Guía para la elaboración y presentación en línea de la Declaración Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda, Ley 8683,

Guía para la elaboración y presentación en línea de la Declaración Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda, Ley 8683, DIR
Author:  Julia Mora Rico

8 downloads 82 Views 973KB Size

Recommend Stories


Fondo Solidario de Vivienda
Segunda Edición Agosto 2008 Fondo Solidario de Vivienda Manual para dirigentes y familias vivir mejor Esta es una publicación de la División Técni

Anteproyecto de Ley para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible
Anteproyecto de Ley para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible CONSIDER

REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DEL VASO DE LECHE PARA EL FORTALECIMIENTO A LA MERIENDA ESCOLAR
REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DEL VASO DE LECHE PARA EL FORTALECIMIENTO A LA MERIENDA ESCOLAR CONSIDERANDO: Que en fecha 16 de junio de 2010 se public

LEY DE EMERGENCIA PARA TERRENOS URBANOS Y VIVIENDA TÍTULO I
LEY DE EMERGENCIA PARA TERRENOS URBANOS Y VIVIENDA TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Artículo 1.- La presente Ley tiene como objeto ac

Con criterio solidario y para solucionar el
Misiones Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (iprodha) VIVIENDAS PROGRESIVAS, UN MODELO GENUINO PARA LAS NECESIDADES DE MISIONES C on

GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS
GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS DE MANEJO DEL FUEGO DE MANEJO DEL FUEGO EN ÁREAS EN ÁREAS NATURALES PROTE

Story Transcript

Guía para la elaboración y presentación en línea de la Declaración Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda, Ley 8683,

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN 2012

Dirección General de Tributación

Guía para la elaboración y presentación de la Declaración Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda, Ley 8683 Período 2013 La Dirección General de Tributación bajo una filosofía de servicio al contribuyente ha empleado los medios electrónicos para facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, al igual que se lo ha efectuado con la declaración del impuesto de ventas, renta y retenciones en la fuente, incorpora el Impuesto Solidariopor ser un grupo de interés idóneo. . Paso 1: Ingreso al sitio: El usuario debe ingresar al sitio http://dgt.hacienda.go.cr/Paginas/inicio.aspx, una vez que ha ingresado al sitio debe seleccionar el icono de

De la siguiente manera:

Ingresar a TributaciónD irect@

O bien podrá ingresar www.hacienda.go.cr/tributaciondirecta

directamente

Dirección General de Tributación

mediante

Página 2

el

sitio

Dirección General de Tributación

De acuerdo con lo establecido en la ley No 8683 del Impuesto Solidario, cada tres años el contribuyente debe presentar la declaración para la actualización del valor de la o las propiedades, obligación que debe ser cumplida a más tardar el 15 de enero del 2013. Por esta razón es necesario que el usuario antes de presentar su declaración, proceda a registrarse en el portal de Tributación Direct@ para obtener la clave de ingreso, solo en caso de no haberlo realizado con anterioridad, para lo cual debe ingresar al siguiente link, según se presenta a continuación.

Registrarse Aquí.

Seleccionar tipo de usuario

Al ingresar al link, se le abrirá una caja de diálogo, en la que debe seleccionar el tipo de usuario, sea nacional o extranjero. Para los usuarios o propietarios nacionales que sean personas físicas, deben seleccionar la opción “Físico nacional”, para los que son personas jurídicas, deben seleccionar “Número de identificación tributario” y para aquellos usuarios que son extranjeros deben seleccionar “documento de identificación de migración Dimex”. En el caso de personas que únicamente cuentan con pasaporte, Una vez que se ha seleccionado el tipo de usuario, el sistema le presentará la siguiente pantalla, en la cual se debe ingresar el número de cédula, en el caso de persona física deben ingresarse los ceros antepuestos de la siguiente forma 01-0710-0380, automáticamente el sitio presentará los datos del usuario. De igual manera solicitará un correo electrónico, el cual debe ser confirmado y el ingreso de una clave de acceso, la que igualmente debe ser confirmada, esta clave debe contener al menos una mayúscula, un número y no pueden ser menos de o dígitos. Una vez confirmada la clave, el sistema le presentará el acta de entendimiento, la cual debe ser aceptada, en el icono correspondiente.

Dirección General de Tributación

Página 3

Dirección General de Tributación

Registrado el usuario de forma satisfactoria, el sistema presentará la siguiente pantalla en la cual deberá ingresar nuevamente su número de cédula y su clave y dar click en el icono aceptar. Según se detalla a continuación:

Dirección General de Tributación

Página 4

Dirección General de Tributación

Dar click en aceptar

Paso 2: Presentación de la declaración:

Simbología del formulario: Icono de ayuda: Proporciona al usuario información sobre el llenado de esa casilla. Listado desplegable: Proporciona una lista de los elementos que corresponden a la casilla que la contiene. Si se trata de la casilla 20 N° de finca, proporcionará la lista de fincas propiedad del contribuyente, cuya base de datos está actualizada a Agosto 2012. Dentro de esta opción el usuario debe seleccionar la finca por declarar, y pulsar el icono aceptar , de esta manera la información sobre la finca seleccionada se incorporará automáticamente en la casilla 20 correspondiente a número de finca, en caso de que no se despliegue ningún dato podrá ser llenada manualmente. En las casillas 23, 24 y 25 detallará la información de provincia (lista de provincias del país), cantón (lista de cantones ligados a la provincia) y distrito (lista de distritos asociados a ese cantón). El usuario debe seleccionar el dato que corresponda en cada caso. Cálculo: Este icono indica que el dato de la casilla indicada es el resultado de una operación que realiza el sistema, por lo que no se pueden ingresar datos en la misma.

Dirección General de Tributación

Página 5

Dirección General de Tributación

Casilla de llenado obligatorio: Indica que dicha casilla debe llenarse obligatoriamente, de lo contrario no permite la presentación de la declaración. Presentar declaración: Una vez que se pulsa este icono, el sistema se encargará de realizar una verificación de cada una de las casillas, para lo cual pondrá el siguiente símbolo a aquellas que estén correctas y aquellas que determine como erróneas las identificará con un símbolo , en este caso se debe revisar la ayuda a efecto de determinar cuál es el error presentado, y proceder a corregirlo. Cerrar el formulario D179, sin presentar la declaración: Si se pulsa este icono deberá iniciarse nuevamente con el llenado de la declaración.

Llenado del formulario

1. El sistema de forma automática le llevará al sitio de presentación de declaraciones, según se muestra en la siguiente pantalla:

Se debe seleccionar declaraciones

2. Una vez que se ha seleccionado el icono declaraciones, se desplegará una opción de selección en la cual se debe elegir “Impuesto solidario”, como se detalla en la siguiente pantalla.

Dirección General de Tributación

Página 6

Dirección General de Tributación

Seleccionar Impuesto Solidario

3. Al pulsar clic, se desplegará la pantalla en la cual se deben ingresar los datos del declarante. El usuario deberá ingresar sus datos, para lo cual debe seleccionar dentro de la opción “Tipo de persona”, el tipo que le corresponde.

Datos del declarante

Dirección General de Tributación

Página 7

Dirección General de Tributación

4. Una vez indicado esto, se debe ingresar el número de identificación que corresponda, posteriormente el período a declarar y por último se deber dar click en aceptar, y el sistema desplegará el formulario del Impuesto Solidario.

5. Para el llenado del formulario, las casillas de la 2 a la 19 se alimentan automáticamente del sistema de información tributario. Las casillas 21 y 27 deben llenarse obligatoriamente. En la casilla 40 se debe anotar el valor de la construcción, que se determina por medio de la herramienta de valoración Isoprofovi 2013 que se encuentra disponible en este sitio web.. Si la propiedad se encuentra en condominio, debe llenarse la casilla 41 en la que se debe anotar el valor del porcentaje que le corresponde al condómino sobre las áreas comunes. Casilla 42: El sistema la calculará automáticamente. Casilla 43: Para el llenado de esta casilla, si el propietario conoce el valor del terreno deberá incluir el dato correspondiente. En caso de no conocerlo, podrá determinarlo en la siguiente dirección http://dgt.hacienda.go.cr/valoraciones/Normativavaloraciontribadmin/Parametrosdevalo racion/Paginas/Reglasparaelimpuestosolidario.aspx, una vez que se haya ingresado este dato, el sistema procederá a sumarlo al valor de la construcción y la suma correspondiente será indicada en la casilla 44, determinando así el valor total de la unidad habitacional. Dato que se llevará a las casillas 79, 83 y 96. Casilla 79 El sistema procederá a calcular de forma automática en esta casilla el monto del impuesto a pagar. Casilla 82: El sistema procederá a calcular el monto de intereses correspondiente a esta casilla, cuando la declaración sea presentada después de la fecha límite establecida por ley. Casilla 83: El sistema calculará el monto del total a pagar. Casilla 96: En esta casilla se anotará el monto del total pagado. Casillas de la 97 a la 99 son de uso obligatorio de la administración.

Dirección General de Tributación

Página 8

Dirección General de Tributación

6. Como declarar y pagar desde el extranjero:

Costarricenses ó extranjeros que residen fuera del país y que tienen un número de identificación tributaria especial (NITE) o documento de identificación migratorio para extranjero (DIMEX) deben proceder a utilizar el formulario electrónico para la presentación de la declaración descrito en el punto 4.a. y en caso de no poseer cuenta bancaria en el sistema financiero costarricense debe realizar su pago mediante transferencia a la cuenta que se detalla a continuación. Banco: Banco de Costa Rica, Teléfono (506) 2287-9044, Fax (506) 2255-0221

Dirección General de Tributación

Página 9

Dirección General de Tributación

Nº Cuenta Corriente: 001-0242477-0 Moneda: Dólar de los Estados Unidos de América Swift Number: BCRICRSJ NºCuenta Cliente: 15201001024247707 Beneficiario: Ministerio de Hacienda, av. segunda, calles 1 y 3, San José, Costa Rica. Detalle de la Transferencia: Debe indicar: “Pago ISOCR– (Nombre Contribuyente y número de identificación, periodo del impuesto).” Se advierte que esta cuenta solo admite pagos de bancos en el extranjero, y que el interesado deberá asumir la comisión correspondiente. Propietarios que residen en el extranjero que no poseen NITE o DIMEX: Deben enviar un correo electrónico solicitando la asignación de un NITE (debe adjuntar una imagen del pasaporte o identificación personal) solamente a una de las siguientes direcciones, dependiendo de donde se ubica el bien inmueble: ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Administración Tributaria de San José – Este (Outlet Mall) Administración Tributaria de San José Oeste Administración Tributaria de Cartago

CORREO ELECTRÓNICO [email protected]

Administración Tributaria de Alajuela

[email protected]

Administración Tributaria de Heredia

[email protected]

Administración Tributaria de Zona Sur

[email protected]

Administración Tributaria de Zona Norte Administración Tributaria de Puntarenas

[email protected] [email protected]

Administración Tributaria de Guanacaste

[email protected]

Administración Tributaria de Limón

[email protected]

[email protected] [email protected]

Una vez que se le haya comunicado el NITE, deberá: Ingresar al sitio http://www.hacienda.go.cr/tributaciondirecta y crear su usuario y clave y continuar con lo que corresponda según lo indicado en los puntos anteriores.

Dirección General de Tributación 10

Página

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.