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UNIVERSIDAD DE TALCA RECTORÍA CONTROL PREVIO DE LEGAL; APRUEBA CONVENIO DOCENTE ASISTENCIAL CON LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONSTITUCIÓN. TA I r A 1

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UNIVERSIDAD DE TALCA RECTORÍA CONTROL PREVIO DE LEGAL;

APRUEBA CONVENIO DOCENTE ASISTENCIAL CON LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONSTITUCIÓN. TA I r A 1 ALCA,

UNIVERSIDAD DE TALCA

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VISTOS:

Las Facultades que me confieren los D.F.L. N°s. 36 y 152 de/1981, el decreto supremo N° 219 de 2014, todos del Ministerio de Educación y la Resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO: El interés de las partes en realizar actividades de colaboración docente asistencia! en el área de la salud. RESUELVO: 1.- Apruébese el Convenio Docente Asistencia!, de fecha 02 de marzo de 2015, suscritos entre la Universidad de Talca, representada por su Rector don Alvaro Rojas Marín, y la Ilustre Municipalidad de Constitución por su Centro de Salud Familiar Cerro Alto (CESFAM Cerro Alto), representada por su Alcalde don Carlos Valenzuela Gajardo, en donde las partes acuerdan implementar dicho Convenio para que norme las prácticas con un enfoque administrativo, clínico y asistencial para los alumnos de pregrado en el Centro "CESFAM Cerro Alto" de las carreras de Tecnología Médica, Enfermería, Nutrición y Dietética, Odontología, Fonoaudiología, Kinesiología, Psicología y Medicina de la Universidad de Talca. El convenio señalado se adjunta y para todos los efectos forma parte de esta resolución.

ANÓTESE Y COMUNÍQUESE.

FERN^NIDA VASQUEZ SECRETARIA GENE

RSV/rgv

LMA

CONVENIO DOCENTE ASISTENCIAL ENTRE MUNICIPALIDAD DE CONSTITUCIÓN (DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL - CENTRO DE SALUD FAMILIAR CERRO ALTO) Y UNIVERSIDAD DE TALCA

En Constitución, a 02 de marzo de 2015, entre la MUNICIPALIDAD DE CONSTITUCIÓN, RUT: 69.120.100-7, en adelante "la Municipalidad", por su CENTRO DE SALUD FAMILIAR CERRO ALTO (en adelante "CESFAM Cerro Alto"), representada por su Alcalde Carlos Valenzuela Gajardo, cédula de identidad número 10.787.004-0, todos domiciliados para estos efectos en calle Bulnes INT 594 de esta ciudad; y la UNIVERSIDAD DE TALCA, en adelante "la Universidad", RUT: 70.885.500-6, representada por su Rector Alvaro Rojas Marín, cédula de identidad número 6.224494-1, ambos domiciliados para estos efectos en calle 2 Norte N° 685, de la comuna de Talca, se ha celebrado el siguiente convenio docente asistencial: CONSIDERANDO:

Que con fecha 18 de junio de 2007 la Universidad de Talca y la Municipalidad de Constitución, celebraron convenio marco de colaboración institucional, con duración indefinida, teniendo como objetivo el desarrollo de actividades conjuntas que faciliten el logro de los objetivos propios de ambas instituciones, como asimismo, el desarrollo de programas de colaboración mutua. El referido convenio permite a ambas instituciones Realizar programas y proyectos de perfeccionamiento, investigación, publicaciones y difusión conjuntos, en el campo de la Educación, Salud, Administración, Finanzas y Ciencias Sociales, orientados al mejoramiento de los servicios entregados por la Ilustre Municipalidad de Constitución; y Potenciar la generación de espacios de prácticas tempranas y prácticas profesionales para estudiantes de la Universidad Talca sede Talca, de carreras que tengan relación con el quehacer de la Ilustre Municipalidad de Constitución.

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Que, las partes del convenio reconocen y someten su actuar a la Norma General Administrativa N° 18 sobre Asignación y Uso de los campos de Formación Profesional y Técnica en el Sistema Nacional de Servicios de Salud y Normas de Protección para sus funcionarios, académicos, estudiantes y usuarios, aprobada por Resolución Exenta N° 949 del 27/09/2007 del Ministerio de Salud. Página 1 de 7

Que, la Ilustre Municipalidad de Constitución a través de CESFAM Cerro Alto reconoce la interrelación planificada y reglamentada de académicos y estudiantes con los profesionales y funcionarios de CESFAM Cerro Alto, fortalece la calidad de la formación de los Recursos Humanos en Salud y por lo tanto está dispuesto a apoyar los objetivos de formación de la Universidad de Talca, Sede Talca. Que, Universidad de Talca, Sede Talca conoce y respeta el marco regulatorio técnico, administrativo y jurídico de los Servicios de Atención Primaria de la red de atención. Conforme a esto, ambas instituciones se regirán de acuerdo a las siguientes cláusulas: PRIMERO: Este convenio docente asistencia! vela por: a) Proteger la seguridad de los pacientes, según la Ley de Autoridad Sanitaria N° 19.937. b) Proteger los derechos de los pacientes, según la Ley N° 20.584 que regula los Derechos y Deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. c) Precedencia de la actividad asistencial sobre la docente, según los requerimientos del paciente, de cada unidad y programa de atención. SEGUNDO: Por el presente documento, la Municipalidad y la Universidad acuerdan implementar un convenio docente asistencial que norme las prácticas con un enfoque administrativo, clínico y asistencial para los alumnos de pregrado en el Centro "CESFAM Cerro Alto" de las carreras de Carreras de Tecnología Médica, Enfermería, Nutrición y Dietética, Odontología, Fonoaudiología, Kinesiología, Psicología y Medicina de la Universidad Talca. TERCERO: Se deja expresamente establecido que el presente convenio docente asistencial, en ninguna circunstancia generará la obligación del pago de remuneraciones, asignación por colación ni otros similares, de parte de "la Universidad" hacia los profesionales de CESFAM Cerro Alto que estén a cargo de los alumnos en práctica. El personal destinado por cada una de las partes para el desarrollo del presente convenio mantendrá su situación contractual y dependencia de la institución que la haya designado, debiendo cumplir en forma normal con sus actividades habituales.-

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Sin embargo, la Universidad, deberá reconocer anualmente la condición de colaborador académico, a través de la emisión de un certificado que acredite esta condición a todos los profesionales de la salud municipal que desempeñan labores de supervisión docente, con el objetivo de generar un incentivo al trabajo con los alumnos de universidades e institutos que estén bajo su responsabilidad.

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