I.- EL ORGANISMO DECLARA A TRAV ÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

CONTRATO No. HCBDF/ 010 /2013 GRUPO HEXA, S.A. DE C.V. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRI
Author:  Vanesa Rojas Mora

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CONTRATO No. HCBDF/ 010 /2013

GRUPO HEXA, S.A. DE C.V. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO FEDERAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ORGANISMO” REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL PRIMER SUPERINTENDENTE RAÚL ESQUIVEL CARBAJAL, CON LA ASISTENCIA DE EL LIC. GUILLERMO GERZAYN GONZÁLEZ UGARTE, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y POR LA OTRA GRUPO HEXA, S.A. DE C.V. QUIEN EN LO SUCESIVO SE L E DENOMINARÁ “LA ARRENDADORA” REPRESENTADO POR EL LIC. MOISÉS ROMANO JAFIF EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANT E L EGAL; DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENT ES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS. D EC L A RAC I O NES I.-“EL ORGANISMO” DECLARA A TRAV ÉS DE SU REPRESENTANT E QUE: I.1. Es un Organis mo Público Descentralizado de la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal, con personalidad jur ídica y patrimonio propio, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto del Gobierno del Distrito Federal de fecha 06 de noviembre de 1998, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 24 de diciembre de 1998. I.2. Su representante, el Primer Superintendente Raúl Esquivel Carbajal, Director General de “EL ORGANISMO”, por nombramiento otorgado con fecha 01 de junio de 2005, por el entonces Jefe de Gobierno del Distrito Federal, personalidad que él ostenta y no le ha sido revocada ni limitada en forma alguna, por lo tanto cuenta con facultades necesarias para obligarse a nombre del “ EL ORGANISMO”, en tér minos del presente instrumento, de conformidad con lo estipulado en los artículos 7 Fracción II y 12 Fracción I, XV I de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal. I.3. Que requiere de un inmueble con deter minadas características para instalar las oficinas administrativas del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal. I.4. Que el Inmueble objeto de este contrato es el ubicado en Calzada de San Antonio Abad No. 122, piso 6º, Colonia Tránsito, C.P 06820, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F. I.5. Que conforme a la Requisición número 011/2013, de fecha 21 de diciembre de 2012, cuenta con el soporte necesario para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, así como la partida presupuestal autorizada 3221 “Arrendam ientos de Edificios”, que se afectará para cumplir con el pago a “LA ARRENDADORA”. I.6. No existe impedimento legal alguno por parte “ EL ORGANISMO” para contratar los servicios aludidos I.7. Tiene su domicilio fiscal ubicado en Fray Servando Teresa de Mier S/N, Col. Merced Balbuena, C.P.15810, Delegación Venustiano Carranza, México, Distrito Federal, y su Registro Federal de Contribuyentes es HCB-990324-3E5. II. “LA ARRENDADORA” DECLARA A T RAV ÉS DE SUS REPRESENTANT ES QUE: II.1.Que el Grupo Hexa, S.A. de C.V. es propietario del inmueble ubicado en Calzada de San Antonio Abad No. 122, Colonia Tránsito, C.P 06820, México, Distrito Federal, calidad que acredita con la escritura Pública Número 66,680, de fecha 16 de julio de 1976, otorgada ante la fe del Lic. Julián Matute Vidal, notar io Público Número 49 del Distrito Federal e inscrita en el Registro Público de la propiedad y del comercio en la Sesión Primera, de fecha 04 de octubre de 1976, tomo 213, volumen V I de la serie a, fojas 384, bajo el número 584. ViRy

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CONTRATO No. HCBDF/ 010 /2013

GRUPO HEXA, S.A. DE C.V. II.2. Que con escritura Pública Número 25,743 de fecha 22 de enero de 1993, que contiene la protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de socios de “Melly Sociedad Civil.” en la que se acordó transformar la sociedad a S.A. de C.V. y cambiar su denominación por la de la de “Grupo Hexa”, quedando su denominación como sigue: “Grupo Hexa, Sociedad Anónima de Capital Variable”, escritura otorgada por el Lic. Pedro Porcayo Vergara, Notario Público Número 93 del Distrito Federal, Inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Distrito Federal con el Folio Mercantil Numero 9013982, de fecha 10 de Diciembre de 1994. II.3. Que el Lic. Moisés Romano Jafif, Representante Legal de la empresa denominada Grupo Hexa, S.A. de C.V., acredita su personalidad con la Copia Simple de la Escritura Pública Número 39,955 de fecha 13 de septiembre de 2007, y de conformidad con la cláusula segunda inciso e) de esta escritura, otorgada ante la fe del Lic. Erik Namur Campesino, Notario Público Número 94 del Distrito Federal. II.4. Que tiene capacidad legal para la celebración del presente contrato. II.5. Que se identifica con credencial de elector para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, con número de folio 07843480, que exhibe a satisfacción “EL ORGANISMO”. II.6. Su Registro Federal de Contribuyentes, expedido por la Secretar ía de Hacienda y Crédito Público, es GHE 930122 SN3 y que se encuentra al corriente con el pago del Impuesto Sobre la Renta. II.7 “LA ARRENDADORA” señala como domicilio el ubicado en Rubén Darío, No. 281, interior 2201, Colonia Bosque de Chapultepec, C.P. 11580, en esta ciudad de México D.F., para todos los efectos legales a que haya lugar II.8 El Lic. Moisés Romano Jafif declara bajo protesta de decir verdad, que formaliza este documento con la seguridad de que en la sociedad que representa, ninguno de los socios o directivos ni el mismo, se encuentra desempeñando un empleo, cargo o comisión en el Servicio Público o están inhabilitados para desempeñarlo, de conformidad con el artículo 47, fracción XXIII de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. II.9. Que las condiciones del inmueble objeto de este contrato están avalados por el dictamen de seguridad estructural de fecha 7 de febrero de 1997, emitido por la Secretaria de Obras y Servicios. Expuesto lo anter ior, es su voluntad celebrar el presente contrato, bajo las estipulaciones que libre y voluntariamente han pactado y que se contienen en las siguientes C L A U S U L A S: PRIM ERA.-

“LA ARRENDADORA” conviene en arrendar a “EL ORGANISMO”, el inmueble ubicado en Calzada de San Antonio Abad No. 122, piso 6º, Colonia Tránsito, C.P 06820, en México, D.F.,

SEGUNDA.- “LA ARRENDADORA” manifiesta que la superficie aproximada del piso 6º, mater ia del presente contrato es de 1,200 metros cuadrados y 21 cajones de estacionamiento. ViRy

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CONTRATO No. HCBDF/ 010 /2013

GRUPO HEXA, S.A. DE C.V. TERCERA.-

Las partes convienen que el pago de la renta será de $100,500.00 (Cien mil Quinientos Pesos 00/100 M.N.) mensuales más el Impuesto al Valor Agregado, lo cual da un importe total de $116,580.00 ( Ciento Dieciséis mil quinientos ochenta Pesos 00/100 M.N.), dicho pago se llevará a cabo en las oficinas administrativas del Organis mo, sito en Calzada de San Antonio Abad No. 122, sexto piso, Colonia Tránsito, C.P 06820, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, haciendo un total anual de $1´398,960.00 (Un Millón Trescientos noventa y ocho mil novecientos sesenta Pesos 00/100 M. N.) I.V.A. incluido.

CUARTA.-

Ambas Partes convienen que la vigencia del presente contrato será de un año el cual empezará a partir del 01 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2013, periodo forzoso para “LA ARRENDADORA” y voluntario para”EL ORGANISMO”. En el caso de que al tér mino de la vigencia del contrato, ambas partes convengan la continuidad de la ocupación del Inmueble objeto del mis mo, éstas se sujetarán al importe de la renta que se deter mine conforme a los mecanis mos previstos en el artículo 38 y 40 del acuerdo por el que se establecen los lineamientos para el arrendamiento de Inmuebles por parte de las Dependencias de la Administración Pública Federal, en su carácter de arrendatarias.

QUINTA.-

“LA ARRENDADORA” estipula que entrega a “ EL ORGANISMO” el Inmueble descrito en la cláusula primera, en buenas condiciones en lo que respecta a instalaciones sanitarias, eléctricas, hidráulicas y de pintura.

SEXTA.-

“EL ORGANISMO” no será responsable de los daños y perjuicios que puedan causar al inmueble arrendado los sismos, incendios, inundaciones y demás accidentes que provengan de caso fortuito o de fuerza mayor, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2435, 2436 y demás relativos del Código Civil para el Distrito Federal teniendo “EL ORGANISMO” la facultad de dar por terminado el presente contrato de manera anticipada. Para el caso de siniestros no imputables a “ EL ORGANISMO”, “LA ARRENDADORA” autoriza a “ EL ORGANISMO” llevar a cabo las reparaciones que resulten necesarias para el buen funcionamiento del inmueble arrendado, cuyo costo será deducido del importe de las rentas que está obligada a pagar “ EL ORGANISMO”.

SÉPTIMA.-

“LA ARRENDADORA” expresa su conformidad para que “ EL ORGANISMO” lleve a cabo las mejoras, adaptaciones e instalaciones para equipos especiales en el inmueble arrendado, para la realización de cualquier otra obra, “EL ORGANISMO” se compromete a solicitar por escrito la aprobación de “LA ARRENDADORA”. “EL ORGANISMO” será propietario de las adaptaciones e instalaciones de equipos especiales que realice con sus propios recursos y podrá retirarlas en cualquier momento, durante o a la conclusión del arrendamiento, sin requerir el consentimiento de “LA ARRENDADORA”.

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CONTRATO No. HCBDF/ 010 /2013

GRUPO HEXA, S.A. DE C.V. OCTAVA.-

“EL ORGANISMO” se obliga a devolver el inmueble a “LA ARRENDADORA” con el deterioro natural causado por el uso del mis mo.

NOVENA.-

Las partes convienen en el presente contrato de arrendamiento subsistirá aun en el caso de que “EL ORGANISMO” cambie su denominación o de que las Unidades Administrativas ocupantes del inmueble cambien de adscripción.

DÉCIMA.-

De conformidad con lo establecido en el Artículo 2425, Fracción III, del Código Civil para el Distrito Federal, “ EL ORGANISMO” podrá hacer uso de la superficie arrendada para destinarla al uso de oficinas administrativas para la atención ciudadana.

DÉCIMA PRIM ERA.-

“LA ARRENDADORA” garantiza a “EL ORGANISMO” el uso y goce pac ífico del inmueble objeto de este contrato por todo el tiempo de duración del mis mo y se obliga a responder de los daños y per juicios que sufra “EL ORGANISMO” por los defectos o vicios ocultos del inmueble materia de este contrato, así como a su personal y visitantes.

DÉCIMA SEGUNDA.- Será por cuenta de “EL ORGANISMO” el pago de los gastos que se originen por el concepto de mantenimiento, energía eléctrica, servicio telefónico, y del servicio de agua del Inmueble, comprometiéndose “LA ARRENDADORA” a cubrir el derecho correspondiente por concepto del Impuesto Predial del Inmueble material de este contrato. DÉCIMA TERCERA.-

DÉCIMA CUARTA.-

DÉCIMA QUINTA.-

DÉCIMA SEXTA.-

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Las partes establecen que en caso de resultar falsa la manifestación a que se refiere la declaración II.8 o que durante la vigencia del contrato se incurra en tales hipótesis, el contrato será nulo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2225 y demás relativos aplicables del Código Civil para el Distrito Federal, independientemente de la acción que corresponda ejercitar a “EL ORGANISMO” por el delito de falsedad previsto en el Código Penal del Distrito Federal, así como la reparación del daño. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente contrato, dará lugar a la rescisión sin responsabilidad para la parte que si haya cumplido sus obligaciones previa notificación que se realice por escrito con treinta días de anticipación. Para en caso de terminación o rescisión de este contrato “EL ORGANISMO” cubrirá únicamente el importe de la renta que corresponda hasta el día en que se verif ique la desocupación. Las partes están de acuerdo en que de no convenir a sus intereses de continuar con el arrendamiento una vez terminado el plazo del presente contrato, “EL ORGANISMO” tendrá un plazo de 3 meses para la desocupación del Inmueble arrendado.

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CONTRATO No. HCBDF/ 010 /2013

GRUPO HEXA, S.A. DE C.V. DÉCIMA SÉPTIMA.-

DÉCIMO OCTAVA.-

Las partes convienen en que todo lo no previsto en el presente contrato, se regirá por las disposiciones de la Ley del Régimen Patrimonial y de Servicio Público, el Código Civil del Distrito Federal y el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato as í como para todo aquello que no este expresamente estipulado en el mis mo, LAS PART ES se someten a la Jur isdicción de los Tribunales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando expresamente a cualquier otra causa que no pudiera corresponderles.

Las partes manifiestan que para la celebración del presente contrato no hubo error, dolo o mala fe, lesión, violencia, ni vicio alguno que afectara su voluntad. Leído por las partes, se extiende el presente contrato por triplicado, uno para “LA ARRENDADORA” y dos para “EL ORGANISMO”, en la Ciudad de México Distrito Federal, a los veintiséis días del mes de diciembre del año 2012, fir mado al calce en cada una de sus hojas los que en él intervinieron, como constancia de su aceptación. POR “ EL ORGANISMO”

POR “LA ARRENDADORA”

PRIM ER SUPERINT ENDENT E RAÚL ESQUIV EL CARBAJAL DIRECT OR GENERAL

LIC. MOISÉS ROMANO JAFIF REPRESENTANT E L EGAL DE GRUPO HEXA, S. A. DE C. V.

CON LA INT ERV ENCIÓN DE:

________________________________________________ LIC. GUILL ERMO GERZAYN GONZÁLEZ UGART E DIRECT OR ADMINIST RATIVO

__________________________________ C. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ Z ÚÑIGA APODERADO L EGAL DEL H.C.B.D.F. LAS FIRMAS QUE ANT ECEDEN, FORMAN PART E DEL CONT RAT O DE ARRENDAMIENT O No. HCBDF/010/2013, RELAT IVO AL ARRENDAMIENT O DEL 6º PISO DEL INMUEBLE UBICADO EN CALZADA DE SAN ANT ONIO ABAD NO. 122, COLONIA T RÁNSIT O, C.P. 06820, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, MÉXICO, D.F. CELEBRADO ENT RE EL HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL DIST RIT O FEDERAL Y GRUPO HEXA S.A. DE C.V.

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