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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Díreccón Generai de Participación y Equidad
RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE 31 DE MARZO DE 2016, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PARTICIPACIÓN Y EQUIDAD, POR LA QUE SE CONCEDEN LOS PREMIOS ANUALES “EDUCACIUDAD” A LOS MUNICIPIOS DISTINGUIDOS POR SU COMPROMISO CON LA EDUCACIÓN EN ANDALUCIA PARA EL AÑO 2015
La Orden de 20 de junio de 2011 (BOJA núm. 133, de 8 de julio de 2011), de la Consejeria de Educación, estableció las bases reguladoras para la concesión de los premios anuales “Educaciudad” a los municipios distinguidos por su compromiso con la educación en Andalucía.
Mediante la Resolución de 30 de julio de 2015 (BOJA 161, de 19 de agosto de 2015) de la Dirección General de Participación y Equidad se efectuó la convocatoria pública para la concesión de los premios anuales “Educaciudad” a los municipios distinguidos por su compromiso con la educación en Andalucía para el año 2015.
Vistas las solicitudes y las memorias de las actuaciones realizadas y efectuados los informes por las Comisiones provinciales, así como la evaluación de solicitudes por el Jurado establecida en el apartado 13 del Cuadro Resumen de la Orden citada, y en aplicación de los criterios establecidos en el apartado 12 del mismo, a propuesta de dicho Jurado y según consta en el acta de la reunión celebrada el 30 de marzo de 2016, esta Dirección General de Participación y Equidad, por delegación de la Excma. Sra. Consejera de Educación,
RESUELVE Primero Otorgar diez premios de 8.000 euros cada uno, a los proyectos mejor valorados entre los municipios participantes a los premios anuales “Educaciudad 2015”. Segundo Aprobar la relación provisional de municipios que han obtenido la consideración de beneficiarios, con expresión de la puntuación obtenida y la cuantía, que se indica en el ANEXO 1. Tercero Aprobar la relación provisional de municipios que han obtenido la consideración de beneficiarios suplentes, con expresión de la puntuación obtenida, que se indica en el ANEXO II. Cuarto
Denegar provisionalmente los premios solicitados por municipios los cuales no han obtenido la puntuación suficiente, según se relaciona en el ANEXO III.
Quinto De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Orden de 20 de junio de 2011, se concede un plazo de diez días para que, utilizando el formulario-Anexo II de la Orden citada, los municipios puedan presentar alegaciones, reformular su solicitud o comunicar su aceptación al premio propuesto, la cual deberá ser acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud, tanto de los requisitos, en las declaraciones responsables, como de los criterios de valoración. Además, junto con el
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Drecdón General de Partdpatión y Eqindad
Formulario-Anexo II, deberá acompañar, según establece el apartado 15 del Cuadro-Resumen de la Orden, la siguiente documentación: Certificación de acuerdo plenario de la Corporación Municipal, en relación al apartad o 4.a).2°, acordado dentro del plazo de presentación de solicitudes, con la decisión de optar a dicha distinción adoptada por mayoría en el Pleno, debiendo figurar en el mismo el compromiso de mantenimiento de las actuaciones por un plazo de cuatro años. -
Sevilla, 31 de marzo de 2016 LA DIRECTORA GENERAL DE PARTICIPACIÓN Y EQUIDAD
Cristina Saucedo Baro
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CONSEJER!A DE EDUCACIÓN Dirección General de Participac:ón y Equdad
ANEXO 1. RELACIÓN PROVISIONAL DE MUNICIPIOS BENEFICIARIOS
MUNICIPIOS
PUNTUACIÓN
PREMIO
PROVINCIA
JÓDAR
177
8.000 €
JAÉN
LAS CABEZAS DE SAN JUAN
159
8.000 €
SEVILLA
RIOJA
156
8.000 €
ALMERÍA
PINOS PUENTE
155
8.000 €
GRANADA
CASTILLEJA DE GUZMÁN
153
8.000 €
SEVILLA
CARMONA
141
8.000 €
SEVILLA
CHICLANA DE LA FRONTERA
138
8.000 €
CÁDIZ
PIZARRA
137
8.000 €
MÁLAGA
CUEVAS DEL ALMANZORA
135
8.000 €
ALMERÍA
DOS TORRES
133
8.000 €
CÓRDOBA
LA DIRECTORA GENERAL DE PARTICIPACIÓN Y EQUIDAD
Fdo.: Cristina Saucedo Baro
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CONSEJER!A DE EDUCACIÓN Direcdón General de Participacón y Equidad
ANEXO II. RELACIÓN PROVISIONAL DE MUNICIPIOS BENEFICIARIOS SUPLENTES
MUNICIPIOS
PUNTUACIÓN
PROVINCIA
CHAUCHINA
110
GRANADA
PALOS DE LAFRONTERA
109
HUELVA
FUENTE VAQUEROS
102
GRANADA
MARCHENA
101
SEVILLA
BENALÚA
100
GRANADA
LA DIRECTORA GENERAL DE PARTICIPACIÓN Y EQUIDAD
Fdo.: Cristina
Baro
JUT1Tl DE
CONSE.JERÍA DE EDUCACIÓN
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D;rección Genera’ cJe Part:cipadón y Equidad
ANEXO III. RELACIÓN PROVISIONAL DE MUNICIPIOS DENEGADOS PÚN PROVINCIA
MOTIVOS DE LA DENEGACIÓN
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MARACENA
89
GRANADA
No alcanzar la puntuación suficiente
88
SEVILLA
No alcanzar la puntuación suficiente
PUENTE GENIL
88
CÓRDOBA
No alcanzar la puntuación suficiente
FIÑANA
77
ALMERÍA
No alcanzar la puntuación suficiente
OLIVARES
59
SEVILLA
No alcanzar la puntuación suficiente
MANCHA REAL
56
JAÉN
No alcanzar la puntuación suficiente
ISLA CRISTINA
51
HUELVA
No alcanzar la puntuación suficiente
CAMBIL
43
JAÉN
No alcanzar la puntuación suficiente
GELVES
42
SEVILLA
No alcanzar la puntuación suficiente
BERCHULES
14
GRANADA
No alcanzar la puntuación suficiente
IZNALLOZ
DESESTIMADO
GRANADA
NACIMIENTO
DESESTIMADO
ALMERÍA
ALCALA DE GUADAl RA
DESESTIMADO
SEVILLA
BENALMÁDENA
DESESTIMADO
MÁLAGA
BARBATE
DESESTIMADO
CÁDIZ
COÍN
DESESTIMADO
MÁLA
LUCENA
DESESTIMADO
CÓRDOBA
TRIGUEROS
DESESTIMADO
HUELVA
CARRIÓN DE LOS CÉSPEDES
Según artículo 13.3 de la Orden de 20 de junio de 2011 por no subsanar la documentación requerida por la Delegación Territorial Según artículo 13.3 de la Orden de 20 de junio de 2011 por no subsanar la documentación requerida por la Delegación Territorial Según artículo 3 de la Orden de 20 de junio de 2011 (Apartado 4.b del cuadro resumen) por no haber transcurrido 4 años desde la fecha de concesión (Resolución de 30 de noviembre de 2011, BOJA 28 de diciembre de 2011) Según artículo 3 de la Orden de 20 de junio de 2011 (Apartado 4.b del cuadro resumen) por no haber transcurrido 4 años desde la fecha de concesión (Resolución de 30 de noviembre de 2011, BOJA 28 de diciembre de 2011) Según artículo 3 de la Orden de 20 de junio de 2011 (Apartado 4.b del cuadro resumen) por no haber transcurrido 4 años desde la fecha de concesión (Resolución de 30 de noviembre de 2011, BOJA 28 de diciembre de 2011) Según artículo 3 de la Orden de 20 de junio de 2011 (Apartado 4.b del cuadro resumen) por no haber transcurrido 4 años desde la fecha de concesión (Resolución de 30 de noviembre de 2011, BOJA 28 de diciembre de 2011) Según artículo 3 de la Orden de 20 de junio de 2011 (Apartado 4.b cuadro resumen) por no haber transcurrido 4 años desde la fecha de concesión (Resolución de 30 noviembre de 2011, BOJA 28-12- 2011) Según artículo 3 de la Orden de 20 de junio de 2011 (Apartado 4.b del cuadro resumen) por no haber transcurrido 4 años desde la fecha de concesión (Resolución de 30 de noviembre de 2011, BOJA 28 de dicieibre de 2011)
LA DI RECTOR GEN EI3Af PARTICIPAd
N Y EQUIDAD
Fdo.: Critina Saucedo Baro