LAS CÁMARAS DE COMERCIO

LAS CÁMARAS DE COMERCIO 1 Í N D I C E A. LAS CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN  ¿Qué son las Cámaras?  ¿Qué significa que
Author:  Bernardo Gil Rico

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LAS CÁMARAS DE COMERCIO

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Í N D I C E A. LAS CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN 

¿Qué son las Cámaras?



¿Qué significa que las Cámaras sean Corporaciones de Derecho Público?



¿Cómo están reguladas las Cámaras?



La adscripción automática, es decir, la inclusión de las empresas en el Censo de las Cámaras, ¿es compatible con la libertad de asociación establecida en la Constitución Española de 1978?



¿Qué significa que las Cámaras representan, promueven y defienden los intereses generales de la Industria, el Comercio y la Navegación?



¿Representan las Cámaras a las empresas?



¿Cómo se financian las Cámaras?



¿A qué control se somete el gasto de las Cámaras?



¿Qué funciones realizan las Cámaras? -

La representación

-

La prestación de servicios a las empresas

B. LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LAS CÁMARAS 

¿Cuáles son los Órganos de Gobierno de las Cámaras?



¿Qué es el Pleno? ¿Cual es su composición y cuáles son sus funciones?



¿Qué es el Comité Ejecutivo? ¿Cuál es su composición y cuáles sus funciones?



¿Qué es el Presidente y cuáles son sus funciones?



¿Cuáles son los elementos básicos del procedimiento para la elección de los Órganos de Gobierno de las Cámaras?



¿Qué condiciones se deben reunir para ser elector y para ser elegible en el proceso electoral de los Órganos de Gobierno de las Cámaras?

C. DERECHOS Y DEBERES DE LOS INTEGRANTES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LAS CÁMARAS 

¿Cuáles son los derechos y deberes de los integrantes de los Órganos de Gobierno de la Cámaras?



¿Cuál es el funcionamiento operativo de los Plenos de las Cámaras?

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A. LAS CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN ¿Qué son las Cámaras? Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación son Corporaciones de Derecho Público creadas con los siguientes fines: • La representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria y la navegación. • La prestación de servicios a las empresas. Las Cámaras se configuran como órganos consultivos y de colaboración con las Administraciones Públicas, actuando como instituciones intermedias vertebradoras de la relación entre dichas Administraciones y las empresas. Las Cámaras, gestionadas por las propias empresas, administran recursos públicos y realizan funciones públicoadministrativas con criterios empresariales, todo ello sometido a un control público del gasto (Administraciones tutelantes y Tribunales de Cuentas). ¿Qué significa que las Cámaras sean Corporaciones de Derecho Público? Las Corporaciones de Derecho Público son instituciones dotadas de personalidad jurídica, que tienen las siguientes características básicas: • Tienen que ser específicamente creadas por Ley. • La Ley les encomienda el ejercicio de funciones de carácter público-administrativo. • No forman parte en sentido estricto de las Administraciones Públicas, aunque participan de su naturaleza. Las Cámaras tienen esa personalidad jurídica porque el poder legislativo así lo dispuso en atención a la importancia social y económica de sus fines; por ese mismo motivo, la Ley establece la adscripción automática de todas las empresas a las Cámaras.

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¿Cómo están reguladas las Cámaras? La Ley 3/93, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, es el texto legal en el que se recogen, además de la naturaleza jurídica y fines de las Cámaras y de su Consejo Superior, sus funciones, su ámbito territorial y organización, su régimen económico y su régimen jurídico y presupuestario. La Ley 3/93 confirma un concepto de Cámaras de Comercio acorde con el llamado “modelo continental”, vigente en la mayor parte de los países de nuestro entorno (Francia, Alemania, Italia, Luxemburgo, Holanda, Austria, Grecia, etc.). De este modo, las Cámaras españolas, con más de cien años de servicio a las empresas, afrontan con éxito los retos económicos de futuro. En la naturaleza de las Cámaras confluyen la tradición histórica y la modernidad. La adscripción automática, es decir, la inclusión de las empresas en el Censo de las Cámaras ¿es compatible con la libertad de asociación establecida en la Constitución Española? Como ha puesto de relieve el Tribunal Constitucional en su Sentencia de 12 de junio de 1996, la creación de Corporaciones de Derecho Público con adscripción automática está admitida por la Constitución, pues la importancia de los fines de interés público que se persiguen así lo justifica. Su base, sus funciones, su financiación y su estructura territorial se identifican con los Ayuntamientos respecto de los ciudadanos y electores de su circunscripción. ¿Qué significa que las Cámaras representan, promueven y defienden los intereses generales de la Industria, el Comercio y la Navegación? Según el Tribunal Constitucional, esta es la finalidad primaria de las Cámaras. El concepto de intereses generales es, sin duda, un concepto jurídico muy amplio. Su significado se corresponde con el de los intereses económicos del conjunto de las empresas de la demarcación en la que se ubica la Cámara. Así, no se trata de una mera adición de intereses particulares de algunas empresas, ni de ciertos sectores, ni siquiera de un grupo o de la totalidad de los empresarios, sino que integran, equilibran y ponderan los diversos puntos de vista del conjunto de las empresas. Las Cámaras representan, promueven y defienden aquellos intereses que consideran que son los que, a corto, medio o 4

largo plazo, responden a las necesidades de la economía de la demarcación y del conjunto de las empresas. ¿Representan las Cámaras a las empresas? Las Cámaras, efectivamente, representan los intereses del conjunto de las empresas de sus respectivas demarcaciones, en tanto en cuanto integran en su seno a los representantes de los diversos sectores económicos existentes, teniendo en cuenta su importancia económica relativa, elegidos democráticamente por todas las empresas. ¿Cómo se financian las Cámaras? Los recursos con los que cuentan fundamentalmente de dos fuentes:

las

Cámaras

provienen

• Recurso Cameral Permanente: Es un impuesto establecido por la Ley, calculado sobre la siguiente base: A. Un tanto por ciento decreciente por tramos, que empieza por el 0,75% terminando en el 0,01%, sobre la cuota líquida del Impuesto sobre Sociedades. B. El 1,5 por 1.000 de los rendimientos obtenidos por actividades empresariales o profesionales incluidas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. C. El 2% sobre cada una de las cuotas municipales, provinciales o nacionales del Impuesto de Actividades Económicas. • Recursos no permanentes: originados en la prestación de servicios a empresas, en convenios de colaboración con Administraciones e instituciones, ejecución de proyectos, gestión de programas, etc. • No todas las empresas pagan el recurso cameral permanente, sin embargo todas pueden utilizar los servicios que las Cámaras proporcionan.

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Los fondos públicos que reciben las Cámaras se deben dedicar a las funciones públicas que tienen encomendadas. Dichos fondos públicos tienen naturaleza tributaria, y por tanto no son cuotas, sino impuestos. ¿A qué control se somete el gasto de las Cámaras? El gasto de las Cámaras se somete a un triple control: • Un control independiente de todas las operaciones contables y presupuestarias, mediante la preceptiva auditoría externa de las cuentas anuales. • Un control de naturaleza administrativa, mediante el ejercicio por parte de las Administraciones tutelantes de sus potestades de aprobación previa de los presupuestos y de posterior fiscalización de las correspondientes liquidaciones presupuestarias. • Un control por parte de los entes fiscalizadores (Tribunales de Cuentas) de las Administraciones tutelantes, como corresponde a la naturaleza pública de los recursos de las Cámaras. ¿Qué funciones realizan las Cámaras? En desarrollo de los fines y funciones encomendados a las Cámaras, sus actividades y servicios reflejan la diversidad de necesidades de las empresas de sus respectivas demarcaciones, articuladas alrededor de dos grandes ejes: • La función de representación de los intereses generales • La prestación de servicios a las empresas En ambos, el principio general que impera es el de la subsidiariedad que se modula en función de la diversidad y complejidad del entorno económico de cada Cámara. Los fines y funciones se desarrollan por quienes están más cerca de los destinatarios, así como el Ayuntamiento es la institución pública más cercana a los ciudadanos, las Cámaras son la institución más cercana a las empresas.

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I. La representación Una de las funciones esenciales de las Cámaras es la REPRESENTACIÓN de los INTERESES GENERALES del conjunto de las empresas, actuando como órganos consultivos y de colaboración con las Administraciones Públicas y mediante un planteamiento activo de relaciones institucionales, nacionales e internacionales. Esta función de representación se ejerce fundamentalmente a través de: • La función consultiva de las Administraciones Públicas, en una doble vertiente: • Una función consultiva activa, consistente en la propuesta a las Administraciones de cuantas reformas o medidas crean necesarias o convenientes para el fomento del comercio, la industria y la navegación. • Una función de consulta pasiva, emitiendo informes a solicitud de las propias Administraciones -en muchos casos preceptiva- sobre los proyectos de normas en trámite y que afecten directamente a los intereses generales del comercio, la industria o la navegación. • La función de colaboración se concreta en la gestión de servicios públicos relacionados con las empresas, la tramitación de programas públicos de ayudas, la colaboración con las Administraciones educativas en la formación profesional, y en definitiva, la gestión de funciones público-administrativas cuya titularidad corresponde a las Administraciones Públicas. • Las relaciones institucionales: en la representación, promoción y defensa de los intereses generales de las empresas, las Cámaras desarrollan una intensa participación en organismos públicos y privados con trascendencia empresarial, constituyendo una tupida red de más de 1.200 representaciones camerales en los más diversos organismos e instituciones a nivel local, regional y nacional.

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II. La prestación de servicios a las empresas Las Cámaras ejercen, además, determinadas funciones, cuyo objetivo es la prestación de servicios concretos a las empresas: a) La INTERNÁCIONALIZACIÓN de las empresas y el fomento del comercio exterior, a través, esencialmente, del Plan Cameral de Promoción de las Exportaciones y en coordinación con las Administraciones Públicas (Secretaría de Estado de Turismo y Comercio y Comunidades Autónomas), el Instituto Español de Comercio Exterior ICEX. Estas acciones de internacionalización se dirigen tanto a los mercados exteriores, promocionando directamente la exportación española, como al interior, creando las bases para facilitar las condiciones propicias para mejorar la competitividad exterior de las empresas españolas. El objetivo que se persigue es tanto el aumento del volumen de negocio exterior de las empresas españolas ya exportadoras como el estímulo a las empresas potencialmente exportadoras para que inicien y consoliden su actividad en los mercados internacionales. El Plan Cameral de Promoción de las Exportaciones supone una inversión de más de 435 millones de euros a cargo de los presupuestos camerales, y las más de 1.000 acciones anuales que se desarrollan benefician a más de 35.000 empresas españolas cada año, en su mayoría pequeñas y medianas. A nivel local, las Cámaras prestan sus servicios especializados de asesoría en comercio internacional y apoyo instrumental y administrativo a las exportaciones (emisión de certificados de origen, Cuadernos ATA, legalización de firmas, etc.), además de sus actividades tradicionales de información, de formación y de impulso de las actividades de comercio exterior de las empresas de sus demarcaciones. Los Comités Bilaterales de Cooperación Empresarial son instrumentos permanentes de relación y cooperación económica, a nivel privado, entre empresarios españoles y de otros países, para mejorar la comunicación, información y coordinación de actuaciones, que faciliten la penetración e implantación de empresas españolas en dichos países.

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b) La FORMACIÓN empresarial, y en especial, la colaboración con las Administraciones educativas competentes en la gestión de la formación práctica en los centros de trabajo incluida en las enseñanzas de Formación Profesional reglada ha beneficiado a más de 140.000 alumnos/año en alrededor de 75.000 empresas colaboradoras. Las Cámaras ofrecen permanentemente también la formación necesaria para las empresas y para los hombres de empresa, sea cual sea su experiencia previa. Así, cada año, las Cámaras destinan más de 20 millones de euros a formar en materias de futuro a más de 75.000 alumnos en más de un centenar de centros de formación. A los cursos programados de media y larga duración, hay que añadir un número muy importante de seminarios, jornadas técnicas, conferencias, etc. De hecho, las Cámaras, pioneras en este campo y habiendo impartido formación empresarial durante muchos años, son las segundas formadoras en España, después de la enseñanza pública. c) La PROMOCIÓN y FOMENTO del desarrollo económico de sus demarcaciones, previendo sus necesidades futuras de equipamientos, promoviendo infraestructuras, etc. En relación estrecha con todas las empresas de sus demarcaciones, las Cámaras tienen como una prioridad clave la determinación de las necesidades futuras en materia de desarrollo del territorio y de sus equipamientos y la promoción de los programas de actuación necesarios. En esta dirección, la Ley les encomienda la función de tramitar programas públicos de ayudas a las empresas y de gestionar servicios públicos relacionados con las mismas. Las realizaciones de las Cámaras en éste terreno son tan diversas como las necesidades específicas que en sus demarcaciones pueden existir. A título de ejemplo, se puede destacar la participación de las Cámaras en iniciativas como la promoción de aeropuertos, recintos feriales, la promoción de puertos marítimos, fluviales y deportivos, centros de transporte de mercancías, centros de moda y diseño, Consejos de Usuarios de Transportes Marítimos, Depósitos Francos, Lonjas y almacenes generales, Bolsas de subproductos, Bolsas de subcontratación, etc. d) La INFORMACIÓN y el ASESORAMIENTO a las empresas para contribuir a mejorar su competitividad.

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Las Cámaras trabajan en el desarrollo y mejora de sus sistemas de información y documentación para responder a las necesidades de las empresas, a través de respuestas inmediatas a consultas específicas, censos y listados de direcciones actualizadas, elaboración de estadísticas, encuestas y estudios, informes periódicos sobre la estructura económica y su evolución coyuntural, edición de publicaciones periódicas de información general o específica, información “a medida” para necesidades concretas. El desarrollo informático y las nuevas tecnologías disponibles han introducido modificaciones radicales en los métodos de tratamiento y difusión de la información. En esa línea, las Cámaras de Comercio y su Consejo Superior, han creado CAMERDATA, con el propósito de ofrecer a las empresas una amplia gama de servicios de información homogéneos, así como CAMERPYME y CAMERFIRMA, con el objetivo de intensificar la prestación de servicios a través de Internet y el uso generalizado de la firma electrónica. d) En general, otras formas de APOYO A LAS EMPRESAS en aspectos importantes de su desarrollo, y en especial: • Creación de empresas: Las Cámaras ejercen su misión de asesoramiento general y de apoyo a las empresas en sus diferentes etapas de desarrollo. Para acompañar desde su nacimiento a las empresas, las Cámaras han creado VIVEROS DE EMPRESAS y centros de resolución de formalidades administrativas (VENTANILLAS UNICAS EMPRESARIALES), que aceleran sensiblemente el procedimiento de creación y consolidación de las nuevas empresas. • Arbitraje comercial: Cabe destacar especialmente el papel de las Cámaras en la promoción del arbitraje comercial como método ágil, eficaz y asequible para la resolución de conflictos. La CORTE ESPAÑOLA DE ARBITRAJE, dependiente del Consejo Superior, y las 56 Cortes de Arbitraje establecidas en las Cámaras, fomentan esta alternativa para el mejor desarrollo de las relaciones empresariales tanto a nivel nacional como internacional. Finalmente, cabe destacar la labor de las Cámaras en cuanto a la promoción de la calidad, su normalización y certificación, la adaptación de las empresas a la normativa medioambiental, la introducción de nuevas tecnologías, etc.

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B. LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LAS CÁMARAS ¿Cuáles son los Órganos de Gobierno de las Cámaras? Los órganos de gobierno de las Cámaras son el Pleno, el Comité Ejecutivo y el Presidente. ¿Qué es el Pleno? ¿Cual es su composición y cuáles son sus funciones? El Pleno es el órgano supremo de gobierno y representación de la Cámara. Está compuesto por empresas de la demarcación y por personas de reconocido prestigio en la vida económica de la circunscripción de la Cámara, elegidos democráticamente cada cuatro años. El Pleno, entre otras funciones, aprueba el presupuesto cameral, determina la política de la Cámara y designa, en su seno, al Presidente y a los miembros del Comité Ejecutivo. ¿Qué es el Comité Ejecutivo? ¿Cuál es su composición y cuáles sus funciones? El Comité Ejecutivo es el órgano permanente de gestión, administración y propuesta de la Cámara. Está formado por el Presidente, Vicepresidentes, el Tesorero y los miembros del Pleno que se determinen en el Reglamento de Régimen Interior. El Comité Ejecutivo, entre sus atribuciones, propone al Pleno los programas anuales de actuación y gestión corporativa y sus correspondientes presupuestos, y realiza y dirige su ejecución una vez aprobados. ¿Qué es el Presidente y cuáles son sus funciones? El Presidente ostenta la representación de la Cámara, preside todos sus órganos colegiados y es el responsable de la ejecución de sus acuerdos.

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¿Cuáles son los elementos básicos del procedimiento para la elección de los Órganos de Gobierno de las Cámaras? Los elementos fundamentales del proceso electoral son los siguientes: 1. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio determina la apertura del proceso electoral. 2. Se expone al público el censo electoral de las Cámaras, que corresponde a la totalidad de los electores, es decir las empresas, clasificadas por grupos y categorías en atención a la importancia económica relativa de los diversos sectores representados. 3. Las Administraciones tutelantes convocan las elecciones a las Cámaras. 4. Los vocales del Pleno se eligen mediante sufragio libre, igual, directo y secreto entre todas las empresas. 5. Los vocales elegidos, proceden a la elección de los vocales a propuesta de las organizaciones empresariales. 6. El Pleno elige al Presidente y al Comité Ejecutivo de cada Cámara. ¿Qué condiciones se deben reunir para ser elector y para ser elegible en el proceso electoral de los Órganos de Gobierno de las Cámaras? Con carácter general, son condiciones para ser elector: • Personas naturales o jurídicas que ejerzan una actividad comercial, industrial o naviera, cuando por ésta razón queden sujetas al Impuesto de Actividades Económicas. • Edad y capacidad según legislación electoral general. Condiciones para ser elegible: 12

• Además de las anteriores, tener la nacionalidad española o de un estado de la Unión Europea (según el principio de reciprocidad). • Llevar 2 años como mínimo en el ejercicio de la actividad empresarial. • No hallarse en descubierto en el pago del recurso cameral permanente.

C. DERECHOS Y DEBERES DE LOS INTEGRANTES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LAS CÁMARAS ¿Cuáles son los derechos y deberes de los integrantes de los Órganos de Gobierno de la Cámaras? Los derechos y deberes de los miembros de los Órgano de Gobierno de las Cámaras se pueden resumir en cuatro grandes apartados: • Derecho y deber de asistencia a las reuniones a las que sean convocados por el procedimiento establecido. • Derecho y deber de participar en la toma de decisiones que corresponda al Órgano de Gobierno de que se trate. • Derecho y deber de información, conociendo los elementos relevantes de cara a poder cumplir sus responsabilidades. • Deber de diligencia en la gestión, asumiendo la responsabilidad que la Ley establece sobre los daños y perjuicios que puedan causar por acciones u omisiones con dolo, culpa o negligencia grave.

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¿Cuál es el funcionamiento operativo de los Plenos de las Cámaras? Los Reglamentos de Régimen Interior de las Cámaras establecerán los mecanismos operativos de funcionamiento del Pleno. Habitualmente se estructuran tres instrumentos: • Las sesiones plenarias, con competencias para todas aquellas materias reservadas a la decisión del Pleno. • Las comisiones, grupos permanentes de asesoramiento a los Órganos de Gobierno, especializados por sectores o áreas concretas y sin potestad decisoria. • Los grupos de trabajo, ocasionales y limitados en el tiempo, centrados en el análisis de cuestiones concretas.

Octubre 2009

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