IV CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA PROYECTOS SOCIALES ‘POR LAS PERSONAS’ Convocatoria 2015
BASES PARA LA CONCESION DE AYUDAS
Índice 1.
Introducción.
2.
Requisitos que han de cumplir las entidades solicitantes de las ayudas.
3.
Requisitos que han de cumplir los proyectos objeto de la ayuda.
4.
Criterio de valoración de los proyectos.
5.
Condiciones de la cofinanciación del proyecto.
6.
Presentación de las solicitudes.
7.
Comité de evaluación de los proyectos.
8.
Resolución.
9.
Firma del convenio e inicio del proyecto.
10.
Pago.
11.
Requerimientos de Fundación Grupo Norte.
12.
Seguimiento del proyecto.
13.
Rescisión del convenio.
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CAPÍTULO 1: INTRODUCCIÓN Las bases que a continuación se recogen regulan la IV Convocatoria de Ayudas para Proyectos Sociales. La convocatoria promueve la solicitud de ayudas en libre concurrencia competitiva entre entidades sin ánimo de lucro para la colaboración de FUNDACION GRUPO NORTE al desarrollo de proyectos. Las ayudas se concederán de acuerdo con las bases que se citan en este documento y atendiendo a los principios de equidad, objetividad y transparencia. CAPÍTULO 2: REQUISITOS QUE HAN DE CUMPLIR LAS ENTIDADES SOLICITANTES DE LAS AYUDAS Será imprescindible que las Entidades sin ánimo de lucro que se presentan cumplan los siguientes requisitos: Tener como Misión Institucional, relacionado de forma explícita, el cumplimiento de actividades sociales. Estar legalmente constituida, con personalidad jurídica y capacidad de obrar, y encontrarse inscrita en el registro correspondiente. Ser una entidad privada sin ánimo de lucro. Tener su sede social permanente en el ámbito del territorio español. Poseer una estructura de gestión adecuada que garantice el cumplimiento y la viabilidad de los objetivos del proyecto y capacidad operativa. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones legales: laborales, fiscales, administrativas y tributarias.
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Cada entidad solicitante únicamente podrá presentar una solicitud de colaboración.
CAPÍTULO 3: REQUISITOS QUE HAN DE CUMPLIR LOS PROYECTOS OBJETO DE LA AYUDA Para poder optar a la Convocatoria, los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos: Objeto del proyecto: El proyecto deberá centrar su actuación en el ámbito de la formación o capacitación profesional para lograr la integración social y laboral mediante el empleo a colectivos en situación de exclusión o desamparo social, desfavorecidos o desprotegidos por cualquier causa (menores en edad laboral, discapacitados, mujeres víctimas violencia de género, y en general desempleados, trabajadores sin cualificación profesional). Ámbito geográfico: El proyecto podrá desarrollarse en cualquier punto del territorio nacional. Duración máxima del proyecto: Los proyectos se deberán desarrollar y ejecutar en el año 2016. Requisitos Técnicos: Identificación del proyecto con objetivos claros y reales. Descripción de los beneficiarios, directos e indirectos. Los resultados de los proyectos deben ser tangibles y concretos. Existencia de ratios de medida: criterios o indicadores. Calendario de acciones y tiempos. IV CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA PROYECTOS SOCIALES ‘POR LAS PERSONAS’ www.fundaciongruponorte.es
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Presupuesto transparente y detallado en el que se desglose las aportaciones y destino de los fondos. Viabilidad del proyecto: económica y funcional. Cumplimentar en su totalidad los formularios que se requieren y aportar datos complementarios, a FUNDACION GRUPO NORTE, tanto de la entidad solicitante como del proyecto. Procedimientos de evaluación y seguimiento. Previsión de cierre del proyecto.
CAPÍTULO 4: CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS PROYECTOS Los factores que servirán de criterio para valorar los proyectos se basan en: Financiación propia o con otras entidades del proyecto. Se valorará que el proyecto sea avalado por un empleado de Grupo Norte Experiencia en el sector social y conocimiento de la zona en la que se trabajará. Factor económico-financiero de viabilidad funcional del proyecto. Experiencia en actividades de sensibilización. Pertenecer a Coordinadoras Nacionales o Provinciales, así como la valoración positiva por parte de la Fundación Lealtad. Que dicho proyecto debe suponer la creación de algún puesto de trabajo.
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CAPÍTULO 5: PROYECTO
CONDICIONES
DE
COFINANCIACION
DEL
El proyecto debe tener una financiación particular y exclusiva y poderse realizar con independencia de que FUNDACION GRUPO NORTE lo asuma como propio. FUNDACION GRUPO NORTE, además de efectuar la aportación económica que se determine, se compromete a difundir el proyecto, promoviendo campañas de sensibilización y apoyo financiero entre los empleados de GRUPO NORTE y sus proveedores. Igualmente, difundirá, promoverá y facilitará a sus empleados las colaboraciones personales que apoyen el proyecto.
CAPÍTULO 6: PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Se cumplimentarán las instancias de solicitud según el formulario que se puede descargar en la web de la Fundación (www.fundaciongruponorte.es). Además, se adjuntará la siguiente documentación, en formato digital: Última Memoria disponible. Copia de los estatutos de la entidad. Copia de la inscripción en el registro correspondiente. Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal. Fotocopia del DNI de la persona que suscribe su petición. Fotocopia del documento que acredite la representación legal de esta persona para actuar en nombre y representación de la entidad solicitante. Documentos que acrediten la cofinanciación del proyecto.
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Cuanta documentación se considere oportuna para justificar los datos presentados en los formularios de solicitud. Lugar de presentación: Enviando, los formularios cumplimentados y documentación solicitada, al correo electrónico:
[email protected] Plazos: Las fechas para la presentación estarán comprendidas entre el 20 de junio y el 31 de julio (ambos inclusive). La Comisión Evaluadora, una vez revisadas las solicitudes, podrá solicitar la subsanación de errores o documentación complementaria de la Entidad solicitante.
CAPÍTULO 7: COMITÉ DE EVALUACION DE PROYECTOS FUNDACION GRUPO NORTE nombrará un Comité de Evaluación de proyectos que coordinará la recepción de los mismos, así como la revisión de todos los requisitos exigidos. De entre los proyectos presentados que cumplan los requisitos se realizará una primera selección, para determinar los proyectos que serán posteriormente objeto de votación por todos los empleados de GRUPO NORTE para la elección del ganador.
CAPÍTULO 8: RESOLUCIÓN Una vez efectuada la votación, la resolución se comunicará, de forma individualizada, tanto al proyecto ganador como al resto de solicitantes. Dicha decisión será considerada irrevocable.
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CAPÍTULO 9: FIRMA DEL CONVENIO E INICIO DEL PROYECTO Una vez comunicada la aprobación de la resolución habrá un plazo no superior a dos meses para la firma del Convenio entre FUNDACION GRUPO NORTE y la entidad ganadora. En el convenio se establecerán: Descripción del proyecto. Objetivos, plazos, derechos y obligaciones de las dos partes. Se reconocerá la forma de colaboración y la justificación de gastos. Plazos para la presentación de informes de seguimiento y finales. Características de la difusión y comunicación del proyecto. Memoria final del proyecto y características de la misma. Causas de la resolución del Convenio. La entidad ganadora se hará responsable de la correcta realización del proyecto. Ambas partes acuerdan que estarán sujetos a la legislación vigente y a los Tribunales de Valladolid. El plazo de inicio de la ejecución del proyecto será desde la comunicación de la resolución hasta un plazo máximo de dos meses desde la recepción de los primeros fondos. Si se produjera cualquier situación que imposibilita el inicio se deberá comunicar y justificar obligatoriamente, reservándose FUNDACION GRUPO NORTE el derecho a cancelar el acuerdo, si las razones expuestas lo justificaran. La entidad beneficiaria de la ayuda se compromete a hacer constar en toda la documentación, información y publicidad que realicen de los proyectos, la colaboración y apoyo de FUNDACION GRUPO NORTE, previa aprobación de su contenido.
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Así mismo, dicha entidad prestará su logo o imagen corporativa de forma gratuita con el objeto de que FUNDACION GRUPO NORTE pueda emplearla en los medios de comunicación para poder conseguir financiación para el proyecto ganador. FUNDACION GRUPO NORTE se compromete a la utilización de dichos logos e imágenes con el fin único de la financiación y publicitación del Proyecto.
CAPÍTULO 10: PAGO FUNDACION GRUPO NORTE realizará el abono de las cantidades acordadas, en tres plazos, en las fechas que se detallen en el convenio.
CAPÍTULO 11: REQUERIMIENTOS DE FUNDACION GRUPO NORTE La entidad ganadora del concurso deberá: Constituirse como única interlocutora ante FUNDACION GRUPO NORTE. Esto conlleva que si existieran otras entidades que ejecutaran conjuntamente el proyecto la comunicación será directamente entre FUNDACION GRUPO NORTE y la entidad ganadora. Enviar los informes solicitados ajustándose a los plazos y requerimientos acordados. Coordinar conjuntamente con FUNDACION GRUPO NORTE las acciones sociales, encuentros de voluntariado y acciones para la formación de los voluntarios (empleados de GRUPO NORTE) que deseen colaborar con el proyecto.
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CAPÍTULO 12: SEGUIMIENTO Y DIFUSIÓN DEL PROYECTO Una vez que se haya recibido la subvención, la Entidad deberá comunicar cualquier circunstancia que impida o dificulte el desarrollo del proyecto. FUNDACION GRUPO NORTE deberá autorizar previamente cualquier modificación sustancial que se produzca. Periódicamente, coincidiendo con los plazos de abono de la subvención y según las previsiones contenidas en el convenio, la Entidad deberá facilitar a FUNDACION GRUPO NORTE, informe escrito detallando el avance del proyecto, señalando los hitos más importantes del mismo, y adjuntando fotografías si procede. Igualmente, se justificarán los gastos efectuados en base a la subvención recibida. FUNDACION GRUPO NORTE, una vez revisados los informes, podrá solicitar información o documentación complementaria. FUNDACION GRUPO NORTE se reserva el derecho de publicitar el proyecto y su colaboración en el mismo. CAPÍTULO 13: RESCISIÓN DEL CONVENIO FUNDACION GRUPO NORTE podrá suspender o rescindir los pagos si la Entidad subvencionada incumpliera las condiciones del convenio. FUNDACION GRUPO NORTE podrá exigir la devolución total o parcial de los pagos, si se detectara culpabilidad por parte de la Entidad subvencionada, en especial, en los siguientes supuestos. Incumplimiento de la justificación de los pagos. Desviación de los objetivos para los que la subvención fue concedida. Modificación sustancial del proyecto sin que exista autorización expresa de FUNDACION GRUPO NORTE. No aportar los informes de seguimiento exigidos. Cualquier otro motivo que se indique en el convenio. IV CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA PROYECTOS SOCIALES ‘POR LAS PERSONAS’ www.fundaciongruponorte.es
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