ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

Secretaria Tel. 964580421 Fax: 964580348 ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Número de la sesión: 2 Fecha: 18 de enero de 2016 Horario: de 13.33 a 14

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Secretaria Tel. 964580421 Fax: 964580348

ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

Número de la sesión: 2 Fecha: 18 de enero de 2016 Horario: de 13.33 a 14.00h Carácter: ordinario Lugar: despacho de la alcaldía Asistentes: 1. 2. 3. 4.

Wenceslao Alós Valls, alcalde presidente (Grupo Popular) José Mª Andrés Alós, primer teniente de alcalde (Grupo Popular). Pedro Sales Peixó, segundo teniente de alcalde (Grupo Popular) Rocío Martínez Casado, concejala (Grupo Popular)

Excusa su ausencia: 5. Mª Teresa Alemany Ríos, concejala (Grupo Popular) Oficial mayor en funciones de Secretaría: Mercedes Monforte Fernández Orden del día: 1. Parte resolutoria: 1.1. Aprobación del acta de la sesión anterior de 4 de enero de 2016. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.1 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el alcalde, Sr. Alós Valls (Grupo Popular), pregunta a los miembros de la Junta si desean formular alguna observación al acta de la sesión ordinaria del día 21 de diciembre de 2015 que se les ha distribuido junto con la convocatoria. Ante la falta de observaciones se considera aprobada por unanimidad.

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1.2. Propuesta relativa a la adhesión del acuerdo de colaboración entre la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio y ENDESA para coordinar en pago de las ayudas por deudas generadas por impago del suministro de electricidad y de gas por parte de los clientes que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. El alcalde expone la propuesta que tiene el siguiente tenor literal: “Visto el acuerdo de colaboración entre la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio y ENDESA, para coordinar el pago de las ayudas por deudas generadas por impago del suministro de electricidad y gas por parte de los clientes de esta empresa, con residencia habitual en la Comunitat Valenciana, que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Visto que con la adhesión a este acuerdo de colaboración, el Ayuntamiento de Moncofa se compromete a realizar una evaluación de la situación para determinar quienes pueden resultar beneficiarios de las ayudas económicas que vienen reguladas en la Orden 3/2015, de 23 de diciembre, de la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para evitar la pobreza energética en hogares en riesgo de exclusión social y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler; y se efectúa su convocatoria. Visto que una vez efectuada la adhesión a este acuerdo de colaboración y evaluadas las situaciones familiares susceptibles de ser beneficiarias de las ayudas económicas reguladas en la mencionada Orden, el Ayuntamiento de Moncofa deberá comunicar las personas en situación de riesgo de exclusión social a la empresa suministradora ENDESA. Visto que el Ayuntamiento de Moncofa deberá abonar la deuda a la empresa suministradora ENDESA y comunicará dicho abono a la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio. Visto que la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio realizará el pago de estas ayudas al Ayuntamiento de Moncofa con cargo a la partida presupuestaria que figura en la Orden 3/2015, de 23 de diciembre, de la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para evitar la pobreza energética en hogares en riesgo de exclusión social y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 53.2 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; y la Resolución número 1.146/2015, de 9 de julio, de delegación de competencias que en el punto tercero atribuye a la Junta de Gobierno Local: “16. La aprobación de convenios de colaboración con otras entidades”.

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PROPONGO: Primero. Aprobar la adhesión al acuerdo de colaboración entre la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio y ENDESA, para coordinar el pago de las ayudas por deudas generadas por impago del suministro de electricidad y gas por parte de los clientes de esta empresa, con residencia habitual en la Comunidad Valenciana, que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Segundo. Comunicar este acuerdo a la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio”. Una vez debatida, se aprueba por unanimidad. 1.3. Propuesta relativa a la adhesión del acuerdo de colaboración entre la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio y GAS NATURAL FENOSA para coordinar en pago de las ayudas por deudas generadas por impago del suministro de electricidad y de gas por parte de los clientes que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. El alcalde expone la propuesta que tiene el siguiente tenor literal: “Visto el acuerdo de colaboración entre la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio y GAS NATURAL FENOSA, para coordinar el pago de las ayudas por deudas generadas por impago del suministro de electricidad y gas por parte de los clientes de esta empresa, con residencia habitual en la Comunitat Valenciana, que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Visto que con la adhesión a este acuerdo de colaboración, el Ayuntamiento de Moncofa se compromete a realizar una evaluación de la situación para determinar quienes pueden resultar beneficiarios de las ayudas económicas que vienen reguladas en la Orden 3/2015, de 23 de diciembre, de la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para evitar la pobreza energética en hogares en riesgo de exclusión social y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler; y se efectúa su convocatoria. Visto que una vez efectuada la adhesión a este acuerdo de colaboración y evaluadas las situaciones familiares susceptibles de ser beneficiarias de las ayudas económicas reguladas en la mencionada Orden, el Ayuntamiento de Moncofa deberá comunicar las personas en situación de riesgo de exclusión social a la empresa suministradora GAS NATURAL FENOSA. Visto que el Ayuntamiento de Moncofa deberá abonar la deuda a la empresa suministradora GAS NATURAL FENOSA y comunicará dicho abono a la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.

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Visto que la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio realizará el pago de estas ayudas al Ayuntamiento de Moncofa con cargo a la partida presupuestaria que figura en la Orden 3/2015, de 23 de diciembre, de la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para evitar la pobreza energética en hogares en riesgo de exclusión social y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 53.2 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; y la Resolución número 1.146/2015, de 9 de julio, de delegación de competencias que en el punto tercero atribuye a la Junta de Gobierno Local: “16. La aprobación de convenios de colaboración con otras entidades”. PROPONGO: Primero. Aprobar la adhesión al acuerdo de colaboración entre la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio y GAS NATURAL FENOSA, para coordinar el pago de las ayudas por deudas generadas por impago del suministro de electricidad y gas por parte de los clientes de esta empresa, con residencia habitual en la Comunidad Valenciana, que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Segundo. Comunicar este acuerdo a la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio” Una vez debatida, se aprueba por unanimidad. 1.4. Propuesta relativa a la adhesión del acuerdo de colaboración entre la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio e IBERDROLA para coordinar en pago de las ayudas por deudas generadas por impago del suministro de electricidad y de gas por parte de los clientes que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. El alcalde expone la propuesta que tiene el siguiente tenor literal: “Visto el acuerdo de colaboración entre la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio e IBERDROLA, para coordinar el pago de las ayudas por deudas generadas por impago del suministro de electricidad y gas por parte de los clientes de esta empresa, con residencia habitual en la Comunitat Valenciana, que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Visto que con la adhesión a este acuerdo de colaboración, el Ayuntamiento de Moncofa se compromete a realizar una evaluación de la situación para determinar quienes pueden resultar

Secretaria Tel. 964580421 Fax: 964580348

beneficiarios de las ayudas económicas que vienen reguladas en la Orden 3/2015, de 23 de diciembre, de la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para evitar la pobreza energética en hogares en riesgo de exclusión social y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler; y se efectúa su convocatoria. Visto que una vez efectuada la adhesión a este acuerdo de colaboración y evaluadas las situaciones familiares susceptibles de ser beneficiarias de las ayudas económicas reguladas en la mencionada Orden, el Ayuntamiento de Moncofa deberá comunicar las personas en situación de riesgo de exclusión social a la empresa suministradora IBERDROLA. Visto que el Ayuntamiento de Moncofa deberá abonar la deuda a la empresa suministradora IBERDROLA y comunicará dicho abono a la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio. Visto que la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio realizará el pago de estas ayudas al Ayuntamiento de Moncofa con cargo a la partida presupuestaria que figura en la Orden 3/2015, de 23 de diciembre, de la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para evitar la pobreza energética en hogares en riesgo de exclusión social y la pérdida de vivienda por no poder atender el pago del alquiler. Considerando que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 53.2 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; y la Resolución número 1.146/2015, de 9 de julio, de delegación de competencias que en el punto tercero atribuye a la Junta de Gobierno Local: “16. La aprobación de convenios de colaboración con otras entidades”. PROPONGO: Primero. Aprobar la adhesión al acuerdo de colaboración entre la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio e IBERDROLA para coordinar el pago de las ayudas por deudas generadas por impago del suministro de electricidad y gas por parte de los clientes de esta empresa, con residencia habitual en la Comunidad Valenciana, que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Segundo. Comunicar este acuerdo a la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio”. Una vez debatida, se aprueba por unanimidad. 1.5. Despacho extraordinario.

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En este punto no ha habido ningún asunto que tratar. 2. Control de los órganos de gobierno: 2.1. Ruegos y preguntas. En este punto no se ha producido ninguna intervención. El alcalde presidente levanta la sesión, de la cual, como secretaria, extiendo este acta

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