Junta de Gobierno Local

Junta de Gobierno Local 25.08.2014 Borrador del acta de la SESION ORDINARIA celebrada por la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL de este Ayuntamiento el día 25 d

1 downloads 164 Views 226KB Size

Recommend Stories


JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
JUNTA DE GOBIERNO LOCAL -EXTRACTOSJunta de Gobierno Local del 11 de noviembre de 2016 1 RATIFICACION DE LA INCLUSION EN EL ORDEN DEL DIA DE LOS ASUNTO

Junta de Gobierno Local
Junta de Gobierno Local 28.10.2013 Borrador del acta de la SESION ORDINARIA celebrada por la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL de este Ayuntamiento el día 28 d

ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Nº : 11­05­2016/O/022 Fecha: 11/05/2016 EXPDTE.437 Y 438/2016. APROBACIÓN DE LAS BASES Y CONVOCATORIA PARA LA

Story Transcript

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

Borrador del acta de la SESION ORDINARIA celebrada por la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL de este Ayuntamiento el día 25 de AGOSTO de 2014

Asistentes:

En la Villa de Navia, siendo las doce

D. Ignacio García Palacios Dª Mª Cruz Fernández Pérez

horas y cuarenta y cinco minutos del día

Dª Margarita Suárez Pérez (se incorpora a las 12:50 horas)

veinticinco de agosto de dos mil catorce, se

D. José-Luis Pérez Parrondo

reúne en la Alcaldía-Presidencia de la Casa

Dª Mª Rita Irusta Fernández

Consistorial, la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, y ello a fin de celebrar

No asistentes:

sesión ordinaria, en primera convocatoria, y Interventor accidental:

previa citación al efecto, bajo la presidencia

D. José-Gerardo Baniela González

del Sr. Alcalde-Presidente, don Ignacio

Secretario General: Dª Mª Covadonga Domínguez García

García Palacios, y con la asistencia de los Sres.

Concejales

que

al

margen

se

relacionan.

Asiste el Interventor accidental, don José-Gerardo Baniela González.

Da fe del acto la Secretario General, doña Mª Covadonga Domínguez García.

Abierta la sesión por la Presidencia, una vez comprobado por la Secretario General la existencia de quórum suficiente para que pueda celebrarse, se procede a la deliberación de los asuntos incluidos en el siguiente

Página 1 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

ORDEN DEL DÍA 1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, BORRADOR ACTA SESIÓN ANTERIOR. 2.- APROBACIÓN DE FACTURAS, RECIBOS Y OTROS GASTOS  propuesta de gasto nº 56/2014: limpieza vasos piscina  aprobación gasto: cartelería celebración día mundial del Alzheimer 3.- SOLICITUDES LICENCIAS Y OTRAS AUTORIZACIONES  autorizaciones de uso: MARÍA SÁNCHEZ MÉNDEZ expte. 0895/2014 

actividades clasificadas:

Mª DEL PILAR DÍAZ PEREDA expte. 0225/2014 

código 3º: 30978

licencia de apertura para actividad de comidas y fiestas cumpleaños en Avda. Carlos Peláez, 18 bajo-A Navia

control e inicio de actividades:

Mª DEL PILAR DÍAZ PEREDA expte. 0628/2014 

código 3º: 22012

autorización uso establo para albergar un caballo en Sante, s/n (Anleo)

código 3º: 30978

ampliación actividad venta de quesos en Avda. Carlos Peláez, 18 bajo-A Navia

licencias de obras:

LAUDELINO ALPERI BARAGAÑO expte. 0303/2014

GANADERÍA MILHOMBRES, S.C. expte. 0500/2014

código 3º: 06331

transmisión licencia de obras para construcción de vivienda unifamiliar en Las Cortes, s/n (Navia) código 3º: 30498

construcción de nave ganadera para estabulación en Casanueva, s/n (Andés)

 ASUNTOS FUERA DEL ORDEN DEL DÍA (URGENCIA):  SOLICITUD DE OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA DE LA COMISIÓN DE FIESTAS NTRA. SRA. LA ATALAYA (expediente núm. 0027/2014)  SOLICITUD DE OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA DEL IES GALILEO GALILEI (expediente núm. 0002/2014)  SOLICITUD DE OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA DE LA ESCUDERIA DEL VALLE NAVIEGO COMPETICIÓN (expediente núm. 0002/2014)  APROBACIÓN BASES CONVOCATORIA SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS EJERCICIO 2014 (expediente núm. 0925/2014) 4.- RUEGOS Y PREGUNTAS  no se presenta ninguna

1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, BORRADOR ACTA SESIÓN ANTERIOR.

Por la Presidencia se da cuenta del borrador de acta de la sesión anterior, celebrada en fecha 18.08.14, previamente distribuido, hallándose todos conformes con el mismo. Sometido a votación, es aprobado con el voto favorable de los CUATRO (4) miembros de la Junta de Gobierno Local presentes en la sesión.

2.- APROBACIÓN DE FACTURAS, RECIBOS Y OTROS GASTOS.

Por la Intervención municipal se da cuenta de la PROPUESTA DE GASTOS NÚM. 56/2014 de la Alcaldía ante la necesidad de realizar labores de limpieza de los vasos de las piscinas del complejo deportivo

Página 2 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

de La Granja una vez finalizadas las obras de mantenimiento; resultando conveniente efectuar la contratación de dicho servicio. Visto el presupuesto que se adjunta: -

ASTURAGUA, S.A.U............................... 584,25 €

Visto que se trata de un contrato menor de servicios, al no exceder su importe estimado, sin IVA, de 18.000,00 € (artículo 138.3 TRLCSP). La Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11; dentro de los límites del importe de los créditos fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, adopta, con el voto favorable de sus CUATRO (4) miembros presentes, el siguiente ACUERDO Aprobar un gasto por importe de seiscientos cuarenta y dos euros con sesenta y ocho céntimos (642,68 €) (IVA incluido) con cargo a la partida presupuestaria 342.212.00; a favor de ASTURAGUA, S.A.U., con CIF A- A66141201; en concepto de

trabajos de limpieza de los vasos de las piscinas municipales del complejo deportivo “La

 Granja” de Navia

EN ESTOS MOMENTOS, SIENDO LAS 12:50 HORAS, SE INCORPORA A LA SESIÓN LA SRA. PÉREZ SUÁREZ.  Por la Intervención municipal se da cuenta de los presupuestos presentados para la realización de la cartelería con motivo de la celebración del día mundial del Alzheimer: -

GRÁFICAS PAPIRO, S.L........................... 592,30 €

-

GRÁFICAS RÍO PINTO............................ 603,00 €

-

GRÁFICAS RIBAZÁN............................... 952,48 €

Visto que se trata de un contrato menor de servicios, al no exceder su importe estimado, sin IVA, de 18.000,00 € (artículo 138.3 TRLCSP). La Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11; dentro de los límites del importe de los créditos

Página 3 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, adopta, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, el siguiente ACUERDO Aprobar un gasto por importe de setecientos dieciséis euros con sesenta y ocho céntimos (716,68 €) (IVA incluido) con cargo a la partida presupuestaria 231.226.11; a favor de GRÁFICAS PAPIRO, S.L.; en concepto de 

trabajos de cartelería e impresión con motivo del día mundial del alzheimer:



3.000 copias DIN A-4 impresa a 4+4 tintas en papel estucado brillo de 1356 gr.



3.000 impresión de tarjetón de invitación a 4+0 tintas sobre cartulina



3.000 sobres 110x220 sin impresión



3 cajas de etiquetas adhesivas PLI (1400 etiquetas)



15 carteles DIN A-3

3.- SOLICITUDES LICENCIAS Y OTRAS AUTORIZACIONES

Por la Secretario General se da cuenta de los siguientes expedientes sobre solicitudes de licencias y autorizaciones municipales, adoptándose los acuerdos procedentes: 

AUTORIZACIONES DE USO

A) Visto el expediente núm. 0895/2014, tramitado a instancia de doña María Sánchez Méndez (R.E. núm. 5608/14) solicitando autorización de que una explotación ganadera consistente en albergar un (1) caballo en Sante, s/n (Anleo), cumple con la legislación aplicable. Visto el informe FAVORABLE de la Oficina Técnica Municipal de fecha 14.08.14, en el que consta que el uso previsto está de acuerdo con el destino del predio, conforme a la calificación urbanística establecida en el planeamiento municipal y procede otorgar la licencia de uso solicitada. La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente ACUERDO

Página 4 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

Primero.- Conceder a Dª MARÍA SÁNCHEZ MÉNDEZ con DNI 76943355-Y autorización para la puesta en funcionamiento de una explotación ganadera consistente en UN ESTABLO PARA ALBERGAR UN (1) CABALLO, de acuerdo con las siguientes determinaciones: emplazamiento

Sante, s/n (Anleo)

normativa de aplicación

Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)

clasificación del suelo

suelo no urbanizable

calificación del suelo

interés agrícola

otras autorizaciones

no proceden

referencia catastral

33041A021000560000PL

Segundo.- Aprobar la siguiente liquidación Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de documentos administrativos.......................artículo 6 8.3. otras autorizaciones administrativas......................

33,00 €

Tercero.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto. Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.



A C TI V I D A D E S C L A S I F I C A D A S

A) Visto el expediente núm. 0225/2014, tramitado a instancia de doña MARÍA DEL PILAR DÍAZ PEREDA (R.E. núm. 1224/14) solicitando licencia municipal para la ampliación de la actividad: COMIDAS PARA LLEVAR CON SERVICIO DE COMIDAS Y FIESTAS DE CUMPLEAÑOS en Avda. Carlos Peláez, 18 bajo-A de

Navia; en el que consta informe favorable del Técnico municipal de fecha 14.08.14, al adaptarse al proyecto presentado y haber adoptado las medidas correctoras señaladas en la licencia provisional otorgada por acuerdo de esta Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 30.06.14. Visto el informe favorable emitido por la U.T.A.S. I de fecha 05.08.14; en el que manifiesta que no se encuentran inconvenientes sanitarios que impidan la actividad. La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros, adopta el siguiente Página 5 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

ACUERDO

Primero.- Conceder licencia para la apertura de un local para ejercer la ampliación de la actividad: COMIDAS PARA LLEVAR CON SERVICIO DE COMIDAS Y FIESTAS DE CUMPLEAÑOS, siendo el prestador de la

misma Dª MARÍA DEL PILAR DÍAZ PEREDA, con DNI 45434622-P, de acuerdo a las siguientes determinaciones: emplazamiento

Avda. Carlos Peláez, 18 bajo-A de Navia

normativa de aplicación

RAMINP de 30 de noviembre de 1961 Decreto 1/2004, de 22 de abril TROTU Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)

clasificación del suelo

suelo urbano

calificación del suelo

Plan Parcial “As Veigas”

otras autorizaciones

Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. Expte. AC-2014/011374

referencia catastral

4337008PJ8243N0066ST

calificación de la actividad

molesta (por ruido y olores)

nombre comercial

PLATOS Y MÁS

Segundo.- Aprobar la siguiente liquidación a)

cuota fija

150,00 €

b)

cuota variable, según superficie, (124,75 m2) (100,00 m2 x 1 €/ m2) + (024,75 m2 x 1,1 €/ m2)

127,23 €

c)

Coeficiente de calificación

1,5

artículo 6.2 ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de otorgamiento de licencias por apertura de establecimientos: segunda actividad... 20% de la principal tasa: 20% (a+b)c

83,17 €

Tercero.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto. Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.



CONTROL E INSPECCIÓN DE ACTIVIDADES

A) Visto el expediente núm. 0628/2014, tramitado a instancia de doña Mª DEL PILAR DÍAZ PEREDA (R.E. núm. 4117/14) con la presentación de declaración responsable del inicio del ejercicio de ampliación de actividad de VENTA DE QUESOS en un establecimiento sito en Avda. Carlos Peláez, 18 bajo-A de Navia.

Página 6 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

Vista la resolución de la Alcaldía de fecha 06.06.14, de inicio de procedimiento de control de la actividad. Visto que en el expediente consta el informe favorable del Técnico municipal de fecha 17.06.14 y 14.08.14 y del responsable de la Unidad Territorial del Área Sanitaria I, de fecha 11.06.14, que manifiesta que no se observa inconveniente para la actividad. La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente ACUERDO

Primero.- Tomar conocimiento de la comunicación del inicio del ejercicio de la ampliación de la actividad para VENTA DE QUESOS, siendo el prestador de la misma Dª MARÍA DEL PILAR DÍAZ PEREDA, con DNI 45434622-P, de acuerdo a las siguientes determinaciones: emplazamiento

Avda. Carlos Peláez, 18 bajo-A de Navia

normativa de aplicación

Decreto 1/2004, de 22 de abril TROTU Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)

clasificación del suelo

suelo urbano

calificación del suelo

Plan Parcial “As Veigas”

referencia catastral

4337008PJ8243N0066ST

otras autorizaciones

no proceden

calificación de la actividad

inocua

nombre comercial

PLATOS Y MÁS

Segundo.- Aprobar la siguiente liquidación a)

cuota fija

150,00 €

b)

cuota variable, según superficie, (183,03 m2) (100,00 m2 x 1 €/ m2) + (083,03 x 1,1 €/ m2)

191,63 €

c)

Coeficiente de calificación

1,0

artículo 6.2 ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de actividades administrativas de control e inspección de establecimientos abiertos con declaración responsable.: tercera actividad... 10% de la principal tasa: (a+b)c

34,13 €

Tercero.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.

Página 7 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.



LICENCIAS DE OBRAS

A) Visto el expediente núm. 0303/2014 tramitado a instancia de don LAUDELINO ALPERI BARAGAÑO (R.E. núm. 2373/14) solicitando licencia municipal de obras, consistentes en la construcción de vivienda unifamiliar en Las Cortes, s/n de Navia; licencia concedida por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 21.07.14. Visto que, con fecha 13.08.14 (R.E. núm. 5660/14) D. Laudelino Alperi Baragaño comunica la transmisión de la licencia de obra favor de la empresa INMOBILIARIA LABEAL 1, S.L.; adjuntando documentación justificativa. Atendido lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales, aprobado por Decreto de 17.06.55; la Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente ACUERDO Primero.- Tomar razón de la transmisión de licencia de obra para construcción de vivienda unifamiliar en Las Cortes, s/n de Navia, a favor de INMOBILIARIA LABEAL 1, S.L., con CIF B- 83490052; la cual se subroga en todos los derechos y obligaciones que se deriven de la concesión y ejecución de la licencia. Segundo.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.

 B) Visto el expediente núm. 0500/2013, tramitado a instancia de don Lorenzo Fernández García en nombre de GANADERÍA MILHOMBRES, S.C. (R.E. núm. 2521/13) solicitando concesión de licencia

Página 8 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

municipal de obras para la construcción de nave para estabulación en Casanueva, s/n (Andés); en el que constan los informes técnico y jurídico. Visto el informe FAVORABLE de la Oficina Técnica Municipal de fecha 19.08.14, a salvo los derechos de propiedad y sin perjuicio de terceros, con las demás autorizaciones que procedan. La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente ACUERDO Primero.- Conceder licencia municipal a GANADERÍA MILHOMBRES, S.C., con CIF J-74345059, para realizar obras consistentes en CONSTRUCCIÓN DE NAVE GANADERA PARA ESTABULACIÓN LIBRE PARA 148 CABEZAS Y FOSA PARA ESTERCOLERO, de acuerdo con el proyecto redactado por la Arquitecto doña Mari

Carmen Quintero Pérez y las siguientes determinaciones: emplazamiento

Casanueva, s/n (Andés)

normativa de aplicación

Decreto 1/2004, de 22 de abril TROTU Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)

clasificación del suelo

suelo no urbanizable (SNU)

calificación del suelo

núcleo rural medio (NRM)

otras autorizaciones

Gestión Ambiental. Expediente AC-2014/016983

uso

estabulación y fosa estercolero

altura

5,60 m. al alero

superficie máxima permitida

1.800,00 m2 en planta baja para nave ganadera y 619,30 m2 para fosa estercolero

ocupación de la parcela

1.800,00 m2 en planta baja para nave ganadera y 619,30 m2 para fosa estercolero

superficie de la parcela

18.850,00 m2, según proyecto presentado

superficie vinculada

489.200,00 m2, según proyecto presentado

referencia catastral

33041F007002410000EY

plazo de ejecución

dos (2) años

Esta autorización, que se otorga a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros, queda condicionada al cumplimiento de las siguientes prescripciones: 

Las previstas en el informe de la Dirección General de Agua y Calidad Ambiental, de fecha 05.08.14,

que señala las siguientes MEDIDAS CORRECTORAS: 

Las contenidas en el “Proyecto básico y de ejecución de nave ganadera para estabulación

libre para 148 cabezas y fosa para estercolero”, suscrito por la Arquitecto doña Mari Carmen Quintero Pérez, visado en fecha 11 de abril de 2014 

Las contenidas en los informe técnicos municipales.



En cuanto a los niveles de ruido producido por la actividad, se deberá observar:



se cumplirán los límites establecidos en el Decreto 99/1985, de 17 de octubre, por el que

se aprueban las Normas sobre condiciones técnicas de los proyectos de aislamiento acústico y de vibraciones 

en cumplimiento de lo previsto en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que

se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos Página 9 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

de calidad y emisiones acústicas, la actividad deberá adoptar las medidas necesarias para que no transmita al medio ambiente exterior de las correspondientes áreas acústicas niveles de ruido superiores a los establecidos como valores límite en le tabla B1, del anexo III. Igualmente, no podrá transmitir a los locales colindantes en función del uso de éstos, niveles de ruidos superiores a los establecidos en la tabla B2, del anexo III. Los valores de los índices acústicos se evaluarán de conformidad con los procedimientos del anexo IV de la citada norma. 

La explotación que aquí se informa favorablemente, constará de 98 U.G.M. En caso de que

se pretenda ampliar dicho número, deberá iniciarse ante el Ayuntamiento un nuevo expediente, tramitado de acuerdo con el R.A.M.I.N.P. 

Conforme a proyecto técnico, se considera suficiente, para almacenar los residuos

ganaderos correspondientes a 90 días, con una capacidad total de la fosa de purines existente, que es de 160,00 m3, y del estercolero que es de 1.138,00 m3 con su pozo de lixiviados de 223,00 m3; si bien se ha de señalar que la fosa ha de ser estanca y cubierta y el estercolero cubierto. La cubierta de la fosa de purines ha de estar realizada con forjado, losa de hormigón o solución constructiva similar y dotada siempre de los adecuados registros para la extracción periódica de su contenido. También se admitirá cualquier otro sistema que ofreciendo suficientes garantías de durabilidad no permita la entrada del agua de lluvia e impida la salida de malos olores. La citada generación de olores solamente será admisible mientras se proceda a la extracción del contenido de la fosa. La fosa de purines y el estercolero habrán de situarse a una distancia mínima de 25 metros respecto a cualquier vivienda ajena a la explotación. 

Se considera suficiente la superficie total disponible para vincular que es de 48,92 Ha. La

totalidad de la superficie vinculada deberá ser perfectamente accesible a los medios mecánicos con los que se realice la aportación de las deyecciones producidas (tractor con remolque esparcidor y cuba). En el caso de imposibilidad de valorizar los residuos ganaderos como fertilizantes órgano-mineral habrá de ser entregado a gestor autorizado. No pudiendo vincularse terrenos en núcleo rural. 

Si la explotación dispusiera de algún silo, tipo zanja, trinchera, incluso los microsilos (heno

envasado en envoltura de tela de plástico-polietileno), ningún punto de dicho silo podrá encontrarse a una distancia inferior a 75 metros a cualquier vivienda ajena a la explotación ganadera. Quedan excluidos los microsilos abiertos para ser consumidos en el día; si bien, en este caso, deberán permanecer a cubierto o en lugares desde los que su olor no moleste a personas ajenas a la explotación. 

Se ha de dotar a los silos de una canaleta de recogida de lixiviados para llevar a pozo

estanco y cubierto para la recogida de los lixiviados de la fermentación láctica, pudiendo también emplearse para ello las fosas existentes. 

Se prohíbe efectuar riegos con purines y con los lixiviados procedentes del ensilado en una

franja de 15 a 25 metros de ancho en función del tipo de cauce, medidos a partir de las márgenes de los cauces públicos. Asimismo, en los núcleos de población, se evitarán los riegos con aspersores o sistemas de aireación de purines; en estas zonas la fertilización del suelo se realizará por sistemas de ducha realizada a escasa distancia del suelo, con enterramiento del estiércol o purín en las tierras de labranza. 

En las instalaciones descritas se desarrollará una actividad incluida en el Grupo C del anexo

del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación. En consecuencia,

Página 10 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

de acuerdo con lo señalado en el artículo 5.3 del citado Real Decreto, las instalaciones donde se desarrollará la actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera, quedan sometidas al trámite de notificación ante el Servicio de la Administración del Principado de Asturias responsable en materia de Calidad del Aire, dicha notificación se realizará previamente al inicio de la actividad mediante formulario normalizado del Principado de Asturias, disponible en la web: www.asturias.org (sede electrónica código 201200106). 

Habrá de respetarse el Código de Buenas Prácticas Agrarias del Principado de Asturias

(BOPA 31 del VII del 97) y sus modificaciones: 

Se prohíbe la fertilización: 

a menos de 35 m de fuentes, pozos o captaciones de agua.



en una franja de 10 m a ambos lados del álveo, tal y como se define éste en el Artículo 5

del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA) y en una franja de 15 a 25 metros de ancho en función del tipo de cauce, medidos a partir de las márgenes de los cauces públicos. 

en una faja de 25 m en el entorno de cualquier vivienda ajena a la explotación



en terrenos helados, nevados, inundados o con un grado de encharcamiento apreciable.



cuando se prevean fuertes lluvias.



la limpieza y lavado de cisternas y otros aperos en los cursos de agua y/o en lugares

próximos a los mismos. 

Se limita la fertilización: 

en el ámbito de los Núcleos Rurales delimitados en este Plan, se evitará la fertilización

con abonos líquidos de origen animal, purines o lisieres, cuando se den altas temperaturas, prefiriéndose que se produzcan en épocas de crecimiento activo de la vegetación realizando. En el caso de cultivos, se procederá al enterramiento posterior del estiércol o purín, mediante una labor somera, para evitar lavados y escorrentías. Asimismo, se prohíben los riegos con aspersores o sistemas de aireación de purines. En estas zonas, la fertilización del suelo se realizará por ducha realizada a escasa distancia del suelo. 

para evitar el riesgo de pérdidas de nitrógeno por escorrentía, como norma general, se

evitará la aplicación de cualquier forma de abonado nitrogenado en terrenos considerados como de pendientes moderadas a fuertes en épocas de pluviometría elevada, teniendo especial cuidado con la aplicación de abonos orgánicos líquidos. Se consideran pendientes moderadas a fuertes las que superan el 20% de desnivel 

Las explotaciones ganaderas que dispongan de depósitos de ensilaje deberán dotar a éstos de un

punto bajo de recogida de líquidos rezumantes que se dirigirá al foso de almacenamiento de lisieres. En cualquier caso, todos los depósitos de almacenamiento de estiércol seco o fosas de lisieres deberán situarse fuera de las márgenes de los ríos u otros lugares donde el rebosamiento o filtración accidental pudiera verterse directamente a los cursos de agua. Igualmente, se prohíbe la práctica aún frecuente de limpieza y lavado de cisternas y otros aperos en los cursos de agua o lugares próximos a los mismos. En todo caso los depósitos de almacenamiento de estiércol o lisieres –animales o vegetales- de nueva planta o las ampliaciones de los existentes, deberán ubicarse como mínimo a 25 m de edificación residencial, a 35 m de cauces públicos y retranquearse en un mínimo de 15 m de los linderos, caminos públicos y carreteras. Página 11 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

 Las edificaciones mantendrán los siguientes retranqueos mínimos;





A linderos.......................................................... 5 m.



A caminos.......................................................... 5 m.



A carreteras regionales y comarcales.................. 10 m.



A carretera local................................................. 8 m.

La propiedad deberá tener en cuenta las siguientes condiciones: 

De conformidad con el artículo 5.9 de las ordenanzas que regulan la concesión de

licencias, será requisito imprescindible disponer, a pie de obra, de copia autorizada de la licencia municipal, así como la colocación del cartel indicador en el que se haga constar el nombre y los apellidos de los técnicos directores y del contratista, ordenanza que se aplica, fecha de expedición de la licencia, el plazo de ejecución de las obras, el número de plantas autorizadas y el número de expediente. 

La licencia de obras caducará al año de su concesión si dentro del mencionado plazo no

hubiera dado comienzo la realización de la obra amparada por licencia. Igualmente se declarará caducada la licencia cuando se interrumpan las obras por un plazo superior a seis meses. El plazo para acabar las obras no podrá ser superior a dos años. (art. 6.1 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias). Transcurridos los plazos concedidos, el Ayuntamiento podrá iniciar el expediente de caducidad de la licencia siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 6.2 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias. 

Será preceptiva la solicitud y obtención de licencia de primera utilización, de conformidad

con el artículo 9 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias. 

El interesado comunicará al Ayuntamiento el final de la obra para comprobación del Técnico

Municipal. Segundo.- Aprobar la siguiente liquidación presupuesto de ejecución material a)

impuesto (2,8 % p.e.m.)

b)

tasa (0,5 % p.e.m.; mínimo 40 €)

383.600,00 € 10.740,80 € 1.918,00 € tasa (a+b)

12.658,80 €

Tercero.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto. Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.

Página 12 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

En este punto y, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 91.4, en relación con el 83 del ROF, se somete a consideración de la Junta de Gobierno Local asuntos no incluidos en el orden del día, manifestando que se trata de adoptar acuerdo sobre  SOLICITUD DE OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA DE LA COMISIÓN DE FIESTAS NTRA. SRA. LA ATALAYA (expediente núm. 0027/2014)  SOLICITUD DE OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA DEL IES GALILEO GALILEI (expediente núm. 0002/2014)  SOLICITUD DE OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA DE LA ESCUDERIA DEL VALLE NAVIEGO COMPETICIÓN (expediente núm. 0002/2014)  APROBACIÓN BASES CONVOCATORIA SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS EJERCICIO 2014 (expediente núm. 0925/2014)

No se producen intervenciones, ratificándose por los CINCO (5) miembros presentes de la Junta de Gobierno Local (lo que supone la mayoría absoluta del número legal de sus miembros) su inclusión en el orden del día:



SOLICITUD DE OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA DE LA COMISIÓN DE FIESTAS

NTRA. SRA. LA ATALAYA (expediente núm. 0027/2014)

Se da cuenta de la solicitud presentada por doña Mª Antonia de la Vega Álvarez en nombre de COMISIÓN FIESTAS NUESTRA SEÑORA DE LA ATALAYA (R.E. núm. 5776/14) para que se le autorice la ocupación de terrenos municipales con motivo de la celebración de las Fiestas Patronales en Puerto de Vega desde el 1 al 11 de septiembre; así como la exención del pago de la tasa por la referida ocupación. Atendido que el artículo 5 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local; señala que “para este tipo de eventos (celebración de ferias y espectáculos en la vía pública (carpas, mercadillos…), la Junta de Gobierno Local, podrá acordar una reducción de las tarifas o su exención, para aquellas solicitudes de ocupación en las que prime el carácter cultural, social o de interés general sobre la actividad económica”. Entendiendo la Junta de Gobierno Local que existe un interés en la celebración de este evento que supone la promoción del Concejo y de la actividad económica en el mismo. La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente ACUERDO Primero.- Autorizar a la COMISIÓN DE FIESTAS NUESTRA SEÑORA DE LA ATALAYA la ocupación de la Plaza de la Constitución y la calle El Muelle de Puerto de Vega con puestos de feriantes durante la celebración de las FIESTAS PATRONALES NUESTRA SEÑORA DE LA ATALAYA, desde el 1 al 11 de septiembre de 2014, ambos inclusive.

Página 13 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

Segundo.- Eximir del pago de la tasa por ocupación del dominio público local los días 1 al 11 de septiembre de 2014 en la Plaza de la Constitución y la calle El Muelle de Puerto de Vega; a la COMISIÓN DE FIESTAS NUESTR SEÑORA DE LA ATALAYA.

Tercero.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.



SOLICITUD DE OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA DEL IES GALILEO GALILEI

(expediente núm. 0002/2014)

Se da cuenta de la solicitud presentada por doña Rosa Mª García Trabadelo en nombre de I.E.S. GALILEO GALILEI (R.E. núm. 5852/14) para que se le autorice la ocupación de terrenos municipales con motivo de la celebración de una concentración de conches clásicos los días 29 y 30 de agosto; así como la exención del pago de la tasa por la referida ocupación. Atendido que el artículo 5 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local; señala que “para este tipo de eventos (celebración de ferias y espectáculos en la vía pública (carpas, mercadillos…), la Junta de Gobierno Local, podrá acordar una reducción de las tarifas o su exención, para aquellas solicitudes de ocupación en las que prime el carácter cultural, social o de interés general sobre la actividad económica”. Entendiendo la Junta de Gobierno Local que existe un interés en la celebración de este evento que supone la promoción del Concejo y de la actividad económica en el mismo. La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente ACUERDO

Página 14 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

Primero.- Autorizar al I.E.S. GALILEO GALILEI la ocupación de la explanada de La Granja de Navia durante la celebración de una CONCENTRACIÓN DE COCHES CLÁSICOS, los días 29 y 30 de agosto de 2014. Segundo.- Eximir del pago de la tasa por ocupación del dominio público local los días 29 y 30 de agosto de 2014 en la explanada de La Granja de Navia; al I.E.S. GALILEO GALILEI. Tercero.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.



SOLICITUD DE OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA DE LA ESCUDERIA DEL VALLE

NAVIEGO COMPETICIÓN (expediente núm. 0002/2014)

Se da cuenta de la solicitud presentada por don Hugo

González Fernández en nombre de

ESCUDERÍA DEL VALLE NAVIEGO COMPETICIÓN (R.E. núm. 5853/14) para que se le autorice la ocupación de terrenos municipales y la cesión de uso de la nave sita en el puerto de Navia los días 29 a 31 de agosto de 2014, con motivo de la celebración del III duelo de traseras villa de Navia el día 31 de agosto; así como la exención del pago de la tasa por la referida ocupación. Atendido que el artículo 5 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local; señala que “para este tipo de eventos (celebración de ferias y espectáculos en la vía pública (carpas, mercadillos…), la Junta de Gobierno Local, podrá acordar una reducción de las tarifas o su exención, para aquellas solicitudes de ocupación en las que prime el carácter cultural, social o de interés general sobre la actividad económica”. Entendiendo la Junta de Gobierno Local que existe un interés en la celebración de este evento que supone la promoción del Concejo y de la actividad económica en el mismo. La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente ACUERDO Página 15 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

Primero.- Autorizar a ESCUDERÍA DEL VALLE NAVIEGO COMPETICIÓN, el uso de la nave sita en el muelle de Navia los días 29 a 31 de agosto 2014, con motivo de la celebración del III DUELO DE TRASERAS VILLA DE NAVIA.

Segundo.- Autorizar a ESCUDERÍA DEL VALLE NAVIEGO COMPETICIÓN la ocupación de la Avda. del Principado y zonas anexas de Navia durante la celebración del III DUELO DE TRASERAS VILLA DE NAVIA, el día 31 de agosto de 2014.

Para dicha celebración se deberán adoptar las medidas de seguridad que se señalen por la Policía Local y Protección Civil. Tercero.- Eximir del pago de la tasa por ocupación del dominio público local el día 31 de agosto de 2014 de la Avda. del Principado y zonas anexas de Navia; a ESCUDERÍA DEL VALLE NAVIEGO COMPETICIÓN. Cuarto.- Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.



APROBACIÓN BASES CONVOCATORIA SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS

EJERCICIO 2014 (expediente núm. 0925/2014)

Se da cuenta de las bases redactadas por los Servicios económicos municipales que regulan la convocatoria para la concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Navia a clubes y entidades deportivas que realicen proyectos en el municipio durante el ejercicio 2014. Por el Sr. PÉREZ se informa que el presupuesto en más elevado que el del año pasado en mil euros (1.000,00 €). El resto es igual que el año pasado.

La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente

Página 16 de 17

Junta de Gobierno Local 25.08.2014

ACUERDO Primero: Aprobar las bases que tienen por objeto efectuar la CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES del Ayuntamiento de Navia PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DEPORTIVOS

(funcionamiento y uso de instalaciones deportivas municipales) por clubes y entidades deportivas en el municipio de Navia durante el EJERCICIO 2014, en régimen de concurrencia competitiva. Segundo: Publicar la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el tablón de edictos y en la página Web del Ayuntamiento de Navia.

4.- RUEGOS Y PREGUNTAS

No se formula ninguno/a.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión de orden de la Presidencia, siendo las trece horas y tres minutos del día expresado en el encabezamiento; de todo lo cual, yo, la Secretario General, DOY FE. Vº Bº

LA SECRETARIO GENERAL,

EL ALCALDE-PRESIDENTE, Fdo.: Ignacio García Palacios

Fdo.: Mª Covadonga Domínguez García

DILIGENCIA.- La pongo yo, la Secretario General, para hacer constar que el presente borrador consta de dieciocho páginas. DOY FE. LA SECRETARIO GENERAL, Fdo.: Mª Covadonga Domínguez García.

Página 17 de 17

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.