I. ORGANIZACIÓN DE LA VIDA DE LA COMUNIDAD ESCOLAR

CITE SCOLAIRE INTERNATIONALE EUROPOLE CIUDAD ESCOLAR INTERNACIONAL EUROPOLE REGLAMENTO INTERNO DEL LICEO INTRODUCCIÓN La vida en colectividad implica

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CITE SCOLAIRE INTERNATIONALE EUROPOLE CIUDAD ESCOLAR INTERNACIONAL EUROPOLE REGLAMENTO INTERNO DEL LICEO INTRODUCCIÓN La vida en colectividad implica un contrato entre los alumnos, sus familias y las diferentes personas que intervienen en la buena marcha del centro y que constituyen la Comunidad Escolar. La educación se basa en valores y principios específicos que todos han de respetar: gratuidad de la enseñanza, neutralidad y laicismo, trabajo, asistencia y puntualidad, tolerancia y respeto hacia los demás en su persona y sus convicciones; garantías de protección contra toda forma de violencia psicológica, física o moral y, por lo tanto, el compromiso de no emplear ningún tipo de violencia. Este reglamento no es inmutable; permanece abierto a cualquier sugerencia y a una probable evolución. Todas las partes interesadas han contribuido en su elaboración: alumnos, padres y el personal del centro, en todos los niveles.

I. ORGANIZACIÓN DE LA VIDA DE LA COMUNIDAD ESCOLAR 1.1 Escolaridad propiamente dicha 1. Obligaciones: El alumno que continúa sus estudios en el liceo participa en un proceso de educación progresivo, del cual él es el primer beneficiario y el primer responsable. • Estudio de las diferentes disciplinas, enriquecimiento cultural, aprendizaje del manejo de ideas y lenguas, formación de la opinión y del espíritu crítico, equilibrio físico, adquisición del sentido de la responsabilidad frente a sí mismo y frente al grupo (clase-liceo). • Asistencia a todas las clases que le correspondan. • No obstaculización del desarrollo del trabajo de clase (clases, exposiciones de alumnos, prácticas, trabajos en grupo, investigación individual, proyección, etc.) con ruidos (por Ej.: teléfono móvil, walkman, etc.), charlas o retrasos o mediante el no respeto de las normas (E.P.S., Educación Física y Deporte). • Entrega puntual de los trabajos y participación en los deberes controlados. • Asistencia a las clases optativas elegidas: el abandono imprevisto a lo largo del curso sólo se aceptará excepcionalmente, tras el acuerdo entre el alumno, el profesor implicado, la administración y los padres, quienes realizarán la petición por escrito para el próximo consejo de clase. • Muestra de respeto hacia la persona humana mediante un comportamiento decente y una actitud educada hacia todos los miembros de la comunidad escolar, jóvenes y adultos. • Preocupación por no deteriorar el mobiliario, el material y los locales que están a disposición de la colectividad.

2. Sanciones: Cualquier infracción de las normas de la vida colectiva o de las obligaciones definidas en el reglamento interno es merecedora de sanciones. Es esencial que cada falta se solucione en el nivel en que se ha producido. Sanciones otorgadas por los Consejeros Principales de Educación, profesores o vigilantes: pueden ser desde un aviso oral o escrito, acompañado eventualmente de un trabajo suplementario efectuado en casa o en el liceo, hasta una expulsión de una hora de clase. Sanciones otorgadas por el Director del Centro o su Adjunto : aviso con o sin que quede constancia en el historial, expulsión temporal de 1 a 8 días con o sin constancia en el historial, comparecencia ante el Consejo de Disciplina, lo que puede llevar a la expulsión definitiva del Centro. En todos los casos, antes de la puesta en marcha de un procedimiento disciplinario, habrá que buscar cualquier medida efectiva de naturaleza educativa.

3. Faltas de asistencia o retrasos 1

Ante cualquier falta de asistencia, los padres están obligados a informar en el despacho de Vida Escolar, por teléfono o por escrito, desde el primer día. A su regreso, el alumno presentará en dicho despacho el justificante escrito en el carné de correspondencia, indicando la duración y las causas; a continuación, se lo enseñará a los profesores correspondientes. En caso de que los padres no cumplieran con esta obligación, o no estén al corriente de la ausencia de su hijo, se les enviará un aviso, que deberán devolver cumplimentado a vuelta de correo. Además, para su regreso al liceo, el alumno deberá rellenar un resguardo de falta de asistencia del carné de correspondencia, que presentará a los profesores involucrados. En caso de no respetar dicho procedimiento, el alumno no estará autorizado a volver a clase. En caso de faltas de asistencia repetidas y sin justificar o de un desinterés por el trabajo, los miembros de la comunidad escolar dialogarán con el interesado; si dicho diálogo no suscitara un cambio en el comportamiento del alumno, podría pronunciarse en su contra alguna de las sanciones mencionadas anteriormente. Entre las clases y en caso de ausencia de un profesor o suspensión de alguna clase, los alumnos están autorizados a salir del liceo (salvo requerimiento contrario por parte de los padres).

4. E.P.S., Educación Física y Deporte: a- Control de los retrasos: Puesto que la mayoría de las clases se desarrollan fuera del centro, hay que llevar un control específico de los retrasos, teniendo en cuenta la puntualidad en la evaluación. b- Control de las faltas de asistencia: Las faltas de asistencia puntuales (1 clase), se justifican en el carné de correspondencia, como cualquier otra ausencia. Las faltas de asistencia prolongadas (2 o más clases consecutivas) deberán justificarse con un certificado médico de incapacidad total para E.P.S., que deberá entregarse al profesor lo antes posible. Nota: • En caso de incapacidad parcial, el alumno se dirigirá directamente al profesor, • el alumno deberá pensar también en justificar sus faltas en el despacho de Vida Escolar. c- Modalidades de desplazamiento hacia las instalaciones exteriores: Los alumnos podrán acudir, con el consentimiento de sus padres, solos y por sus propios medios, a las instalaciones deportivas que les haya indicado el profesor. Regresarán de nuevo al liceo y podrán marcharse directamente a su domicilio, si el tiempo lo permite.

5. Resultados escolares: Después de los consejos de clase se envía un boletín escolar trimestral a la familia, por correo. Dicho boletín comprende una nota y una valoración en cada disciplina. El consejo de clase puede felicitar a un alumno cuyos resultados o trabajo y motivación sean notables o alentar a aquél cuyos resultados, unidos al compromiso personal y a los progresos, merezcan mencionarse. También se puede dar un aviso a un alumno cuyo trabajo sea claramente insuficiente o la actitud pueda ser censurable. Un profesor, miembro del consejo, puede oponerse a estas felicitaciones o muestras de ánimo.

6. Salidas pedagógicas: Podrán ser de dos tipos: acompañadas, ida y vuelta desde el liceo, o quedando directamente en el lugar de la visita. En este último caso, los alumnos acudirán solos y por sus propios medios al punto fijado por el profesor que la organiza y regresarán a su domicilio de la misma manera. Cualquier salida pedagógica ha de obtener la autorización previa del director del centro y deberá estar supervisada obligatoriamente por adultos (personal o padres de alumnos) autorizados por el director.

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7. Salidas de los alumnos fuera del centro durante el horario escolar debido a alguna actividad relacionada con la enseñanza (TPE) (Trabajos personales supervisados) En aplicación de la circular n ° 96-248 del 25/10/96, cualquier salida queda supeditada a la autorización previa del director del centro, presentada impresa y entregada a los profesores; la entrega se efectuará en la secretaría del director, como muy tarde 48 horas antes de la salida.

1.2 Relaciones padres-alumnos-profesores-administración 1. Control del trabajo: Los padres que deseen controlar el trabajo y la presencia de sus hijos disponen de su horario, del cuaderno de ejercicios, del carné de correspondencia y de los boletines trimestrales.

2. Citas con la Administración o con los profesores: Los padres pueden pedir cita con la administración o con un profesor, por medio de su hijo, por carta o por el carné de correspondencia.

3. Reuniones padres-profesores: Se organizan reuniones para cada nivel.

4. Alumnos mayores de edad: Ver página de la mayoría de edad.

5. Alumnos tutores: Los alumnos tutores se encargarán de acoger a los alumnos nuevos.

1.3 Derechos de los estudiantes Los alumnos gozan de unos derechos de expresión individual y colectiva, de reunión, de asociación y de publicación. Estos se ejercen en el respeto del pluralismo, de los principios de neutralidad y respeto por los demás. Cualquier asunto difamatorio o injurioso puede tener consecuencias graves. El ejercicio de estos derechos no debe perjudicar las actividades de la enseñanza, el contenido de los programas y la obligación de asistencia.

1. Derecho de expresión colectiva: Se ejerce por medio de los delegados: en cada clase se eligen dos representantes de los alumnos (y dos suplentes). Los candidatos pueden presentarse sobre un programa (personal o común al liceo). Los delegados tienen una función importante como enlace: alumnos-padres-administración-profesores. Participan en los consejos de clase. Algunos (5), elegidos por sus compañeros, participan en el Consejo de Administración, en la Comisión Permanente (2) y en el Consejo de Disciplina (3). El consejo de delegados se reúne al menos tres veces al año, a petición del director del Centro, y se puede reunir también a petición de la mitad de sus miembros con un orden del día determinado.

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El Consejo de Vida del Liceo está formado por diez representantes de los alumnos, bajo la presidencia del director del centro: -Tres representantes elegidos por el consejo de delegados -Siete representantes elegidos por el conjunto de los alumnos. Vida del Liceo: los alumnos participan activamente en las reuniones de su clase, con los siguientes objetivos: elecciones de los delegados, preparación de los consejos de clase con sus delegados, reuniones propuestas por la clase, delegados o profesores, para resolver alguna cuestión relacionada con el grupo, decisión y organización de actividades fuera de clase (actividades culturales durante las horas de clase).

2. Derecho de asociación: Se practica en la Casa del Estudiante (y en los clubes que de ella dependen), asociación deportiva u otras asociaciones declaradas conforme a la ley del 1/7/1901. Cualquier asociación requiere el visto bueno del c.a. (Consejo de Administración), para ejercer sus actividades en el seno del liceo.

3. Derecho de publicación y de información: Los alumnos disponen de un derecho de publicidad no anónimo. En general, cualquier publicación, incluida la publicidad, implica la responsabilidad de los autores. Las publicaciones redactadas por los alumnos se pueden difundir libremente por el centro. Sin embargo, en caso de que determinados escritos fueran de carácter injurioso o difamatorio, o en caso de falta grave a los derechos de los demás o al orden público, el director del centro puede suspender o prohibir la difusión de la publicación en el centro. Cualquier otra publicación queda sometida a la aprobación del director del centro. Se pueden poner anuncios en los tablones reservados a los alumnos, aunque no podrán ser anónimos y deberán llevar el nombre, fecha y firma del autor o autores. El director del centro podrá quitar los anuncios que pudieran atentar contra el orden público o contra los derechos de las personas. Además, hay otros tablones situados en diferentes zonas del centro reservados a la administración, el C.D.I. (Centro de Información y Documentación), los delegados, los clubes y los padres.

4. Derecho de reunión: Los profesores y los alumnos tienen la posibilidad, con el permiso del director, de organizar debates sobre diversos temas, con personas ajenas al liceo, así como presentar películas o cintas de vídeo en la sala de proyección del C.D.I. durante las horas en que los responsables de dicho servicio estén presentes. Las reuniones son autorizadas por el director, quien decidirá entre todas las peticiones; esta petición incluirá las condiciones generales que garanticen la seguridad de las personas y de los bienes, y el compromiso de respetar el principio de laicidad citado anteriormente.

II. SEGURIDAD, HIGIENE 2.1 Seguridad 1. Para garantizar la seguridad de las personas, está prohibida la introducción en el centro de cualquier objeto peligroso.

2. Prevención:

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a- En cada clase están expuestas las normas de evacuación de los locales y tanto los alumnos como los profesores deberán tener conocimiento de ellas. Se realizarán ejercicios de evacuación (con la participación ocasional de los bomberos). La señal es una alarma especial, diferente a la alarma que indica el principio y el final de las clases. b- Para evitar accidentes en las prácticas de física y química, los profesores implicados darán todas las normas necesarias: manejo de los productos, ir vestido con un delantal de algodón o de tejido no inflamable.

3. Bicicletas y motos: Existe un garaje a disposición de los alumnos. El liceo no se hace responsable de los robos o de los desperfectos de los vehículos.

4. En caso de accidente: Cualquier lesión o accidente deberá notificarse inmediatamente en la enfermería o al C.P.E. (Consejero Principal de Educación), que se ocupará de tomar las medidas oportunas y de avisar a la Administración. Ningún seguro cubrirá a un alumno que dé una explicación tardía. La regla se aplica a todos los accidentes ocurridos en el centro o en el trayecto que va del domicilio al liceo. Los padres son civilmente responsables de los accidentes provocados a terceros por sus hijos y deben estar asegurados para ello; lo mismo sucede con los alumnos mayores de edad. En caso de accidente o enfermedad grave, el enfermo será transportado al centro hospitalario designado por los padres, a quienes se advertirá inmediatamente.

2.2 Seguro: El alumno queda bajo la responsabilidad del liceo a partir del momento en que está en los edificios (horas de clase, descansos, estudios, trabajo en el C.D.I., etc.) En caso de ausencia de clase a media mañana (hora libre o ausencia de un profesor), el alumno puede salir, pero está cubierto entonces por los seguros de los padres que han firmado una autorización a principios de año. También es el seguro de los padres el que cubre los trayectos directos, individuales o en grupo al estadio, a la piscina, etc. (circular n ° 78-027 del 11/01/1978, BO n ° 4). Al principio del año escolar, los padres reciben de las Asociaciones de Padres, diferentes propuestas de seguros, que deberán estudiar con detenimiento.

2.3 Salud 1. Tabaco: El tabaco está prohibido en el centro.

2. Alcohol: El consumo de alcohol está prohibido en el centro.

3. Drogas: Toda posesión, consumo y comercio de drogas y estupefacientes queda prohibida y el no respeto de estas normas se presentará ante el Consejo de Disciplina y será perseguido penalmente.

III. DATOS FINANCIEROS 3.1 Manuales escolares 5

Cada año, el primer sábado siguiente al comienzo de curso, se organizará una beca de libros (se informará en el tablón de anuncios).

3.2 Media pensión Los alumnos interesados en el servicio de restauración recibirán una tarjeta, cargada financieramente de antemano, que les permitirá obtener su comida.

3.3 Ayuda financiera 1. Becas nacionales: Los trámites de solicitud de becas se conceden al principio del segundo trimestre, para los alumnos de segundo y primero. A los alumnos de Terminale, se les proporciona información sobre la enseñanza superior al principio del tercer trimestre.

2. Becas provisionales: promoción de beca: Las familias cuya situación se modifica repentinamente (fallecimiento, paro, etc.), podrán pedir la beca al director del centro a lo largo del año; se podrá transformar en beca definitiva al año siguiente.

3. Fondo social del liceo: Permite al centro ayudar a algunos alumnos (gastos de exámenes, libros de texto, media-pensión, etc.). Los trámites entregados por las familias (prioritariamente a través de la Asistente Social), se examinan en Comisión. La inscripción en el centro obliga automáticamente al alumno y a los padres a respetar el presente reglamento.

IV. MAYORÍA DE EDAD Extracto de los textos oficiales: BO n ° 34 del 19/09/1974 – p.2725 « 1. (Formulario a completar por el alumno) …………………………………………………………………………… 2. Si lo desea, el alumno mayor de edad deberá poder desempeñar personalmente los actos que, en el caso de los alumnos menores de edad, corresponden únicamente a los padres. Tal es el caso, por ejemplo, de la inscripción, la anulación de ésta o la elección de orientación en el marco de los procedimientos habituales. Salvo petición escrita del alumno mayor de edad, generalmente son los padres los destinatarios de cualquier correspondencia que le concierna: entrega de notas e informes de apreciación, convocatorias, etc. En caso de oposición del alumno, los padres serán avisados y el director del centro estudiará junto con el alumno mayor de edad las medidas que habrán de tomar. 3. Como la mayoría de edad civil no implica ipso facto la desaparición de la obligación de mantenimiento que los padres han de asumir en proporción de los recursos y necesidades de su hijo, los padres continuarán, en general, cubriendo los gastos de escolaridad (internado, media-pensión, etc.). El certificado de escolaridad que usted (director del centro) entregará, tendrá en estas condiciones un valor particular: dará a los padres implicados la posibilidad de hacer valer sus derechos respecto a la legislación fiscal y social. Por el contrario, cualquier perturbación en la escolaridad (ausencias repetidas, injustificadas, abandono de estudios), capaz de poner a los padres en contra de esta legislación, deberá ser señalada de inmediato. 4. En caso de que el alumno mayor de edad ya no estuviera a cargo de sus padres, será conveniente pedirle el compromiso escrito de sufragar los gastos de escolaridad; el alumno deberá aportar alguna prueba de que sus ingresos personales le permiten hacer frente a sus obligaciones o, en su defecto, obtener el aval de una persona solvente.

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5. Las normas de disciplina individual y colectiva de funcionamiento del centro están detalladas en el reglamento interno y éste deberá mostrarse a los alumnos mayores de edad antes de su inscripción o en el momento de su mayoría; el acta de inscripción conllevará la adhesión a dicho reglamento interno. 6. El principio de neutralidad política de los centros permanece inalterable; igualmente, el hecho de que un mayor número de alumnos alcancen la mayoría de edad, no introducirá ningún cambio en los modos de relación entre los alumnos y el centro.»

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