INDICE DEL DOCUMENTO MEMORIA INFORMATIVA 5. NORMAS, PLANES Y ESTUDIOS SECTORIALES QUE LE SON DE APLICACIÓN 17

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PLAN PARCIAL DE MEJORA “CAMI DE LA MAR”

INDICE DEL DOCUMENTO MEMORIA INFORMATIVA

1. ANTECEDENTES

2

2. OBJETIVOS DEL ESTUDIO

5

3. DESCRIPCION DE LA ACTUACIÓN

7

3.1. BENEFICIOS SOCIALES, ECONOMICOS Y AMBIENTALES DEL PLAN PARCIAL

7

3.2. CONSECUENCIA DE NO REALIZARSE

9

3.3. DESCRIPCION DE LA ACTUACION

10

4. AMBITO DE ESTUDIO

15

5. NORMAS, PLANES Y ESTUDIOS SECTORIALES QUE LE SON DE APLICACIÓN

17

6. NORMAS DE CARÁCTER PAISAJISTICO QUE AFECTAN A LA ACTUACION

17

MEMORIA JUSTIFICATIVA

7. ALCANCE Y CONTENIDO DEL ESTUDIO

19

7.1. DESCRIPCION DE LA METODOLOGIA DE LA EVALUACION

19

7.2. JUSTIFICACION DEL AMBITO ADOPTADO

20

7.3. DEFINICION Y DELIMITACION DE UNIDADES DE PAISAJE

25

7.4. INVENTARIO DE LOS RECURSOS PAISAJISTICOS

39

8. PLAN DE PARTICIPACION PÚBLICA

43

9. JUSTIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE LOS INSTRUMENTOS DEL PAISAJE

43

10. VALORACION DE LA INTEGRACION PAISAJISTICA

43

11. VALORACION DE LA INTEGRACION VISUAL

45

12. CONCLUSIONES DE LA VALORACION DE LA INTEGRACION PAISAJISTICA Y VISUAL 45 13. CONCLUSIONES GENERALES

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PLANOS Y SIMULACION VISUAL

1. SITUACION Y EMPLAZAMIENTO 2. ORDENACIÓN URBANISTICA DEL SECTOR SUNP-1 3. UNIDADES DE PAISAJE 4. PUNTOS DE OBSERVACION Y VISIBILIDAD

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MEMORIA INFORMATIVA

1. ANTECEDENTES

La consideración del paisaje en la legislación urbanística española cuenta con cierta tradición, pudiendo encontrarse referencias al paisaje tanto en las distintas leyes estatales que han regulado la práctica urbanística desde mediados del siglo XX como en las normas autonómicas más recientes relacionadas con la planificación territorial. Sin embargo, esta presencia en los textos jurídicos no se ha traducido hasta la fecha en un tratamiento sistemático y generalizado de los recursos paisajísticos dentro de los instrumentos de planificación, caracterizándose, además, la consideración efectiva del paisaje en los escasos planes que lo han abordado, por un marcado carácter proteccionista, limitándose el diagnóstico y las propuestas a aquellos elementos o espacios paisajísticamente singulares. Frente a esta situación, la Convención Europea del Paisaje plantea la necesidad de integrar el paisaje en todos los instrumentos de planificación territorial, extendiendo su consideración al conjunto del territorio con independencia de los valores paisajísticos que presenten las distintas áreas que lo conforman, desarrollando enfoques integrados que recojan las diversas perspectivas desde las que es posible abordar el paisaje sistémica, formal y perceptiva, y que, además de la protección, tengan presente la gestión y la ordenación de los recursos paisajísticos. La preocupación por el desarrollo sostenible y el acelerado deterioro de las condiciones de bienestar y habitabilidad de las ciudades y municipios, además de los grandes cambios producidos por las nuevas tecnologías y la inminente destrucción de los paisajes naturales son factores que convierten al paisaje en un elemento esencial de cara a la conservación de la herencia cultural y natural, reflejo de la identidad y diversidad de cada territorio. Intervenir en el paisaje y el entorno natural juega un papel preponderante para la consecución de niveles de comodidad requeridos por ciudades y municipios, que como las nuestras- se encuentran en plena transformación. Por ello, hablar de arquitectura del paisaje no sólo hace referencia a la totalidad de los espacios exteriores de la edificación y al estudio de las grandes áreas urbanas, sino a factores tan heterogéneos como texturas, usos, grados de urbanización, ocupación y enriquecimiento de los mismos. El paisaje, por tanto, se ha convertido en un recurso que resulta obligado proteger y gestionar racionalmente, como queda reflejado en el Convenio Europeo sobre el Paisaje,

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formulado en Florencia el 20 de octubre de 2000. En este documento se destaca el papel del paisaje en el bienestar individual y social, y se establece su inclusión sistemática en la toma de decisiones de todas las políticas territoriales y económicas, que pueden tener un impacto directo o indirecto sobre él y acelerar su transformación. Así, teniendo en cuenta que uno de los rasgos de la Comunidad Valencia es su gran diversidad social, cultural, lingüística, natural, concentrada en un reducido espacio territorial caracterizado por el dinamismo de las acciones sobre el territorio, es necesario una acción global e integradora a través de una ley que defina la intervención sobre el territorio e involucre a todas las administraciones en el proceso de planificación y gestión territorial, conforme al papel que corresponde a cada una de ellas. Esa Ley, es la Ley 4/2004, de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, elaborada por la Generalitat Valenciana y según la cual, de conformidad con el artículo 32.1 “los instrumentos de ordenación y gestión de carácter sectorial con incidencia en el paisaje incorporarán estudios de paisaje (...)” El Gobierno Valenciano aprobó en fecha 11 de agosto de 2006, el Decreto por el que se da luz verde al Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, que asume plenamente que cada territorio se manifiesta por la identidad de su paisaje y que requiere, por tanto, de políticas paisajísticas. Así, en el nuevo reglamento se institucionaliza la integración del paisaje como elemento fundamental en la planificación de un territorio complementando el desarrollo legislativo impulsado por la Generalitat en urbanismo, vivienda, ordenación del territorio y paisaje y como criterio condicionante de los nuevos crecimientos urbanos y la implantación de infraestructuras. Los objetivos del nuevo Reglamento son ordenar las acciones de protección, gestión y ordenación de los paisajes valencianos; integrar y preservar los valores paisajísticos de modo que sean compatibles con su utilización cotidiana; y organizar la cooperación entre órganos de la Administración. Además, establece los mecanismos de participación pública en los instrumentos de protección, gestión y ordenación del paisaje, a partir de la elaboración de un Plan de Participación Pública y de las juntas de participación de Territorio y Paisaje. El Reglamento también establece normas de aplicación directa y de integración paisajística en el que se diferencian, de acuerdo con sus necesidades, la integración en la topografía y vegetación, visualización y acceso al paisaje, y el paisaje urbano. El Reglamento responde, en este sentido, al momento crucial en que se encuentra la Estudio de Integración Paisajística – La Pobla de Farnals Plan Parcial sector SUNP-1

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Comunidad Valenciana en la elaboración de su política de paisaje, ya que la misma cuenta con una gran riqueza paisajística, que es a la vez, expresión de la biodiversidad de su territorio, legado de su historia y recurso para su desarrollo económico. El documento elaborado por la Conselleria de Territorio y Vivienda se compone de 66 artículos estructurados en un capítulo preliminar, tres dedicados a la intervención pública, las normas de integración paisajística y a los instrumentos de paisaje.

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2. OBJETIVOS DEL ESTUDIO La Ley 4/2004 de 30 de junio, de la Generalitat Valenciana de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, recoge en su Art. 11, los denominados ESTUDIOS DE INCIDENCIA EN EL PAISAJE “Los planes que prevean los crecimientos urbanos y los planes y proyectos de infraestructuras contendrán un estudio sobre la incidencia de la actuación en el paisaje, que se incluirá en los estudios de evaluación estratégica ambiental”. Posteriormente, con la entrada en vigor del Reglamento del Paisaje, dichos Estudios de Incidencia en el Paisaje, pasan a denominarse Estudios de Integración Paisajística –EsIP-, cuya regulación se contiene en los artículos 48 a 58. El mencionado artículo 48 del Reglamento del Paisaje dispone que: 1. Los Estudios de Integración Paisajística se elaborarán en los casos previstos en el artículo 11.3 de la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje valorando la incidencia en el paisaje de las actuaciones que tengan por objeto nuevos crecimientos urbanos o la implantación de nuevas infraestructuras (...) (...) 4. Consecuentemente deberán ir acompañado de Estudio de Integración Paisajística: a) El planeamiento urbanístico de desarrollo contemplado en los apartados b, c, d y f del artículo 38 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana. b) Las solicitudes de licencias urbanísticas dentro de los conjuntos y sus entornos declarados Bienes de Interés Cultural y dentro de los Espacios Naturales Protegidos. c) Las solicitudes de Declaraciones de Interés Comunitario. d) Autorizaciones y licencias en suelo no urbanizable no incluidas en los ámbitos anteriores. e) Los proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental al amparo de lo dispuesto en la Ley 2/1989, de 3 de marzo y de su Reglamento de desarrollo aprobado por Decreto de 162/1990, de 15 de octubre, sustituyéndose el análisis de impacto visual por el citado estudio conforme a lo señalado en el artículo 58 de este Reglamento. f) Proyectos de Infraestructuras u obras públicas

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De conformidad con el artículo 49 del Reglamento, “los Estudios de Integración Paisajística tienen por objeto predecir y valorar la magnitud y la importancia de los efectos que las nuevas actuaciones o la remodelación de actuaciones preexistentes pueden llegar a producir en el carácter del paisaje y en su percepción y determinar estrategias para evitar los impactos o mitigar los posibles efectos negativos”. Pues bien, ese es el objetivo del presente Estudio, analizar y valorar el impacto paisajístico del desarrollo urbanístico del Sector SUNP-1 “CAMI DE LA MAR” estableciendo medidas y estrategias para evitar, mitigar o minimizar dicho impacto.

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3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO. 3.1. BENEFICIOS SOCIALES, ECONÓMICOS Y AMBIENTALES DEL PLAN PARCIAL

El término municipal de la Pobla de Farnals cuenta con tres zonas diferenciadas: El litoral, formado por playas con una calidad del agua excelente, el marjal, a continuación de la playa, rellenada de tierra para el cultivo agrario, y la población rodeada de terreno dedicado al cultivo de hortalizas, cítricos y frutales.

El término municipal de La Pobla de Farnals, es conocido por sus playas de fina arena y su Puerto Deportivo, situado en L´Horta Nord y a tan solo 13 Km al Norte de la ciudad de Valencia. Actualmente se encuentra en un proceso de especialización turística y expansión económica e industrial, orientándose hacia la oferta de una gran gama de servicios para el turista y el visitante, y combinado con su desarrollo empresarial derivado de su cercanía al Polígono Industrial de Rafelbuñol, ya saturado. Teniendo en cuenta esto, podemos decir que la propuesta de Plan Parcial contribuye a ese proceso de fomento y demanda de suelo urbano.

Como ya se ha indicado, nos encontramos ante un Sector de suelo en su mayoría Suelo Urbanizable No Programado, la proximidad del mismo al casco urbano, del que apenas le separa la ronda urbana paralela a la Avenida Aragón, sin ordenación pormenorizada desde el Plan General, hace necesario un instrumento de planeamiento de desarrollo para dotarle de dicha ordenación. Además existe dentro del Sector una bolsa de suelo urbano anexa al mismo, que no cuenta con ningún sistema de gestión previsto, y un espacio libre de red primaria colindante al Sector.

Por tanto, se procede a desarrollar este Suelo conforme a las determinaciones previstas por el Plan General de La Pobla de Farnals. Nos encontramos ante una ordenación respetuosa con el planeamiento vigente, concretamente ante una Zona de Desarrollo Residencial, con una densidad máxima de 42 viviendas por hectárea. Esa densidad acorde a los últimos crecimientos urbanos del municipio implica, el mantenimiento, del carácter tranquilo del municipio, por tanto, sin que el desarrollo urbanístico suponga una transformación relevante del mismo.

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Desde la perspectiva del planeamiento vigente, la propuesta ofrece una alternativa a la necesidad de creación de suelo residencial debido a la fuerte demanda de vivienda existente en el municipio, puesto que su escasez en la actualidad, ha producido una elevación de los precios del suelo, imposibilitando a muchas familias de la población el acceso a una vivienda digna, obligando con ello el traslado a otros municipios limítrofes. Además, su cercanía a la capital de la provincia, y las infraestructuras de comunicación, especialmente la Autovia V-21 y la CV-300, se han convertido en vías de interconexión idóneas con la ciudad de Valencia, provocando una expectativa de residencia en la Pobla de Farnals para muchas familias y jóvenes parejas que deciden aumentar su calidad de vida residiendo en el municipio y por tanto, aumentando la demanda de vivienda en La Pobla de Farnals. Ello implica beneficios importantes para la economía del término municipal, generando un incremento de las rentas. El gasto indirecto es importantísimo, lo que genera no sólo un movimiento importante de dinero, sino también el mantenimiento de un número importante de puestos de trabajo en restaurantes, bares, excursiones, compras en general y otros gastos, sin evaluar la actividad residencial o inmobiliaria. La propuesta presentada en este Plan Parcial plantea una solución urbanística equilibrada entre los fines previstos en el Plan General (desarrollo de un ámbito territorial concreto con unas determinaciones urbanísticas específicas) y las preexistencias contabilizadas en dicho ámbito. La ordenación pormenorizada, tomando como base la existencia de red primaria de espacios libres al este del sector, actúa de límite del mismo mientras el interior del sector se articula en una red viaria secundaria perfectamente dimensionada a las necesidades que se prevén, que lo permeabilizan y permiten su conexión con el entorno urbanizado colindante, manteniendo la continuidad de las redes existentes, de las rotondas que dan acceso al sector desde la Ronda de la Avenida Aragón, CV-300. Así mismo, se cumplen las exigencias de la sección de vialidad contempladas en el artículo 131 del ROGTU. Las zonas residenciales se ubican en el interior del sector separadas por los diferentes espacios libres de parques y jardines que constituyen las Zonas Verdes, de forma que se cose el tejido urbano, compactando zonas residenciales con la finalidad de ofrecer un espacio urbano coherente, de calidad y funcional (que facilite la extensión de las redes de servicios en términos de racionalidad económica), así como una conexión e integración

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adecuada de la urbanización con las redes de infraestructura de energía, comunicaciones y servicios públicos existentes y de nueva creación. De este modo las directrices que se pretende llevar a cabo se resumen en: -Completar y consolidar el área polideportiva existente. -Articular las rotondas existentes en la CV-300 en los extremos del Sector. -Dar continuidad longitudinal a la ampliación del núcleo urbano al otro lado de la CV300. -Articular el acceso al polideportivo, el Cami de la Mar y el Sector nº2 previsto en el PGOU, a través de la red viaria propuesta en el Plan Parcial. -Preservar el Sequiol Cami de Llari ubicando el trazado del mismo sobre una zona verde.

La solución prevista pretende dar una respuesta correcta y coherente de acuerdo con los espacios colindantes, completando la trama iniciada en la parte sur de la variante CV-300, junto al polideportivo municipal y ofreciendo así un tratamiento urbanístico sistemático del ámbito de actuación. En consecuencia, razones suficientes que avalan la idoneidad de esta propuesta, atendiendo a que ofrece una propuesta de ordenación pormenorizada integrada con las determinaciones de ordenación estructural y coherente con la realidad física y jurídica preexistente, cumpliendo así en plenitud los criterios que deben regir el ejercicio de una adecuada potestad de planeamiento urbanístico que integra la actividad urbanística (artículo 3.2 de la LUV).

3.2. CONSECUENCIAS DE NO REALIZARSE

En el presente supuesto, nos hallamos ante un suelo urbanizable no programado, así clasificado desde el mismo Plan General, además se justifica la modificación propuesta en el Plan Parcial de reclasificación de un área de suelo urbano del sector a suelo urbanizable, por tanto, con vocación de desarrollo urbanístico. Es decir, en el momento de redacción del P.G.O.U. de La Pobla de Farnals y sus modificaciones, dicho suelo ya fue objeto de análisis y estudio dotándole de la clasificación de Urbanizable, por tanto, no cabe plantearse la posibilidad de no realizarse el Plan Parcial formulado. Teniendo en cuenta que el Plan Parcial desarrolla íntegramente una ordenación previa que se contiene en el vigente Plan General, se hace innecesario contemplar en aquél otras alternativas. Estudio de Integración Paisajística – La Pobla de Farnals Plan Parcial sector SUNP-1

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La

propuesta

presentada

en

el

Plan

Parcial

plantea

una

solución

urbanística

pretendidamente equilibrada entre los fines previstos en el Plan General (desarrollo de un ámbito territorial concreto con unas determinaciones urbanísticas específicas) y las preexistencias contabilizadas en dicho ámbito. En definitiva, el hecho de dotar de ordenación pormenorizada a un Sector ya previsto y delimitado en parte por el propio Plan General, responde a criterios de racionalidad, de oportunidad y necesidad. Atendiendo a estos criterios se ha formulado la propuesta de Plan Parcial solicitada por la mercantil MARCOMAR S.A. y admitida a trámite la iniciativa de programación por el Excmo. Ayuntamiento de la Pobla de Farnals.

3.3. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN

1.- Sistema viario. a) Conexiones. El Programa de Actuación Integrada que desarrolle las determinaciones del Plan Parcial al que desarrolla y complementa este documento deberá satisfacer las condiciones de conexión e integración necesarias para garantizar la cobertura de infraestructuras y servicios que permitan la interacción del espacio ordenado con su entorno. Al igual, quedaran previstas dentro de la ordenación, o se completaran en su caso, las infraestructuras necesarias de agua potable, energía eléctrica, alcantarillado, alumbrado publico, gas y canalizaciones de la red de acequias. El Ayuntamiento de La Pobla de Farnals podrá establecer las medidas que a este efecto considere de inexcusable cumplimiento.

b) Red viaria del Sector. Esta red viene configurada por 24.750,31 m² de viales de la red secundaria y 14.740,21 m2 del sistema de espacios libres (GEL) “Cami de la Mar”. Los ejes viales principales del sector se han trazado respetando los anchos y alineaciones del Plan General. El perímetro del Sector se halla configurado por unos viales que permiten la conexión con la variante de la CV-300 a través de la rotonda existente al suroeste del ámbito de actuación. Al este del Sector e incorporado a la red primaria de la población se establece un viario que completa la plena integración del mismo, facilitando asimismo su acceso a través de dos rotondas situadas en la parte norte y sur de dicho ámbito. Esta configuración de los ejes viarios Estudio de Integración Paisajística – La Pobla de Farnals Plan Parcial sector SUNP-1

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secundarios ha permitido obtener manzanas de dimensiones homogéneas, siendo sus dimensiones similares a las que existen en otros ámbitos de la población. El conjunto de la red viaria ocupa un total de superficie de 39.490,52 m². c) Aparcamiento. Se prevén zonas específicas de aparcamiento colindantes a la Red Viaria descrita, con una previsión de 290 plazas públicas, a parte de los estándares fijados de 1 plaza privada por cada 100 m² de techo residencial. 2.- Red secundaria de dotaciones públicas para espacios libres y equipamientos públicos. El suelo dotacional no viario del presente Plan Parcial esta compuesto por una zona para equipamientos de la red secundaria, de 11.529,51m² de superficie en total, que constituye el área que rodea el Polideportivo Municipal y hasta el sistema general de espacios libres (GEL). Ubicado al norte del sector, constituye en parte una bolsa de terreno clasificado como suelo urbano y todavía no ejecutada debido a la urbanización no simultanea de terrenos próximos. Esta zona se destinará a equipamientos de carácter educativo-cultural y deportivo-recreativo. Igualmente, se compone de cinco reservas para espacios libres de parques y jardines de la red secundaria, grafiadas en Plano 2

(Ordenación Urbanistica del Sector)

como ZVS-1, ZVS-2, ZVS-

3,ZVS-4,ZVS-5 ubicados en forma de cruz en el centro del sector que actúa como eje vertebrador de las manzanas residenciales, contribuyendo a una adecuada integración de los espacios residenciales y las zonas ajardinadas. Así pues, la ZVS-2,ZVS-3 y ZVS-5 se ubican de forma longitudinal Sur-Norte, a modo de limite definitorio entre las dos tipologias edificatorias del Sector, al este edificación unifamiliar adosado y al oeste plurifamiliar abierta. La reserva ZVS-1, al nord-oeste del Sector representa un espacio que permite distanciar las manzanas mas grandes que se proyectan. Y por ultimo, la ZVS-4, constituye un corredor este- oeste de esparcimiento para el conjunto del Sector. Sumando las cinco reservas representa una superficie de 10.198,69 m². Así, el conjunto de espacios libres de parques y jardines indicado, y equipamientos cumple sobradamente equipamientos)

los estándares mínimos (8.655,23 m² para Zona Verde y

5.624,70 m² para

establecidos en el art. 67 de la Ley 16/2005 Urbanística Valenciana, y en

relación con el art. 208 del Reglamento de ordenación y gestión territorial y urbanística Estudio de Integración Paisajística – La Pobla de Farnals Plan Parcial sector SUNP-1

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(ROGTU).con el mínimo de 3.849,50 m² exigidos en el PGOU y supera con creces el exigido en el ROGTU. 3.- Zona de edificación. La edificación se ha concentrado en dos zonas diferenciadas, en cuanto a su tratamiento tipológico y funcional. Las manzanas situadas al oeste del sector permiten la edificación plurifamiliar abierta (EDA) mientras que las situadas al este permiten la edificación unifamiliar adosado (UFA). De esta forma se consigue una degradación de alturas hacia el este, con la dirección favorable del viento por las brisas del mar.

a) Viviendas plurifamiliares abiertas Se trata de la zona residencial ubicada al oeste del sector, delimitado por la ZVS-2, ZVS-3 Y ZVS-5 y donde se localiza la edificabilidad residencial de viviendas de protección publica. Se prevé la asignación como uso característico el de edificación plurifamiliar abierta, sobre la base de una parcela mínima de 220 m² que se pueden agrupar. Se disponen de 5 manzanas distintas, del siguiente modo: EDA 3-1: Se destinara la totalidad del aprovechamiento residencial a viviendas de protección pública. EDA 3-5: Se destinara la totalidad del aprovechamiento residencial a viviendas de protección pública. EDA 3-3: Se destinara a viviendas de protección pública, situado en los bloques de manzana que dan frente a la carretera CV-300 y los restantes a viviendas de renta libre.

El resto del aprovechamiento residencial podrá destinarse a la construcción de viviendas de renta libre o bien a la construcción de viviendas protegidas. EDA 3-2, EDA 3.4.

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Manzana

Superficie (m2s)

EDA 3.1

2.291,91

EDA 3.2

1.299,11

EDA 3.3

1.905,94

EDA 3.4

1.496,66

EDA 3.5

1496,66

TOTAL

8.490,28

b) Viviendas unifamiliares adosados Se trata de la zona residencial ubicada al este del sector, delimitado por la ZVS-2, ZVS-3 Y ZVS-5 y donde se localiza la edificabilidad residencial de viviendas unifamiliares adosadas de renta libre. Se prevé la asignación como uso característico el de edificación unifamiliar adosada, sobre la base de una parcela mínima de 100 m² que se pueden agrupar. Se disponen en 5 manzanas distintas, del siguiente modo:

Manzana

Superficie (m2s)

UFA -4.6

2.783,16

UFA -4.7

2.705,31

UFA -4.8

2.705,31

UFA -4.9

2.705,31

UFA -4.10

2.705,31

TOTAL

13.604,40

Ocupan, según el cuadro, una superficie de 13.604,40 m²s.

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4. AMBITO DE ESTUDIO De acuerdo con lo establecido en el artículo 51. Ámbito de los Estudios de Integración Paisajística del Reglamento del Paisaje de la Comunidad Valenciana. ”1. El ámbito de los Estudios de Integración Paisajística abarcará, para cada plan, proyecto o actuación para el que es obligatoria su realización conforme a lo establecido en el artículo 48.4 del presente reglamento, la Unidad o Unidades de Paisaje completas afectadas por la cuenca visual de la actuación tanto en su fase de construcción como de explotación. 2. A estos efectos, se entiende por cuenca visual aquella parte del territorio desde donde es visible la actuación y que se percibe espacialmente como una unidad definida generalmente por la topografía y la distancia. La Cuenca Visual puede contener a su vez una parte de una Unidad de Paisaje, una Unidad completa o varias Unidades de Paisaje”. Conforme a este artículo, a la hora de delimitar el ámbito de estudio, se han establecido dos Unidades de Paisaje –Unidad Cultivos y Unidad Núcleo Urbano-, tal y como en la Memoria Justificativa se explica de forma pormenorizada, y como queda reflejado en el plano de este apartado. El paisaje queda subdividido en unidades más o menos regulares formadas por zonas homogéneas en cuanto a los elementos diferenciadores. Éstas se definen por una parte, por sus características naturales, aspecto exterior de la superficie terrestre y cobertura vegetal, y por otra, por las estructuras o elementos artificiales introducidos por las actividades humanas. El criterio de selección de las distintas áreas que conforman las Unidades ha consistido en primer lugar, en la delimitación de las zonas urbanas consolidadas y compactas, a partir del Plan General de Ordenación Urbana, y apoyándonos en fotografías aéreas y en el análisis de la zona realizado “in situ”, se han establecido los limites entre la Unidad Urbana y la Unidad Agrícola o de Cultivos. Estas Unidades se han establecido dentro de un área, delimitada por el perímetro de una circunferencia de 3.500 m. desde el punto centro del Sector “Cami de la Mar” tal y como se establece en el Reglamento del Paisaje respecto a la dimensión de la cuenca Estudio de Integración Paisajística – La Pobla de Farnals Plan Parcial sector SUNP-1

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visual. Destacando que dentro de este ámbito se encuentran tres términos municipales diferentes: El Puig, al norte, La Pobla de Farnals, zona centro y Rafelbuñol al oeste y Massamagrell en la zona sur del ámbito de estudio.

El ámbito de la zona cuyo desarrollo se pretende abarca, integra la totalidad de los terrenos comprendidos dentro de lo que el vigente Plan General clasifica como SUELO URBANIZABLE NO PROGRAMADO y como SUELO URBANO, SECTOR SUNP-1 “CAMI DE LA MAR”, cuya superficie, según medición, resulta de 83.313,40m². Los límites del Sector así descritos son: -Por el norte: Suelo Dotacional Publico de uso Deportivo y Sector nº2 del PGOU de la Pobla de Farnals. -Por el Sur: Suelo No Urbanizable, del término municipal de Massamagrell, acequia en medio. -Por este: Suelo No Urbanizable, del término municipal de la Pobla de Farnals. -Por Oeste: CV-300.

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5. NORMAS, PLANES Y ESTUDIOS SECTORIALES QUE LE SON DE APLICACIÓN A.- PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LA POBLA DE FARNALS (P.G.O.U.)

No existe instrumento de ordenación territorial o ambiental de aplicación al ámbito de actuación. La única vinculación existente es el instrumento de planeamiento urbanístico de carácter general vigente en el término municipal de La Pobla de Farnals, consistente en el Plan General de Ordenación Urbano, aprobado por la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia en sesión de 25 de Julio de 1994.

6. NORMAS DE CARÁCTER PAISAJISTICO QUE AFECTAN A LA ACTUACIÓN. A día de la fecha, no se ha desarrollado ningún documento de carácter paisajístico que afecte a la actuación.

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MEMORIA JUSTIFICATIVA

7. ALCANCE Y CONTENIDO DEL ESTUDIO 7.1. DESCRIPCION DE LA METODOLOGIA DE EVALUACIÓN

El proceso de redacción del presente Estudio ha seguido la siguiente metodología: Análisis y reconocimiento paisajístico. Este apartado presta especial atención al trabajo de campo, que permite integrar la componente formal y visual del paisaje. Como resultado de esta primera etapa del trabajo se plantea la delimitación y cualificación de las unidades de paisaje en el ámbito de estudio y la identificación de los hitos y los principales conflictos paisajísticos existentes. Igualmente, la representación cartográfica de las condiciones escénicas del área de estudio y la determinación de los espacios y circunstancias que son considerados socialmente como valores, conflictos o potencialidades desde un punto de vista paisajístico, constituyen aspectos a abordar en esta primera etapa del estudio. Diagnóstico paisajístico. Partiendo de la información precedente, el diagnóstico se orienta hacia la identificación de los siguientes hechos: Los espacios y los elementos que poseen una mayor significación paisajística en el conjunto de la zona de actuación. Las áreas que presenten mayores posibilidades para el reconocimiento y disfrute de los recursos paisajísticos. Los usos o actividades con mayor incidencia en la configuración visual de las distintas unidades de paisaje. Las áreas con mayor fragilidad paisajística, definida tanto por su visibilidad como por los valores socialmente asignados. Los espacios visualmente más degradados.

Establecimiento de propuestas para la protección y mejora de los recursos paisajísticos.

Finalmente, se evaluará la necesidad de establecer medidas para la adecuada protección, gestión y ordenación del paisaje en el ámbito objeto del estudio. En términos generales, las citadas medidas estarían orientadas a:

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La identificación de aquellos espacios que por sus valores o potencialidades paisajísticas deban ser objeto de medidas encaminadas a su puesta en valor (entorno de construcciones rurales tradicionales,...). El establecimiento de criterios y normas paisajísticas para cada una de las unidades generales o zonas de actuación específicas que se identifiquen a lo largo del estudio. La identificación de espacios para la localización de actividades visualmente molestas. El establecimiento de criterios referidos a los usos, edificaciones e instalaciones con mayor incidencia en la configuración de los recursos paisajísticos del área (infraestructuras de telecomunicaciones, adecuación de espacios libres adyacentes a edificaciones, talas de arbolado, movimientos de tierras, etc.).

7.2. JUSTIFICACIÓN DEL ÁMBITO ADOPTADO

Tal y como se ha mencionado en la Memoria Informativa, el artículo 51 del Reglamento habla de la necesidad de delimitar Unidades de Paisaje. Pues bien, antes de entrar a definir, delimitar y analizar las mismas, vamos a realizar una breve introducción sobre el paisaje. La descripción del paisaje supone el estudio, caracterización y clasificación de los elementos que componen el paisaje y sus escenarios, por medio de la descripción de los componentes del paisaje y de las características visuales básicas. La descripción del paisaje establece el carácter del territorio, cuya homogeneidad es uno de los criterios para establecer la división en unidades que permitan la gestión ambiental y paisajística. Así, el artículo 32.1 dispone que “El análisis y el tratamiento del paisaje exigirá, a efectos instrumentales, la delimitación de las Unidades de Paisaje y de los Recursos Paisajísticos, en los términos definidos en el presente artículo y en los siguientes. Se entiende por caracterización del paisaje, la descripción, clasificación y delimitación cartográfica de las Unidades de Paisaje de un territorio determinado y de los Recursos Paisajísticos que las singularizan”. Los denominados componentes del paisaje y las características visuales básicas, permiten el establecimiento de diferencias entre unas y otras escenas, por su Estudio de Integración Paisajística – La Pobla de Farnals Plan Parcial sector SUNP-1

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valoración en términos del contraste visual, de la dominancia y de la importancia relativa de los componentes que participan en ese paisaje. Esta aproximación de la valoración del paisaje (SMARDON, 1979; RAMOS, 1987; ESCRIBANO ET AL., 1991, MOPT, 1992) surge como consecuencia de la necesidad de describir los posibles

escenarios ante el cambio establecido por las nuevas actividades, ya sea en la concepción de su planificación o por la ubicación o diseño de proyectos concretos. El paisaje surge en general de la combinación de los elementos componentes del medio físico y entre los que destacan, por su relevancia y mayor participación, la geomorfología, el clima, la vegetación, el agua, pero también de la incidencia de las alteraciones de tipo natural y de las modificaciones antrópicas en el territorio, por cuanto lo transforma y adquiere su propia personalidad. El paisaje, es pues, un elemento complejo del medio físico que surge como manifestación externa del territorio, y por tanto, de la interpretación de los otros elementos del medio. A) Componentes del Paisaje La descripción de un paisaje se efectúa a partir de la descripción de los componentes del paisaje, que son los aspectos del territorio diferenciados a simple vista y que lo configuran o constituyen. Una forma de exponer los componentes del paisaje es dividirlo en los tres grandes grupos de componentes, que mayor coherencia aportan por su carácter particular respecto al medio físico (HERNÁNDEZ-PACHECO, 1935, 1955; RAMOS, 1987, ESCRIBANO ET AL., 1991):

1. Físicos

-El relieve o las formas del terreno, la superficie del suelo, rocas, cursos o láminas de agua, nieve, hielo, etc., son los más representativos. -Hay que añadir las condiciones atmosféricas o el estado del cielo, porque en primer lugar configuran cada uno de los paisajes formando parte del fondo escénico o aportando a estos diversos meteoros (nubes, niebla, lluvia, nieve, etc.). Por otro lado, algunos de estos meteoros condicionan notablemente las propiedades de la luz y modifica directamente la percepción de los demás componentes del paisaje en proceso de visión.

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2. Bióticos

-La vegetación, tanto espontánea como cultivada, generalmente apreciada como formaciones mono o pluriespecíficas de una fisonomía particular, pero también en ocasiones como individuos aislados. -La

fauna, incluidos animales domésticos, en tanto en cuanto sean

apreciados visualmente.

3. Actuaciones Humanas

Cualquier tipo de estructura o elemento construido realizado por el hombre, que podrá ser encuadrada, por sus formas y carácter, como puntual (una casa), lineal (una carretera, puentes y extensiva (elementos construidos de una actuación urbanística; las terrazas agrícolas).

B) Características Visuales Básicas Se entiende por características visuales básicas el conjunto de rasgos que caracterizan visualmente un paisaje o sus componentes y que pueden ser utilizados para su análisis y diferenciación. Las características visuales básicas son color, forma, línea, textura, escala o dimensiones y carácter espacial (SMARDON, 1979; MOPT, 1992; ESPAÑOL ECHANIZ, 1999).

El Color El color es la propiedad de los objetos de reflejar la luz con una particular intensidad y longitud de onda, que permite al ojo humano diferenciar estos objetos que de otra forma serían idénticos.

La textura La textura es la manifestación visual de la relación entre la luz y sombra motivada por las variaciones existentes en la superficie de un objeto (debidas a las formas o rugosidad y también a las combinaciones de los colores o texturas de color). La forma La forma es el volumen o la figura que aparenta un objeto o varios objetos que Estudio de Integración Paisajística – La Pobla de Farnals Plan Parcial sector SUNP-1

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aparecen unificados visualmente en la escena contemplada. La línea La línea de un componente del paisaje es definida como el camino real o imaginario que percibe el observador cuando existen diferencias bruscas aparentes entre las características (color, textura y forma) de los elementos cuando los objetos se presentan situados en una secuencia direccional marcada (alineamiento de objetos). La dimensión de los objetos o la escala entre ellos La dimensión de los componentes u objetos se define como el tamaño o extensión de un elemento integrante del paisaje o la escala sería la relación existente entre las dimensiones de los distintos objetos presentes en un paisaje. La configuración espacial o el espacio Se entiende por espacio o configuración espacial la disposición tridimensional de los objetos y áreas que forman los paisajes en su acuerdo final. Esta disposición determina la organización de todos los elementos del paisaje a su vez que establece la relación entre todos estos componentes. Se entiende la configuración espacial como el escenario o la escena visual de los componentes del paisaje tal y como se ha venido utilizando hasta el momento. El Reglamento en el artículo 32 mencionado, concretamente en su apartado 2 establece que “Se entiende por Unidad de Paisaje el área geográfica con una configuración estructural, funcional o perceptivamente diferenciada, única y singular, que ha ido adquiriendo los caracteres que la definen tras un largo período de tiempo. Se identifica por su coherencia interna y sus diferencias con respecto a las unidades contiguas”. De acuerdo con esa definición de Unidad de Paisaje, la delimitación de éstas implica identificar la forma en que el territorio se organiza visualmente, es decir, el patrón o carácter del paisaje. Éste se entiende como una combinación de elementos con una estructura o disposición distintiva y consistente (LUCAS, 1991), haciendo referencia, no sólo a los contenidos del paisaje, sino también a la forma en que se disponen. Y aparece como consecuencia de la asociación de elementos vegetales, minerales, hidráulicos, urbanos, ect. que forman un sistema coherente.

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En cada unidad de paisaje, aparece un patrón de paisaje representativo. Este patrón es diferente dependiendo de la escala a la que se está trabajando. A pequeña escala, tiene un mayor peso las geoformas, los climas locales, la organización y la trama de los asentamientos, y la ocupación del suelo (MATA, 2003). Una vez se han identificado los diferentes patrones del paisaje, se definen los límites entre las unidades. Para la definición y delimitación de estas Unidades, nos hemos basado, de acuerdo con el artículo 34.2, en las observaciones realizadas in situ, caracterizándose a partir de los valores reales y actuales del entorno de la actuación objeto de análisis. Dicho artículo dice textualmente: Las Unidades de Paisaje se delimitarán conforme a los siguientes criterios: a) Las Unidades de Paisaje se definirán a partir de la consideración de los elementos y factores naturales y/o humanos, que le proporcionan una imagen particular y lo hacen identificable o único. Se considerarán, al menos, los siguientes: . Naturales: relieve, aspectos geológicos e hidrológicos, suelo, clima, especies de fauna y flora silvestres. . Humanos: población, asentamiento, intervención humana, patrón y usos del suelo tales como agricultura, trashumancia, silvicultura, actividades rurales, hidráulica, minería, industria, transporte, turismo, servicios, infraestructuras y usos recreativos entre otros. b) Las Unidades de Paisaje serán coherentes con las Unidades Ambientales para incorporar la información física, biológica, cultural y social en un planteamiento interdisciplinario que mejor integre el patrón ecológico y sus relaciones de forma que la gestión del paisaje promueva los principios de sostenibilidad.

c)

La

Unidades

de

Paisaje

se

delimitarán

independientemente

de

límites

administrativos y como tal se enmarcarán en su contexto regional e integrarán con aquellas que ya se han llevado a cabo en las zonas limítrofes, y hayan sido objeto de aprobación por la administración competente. Estudio de Integración Paisajística – La Pobla de Farnals Plan Parcial sector SUNP-1

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3. El análisis de las características de las Unidades de Paisaje definidas y delimitadas reflejará para cada Unidad, al menos, los siguientes aspectos: a) Elementos existentes que definen la singularidad de la unidad, incluyendo aquellos que afectan a otra experiencia sensorial además de la vista. b) Recursos paisajísticos existentes dentro de cada Unidad conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente. c) Tendencias y procesos de cambio presente y futuro y como éstas pueden afectar a las características de la unidad de paisaje. En particular se analizarán las procedentes de planes y proyectos que afecten al área de estudio. d) Principales conflictos existentes y previsibles.

7.3. DEFINICIÓN Y DELIMITACIÓN DE UNIDADES DE PAISAJE

En el municipio de La Pobla de Farnals, y mas concretamente en el entorno que nos ocupa, concurren una serie de usos del suelo (áreas de cultivo, núcleo urbano, infraestructuras de comunicación…) que marcan de forma clara los distintos paisajes, sin embargo las circunstancias ambientales (topografía, vegetación, morfología…) que caracterizan al municipio quedan relegadas a un segundo plano en cuanto a su practica homogeneidad sobre el territorio.

El paisaje queda subdividido en unidades más o menos regulares formadas por zonas homogéneas en cuanto a los elementos diferenciadores. Éstas se definen principalmente por la mayor o menor artificialidad introducida por las actividades humanas, quedando como ya se ha mencionado, en segundo plano a modo complementario las características de vegetación, color, relieve…

El criterio de selección de las distintas áreas que conforman las Unidades ha consistido en primer lugar, en la delimitación de las áreas urbanas, claramente identificables dadas la gran densidad en que se presenta sobre el territorio, con una configuración compacta a lo largo de una vía de comunicación como es la “Antigua Carretera de Barcelona” hoy Avd. del Pais Valencia. Este crecimiento paralelo a una vía de comunicación caracteriza una morfología urbana longitudinal, constituyendo en Estudio de Integración Paisajística – La Pobla de Farnals Plan Parcial sector SUNP-1

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este caso, un continuo espacial formado por los núcleos urbanos correspondientes a los municipios por donde atraviesa esta antigua carretera de comunicación.

Esta

peculiaridad permite caracterizar esta unidad siendo claramente visibles y definitorio del paisaje de esta área.

Así pues y apoyándonos en las fotografías aéreas y en el análisis de la zona realizado “in situ”, se ha establecido los límites de esta unidad, permitiéndonos además mediante la consulta con los respectivos Planes Generales de Ordenación Urbana establecer la delimitacion de áreas urbanas diferenciadas por municipios. De este modo podríamos diferenciar entre Subunidades referentes al Núcleo Urbano de la Pobla de Farnals, Massamagrell y el Polígono Industrial de Rafelbuñol, sin embargo su tratamiento se realizará homogéneo, para el caso que estamos estudiando.

La delimitación de la Unidad Agrícola se ha realizado en base a los planos del PGOU, así como en el estudio sobre el terreno. Estas Unidades se han establecido dentro de un área, delimitada por el perímetro de una circunferencia de 3.500 m. desde el punto centro del Sector “CAMI DE LA MAR” tal y como se establece en el Reglamento del Paisaje respecto a la dimensión de la cuenca visual. A continuación se describen las mismas.

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UNIDAD AGRICOLA 1. Componentes del paisaje a) Físicos Esta Unidad se caracteriza por tener una topografía llana o presentar una ligera pendiente hacia el este, es decir, hacia el mar.

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No existe ningún cauce destacable en la presente Unidad.

b) Bióticos La mayor parte de la Unidad Agrícola, está ocupada por plantaciones de regadío especialmente cítricos, aunque destaca en el ámbito de actuación del Sector SUNP-1 el abandono y la tala de cultivos. Existen múltiples ejemplos dentro del sector, donde se observa el crecimiento natural de vegetación rudela, lo cual le conforma una apariencia de dejadez a la zona.

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En las áreas de cultivo se dan formaciones típicas de campos de regadío, especialmente en los campos de naranjos existe un predominio de un tapiz herbáceo llamado “agret”, Oxalis pes-caprae, al que acompaña la “ravenissa blanca”, Diplotaxis Erucoides, la “verdolaga”, portulaca Oleracea y la “fumaria”, Fumaria parviflora. Como vegetación ruderal podemos destacar en la zona de estudio las formaciones de bordes de caminos por “cebolla”, Asphodelus fistulosus, el “margall bord” , Hodeum murinum, la “ravenissa”, Hirschfeldia incara y Anacyclus valentinus.. Los cultivos mantienen comunidades faunísticas poco desarrolladas y de escaso valor ambiental, ya que son en cierta medida antropófilas y de amplia distribución. c) Actuaciones humanas Cabe destacar que a pesar de ser una unidad en la que el intrusismo antrópico es relevante en cuanto a la creación de las redes de distribución de aguas, acequias de obras, márgenes definitorios de las propiedades… no es relevante la existencia de viviendas diseminadas o casas de aperos tan comunes en los paisajes de municipios colindantes. c.1) Infraestructuras de comunicación: Línea de Ferrocarril Valencia-Tarragona, cruza de forma longitudinal norte-sur toda la unidad Agrícola, a modo de corte visual en el continuo agrícola de la Unidad. El mismo efecto crea el Camino del Mar en dirección oeste-este.

SUNP-1

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c.2) Infraestructuras aéreas de tipo telefónico:

2. Características visuales básicas: a) El color En esta Unidad sigue predominando el color verde, perteneciente a los cultivos de naranjos si bien, al albergar, aunque en menor cuantía, otro tipo de cultivos como patatas, melones…, el color verde se combina con los colores tierra del suelo de estas parcelas. El color azul del cielo, sigue siendo también un color siempre presente contrastando con el resto. Cabe mencionar que el actual abandono de muchas de las parcelas agrícolas esta propiciando la aparición de vegetación natural, cuyos ciclos de vida condicionan a lo largo del año el color característico de ellas, primavera: verde, verano y otoño: tonos ocres.

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c) La forma La Unidad tiene una forma homogénea separada en el espacio por los núcleos urbanos al oeste, así pues podremos identificar dos subunidades espaciales con iguales características una al este del núcleo urbano y otra en el espacio de separación entre los núcleos de La Pobla de Farnals, Rafelbuñol y Massamagrell. A su vez estas subunidades están atravesadas de forma transversal por varias líneas de comunicación: la CV-300, Línea de Tren Valencia-Tarragona y la Línea 1 del Tranvía.

d) La dimensión de los objetos o la escala entre ellos Los elementos presentes en esta Unidad no son destacables en cuanto a dimensiones, se caracteriza por constituir propiedades pequeñas y regulares típico de las zonas de regadío, consecuencia del heredado “minifundismo”. De este modo destaca en cuanto al aspecto visual su apariencia de tapiz, formado por muchos “retales”.

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UNIDAD NÚCLEOS URBANOS

El origen de la población parece estar en una primitiva alquería, caserío típico valenciano, cuyos propietarios eran los Farnals, familia musulmana, y que debió estar, según la tradición, en el lugar que hoy ocupa la iglesia parroquial, frente a la fuente Caduf. Actualmente posee una superficie cercana a los 3,5 km2 con una población de 6.200 habitantes en las que se encuentran todo el rango de edades de forma equilibrada. Las modernas construcciones en esta ciudad van orientadas hacia una mayor calidad de vida, con edificios y unifamiliares en los que se cuida especialmente su acabado

1. Componentes del paisaje a) Físicos Esta Unidad engloba el núcleo urbano actual de La Pobla de Farnals así como el de Massamagrell, y parte del Polígono Industrial de Rafelbuñol que se localiza en la zona norte del término municipal de la Pobla de Farnals. En las últimas décadas los límites entre espacio agrícola y urbano se han sobrepasado, motivado en gran medida por las nuevas vías de comunicaciones. Además y como consecuencia del gran empuje de la actividad constructora y la ampliación de suelo industrial

límite que se ha

trasladado hacia el este del municipio. Aquí la transformación del hombre ha sido total sobre el territorio, eliminando todo vestigio de condición natural. El medio está totalmente antropizado. b) Bióticos El componente biótico de esta Unidad es escaso, limitándose a los ejemplares arbóreos que forman parte de las plazas públicas, parques y jardines, así como a vegetación ornamental presente en las viviendas.

Subunidades. La Unidad Núcleo Urbano queda dividida en dos subunidades, cuyas características se describen a continuación:

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CASCO ANTIGUO

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ENSANCHE

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Tras observar estas fotografías, podemos ver que existe una clara diferencia entre la edificación del casco antiguo o histórico, y el ensanche. Dichas diferencias no lo son sólo en cuanto al tipo de edificación. Nos referimos principalmente a que el urbanismo del casco antiguo es un “urbanismo de calles estrechas y sinuosas, de viviendas unifamiliares de dos planta, destacando puntualmente ejemplos de “intrusismo urbanístico”, referido éste a la falta de integración de muchas de las viviendas de nueva construcción en relación al entorno que las acoge, principalmente por sus estilos arquitectónicos. Sin embargo, el urbanismo del ensanche es ordenado, regulado y sistematizado a pesar de que en cuanto a las edificaciones son dispares unas de otras, especialmente en los materiales y colores empleados (unos con ladrillos caravista en tonos rojizos, otros grises, otros de amarillos, otros azules).

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2. Características visuales básicas a) La forma El casco antiguo tiene una forma alargada paralela a la Antigua Carretera de Barcelona, situado al sur-oeste del casco urbano del municipio de la Pobla de Farnals. Mientras el Ensanche presenta una estructura en cuadricula, donde destacan en las mas recientes construcciones las intercalaciones de zonas verdes para jardines. b) La dimensión de los objetos o la escala entre ellos Las viviendas presentes en esta Unidad no son destacables, desde el punto de vista de la dimensión, si bien representan la memoria histórica del municipio dada su escasa representatividad en cuanto a recursos constructivos historico-culturales.

SECTOR SUNP-1 “CAMI DE LA MAR” Como ha quedado expuesto, el ámbito objeto de estudio, Sector SUNP-1, está incluido en la Unidad Agrícola. Las características de dicha Unidad, se ha descrito en este mismo apartado. A continuación, aparecen una serie de fotografías aéreas, en la que se muestra las siguientes imágenes:

1.- Vista del ámbito Norte del Sector SUNP-1 desde ”Cami de la Mar” 2.- Vista del ámbito Sur del Sector SUNP-1desde “Cami de Llari” 3.- Vista del ámbito Oeste del Sector SUNP-1desde CV-300 4.- Delimitación del Sector SUNP-1 con la Unidad Urbana desde CV-300

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7.4.- INVENTARIO DE LOS RECURSOS PAISAJÍSTICOS

Se entiende por recurso paisajístico todo elemento del territorio que representa un valor de mérito relevante para su conservación, ya se considere por su interés visual, por su interés cultural o patrimonial, o bien tenga reconocido un valor ambiental importante. Así, el artículo 35 del Reglamento del Paisaje de la Comunidad Valenciana dispone: Artículo 35. Caracterización de los Recursos Paisajísticos 1. Se realizará una caracterización de los Recursos Paisajísticos con las áreas o elementos del territorio de relevancia e interés ambiental, cultural y visual que incluirán: a) Por su interés ambiental, las áreas o elementos que gocen de algún grado de protección, declarado o en tramitación, de carácter local, regional, nacional o supranacional; el dominio público marítimo y fluvial; así como aquellos espacios que cuenten con valores acreditados por la Declaración de Impacto Ambiental. Las áreas o elementos del paisaje altamente valoradas por la población por su interés natural. b) Por su interés cultural y patrimonial las áreas o los elementos con algún grado de protección, declarado o en tramitación, de carácter local, regional, nacional o supranacional y los elementos o espacios apreciados por la sociedad local como hitos en la evolución histórica y cuya alteración, ocultación o modificación sustancial de las condiciones de percepción fuera valorada como una pérdida de los rasgos locales de identidad o patrimoniales. c) Por su interés visual las áreas y elementos visualmente sensibles cuya alteración o modificación puede hacer variar negativamente la calidad de la percepción visual del paisaje. Se definirá a partir del Análisis Visual definido en el artículo siguiente y contendrá, al menos, los siguientes elementos: Los elementos topográficos y formales que definen la estructura espacial que hace singular un lugar, tales como hitos topográficos, laderas, crestas de las montañas, línea de horizonte, ríos y similares. Los elementos y áreas significativas o características no estructurantes que conforman un paisaje tanto derivadas de su configuración natural como por la acción Estudio de Integración Paisajística – La Pobla de Farnals Plan Parcial sector SUNP-1

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del hombre-perfiles de asentamientos históricos, hitos urbanos, culturales, religiosos o agrícolas, siluetas y fachadas urbanas, y otros similares.

Las principales vistas y perspectivas hacia los elementos identificados en los apartados anteriores y de los inventariados por causas medioambientales o culturales. Los puntos de observación y los recorridos paisajísticos de especial relevancia por su alta frecuencia de observación, o la calidad de sus vistas. Las cuencas visuales que permitan observar la imagen exterior de los núcleos urbanos a los que se haya reconocido un extraordinario valor y su inserción en el territorio, su escena urbana interior y las vistas desde ellos del entorno que los circunda. Las áreas de afección visual desde las carreteras.

A continuación, vamos a enumerar los Recursos Paisajísticos, incluidos en cada Unidad.

UNIDAD AGRICOLA En base al análisis de factores ambientales, culturales y visuales podemos afirmar que no

existe

municipio

catalogado ningún

en

el

recurso

paisajístico destacable sobre la unidad agrícola analizada. Sin embargo cabe mencionar, desde el punto de vista morfológico por su conservación, el trazado del Sequiol Cami de Llari situado al sur del Sector SUNP-1, antigua vertebración de comunicación hasta la Playa.

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UNIDAD NUCLEO URBANO De acuerdo con la caracterización de los Recursos Paisajísticos establecida en el Reglamento, consideramos que esta Unidad presenta los siguientes valores de relevancia: a) Por su interés cultural: El casco Urbano de La Pobla de Farnals cuenta con escasos monumentos históricos, entre los que cabe destacar los siguientes: 1. LA IGLESIA PARROQUIAL DE SAN JOSE. En la primera mitad del siglo XVIII fue

construida la nueva iglesia, sustituyendo a la anterior Ermita de San Jose por quedarse pequeña. Además la iglesia tuvo

que

ser

ampliada en 1887. Destaca su fachada y

la

torre

campanario contrafuertes piedra imitando

del

y

los de

lateral la arquitectura

romana.

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2. LA FUENTE DE CADUF: frente a la iglesia vestigio del pasado islámico. Constituye un

hito histórico por indicar que frente a ella, justo donde se encuentra la iglesia existía una alquería ocupada por el moro Farnals.

3. AYUNTAMIENTO. Es de estilo arquitectónico contemporáneo pues se construyo en

1960, quizá su interés este enfatizado por la escasez de construcciones oficiales de esta década.

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8 .PLAN DE PARTICIPACION PÚBLICA El Decreto 120/2006, de 11 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, entre los documentos que deben integrar un Estudio de Integración Paisajística incluye el denominado Plan de Participación Publica, como parte de la documentación justificativa, y cuyo contenido y objeto se regula en los artículos 13 a17 del citado Decreto 120/2006, de 11 de agosto

El plan de participación pública del presente estudio de integración paisajística se desarrolla en documento complementario, aun cuando forma parte de este.

9. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS INSTRUMENTOS DEL PAISAJE Como ya se ha expuesto en la Memoria Informativa, a día de la fecha, no se ha desarrollado ningún documento de carácter paisajístico que afecte a la actuación; mencionar la inclusión del municipio de La Pobla de Farnals dentro del Plan de Acción Territorial de Protección de la Huerta de Valencia, sin embargo y haciendo uso de la cartografía contenida en el documento, el sector que se proyecta queda excluida del área de protección.

10. VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

Artículo 54. Valoración de la Integración Paisajística “La Valoración de la Integración Paisajística de una actuación analizará la capacidad o fragilidad de un paisaje para acomodar los cambios producidos por la actuación sin perder su valor o carácter paisajístico. “

La Valoración de la Integración Paisajística tendrá en cuenta los siguientes aspectos de los posibles impactos paisajísticos:

a) Fuentes potenciales de impacto. Se identificarán las principales causas o fuentes potenciales de producir impactos en el paisaje. b) Identificación de los Impactos potenciales. c) Caracterización y magnitud de cada uno de ellos tanto en la fase de construcción como en su funcionamiento, para diferentes horizontes temporales. Se analizarán, al menos los siguientes factores: Estudio de Integración Paisajística – La Pobla de Farnals Plan Parcial sector SUNP-1

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• Escala de la actuación y la extensión física del impacto. • Bondad o efecto beneficioso o adverso del impacto sobre el valor del paisaje • Incidencia, identificando los impactos directos sobre elementos específicos del paisaje y los indirectos que incidan sobre el patrón que define el carácter del lugar. • Duración, diferenciando si el impacto va a repercutir sobre el paisaje a corto, medio o largo plazo, tanto en la fase de construcción como en la de funcionamiento o vida de la acción propuesta. • Permanencia, o carácter reversible o irreversible del impacto sobre el paisaje. • Individualidad, indicando el carácter singular o acumulativo con otros del impacto

La Valoración de la Integración Paisajística analizará el grado de sensibilidad que tiene el paisaje al cambio en función, al menos, de los siguientes aspectos:

a) La singularidad o escasez de los elementos del paisaje considerados a escalas local o regional b) La capacidad de transformación de las Unidades de Paisaje y de los Recursos Paisajísticos a acomodar cambios sin una pérdida inaceptable de su carácter o que interfiera negativamente en su valor paisajístico. c) Objetivos de calidad paisajística de las Unidades de Paisaje del ámbito de estudio.

La valoración conllevará la clasificación de la importancia de los impactos como combinación de la magnitud del impacto y la sensibilidad del paisaje. Estos pueden ser: sustancial, moderado, leve e insignificante. Se identificará el potencial de incorporar medidas correctoras no contempladas en la ordenación del Sector. Estas podrán conducir a adoptar una localización diferente, una ordenación diferente, un diseño alternativo o modificaciones del diseño para evitar, prevenir o reducir al mínimo los impactos. En la valoración se hará la predicción de la importancia del impacto al paisaje.

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11. VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN VISUAL

Artículo 55. Valoración de la Integración Visual “La Valoración de la Integración Visual valorará específicamente el posible Impacto Visual de una actuación en el paisaje en función de la visibilidad de la actuación. La Valoración de la Integración Visual identificará los impactos visuales en función, al menos, de los siguientes factores: “

a) La compatibilidad visual de las características de la actuación: volumen, altura, forma, proporción, ritmos de los elementos construidos, color, material, textura, etc. b) El bloqueo de vistas hacia recursos paisajísticos de valor alto o muy alto. c) La mejora de la calidad visual. d) Los reflejos de la luz solar o luz artificial.

La Valoración de la Integración Visual contendrá: a) El análisis de las vistas desde los principales puntos de observación y la valoración de la variación en la calidad de las vistas debida a la nueva actuación. b) La clasificación de la importancia de los impactos visuales como combinación de la magnitud del impacto y la sensibilidad de los receptores. Estos pueden ser: sustancial, moderado, leve e insignificante. c) Se identificará el potencial de incorporar medidas correctoras no contempladas en la ordenación del Sector. Estas pueden conducir a adoptar una ordenación diferente, un diseño alternativo o modificaciones del diseño para prevenir y/o reducir al mínimo los impactos. d) La predicción de la importancia del impacto al paisaje.

12. CONCLUSIONES DE LA VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Y VISUAL

De acuerdo con la Valoración de la Integración Paisajística realizada, se desprende que:

La actuación a proyectar ocasiona una magnitud de impacto moderada, al tratarse de un suelo urbanizable no programado, así clasificado desde el propio Plan General, con una densidad máxima de 42 viviendas por hectárea.

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El ámbito de ordenación se localiza en la Unidad Cultivos cuya sensibilidad al cambio es Media. De la combinación de estos factores, se concluye que dicha actuación provoca en el entorno sobre el que se asienta, una integración Moderada.

La valoración de la Integración Visual ha dado como resultado que se trata de un entorno con múltiples puntos de visión, derivado de la poca pendiente de la zona, al estar sobre la llamada Llanura Litoral Costera. Sin embargo también debemos destacar el efecto pantalla que provocan las propias edificaciones situadas al oeste del sector, ya que impiden que desde otros puntos del casco urbano sea visible el área de actuación. Así pues, podemos identificar como puntos de observación principales:

1.Carretera CV-300 o Ronda de Aragón: desde este punto de observación principal es visible todo el Sector,

en

concreto desde la Rotonda que delimita

los términos

municipales

de

La

de

Pobla

Farnals

y

de

Massamagrell, al

situarse

la

carretera en una cota superior a todo

el

sector

SUNP-1. Esta via constituye un punto de observación dinámico, ya que es visible a lo largo de la travesía desde una rotonda a otra de forma longitudinal y especialmente la cara oeste del sector. Desde otros tramos del vial, no es posible la percepción del ámbito de ordenación, ya que nos encontramos con una pendiente descendente. Por lo que únicamente tiene una visibilidad alta, el tramo antes mencionado, tratándose de un recorrido corto y dinámico, si bien la presencia de observadores es alta por ser una de las entradas al núcleo urbano.

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Sin embargo, y excluyendo el punto de observación desde la rotonda de Massamagrell, podemos decir que la visibilidad resulta obstaculizada por los ejemplares arbóreos que lindan con la carretera de manera que, el impacto visual respecto a este punto de observación dinámico es MEDIO.

2. Camino del Mar: constituye el linde Norte del Sector SUNP-1 “Cami de la Mar”, con un trazado muy sinuoso entre los campos de cítricos también es un elemento de

observación

dinámico.

Es

desde el tramo inicial de carretera, desde donde se obtiene una visibilidad elevada de parte del Sector, ya que el abandono y arranque de los cítricos originales permite la visión. Desde arriba del puente, siguiendo el Camino del Mar , y que atraviesa las vías de

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ferrocarril Valencia-Tarragona, también se configura como un punto de observación que nos permite visualizar todo el sector. Pero a pesar de ello, el fondo de la vista, formado por las construcciones recientes que bordean la CV-300 provocan un efecto difusor del impacto que supondrá la nueva área. Así pues el impacto visual respecto a este punto de observación es BAJO.

3. Fachadas

de las edificaciones que lindan a la CV-300 por el oeste,

y

longitudinalmente desde La Pobla de Farnals hasta Massamagell constituyen puntos de observación estáticos, desde los que se observa prácticamente todo el sector. Dada la considerable modificación que de las vistas actuales provocará la consolidación del sector debemos admitir que el impacto visual respecto a estos puntos de observación es MEDIO, ya que actualmente es posible visualizar hasta la el núcleo turistico de la costa.

Existen, a su vez, un punto de vista secundario:

1. Camino de Llari: integrado dentro de la Red de Comunicaciones Históricas dentro del Plan de Acción Territorial de Protección de la Huerta de Valencia, hoy se encuentra relegado al uso agrícola exclusivamente. Su trazado, también sinuoso, al sur del sector y discurrido entre campos de naranjos con unas cotas inferior a la mayoría de huertos, produce cierta dificultad para la visualización del sector, por los numerosos obstáculos visuales que limitan el número de puntos de observación. Además la presencia de observadores es baja. Estudio de Integración Paisajística – La Pobla de Farnals Plan Parcial sector SUNP-1

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Por este motivo el impacto visual respecto a este punto de observación es BAJO.

A continuación se presenta la cuenca visual de 3500 metros del sector SUNP-1 “Cami de la Mar”, y los puntos de observación representativos desde donde es visible la actuación para evaluar el impacto visual y paisajístico, que la nueva actuación puede provocar sobre el territorio.

Así pues, identificamos dos tipos de puntos de observación, por una parte los estáticos, todos ellos localizados en el margen oeste de la CV-300 y ubicados en las viviendas que actualmente existen en esta franja, y por otro lado

los puntos

dinámicos, es decir relacionados todos ellos con vías o caminos de comunicación en los que la estancia perceptiva es “fugaz”, ya que el observador se encuentra continuamente en movimiento: estos corresponden a la CV-300, al Cami del Mar y al Cami de Llari.

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FICHA RESUMEN

VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

1.GRADO DE SENSIBILIDAD DEL PAISAJE AL CAMBIO

De acuerdo con el análisis de las distintas Unidades de Paisaje realizado en el presente Estudio y teniendo en cuenta los recursos inventariados para cada una de ellas, se desprenden las siguientes conclusiones

UNIDAD DE CULTIVOS Presenta en su gran mayoría cultivos de regadío, especialmente naranjos y algunos cultivos de huerta, sin embargo y atendiendo al entorno más próximo al área de actuación, encontramos en su mayoría campos abandonados y/o sin cultivo.

Esta unidad es susceptible de transformación, pudiendo albergar distintos usos, siempre y cuando se realice de forma racional y coherente.

Valoración de la sensibilidad al cambio: MEDIA

UNIDAD NUCLEO URBANO Esta unidad se divide en dos subunidades: -Subunidad Casco Antiguo, esta subunidad debe preservarse tal y como ha venido haciéndose hasta la fecha, destaca por su valor visual de calles estrechas y especialmente largas, formadas por casas de pueblo de fachadas estrechas.

Valoración de la Sensibilidad al cambio: MEDIO

-Subunidad de Ensanche: No presenta ningún valor significativo. Deben adoptarse medidas de integración formando un conjunto armónico. Admite la instalación de nuevas actividades humanas.

Valoración de la Sensibilidad al cambio: BAJA

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2. CONFLICTOS PAISAJÍSTICOS

Unidad Cultivos a) Existencia de parcelas y cultivos abandonados. b) Existencia de pequeñas edificaciones en ruina, y construidas con materiales de baja calidad. c) Existencia de infraestructuras aéreas de tipo eléctrico y telefónico.

Unidad Núcleo Urbano: Centro Histórico a) Existencia viviendas deterioradas y construidas con materiales de baja calidad. b) Disparidad en cuanto a colores y materiales, intrusismo constructivo, no rehabilitación.

Unidad Núcleo Urbano: Ensanche a) disparidad en cuanto a topologías, materiales, cobres, colores…

3.CARACTERIZACIÓN DE IMPACTOS EN LA FASE DE CONSTRUCCIÓN

El impacto paisajístico más significativo durante esta fase, es la eliminación arbolado de los cultivos de cítricos

del

todavía existentes. El resto de los efectos

previsibles no se estiman relevantes –movimientos de tierras, polvo incremento del tráfico y operarios en la zona,..-teniendo en cuenta la temporalidad de la mismas.

4. CARACTERIAZIÓN DE IMPACTOS EN LA FASE DE FUNCIONAMIENTO

IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS El cambio de uso de suelo, de ser un suelo agrícola pasar a ser un suelo urbanizado, provoca un impacto paisajístico, si bien dicho impacto es relativo, ya que por una parte se trata de un suelo urbanizable que linda con suelo urbano y una unidad rotacional deportiva, y por otra desde este Estudio se recogen medidas de integración paisajística considerándose relevante el acabado de las viviendas proyectadas, de forma que armonicen con el entorno, destacando a su vez la distribución de las manzanas y su tipologia constructiva según alturas máximas. Estas nuevas

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construcciones se adecuarán, en la medida de lo posible, a la pendiente del terreno y se desarrollara el espacio libre del sistema general de Espacios Libres, lindante al este del Sector.

MAGNITUD DE IMPACTOS La magnitud del impacto que provoca la actuación se estima MEDIA, por tratarse de un suelo urbanizable, así clasificado desde el propio P.G.O.U. con

una densidad

máxima de 42 viviendas por hectárea.

Valoración: Muy Alta(MA); alta (A); Media (M), Baja (B), Muy Baja (MB).

5. EFECTO DEL IMPACTO SOBRE EL VALOR DEL PAISAJE

Desde las edificaciones situadas al oeste de la CV-300 , configuran un trazado de puntos de observación desde donde mejor se ve el sector en toda su extensión. También desde la variante CV-300, aunque únicamente será visible una vez ejecutado el Plan Parcial, y en la parte de la actuación que linde con la carretera. La baja importancia en cuanto a número de observadores potenciales, al tratarse en su mayoría de viviendas unifamiliares, unido al esfuerzo de las políticas turísticas municipales por potenciar el núcleo costero y su puerto deportivo como imagen de La Pobla de Farnals, produce un efecto de mengua de los efectos de impacto que el desarrollo de este sector provocará sobre el valor del paisaje.

6. ESCALA DE LA ACTUACIÓN

El Plan Parcial Sector SUNP-1 “Cami de la Mar”

ocupa

83.313,40 m2, estando

clasificado por el P.G.O.U. como Suelo Urbanizable no Programado.

7.INCIDENCIA

El Plan Parcial pretende el desarrollo de viviendas unifamiliares adosadas y múltiple en Edificación abierta. Tal y como se expone en el presente Estudio, se trata de una zona agrícola, en gran parte abandonada y con ejemplares arbóreos de naranjos viejos que puedan verse afectados. Como elemento de conservación destacamos

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desde el punto de vista morfológico, el trazado del Sequiol Cami de Llari, ruta histórica patrimonial del área.

DURACIÓN DEL IMPACTO

Carácter permanente del impacto Largo plazo al tratarse de una actuación urbanística. CARÁCTER DEL IMPACTO

Acumulativo.

8. VALORACIÓN GLOBAL DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA

Tabla de combinación de la Sensibilidad del Paisaje y la Magnitud del Impacto.

IMPACTO

MAGNITUD DEL

SENSIBILIDAD DEL PAISAJE MUY ALTA

ALTA

MEDIA

BAJA

MUY BAJA

MUY ALTA

SUSTANCIAL

SUSTANCIAL

SUSTANCIAL

MODERADO

LEVE

ALTA

SUSTANCIAL

SUSTANCIAL

MODERADO

LEVE

LEVE

MEDIA

SUSTANCIAL

MODERADO

MODERADO

LEVE

INSIGNIFICA

BAJA

MODERADO

MODERADO

LEVE

LEVE

INSIGNIFICA

MUY BAJA

LEVE

LEVE

LEVE

INSIGNIFIC

INSIGNIFICA

Tal y como se ha indicado, la Magnitud del Impacto de la actuación “Plan Parcial Sector SUNP-1 ” Cami de la Mar”, es MEDIA.

De acuerdo con el Estudio, el Sector se localiza en la Unidad Agrícola, cuya valoración de la sensibilidad, del paisaje es MEDIA.

Los resultados obtenidos de acuerdo a la tabla de combinación son los siguientes:

Unidad cultivos: MODERADO

Se considera relevante el acabado de las viviendas proyectadas, de forma que armonicen con el entorno. Estudio de Integración Paisajística – La Pobla de Farnals Plan Parcial sector SUNP-1

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9. VALORACIÓN GLOBAL DE LA INTEGRACION VISUAL

Tabla de combinación de la sensibilidad de los receptores y la magnitud del impacto.

MAGNITUD DEL IMPACTO

SENSIBILIDAD DE LOS RECEPTORES MUY ALTA

ALTA

MEDIA

BAJA

MUY BAJA

MUY ALTA

SUSTANCIAL

SUSTANCIAL

SUSTANCIAL

MODERADO

LEVE

ALTA

SUSTANCIAL

SUSTANCIAL

MODERADO

LEVE

LEVE

MEDIA

SUSTANCIAL

MODERADO

MODERADO

LEVE

INSIGNIFICANT

BAJA

MODERADO

MODERADO

LEVE

LEVE

INSIGNIFICANT

MUY BAJA

LEVE

LEVE

LEVE

INSIGNIFIC

INSIGNIFICANT

Los observadores potenciales son los siguientes:

Puntos de observación Principales:

1.Carretera CV-300 o Ronda de Aragón: este punto de observación principal desde el que es visible todo el Sector, en concreto desde la Rotonda que delimita los términos municipales de La Pobla de Farnals y de Massamagrell, al estar esta en una cota superior a todo el sector SUNP-1. Esta carretera constituye un punto de observación dinámico, ya que es visible a lo largo de la travesía desde una rotonda a otra de forma longitudinal y especialmente la cara oeste del sector.

Valoración Sensibilidad de los Receptores: MEDIA

2. Camino del Mar: constituye el linde Norte del Sector SUNP-1 “Cami de la Mar”, con un trazado muy sinuoso entre los campos de cítricos también es un elemento de observación dinámico. Es desde el tramo inicial de carretera, desde donde se obtiene una visibilidad elevada de parte del Sector, ya que el abandono y arranque de los cítricos originales permite la visión. Además es una vía de intercomunicación entre los dos núcleos urbanos del municipio

que durante la etapa estival tiene un uso

destacable.

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Valoración Sensibilidad de los receptores: BAJA 3. Fachadas

de las edificaciones que lindan a la CV-300 por el oeste,

y

longitudinalmente desde La Pobla de Farnals hasta Massamagell constituyen puntos de observación estáticos, desde los que se observa prácticamente todo el sector. Dada la considerable modificación que de las vistas actuales provocará la consolidación del sector, el impacto visual para los receptores que actualmente visualizan hasta la costa será representativo.

Valoración Sensibilidad de los receptores: MEDIO

Puntos de Observación Secundarios:

1. Camino de Llari: integrado dentro de la Red de Comunicaciones Históricas dentro del Plan de Acción Territorial de Protección de la Huerta de Valencia, hoy se encuentra relegado al uso agrícola exclusivamente. Su trazado también sinuoso al sur del sector y discurrido entre campos de naranjos con una cotas inferior a la mayoría de huertos, dificulta la visibilidad hacia el sector, por los numerosos obstáculos visuales que limitan el numero de puntos de observación. Además la presencia de observadores es baja.

Valoración Sensibilidad de los Receptores: BAJA

Los resultados obtenidos de acuerdo a la tabla de combinación son los siguientes:

PUNTOS DE OBSERVACION PRINCIPAL:

Carretera CV-300

Moderado

Carretera del Mar

Leve

Edificaciones al Oeste del Sector

Moderado

PUNTOS DE OBSERVACION SECUNDARIO:

Camino de Llari

Leve

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13. CONCLUSIONES GENERALES

La actuación afecta a una unidad de paisaje con una calidad paisajística media, la fragilidad de la unidad es baja, su grado de sensibilidad media y los impactos paisajísticos se prevé sean de importancia moderada.

En cuanto a los impactos visuales destacar que los principales puntos de observación por su proximidad son los grandes viales o rondas de descongestión del tráfico, así como las fachadas colindantes de los barrios de La Pobla de Farnals y de Massamagrell, donde se emplazan las actuaciones.

La actuación cumple con la normativa de ordenación, gestión e integración paisajística que le afecta y, a mi juicio, se considera que la actuación se integra paisajísticamente siempre que cumpla con las medidas paliativas propuestas en el proyecto urbanístico.

Licenciada en Geografía Colegiado nº 0658

Fdo. Mercedes Carretero Mediavilla

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