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C0191/2014
CONTRATO DE COMODATO DE ÁREA COMÚN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CONDOMINIO LA GRAN PLAZA GUADALAJARA, S. C,, REPRESENTADA POR EL LIC, RODRIGO LEYVA PARTIDA, A QUIEN SE DENOMINARÁ COMO “LA COMODANTE” Y POR LA OTRA EL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS CIUDADANOS DR. HÉCTOR ROBLE.S PEIRO, UC. ARMANDO MORQUECHO IBARRA, MAESTRO, ELÍAS RANGEL OCHOA, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO MUNICiPAL, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO RESPECTIVAMENTE, A QUIEN SE DENOMiNARÁ. COMO “LA COMODATARIA”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: DEC LARACION ES I- Declara “LA COMODANTE” que: a), Es una sociedad constituida conforme a las leyes del pais según consta. en la Escritura Pública NÚmero 20,207, de fecha 9 de agosto de 1999, pasada ante la fe del Lic, Roberto Hoffrnann Elizaide, Notario Público Número 34 de Tiainepantla, Estado de México. Su representante, el Lic. Rodrigo Leyva Partida cuenta con facultades para representar en este acto, como lo acreditan con la Escritura Publica No. 3,023 de fecha 15 de abril de 2010, pasada ante la fe del Lic. Roberto Espinosa,.Badiai, Notario Público No. 113 de la Ciuda.d de Guadalajara, Jal.
b) Los condóminos del Centro Comercial “La Gran Plaza Guadalajara”, con ubicación física en Av. Vailarta No. 3959, Colonia Don Bosco, MÚn.ici•pio de 2apopa.n, C,P. 45049, en el Estado de Jalisco, le trasmitieron el uso y goce de los bienes... de propiedad común con que cuenta el condominio; y lo facultaron expresamente, para tra..smitir a terceros el uso o goce temporal de todo o parte de t.les bienes. c), En dicho Centro Comercial, se encuentra una área común con una superficie de 6 metros cuadrados (en adelante EL AREA COMUN) ubicada entre las islas “T” y “E”, cuya ubicación exacta se describe en el plan que se agrega a este contrato. II,/
Declara
“LA
COMODATARIA”
que
a
través
de
sus
representantes a),- Ser un nivel de gobierno y que de conformidad con lo establecido en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 73 de la Constitu.ción Polltica del Estado de Jálisco, y 1, 2 y 3 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de• Jalisco, está. investido de personalidad jurídíca y patrimonio propios.
b) Que de conformidad a lo dispuesto por el articulo 38 fraccion II d..e la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, dentro de sus facultades, se encuentra la celebración de convenios con organismos públicos y privados tendientes a la realización de obras de interés común.
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c) Que quienes acuden en su representación, están debidamente facultados para suscribir el presente acuerdo de voluntades, de conformidad a lo dispueslo por los artículos 47 fracciones l, II y Xl, 52 fracción II, 61 y 64 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como a los artDulos 110 fracción XII y 111 fracción II, del Reglamento Interno del Ayuntamiento y la Adminstración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco. d) Que conoce la ubicación de EL ÁREA COMÚN objeto de este e) Que conoce las oficinas del Administrador del Condominio, uNcadas en el Centro Comercial La Gran Plaza Guadalajara, cuyo pasillo de acceso se encuentra entre los locales comerciales Nos. 22 y 23 de la Isla “M” del mismo
f) Acepta sujetarse a la Escntura del Régimen de Propiedad en Condomtmo del Centro Comercial, estatutos y Reglamento Interior del Condominio “LA GRAN PLAZA GUADALAJARA. g) Para todo lo relativo con el presente contrato, señala como dormcUio para oír y recibir todo tipo de notificaciones, el ubicado en la avenida Hidalgo número 151 ciento cincuenta y uno, en la cabecera municipal de Zapopan, Jalisco. III,- Declaran “LA COMODANTE” y “LA COMODATARIA” que el mothio determinante de su voluntad para celebrar el presente contrato es el que “LA COMODATARIk’ use EL AREA COMÚN para establecer y operar en él un Módulo de papo de impuestos del Municipio de Zapopan, Jalisco que más adelante se indica manteniéndolo en constante operación y cumpliendo con las obligaciones que en este nstrumento se establecen. lV. AMBAS PARTES SEÑALAN QUE LA COMODATARIA CUENTA CON LA POSESION DEL BIEN OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO. DESDE EL 15 DE MAYO DE 2014, HACIENDO DESDE ESTE MOMENTO LA FORMALIZACION DEL CONTRATO DE COMODATO RESPECTO DEL AREA COMUN MATERIA DEL PR.ESENTE CONTRATO. Expuesto lo anterior, las partes sujetan el presente contrato bajo las CLAUSULAS PRIMERA.- OBJETOLA COMODANTE concede a LA COMOOATARIA el uso y goce temporal del área común descrita en la Declaración 1 ncso ‘c’, en adelante OBJETO, la cual se tiene aqui por reproducida como si se insertase a la letra, ubicada en el Centro Comercial, “LA GRAN PLAZA GUADALAJ ARA”, en el domicilio de la Avenida Vallarta No. 3959. Colonia Don Bosco, Municipio de Zapopan, OP. 45049, en el Estado de Jalisco. LA COMODANTE entrega a la firma del presente contrato EL ÁREA COMUN a LA COMODATARIA sin acometidas eléctricas, ambas partes acuerdan que debld.o a la naturaleza de la instalación eléctrica requerida por LA COMOt ATARlA, es esta qufen debe correr con los gastos para instalar sus acometidas eléctricas
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LA COMODANTE se compromete a suministrar la energía eléctrica pura el funcionamiento del Modulo de la COMODATARIA durante el tiempo que dure el presente contrato, EL COMODANT E se obliga a respetar el área destinada d.esc ita en la declaración inciso c) así como a no mover la ubicación durante la vigencia del presente
SEGUNDA- DESTlNO- LA COMODATARIA se obliga a usar el OBJETO materia de este contrato única y exclusivamente para establecer un MODULO DE PAGO DE IMPUESTOS DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO. En ningún caso, LA COMODATARIA podrá cambiar o modificar el giro comercial yio nombre comercial descrito en el párrafo anterior, sin la autorización previa y por escrito de LA COMODANTE y en su caso de la Administración del Centro ComerciaL
El incumplimiento a esta obligación por parte de LA COMODATARIA dará lugar a la rescisión del presente contrato. TERCERA. COMODATARIA se ob.liga a: ay.- Usar EL actividad indicada.
OBLIGACIONES
DE
LA
COMODATARIA
LA
ÁREA COMÚN operando en él exclusivamente la
LA COMODATARIA no podrá modificar el giro o el nombre comercial, así corno tampoco el modulo, el mobiliario, tipo y características del servicio que se ofrece en EL AREA COMUN, sin la autorización previa y por escrito de LA COMODANTE. b). No hacer edificaciones o instalaciones permanentes que delimiten EL AREA. CQMUN ni cambiar las características del mismo. c).-. No poner objetos que impidan la circulación en los pasillos y demás áreas comunes, ni cualquier otro objeto no autorizado en el proyecto, ni ocupar espacios de estacionamiento de manera indebida con automóviles descompuestos o almacenando mercancías, tampoco deberá obstruir la circulación de vehículos, d).- LA COMODATARIA, deberá conservar a su costa EL ÁREA COMUN en perfectas condiciones de higiene y limpieza.
.‘.
e). No colocar anuncios dentro o fuera de EL ÁREA COMÚN, que por sus características de elaboración de mensaje o de cualquier otra índole,
desarmonicen con la imagen del Centro Comercial o del propio local.
COMUN cont:rato..
f). No colocar instalaciones, materiales o aparatos fuera de EL ÁREA o mobiliario destinado precisamente para la realización del objeto de este
g).- Colectar y conservar la basura y los desperdicios de EL ÁREA en los recipientes y lugares que especifiquen LA COMODANTE o la Administración en su caso. COMUN,
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h). No ceder los derechos de este contrato, ni su uso en todo o en parte EL AREA COMUN, ni permitir o autorizar de cualquier forma el uso a terceras personas, si no es con la autorización previa y por escrito de “LA COMODAN T E” i). No permitir que en EL ÁREA COMÚN se realicen actos contrarios a ia ley, a a moral o a las buenas costumbres y no cometerá actos u omisiones que produzcan engaño o error en la clientela. j). Sacar en paz y a salvo a LA COMODANTE de cualquier reclamación que se le hiciera derivada del incumplimiento de las obliga ciones de “LA COMODATARIA” conforme a este contrato.
CUARTA. INCUMPLIMIENTO.- En caso de incumplimiento por parte de “LA COMODATARIA” a cualquiera de las obligaciones señalad as en la cláusula antenor, “LA COMODANTE” queda expresamente facultada para optar por rescindir el presente contrato o bien exigir su cumplimiento forzoso. LA COMODANTE queda además facultada para corregir el ncumplirniento realizando los actos u obras que para ello fuere necesa rio a costa de ‘LA COMODATARIA”, debiendo ésta resarcir su costo a LA COMODANTE dentro de los cinco días siguientes a la fecha de que sea requerida de pago, sin menoscabo de la aplicación de las penas anteriormente referidas.
QUINTARESPONSABILIDADES DESLINDADAS.LA C()MODANTE y el Administrador no serán responsables de ningún daño, pérdida o robo en los bienes de LA COMODATARIA o de terceros, independient emente de que se encuentren dentro de EL AREA COMUN o en las demás áreas de uso común, razón por la cual de deslinda a LA COMODANTE y al Administrador de estas responsabilidades. Todos los bienes de LA COMODATARIA que se encuentren dentro de EL AREA COMUN, estarán bajo el cuidado y riesgo de ésta última, liberando expresamente a LA COMODANTE y al Administrador de toda respon sabilidad respecto a lo que ocurra con los mismos
SEXTA- USO PACÍFICO- LA COMODANTE garantiza a COMODATARIA el uso pacífico de EL ÁREA COMUN durant e el tiempo de vigencia prttísente contrato, sin responder de los daños y perjuic ios ocasionados a COMODATARIA por actos u omisiones de terceros ajenos al Centro Comercial ni locatarios, arrendatarios, sus dependientes, empleados, cliente s o familiares.
LA del LA de
SÉPTIMA.- DURACIÓN.- El presente contrato tendrá una duración de UN ANO UN MESES contados a partir del 01 de Septiembre del año 2014 y concluyendo precisamente el día 30 Septiembre del año 2015, obligándose LA COMODATARIA a desocupar el área común a los 30 días posteri ores al vencimiento del presente contrato, de inmediato, sin necesidad de requer imiento o notificación previa de rsnguna especie, salvo que haga uso del derecho de prorrog a en los términos descritos u ia ciausula siguiente
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OCTAVk- DESOCUPACIÓN.- LA COMODATARIA se obliga a desocupar y entregar en los términos y en el estado que en este contrato se prevé, EL ÁREA COMUN al día de terminación del comodato, o de la prórroga en caso de que haya hecho uso de este derecho o de la rescisión. Si al vencimiento del presente contrato o cuando opere la rescisión del mismo. LA COMODATARIA no desocupe el objeto materia de este contrato: a) LA COMODATARIA se obliga a pagar por el simple retraso en la desocupación, por concepto de pena convencional la cantidad de $ 25000,00 (veinticinco mil pesos 00/100 ro. ro) mensualmente, hasta la total desocupación y entrega del bien materia de este contrato. bro Ambas partes acuerdan que LA COMODANTE podrá desocupar EL ÁREA COMÚN y SU EQUIPAMIENTO, MATERIALES y demás bienes, hacia un área de almacenaje sin responsabilidad alguna, previo inventario, y dará aviso por escrito a LA COMODATARIA del lugar de almacenaje para efecto de poner a su disposición sus mercancías con el fin de que pase a recogerlas en un término no mayor a 8 días naturales posteriores a recibir este aviso En tal caso se LA COMODATARIA se obliga a pagar el equivalente a un Salario Mínimo General Diario Vigente en la ciudad de Guadalajara. Jalisco, diariamente por concepto de almacenaje durante el tiempo que dure el mismo.
NOVENA.- Todas las obligaciones que para LA COMODATARIA der:ven de este contrato, deberá cumplirlas en el domicilio de LA COMODANTE señalado en este instrumento. DÉCIMA. - Lo establecido en este contrato solo podrá ser modificado mediante acuerdo por escrito de las partes. DÉCIMA PRIMERA.- En todo lo no previsto en este contrato se estará a lo dispuesto en el Código Civil,
DÉCIMA SEGUNDA.- Para todos los efectos de este contrato. las partes señalan como sus domicilios convencionales los siguientes:
LA COMODANTE Av. Vallarta 3959, Col, Don Bosco Vallarta, Zapopan, Jalisco, Oficinas del Administrador ./ cuyo pasill.o de acceso se encuentra entre los locales comerciales Nos. 22 y 23 de la isla4 ¡ °M del mismo. W
COi 91.12014 LA COMODATARIA: Av Hidalgo 151, colonia centro, del municipio de Zapopan. Jalisco
Mientras las partes no se comuniquen por escrito el cambio de sus domi.cilios, los avisos notificaciones y demás diligencias de carácter judicial o extrajudicial, se practicarán en los domicilios indicados. DECIMA TERCERA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Para todo lo relativo a a interpretación y cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Trbunales Competentes del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, renunciando al tuero que en razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles -
Se firma en Zapopan, Jalisco, el día 01 de Septiembre de 2014. COMODATARIA
DR HECTOR ROBLES PEIRO
Presidenté MynrcipaI Condon iirrio La Gran Plaza Guadalajara 5, C.. LIC ARMANDÇ 1ORQUECHO IBARRA
SftçhCo Municipal MAESTRO. EIJAS RANGEL OCHOA Secretario del Ayuntamiento
TESTIGOS
C CARLOS E. ULLOA ARAIZA
LIC, R. LAURA VÁLDEZ DE LA TORRE \