Informe Final Ministerio de Educacion

I CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Division de Auditoria Administrativa , Area de EducaciOn, Trabajo y Prevision Social Informe Final Ministerio

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MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Considerando: Que, con Acuerdo Ministerial No. 275 de enero 13 de 1994 se implantó el Nuevo Sistema de Supervisión

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I

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Division de Auditoria Administrativa , Area de EducaciOn, Trabajo y Prevision Social

Informe Final Ministerio de Educacion

Fecha N° Informe :

27 de julio de 2011 71/2011

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA DE EDUCACION TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

DAA N° 1106/2011 REMITE INFORME FINAL N° 71 DE 2011, SOBRE AUDITORIA AL PROGRAMA DE PASANTIAS DE PERFECCIONAMIENTO EN COMPETENCIAS TECNICAS DE NIVEL SUPERIOR EN EL EXTRANJERO, DE LA SUBSECRETARIA DE EDUCACION.

SANTIAGO,

2 7. J111. 1 1 *0 4 7 3 7 8

Cumplo con enviar a Ud. para su conocimiento y fines pertinentes, copia del Informe Final N° 71 de 2011, con el resultado de la auditoria practicada por esta Division, en la Subsecretaria de Educacion.

Sobre el particular, corresponde que esa Autoridad disponga se adopten as medidas pertinentes, en orden a subsanar las situaciones observadas, aspectos que se verificaran en una visita posterior que practique en esa Entidad este Organismo de Control, conforme a las politicas de fiscalizacion sobre la materia.

Saluda atentamente a Ud.,

MINISTERIO DE EDUCACION OFICINA DE PARTES

2 8 JUL. 2011 DOCUMENTO RECIBIDO FLORA:

y Perez Gutierrez d( DO SUBJEFE DM '101■1 DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA Dor

,

AL SENOR SUBSECRETARIO DE EDUCACION PRESENTE ebf

RTE ANTECED

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'41 *1 (GAS AV I%

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ffkr AREA DE EDUCACION TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

DAA N° 1107/2011 REMITE INFORME FINAL N° 71 DE 2011, SOBRE AUDITORIA AL PROGRAMA DE PASANTIAS DE PERFECCIONAMIENTO EN COMPETENCIAS TECNICAS DE NIVEL SUPERIOR EN EL EXTRANJERO, DE LA SUBSECRETARIA DE EDUCACION.

SANTIAGO,

2 7. JUL' 1 1'0

4 73 77

Cumplo con enviar a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, copia del Informe Final N° 71, de 2011, con el resultado de la auditoria practicada por esta Contraloria General, en la Subsecretaria de Educacion.

Saluda atentamente a Ud.,

RAMIRO JOZA ZUNIGA CONTRALOR GE; AL DE LA REPUBLICA MINISTERIO DE EDUCACION OFICINA DE PARTES

2 8 JUL. 2011 DOCUMENTO RECIBIDO 140RA:

AL SENOR MINISTRO DE EDUCACION PRESENTE ebf.

A:N TEC ED

, CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA rrl ), AREA DE EDUCACION TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

DAA N° 1109/2011 REMITE INFORME FINAL N° 71 DE 2011, SOBRE AUDITORIA AL PROGRAMA DE PASANTIAS DE PERFECCIONAMIENTO EN COMPETENCIAS TECNICAS DE NIVEL SUPERIOR EN EL EXTRANJERO, DE LA SUBSECRETARIA DE EDUCACION.

SANTIAGO,

2 7. JUL 1 1 *0 4 7 3 8 0

Cumplo con enviar a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, copia del Informe Final N° 71, de 2011, con el resultado de la auditoria practicada por esta Contraloria General, en la Subsecretaria de Educacion.

Saluda atentamente a Ud.,

DEL CON1RALOR GENERAL au 'erez Gutierrez

ABOGADO SUBJEFE DIVISION DE AUthIORIA AOMINISTRATIVA

MINISTERIO OE. EDI ;,ACTON

OFIGINA DE PARTES

AL SENOR AUDITOR MINISTERIAL MINISTERIO DE EDUCACION PRESENTE ebf.

ATE ANTECED

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PMET N° 13063

INFORME FINAL N° 71, DE 2011, SOBRE REVISION PRACTICADA AL PROGRAMA DE PASANTIAS DE PERFECCIONAMIENTO EN COMPETENCIAS TECNICAS DE NIVEL SUPERIOR EN EL EXTRANJERO DEL MINISTERIO DE EDUCACION, MINEDUC.

SANTIAGO,

2 7 JUL. 2011

En cumplimiento del plan anual de fiscalizacion de esta Contraloria General para el ano 2011, se efectu6 una auditoria al Programa de Pasantias de Perfeccionamiento en Competencias Tecnicas de Nivel Superior en el Extranjero, desarrollado por Ia Subsecretaria de Educacion, respecto del periodo comprendido entre el 2 de enero y el 31 de diciembre de 2010.

OBJETIVO La auditoria tuvo por finalidad efectuar un examen de los procedimientos empleados en la postulacion, seleccion y adjudicaciOn, del referido beneficio durante el ario 2010, la que comprendio la evaluacion del sistema de control interno, el cumplimiento de la normativa legal y reglamentaria aplicable en Ia especie y el examen de los pagos cursados en dicho periodo.

METODOLOGIA La revision se realizo de conformidad con principios, normas y procedimientos de control aprobados por este Organismo, e incluy6 una revision selectiva de los documentos, registros y procedimientos relacionados con la ejecucian del Programa, como asimismo, otros medios tecnicos que se estimaron necesarios de acuerdo a las circunstancias.

UNIVERSO Sobre el particular, cabe senalar, que el presupuesto inicial dispuesto en Ia ley N° 20.407, de Presupuestos del Sector Public° del alio 2010, contemplo un monto de M$ 12.269.725, el cual mediante sucesivas rebajas dispuestas segun los decretos Nc' s 799, 1137, 1196 y 1344, todos de 2010, del Ministerio de Hacienda, alcanzaron Ia cifra de M$ 5.468.661, habiendose ejecutado M$ 3.435.976, al 31 de diciembre de 2010.

o w ALA SENORA SUBJEFE DE LA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA PRESENTE MPAfebf.

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MUESTRA Para efectos de Ia revision, se seleccion6 una muestra del 100% de los gastos ejecutados, lo que represent6 un 62,83% de los fondos considerados para este Programa.

I. Antecedentes Generales en de Educacion, La Subsecretaria conformidad con lo dispuesto en el decreto supremo N° 664 de 2008, del Ministerio de Educacion, que establece normas que regulan el otorgamiento de becas del Programa Sistema Bicentenario, en adelante Programa Becas Chile, tiene como objetivo definir una politica integral, de largo plazo, de formaci6n de capital humano avanzado en el extranjero, que permits insertar a Chile en la sociedad del conocimiento, dando asi un impulso definitivo al desarrollo economico, social y cultural de nuestro pais. Para hacer efectivo este mandato legal, deben cumplirse una serie de requerimientos de informacion, en especial, los relacionados con la identificaci6n y validacion del cumplimiento de los requisitos previos especificos de cada uno de ellos, por parte de las personas que acceden a la postulacion a traves de la pagina web Becas Chile, www.becaschile.cl . El proceso de becas considera las siguientes etapas: Difusion, Postulacion, SelecciOn y EvaluaciOn, Monitoreo, Regreso y Reinsercion. Durante el ano 2010, se efectuaron dos convocatorias al concurso de Becas para Pasantias de Perfeccionamiento de Competencias Tecnicas, presentandose 754 y 290 aspirantes, respectivamente, adjudicandose dichas becas a 267 beneficiarios, incluida la renuncia de un participante, lo que represents un 25,57% del total de postulantes. Mediante el oficio N° 32.132, de 2011, esta Contraloria General remitio a Ia Subsecretaria de Educacion, el Preinforme de Observaciones N° 71, de 2011, con el objeto de que tomara conocimiento e informara sobre las situaciones detectadas, el que fue respondido a traves del oficio N° 02/414, de 2011, informando las medidas adoptadas, documento que se consider6 para emitir este Informe Final. Como resultado de la auditoria realizada, cabe selialar lo siguiente:

II. ASPECTOS DE CONTROL INTERNO 1) Fiscalizacion y auditoria interna Al respecto, cabe hacer presente que el Programa de Pasantias de Perfeccionamiento en Competencias Tecnicas de Nivel Superior en el Extranjero, fue auditado por esta Contraloria General, en el afio 2009 de -2-

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AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL HILV.

cuyo resultado se inicio un sumario administrativo por parte de esta Entidad de Control. Tambien es necesario senalar, que la Unidad de Auditoria Interna del Servicio, no ha efectuado revisiones a los procesos del aludido Programa, como tampoco tiene considerado Ilevar a cabo fiscalizaciones durante el ano 2011, no obstante la cuantia de los recursos involucrados. En su oficio de respuesta. la Institution senala. que las auditorias internas corresponden a las planificadas anualmente, en base a los requerimientos establecidos a nivel Ministerial e institutional. Agrega que de acuerdo a instrucciones del Consejo de Auditoria Interna General de Gobierno (CAIGG), la determination de los riesgos existentes y areas criticas a auditar le corresponde al Departamento de PlanificaciOn y Control de Gesti6n, y conforme a esa priorizacion de riesgos, la Unidad de Auditoria Interna debe confeccionar el plan, quedando excluidas las materias senaladas por esta Contraloria General. Al respecto, esta Contraloria General mantiene la observacion, haciendo presente que es de interes del propio Servicio fortalecer el control interno del area en estudio. dada la envergadura de los recursos comprometidos.

2) Convenios a honorarios y cumplimiento de Ia jornada de trabajo El Programa de Tecnicos para Chile, en general, es gestionado y administrado por personas contratadas a honorarios, entre otros, su Director y Subdirector, cuyas funciones, en sintesis, corresponden a la coordination de las distintas unidades en la supervision de la correcta ejecuciOn de los recursos disponibles, al analisis y proyeccion presupuestaria, a la planificacion y a la supervision de la ejecucion de los recursos financieros asociados al Programa. Sobre el particular, es necesario senalar que acorde con el dictamen N° 23.006, de 2006, de esta Contraloria General, no pueden asumir labores de jefatura ni responsabilidades administrativas que conllevan en si un caracter resolutivo, las personas contratadas a honorarios, por cuanto no tienen la calidad de funcionarios publicos, como acontece en la especie. En su respuesta, la Entidad manifiesta que subsanara lo observado para el ano 2012, nombrando a funcionarios con responsabilidad administrative en los cargos de Director y Subdirector del Programa en comento. Por lo anterior, esta Contraloria General mantiene la observacion, y las medidas indicadas por la autoridad seran materia de revision en una visita de seguimiento. Asimismo, los convenios suscritos establecen la jornada diaria de trabajo, no obstante su incumplimiento, no es sometido a los descuentos pertinentes. Ademas de lo anterior, segun revision practicada al libro de asistencia del personal del Programa, durante el mes de marzo de 2011, se comprob6 que este no se encontraba firmado, luego, a raiz del control deliberado que efectuo esta Entidad, el Director (S) instruy6 a todo el personal Ia obligatoriedad de consignar son horarios en el aludido registro de control.

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Al respecto, es necesario precisar que los honorarios pactados constituyen la contraprestacion al desemperio efectivo de las funciones asignadas en el contrato, lo que exige el acatamiento de las condiciones horarias impuestas (aplica dictamen N° 35.183, de 1998, de esta Contraloria General). Sobre esta materia, Ia Entidad informo en su oficio de respuesta, que a contar de 1 de marzo de 2011, y en atencion a la circular N° 21 de 16 de diciembre de 2010, se reafirmo la obligatoriedad del registro diario del ingreso y salida de cada funcionario perteneciente al Programa, utilizando para ello las hojas de control de asistencia de que dispone el Departamento de Recursos Humanos del Ministerio. Agrega, que la Unidad Administracion Interna del Programa es la responsable de hacer Ilegar antes del dia 5 del mes siguiente, las hojas de registro de cada integrante del Programa, para la validacion y aplicaciOn de descuentos, si procediere. Sobre el particular, se aceptan las medidas adoptadas por el Servicio, sin perjuicio de que sean validadas en una pr6xima visita de seguimiento.

III. EXAMEN DE CUENTAS

Del analisis practicado corresponde seflalar lo siguiente: 1. Mecanismos de postulacion y cumplimiento de exigencias Sobre el particular, se indica que las postulaciones deberan hacerse preferentemente por via electrOnica, a traves de la pagina www.becaschile.cl , seccion "Tecnicos". Asimismo, cada documento solicitado debera adjuntarse como archivo PDF. A su vez, los postulantes seran responsables de la veracidad, integridad y legibilidad de la informacion consignada en el formulario de postulacion y en el de acreditacion socioeconomica. Ademas, deberan estar en condiciones de proveer la documentaci6n en original en el momento que el Ministerio de Educaci6n, asi lo solicite. Por su parte, se advierte que la omision o declaracion falsa de cualquier dato solicitado y la no presentaci6n de los documentos de respaldo, podran ser causales para que la postulacion sea declarada fuera de bases o la beca se deje sin efecto. Sobre Ia materia, en general, se constato que la mayoria de los postulantes dio cumplimiento a las exigencias dispuestas en la normativa dictada al efecto mediante el mencionado decreto supremo N° 664 de 2008 y las resoluciones exentas NO S 253 y 2845, ambas de 2010, todos del Ministerio de Educaci6n, sobre bases para el proceso de postulacion del primer y segundo concurso, no obstante, en los casos enunciados a continuacion se comprob6 lo siguiente:

-4-

(otItitt 60, 4.1*

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a) Certificacion de titulos profesionales La legitimidad de los titulos de los becarios, es comprobada en forma parcial, toda vez que el Programa senala que no existe ninguna reparticion del Estado que sea capaz de efectuar dicha verificacion, y el Ministerio de Educacion tampoco posee un registro que contenga un catastro de todos los titulados del pals. En este orden, la confirmacion que realiza Ia Subsecretaria de Educaci6n, se dile al cotejo del formato presentado por el postulante versus el que utiliza la institucion, ademas, de constatar si el certificado entregado por el becario contiene los timbres y firmas de responsabilidad. No obstante lo anterior, a lo menos, se detectaron dos casos en los que se transgredio lo dispuesto en el articulo 6, N° 10 del citado decreto supremo N° 664, de 2008, el cual exige estar en posesi6n de un titulo de Tecnico de Nivel Superior y/o titulo profesional de ocho semestres sin licenciatura, advirtiendose que los becarios individualizados a continuacion, aparecen con un titulo profesional de duracion de 10 semestres: N° RUT

INSTITUCION

TiTULO

13.723.448-3

UNIVERSIDAD DEL 8(0 - 8(0

CONTADOR AUDITOR

13.025.511-6

UNIVERSIDAD ARTURO PRAT

CONTADOR AUDITOR

En su respuesta, Ia Subsecretaria de Educacion senala que los antecedentes presentados por los becarios, los que fueron emitidos por las respectivas instituciones educacionales, certifican que la duracion era de ocho (8) semestres de duracion. Agrega, que las fechas de titulacion de ambos becarios correspondieron a los arms 2002-2003, por lo que es posible que en Ia actualidad las mallas curriculares de dichas carreras hayan sido modificadas.

Asimismo, manifiesta que consultada Ia Universidad del Biobio sobre tal aspecto, serialo que el Programa de Contador Auditor, hasta el aria 2003, tuvo una duracion de 8 semestres, y a partir de ese ano el titulo fue modificado por Contador Public° y Auditor, extendiendose a 10 semestres.

Made, respecto a la Universidad Arturo Prat, que el beneficiario se acogio a un programa especial para trabajadores y que tuvo una duracion de 8 semestres. Las explicaciones serialadas por el Servicio permiten levantar la objeci6n.

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,

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b) Pagares sin datos criticos En lo que respecta a la exigencia de la suscripcion de un pagare firmado ante notario, con motivo de la garantia por el valor total de los beneficios otorgados por la beca, la revision practicada permitio comprobar que algunos de estos carecian del monto. como tambien. de la fecha de emision y de vencimiento. cauciones que no obstante ser firmadas ante notario, no presentan validez como una garantia. a ser eventualmente. efectiva.

En su respuesta, la Subsecretaria senala que la omision de los datos obedece al monto y al tiempo asignados a la beca. Asimismo, en lo relativo al monto menciona que, al momento de la firma del convenio se desconoce la cuantia de la beca, ya que se pueden generar situaciones no previstas que afectarian el costa total de los beneficios entregados. Ademas, senala, que acorde al beneficio de asignacion al conyuge e hijo, segun el articulo 15, numeral 2, puntos i vi, y vii del citado decreto supremo N° 664, de 2008, este puede ser requerido en la medida en que el becario acredite el cumplimiento del requisito para hacerse acreedor, aumentando el costa total de la pasantia, cantidad que no habria sido considerado en la firma del pagare original. generandose una perdida para el Ministerio. ,

Agrega, que en caso de que el becario renuncie con anticipacion a la pasantia, el pagare debe hacerse efectivo por el monto ejecutado a la fecha de la renuncia, senalando que en funcion de lo anterior, se opto por mantener en blanco dicho campo y de generarse el pagare se completaria con la informacion exacta. En relacion can la fecha de vencimiento. la Entidad manifiesta que las caracteristicas del programa impiden fijar can certeza el termino de la beca de cada pasante. Lo anterior, debido a que las bases de postulacion y el decreto supremo N° 664, de 2008, garantizan la posibilidad de generar prorrogas, suspensiones, cambios de programa y/o terminos anticipados de beca, como asimismo. el plaza maxima de retorno es de tres meses concluida la beca.

En cuanto a la fecha de emisi6n, argumenta que el programa ha considerado la fecha estampada en la autorizacion notarial del documento tramitado por cada becario.

Asimismo. menciona que para subsanar lo observado por este Organismo de Control. en lo sucesivo. al momento de suscribir un pagare, se solicitara un mandato en el cual el becario autoriza al Ministerio a Ilenar los datos del monto y fecha de vencimiento, conforme a los beneficios finales otorgados.

Atendido lo expuesto por la autoridad, que compromete acciones tendientes a subsanar las situaciones observadas. se levanta la objeciOn. no obstante, las medidas dispuestas seran materia de revision en futuras fiscalizaciones al Programa.

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AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

C41 LS

c) Datos omitidos Asimismo, se constat6 que en el caso del becario Rut 13.427.634-7, el Formulario de Acreditacion Socioeconomica (FAS) documento disponible en formato en linea, no registraba Ia fecha y hora de Ia postulacion, incrementando el riesgo de beneficiar a postulantes fuera de plazo. En su respuesta, el Servicio informa que Ia ausencia del registro de fecha y hora del Formulario de Acreditacion Socioeconornica del Rut senalado, se debe a una caida del sistema al momento de Ia postulacion, cuya dificultad se habria generado en Ia emision del certificado, y no en el registro interno de Ia base de datos. No obstante, agrega que Ia postulaciOn no excedi6 el plazo definido por las bases del concurso segun resolucion exenta N° 1698, de 2010, argumentando que, como medio de control, la plataforma de postulacion es bloqueada automaticamente en Ia fecha y hora de cierre del concurso, lo que permite dar por superada Ia observacion.

d) De Ia declaracion jurada sin fecha Adicionalmente, el becario debia entregar una declaracion jurada ante notario, en Ia cual manifieste que no posee otras becas y ademas adquiera diversos compromisos, los cuales estan especificados en las letras a, b, c, d, e y f del articulo 20°, de las normas sobre otorgamiento de becas del Programa Becas Bicentenario para el alio 2009, aprobado por decreto supremo N° 664, de 29 de diciembre de 2008, de MINEDUC. Al respecto, se observe) que en los casos identificados, la declaracion fue realizada con posterioridad a Ia fecha de inicio del beneficio correspondiente, segim se detalla a continuacion:

RUT N°

FECHA DECLARACION

FECHA INICIO CURSO

15.798.538-8

17 de enero de 2011

30 de septiembre de 2010

16.719.442-7

17 de enero de 2011

30 de septiembre de 2010

12.010.900-6

12 de enero de 2011

4 de octubre de 2010

10.686.916-2

21 de enero de 2011

4 de octubre de 2010

14.556.683-7

18 de enero de 2011

30 de septiembre de 2010

13.313.527-8

13 de enero de 2011

27 de septiembre de 2010

15.140.405-7

18 de enero de 2011

27 de septiembre de 2010

16.295.678-7

17 de enero de 2011

4 de octubre de 2010

15.992.875-6

1 de febrero de 2011

12 de octubre de 2010

15.129.882-3

28 de enero de 2011

30 de septiembre de 2010

13.672.986-1

31 de enero de 2011

12 de octubre de 2010

11.615.723-3

14 de enero de 2011

01 de octubre de 2010

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Sobre el particular, la Subsecretaria informa que los pasantes iniciaron sus cursos de nivelacion de idioma en Chile de manera previa a Ia firma de sus declaraciones juradas segOn lo exige el articulo 20 del decreto supremo N° 664, de 2008, y en las bases aprobadas por las resoluciones N° 5 253 y 2845, ambas de 2010, debido al retraso en la tramitacion de los convenios de transferencias entre Becas Chile y Ia DivisiOn de EducaciOn Superior, documento que constituia requisito para el ingreso de los Convenios Internacionales a Ia Contraloria General. El convenio de transferencia fue tomado razOn a fines de julio de 2010, por lo que a partir de esa fecha se inicio el tramite de aprobaci6n de los referidos Convenios Internacionales en el Ministerio de EducaciOn. No obstante, agrega que en octubre del citado alio, se iniciaron los procesos asociados a la revision y validacion de antecedentes de becarios que permitieran la adjudicacion, formalizacion y firma de Ia declaracion jurada por parte del Ministerio. Ademas, manifiesta que el inicio de los cursos sin la firma de la declaracion, obedecio a Ia necesidad de preservar el derecho adquirido por los postulantes seleccionados, los que requenan iniciar su proceso de nivelacion de idiomas para cumplir can los plazos de envio a sus cursos de perfeccionamiento en el extranjero. De no iniciar Ia nivelacion en las fechas programadas, argumenta, existia el riesgo de no cursar el perfeccionamiento de los becarios. Sin perjuicio de lo anterior, agrega que para garantizar y resguardar los requerimientos normativos del citado decreto supremo N° 664, de 2008, se solicito al becario la firma de una carta compromiso y aceptacion para el curso de nivelacion de idiomas, firmada ante notario, en donde reconoce la obtenci6n de la beca, las caracteristicas del curso de nivelacion, los terminos y condiciones del programa de estudios, el costo total del curso y el porcentaje de copago que debera financiar, come asimismo, las sanciones en caso de incumplimiento de dichas obligaciones. En atencion a los argumentos esgrimidos por Ia Entidad, se levanta la observacion, sin perjuicio de reiterar que en el use de los recursos pUblicos se debe actuar conforme al principio de eficiencia, eficacia y legalidad, lo que implica ajustarse a los procedimientos de adjudicaci6n establecidos por el Programa. e) Presentaci6n de documentos en reemplazo de los exigidos. A modo de ejemplo, se consignan: RUT N°

11.615.723-3

TITULO Tecnico en Programacion y analisis de sistema,

PAIS DE DESTINO/ AREA DE ESTUDIOS

AUSTRALIA

OBSERVACIONES

En Declaracion Jurada aparece con otra direccion a la consignada en el certificado de residencia.

Institute Profesional, AIEP

16.492.439-4

Tecnico en Programador aplicaciones computacionales,

AUSTRALIA

Presenta comprobante de solicitud de cedula de identidad.

INACAP

-8-

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RUT N°

T(TULO

PAN DE DESTINO/ AREA DE ESTUDIOS

OBSERVACIONES

14.030.384-4

Tecnico en Administracion Financiers, DUOC

PA(S VASCO

para acreditar Presenta declaracion jurada domicilio, en circunstancias que debi6 por certificado entregado presentar Carabineros de Chile o Junta de Vecinos.

15.748.697-7

Ingeniero de Ejecucion en Electricidad, Universidad de la Frontera

ALEMANIA

No adjunto certificado de residencia.

16.798.924-1

Tecnico en Mantenimiento y Reparacion de Maquinaria Pesada

ALEMANIA

No adjunto certificado de residencia.

13.112.604-2

Ingeniero de Ejecucion Electronico, UTFSM

AUSTRALIA

No adjunto certificado de residencia.

Ademas, tales beneficiarios no cumplieron cabalmente con lo dispuesto en los NO S 8.4.1 letra d) y 8.4.2 letra a), de las bases del concurso, relatives a documentos de postulacion.

Sobre el particular, la autoridad en su respuesta senala lo siguiente:

- Rut 11.615.723-3: El beneficiario efectuo cambio de domicilio en Ia misma ciudad. - Rut 16.492.439-4: El alumno presento una cedula vigente, con vencimiento 2 de diciembre de 2010, no obstante, cuando se formalizO, esta se encontraba en tramite de renovaciOn del documento. - Rut 14.030.384-4: Sefiala que el certificado de residencia que se incluye en el dossier fue entregado como antecedente adicional durante Ia formalizacion. - Rut 15.748.697-7: Se indica que el certificado de residencia no es de caracter obligatorio. Agrega, que el postulante no obtuvo bonificaciOn de puntaje por factor descentralizacion. - Rut 16.798.924-1: Nuevamente senala que el certificado de residencia no es obligatorio. Alude a que el beneficiario postulo y no obtuvo bonificacion de puntaje por factor descentralizacion. - Rut 13.112.604-2: Se esgrime que para el primer concurso, el sistema de postulacion fue disenado considerando que Ia asignacion del puntaje de bonificacion por factor "descentralizacion" estuviera condicionada al veredicto de admisibilidad sobre el verificador presentado. No obstante, en forma posterior al cierre de esta convocatoria, se detect6 que dicho diseno no quedo implementado tecnicamente en el sistema en forma correcta, sino que, Ia asignaci6n de esta bonificacion de puntaje opera de manera autornatica para todos quienes marcaron una region de residencia distinta de Ia Metropolitana, argumentando que el error tecnico del sistema que se detecto no tuvo consecuencias en Ia asignaci6n de Ia beca para ningun postulante, y que Ia situacion fue corregida antes del segundo concurso.

-9-

to tRAL

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ,41 AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL cam s

Sobre el particular, cabe indicar que los nuevos antecedentes aportados por la autoridad permiten levantar las observaciones efectuadas.

2. Verificacion de datos de los postulantes ante el Servicio de Registro Civil e Identificacion, SRCeI A fin de cotejar los datos contenidos en los formularios entregados por el Programa, los cuales contenian un total de 313 registros de postulantes seleccionados, se efectua una comparacion con las bases que mantiene el SRCeI, no advirtiendose situaciones irregulares.

3. Cruce de informacion de beneficiarios adjudicados versus beneficiarios en nivelacion de idiomas Sobre el particular, se verifica Ia existencia de 10 becarios, que si bien se hallaban en la base de datos para realizar la nivelacion de idiomas, no fueron encontrados en la que concretaba Ia misma. El detalle se indica a continuacion:

RUT N°

DV

FAS

IDIOMA

9.135.779

8

A

INGLES

13.092.167

1

A

13.433.972

1

13.856.767

HORAS CURSO

COSTO TOTAL

COPAGO BECARIO

COPAGO MINEDUC

INSTITUCION

300

2.000.100

0

2.000.100

INTERNATIONAL CENTER

INGLES

300

2.000.100

0

2.000.100

INTERNATIONAL CENTER

C

INGLES

300

2.000.100

1.000.050

1.000.050

INTERNATIONAL CENTER

2

A

INGLES

200

1.500.000

0

1.500.000

INTERNATIONAL CENTER

13.885.550

3

B

INGLES

300

2.000.100

500.025

1.500.075

INTERNATIONAL CENTER

14.169.989

K

C

INGLES

200

1.500.000

750.000

750.000

INTERNATIONAL CENTER

15.079.038

7

B

INGLES

300

2.000.100

500.025

1.500.075

INTERNATIONAL CENTER

15.183.877

4

A

INGLES

300

2.000.100

0

2.000.100

INTERNATIONAL CENTER

15.310.567

7

A

INGLES

200

1.500.000

0

1.500.000

INTERNATIONAL CENTER

15.815.175

8

A

INGLES

300

2.000.100

0

2.000.100

INTERNATIONAL CENTER

El Servicio alude que el Programa Tecnicos para Chile, carece de la informacion necesaria para corroborar dicha informacion, debido a que en el preinforme de esta Contraloria General, no se especifica el origen de la base de datos consultadas. Agrega, que es posible acreditar que los becarios serialados, realizaron y/o se encuentran en su nivelacion de idiomas, para lo cual se adjuntan las cartas de compromiso firmadas por los pasantes e informes emitidos por las instituciones correspondientes. Al respecto, es menester senalar que Ia base de datos materia de analisis fue puesta a disposicion de Ia Comision Fiscalizadora, por la propia Unidad responsable del Programa. Sin perjuicio de lo anterior, conforme a los nuevos antecedentes proporcionados se levanta la objecion formulada.

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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA ,4"

DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA , AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

4. Sobre programas de Ia pasantia Las bases del concurso establecian los programas definidos como: "a Ia medida" y "regulares", respecto al proceso de postulacion del ano 2010. Sobre esta materia, es dable precisar que los citados programas a la medida, son aquellos que la Institucion disena de acuerdo a las necesidades de formaci6n de los sectores productivos identificados para esta convocatoria y que se imparten exclusivamente para los estudiantes de Chile, siendo Alemania y Espana los paises que ofrecen dicha modalidad. En cuanto a los programas regulares, son aquellos que Ia institucion extranjera ofrece regularmente dentro de su oferta de perfeccionamiento, para estudiantes nativos y extranjeros. Los paises que Ia imparten son Australia, Francia y Nueva Zelanda. Al respecto, los becarios encuestados manifestaron que en relacion a Ia pasantia en Alemania, Ia cual consider6 Ia modalidad a Ia medida, no habria sido Ia mas optima, debido a que en el curso en cuestion, se encontraban 43 chilenos, por ende, aprender el idioma resultaba mucho mas dificil, al no interactuar con alumnos del pals. Sobre el particular, la autoridad no aporta mayores antecedentes en el texto de la respuesta, motivo por el cual se mantiene lo observado por esta Contraloria General. 5. Sobre resultado de las pasantias En cuanto a este acapite, corresponde senalar que debera ser evaluado en proximas visitas de seguimiento, por cuanto las pasantias tienen fecha de termino entre julio del ano 2011 y diciembre del ano 2012, segOn el siguiente detalle: PAN

FECHA PASANTIA

FECHA ULTIMO RETORNO

ALEMANIA

01/02/2011

28/02/2012

AUSTRALIA

19/01/2011

31/12/2012

FRANCIA

01/07/2011

01/09/2012

NUEVA ZELANDA

17/11/2010

25/11/2012

ESPANA

15/11/2010

10/07/2011

6. Evaluacion Sobre procedimiento de evaluacion Las postulaciones recibidas, que cumplan con los requisitos y la documentacion solicitada en las bases, son examinadas por un Comite de Evaluacion designado por el Ministerio de Educacion, a traves del Programa Tecnicos para Chile, el cual esta conformado por expertos, docentes y/o profesionales pertenecientes al sector publico/privado, chilenos o extranjeros, especialistas en las areas prioritarias estrategicas, de destacada trayectoria y reconocido prestigio.

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Las resoluciones exentas que autorizaron las 23 contrataciones a honorarios de los expertos para desarrollar el proceso de evaluacion, fueron dictadas el 29 de diciembre de 2010, sin embargo, sus labores efectivas se realizaron desde el 20 de agosto al 14 de septiembre de 2010. La situacion descrita, vulnera el principio de irretroactividad y lo preceptuado en el articulo 3°, inciso sexto, de la ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Organos de la Administracion del Estado, que senala que los actos administrativos gozan de una presuncion de legalidad, de imperio y exigibilidad frente a sus destinatarios, desde su entrada en vigencia, y hacia el futuro, salvo los casos exepcionales, situacion que en este caso no aconteci6 y bajo Ia cual se han pagado M$ 3.450. Al respecto, el Servicio manifiesta que para el concurso afio 2010, se conformal un comite de evaluadores con 23 especialistas, a cargo de la revision de 460 postulaciones. Agrega, que cada uno efectuo un nOmero determinado y distinto entre si, dependiendo de la cantidad asignada, de un minimo de seis y maxim° 40. Ariade, que una vez realizadas las evaluaciones, el Programa cuenta con el total de los expedientes que cada especialista reviso, informacion obtenida de un "Acta de Evaluaciones", a traves de un sistema online.

Contin0a, sefialando que una vez validada dicha acta, se iniciaban las gestiones administrativas de estos contratos. Sin embargo, cada uno de estos convenios, se debi6 ingresar a un sistema de informacion de recursos humanos, implementado para el efecto, lo cual implico una extension en los plazos de tramitacion. Made, que Ia tramitacion total de las resoluciones, bajo el diseno que posee el Programa, no permite establecer antes de la ejecucion de la tarea, el conocimiento exacto del total de evaluaciones y el monto final a pagar a cada uno de los especialistas.

Por consiguiente, el mecanismo usado anteriormente, se sustituira a partir de 2011, por "pago contra producto", en los terminos que el contrato determinara un precio a pagar por evaluaciOn realizada, y los contratos de que se trate, se suscribiran con anterioridad a la prestacion de los servicios. Sobre Ia materia, se mantiene la objecion sin perjuicio de las medidas enunciadas por el Servicio, por cuanto no se ha dado cumplimiento a lo preceptuado en el articulo 3°, inciso sexto, de Ia ley N° 19.880, cuesti6n que debe ser corregida en lo sucesivo.

7. Analisis de los convenios con organismos internacionales La revision practicada permitio verificar el cumplimiento de la ley N° 20.407, de Presupuestos del Sector POblico para el ano 2010, que dispuso que la transferencia de recursos para Ia ejecucion del Programa Pasantias de Perfeccionamiento en Competencias Tecnicas de Nivel Superior en el Extranjero, se efectuara sobre la base de los Convenios de Colaboracion que suscribiera el MINEDUC y los organismos ejecutores, como se expone en el siguiente cuadro:

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EJECUCION ANO 2010/TRANSFERENCIAS REALIZADAS

INSTITUCION

Wellington Institute of Technology Mahurangi Technical Institute

PALS

CUOTA SEGON CONVENIO

NUEVA ZELANDA NUEVA ZELANDA

% DEL VALOR

MONTO en M $

MI MEMO

FECHA

ID — Sigfe

TOTAL

1 de 2

80%

26.237

249

25-10-10

601490

1 de 2

80%

49.022

250

25-10-10

601503

NUEVA ZELANDA

1 de 2

80%

130.643

267

30-11-10

618182

ESPANA

1 de 2

50%

228.040

270

30-11-10

618238

Wellington Institute of Technology

NUEVA ZELANDA

1 de 2

77%

16.249

271

30-11-10

618350

InWent

ALEMANIA

1 de 3

33%

494.111

277

09-1240

619511 620362 627511

Waiariki Institute of Technology Departamento de Education, Universidades e Investigation del Gobierno Vasco

TAFE Directors Australia

AUSTRALIA

1 de 2

77%

2.465.954

281

09-12-10

Christchurch Polytechnic Institute of Technology

NUEVA ZELANDA

1 de 2

80%

25.650

297

21-12-10

Por su parte, se comprob6 el cumplimiento de las obligaciones. acciones a desarrollar y modalidades estipuladas en los respectivos convenios suscritos por el MINEDUC con las Instituciones de Alemania, Australia. Nueva Zelanda y Espana. Adernas, se verifico la distribution de los recursos transferidos a las citadas entidades y su registro, pudiendo informar lo siguiente:

a) Convenio MINEDUC — Pais Vasco El convenio suscrito el 5 de marzo del ano 2010, fue aprobado por el decreto NJ' 370. de 6 de septiembre del mismo ano, del Ministerio de Education, y tiene por objeto, la transferencia de recursos ascendentes a MS 882.100. equivalentes a MUSS 1.582. para el financiamiento de programas de estudio en Viticultura y Enologia y, Administration y Finanzas para las Pymes (Controlador Financiero), suma que se entregaria en dos cuotas de MUS$ 791. Por su parte, en el articulo V. N" 5.2 letra a). de dicho convenio, senala que se debera entregar un informe de programacion de actividades y ficha economica. antes de la reception de la primera cuota de la transferencia, al menos con 30 dias corridos de anticipation al inicio del programa de estudio. el que debera contener la programacion completa de la pasantia. como asimismo, los gastos asociados a las actividades, tales como reserva de matricula, boletos de avion. contratacion de transporte, en general, las necesarios para Ilevar a cabo la pasantia y la instalacion del becario. Sobre la materia. cabe precisar que dicho informe fue enviado el 22 de noviembre de 2010. en circunstancias que debia remitirse en agosto de ese ano. En su respuesta el Servicio senala que el inicio efectivo de clases para los pasantes seleccionados para viajar al Pais Vasco, fue postergado para diciembre de 2010, por lo que dicho informe debi6 ser enviado a mas tardar durante la primera semana de noviembre del citado ano. Agrega, que la demora se debi6 a los diversos ajustes necesarios en la programacion academica y financiera de la pasantia. originada por el atraso en el envio de los becarios, y por las diversas

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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL coordinaciones que el Departamento de Educacion del Pais Vasco tuvo que realizar para satisfacer las exigencias de calidad de los cursos requeridos por el Ministerio de Educacion. A su vez, senala que a pesar de Ia demora, los pagos establecidos en el convenio fueron ejecutados de manera regular, junto a Ia aprobaci6n del informe de programaci6n de actividades y ficha econ6mica, lo que no afecto la gesti6n del programa en el extranjero.

Atendidos los argumentos expuestos por la autoridad, esta Entidad Fiscalizadora levanta la observacion.

Sobre la emision de dicho informe, se observe) que fue realizado por Carlos Crespo, en calidad de representante y supervisor de las actividades, no obstante, que el convenio senalaba como contraparte tecnica a don David Urzainqui. En tal sentido, el Servicio indica que las firmas de los Convenios Internacionales, se realize) con un afio de anticipacion a Ia implementacion efectiva de los Programas, por lo que en muchos casos las autoridades senaladas en dichos acuerdos cesaron en sus cargos, lo que en el caso del senor Urzainqui ocurri6 a partir de julio de 2010, por tanto el senor Crespo firm6 los respectivos informes, considerandose la calidad jerarquica que posee de Viceconsejero del Departamento de Educacion del Gobierno Vasco. Los descargos planteados permiten levantar la objecion. Adernas, se observe) que el inicio de Ia pasantia segim convenio se establecia a contar del segundo semestre de 2010, sin embargo, los alumnos viajaron el 2 de diciembre del citado ario, es decir, con mas de cuatro meses de retraso, lo que afecta el desempeno del programa, por cuanto existen modificaciones en las materias a tratar y por ende en el cumplimiento de los plazos, lo cual impacta directamente el rendimiento de los becarios.

Por su parte, el Servicio expresa en su respuesta, que el retraso en el inicio de Ia pasantia se debi6 a Ia demora en Ia tramitacion de los convenios de transferencias entre la Division de Educaci6n Superior y Becas Chile, previo al tramite de toma de razon ocurrido en julio de 2010. Agrega, que en septiembre del citado ano, los convenios entre Becas Chile y las instituciones extranjeras fueron ingresados a esta Entidad de Control para su examen de legalidad.

Enseguida, consigna que junto al Departamento de Educacion del Gobierno Vasco, se busco una solucion de ajuste de las pasantias, de manera que los beneficiarios adjudicados no perdieran la oportunidad de perfeccionarse, ya que el no envio de los pasantes en las fechas senaladas hubiese condicionado una renegociaciOn en las condiciones del convenio.

En relacion con la fecha de envio y para no afectar Ia calidad de las certificaciones, se defini6 el mes de diciembre de 2010, asi tambien, la malla curricular de los cursos fueron modificadas en aquellas materias que -14-

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no resultaban necesarias para Ia formacion, lo que fue certificado por la contraparte internacional a traves de una carta, asegurando la calidad de los cursos. Al tenor de las explicaciones formuladas por la Subsecretaria, se levanta la observacion. Por otra parte, se observo que segiin informe de Programacion de Actividades, el becario Rut. N° 13.620.887-K, con titulo de Tecnico Veterinario, se encontraba realizando Ia pasantia en el Programa de Viticultura y Enologia, aun cuando su especialidad obviamente, no se relacionaba con la materia. En su informe de respuesta, el Servicio seriala que el becario cuenta adicionalmente con un titulo de Ingenieria en Ejecuci6n Agricola de Ia Universidad Catolica del Maule, lo que permiti6 a la luz de los antecedentes, Ia consistencia y coherencia de su formacion inicial con la pasantia adjudicada. En relacion con la nueva informacion aportada por esa Entidad se da por subsanada la observacion. En otro orden, se represent6 que el convenio, en su articulo 10 establecia la modalidad de alojamiento en residencias universitarias, sin embargo, en el detalle de gastos esperados, se senala la modalidad "homestay". Al respecto, la Subsecretaria en su oficio de respuesta, acoge lo senalado por esta Contraloria General, en el sentido que requerira para futuros informes, la correcta definici6n de las categorias de beneficios segOn lo estipulado en los acuerdos. En merit° de lo expuesto, corresponde mantener la observacion, debido a que no se cumpli6 con lo estipulado en el convenio, cuestion que debe ser corregida en lo sucesivo.

b) Convenio MINEDUC - TAFE Directors Australia El referido acuerdo fue aprobado por el decreto N° 365 de 3 de septiembre de 2010, de MINEDUC, y tornado razon el 20 de octubre del citado atio, el cual tiene por objeto la transferencia de recursos, ascendente a M$ 6.675.136, equivalentes a MUS$ 11.970, para el financiamiento de 124 pasantias. El monto involucrado, se entregaria en dos cuotas, Ia primera de un maxima de MUS$ 9.217, equivalente al 77% del valor total de la transferencia y la segunda, equivalente al 23% del total del aporte del Ministerio, contra entrega del informe por parte del TAFE Directors dispuesto en la letra a) del numeral 5.2 del aludido convenio. Del examen del informe de las actividades y recursos involucrados en la ejecuci6n de la pasantia, cuya aprobaci6n por parte del MINEDUC, constituia requisito para la realizacion del primer pago, se desprende lo siguiente: La documentacion que respalda la transferencia de recursos no adjunto el informe de actividades de Ia pasantia. Asimismo, consultado el Subdirector del Programa, serialo que el no haberlo incluido se -15-

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debio, en sintesis, a razones de formato, como tambien a la falta del diseno e implementacion de un sistema informatico exclusivo de gestion de pasantias tecnicas asociadas al Programa Tecnicos para Chile, entre otros.

El Servicio responde, que efectivamente no se adjunt6 dicho informe, lo que en el caso de Australia, se debio a la gran cantidad de becarios e instituciones que gestiona el TAFE Directors, lo que oblig6 al diseno e implantacion de un sistema informatico exclusivo, el que consider6 la gestion de los campos definidos y exigidos en el anexo N 3 3 del convenio.

Agrega, que la organizaci6n y sistematizacion de la informacion requerida por el informe academic°, exigia una cantidad y tiempo de trabajo que excedia los plazos de pago para la ejecucion de los procesos de la beca.

Adicionalmente. se consider6 que las fichas econ6micas y las cartas de aceptaciOn de cada becario proporcionaban la informacian suficiente a la entregada por la programacion academica.

Ademas. explica que el convenio en el articulo 3 - numeral 3.2.9, contempla la entrega de un informe academic° por la contraparte, cada tres meses de ejecuci6n de la beca, y hace presente que a traves de tal informe se evalu6 la materia y no se consider6 un riesgo la falta de informaci6n respecto del rendimiento academico de los pasantes. Asimismo, indica que el primer informe relativo a esta exigencia fue recibido por el Programa Tecnicos para Chile.

En atencion a las explicaciones aportadas por la Entidad se da por subsanada la observacion.

Por otra parte. esta Contraloria General verific6 que en el Reporte de Actividades y Administracian Financiera enviado por TAFE Directors, existen diferencias por un monto superior, respecto de lo estipulado en el convenio, en relaciOn con los itemes pasajes aereo (Air Fare) y estipendios (Stipens), respecto de lo cual, la autoridad argument6 en suma, que se habia calculado el costo de los pasajes basados en la compra de tickets separados de ida y de vuelta. Asimismo. indic6 que respecto a los estipendios mensuales, el Programa observo diferencias de criterios en la aplicacion del calculo del pago, en aquellos casos que la permanencia del becario no se ajustaba a meses completos.

En lo relativo a esta materia. la Subsecretaria manifiesta que el aumento de los costos de pasajes aereos se debio a que en el presupuesto inicial del convenio, los valores utilizados para calcular el costo total de estos, fue en base a pasajes de ida y vuelta, sin embargo, las pasantias exceden un aria de duraciOn, y existe la posibilidad de extender su permanencia hasta tres meses, lo que obliga a la compra de pasajes one way", por cuanto ninguna linea aerea permite la compra ida y vuelta por periodos superiores a un ario. aumento que en ningun caso supera el costo total fijado en el convenio para el pago de este beneficio.

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En cuanto a la variacion de costos de estipendios. la autoridad ministerial senala que si la pasantia terminaba la segunda semana de un mes, el calculo del pago total de la manutencion consideraba mes completo, mientras que en otros, solo los dias proporcionales, agregando, que se comunica esta discordancia a TAFE Directors, y se comprometieron para el segundo informe financiero. a realizar el ajuste de calculo de pago a la fecha efectiva proporcional de permanencia, considerando, ademas, una semana adicional para la gestion de los pasajes aereos y tramites de retorno. Se levanta la observacion sabre la materia, sin perjuicio que las medidas indicadas por el Servicio seran verificadas en una pr6xima visita de seguimiento.

c) Convenio MINEDUC — Waiariki Institute Of Technology Nueva Zelanda El referido acuerdo fue aprobado por el decreto 1\1 371, de 6 de septiembre de 2010, de MINEDUC, tomado razon el 5 de noviembre del citado ano y tiene por objeto la transferencia de recursos, ascendente a MS 1.677.385. equivalentes a MUSS 3.008, para el financiamiento de la pasantia de perfeccionamiento de competencias tecnicas. ,

El citado acuerdo establece, que la suma en cuestion, se entregara en dos cuotas. la primera de un maxima de MUSS 2.406. equivalente al 80% del valor total de la transferencia, y la segunda cuota por un monto MUS$ 602 equivalente al 20% del aporte total, contra entrega del informe por parte del mencionado Waiariki Institute, dispuesto en la letra a) del numeral 5.2, del convenio.

Al respecto, el 16 de diciembre de 2010. se transfirieron los fondos correspondientes a la primera cuota. de acuerdo a la aprobacion del informe de programacion de actividades y ficha economica fechada el 30 de noviembre del mismo Sabre la materia, se observ6 que segOn el articulo X del contrato, la pasantia se iniciaba a partir del segundo semestre de 2011, no obstante, la transferencia de recursos se efectuo can cinco meses de anticipaci6n, vulnerando el articulo V, N° 5.3 letra a) del aludido contrato.

En su oficio de respuesta, la Subsecretaria de Educacion senala que el acuerdo de colaboraciOn, en su numeral 1.4. indica que tanto los programas que constituyen las pasantias de perfeccionamiento tecnico. coma la nivelacion de idiomas. se desarrollaran e impartiran en Nueva Zelanda, desde el segundo semestre de 2010 hasta el ario 2012, por otra parte coma se cita en el parrafo anterior, si bien se inician a partir del segundo semestre de 2011. establece. ademas, que los semestres de inicio dependeran del nivel de idioma que el pasante maneje.

Sabre el particular, agrega que se planificaron tres inicios de pasantia a contar del 14 de febrero de 2011, en virtud de lo estipulado en la ficha econ6mica enviada por la Institucion, correspondiente al curso de nivelacion de idiomas de 4 meses. De esta manera, el pago fue realizado solo con dos meses de anticipacion al inicio de los cursos.

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Al tenor de lo senalado, se mantiene la observaci6n, por cuanto no se respet6 el acuerdo de colaboraci6n.

En cuanto a la emision del informe de actividades y gastos, este fue elaborado por Jared Dawson, en calidad de representante y supervisor, no obstante, que el convenio sefialaba como contraparte tecnica a don Pim Barren.

El Servicio senala que el Programa acept6 dicha firma, considerando la denominacion y jerarquia de su cargo de Director de Finanzas del Institute tecnologico de Waiariki, el cual cumple el requisito de idoneidad para la firma.

Al respecto, si bien el documento debio ser firmado por la contraparte tecnica, se da por subsanada la objeci6n, no obstante, esa Subsecretaria debera cenirse a lo establecido en el acuerdo de colaboraci6n.

d) Convenio MINEDUC — MAHURANGUI Technical Institute Dicho convenio fue aprobado por el decreto N° 362 de 3 de septiembre de 2010, del MINEDUC, tomado raz6n el 20 de octubre del citado ano, cuyo objeto es la transferencia de recursos, ascendente a un total de hasta MUS$ 882, equivalentes a M$ 491.787, para el financiamiento de programas de estudios acuaticos. La cifra en comento, se entregaria en dos cuotas, la primera de un maximo de MUS$ 705, equivalente al 80% del valor total de la transferencia, y la segunda cuota por un monto de MUS$ 176, ascendente al 20% del total del aporte del Ministerio. Sobre la materia, se observ6 que los informes de actividades y gastos presentados al MINEDUC, carecen de fecha y fueron emitidos en el idioma ingles, lo que no se condice con lo previsto en el dictamen N° 4031, de 1996, de esta Contraloria General, en orden a que los documentos de use y destino de caracter oficial y pUblico deben presentarse en idioma espanol.

En su respuesta, la Entidad hace presente que la ficha econ6mica no acredita fecha y que el informe de programacion de actividades, senala como data de elaboracion septiembre de 2010.

Con respecto a la recepci6n del informe en idioma ingles, argumenta que los acuerdos de colaboracion no senalan dicha obligacion para la contraparte, para lo cual el Programa accedi6 a la recepcian de informes en idioma ingles, debido a que su personal cuenta con las competencies idiomaticas para el analisis de documentos en dicho idioma. Sin embargo, agrega que, el Programa para los informes sucesivos, solicitara a la contraparte el envio en version en espafiol, y en caso que no se de cumplimiento a esta exigencia, sera traducido por el personal del Programa para su posterior pago.

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La implementacion de las medidas enunciadas por la autoridad del Servicio, sera verificada en una pr6xima visita de seguimiento.

e) Convenio MINEDUC — Christchurch Polytechnic Institute Of Technology A su turno, el citado convenio fue aprobado por el decreto N° 364, de 3 de septiembre de 2010, del MINEDUC tornado razon el 5 de noviembre del mismo alio, con el proposito de transferir recursos ascendentes a un total maxima de MUS$ 1.227, equivalente a M$ 684.440, para el financiamiento de los programas de estudio Manejo Global de Cocina y Bebidas y Hospitalidad y Marketing Internacional. El monto de los recursos se entregaria en dos cuotas, la primera de un maxima de MUS$ 982, equivalente al 80% del valor total de la transferencia, y la segunda por un monto maxima de MUS$ 245, ascendente al 20% del total del aporte del Ministerio de Educacion. Sabre la materia, se observo que la entidad beneficiaria omitio enviar el informe de programacion de actividades y respecto del informe de gastos se hizo notar que fue presentado en idioma ingles. En cuanto a los citados informes estos fueron remitidos por Jason Matangi, en calidad de representante y supervisor de las actividades, no obstante, que el convenio serialaba como contraparte tecnica a don Darren Mitchell. La autoridad en su respuesta, seriala que la omisi6n de dicho informe, se debi6 a un sismo acaecido en la ciudad de ejecuci6n de la pasantia. Asimismo, en cuanto al informe de gastos en ingles, argumenta, nuevamente, que el personal de dicho Programa cuenta con las competencias idiomaticas para el analisis de documentos en dicha lengua, disponiendo que para los informes sucesivos, solicitara a la contraparte el envio en version en espanol, y en caso que no se de cumplimiento a esta exigencia, sera traducido por el personal del Programa para su posterior pago. En virtud de lo esgrimido por la Entidad, se levanta la observacion hacienda presente que las medidas adoptadas seran materia de revision en una pr6xima visita de seguimiento.

f) Convenio MINEDUC — Wellington Institute Of Technology Este acuerdo fue aprobado por el decreto N° 361 de 3 de septiembre de 2010, de MINEDUC, tornado raz6n el 20 de octubre del citado ano, a fin de transferir fondos por MUS$ 828, equivalentes a M$ 461.970, para el pago de los programas de estudio en Hotelerla (Supervision de Operaciones) y Turismo Internacional, los cuales se entregarian en dos cuotas, la primera de un maxima de MUS$ 663, equivalente al 80% del valor total de la transferencia, y la segunda cuota de un monto maximo de MUS$ 166, igualando al 20% del total del aporte del Ministerio.

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL En relacion con los informes de programacion de actividades y ficha economica, se advirtio que estos fueron presentados en idioma ingles y carecen de la fecha de envio. Al respecto, es dable consignar que la entidad debe presentar una traduce& al castellano de los documentos que respaldan los gastos, por lo que todo documento de use y destino de caracter oficial y pCiblico debe estar redactado en dicha lengua o ser acompanado de la respectiva traducciOn, segun lo expresa el dictamen N° 4031, de 1996, de este Organismo Contralor.

Asimismo, es necesario senalar que segCm el articulo X, del aludido convenio, la pasantia se iniciaba a partir del segundo semestre de 2010, sin embargo, segun se indica, esta comenzo durante el mes de noviembre del citado alio, vale decir, con cinco meses de retraso.

De igual modo, los informes fueron emitidos por don Jason Matangi, en calidad de representante y supervisor de las actividades, no obstante, que el convenio sefialaba como contraparte tecnica a doria Linda Sisson.

Finalmente, cabe senalar que el MINEDUC, ademas de Ia primera cuota, equivalente al 80% segun convenio, transfirio a dicha Institucion extranjera un monto de M$ 16.250, recursos que no se habian considerado inicialmente en el acuerdo. Al respecto, el Servicio en su respuesta reitera que los acuerdos de colaboracion no serialan la obligacion de enviar informes en espanol, sin embargo, agrega que para los informes sucesivos se solicitaran a las contrapartes el envio de versiones en espatiol, y procurara que en aquellos casos que no sea posible cumplir con esta exigencia, sea traducido por el personal del Programa para su presentaci6n a pago.

En cuanto a la fecha de envio de los informes setiala que estos fueron remitidos en octubre de 2010, acorde a los correos electronicos que adjunta. En relaciOn a que los informes no fueron emitidos por la contraparte tecnica, expone que al igual que en casos anteriores, el Programa acepto dicha firma, bajo Ia calidad colaborativa del acuerdo firmado, considerando, ademas, que por Ia denominaciOn y jerarquia de su cargo (Director de Weltec International), cumple con el requisito de idoneidad para la firma.

Respecto al pago adicional de M$ 16.250, aclara que correspondi6 a un desembolso complementario para el becario Gabriel Rios, agregando que esta situaci6n se produjo debido al atraso del proceso de aceptaci6n del programa. A lo anterior, ariade que como el convenio garantizaba 20 vacantes para estudiantes chilenos, dichos recursos si estarian considerados desde el inicio del acuerdo, debido a la incorporacion de tres becarios, incluido el senor Rios.

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CONTRALORiA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

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En consideracion a lo expuesto por el Servicio, se levanta la observacion, no sin antes reiterar que debe exigir y dar estricto cumplimiento a lo establecido en los convenios, lo que sera materia de revision en Ia proxima auditoria de seguimiento, junto con las medidas enunciadas para regularizar las observaciones analizadas.

8. Rendicion de cuentas Sobre Ia materia, se verifico que en los convenios celebrados entre MINEDUC y las entidades extranjeras no se precise) Ia obligacion de dar cumplimiento a lo establecido en Ia resolucion N° 759, de 2003, de esta Contraloria General, que fija normas de procedimiento sobre rendicion de cuentas.

Al respecto, cabe sefialar que corresponde at MINEDUC, en su calidad de entidad otorgante de los recursos financieros, exigir la rendicion de cuentas de los fondos entregados a los becarios, proceder a su revision para determinar la correcta inversion de los fondos, verificar el cumplimiento de los objetivos indicados en los respectivos convenios y mantener a disposicion de este Organismo Fiscalizador los antecedentes relativos a dicha rendicion, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.3 de la resolucion N° 759, de 2003, de esta Contraloria General, que fija normas de procedimiento sobre rendicion de cuentas de las transferencias at sector privado. Tambien, el numeral 7 de la citada resolucion senala que los jefes de servicio y de las unidades operativas son directamente responsables de la correcta administracion de los fondos recibidos, gastados e invertidos en su unidad, como asimismo de su oportuna rendicion de cuentas. Por lo anterior, los gastos incurridos en el extranjero deben respaldarse con documentos autenticos emitidos en el exterior, dentro del ario presupuestario de que se trate, y acreditar los pagos efectuados de conformidad con las disposiciones legales vigentes en el pals respectivo. Estos documentos deben indicar, a lo menos, Ia individualizacion y domicilio del prestador del servicio y del vendedor de bienes adquiridos por el becario, segOn corresponda, y la naturaleza, objeto, fecha y monto de la operacion. Con todo, no es posible exigir otras formalidades que no sean aquellas establecidas en el pals en que fueron emitidos, otorgados o extendidos tales instrumentos (aplica dictamen N° 15264 de 2010, de esta Entidad de Control). Sobre Ia materia, el Servicio expone que ha solicitado a las contrapartes el envio de documentaci6n para la aprobaciOn de los informes de ejecucion y gastos, a modo de cumplir lo sefialado en Ia resolucion en comento, sobre aquellos beneficios que ya hayan sido pagados y transferidos por Ia institucion ejecutora. Asimismo, senala que este mismo procedimiento sera solicitado para la aprobaciOn de la Memoria Justificativa de Gastos, una vez finalizado el Programa en cada pals, documento que si considera en cada uno de los acuerdos, la obligacion de una rendicion de cuentas detallada y documentada. Sin perjuicio de las medidas adoptadas por la Subsecretaria de Educacion, se mantiene lo observado por este Organismo de Control, dada la envergadura de los recursos otorgados y la omisi6n del control sobre los mismos.

_

1_

,60 RA L

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL CN I Lt.

9. Seguimiento a la situacion general del Programa Piloto (2008 — 2010) La autoridad informa que el seguimiento realizado a la fecha, ha consistido en Ia verificacion del cumplimiento de obligaciones de los ex becarios segun lo establecido en el decreto supremo N° 302, de 2008, de MINEDUC, respecto de los paises de Canada, Pais Vasco y Australia, procurando verificar Ia obtenci6n de la certificacion de adquisicion de competencias y el retorno al pals de los beneficiarios de dichas becas. Agrega, que a fines de 2009, se realizo un seguimiento de los ex becarios, para lo cual se cotej6 la situacion de los retornados y su integraci6n laboral, nivel de desocupaci6n y prosecuci6n de estudios. Ademas, en vista que los ultimos beneficiarios comenzaron a retornar al pals en septiembre de 2010, se esperaba efectuar una actualizacion de la situacion de reinserci6n de la totalidad de los becarios, situacion que a Ia fecha aim se mantiene pendiente.

En lo que concierne a la gesti6n asociada a Ia administracion y el cierre del Programa Piloto, se advierte que dicha situacion es compleja, por cuanto la informaci6n de cada becario, en muchos casos es inexistente.

En relacion al grupo de Canada se encuentran treinta y un (31) becarios en condiciones de finiquitar (Anexo). Asi tambien existen quince (15) en condiciones de calificar de incumplimiento a las obligaciones establecidas en el citado decreto supremo N° 302, de 2008, por cuanto se evidencio un termino insatisfactorio de Ia beca. Al respecto, se observo que, a la fecha, aun o se ha dictado el acto administrativo por parte del Ministerio de Educacion para regularizar dicha situacion. A su vez, existen doce (12) pasantes, que si bien cumplieron en la obtencion de su certificaciOn en Canada, no existe documentacion que acredite su regreso a Chile, como asimismo, se encontraron dos (2) alumnos de los cuales no existe documentaci6n, ni del regreso a Chile o solicitud de prorroga. Asimismo, se observo que en relacion con los nueve (9) becarios del Pais Vasco, se dicta el acto administrativo de incumplimiento por parte de los pasantes, pero omitiendo la devolucion del monto de la beca, coma asimismo, la cuantificacion del detrimento ocasionado, a raiz de la expulsion por conducta inapropiada en su condicion de estudiantes. Del mismo modo, de Ia revision de antecedentes se detecto que existen cinco (5) becarios en condiciones de finiquitar por termino satisfactorio de Ia beca, pero que aun no se ha dictado el acto administrativo respectivo. A su vez existen ocho (8) becarios, que si bien cumplieron con su certificacion, no existe documentacion que acredite su regreso a Chile desde Espana. Tambien existen (5) becarios de los cuales no existe documentacion ni registro fisico de Ia obtencion de certificacion, ni del regreso a Chile desde Espana, ni de alguna prorroga. -2")-

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

En relacion con los alumnos de Australia, se encuentran ocho (8) pasantes en situacion de finiquitar, debido al termino satisfactorio de la beca y, a la fecha, aun no se ha dictado el acto administrativo pertinente. De Ia revision de los antecedentes se indico, ademas, que existen seis (6) becarios sin registro fisico de la obtencion de la certificacion, y se hizo presente que considerando el tiempo transcurrido, seria recomendable formalizar el incumplimiento por no haber aportado antecedentes necesarios para verificar su situacion al respecto. Sobre este acapite, Ia Subsecretaria argumenta que el aludido Programa se deriva del traspaso de la beca desde la DivisiOn de Educaci6n Superior a este Programa, y que de esta forma se ha encargado de verificar el cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones establecidas por el decreto supremo N° 302, de 2008, del Ministerio de Educacion, junto con la comprobaci6n del desemperio de las prorrogas otorgadas a los pasantes conforme a la normativa. Anade, que el citado decreto supremo N° 302, de 2008, no contemplo explicitamente periodos obligatorios de permanencia en el pals tras la beca, por lo cual se ha hecho dificil contactar a becarios de quienes se tiene certeza que regresaron al extranjero, no obstante han cumplido con los requisitos basicos para acreditar las obligaciones. Por otra parte, en lo que concierne a la gestion asociada a la administraci6n y cierre del programa piloto, esa Entidad seriala que la fecha el Programa Tecnicos para Chile cuenta con datos de todos los becarios, habiendo solicitado y explorado fuentes de informacion disponibles para el logro de dicho proposito, situacion que se refleja en el nuevo informe de avance que se adjunta como respaldo. Al tenor de lo expuesto, se mantiene la objecion, precisando que el citado decreto supremo N° 302, de 2008, del Ministerio de Educacion, en Ia letra de d) del articulo 12, estipula que los beneficiarios del Programa, deberan retornar al pals una vez finalizado sus estudios de perfeccionamiento. Ademas, senala que dicha exigibilidad podia ser diferida por un plazo maxim° de un alio a solicitud del becario, cuando este demuestre la necesidad de prolongar su permanencia en el exterior luego de concluida la beca.

10. Encuesta a beneficiarios La normativa de Becas Chile establece que el beneficio otorgado para Pasantias de Perfeccionamiento para Tecnicos de Nivel Superior contemplara, adernas del Programa especifico, un curso de idioma cuando este se exija como requisito fundamental para obtener la aceptacion de parte de Ia Institucion a la cual se postula, debiendo los seleccionados realizar el referido curso de nivelaciOn, en aquellos casos, en que los becarios presenten un dominio insuficiente para cursar sus estudios en el extranjero.

P

Segun antecedentes extraidos de la base de datos, los alumnos destinados a paises con habla inglesa totalizaron 135 y los de glen ua alemana resultaron ser 57.

_23_

6,0NAt

CONTRALORiA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA , AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

Sobre el particular, se verifico el pago de M$ 114.933, a las distintas instituciones educacionales en el ano 2010, cuya nivelacion se efectuo en Santiago y regiones, segOn informacion proporcionada por Ia Unidad de Contabilidad del Ministerio de Educacion, a saber:

DECRETO EXENTO N°

INSTITUCION

MONTO M($)

1957, de 22 de noviembre de 2010. 1957, de 22 de noviembre de 2010.

TRONWELL

INTERNATIONAL CENTER

8.875

1902, de 19 de noviembre de 2010 y 2463 de 22 de diciembre de 2010.

GOETHE INSTITUT

6.188

1912, de 19 de noviembre de 2010.

INSTITUTO CH ILENO FRANCES

78.649

10.251

El financiamiento se realizo con cargo al Programa 04 Desarrollo Curricular y Evaluacion de Ia ley N° 20.407, Subtitulo 24, Item 03, Asignacion 606, "Cursos de Idiomas para Becas Chile", desembolsos que no estan bajo Ia responsabilidad y coordinaciOn del Programa Tecnicos para Chile. Con el fin de conocer Ia percepci6n del beneficio por parte de los propios becarios que se encuentran en 'Daises como Alemania, Espana, Australia y Nueva Zelanda se procedi6 a remitir una encuesta via correo electronic° a un universo de 90 becarios, de los cuales, 74 pasantes dieron respuesta, lo que equivale al 82% del total remitido. El resultado se indica a continuacion:

10.1. Sobre cursos de nivelacion de idiomas en Chile Algunos becarios con residencia en regiones senalaron que el curso del idioma aleman, no habria sido el apropiado, debido a la utilizacion de una plataforma online, creada por Goethe Institut, la que habria presentado problemas de formato. A lo anterior, agregan que solo se habrian impartido 5 clases presenciales y el tiempo restante se habria traducido en permanecer frente al computador con una deficiente presentaci6n de Ia parte oral y auditiva. En relacion con las horas de preparacion para el idioma aleman, manifestaron que fue poco el tiempo, debido al grado de complejidad, teniendo en consideracion que muchos de los becarios presentaban un nivel insuficiente para continuar con los cursos en el pals destino. Asimismo, en relacion con los becarios de ConcepciOn, Vina del Mar y Punta Arenas, se argumenta que estos contaron can profesores dedicados durante todo el periodo de Ia nivelacion por un mismo valor ascendente a M$ 1.500.

_ 24 -

ORAL

*.`e

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA A AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

Ademas, se seriala que el curso de nivelacion efectuado en Chile no habria sido optimo, ya que respecto de los beneficiarios con permanencia en Santiago las clases fueron realizadas en forma presencial, y para el caso de regiones, se contrato una profesora con apoyo de una plataforma web, aplicativo que una vez iniciado el curso habria presentado problemas durante dos semanas, modalidad que habria generado desventajas respecto de Ia pronunciacion, por cuanto no existia una contraparte que corrigiera Ia dicciOn.

Tambien, anaden que Ia brecha idiornatica generada por Ia diferencia descrita en la preparacion, generaria preocupacion debido a que afecta directamente al exit° final de Ia pasantia. Argumentan los becarios que debieron realizar una nivelacion adicional del idioma Ingles, independiente del resultado en el TOEFL (test valido internacionalmente que mide las competencias en el respectivo idioma), especialmente los pasantes con destino en Australia, por cuanto el lenguaje que se ensena en Chile seria distinto a ese dialecto, debido al tipo de pronunciacion, que se advertiria en dicho pals. A su vez, senalan que la pasantia tenia varios ramos electivos, sin embargo, indican que no existia Ia posibilidad de elegir para los que se deseaba perfeccionar, sino que solo se contaba con los disponibles en el semestre y en el TAFE, (instituci6n que ejecuta Ia pasantia), todo lo cual, argumentaron, afectaba la especializacion, debido a que cuentan con un respectivo titulo y deben incursionar en materias que se alejan de su especialidad. Por otro lado, expresan que en relacion con la disciplina de temas relacionados con "irrigacion", se estaria en conversaciones con el personal del TAFE, quienes estarian dispuestos a modificar el programa en abril de 2011, y asi entregar conocimientos innovadores en el tema, acorde a Ia materia. En otro orden de consideraciones los becarios aprovecharon la instancia de la encuesta aplicada por esta Contraloria para hacer presente otros aspectos. Asi, se advirtio el caso del becario Rut 14.156.349-1, que al Ilegar a su lugar de destino no se encontraba inscrito. Asimismo, la carrera a Ia cual habia postulado en Chile, no existia en el TAFE (Illawarra Institute), situacion que fue comunicada a Kangaroo Tours y al Ministerio de Educacion, el 9 de febrero de 2011, misiva que a la fecha del presente informe, no habia obtenido respuesta. A su vez, se hizo notar que durante el proceso hubo informacion errOnea que resulto muy compleja, ademas de Ia falta de antecedentes respecto del curso de acomodaci6n en destino, ya que no hubo una encuesta previa sobre preferencias, gustos, alergias, y otros, simplemente fueron instalados en "modalidad homestay" (en casa de familias), e informados 3 dias antes de viajar. En relacion con estas materias, Ia autoridad consigna que el Programa realiza los esfuerzos pertinentes para que las actividades de los becarios en el extranjero se desarrollen sin inconvenientes, arbitrando las medidas necesarias con sus contrapartes y en muchos casos, dando solucion oportuna a requerimientos y situaciones que se presentan diariamente. Agrega, que el Ministerio acogera e introducira mejoras e incorporara dentro de su politica de gestion de becarios, la realizacion peri6dica de encuestas de satisfaccian de los beneficiarios.

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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA ..,-

DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ' AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Off Lg

Al respecto, en consideracion a las medidas enunciadas se levantan las observaciones, sin perjuicio que de acuerdo a las politicas de fiscalizacion de este Organismo Contralor, se verificara su real implementacion y efectividad en una auditoria de seguimiento.

10.2. Sobre estadia de los pasantes

Como resultado de la encuesta aplicada. se advirtieron las siguientes situaciones relativas a la estadia de los pasantes: a) Respecto de los procesos de confirmacion de fechas de ida y retorno, como tambien acerca de la entrega de resultados y apelaciones, la informacibn no se habia presentado de manera clara y formal, lo que evidencio descoordinacibn e improvisacion al respecto.

b) En cuanto a la pasantia realizada en el Pais Vasco. senalan que la fase de ratificacion siempre fue mas clara en el Centro de Estudios de dicho pals, que por parte de Becas Chile, ademas. aluden que en el desarrollo previo a la pasantia no hubo una fecha probable de inicio de esta, percibiendo de parte de los postulantes una preocupaci6n mayor por parte del referido Centro de Estudios y no asi, de parte de Becas Chile.

c) Se senala que el proceso habria sido nefasto en terminos de gestion, ya que la informacion recibida estaba desfasada en virtud de los tiempos reales requeridos por la institucion Vasca para la programaci6n, aludiendo que debido a lo anterior, se habria Ilegado tres meses mas tarde a Espana. situacion que, por razones obvias. afectaria directamente la prosecucibn de estudios del becario.

d) Se indico la necesidad que en concursos programacibn de las actividades. las cuales sean posteriores. se realice una consideradas en terminos reales. y no en supuestos. debido a la serie de inconvenientes en el ambito laboral, personal y financiero.

e) Se informa acerca de la disconformidad con la gestion. por cuanto se habria esperado tres meses ante la incertidumbre para saber si se viajaba. lo que significo perdida de tiempo y dinero.

f) El retraso que existi6 en el envio a Espana, habria perjudicado a los pasantes, por cuanto habian tenido que estudiar para avanzar en las materias en forma muy apresurada. situacibn que impactaria directamente en el rendimiento academic°.

P

g) Agregan, que existe poca comunicacion y preocupacion para con los becarios por parte de Becas Chile, ya que cuando se liege) al Pais Vasco. se desconocia a quien dirigirse, no obstante con posterioridad habria Ilegado una delegacion al aeropuerto para efectuar dicha recepci6n.

-2-

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

h) En cuanto a la modalidad de alojamiento, se alega que la informacion entregada no fue clara, ya que se les indica que tendrian departamentos individuales para 2 6 3 personas, situaciones inefectivas, pues fueron ubicados en una casona ex monasterio en la ciudad de Bornheim, todo en un ambiente. Anaden, que otros becarios fueron alojados en departamentos separados, por el mismo precio. Sobre este acapite la autoridad no se pronuncia respecto de las observaciones emitidas por este Organismo de Control, por lo que se mantiene lo objetado.

IV. CONCLUSIONES En merit° de lo expuesto en el presente informe, cabe concluir que la Subsecretaria de Educacion, ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las observaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 71, de 2011, sin embargo, se mantienen aquellas respecto de las cuales se deberan adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales debe considerar, a lo menos, las siguientes: estricto cumplimiento a lo 1. Debera dar establecido en las bases de los concursos y convenios suscritos con las entidades internacionales a fin de alcanzar los objetivos del Programa, actuando conforme a los principios de responsabilidad, eficiencia, eficacia, que deben regir a los Organos de la Administracion del Estado. 2. Acerca de las pasantias en Alemania y otros paises, debera velar por disponer las medidas tendientes a que los becados cuenten con el apoyo y entorno necesario, con el proposito de alcanzar resultados positivos en pos de Ia optimizaci6n de los recursos invertidos. 3. Respecto a las pasantias que se encontraban en ejecucion a la fecha de Ia visita, debera implementar el seguimiento respectivo, a fin de exigir el cumplimiento de las obligaciones de los becados en aras de que el capital humano se mantenga en el pals el tiempo acordado. En relacion al proceso de evaluacion, 4. debera cenirse a lo estipulado en el articulo 3°, inciso sexto, de Ia ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Organos de Ia Administracion del Estado, de manera que la emision de las resoluciones que formalizan los procedimientos de evaluacion se efectuen acorde a la normativa.

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

5. Sobre el analisis de los convenios con organismos internacionales, debera ajustarse a las estipulaciones consignadas en los mismos, respetando las fechas fijadas para las transferencias de recursos. Ademas, procede que disponga que los informes de actividades y gastos presentados por as contrapartes extranjeras, sean remitidos en as fechas establecidas y en idioma espariol. 6. En lo relativo a la rendici6n de cuentas y en el marco de los acuerdos de colaboracion. la autoridad debera disponer que la rendici6n de cuentas de los aludidos Programas, se ajuste a lo establecido en la resolucion NJ' 759, de 2003, de esta Entidad Fiscalizadora, que fija las normas sobre la rendici6n de cuentas, a fin de resguardar los fondos otorgados.

7. En relacion con lo indicado en el acapite "Sobre estadia de los pasantes", el Servicio debera implementar las medidas pertinentes a fin de regularizar las objeciones consignadas.

Con todo, cabe hacer presente que de acuerdo con las politicas de fiscalizacion de este Organismo Contralor, se verificara en una auditoria de seguimiento, la implementacion y cumplimiento de las medidas informadas por esa Subsecretaria, asi como las instruidas por esta Contraloria General.

Saluda atentam nte a Ud..

RARiA

1, 11ERNANDEl PENALZ

Jefa Area de EducaciOn.Trabajo y Previa& Social Division de Auditoria Administrative

I:,

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

ANEXO Seguimiento a la situaci6n general del Programa Piloto GRUPO

CANADA

RUT N'

EN SITUACION DE FINIQUITAR

EN SITUACION DE INCUMPLIMIENTO DECRETO SUPREMO N° 302, de 2008

OBSERVACION

14.147.681-5

X

14.258.670-3

X

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

13.086.051-6

X

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

15.987.196-7

X

15.186.889-4

X

13.158.604-3

X

14.383.215-5

X

15.946.710-4

X

15.615.057-6

X

15.465.965-K

X

14.577.810-7

X

15.742.913-2

X

20.732.378-0

X

14.226.913-9

X

16.497.019-1

X

13.157.669-2

X

16.355.883-1

X

10.338.196-7

X

15.747.643-2

X

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

15.903.212-4

X

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

19.075.181-3

X

15.339.882-8

X

12.917.218-5

X

10.051.881-3

X

16.272.550-5

X

12.779.556-8

X

16.236.349-2

X

13.763.405-8

X

13.738.893-6

X

15.336.241-6

X

16.004.543-4

X

_29_

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

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CONTRALORIA GENERAL DE LA REP1)13LICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

EN SITUACION DE GRUPO

RUT N°

EN SITUACION DE

INCUMPLIMIENTO

FINIQUITAR

DECRETO SUPREMO

OBSERVACION

N° 302, de 2008

CANADA

15.494.149-5

X

13.527.747-9

X

10.293.786-4

X

15.884.611-K

X

15.080.627 - 5

X

13.676.156 - 0

X

15.812.871-3

X

15.527.000-4

X

13.347.661-K

X

12.847.422-6

X

16.203.335-2

X

13.527.747-9

X

15.333.304-1

X

13.218.172-1

X

13.119.667-9

X

EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION. EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION. EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION. EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION. EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION. EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION. EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION. EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION. EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION. EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION. EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION. EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION. EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION. EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION. EL MINEDUC NO HA DICTADO EL ACTO ADMINISTRATIVO PARA REGULARIZAR LA SITUACION.

N%I ni l 6,

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA .71

DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

EN SITUACION DE GRUPO

RUT N°

INCUMPLIMIENTO

SIN

EN SITUACION DE

DECRETO

DOCUMENTACION

FINIQUITAR

SUPREMO N° 302,

OBSERVACION

de 2008

CANADA

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

13.956.155-4

X

13.260.899-7

X

16.159.645-0

X

14.309.987-3

X

13.897.190-2

X

15.664.258-4

X

15.259.493-3

X

16.518.158-1

X

13.691.559-2

X

13.935.192-4

X

15.921.921-6

X

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

15.669.526-2

X

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

SIN DATOS FISICOS 13.828.998-2

X

9.982.120-5

X

SIN DATOS FISICOS

ESPANA

ESPANA

15.581.557-4

X

16.162.816-6

X

15.090.464-1

X

13.119.546-K

X

15.000.533-7

X

15.818.053-7

X

14.173.440-7

X

13.859.316-9

X

12.567.147-0

X

16.229.072-K

X

15.176.648-K

X

10.159.682-6

X

TERMINOS INSATISFACTORIOS RES. EX. N2 467 DE 2010 TERMINOS INSATISFACTORIOS RES. EX. N° 467 DE 2010 TERMINOS INSATISFACTORIOS RES. EX. N2 467 DE 2010 TERMINOS INSATISFACTORIOS RES. EX N° 467 DE 2010 TERMINOS INSATISFACTORIOS RES. EX. N2 467 DE 2010 TERMINOS INSATISFACTORIOS RES. EX. N° 467 DE 2010 TERM INOS INSATISFACTORIOS RES. EX. N2 467 DE 2010 TERMINOS INSATISFACTORIOS RES. EX. N2 467 DE 2010 SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

-31-

e.41 AL t bt

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA ; AREA DE EDUCACION, TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

I

t.%

EN SITUACION DE INCUMPLIMIENTO GRUPO

RUT N°

EN SITUACION DE FINIQUITAR

DECRETO SUPREMO NI* 302, de 2008

SIN DOCUMENTACION

OBSERVACION

_ ESPAFIA

AUSTRALIA

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

10.989.835-K

X

12.729.532-8

X

15.099.242-7

X

14.189.930-9

X

14.194.499-1

X

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

13.230.901-9

X

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

16.222.304-6

X

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

15.184.477-4

X

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

13.430.449-9

X

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

14.510.794-6

X

SIN DATOS FISICOS

15.927.706-2

X

SIN DATOS FISICOS

13.380.428-5

X

SIN DATOS FISICOS

16.032..054-0

X

SIN DATOS FISICOS

14.229.327-7

X

SIN DATOS FISICOS SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

13.905.453-9

X

15.579.740-1

X

13.998.157-K

X

13.856.122-4

X

13.827.093-9

X

15.692.614-0

X

13.430.016-7

X

15.774.927-7

X

SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO SIN RESOLUCION DE FINIQUITO

15.355.894-9

X

SIN DATOS FISICOS

15.871.236-9

X

SIN DATOS FISICOS

15.116.969-4

X

SIN DATOS FISICOS

10.437.878-1

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SIN DATOS FISICOS

13.454.998-K

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14.372.378-K

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SIN DATOS F f SICOS

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