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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Díreccón Generai de Participación y Equidad

RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE 31 DE MARZO DE 2016, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PARTICIPACIÓN Y EQUIDAD, POR LA QUE SE CONCEDEN LOS PREMIOS ANUALES “EDUCACIUDAD” A LOS MUNICIPIOS DISTINGUIDOS POR SU COMPROMISO CON LA EDUCACIÓN EN ANDALUCIA PARA EL AÑO 2015

La Orden de 20 de junio de 2011 (BOJA núm. 133, de 8 de julio de 2011), de la Consejeria de Educación, estableció las bases reguladoras para la concesión de los premios anuales “Educaciudad” a los municipios distinguidos por su compromiso con la educación en Andalucía.

Mediante la Resolución de 30 de julio de 2015 (BOJA 161, de 19 de agosto de 2015) de la Dirección General de Participación y Equidad se efectuó la convocatoria pública para la concesión de los premios anuales “Educaciudad” a los municipios distinguidos por su compromiso con la educación en Andalucía para el año 2015.

Vistas las solicitudes y las memorias de las actuaciones realizadas y efectuados los informes por las Comisiones provinciales, así como la evaluación de solicitudes por el Jurado establecida en el apartado 13 del Cuadro Resumen de la Orden citada, y en aplicación de los criterios establecidos en el apartado 12 del mismo, a propuesta de dicho Jurado y según consta en el acta de la reunión celebrada el 30 de marzo de 2016, esta Dirección General de Participación y Equidad, por delegación de la Excma. Sra. Consejera de Educación,

RESUELVE Primero Otorgar diez premios de 8.000 euros cada uno, a los proyectos mejor valorados entre los municipios participantes a los premios anuales “Educaciudad 2015”. Segundo Aprobar la relación provisional de municipios que han obtenido la consideración de beneficiarios, con expresión de la puntuación obtenida y la cuantía, que se indica en el ANEXO 1. Tercero Aprobar la relación provisional de municipios que han obtenido la consideración de beneficiarios suplentes, con expresión de la puntuación obtenida, que se indica en el ANEXO II. Cuarto

Denegar provisionalmente los premios solicitados por municipios los cuales no han obtenido la puntuación suficiente, según se relaciona en el ANEXO III.

Quinto De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Orden de 20 de junio de 2011, se concede un plazo de diez días para que, utilizando el formulario-Anexo II de la Orden citada, los municipios puedan presentar alegaciones, reformular su solicitud o comunicar su aceptación al premio propuesto, la cual deberá ser acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud, tanto de los requisitos, en las declaraciones responsables, como de los criterios de valoración. Además, junto con el

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Drecdón General de Partdpatión y Eqindad

Formulario-Anexo II, deberá acompañar, según establece el apartado 15 del Cuadro-Resumen de la Orden, la siguiente documentación: Certificación de acuerdo plenario de la Corporación Municipal, en relación al apartad o 4.a).2°, acordado dentro del plazo de presentación de solicitudes, con la decisión de optar a dicha distinción adoptada por mayoría en el Pleno, debiendo figurar en el mismo el compromiso de mantenimiento de las actuaciones por un plazo de cuatro años. -

Sevilla, 31 de marzo de 2016 LA DIRECTORA GENERAL DE PARTICIPACIÓN Y EQUIDAD

Cristina Saucedo Baro

J U11T1’ DE

1DP1..U(1PL

CONSEJER!A DE EDUCACIÓN Dirección General de Participac:ón y Equdad

ANEXO 1. RELACIÓN PROVISIONAL DE MUNICIPIOS BENEFICIARIOS

MUNICIPIOS

PUNTUACIÓN

PREMIO

PROVINCIA

JÓDAR

177

8.000 €

JAÉN

LAS CABEZAS DE SAN JUAN

159

8.000 €

SEVILLA

RIOJA

156

8.000 €

ALMERÍA

PINOS PUENTE

155

8.000 €

GRANADA

CASTILLEJA DE GUZMÁN

153

8.000 €

SEVILLA

CARMONA

141

8.000 €

SEVILLA

CHICLANA DE LA FRONTERA

138

8.000 €

CÁDIZ

PIZARRA

137

8.000 €

MÁLAGA

CUEVAS DEL ALMANZORA

135

8.000 €

ALMERÍA

DOS TORRES

133

8.000 €

CÓRDOBA

LA DIRECTORA GENERAL DE PARTICIPACIÓN Y EQUIDAD

Fdo.: Cristina Saucedo Baro

JUT1Tl DE 1T1D11JJ(11

CONSEJER!A DE EDUCACIÓN Direcdón General de Participacón y Equidad

ANEXO II. RELACIÓN PROVISIONAL DE MUNICIPIOS BENEFICIARIOS SUPLENTES

MUNICIPIOS

PUNTUACIÓN

PROVINCIA

CHAUCHINA

110

GRANADA

PALOS DE LAFRONTERA

109

HUELVA

FUENTE VAQUEROS

102

GRANADA

MARCHENA

101

SEVILLA

BENALÚA

100

GRANADA

LA DIRECTORA GENERAL DE PARTICIPACIÓN Y EQUIDAD

Fdo.: Cristina

Baro

JUT1Tl DE

CONSE.JERÍA DE EDUCACIÓN

D1UJ(11

D;rección Genera’ cJe Part:cipadón y Equidad

ANEXO III. RELACIÓN PROVISIONAL DE MUNICIPIOS DENEGADOS PÚN PROVINCIA

MOTIVOS DE LA DENEGACIÓN

>

[

MARACENA

89

GRANADA

No alcanzar la puntuación suficiente

88

SEVILLA

No alcanzar la puntuación suficiente

PUENTE GENIL

88

CÓRDOBA

No alcanzar la puntuación suficiente

FIÑANA

77

ALMERÍA

No alcanzar la puntuación suficiente

OLIVARES

59

SEVILLA

No alcanzar la puntuación suficiente

MANCHA REAL

56

JAÉN

No alcanzar la puntuación suficiente

ISLA CRISTINA

51

HUELVA

No alcanzar la puntuación suficiente

CAMBIL

43

JAÉN

No alcanzar la puntuación suficiente

GELVES

42

SEVILLA

No alcanzar la puntuación suficiente

BERCHULES

14

GRANADA

No alcanzar la puntuación suficiente

IZNALLOZ

DESESTIMADO

GRANADA

NACIMIENTO

DESESTIMADO

ALMERÍA

ALCALA DE GUADAl RA

DESESTIMADO

SEVILLA

BENALMÁDENA

DESESTIMADO

MÁLAGA

BARBATE

DESESTIMADO

CÁDIZ

COÍN

DESESTIMADO

MÁLA

LUCENA

DESESTIMADO

CÓRDOBA

TRIGUEROS

DESESTIMADO

HUELVA

CARRIÓN DE LOS CÉSPEDES

Según artículo 13.3 de la Orden de 20 de junio de 2011 por no subsanar la documentación requerida por la Delegación Territorial Según artículo 13.3 de la Orden de 20 de junio de 2011 por no subsanar la documentación requerida por la Delegación Territorial Según artículo 3 de la Orden de 20 de junio de 2011 (Apartado 4.b del cuadro resumen) por no haber transcurrido 4 años desde la fecha de concesión (Resolución de 30 de noviembre de 2011, BOJA 28 de diciembre de 2011) Según artículo 3 de la Orden de 20 de junio de 2011 (Apartado 4.b del cuadro resumen) por no haber transcurrido 4 años desde la fecha de concesión (Resolución de 30 de noviembre de 2011, BOJA 28 de diciembre de 2011) Según artículo 3 de la Orden de 20 de junio de 2011 (Apartado 4.b del cuadro resumen) por no haber transcurrido 4 años desde la fecha de concesión (Resolución de 30 de noviembre de 2011, BOJA 28 de diciembre de 2011) Según artículo 3 de la Orden de 20 de junio de 2011 (Apartado 4.b del cuadro resumen) por no haber transcurrido 4 años desde la fecha de concesión (Resolución de 30 de noviembre de 2011, BOJA 28 de diciembre de 2011) Según artículo 3 de la Orden de 20 de junio de 2011 (Apartado 4.b cuadro resumen) por no haber transcurrido 4 años desde la fecha de concesión (Resolución de 30 noviembre de 2011, BOJA 28-12- 2011) Según artículo 3 de la Orden de 20 de junio de 2011 (Apartado 4.b del cuadro resumen) por no haber transcurrido 4 años desde la fecha de concesión (Resolución de 30 de noviembre de 2011, BOJA 28 de dicieibre de 2011)

LA DI RECTOR GEN EI3Af PARTICIPAd

N Y EQUIDAD

Fdo.: Critina Saucedo Baro

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