HONORABLE PLENO LEGISLATIVO

DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE LA H. XIII LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, RATIFICA OTORGAR POR UN PLAZO DE 240 MES

1 downloads 106 Views 188KB Size

Recommend Stories


HONORABLE PLENO LEGISLATIVO
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL ESTA HONORABLE XIV LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, DETERMINA PRESENTAR A LA CONSIDERA

HONORABLE PLENO LEGISLATIVO
Dip. Froylán Sosa Flota XII Legislatura VI Distrito electoral HONORABLE PLENO LEGISLATIVO Diputado Froylan Sosa Flota, integrante de la XII Legislat

PODER LEGISLATIVO DECRETO 1728 EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR DECRETA:
PODER LEGISLATIVO DECRETO 1728 EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR DECRETA: LEY DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE PARA EL ESTA

2011. (Pleno)
DICTAMEN 104/2011 (Pleno) La Laguna, a 15 de febrero de 2011. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Presidente del Parlamento de Canarias en relaci

Story Transcript

DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE LA H. XIII LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, RATIFICA OTORGAR POR UN PLAZO DE 240 MESES, LA CONCESIÓN PARCIAL POR TIEMPO DETERMINADO PARA LA RECOLECCIÓN Y TRASLADO AL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS NO PELIGROSOS, DEL CONDOMINIO PLAYACAR FASE II, ZONA TURÍSTICA DE LA CIUDAD DE PLAYA DEL CARMEN, HOTELES UBICADOS FUERA DE LA CABECERA MUNICIPAL, PUERTO AVENTURAS Y POBLADO DE APOYO, DEL MUNICIPIO DE SOLIDARIDAD QUINTANA ROO.

HONORABLE PLENO LEGISLATIVO Los suscritos Diputados integrantes de las Comisiones de Asuntos Municipales de esta H. XIII Legislatura del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 111 y 114 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, sometemos a la consideración de esta Soberanía el presente Dictamen con Minuta de Decreto por el que la H. XIII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, ratifica otorgar por un plazo de 240 meses, la Concesión Parcial por Tiempo Determinado para la Recolección y Traslado al Sitio de Disposición Final de Residuos No Peligrosos, del Condominio Playacar Fase II, Zona Turística de la Ciudad de Playa del Carmen, Hoteles ubicados fuera de la Cabecera Municipal, Puerto Aventuras y Poblado de Apoyo, del Municipio de Solidaridad Quintana Roo, basado en los siguientes:

ANTECEDENTES

El H. Cabildo del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo, en la Decima Novena Sesión Extraordinaria del Honorable Ayuntamiento celebrada el día 07 de Diciembre del año 2012, aprobó por unanimidad de votos de los miembros del Ayuntamiento presentes, otorgar por plazo de 240 meses la Concesión Parcial por Tiempo Determinado para la Recolección y Traslado al Sitio de Disposición Final de Residuos No Peligrosos, del Condominio Playacar Fase II, Zona Turística de la Ciudad de Playa del Carmen, Hoteles ubicados fuera de la Cabecera Municipal, Puerto Aventuras y Poblado de Apoyo, del Municipio de Solidaridad Quintana Roo. En consecuencia de lo anterior, en fecha 07 de Diciembre de 2012, se recepcionó en la Oficialía de Partes de este Poder Legislativo, la Iniciativa de Decreto por el 1

DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE LA H. XIII LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, RATIFICA OTORGAR POR UN PLAZO DE 240 MESES, LA CONCESIÓN PARCIAL POR TIEMPO DETERMINADO PARA LA RECOLECCIÓN Y TRASLADO AL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS NO PELIGROSOS, DEL CONDOMINIO PLAYACAR FASE II, ZONA TURÍSTICA DE LA CIUDAD DE PLAYA DEL CARMEN, HOTELES UBICADOS FUERA DE LA CABECERA MUNICIPAL, PUERTO AVENTURAS Y POBLADO DE APOYO, DEL MUNICIPIO DE SOLIDARIDAD QUINTANA ROO.

que la H. XII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, ratifica otorgar por plazo de 240 meses la Concesión Parcial por Tiempo Determinado para la Recolección y Traslado al Sitio de Disposición Final de Residuos No Peligrosos, del Condominio Playacar Fase II, Zona Turística de la Ciudad de Playa del Carmen, Hoteles ubicados fuera de la Cabecera Municipal, Puerto Aventuras y Poblado de Apoyo, del Municipio de Solidaridad Quintana Roo, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 168, 169, 177 y demás relativos de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo. Posteriormente, en Sesión del Primer Período Ordinario de Sesiones del tercer año de Ejercicio Constitucional de la H. XIII Legislatura del Estado, en fecha 11 de Diciembre del año 2012, fue leída y turnada por instrucciones del Presidente de la Mesa Directiva, a la Comisión de Asuntos Municipales para su estudio, análisis y posterior dictamen de conformidad con lo que disponen los numerales 111 y 114 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, lo que hacemos exponiendo las siguientes: CONSIDERACIONES De conformidad con la Constitución Política del Estado, la Autonomía del Municipio libre se expresa en la facultad de gobernar y administrar por sí mismos los asuntos propios de su comunidad, en el ámbito de competencia que le señala la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la propia Constitución Estatal y las leyes que conforme a ellas se expidan. El artículo 115 fracción III, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 147 inciso c) de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo; el artículo 169 inciso c) de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo establecen que los municipios del Estado tienen a su cargo los 2

DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE LA H. XIII LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, RATIFICA OTORGAR POR UN PLAZO DE 240 MESES, LA CONCESIÓN PARCIAL POR TIEMPO DETERMINADO PARA LA RECOLECCIÓN Y TRASLADO AL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS NO PELIGROSOS, DEL CONDOMINIO PLAYACAR FASE II, ZONA TURÍSTICA DE LA CIUDAD DE PLAYA DEL CARMEN, HOTELES UBICADOS FUERA DE LA CABECERA MUNICIPAL, PUERTO AVENTURAS Y POBLADO DE APOYO, DEL MUNICIPIO DE SOLIDARIDAD QUINTANA ROO.

Servicios de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, servicios que tienden a satisfacer necesidades públicas en forma regular y permanente y que es realizado por la administración pública municipal o por particulares mediante concesión otorgada por la autoridad competente, para efectos de que el servicio se preste en las mejores condiciones para los usuarios del mismo. En este sentido, los servicios de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos son muy importantes, y además indispensables. De igual manera no podemos pasar por desapercibido que el Municipio de Solidaridad ha crecido enormemente, y es un centro de atracción de migrantes por la amplia oferta de empleo en el sector turístico y los servicios conexos, así como de turistas que llegan a disfrutar de los atractivos de ese Municipio, lo que nos hace considerar además, que el crecimiento urbano que ha tenido el Municipio de Solidaridad durante los últimos 10 años es de una tasa del 20% anual, resaltando que tiene tan solo 17 años de haber sido creado. Así pues, es necesario que el Municipio de Solidaridad provea puntualmente de los servicios a la comunidad, incluyendo los de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, que debe llevarse a cabo también en los centros turísticos con la finalidad de mantener la limpieza y buena imagen de este destino. En el caso que nos ocupa hablamos que el servicio debe de proporcionarse en el Condominio Playacar Fase II, Zona Turística de la Ciudad de Playa del Carmen, Hoteles ubicados fuera de la Cabecera Municipal, Puerto Aventuras y Poblado de Apoyo del Municipio de Solidaridad, lugares que concentran un importante porcentaje de la actividad turística del Municipio, por lo que las acciones relacionadas con la recoja y traslado de los residuos sólidos es un asunto de urgente necesidad, y que por lo mismo, se debe procurar la 3

DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE LA H. XIII LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, RATIFICA OTORGAR POR UN PLAZO DE 240 MESES, LA CONCESIÓN PARCIAL POR TIEMPO DETERMINADO PARA LA RECOLECCIÓN Y TRASLADO AL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS NO PELIGROSOS, DEL CONDOMINIO PLAYACAR FASE II, ZONA TURÍSTICA DE LA CIUDAD DE PLAYA DEL CARMEN, HOTELES UBICADOS FUERA DE LA CABECERA MUNICIPAL, PUERTO AVENTURAS Y POBLADO DE APOYO, DEL MUNICIPIO DE SOLIDARIDAD QUINTANA ROO.

cobertura eficiente que haga frente a la compleja dinámica de desarrollo a la que ese Municipio se enfrenta.

Por lo anterior el Ayuntamiento del Municipio de Solidaridad inició el procedimiento legal para convocar a la licitación pública nacional número MSO-OM-SERC-0012012, relativa a la Concesión Parcial por Tiempo Determinado para la Recolección y Traslado al Sitio de Disposición Final de Residuos No Peligrosos, del Condominio Playacar Fase II, Zona Turística de la Ciudad de Playa del Carmen, Hoteles ubicados fuera de la Cabecera Municipal, Puerto Aventuras y Poblado de Apoyo, del Municipio de Solidaridad; de igual manera, desarrollo todo el procedimiento respectivo hasta que, una vez agotado, otorgó dicha concesión al licitante

ganador

denominado

“Cooperativa

De

Servicios

y

Comercios

Recolectores De Desechos Sólidos y Líquidos Redesol S.C. de R.L. por un tiempo determinado de 240 meses. En tal virtud, y considerando lo establecido en el artículo 177 de la Ley de los Municipios del Estado, que señala que los Ayuntamientos requieren de la aprobación de las dos terceras partes de sus miembros para concesionar el aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público del Municipio, cuando el término de dicha concesión no exceda de la gestión del Ayuntamiento, pero que en el caso de que el término de dicha concesión exceda la gestión del Gobierno Municipal, requerirá la ratificación de la Legislatura, es que el Ayuntamiento del Municipio de Solidaridad, respetando en todo momento la disposición antes referida y considerando que el tiempo que durará la misma, sobrepasa la administración del gobierno municipal, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo antes referido, solicita por medio de su iniciativa en estudio la ratificación de la Legislatura del Estado respecto de esta Concesión. 4

DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE LA H. XIII LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, RATIFICA OTORGAR POR UN PLAZO DE 240 MESES, LA CONCESIÓN PARCIAL POR TIEMPO DETERMINADO PARA LA RECOLECCIÓN Y TRASLADO AL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS NO PELIGROSOS, DEL CONDOMINIO PLAYACAR FASE II, ZONA TURÍSTICA DE LA CIUDAD DE PLAYA DEL CARMEN, HOTELES UBICADOS FUERA DE LA CABECERA MUNICIPAL, PUERTO AVENTURAS Y POBLADO DE APOYO, DEL MUNICIPIO DE SOLIDARIDAD QUINTANA ROO.

Cabe señalar que en el cuerpo de la iniciativa en análisis se señalan los lugares donde se deberá prestar este servicio, y además, se determina específicamente el área que se denomina “Zona Turística de la Ciudad de Playa del Carmen, Quintana Roo”, señalando sus límites y colindancias. En este tenor, los integrantes esta Comisión de Asuntos Municipales, consideramos que es de trascendental importancia otorgar la Concesión de que se trata, ya que estimamos necesario que dicho servicio se preste con la eficiencia y eficacia que demandan las necesidades de la población, debiendo al afecto, promover por cuantos medios estén a su alcance, las medidas y acciones que garanticen su adecuado desarrollo, por lo que proponemos la aprobación de la iniciativa en los términos que fue presentada, y tenemos a bien someter a la deliberación del Pleno Legislativo, los siguientes Puntos de:

DICTAMEN PRIMERO.- Es de aprobarse la Iniciativa de Decreto por el que la H. XIII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, ratifica otorgar por plazo de 240 meses la Concesión Parcial por Tiempo Determinado para la Recolección y Traslado al Sitio de Disposición Final de Residuos No Peligrosos, del Condominio Playacar Fase II, Zona Turística de la Ciudad de Playa del Carmen, Hoteles ubicados fuera de la Cabecera Municipal, Puerto Aventuras y Poblado de Apoyo, del Municipio de Solidaridad Quintana Roo, en la forma y términos que fue presentada.

SEGUNDO.- De conformidad con los puntos anteriores, la H. XIII Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo emite el siguiente 5

DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE LA H. XIII LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, RATIFICA OTORGAR POR UN PLAZO DE 240 MESES, LA CONCESIÓN PARCIAL POR TIEMPO DETERMINADO PARA LA RECOLECCIÓN Y TRASLADO AL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS NO PELIGROSOS, DEL CONDOMINIO PLAYACAR FASE II, ZONA TURÍSTICA DE LA CIUDAD DE PLAYA DEL CARMEN, HOTELES UBICADOS FUERA DE LA CABECERA MUNICIPAL, PUERTO AVENTURAS Y POBLADO DE APOYO, DEL MUNICIPIO DE SOLIDARIDAD QUINTANA ROO.

DECRETO

PRIMERO.- La H. XIII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo ratifica otorgar por plazo de 240 meses la Concesión Parcial por Tiempo Determinado para la Recolección y Traslado al Sitio de Disposición Final de Residuos No Peligrosos, del Condominio Playacar Fase II, Zona Turística de la Ciudad de Playa del Carmen, Hoteles ubicados fuera de la Cabecera Municipal, Puerto Aventuras y Poblado de Apoyo, del Municipio de Solidaridad Quintana Roo, en los términos y condiciones aprobadas por el Honorable Cabildo del Ayuntamiento de Solidaridad, Quintana Roo.

SEGUNDO.- La concesión a que se refiere el presente Decreto deberá cumplir con todos y cada uno de los requisitos que establece el Capítulo Tercero del Título Undécimo de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo.

TRANSITORIO

Único.- El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo.

6

DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE LA H. XIII LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, RATIFICA OTORGAR POR UN PLAZO DE 240 MESES, LA CONCESIÓN PARCIAL POR TIEMPO DETERMINADO PARA LA RECOLECCIÓN Y TRASLADO AL SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS NO PELIGROSOS, DEL CONDOMINIO PLAYACAR FASE II, ZONA TURÍSTICA DE LA CIUDAD DE PLAYA DEL CARMEN, HOTELES UBICADOS FUERA DE LA CABECERA MUNICIPAL, PUERTO AVENTURAS Y POBLADO DE APOYO, DEL MUNICIPIO DE SOLIDARIDAD QUINTANA ROO.

SALA DE

COMISIONES

“CONSTITUYENTES

DE

1974”

DEL

PODER

LEGISLATIVO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE CHETUMAL, CAPITAL DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES NOMBRES

A FAVOR

EN CONTRA

DIP. MANUEL JESÚS TZAB CASTRO.

DIP. JOSÉ ALFREDO CONTRERAS MÉNDEZ.

DIP. RUBÉN DARÍO RODRÍGUEZ GARCÍA.

DIP. GABRIEL CARBALLO TADEO.

DIP. ALEJANDRO LUNA LÓPEZ.

7

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.