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GUIA DE RIESGOS ESPECÍFICOS EN EL SECTOR DEL COMERCIO
GUIA DE RIESGOS ESPECÍFICOS EN EL SECTOR DEL COMERCIO
INDICE
1.
INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................... 3
2. EL COMERCIO EN LA COMUNIDAD VALENCIANA. ÍNDICES Y CAUSAS DE SINIESTRALIDAD .................................................................................................................................... 3 Empresas y Ocupación ...................................................................................................................... 4 Accidentes de trabajo en el sector del comercio. ....................................................................... 4 Accidentes de trabajo según gravedad ......................................................................................... 6 Accidentes con baja en jornada de trabajo, según tamaño del centro ................................. 8 Accidentes de trabajo con baja, en jornada laboral, según la edad del trabajador y sexo. ........................................................................................................................................................ 9 Accidentes con baja en jornada de trabajo, según forma o contacto que ocasionó la lesión. ................................................................................................................................................... 10 Accidentes con baja en jornada de trabajo, según descripción de la lesión. ................... 12 Jornadas no trabajadas ................................................................................................................... 13 Enfermedades profesionales en el sector del comercio. ........................................................ 14 3.
RIESGOS LABORALES ESPECÍFICOS EN EL COMERCIO AL POR MAYOR Y EL
COMERCIO AL POR MENOR. IDENTIFICACIÓN Y PREVENCIÓN. ........................................... 14 CAÍDA DE PERSONAS A DISTINTO NIVEL .............................................................................. 14 CAÍDA DE PERSONAS AL MISMO NIVEL ................................................................................. 15 CAÍDAS DE OBJETOS POR DESPLOME .................................................................................. 16 CAÍDAS DE OBJETOS POR MANIPULACIÓN .......................................................................... 17 GOLPES, CORTES Y CONTACTOS CON ELEMENTOS MÓVILES DE EQUIPOS DE TRABAJO.......................................................................................................................................... 18 GOLPES Y CORTES POR OBJETOS O HERRAMIENTAS .................................................... 19 ATRAPAMIENTO POR VUELCO DE EQUIPOS DE TRABAJO .............................................. 20 SOBREESFUERZOS ...................................................................................................................... 20 ATROPELLOS, GOLPES Y CHOQUES CON O CONTRA VEHÍCULOS .............................. 22 EXPOSICIÓN A AGENTES BIOLÓGICOS ................................................................................. 23 BIBLIOGRAFÍA ....................................................................................................................................... 24
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1. INTRODUCCIÓN
CIERVAL promueve la edición de esta guía, con el objetivo de proporcionar a las empresas que desarrollan su actividad en el Sector del comercio una herramienta que les permita conocer los riesgos laborales específicos relacionados con las diferentes tareas que se desarrollan en el Sector, así como medidas aplicables para evitar que estos riesgos afecten a la seguridad y salud de los trabajadores. Para el desarrollo de los contenidos de esta guía se consideran las particularidades y especificidades del Sector del comercio como: El comercio al por mayor o también conocido como comercio mayorista. Es una actividad de compra-venta que se realiza con el objetivo de venderla a otro comerciante o empresa para la transformación de la mercancía en otro producto.
El comercio al por menor o también conocido como comercio minorista. Es una actividad de compra-venta de mercancías en la que el comprador es el consumidor final del producto.
2. EL COMERCIO EN LA COMUNIDAD VALENCIANA. ÍNDICES Y
CAUSAS DE
SINIESTRALIDAD
Debido a que el término comercio es muy amplio, vamos a subdividirlo tal y como hace la Clasificación Nacional de Actividades 1993 (CNAE-93). Por consiguiente tenemos el comercio al por mayor. Intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas cuyo código es el 51, y comercio al por menor. Reparaciones domésticas, excepto el comercio de vehículos de motor y motocicletas, con código 52.
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Empresas y Ocupación
A 1 de Enero de 2.009, existen 27.317 empresas dedicadas al comercio al por mayor en la comunidad Valenciana.
TOTAL
27.317
SIN
DE
ASALARIADOS
12.183
1
a
5
DE
6
a
19
DE 20 a 99
100
y
más
ASALARIADOS
ASALARIADOS
ASALARIADOS
ASALARIADOS
10.969
3.083
859
223
Fuente: IVE.
De este número de empresas, 23.152
tienen menos de 6 trabajadores,
representando el 84,75%, mientras que el 44,60% corresponden a personal autónomo.
En cuanto a los locales de trabajo en el sector del comercio al por mayor, hay 31.289 en la Comunidad Valenciana.
A 1 de Enero de 2.009, existen 58.141 empresas dedicadas al comercio al por menor en la comunidad Valenciana.
TOTAL
58.141
SIN
DE
ASALARIADOS
30.979
1
a
5
DE
6
a
19
DE 20 a 99
100
y
más
ASALARIADOS
ASALARIADOS
ASALARIADOS
ASALARIADOS
24.391
2.453
280
38
Fuente: IVE.
De este número de empresas, 55.370
tienen menos de 6 trabajadores,
representando el 95,23%, mientras que el 53,28% corresponden a personal autónomo.
En cuanto a los locales de trabajo en el sector del comercio al por menor, hay 70.341 en la Comunidad Valenciana.
Accidentes de trabajo en el sector del comercio. Página 4 de 24
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Según el Art. 115 de la Ley General de la Seguridad Social se entiende por accidente de trabajo “toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que realice por cuenta ajena”. Tendrán la consideración de accidentes de trabajo.
Los que sufra el trabajador al ir o volver del trabajo (accidente in itinere). Los que sufra el trabajador como consecuencia u ocasión del desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o volver del lugar en que ejecuta sus funciones. Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que aún siendo distintas de las de su categoría profesional realice el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario. Los acaecidos en actos de salvamento y otros de naturaleza análoga, cuando tengan conexión con el trabajo. Las enfermedades profesionales no incluidas en el cuadro sobre estas enfermedades, y que se pruebe son por causa exclusiva del trabajo que realiza. Las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad por el trabajador que se agraven, como consecuencia del accidente. Las complicaciones que modifiquen las consecuencias del accidente (en cuanto a naturaleza, duración o gravedad) y que deriven del mismo proceso de curación.
Se presume, salvo que exista prueba de lo contrario, que son accidentes de trabajo todas las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo. No se considera accidente de trabajo ni las debidas a fuerza mayor (un fenómeno de tal naturaleza que no guarde ninguna relación con el trabajo que se realiza, como un terremoto...) o las que sean debidas a solo o imprudencia temeraria por parte del trabajador. Desde un punto de vista técnico – preventivo, se define accidente como “todo suceso anormal no querido, no deseado y no programado, que se presenta de forma inesperada,
interrumpe la continuidad del trabajo y puede causar lesiones a los
trabajadores”. Es importante resaltar que, desde el punto de vista preventivo, tan importante debe ser investigar las causas de un accidente como de un incidente, es Página 5 de 24
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decir, de sucesos que interrumpen la continuidad del trabajo pero que no se traducen en lesión para el trabajador; se evitará así que los incidentes deriven en accidentes. En los siguientes apartados se comentan las estadísticas de siniestralidad de la rama de actividad del Comercio, tanto al por mayor como al por menor, que publica el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (MTAS) en el Anuario de estadísticas laborales. Debido a que en las fechas de realización de esta guía no estaban disponibles todos los parámetros de estudio para el año 2009, y al objeto de homogeneizar la información, los datos estadísticos que se presentan corresponden en su mayoría al año 2008 y 2007.
Accidentes de trabajo según gravedad Los accidentes pueden o no producir la baja laboral del trabajador y, asimismo, pueden ocurrir durante la jornada de trabajo, en el propio centro o fuera del mismo, o al ir o volver del trabajo, accidentes denominados “in itinere”. Por otra parte, según el dictamen facultativo, se clasifican los accidentes en leves, graves (incluidos los muy graves) y mortales. Accidentes con baja en jornada de trabajo en el Comercio al por mayor en la Comunidad Valenciana Total
En jornada laboral
In Itinere
Total
Leves
Graves
Mortales
Total
Leves
Graves
Mortales
Total
Leves
Graves
Mortales
2007
5793
5738
49
6
5155
5110
40
5
638
628
9
1
2008
4581
4525
50
6
4081
4033
43
5
500
492
7
1
Fuente: MTAS.
Según datos de 2008, la siniestralidad en la rama del Comercio al por mayor en la Comunidad Valenciana experimentó un descenso del 20,92%, y en la jornada de trabajo de un 20,83%. Estos datos son muy buenos debido a que la población activa en la rama del Comercio al por mayor descendió un 2,79%.
En 2008 se registraron 4081 accidentes con baja laboral en la Comunidad Valenciana lo que significa que, suponiendo que cada accidente se corresponde con un trabajador distinto, y dado que el sector del Comercio al por mayor ocupaba a 111.831 trabajadores, el 3,65% de los mismos obtuvo la baja médica por causa
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de un accidente laboral. Si se consideran los accidentes "in itinere" el porcentaje ascendería al 4,09%.
Si atendemos a la gravedad de los accidentes de trabajo ocurridos en 2007 el 99,05% fueron calificados como leves por los facultativos, el 0,85% graves y únicamente el 0,10% resultaron mortales para los accidentados. El porcentaje de los accidentes con baja producidos en 2008 fue de un 98,78% de leves, un 1,09% de graves y un 0,13% fueron accidentes mortales. Si bien el número de accidentes ha bajado, no ha sido así en el caso de los accidentes graves y mortales. Accidentes con baja en jornada de trabajo en el Comercio al por menor en la Comunidad Valenciana Total
En jornada laboral
In Itinere
Total
Leves
Graves
Mortales
Total
Leves
Graves
Mortales
Total
Leves
Graves
Mortales
2007
6274
6237
31
6
5229
5212
16
1
1045
1025
15
5
2008
5792
5763
27
2
4800
4784
15
1
992
979
12
1
Fuente: MTAS
Según datos de 2008, la siniestralidad en la rama del Comercio al por menor en la Comunidad Valenciana experimentó un descenso del 7,68%, y en la jornada de trabajo de un 8,20%. Estos datos son alentadores debido a que la población activa en la rama de la Comercio al por menor sólo descendió un 0,85%.
En 2008 se registraron 4800 accidentes con baja laboral en la Comunidad Valenciana lo que significa que, suponiendo que cada accidente se corresponde con un trabajador distinto, y dado que el sector del Comercio al por menor ocupaba a 150.211 trabajadores, el 3,19% de los mismos obtuvo la baja médica por causa de un accidente laboral. Si se consideran los accidentes "in itinere" el porcentaje ascendería al 3,86%.
Si atendemos a la gravedad de los accidentes de trabajo ocurridos en 2007 el 99,41% fueron calificados como leves por los facultativos, el 0,49% graves y un 0,10% fueron
accidentes mortales. El porcentaje de los accidentes con baja
producidos en 2008 fue de un 99,50% de leves, un 0,47% de graves y un 0,03% fueron accidentes mortales.
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Accidentes con baja en jornada de trabajo, según tamaño del centro
Excluimos en esta clasificación los accidentes de trabajo In Itinere.
Accidentes con baja, en el comercio al por mayor, según el número de empleados en la Comunidad Valenciana 1–9 Total
10 – 25 %
Total
26 – 49 %
Total
50 – 99 %
Total
%
100 – 249
250 – 499
500 – 1000
+ de 1000
Total
Total
Total
Total
%
%
%
%
2007 1372
26,61 1288
24,98 724
14,05 628
12,18 720
13,97 172
3,34 127
2,46 124
2,41
2008 1048
25,68 1083
26,06 651
15,95 505
12,37 527
12,91 88
2,16 107
2,62 92
2,25
Fuente: MTAS.
Más de la mitad de los accidentes con baja se produjeron, en ambos cursos, en empresas con menos de 25 trabajadores. Concretamente un 51,59 %, en 2007, y un 51,74 % en 2008.
Accidentes con baja, en el comercio al por menor, según el número de empleados en la Comunidad Valenciana 1–9 Total
10 – 25 %
Total
26 – 49 %
Total
50 – 99 %
Total
%
100 – 249
250 – 499
500 – 1000
+ de 1000
Total
%
Total
%
Total
Total
%
%
2007 1543
29,51 1062
20,31 686
13,12 534
10,21 493
9,44
475
9,08 255
4,87 181
3,46
2008 1303
27,15 1004
20,92 617
12,85 456
9,50
11,06 475
9,89 259
5,40 155
3,23
531
Casi la mitad de los accidentes con baja se produjeron, en ambos cursos, en empresas con menos de 25 trabajadores. Concretamente un 49,82 %, en 2007, y un 48,07 % en 2008.
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Accidentes de trabajo con baja, en jornada laboral, según la edad del trabajador y sexo.
Excluimos en esta clasificación los accidentes laborales con baja In Itinere.
Accidentes con baja, en jornada laboral, según edad del trabajador, en el comercio al por mayor, en la Comunidad Valenciana 16 – 24 años
25 – 39 años
40 – 54 años
55 – 65 años
2007
18,39 %
48,34 %
26,95 %
6,32 %
2008
15,85 %
47,54 %
29,97 %
6,64 %
Fuente: MTAS
Hay más siniestralidad, en ambos cursos, entre los trabajadores que no han llegado a los cuarenta. Un 66,73 % en 2007, y un 63,39 % en 2008, aunque se aprecia una bajada de más de 3 puntos. En cuanto a los accidentes sufridos por sexo en 2007, de los 5.155 accidentes con baja desatados (sin contar los itinere), 3.911, correspondieron a los hombres, lo que supone un 75,87%, mientras que 1.244 fueron mujeres, un 24,13 %. Mientras que en el 2008 de los 4.081 accidentes con baja acontecidos, un 75,72 % correspondieron a hombres, y un 24,28 % a mujeres. Al no existir los datos de los afiliados a la seguridad social, por sexo y edad en la rama del comercio al por mayor en la Comunidad Valenciana, no podemos realizar un análisis más detallado al respecto.
Accidentes con baja, en jornada laboral, según edad del trabajador, en el comercio al por menor, en la Comunidad Valenciana 16 – 24 años
25 – 39 años
40 – 54 años
55 – 65 años
2007
23,77 %
52,67 %
19,83 %
3,73 %
2008
21,37 %
52,54 %
21,73 %
4,36 %
Hay bastante más siniestralidad, en ambos cursos, entre los trabajadores que no han llegado a los cuarenta. Un 76,44 % en 2007, y un 73,91 % en 2008. Cabe destacar la bajada de accidentes en esta franja de edad, más concretamente entre los 16 a los 24 años.
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En cuanto a los accidentes sufridos por sexo en 2007, de los 5.229 accidentes con baja desatados (sin contar los in itínere), 2.787, correspondieron a mujeres, lo que supone un 53,30%, mientras que 2.442 fueron hombres, un 46,70 %. Mientras que en el 2008 de los 4.800 accidentes con baja acontecidos, un 44,92 % correspondieron a hombres, y un 55,08 a mujeres. Al no existir los datos de los afiliados a la seguridad social, por sexo y edad en la rama del comercio al por menor en la Comunidad Valenciana, no podemos realizar un análisis más detallado al respecto.
Accidentes con baja en jornada de trabajo, según forma o contacto que ocasionó la lesión.
Las causas que propiciaron los 4081 accidentes que causaron baja, excluyendo los “In Itinere”, en la Comunidad Valenciana durante el año 2008, en la rama del comercio al por mayor, son los siguientes.
FORMA O CONTACTO QUE OCASIONÓ EL ACCIDENTE
% ACCIDENTES
Sobreesfuerzos
41,46
Aplastamiento contra un objeto inmóvil. Caídas, tropiezos.
25,31
Choque o golpe contra un objeto en movimiento.
10,68
Choque o golpe contra un objeto que se cae.
6,20
Quedar atrapado, ser aplastado.
4,36
Contacto con “agente material” cortante, punzante, duro.
7,43
Otros.
3,04
Contacto corriente eléctrica, fuego, temperatura.
1,00
Contacto con sustancias peligrosas a través de piel y ojos.
0,52
Fuente: MTAS.
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El 66,77 % de los accidentes con baja en el sector del Comercio al por mayor, corresponden a sobreesfuerzos, caídas y tropiezos. Otras formas de accidentes representativos son choques y golpes contra objetos, o vehículos en movimiento, golpes con objetos que se caen, cortes con “agentes materiales” y quedar atrapado o aplastado, por lo que actuar sobre el origen de los mismos conduciría a mejoras sustanciales en el índice de siniestralidad.
Las causas que propiciaron los 4.800 accidentes que causaron baja, excluyendo los “In Itinere”, en la Comunidad Valenciana durante el año 2008, en la rama del comercio al por menor, son los siguientes.
FORMA O CONTACTO QUE OCASIONÓ EL ACCIDENTE
% ACCIDENTES
Sobreesfuerzos
44,31
Aplastamiento contra un objeto inmóvil. Caídas, tropiezos.
21,96
Contacto con “agente material” cortante, punzante, duro.
11,23
Choque o golpe contra un objeto en movimiento.
8,83
Choque o golpe contra un objeto que se cae.
6,17
Quedar atrapado, ser aplastado.
3,02
Otros.
2,83
Contacto con corriente eléctrica, fuego, temperatura.
1,02
Contacto con sustancias peligrosas a través de piel y ojos.
0,63
A diferencia con el comercio al por mayor, aumentan los accidentes producidos por cortes, y disminuyen los golpes contra objetos en movimiento. Sobreesfuerzos, caídas y tropiezos, siguen siendo los que más accidentes con baja producen, con un 66,27 % del total.
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Accidentes con baja en jornada de trabajo, según descripción de la lesión.
Las lesiones que produjeron los 4081 accidentes que causaron baja, excluyendo los “In Itinere”, en la Comunidad Valenciana durante el año 2008, en la rama del comercio al por mayor, son los siguientes.
LESIÓN QUE OCASIONÓ EL ACCIDENTE
% ACCIDENTES
Esguinces, torceduras, dislocaciones
49,60
Heridas y lesiones superficiales
29,21
Fracturas de huesos.
6,00
Conmociones y lesiones internas.
7,84
Otros.
5,64
Lesiones múltiples.
1,13
Quemaduras, congelaciones.
0,58 Fuente: MTAS.
Prácticamente el 80%, concretamente el 78,81% de los accidentes con baja fueron esguinces, torceduras, dislocaciones, (este grupo acapara casi la mitad de los accidentes con baja) y lesiones superficiales.
Las lesiones
que propiciaron los 4.800 accidentes que causaron baja,
excluyendo los “In Itinere”, en la Comunidad Valenciana durante el año 2008, en la rama del comercio al por menor, son los siguientes.
LESIÓN QUE OCASIONÓ EL ACCIDENTE
% ACCIDENTES
Esguinces, torceduras, dislocaciones
49,31
Heridas y lesiones superficiales
30,73
Fracturas de huesos.
5,56
Otros.
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Conmociones y lesiones internas.
7,92
Lesiones múltiples.
0,75
Quemaduras, congelaciones.
0,58
Más del 80%, concretamente el 80,04% de los accidentes con baja fueron esguinces, torceduras, dislocaciones, (este grupo acapara casi la mitad de los accidentes con baja) y lesiones superficiales.
Jornadas no trabajadas Quedan excluidos en esta clasificación los accidentes de trabajo in itinere.
Jornadas no trabajadas por accidentes de trabajo en el comercio al por mayor en la Comunidad Valenciana Total
Leves
Graves
2007
120.041
114.320
5.716
2008
94.979
89.064
5.910 Fuente: MTAS
Al descender el número de accidentes, de 2007 a 2008, en un 20,83%, era de esperar que las jornadas no trabajadas por baja laboral también bajaran. Y lo han hecho en 25062 jornadas lo que supone un 20,87 % menos, lo cual es un dato confortador ya que la población activa en la rama del comercio al por mayor sólo descendió un 2,79%.
Jornadas no trabajadas por accidentes de trabajo en el comercio al por menor en la Comunidad Valenciana Total
Leves
Graves
2007
122.560
120.012
2.547
2008
108.708
106.165
2.542
Fuente: MTAS
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Al descender el número de accidentes, de 2007 a 2008, en un 8,20%, era de esperar que las jornadas no trabajadas por baja laboral también bajaran. Y lo han hecho en 13852 jornadas lo que supone un 11,30 % menos, lo cual es un dato alentador ya que la población activa en la rama del comercio al por mayor sólo descendió un 0,85%.
Enfermedades profesionales en el sector del comercio.
Según el Art. 116 de la Ley General de la Seguridad Social se entiende por enfermedad profesional “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional “. En la Comunidad Valenciana durante el transcurso del año 2008, se han constatado 89 bajas por enfermedad profesional en el sector del comercio, sumadas las 2 ramas (al por mayor y al por menor). La mayoría de estas bajas fueron debidas a posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo, causando fatiga de la apófisis espinosa, una enfermedad característica de la manipulación de cargas pesadas.
3. RIESGOS LABORALES ESPECÍFICOS EN EL COMERCIO AL POR MAYOR Y EL COMERCIO AL POR MENOR. IDENTIFICACIÓN Y PREVENCIÓN.
En base al análisis estadístico realizado en el apartado anterior y el estudio documental complementario, se ha identificado que los riesgos más frecuentes asociados al sector del comercio son los que se desarrollan a continuación.
CAÍDA DE PERSONAS A DISTINTO NIVEL Este riesgo se debe principalmente a la posible existencia en el establecimiento de escaleras fijas de acceso entre niveles o bien, por la utilización de escaleras de mano para acceder a zonas elevadas. En estos casos las recomendaciones a considerar son: Página 14 de 24
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Medidas preventivas
Presencia de escaleras fijas Los escalones deberán ser de materiales no resbaladizos o disponer de elementos antideslizantes, como bandas, por ejemplo. Evitar subir o bajar las escaleras mientras estén húmedas o mojadas. Cuando las escaleras estén siendo fregadas es recomendable advertirlo mediante señalización.
Utilización de escaleras de mano Utilizar en la forma y con las limitaciones indicadas por el fabricante. Antes de utilizarlas es conveniente comprobar que tanto la suela como los peldaños están libres de cualquier sustancia resbaladiza como aceites, grasa, etc. La escalera no deberá utilizarse por dos o más trabajadores simultáneamente. El ascenso y el descenso se deben hacer con las manos libres, de frente a la escalera y agarrándose a los peldaños o largueros. Se evitará el uso de escaleras de fabricación improvisada. Asimismo, está prohibido el uso de escaleras manuales pintadas. Revisiones periódicas del estado general de las escaleras y especialmente: o
De los elementos de apoyo y de sujeción como, por ejemplo: Zapatas antideslizantes.
o
En las escaleras de tijera, los dispositivos de seguridad que impiden que se abran totalmente, por ejemplo, el tensor.
CAÍDA DE PERSONAS AL MISMO NIVEL En el comercio al por mayor el 25,31% de los accidentes con baja corresponden en su mayor parte a tropiezos, caídas y en el caso del comercio al por menor es de un
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21,96%. Estas caídas se deben principalmente a tropiezos con objetos depositados en el suelo o a resbalones por suelos o elementos que facilitan el deslizamiento. Este riesgo se puede presentar en cualquier comercio, sin embargo, dicho riesgo aumenta, por ejemplo, en las pescaderías y carnicerías ya que, normalmente, el suelo se encuentra más resbaladizo debido a los posibles despojos de carne y pescado y al agua procedente de la limpieza de este último y del hielo destinado a su conservación.
Medidas preventivas En la limpieza del suelo se deben utilizar productos específicos que lo liberen de grasa, especialmente en carnicerías. Señalizar y respetar la señalización que indiquen que el suelo está mojado por labores de limpieza y de los posibles obstáculos que existan como: escalones, desniveles, rampas, cajas, etc. Los cables de equipos de trabajo o de aparatos eléctricos deben estar fijados a la pared o mediante regletas al suelo. Nunca obstaculizando zonas de paso. No depositar de forma permanente o transitoria objetos en el suelo que puedan generar tropiezos. Si no se puede evitar, indicar dicho riesgo mediante señalización. Evitar, en la medida de lo posible, las prisas por el centro de trabajo. Utilizar
calzado
con
suela
antideslizante.
En
carnicerías
y
pescaderías, por ejemplo, este calzado deberá ser, además, apto para uso alimentario e impermeable.
CAÍDAS DE OBJETOS POR DESPLOME Muchos de los establecimientos comerciales disponen de zonas de mayor o menor tamaño donde almacenan la mercancía antes de ponerla a la venta. En estos casos puede suceder que la mercancía almacenada se caiga de las estanterías o del lugar de almacenamiento sobre algún trabajador.
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Medidas preventivas Las estanterías deben revisarse periódicamente, comprobando que se encuentren en óptimas condiciones y poniendo especial atención en golpes, zonas deterioradas, tornillos sueltos, etc. Si existen estantes combados hacia abajo deben cambiarse lo antes posible por otros en buenas condiciones. Para ello, evitar sobrecargar los estantes con más peso del que puedan soportar. Seguir las indicaciones del fabricante a este respecto. Para evitar el vuelco de las estanterías deberán estar arriostradas a las paredes. Asegurar aquellos objetos almacenados que sean susceptibles de moverse como tubos, por ejemplo. Se inmovilizarán con medios adecuados como flejes. Para almacenar objetos, se evitará utilizar cajas deterioradas o demasiado llenas que puedan dejar ceder su contenido. Asimismo, se deberá procurar colocar las mercancías más pesadas en las zonas más bajas de la estantería.
El riesgo de caídas de objetos por desplome en el caso del comercio al por mayor se debe a la elevación de cargas pesadas con puentes grúa.
Medidas preventivas
Información-formación en el uso de puentes grúa. Realizar un registro de mantenimiento de equipos de elevación y de sus accesorios. Mantener visible la señalización de carga máxima sobre estos equipos y sus accesorios. Colocar las cargas antes de elevarlas, para evitar que se desplomen por un mal agarre de las mismas. Apilar el material de forma que presente estabilidad.
CAÍDAS DE OBJETOS POR MANIPULACIÓN En el comercio al por mayor el 6,20 % de los accidentes con baja son causados por choques contra un objeto que se cae y en el comercio al por menor es de un 6,17%. Página 17 de 24
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El riesgo de caídas de objetos por manipulación es debido a una deficiente sujeción en la manipulación de cajas, herramientas o útiles de trabajo.
Medidas preventivas Información _ formación sobre la forma de manipular los materiales y herramientas. No coger cargas de peso o volumen que dificulten la manipulación. Asir los objetos o herramientas con las dos manos. No manipular cargas, ni herramientas con las manos húmedas, mojadas, etc. Limpieza frecuentes de manos, mangos de utensilios y herramientas. Uso de equipos de protección individual como guantes de protección, que mejoren el agarre y calzado de seguridad con puntera reforzada.
GOLPES, CORTES Y CONTACTOS CON ELEMENTOS MÓVILES DE EQUIPOS DE TRABAJO En el comercio al por mayor el 10,68% de los accidentes con baja son causados por choques o golpes contra un objeto en movimiento y en el comercio al por menor es de un 8,83%. Este riesgo se debe principalmente a la posible presencia de equipos de trabajo que puedan ser susceptibles de originar golpes, cortes, atrapamientos, etc. Algunos ejemplos de estos equipos son: sierras de corte, picadoras, loncheadoras, etc. para el despacho de carne. Medidas preventivas Los equipos utilizados deben disponer de marcado CE. Los equipos que hayan sido fabricados antes del 01/01/1995 y no dispongan de dicho marcado deberán adecuarse a las disposiciones recogidas en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Seguir las instrucciones y precauciones proporcionadas por el fabricante del equipo. Informar y formar a los trabajadores en el uso seguro de los equipos de trabajo: de sus riesgos y de las medidas a adoptar para evitarlos.
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No se deben retirar o anular los dispositivos de seguridad previstos en las máquinas como: seta de seguridad, resguardos de protección, empujadores en picadoras y loncheadoras, etc. Señalizar y respetar la señalización que indique la existencia de estos riesgos.
Utilizar los equipos de protección individual (EPIS) adecuados que proporcione la empresa, especialmente guantes de protección frente a riesgos mecánicos (aptos para uso alimentario en el caso de carnicerías. Nunca utilizar guantes de malla para el uso de sierras de corte ya que puede engancharse en la hoja de corte. A la hora de realizar las operaciones de mantenimiento o limpieza previstas en los equipos de trabajo, asegurarse de que los equipos estén apagados y desenchufados de la corriente eléctrica.
GOLPES Y CORTES POR OBJETOS O HERRAMIENTAS En el comercio al por mayor el 7,43 % de los accidentes con baja son causados por el contacto con agentes materiales cortantes, punzantes o duros mientras que en el comercio al por menor es de 11,23%. Este riesgo aparece al utilizar herramientas manuales como son, por ejemplo: útiles de zapatería, herramientas (tijeras) en sastrerías y tiendas de arreglos de ropa, herramientas de corte (cuchillos) en carnicerías, etc.
Medidas preventivas Informar y formar a los trabajadores en el uso seguro de los equipos de trabajo: de sus riesgos y de las medidas a adoptar para evitarlos. Utilizar cada herramienta para la función para la que está diseñada. Mientras las herramientas no se utilicen se guardarán en los lugares previstos para tal fin: cajones, costureros, cuchilleros, etc.
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En carnicerías y pescaderías, utilizar el guante de malla para operaciones de despiece y deshuesado. Mantener los útiles bien afilados, con ello, se evitará realizar más fuerza de la necesaria y que el cuchillo pueda resbalar.
ATRAPAMIENTO POR VUELCO DE EQUIPOS DE TRABAJO En el comercio al por mayor el 4,36% de los accidentes con baja son causados por quedar aplastado o ser aplastado debido al vuelco de equipos de trabajo como carretillas elevadoras, y en el comercio al por menor es de 3,02%. Medidas preventivas Disponer de equipos de trabajo según normativa vigente y con marcado CE. Información-formación en la utilización de equipos de trabajo. Seguir las instrucciones del fabricante. Las carretillas elevadoras sólo podrán ser utilizadas por personal cualificado, para ello deberán disponer de el carnet de carretillero o un curso del mismo. No realizar maniobras o giros bruscos. No circular por zonas no habilitadas para ello. Respetar los límites de velocidad (en interiores máximo 10km/h).
SOBREESFUERZOS En el comercio al por mayor el 41,46% de los accidentes con baja son causados por sobreesfuerzos y en el comercio al por menor es de un 44,31% El riesgo de sobreesfuerzos se origina por la adopción de posturas forzadas, la manipulación manual de cargas y la realización de movimientos repetitivos. En el caso de los trabajadores del comercio minorista, los factores de riesgo más comunes son: Un inadecuado manejo manual de cargas (cajas, principalmente), La permanencia de pie por periodos de tiempo prolongados.
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Medidas preventivas Procurar, en la medida de lo posible, manipular las cargas con la ayuda de medios mecánicos, como transpaletas. En su defecto, es conveniente solicitar la ayuda de un compañero. Al manipular cargas superiores a 3 Kg. se deben seguir las siguientes pautas recogidas en la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la manipulación manual de cargas.
1.- Planificar el levantamiento -
Seguir las indicaciones que aparezcan en el embalaje acerca de los posibles riesgos de la carga, como pueden ser un centro de gravedad inestable, materiales corrosivos, etc.
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Tener prevista la ruta de transporte y el punto de destino final del levantamiento, retirando los materiales que entorpezcan el paso.
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Usar la vestimenta, el calzado y los equipos adecuados.
2.- Colocar los pies -
Separar los pies para proporcionar una postura estable y equilibrada para el levantamiento, colocando un pie más adelantado que el otro en la dirección del movimiento.
3.- Adoptar la postura de levantamiento -
Doblar las piernas manteniendo en todo momento la espalda derecha, y mantener el mentón metido. No flexionar demasiado las rodillas.
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No girar el tronco ni adoptar posturas forzadas.
4.- Agarre firme -
Sujetar firmemente la carga empleando ambas manos y pegarla al cuerpo.
5.- Levantamiento suave -
Levantarse suavemente, por extensión de las piernas, manteniendo la espalda derecha. No dar tirones a la carga ni moverla de forma rápida o brusca.
6.- Evitar giros -
Procurar no efectuar nunca giros, es preferible mover los pies para colocarse en la posición adecuada.
7.- Carga pegada al cuerpo -
Mantener la carga pegada al cuerpo durante todo el levantamiento.
8.- Depositar la carga Página 21 de 24
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Si el levantamiento es desde el suelo hasta una altura importante, por ejemplo la altura de los hombros o más, apoyar la carga a medio camino para poder cambiar el agarre.
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Depositar la carga y después ajustarla si es necesario.
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Realizar levantamientos espaciados.
Para minimizar los daños derivados de permanecer de pie durante periodos largos: o
Alternar, en la medida de lo posible, las posiciones de pie y sentada.
o
Realizar pausas periódicas a lo largo de la jornada laboral.
ATROPELLOS, GOLPES Y CHOQUES CON O CONTRA VEHÍCULOS El riesgo de atropellos, golpes y choques con o contra vehículos se producen en las empresas con existencia de carretillas elevadoras. Este riesgo es más habitual en el comercio al por mayor.
Medidas preventivas
Adecuación de carretillas: bocina, señal acústica de marcha a tras, luces, espejos. Utilización de la señal acústica para avisar de las maniobras que se van a realizar. Las carretillas solo podrán ser operadas por personal cualificado. Respetar la señalización para vehículos, sin utilizar las zonas para peatones. No utilizar las carretillas para transportar personas. Utilización de ropa reflectante. Respetar los limites de velocidad (máximo 10km/h en interiores).
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EXPOSICIÓN A AGENTES BIOLÓGICOS Este riesgo se presenta fundamentalmente en aquellos comercios cuya actividad conlleva un contacto con animales o con productos de origen animal como son, por ejemplo: tiendas de animales, carnicerías y pescaderías, entre otras. Este riesgo viene regulado en el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Las medidas preventivas a adoptar se basan fundamentalmente en el establecimiento de medidas higiénicas y vigilancia de la salud.
Medidas preventivas
Reducción de riesgo: Desinfección de los locales, equipos de protección y ropa de trabajo. Seguir los programas periódicos de limpieza. Mantener ventilado el centro de trabajo. Utilizar guantes para la manipulación de los productos; siempre y cuando no suponga un problema de confort para el trabajador.
Medidas higiénicas. Prohibir que los trabajadores coman, beban o fumen en las zonas de trabajo. Higiene personal: lavarse las manos, brazos ante de comer o abandonar el establecimiento.
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BIBLIOGRAFÍA Estadística de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. MTAS Directorio central de empresas. INE. Instituto Valenciano de Estadística. IVE. Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en su redacción dada por la ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. R.D. 773/1997, 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. R.D. 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. R.D. 842/2002, Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. R.D. 485/1997 sobre Señalización de Seguridad y Salud en el Trabajo. R.D. 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. R.D. 486/1997 por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en los Lugares de Trabajo. R.D. 363/1995 por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. Orden de 5 de abril de 2001, por el que se modifican los anexos I, IV, V, VI, y IX del Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995. NTP 239: Escaleras manuales. R.D. 2177/ 2004, por el que se modifica el R.D. 1215/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.
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