La familia en Derecho Civil. Sesión No.8 Divorcio

La familia en Derecho Civil Sesión No.8 Divorcio Contextualización Es necesario que el estudiante de derecho tome en consideración las nuevas refor
Author:  Virginia Rico Ruiz

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La familia en Derecho Civil Sesión No.8 Divorcio

Contextualización

Es necesario que el estudiante de derecho tome en consideración las nuevas reformas en materia de divorcio, ya que en la práctica jurídica debe tramitarse de manera muy distinta a como se hacía anteriormente. Actualmente es mucho más sencillo y queda prácticamente al arbitrio de los cónyuges como se ha visto y se verá. En el presente capítulo se desarrollará paso a paso tanto el divorcio voluntario como el administrativo y los efectos que produce el mismo respecto de los hijos, los bienes, y por supuesto, como se da la disolución del vínculo matrimonial dependiendo del caso.

Introducción El Estado fomenta la permanencia del matrimonio, como la institución que permite que funcione sanamente la sociedad. Sin embargo, a menudo es inevitable el divorcio por razones distintas, por ejemplo: incompatibilidad de caracteres, violencia familiar o adulterio, entre otras muchas causas. En las siguientes sesiones se analizarán las diferentes formas de divorcio, la clasificación, los efectos que produce en los hijos, en los bienes y en los cónyuges. Asimismo, se estudiará el procedimiento para llevarlo a cabo.

http://la1260.com.mx/cmai/module s-menu-6/lorem-ipsum-ii-2/abrapalabra/2410-divorcio.html

Procedimientos del divorcio Nuestro Código Civil establece en su artículo 266: El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro.

http://www.el-independiente.com.mx/hay-masdivorcios-necesarios-que-por-mutuo-consentimiento/

Y el artículo 267 dice: El cónyuge que unilateralmente desee promover el juicio de divorcio deberá acompañar a su solicitud la propuesta de convenio. Con lo que se inicia el proceso de divorcio necesario.

Procedimientos del divorcio El artículo 287 dice: En caso de que los cónyuges lleguen a un acuerdo respecto del convenio señalado en el artículo 267 y éste no contravenga ninguna disposición legal, el Juez lo aprobará de plano, decretando el divorcio mediante sentencia; de no ser así, el juez decretará el divorcio mediante sentencia, dejando expedito el derecho de los cónyuges par que lo hagan valer en la vía incidental, exclusivamente por lo que concierne al convenio. Así pues, tenemos ahora un trámite de divorcio de lo más sencillo contenido en dos artículos citados donde se presenta la solicitud con el convenio, se lleva a cabo una audiencia y, se pongan o no de acuerdo los cónyuges con el convenio, se dicta sentencia de divorcio.

Efectos del divorcio

http://www.vanguardia.com.mx/preocup a_a_ricos_divorcio_expres%3B_la_llaman _ley_braguetazo-1413967.html

El efecto fundamental del divorcio es disolver el vínculo matrimonial, dejando a los cónyuges en aptitud de contraer uno nuevo (artículo 266), hace cesar los efectos del matrimonio para el futuro y los producidos durante este perdurarán, subsistiendo ciertas obligaciones en relación a los bienes y en cuanto a los hijos.

Efectos del divorcio Los cónyuges, desde que solicitan el divorcio, deberán presentar un convenio en que manifiesten la forma en que deberá liquidarse la sociedad conyugal bajo el régimen en que se casaron, la forma de suministrar los alimentos al acreedor alimentista (cónyuge o hijos) y la forma de garantizar esa obligación. Artículo 282. Desde que se presenta la demanda, la controversia del orden familiar o la solicitud de divorcio y sólo mientras dura el juicio, se dictarán las medidas provisionales pertinentes.

http://viveislam.islammessage.com/Arti cle.aspx?i=221

Efectos del divorcio Fracción I. En los casos en que el Juez de lo Familiar lo considere pertinente, de conformidad con los hechos expuestos y las documentales exhibidas en los convenios propuestos, tomará las medidas que considere adecuadas para salvaguardar la integridad y seguridad de los interesados, incluyendo las de la violencia familiar, donde tendrá la más amplia libertad para dictar las medidas que protejan a las víctimas.

Fracción II. Señalar y asegurar las cantidades que a título de alimentos debe dar el deudor alimentario al cónyuge acreedor y a los hijos que corresponda. Fracción III. Las que se estimen convenientes para que los cónyuges no se puedan causar perjuicios en sus respectivos bienes ni en los de la sociedad conyugal en su caso.

Efectos del divorcio Los menores de doce años deberán quedar al cuidado de la madre, excepto en los casos de violencia familiar cuando ella sea la generadora o exista peligro grave para el normal desarrollo de los hijos. No será obstáculo para la preferencia maternal en la custodia, el hecho de que la madre carezca de recursos económicos.

http://blog.cuidadoinfantil.net/divorcio-conhijoscomo-afecta-a-los-bebes.html

Efectos del divorcio Cuando uno de los cónyuges fallece, se termina el juicio de divorcio sin decretarse éste; los herederos tienen los mismos derechos y obligaciones que tendrían si no hubiera existido dicho juicio.

http://grupoeducativa.blogspot.mx/20 11/08/consecuencias-de-un-maldivorcio-en-los.html

Ejecutoriada la sentencia de divorcio, el Juez de lo Familiar mandará copia de ella al Juez del Registro Civil, ante quien se celebró el matrimonio, para que levante el acta de divorcio, haga la anotación en la del matrimonio disuelto y publique un extracto de la resolución durante quince días en las tablas destinadas al efecto. Con esto se da por terminado el trámite de divorcio.

Conclusión

En materia de divorcio, el Código Civil ha simplificado de sobremanera, la clasificación del divorcio así como los procedimientos y trámites; dejando a consideración de los divorciantes esa aptitud. Anteriormente el órgano jurisdiccional tenía la obligación de tratar de persuadir a los matrimonios de disolverlo, ahora no hay vuelta para atrás. Los efectos del divorcio no han cambiado substancialmente y se encuentran claramente plasmados en el capítulo respectivo.

Referencias Bibliográficas:

• Flores, B. (1960). Lecciones de primer curso de derecho civil. México: Editorial UNAM. Legislativas: • Código Civil para el Distrito Federal. (2010). México: Editorial Sista.

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