Firmado digitalmente por: CAÑIZARES JUAREZ, ALFREDO (FIRMA) Motivo: Proyecto Tecnico Actividad Equina. Amador Pleguezuelos Hernandez Localización: Camí del Mollo, Polígono 7, Parcela 3. Vinyols i els Arcs Fecha y hora: 08.04.2015 23:52:14
Alfredo Cañizares Juárez
EXPLOTACION EQUINA Titular: Amador Pleguezuelos Hernández Situación: Camí del Mollo, Polígono 7, Parcela 3, 43391 Vinyols i els Arcs Proyecto Técnico. Régimen de Comunicación previa.
INDICE I.-
MEMORIA
...........................................................................................................................................4
1. INTRODUCCIÓN. ......................................................................................................................................4 1.1. Objeto. ................................................................................................................................................4 1.2. Antecedentes. .....................................................................................................................................4 2. DATOS DE LA MEMORIA. ........................................................................................................................4 2.1. Proyecto ..............................................................................................................................................4 2.2. Titular. .................................................................................................................................................5 2.3. Del Técnico proyectista. .....................................................................................................................5 3. NORMATIVA DE APLICACIÓN. ................................................................................................................6 4. REQUISITOS DE DISEÑO. .......................................................................................................................7 4.1. Clasificación de la actividad................................................................................................................7 4.2. Clasificación urbanística .....................................................................................................................7 4.3. Características de las instalaciones. ................................................................................................10 4.3.1. Descripción general. ......................................................................................................................10 4.3.2. Condiciones constructivas. ............................................................................................................11 4.3.3. Relación de superficies y alturas. ..................................................................................................11 4.3.4. Aspectos higiénico – sanitarios. ....................................................................................................11 4.3.5. Accesibilidad. .................................................................................................................................12 4.3.6. Ventilación .....................................................................................................................................12 4.3.7. Servicios sanitarios. .......................................................................................................................12 4.4. Requisitos y obligaciones según normativa sectorial. ......................................................................12 5. DATOS DE ENERGIA Y AGUA. ..............................................................................................................15 5.1. Tipo de energía utilizada ..................................................................................................................15 5.2. Consumos anuales de energías .......................................................................................................15 5.3. Medidas de ahorro energético ..........................................................................................................15 5.4. Procedencia del agua sanitaria ........................................................................................................15 6. INSTALACIONES. ...................................................................................................................................15 6.1. Instalación eléctrica ..........................................................................................................................16 7. PERSONAL. .............................................................................................................................................16 7.1. Número de trabajadores ...................................................................................................................16 7.2. Turnos de trabajo ..............................................................................................................................16 7.3. Periodos de cese de la actividad ......................................................................................................16 7.4. Seguridad y salud en los lugares de trabajo ....................................................................................16 8. CONCLUSIÓN. ........................................................................................................................................16
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ANEXO I SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS. (DB SI) .................................................................................17 1. RÉGIMEN DE APLICACIÓN....................................................................................................................17 2. NORMATIVA APLICABLE. ......................................................................................................................17 3. ESTUDIO DE RIESGO. ...........................................................................................................................17 4. COMPARTIMENTACIÓN EN SECTORES DE INCENDIO .....................................................................19 5. LOCALES O ZONAS DE RIESGO ESPECIAL. .......................................................................................19 6. REACCIÓN AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS, DECORATIVOS Y DE MOBILIARIO. ...............................................................................................................................................19 7. EVACUACIÓN..........................................................................................................................................20 7.1. Calculo de la ocupación....................................................................................................................20 7.2. Número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación. ......................................................21 8. DIMENSIONADO DE LOS MEDIOS DE EVACUACIÓN. .......................................................................21 9. INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. ...............................................................21 9.1. Señalización de las instalaciones manuales de protección contra incendios. .................................22 ANEXO II IMPACTO AMBIENTAL. ..................................................................................................................23 1. OBJETO. ..................................................................................................................................................23 2. IMPACTO SOBRE EL MEDIO. ................................................................................................................23 2.1. Acuíferos protegidos .........................................................................................................................23 2.2. Espacios naturales y de protección especial....................................................................................23 2.3. PEIN (Plan de Espacios de Interés Natural) ....................................................................................24 2.4. Red Natura 2000 ..............................................................................................................................24 2.5. Zonas húmedas ................................................................................................................................24 2.6. Zonas vulnerables por nitratos .........................................................................................................24 2.7. Generación de residuos....................................................................................................................25 2.8. Vertido de aguas residuales .............................................................................................................26 2.9. Atmósfera..........................................................................................................................................26 2.10. Otros. ..............................................................................................................................................26 ANEXO -III- PLANOS .......................................................................................................................................27
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I.-
MEMORIA
1. INTRODUCCIÓN. 1.1. Objeto. El presente proyecto técnico de actividad define las instalaciones necesarias para la adecuación de las instalaciones ganaderas dedicadas a la explotación equina, de forma que a través del mismo, puedan obtenerse las oportunas licencias de la Administración Local y, una vez ejecutadas, sirvan normal y correctamente para los fines a que se destinan.
1.2. Antecedentes. Debido a la situación de la parcela, se ha solicitado ante el Exc. Ayuntamiento de Vinyols i els Arcs, el Uso provisional del Suelo para el correcto desarrollo de las instalaciones. Se amplía esta información en el punto “4. Requisitos de diseño”.
2. DATOS DE LA MEMORIA. 2.1. Proyecto Proyecto Técnico de Actividad Ganadera, emplazada en el Camí del Mollo, Polígono 7, Parcela 3, del municipio de Vinyols i els Arcs, 43391 Tarragona. La zona donde se emplaza es una zona sin edificar. La referencia catastral es la siguiente: 8514403CF3581D0001WM
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Figura 1.1. Plano catastral de la instalación equina
Figura 1.2. Fotografía aérea de la instalación equina
2.2. Titular. El titular de la actividad es el Sr. Amador Pleguezuelos Hernández, con DNI 39669581-D, con domicilio en calle Argentina, 1, PB 2 A del municipio de Cambrils – 43850 Tarragona. Móvil: +34.653.060.662 Las notificaciones deberán dirigirse a la siguiente dirección: C/ Cristòfol Colom, 29, 43850 Cambrils. “Carnisseria/Xarcuteria Amador”.
2.3. Del Técnico proyectista. Alfredo Cañizares Juárez DNI 39.894.848-Z Col. 17945-T C/ De La Torrassa, 11, Escalera C, 4º-C 43840 Salou. Móvil: +34.655.53.46.08 e-mail:
[email protected] /
[email protected]
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3. NORMATIVA DE APLICACIÓN. Además de lo que dicta la buena lógica para el perfecto funcionamiento de la actividad que se pretende, se tendrá muy en cuenta el cumplimiento de todas aquellas disposiciones Legales Vigentes en la actualidad, siendo las más significativas las que se detallan a continuación.
3.1. Leyes decretos y órdenes. Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades. Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas. Ley 3/2012, de 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la ley de urbanismo, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de Agosto, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo. Real Decreto 314/2006 de 17 de marzo de 2006, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE), Documento Básico SI (Seguridad en caso de Incendio) Documento Básico SUA (Seguridad de utilización y Accesibilidad) y Documento Básico HS (Salubridad) y posteriores modificaciones y/o correcciones. Real decreto 2267/2004, Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales. Decreto 61/1994, de 22 de febrero, sobre regulación de las explotaciones ganaderas. Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el cual se establece y se regula el Registro general de explotaciones ganaderas (BOE 89, de 13-4-2004). Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino. Decreto 136/2009, de 1 de septiembre, de aprobación del programa de actuación aplicable a las zonas vulnerables en relación con la contaminación de nitratos que proceden de fuentes agrarias y de gestión de deyecciones ganaderas. Decreto 283/1998, de 21 de octubre, de designación de las zonas vulnerables en relación con la contaminación de nitratos procedentes de fuentes agrarias. Decreto 476/2004, de 28 de diciembre, por el cual se designan nuevas zonas vulnerables en relación con la contaminación de nitratos procedentes de fuentes agrarias. RD 842/2002, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico de Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC’s) Decreto 486/1997 de 14 de abril por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales (ROAS). Ordenanzas Municipales (Vinyols i els Arcs)
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4. REQUISITOS DE DISEÑO. 4.1. Clasificación de la actividad. Este será un establecimiento destinado a explotación ganadera equina. La actividad tiene clasificación según la Ley 20/2009 de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades, en su Título IV Régimen de comunicación, Anexo III Actividades sometidas al Régimen de comunicación, epígrafe 11: Instalaciones ganaderas para la cría intensiva que dispongan de; 1.g: Plazas de equino, con una capacidad de hasta 500 y superior a 5 reses.
La clasificación según Decreto 137/2008, de 8 de julio, por el que se aprueba la Clasificación Catalana de Actividades Económicas del 2009 (CCAE-2009): ▫
Código 01.43: Explotaciones de caballos y otros équidos.
4.2. Clasificación urbanística La actividad se encuentra ubicada en el Camí del Mollo, Polígono 7, Parcela 3.
Figura 4.1. Ubicación de la actividad. Clasificación Urbanística del suelo.
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Figura 4.2. Clasificación del Suelo. Datos extraídos del Departament de Territori i Sostenibilitat de la Generatitat de Catalunya
Dado que el Suelo donde se encuentra ubicada la actividad está clasificado como Suelo Urbanizable, se procede mediante este Proyecto a la solicitud a los Servicios Técnicos de Urbanismo del Exc. Ayuntamiento de Vinyols i els Arcs, como Uso provisional de la actividad ganadera equina, según se establece en los artículos 16 y 17, de modificación de los artículos 53 y 54, del texto refundido de la Ley de Urbanismo y que se detallan a continuación:
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4.3. Características de las instalaciones. 4.3.1. Descripción general. La actividad proyectada, está emplazada en el municipio de Vinyols I els Arcs, colindante con el municipio de Riudoms, en el Camí del Mollo, Polígono 7, Parcela Nº 3. Al Sur se encuentran las infraestructuras de carreteras AP-7, A7 y N-340. Al este se encuentra la carretera TV-3141, la cual une los municipios de Cambrils, Vinyols i els Arcs, Ruidoms y Reus. Al norte, se encuentra la población de Vinyols i els Arcs.
Las distancias relacionadas con estos puntos se detallan a continuación: •
1,01 Km a la AP-7 y A-7
•
643 m a la carretera TV-3141
•
2,5 Km al municipio de Vinyols i els Arcs
Otras distancias a otras actividades y municipios: •
246 m a las Granjas del Querol
•
373,60 m al Mas del Querol
•
2,05 Km a Vilafortuny
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Figura 4.3. Ubicación de la instalación respecto zonas pobladas e infraestructuras cercanas
4.3.2. Condiciones constructivas. En este caso, al tratarse de unas instalaciones existentes, no es necesario llevar a cabo ningún tipo de obra a realizar, ya que se encuentran adaptadas para su correcto desarrollo. La construcción está realizada mediante cimentaciones continuas. La estructura está formada por paredes de carga y estructura de hormigón. El techo está formado por forjado con sus correspondientes vigas. Las paredes de cerramiento son de ladrillo perforado (Gero). La solera está formada por capa de hormigón.
4.3.3. Relación de superficies y alturas. La actividad, cuenta con diferentes instalaciones para su desarrollo. En este caso podemos diferenciar 3 “edificaciones” existentes: •
Almacén: En esta zona, es donde se almacenan diferentes materiales y útiles apropiados para llevar a cabo el desarrollo de la actividad. También es donde se guardan los productos utilizados para la realización de una eficaz limpieza y desinfección, desinsectación y desratización.
•
Cuadras: Esta es la zona donde se encuentran los caballos de qué consta la actividad equina. Se encuentra dividida en dos zonas. o
Cuadras: donde se alojan los caballos
o
Estercolero: zona donde se almacena el estiércol producidos por las deyecciones de los caballos. Una vez se almacena una cantidad concreta de estiércol, este es vaciado.
•
Caseta: zona utilizada por el personal que desarrolla la actividad en la instalación para sus menesteres. Consta de sala, lavabo y una pequeña cocina.
Tabla 5.1. Superficies
DENOMINACIÓN
Altura
Superficie m²
Cuadras (Nave 1 Zona almacén Nave 2 (estercolero) Cuarto de herramientas
434,00 205,00
4,35 m
26,00
Cuarto de herramientas
33,50 698,50 m²
4.3.4. Aspectos higiénico – sanitarios. SOLERA: Realizada mediante pavimentado de hormigón. PAREDES: Las paredes están realizadas mediante ladrillo cerámico y revocado con mortero. CUBIERTA: La cubierta está realizada mediante estructura de hormigón y teja cerámica. Es una cubierta a dos aguas. ASEOS: Los aseos para el personal se encuentran en la caseta al inicio de la finca.
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4.3.5. Accesibilidad. Se establece lo dispuesto en el Decreto 135/1995, de 24 de marzo, de despliegue de la Ley 20/1991, de 25 de noviembre, de promoción de la accesibilidad y de supresión de barreras arquitectónicas, y de aprobación del Código de accesibilidad, y en el Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad (SUA).
Al tratarse de una actividad no abierta al público, sino que es privada y de carácter agrícola, no se ha tenido en cuenta la accesibilidad a las instalaciones.
En todo caso, si se ha tenido en cuenta el Decreto 486 de puestos de trabajo, asegurando que el personal que deba trabajar en las mismas, no tenga problema alguno derivado de la accesibilidad a los mismos.
Los accesos a la explotación del establecimiento disponen de un itinerario practicable.
4.3.6. Ventilación La ventilación de las instalaciones es por medio natural y forzado. Al no existir ningún tipo de producción ni proceso industrial posible de generar humos, polvo, etc., no es necesario y existen aperturas en todas las cuadras y los accesos a las mismas se encuentran abiertos durante el funcionamiento y mantenimiento y cuidado de los caballos a diario. Además, existen una serie de extractores ubicados en la parte alta de la fachada lateral del acceso a la zona de cuadras, mediante los cuales se realiza una ventilación/renovación del aire forzada del interior.
4.3.7. Servicios sanitarios. El establecimiento dispone de un botiquín de primeros auxilios de forma permanente, ubicado en la casa. Este botiquín dispondrá lo establecido en el RD 486/1997, de 14 de abril, por el cual se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, en el cual se establece que todo lugar de trabajo deberá disponer, como mínimo, de un botiquín portátil que contenga desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables.
Todo este material de primeros auxilios se revisará periódicamente y se irá reponiendo tan pronto como caduque o sea utilizado.
4.4. Requisitos y obligaciones según normativa sectorial. La actividad debe cumplir lo establecido en el Decreto 84/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino.
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Según establece dicho Reglamento, las definiciones son las siguientes: •
Explotación equina: cualquier instalación, construcción o, en el caso de la cría al aire libre, cualquier lugar en los que se tengan, críen o manejen o se expongan al público, con o sin fines lucrativos. A estos efectos, se entenderán incluidas las explotaciones con animales de dicha familia: a) silvestres o semisilvestres, b) domésticos de producción, c) domésticos de compañía.
•
Équidos: mamífero solípedo cualquier especie del genero Equus, de la familia Equidae, y sus cruces.
•
Propietario del animal: la persona que figura como tal en la sección 3 documento de identificación equina o pasaporte referido en el artículo 3 del Real decreto 1515/2009, de 2 de octubre, por el que se establecen sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina sin perjuicio de lo previsto en la disposición adicional única.
Clasificación de la actividad La actividad se clasifica como:
1. Según el sistema productivo: a. Explotación equina intensiva: aquella en que los animales están alojados y son alimentados dentro de instalaciones de forma permanente.
2. Según el tipo: a. Explotaciones equinas de producción y reproducción: aquellas que mantienen y crían équidos con el objeto de obtener un fin lucrativo de sus producciones (incluyendo los animales selectos, semen o embriones). Asimismo, se incluirán en este tipo las explotaciones que no pertenezcan a ninguno de los recogidos en el apartado 2 del RD 804/2011, de 10 de junio.
3. Según la orientación zootécnica: a. Explotaciones de reproducción para producción de carne: aquellas explotaciones que mantienen y crían hembras de razas cárnicas de Équidos para su reproducción con el objeto de obtener nuevos reproductores o animales para carne o trabajo, con o sin fin lucrativo de sus producciones.
Compatibilidad urbanística. Se ha solicitado a los Servicios de Urbanismo del excelentísimo ayuntamiento de Vinyols i els Arcs, la solicitud de compatibilidad urbanística de la explotación, siendo la ID del registro: E/000065-2014 en fecha 04/06/2014 a las 12:17.
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Tal y como se ha detallado anteriormente, el Uso solicitado es provisional ya que la explotación se encuentra ubicada en una zona clasificada como Uso Urbanizable, siendo el Uso solicitado provisional para el desarrollo de la misma.
Compatibilidad acústica. La actividad es compatible con las determinaciones y condicionantes que se establecen en el Mapa de capacidad acústica del municipio, los planes de acción y los planes específicos municipales de medidas para minimizar el impacto acústico y, en general, respetuosa con el resto de normas y programas vigentes para evitar o reducir la contaminación acústica.
Prevención y seguridad en caso de incendio Con la finalidad de garantizar el mantenimiento de las condiciones de seguridad, en caso de incendio, de las personas ocupantes durante el funcionamiento de la explotación, este debe cumplir las condiciones siguientes:
▫
De evacuación:
Todas las puertas previstas para la evacuación de las personas ocupantes se encuentren en correcto estado de funcionamiento. Siempre que se desarrolle la actividad, se deben mantener las vías de evacuaciones accesibles, libres de obstáculos y utilizables hasta el espacio exterior seguro. El sistema de cierre de las puertas destinadas a la evacuación no puede actuar mientras exista actividad en las zonas a evacuar o, en caso contrario, estas se deben poder abrir de manera fácil y rápida des del sentido de la evacuación.
▫
De señalización:
Se dispondrá de señales indicativas de dirección de los recorridos de evacuación. Estos serán visibles desde todo punto ocupable por el personal y de los puntos desde los cuales no se perciban directamente las salidas o sus señales indicativas. Los puntos de los recorridos de evacuación en los que haya alternativas que puedan inducir a error, se dispondrá de señales de manera que quede claramente indicada la alternativa correcta. Las señales se deben encontrar colocadas de manera coherente según la distribución de las personas ocupantes. Los medios manuales de protección contra incendios deben estar señalizados. Todas las señales de evacuación y de localización de los medios manuales de protección contra incendios deben ser visibles, incluso en caso de fallo del suministro del alumbrado general.
▫
De alumbrado de emergencia y de señalización:
El alumbrado de emergencia debe permitir, en caso de fallo del alumbrado general, la evacuación segura y fácil del público hasta el exterior.
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Las luces de emergencia deben situarse sobre las puertas que conducen a las salidas, en las escaleras, pasillos y vestíbulos previstos para la evacuación, como también en las dependencias anexas a la sala. El alumbrado de emergencia debe ser de tal naturaleza que en caso de falta de alumbrado ordinario de manera automática genere la luz suficiente para la salida del público, con indicación de los recorridos de evacuación, y para la visualización de los equipos y sistemas manuales de protección contra incendios.
▫
De los equipos y sistemas de protección contra incendios:
Todos los equipos y sistemas manuales de protección contra incendios se deben encontrar perfectamente visibles y accesibles.
5. DATOS DE ENERGIA Y AGUA. A continuación se detallan los datos en relación a energía y agua de la actividad a desarrollar.
5.1. Tipo de energía utilizada La energía utilizada principalmente es la eléctrica, para el funcionamiento principalmente de las luminarias interiores y/o exteriores como también el alumbrado. El suministro proviene de la red principal.
5.2. Consumos anuales de energías Dado que la actividad no se encuentra en funcionamiento en el momento de redactar este proyecto, no se prevén los consumos medios de cada tipo de energía. Una vez se encuentre en funcionamiento, se podrán estimar dichos valores. Las potencias del establecimiento son las siguientes:
5.3. Medidas de ahorro energético Al tratarse de una actividad agricola, no se prevén medidas de ahorro energético, teniendo en cuenta siempre que esté en funcionamiento: ▫
Utilizar todos los aparatos de cocina en los horarios establecidos.
▫
Mientras no haya personal en la explotación se deberá mantener apagada la línea de alumbrado, tanto en el interior como en el exterior.
5.4. Procedencia del agua sanitaria El agua utilizada en la actividad proviene de un pozo de captación de aguas subterráneas. Al igual que con el consumo de energía, no se puede prever el consumo de agua dado que no se ha procedido al funcionamiento de la actividad en el momento de redactar este proyecto.
6. INSTALACIONES. En este punto se pretende detallar las instalaciones que han sido necesarias para el correcto funcionamiento de la actividad.
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6.1. Instalación eléctrica La instalación eléctrica cumplirá lo establecido según el RD 842/2002, por el que se aprueba el reglamento electrotécnico de Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
7. PERSONAL. 7.1. Número de trabajadores El personal que trabajará en la actividad proyectada, estará formado por el peticionario dentro del régimen de Autónomos y dentro del Régimen General de la Seguridad Social.
7.2. Turnos de trabajo Al tratarse de una actividad privada agrícola, los horarios son establecidos por el titular de la misma, teniendo en cuenta la necesidad del cuidado diario de los animales (équidos).
7.3. Periodos de cese de la actividad La explotación no tiene en cuenta los periodos de cese tal y como se ha comentado en el apartadpo anterior.
7.4. Seguridad y salud en los lugares de trabajo Para dar cumplimiento a este punto se seguirá lo establecido en el real decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
8. CONCLUSIÓN. Con todo lo expuesto anteriormente se considera suficientemente detallado y expuesto todas las características constructivas existentes y de la adecuación del establecimiento, necesarias para el buen desarrollo de la explotación agraria que se pretende, con el compromiso de adoptar las condiciones y medidas que la Autoridad Municipal pueda imponer, en beneficio de la seguridad y el interés público, esperando que el mismo merezca la aprobación de la Administración y Ayuntamiento, dándonos las autorizaciones pertinentes para su tramitación y puesta en servicio. Junto con la presente memoria técnica, se adjuntan planos demostrativos. Salou, a 30 de junio de 2014 Alfredo Cañizares Juárez
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ANEXO I SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS. (DB SI) 1. RÉGIMEN DE APLICACIÓN. La actividad a tratar no tiene un Uso establecido según el Código Técnico de la edificación en su Documento Básico seguridad Contra Incendios (DB SI), ni tampoco en lo establecido en el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI), siendo un único establecimiento con un único titular. Se aplicarán las medidas mínimas que garanticen la seguridad en la explotación equina en caso de incendio, para evitar que por su situación o sus características no impliquen ningún riesgo intrínseco.
2. NORMATIVA APLICABLE. La normativa aplicable en este caso es la siguiente: Decreto 314/2006, Código Técnico de la Edificación. Documento Básico SI (seguridad contra incendios) y modificaciones y correcciones posteriores. Real Decreto 1942/1993, Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y modificaciones según Orden 16 de abril de 1998. Ley 3/2010, de
18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en
establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios.
3. ESTUDIO DE RIESGO. CARACTERIZACION DEL EDIFICIO Aun no siendo de aplicación lo establecido en el RSCIEI, podemos decir que el edificio desarrolla su actividad en un espacio abierto, quedando caracterizado como Tipo D: El establecimiento ocupa un espacio abierto, que puede estar totalmente cubierto, alguna de cuyas fachadas carece totalmente de cerramiento lateral, según se establece en la figura siguiente:
Figura 1. Caracterización del edificio (cuadras) según Anexo I del RSCIEI
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CALCULO DELA CARGA DE FUEGO PONDERADA. Teniendo en cuenta que en el local no existe ningún tipo de manipulación de materiales peligrosos y que se trata de una explotación ganadera (equina) en el que se dispone de medidas de seguridad mínimas y teniendo en cuenta la expresión de la carga de fuego ponderada. i
Qs =
∑G ⋅ q ⋅C i
i
1
A
i
⋅ Ra ( Mcal / m 2 )o( MJ / m 2 )
Donde: 2
Qs = Densidad de carga de fuego, ponderada y corregida, del sector o área de incendio, en MJ/m o 2
Mcal/m . Gi = Masa, en Kg, de cada uno de los combustibles (i) que existen en el sector de incendio. qi = Poder calorífico, en MJ/kg o Mcal/kg, de cada uno de los combustibles (i) que existen en el sector de incendio. Ci = Coeficiente adimensional que pondera el grado de peligrosidad (por la combustibilidad) de cada uno de los combustibles (i) que existen en el sector de incendio. Ra = Coeficiente adimensional que corrige el grado de peligrosidad (por la activación) inherente a la actividad que se desarrolla en el sector de incendio. 2
A = superficie construida del sector de incendio o superficie ocupada del área de incendio, en m . Según el poder calorífico de diversas sustancias. Según valores detallados en el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales (RSCIEI) sobre el poder calorífico de diversas sustancias:
Actividad de Restauración (sector de incendio): Tabla 3.1. Productos y características 2
Producto
Gi (Kg)
Paja (Alfalfa)
500
qi (Mcal/m )
Ra
Ci
192
1.5
1
18
Alfredo Cañizares Juárez
EXPLOTACION EQUINA Titular: Amador Pleguezuelos Hernández Situación: Camí del Mollo, Polígono 7, Parcela 3, 43391 Vinyols i els Arcs Proyecto Técnico. Régimen de Comunicación previa.
Aplicando los datos de cálculo anteriores y los contenidos en la tabla obtenemos los valores para el sector de incendio:
Qs =
(5.000 × 1,5) 1 205 2
Qs= 36,58 Mcal/m Siendo este un valor de densidad de carga de fuego ponderada y corregida que sitúa la actividad en un nivel de riesgo intrínseco Bajo 1, según muestra la tabla 3.2. Tabla 3.2. Nivel de riesgo intrínseco en función de la carga de fuego ponderada y corregida
Densidad de carga de fuego ponderada y corregida Nivel de riesgo intrínseco Mcal/m
2
MJ/m
2
Bajo
1
Qs ≤ 100
Qs ≤ 425
Bajo
2
100 < Qs ≤ 200
425 < Qs ≤ 850
4. COMPARTIMENTACIÓN EN SECTORES DE INCENDIO El edificio de cuadras constituye un único sector de incendios ya que la superficie que ocupa es inferior y no 2
excede los 2.500 m .
5. LOCALES O ZONAS DE RIESGO ESPECIAL. La explotación no dispone de ninguna zona de riesgo especial.
6. REACCIÓN AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS, DECORATIVOS Y DE MOBILIARIO. Los elementos constructivos que constituyen un sector de incendios, deben cumplir las condiciones de reacción al fuego que se establecen en la tabla 4.1, del Capítulo 4 de la Sección SI-1 de este Documento Básico. Elementos constructivos que se han utilizado: Justificación del comportamiento ante el fuego de los distintos elementos constructivos: Paredes: Paredes de fábrica de ladrillo gero perforado de 10 cm, recibido con mortero de cemento M-80 y guarnecido por ambas caras: EI-120
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Alfredo Cañizares Juárez
EXPLOTACION EQUINA Titular: Amador Pleguezuelos Hernández Situación: Camí del Mollo, Polígono 7, Parcela 3, 43391 Vinyols i els Arcs Proyecto Técnico. Régimen de Comunicación previa.
Según tabla F.1 (Anexo F DB SI) ladrillo perforado gero de espesor 80 < e ≤ 110 mm. de espesor guarnecido por ambas caras: EI-120 Medianeras. Paredes medianeras de fábrica de ladrillo perforado gero de espesor 110