12  Semovientes 

XXXX

141.05.13  Bosques 

XXXX

141.05.14  Acuáticos 

XXXX

141.05.15  Plantas 

XXXX

611.01  611.03 

Patrimonio Gobierno Central  Patrimonio  Entidades  Descentralizadas  Autónomas 

611.07 

Patrimonio Empresas Públicas 

XXXX  y 

XXXX  XXXX 

11

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MINISTERIO DE FINANZAS  DEL ECUADOR

611.09 

Patrimonio  Gobiernos  Descentralizados 

629.51 

Actualización de Activos 

Autónomos  XXXX  XXXX 

AJB2 ­ AJUSTES BIENES DE LARGA DURACIÓN – BIENES DE PROYECTOS  Código 

Ítem  Debe  Haber  Presupuestario 

Descripción 

144.01.03  Mobiliarios 

XXXX

144.01.04  Maquinaria y Equipo 

XXXX

144.01.06  Herramientas 

XXXX

144.01.07  Equipos, Sistemas y Paquetes Informáticos 

XXXX

144.01.08  Bienes Artísticos y Culturales 

XXXX

144.01.09  Libros y Colecciones 

XXXX

144.01.10  Pertrechos para la Defensa y Seguridad Pública 

XXXX

144.01.11  Partes y Repuestos 

XXXX

144.05.12  Semovientes 

XXXX

144.05.13  Bosques 

XXXX

144.05.14  Acuáticos 

XXXX

144.05.15  Plantas 

XXXX

611.01  611.03  611.07 

Patrimonio Gobierno Central  Patrimonio  Entidades  Descentralizadas  Autónomas 

611.09 

Patrimonio Empresas Públicas  Patrimonio  Gobiernos  Descentralizados 

629.51 

Actualización de Activos 

XXXX  y  XXXX  XXXX 

Autónomos  XXXX  XXXX 

AJB3 ­ AJUSTES BIENES DE LARGA DURACIÓN – BIENES DE PROGRAMAS  Código 

Ítem  Debe  Haber  Presupuestario 

Descripción 

145.01.03  Mobiliarios 

XXXX

145.01.04  Maquinaria y Equipo 

XXXX

145.01.06  Herramientas 

XXXX

145.01.07  Equipos, Sistema y Paquetes Informáticos 

XXXX

145.01.08  Bienes Artísticos y Culturales 

XXXX

145.01.09  Libros y Colecciones 

XXXX

12

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MINISTERIO DE FINANZAS  DEL ECUADOR

145.01.10  Pertrechos para la Defensa y Seguridad Pública 

XXXX

145.01.11  Partes y Repuestos 

XXXX

145.05.12  Semovientes 

XXXX

145.05.13  Bosques 

XXXX

145.05.14  Acuáticos 

XXXX

145.05.15  Plantas 

XXXX

611.01  611.03  611.07 

Patrimonio Gobierno Central  Patrimonio  Entidades  Descentralizadas  Autónomas 

611.09 

Patrimonio Empresas Públicas  Patrimonio  Gobiernos  Descentralizados 

629.51 

Actualización de Activos 

XXXX  y 

XXXX  XXXX 

Autónomos 

XXXX  XXXX 

Se utiliza este tipo de ajuste cuando se registra un bien de larga duración dentro de los subgrupos 141, 144 o 145, por error. Así como también para traslado de activos institucionales. 3.- Este tipo de ajuste no se lo podrá realizar para los bienes referentes a Vehículos, Terrenos, Edificios, Locales y Residencias: Cualquier tipo de ajuste para los bienes nombrados se los realizará conforme a lo que estable la base legal vigente para estos casos. AJB4­  AJUSTE  DE  BIENES  DESTINADOS  A  LA  ADMINISTRACIÓN,  PROGRAMAS  O  PROYECTOS  Ítem  Código  Descripción  Debe  Haber  Presupuestario  141.01.03  Mobiliarios  XXXX 141.01.04  Maquinaria y Equipo  XXXX 141.01.06  Herramientas  XXXX Equipos,  Sistemas  y  Paquetes  141.01.07  Informáticos  XXXX 141.01.08  Bienes Artísticos y Culturales  XXXX 141.01.09  Libros y Colecciones  XXXX Pertrechos para  la Defensa  y Seguridad  141.01.10  Pública  XXXX 141.01.11  Partes y Repuestos  XXXX 141.05.12  Semovientes  XXXX

13

GOBIERNO NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR 

141.05.13  141.05.14  141.05.15  144.01.03  144.01.04  144.01.06  144.01.07  144.01.08  144.01.09  144.01.10  144.01.11  144.05.12  144.05.13  144.05.14  144.05.15  145.01.03  145.01.04  145.01.06  145.01.07  145.01.08  145.01.09  145.01.10  145.01.11  145.05.12  145.05.13  145.05.14  145.05.15  141.99  144.99  145.99  141.01.03  141.01.04  141.01.06  141.01.07  141.01.08  141.01.09  141.01.10  141.01.11  141.05.12 

MINISTERIO DE FINANZAS  DEL ECUADOR

Bosques  Acuáticos  Plantas  Mobiliarios  Maquinaria y Equipo Herramientas  Equipos,  Sistemas  y  Paquetes  Informáticos  Bienes Artísticos y Culturales Libros y Colecciones  Pertrechos para  la Defensa  y Seguridad  Pública  Partes y Repuestos  Semovientes  Bosques  Acuáticos  Plantas  Mobiliarios  Maquinaria y Equipo  Herramientas  Equipos,  Sistemas  y  Paquetes  Informáticos  Bienes Artísticos y Culturales  Libros y Colecciones  Pertrechos para  la Defensa  y Seguridad  Pública  Partes y Repuestos Semovientes  Bosques  Acuáticos  Plantas  Depreciación Acumulada Depreciación Acumulada  Depreciación Acumulada  Mobiliarios  Maquinaria y Equipo  Herramientas  Equipos,  Sistemas  y  Paquetes  Informáticos  Bienes Artísticos y Culturales  Libros y Colecciones  Pertrechos para  la Defensa  y Seguridad  Pública  Partes y Repuestos  Semovientes 

14

XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX    XXXX    XXXX XXXX  XXXX XXXX  XXXX  XXXX  XXXX  XXXX  XXXX 

        

GOBIERNO NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR 

141.05.13  141.05.14  141.05.15  144.01.03  144.01.04  144.01.06 

MINISTERIO DE FINANZAS  DEL ECUADOR

144.01.10  144.01.11  144.05.12  144.05.13  144.05.14  144.05.15  145.01.03  145.01.04  145.01.06 

Bosques  Acuáticos  Plantas  Mobiliarios  Maquinaria y Equipo  Herramientas  Equipos,  Sistemas  y  Paquetes  Informáticos  Bienes Artísticos y Culturales  Libros y Colecciones Pertrechos para  la Defensa  y Seguridad  Pública  Partes y Repuestos  Semovientes  Bosques  Acuáticos  Plantas  Mobiliarios  Maquinaria y Equipo  Herramientas 

145.01.07 

Equipos,  Sistemas  Informáticos 

144.01.07  144.01.08  144.01.09 

145.01.08  145.01.09  145.01.10  145.01.11  145.05.12  145.05.13  145.05.14  145.05.15  141.99  144.99  145.99 



XXXX  XXXX  XXXX XXXX  XXXX  XXXX  XXXX XXXX  XXXX XXXX  XXXX  XXXX

Paquetes 

Bienes Artísticos y Culturales  Libros y Colecciones Pertrechos para  la Defensa  y Seguridad  Pública  Partes y Repuestos  Semovientes  Bosques  Acuáticos  Plantas  Depreciación Acumulada Depreciación Acumulada  Depreciación Acumulada 

15

XXXX XXXX  XXXX XXXX  XXXX  XXXX

XXXX  XXXX  XXXX            

     

XXXX  XXXX  XXXX  XXXX  XXXX  XXXX XXXX XXXX  XXXX 

                       

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MINISTERIO DE FINANZAS  DEL ECUADOR

AJB5­  AJUSTE  LIQUIDACION  BIENES  DE ADMINISTRACION  –  PROYECTOS  BIENES  LARGA  DURACION  Ítem  Código  Descripción  Debe  Haber  Presupuestario  141.00.00  Bienes de Administración 

XXXX 

151.41.00  Bienes Muebles 

XXXX 

151.42.00  Bienes Inmuebles 

  

151.43.00  Bienes de Exportaciones 

XXXX  XXXX 

151.44.00  Bienes Biológicos 

XXXX 

151.45.00  Bienes Muebles no Depreciables 

XXXX 

151.46.00  Bienes Biológicos no Depreciables

XXXX

AJB6 ­ AJUSTE LIQUIDACION BIENES DE ADMINISTRACION – PROGRAMAS BIENES LARGA  DURACION  Ítem  Código  Descripción  Debe  Haber  Presupuestario  141.00.00  Bienes de Administración 

XXXX 

152.41.00  Bienes Muebles 

XXXX 

152.42.00  Bienes Inmuebles 

  

XXXX 

152.43.00  Bienes de Exportaciones 

XXXX 

152.44.00  Bienes Biológicos 

XXXX 

152.45.00  Bienes Muebles no Depreciables 

XXXX 

152.46.00  Bienes Biológicos no Depreciables 

XXXX 

  AJB7­  AJUSTE LIQUIDACION DE PROYECTOS ­ BIENES PARA LA INSTITUCION  Ítem  Código  Descripción  Debe  Haber  Presupuestario  141.00.00  Bienes de Administración  XXXX  Acumulación  de  Costos  en  Inversiones  en  151.92  Obras en Proceso  XXXX 

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REGISTRO EN LA HERRAMIENTA INFORMATICA VIGENTE Para la utilización de las clases de registros desconcentradas, los usuarios de las instituciones que utilizan la herramienta informática e-Sigef, deberán considerar el siguiente procedimiento:

1. Analizar el caso presentado por la entidad, con respecto a los ajustes en las diferentes cuentas contables y sus respectivos auxiliares utilizados.

2. Definir en forma teórica el asiento contable a utilizar, para lograr la regulación del ajuste contable a solucionar.

3. Confirmar los saldos de las cuentas contables que se está analizando, en la herramienta informática e-Sigef.

4. Verificar la documentación suficiente y competente, que sirva de soporte para sustentar la aplicación del ajuste contable a efectuar.

5. Una vez identificado el problema y la posible solución de los débitos y créditos que serán aplicados contablemente, consultará en la herramienta informática eSigef, si las cuentas contables, a las que hace referencia el análisis, se encuentran parametrizadas para su aplicación, a través de la siguiente ruta de consulta:

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Ruta: Catalogo/Contabilidad/Asiento Tipo de Operaciones

Ingresando a esta ruta le permitirá visualizar la siguiente lista de clases de registros:

18

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Por medio de la opción de Filtros, ubicada en la parte inferior izquierda de la pantalla, el servidor podrá realizar la búsqueda de la cuenta contable que requiere, para lo cual deberá llenar los campos como se muestra a continuación:

En el ejemplo se busca una cuenta 124.98.01; se utiliza el filtro hasta la opción de Cuenta Nivel 1, para que aparezcan todas las opciones de parametrización existentes en la herramienta informática e-Sigef; al dar click en “Aplicar Criterios”, aparecen las clases de registros conforme a los datos seleccionados a través del filtro.

19

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Se debe tomar en consideración la descripción de la clase de registro como primera opción, y la naturaleza del movimiento contable que necesite (Débito o Crédito D/C) como segunda alternativa, tal como se muestra en la pantalla:

Una vez identificada la clase de registro, podrá visualizar el movimiento contable con una nueva consulta por Filtros, de la siguiente manera: Dar click en el ícono de “Consultar Todos los Registros” consultas anteriores y llenar los campos del Filtro como se indica:

20

para limpiar las

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En esta opción se verificara las cuentas contables que posee la clase de registro seleccionada. Ejecutar la clase de registro contable; la entidad será la responsable del adecuado uso de la clase de registro contable, cumpliendo con las principios contables y normativa contable vigente para realizar el registro por medio de la herramienta informática e-Sigef, tal como se muestra en la siguiente ruta:

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El funcionario deberá seguir los procedimientos de utilización general contemplados en todo registro de ajuste contable dentro del sistema; los cuales son: Crear, Detallar y Aprobar. A continuación se presentan las pantallas que muestran el proceso.

Después de llenar la cabecera, se ingresa a la pantalla de detalles, donde se digitan las cuentas que forman parte del asiento contable con sus respectivos auxiliares, montos y naturaleza de la cuenta.

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Una vez ingresados los datos, deberá confirmar que el asiento contable esté cuadrado, que los auxiliares y el monto sean los correctos, para proceder con la aprobación del mismo.

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