JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DIA 1 DE ABRIL DE ASISTEN

Folio núm. 12 /2015 1 JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DIA 1 DE ABRIL DE 2.015 ASISTEN Sra. Presidenta: Dª

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ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DIA 1 DE ABRIL DE 2.015 ASISTEN Sra. Presidenta: Dª Leire Corrales Goti.

(EAJ/PNV)

Sres. y Sras. Tenientes de Alcalde: Dª Leire Fernández Díez. (EAJ/PNV) Dª Florentina Núñez López. (EAJ/PNV) Dª Ainhoa Basabe Meléndez. (EAJ/PNV) D. Gorka Egia García. (EAJ/PNV) D. Igor de Pablos Iglesias. (EAJ/PNV) En el Concejo de Sestao, a uno de abril de dos mil quince. En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial y bajo la Presidencia la Primera Teniente de Alcalde Dª Leire Corrales Goti, en ausencia del Sr. AlcaldePresidente D. Josu Bergara López, celebró sesión ordinaria la Junta de Gobierno Local, convocada a tal efecto, con asistencia de los Señores y Señoras Capitulares que anteriormente se relacionan, los que hallándose en número suficiente para adoptar acuerdos en primera convocatoria, se constituyeron en sesión a las ocho horas y treinta minutos de este día, asistidos de mí, la Secretaria accidental Dª Dolores Arteagabeitia Apodaca. Abierta la sesión por el Sr. Presidente, pasaron a tratarse seguidamente los asuntos incluidos en el orden del día. Responsabilidad Patrimonial Administrativa. Núm. 1.- Reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por Dª Aurora Rueda Rodríguez por daños y perjuicios sufridos a consecuencia de una caída en la vía pública. Vista la Reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por Dª Aurora Rueda Rodríguez por daños y perjuicios sufridos a consecuencia de una caída en la vía pública, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad dejar el asunto sobre la mesa para mejor estudio.

Urbanismo, Aparcamientos, Vivienda e Industria. Núm. 2.- Licencia solicitada por D Javier Ordóñez Fernández, en representación de la Comunidad de Propietarios del Grupo Francisco Llaseras, 4, de obras de rehabilitación de la fachada zaguera. Visto el escrito y la documentación presentada por D. Javier Ordóñez Fernández en representación de la Comunidad de Propietarios del inmueble sito en el nº 4 del grupo Francisco Llaseras, con entrada en el Registro General del Jarduneango ALKATEAK,

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Ayuntamiento nº 2284 de fecha 6 de marzo de 2015, solicitando licencia municipal de obras para la rehabilitación de la fachada zaguera del citado inmueble, y visto el informe favorable emitido por el Arquitecto Técnico Municipal y de conformidad con la propuesta favorable que al particular emite la Jefa de la Sección de Urbanismo, la Junta de Gobierno Local, RESUELVE: PRIMERO: Conceder a la Comunidad de Propietarios del inmueble sito en el nº4 del grupo Francisco Llaseras, con NIF H-48869457 licencia municipal de obras para la rehabilitación de la fachada zaguera del citado inmueble. SEGUNDO: Las obras se realizarán con sujeción al Proyecto redactado por la Arquitecto Dña. Ainara García Aguilera, y además deberán cumplirse las siguientes condiciones: CONDICIONES PARTICULARES: Cualquier alteración del mismo, excepto los condicionantes impuestos en esta licencia, requerirá previa autorización expresa del Ayuntamiento. - Previo al inicio de la obra, se deberá hacer entrega en el Registro General del Ayuntamiento la siguiente documentación: Nombramiento del Técnico Director de la obra y del Coordinador de Seguridad y Salud. Acta de aprobación del plan de gestión de residuos de conformidad al Decreto 112/2012 y nombramiento de la persona responsable de la gestión. Comunicación de apertura de centro de trabajo. Acta de aprobación del Plan de Seguridad y Salud. Los medios auxiliares se ajustarán al Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura y a las determinaciones establecidas por el artículo 4.3 del anexo II del Decreto 68/2000 de Accesibilidad y el artículo 39 de la Orden VIV/651/2010. La ocupación de dominio público para la instalación de caseta de obra requiere de la previa solicitud de la correspondiente autorización municipal mediante la presentación de documento escrito y gráfico que especifique los medios necesarios, los plazos estimados y la propuesta de ubicación. El plazo de inicio máximo de las obras será de DOS MESES, desde la fecha de notificación de la licencia. El plazo de interrupción de la licencia, será siempre justificado previamente, y como máximo de UN MES. El plazo de finalización de las obras será de OCHO MESES, desde la concesión efectiva de la licencia hasta la completa terminación de los trabajos CONDICIONES GENERALES: OCUPACION DE VÍA PÚBLICA: No se podrá utilizar la vía pública como obrador, salvo que se proteja debidamente, mediante la colocación de materiales de protección suficientemente resistente e impermeables que eviten su deterioro. Queda prohibida la utilización de los sumideros y demás registros de arquetas para evacuación de residuos que puedan dañar las canalizaciones o disminuir su sección de evacuación. CONTENEDORES DE OBRA: Para el depósito de escombros en la vía pública resulta obligado la utilización de contenedores, debiendo de ser normalizados. El promotor o constructor, deberá ponerse en contacto con la Policía Local para que le sea indicado el lugar exacto donde ubicar el contenedor. Jarduneango ALKATEAK,

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En caso de vertido de escombros desde altura, se utilizarán tolvas cerradas y toldo de cubrición del contenedor. Una vez alcanzado el límite de capacidad legal del contenedor, deberá ser retirado de la vía pública de forma inmediata. No se autorizará la ocupación de la vía pública con contenedores a partir de las 15 horas de los viernes, hasta las 8 horas del siguiente día hábil, ni tampoco los días festivos, salvo que el contenedor se encuentren en el interior de un recinto vallado y autorizado para la propia obra. Una vez retirado el contenedor, se presentará el correspondiente escrito, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada. VALLADO: La obra y/o el espacio público que se utilice como obrador, deberá permanecer en todo momento debidamente vallados, desde su inicio hasta su finalización total, mediante cierre de valla de chapa metálica ciega, de 2,00m de altura mínima. Una vez retirado el vallado, se presentará el correspondiente Certificado Final del mismo, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada. ELEVACIÓN DE CARGAS: La elevación de cargas se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo (BOE nº 188, de 7 de agosto de 1997) o legislación posterior que la complemente o sustituya. En todo caso, los aparatos elevadores deben de estar situados dentro del entorno vallado de la obra. SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA Y ACCESO AL INTERIOR DE LA MISMA: El solicitante de la licencia, deberá dirigirse a la Policía Local de Sestao para que conforme a sus criterios, la obra quede perfectamente señalizada, tanto exteriormente como en sus accesos al interior de la misma. LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA Y DEL MOBILIARIO URBANO: Durante la ejecución de la obra, se deberá regar la vía pública próxima a la obra, para no levantar polvo y mantenerla en perfecto estado de limpieza y conservación. Se deberá proteger el mobiliario urbano existente afectado por las obras, y en su caso solicitar el traslado a las dependencias municipales de la Brigada de Obras, en caso de desmontar algún elemento, debiendo ser repuesto nuevo a la finalización de las obras. TOMAS DE AGUA PARA LA OBRA: La toma de agua para la obra deberá realizarse a partir del contador del propio solicitante de la licencia. En caso de solicitar suministro de la red pública, el solicitante deberá dirigirse al servicio de Aguas de la Brigada Municipal, quien le señalará el lugar, aportando de su cuenta una columna con contador. Deberá suscribir el correspondiente contrato con el Consorcio de Aguas, quien colocará el contador. TERCERO: De conformidad a Decreto 112/2012 por la que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición, se depositará una fianza de 497,64.-€ en concepto de garantía de la adecuada gestión de los residuos de construcción y demolición CUARTO: En garantía del exacto cumplimiento de las condiciones de la presente licencia, se depositará una fianza de 1.000,- € que será devuelta previa Jarduneango ALKATEAK,

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comprobación de su cumplimiento y del correcto estado de los espacios públicos y mobiliario urbano afectados por las obras. A tales efectos, una vez finalizadas las obras se solicitará la oportuna inspección municipal, mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento al que se acompañará la siguiente documentación: Certificado de ocupación de vía pública donde se refleje los días de ocupación de dominio público y su superficie. Certificado Final de Obra, suscrito por el técnico director de la obra, visado por su Colegio Profesional de conformidad al Anejo II.3. de la parte primera del Código Técnico de la Edificación. Certificado del valor final de obra. Informe final de gestión de residuos, firmado por la dirección facultativa y verificado por su Colegio Profesional, en el que se acredite la correcta gestión de los residuos generados en la obra de acuerdo con el modelo que se especifica en el anexo III del Decreto 112/2012. Fotografías en color del estado final. QUINTO: La presente licencia se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. SEXTO: El interesado abonará en la Tesorería Municipal los derechos establecidos en la Ordenanza Fiscal vigente. SEPTIMO: Advertir al interesado que las obras en ningún caso podrán iniciarse sin haber entregado en el Ayuntamiento la documentación a la que se refiere el apartado segundo de la presente resolución, y sin haber depositado las fianzas requeridas en la presente licencia. Antes del inicio de las obras se colocará en un lugar visible desde la vía pública una copia de la presente licencia municipal junto con una copia del justificante de haber depositado en la Tesorería Municipal las mencionadas fianzas. OCTAVO: Notificar la presente resolución a D. Javier Ordóñez Fernández (DNI 45675321-N) en representación de la Comunidad de Propietarios del inmueble sito en el nº 4 del grupo Francisco Llaseras, con domicilio el grupo Francisco Llaseras nº4-Bajo A, dando traslado de la misma a los Departamentos Municipales de Hacienda y Patrimonio, Tesorería, Intervención, Servicios Técnicos de Urbanismo y Policía Local. Núm. 3.- Licencia solicitada por Dª Miren Euba Múgica, de obras para la reforma de distribución de la vivienda sita en la calle Libertad, número 10, primero derecha. Visto el escrito y la documentación presentada por Dña. Miren Euba Múgica, con entrada en el Registro General del Ayuntamiento nº 2471 de fecha 11 de marzo de 2015, solicitando licencia municipal de obras para la reforma de distribución, mediante derribo de dos tabiques de la vivienda sita en el 1ºDr. del inmueble nº 10 de la calle Libertad, y visto el informe favorable emitido por el Arquitecto Técnico Municipal y de conformidad con la propuesta favorable que al particular emite la Jefa de la Sección de Urbanismo, la Junta de Gobierno Local, RESUELVE: PRIMERO: Conceder a Dña. Miren Euba Múgica, con DNI 11.923.624-X, licencia municipal de obras para la reforma de distribución, mediante derribo de dos tabiques de la vivienda sita en el 1ºDr. del inmueble nº10 de la calle Libertad. SEGUNDO: Las obras se realizarán con sujeción al Proyecto redactado por el Arquitecto D. Alex Astudillo Larraz, y además deberán cumplirse las siguientes condiciones:

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CONDICIONES PARTICULARES: Cualquier alteración del mismo, excepto los condicionantes impuestos en esta licencia, requerirá previa autorización expresa del Ayuntamiento. Previo al inicio de la obra, se deberá hacer entrega en el Registro General del Ayuntamiento el nombramiento del Técnico Director de la obra y en su caso, del Coordinador de Seguridad y Salud. El acceso al cuarto de baño se deberá realizar desde pasillo, vestíbulo o distribuidor, por lo que se deberá disponer de un elemento compartimentador entre el acceso al cuarto de baño y la estancia destinada a estar-comedor en cumplimiento del apartado 5.2.d. de la Ordenanza de diseño de Viviendas de Protección Oficial. El plazo de inicio máximo de las obras será de DOS MESES, desde la fecha de notificación de la licencia. El plazo de interrupción de la licencia, será siempre justificado previamente, y como máximo de UN MES. El plazo de finalización de las obras será de DOCE MESES, desde la concesión efectiva de la licencia hasta la completa terminación de los trabajos CONDICIONES GENERALES: OCUPACION DE VÍA PÚBLICA: No se podrá utilizar la vía pública como obrador, salvo que se proteja debidamente, mediante la colocación de materiales de protección suficientemente resistente e impermeables que eviten su deterioro. Queda prohibida la utilización de los sumideros y demás registros de arquetas para evacuación de residuos que puedan dañar las canalizaciones o disminuir su sección de evacuación. CONTENEDORES DE OBRA: Para el depósito de escombros en la vía pública resulta obligado la utilización de contenedores, debiendo de ser normalizados. El promotor o constructor, deberá ponerse en contacto con la Policía Local para que le sea indicado el lugar exacto donde ubicar el contenedor. En caso de vertido de escombros desde altura, se utilizarán tolvas cerradas y toldo de cubrición del contenedor. Una vez alcanzado el límite de capacidad legal del contenedor, deberá ser retirado de la vía pública de forma inmediata. No se autorizará la ocupación de la vía pública con contenedores a partir de las 15 horas de los viernes, hasta las 8 horas del siguiente día hábil, ni tampoco los días festivos, salvo que el contenedor se encuentren en el interior de un recinto vallado y autorizado para la propia obra. Una vez retirado el contenedor, se presentará el correspondiente escrito, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada. VALLADO: La obra y/o el espacio público que se utilice como obrador, deberá permanecer en todo momento debidamente vallados, desde su inicio hasta su finalización total, mediante cierre de valla de chapa metálica ciega, de 2,00m de altura mínima. Una vez retirado el vallado, se presentará el correspondiente Certificado Final del mismo, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada. ELEVACIÓN DE CARGAS: La elevación de cargas se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos Jarduneango ALKATEAK,

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de trabajo (BOE nº 188, de 7 de agosto de 1997) o legislación posterior que la complemente o sustituya. En todo caso, los aparatos elevadores deben de estar situados dentro del entorno vallado de la obra. SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA Y ACCESO AL INTERIOR DE LA MISMA: El solicitante de la licencia, deberá dirigirse a la Policía Local de Sestao para que conforme a sus criterios, la obra quede perfectamente señalizada, tanto exteriormente como en sus accesos al interior de la misma. LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA Y DEL MOBILIARIO URBANO: Durante la ejecución de la obra, se deberá regar la vía pública próxima a la obra, para no levantar polvo y mantenerla en perfecto estado de limpieza y conservación. Se deberá proteger el mobiliario urbano existente afectado por las obras, y en su caso solicitar el traslado a las dependencias municipales de la Brigada de Obras, en caso de desmontar algún elemento, debiendo ser repuesto nuevo a la finalización de las obras. TOMAS DE AGUA PARA LA OBRA: La toma de agua para la obra deberá realizarse a partir del contador del propio solicitante de la licencia. En caso de solicitar suministro de la red pública, el solicitante deberá dirigirse al servicio de Aguas de la Brigada Municipal, quien le señalará el lugar, aportando de su cuenta una columna con contador. Deberá suscribir el correspondiente contrato con el Consorcio de Aguas, quien colocará el contador. TERCERO: Una vez finalizadas las obras se solicitará la oportuna inspección municipal, mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento al que se acompañará la siguiente documentación: Certificado Final de Obra, suscrito por el técnico director de la obra. Certificado del valor final de obra, donde se contemple la totalidad de las actuaciones realizadas, no exclusivamente las del derribo. Fotografías en color del estado final. CUARTO: La presente licencia se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. QUINTO: El interesado abonará en la Tesorería Municipal los derechos establecidos en la Ordenanza Fiscal vigente. SEXTO: Advertir al interesado que las obras en ningún caso podrán iniciarse sin haber entregado en el Ayuntamiento la documentación a la que se refiere el apartado segundo de la presente resolución. Antes del inicio de las obras se colocará en un lugar visible desde la vía pública una copia de la presente licencia municipal. SEPTIMO: Notificar la presente resolución a Dña. Miren Euba Múgica, con DNI 11.923.624-X, con domicilio la calle Libertad, número 10, primero derecha, y dando traslado de la misma a los Departamentos Municipales de Hacienda y Patrimonio, Tesorería, Intervención, Servicios Técnicos de Urbanismo y Policía Local. FUERA DEL ORDEN DEL DIA Fuera del orden del día, con la conformidad de todos los asistentes sobre la urgencia que reviste el asunto al que después se hará mención, y a la vista de lo determinado por el artículo 113.1 del Real Decreto 2568/86 de 20 de diciembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, pasó a tratarse el siguiente asunto: Jarduneango ALKATEAK,

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Núm. 4.- Expediente de contratación para la adjudicación por el procedimiento de negociado sin publicidad de los trabajos del servicio completo de lavado y planchado de la ropa de la Residencia Municipal Juan Ellacuría Larrauri. Vista la propuesta de la Sección de Interior y Contratación de fecha de 02 de marzo del presente interesando la aprobación del Expediente Administrativo de Contratación para la adjudicación mediante procedimiento negociado sin publicidad de los trabajos de lavado y planchado de la ropa de la Residencia Municipal y examinados los informes emitidos al amparo de la DA 2ª del TRLCSP por la Sra. Secretaria Accidental y por el Sr. Interventor Municipal, la Junta de Gobierno Local , Acuerda: PRIMERO.- De conformidad con el informe del Director de la Residencia Municipal, considerar necesario y de la competencia municipal la contratación de la prestación del servicio de lavado y planchado de la Residencia Municipal “Juan Ellacuría Larrauri”. SEGUNDO.- Aprobar el expediente de contratación, así como los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares elaboradas por la Sección de Contratación/Interior del día de la fecha, con un tipo máximo de licitación para los dos años de duración del contrato de CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS EUROS (44.622,00€), a lo que habría de sumarse el importe correspondiente al IVA (21%),lo que ascendería a una cantidad final de CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON SESENTA Y DOS CENTIMOS DE EURO (53.992,62€) TERCERO.- Disponer la apertura del procedimiento de adjudicación del contrato, por el procedimiento negociado sin publicidad, al amparo de lo previsto en el artículo 174 del TRLCSP, acometiéndose las actuaciones tendentes a dicha adjudicación, solicitando la presentación de tres ofertas por parte de tres licitadores, de reconocida solvencia para la ejecución de los trabajos objeto del presente expediente de contratación CUARTO.- Aprobar el gasto de CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON SESENTA Y DOS CENTIMOS DE EURO (53.992,62€), IVA incluido, que tendrá carácter de autorizado, dando traslado del presente acuerdo a la Intervención Municipal para que haga la oportuna reserva. QUINTO.Dar traslado de la presente resolución a la mercantil TALLERES RANZARI, con C.I.F. P-4800014, con domicilio social en el término municipal de Santurtzi , Barrio Kabiezes s/n, CP 48980, en su condición de actual adjudicataria del servicio comunicándole la obligación de continuar con la prestación del servicio hasta la culminación de los trámites de adjudicación. SEXTO.- Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Intervención Municipal, al Departamento de Tesorería Municipal así como al Director de la Residencia Municipal. .

Y no habiendo más asuntos de que tratar, el Sr. Presidente levantó la sesión, siendo las nueve horas de este día, extendiéndose la presente acta en siete folios, numerados del ciento tres al ciento nueve, ambos inclusive, con la versión en euskera que resulta de la traducción efectuada por los traductores municipales Dª Arantza Goikolea Uriarte y D. Josu Biritxinaga Aldamiz, de cuyo contenido como Secretaria accidental doy fe.

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