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JORNADAS SOBRE EL PAISAJE MEDITERRÁNEO: OPCIONES DE MULTIFUNCIONALIDAD. Valencia, abril de 2006
“Paisaje y ordenación territorial en ámbitos mediterráneos” Florencio Zoido Naranjo. Geógrafo, catedrático de la Universidad de Sevilla
En la coyuntura presente, caracterizada en casi todo el litoral mediterráneo español por la rápida degradación de sus paisajes y por la insuficiencia de las políticas de ordenación del territorio, el título de esta intervención puede parecer el enunciado de una paradoja; recuérdese que, según el Diccionario, la paradoja es “una aserción inverosímil o absurda que se presenta con apariencia de verdadera”. ¿Es absurdo o inverosímil presentar como posible y benéfica la relación entre paisaje y ordenación del territorio, cuando se asiste a una utilización de esta práctica pública que arrasa cada año millares de hectáreas de paisajes mediterráneos elaborados durante siglos? Recientemente se ha señalado con acierto que el urbanismo –parte sustancial de la ordenación del territorio- está siendo impulsado por empresas privadas que arrastran a la acción pública hacia fines alejados del interés común (Manifiesto por una nueva cultura territorial, 2006). No debe olvidarse además que en España han prevalecido históricamente las opciones privadas sobre la propiedad de la tierra y ello ha creado grandes insuficiencias de espacios públicos y suelo para equipamientos o distorsiones importantes en las implantaciones que deben estar al servicio de la sociedad.
Una política eficaz de la ordenación del territorio, al servicio del bien común, se hace cada día más imprescindible en España; especialmente al situarnos en el contexto de la Unión Europea, en el que esta práctica pública está mucho más desarrollada y mejor implantada en otros países (HILDENBRAND, 1996) y, además, se están impulsando exigencias similares para todo el ámbito comunitario (Estrategia Territorial Europea, 1999) o incluso paneuropeo (Principios directores, 2000).
Aunque el alcance y la tendencia de los hechos presentes induzcan al escepticismo, las necesidades reales y las razones de contexto antes aludidas acabarán reclamando una mayor implantación y una mejor orientación de la ordenación territorial en España. Probablemente la cuestión más importante en el futuro inmediato no será la
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conveniencia o no de ésta práctica, sino el alto costo en calidad de los paisajes, del medio ambiente y del bienestar social que hayan provocado las insuficiencias y pésimas orientaciones presentes de esta política imprescindible.
La mejor opción posible es, por tanto, trabajar en su reorientación; quizás la consideración del paisaje pueda contribuir a ello, ayudando así a deshacer la paradoja planteada. Se aborda seguidamente esta opción en tres niveles de consideración que van de lo general a lo más concreto y particular.
1. ¿Por qué y para qué considerar el paisaje?
El Consejo de Europa, un organismo internacional que actualmente reúne a 46 estados, toma en cuenta inicialmente el paisaje en documentos realizados en los años 70, aunque de una forma parcial o colateral (conservación de campos cerrados, protección de paisajes naturales, formación de arquitectos, ingenieros, urbanistas y paisajistas...). La opción por dedicarse al paisaje
en sí mismo se produce más
tardíamente, en 1994, cuando el Congreso de Poderes Locales y Regionales de Europa (CPLRE) hace suya, mediante la resolución 256, la Carta del Paisaje Mediterráneo (Carta de Sevilla) preparada en 1992 por las regiones de Andalucía, LanguedocRosellón y Toscana y adoptada en abril de 1993 por la 3ª Conferencia de Regiones Mediterráneas reunida en Taormina. El impulso principal de dicha opción se debió a Ferdinando Albanese, alto funcionario del Consejo de Europa, entonces responsable de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, recientemente fallecido y cuya memoria quiero honrar aquí.
¿Por qué este organismo internacional se interesó por el paisaje? Desde su creación en 1948 la mayoría de sus trabajos han estado dedicados a la defensa de los derechos humanos y de la democracia. Más recientemente el Consejo de Europa se abrió a otras tareas como la promoción de la identidad europea y la protección de la naturaleza; buscando una mejor relación entre estos dos últimos temas opta, finalmente, por el paisaje en la fecha antes indicada.
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La consideración del paisaje hace posible desarrollar las relaciones entre naturaleza y cultura. Se puede decir que el paisaje es la expresión espacial de la cultura territorial de cada sociedad, o que las relaciones existentes entre los modelos culturales y los modelos territoriales de cada sociedad (generalmente más implícitas que explícitas) se manifiestan en determinados tipos de paisaje. Las políticas culturales, básicamente sustentadas en las ideas de identidad y patrimonio, alcanzan una dimensión más profunda al apoyarse también en el soporte natural y territorial sobre el que se ha formado una determinada cultura. Por su parte, las políticas sobre naturaleza, basadas principalmente en límites naturales que no pueden ser franqueados sin riesgo, adquieren la profundidad y el carácter positivo que expresan determinados sistemas productivos ecológicamente equilibrados, realizados mediante prácticas sociales consideradas tradicionales o identificadas como propias.
Si estas consideraciones se llevan al ámbito de la política territorial regional y local, las decisiones que se tomen pueden encontrar fundamentos de gran coherencia natural e histórica; este último es el razonamiento que, esencialmente, ha inducido al CPLRE a impulsar las políticas del paisaje en dichos niveles, como mejora posible del ejercicio de la democracia en ellos. Desde 1994 el Consejo de Europa prepara la Convención Europea del paisaje (C.E.P) y auspicia su aprobación política; fue puesta a la firma en Florencia (Palazzo Vecchio) el 20 de octubre de 2000 y ha entrado en vigor el 1 de marzo de 2004.
En este acuerdo internacional se establecen varias determinaciones que pueden considerarse claves para afrontar la aparente paradoja enunciada en el título de este escrito: -
Se opta claramente por el paisaje como hecho de interés por si mismo, sin
adjetivarlo ni confundirlo o hacerlo dependiente de otros próximos (territorio, ecosistema, medio físico...). -
Se define el paisaje de manera sencilla pero completa, pues se hace referencia a
sus dimensiones objetiva, subjetiva y causal. -
Se establece que todo el territorio es paisaje: los espacios de gran valor y los
comunes; los rurales, urbanos o periurbanos; los que contienen importantes valores y los degradados.
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Se plantea la necesidad de superar un entendimiento del paisaje meramente
proteccionista y se señalan como imprescindibles, simultáneamente, actitudes de gestión y ordenación, además de protección (estos tres principios de acción son expresamente definidos). -
Se indica la prioridad de identificar y cualificar los paisajes propios, mediante
los estudios y procesos de participación necesarios. -
Se propone la inserción del paisaje en los programas educativos, la formación
de especialistas y la sensibilización general de la sociedad.
Cualquier parte (Estado) contratante de la C.E.P. queda lógicamente obligada a incluir el paisaje, tal como es definido en este acuerdo internacional, en su ordenamiento jurídico, a desarrollar políticas específicas de paisaje y a definir objetivos de calidad paisajística para todas y cada una de las partes de su territorio.
Finalmente, puesto que aquí se están abordando las relaciones entre paisaje y ordenación del territorio, es preciso subrayar que la C.E.P. dedica una especial atención a esta política. La menciona en numerosas ocasiones y siempre en primer lugar, como una de las vías de actuación imprescindible para proteger, gestionar y ordenar los paisajes. Pero esta atención preferente no exime a otras políticas (agricultura, turismo, medio ambiente, infraestructuras, etc) de tomar en consideración el paisaje pues la calidad del mismo depende de todos los responsables públicos y agentes sociales cuyas actuaciones tienen incidencia territorial.
En definitiva, puede decirse que el Consejo de Europa ve en el paisaje un concepto complejo de interés para gobernar la complejidad del mundo contemporáneo. Para ello la C.E.P. aporta una definición y unos planteamientos claros, netamente superadores de las ambigüedades y las insuficiencias que instrumentos normativos anteriores tenían sobre el paisaje. Su posicionamiento explícito sobre la conveniencia de relacionar prioritariamente paisaje y ordenación del territorio puede ser una contribución decisiva para superar la paradoja planteada en el título de este texto.
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2. ¿Qué valores y qué conflictos presentan los paisajes mediterráneos?
Globalmente
considerados,
los
paisajes
mediterráneos
se
caracterizan
inicialmente por su escasa extensión a escala planetaria (GONZALEZ BERNALDEZ, 1992.a); dejando aparte los desiertos cálidos, la combinación de temperaturas altas y estación seca es muy poco frecuente en el mundo (Europa suroccidental, tierras centrales de California y Chile, áreas no muy extensas en el suroeste de Suráfrica y Australia). Los paisajes mediterráneos tienen una explicación esencialmente climática; los causa una combinación poco presente de rasgos térmicos y pluviométricos, que por razones geomorfológicas se hace más reducida en el antiguo continente, ya que, en sentido estricto, aparece en el ámbito restringido de las cuencas vertientes a un mar interior semicerrado y rodeado de cadenas montañosas cuya altitud modifica las condiciones climáticas de los espacios más elevados y alejados de la costa.
En este espacio geográfico relativamente reducido, las condiciones ecológicas mantienen un frágil equilibrio que deviene fácilmente en condiciones de biorhexistasia, es decir, de retroceso y disminución de los procesos biológicos a partir de las pérdidas por erosión de los suelos poco desarrollados de colinas y laderas montañosas. A la escasa extensión se añade, por tanto, una dinámica tendencial de disminución por evolución hacia situaciones degradadas, que pueden calificarse de subdesérticas. Dicha fragilidad tiene como contrapartida la aparición de manifestaciones y fenómenos peculiares de adaptación que potencian la diversidad biológica y determinadas situaciones que singularizan ambientalmente los espacios mediterráneos; así la emisión por ciertas plantas de jugos que limitan la transpiración taponando sus poros crea apreciadas fragancias y da a los atardeceres estivales mediterráneos las más altas cualidades sensitivas.
Pero, sin duda, el factor que más ha cualificado los paisajes mediterráneos europeos es la intervención humana, que los ha trabajado minuciosamente durante largos períodos históricos y ha llegado a convertirlos en canon estético de alcance universal. En este sentido es preciso referirse, en primer lugar, a la variedad y riqueza de los sistemas y paisajes agrarios desarrollados. Las distintas combinaciones posibles entre formas del relieve y modulaciones regionales, comarcales y locales de los rasgos climáticos básicos cruzadas, en el tiempo de la larga duración, con diferentes culturas 5
rurales han dado lugar a una enorme pluralidad de formas de aprovechamientos agrosilvo-pastoriles: campos de secano en distintas disposiciones, huertas, dehesas, laderas abancaladas, etc.; combinadas con parcelarios de diferentes formas y tamaños (centuriaciones, longueras, densos ruedos, grandes fundios, etc) con cultivos muy diversos, pluralizados en una historia repleta de importaciones y de aclimataciones de especies herbáceas y leñosas, han producido no sólo un variadísimo mosaico de usos del suelo, sino todo un repertorio de terrazgos y de sistemas agrarios multisecularmente funcionales vinculados a la subsistencia o al comercio. Como de forma pertinente se ha señalado (GONZÁLEZ BERNÁDEZ, 1992. b) hasta en los bosques sin apariencia de intervención humana se encuentran manifestaciones de una actuación selectiva sobre los árboles más corpulentos o con frutos más apreciados para la alimentación de las personas o los ganados. La proyección paisajística de este fértil encuentro entre naturaleza y cultura es, lógicamente, extraordinaria; tanto en cuanto se refiere a las formas y soluciones materializadas en el terreno, como las técnicas y otros aspectos de las culturas materiales que las producen (tipos de herramientas utilizadas, modos de laboreo y pastoreo,...) y también a los rasgos culturales intangibles y a los valores atribuidos (simbolismos, fiestas, gastronomía, etc.) que necesariamente acompañan a las exigencias del trabajo, a la producción y a la existencia cotidiana.
A esta variedad de coberturas extensas del suelo hay que añadir los elementos lineales (vías de comunicación y cursos fluviales, principalmente) y edificados (construcciones rurales, hábitat diseminado y núcleos de población) que tanto realzan y distinguen también a los paisajes mediterráneos. Las vías pecuarias , relacionadas con la trashumancia o desplazamientos ganaderos de base estacional, y los caminos rurales, claramente vinculados en su densidad y morfología al parcelario y a los usos del suelo, crean largas marcas y redes geométricas o dendríticas sobre el territorio, trazas que en muchas ocasiones se hacen más visibles por los setos vegetales que las delimitan y por los grandes árboles sabiamente plantados para proporcionar sombra junto a descansaderos y manantiales o, incluso, a lo largo de toda la ruta.
Por su singularidad y valor de contraste formal en los paisajes agrarios y por la relación íntima con su aprecio que se establece a partir de su función de cobijo, hogar y lugar de pertenencia, son las edificaciones rurales (diseminada o concentradas en núcleos más o menos poblados) los elementos que asumen funciones y contenidos más 6
complejos en los paisajes mediterráneos. La variedad de materiales utilizados (vegetales y minerales), la disposición y tratamiento de los elementos construidos, el color de los paramentos, su organización funcional, la selección de emplazamientos y formas de acceso, la vegetación o arbolado adyacente, entre otros muchos rasgos propios, otorgan a estas edificaciones una presencia y significado paisajístico muy superior a su dimensión espacial.
En el caso de los núcleos de población se agranda todavía más esta alta significación. La selección de emplazamientos defensivos (en alto o protegidos por los fosos que crean cursos fluviales, acantilados o estructuras geológicas diversas) conllevan habitualmente la creación de distancia y la posibilidad de ver y ser vistos (directamente o mediante emisión de señales), factores clave en su dimensión paisajística. Además, estas opciones de localización implican con frecuencia escasez de espacio y, con el paso del tiempo, la densificación y crecimiento en altura de los lugares poblados, hechos que les proporcionan aún mayor visibilidad y un abrigamiento formal claramente diferenciador; la utilización simbólica de la arquitectura por el poder (la torre es un tipo construido como parte del castillo o del palacio y como campanario religioso) prolonga y culmina habitualmente el carácter conspicuo de los núcleos de población en los paisajes rurales mediterráneos.
Es imprescindible dedicar también algún comentario a las ciudades en esta escueta síntesis sobre los valores de los paisajes mediterráneos europeos; empezando por lo fundamental: en ninguna otra parte del mundo ha alcanzado el fenómeno urbano tal combinación de presencia, pluralidad y belleza formal. Pequeñas, medianas y grandes ciudades constituyen sin duda los paisajes mediterráneos más elaborados y complejos, son también los más vividos (altas tasas de urbanización de la población) y los que más actitudes de aprecio o rechazo suscitan (recuérdense tanto las atribuciones semánticas subliminales, opuestas e incluso contradictorias, entre lo rústico y lo urbano, o entre bucólico y cosmopolita). Las remodelaciones y reelaboraciones de espacios a veces muy acotados e intensamente utilizados durante largos períodos históricos (Venecia, por ejemplo, pero también otras muchas ciudades mediterráneas europeas) han producido morfologías y escenas urbanas muy refinadas (tanto desde el punto de vista arquitectónico como urbanístico), de gran belleza formal y alto significado paisajístico, tanto en su aspecto objetivo como por la transmisión que de dichos valores 7
hacen las diversas artes (continuando con el ejemplo de Venecia se puede recordar que las estampas y grabados de esta ciudad recorren el mundo desde los inicios de la imprenta –ZORZI, 1992 y BUSETTO, 1992- y en la actualidad lo siguen haciendo, al ser uno de los lugares donde cada año se ruedan mayor número de películas y anuncios publicitarios).
Por todas estas razones y por otras que aquí apenas se abordan, por ejemplo la repercusión de las manifestaciones artísticas realizadas en esta parte de Europa y su influencia en lo que acertadamente se ha llamado artialización del paisaje (A. ROGER, 1997), diferentes tipos de paisajes mediterráneos, pero sobre todo algunos rurales – huertas, viñedos, dehesas- y otros urbanos –hábitat en emplazamiento prominente, distintos tipos de jardines, ciudades amuralladas...-, se han convertido en referencias estéticas que se imitan en otras partes del mundo, tanto próximas como muy alejadas del Mediterráneo. Obviamente no son los únicos ejemplos de paisajes reproducidos fuera de contexto, pero si entre los que gozan de semejante prestigio o reconocimiento hubiera que hacer una clasificación de diversos paisajes, los mediterráneos (como conjuntos ó muchos de sus elementos constitutivos, edificaciones, jardines, bosquetes, etc.) se situarían en el primer nivel.
Todos estos valores paisajísticos están siendo comprometidos en la actualidad por la convergencia de procesos negativos que , si no son corregidos, pueden llegar a alterarlos de forma irreversible. En una síntesis tan escueta como la anterior, pero igualmente interesada en destacar los hechos principales, pueden reflejarse varias dinámicas y causas determinantes.
Resulta obligado mencionar en primer lugar procesos ambientales tan preocupantes como el cambio climático, el consumo creciente de recursos naturales no renovables y la contaminación del aire, las aguas y los suelos; se trata de dinámicas vinculadas principalmente a la utilización de la energía, globales y generalizadas pero que pueden tener una incidencia particularmente grave en paisajes tan escasos, frágiles y valiosos como los mediterráneos.
Por su trascendencia funcional y repercusión espacial es preciso referirse, en segundo lugar, a los cambios tecnológicos y de base económica estructural; 8
intensificación en unos lugares y abandono en otros han cambiado radicalmente las formas de utilización y gestión de la mayoría de los paisajes agrarios, pero esta dinámica repercute también en numerosas áreas urbanas (residenciales, industriales, turísticas...), sometidas a brutales alternativas funcionales, muy diferentes a los principios y criterios largamente vigentes de aprovechar o reutilizar lo existente; principio inexcusable en una perspectiva de desarrollo sostenible.
En penúltimo lugar, las transformaciones relativas al aumento de la movilización de bienes y personas acarrean una presencia de infraestructuras en el territorio muy superior a la de cualquier otra época y una inusitada expansión espacial de los procesos de urbanización. También son dinámicas ampliamente presentes en otras partes del Planeta pero que es preciso poner en relación con ámbitos tan relativamente pequeños, fragmentados y elaborados como los que caracterizan al mediterráneo europeo.
Finalmente no son menos importantes los cambios que se están produciendo en las mentalidades y comportamientos humanos. Resulta insoslayable la amplitud y vigencia de pautas globalizadoras que proponen la sustitución de modos de vida, formas espaciales y hasta simbolismos propios por otros más sincréticos presentados como universales. Aunque han comenzado a producirse reacciones de muy diferente tipo y capacidades reales (incluidas las que sintetiza el posibilista término de glocalización) están por ver las consecuencias reales de estas dinámicas en los diferentes lugares del mundo, entre ellos los del mediterráneo europeo; incluso contando con su peculiar fortaleza por su tradición y la alta estima cultural propia.
La confrontación de los valores y procesos tan sumariamente esbozados otorga, sin embargo, su sentido más literal a la paradoja planteada al inicio de este escrito.
3. ¿Qué cabe esperar de la ordenación del territorio?
La ordenación del territorio es una política relativamente reciente, salvo excepciones, está insuficientemente implantada en los aparatos administrativos (a nivel jerárquico y orgánico, en dotación de personal técnico, etc.) y ha sido poco desarrollada. Se trata de una política transversal (como otras que han surgido para enriquecer una 9
administración
de
corte
napoleónico
esencialmente
sectorial),
con
voluntad
coordinadora, que requiere costosos desarrollos instrumentales previos (sistema estadístico, cartografía, elaboración de planes) y, para su consecuencia o eficacia real, los plazos medio y largo. En definitiva necesita ideas, importantes recursos, equilibrios de poder y continuidad o permanencia.
Aunque las dictaduras de distinto signo, ampliamente implantadas en Europa en la primera mitad del siglo XX, vieron en esta política un instrumento poderoso para realizar sus delirios (colonizar nuevas tierras, redistribuir a la población, crear nuevas ciudades, etc.), como llevaban la semilla de su fracaso en la ausencia de libertad, sus contradictorias experiencias no sirven como antecedentes. Vinculada las democracias occidentales a la llamada planificación indicativa (Jean Monnet) imprescindible para la reconstrucción de una Europa postbélica, ha tenido en la práctica un ejercicio muy desigual; más fértil en Estados de pequeña extensión y alto nivel de desarrollo (Holanda), o en regímenes federales, al vincularse al ámbito regional (Suiza, Alemania). El impulso de las instituciones paneuropeas (CEMAT, Carta Europea de Ordenación del Territorio, Torremolinos, 1983, Principios directores, 2000) y comunitarias (Estrategia Territorial Europea, 1999) exigiendo la planificación y favoreciendo la regionalización ha sido decisivo para que esta práctica esté resurgiendo a comienzos del nuevo siglo.
En España su desarrollo y validez ha sido considerablemente menor que en los países democráticos que, tras la Segunda Guerra Mundial, se apoyaron en el Plan Marshall (1947) y en la Constitución de las Comunidades Económicas Europeas (1951 y 1957). Atribuida a las comunidades autónomas por la Constitución Española (art. 148, 1.3ª), se ha hecho un escaso uso de esta competencia (FERIA y otros, 2005) y, salvo excepciones (País Vasco, Cataluña, Andalucía, aunque en éstos dos últimos casos están pendiente de consolidar) sus aplicaciones son fragmentarias, de modo que no se produce la secuencia imprescindible para su efectividad (legislación Æ planificación territorial regional Æ planificación territorial subregional Æ planificación general municipal); además, se asiste, en el momento presente, a enfoques muy perjudiciales o, incluso, claramente pervertidos de esta práctica (impulso de los planes desde el sector privado y con ausencia de criterios de ordenación públicos; incumplimiento flagrante y
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judialización de los procesos de ordenación; multiplicación de los casos de corrupción en la planificación y gestión urbanística etc.)
Estas insuficiencias de la ordenación del territorio en España y sus negativas consecuencias reales (destrucción paisajística, crecimiento urbano desordenado sobre ámbitos muy extensos, despilfarro de recursos naturales, contaminación creciente, reaparición de viejos problemas como las insuficiencias en equipamientos sociales y las continuas retenciones del tráfico rodado) recaen con especial incidencia en el llamado Arco Mediterráneo (Cambios de ocupación del suelo,2006), es decir, sobre los territorios y paisajes más escasos, más frágiles y más valiosos. Obviamente la política de ordenación del territorio no sólo no está sirviendo para lograr los fines que le atribuyen las normas que la regulan, sino que en muchos casos está favoreciendo a intereses claramente contrarios a dichos objetivos .
Es preciso compartir, sin embargo, que se trata de una política imprescindible; en sentido literal, ninguna sociedad puede prescindir de ella. Quizás en esta razón esté el origen de los problemas que se están produciendo en toda España y de forma especialmente grave en el Arco Mediterráneo. La secuencia creada en el tiempo, a partir de los preceptos constitucionales y estaturios, por las actividades de los sucesivos gobiernos nacionales, la administración general del Estado, las sentencias del Tribunal Constitucional, los gobiernos regionales y el resto de la administración de justicia, pueden ser calificadas de inhibidas, poco claras e insuficientes. Ningún poder territorial puede desentenderse del territorio que le corresponde.
En el actual desgobierno del territorio también caben otras responsabilidades de carácter no gubernamental, tales como la escasez de aportaciones intelectuales y científicas, la despreocupación de las instituciones de carácter moral y de solidaridad, la parva atención de los medios de comunicación y, quizás como consecuencia de todo ello, el predominio de actitudes y comportamientos sociales pasivos o inconscientes. Allí donde el territorio es un bien menos abundante (archipiélagos balear y canario)o dónde se han producido movilizaciones reivindicativas relativas
a espacios muy
cualificados, se están solicitando moratorias de los procesos de transformación más radicales (urbanizaciones) y la aprobación de instrumentos o mecanismos excepcionales (ecotasa), aunque todavía con escasas consecuencias operativas. 11
En esta perjudicial coyuntura la recuperación de la credibilidad y de la efectividad social de la ordenación del territorio es, como ya se ha dicho, imprescindible para evitar el aumento de las negativas repercusiones ambientales, sociales y, probablemente en poco tiempo, también económicas. En otro escrito reciente (ZOIDO, 2005) he señalado algunas prioridades y posibilidades de actuación en este sentido. La cuestión que ahora deseo subrayar, y con ella terminar este texto, se refiere al servicio que la consideración del paisaje puede prestar a dicha recuperación y mejora de la efectividad de la ordenación del territorio. Sin caer en la ingenuidad ni en la grandielocuencia estimo que considerar el paisaje en los planes de ordenación territorial (incluidos los urbanísticos) puede ayudar a dicha finalidad.
En el análisis y la comprensión del territorio, y de los procesos que lo transforman, la consideración sistemática del paisaje puede aportar un método y unos conocimientos complementarios a una práctica que todavía adolece de insuficiencias teóricas y metodológicas (obsérvese la escasez general en toda Europa, de manuales y tratados de ordenación del territorio).
El paisaje, por su contenido subjetivo indudable (recuérdese la definición de la Convención de Florencia) y por su más fácil comprensión, al ser generalmente presentado en tres dimensiones y no sólo planimétricamente, puede facilitar la implicación personal y social de los procesos de participación pública reglados y obligatorios para los planes de ordenación.
La inserción de la dimensión paisajística en todas las propuestas que contengan los instrumentos de ordenación hace posible generar un valor añadido de creatividad y responsabilidad en el diseño de cualquier propuesta, especialmente en lo que se refiere a espacios o elementos territoriales muy valiosos (zonas cualificadas como las riberas de un río, resaltes topográficos, elementos de la cultura agraria considerados patrimoniales –bancales, acequias, molinos-, grandes, edificios, puentes...).
Si, como se ha dicho, el paisaje es la expresión formal de la cultura territorial de toda la sociedad, la relación entre modelo cultural y modelo territorial puede hacerse más explícita y gobernable a partir de su búsqueda expresa, es decir, de la consideración del paisaje en su más amplio sentido, por los instrumentos de ordenación. Esta actitud 12
permite, además, dar mayor viabilidad al propósito de que cada lugar, cada territorio conserve sus diferencias, los hechos que lo hacen singular, otorgándole base al desarrollo local e impulsando los valores propios en competencia con ofertas turísticas o de ocio de otros ámbitos.
Finalmente, relacionar ordenación del territorio y paisaje, con el requisito imprescindible de la respetabilidad general de esta política, puede representar la posibilidad de extender a todo el espacio gobernado y a todas las personas que lo habitan el derecho a vivir en un medio digno; una exigencia que ya en 1948 proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos (art. 25) y que ha venido a ratificar y precisar la Convención Europea del Paisaje.
BIBLIOGRAFÍA Y DOCUMENTACIÓN CITADAS -
BUSETTO, G. (1992), “El paisaje véneto en los fondos de la Querini Stampalia”, en Paisaje Mediterráneo, Electa, Milán, págs. 304-307
-
Carta Europea del Ordenación del Territorio, Torremolinos, 1983. Consejo de Europa, Comité de Ministros. Resolución R(84)2.
-
Carta del paisaje Mediterráneo. Carta de Sevilla, 1992. Congreso de Poderes Locales y Regionales de Europa. Resolución 256/1994. sobre la 3ª Conferencia de Regiones Mediterráneas. Puede consultarse en castellano en ARIAS ABELLÁN, J. y FOURNEAU, F. (1998). El paisaje mediterráneo, Universidad de Granada y Junta de Andalucía, págs. 333-336.
-
Cambios de ocupación del suelo en España. Implicaciones para la sostenibilidad (2006). Ministerio de Medio Ambiente, Observatorio de la Sostenibilidad de España, Madrid.
-
Constitución Española, 1978
-
Convención Europea del Paisaje, Consejo de Europa, Comité de Ministros, Florencia, 2000.
-
Declaración Universal de los Derechos Humanos. Naciones Unidas, San Francisco, 1948.
-
Estrategia Territorial Europea. Hacia un desarrollo equilibrado y sostenible del territorio de la UE, Postdam, 1999, Comisión Europea, Luxemburgo, 89 págs. 13
-
FERIA TORIBIO, J.M., RUBIO TENOR, M. y SANTIAGO RAMOS, J. (2005), “Los planes de ordenación del territorio como instrumentos de cooperación”, en Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles, nº 39, Murcia, págs. 87-116.
-
GONZÁLEZ BERNÁLDEZ, F. (1992.a), “Características esenciales de la naturaleza mediterránea”, en Paisaje Mediterráneo, op. cit. Págs 42-45.
-
GONZÁLEZ BERNÁLDEZ, F. (1992.b), “La frutalización del paisaje mediterráneo”, en Paisaje Mediterráneo, op. cit. Págs 136-141.
-
HILDENBRAND SHEID, A. (1996), Política de ordenación del territorio en Europa, Universidad de Sevilla y Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, Sevilla, 541 págs.
-
Manifiesto por una nueva cultura del territorio (2006), Asociación Geógrafos
Españoles
y
Colegio
de
Geógrafos,
8
de págs.
http://www.ieg.csic.es/age/ -
Principios directores para el desarrollo territorial equilibrado y sostenible del continente europeo (2000), Consejo de Europa, Conferencia de Ministros responsables de la Ordenación del Territorio (CEMAT), Ministerio de Medio Ambiente, Madrid, 42 págs.
-
Recueil de textes fondamentaux du Conseil de l’Europe sur le domaine du paysage (2003), Consejo de Europa, Division de Ordenación del Territorio y Paisaje, Estrasburgo, 225 págs.
-
ROGER, A. (1997), Court traité du paysage, Editions Gallimard, Mayenne, 165 págs.
-
ZOIDO NARANJO, F. (2003), “Paysage et aménagement du territoire”, en Conferences sur la Convention Europeéne du Paysage a l’ocasión de l’entrée en vigueur, Consejo de Europa, Estrasburgo, 27 págs.
-
ZOIDO NARANJO, F. (2005), “Territorialidad y gobierno del territorio hacia una nueva cultura política”, en ROMERO GONZÁLEZ, J. y FARINÓS DASÍ, J. Gobernanza del desarrollo territorial sostenible: Estado de la cuestión en Europa y en España, Universidad Internacional Menéndez y Pelayo, Valencia (en prensa), 23 págs.
-
ZORZI, M. (1992), “El paisaje véneto en los fondos de la biblioteca Nacional Marciana”, en Paisaje Mediterráneo, op. cit, págs 308-315
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