I. OBJETO DEL SERVICIO

Nº EXPEDIENTE SERVICIOS DE SEGURIDAD SALA SEGURIDAD: 1833-SO-34 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR LA CONTRATACIÓN, PO

2 downloads 112 Views 264KB Size

Recommend Stories


I.- OBJETO DEL PLIEGO
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL SUMINISTRO DE IMPRESORAS Y MULTIFUNCIONES DESTINADAS AL USO EN LAS INSTALACIONES DE URAREN EUSKAL AGENTZIA /

I. ANTEDECENTES Y OBJETO DEL INFORME
INFORME DE 27 DE OCTUBRE DE 2014 SOBRE LA RECLAMACIÓN PRESENTADA, AL AMPARO DEL ARTÍCULO 28 DE LA LEY 20/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, DE GARANTÍA DE LA UN

I.- NATURALEZA Y OBJETO
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA EN LOS RECINTOS DONDE SE CELEBREN LAS VELADAS POPULARES DE LAS DIFERENTES B

I. ANTEDECENTES Y OBJETO DEL INFORME
INFORME DE 17 DE DICIEMBRE DE 2014 SOBRE LA RECLAMACIÓN PRESENTADA, AL AMPARO DEL ARTÍCULO 28 DE LA LEY 20/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, DE GARANTÍA DE LA

Story Transcript

Nº EXPEDIENTE SERVICIOS DE SEGURIDAD SALA SEGURIDAD: 1833-SO-34

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE: “VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA LA MARINA REAL JUAN CARLOS I.”

I. OBJETO DEL SERVICIO

La contratación de un servicio de vigilancia y seguridad para ser prestado en la MARINA REAL JUAN CARLOS I, tiene por objeto elevar el nivel de seguridad en este recinto, que permaneciendo abierto al público que puede deambular con total libertad por su ámbito, sí tiene sin embargo una clara delimitación perimetral del resto de calles, barrios y áreas que le circundan. Ya en la Exposición de Motivos de la Ley 23/92, de Seguridad Privada, se dice que “La seguridad representa uno de los pilares básicos de la convivencia y, por tanto, su garantía constituye una actividad esencial a la existencia misma del Estado moderno que, en tal condición, se ejerce en régimen de monopolio por el poder público. Sin embargo, progresivamente se ha ido extendiendo por todas las sociedades de nuestro entorno la realización de actividades de seguridad por otras instancias sociales o agentes privados, llegando a adquirir en las últimas décadas un auge hasta ahora desconocido”. Y añade posteriormente: “En este marco se inscribe la presente Ley, en su consideración de los servicios privados de seguridad como servicios complementarios y subordinados respecto a los de la seguridad pública.” La presencia física continuada en la SALA DE SEGURIDAD de la MARINA REAL JUAN CARLOS I, sin la cual los sistemas de seguridad implantados no podrían ser operativos, e igualmente en la Marina Norte, en la Marina Sur, en el Pantalán Central, en el parking, en el Edificio Veles e Vents, así como, en su caso, un servicio dinámico en la zona de los jardines, terrazas y zonas colindantes de dicho edificio con diferentes funciones y horarios que se establecen en estos pliegos, se realizará con vigilantes de seguridad sin armas, que contarán con el apoyo de los medios humanos y materiales de la empresa adjudicataria para prestar en óptimas condiciones el servicio de vigilancia y seguridad que se contrata por un año. El servicio de vigilancia y seguridad, así como los requisitos que deben cumplir las empresas, deberán ajustarse a la normativa de Seguridad Privada que se recoge en la Ley 23/1992 y en el Real Decreto 2.364/1994 que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada y lo establecido en el Convenio Colectivo Estatal de la Empresas de Seguridad, vigente.

II. LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

Con independencia de que en determinados momentos, el Consorcio Valencia 2007 se reserve el derecho de poder cambiar la ubicación física de prestación del servicio y trasladar a algún vigilante en concreto a otros cometidos, en principio la prestación de los servicios se realizará en los lugares que se determinan a continuación, teniendo en cuenta que el recinto MARINA REAL JUAN CARLOS I es un recinto diferente y diferenciado tanto de los viales y muelles de la Autoridad Portuaria de Valencia, como de las calles de la ciudad de Valencia. Su ámbito geográfico se aprecia en el ANEXO I a estos pliegos. Los lugares a que se refiere concretamente la prestación de los servicios, si bien no de forma fija sino alternativa en función de las necesidades y prioridades marcadas por el Departamento de Seguridad del Consorcio Valencia 2007, serán los siguientes:

Página 1 de 9

Nº EXPEDIENTE SERVICIOS DE SEGURIDAD SALA SEGURIDAD: 1833-SO-34

a) SALA DE SEGURIDAD DE LA MARINA REAL JUAN CARLOS I, ubicada en el segundo piso del edificio de seguridad. b) Oficinas técnicas de la MARINA REAL JUAN CARLOS I, sitas en el espigón Norte de la bocana de la misma. c) Edificio “Veles e Vents”, puesto de control de entrada e interior, así como el parking anejo a dicho edificio d) Jardines adyacentes al edificio “Veles e Vents”, así como la zona de ocio e) Dársena deportiva Norte: paseos, viales, pantalanes y resto de la zona f)

Dársena deportiva Sur: paseos, viales, pantalanes y resto de la zona

g) Pantalán Central

III. UNIFORMIDAD Y EQUIPAMIENTO

El ejercicio de las funciones que se citan en el apartado correspondiente, será desempeñado por los vigilantes de seguridad integrados en la empresa adjudicataria, vistiendo el uniforme reglamentario, portando la preceptiva habilitación y convenientemente equipado. Las empresas deberán presentar en su oferta la relación de prendas que conforman el uniforme, color y características de los mismos y distintivos que la identifican, pudiendo aportar folletos donde aparezcan fotografías que lo documenten, así como relación de todo el equipamiento completo que portarán los vigilantes en la prestación del servicio. Asimismo, será de cuenta de la empresa adjudicataria facilitar: o

Equipos de comunicación, tipo walkie talkie, al objeto de que los vigilantes puedan establecer contacto con la Sala de Seguridad y también entre sí con la finalidad de lograr el apoyo de todos y optimizar la seguridad del entorno. Los equipos de comunicación, contarán con micrófonos, auriculares y microauriculares que permitan la comunicación en entornos ruidosos así como la privacidad de las comunicaciones. Estos equipos se pondrán a disposición del Departamento de Seguridad y Operaciones para programación de los mismos e integración con el resto de comunicaciones de la Marina.

o

Linternas y resto de equipamiento (chalecos, conos, reflectantes, etc.) para el personal de servicio necesario para realizar servicios nocturnos

o

Vehículos de seguridad (motocicletas, bicicletas u otro medio de transporte adecuado, para desplazarse de un lugar a otro, en su caso), equipados con distintivos y luces así como los medios necesarios para acotar una zona en servicio nocturno.

o

Vehículo específico para servicios en zonas peatonales

IV. FUNCIONES GENERALES.

Los vigilantes de seguridad elegidos, desempeñarán con carácter general las siguientes funciones: •

Control y gestión del sistema de alarmas de la Marina Real Juan Carlos I.

Página 2 de 9

Nº EXPEDIENTE SERVICIOS DE SEGURIDAD SALA SEGURIDAD: 1833-SO-34



Tele-vigilancia de la Marina Real Juan Carlos I utilizando los sistemas y herramientas que previamente Valencia 2007 haya instalado.



Salvaguardar el orden general y el buen funcionamiento general de los servicios.



Acudir a las llamadas de emergencia que se les requiera



Coadyuvar con las FF.CC.SS. en el mantenimiento de las cotas más altas de seguridad en el interior del recinto “Marina Real Juan Carlos I”.



Intervenir en los conatos de alteración del orden que pudieran producirse en el interior del recinto.



Recepción de llamadas y avisos y su posterior puesta a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si fuera necesario.



Intervenir ante conatos de incendios o cualquier otra clase de siniestro o accidente, adoptando medidas preventivas para evitar que éstas se produzcan, para lo cual, los vigilantes tendrán a su alcance los oportunos extintores de incendios.



Procurar lugares seguros ante el riesgo de incendio, de forma que los sistemas electrónicos y medios de intervención inmediata se encuentren en perfecto estado de uso y funcionamiento.



Control de los accesos a las instalaciones de la Marina Real Juan Carlos I, si se requiriese.



Control de accesos al parking y vigilancia en su interior.



Realización de inspecciones rutinarias durante el servicio, a saber, pantalanes, baños, oficinas y las que se determinen.



Recepción de llamadas de emergencia, en su caso, recibidas en las oficinas de la Marina, vía telefónica o vía VHF o UHF.



Control de acceso de embarcaciones, recepción de los documentos de registro de las embarcaciones y amarre de las mismas en el muelle de espera.



Cualesquiera otras funciones que sean consustanciales a la prestación de un sistema global de seguridad y que se traduzcan en el logro de una atmósfera general de tranquilidad y sin incidentes.



Cumplir todas las normas e instrucciones que desde el Departamento de seguridad de Valencia 2007 se indiquen.

Al ser un servicio de vigilancia y seguridad lo que se contrata, la empresa quedará obligada a prestar el servicio con las máximas garantías, procurando entre su personal una actitud profesional y diligente, prestando de inmediato el apoyo técnico y refuerzos que las circunstancias demanden, primando en todo caso: ƒ

La adecuación al ordenamiento jurídico

ƒ

La eficaz actuación en los cometidos que se les imparta

ƒ

La actuación con integridad y dignidad

ƒ

La colaboración inmediata con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

ƒ

El respeto y atención al público

Página 3 de 9

Nº EXPEDIENTE SERVICIOS DE SEGURIDAD SALA SEGURIDAD: 1833-SO-34

La empresa garantizará en todo momento que el servicio se presta en las condiciones contratadas. Para ello supervisará el citado servicio con Inspectores de su empresa, por lo menos dos veces por semana. Un coordinador de seguridad, como responsable de la empresa deberá estar localizable en todo momento en que se preste servicio, desarrollando sus tareas en exclusividad durante el tiempo en que dure el contrato. En caso de ausencia física del recinto deberá estar localizable y en continuo contacto con el Departamento de Seguridad de Valencia 2007. Asimismo, cada turno contará con un Jefe de Equipo que coordinará al resto de los Vigilantes de Seguridad, atendiendo las indicaciones que se le den desde el Departamento de Seguridad del Consorcio, transmitiendo adecuadamente estas indicaciones y haciendo que se cumplan por parte del personal de servicio. De las inspecciones citadas, así como de las incidencias que en ellas se observen, se dará cuenta al Departamento de Seguridad de Valencia 2007. Cualquier incidencia que interrumpa el normal desarrollo de sus funciones deberá ser comunicada por el vigilante inmediatamente al Departamento de Seguridad de Valencia 2007. Se redactará diariamente, como mínimo, un parte de incidencias en el que se incluirá la fecha, turno, nombre del vigilante y las incidencias que hayan tenido lugar expresadas de la forma más detallada. Los partes generados en cada servicio serán enviados, vía e-mail, al Departamento de Seguridad. Además del parte de cada servicio, el Jefe de Equipo transmitirá vía e-mail un parte de incidencias adicional al Departamento de Seguridad con los servicios efectuados de mayor importancia o relevancia, y en caso de necesidad o urgencia, contactará telefónicamente con los responsables del Departamento. Se da la circunstancia que durante el transcurso de los servicios objeto del presente pliego podrían convivir con FF.CC.SS y diferentes empresas de seguridad, ya que pueden desarrollarse regatas u otro tipo de actos de relevancia con el consiguiente cierre perimetral y control de accesos. Por este motivo, se exige plena colaboración, entre todas las partes implicadas, pudiendo ser motivo de resolución del contrato el incumplimiento de este requerimiento.

V. ELECCIÓN Y SUSTITUCIÓN DE LOS VIGILANTES

El Consorcio Valencia 2007 podrá ejercer su derecho de realizar una entrevista a los vigilantes propuestos por la empresa adjudicataria, con carácter previo al inicio de la prestación del servicio, a fin de determinar su idoneidad al puesto. La empresa garantizará la posibilidad de ofertar un número de curricula superior al número de vigilantes solicitados. Los vigilantes propuestos deberán estar en posesión del correspondiente Título Nombramiento que deberán presentar junto con la declaración jurada de reunir los requisitos que determina el Reglamento de Seguridad Privada. Valencia 2007 se reserva el derecho de pedir la sustitución en cualquier momento, de aquellos vigilantes que no respondan a la eficacia que se espera de ellos o que no guarden las debidas formas de obligado. La empresa adjudicataria establecerá una plantilla fija asignada con exclusividad al servicio de la Marina Real Juan Carlos I. Cualquier variación deberá contar con el visto bueno del Departamento de Seguridad y Operaciones del Consorcio Valencia 2007. La plantilla así definida, se formará para el correcto uso y gestión de los sistemas de seguridad y conocimiento de las funciones específicas de cada puesto. El coste de los cursos de formación necesarios será por cuenta de la empresa adjudicataria.

Página 4 de 9

Nº EXPEDIENTE SERVICIOS DE SEGURIDAD SALA SEGURIDAD: 1833-SO-34

Se valorará algún tipo de prima o motivación a los vigilantes para que realicen su trabajo en este servicio.

VI. CALENDARIO

La duración del servicio de seguridad descrito en este pliego será de dieciséis meses desde la fecha que se comience a prestar el primer servicio. Los servicios a desempeñar por la empresa adjudicataria podrían ser modificados en función de las previsiones del contratante, previo la comunicación y mutuo acuerdo con la empresa contratada.

VII. SERVICIOS SOLICITADOS

Los servicios requeridos consistirán en: (ver Tabla adjunta) A. Un Jefe de equipo en cada turno, durante las 24 h. del día; su puesto de trabajo estará en la Sala de Seguridad de la MARINA REAL JUAN CARLOS I. El Jefe de Equipo tendrá movilidad y podrá trasladarse donde las circunstancias del servicio así lo requieran. B. Un vigilante en la zona de ocio, sita en los aledaños del edificio Veles e Vents C. Vigilantes prestando servicio en las Dársenas Deportivas Norte y Sur. D. Un vigilante de seguridad en el Pantalán Central. Con independencia de lo expresado anteriormente, el Consorcio Valencia 2007 podrá solicitar de la empresa adjudicataria el traslado de los vigilantes, bien de ubicación, bien de cometido. Como ANEXO II a los presentes pliegos se acompaña el resumen de las mediciones horarias de estos servicios solicitados.

VIII. EVALUACIÓN TÉCNICA DE LAS OFERTAS.

El representante legal de la empresa, presentará una declaración jurada debidamente cumplimentada, indicando que son ciertos los datos que aporta en relación con lo solicitado en la documentación que se exige en estos pliegos. Las empresas deberán incluir en el sobre nº“2” las referencias técnicas de su oferta, y la documentación necesaria que permita una evaluación comparativa en base a los criterios de adjudicación indicados en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

IX. DESGLOSE PRECIOS UNITARIOS A INCLUIR EN LA OFERTA ECONÓMICA (sobre nº “3”) Se solicita a las empresas concursantes oferten un precio unitario al objeto de facilitar posteriores ajustes de los servicios contratados, entendiéndose por precio unitario un único precio a aplicar por los servicios que se contraten, independientemente de que se trate de servicios normales, o festivos, incluyendo asimismo antigüedades, vehículos utilizados en la oferta, combustible, mantenimiento de equipos, etc.

Página 5 de 9

Nº EXPEDIENTE SERVICIOS DE SEGURIDAD SALA SEGURIDAD: 1833-SO-34

A su vez, las empresa ofertarán también un precio/hora nocturno, con independencia de si se trata de festivo o no. De igual manera, y al objeto de facilitar posteriores ampliaciones puntuales de personal para servicios concretos, las empresas aportarán un listado con el desglose de precios unitarios de todos sus servicios (jefe de equipo, vigilantes, auxiliares, vehículos, …). Se entenderá en todo caso, que en la oferta están incluidos los precios de los elementos materiales incluidos en esta oferta, más aquellos otros que, en su caso, oferte como mejora cada una de las empresas. No se aceptará ninguna oferta cuyos precios se encuentren por debajo de los costes salariales establecidos en el último convenio, y que puedan soportar con garantía todos los recursos necesarios para el servicio.

X. OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO

La empresa que resulte adjudicataria, adquirirá el compromiso de contratar al personal que vaya a desempeñar el servicio con la categoría y homologación de vigilante de seguridad debiendo acreditar documentalmente esta vinculación. Así mismo deberá hacerse cargo del personal procedente del contrato de vigilancia y seguridad anterior cuando así lo exijan las normas, convenios o acuerdos en vigor. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario. El adjudicatario deberá realizar directamente la explotación del servicio, no pudiendo subrogar, subarrendar, ceder o traspasar, directa o indirectamente, el servicio que se contrata. No se podrá hacer uso comercial, laboral, o cualquier otra, del nombre del Consorcio Valencia 2007 que contrata, ni de la Marina Real Juan Carlos I, sin autorización expresa. El adjudicatario será responsable ante los Tribunales de Justicia de cualquier incidente que pudiera sobrevenir a su personal por el ejercicio de su profesión en este servicio que se contrata.

XI.

DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

El licitador acepta que las presentes Condiciones Generales no le otorgan ningún derecho de propiedad intelectual o de cualquier otra naturaleza relacionado directa o indirectamente con el Consorcio Valencia 2007, ni con la MARINA REAL JUAN CARLOS I, ni con la America’s Cup. Asimismo, el licitador reconoce la protección de los derechos de propiedad intelectual relacionados directa o indirectamente con el Consorcio Valencia 2007, la MARINA REAL JUAN CARLOS I, o la America’s Cup, tales como ‘America’s Cup’, el trofeo de la America’s Cup, Copa América, y similares, comprometiéndose a respetar dichos derechos y a hacerlos respetar por sus empleados y subcontratantes, así como por todo el personal directa o indirectamente controlada o bajo el control del licitador.

Página 6 de 9

Nº EXPEDIENTE SERVICIOS DE SEGURIDAD SALA SEGURIDAD: 1833-SO-34

ANEXO I Página 7 de 9

Nº EXPEDIENTE SERVICIOS DE SEGURIDAD SALA SEGURIDAD: 1833-SO-34

Página 8 de 9

Nº EXPEDIENTE SERVICIOS DE SEGURIDAD SALA SEGURIDAD: 1833-SO-34

ANEXO II

CAPITULO

SERVICIO

HORARIO SERVICIO

A

JEFE EQUIPO

24H

B

VIGILANTE ZONA DE OCIO

24H

C

VIGILANTE DÁRSENAS DEPORTIVAS NORTE Y SUR

24H

D

VIGILANTE PANTALAN CENTRAL

14H

Página 9 de 9

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.