INFORMACIÓN SOBRE RIESGOS Y RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD COMUNES PARA TRABAJOS EN LABORATORIO Y ESPÈCÍFICAS PARA LABORATORIO QUÍMICO (NO EXHAUSTIVAS)

Área de Seguridad Servicio de Prevención Gerencia INFORMACIÓN SOBRE RIESGOS Y RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD COMUNES PARA TRABAJOS EN LABORATORIO Y ESP

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Área de Seguridad Servicio de Prevención Gerencia

INFORMACIÓN SOBRE RIESGOS Y RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD COMUNES PARA TRABAJOS EN LABORATORIO Y ESPÈCÍFICAS PARA LABORATORIO QUÍMICO (NO EXHAUSTIVAS)

ÁREA DE SEGURIDAD SERVICIO DE PREVENCIÓN UNIVERSIDAD DE ALMERÍA

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ÍNDICE 1.- INFORMACIÓN BÁSICA (Páginas 8/13)

- DERECHOS Y OBLIGACIONES GENERALES ESTABLECIDOS POR LA LEY DE PREVENCIÓN DERECHO DE PROTECCIÓN ¿QUE DERECHOS FORMAN PARTE BÁSICAMENTE DE ESTE DERECHO? OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

- ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA UNIVERSIDAD - El SERVICIO DE PREVENCIÓN ¿QUÉ ES? - LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN - EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD ¿ QUÉ ES ? - DIRECTORIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD EN LA UAL

2.- RIESGO GRAVE E INMINENTE (Página 14) 3.- COMUNICACIÓN DE RIESGOS. Procedimiento a seguir. (Páginas 14/15)

4.- ACCIDENTES DE TRABAJO (Páginas 16/21) ¿ QUÉ SE CONSIDERA ACCIDENTE DE TRABAJO ? ¿ EN QUÉ CASOS ? ¿ QUÉ ACCIDENTES NO TIENEN LA CONSIDERACIÓN DE ACCIDENTE

DE TRABAJO ?

- ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO - NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTE DE TRABAJO

5.- COMPRA DE MOBILIARIO Y EQUIPOS DE TRABAJO, CONTRATACIÓN DE OBRAS Y REFORMAS (Páginas 21/22) - ELECCIÓN, ADQUISICIÓN, MONTAJE Y USO DE EQUIPOS DE TRABAJO.

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6.- EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI´s) (Páginas23/30) ¿ QUE ES UN EPI ? CARACTERÍSTICAS ANATÓMICAS Y FISIOLÓGICAS DEL USUARIO RECOMENDACIONES PARA LA UTILIZACIÓN DE EPI´S CLASIFICACIÓN DE LOS EPI´S HOJA DE CARACTERÍSTICAS UTILIZACION Y MANTENIMIENTO NOTA INFORMATIVA SOBRE LA UTILIZACIÓN, CUIDADO, LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y CONTROL DE CADUCIDAD DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI´s)

- PROTECCIÓN RESPIRATORIA: MASCARILLAS Y MÁSCARAS - GUANTES DE PROTECCIÓN PARA PRODUCTOS QUÍMICOS

7.- RECOMENDACIONES PARA LA UTILIZACIÓN LABORATORIO DE CIRCUITO ABIERTO (Páginas 31/32)

DE

VITRINAS

DE

8.- RECOMENDACIONES PARA LA UTILIZACIÓN DE CABINAS DE SEGURIDAD BIOLÓGICA (Página 33)

9.- UTILIZACIÓN DE SUSTANCIAS Y PREPARADOS QUÍMICOS PELIGROSOS (Páginas 33/43) - ETIQUETADO Y FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD - NORMAS GENERALES DE SEGURIDAD PARA EL TRABAJO CON SUSTANCIASY PEPARADOS QUÍMICOS PELIGROSOS EN LABORATORIO - CARACTERÍSTICAS GENERALES DE PELIGROSIDAD DE LAS SUSTANCIAS Y PREPARADOS PELIGROSOS - EFECTOS - IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS A TRAVÉS DE LA ETIQUETA - PICTOGRAMAS QUE INDICAN PELIGROSIDAD - ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS Y PREPARADOS QUÍMICOS PELIGROSOS - INCOMPATIBILIDADES - CONTAMINANTES QUÍMICOS: CARACTERÍSTICAS

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- LÍMITES DE EXPOSICIÓN A CONTAMINANTES AMBIENTALES. VALORES LÍMITE AMBIENTALES (VLA) - UMBRALES OLFATIVOS (Indicadores olfativos)

10.- LABORATORIOS: BOTELLAS DE GASES INFLAMABLES A PRESIÓN (Páginas 44/48)

-REQUISITOS Y RECOMENDACIONES PARA SU INSTALACIÓN -INSTRUCCIONES EN CUANTO A SU UTILIZACIÓN -OPERACIONES ESPECÍFICAS CON GASES -EN CASO DE FUGA O INCENDIO -IDENTIFICACIÓN DE BOTELLAS DE GAS

11.- SEÑALIZACIÓN EN EL LABORATORIO (Páginas 49/55) -COLOR IDENTIFICATIVO DE TUBERÍAS QUE CONTIENEN FLUIDOS - COLORES DE SEGURIDAD Y SU SIGNIFICADO - SEÑALIZACIÓN EN FORMA DE PANEL SEÑALES DE OBLIGACIÓN SEÑALES DE PROHIBICIÓN SEÑALIZACIÓN DE ADVERTENCIA

- SEÑALIZACIÓN DE DESNIVELES, OBSTACULOS U OTROS ELEMENTOS DE RIESGO - SEÑALES DE SALVAMENTO O SOCORRO - SEÑALES RELATIVAS A LOS EQUIPOS DE LUCHA CONTRA INCENDIOS - SEÑALES OLFATIVAS - MÁQUINAS: CÓDIGO DE COLORES DE SEGURIDAD - ELECTRICIDAD: CÓDIGO DE COLORES - SEÑALIZACIÓN DE PELIGRO RADIOLÓGICO

12.- NORMAS GENERALES PARA EL TRABAJO EN LABORATORIOS (Páginas 56/71) - DE CARÁCTER GENERAL - PERSONAL EXTERNO QUE TRABAJA EN LABORATORIOS DE LA UAL - PERSONAL DE LA UAL QUE REALICE ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN, APOYO CIENTÍFICO, TÉCNICO O AUXILIARES EN CENTROS DE TRABAJO AJENOS A LA UNIVERSIDAD.

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- UTILIZACIÓN DE EQUIPOS ELECTRICOS - UTILIZACIÓN DE MATERIAL DE VIDRIO - UTILIZACIÓN DE FRIGORIFICOS DE LABORATORIO - APARATOS CON LLAMA - BAÑOS CALIENTES Y OTROS DISPOSITIVOS DE CALEFACCIÓN - REFRIGERANTES - ESTUFAS - AUTOCLAVE - CENTRÍFUGAS - CROMATÓGRAFO DE GASES - CROMATÓGRAFO DE LÍQUIDOS DE ALTA RESOLUCIÓN (HPLC) - ESPECTROFOTÓMETRO DE ABSORCIÓN ATÓMICA - INSTALACIONES DE RAYOS LÁSER - RADIACIONES IONIZANTES - RIESGOS EN LA UTILIZACIÓN DE GASES LICUADOS A BAJA TEMPERATURA

13.- NORMAS BÁSICAS DE EMERGENCIAS (Páginas 72/90)

AUTOPROTECCIÓN

Y

ACTUACIÓN

ANTE

- NORMAS DE CARÁCTER GENERAL INSTRUCCIONES PARA LLAMAR AL TELÉFONO DE EMERGENCIAS (84112) INSTRUCCIONES EN CASO DE EVACUACIÓN DEL EDIFICIO. ACTUACIÓN EN CASO DE FUGA O EMISIÓN DE CONTAMINANTES AL MEDIO AMBIENTE DEL LABORATORIO ACTUACIÓN EN CASO DE FUGA O INCENDIO DE GASES ACTUACIÓN EN CASO DE CONTACTO CON UN GAS LICUADO A BAJA

- PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRAINCEDIOS ACTUACIÓN ANTE UN INCENDIO Recomendaciones generales. Procedimiento de actuación CAUSAS DE LOS INCENDIOS NATURALEZA DE FUEGO TIPOS DE FUEGO ELEMENTOS DE RIESGO EN LOS INCENDIOS SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRAINCENDIOS

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TEMPERATURA

Área de Seguridad Servicio de Prevención Gerencia MEDIOS DE EXTINCIÓN AGENTES EXTINTORES Y SU ADECUACIÓN A ALS DISTINTAS CLASES DE FUEGO MANEJO DEL EXTINTOR

PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DE LA UAL SUCESOS TIPO CONTEMPLADOS EN EL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DE LA UAL NORMAS Y RECOMENDACIONES FAVORABLES A LA AUTOPROTECCIÓN EN EL CAMPUS UNIVERSITARIO PRIMEROS AUXILOS BOTIQUÍNES DE LABORATORIO ¿COMO UTILIZAR EL ANTÍDOTO UNIVERSAL DE LOS BOTIQUINES DE LABORATORIO?

14.- VIGILANCIA DE LA SALUD, SERVICIOS Y ACTIVIDADES SANITARIAS EN LA UNIVERSIDAD (Páginas 90/98) - VIGILANCIA DE LA SALUD - ESPECIFICIDAD DE LOS EXÁMENES DE SALUD - CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS SANITARIOS - VOLUNTARIEDAD / OBLIGATORIEDAD DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD PARA LOS TRABAJADORES - UBICACIÓN Y HORARIO DEL SERVICIO SANITARIO DEL CAMPUS - SERVICIOS QUE SANITARIOS QUE SE PRESTAN EN EL CAMPUS - VACUNACIONES - PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD

15.- RESIDUOS DE LABORATORIO (Páginas 98/113) - ASPECTOS GENERALES EN LA GENERACIÓN DE RESIDUOS DE LABORATORIO - DEFINICIONES - ORGANIZACIÓN DE LA "GESTIÓN DE LA CESIÓN" DE RESIDUOS PELIGROSOS EN LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA? - PAPEL DE LOS LABORATORIOS Y UNIDADES PRODUCTORAS DE RESIDUOS EN LA UAL - PROCESO SIMPLIFICADO DE PRODUCCIÓN DE RESIDUOS EN LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA - TIPOS DE RP´S GENERADOS EN LA UAL

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- BUENAS PRÁCTICAS Y PAUTAS A SEGUIR EN LA GENERACIÓN, MANIPULACIÓN Y CESIÓN DE RESIDUOS DE LABORATORIOS EN LA UNIVERSIDAD ETIQUETADO MANIPULACIÓN FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD CONTENEDORES GENERACIÓN MANIPULACIÓN ALMACENAMIENTO temporal SEPARACIÓN DE RESIDUOS INCOMPATIBILIDADES TRANSPORTE

- PROCEDIMIENTOS GENERALES - NORMAS BÁSICAS DE PROTECCIÓN PERSONAL EN LA PRODUCCIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS EN LABORATORIO - INFRACCIONES - OTROS ASPECTOS

ANEXO I: Procedimiento de trabajo para la realización de actividades de Investigación, Apoyo Científico, Técnico o Auxiliares, en Centros de Trabajo Ajenos a la Universidad

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1.- INFORMACIÓN BÁSICA DERECHOS Y OBLIGACIONES GENERALES ESTABLECIDOS POR LA LEY DE PREVENCIÓN DERECHO DE PROTECCIÓN Los trabajadores tienen derecho a una PROTECCIÓN EFICAZ EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. Esto implica un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales.

¿QUE DERECHOS FORMAN PARTE BÁSICAMENTE DE ESTE DERECHO? Información, consulta, participación y representación, Formación en materia preventiva, Paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente Adopción de medidas de emergencia Vigilancia del estado de salud Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos y a la Protección de la maternidad.

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES 1. Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario. 2. Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular: 1.º Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. 2.º Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste.

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3.º No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar. 4.º Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. 5.º Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. 6.º Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. 3. El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores o de falta, en su caso, conforme a lo establecido en la correspondiente normativa sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos o del personal estatutario al servicio de las Administraciones públicas. Será igualmente aplicable a los socios de las cooperativas cuya actividad consista en la prestación de su trabajo, con las precisiones que se establezcan en sus Reglamentos de Régimen Interno

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA UNIVERSIDAD ( Documento Marco Aprobado por el Comité de Seguridad y Salud el día 18 de Diciembre de 2006)

Al Rector, máximo responsable de la Institución corresponde la dirección de la política preventiva y la asunción del liderazgo necesario para la integración y aplicación de la prevención en la Universidad. Igualmente presidirá el Comité de Seguridad y Salud, si bien podrá delegar esta función, en otra persona. Los órganos de gobierno unipersonales de ámbito general participarán asimismo en el diseño e implantación de la misma. Igualmente colaborarán y/o participarán directamente en el desarrollo de aquellas actividades de su ámbito de competencias en función del carácter interdisciplinar de la actividad preventiva. La Universidad a través del Secretariado de Política de Prevención de Riesgos Laborales u otros órganos que pudieran crearse en un futuro, procurará: - Impulsar las actividades de todos los órganos implicados en esta materia.

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- Coordinar las mismas - Velar por la aplicación de la política que en materia de Seguridad y Salud dicte la Universidad, con la participación de los representantes de los trabajadores. - Fomentar la prevención en todos los ámbitos universitarios La Gerencia de la Universidad instrumentará que la política de gestión de recursos humanos, económicos y materiales, se adecue al desarrollo de la política preventiva. Asímimo facilitará a las distintas unidades implicadas los medios necesarios para desarrollar sus funciones, gestionará la participación del personal a su cargo en aquellas actividades que se requiera en materia de prevención y proporcionará la información precisa que obre o dependa de las distintas unidades y servicios a su cargo. Los Servicios de la Universidad, intervendrán a través de los órganos de gobierno de que dependan. Adecuarán su estructura y funcionamiento al desarrollo de la acción preventiva. Facilitarán la implantación y desarrollo de la política universitaria en esta materia y cooperarán y/o participarán en la aplicación en cuanto de ellos dependa Los mandos intermedios deberán asumir las responsabilidades inherentes a sus puestos de trabajo en materia de seguridad y salud, realizarán un esfuerzo activo en cuantas iniciativas se pongan en práctica para elevar el nivel de protección del personal a su cargo, los usuarios o el suyo propio. Informarán de la eficacia de las medidas preventivas y de los condicionantes que determinen su mayor o menor efectividad. Obtendrán sistemáticamente y periódicamente aquellos datos clave dentro de su área de competencia sobre seguridad, salud y medio ambiente de trabajo. Asimismo, propondrán iniciativas e impulsarán los esfuerzos de control interno. Todo el personal al servicio de la Universidad velará por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas que puedan verse afectadas por su actividad profesional, en los términos previstos en el Art. 29 de la Ley de PRL. Usarán adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las instalaciones, equipos, herramientas, sustancias peligrosas, medios de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. Utilizarán correctamente los medios y equipos de protección. No pondrán fuera de funcionamiento y utilizarán correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar. Informarán de inmediato a su superior jerárquico directo y, en su caso, al servicio de prevención acerca de cualquier situación que considere pueda presentar un riesgo para la seguridad y salud.

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Deberán observar y conocer cuantas instrucciones y procedimientos de seguridad y salud se le hagan llegar, siempre que estén vinculados a su actividad. Cooperarán con sus responsables directos para poder garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. Mantendrán limpio y ordenado su entorno de trabajo, manteniendo los equipos y materiales en los lugares asignados. Sugerirán las medidas que consideren oportunas en su ámbito de trabajo para mejorar la calidad, la seguridad y la eficacia del mismo. Los estudiantes deberán comportarse de modo responsable para su seguridad y la de los demás, esforzarse activamente por reducir los riesgos, seguir y conocer las instrucciones y normas generales establecidas en esta materia y procurar que su conocimiento de la Universidad sea utilizado convenientemente por otros estudiantes, personal y usuarios. Asimismo podrán proponer a través de los cauces académicos establecidos cuantas mejoras consideren en cuanto a seguridad, salud y medio ambiente universitario. El Investigador principal de un proyecto de investigación asumirá la responsabilidad de la aplicación de la prevención riesgos laborales en todas las actividades realizadas por el equipo investigador que lidere (Resolución de 7 de noviembre de 2011, de la Secretaria General de Universidades, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Universidades, por el que establecen directrices para la adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la universidad, de promoción y extensión de la cultura preventiva a la comunidad universitaria)

El SERVICIO DE PREVENCIÓN ¿QUÉ ES? El Servicio de Prevención de la UAL, es la unidad de carácter técnico destinada a proporcionar el asesoramiento, asistencia y apoyo precisos en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Puedes encontrar más información en el siguiente enlace: http://cms.ual.es/idc/groups/public/@serv/@prevencion/documents/documento/tri pticoserprev.pdf

LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. En la UAL hay cinco Delegados de Prevención elegidos por y entre los representantes de los trabajadores.

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Tienen las funciones y competencias que establece el Art. 36 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Los delegados de prevención serán uno de los cauces que utilizarán los miembros de la comunidad universitaria para trasladar a la Universidad cuantas anomalías, sugerencias y peticiones se planteen en esta materia, así como para recibir la información a que se refiere el Art. 18 de la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Los delegados de prevención deben guardar el debido sigilo profesional tal y como dispone el Art. 37.3 de la LPRL

EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD ¿ QUÉ ES? El Comité de Seguridad y Salud de la Universidad de Almería es el órgano máximo de participación y consulta en materia de prevención de riesgos laborales. Tiene carácter de órgano colegiado y su composición es paritaria (igual número de representantes de la institución, que de los trabajadores- Delegados de Prevención), en total 10. Competencias: Tiene las Competencias y facultades que establecidas en el Art. 39 de la Ley de Prevención. Entre sus funciones se incluye la participación en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos, así como proponer iniciativas. Está facultado para realizar las visitas que estime oportunas y conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Reuniones: Debe reunirse trimestralmente. Además de las reuniones ordinarias, el Comité puede reunirse extraordinariamente, a iniciativa del Presidente o cuando lo solicite un tercio de sus miembros. Diez antes de cada reunión ordinaria se hace un anuncio de convocatoria para que cualquier miembro del Comité pueda efectuar propuestas de puntos del orden del día que, en todo caso, son incluidas. El personal al servicio de la Universidad está obligado a comparecer, en caso de citación por la Presidencia, para informar sobre las materias propias de su categoría y área de Servicio,

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DIRECTORIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD EN LA UAL Servicios

Teléfono

Red interna

Ubicación

Servicios sanitarios del Campus

950015875

85875

950014112

84112

950015867

85867

950015094

85094

Edificio Central

950015843

85843

Edificio CAE

[email protected]

8.00/15.00 h. (L-V)

950015127

85127

Edificio CAE

[email protected]

8.00/15.00 h. (L-V)

950014131

84134

Edificio CAE

[email protected]

Orientación y Atención Psicológica Hábitos saludables

85379

Edificio Central

[email protected]

Obras Mantenimiento instalaciones Desratización, desinsectación y desinfección Protección contraincendios

Edificio CAE

Correo electrónico

[email protected] [email protected]

Horario

8.00/ 20.00 h. (L-V)

Teléfono de emergencias

Centro permanente Seguridad

de

Presidencia del Comité de Seguridad y Salud (Gerente) Servicio ción

de

Preven

Dirección General de Campus, Infraestructuras y Sostenibilidad Unidad de Atención Psicológica/Unidad de Promoción de la Salud Servicio de Obras Mantenimiento

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24 h.

y

950015379

[email protected] [email protected] [email protected]

24 h.

8.00/15.00 h. (L-V)

8.00/22.00 h. (L-V)

Áreas de atención Urgencias y asistencia médica Información sanitaria Reconocimientos y evaluaciones médico-laborales Promoción de la salud, Hábitos saludables Apoyo sanitario a eventos Emergencias Accidentes individuales Comportamientos antisociales Vigilancia y protección Evacuación Planes y programas de prevención Iniciativas de mejora de condiciones de seguridad Iniciativas para corrección de deficiencias Comunicados de riesgo Seguridad en instalaciones Medio ambiente laboral Emergencias SRAU (Situaciones que requieren atención urgente) Control de riesgos Control de contaminantes y confort ambiental Planificación, coordinación y gestión de infraestructuras y equipamientos. Acondicionamiento, mejora y ordenación de espacios Medio ambiente universitario Residuos peligrosos

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2.-RIESGO GRAVE E INMINENTE El trabajador tiene derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud.

3.- COMUNICACIÓN DE RIESGOS Recuerda: es obligación del trabajador “informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al Servicio de Prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores” (Ley de Prevención de Riesgos Laborales). PROCEDIMIENTO A SEGUIR 1.- Cualquier trabajador que detecte un riesgo, condición insegura o peligrosa, podrá cumplimentar y remitir un "Comunicado de riesgo", o bien deberá comunicarlo verbalmente al responsable inmediato de su servicio, departamento o unidad. 2.- Cuando esta comunicación se realice verbalmente, el responsable tomará nota y remitirá el comunicado cumplimentado al Presidente del Comité de Seguridad y Salud. 3.- Los Delegados de Prevención emitirán directamente comunicados de aquellas situaciones de riesgo que conozcan. 4.- El Presidente del Comité remitirá una copia de los comunicados recibidos al responsable/s del Servicio, Dptº o Unidad implicado/s, y otra al Secretariado de Política de Prevención de Riesgos Laborales. 5.- Los comunicados deberán cumplimentarse de forma clara y completa, de manera que se identifiquen fácilmente el lugar, riesgo o peligro y circunstancias al respecto. 6.-El Comité de Seguridad y Salud tratará sobre todos aquellos comunicados recibidos, sin menoscabo de que se haya resuelto con anterioridad la situación o condición detectada, cuando las circunstancias así lo aconsejen. 7.- Se procurará la existencia de impresos de "Comunicado de riesgos", en las distintas unidades, y en todo caso, se encontrarán disponibles en la Secretaría del Comité de Seguridad y Salud, Servicio de Gestión de Personal y Secretariado de Política de Prevención de Riesgos Laborales. Puedes encontrar el impreso y gestionarlo electrónicamente en el siguiente enlace: http://cms.ual.es/UAL/administracionelectronica/procedimientos/procedimiento/index.htm?id Procedimiento=716

Nota.- Las situaciones de emergencia o que requieran atención urgente (SRAU), deberán comunicarse en la forma prevista en el Plan de Autoprotección, (tlfno 84112), o mediante aviso al Servicio de Prevención en caso de no tratarse de una emergencia.

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COMUNICADO DE RIESGO/CONDICIÓN PELIGROSA Nombre y apellidos (persona que comunica el riesgo):

TELEFONO DE CONTACTO: E-MAIL

SECTOR (PAS, PDI, Personal ajeno, etc.):

AREA DE ORIGEN::

D.N.I

LUGAR, FECHA Y HORA EN EL QUE SE OBSERVA EL RIESGO:

Instalación Maquinaria Actos o procedimiento de trabajo Otros DESCRIPCIÓN DE LA CONDICIÓN PELIGROSA/ACTO INSEGURO:

MEDIDAS DE CORRECCIÓN QUE SE PROPONEN:

SERVICIO DE PREVENCIÓN. UNIVERSIDAD DE ALMERÍA

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4.- ACCIDENTES DE TRABAJO

¿ QUÉ SE CONSIDERA ACCIDENTE DE TRABAJO ? Toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia trabajo que ejecute por cuenta ajena.

del

Por lo tanto, para que un accidente tenga esta consideración es necesario que: 1. Que el trabajador/a sufra una lesión corporal. Entendiendo por lesión todo daño o detrimento corporal causado por una herida, golpe o enfermedad. Se asimilan a la lesión corporal las secuelas o enfermedades psíquicas o psicológicas. 2. Que el accidente sea con ocasión o por consecuencia del trabajo, es decir, que exista una relación de causalidad directa entre trabajo - lesión. La lesión no constituye, por sí sola, accidente de trabajo.

¿ EN QUÉ CASOS ? Accidentes sufridos en el lugar y durante el tiempo de trabajo: Las lesiones sufridas durante el tiempo y en el lugar de trabajo se consideran, salvo prueba en contrario, accidentes de trabajo Accidente “in itinere”: Es aquel que sufre el trabajador/a al ir al trabajo o al volver de éste. No existe una limitación horaria. Deben concurrir estos elementos: -Que ocurra en el camino de ida o vuelta. -Que no se produzcan interrupciones entre el trabajo y el accidente. -Que se emplee el itinerario habitual. Accidentes en misión: Son aquellos sufridos por el trabajador/a en el trayecto que tenga que realizar para el cumplimiento de la misión, así como el acaecido en el desempeño de la misma dentro de su jornada laboral. Accidentes de cargos electivos de carácter sindical: Son los sufridos con ocasión o por consecuencia del desempeño de cargo electivo de carácter sindical o de gobierno de las entidades gestoras de la Seguridad Social, así como los accidentes ocurridos al ir o volver del lugar en que se ejercen las funciones que les son propias Actos de salvamento: Son los accidentes acaecidos en actos de salvamento o de naturaleza análoga cuando tengan conexión con el trabajo. Se incluye el caso de orden directa del empresario o acto espontáneo del trabajador/a

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Enfermedades o defectos anteriores: Son aquellas enfermedades o defectos padecidos con anterioridad, que se manifiestan o agravan como consecuencia de un accidente de trabajo Enfermedades intercurrentes: Se entiende por tales las que constituyen complicaciones del proceso patológico determinado por el accidente de trabajo mismo. Para calificar una enfermedad como intercurrente es imprescindible que exista una relación de causalidad inmediata entre el accidente de trabajo inicial y la enfermedad derivada del proceso patológico Las enfermedades que contraiga el trabajador/a con motivo de la realización de su trabajo, no incluidas en la lista de enfermedades profesionales, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo. Se debe acreditar fehacientemente la relación causa - efecto entre la realización de un trabajo y la aparición posterior de la enfermedad Los debidos a imprudencias profesionales: Se califica así a los accidentes derivados del ejercicio habitual de un trabajo o profesión y de la confianza que éstos inspiran al accidentado.

¿ QUÉ ACCIDENTES NO TIENEN LA CONSIDERACIÓN DE ACCIDENTE DE TRABAJO ? * Imprudencia temeraria del trabajador: Se considera Imprudencia temeraria cuando el accidentado ha actuado de manera contraria a las normas, instrucciones u órdenes dadas por el empresario de forma reiterada y notoria en materia de Seguridad e Higiene. * Los debidos a fuerza mayor extraña al trabajo: es decir, cuando esta fuerza mayor, sea de tal naturaleza que no guarde relación alguna con el trabajo que se realiza en el momento de sobrevenir el accidente. No constituyen supuestos de fuerza mayor extraña fenómenos como la insolación, el rayo y otros fenómenos análogos de la naturaleza (sí el trabajo habitual del trabajador/a es a la intemperie sí es A.T.). En el caso de atentado terrorista que afecta al trabajador/a en el lugar de trabajo no estamos ante un caso de fuerza mayor sino ante una actuación de un tercero. * Accidentes debidos a dolo del trabajador/a accidentado: Se considera que existe dolo cuando el trabajador/a consciente, voluntaria y maliciosamente provoca un accidente para obtener prestaciones que se derivan de la contingencia No impedirán la calificación de un accidente como de trabajo: a) La imprudencia profesional que es consecuencia del ejercicio habitual de un trabajo y se deriva de la confianza que éste inspira. b) La concurrencia de culpabilidad civil o criminal del empresario, de un compañero de trabajo del accidentado o de un tercero, salvo que no guarde relación alguna con el trabajo. .Los accidentes que son consecuencia de culpa civil o

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criminal del empresario, de un compañero de trabajo o de un tercero constituyen auténticos accidentes de trabajo siempre y cuando guarden alguna relación con el trabajo. El elemento determinante es la relación causa - efecto. Así las bromas o juegos que pueden originar un accidente ocurridos durante el trabajo o los sufridos al separar una riña serán A.T

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ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO

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NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES La Universidad dispone de un procedimiento de gestión de accidentes. El objeto es prestar la asistencia adecuada y obtener la máxima información sobre los accidentes e incidentes que se produzcan, notificarlos e investigarlos adecuadamente, establecer mecanismos que faciliten un mayor control y conocimiento de los mismos, posibilitar acciones correctoras, así como evitar consecuencias para el trabajador derivados de bajas mal clasificadas y lesiones de origen laboral no declaradas. Cuando tenga lugar un accidente con o sin lesiones, se dará traslado a la mayor brevedad al Servicio de Prevención, mediante la cumplimentación y remisión del impreso que, a tal efecto existe por parte del accidentado: http://cms.ual.es/UAL/administracionelectronica/procedimientos/procedimiento/ind ex.htm?idProcedimiento=717, o en su defecto por el responsable funcional del Servicio o Unidad, con cuantos datos se conozcan de entre los solicitados, y remitirlo al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales

COMPRA DE MOBILIARIO Y EQUIPOS DE TRABAJO, CONTRATACIÓN DE OBRAS Y REFORMAS 5.-

Debe realizarse conforme al Procedimiento Operativo de Compra de Mobiliario y Equipos, Contratación de Obras y Reformas en la UAL aprobado en el Comité de Seguridad y Salud con fecha 16 de diciembre de 2013. Consúltalo en el siguiente enlace: http://cms.ual.es/idc/groups/public/@serv/@prevencion/documents/actividad/mobi liarioyequipos.pdf

ELECCIÓN, ADQUISICIÓN, MONTAJE Y USO DE EQUIPOS DE TRABAJO. Debe hacerse conforme a la instrucción aprobada por el Comité de Seguridad y Salud de la Universidad de Almería, en reunión ordinaria de fecha 23 de mayo de 2012, en relación con los requisitos de seguridad para la elección, adquisición, montaje y uso de equipos de trabajo. Consulta la Instrucción en el siguiente enlace: http://cms.ual.es/idc/groups/public/@serv/@prevencion/documents/documento/ins truccionequipostrabajo.pdf

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6.- EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI´s) ¿ QUE ES UN EPI ? Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. El EPI no tiene por finalidad realizar una tarea o actividad sino protegernos de los riesgos que la tarea o actividad presenta. No tendrán la consideración de EPI las herramientas o útiles aunque los mismos estén diseñados para proteger contra un determinado riesgo (herramientas eléctricas aislantes, etc.). El EPI debe ser llevado o sujetado por el trabajador y utilizado de la forma prevista por el fabricante. Según este criterio no puede ser considerado un EPI, por ejemplo, una banqueta aislante. El EPI debe ser elemento de protección para el que lo utiliza, no para la protección de productos o personas ajenas. Los complementos o accesorios cuya utilización sea indispensable para el correcto funcionamiento del equipo y contribuyan a asegurar la eficacia protectora del conjunto, también tienen la consideración de EPI. En el caso de las caídas de altura por ejemplo, el equipo fundamental de protección es el arnés anticaídas. No obstante, para que este equipo ofrezca una protección adecuada, es necesario complementarlo con un elemento de amarre adecuado e, incluso, si es el caso, con un absorbedor de energía. Estos dispositivos complementarios también son EPI y tanto el arnés anticaídas como los elementos de amarre deberán utilizarse conjuntamente. Por tanto, cuando se utilizan accesorios o complementos, si éstos son indispensables para el funcionamiento eficaz del EPI, se procederá de igual forma que si se trata de un EPI.

CARACTERÍSTICAS ANATÓMICAS Y FISIOLÓGICAS DEL USUARIO Se deberán seleccionar aquellos EPI que satisfagan los aspectos técnicos considerados que mejor se adapten a las características personales del usuario. Los usuarios deben participar en la elección.

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RECOMENDACIONES PARA LA UTILIZACIÓN DE EPI´S: No deben ocasionar pérdidas significativas de facultades del usuario, como reducción de su capacidad visual, auditiva, respiratoria, etc. Se debe tener en cuenta antes de seleccionarlo el peso y volumen de los EPI. Cuando se pretenda proteger al usuario frente a varios riesgos y se requiera para ello la utilización simultánea de varios EPI, se analizará en conjunto la utilización con el fin de garantizar su eficacia y la no generación de riesgos añadidos. Los EPI elegidos deberán cumplir con la reglamentación que sobre comercialización (diseño y fabricación) les afecta, a fin de garantizar las exigencias técnicas que de los mismos se requieren. Deben adaptarse a las características anatómicas del usuario. En protección de las vías respiratorias, cuando la eficacia del equipo se fundamente en un correcto ajuste a la cara, no se debe utilizar dicho equipo si existen circunstancias que anulan la estanqueidad (por ejemplo barba, algún defecto facial,etc.). Deben satisfacer una serie de requisitos que garanticen la seguridad y la salud del usuario. Dichos requisitos se denominan “exigencias esenciales de salud y seguridad”. El fabricante deberá estampar en su producto una “marca” que signifique que su producto es conforme con las “exigencias esenciales de salud y seguridad”. Este marcado se compone de los siguientes elementos: - Las siglas “CE” seguidas de un número de cuatro dígitos para los equipos de categoría III. El número de cuatro dígitos es un código identificativo, en el ámbito de la Unión Europea, del organismo que lleva a cabo el control del procedimiento de aseguramiento de la calidad de la producción seleccionado por el fabricante. - Folleto informativo” que se suministrará obligatoriamente con el EPI comercializado, en el que se referenciarán y explicarán claramente los niveles de protección ofrecidos por el equipo, el mantenimiento y, en su caso, las sustituciones necesarias, etc. Este documento será de gran importancia de cara a seleccionar el equipo y desarrollar todas las tareas de mantenimiento durante la vida útil del mismo. Esto supone que, si los equipos se han adquirido en un lote para el que obligatoriamente ha de venir al menos un folleto, es responsabilidad del empresario, fotocopiar este folleto y entregarlo con cada unidad de protección que se suministre a los trabajadores. No se debe adquirir ningún EPI que no cumpla las anteriores condiciones: Marcado “CE” y folleto informativo.

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CLASIFICACIÓN DE LOS EPI´S De cara a asegurar el cumplimiento de las “exigencias esenciales de salud y seguridad”, los equipos se clasifican en tres categorías, siguiendo procedimientos diferentes para asegurar dicho cumplimiento, conforme se reseña a continuación: Categoría I: Los equipos destinados a proteger contra riesgos mínimos. Categoría II: Los equipos destinados a proteger contra riesgos de grado medio o elevado, pero no de consecuencias mortales o irreversibles. Categoría III: Los equipos destinados a proteger contra riesgos de consecuencias mortales o irreversibles.

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UTILIZACION Y MANTENIMIENTO Toda la eficacia del EPI frente al riesgo depende del uso correcto y del adecuado mantenimiento, por ello resulta imprescindible exigir, consultar y seguir puntualmente las recomendaciones del fabricante contenidas en el “folleto informativo” y la formación e información que respecto a su uso ha recibido. Reemplace los elementos, límpielo y desinféctelo y (colóquelo en el lugar asignado) siguiendo las instrucciones del fabricante. La vida útil de los materiales es limitada, haga lo que indica el fabricante y evitará situaciones de riesgo innecesarias. Utilice el EPI para los usos previstos siguiendo las instrucciones del folleto informativo del fabricante. Asegúrese, antes de utilizarlo, de Si es adecuado frente al riesgo y las consecuencias graves de que nos protege. No todo vale para todo. Ejemplos: Los equipos de protección de vías respiratorias tienen unos filtros de retención que son específicos dependiendo del tipo de contaminante, mire si el filtro de retención es el que corresponde al contaminante del que se desea proteger, compruebe su fecha de caducidad y su perfecto estado de conservación. Los guantes de protección frente a contaminantes químicos son específicos del contaminante, compruebe el producto que va a manipular y elija el guante con la protección correspondiente frente a él. Coloque y ajuste correctamente el EPI siguiendo las instrucciones del fabricante, siga las indicaciones del “folleto informativo” y la formación e información que respecto a su uso ha recibido. Compruebe el entorno en el que lo va a utilizar. Mire las limitaciones que presenta y utilícelo únicamente en esos casos, si sobrepasa dichas limitaciones el EPI no tiene eficacia, sería equivalente a no llevar protección. Llévelo puesto mientras esté expuesto al riesgo. Si, como consecuencia de las consideraciones anteriores, el tiempo de utilización puede generarle riesgos adicionales, planifique y establezca períodos de descanso y pausas. Estudios realizados sobre equipos de protección respiratoria alertan de que llevar el equipo durante un período más corto del previamente establecido supone un decrecimiento según una ley exponencial del grado de protección, resultando un grado de protección equivalente a prácticamente no haber utilizado el equipo. Cuando un EPI pueda ser utilizado por varias personas, dicho EPI deberá estar perfectamente mantenido, limpio y desinfectado o cuando no pueda garantizarse tal situación se sustituirán aquellas partes del mismo con el fin de evitar cualquier problema de salud o higiene a los diferentes usuarios.

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GUANTES DE PROTECCIÓN PARA PRODUCTOS QUÍMICOS El uso de un guante químico debe hacerse en función de las instrucciones dadas por el fabricante en el folleto. Como normas generales, se indican a continuación las siguientes: Consulta previamente con el Servicio de Prevención el tipo de guantes más adecuado para el uso y las sustancias frente a las que te debes proteger. Tener en cuenta la información aportada sobre contenido en sustancias que puedan provocar alergias. Verificar si existen agujeros o imperfecciones antes de cada uso. Descontaminarlos después de cada uso según las instrucciones de limpieza. Ello permite un uso posterior con prestaciones iniciales similares. No identificar tiempo de paso con tiempo de uso. El tiempo de paso es una medida de la resistencia a la permeación en condiciones de contacto directo y continuo y temperatura de 23º C. Estas condiciones son muy estrictas y pueden diferir bastante de las condiciones de uso reales. No existe una medida objetiva del tiempo total de uso o número de veces que puede usarse. Debe estimarse y establecerse en función del tipo de tarea y las características del guante, mientras no aparezcan signos de deterioro. Si esto ocurriera, deben desecharse inmediatamente.

Un guante contaminado al final de su vida útil es un residuo. Debe, por tanto, gestionarse como tal.

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7.- RECOMENDACIONES PARA LA UTILIZACIÓN DE VITRINAS DE LABORATORIO DE CIRCUITO ABIERTO

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8.- RECOMENDACIONES PARA LA UTILIZACIÓN DE CABINAS DE SEGURIDAD BIOLÓGICA: Son cabinas proyectadas para ofrecer protección al usuario y al ambiente de los riesgos asociados al manejo de material infeccioso y otros materiales biológicos peligrosos, excluyendo materiales radiactivos, tóxicos y corrosivos. Es un hecho aceptado que una buena parte de las infecciones adquiridas en los laboratorios son debidas, además de a los accidentes que pueden tener lugar (roturas, salpicaduras, cortes y pinchazos, etc.), a la inhalación de aerosoles con potencialidad infectiva que se generan en las diversas operaciones del laboratorio, Esta exposición puede ser prevenida en la medida en que se implante una correcta actuación en la manipulación de materiales peligrosos Consulta el siguiente documento: http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Fich eros/201a300/ntp_233.pdf

9.- UTILIZACIÓN DE SUSTANCIAS Y PREPARADOS QUÍMICOS PELIGROSOS

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ETIQUETADO Y FICHA DE DATOS DE SEGURIDAD Identificar los riesgos de los productos químicos que utilizamos es una acción prioritaria e imprescindible para realizar un trabajo seguro con ellos. Actualmente, la reglamentación española, basada en la normativa comunitaria, obliga a los fabricantes o distribuidores de productos químicos peligrosos, ya sean sustancias o preparados, a suministrar al usuario profesional información sobre los riesgos que generan los productos. Esta información se suministra a través de: Etiquetado obligatorio de los envases de los productos químicos, incluyendo información sobre los riesgos y medidas de seguridad básicas a adoptar Ficha de Datos De Seguridad de los productos químicos que el proveedor debe poner a disposición del usuario profesional. Las Fichas de Datos de Seguridad de las sustancias y preparados químicos peligrosos, de uso común en muchos laboratorios, contienen la información básica necesaria para la adopción de medidas de protección de la salud y la seguridad en el lugar de trabajo, respecto de aquellos. Es preceptivo por parte del responsable de la comercialización de estos productos, facilitar al destinatario que sea un usuario profesional una ficha con los datos de seguridad de cada uno de ellos, salvo que la comercialización de la sustancia o preparado vaya acompañada de información suficiente que permita al usuario conocer las medidas de protección necesarias. Es por ello que a la adquisición de estos productos, se deben solicitar a las entidades comercializadoras y deben ser suministrados a los distintos usuarios de cada Departamento o laboratorio la Ficha de Datos de Seguridad de los productos peligrosos que se manipulen, así como implantar su uso con objeto de garantizar que el personal que los utilice esté informado sobre los riesgos intrínsecos, extrínsecos y la forma de evitarlos, de aquellas sustancias y preparados químicos clasificados como peligrosos, utilizados en el desarrollo de las distintas actividades de los Departamento. Las Fichas de Datos de Seguridad (FDS) de las sustancias químicas mas usuales que se utilizan en la Universidad de Almería se pueden consultar en la página web de algunas empresas suministradoras o fabricantes . Pueden acceder a dichas FDS a través del catálogo on line o indicando el código de cada sustancia en la sección de FDS de dicha web. http://cms.ual.es/UAL/universidad/serviciosgenerales/prevencion/Pagina/PAGINAN UEVA También pueden consultarse las "International Chemical Safety Cards" (ICSC) o Fichas Internacionales de Seguridad Química (FISQ), a través de la base de datos que se pone a disposición en la página web del Servicio de Prevención http://www.insht.es/portal/site/Insht/menuitem.a82abc159115c8090128ca100609 61ca/?vgnextoid=4458908b51593110VgnVCM100000dc0ca8c0RCRD

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Las International Chemical Safety Cards recopilan de forma clara la información esencial de higiene y seguridad de sustancias químicas. Estas FISQ no tienen el estatus legal de las Fichas de Datos de Seguridad (FDS), sino que pretenden ser una herramienta informativa. Más información en: http://cms.ual.es/UAL/universidad/serviciosgenerales/prevencion/Pagina/PAGINAS USTANCIASQUIMICASYPELIG

NORMAS GENERALES DE SEGURIDAD PARA EL TRABAJO CON SUSTANCIAS Y PEPARADOS QUÍMICOS PELIGROSOS EN LABORATORIO 1. Debe recabarse información sobre las características de peligrosidad de los productos que se van a utilizar y de los peligros que pueden comportar las operaciones que se van a realizar con ellos. Hay que consultar las etiquetas y fichas de datos de seguridad de los productos. Antes de realizar cualquier tarea, deben reunirse los productos y materiales necesarios y Utilizarlos según el procedimiento de trabajo establecido. Las operaciones deben ejecutarse de modo seguro, siguiendo las instrucciones de forma responsable. Al finalizar el trabajo, hay que recoger todo el material. Se debe llevar siempre la bata abrochada y el pelo recogido. Debe evitarse la utilización de anillos y brazaletes y utilizar ropa y calzado que cubra la mayor parte del cuerpo. 2. La zona de trabajo debe permanecer libre y despejada, depositando en ella sólo los materiales que se estén usando. 3. Se debe revisar periódicamente el material de vidrio que se utiliza en el laboratorio. Las piezas que presentan grietas deben desecharse. No se deben calentar las piezas que han recibido algún golpe. 4. Al trasvasar un producto se debe etiquetar el nuevo envase para permitir la identificación de su contenido y tomar las medidas de precaución necesarias. No se debe pegar una etiqueta sobre otra ya existente, pues puede inducir a confusión. 5 .En el almacenamiento de productos químicos hay que evitar la proximidad de sustancias y preparados Incompatibles, separándolos por sustancias inertes o distanciándolos entre sí. Fuera de los armarios, no hay que guardar envases por encima de la altura de la cabeza, por encima de su punto de inflamación fuera de armarios refrigerados, ni en zonas de paso. 6. Se debe extraer únicamente la cantidad de producto necesaria para trabajar. No hay que devolver el producto sobrante al envase original. 7. En el caso de utilizar los productos en estado líquido, al pipetear no se debe succionar con la boca. Para realizar esta tarea, se debe usar una pera, émbolo o bomba.

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8. Los residuos generados en el laboratorio deben neutralizarse de manera adecuada antes de su eliminación, o depositarse en los lugares establecidos para ello. 9. En caso de sufrir accidentes producidos por productos químicos, hay que avisar al 84112 y seguir las recomendaciones de seguridad indicadas en la etiqueta y ficha de seguridad del producto. 10. Se debe utilizar los EPI´s que indique la Ficha de Datos de Seguridad del producto y usarlo correctamente para cada tarea. Se debe disponerse normalmente de batas, gafas y guantes que protejan especialmente de los peligros generados por losproductos manipulados y de las operaciones a que se someten. En algunos casos, se puede requerir el uso de delantales, mandiles, máscaras o pantallas de protección. 11. Se recomienda no utilizar lentillas al trabajar en laboratorios; es preferible usar gafas de protección superpuestas a las habituales del trabajador, o gafas de seguridad graduadas. 12. No se debe comer, beber o fumar en la sala del laboratorio, guardar bebidas y comidas en frigoríficos que contengan reactivos o productos biológicos, ni se deben llevar objetos en la boca (chicles, palillos, etc.), mientras se trabaja. 13. Hay que evitar guardar cualquier objeto en los bolsillos (reactivos, objetos de vidrio, herramientas, etc.). Los objetos personales no deben dejarse ni en la mesa de trabajo ni en el suelo. Es preferible guardarlos en lugares específicos para ello (taquillas, armarios, etc.). 14. Al circular por la sala, se debe ir con precaución, sin interrumpir a los que están trabajando. 15. Los accesos y rutas de evacuación deben estar señalizados, iluminados y despejados, permitiendo una rápida evacuación. Todas las personas que entren en un laboratorio deben conocer las rutas de evacuación.

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CARACTERÍSTICAS GENERALES DE PELIGROSIDAD SUSTANCIAS Y PREPARADOS PELIGROSOS

DE

LAS

Explosivos: Pueden explosionar bajo el efecto de una llama, choques, chispas o fricción. Comburentes: Aquellas sustancias o preparados que, en contacto con otros, particularmente los inflamables, originan una fuerte reacción exotérmica. Inflamables: Aquellas sustancias o preparados que a temperatura ambiente, pueden originar emisiones de gases con capacidad de entrar en combustión, ante una pequeña fuente de ignición (chispas, arcos eléctricos,...). Corrosivos: En contactos con tejidos vivos pueden ejercer sobre ellos efectos destructivos. Irritantes: Sustancias o preparados no corrosivos que, por contacto inmediato, prolongado o repetido con la piel o mucosas, pueden provocar una reacción inflamatoria. Peligrosos para el medio ambiente: Aquellos que presentan un riesgo inmediato o diferido para el medio ambiente. Tóxicos: Aquellos que por, inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden entrañar riesgos graves, agudos o crónicos para la salud, incluida la muerte. Nocivos: Aquellos que por inhalación, ingestión o penetración cutánea pueden causar efectos dañinos para la salud.

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EFECTOS

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IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS A TRAVÉS DE LA ETIQUETA La etiqueta del envase original de un producto químico peligroso debe disponer de la siguiente información mínima:

"etiqueta CEE"

producto (frases R) y consejos de prudencia (frases S). La etiqueta es un primer nivel de información concisa, pero clara, que nos aporta la información necesaria para planificar las acciones preventivas básicas.

PICTOGRAMAS QUE INDICAN PELIGROSIDAD

Las letras E, O, F, F+, T, T+, C, Xn, Xi y N no forman parte del símbolo

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ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS Y PREPARADOS QUÍMICOS PELIGROSOS Líquidos inflamables/combustibles.- Se define como líquido combustible aquél que tiene un punto de inflamación igual o superior a 38 º C y líquido inflamable el que lo tiene inferior a 38º C. Este criterio de clasificación viene a definir una peligrosidad mayor cuando a temperatura ambiente ya se pueden desprender vapores en cantidad suficiente para arder (inflamables), mientras que la peligrosidad es menor cuando a temperatura ambiente no llega a desprender esa cantidad mínima necesaria (combustibles). Por ello estas sustancias deben almacenarse y manipularse en condiciones adecuadas, siguiendo las instrucciones de la Ficha de Datos de Seguridad y guardarse en cámara fría o frigorífico de seguridad, extremando las precauciones en periodo estival. Los peróxidos orgánicos siempre son clasificados como comburentes. Para los líquidos la inflamabilidad es en función de su punto de inflamación o destello y su punto de ebullición. Se consideran extremadamente inflamables los gases que se inflaman en contacto con el aire Se consideran fácilmente inflamables los sólidos susceptibles de inflamarse tras un breve contacto con una fuente de ignición, así como todos aquellos productos que por reacción con otros pueden desprender gases inflamables o explosivos.

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CONTAMINANTES QUÍMICOS: CARACTERÍSTICAS

Utilizan un medio para ingresar en el organismo: Agua/aire/suelos Susceptibles provocar enfermedades profesionales o daños medioambientales Pueden presentarse en forma de sólidos, líquidos o gases. Se clasifican igual que las sustancias y preparados peligrosos (T+, O, N, C, E, etc.,)

FORMAS DE PRESENTACIÓN

VÍAS DE ENTRADA

EFECTOS

•Contaminantes Sólidos

Digestiva

Corrosivos



Parenteral

Sistémicos

Inhalatoria

Mutagénicos, teratogénicos y cancerígenos

Polvos

– Humos de combustión –

Humos metálicos



Fibras

•C. Líquidos –

Nieblas



Aerosoles

•C. Gaseosos –

Gases puros



Vapores

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Dérmica

Neumoconióticos Anéstesicos y narcóticos Asfixiantes Sensibilizantes Irritantes

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LÍMITES DE EXPOSICIÓN A CONTAMINANTES AMBIENTALES. VALORES LÍMITE AMBIENTALES (VLA) Son los valores límite de referencia para las concentraciones de los agentes químicos en la zona de respiración de un trabajador. Los valores correspondientes para 2015 pueden consultarse en el siguiente enlace: http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/LEP%20_VALORES%20 LIMITE/Valores%20limite/Limites2015/Limites%20de%20exposicion%202015.pdf a. Valor límite ambiental para la exposición diaria: valor límite de la concentración media, medida o calculada de forma ponderada con respecto al tiempo para la jornada laboral real y referida a una jornada estándar de ocho horas diarias. b. Valor límite ambiental para exposiciones de corta duración: valor límite de la concentración media, medida o calculada para cualquier período de quince minutos a lo largo de la jornada laboral, excepto para aquellos agentes químicos para los que se especifique un período de referencia inferior. VALOR LÍMITE BIOLÓGICO: el límite de la concentración, en el medio biológico adecuado, del agente químico o de uno de sus metabolitos o de otro indicador biológico directa o indirectamente relacionado con los efectos de la exposición del trabajador al agente en cuestión.

UMBRALES OLFATIVOS (Indicadores olfativos) El umbral olfativo (U.O.) de una sustancia química dada se define como el valor de la concentración de esa sustancia para el cual el 50% de las personas sometidas al estudio (las cuales no son ni mucho ni poco sensibles a diferentes sustancias olorosas de referencia y están exentas de patología que afecte a la olfacción, entre otros criterios de selección) perciben su olor. Hay sustancias para las que el umbral olfativo es menor al valor límite ambiental, lo que nos puede indicar orientativamente su presencia antes de que se alcancen valores que excedan a los VLA (VALORES LÍMITES AMBIENTALES) permitidos. No obstante esta percepción es orientativa y no puede ser utilizada como límites de seguridad absolutos para detectar las sustancias químicas por el olor antes de alcanzar concentraciones peligrosas. En la siguiente NOTA TÉCNICA, podeis encontrar un listado de 216 sustancias las características de su olor y su umbral olfativo, relacionados con otros valores de seguridad. http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Fich eros/301a400/ntp_320.pdf

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10.- LABORATORIOS: BOTELLAS DE GASES INFLAMABLES A PRESIÓN REQUISITOS Y RECOMENDACIONES PARA SU INSTALACIÓN:

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La instalación deberá ser efectuada por instalador autorizado por la Consejería competente de la Junta de Andalucía. Se deberá tener el mismo número de botellas en uso que en reserva, en otro caso se deberán aplicar las condiciones almacenamiento previstas en la ITC MIE-APQ-5: «Almacenamiento y utilización de botellas y botellones de gases comprimidos, licuados y disueltos a presión» Las conexiones, manguitos y canalizaciones de la instalación preexistente deberán adecuarse, reforzarse y compatibilizarse con este gas y la presión a utilizar. Los acoplamientos para las conexiones de los reguladores a las válvulas de las botellas deberán ser los reglamentados en la ITC MIE-AP-7 del Reglamento de Aparatos a Presión. Se deberá instalar doble llave de corte (próxima a botellas y junto al laboratorio) para aminorar los tiempos de respuesta en caso de fuga o incendio. No se instalarán botellas de hidrógeno en armario de seguridad (no ventilado), salvo que esté dotado de extracción forzada. Se recomienda instalar en el patio exterior, con ventilación suficiente y permanente, en suelo estable y no combustible, lejos de locales subterráneos o en lugares con comunicación directa con huecos de escaleras, pasillos, etc. Deberá alejarse de la instalación eléctrica y proteger de la de abastecimiento de agua. Las canalizaciones y manguitos deben ser de material y condiciones autorizadas por el fabricante. Despejar de obstáculos las BIEs, extintores, duchas y otros medios de protección antiincendios existentes. Las botellas deberán estar enganchadas convenientemente. Las botellas y canalizaciones deberán estar señalizadas de acuerdo con el RD 485/97, de 14 de Abril sobre señalización de lugares de trabajo, se deberán etiquetar tuberías: las etiquetas se colocarán a lo largo de la tubería en número suficiente, especialmente cerca de válvulas y conexiones. Utilizar para las tuberías los colores identificativos de seguridad recogidos en la norma UNE 1063, o DIN 2403. Las botellas se alejarán suficientemente de otros gases oxidantes. Las botellas deben estar perfectamente identificadas en todo momento, en caso contrario deben inutilizarse y devolverse al proveedor. No se expondrán las botellas a temperaturas superiores a los 54º C Los acoplamientos para las conexiones de los reguladores a las válvulas de las botellas deben ser los reglamentados en la ITC MIE-AP-7 del Reglamento de Aparatos a Presión. El usuario deberá establecer un plan de mantenimiento preventivo de las instalaciones y de todos los accesorios necesarios para la correcta utilización de los gases contenidos en las botellas.

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INSTRUCCIONES EN CUANTO A SU UTILIZACIÓN El usuario es responsable del manejo de las botellas y del buen estado y mantenimiento de los accesorios necesarios para su utilización, así como del correcto empleo del gas que contienen Las botellas deben ser manejadas sólo por personas experimentadas y previamente informadas, debiendo existir en el lugar de utilización las instrucciones oportunas.

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Se debe disponer y seguir las instrucciones de la Ficha de Datos de Seguridad del gas. Utilizar guantes, calzado de protección y portabotellas para el transporte y manipulación de las botellas. Antes de poner en servicio cualquier botella deberá eliminarse todo lo que dificulte su identificación y se leerán las etiquetas y marcas existentes en aquélla. Si el contenido de una botella no está identificado, deberá devolverse a su proveedor sin utilizarla Antes de usar una botella se asegurará que esté bien sujeta para evitar su caída. El protector (sombrerete, caperuza, etc.) móvil de la válvula debe estar acoplado a la botella hasta el momento de su utilización. La válvula debe estar siempre cerrada, excepto cuando se emplee el gas, en cuyo momento deberá estar completamente abierta. Para ajustar a la presión deseada deben utilizarse manoreductores de baja presión. Hay que asegurar que los acoplamientos en las conexiones del regulador con la válvula de la botella sean coincidentes. No se forzarán las conexiones que no ajusten bien, ni se utilizarán piezas intermedias, salvo las aprobadas por el fabricante del gas Después de conectar el regulador, y antes de abrir la válvula de la botella, se comprobará que el tornillo de regulación del manorreductor está completamente aflojado. Esta precaución debe asimismo tenerse en cuenta en las interrupciones de trabajo o en el cambio de botella. Los reguladores, medidores, mangueras y otros aparatos destinados a usarse con un gas en particular o un grupo de gases, no deben ser empleados en botellas conteniendo otros gases Si el grifo de una botella se atasca, no se debe forzar la botella, se debe devolver al suministrador marcando convenientemente la deficiencia detectada. Evitar el uso de herramientas sobre las válvulas, caso de ir equipadas con volante manual. Las botellas no deben consumirse completamente pues podría entrar aire. Se debe conservar siempre una ligera sobrepresión en su interior. La válvula de la botella se abrirá siempre lentamente. La salida de la misma deberá colocarse en sentido contrario a la posición del operador: no se emplearán otras herramientas diferentes a las facilitadas o aconsejadas por el proveedor. Se evitará la salida de caudales de la botella superiores a los prescritos por el proveedor Nunca se emplearán llamas para detectar fugas; si existiera una fuga en la válvula se cerrará ésta y se avisará al suministrador. Se evitará todo contacto de botellas, válvulas, reguladores, mangueras e instalaciones anexas con aceites y grasas. Los protectores de las válvulas no se utilizarán como recipientes para contener sustancia alguna. Antes de desconectar el dispositivo de regulación de las botellas, se cerrará su válvula y se eliminará la presión del dispositivo de regulación. Tan pronto la botella esté vacía se cerrará la válvula y se colocará el protector de la misma. Antes de devolver las botellas vacías, se tomarán medidas que aseguren que la válvula está cerrada y que se ha fijado convenientemente el protector. Se prohibirá fumar, utilizar móviles o linternas, en las inmediaciones de esta instalación. Se evitará desmontar las válvulas, dado el peligro que ello implica.

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Las averías en los grifos de las botellas debe ser solucionadas por el suministrador, evitando en todo caso el desmontarlos. Se debe evitar cualquier tipo de agresión mecánica que pueda dañar las botellas como pueden ser choques entre sí o contra superficies duras. Las botellas con caperuza no fija no deben asirse por ésta. En el desplazamiento, las botellas, deben tener la válvula cerrada y la caperuza debidamente fijada. Las botellas no deben arrastrarse, deslizarse o hacerlas rodar en posición horizontal. Lo más seguro en moverlas con la ayuda de una carretilla diseñada para ello y debidamente atadas a la estructura de la misma. No manejar las botellas con las manos o guantes grasientos. Las válvulas de las botellas llenas o vacías deben cerrarse colocándoles los capuchones de seguridad. Las botellas se deben almacenar siempre en posición vertical. No se deben almacenar botellas que presenten cualquier tipo de fuga. Para detectar fugas no se utilizarán llamas, sino productos adecuados para cada gas. Las botellas llenas y vacías se almacenarán en grupos separados Se manipularán todas las botellas como si estuvieran llenas. Si existe peligro de que la botella pueda contaminarse por retroceso de otros gases o líquidos, deberá disponerse de una válvula o dispositivo de retención adecuado. Evitar el uso de herramientas sobre las válvulas, caso de ir equipadas con volante manual. Si las válvulas presentan dificultad para su apertura o cierre, o están agarrotadas, se pedirán instrucciones al proveedor.

Operaciones específicas con gases

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Purga de la botella: Esta operación no debe efectuarse con las botellas de gases tóxicos o hidrógeno.



Conexión de la botella al circuito: Se seguirán las instrucciones siguientes: o Asegurarse de que el grifo está cerrado. o Alinear el racor del manorreductor con la boca del grifo. o Atornillar a mano hasta el máximo. o Apretar suavemente con una llave fija. No forzar la rosca.



Apertura del grifo: El grifo debe abrirse estando el manorreductor completamente cerrado. La apertura deberá hacerse girando el volante, suave y lentamente, en sentido antihorario. Durante su utilización, el grifo de las botellas de gases comprimidos o licuados deberá estar completamente abierto, mientras que el de las botellas de acetileno se abrirá entre ¾ y 1 ½ vueltas. Si no se está utilizando el gas, el grifo de la botella deberá estar completamente cerrado. Deberá girar suavemente y, si no fuese así, no debe tratar de forzarse haciendo palanca o golpeando la llave. Nunca se tratará de desmontar el grifo. Al menor problema debe devolverse al suministrador.



Comprobación de la presión de salida: Antes de accionar el manorreductor, deberá comprobarse que el manómetro de alta marca la presión esperada de la botella. En caso de que no sea así, habrá que pensar que la botella está agotada por uso, que existe una fuga o que el manómetro está averiado, en cuyo caso deberá ser enviado al suministrador para su reparación.



Funcionamiento del manorreductor: El obturador del manorreductor se cierra al aflojar el volante girando en sentido antihorario; al cerrar el obturador del manorreductor se impide el paso del gas a la instalación. El grifo de la botella no debe ser abierto con el obturador del reductor abierto, porque la alta presión de la botella se transmitirá bruscamente a la cámara de baja presión, pudiendo ser motivo de accidente. El volante debe girarse lentamente hasta conseguir la presión deseada. Nunca debe apretarse a tope.

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Descontaminación de la instalación: El cambio de botellas lleva implícita la entrada de aire y humedad en la instalación. Cuando se utilizan gases de gran pureza es frecuente que este tipo de contaminación interfiera en los procesos a realizar, por lo que debe ser cuidadosamente eliminada antes de poner en servicio el gas. Los procedimientos que se utilizan habitualmente son el barrido continuo de gas y los barridos sucesivos.



Regulación del caudal: El caudal no debe ser regulado mediante el accionamiento del regulador de presión, sino mediante la utilización de una válvula de aguja. Un factor que tiende a modificar el flujo son las grandes variaciones de temperatura. Caso de presentarse este problema, se consigue resolver fácilmente situando un termostato en la válvula o en el tubo de entrada de gas.



Cambio de botella: Es recomendable cambiar de botella cuando el manómetro marque una presión inferior a 5 bares. Un procedimiento adecuado es el siguiente: o Cerrar el grifo o Quitar el manorreductor o Marcar la botella como vacía o Sustituirla por otra nueva



Comprobación del manorreductor: Los manorreductores de las botellas deben ser revisados periódicamente, siendo recomendable que esta revisión la lleve a cabo personal autorizado. Cuando se trata de botellas de gases no corrosivos, es recomendable que la revisión se lleva a cabo mensualmente y semanalmente cuando se trata de gases corrosivos.

EN CASO DE FUGA O INCENDIO    







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Dar aviso inmediato al teléfono interno de emergencias (84112) y seguir instrucciones. Evacuar el edificio de personal no interviniente. Alejar las botellas de fuentes de calor. La elevada temperatura que adquiere una botella en contacto directo con un foco de calor, produce en ella un considerable aumento de presión, que puede provocar la explosión de la misma. Si durante el servicio de la botella existe una fuga y ésta no puede contenerse, se tomarán las medidas indicadas por el suministrador y comunicará el riesgo por el procedimiento establecido por la Universidad. Igual procedimiento se aplicará en el caso de botellas sometidas a fuego, corrosión o que presenten defectos. Las botellas de hidrógeno no deberán abrirse jamás, cerrando aquellas que estén en servicio, en caso de fuga inflamada detener la fuga, no extinguir si no es absolutamente necesario, extinguir los otros fuegos colindantes que se hayan producido. Siempre que resulte posible deben desalojarse las botellas del lugar del incendio, y si al hacerlo se notara que éstas se han calentado, los equipos de intervención deberán enfriarlas mediante una proyección continua de agua pulverizada, a fin de evitar que aumente su presión. En este caso, avisar al suministrador. En caso de intervención de equipos de emergencia en la extinción de un fuego en el edificio, se les advertirá de la existencia de las instalaciones y botellas, situación y cantidad, así como del gas que contienen

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IDENTIFICACIÓN DE BOTELLAS DE GAS (panel informativo existente en la entrada de cada laboratorio)

Cuerpo rojo: Inflamables o combustibles, Cuerpo negro: Oxidantes o Inertes, Cuerpo verde: Tóxicos o venenosas, Cuerpo amarillo: Corrosivos.

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11.- SEÑALIZACIÓN EN EL LABORATORIO COLOR IDENTIFICATIVO DE TUBERÍAS QUE CONTIENEN FLUIDOS SEGÚN DIN 2403

Consulta la señalización de recipìentes y tuberías (según UNE 1603) en el siguiente enlace: http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Fich eros/501a600/ntp_566.pdf

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COLORES DE SEGURIDAD Y SU SIGNIFICADO Los colores de seguridad podrán formar parte de una señalización de seguridad o constituirla por sí mismos. En el siguiente cuadro semuestran los colores de seguridad, su significado y otras indicaciones sobre su uso:

COLOR

Rojo

SIGNIFICADO

INDICACIONES Y PRECISIONES

Señal de prohibición

Comportamientos peligrosos.

Peligro – alarma

Alto, parada, dispositivos de desconexión de emergencia. Evacuación.

Amarillo o amarillo anaranjado

Azul

Material y equipos de lucha contra incendios

Identificación y localización.

Señal de advertencia

Atención, precaución. Verificación.

Señal de obligación

Comportamiento específica.

o

acción

Obligación de utilizar un equipo de protección individual. Verde

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Señal de salvamento o de Auxilio.

Puertas, salidas, pasajes, material, puestos de salvamento o de socorro, locales.

Situación de seguridad

Vuelta a la normalidad.

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SEÑALIZACIÓN EN FORMA DE PANEL SEÑALES DE OBLIGACIÓN Forma redonda. Pictograma blanco sobre fondo azul

SEÑALES DE PROHIBICIÓN Forma redonda. Pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y banda (transversal descendente de izquierda a derecha atravesando el pictograma a 45º respecto a la horizontal) rojos

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SEÑALIZACIÓN DE ADVERTENCIA Forma triangular. Pictograma negro sobre fondo amarillo (el amarillo deberá cubrir comomínimo el 50 por 100 de la superficie de la señal), bordes negros. Como excepción, el fondo de la señal sobre «materias nocivas o irritantes» será de color naranja, en lugar de amarillo, para evitar confusiones con otras señales similares utilizadas para la regulación del tráfico por carretera

SEÑALIZACIÓN DE DESNIVELES, ELEMENTOS DE RIESGO

OBSTACULOS

U

(Delimitación de zonas con riesgos de caida de objetos, choques, golpes )

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OTROS

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SEÑALES DE SALVAMENTO O SOCORRO.

Forma rectangular o cuadrada.

Pictograma blanco sobre fondo verde.

SEÑALES RELATIVAS A LOS EQUIPOS DE LUCHA CONTRA INCENDIOS. Forma rectangular o cuadrada. Pictograma blanco sobre fondo rojo

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SEÑALES OLFATIVAS En determinados casos se utiliza la presencia de un agente odorizante (mercaptanos) para facilitar la detección de posibles fugas de gases inflamables de uso doméstico, como el butano y/o el gas natural.

MÁQUINAS: CÓDIGO DE COLORES DE SEGURIDAD

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ELECTRICIDAD: CÓDIGO DE COLORES

SEÑALIZACIÓN DE PELIGRO RADIOLÓGICO

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12.- NORMAS GENERALES PARA EL TRABAJO EN LABORATORIOS DE CARÁCTER GENERAL El personal que trabaje en laboratorios debe estar formado e informado sobre los procedimientos y equipos utilizados, así como de los riesgos existentes y de las medidas de prevención y protección aplicables a estos riesgos. El laboratorio debe disponer de un diiseño y organización adecuados. . Debe disponer de los equipos de protección individual (EPIs) y de las instalaciones de emergencia o elementos de actuación (duchas, lavaojos, mantas ignífugas, extintores, etc.). Debe mantenerse ordenado y en elevado estado de limpieza. No realizar experiencias nuevas sin autorización expresa del responsable del laboratorio No poner en marcha nuevos aparatos e instalaciones sin conocer previamente su funcionamiento, características y requerimientos, tanto generales como de seguridad Lavarse las manos al entrar y salir del laboratorio y siempre que haya habido contacto con algún producto químico. Llevar en todo momento las batas y ropa de trabajo abrochadas y los cabellos recogidos, evitando colgantes o mangas anchas que pudieran engancharse en los montajes y material del laboratorio. No se debe trabajar separado de la mesa o la poyata, en la que nunca han de depositarse objetos personales. El personal de nueva incorporación debe ser inmediatamente informado sobre las normas y protocolos de trabajo, características específicas de peligrosidad de los productos e instalaciones. No trabajar solo en el laboratorio, especialmente por la noche, o si se trata de operaciones con riesgo. No ingerir alimentos en el laboratorio. No emplear recipientes de laboratorio para contener bebidas o alimentos ni guardarán bebidas en los frigoríficos. Se debe evitar llevar lentes de contacto. Es preferible el uso de gafas de seguridad, graduadas o cubregafas.

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Observar el etiquetado de los productos químicos y la Ficha de Datos de Seguridad de las sustancias que se reciben en el laboratorio, etiquetar adecuadamente las soluciones preparadas y no reutilizar los envases para otros productos sin retirar la etiqueta original. No llevar botes en los bolsillos, ni manosearlos llevándolos en los bolsillos, ni tocándolos No pipetear con la boca Guardar en el laboratorio la mínima cantidad imprescindible para el trabajo diario. No emplear frigoríficos de tipo doméstico para el almacenamiento de productos químicos. Los tubos de ensayo no deben llenarse más de 2 ó 3 cm, han de tomarse con los dedos, nunca con la mano, siempre deben calentarse de lado utilizando pinzas, no deben llevarse en los bolsillos y deben emplearse gradillas para guardarlos. Para el encendido de los mecheros Bunsen emplear preferentemente encendedores piezoeléctricos y el tubo de suministro de gas debe tener la sujeción adecuada. Deben evitarse, en la medida de lo posible, las conexiones múltiples y las alargaderas, tanto en la instalación eléctrica como en la de gases. Debe comprobarse la ventilación general del laboratorio: trabajo en depresión, velocidad de circulación del aire de las zonas con menor contaminación a las de mayor contaminación ambiental, renovación suficiente y adecuadas condiciones termohigrométricas. Debe trabajarse en las vitrinas, siempre que se trabaje con productos peligrosos. En éstas debe comprobarse periódicamente el funcionamiento del ventilador, el cumplimiento de los caudales mínimos de aspiración, la velocidad de captación en fachada, su estado general y que no se conviertan en un almacén improvisado de productos químicos. Los equipos científicos deben mantenerse adecuadamente conforme las instrucciones del fabricante y el procedimiento establecido por la Universidad: http://cms.ual.es/idc/groups/public/@serv/@prevencion/documents/documento/ins truccionequipostrabajo.pdf

PERSONAL EXTERNO QUE TRABAJA EN LABORATORIOS DE LA UAL Cuando trabajadores de dos empresas concurren en un mismo centro de trabajo, como puede ocurir en los laboratorios de la UAL, hay que poner en práctica una serie de medidas para prevenir los riesgos laborales derivados de la concurrencia de actividades, con objeto de que esta situación no repercuta en la seguridad y la salud de los trabajadores. Estas situaciones pueden producirse por convenios,

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contratos, acuerdos, programas, convocatorias, invitaciones o situaciones similares, existan o no relaciones jurídicas. Existen una serie de obligaciones de cooperación, coordinación y en determinados casos de vigilancia del cumplimiento de la normativa de prevención, que vienen descritas en el Art 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 171/2004 de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. Por ello cuando se produzca esta circunstancia se debe comunicar a través de la estructura de la organización y solicitar el asesoramiento del Servicio de Prevención, con objeto de hacer efectivas las medidas adecuadas en materia de cooperación y coordinación de acividades empresariales.

PERSONAL DE LA UAL QUE REALICE ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN, APOYO CIENTÍFICO, TÉCNICO O AUXILIARES EN CENTROS DE TRABAJO AJENOS A LA UNIVERSIDAD. Estas situaciones pueden producirse por convenios, contratos, acuerdos, programas, convocatorias, invitaciones o situaciones similares, existan o no relaciones jurídicas. Debe seguirse el: “Procedimiento de Trabajo para la realización de actividades de Investigación, Apoyo Científico, Técnico o Auxiliares, en Centros de Trabajo Ajenos a la Universidad”,que se recoge como Anexo I de este documento. Este procedimiento es de aplicación al personal docente, investigador, técnico y auxiliar de la Universidad de Almería que, en virtud de su actividad profesional en la misma, realice actividades de investigación, apoyo científico, técnico o tareas auxiliares de las mismas en instalaciones de otra entidad o empresa. En el se informa de las actuaciones previas y posteriores que deben realizar durante el desarrollo de dichas actividades, conforme a las obligaciones especificadas en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y su desarrollo reglamentario según el RD 171/2004.

UTILIZACIÓN DE EQUIPOS ELECTRICOS La instalación e incorporación de nuevos equipos debe estar supervisada por el Servicio de Obras y Mantenimiento Debe revisarse periodicamente la instalación eléctrica por instalador autorizado, según REBT y archivo de la documentación generada por el responsable del laboratorio o departamento.

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De entre los distintos aparatos que tienen conexión eléctrica, es recomendable disponer de líneas específicas para los equipos de alto consumo. Los riesgos asociados a la utilización de instrumental eléctrico son: - Electrización y electrocución por contacto directo o indirecto, generado por todo aparato que tenga conexión eléctrica. - Incendios generalmente por sobrecarga de la instalación, chispas o cortociruitos - Inflamación o explosión de vapores inflamables por chispas o calentamiento del aparato eléctrico.

Inflamación de vapores inflamables en proximidad de equipo electrico, en un laboratorio de la UAL

Medidas de prevención No anular los sistemas de seguridad de los equipos e instalaciones electricos, verificar el buen estado de los cables de alimentación, en ningún momento el agua y otros líquidos deben penetrar en los equipos, si se observan chispas o arco desconecte el equipo y dé aviso, no realizar reparaciones con cinta aislante, no utilizar los equipos con los pies, cuerpo o manos mojadas, para desconectar los equipos tire de la clavija, no del cable

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No sobrecargar los enchufes. Evitar que se enchufen equipos con derivaciones o deficiencias que afecten a la instalación. Los cuadros eléctricos deberán protegidos permanecer cerrados en todo. Mantener los mecanismos de cierre de los cuadros electricos en buenas condiciones. Se debe disponer de un cuadro general, preferiblemente en cada unidad de laboratorio, con diferenciales y automáticos Realizar mantenimiento adecuado de los equipos de trabajo sometidos a tensión. No utilizar equipos con derivaciones o que se encuentren en mal estado. Guardar los manuales de instrucciones de los equipos eléctricos y de las revisiones periódicas de instalaciones y, en su caso, equipos electricos y utilizarlos conforme a las instrucciones del fabricante. Señalizar riesgo eléctrico en cuadros con pictograma adecuado según RD 485/1997 Las tomas de corriente para usos generales deben estar en número suficiente y convenientemente distribuidas con el fin de evitar instalaciones provisionales. Eviatr la proximidad de inflamables a los equipos electricos. No realizar operaciones de entretenimiento o ajuste en los equipos eléctricos sin desconectarlos previamente. Disponer de interruptor diferencial adecuado (protegen la vida de las personas), toma de tierra eficaz e interruptor automático de tensión (magnetotérmico). Instalar la fuerza y la iluminación por separado, con interruptores. Emplear instalaciones entubadas, siendo las > 750 V, rígidas. Aplicación del código de colores y grosores. No emplear de modo permanente alargaderas y multiconectores (ladrones). En áreas especiales (húmedas ydeterminados laboratorios) emplear bajo voltaje (24 V), estancos, tapas, etc. Emplear seguridad aumentada para el trabajo de manera permanente con inflamables. Efectuar el mantenimiento adecuado de los equipos y realizar inspecciones y comprobaciones periódicas.

UTILIZACIÓN DE MATERIAL DE VIDRIO Muy utilizado en laboratorio por su transparencia, manejabilidad, facilidad de diseño y sencillez en la preparación de montajes, permitiendo, además, su moldeabilidad por calentamiento y la fabricación de piezas a medida. Los riesgos asociados:

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· Cortes o heridas producidos por rotura del material de vidrio debido a su fragilidad mecánica, térmica, cambios bruscos de temperatura o presión interna. · Cortes o heridas como consecuencia del proceso de apertura de ampollas selladas, frascos con tapón esmerilado, llaves de paso, conectores etc., que se hayan obturado. Explosión, implosión e incendio por rotura del material de vidrio en operaciones realizadas a presión o al vacío. Medidas de prevención: ·

Desechar las piezas defectuosas.

· Desechar el material que haya sufrido un golpe de cierta consistencia, aunque no se observen grietas o fracturas. · Efectuar los montajes cuidadosamente (destilaciones ambientales y al vacío, reacciones con adición y agitación, endo y exotérmicas, etc.) con soportes y abrazaderas adecuados. · No calentar directamente el vidrio a la llama; interponer un material capaz de difundir el calor (p.e., una rejilla metálica). · Introducir de forma progresiva y lentamente los balones de vidrio en los baños calientes. · Evitar que las piezas queden atascadas colocando una capa fina de grasa de silicona entre las superficies de vidrio y utilizando siempre que sea posible tapones de plástico. · Para el desatascado de piezas deben utilizarse guantes espesos y protección facial. Si el recipiente a manipular contiene líquido, debe llevarse a cabo la apertura sobre un contenedor de material compatible, y si se trata de líquidos de punto de ebullición inferior a la temperatura ambiente, debe enfriarse el recipiente antes de realizar la operación

Pipetas Riesgos: •

Contacto o ingestión de un líquido tóxico o corrosivo.



Cortes por rotura.

Medidas de prevnción.: •

Prohibir pipetear con la boca.



Utilizar siempre guantes impermeables al producto manipulado.

• Utilizar bombas de aspiración manual de caucho o cremallera que se adapten bien a las pipetas a utilizar.

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• Para algunas aplicaciones y reactivos dispensador automático de manera permanente.

es

recomendable

utilizar

un

UTILIZACIÓN DE FRIGORIFICOS DE LABORATORIO Emplear frigoríficos adecuados. Utilizar frigoríficos de seguridad aumentada para almacenar sustancias que puedan presentar peligro de inflamación o explosión, Frigoríficos antideflagrantes cuando esté en un área con atmósfera inflamable. (EEX/d/2C/T6), y frigoríficos domésticos SOLO para guardar productos inertes. - No guardar recipientes abiertos o mal tapados en el frigorífico. - En su caso utilizar recipientes capaces de resistir la sobrepresión interna en caso de recalentamiento accidental. - Controlar de modo permanente la temperatura interior del frigorífico.

Accidente por utilización de frigorífico inadecuado en la UAL

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APARATOS CON LLAMA El trabajo con llama abierta genera riesgos de incendio y explosión por la presencia de gases/líquidos comburentes o combustibles, o de productos inflamables en el ambiente próximo donde se utilizan. Para la prevención de estos riesgos son acciones adecuadas: Garantizar una ventilación suficiente para que no se alcance jamás el límite inferior de inflamabilidad. Calentar los líquidos inflamables mediante sistemas que temperatura inferior a la de autoignición (p.e., baño maría).

trabajen

a

una

Mantenimiento adecuado de los equipos e instalación de gas. Dar instrucciones adecuadas a los usuarios y alejar los mecheros de alcohol de productos inflamables.

BAÑOS CALIENTES Y OTROS DISPOSITIVOS DE CALEFACCIÓN Riesgos: Quemaduras térmicas, rotura de recipientes de vidrio ordinario con desprendimiento de vapores, vuelcos, vertidos, emisión incontrolada de humos en los baños de aceite y generación de calor y humedad ambiental en los baños de agua. Contacto eléctrico indirecto por envejecimiento del material. Medidas de prevención: No llenar completamente el baño hasta el borde. Asegurar su estabilidad con ayuda de soportes. No introducir recipientes de vidrio ordinario en el baño, utilizar vidrio tipo Pyrex. Disponer de un termostato de seguridad para limitar la temperatura. Utilizar dispositivos aislantes térmicos que no contengan amianto. Cuando su uso sea continuado, disponer de extracción localizada. Llevar a cabo un mantenimiento preventivo con revisiones periódicas.

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REFRIGERANTES Circulación de agua corriente a través de conexiones, aunque en algunos casos se emplea un circuito cerrado, con enfriamiento del agua en un baño refrigerado. Riesgos más habituales: rotura interna con entrada de agua en el medio de reacción que puede provocar incendio, explosión o emisión de productos tóxicos, fuga de vapores por corte en el suministro de agua e inundación en el caso de desconexión del tubo. Medidas: Disponer de un sistema de seguridad que interrumpa el aporte de calor en caso de que se corte el suministro de agua, asegurarse de que los tubos están bien sujetos, y renovarlos periódicamente, son medidas eficaces para la prevención de los riesgos mencionados

ESTUFAS Presentan riesgos de explosión, incendio e intoxicación si se desprenden vapores inflamables en la estufa, de sobrecalentamiento si se produce un fallo en el termostato y de contacto eléctrico indirecto. Medidas: Si se utiliza una estufa para evaporar líquidos volátiles debe disponerse de un sistema de extracción y retención por filtrado o por condensación de los vapores producidos. Si los vapores que se desprenden son inflamables, es recomendable emplear estufas de seguridad aumentada o con instalación antideflagrante. Emplear estufas con sistemas de seguridad de control de temperaturas (doble termostato, por ejemplo). Efectuar un mantenimiento adecuado, comprobando además la ausencia de corrientes de fuga por envejecimiento del material y correcto estado de la toma de tierra.

AUTOCLAVE Riesgos: Explosión del aparato con proyecciones violentas. Cortes por rotura de material de vidrio en su interior Quemaduras al sacar materiales calientes. Medidas a adoptar: Asegurarse documentalmente (homologación, certificación) de que el autoclave resiste la presión a la que tiene que trabajar. Debe estar equipado con un manómetro. Los autoclaves que trabajan a presiones muy elevadas deben estar ubicados en locales preparados para el riesgo de explosión. El aumento de presión debe ser progresivo, así como la descompresión.

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No introducir vidrio que no sea apto para y utilizar guantes de protección para sacar el material de vidrio.

CENTRÍFUGAS Riesgos: Rotura del rotor. Heridas en caso de contacto con la parte giratoria. Explosión por una atmósfera inflamable. Formación de bioaerosoles. Medidas a adoptar: Repartir la carga simétricamente. La centrífuga debe llevar un mecanismo de seguridad de tal manera que no pueda ponerse en marcha si la tapa no está bien cerrada e impidiendo su apertura sí el rotor está en movimiento. Disponer de un procedimiento de actuación para el caso de roturas y/o formación de bioaerosoles.

CROMATÓGRAFO DE GASES El cromatógrafo de gases suele trabajar a temperaturas elevadas, a veces cíclicamente, y puede producir un cierto nivel de contaminación ambiental cuando se trabaja con detectores no destructivos. Riesgos: Disconfort por el calor desprendido por el aparato. Quemaduras térmicas al realizar algunas operaciones en el detector, la columna o el inyector. Contaminación ambiental. Pinchazos en la manipulación de jeringas. Fugas de gases inflamables, especialmente hidrógeno. Contactos eléctricos indirectos en aparatos antiguos. Medidas de control del riesgo: Disponer de un sistema de ventilación adecuado para disipar el calor producido por los aparatos. Utilizar guantes resistentes al calor cuando se realicen manipulaciones en zonas calientes.

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Conectar la salida del divisor de flujo del inyector de capilares y de los detectores no destructivos al exterior. Adecuado mantenimiento preventivo.

CROMATÓGRAFO DE LÍQUIDOS DE ALTA RESOLUCIÓN (HPLC) Riesgos: Vertidos y contactos dérmicos en la preparación del eluyente. Contaminación ambiental si se emplean eluyentes volátiles. Medidas de control del riesgo: Manipular los eluyentes adecuadamente, empleando guantes si existe posibilidad de contacto dérmico en las operaciones de trasvase. Emplear material de vidrio resistente en el tratamiento previo del eluyente, especialmente en las operaciones al vacío. La mayor parte de estas instrucciones son extensivas a los espectrómetros de masas, tanto si utilizan la cromatografía de gases como fase previa o no.

ESPECTROFOTÓMETRO DE ABSORCIÓN ATÓMICA Riesgos: Quemaduras químicas en la manipulación de ácidos concentrados empleados en el tratamiento previo (digestión) de las muestras a analizar. Desprendimiento de vapores irritantes y corrosivos. Quemaduras térmicas con la llama, horno de grafito y zonas calientes en general. Fugas de gases: acetileno y otros. Posible formación de hidrógeno cuando se utiliza el sistema de generación de hidruros. Radiaciones UV. Medidas de control del riesgo: Realizar las digestiones ácidas en vitrinas. Utilizar guantes, gafas y equipos de protección personal adecuados.

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Sistema de extracción sobre la llama o horno de grafito. Buena ventilación general cuando se trabaja con el generador de hidruros. Tomar las precauciones adecuadas para trabajar con acetileno. No mirar directamente a la llama ni a las fuentes de emisión (lámparas).

INSTALACIONES DE RAYOS LÁSER Existen diferentes tipos de láseres en los que se aplica este tipo de energía y con distintas características de emisión, ya sea continua o en impulsos. Los efectos directos más importantes son la lesión en el ojo, sobre la cornea, el cristalino o la retina, y quemaduras cutáneas. Otros riesgos a tener en cuenta son: ·

Contaminación atmosférica producida por el material vaporizado por el láser.

· Radiación colateral producida por la radiación UV o la radiación Visible y de IR próximo asociadas a los sistemas de bombeo. ·

Utilización de corriente de alta tensión (> 1 KV).

·

Señalizar la zona según UNE EN 60825:93,

Si trabajas con estos equipos amplía la información en el siguiente enlace: http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Fich eros/601a700/ntp_654.pdf

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RADIACIONES IONIZANTES Precisan autorización de puesta en marcha. El control corresponde al Consejo de Seguridad Nuclear La mayoría de Comunidades Autónomas tienen transferidas las competencias del Ministerio de Industria y Energía y la encomienda de las funciones correspondientes al Consejo de Seguridad Nuclear en lo referente a instalaciones radiactivas de segunda y tercera categoría La inspección y verificación de las instalaciones nucleares y radiactivas será realizada por personal facultativo del Ministerio de Industria y Energía y del Consejo de Seguridad Nuclear que será considerado como agente de la autoridad. Se consideran instalaciones radiactivas: · Las instalaciones de cualquier clase que contengan una fuente de radiación ionizante. · Los aparatos productores de radiaciones ionizantes que funcionen a una diferencia de potencial superior a 5 kV. · Los locales, laboratorios, fábricas e instalaciones donde se produzcan, utilicen, posean, traten, manipulen o almacenen materiales radiactivos (excepto el almacenamiento incidental durante su transporte). “Todo laboratorio en que se utilizan o manipulan generadores de radiaciones ionizantes o fuentes radiactivas constituye una instalación radiactiva a no ser que las fuentes estén encapsuladas y los equipos homologados, como ocurre con los detectores ECD empleados en cromatografía de gases”. Efectos. El ADN es el blanco biológico más crítico debido a la información genética que contiene. Una dosis absorbida lo bastante elevada para matar una célula tipo en división sería suficiente para originar centenares de lesiones reparables en sus moléculas de ADN Las lesiones producidas por la radiación ionizante de naturaleza corpuscular (protones o partículas alfa) son, en general, menos reparables que las generadas por una radiación ionizante fotónica (rayos X o rayos gamma) El daño en las moléculas de ADN que queda sin reparar o es mal reparado puede manifestarse en forma de mutaciones .

Clasificación de los trabajadores expuestos Los trabajadores se consideraran expuestos cuando puedan recibir dosis superiores a 1 mSv por año oficial y se clasificaran en dos categorías:

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·

Categoría A: D> a 6 mSv por año oficial. Categoría B: personas que, por las condiciones en que se realiza su trabajo, es muy improbable que reciban dosis superiores a 6 mSv por año oficial. Riesgos: ·

Irradiación: No hay contacto directo con la fuente; puede ser interna o externa.

Contaminación: Hay contacto directo con la fuente, la cual puede estar depositada sobre una superficie o bien dispersa en el ambiente; el riesgo puede ser por inhalación, ingestión o contacto con la piel.

Medidas de protección ·

Señalización del área y control de acceso.

·

Control por el CSN

·

Apantallamiento y blindajes

·

Trabajo en bandejas

·

Superficies lisas de fácil limpieza

·

Trabajo con volátiles en vitrina con filtros eficaces

·

Ropa de trabajo adecuada

·

Control de residuos

·

Dosimetría individual y ambiental.

·

Observancia de los límites anuales de dosis.

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·

Vigilancia médica Existencia de un plan de emergencia y evacuación

RIESGOS EN LA UTILIZACIÓN DE GASES LICUADOS A BAJA TEMPERATURA Dos tipos de riesgos: Los derivados de las características físico-químicas de cada gas Los derivados de la baja temperatura de utilización. Ejemplo: el nitrógeno por se encuentra a un temperatura de -196 ºC cuando esta en ebullición a la presión de una atmósfera Origen: escapes, proyecciones o ebullición del gas Algunos riesgos: Quemaduras por contacto directo con el gas licuado o sus vapores. Las quemaduras tienen efectos semejantes a las producidas por calor y apariencia poco espectacular y poco inquietante al principio, ya que los tejidos helados son poco dolorosos, presentando un aspecto amarillento. Cuando posteriormente se deshielan se vuelven muy dolorosos y propensos a la infección. El gas licuado tiene tendencia a infiltrarse bajo los vestidos, y al acumularse en ellos, aumenta el tiempo de contacto con la piel, extendiéndose la superficie quemada. Las quemaduras por contacto con equipos, canalizaciones, etc., a pesar de temperatura próxima a los 0º C. Suelen ser graves. Se pueden producir lesiones pulmonares al respirar gas muy frío procedente de la vaporización del gas licuado. También existen riesgos derivados de las fragilización de materiales en contacto con el gas licuado. En el caso particular del caucho, puede afectar a los neumáticos, los cuales al helarse quedan adheridos al suelo, se vuelven duros y frágiles. ESCAPES Se forma una nube densa, muy fría y pesada que se estanca en las proximidades del suelo. Puede ocasionar la caída en charcos a muy baja temperatura. Cuando el escape es masivo: -Si se trata de Oxígeno, los vehículos tienen riesgo de explosión. -Si fuese Nitrógeno, el de quedarse detenidos. -La vaporización de un gas licuado ocasiona un gran volumen de gas desplazando el aire y ocasionado riesgo de asfixia. La vaporización de un litro de nitrógeno líquido,a 15 ºC y 1 atmósfera, produce 691 litros de gas nitrógeno.

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Medidas preventivas a tener en cuenta en la utilización de gases licuados a baja temperatura •

Utilizar exclusivamente recipientes tipo Dewar. Estos deberán utilizarse extremando el cuidado y en superficies estables y regulares.



En condiciones ambientales los gases licuados se encuentran en ebullición, al rellenar recipientes abiertos se utilizaran prendas de protección para cara y manos y calzado de seguridad.



La ropa será de fibra natural y estará seca y limpia de grasa.



En ningún caso se utilizará ropa ceñida.



No es recomendable usar ropa con remangadas o pantalones con dobleces.



Los recipientes, tuberías, etc., que deban contener gases licuados a baja temperatura, estarán exentos de humedad y debidamente señalizados.



Cuando se ha producido un escape de gas en las proximidades de sótanos, semisótanos, pozos, etc., una vez eliminado el escape, el gas puede haber quedado confinado.



Cuando se trate de antielectricidad estática.

hidrógeno

bolsillos

licuado,

se

abiertos,

utilizará

mangas

calzado

Consulta la información completa en: http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Fich eros/301a400/ntp_383.pdf

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13.- NORMAS BÁSICAS DE AUTOPROTECCIÓN Y ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS

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Consulta estas normas generales para todos los usuarios de la UAL pinchando en el siguiente enlace: http://www.ual.es/GruposInv/Prevencion/imagenes/folleto/portada.shtml

NORMAS DE CARÁCTER GENERAL Para aquel personal formado que tenga un papel activo en caso de emergencia en el laboratorio: PRIMERO VALORAR SEGUNDO ALERTAR, TERCERO INTERVENIR

Acudir, si no se tiene certeza, al punto del suceso Evaluar la situación. Avisar al 84112, teléfono interno de emergencias Si se considera controlable, actuar. Evitar hacerlo solo y nunca sin avisar Si no se considera controlable, preparar la llegada del equipo de intervención y si se considera necesario iniciar el desalojo Si se prevé una evacuación, verificar y preparar las salidas, Atender a los heridos si los hubiere

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Tranquilizar a las personas con excitación Si es necesario, demandar colaboración entre los presentes Si se considera conveniente, iniciar la evacuación o el desalojo de la zona. Utilizar si procede las duchas de emergencia, manta ignífuga o extintores si se sabe hacerlo. Preparar la situación más favorable de los equipos e instalaciones que pudieran necesitarse, (localizar cuadros de corte de luces y cortar suministro de gases, mascarillas y guantes, botiquines, preparar apertura de puertas, por si se prevé evacuación y la zona está altamente ocupada, tener disponibles llaves que puedan precisarse, guardar productos en armarios de seguridad, inutilizar ascensores, tener localizadas las mangueras y extintores más próximos, neutralizadores, duchas, linternas, etc)

INSTRUCCIONES PARA LLAMAR AL TELÉFONO DE EMERGENCIAS (84112) Cuando se realice una llamada al teléfono de emergencias, se debe indicar: Persona que llama Origen del suceso, tipo (incendio, accidente individual, fuga, amenaza de bomba, etc.,) y magnitud Localización (edificio y planta) Existencia, en su caso de víctimas o personas en peligro Circunstancias relevantes que pueden concurrir en el suceso Necesidades de intervención (si se entiende que puede ser necesario llamar a Bomberos, 061, Policía,..)

INSTRUCCIONES EN CASO DE EVACUACIÓN DEL EDIFICIO LA EVACUACIÓN COMENZARÁ GENERALMENTE CON UNA SEÑAL SONORA (SIRENA O TIMBRE), FACILMENTE DISTINGUIBLE DE OTRAS SEÑALES SE DEBERÁ TRANSMITIR SERENIDAD, ESPECIALMENTE A LOS ALUMNOS, Y EVITAR CUALQUIER BROTE DE NERVIOSISIMO O PÁNICO ABANDONAR ORDENADAMENTE LAS ACTIVIDADES QUE SE ESTÉN REALIZANDO DISPONIENDO LAS INSTALACIONES DE LA FORMA MÁS FAVORABLE PARA LA SEGURIDAD EN EVITACIÓN DE MAYORES CONSECUENCIAS (INSTALACIONES DE GASES, ASEGURAR PRODUCTOS PELIGROSOS, ETC.) Y SEGUIR AL DETALLE LAS INDICACIONES DE LOS EQUIPOS DE EMERGENCIA. NO LLEVARSE NADA QUE PUEDA

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IMPEDIR O ENTORPECER LA RÁPIDA EVACUACIÓN, SI LA CIRCUNSTANCIA ASÍ LO EXIGE. SALIR ORDENADAMENTE DEL LABORATORIO, AULA O DEPENDENCIA, CERRAR PUERTAS Y VENTANAS Y COMPROBAR QUE NO QUEDA NADIE DENTRO DE LA MISMA NO SE SALDRÁ POR VENTANAS, TERRAZAS, PATIOS, ETC NO SE UTILIZARÁ EL ASCENSOR, DESALOJAR ORDENADAMENTE LAS PLANTAS. EN EDIFICIOS CON ALTO NIVEL DE OCUPACIÓN Y SALIDA EN PLANTA BAJA, SE DESALOJARÁN PRIMERO LAS PLANTAS MAS BAJAS, Y SUBORDINADAMENTE LAS AULAS Y DEPENDENCIAS DE CADA PLANTA CON MAYOR PROXIMIDAD A LAS SALIDAS Y ESCALERAS. SI DURANTE LA EVACUACUACIÓN COINCIDE CON OTRO GRUPO SIGA LA PRELACIÓN INDICADA. SE SEGUIRÁ LA DIRECCIÓN QUE SEÑALIZACIÓN, O LOS EQUIPOS DE AUNQUE ESTA NO SEA LA HABITUAL.

INDIQUE LA EMERGENCIA,

SE CAMINARÁ CON RÁPIDEZ, PERO SIN CORRER NI EMPUJAR Y SIEMPRE HACIA EL EXTERIOR DEL EDIFICIO. NO SE VOLVERÁ ATRÁS EN EL RECORRIDO. NO SE ENTRARÁ AL EDIFICIO TRAS ABANDONARLO EVITAR QUE LOS EVACUADOS RECOGIENDO OBJETOS PERSONALES.

SE

DEMOREN

NO SE ABRIRÁN VENTANAS, NI PUERTAS, ESTAS ÚLTIMAS SALVO PARA SALIR. LOS ÚLTIMOS COMPROBARÁN QUE NO QUEDA NADIE EN LA DEPENDENCIA DE LA QUE SE ESCAPA Y SE CERRARÁN LAS PUERTAS. CADA GRUPO PROCURARÁ MANTENERSE UNIDO E INFORMAR A LOS EQUIPOS DE EMERGENCIA SI NOTAN ALGUNA AUSENCIA. SE EVITARÁ EL TRANSITO POR LAS VIAS POR LAS QUE DEBAN ACCEDER LOS VEHÍCULOS DE EMERGENCIA, LOS ACCESOS AL EDIFICIO DEBERÁN ESTAR DESPEJADOS. NO ALARMARSE NI ALARMAR A LOS DEMÁS. COOPERAR EN CASO NECESARIO EN LA EVACUACIÓN DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS UNA VEZ ABANDONADO EL EDIFICIO, CONCENTRARSE EN EL PUNTO DE REUNIÓN QUE SE INDIQUE, ESTE DEPENDERÁ DEL EDIFICIO DE QUE SE TRATE. A QUIEN SE ENCUENTRE EN LOS ASEOS SE LE INDICARÁ QUE DEBE REUNIRSE EN EL PUNTO DE REUNIÓN CON SUS COMPAÑEROS. QUIEN SE ENCUENTRE EN OTRA PLANTA SE UNIRÁ AL GRUPO MAS PRÓXIMO Y AL LLEGAR AL PUNTO DE REUNIÓN (EN EL EXTERIOR DEL EDIFICIO) SE UNIRÁ A SU GRUPO.

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NO ABANDONAR ESTE LUGAR HASTA QUE SE AUTORICE, SI FALTA ALGUIEN INDICARLO A LOS EQUIPOS DE EMERGENCIA. EN LOS SIMULACROS Y EJERCICIOS SE REANUDARÁ LA ACTIVIDAD NORMAL, A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE, EN CUANTO LO INDIQUEN LOS EQUIPOS DE EMERGENCIA.

EN CASO DE FUGA O EMISIÓN DE CONTAMINANTES AL MEDIO AMBIENTE DEL LABORATORIO: Avisar inmediatamente al teléfono de emergencias 84112. Mantener cerrada la puerta de acceso al laboratorio y desalojar la zona. Poner en marcha la climatización para favorecer una presión positiva en el laboratorio, y obstaculizar la propagación del contaminante. Poner en marcha todas las vitrinas del laboratorio, abriendo las puertas de todas, excepto de aquella en la que manipulamos el contaminante que deberá dejarse con 10/15 cms. de apertura. Abrir y mantener abierta la puerta de emergencia siempre que no haya fuego o se contemple riesgo de ignición. Mantener las ventanas del laboratorio libres de obstáculos para su apertura y abrirlas, en su caso, para ventilar. Utilizar equipos de protección personal ocular y respiratoria.

EN CASO DE FUGA O INCENDIO DE GASES  Dar aviso inmediato al teléfono interno de emergencias (84112) y seguir instrucciones.  Evacuar el edificio de personal no interviniente.  Cortar suministro de gases  Alejar las botellas de fuentes de calor. La elevada temperatura que adquiere una botella en contacto directo con un foco de calor, produce en ella un considerable aumento de presión, que puede provocar la explosión de la misma.  Si durante el servicio de la botella existe una fuga y ésta no puede contenerse, se tomarán las medidas indicadas por el suministrador y comunicará el riesgo por el procedimiento establecido por la Universidad. Igual procedimiento se aplicará en el caso de botellas sometidas a fuego, corrosión o que presenten defectos.

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 Las botellas de hidrógeno no deberán abrirse jamás, cerrando aquellas que estén en servicio, en caso de fuga inflamada detener la fuga, no extinguir si no es absolutamente necesario, extinguir los otros fuegos colindantes que se hayan producido.  Siempre que resulte posible deben desalojarse las botellas del lugar del incendio, y si al hacerlo se notara que éstas se han calentado, los equipos de intervención deberán enfriarlas mediante una proyección continua de agua pulverizada, a fin de evitar que aumente su presión. En este caso, avisar al suministrador. En caso de intervención de equipos de emergencia en la extinción de un fuego en el edificio, se les advertirá de la existencia de las instalaciones y botellas, situación y cantidad, así como del gas que contienen

ACTUACIÓN EN CASO DE CONTACTO CON UN GAS LICUADO A BAJA TEMPERATURA Además de las normas generales: Aflojar las prendas de vestir. La piel afectada se rociará con abundante agua templada. Jamás se utilizará agua caliente o cualquier otra forma de calor directo, ya que temperaturas superiores a 42 ºC, causarían quemaduras adicionales. No quitar los vestidos tirando, vendría a agravar las lesiones. Llevar al accidentado a una habitación con una temperatura de unos 22 ºC y taparlo con mantas térmicas. Si la temperatura de todo el cuerpo ha descendido, calentar al accidentado, siendo deseable el sumergirlo en un baño de agua a una temperatura comprendida entre 40 y 42 ºC. (Médico) Consulta la información completa en: http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Fich eros/301a400/ntp_383.pdf

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INCENDIOS

ACTUACIÓN ANTE UN INCENDIO Recomendaciones generales. En principio la detección y alerta temprana (mediante llamada al 84112) logrará que un incendio no alcance más dimensión que un simple conato Mantener la serenidad y obrar con actuaciones firmes, sabiendo siempre lo que se hace. A ser posible: nunca actuar sólo Ante un incendio, tratar de separar el material combustible del foco del incendio, cerrar puertas y ventana y evitar corrientes de aire que puedan intensificarlo. Vigilar y proteger la retirada para caso necesario. Estar atentos ante la posibilidad de verse envuelto súbitamente por las consecuencias del fuego Cortar suministro de gases, y aquellos que indique los equipos de emergencia si hubieran llegado. Si es preciso abandonar el local: cerrar las puertas mientras se escapa para retrasar la propagación del fuego.

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Si existe humo agacharse por debajo de la capa de humo.

Si es posible localizar tejidos (nunca de fibra artificial) que podrán aplicarse sobre las vías respiratorias si es posible humedecidos, para evitar la inhalación de gases tóxico o para cubrirse en caso de tener que atravesar zonas calientes. Usar

las

escaleras.

Jamás

el

ascensor.

Si se queda atrapado por el humo o por el fuego, respirar por la nariz en intervalos cortos; agacharse buscando el oxígeno y la menor concentración de gases tóxicos y/o sofocantes. Tapar las rendijas en puertas para imposibilitar la entrada de humos y gases. Si es posible acercarse a la ventana y solicitar ayuda; hacer lo posible por ser visto u oído * Acercarse a las ventanas y solicitar ayuda, haciendo lo posible por ser visto u oído. Antes de abrir una puerta, tocarla con la mano; si está caliente no abrirla, o hacerlo con precaución, poco a poco, protegiéndose de posibles llamaradas. Si al abrir se siente gran calor o presión, cerrarla de inmediato, antes de que penetre el fuego en el recinto.

Ante una gran presencia de humo en un recinto, romper las ventanas selladas o con candado. No abrir, romper o situarse ante una ventana que esté directamente sobre el fuego. Los peligros derivados del fuego son: los humos y los gases calientes, la insuficiencia de oxigeno, el calor y las quemaduras y el pánico. De todos ellos y en contra de lo que se cree el mayor peligro lo representa el humo y los gases calientes ya que contienen monóxido de carbono, desplazan el oxígeno del aire y queman las mucosas. En ocasiones contienen ácido cianhídrico o clorhídrico de alta toxicidad. Si alguien tiene la ropa prendida utilizar la ducha de emergencia El riesgo de pánico se acrecienta si una persona lo extiende a un colectivo. Quienes participen en la intervención y estén formados para ello deben localizar y disponer los hidrantes y toma de bomberos, para el caso de intervención de Ayuda Externa. Aparte de las normas generales, tras producirse la alerta, si se sabe y conoce la utilización de los medios de extinción: intervenir al menos hasta la llegada de los equipos de intervención. Intentar apagarlo mediante las mantas apagafuegos, o los extintores portátiles y, según sus dimensiones, si se sabe y conoce su utilización, mediante las bocas de incendio equipadas

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Procedimiento de actuación Evaluar la situación y si se considera controlable actuar. Dar aviso inmediato al teléfono de emergencias interno 84112. Cerrar las ventanas y puertas, estas últimas salvo para salir. Proceder, en su caso, al desalojo de los alumnos presentes en el laboratorio. Ademas de las normas generales, tras producirse la alerta, si se sabe y conoce la utilización de los medios de extinción: intervenir al menos hasta la llegada de los equipos de intervención. Intentar apagar el fuego mediante el extintor o la manta apagafuegos. Una vez hecho esto y si el fuego se produce en una vitrina, cerrar completamente el frontal y alejarse del cristal, poniendo en funcionamiento las vitrinas contiguas.Quienes participen en la intervención y estén formados para ello deben localizar los hidrantes y toma de bomberos, para el caso de necesitarse intervención de Ayuda Externa. Utilizar protección respiratoria Distribuir tareas entre el personal presente en el laboratorio: ¡No usar agua o las mangueras si no se ha cortado el suministro eléctrico! Si no se considera controlable preparar la llegada del equipo de intervención que ya estará avisado. Pulsar el timbre de alarma y colaborar en la evacuación del edificio. Tener en la cámara fría, armarios de seguridad o trasladar a lugar mas seguro, los productos inflamables, comburentes o que tengan una especial peligrosidad. Cerrar las botellas de gases que estén en servicio, con especial atención a las botellas de hidrógeno y oxígeno u otras que contengan gases capaces de activar el fuego. Alejar las botellas de las fuentes de calor. La elevada temperatura que adquiere una botella en contacto directo con un foco de calor, produce en ella un considerable aumento de presión, que puede provocar la explosión de la misma. Siempre que resulte posible deben desalojarse las botellas del lugar del incendio, y si al hacerlo se notara que éstas se han calentado, los equipos de intervención deberán enfriarlas mediante una proyección continua de agua pulverizada, a fin de evitar que aumente su presión. En este caso, avisar al suministrador. Informar a la llegada de los equipos de intervención de los productos mas críticos y de las botellas de gases existentes en el laboratorio, colaborar con ellos y seguir sus instrucciones.

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CAUSAS DE LOS INCENDIOS Las causas pueden ser variadas: origen eléctrico, llamas abiertas, roces y fricciones, chispas mecánicas, ignición espontánea, chispas, fumadores, falta de orden y limpieza, autoignición, vandalismo, etc.,

NATURALEZA DE FUEGO El fuego es una reacción de combustión fuertemente exotérmica que se suele manifestar con desprendimiento de luz. Precisa la preesencia de: Combustible, la sustancia que arde o se oxida Comburente, la sustancia que “hace arder” u oxidante. Suele ser el Oxígeno del aire. Para que dicha reacción suceda, se debe cumplir: -Que combustible y comburente se combinen entre sí -La presencia de energía suficiente para provocar el inicio de la reacción. Combustible, Oxígeno y calor componen lo que se denomina trángulo del fuego. Cuando se trata de fuegos con presencia de llama, es necesaria la presencia de un cuarto elemento: la denominada reacción en cadena, o formación de radicales activos que actuan como catalizadores de la reacción. Esto es importante porque

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los agentes extintores pueden actuar sobre uno o varios de estos elemnetos para combatir el fuego. -

TIPOS DE FUEGO Según la norma UNE 23.010 Clase A: fuegos de combustibles sólidos (madera, cartón, tejidos, goma, papel y algunos tipos de plástico o sintéticos..). Clase B: fuegos de combustibles líquidos (gasolina, aceites, pintura, disolventes,..) o sólidos que al arder se convierten en líquidos (cera, parafina,..) Clase C: fuegos de combustibles gaseosos (butano, propano, gases,..). Clase D: fuegos especiales ( fuegos en los que el combustibles es litio, sodio, potasio, alumninio en polvo, uranio,…). En cada extintor portatil aparece señalada la letra correspondiente al tipo de fuego para el que está indicado.

ELEMENTOS DE RIESGO EN LOS INCENDIOS Los gases de la combustión:. -

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Monóxido de Crabono de elevada toxicidad, incoloro, e inodoro, responsable del 50% de las muertes en los incendios. Dioxido de carbono No es tóxico, pero desplaza al aire. Acído Cianhídrico. Aparece en la combustión de lanas y fibras sintéticas. Su efectos son graves. Es la segunda causa de muerte.

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Los humos:

Producen falta de visión e irritación respiratoria.

El pánico:

Puede provocar conductas imprevisibles.

El calor:

Los gases alcanzan elevadas temperaturas que pueden producir quemaduiras al ser respirados El calor puede provocar quemaduras y shock neurogénico.

Los derrumbes :Por debilitamiento de la estructura: Electrocucción: Al utilizar agua en presencia de tensión eléctrica.

SISTEMAS CONTRAINCENDIOS

TIPOS DE PROTECCIÓN CONTRAINCENDIOS TIPO

EQUIPO/SISTEMA

ACCIONAMIENTO

CLASE

ACTIVA

DETECCIÓN Y ALARMA

MANUAL

PULSADORES

AUTOMÁTICO

DETECTORES

MANUAL

EXTINTORES

EXTINCIÓN

BIES HIDRANTES COLUMNA SECA AUTOMÁTICA

SPRINKLERS/ ROCIADORES INSTALACIONES FIJAS

PASIVA

SEGURIDAD ESTRUCTURAL ELEMENTOS CORTAFUEGO ALUMBRADO DE EMERGENCIA CONDICIONES DE EVACUACIÓN EXUTORIOS, ETC.,

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MEDIOS DE EXTINCIÓN

Los extintores, contienen un agente extintor, deben ser de color rojo, deberán estar señalizados, revisados y mantenidos por mantenedor autorizado y su emplazamiento permitirá que sean fácilmente visibles y accesibles, Estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio, a ser posible próximos a las salidas de evacuación y preferentemente sobre soportes fijados a paramentos verticales, de modo que la parte superior del extintor quede, como máximo, a 1,70 metros sobre el suelo

(1) En fuegos poco profundos (profundidad inferior a 5 mm) puede asignarse xx. (2) En presencia de tensión eléctrica no son aceptables como agentes extintores el agua a chorro ni la espuma; el resto de los agentes extintores podrán utilizarse en aquellos extintores que superen el ensayo dieléctrico normalizado en UNE 23.110.

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El Plan de Autoprotección es el documento que establece el marco orgánico y funcional previsto para un centro, establecimiento, espacio, instalación o dependencia, con el objeto de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia en la zona bajo responsabilidad del titular de la actividad, garantizando la integración de éstas actuaciones con el sistema público de protección civil. Deben tener un Plan de Autoprotección todas las empresas que realicen actividades comprendidas en el anexo I de la Norma Básica de Autoprotección. El personal al servicio de las actividades reseñadas tiene la obligación de participar en la medida de sus capacidades, en el Plan de Autoprotección y asumir las funciones que le sean asignadas en dicho Plan. El Plan de Autoprotección de la Universidad puede consultarse en el siguiente enlace: http://www.ual.es/GruposInv/Prevencion/cont_planauto.shtml

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SUCESOS TIPO CONTEMPLADOS EN EL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DE LA UAL               

Incendio Escape de gas Explosión Aviso de bomba Detección de paquete sospechoso Sucesos derivados de comportamientos antisociales (intrusión, robo, hurto, atraco, agresiones, sabotaje, disturbios públicos, etc.) Accidente individual con lesiones Incidente con ascensor (con o sin heridos) Incidente con maquinaria, equipamiento o instalación (con o sin heridos) Fallo en el suministro de energía eléctrica Incidencia con materias peligrosas Previsión de riesgo con materias peligrosas Terremoto Caída de aeronave Evacuación

Cada suceso tipo tiene asignado un nivel de respuesta operativa

NORMAS Y RECOMENDACIONES FAVORABLES A LA AUTOPROTECCIÓN EN EL CAMPUS UNIVERSITARIO A todos los miembros de la comunidad Universitaria corresponde:  Comportarse de modo responsable para tu seguridad y la de los demás, así como esforzarte por reducir los riesgos.  Conocer y observar las medidas de prevención y de protección básicas tendentes a evitar las condiciones inseguras que puedan desembocar en situación de emergencia.  Procurar la familiarización con el centro y sus edificios, con sus medios y recursos de seguridad, en particular con las rutas de evacuación y con las condiciones de riesgo.  Procurar que tu conocimiento de la Universidad sea utilizado convenientemente por otros estudiantes, personal y usuarios.  Notificar de forma inmediata sobre cualquier incidencia, situación de riesgo o emergencia que se descubra.  Conocer y observar las normas y recomendaciones generales frente a las emergencias  No fumar en áreas prohibidas. No arrojar colillas, y menos sin apagar, ni depositarlas en las papeleras o contenedores de recogida de papel.  Colaborar en el mantenimiento de un buen estado de orden y limpieza en el Campus, los edificios y sus locales, en evitación de incendios y accidentes individuales.  Hacer un uso seguro de los equipamientos e instalaciones. Seguir las instrucciones de utilización y observar siempre las garantías de seguridad para todos.  Seguir escrupulosamente las instrucciones de seguridad del profesor/a durante la impartición de prácticas.  No utilizar un equipo o instalación que pueda ofrecer un riesgo, sin autorización y conocimiento previo de sus condiciones de uso y los riegos aparejados.  No dejar abiertas las puertas cortafuegos que permanezcan cerradas.  No salir, salvo caso necesario, por las puertas de emergencia.

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 Hacer un uso seguro de las materias peligrosas, los combustibles y sus instalaciones. Seguir las instrucciones que se arbitren sobre la gestión de materias peligrosas. Identificar los productos mediante etiquetas. Observar las separación entre materias incompatibles.  Leer y utilizar las fichas de datos de seguridad de las sustancias y preparados químicos peligrosos.  A la finalización de una actividad o jornada, o al abandonar el local, comprobar que las instalaciones y equipos se encuentran desconectados y en posición segura. Caso de no estar autorizado para su desconexión o cambio de posición se comunicará al responsable.  Respetar la señalización bien sea de peligro, prohibición, obligación, advertencia, etc.  Comunicar de inmediato cualquier anomalía, avería o incidencia revelante, asegurando y protegiendo la condición insegura que se haya identificado.  No dejar obstáculos en las rutas de evacuación y puertas de emergencia.  No manipular indebidamente los medios de protección contra incendios, ni obstaculizar su visión directa o su accesibilidad.  Ante una circunstancia extraña, anomalía o riesgo con un origen antisocial, informar de inmediato al Equipo de Seguridad, a Conserjería, o en su caso al teléfono de emergencias 84112.

PRIMEROS AUXILOS Es preceptivo participar en los cursos de primeros auxilios que organiza el Servicio de Prevención de la Universidad Consulta la GUíA RÁPIDA DE PRIMEROS AUXILIOS en el siguiente en el siguiente enlace: http://cms.ual.es/UAL/universidad/serviciosgenerales/prevencion/Pagina/PAGINAA CTIVIDADESSANITARIAS

BOTIQUÍNES DE LABORATORIO En cada laboratorio, existe un pequeño botiquín a disposición de todos los usuarios, dotado de material de primeros auxilios, analgésicos, pomada para golpes y quemaduras, antisépticos y, en su caso, compresas y antídoto universal (laboratorios químicos y biológicos) para aquellas incidencias leves que no requieran asistencia especializada. En cada botiquín existe un listado de los materiales que deben contener. Para reposiciones es necesario llamar al teléfono 85875 y solicitar el material que falte. La Universidad dispone asimismo de camillas para el traslado y evacuación de enfermos, así como tres equipos desfibriladores semiautomáticos portátiles ubicados en Edificio Central, Servicio Sanitario del Campus y Pabellón Polideportivo. El personal sanitario está formado en la utilización de los equipos desfibriladores semiautomáticos de que dispone la Universidad, y de otros que pudieran dotarse. Igualmente se encargan de vigilar su permanente operatividad, comunicando cualquier anomalía al Servicio de Prevención.

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¿COMO UTILIZAR EL ANTÍDOTO UNIVERSAL DE LOS BOTIQUINES DE LABORATORIO? Se trata de Carbón Activo: Actúa como neutralizante de venenos en intoxicaciones y envenenamientos, se usará siempre que el tóxico sea desconocido o esté contraindicado provocar el vómito (ingestión de ácidos, álcalis, etc.,). Forma de uso: Diluir una o dos cucharadas soperas del polvo en un vaso con agua (200 cc.), e ingerir.

14.- SERVICIOS Y ACTIVIDADES SANITARIAS EN LA UNIVERSIDAD VIGILANCIA DE LA SALUD La Universidad garantiza a sus trabajadores la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Existe un concierto para la prestación de este servicio con el SPA de Fraternidad Muprespa La vigilancia y el control de la salud tienen un carácter asistencial, preventivo y rehabilitador, y es realizada por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada con arreglo a la normativa vigente, que está integrado en el Servicio de Prevención concertado.

ESPECIFICIDAD DE LOS EXÁMENES DE SALUD. Son uno de los instrumentos para la Vigilancia de la Salud de los trabajadores. La vigilancia de la Salud deben relacionarse con los riesgos a los que está expuesto el trabajador. Existen distintos tipos de exámen sujetos a una sistemática específica, por ello se aplican diferentes PROTOCOLOS ESPECÍFICOS en función de los riesgos de tu puesto de trabajo. Los exámenes deben ser al menos iniciales tras incorporación al puesto, periódicos para los ya incorporados, tras ausencia prolongada:, una vez incorporado el trabajador a su puesto de trabajo, tras modificación de tareas o cambio de puesto que implique exposición a nuevos riesgos: y a trabajadores sensibles, incluyendo a trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente. Deberá valorarse la salud del trabajador, los requerimientos del puesto y la interrelación entre ambos. El personal sanitario del servicio analizará los resultados de la vigilancia de la salud de los trabajadores y de la evaluación de los riesgos, con

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criterios epidemiológicos y se coordina con el Servicio de Prevención de la Universidad, a fin de investigar y analizar las posibles relaciones entre la exposición a los riesgos profesionales y los perjuicios para la salud, y proponer medidas encaminadas a mejorar las condiciones y medio ambiente del trabajo.

CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS SANITARIOS La Universidad y el personal sanitario deben velar especialmente por garantizar las condiciones de confidencialidad, dignidad y voluntariedad inherentes a esta actividad, con excepción de la información legalmente reservada para la empresa. Se considera al trabajador como titular de los datos e información generados como consecuencia de la vigilancia de su salud. El acceso a la información médica de carácter personal se limitará al personal médico y a las Autoridades Sanitarias que lleven a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores, sin que pueda facilitarse a la Universidad o a otras personas, sin consentimiento expreso del trabajador. En todos los casos, el tratamiento de estos datos se llevará a cabo de acuerdo con los principios establecidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. El SPA ajeno que presta el servicio no puede aplicar los datos ni tratarlos con fines distintos a los que se facilitaron, ni los comunicará ni cederá, ni siquiera para su conservación a otras personas, ni entidades no autorizadas Las historias médico-laborales, serán custodiadas por el SPA, así como otra documentación vinculada a la vigilancia de la salud, a la que haya tenido acceso en virtud de la actividad contratada. Los trabajadores de la Universidad tienen derecho a ser informados por el Servicio de Prevención Ajeno acerca de los datos a ellos referentes que obren en el mismo. Esta información, cuando se solicite, deberá facilitarse por escrito en un plazo máximo de 15 días naturales.

VOLUNTARIEDAD / OBLIGATORIEDAD DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD PARA LOS TRABAJADORES Los exámenes de salud sólo podrán llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento. El artículo 22 de la LPRL exceptúa el principio de voluntariedad de la Vigilancia de la Salud (VS) periódica para el trabajador en los siguientes supuestos 1.- Cuando la VS sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores.

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2.- Cuando la VS sea imprescindible para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para él mismo, para los demás trabajadores o para otras personas. 3.- Cuando esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. Los reconocimientos médico-laborales se realizan en las instalaciones universitarias, excepto en aquellos casos debidamente justificados y aceptados por la Universidad. Los reconocimientos médicos tienen pues carácter voluntario, excepto los puestos señalados en el Programa de Medicina del Trabajo aprobado por el Comité de Seguridad y Salud de la Universidad de Almería,con la periodicidad y limitaciones que en él se establecen, incluyéndose de manera orientativa los siguientes puestos: Personal que acabe de iniciar su actividad en la UAL, Conductores, Personal Técnico de Mantenimiento (Polivalente, Fontanero, Electricista, Jardines, Pintor, Albañil), Personal Técnico y Encargado de Equipamiento, Personal Técnico, Docente e Investigador de las Áreas de Física Aplicada, Ingeniería Rural, Biología Vegetal, Aplicada y Producción Vegetal, Hidrogeología y Química Analítica, Edafología y Química Agrícola, Ingeniería Química, Química Orgánica, Inorgánica, Analítica, Bioquímica, Química Física, Neurociencias, Enfermería, Geografía e Historia del Arte, Técnicos de los Servicios de Medios Audiovisuales, RNM, Nitrógeno Líquido, Espectrometría de Masas, Fluorescencia y Difracción de Rayos X, LIDIR y Personal Docente expuesto a riesgo de enfermedad profesional.. Para realizar o rechazar los reconocimientos médico-laborales es imprescindible cumplimentar con el impreso que se incluye en enlace adjunto, con el Nombre, Apellidos, DNI y Telf/s. de contacto, marcar con una X en la casilla CONSIENTO, O NO CONSIENTO y firmar manualmente, o bien con firma electrónica, y remitir en la forma establecida en el mismo impreso que aparece en este enlace: http://cms.ual.es/idc/groups/public/@serv/@prevencion/documents/documento/car taceptacion.docx

UBICACIÓN Y HORARIO DEL SERVICIO SANITARIO DEL CAMPUS El Servicio Sanitario de Campus se encuentra ubicado en el edificio CAE (Centro de Atención al Estudiante) en la Planta baja. Está integrado por una médico, Dª Amalia Rodríguez Barranco, y una enfermera, Dª Alicia González Fernández. El teléfono del Servicio es el 950015875 (85875), y su direccion electrónica: [email protected], y [email protected] Horario del Servicio Médico del Campus: Ambos profesionales rotan a lo largo de la semana en horario ininterrumpido de mañana y tarde, de 8 de la mañana a 20.00 h., en turnos de 8 a 14.30 y de 14.30

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a 20.00 h. de lunes a viernes laborables, Universidad.

durante los periodos laborables en la

Horario reducido: Desde el 1 de Julio al 31 de Julio y en los periodos que se determinen en Navidades y Semana Santa el horario será reducido: de 9.00 a 19.00 h, con turnos de 5,30 horas, siguiendo el mismo régimen de turnos de rotación. En el mes de Agosto, las instalaciones permanecerán cerradas, salvo que la Universidad demande su apertura por razones imprevisibles de urgencia o necesidad sobrevenida. Estos turnos podrán ser alterados, siempre que se asegure la permanencia del médico tres días a la semana en turno completo de mañana

De 14.30 a 20.00 h.

De 8 a 14.30

SERVICIOS QUE SANITARIOS QUE SE PRESTAN EN EL CAMPUS Atención y tratamiento inmediato para cualquier proceso patológico ó accidente que se presente durante el desempeño de la jornada laboral de los trabajadores de la UAL. Asistencia, en las situaciones de urgencia que se presenten, a todos los miembros de la comunidad universitaria durante su permanencia en las instalaciones del Campus . Campañas de prevención glaucoma y cáncer colon, control hipertensión y diabetes Vacunaciones (antigripal, antitetánica y antihepatitis B y A en personal de riesgo) cuando, a criterio médico, esté indicado por razones de protección laboral Reconocimientos médico-laborales y valoración de la aptitud laboral. Dotación y reposición de Botiquines. Información sanitaria. Asesoramiento sanitario.

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Participación en Equipos de intervención del Plan de Autoprotección de la Universidad. Formación de los trabajadores en materias sanitarias Implementación de planes y programas sanitarios de ámbito laboral. Realización de informes. Campañas de educación preventiva y de promoción de la salud. Apoyo autoridad sanitaria y laboral, y colaboración con el sistema público de salud, cuando este lo requiera, conforme a las directrices que se reciban del mismo. Apoyo sanitario a eventos.

VACUNACIONES Anualmente se establece un programa de vacunaciones para el personal de la Universidad,

que

antihepatitis para

incluye personal

vacunación

antigripal,

de riesgo.

así

como

Habitualmente se

antitetánica

y

comunica a los

destinatarios, pero si consideras que no estás debidamente protegido consulta con el Servicio Médico llamando al Telf.: 85875 Las vacunaciones se realizan siguiendo las siguientes pautas: Vacunación antigripal :pauta de vacunación anual, periodo octubre-noviembre de cada año. Vacunación antitetánica: pauta de vacunación 0-1 mes-1 año. Recuerdo cada 10 años. Máximo 6 dosis. Vacunación anti Hepatitis A: pauta de vacunación en monodosis y recuerdo según respuesta inmune. Vacunación anti Hepatitis B: pauta de vacunación 0-1 mes-6 meses y recuerdo según respuesta inmune

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PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD Aquellas trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente, expuestas a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de ellas mismas o del feto, en cualquier actividad universitaria susceptible de presentar un riesgo, deberán comunicarlo a la Gerencia de la Universidad, con objeto de adoptar las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo. Esto será también de aplicación durante el período de lactancia natural, si las condiciones de trabajo pudieran influir negativamente en la salud de la mujer trabajadora o del hijo Esta comunicación se realizará también por los responsables de órganos, departamentos, unidades y grupos de investigación que tengan conocimiento de esta situación en puestos donde existan agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que se presuma que pueden influir negativamente en las trabajadoras embarazadas, el feto o, en su caso, el lactante, o bien estén incluidas en los listados que se especifican a continuación: I) LISTA NO EXHAUSTIVA DE AGENTES, PROCEDIMIENTOS Y CONDICIONES DE TRABAJO QUE PUEDEN INFLUIR NEGATIVAMENTE EN LA SALUD DELAS TRABAJADORAS EMBARAZADAS O EN PERÍODO DE LACTANCIA NATURAL, DEL FETO O DEL NIÑO DURANTE EL PERÍODO DE LACTANCIA NATURAL. A. Agentes. 1. Agentes físicos, cuando se considere que puedan implicar lesiones fetales o provocar un desprendimiento de la placenta, en particular: a. b.

Choques, vibraciones o movimientos. Manipulación manual de cargas pesadas que supongan riesgos, en particular dorsolumbares.

c.

Ruido.

d.

Radiaciones no ionizantes.

e.

Frío y calor extremos.

f.

Movimientos y posturas, desplazamientos, tanto en el interior como en el exterior del centro de trabajo, fatiga mental y física y otras cargas físicas vinculadas a la actividad de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia.

2. Agentes biológicos. Agentes biológicos de los grupos de riesgo 2, 3 y 4 según la clasificación de los agentes biológicos establecida en el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, en la medida en que se sepa que dichos agentes o las medidas terapéuticas que necesariamente traen consigo ponen en peligro la salud de las trabajadoras embarazadas o del feto y siempre que no figuren en el listado II.

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3. Agentes químicos. Los siguientes agentes químicos, en la medida en que se sepa que ponen en peligro la salud de las trabajadoras embarazadas o en período de lactancia, del feto o del niño durante el período de lactancia natural y siempre que no figuren en el listado II: a.

Las sustancias etiquetadas con las frases de riesgo R 40, R 45, R 46, R 49, R 68, R 62 y R63, o etiquetadas como H351, H350, H340, H350i, H341, H361f, H361d y H361fd por el Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, en la medida en que no figuren todavía en el listado II.

b.

Los agentes químicos que figuran en los anexos I (fabricación de auramina, trabajos que supongan exposición a los hidrocarburos aromáticos policíclicos presentes en el hollín, el alquitrán o la brea de hulla, trabajos que supongan exposición al polvo, al humo o a las nieblas producidas durante la calcinación y el afinado eléctrico de las matas de níquel, procedimiento con ácido fuerte en la fabricación de alcohol isopropílico, trabajos que supongan exposición a polvo de maderas duras) y III (benceno, cloruro de vinilo monómero y polvo de maderas duras) del Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

c.

Mercurio y derivados.

d.

Medicamentos antimitóticos.

e.

Monóxido de carbono.

f.

Agentes químicos peligrosos de reconocida penetración cutánea.

B. Procedimientos. Procedimientos industriales que figuran en el anexo I del Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

II) LISTA NO EXHAUSTIVA DE AGENTES Y CONDICIONES DE TRABAJO A LOS CUALES NO PODRÁ HABER RIESGO DE EXPOSICIÓN POR PARTE DE TRABAJADORAS EMBARAZADAS O EN PERÍODO DE LACTANCIA NATURAL. A. Trabajadoras embarazadas. 1. Agentes. a.

b.

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Agentes físicos: o

Radiaciones ionizantes.

o

Trabajos en atmósferas de sobrepresión elevada, por ejemplo, en locales a presión, submarinismo.

Agentes biológicos: o

Toxoplasma.

o

Virus de la rubeola.

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o

c.

Salvo si existen pruebas de que la trabajadora embarazada está suficientemente protegida contra estos agentes por su estado de inmunización.

Agentes químicos: o

Las sustancias etiquetadas con las frases de riesgo R60 y R61, o etiquetadas como H360F, H360D, H360FD, H360Fd y H360Df por el Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.

o

Las sustancias cancerígenas y mutágenas incluidas en la tabla 2 relacionadas en el Documento sobre límites de exposición profesional para agentes químicos en España publicado por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo para las que no haya valor límite de exposición asignado, conforme a la tabla III del citado documento. Dicha tabla se puede puede consultar en el siguiente enlace http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/TextosOnline/Val ores_Limite/Limites2010/LEP%202010%20ActualizadoMayo(1).pdf

o

Plomo y derivados, en la medida en que estos agentes sean susceptibles de ser absorbidos por el organismo humano.

2. Condiciones de trabajo. Trabajos de minería subterráneos. B. Trabajadoras en período de lactancia. 1. Agentes químicos: Las sustancias etiquetadas con la frase de riesgo R 64, o en su caso H362 por el Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas. Las sustancias cancerígenas y mutágenas incluidas en la tabla 2 relacionadas en el Documento sobre límites de exposición profesional para agentes químicos en España publicado por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo para las que no haya valor límite de exposición asignado, conforme a la tabla III del citado documento. Dicha tabla se puede puede consultar en el siguiente enlace http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/TextosOnline/Valores_Li mite/Limites2010/LEP%202010%20ActualizadoMayo(1).pdf Plomo y derivados, en la medida en que estos agentes sean susceptibles de ser absorbidos por el organismo humano. 2. Condiciones de trabajo: Trabajos de minería subterráneos.

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15.- RESIDUOS DE LABORATORIO La generación de residuos en los laboratorios, es un aspecto más en el desarrollo de la actividad propia de los mismos. La producción de los residuos peligrosos en Universidades deñl tamaño de la nuestra se caracteriza por:



Las cantidades producidas son poco importantes en comparación con las de una empresa industrial: Desde el punto de vista legal suelen considerarse pequeños productores de residuos peligrosos • La naturaleza de los residuos es muy diversa: Como consecuencia de la gran diversidad de actividades docentes e investigadoras que se desarrollan, los residuos procedentes de estas actividades se caracterizan por su heterogeneidad. • La producción varía en función de las actividades docentes y de investigación. • Un residuo de laboratorio casi siempre presenta características de peligrosidad, y su manipulación o almacenamiento inadecuados constituyen un riesgo añadido a los intrínsecos de la investigación y docencia experimental.

Todo laboratorio debe de contar con procedimientos normalizados de trabajo, escritos y aprobados por la dirección del laboratorio (R.D. 1369/2000 de B.P.L.)

ASPECTOS GENERALES EN LA GENERACIÓN DE RESIDUOS DE LABORATORIO Se debe propiciar: * La sustitución de materias primas y procesos por otros de menor impacto ambiental. * La reducción de los residuos generados. * La prevención de derrames, vertidos, fugas y emisiones. * La utilización de energias y productos "limpios". Se debe asegurar: * El mantenimiento de los residuos, hasta su cesión, en condiciones de seguridad e higiene. * La adecuada separación de los mismos. * El correcto envasado y etiquetado. * El control y registro de los mismos. * La coordinación entre departamentos productores y el órgano de la Universidad encargado de la gestión de su cesión. * La limitación del uso de materiales desechables *La asignación de responsabilidades desde el inicio de su produción hasta su cesión.

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Una de las características de la gestión de residuos es el alto coste que recae sobre el productor; ello unido a su impacto medioambiental señalan la conveniencia de la minimización de los mismos. Por todo lo anterior, la gestión de Residuos Peligrosos es relativamente complicada y el diseño del modelo de gestión debe realizarse considerando, entre otros, los siguientes factores:

• • • • •

Volumen de residuos generados (por trimestre o semestre). Naturaleza de los Residuos Peligrosos generados. Posibilidades de recuperación, reutilización o reciclado. Posibilidad o facilidad de neutralización. Costes de tratamiento y otras alternativas, etc.

DEFINICIONES «Residuo»: cualquier sustancia u objeto que su poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar. «Residuos domésticos»: residuos generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas. Se consideran también residuos domésticos los similares a los anteriores generados en servicios e industrias. Se incluyen también en esta categoría los residuos que se generan en los hogares de aparatos eléctricos y electrónicos, ropa, pilas, acumuladores, muebles y enseres así como los residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados. «Residuo peligroso»: residuo que presenta una o varias de las características peligrosas enumeradas en el anexo III de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, y aquél que pueda aprobar el Gobierno , así como los recipientes y envases que los hayan contenido. «Productor de residuos»: cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos (productor inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de otro tipo, que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de esos residuos. «Poseedor de residuos»: el productor de residuos u otra persona física o jurídica que esté en posesión de residuos. «Gestión de residuos»: la recogida, el transporte y tratamiento de los residuos, incluida la vigilancia de estas operaciones, así como el mantenimiento posterior al cierre de los vertederos, incluidas las actuaciones realizadas en calidad de negociante o agente. «Gestor de residuos»: la persona o entidad, pública o privada, registrada mediante autorización o comunicación que realice cualquiera de las operaciones que componen la gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos.

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«Recogida»: operación consistente en el acopio de residuos, incluida la clasificación y almacenamiento iniciales para su transporte a una instalación de tratamiento. «Valorización»: cualquier operación cuyo resultado principal sea que el residuo sirva a una finalidad útil al sustituir a otros materiales, que de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular, o que el residuo sea preparado para cumplir esa función en la instalación o en la economía en general. «Eliminación»: cualquier operación que no sea la valorización, incluso cuando la operación tenga como consecuencia secundaria el aprovechamiento de sustancias o energía. «Suelo contaminado»: aquel cuyas características han sido alteradas negativamente por la presencia de componentes químicos de carácter peligroso procedentes de la actividad humana, en concentración tal que comporte un riesgo inaceptable para la salud humana o el medio ambiente, de acuerdo con los criterios y estándares que se determinen por el Gobierno, y así se haya declarado mediante resolución expresa.

¿CÓMO ESTÁ ORGANIZADA LA "GESTIÓN DE LA CESIÓN" DE RESIDUOS PELIGROSOS EN LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA? Con carácter general la Dirección Sostenibilidad , se encarga de: -

100

General

de

Campus,

Infraestructuras

y

La coordinación con los responsables de las unidades y laboratorios productores. Las relaciones con empresas gestoras y organismos de la Comunidad Autónoma Andaluza. El asesoramiento a las unidades productoras. El suministro de etiquetas y contenedores El establecimiento de procedimientos internos de recogida, y en su caso, del almacenamiento en la "estación de transferencia" hasta su cesión, una vez efectuada aquella. Las cuantificación final de la producción en origen. La gestión de la documentación tras la entrega del residuo por el laboratorio.

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PAPEL DE LOS LABORATORIOS Y UNIDADES PRODUCTORAS DE RESIDUOS EN LA UAL El Departamento, Área o Servicio generador del residuo es el responsable del mismo hasta su entrega, y compete a los responsables de estas unidades: -

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Cumplir y vigilar el cumplimiento de los procedimientos internos que se establezcan. Potenciar la minimización, reutilización y reciclaje de los residuos generados. Diseñar e implantar buenas prácticas en relación con éstos. El establecimiento de instrucciones y/o protocolos escritos de trabajo dentro del ámbito de su unidad, área o laboratorio, acordes con los procedimientos establecidos en la Universidad en materia de residuos. La designación de persona o personas encargadas de los residuos dentro de la unidad funcional de que se trate. La previsión de necesidades y su solicitud, en cuanto a envases y etiquetas. La correcta separación hasta su recogida y entrega, de los residuos generados en el laboratorio. Asegurar hasta su entrega el correcto envasado, etiquetado, manipulación y almacenamiento de los residuos. Controlar el número de contenedores que hay en su unidad. Verificar la entrega de los mismos. Adoptar los procedimientos que disminuyan la posibilidad de vertidos, derrames, fugas o emisiones. Evitar los vertidos de residuos peligrosos a la red de saneamiento.

PROCESO DE PRODUCCIÓN DE RESIDUOS EN LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA

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PREVISIÓN DE NUEVO RESIDUO

Comunicación a Dirección Gral. Infraestructura, Campus y Sostenibilidad

Solicitud de admisión a empresa gestora Admisión

Suministro de contenedores y etiquetas

Generación

Manipulación

En rojo, las tareas que corresponden a la unidad/laboratorio que genera el residuo. En verde las que corresponden al órgano de la Universidad encargado de la gestión interna para la cesión de residuos

Etiquetado

Comunicación a la Consejería de Medio Ambiente

Almacenamiento en el laboratorio

Cesión a empresa gestora

Solicitud de retirada

Gestión de documentación y transporte

Control del procedimiento de entrega Registro de entrega

Entrega interna

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Almacenamiento interno en estación de transferencia (bunker)

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TIPOS DE RP´S GENERADOS EN LA UAL: De manera no exhaustiva. Químicos: Ej.: Ácido clorhídrico, Amoniaco, Sosa, Disolventes halogenados, Disolventes no halogenados Biosanitarios Aceites minerales usados Especiales: Pilas, Tubos fluorescentes, Radiactivos, Aparatos eléctricos y electrónicos, Tòner e ink-jet No peligrosos: Vidrio (No peligroso), Papel

URBANOS O ASIMILABLES

PELIGROSOS PRODUCTOR

Los procedentes de domicilios, comercios, oficinas, servicios y aquellos que no sean peligrosos

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Cualquier actividad, EXCLUIDA LA DOMÉSTICA, que produzca residuos.

Residuo que presenta una o varias de las características peligrosas enumeradas en el anexo III de la Ley 22/2011, así como los recipientes y envases que los hayan contenido

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BUENAS PRÁCTICAS Y PAUTAS A SEGUIR PARA LA GENERACIÓN, MANIPULACIÓN Y CESIÓN DE RESIDUOS DE LABORATORIOS EN LA UNIVERSIDAD 1. No eliminar los residuos peligrosos por otras vías diferentes a las establecidas para evitar posibles daños a tu salud, a la de tus compañeros y/o al medio ambiente. 2. Solicitaro envases para almacenar los residuos peligrosos que se generan en la actividad que realizas (8547/85127). 3. Cada envase debe contener residuos de una categoría. No debes mezclar residuos de categorías distintas. Según sea la naturaleza de los residuos, pueden producirse explosiones, formación de gases tóxicos, etc., que pueden suponer un peligro grave. Además, las mezclas impedirían la posible recuperación/aprovechamiento de los mismos 4. Los contenedores deben permanecer en el laboratorio o departamento solamente el tiempo necesario hasta su llenado y deben estar / encontrase en un lugar que reúna las condiciones de seguridad adecuadas. 5. Respetando y observando los procedimientos y recomendaciones que se detallan a continuación:

A) ETIQUETADO * Las etiquetas son suministradas por la Unidad encargada de la gestión interna de residuos de la Universidad (950015479/5127). * Se fijarán firmente al envase, eliminando otras leyendas o simbolos que puedan inducir a confusión. * Tendrán un tamaño mínimo de 10x10 cms. * No se superpondrán etiquetas procurando no escribir ni rotular sobre la original. * Deberá figurar en ellas: -

104

Denominación del residuo Punto de generación Código de identificación del mismo Nombre, dirección y teléfono del titular del residuo Fecha de envasado Pictograma indicativo de la naturaleza de los riesgos Los residuos que tengan la calificación de infecciosos irán acompañados del simbolo internacional de bioriesgo, si además se trata de un residuo citotóxico llevará el correspondiente pictograma.

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CÓDIGO H

PALABRA DE RIESGO

LETRA

H1

Explosivo

H2

Comburente:

H3a

Fácilmente inflamable

PICTOGRAMA

CÓDIGO H

PALABRA DE RIESGO

LETRA

E

H8

Corrosivo

C

O

H9

Infeccioso

F+

H10

H3b

Inflamable

F

H11

H4

Irritante

Xi

H12

H5

Nocivo

Xn

H6

Tóxico

T

H7

Carcinogénico

H13

(1)

H14

Toxico para la reproducción

T

Mutagénico Sustancias que emiten gases tóxicos

(1)

T

Sustancias o preparados susceptibles, después de su eliminación, de dar lugar a otra sustancia por un medio cualquiera, por ejemplo un lixiviado, que posea alguna de las características enumeradas anteriormente.

Peligroso para el medio ambiente

PICTOGRAMA

(2)

N

B) MANIPULACIÓN

A) FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD * No se manipulará un residuo peligroso sin conocer sus posibles riesgos. * Esta información está contenida en la Ficha de Datos de Seguridad, que contiene la información básica sobre los riesgos intrínsecos del producto, así como las medidas de prevención y protección durante su utilización. * Su uso debe implantarse en el laboratorio y deberá ser suministrada por el responsable de la comercialización del producto que genera el residuo. Si no se dispone de ella, se solicitará al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad. * No se debe confundir con la Ficha Técnica de producto.

C) CONTENEDORES * Se solicitarán a la Unidad encargada de los residuos en la Universidad 950015479/5127. * Los contenedores serán de un solo uso, estancos, resistentes a los agentes químicos y a la perforación , opacos y no permitirán su apertura de forma accidental. * Estos envases y sus cierres deberán responder con seguridad a las manipulaciones necesarias y se mantendrán en buenas condiciones, sin defectos por el uso ni fugas aparentes.

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* Deberán tener el marcado CE. * Se deben reemplazar los contenedores retirados por otros nuevos. * A su recepción se comprobará su estado, especialmente los cierres. Se desecharán aquellos que presenten corrosiones o fisuras. * Se debe establecer previsión de necesidades por nuevas actividades. * Nunca se depositarán líquidos en contenedores para sólidos. * Se tendrá especial cautela con las incompatibilidades envase/residuo. Por ejemplo, la mayor parte de los envases son de polietileno que es atacado por el bromoformo y el sulfuro de carbono. * ¡No utilizar envases metálicos para contener ácidos! * Indicar siempre el tipo de residuo que va a contener el envase y consultar, en caso de duda, a la Unidad responsable de gestión de residuos de la Universidad . * No se llenarán mas del 75% de su capacidad, en el caso de los biosanitarios, o del 90% en el caso de los Químicos. * Nunca se empujará el contenido para introducir mas residuos. * Siempre que sea posible se evitará el uso de contenedores de más de 30 l. destinados a contener líquidos. * El frio y el calor deterioran el plástico de los contenedores, por cuanto deben ubicarse protegidos del sol, calefaccion y bajas temperaturas, aun cuando estén vacios. * Determinados residuos (muy volátiles o inflamables) requieren envases de seguridad provistos de cortafuegos y compensación de presión.

D) GENERACIÓN

* Tan pronto como se haya generado el residuo depositarlo en el contenedor. * No permitir la acumulación libre de los residuos en el laboratorio. * Los contenedores y envases, tras su uso, deben cerrarse de inmediatamente.

E) MANIPULACIÓN

* Se considera "mala práctica" la manipulación de residuos en solitario. * El vertido de los residuos en los contenedores se realizará lentamente. Se interrumpirá si se observa calentamiento o producción de gases.

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* El cabello largo, se deberá recoger para evitar que entre en contacto con los residuos o caiga sobre el interior del contenedor durante la manipulación. * No utilizar lentillas durante su manipulación, los vapores pueden penetrar tras la lentilla y lesionar al ojo. * No aplicarse cremas, cosméticos, beber, comer ni fumar durante su manipulación. * Nunca se extraeran residuos del contenedor, ni se trasvasarán de uno a otro. * Siempre que sea posible, los residuos infecciosos se autoclavarán antes de su almacenamiento. * ¡Nunca se eliminará un residuo peligroso por el desagüe, ni siquiera tras su inactivación!. RESIDUOS DE LIMPIEZA.Las tareas de limpieza con algunos detergentes, blanqueadores y productos clorados de desinfección (lejías) provocan la formación de compuestos halogenados absorbibles que se degradan con dificultad y reingresan al hombre a través de las grasas de peces y animales. Por ello se recomienda: -

Evitar su abuso y utilizarlos únicamente cuando sea necesario. Sustituir los blanqueadores y limpiadores con cloro por otros sin cloro. Utilizar las dosis justas. Eliminar y retirar mecánicamente la grasa mediante absorbentes, antes de utilizar disolventes. Reducir la dureza del agua con productos descalcificadores. Enjuagar inmediatamente después de utilizar el material. Elegir los productos mas biodegradables. Potenciar el uso de cubetas de ultrasonidos para la limpieza del material de laboratorio

F) ALMACENAMIENTO TEMPORAL * Mantener los residuos almacenados en condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su poder. * La duración del almacenamiento de los residuos no peligrosos en el lugar de producción será inferior a dos años cuando se destinen a valorización y a un año cuando se destinen a eliminación. * En el caso de los residuos peligrosos, en ambos supuestos, la duración máxima será de seis meses; salvo supuestos excepcionales. * Los plazos mencionados empezarán a computar desde que se inicie el depósito de residuos en el lugar de almacenamiento * Los contenedores destinados a residuos dentro de los laboratorios, deben almacenarse en un lugar separado de los destinados a procesos experimentales de manera que se evite la contaminación, infestación o deterioro. Asímismo deberá disponer de ventilación.

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* En las pequeñas cantidades que habitualmente se generan en los laboratorios, se puede habilitar un espacio exclusivo para este fin, siempre que el tipo de residuo no implique riesgo muy elevado de incendio o toxicidad. * Se aconseja no ubicar los contenedores a más de seis metros de distancia de un pasillo. * En el lugar donde se almacenen residuos u otros productos químicos peligrosos no se realizarán actividades que potencialmente pudieran producir chispas o calentamiento. * El laboratorio o dependencia deberá señalizarse convenientemente, en su caso, solicita la instalación de dicha señalización al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad. Asímismo deberá permanecer cerrado y controlado su acceso cuando no se utilice. * Se protegerá de los roedores e insectos. Es preciso controlar la periodicidad de los procedimientos de desratización y desinsectación. Si la presencia de estos avisa al Servicio de Obras y Mantenimiento (950015973), para que procedan a la desinsectación o desratización. * Nunca deberán transcurrir mas de seis meses desde la generación del residuo hasta su retirada, aunque no se haya llenado el contenedor hasta su capacidad útil. * Se alojarán preferentemente en estanterías estancas, y nunca se almacenarán a mas de 1,70 m. de altura. * Cuando se almacenen en el suelo deberán separarse convenientemente de zonas de paso. * Almacenar, envasar y etiquetar los residuos peligrosos en el lugar de producción antes de su recogida y transporte

G) SEPARACIÓN DE RESIDUOS * Los residuos se separarán respetando las incompatibilidades. Con carácter general los residuos combustibles y reductores deberán estar separados de los oxidantes y tóxicos. * La separación se hará en origen y se realizará en función del tipo de residuos. * No mezclar ni diluir los residuos peligrosos con otras categorías de residuos peligrosos ni con otros residuos, sustancias o materiales * Se deberán disponer contenedores especiales para recoger separadamente el material de vidrio no contaminado en el laboratorio.

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G) INCOMPATIBILIDADES

Con caracter general:

Ácidos

Bases

Ácido fuertes Ácidos débiles con desprendimiento de gases tóxicos Oxidantes

Reductores

Residuos peligrosos con el agua:

      

Ácido sulfúrico y nítrico Algunos carburos, sulfuros, fosfuros y nitruros Derivados alquílicos de metales alcalinos Alquilaluminios Derivados nitrados de metales alcalinos Algunas amidas Cianuros

      

Metales alcalinos Metales alcalino-téreos Haluros Determinados hidruros Determinados óxidos, peróxidos e hidróxidos inorgánicos Silicio, titanio, circonio, hafnio y zinc Determinados amiduros e imiduros

Sustancias incompatibles de elevada afinidad:

Reductores con

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Materias inflamables, carburos, nitruros, hidruros, sulfuros, alquilmetales, alumnio, magnesio y circonio en polvo.

Oxidantes con

Fluor, peróxidos, óxidos, nitratos y halogenatos.

Ácidos fuertes con

Bases fuertes.

Ácido sulfúrico con

Azucar, celulosa, ácido perclórico, permanganato potásico, cloratos, sulfocianuros

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Detalle de algunas incompatibilidades de interés:

Acetona Ácido nítrico

Formaldehído y Glutaraldehído

Alcoholes ( Metanol y Etanol)

Amoniaco incluyendo soluciones acuosas Tetracloruro de carbono/ Cloroformo Éter Fenol

Hipocloritos

Óxido de plata

Cloroformo en presencia de una base Bases Hipoclorito sódico Agua oxigenada ( peróxido de hidrógeno) Ácido o anhídrido acético Ácidos Clorhexidina Hipoclorito de sodio Peróxido de hidrógeno Hipoclorito cálcico Hipoclorito de sodio Nitrato de plata Peróxido de hidrógeno Potasio Cloro Bromo Yodo Aluminio o Magnesio en polvo Oxígeno Hipoclorito de sodio Peróxido de Hidrógeno Hipoclorito de sodio Peróxido de hidrógeno Aldehídos Álcalis Ácido nítrico Ácido acético Alcoholes Aldehídos Fenol Peróxido de hidrógeno Amoniaco+ Etanol

H) TRANSPORTE 

No arrastrar los contenedores durante el transporte



Siempre que se pueda y, en todo caso, cuando pesen mas de veinticinco kgs. deben transportarse con medios auxiliares adecuados (carritos manuales).



Es conveniente que éstos estén provistos de un receptáculo estanco para recoger vertidos.

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Los contenedores deberán ir asegurados al carro mediante abrazadera u otros sistemas de seguridad.



Si se utiliza carro no apilar ni comprimir los contenedores.

PROCEDIMIENTOS GENERALES * El tratamiento de los residuos corresponde a los Gestores autorizados, por tanto no se debe proceder a la neutralización, destrucción, inactivación, transformación, reducción de volúmenes o cualquier operación que sea competencia de los mismos. * Cuando la unidad/laboratorio productor considere necesaria la retirada de los residuos peligrosos generados, deberá ponerse en contacto por el procedimiento interno establecido con la unidad encargada de la cesión de los mismos (950015479/5127). * Si se prevé la generación de un nuevo tipo de residuo, se deberá comunicar a esta misma unidad, con objeto de que con la máxima antelación se realicen las gestiones para la aceptación del residuo por la empresa gestora y su correcto tratamiento. * Se comunicará de forma inmediata a la Dirección General de Campus, Infraestructuras y Sostenibilidad a desaparición pérdida o escape de residuos peligrosos. * El responsable del laboratorio debe designar a una persona encargada de los residuos, hasta su entrega a la unidad de la Universidad encargada de su cesión. * Es recomendable que cada laboratorio productor lleve un registro de los residuos peligrosos generados. * El órgano de la Universidad encargado de gestionar su cesión, debe tener establecido un procedimiento de control interno de la producción y entrega por cada laboratorio, área o Departamento, de manera que se posibilite el seguimiento y cuantificación de los residuos generados. http://www.ual.es/GruposInv/Prevencion/2005/residuosgeneracion.shtml * No se deberán admitir residuos que no estén perfectamente identificados. * Según la normativa vigente el productor es el responsable de la veracidad de los datos.

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NORMAS BÁSICAS DE PROTECCIÓN PERSONAL EN PRODUCCIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS EN LABORATORIO

LA

* Siempre debe evitarse el contacto directo con los residuos. Se recomienda utilizar protección individual acorde con la peligrosidad del producto. La protección necesaria vendrá indicada en la ficha de datos de seguridad del producto. * Utlizar bata o mono de trabajo abrochados para manipular los residuos. * Se desaconseja llevar pantalones o falda corta. * El calzado debe cubrir los pies. Evitar el uso chanclas o sandalias abiertas. * Las fibras sintéticas en caso de incendio o contacto con determinados productos pueden quedar adheridas a la piel. * Con carácter general utilizar gafas y guantes de protección. * Cuando se sospeche que se pueden producir vapores o aerosoles, o lo indique la ficha de seguridad del producto, utilizar protección respiratoria. * Para el transporte con carro se recomienda utilizar calzado de seguridad. * Cuando se presuma un posible contacto de los contenedores con el cuerpo, es muy útil la utilización de delantales de protección. * Lavarse las manos al finalizar la manipulación del residuo. * En caso de salpicadura en piel u ojos irrigar abundantemente. Utilizar las duchas y fuentes lavaojos. * No poner los ojos en chorros de agua a presión. *Si se ha tocado material biocontaminado lavarse inmediatamente con alguna solución desinfectante. Entre tanto no tocarse los ojos, nariz o boca; ni fumar, ni ingerir bebidas o alimentos.

RECUERDA QUE SON INFRACCIONES:

. La falta de etiquetado, el etiquetado incorrecto o parcial de los envases que contengan residuos peligrosos. La mezcla de las diferentes categorías de residuos peligrosos entre sí o de éstos con los que no tengan tal consideración, La entrega, venta o cesión de residuos peligrosos a personas físicas o jurídicas distintas de las señaladas en esta Ley, El abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión

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OTRAS CUESTIONES DE INTERÉS: Costes: De acuerdo con el principio de quien contamina paga, los costes relativos a la gestión de los residuos tendrán que correr a cargo del productor inicial de residuos, del poseedor actual o del anterior poseedor de residuos de acuerdo con lo establecido en la normativa de residuos Corresponderá a las Comunidades Autónomas la elaboración de los planes autonómicos de residuos y la autorización, vigilancia, inspección y sanción de las actividades de producción y gestión de residuos. Los poseedores deben entregar los residuos a un negociante o gestor autorizado de residuos, El poseedor de los residuos estará obligado, a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. Todo residuo potencialmente reciclable o valorizable deberá ser destinado a estos fines, evitando su eliminación en todos los casos posibles. Las Entidades Locales habilitarán espacios, establecerán instrumentos o medidas para la recogida separada de residuos domésticos y en su caso, comerciales a los que es preciso dar una gestión diferenciada bien por su peligrosidad, para facilitar su reciclado o para preparar los residuos para su reutilización.

Ubicación del almacén de residuos

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ANEXO I: Procedimiento de Trabajo para la realización de actividades de Investigación, Apoyo Científico, Técnico o Auxiliares, en Centros de Trabajo Ajenos a la Universidad 1.- OBJETO Con este procedimiento la Universidad de Almería pretende informar al personal docente, investigador, técnico y auxiliar de la Universidad de Almería que realice actividades de investigación, apoyo científico, técnico o tareas auxiliares de las mismas en instalaciones de otra entidad o empresa de las actuaciones previas y posteriores que deben realizar durante el desarrollo de dichas actividades, conforme a las obligaciones especificadas en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y su desarrollo reglamentario según el RD 171/2004.

2.- DEFINICIONES   

 









114

Centro de trabajo: Cualquier área, edificada o no, en la que los trabajadores deban permanecer o a la que deban acceder por razón de su trabajo. Empresario titular del centro de trabajo: El que tiene la capacidad de poner a disposición y gestionar el centro de trabajo. Empresario principal: El empresario que contrata o subcontrata con otros la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquél y que se desarrollan en su propio centro de trabajo. Empresas concurrentes: Empresas (dos o más, incluidos trabajadores autónomos) que desarrollan sus actividades en un mismo centro de trabajo. Coordinador de actividades preventivas: Figura establecida en el R.D. 171/2004 como medio de coordinación preferente en determinadas situaciones donde la coordinación resulte especialmente compleja y con dificultades ante la concurrencia de empresas en el mismo centro de trabajo. Desarrolla las funciones de coordinación establecidas en el Art. 14 del RD 171/2004, de 30 de Enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 en materia de coordinación de actividades empresariales Interlocutor de la empresa, entidad o institución de destino: Persona física, perteneciente a la entidad en cuyo centro se van a realizar los trabajos, designada para la interlocución, control de actividades preventivas, coordinación –en su caso- y de hacer llegar a la Universidad de Almería la información, documentación e instrucciones en materia de coordinación de actividades en prevención de riesgos laborales. Esta figura puede coincidir con la de coordinador de actividades preventivas. Riesgo Laboral: Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. Riesgo Laboral Grave e Inminente: Aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores. En el caso de exposición a agentes susceptibles de causar daños graves a la salud de los trabajadores, se considerará que existe un riesgo grave e inminente cuando sea probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato una exposición a dichos agentes de la que puedan derivarse daños graves para la salud, aun cuando éstos no se manifiesten de forma inmediata. UAL: Abreviatura de Universidad de Almería.

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3.- AMBITO DE APLICACIÓN. Esta instrucción es de aplicación al personal docente, investigador, técnico y auxiliar de la Universidad de Almería que en virtud de su actividad profesional en la misma, realice actividades de investigación, apoyo científico, técnico o tareas auxiliares de las mismas en instalaciones de otra entidad o empresa. Estas situaciones pueden producirse por convenios, contratos, acuerdos, programas, convocatorias, invitaciones o situaciones similares, existan o no relaciones jurídicas. En la aplicación del Real Decreto 171/2004, de 30 de Enero, cuando estas actividades se realicen en otra empresa, entidad o institución cuya actividad sea la investigación, por iniciativa de ésta, se considerará a la misma empresa titular, principal y concurrente.

4.- DESARROLLO 1 Con carácter general, para los trabajos que se desarrollan fuera de las instalaciones de la Universidad, es necesario informar al personal de la Universidad de:  

Los Derechos y Obligaciones en materia de información preventiva cuando llegan a la otra empresa. Los Riesgos a los que están expuestos, de las medidas e instrucciones para evitarlos y de las medidas de la empresa en caso de emergencia;

Por otra parte, deberán informar a la empresa o entidad de los riesgos que su actividad puede generar para el resto de trabajadores o para las instalaciones. Las actuaciones a realizar son las siguientes:

4.1. Responsables de órgano de gobierno, centro, departamento, grupo o unidad El/la responsable del Órgano de Gobierno, Centro, Departamento, Grupo o Unidad que gestione la actividad del personal de la Universidad que acuda a trabajar en Centros de trabajo de otra empresa, entidad o institución, o bien el interlocutor que éste designe, o bien de forma directa por el personal de la Universidad que se desplaza deberán: Primero.- Informar a la empresa principal y a cuantas empresas concurrentes hubiere ya en la empresa, entidad o institución de destino: a) De los riesgos que con motivo de la actividad del personal de la UAL pudieran afectar a los trabajadores de las otras empresas concurrentes en el centro, en particular sobre aquellos que puedan verse agravados o modificados por circunstancias derivadas de la concurrencia de actividades, así como de las medidas de prevención y protección aplicables. Cuando los hubiere, esta información deberá comunicarse al resto de participantes en la actividad. Para ello 1

Se incorpora como Anexo I un diagrama simplificado de las actuaciones a realizar.

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b) contará con el asesoramiento del Servicio de Prevención. Cuando se trate de una nueva actividad que se realice en laboratorios, talleres, excavaciones o instalaciones experimentales de investigación se cumplimentará para ello la correspondiente Ficha que aparece en el Anexo II de esta instrucción. c) De los accidentes de trabajo que sufra el personal de la UAL como consecuencia de las actividades concurrentes en ese centro. Segundo.- Recabar de la empresa, entidad, o institución de destino, información e instrucciones en relación con los riesgos generales de la misma y los específicos que existan en el edificio, centro o dependencia donde se vaya a realizar la actividad, que puedan afectar las actividades a desarrollar por nuestro personal, con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a adoptar. La información del apartado primero y segundo deberá ser suficiente, y proporcionarse en los siguientes momentos:  

Antes del inicio de la actividad. Cuando se produzca un cambio en las actividades que sea relevante a efectos preventivos.  Cuando se haya producido una situación de emergencia susceptible de afectar a la salud o la seguridad de los trabajadores de las empresas presentes en el centro de trabajo. Todo ello deberá hacerse por escrito cuando se detecten riesgos calificados como graves o muy gravesi. Generalmente esta transferencia de información se canalizará a través del interlocutor de la empresa o entidad de destino en cuyo centro de trabajo se vayan a desarrollar las actividades, el coordinador de actividades preventivas, si lo hubiere, o la persona responsable que organice la visita, estancia o actividad. Se dará traslado de todo ello al Servicio de Prevención de la UAL para para su investigación y control de riesgos y, en su caso, revisión de la evaluación de riesgos o realización de la misma. Tercero.- Deberá asegurar y verificar que esta información e instrucciones le lleguen a todo el personal de la Universidad de Almería que vaya a desarrollar su actividad en las instalaciones ajenas contempladas en esta instrucción. Cuarto.- El responsable del Departamento, Grupo o Unidad que gestione la actividad informará al personal propio de la UAL, previamente al inicio de la actividad, de la obligatoriedad de seguir las instrucciones del empresario titular del centro de trabajo y de sus derechos y obligaciones de información en materia preventiva cuando llegan a la empresa de destino. A estos efectos se hará entrega a estos trabajadores de la información contenida en el Anexo III, y en caso necesario se complementará la información con el asesoramiento del Servicio de Prevención de la UAL.

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Quinto.- En aquellos casos en que justificadamente lo requiera la empresa, entidad o institución en cuyo centro de trabajo se vaya a desarrollar la actividad, o en su caso empresa principal, deberá solicitar directamente al Servicio de Prevención de la UAL, o en su caso al de Recursos Humanos, respecto a los trabajadores que acuden al centro de destino la siguiente documentación:  Acreditación de que se ha realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva para las actividades a desarrollar.  Acreditación del cumplimiento obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro de trabajo  En su caso, acreditación de que se ha realizado examen de aptitud médico-laboral o, en su defecto, justificación motivada de no haberlo realizado.  Otra documentación complementaria que se pudiera solicitar justificadamente (ej.: TC1 y TC2). Esta documentación deberá ser entregada a la empresa principal. Sexto.- Informará, al Órgano de Gobierno competente, caso de no serlo, y al Servicio de Prevención, de los incumplimientos de los contenidos en esta instrucción que se produzcan por parte de la empresa de titular o principal en materia de prevención de riesgos laborales. Séptimo.- Advertirá al Servicio de Prevención de la UAL de que una determinada actividad no entra en el ámbito de aplicación de esta circular para, así, poder acordar de forma conjunta la forma de actuar en su realización. Octavo.- Deberá comunicar al Servicio de Prevención de la UAL, en cuanto tenga conocimiento, de los contratos que se realicen a cargo de grupos, proyectos o convenios y cuya tarea se realice total o parcialmente en instalaciones ajenas a la UAL.

4.2. Servicio de Prevención. Le corresponderá al Servicio de Prevención las siguientes actuaciones: Primero.- Realizar las actividades de evaluación de riesgos, formación, información, vigilancia de la salud, asesoramiento y apoyo técnico que le confiere la normativa de Prevención de Riesgos Laborales Segundo.- Recibir y custodiar la información y documentación que le haga llegar el/la responsable del órgano de gobierno, centro o unidad y de aquellos otros servicios que, en su caso, corresponda que gestionen la actividad del personal que se desplace a realizar actividades de investigación, apoyo científico, técnico o tareas auxiliares de las mismas en instalaciones de otra entidad. Tercero.- Valorar y analizar la información suministrada, por si es necesaria la modificación de la evaluación de los riesgos o la realización de la misma, así como la planificación de las actividades preventivas.

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Cuarto.- Investigar los accidentes que se produzcan del personal propio de la UAL, salvo en aquellos casos en que la investigación de los mismos corresponda a otras instancias. Quinto.- Asesorar en la inclusión de clausulados en materia de prevención de riesgos laborales en los convenios, acuerdos, convocatorias y contratos que redacte y/o suscriba la UAL, y que así se lo soliciten. Sexto.- Facilitar la documentación técnica de su ámbito de competencias que le requiera la empresa principal: la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva para las actividades a desarrollar, acreditación del cumplimiento obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro de trabajo y acreditación de que se ha realizado examen de aptitud médico-laboral o, en su defecto, justificación motivada de no haberlo realizado. Séptimo.- Valorar y asesorar al responsable del órgano o unidad competente de los incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales de la empresa titular o principal de los que tenga conocimiento.

4.- REFERENCIAS LEGALES Y TECNICO-PREVENTIVAS    



 





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Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Ley 54/2003, de 12 de Diciembre, de reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales. Real Decreto 171/2004, de 30 de Enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 en materia de coordinación de actividades empresariales Acuerdo del pleno del Consejo de Universidades, en la sesión celebrada el 22 de septiembre de 2011, por el que establecen directrices para la adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la Universidad, de promoción y extensión de la cultura preventiva a la comunidad universitaria. Documento Marco para la Gestión de la Prevención de Riesgos laborales en la Universidad de Almería aprobado por el Comité de Seguridad y Salud de la UAL el día 18 de Diciembre de 2006. Real Decreto 39/1997, de 17 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención Documento de Constitución del Servicio de Prevención de la Universidad de Almería, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería, en sesión celebrada el 19 de Diciembre de 2002. Guía Técnica del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo sobre la integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa. Notas Técnicas de Prevención del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo números 918: Coordinación de actividades empresariales (I), y 919: Coordinación de actividades empresariales (II).

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 

Procedimiento operativo de compra de mobiliario y equipos, contratación de obras y reformas en la UAL, aprobado en Comité de Seguridad y Salud en reunión ordinaria de fecha 16 de diciembre de 2013. Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 Guía orientativa para la implantación de coordinación empresarial en materia de seguridad y salud laboral en las Universidades del Grupo de Trabajo de la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas de Calidad Ambiental y Desarrollo Sostenible

NOTAS ACLARATORIAS: i

Se considerarán riesgos grave o muy graves, al menos, los siguientes:  Riesgo de exposición a radiaciones ionizantes, agentes tóxicos y muy tóxicos, a agentes cancerígenos, mutagénicos o tóxicos para la reproducción y a agentes biológicos de los grupos 3 y 4.  Riesgos derivados de la fabricación, manipulación y utilización de explosivos (artículos pirotécnicos y otros objetos o instrumentos que contengan explosivos).  Trabajos en empresas mineras a cielo abierto y de interior (minas, canteras, etc.) y que realicen sondeos en superficie terrestre o en plataformas marinas.  Excavaciones, movimientos de tierra y túneles.  Trabajos en empresas del sector siderúrgico, en los que se produzcan o utilicen gases comprimidos, licuados o disueltos y que produzcan concentraciones elevadas de polvo silíceo

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