MANUAL DE CONVIVENCIA Con trabajo, amor y ciencia, forjaremos la excelencia

MANUAL DE CONVIVENCIA “Con trabajo, amor y ciencia, forjaremos la excelencia” Municipio de Génova Quindío MANUAL DE CONVIVENCIA TABLA DE CONTENIDO

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MANUAL DE CONVIVENCIA “Con trabajo, amor y ciencia, forjaremos la excelencia”

Municipio de Génova Quindío

MANUAL DE CONVIVENCIA

TABLA DE CONTENIDO

GENERALIDADES ....................................................................................................................... 6 1.

PRESENTACIÓN ................................................................................................................. 6

2.

RESEÑA HISTORICA DE LA INSTITUCION .......................................................................... 7

3.

IDENTIDAD INSTITUCIONAL ............................................................................................... 8 MISION .................................................................................................................................. 9 VISION ................................................................................................................................... 9 PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS QUE ORIENTAN LA INSTITUCION EDUCATIVA SAN VICENTE DE PAUL ............................................................................................................... 10 FILOSOFIA INSTITUCIONAL. ................................................................................................ 10 FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS ............................................................................................ 10 FUNDAMENTOS ANTROPOLÓGICOS .................................................................................. 10 FUNDAMENTOS EPISTEMOLÓGICOS ................................................................................. 10 SIMBOLOS INSTITUCIONALES............................................................................................. 12 HIMNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ............................................................................ 12 SAN VICENTE DE PAUL......................................................................................................... 12

4.

OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA .................................................................. 14

5.

FUNDAMENTACION LEGAL ............................................................................................. 14 RESOLUCION No 16 ............................................................................................................. 15

CAPITULO I PROCESOS DE ORDEN ADMINISTRATIVO .............................................................. 16 Artículo 1: DE LA PREMATRÍCULA Y LA MATRÍCULA ............................................................. 16 Artículo 2: TIPOS DE MATRÍCULA............................................................................................ 16 Artículo 3: CANCELACIÓN DE MATRÍCULA.............................................................................. 17 Artículo 4: CANCELACIÓN DE MATRÍCULA POR INASISTENCIA. ............................................. 17 Artículo 5 DERECHO DE MATRÍCULA: .................................................................................... 17 Artículo 6: REQUISITOS PARA LA MATRICULA. ....................................................................... 17 Artículo 7: IDENTIFICACIÓN DEL ESTUDIANTE: ....................................................................... 18

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Artículo 8: UNIFORMES. .......................................................................................................... 18 CAPITULO II DE LA JORNADA ESCOLAR ..................................................................................... 21 Artículo 9: JORNAD ESCOLAR. ................................................................................................. 21 Artículo 10: CONTROL DE ASISTENCIA. ................................................................................... 21 Artículo 11: RETARDOS. ......................................................................................................... 21 Artículo 12: AUSENCIAS COLECTIVAS. .................................................................................... 22 Artículo 13: FUGA DEL AULA DE CLASE O DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. .......................... 22 Artículo 14: EXCUSAS. ............................................................................................................. 22 Artículo 15: PERMISOS. ........................................................................................................... 22 CAPITULO III ................................................................................................................................ 24 DE LOS DERECHOS Y DEBERES .................................................................................................... 24 Artículo 16: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: ...................................................................... 24 Artículo 17: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:.......................................................................... 27 CAPÍTULO IV DE LOS ESTIMULOS ............................................................................................... 29 Artículo 18: ESTÍMULOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS. ......................................................... 29 CAPITULO V FALTAS Y PROCEDIMIENTOS .................................................................................. 32 Artículo 19: FALTAS ................................................................................................................. 32 ARTÍCULO 20: FALTA TIPO I:................................................................................................... 32 ARTÍCULO 21: COMPORTAMIENTOS QUE AMERITAN FALTA TIPO I: ................................... 33 ARTÍCULO 22: PROCEDIMIENTOS PARA LAS FALTAS TIPO I: .................................................. 34 Artículo 23: FALTA TIPO II: ..................................................................................................... 35 Artículo 24: COMPORTAMIENTOS QUE AMERITAN FALTA TIPO II: ..................................... 36 ARTÍCULO 25 PROCEDIMIENTO FALTAS TIPO II: ...................... ¡Error! Marcador no definido. Artículo 26: DEFINICIÓN DE FALTA TIPO III: .......................................................................... 42 Articulo 27. COMPORTAMIENTOS QUE AMERITAN FALTA TIPO III: ....................................... 42 Articulo 28. PROCEDIMIENTO PARA FALTAS TIPO III: ............................................................. 44 Artículo 29. ORIENTACIONES GENERALES ............................................................................. 45 Artículo 30: DEBIDO PROCESO:.............................................................................................. 46 CAPITULO VI DE LOS PADRES DE FAMILIA .................................................................................. 48 Artículo 31: DERECHOS Y DEBERES: ........................................................................................ 48 3

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Artículo 32: Son derechos de los padres de familia o acudientes: ........................................ 48 Artículo 33: DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA: .............................................................. 49 Artículo 34: PROHIBICIONES: ................................................................................................. 51 ARTÍCULO 35: SANCIONES: ..................................................................................................... 52 ARTÍCULO 36: ESTIMULOS: ..................................................................................................... 52 CAPITULO VII DEL PERSONAL DOCENTE ..................................................................................... 53 ARTÍCULO 37: CONFORMACIÓN ............................................................................................. 53 ARTÍCULO 38.1: ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE EN GENERAL. ........ 53 ARTÍCULO 38.2: DERECHOS DE LOS EDUCADORES................................................................. 56 Artículo 38.3: ESTÍMULOS A LOS EDUCADORES ..................................................................... 57 CAPITULO VIII ORGANISMOS DE PARTICIPACION Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL............. 58 Artículo 39. Funciones del Gobierno escolar ......................................................................... 58 Artículo 40. Organización del Gobierno Escolar .................................................................... 58 Artículo 41. Los órganos del Gobierno Escolar ....................................................................... 58 Artículo 42. Otros órganos de gestión y de participación son:............................................... 58 Artículo 43. DEL RECTOR. ........................................................................................................ 59 Artículo 44. SON FUNCIONES DEL RECTOR: ............................................................................ 59 Artículo 45. DEL CONSEJO DIRECTIVO .................................................................................... 59 Artículo 46. FUNCIONES DEL SECRETARIO (a) DEL CONSEJO DIRECTIVO: .............................. 59 Artículo 47. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO. ............................................................... 60 Artículo 48. DEL CONSEJO ACADEMICO. ................................................................................ 60 Artículo 49. Funciones del Consejo Académico ...................................................................... 60 Artículo 50: ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA. ............................................................... 60 Artículo 51. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA. ..................................................................... 60 Artículo 52: CONSEJO ESTUDIANTIL........................................................................................ 60 Artículo 53: FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL ............................................................ 61 Artículo 54: EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES: .............................................................. 61 Artículo 55: FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES .......................................... 61 Artículo 56: COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ......................................................... 62

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Artículo 57: PROCEDIMIENTOS Y REGLAMENTACIÓN DE LA PRÁCTICA SOCIAL COMUNITARIA ........................................................................................................................ 62 Artículo 58: SEGUIMIENTOS Y CONTROL ACADÉMICO ........................................................... 63 Artículo 59: COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA ................................................................... 63 Artículo 60: FUNCIONES COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA ............................................... 64 CAPITULO IX DE LOS SERVICIOS VARIOS ................................................................................... 66 Artículo 61: SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL ........................................................................... 66 Artículo 62: Actividades los estudiantes del Servicio Social ................................................... 66 Artículo 63: Obligaciones de los estudiantes del servicio social ............................................ 67 Artículo 64: Obligaciones de los estudiantes del servicio social con la comunidad .............. 67 Artículo 65: SERVICIO DE ORIENTACIÓN................................................................................. 67 Artículo 66: SERVICIO DE AULA DE APOYO ............................................................................. 67 Artículo 67: TIENDA ESCOLAR ................................................................................................. 68 Artículo 68: BIBLIOTECA ESCOLAR .......................................................................................... 68 Artículo 69: INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ARTÍSTICAS Y DEPORTIVAS ............................................................................................................................ 68 Artículo 70: COMUNICACIONES .............................................................................................. 68 Artículo 71: ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN ...................................................................... 68 CAPITULO X DE LA ORGANIZACIÓN DEL NIVEL DE EDUCACIÓN PREESCOLAR ........................... 69 Artículo 72: CRITERIOS DEL ORDEN ADMINISTRATIVO .......................................................... 69 Artículo 73: INSCRIPCION ........................................................................................................ 69 Artículo 74: MATRÍCULA ......................................................................................................... 69 Artículo 75: CANCELACIÓN DE MATRÍCULA............................................................................ 70 Artículo 76: ASIGNACIÓN DE CUPOS ...................................................................................... 70 Artículo 77: DE LA JORNADA ESCOLAR ................................................................................... 71 Artículo 78: DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES DEL GRADO TRANSICIÓN. ........... 71 Artículo 79: DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES DE LOS ESTUDIANTES DEL GRADO TRANSICIÓN. ................................................................................ 75 Artículo 80: RESPONSABILIDAD .............................................................................................. 76 Artículo 81: VIGENCIA ............................................................................................................. 76

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GENERALIDADES 1. PRESENTACIÓN Dando cumplimiento al ordenamiento institucional que exige la Ley General de Educación, en lo relacionado con la normatividad interna que debemos tener como Institución Educativa, presentamos el MANUAL DE CONVIVENCIA, como producto de una construcción colectiva y concertada, encaminada a definir con claridad las reglas de juego en la búsqueda y creación de espacios amables para el quehacer pedagógico, que favorezcan el desarrollo de las relaciones interpersonales, respetando las diferencias en un ambiente de tolerancia y sana convivencia, permitiendo la inclusión y la equidad de género como lo consagran los principios de nuestra Constitución, los derechos del niño, la ley de la Infancia y la adolescencia, La ley General de Educación y la jurisprudencia de las altas cortes. Nuestro MANUAL DE CONVIVENCIA se encuentra estructurado con 10 capítulos, los cuales definen claramente criterios administrativos, jornada escolar, derechos y deberes, debido proceso, clasificación de faltas, correctivos y estímulos, entre otros. La socialización de este instrumento normativo, ha permitido que nuestra comunidad modifique niveles de intolerancia que generan violencia e irrespeto en particulares situaciones. Su normatividad se aplica en las sedes educativas Buenos Aires, La Granja, El Jardín, El Cedral Alto, La Mayoría, La Venada Alta, Las Camelias, Rio Rojo, La Topacia, El Recreo, Ramón Jaramillo, La Cascada, Guillermo Ángel y el Colegio San Vicente de Paúl, que en su conjunto conforman la Institución Educativa San Vicente de paúl, considerada como espacio para la paz y la amable convivencia ciudadana. La invitación que se le hace a la comunidad educativa de la Institución es a leer cuidadosamente este manual de convivencia, e identificar su contenido, reflexionar sobre sus deberes y derechos, asimilar la filosofía del mismo, con el fin de facilitar el buen funcionamiento de nuestro plantel y el normal desarrollo de la vida académica.

Esp JAMES YESID BERNAL LEÓN Rector

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2. RESEÑA HISTORICA DE LA INSTITUCION Habían pasado menos de siete (7) años desde la conversión en municipio, de esta parcela del entonces Departamento de Caldas, cuando entre las gentes se despertó el ideal de crear para la juventud femenina un centro académico preferiblemente dirigido por una comunidad religiosa. El Alcalde de la época Emilio Bernal, mediante su gestión y negociación adquirió un terreno que hoy está ocupando el colegio; el que tuvo un costo de $1.500.oo. En actividades personales obtuvo con sus amigos una serie de donaciones que alcanzaron la suma de $1.000.oo; los que entregó a los promotores de la iniciativa a fin de que ellos consiguieran el dinero restante. El Sacerdote Isaias Naranjo Ríos, párroco del pueblo apoyó a la comunidad y por su intermedio se comprometió mencionando como una de las alternativas la convocatoria a la Comunidad Vicentina la que por su entrega y decisión de servicio, sería la más apropiada para dirigir un plantel de esta naturaleza. La inquietud permitió la conformación de una junta pro-colegio donde figuraron quienes ya venían liderando la idea y a ello se sumó Francisco Tobón; reiniciando tareas de inmediato, proponiéndose un desplazamiento a la ciudad de Cali y procurar una entrevista con los directores de la Comunidad Vicentina; el suceso ocurrió cumpliéndose la entrevista con la Hermana Visitadora Sor Courbin, quien aceptó la invitación ofreciendo la presencia de las primeras religiosas días después. A partir del año 1945 empezó a funcionar el colegio en las instalaciones de la Casa Cural. Se iniciaron labores con la Rectora Sor Josefa Duque. Después de transcurridos 28 años el colegio fue demolido y se inició la construcción de una obra moderna acorde a las necesidades de la población, bajo la gestión de la Rectora Sor Teresa de Jesús Zuluaga. A partir del año 1999 por orden de la Secretaría de Educación Departamental, se aceptó el ingreso de estudiantes varones. Mediante Decreto 000471 del 30 de Septiembre de 2002, emanado de la Gobernación y Secretaría de Educación Departamental, se zonificó el servicio educativo (Institución Educativa San Vicente de Paúl y se anexaron las Sedes Guillermo Ángel Ángel y Rurales). Hasta la vigencia 2011, la institución estuvo dirigida por las Hermanas Vicentinas y a partir del año 2012, asumió la Rectoría el Especialista James Yesid Bernal León. 7

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3. IDENTIDAD INSTITUCIONAL NOMBRE:

Institución Educativa San Vicente de Paúl

APROBACIÓN:

Resolución No 01222 de diciembre de 2 de 2009

REGISTRO DANE:

163302000308

NIT:

801004910-1

CÓDIGO ICFES:

013144 (JORNADA DIURNA)

NIVELES:

Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media

TÍTULO:

Bachiller Académico y Técnico en Asistencia Administrativa (SENA)

ÉNFASIS:

Empresarial

CARÁCTER:

Oficial

GÉNERO:

Mixto

CALENDARIO:

A

JORNADAS:

Diurna (Mañana)

DOMICILIO:

Calle 25 No 12-24, Génova, Quindío

TELÉFONOS:

(6) 7656347

CORREO ELECTRÓNICO:

[email protected]

PÁGINA WEB:

www.iesanvicentedepaul.edu.co

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NUESTRO LEMA “Con trabajo, amor y ciencia, forjaremos la excelencia”

MISION La Institución Educativa San Vicente de Paúl ofrece una formación integral a los niños y niñas de Transición, Básica y al joven de Media Académica, que les permita vivenciar los valores, potenciar capacidades, habilidades y aptitudes para ser competente en el campo familiar, social y laboral, en integración con la Educación Superior y el medio productivo; donde sus conocimientos adquiridos se vean reflejados en su vida diaria acorde con nuestro lema: "Con Trabajo, Amor y Ciencia forjaremos la Excelencia".

VISION

Ser una Institución Educativa de calidad, fundamentada en el quehacer pedagógico denominado ENSEÑANZA PARA LA COMPRENSIÓN Y FORMACIÓN AXIOLÓGICA, que se proyecte dentro de su comunidad educativa como agente dinamizador en la transformación de su entorno familiar y social aplicando y promoviendo un cúmulo de saberes lingüísticos, culturales, tecnológicos e investigativos, vivenciando los valores Vicentinos: RESPONSABILIDAD, SOLIDARIDAD, TOLERANCIA, LIBERTAD Y HONESTIDAD. Formando un ser humano idóneo capaz de desempeñarse en diferentes campos laborales que le permitan aplicar los conocimientos teóricos, prácticos, de orden académico, con PROYECCIÓN INVESTIGATIVA Y EMPRESARIAL.

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PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS QUE ORIENTAN LA INSTITUCION EDUCATIVA SAN VICENTE DE PAUL

FILOSOFIA INSTITUCIONAL. La filosofía de la Institución Educativa San Vicente de Paúl de Génova está fundamentada en el carisma Vicentino, por ser San Vicente de Paúl su fundador, quien legó un verdadero soporte de valores, los que se deben fortalecer en la comunidad; formando lideres integrales capaces de construir y alcanzar su proyecto de vida para transformar su entorno y su núcleo familiar. La formación del pensamiento tecnológico, cultural e investigativo, como eje central en la institución está definido desde el quehacer educativo de acuerdo a los principios, fines, estándares, competencias, objetivos y el enfoque pedagógico denominado, aspectos que se proponen cualificar las dimensiones cognitivas y afectivas de los niños y jóvenes del municipio. Ante las exigencias de la pedagogía actual basada en las competencias y, ante la situación socioeconómica de la población, se pretende hacer de la educación una alternativa media técnica laboral con énfasis en la creación y gestión de empresas, apoyados en instituciones competentes para este fin. FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS La Institución Educativa San Vicente de Paúl, municipio de Génova, Quindío, brinda una educación basada en el respeto de la dignidad humana, garantizando la efectividad de los derechos y deberes de la comunidad educativa, facilitando la participación en la toma de decisiones para el mejoramiento de la calidad educativa. FUNDAMENTOS ANTROPOLÓGICOS La educación que ofrece La Institución Educativa San Vicente de Paúl, parte de la premisa que el estudiante es un ser humano en proceso de formación, capaz de pensar, sentir y actuar. Por lo tanto está sujeto a cambios que son orientados en cada una de las áreas y asignaturas ofrecidas en el plan de estudio, buscando el desarrollo intelectual, afectivo, sicomotor, y volitivo; es decir, formar una persona integral. FUNDAMENTOS EPISTEMOLÓGICOS La Institución Educativa San Vicente de Paúl del municipio de Génova, Quindío tiene como principio la construcción del saber en forma integral para la solución de 10

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problemas y necesidades en forma critica atendiendo a la razón y el comportamiento lógico orientado por cada una de las áreas en procura de alcanzar un mejor nivel de vida que les permita a los estudiantes y egresados participar del desarrollo cultural y demás aspectos a nivel personal y de la comunidad; así como fortalecer el respeto por los derechos de la persona, tal como están estipulados en la Constitución Colombiana: Derecho a la vida, integridad personal, igualdad, libertad de creencia y de cultos, libertad de expresión, respeto a la intimidad y a ser protegidos contra todo abuso, explotación o mal trato. Construir un ambiente propicio para el desarrollo humano, teniendo en cuenta los valores cognitivos, comunicativos, actitudinales, biológicos y artísticos. En los fundamentos epistemológicos se tienen en cuentan:  Atención al estudiante teniendo en cuenta sus diferencias individuales.  Aprender a vivir con los recursos naturales tomando conciencia de la importancia que tienen para conservación de la salud y la vida.  Compartir con todos los estamentos, fortaleciendo las relaciones de la comunidad educativa.

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SIMBOLOS INSTITUCIONALES

HIMNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN VICENTE DE PAUL CORO Celebremos con júbilo y gozo, Al compás del clarín y laud, Nuestro empeño febril, vigoroso De luchar por la ciencia y virtud! I De la ciencia el tesoro buscamos Que ilumina de Cristo la Cruz, Y un hermoso ideal que anhelamos Es el lema de amor y de luz. II Somos vida alegría esperanza, Juventud, armonía y candor; Somos vivida antorcha que avanza Esparciendo su suave fulgor. III Luz del mundo y sal de la tierra 12

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Somos hoy, melodía y canción; Somos áncora viva que encierra Mil tesoros de fe y devoción. IV Del colegio la sabia enseñanza, Que es fanal refulgente y veraz, Pregonamos, con noble alabanza, Su mensaje de amor y de paz. V No buscamos efímeras glorias, Sino el don del saber alcanzar; Y este noble ideal de victoria Nos impulsa en la lid a triunfar. VI En las breñas de agreste natura, Que de Génova es bella heredad, Siempre vamos en pos de la altura Donde esplende la luz, la verdad. VII Con la égida santa y gloriosa De Vicente, que es nuestro adalid, Caminamos seguros, airosos, Tras la ciencia y virtud hasta el fin! Autor: Gonzalo Zuluaga Valencia

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4. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Son objetivos del Manual de Convivencia de la Institución Educativa San Vicente de Paúl, los siguientes: 1. Lograr la formación de la persona mediante la práctica de los principios morales, éticos, políticos, sociales, culturales, con capacidades y potencialidades que le permitan su crecimiento para un buen desempeño en su entorno y la sociedad.

2. Presentar a la comunidad educativa los lineamientos, procedimientos criterios, normas que comprometen a los padres de familia y educandos en sus relaciones entre sí y con los educadores, directivos, administrativos y empleados en general, para que actúen bajo los criterios normativos sometiéndose a las conductas regulares que en él se señalen.

3. Aplicar los mandatos de la Constitución Política, Código de Infancia y Adolescencia, Ley General de Educación, el Decreto 1860/94 y el Decreto 1290/09 y demás normas que le sean aplicables. ADQUISICION DEL MANUAL DE CONVIVENCIA: Todos los estudiantes, en compañía del padre de familia o acudiente deberán adquirir el Manual de Convivencia para ser leído y analizado, apropiándose de él antes de proceder a la matrícula. En caso de pérdida debe ser adquirido nuevamente.

5. FUNDAMENTACION LEGAL El presente documento se fundamenta en la señalado en la Constitución Política de Colombia, especialmente en los artículos 41 al 45, 67, 68, 79, 80, 82, 85 y 86; de igual forma se apoya en lo dispuesto en la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) en especial en los artículos 73, 87, 91, 93, 94, 142 al 145; además de los artículos 17 al 32 del Decreto 1860 de 1994. También está basado este documento en la Ley 1098 de 2006, por medio de la cual se expide el código de la infancia y la adolescencia y toda la jurisprudencia de las altas cortes, de manera especialísima las decisiones emanadas de la Corte Constitucional en relación al tema de los manuales de convivencia a través de las acciones de tutela.

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RESOLUCION No ___ FECHA _________ MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCION EDUCATIVA SAN VICENTE DE PAUL Génova Quindío Por la cual se expide el MANUAL DE CONVIVENCIA, para los estudiantes matriculados en la Institución Educativa San Vicente de Paúl. EL RECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN VICENTE DE PAUL Y SUS SEDES Buenos Aíres, La Topacia, La Venada Alta, El Jardín, El Recreo, La Mayoría, La Granja, José Antonio Galán, La Cascada, Ramón Jaramillo, Las Camelias, Cedral Alto y Guillermo Ángel Ángel DEL MUNICIPIO DE GENOVA, DEPARTAMENTO DEL QUINDÍO; Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y: CONSIDERANDO: Que durante el año 2012 se llevó a cabo la recontextualización del manual de convivencia de la institución Educativa San Vicente de Paúl del municipio de Génova Quindío por los representantes de la comunidad educativa (Consejo Directivo, Directivos Docentes, Docentes, Estudiantes, Padres de Familia y Ex alumnos). Que el presente Manual de Convivencia fue revisado, experimentado y evaluado dentro del proceso de re contextualización periódica del Proyecto Educativo Institucional, llevado a cabo durante el periodo mencionado con resultados altamente positivos que determinan su adopción definitiva. Que la institución educativa San Vicente de Paúl debe contar con normas y procedimientos que regulen el acontecer académico y comportamiento mental de los estudiantes matriculados. Que el MANUAL DE CONVIVENCIA para la comunidad educativa de la Institución Educativa San Vicente de Paúl, ha sido elaborado de conformidad con la Constitución Política de Colombia, la Ley 115 de 1994 y los fallos de la Corte Constitucional. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Expedir y adoptar el MANUAL DE CONVIVENCIA, para la comunidad educativa de la Institución Educativa San Vicente de Paúl y sus sedes Buenos Aíres, La Topacia, La Venada Alta, El Jardín, El Recreo, La Mayoría, La Granja, José Antonio Galán, La Cascada, Ramón Jaramillo, Las Camelias, Cedral Alto y Guillermo Ángel Ángel del municipio de Génova Quindío contenido en los siguientes Capítulos y Artículos: 15

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CAPITULO I PROCESOS DE ORDEN ADMINISTRATIVO Artículo 1: DE LA PREMATRÍCULA Y LA MATRÍCULA 1. LA PREMATRICULA. Acto libre y voluntario mediante el cual un estudiante, que en virtud del presente Manual puede renovar su matrícula, solicita a la institución educativa San Vicente de Paúl cursar el año siguiente de acuerdo con el calendario establecido y los requisitos de aprobación. 2. LA MATRICULA es un contrato educativo suscrito libre, voluntaria y responsablemente entre una persona natural y la Institución, y bajo ninguna circunstancia podrá ser cedida sin previo conocimiento y autorización de la Institución Educativa. La matrícula tendrá una duración de 12 (doce) meses, equivalentes al año lectivo (enero 1 a diciembre 30) y será protocolizará con las firmas del estudiante, el padre, la madre y/o acudiente y los representantes legales de la Institución Educativa. A través de este acto el estudiante se compromete a cumplir el presente Manual, y a su vez el Colegio se compromete a ofrecerle una formación integral enmarcada en el PEI. Ninguna persona podrá asistir o participar en actividades académicas, sin haber cumplido con todos los requisitos y los procesos académicos y administrativos exigidos para la matrícula, quien lo haga de manera irregular, se considera como no matriculado y carece de los derechos consagrados a favor de los estudiantes del Colegio. (LEY 115 DE 1994, artículo 95) Artículo 2: TIPOS DE MATRÍCULA. Los tipos de matrícula, en la Institución Educativa San Vicente de Paúl, son los siguientes:  Matrícula regular: Es el contrato suscrito por el aspirante que cumple los requisitos al momento de la matrícula, sea nuevo o antiguo realizados dentro de los plazos y fechas señalados por la institución en concordancia con las establecidas por las autoridades educativas competentes.  Matrícula Condicional: Los estudiantes antiguos de la Institución y los nuevos, procedentes de otras instituciones que presenten sanciones académicas y/o comportamentales, consignados en su hoja de vida, anecdotario o registro personal deberán diligenciar una ACTA DE COMPROMISO que condicione el ingreso del estudiante y su permanencia en la Institución al cumplimiento cabal del presente manual, so pena de ser excluido al verificarse su incumplimiento. El acta deberá estar respaldada con las firmas del estudiante y el padre de familia y/o acudiente.

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Artículo 3: CANCELACIÓN DE MATRÍCULA. Cuando un estudiante desea retirarse voluntariamente de la Institución Educativa, deberá cancelar matrícula, para lo cual se presentará con el padre de familia y/o acudiente, llenaran un formato donde se deja constancia del retiro voluntario y las causas que lo generan. Toda cancelación se hará con el visto bueno de las dependencias y la presentación de paz y salvo de las dependencias: Biblioteca, laboratorios, deportes, restaurante, tienda escolar, etc. Parágrafo 1: Se pierde la calidad de estudiante de la institución educativa cuando:  Se haya completado el ciclo de estudios que ofrece la institución.  Se compruebe falsedad en la información y/o documentación presentadas para ingresar a la institución.  No se alcancen los logros académicos previstos y se juzgue conveniente o necesario, a criterio de la institución, el cambio de colegio.  Se cancele la matrícula por causa de comportamientos graves según se precisa en este Manual de Convivencia.  Al finalizar el año escolar la valoración del comportamiento y convivencia sea insuficiente. Artículo 4: CANCELACIÓN DE MATRÍCULA POR INASISTENCIA. Cuando un estudiante se retire sin cancelar oportunamente la matrícula, la Institución Educativa efectuará la respectiva cancelación al momento de completar el número reglamentario de faltas, previo análisis y concepto de las coordinaciones. Artículo 5: DERECHO DE MATRÍCULA: Todo estudiante, sin distingo de raza, credo, posición social o económica, tiene derecho a ser legalmente matriculado en la institución Educativa San Vicente de Paúl, siempre y cuando cumpla los requisitos para ser admitido en el grado respectivo y se disponga del cupo.(Ley 1098 2006 Artículo 28) Artículo 6: REQUISITOS PARA LA MATRICULA. Los requisitos a cumplir en el proceso de matrícula serán los siguientes:

POR PRIMERA VEZ

   

Para menores de edad: Fotocopia del Registro Civil de nacimiento Fotocopia cédula del padre de familia y/o acudiente Fotocopia recibo de energía Fotocopia carnet de salud y/o SISBEN 17

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 Dos fotos tamaño cédula con el uniforme de la institución Para estudiantes de 7 años en adelante:       

Fotocopia tarjeta de identidad Fotocopia cédula del padre de familia y/o acudiente Fotocopia recibo de energía Certificados y/o boletines de grados anteriores. Fotocopia del observador y/o anecdotario del año lectivo anterior Fotocopia carnet de salud y/o SISBEN Dos fotos tamaño cédula con el uniforme de la institución

Parágrafo 1: La edad mínima para estudiantes que aspiran ingresar al grado de transición debe ser de 5 años cumplidos durante el año escolar y de 6 años para básica primaria. La edad máxima para estudiantes aspirantes al grado sexto es de 14 años cumplidos o más sólo si viene en continuidad. Parágrafo 2: Los requisitos se ajustarán anualmente según las directrices de la Secretaría Departamental de Educación y el Ministerio de Educación Nacional y se darán a conocer con anticipación las modificaciones a través de una resolución rectoral. Parágrafo 3: La matricula para estudiantes en condición de desplazados tiene como requisito aparecer en el listado nacional de desplazados.

Artículo 7: IDENTIFICACIÓN DEL ESTUDIANTE: De acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Educación, la Institución Educativa expedirá a cada estudiante un carné para su identificación y obtención de beneficios, con vigencia de un año lectivo y renovable cada año. (LEY 115 DE 1994, artículo 98) Artículo 8: UNIFORMES. El uniforme de la Institución es un símbolo que genera identidad, su portador representa la institución y su correcto uso propende por el desarrollo de hábitos de aseo, para presentación personal y respeto en los estudiantes. Los estudiantes de la Institución Educativa San Vicente de Paul del municipio de Génova, portarán el uniforme de la siguiente forma: El Uniforme Diario para los hombres. El uniforme diario para los hombres será: Pantalón de lino azul oscuro, desde la cintura, con bota recta (no entubado), camibuso blanco con cuello blanco sport y línea azul en el cuello y la manga y emblema de la institución, manga corta; el cual será portado dentro del pantalón, guardando una excelente presentación. Zapatos negros, correa negra y medias a media pierna color azul oscuro. 18

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El Uniforme diario para las mujeres: Las mujeres usarán falda de prenses azul oscura, presentada desde la cintura a la rodilla, camibuso blanco con cuello blanco, línea azul en el cuello y emblema de la institución usado por dentro de la falda, zapatos negros y medias a media pierna de color blanco, guardando la excelente presentación. Uniforme de educación física para hombres y mujeres: Sudadera color azul oscuro, desde la cintura al talón y bota recta (no entubado) camibuso blanco con cuello azul sport y línea azul en la manga y emblema de la institución, manga corta; el cual será portado por fuera de la sudadera, tenis blancos y medias a media pierna de color blanco. Parágrafo 1: Los estudiantes nuevos tendrán un plazo de seis (6) semanas para asistir con el uniforme; el (la) estudiante deberá presentarse con jean azul oscuro y camiseta blanca hasta tanto se presente con el uniforme de diario y con sudadera preferiblemente de color oscuro y camiseta blanca hasta tanto se presente con el uniforme de educación física. Parágrafo 2: Los sacos y chaquetas deben ser de color acorde a los uniformes, preferiblemente, azul oscuro o blanco, mientras se establece un saco con diseño institucional. Parágrafo 3: Los hombres deben usar el cabello corto clásico evitando melenas, expansiones y copetes extravagantes (SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL T-36697, agosto 6, punto 5 que a la letra dice: “LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD. No encuentra la corte que se haya violado el derecho al libre desarrollo de la personalidad por el solo hecho de EXIGIR a los estudiantes que se presenten aseados a la institución educativa y con un corte normal, lo cual está estipulado en el manual de convivencia de la institución”.(negrilla y resaltos fuera del texto) SENTENCIA T-128564 agosto 6 de 1997, decisión judicial que a la letra dice “ La juez en su opinión cuando el colegio EXIGE un determinado corte de cabello a sus asociados no está limitando el libre desarrollo de la personalidad, sino que está haciendo cumplir el reglamento al cual se somete voluntariamente al momento de ingresar al colegio). Igualmente las mujeres deben llevar el cabello bien organizado. Parágrafo 4: Los estudiantes no deben usar aretes, pircing con el uniforme y tener las uñas bien organizadas, si usan esmalte que sea de color claro, no se permite el uso de maquillaje que desentone con el uniforme. Parágrafo 5: El uso del uniforme queda restringido a la jornada escolar y por lo tanto no se permite que los estudiantes lo utilicen en la calle y establecimiento públicos, excepto en actividades culturales y deportivas que haya sido programadas por la Institución, acompañadas por un docente y directivo.

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Parágrafo 6: Los padres de familia que por su situación económica no puedan adquirir el uniforme, harán un compromiso con la Institución, de la forma como pueden ir adquiriendo los componentes en fechas o plazos concertados. Parágrafo 7: el uniforme de los estudiantes de las demás sedes anexas a la Institución Educativa San Vicente de Paúl será igual al estipulado en artículo 8 del presente manual.

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CAPITULO II DE LA JORNADA ESCOLAR

Artículo 9: JORNADA ESCOLAR. La jornada escolar de la Institución Educativa San Vicente de Paúl, se plantearán según las orientaciones de la Secretaría de Educación, el Ministerio de Educación y a los cambios en la normatividad relacionada. Parágrafo: APERTURA Y CIERRE DE LA PUERTA PRINCIPAL. La puerta de entrada se abrirá quince minutos antes de la jornada escolar y se cerrará a las 7:30 A.M a su inicio. Artículo 10: CONTROL DE ASISTENCIA. Los docentes llevarán un estricto control de asistencia de los estudiantes en la respectiva carpeta. Finalizada la primera hora, dicho reporte deberá ser entregado cada día en la coordinación del colegio para verificar los motivos de su ausencia con los respectivos acudientes.

Artículo 11: RETARDOS. Frente a los retardos menores se seguirá el siguiente procedimiento: 11.1. Registro en la carpeta de asistencia por parte del educador que se encuentre en el salón, dando fe de los nombres de los estudiantes que llegan tarde. Cumplidos los tres retardos se hará anotación en la hoja de vida del estudiante con firma del acudiente y se seguirá el conducto falta leve. Si reincide se convierte en falta grave. Nota: este procedimiento se seguirá por período académico (4 períodos en el año). 11.2. Cuando un estudiante llegue tarde al colegio en la primera hora, con excusa justificada, la Coordinación dará la autorización de entrada y no será reportada como retardo; de lo contrario, se seguirá el procedimiento señalado. 11.3. Se considera retardo mayor cuando el estudiante, estando en el Colegio, ingrese a la clase hasta 5 minutos después de que hayan timbrado; después de pasado este tiempo, se sancionará de la siguiente manera: a.) Se suscribirá con el estudiante un acta de compromiso. b.) Se hará citación al acudiente. c.) Si reincide en la conducta se dará suspensión de un día. d.) Si persiste en la dificultad, se considerará como falta grave y se procederá a la ejecución del procedimiento e imposición de la sanción correspondiente). 21

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11.4. Cuando el estudiante no asista a jornadas culturales, deportivas, convivencias, semana cultural, retiros y otras actividades que la institución programe, se aplicará el siguiente procedimiento: a.) Se suscribirá con el estudiante un acta de compromiso. b.) Se hará citación al acudiente. c.) Se impondrá suspensión de uno (1) a tres (3) días según el criterio de la Coordinación. e.) Si se presenta reincidencia, la conducta se considerará como falta grave (Se procederá a la ejecución del procedimiento e imposición de la sanción correspondiente). Artículo 12: AUSENCIAS COLECTIVAS. En caso de ausencias colectivas sin justificación, se impartirán las clases a los estudiantes que se presenten; a los demás se aplicarán las faltas, además de las acciones disciplinarias a que hubiere lugar. «Se considerarán para la repetición de un grado, los estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 15% de las actividades académicas durante el año escolar». Artículo 13: FUGA DEL AULA DE CLASE O DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. Cuando un estudiante salga del aula de clase o de la Institución sin causa justificada y sin el debido permiso del profesor o del coordinador, se iniciará el debido proceso disciplinario como fuga. La Institución Educativa salva toda responsabilidad sobre lo que eventualmente pueda ocurrirle durante la ausencia de la clase o de la Institución. Artículo 14: EXCUSAS. Las excusas por ausencia a la institución educativa, deben presentarlas personalmente el padre de familia o el acudiente, dentro de un plazo máximo a los tres días siguientes de su reintegro; pasado este tiempo, no será reconocida como válida por extemporánea. Ante la falta de justificación, se informará al padre de familia o acudiente, quien deberá presentarse a la Institución Educativa lo más pronto posible. Si en su ausencia, con permiso o excusa justificada, hay evaluaciones a las actividades académicas, el estudiante tendrá derecho a solicitar al educador que en los cinco (5) días hábiles siguientes a su reintegro le faciliten la presentación de las mismas para la obtención de los logros correspondientes. Pasado este plazo, los logros se registrarán como no alcanzados.

Artículo 15: PERMISOS. Los permisos para ausentarse de la Institución Educativa en horas de clase, sólo serán concedidos por los Coordinadores y en su ausencia por el Director de Grupo o el Rector, en ningún caso por los docentes y tendrán las siguientes condiciones: Cuando el estudiante solicita un permiso por motivos como: enfermedad, citas médicas, odontológicas, judiciales, calamidad doméstica y/o fuerza mayor, debe: 22

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a.) Solicitarlo desde el día anterior, de acuerdo con el caso. b.) Acercarse a la Coordinación, a presentar el comprobante de su cita o la petición escrita o personal de su acudiente. Se tendrán en cuenta solicitudes telefónicas, verificando aquellas hechas por los acudientes. c.) Comprobada la solicitud, se llevará el control del permiso en el libro correspondiente, y se le dará en forma escrita (formato) del permiso para entregar en portería. El coordinador entregará el permiso al estudiante, quien lo dejará con el educador de la clase o clases correspondientes. d.) El estudiante deberá responder una vez se reintegre al Colegio, por lo visto en su ausencia, para lo cual tendrá que gestionar con sus compañeros de clase los medios para adelantarse, poner al día sus cuadernos y coordinar con el docente o docentes respectivos la posterior realización de actividades ejecutadas durante su ausencia. Para esto contara con (5) días hábiles. e.) PERMISOS ESPECIALES: Se conceden permisos especiales a los estudiantes para representación de la institución en eventos académicos, deportivos y culturales. Dicho permiso lo libera de contabilizársele inasistencia, para lo cual deberá llevar el visto bueno de la Coordinación Disciplinaria y Convivencia, respaldo del acudiente y compromiso personal del estudiante de nivelarse con la ayuda de los docentes, quienes están en la obligación de explicarle lo visto durante su ausencia, facilitar la realización de tareas, talleres y otras actividades académicas y evaluarlo en fechas y horarios establecidos de común acuerdo entre la Coordinación académica y el estudiante, para realizar la nivelación. En ningún caso, este tiempo no puede ser superior a (5) días hábiles.

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CAPITULO III DE LOS DERECHOS Y DEBERES Toda persona, por su naturaleza entraña en su ser DERECHOS Y DEBERES. El reclamar los derechos y cumplir con los deberes conlleva a una sana convivencia dentro de un grupo social. Artículo 16: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: 1. Conocer, estudiar, analizar y participar en la revisión y ajustes del Proyecto Educativo Institucional, en el Manual de Convivencia y demás instrumentos para la administración de la institución educativa con anticipación a la matrícula. 2. Ser protegido por todos los miembros de la comunidad educativa contra cualquier forma de violencia, maltrato o abusos que atenten contra su integridad física o moral. 3. Recibir el carné que lo identifique como estudiante del Colegio ante las autoridades escolares, civiles y militares. 4. A no ser sometido a tratos crueles y degradantes. 5. Recibir un buen trato, respetuoso, amable, sincero, de diálogo por parte de los distintos estamentos y personas de la comunidad educativa. 6. Recibir oportunamente los servicios que ofrece la Institución Educativa San Vicente de Paúl como: Biblioteca, tienda escolar, Cruz Roja, restaurante escolar, sala de sistemas, Psicorientación, según disponibilidad y reglamentación. 7. Recibir de los docentes que orienten su proceso académico, el cumplimiento de sus deberes profesionales: Capacitación, orientación, puntualidad, preparación de clases, actividades y evaluaciones. 8. Solicitar en forma respetuosa explicaciones de temas no entendidos en clase y que se tengan en cuenta sus opiniones, siempre y cuando estén cumpliendo sus deberes en el aula de clase. 9. Recibir evaluaciones, tareas y trabajos calificados y corregidos en un plazo razonable. 10. Conocer desde el inicio del año, al ingresar a la institución el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes: Criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar. 11. Ser evaluado de manera integral, basado en las normas técnicas vigentes y los principios de justicia y equidad, en todos los aspectos académicos, personales y sociales. 12. Conocer oportunamente los informes antes de ser consignados en las planillas y solicitar revisión cuando lo consideren necesario.

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13. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a éstas. 14. Recibir una adecuada educación académica-empresarial, que responda a las necesidades del país y sea orientada para la vida; al igual que la educación en valores Vicentinos que oriente y prepare para la convivencia social. 15. Ser atendidos oportunamente por las directivas, docentes, administrativos en lo que se refiere al cumplimiento de sus funciones cuando lo requieran. 16. Recibir orientación y acompañamiento adecuado y oportuno en todo lo relacionado con el desarrollo académico, formación de valores y todo lo que conlleve a su bienestar. 17. Presentar peticiones respetuosas a cualquiera de los estamentos 18. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar las debilidades en el aprendizaje. 19. Presentar las evaluaciones y trabajos asignados cuando la inasistencia a clases haya sido justificada. 20. Solicitar y obtener permisos de acuerdo a las circunstancias que se presenten. El estudiante saldrá del establecimiento educativo siempre y cuando el padre de familia o acudiente se haga presente en la institución para solicitar y justificar el permiso en la Coordinación. 21. No ser expulsado de clase ni de las instalaciones de la institución sin que medie causal de peso, previamente establecida en el manual de convivencia y de acuerdo al debido proceso. 22. Tener períodos de descanso para tomar alimentos y recrearse, al juego, a la participación en la vida artística, cultural, científica y política de la Institución y su entorno. 23. Libertad de expresión, discusión y análisis encaminados hacia la construcción del conocimiento dentro de los principios de la democracia participativa. 24. Gozar del debido proceso para que se apliquen adecuadamente los correctivos que sean necesarios para su proceso de formación como ser humano. 25. Ser estimulado cuando el comportamiento y el desempeño académico lo ameriten. 26. Permanecer en un ambiente limpio y organizado, usando correctamente los servicios higiénicos, recipientes y otros elementos destinados a este servicio. 27. Los estudiantes con necesidades educativas especiales tendrán la flexibilidad en el horario escolar y en asistencia de acuerdo a las necesidades particulares de cada caso. 28. Los estudiantes con necesidades educativas especiales que no logren adaptarse al medio escolar mediante la integración del aula regular (extraedad, actitudes agresivas y violentas, rechazo a la autoridad de terceros, no controlar esfínteres, siquiátricos y otras que afecten las relaciones interpersonales en la comunidad educativa y en el desarrollo del proceso educativo) se evaluará la forma y estrategia para brindarle el apoyo permanente a cada caso particular (actividades de ocupación de tiempo libre, ayuda terapéutica, planes caseros, etc).

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29. Recibir un complemento alimentario haciéndose participe del restaurante escolar. De acuerdo a los programas planeados por las autoridades encargadas y las prioridades establecidas. 30. Los estudiantes de preescolar serán acompañados hasta la institución por personas responsables. 31. Ser representado por los padres y/o acudientes ante cualquier proceso. 32. Solicitar al profesor respectivo 5 valoraciones al menos en cada período cuando la intensidad horaria sea de 2 horas semanales o más; y de 3 cuando se trate 1 hora semanal. 33. Que el Docente no utilice las valoraciones para efectos de sanciones comportamentales. 34. Ser respetado en su intimidad personal y familiar: a la confidencialidad respecto a las informaciones que de él o de sufamilia posean y manejen los distintos estamentos de la Comunidad Educativa. 35. Mantener una constante comunicación con los padres de familia en lo relativo a las valoraciones académicas y comportamiento social de los estudiantes. 36. Ser tratados como personas, con respeto y justicia. 37. Recibir distinciones y estímulos correspondientes a sus méritos. 38. Elegir y poder ser elegido en las funciones de delegado del grupo y demás cargos de representación estudiantil y participar activamente de ellos, de tal manera que le permita desarrollar sus capacidades de liderazgo. 39. Participar y/o promover las agrupaciones estudiantiles. 40. Hacer parte de los diferentes grupos y comités organizados por la institución y su permanencia dependerá de su comportamiento y desempeño académico. 41. Proponer, promover y participar en actividades de carácter formativas, artísticas, socioculturales, recreativas y deportivas que favorezcan su formación integral y el buen uso del tiempo libre. 42. Ser respetado en su dignidad o identidad de sus diferencias étnicas, religiosas e ideológicas y no sufrir ningún tipo de discriminación por parte de las directivas, docentes, personal administrativo y de servicios y los demás compañeros. 43. Ser escuchados y atendidos en sus descargos, antes de ser sancionado 44. A no ser objeto de llamados de atención ofensivos por parte de los diferentes estamentos de la institución. Sino a darles una amonestación racional y discreta. 45. Efectuar con cultura los reclamos justificados y recibir la atención debida de parte de todos los estamentos de la institución, cumpliendo rigurosamente el conducto regular establecido. 46. Garantizar condiciones de seguridad e higiene de la Institución. 47. Utilizar normal y racionalmente los recursos físicos, humanos, didácticos, deportivos y sociales de que dispone la institución, según la disponibilidad y reglamentación de uso. 48. Derecho a la intimidad personal, la vida privada y al buen nombre. 49. Derecho a recibir protección ante la amenaza o la violación de los derechos funda mentales, sexuales y reproductivos. 50. Derecho a recibir información clara, oportuna y científica acerca de la sexualidad 26

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51. Derecho a espacios de comunicación familiar para tratar el tema de la sexualidad. 52. Derecho al fortalecimiento de la autoestima, la autovaloración, y la autonomía pa ra lograr la toma de decisiones adecuadas respecto a la sexualidad.

Artículo 17: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES: Deber: Aquello a que está obligado el hombre por los preceptos religiosos o por leyes Naturales. Son deberes de los estudiantes. Los estudiantes matriculados en la Institución Educativa San Vicente de Paúl, deben: 1. Conocer el Proyecto Educativo Institucional al inicio del año escolar o al ingreso a la institución 2. Conocer y socializar el presente Manual de Convivencia para respetarlo y cumplirlo. 3. Asistir puntualmente a clase, a los actos sociales, culturales, deportivos y científicos que la Institución programe dentro y fuera del plantel. 4. Presentar en todo momento manifestaciones de respeto, cortesía y civismo como: el saludo, vocabulario correcto, el respeto de palabra y hecho con el otro, dentro y fuera de la institución. 5. Llevar a clases los elementos requeridos para ellas y responder por el rendimiento académico. 6. Fomentar la práctica de los valores como TOLERANCIA, EL RESPETO, CARIDAD, LIBERTAD Y LA SOLIDARIDAD, base para una mejor convivencia. 7. Atender los llamados que le hagan los diferentes estamentos de la Institución (rectoría, coordinación, orientación, director de grupo, profesores, personal administrativo y de servicios) con respeto y amabilidad. 8. Respetar los símbolos patrios y de la Institución, los valores éticos, culturales, nacionales y étnicos. 9. Participar en las pruebas programadas por el estado (pruebas saber). 10. Presentar sus trabajos, tareas, y cuadernos en perfecto orden, legibles y dentro del tiempo establecido por cada docente. 11. Abstenerse de realizar acciones fraudulentas como alterar informes, copiar en las evaluaciones, presentar fotocopias de trabajos de otros compañeros. 12. Tener buen comportamiento dentro y fuera de la Institución Educativa, practicando buenos modales, utilizando un vocabulario culto, evitando decirle apodos a sus compañeros, chistes de mal gusto y aceptando con respeto las observaciones de docentes, directivos y compañeros. 13. Portar adecuadamente el uniforme dentro y fuera del plantel, no usarlo como vestido de calle. 14. No fumar dentro de las instalaciones de la institución educativa.

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15. Comportarse correctamente en los medios de transporte que se utiliza para movilizarse en representación de la institución. 16. Permanecer en el aula de clase durante la jornada escolar, excepto en las horas del descanso y no salir del aula en los cambios de clase. 17. No permanecer en el aula de clase en horas de descansos, excepto previa autorización del docente. 18. Conocer y acatar las orientaciones de funcionamiento establecidas para cada dependencia de la institución. 19. Estar dispuesto al diálogo con al ánimo de fortalecer las relaciones interpersonales y superar conflictos. 20. Dar buen trato a todos los integrantes de la comunidad educativa. 21. Guardar respeto por sí mismo y por la individualidad de todas las personas de la comunidad educativa para establecer buenas relaciones interpersonales y propiciar un ambiente afectivo. 22. Conservar y responsabilizarse de los bienes materiales (sillas, pupitres, paredes, puertas, baños, ventanas, lámparas, etc.), recursos didácticos e implementos deportivos de la Institución. 23. Ser solidario, de manera especial, ante las calamidades, dificultades o accidentes que puedan presentarse. 24. Respetar las convicciones, creencias, opiniones e ideas ajenas, ya sean de carácter religioso, filosófico o político. 25. Guardar lealtad y gratitud a la Institución, procurar su prestigio y defenderla de los ataques injustamente formulados, aún después de haber terminado estudios, proyectando así una buena imagen de la misma. 26. No emplear el nombre de la Institución para organizar festividades, excursiones, rifas u otros eventos cuyo objetivo sea el lucro personal. 27. No ingerir ni portar bebidas alcohólicas, sustancia psicoactivas. 28. Respetar los bienes de los compañeros y los de la comunidad en general. 29. No asistir a la institución con joyas u objetos de valor; la institución no se hace responsable de la pérdida o robo de los mismos. 30. Asistir a la Institución teniendo en cuenta una buena presentación e higiene personal. No se deben llevar adornos que desentonen con el uniforme, los jóvenes no deben portar aretes, ni llevar el cabello largo, cortes o tintes que llamen la atención; las niñas no deben llevar maquillaje o atuendos que desentonen con la estética del uniforme. 31. Usar un vocabulario correcto y culto en el trato con todas las personas de la Institución Educativa. 32. Respetar, ayudar y apoyar a los organismos, tales como representantes de curso, comités institucionales, gobierno escolar y personería de los estudiantes. 33. Contribuir al aseo, conservación, mejoramiento y embellecimiento de la planta física; preservar, respetar y cuidar el medio ambiente.

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34. Tener un gran sentido de pertenencia valorando y promoviendo la buena imagen de la institución. 35. Abstenerse de permanecer en sitios de la Institución que son restringidos para estudiantes. 36. Hacer uso correcto del tiempo del descanso, evitando juegos y actividades bruscas, agresivas o de riesgo, que puedan perjudicar física o sicológicamente a los demás miembros de la comunidad educativa. 37. Cuidar debidamente sus pertenencias. 38. Atender y participar activamente en las clases manteniendo siempre la disciplina y promoviendo la participación de los compañeros, evitando el desorden, posiciones incorrectas, apatía y distracciones. 39. Participar activa y responsablemente en el proyecto de servicio social. 40. Hacer uso adecuado de grabadoras, radios, celulares, cámaras, revistas, IPod, mp3, mp4 y otros en actividades pedagógicas sólo cuando el docente lo requiera para su desarrollo de la clase. 41. Solicitar a la coordinación, por escrito, en forma debida y con anterioridad, los permisos para no asistir o ausentarse de la Institución. 42. Asumir con responsabilidad todas las actividades académicas, de profundización y de recuperación programadas por la Institución. 43. Tener recato y mesura con las caricias y expresiones de cariño, dando siempre una buena imagen personal e institucional. 44. No portar armas y elementos explosivos dentro de la Institución. 45. Hacer uso del celular, solo en el descanso. En caso de pérdida la institución no se responsabiliza por este elemento.

CAPÍTULO IV DE LOS ESTIMULOS

Artículo 18: ESTÍMULOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS. La Institución Educativa San Vicente de Paúl, estimulará individual y colectivamente a los estudiantes que se destaquen por la constancia, el esfuerzo, la eficiencia, la perseverancia, rendimiento académico, buen comportamiento social, la conducta intachable, el espíritu de solidaridad y las diferentes actividades científicas, culturales, académicas y deportivas que engrandezcan el nombre de la institución. Dichos estímulos se harán: 1. Los estudiantes que sobresalgan en su rendimiento académico, disciplina, colaboración, puntualidad y similares, en cada grupo se harán acreedores a izar el pabellón nacional y sus nombres quedarán registrados en los libros que para tal efecto lleve la Institución Educativa.

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2. En cada periodo exaltar a los mejores estudiantes de cada grupo en cuadro de honor ubicado en la institución. 3. Los estudiantes que sobresalgan por sus capacidades científicas, literarias, deportivas, culturales, etc participarán en los diferentes concursos y eventos que se lleven a cabo en la institución educativa y la representarán en los certámenes a nivel municipal, departamental, regional o nacional, si hay las condiciones. 4. Los estudiantes que se destaquen durante el año por sus habilidades científicas, culturales, deportivas, artísticas o que por sus actuaciones en cualquier evento intercolegial, municipal, departamental, regional o nacional hagan quedar en algo el nombre de la institución educativa, serán estimulados con mención de honor en el acto de clausura o graduación. 5. Cada año la institución educativa hará reconocimiento público, mediante resolución en el acto de graduación a: -

Mejor bachiller de la institución Se concede MEDALLA al mejor estudiante que en cada promoción de bachilleres tenga la excelencia en rendimiento académico y el perfil Vicentino (comportamiento social destacado, colaboración, compañerismo, partícipe en las actividades organizadas por la Institución) a lo largo de su permanencia en la institución, entendiéndose su permanencia académica que haya cursado en ésta, como mínimo, la secundaria y media.

-

Estudiante con el mejor resultado en las pruebas SABER 11 Se concede MEDALLA al estudiante que en el grado once (11°) haya alcanzado el mayor puntaje en las pruebas de Estado. Siempre y cuando haya calificado con la excelencia en rendimiento académico y el perfil Vicentino (comportamiento social destacado, colaboración, compañerismo, partícipe en las actividades organizadas por la Institución) a lo largo de su permanencia en la institución, entendiéndose su permanencia académica que haya cursado en ésta, como mínimo, la secundaria y media.

-

Mejor estudiante de la jornada

6. El estudiante que al finalizar el año ocupe el primer puesto en cada uno de los grupos por su excelente rendimiento académico, disciplina y conducta intachable, se hará acreedor de la mención de honor. 7. El mejor estudiante de la institución será exaltado con la medalla de la EXCELENCIA en el acto de graduación y podrá ser de cualquier grado. 8. Durante el año lectivo se hará reconocimiento a los grupos por: o Destacarse en el buen rendimiento académico. o Destacarse en su buen comportamiento social. o Por colaboración. 30

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o Proyección a la comunidad. Estos estímulos pueden ser: o Jornadas de recreación en la institución educativa. o Permisos especiales. o Otros estímulos.

A. Al mejor deportista: Seleccionado por los coordinadores del proyecto en tiempo libre y director del grado; considerando el comportamiento, esfuerzo, colaboración y disciplina deportiva. B. Al mérito cultural: Medalla que se concede al estudiante de cada subsede, que se distinga en los diversos aspectos del arte y la cultura. C. El perfil Vicentino: Se concede al estudiante de cada curso que haya asimilado mejor los valores del P.E.I D. A la perseverancia Se concede a los estudiantes bachilleres que hayan cursado en la institución sus estudios desde preescolar o primero de primaria hasta el grado once (11).

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CAPITULO V FALTAS Y PROCEDIMIENTOS

Artículo 19: FALTAS Se entiende por falta todo incumplimiento a los deberes establecidos en el presente manual de Convivencia, y el hecho de atentar o desconocer los derechos de los demás. 1. Se entiende por falta disciplinaria el incumplimiento de un deber contraído con anterioridad, consigo mismo y con la Comunidad Educativa, entorpecer el ambiente de orden, respeto, responsabilidad y armonía necesarios para el crecimiento y desarrollo integral del educando. 2. El correctivo se constituye como útil recurso para lograr la formación integral de los estudiantes y se aplica cuando la orientación y la prevención no han sido suficientes para el cumplimiento de las normas. 3. El procedimiento se determina de acuerdo con la levedad o gravedad de la falta. 4. La gravedad de una falta depende del grado escolar del infractor, las causas y las consecuencias y el seguimiento de las reincidencias. 5. Toda falta merece especial atención y dentro de estas se desarrollaran diálogos, reflexiones, talleres y entrevistas con el estudiante y con el acudiente, buscando que el estudiante sea consciente de la infracción que cometió, cómo la puede enmendar y que adquiera el compromiso de cambiar positivamente su actitud. 6. En el estudio del caso se tendrá en cuenta: a. Autoevaluación del estudiante a través del dialogo, la conciliación y sus respectivos descargos del hecho. b. El criterio del director del grupo al comportamiento del estudiante. c. El concepto emitido por la orientación. d. La remisión a especialistas en sicología, comisaria de familia, bienestar familiar y/o entidades de apoyo y acompañantes en estos procesos.

ARTÍCULO 20: FALTA TIPO I: Es aquella actitud que impide el normal desarrollo de las actividades pedagógicas institucionales. Se denominan así porque son prácticas que no contribuyen al mantenimiento del orden colectivo y dificultan el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto hacia cada uno de los miembros que conforman la comunidad educativa y la comunidad en general.

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ARTÍCULO 21: COMPORTAMIENTOS QUE AMERITAN FALTA TIPO I: Los Comportamientos que ameritan faltas leves son: 1. Interrumpir clases por las ventanas, las puertas y generar desórdenes en el aula de clase. 2. Portar los uniformes inadecuadamente y en los días que no corresponda. 3. Impuntualidad en la entrega de las tareas escolares, trabajos, talleres o evaluaciones asignados. 4. La charla constante en clase o en actos comunitarios 5. Esconder los implementos escolares de los compañeros y/o docentes o utilizarlos sin su autorización. 6. Arrojar papeles, basuras y otros elementos desechables fuera de los recipientes destinados para ello o arrojarlas por las ventanas. 7. Consumir alimentos en el aula de clases o en actividades escolares, eventos culturales y académicos y en sitios no autorizados. 8. Utilizar indebidamente dispositivos electrónicos como celulares, amplificador de sonido o buffer. iPod, ipad, mp3, mp4 u otros elementos similares en horas de clase; en caso de hacerlo éste le será decomisado y se le entregará solo al padre de familia o su acudiente. La primera vez que sea decomisado se entregará cuando el acudiente se presente y por segunda vez se entregará al finalizar el año lectivo. 9. Llegar tarde a la institución o a clase 10. Perturbar el normal desarrollo de clases o actividades académicas, culturales o deportivas mediante conversaciones no autorizadas, gritos, risas, silbidos, burlas, juegos, gestos, remedos, circulación por el aula, patio central en momentos inadecuados. 11. Laborar en asignaturas diferentes a la que corresponde a la hora de clase, sin autorización. 12. Ingresar y permanecer en el aula en los momentos de descanso, sin autorización. 13. Entrar o salir del salón durante la clase sin la debida autorización. 14. Dejar desaseado y en desorden el aula de clase al terminar la jornada escolar, y negarse a participar en las campañas y turnos de aseo. 15. Presentarse a la institución sin los implementos necesarios para la actividad escolar. 16. Comportamientos bruscos que alteran el orden de la clase (uso de vocabulario soez u ofensivo, apodos, práctica de juegos violentos). 17. Dar mala imagen personal e institucional al exagerar expresiones amorosas como: caricias, besos, sentarse en las piernas de los compañeros y compañeras. 18. Ingresar sin autorización a las siguientes áreas: Rectoría, Secretaría, Coordinación, sala de profesores, laboratorios, salas de sistemas, restaurante escolar, aula máxima, salas de video beam, biblioteca, orientación y comunidad vicentina. 19. Recibir visitas no autorizadas de personas ajenas a la institución. 20. Mal uso de las dependencias de la Institución. Saltar muros, ventanas, mallas y barandas. 21. Inasistencia injustificada a la Institución. 33

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22. Promover o fomentar el desorden e irrespetar el turno en espacios de uso comunitario, como: tienda escolar, restaurante escolar y uso de los baños o sanitarios. 23. Irrespetar la individualidad de miembros de la comunidad educativa, mediante burlas, apodos, comentarios ofensivos o de cualquier otra forma. 24. Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua u otros elementos, haciendo bromas que atenten contra el aseo y seguridad de compañeros, docentes y personal de la Institución. 25. Rayar paredes, carteleras, muros, columnas y baños de la Institución. 26. Falta de aseo o higiene en la presentación personal. 27. Realizar transacciones y canjes de cualquier tipo. 28. Ingresar a la sala de maestros sin la debida autorización 29. No entregar a tiempo las citaciones y las demás comunicaciones enviadas por la institución a los padres de familia. 30. Masticar chicle o comer alimentos en los salones o durante las clases o actividades institucionales. 31. Hacer uso de teléfonos celular durante las clases. El maestro podrá retenerlo para regresarlo a los padres 32. Presentarse al Colegio con prendas de vestir diferentes al uniforme, sin ninguna justificación expresa. 33. Permanecer en las aulas de clase durante los descansos 34. El uso de lenguaje indecoroso y ofensivo

ARTÍCULO 22: PROCEDIMIENTOS PARA LAS FALTAS TIPO II PASOS A SEGUIR CON ANTELACIÓN A CUALQUIER DECISIÓN SANCIONATORIA I. IDENTIFICACIÓN DEL CASO: Una vez recibida la queja, reporte, informe o notificación de la situación y definida como tipo I se procede así: II. ATENCIÓN PARA LAS SITUACIONES TIPO I 1. Amonestación Verbal: Es una conversación entre el estudiante y un docente del colegio que reporta el hecho. No se registra en forma escrita. 2. Observación Escrita: Es una observación hecha por el docente que reporta el hecho en el registro de observaciones del libro de clases, después de una conversación con el estudiante. En esta observación se describe el hecho donde se analiza la situación. El docente informará al profesor o director de grupo del alumno y notificará al acudiente, vía agenda o comunicado escrito, la descripción de la situación ocurrida.

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3. Registro en el anecdotario del Estudiante: es una observación escrita por un docente, profesor o director de grupo, en el anecdotario del estudiante: en esta observación se describe el hecho y los acuerdos que surgen de la conversación, estando en conocimiento el alumno. El anecdotario del estudiante es un registro oficial interno en el que se consignan los hechos históricos del estudiante, durante su permanencia en el colegio. Está a cargo del Director de grupo. 4. Citación al Acudiente: es una conversación personal con el acudiente para comunicarle la falta de su hijo o hija y para acordar estrategias de solución de la problemática. Es llevada a cabo por el profesor que reporta el hecho y el director de grupo: se registra en el anecdotario del estudiante. III. SEGUIMIENTO Una vez adoptadas todas las medidas previstas en la fase anterior, el Comité de Escolar Convivencia, hará un seguimiento de la situación, de forma que la misma no vuelva a producirse. Igualmente observará la evolución del(os) afectad@(s). Se hará en formato establecido para tal caso.

RESUMEN DEL PROTOCOLO DE ATENCIÓN PARA FALTAS TIPO I SANCION

INSTANCIA DE ANALISIS

A. Diálogo personal pedagógico y correctivo B. Diálogo grupal reflexivo

Profesores(as) y/o personal del colegio en general. Docentes y Docentes Directivos. C. Amonestación Verbal. Profesores(as) y/o personal del colegio en general. D. Observación y constancia Docentes y Docentes escrita en el libro de clases. Directivos. E. Observación escrita Profesores(as), Director de consignada en el anecdotario del grupo y Docentes Directivos. estudiante e informada al acudiente.

RESPONSABLE DETERMINACION FINAL Profesores(as) y/o personal del colegio en general. Departamento de Orientación Profesores(as) y/o personal del colegio en general. Docentes y Docentes Directivos. Profesores(as), Directores de grupo y Docentes Directivos.

Artículo 23: FALTA TIPO II Se entiende por falta grave aquel tipo de conducta o comportamiento que muestra deficiencia a la comprensión, práctica de los principios éticos universales, el manejo moral y social de la Institución Educativa San Vicente de Paúl de Génova y la 35

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comunidad en general, e implican directamente a las personas que las ocasionan, afectando a otras. Artículo 24: COMPORTAMIENTOS QUE AMERITAN FALTA TIPO II: 1. La acumulación o reincidencia en faltas leves y el incumplimiento de los correctivos acordados en los distintos llamados de atención 2. El incumplimiento a los compromisos adquiridos en las faltas leves. 3. Portar el uniforme en lugares públicos, en horarios no autorizados por la Institución. 4. Permanecer fuera del aula en horas de clase, negarse a ingresar al aula, o ausentarse del aula o de la Institución sin autorización del docente o coordinador(a). 5. Ocasionar daños ecológicos. Utilización inadecuada de las instalaciones de la Institución o de los recursos didácticos. 6. Asumir actitudes que atenten contra la integridad física de las personas dentro de la institución. 7. Participar en juegos de azar en los que se apuesta dinero, dentro de la institución. 8. Impedir que se desarrollen las actividades académicas, culturales o deportivas. 9. Encubrir faltas leves o graves a los compañeros en las cuales haya sido testigo o tenga conocimiento. 10. Suplantación del acudiente 11. Ocultar y/o tomar las pertenencias de cualquier miembro de la comunidad sin la debida autorización. 12. Conformar y pertenecer a pandillas o a cualquier grupo que atente contra la integridad física y moral de la comunidad educativa. 13. Incurrir en acciones que lesionen su sexualidad o en la de cualquier miembro de la comunidad educativa. 14. Organizar, realizar y participar en paseos y salidas, durante la jornada escolar sin el correspondiente permiso de las autoridades de la Institución y padres de familia. 15. Disponer sin autorización de los materiales o recursos de los compañeros, docentes o de la institución. 16. Indisciplina permanente y/o reiterada. 17. Portar material pornográfico y o exhibirlo dentro de las instalaciones de la Institución. 18. Menospreciar o irrespetar los símbolos de la Institución, del municipio, del departamento y de la nación, tales como la Bandera, Escudo e Himno, al igual que los símbolos religiosos. 19. Irrespeto de hecho o palabra a directivos, docentes, compañeros y personal de la institución. 36

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20. Agresión verbal o física (pelear a puñetazos, puntapiés, correazos o cualquier tipo de arma) contra personas que pertenezcan o no a la comunidad educativa. 21. Discriminación a un miembro de la comunidad educativa 22. Fraude comprobado en evaluaciones, trabajos, así como falsificación o adulteración de certificados, permisos, excusas, boletines y otros. 23. Fraude comprobado en cualquier tipo de trabajo académico donde se evidencie copia idéntica del texto, ya sea tomado de un libro, revista o internet o cualquier otro tipo de fuente. 24. Asumir actitudes altaneras y/o agresivas ante las observaciones y llamados de atención por parte de los docentes, directivos, orientadora y negarse a cumplir el llamado obligatorio de acudir a la dependencia citados en busca de correctivos. 25. Dañar candados, carteleras, puertas, muebles y/o enseres de la Institución. 26. Atentar contra la honra y el buen nombre de compañeros (as), o acudiente con la finalidad de evadir obligaciones o responsabilidades de orden disciplinario o académico. 27. Retirarse de la institución educativa o del aula de clase, individual o colectivamente, sin debida autorización. 28. Las prácticas sexuales, los manoseos y demostraciones exageradas de afecto dentro de la institución. 29. Quema de pólvora, material de desecho y detonantes dentro o en los alrededores del establecimiento educativo. 30. Desacato a las orientaciones y recomendaciones de los directivos, docentes y funcionarios de la institución o actitudes altaneras y agresivas ante un llamado de atención. 31. Mentir para beneficio personal o de otros perjudicando con ello el buen nombre de la Comunidad Educativa en general. 32. Todo acto que atente contra el prestigio y el buen nombre de la institución, de sus estudiantes, directivos, personal administrativo y funcionarios. 33. Practicas en público de actos que son propios de la intimidad de las personas como son: mocionar y defecar 34. Adulteración, destrucción o pérdida del control de asistencia, hoja de vida y material del docente. 35. Colocar tachuelas, chuzos, alfileres, chicles u otros elementos que atenten contra la integridad física de algún compañero o integrante de la comunidad educativa. 36. Presentar un comportamiento indebido durante las salidas pedagógicas y actos culturales y deportivos fuera de la institución, dejando una mala imagen de ella. 37. Las amenazas a miembros de la comunidad educativa 38. No cumplir con los compromisos (Académicos, disciplinarios, clausulas especiales) adquiridos con la Rectoría, coordinación académica

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39. Escribir o dibujar en las paredes, interiores, sillas, puertas, carteleras y demás elementos del Colegio expresiones que denigren de los demás o hieran los principios morales, éticos, culturales y sociales de los demás miembros de la comunidad educativa. 40. Realizar rifas y ventas dentro del Colegio sin la debida autorización de las directivas. 41. No asistir a las actividades extraescolares programadas por el Colegio. 42. Fumar cigarrillo dentro de la institución 43. Incomodar a sus propios compañeros o a otros miembros de la Comunidad Educativa con manifestaciones afectivas reservadas para ambientes íntimos. 44. Hacer uso de trampas para obtener buenos resultados académicos 45. Sustraer, adulterar o falsificar documentos del proceso educativo del educando o de cualquier miembro de la comunidad educativa 46. Promover o participar en desórdenes o actos de insubordinación que impidan el normal desarrollo de las clases o eventos programados por el colegio. 47. Copiar en un examen, dejar que le copien, copiar tareas o trabajos, prestar tareas o trabajos, copiar trabajos de internet. 48. Incluir en un grupo a alguien que no haya participado en la elaboración de un trabajo o tarea, aparecer en un grupo sin haber participado en la elaboración del trabajo o tareas. La venta de tareas o trabajos. 49. Durante las pruebas escritas se considera fraude: mirar el examen de los compañeros, pasar respuestas a los compañeros por diferentes medios, sacar cuadernos, apuntes, material de apoyo no autorizado, hablar con los compañeros, mostrar el examen; en los trabajos escritos se considera como fraude: hacerle el trabajo a un compañero, no citar los autores consultados, copiar textualmente de documentos o trabajos de otros compañeros. 50. Entregar las evaluaciones o pruebas en blanco, es decir sin responder 51. Ausentarse injustificadamente de clase, formación o de alguno de los actos institucionales 52. Irrespetar símbolos patrios 53. Reincidir o cometer dos (2) faltas tipo I. 54. Destrucción o alteración del listado o informe de notas del docente 55. Frecuentar billares, tabernas, discotecas o casas de video juegos portando el uniforme. 56.

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PROTOCOLO PARA LA ATENCION DE SITUACIONES TIPO II  Recordemos cuales son las situaciones tipo II: No es la primera vez que se presenta la situación. Es una situación que ya se ha presentado antes y es sistemática, por ejemplo utilizan maneras similares para agredirse y las personas involucradas son las mismas (particularmente la persona afectada) la situación no reviste las características de un delito Es una situación de acoso escolar (bullying) Es una situación de ciber acoso Es una situación de agresión física con contenido sexual, así sea la primera vez que se presenta Es una situación de agresión, así sea la primera vez que se presenta que ocasiono daños al cuerpo o a la salud física o mental de los afectados, pero no generó incapacidad de ningún tipo.

Se espera de todo integrante de nuestra comunidad: padres, estudiantes, profesores, personal administrativo y asistentes de la educación, una conducta positiva, honesta y respetuosa en todo momento. Quien rompa la sana convivencia, atenta contra los derechos de los demás y debe asumir la consecuencia que esta falta tenga, sea ésta una acción que permita reparar el daño ocasionado o una sanción. Un alumno (a) se convierte en víctima cuando está expuesto, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas que se manifiestan mediante diferentes formas de acoso llevadas a cabo por otro alumno o alumna, varios de ellos u otras personas de la comunidad escolar, quedando en una situación de inferioridad respecto al agresor o agresores, lo cual atenta en contra de un derecho esencial de nuestros (as) estudiantes expresado en el manual de Convivencia de la Institución.

I. IDENTIFICACIÓN DEL CASO: Es necesario tener presente dos comprensiones básicas, en primer lugar, un conflicto no necesariamente constituye un acto de violencia (aunque un conflicto mal abordado puede derivar en situaciones de violencia) y, en segundo lugar, no todas las expresiones de violencia son iguales y generan el mismo daño. Algunas formas de violencia son muy sutiles y pueden incluso aparecer como situaciones normales entre algunas personas (por ejemplo la violencia de género o las formas de discriminación que se expresan como “bromas”) y otras pueden ocasionar incluso daño irreparable en las personas, tanto a nivel físico como psicológico.

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II. ATENCIÓN PARA LAS SITUACIONES TIPO II Una vez que el establecimiento tiene conocimiento de una posible situación grave de acoso, bien a través del propio alumno, una observación directa, o por otros denunciantes, es preciso adoptar una serie de medidas que podemos agrupar en tres fases: recogida de información, análisis y adopción de medidas y seguimiento periódico.

1º etapa: Recogida de información Se trata de una fase en la que el principal objetivo es recabar los datos necesarios para dilucidar si los hechos denunciados constituyen o no una situación de acoso escolar. 1. Cualquier persona que detecte una situación de acoso escolar debe acudir a Orientación, Docente, Director de grupo, Coordinación, o cualquier otro miembro del C.E.C (Comité Escolar de Convivencia) de acuerdo lo estime pertinente para realizar la denuncia, la cual se consignará en acta. 2. El C.E.C. citará al alumno(a) acosado(a) a una entrevista individual, en un clima de confianza, respeto y confidencialidad. 3. C.E.C. será el equipo encargado de comunicarse con todos los sujetos implicados, de recabar la información necesaria y comunicarla a los estamentos correspondientes para tomar las medidas pertinentes. 4. Luego se citará a los Integrantes del Comité de Ayuda y Mediación que corresponda al nivel del alumno acosado a una entrevista. (con participación de; Coordinador, Orientador, Director de Grupo de los alumnos involucrados) con el objetivo de explicar la situación y recabar antecedentes. 5. C.E.C. citará al (los) acosador(es) a una entrevista individual, en un clima de confianza, respeto y confidencialidad. 6. C.E.C. citará a los demás alumnos implicados en entrevista individual, si los hubiere. 7. C.E.C. citará, en entrevista individual, a las familias del(los) acosador(es) y acosado(s) por separado. 8. C.E.C. convocará a las partes involucradas y sus acudientes para que expresen lo acontecido, precisen la situación. NOTA; En todas las actuaciones, se levantará acta escrita, y se dejará constancia de lo anterior. Deberá ir firmada mediante firma por los involucrados. 2ª etapa: Análisis y adopción de medidas. 1. Una vez recabada toda la información sobre los hechos acontecidos, se reunirá el Comité de Convivencia Escolar y el Director de Grupo para decidir si los hechos realmente son constitutivos de acoso y, en su caso, se tomarán las medidas necesarias para proteger al alumn@() afectad@(s). Entre las medidas que se adopten, están aquellas tendientes a la protección de la víctima, medidas correctoras y disciplinarias para el agresor, estas últimas de acuerdo al Manual de 40

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Convivencia del establecimiento, el que impone sanciones las cuales van desde una amonestación verbal hasta la Cancelación de Matrícula, dependiendo de la gravedad de la falta. 2. Medidas de protección al alumno afectado: a) Cambio de curso b) Supervisión, posterior al problema, de la conducta del acosad@ y acosador@ por parte del Director de Grupo, Coordinación y Orientación. c) Derivación psicosocial. d) Solicitud de colaboración de la familia de la víctima y del agresor, manteniéndoles en todo momento informados de la situación. f) Talleres de desarrollo personal y colectivo. 3. Medidas correctoras del agresor: a) Aplicación del Manual de Convivencia b) Petición de disculpas a la víctima. c) Realización de una labor de concienciación de lo ocurrido y sus consecuencias, a cargo de Orientación y Coordinación con apoyo de Psicóloga . d) Derivación psicosocial. e) Talleres de desarrollo personal y colectivo. 4. Se generará un Informe para involucrados y asistentes sobre las medidas tomadas y su corresponsabilidad en el seguimiento de las mismas. IV. SEGUIMIENTO Una vez adoptadas todas las medidas previstas en la fase anterior, el (C.E:C) Comité de Escolar Convivencia, hará un seguimiento de la situación, de forma que la misma no vuelva a producirse. Igualmente observará la evolución del afectado. Se hará en formato establecido para tal caso. EJEMPLO DE UN PROTOCOLO DE ATENCION A LAS SITUACIONES TIPO II  Se reunió toda la información de la situación realizando entrevistas individuales, primero con la persona o personas afectadas y luego con las otras personas implicadas.  En caso de daño al cuerpo o a la salud se garantizó la atención inmediata a las personas involucradas mediante su remisión a las entidades competentes y se dejó constancia de dicha actuación.  En caso de haberse requerido medidas de restablecimiento de derechos, se remitió la situación a las autoridades administrativas y se dejó constancia de dicha actuación.  Se adoptaron medidas de protección para las personas involucradas y se dejó constancia de dicha actuación.

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 Se informó inmediatamente a las familias (padres, madres o acudientes) de todas las personas involucradas y se dejó constancia de la actuación.  Se brindaron espacios para que las partes involucradas y sus representantes expongan y precisen lo acontecido. La información se mantuvo confidencial.  Se determinaron las acciones restaurativas para repararlos daños causados y el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.  Se definieron las consecuencias para quienes promovieron, contribuyeron o participaron en la situación reportada.  El presidente del C.E.C. informo a las demás personas de este comité sobre lo ocurrido y las medidas adoptadas.  El C.E.C., realizó el análisis y seguimiento a la situación presentada para verificar la efectividad de la solución dada.  Acudir al protocolo de atención a situaciones tipo III en caso de ser necesario.  El C.E.C. dejó constancia de acta de la situación y su manejo.  El presidente del C.E.C reportó el caso a través del sistema de información unificada de convivencia escolar.

Artículo 26: DEFINICIÓN DE FALTA TIPO III: Se entiende por falta gravísima aquellas que denotan; toda conducta o actitud preterintencional, dolosa o culposa, que lesiona en gran medida los valores individuales y colectivos de la Institución Educativa, así como aquellas conductas que son consideradas como delitos en la legislación penal colombiana.

Articulo 27. COMPORTAMIENTOS QUE AMERITAN FALTA TIPO III: 1. El porte, uso, distribución y consumo de cigarrillos, licor, estupefacientes o sustancias psicoactivas y otras que mencione la ley penal colombiana. 2. Proferir amenazas o intimidar de hecho a cualquier miembro de la comunidad educativa. 3. Causar lesiones personales a cualquier miembro de la comunidad educativa. 4. Porte de cualquier tipo de arma (blanca, revolver, explosivos u objetos corto punzantes) o cualquier elemento que atente contra la integridad física de cualquier miembro de la comunidad educativa. 5. Hurto simple o agravado en perjuicio de los bienes de la Institución Educativa, docentes, compañeros y otras personas de la Institución o ser cómplice del mismo, dependiendo del daño o perjuicio se entenderá como falta de mayor gravedad. 6. . 7. Corrupción de menores, proxenetismo y/o inducción a la prostitución o cualquier otro delito contra la libertad, integridad y formación sexual.

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8. Provocar conato de incendio o incendio en cualquier sitio de la Institución o sus alrededores. 9. Inducir, manipular u obligar a otra persona (s) a realizar actos indebidos de cualquier tipo (prostitución, extorsión…) 10. Acosar, provocar, abusar y acceder carnalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa. 11. Planear, liderar, estimular, apoyar o participar actos de vandalismo u otro tipo de conductas violentas dentro de la Institución. 12. Ser partícipe o coautor de hechos que constituyan faltas penales dentro y fuera de la Institución. 13. Retener y/o secuestrar a algún miembro de la comunidad educativa. 14. Extorsionar a cualquier miembro de la comunidad educativa. 15. Conformar o hacer parte de pandillas o bandas dentro o fuera de la Institución con fines delictivos o para crear un mal ambiente escolar. 16. Cualquier acto que de una u otra forma atenten contra el derecho fundamental a la vida. 17. Cualquier acto que atente contra los derechos fundamentales o la integridad física. 18. Matoneo escolar (maltrato estudiantil) 19. Además cualquier conducta tipificada como delito en el Código Penal Colombiano y que no se haya considerado en este manual. 20. Hurtar y /o dañar útiles escolares, libros, cuadernos o cualquier objeto propiedad del Colegio o de cualquier miembro de la comunidad educativa. 21. Realizar prácticas satánicas dentro o fuera de las instalaciones del plantel educativo. 22. Cometer cualquier delito tipificado por la ley penal colombiana. 23. Traficar con drogas en el colegio o fuera de él. 24. El ingreso a los sistemas computables del colegio con la finalidad expresa de dañar archivos, adulterar información, causar daños en las redes u obtener información de uso restringido. 25. Atentar contra la vida o integridad personal de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. 26. Portar, guardar o manipulara cualquier tipo de arma dentro o fuera de la institución. 27. Conformar o traer al Colegio pandillas para agredir a estudiantes o que realicen actos delincuenciales. 28. Traer, consumir o inducir a otros para que consuman, y/o suministrar bebidas embriagantes o drogas Psico – activas dentro de la institución o fuera de la misma portando el uniforme o estando representando al Colegio 29. Encontrarse dentro o fuera de la Institución con el uniforme en estado de embriaguez y/o bajo el efecto de psico- activas. 30. Protagonizar escándalos públicos portando el uniforme.

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31. Difundir o escribir mensajes difamatorios contra miembros de la institución utilizando cualquier medio de comunicación, entre ellos los electrónicos, pues constituyen en ocasiones delitos informáticos. 32. Traer al Colegio material impreso u objetos obscenos que atenten contra la dignidad humana y contravengan la moral pública y las buenas costumbres. 33. Traer al colegio, tener en el aula, portar objetos o sustancias con olores fuertes que contaminen, fastidien y causen desorden en la clase o en cualquier actividad en el colegio o fuera de él. 34. Apoderarse, desaparecer, adulterar o falsificar evaluaciones o registros académicos, sellos o papelería del Colegio. 35. Difamar, injuriar o calumniar a cualquier miembro de la comunidad Educativa. 36. Presentarse al colegio con cualquier elemento que pueda atentar contra la vida y seguridad de los miembros de la comunidad educativa 37. Cometer faltas contra la intimidad y el pudor sexual, como: los actos sexuales abusivos que atenten contra la integridad y la intimidad de los niños, niñas y jóvenes; el acceso sexual violento o abusivo que se presente entre los niños y jóvenes; el ejercicio de la Prostitución; la participación en organizaciones de trata de personas; incurrir en acoso sexual a niños y niñas y jóvenes. 38. Aquellas faltas que se cometen dentro o fuera del plantel educativo que causen perjuicio material, físico o moral, atentando contra el derecho de las personas y entorpeciendo los objetivos y el ambiente en la Institución. Articulo 28. PROTOCOLO DE ATENCIÓN SITUACIONES TIPO III Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente tales como; homicidio; acceso carnal violento o actos sexuales violentos en cualquiera de las modalidades establecidas en la Ley 599 de 2000; secuestro; extorsión; porte ilegal de armas de fuego; tortura; desaparición forzada; constreñimiento para delinquir, prostitución forzada, explotación laboral, explotación sexual comercial, y todas las demás consagradas en la ley penal colombiana vigente.

I. IDENTIFICACION DE LA SITUACION Una vez tenido conocimiento, acerca de la situación e identificada la misma como tipo III, se procede

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II. ATENCIÓN PARA LAS SITUACIONES TIPO III 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. 3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. 4. El presidente del C.E.C. citará por escrito a los miembros del comité donde informará de los hechos que dieron lugar así como del reporte realizado a la autoridad competente. 5. El C.E.C. adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia. 6. El presidente del C.E.C. reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. III. SEGUIMIENTO Una vez adoptadas todas las medidas previstas en la fase anterior, el Comité de Escolar Convivencia, hará un seguimiento de la situación, de forma que la misma no vuelva a producirse. Igualmente observará la evolución del(@s) afectad@(s). Se hará en formato establecido para tal caso.

Artículo 29. ORIENTACIONES GENERALES 1. Todo caso deberá ser analizado en orientación escolar donde se emitirá un concepto y se darán unas recomendaciones. 2. Toda decisión que afecte la permanencia del estudiante en la institución debe ser notificada a la personería municipal o a la comisaria de familia. 3. Toda actuación que genere un proceso disciplinario de un estudiante deberá constar por escrito en la hoja de vida del estudiante. 4. El acta de compromiso será un texto claro, expedido por coordinación y/o rectoría conjuntamente, bien presentado y redactado, donde se expresará la parte legal y la decisión tomada, firmaran las partes comprometidas en el momento de su notificación. Se sugiere LEER BIEN antes de firmar. 5. Los estudiantes nuevos trasladados de otras instituciones con deficiencias disciplinarias firmaran acta de compromiso al ingresar a la institución y de su cumplimiento dependerá la permanencia en la misma. 6. Los estudiantes que durante el año escolar observaron un comportamiento no acorde con las normas de convivencia y de acuerdo a lo analizado por el Consejo 45

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Académico y Directivo, podrán aspirar a permanecer en la institución para el siguiente año lectivo mediante la firma del acta de compromiso notificándose al estudiante y al padre o acudiente. Esta situación aparecerá registrada en la hoja de vida del estudiante y debe ser conocida por los docentes que le dictan clase para realizar el respectivo control y prestar asesoría al estudiante.

Artículo 30: DEBIDO PROCESO: Por ser el Manual de Convivencia de obligatorio cumplimiento, los criterios de su puesta en práctica son de carácter procedimental; acorde con la filosofía de la Institución, la resolución de conflictos y la imposición de correctivos que se realizaran con base en : 1. El análisis del caso y búsqueda de alternativas de solución fundado en el respeto, la equidad y en el diálogo. 2. Restablecimiento de los derechos vulnerados, (de acuerdo al artículo 50 del Código de la Infancia y la Adolescencia). 3. Aplicación de medidas de carácter pedagógico, formativo, a la reparación del daño, orientado a los principios de protección integral, tal como lo establece: el artículo 140 del Código de la Infancia y la Adolescencia. Pero si el estudiante comete falta calificada como grave o gravísima en el presente Manual, se hará acreedor a sanciones que conduzcan a: a. Firmar compromisos que garanticen la superación de las conductas incorrectas, éstas serán de obligatorio cumplimiento para garantizar la permanencia del estudiante en la Institución. (S.T. 402/92 Corte Constitucional). b. Suspensión temporal del aula de clase y/o del plantel con la finalidad de que reflexione acerca de su comportamiento y el deseo de permanencia en la Institución. c. La cancelación definitiva de la matrícula, cuando la reincidencia en el cumplimiento de sus compromisos dé indicios de una negativa a acogerse a las normas del presente Manual de Convivencia. (S.T. 316/94 Corte Constitucional). 4- Al momento de aplicar las sanciones se tendrá en cuenta las circunstancias atenuantes y agravantes en el estudiante. Son circunstancias atenuantes: a. b. c. d.

La edad, el desarrollo psicoafectivo y mental. Circunstancias personales y familiares. El haber observado buena conducta anterior. El haber sido inducido a cometer la falta.

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e. Cometer la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causaron dolor físico o psíquico o por motivos nobles o altruistas. f. Procurar voluntariamente, después de cometida la falta anular o disminuir sus consecuencias.

Son circunstancias agravantes: a. b. c. d.

Ser reincidente en cometer faltas. Cometer la falta para ocultar o ejecutar otra. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras personas o la confianza depositada. e. Haber planeado minuciosamente la falta. f. Hacer más nocivas las consecuencias que la falta. 4. En caso de cancelación de matrícula, el estudiante y/o acudiente tienen derecho a presentar o interponer recursos de Reposición y/o de Apelación. 5. El Recurso de Reposición, se presenta en forma verbal o por escrito ante el funcionario que impuso la sanción para que la revise, modifique o revoque. El término para presentarlo es de tres (3) días hábiles a partir de la notificación y se resuelve en cinco (5) días hábiles. 6. El Recurso de Apelación, se presenta ante el superior jerárquico de quién emitió la decisión con la finalidad de que la modifique o la revoque, los términos son los mismos del anterior. Parágrafo 1. Si el estudiante es sorprendido en flagrancia, por hechos considerados como delitos por la ley penal, se aplicará de inmediato la medida correctiva y se dejará a disposición de la autoridad judicial, (tal como lo consagra el artículo 143 inciso 2 del Código de la Infancia y la Adolescencia). Parágrafo 2. Cuando el padre de familia o acudiente no se presente, la Institución enviará por correo certificado o publicará por edicto la notificación. Parágrafo 3. En caso de cancelación de matrícula si no se presentan o interponen recursos en el término estipulado quedará en firme la decisión y en caso contrario, se suspende dicha decisión hasta que se resuelva el recurso, es decir, la sanción de cancelación no puede aplicarse hasta que no sean resueltos los recursos interpuestos, pues de lo contrario sería violatorio del debido proceso.

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CAPITULO VI DE LOS PADRES DE FAMILIA En el marco del ejercicio de la corresponsabilidad que la Constitución y la ley imponen a los padres y madres de familia y a los acudientes con los procesos educativos de los hijos y a la colaboración que deben brindar con la institución para el éxito de los mismos, tendrán los siguientes derechos: Artículo 31: DERECHOS Y DEBERES: Los padres o acudientes son los primeros responsables de la educación de sus hijos. De aquí se desprenden sus derechos u obligaciones para con la institución. Los padres o acudientes constituyen el elemento clave de la relación profesor – estudiante y de ello depende, en gran medida, la educación de sus hijos y la buena marcha de la institución. Los padres de familia tendrán derecho a conformar su Asociación, la cual estará integrada por todos y cada uno de ellos que tengan hijos en la institución. De acuerdo al Decreto 1860/94 la institución tendrá un Consejo de Padres, el cual estará integrado por dos representantes de cada uno de los grados existentes en la institución. Artículo 32: Son derechos de los padres de familia o acudientes: Como actores importantísimos en la formación integral de sus hijos o representados, los Padres de Familia o representantes legales tienen derecho a: 1. Elegir y ser elegido a los cargos representativos en la institución educativa: Comités, Asociación de Padres de Familia, Consejo Directivo y los que así se establezcan. 2. A ser atendidos y escuchados tanto por directivos, docentes, personal administrativos y de servicios cuando precisen información o al presentar sugerencias o reclamos sobre sus hijos o acudidos. 3. A hacer reclamos con cordura, respeto y siempre con ánimo conciliador. 4. Solicitar servicios de orientación y asesoría sicopedagógica cuando lo consideren necesario para la formación de sus hijos, para que concertadamente se adopten estrategias de apoyo y acompañamiento a los estudiantes. 5. Retirar a su hijo o acudido cuando lo estime conveniente y oportuno, una vez llene los requisitos de ley y estar a paz y salvo con la institución educativa por todo concepto. 6. Presentar quejas ante el Rector, cuando los docentes o empleados infrinjan las normas establecidas en el manual de convivencia, Código de Infancia y la Adolescencia y se extralimiten en sus funciones. Dialogar sobre los problemas y dificultades en el proceso de formación de sus hijos o acudidos, siguiendo el conducto regular y los formatos establecido por el Colegio. 7. Conocer el manual de convivencia y el Proyecto Educativo Institucional y participar en sus análisis y posibles reformas.

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8. Formular sugerencias y/o propuestas de mejoramiento de la calidad educativa de la institución. 9. Recibir formación y asesoría que le sirvan para mejorar la orientación de sus hijos en el hogar. 10. Pertenecer a la Escuela de Padres 11. Reclamar respetuosamente cuando sienta lesionados sus derechos o los de sus hijos, respetando el conducto regular. 12. Hacer uso de la planta física de la institución previa autorización del Rector 13. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos. 14. Constituirse legalmente en Asociación para propugnar por sus beneficios colectivos como estamento interno. Artículo 33: DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA: Son deberes de los padres de familia y/o acudientes, como núcleo fundamental de la sociedad y primeros responsables de la educación de sus hijos: 1. Ejercitar en la familia valores éticos y morales para la formación integral de los hijos o acudidos. 2. Proveer los medios indispensables para el desarrollo de las actividades escolares y propiciar un ambiente familiar que facilite el estudio y la formación integral del estudiante. 3. Participar activa y eficazmente en la educación de sus hijos o acudidos 4. Responsabilizarse por el comportamiento social y el rendimiento académico de sus hijos, para lo cual deberá colaborar con la institución educativa en su correcta formación integral. 5. Controlar directamente a sus hijos o acudidos en la asistencia puntual a clases, el regreso a casa, la ejecución de tareas y trabajos, el uso de uniformes y la ocupación del tiempo libre. 6. Diligenciar personalmente la matrícula en las fechas fijadas por la institución 7. El padre de familia y/o acudiente que firme la matrícula, será el único representante legal y responsable y sólo a él, se aceptará como tal en o para cualquier acción o reclamo. 8. Explicar en forma escrita su no asistencia a una reunión programada, acordando con el profesor la hora y la fecha en la cual cumplirá con su deber 9. Informarse permanentemente sobre el rendimiento académico, asistencia y comportamiento social de sus hijos y/o acudidos, así como de las actividades programadas por la institución. 10. Asistir puntual y cumplidamente a las reuniones y a los llamados especiales realizados por las dependencias de la institución (Coordinación, Orientación, Aula de Apoyo, Rectoría). En caso de no poder asistir, informar por escrito, con firma, cédula, teléfono y presentarse dentro de los tres días siguientes a la institución. 11. Asistir a las actividades de capacitación y escuelas de padres programadas por la institución. Se aplicará, de acuerdo con la Ley de Infancia y Adolescencia Ley 1098 de

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2006, el procedimiento correspondiente frente a inasistencias injustificadas a dichas actividades. 12. Ingresar a la institución con buena presentación personal (aseo y vestuario adecuado) y con actitud cordial y respetuosa para atender los diferentes llamados. 13. Participar activamente en la construcción y desarrollo del PEI en los proyectos pedagógicos, con un alto grado de compromiso, responsabilidad y sentido de pertenencia. 14. Responder por los daños o deudas causadas por sus acudidos(as) en la institución educativa, y en otros sitios en donde haya estudiantes, mientras se porta el uniforme, o en actividades programadas por el Colegio en las que no se porte el uniforme. 15. Brindar un trato respetuoso al directivo (a) s, educadores, educandos y empleados, cuando requieran información sobre el desempeño de sus acudidos o cuando acudan al Colegio por cualquier motivo. 16. Realizar con debido respeto y siguiendo los conductos regulares, los reclamos a que hubiere lugar. 17. Colaborar con las actividades extracurriculares, deportivas, lúdicas y proyectos pedagógicos de la institución. 18. Cumplir y respetar los horarios de atención especiales dados desde el inicio del año escolar para recibir información sobre sus hijos. 19. Buscar y recibir la orientación necesaria que le permita mejorar las relaciones con sus hijos y el rendimiento académico de éstos. 20. Conocer el manual de convivencia de la institución y las normas que debe acatar y cumplir. 21. Concurrir de forma inmediata ante cualquier citación telefónica o escrita que se realice con ocasión de la participación de sus hijos o acudidos, en situaciones que vulneren la convivencia escolar y participar con objetividad en los procedimientos respectivos. 22. Participar activamente en las actividades formativas que la institución y los docentes programen con el fin de mejorar el aprovechamiento de los hijos y acudidos. 23. Integrar y participar en la Asociación de Padres de Familia. 24. Informar oportunamente a la institución de las causas de inasistencia de sus hijos o acudidos. 25. Velar por la permanente asistencia de su hijo o representado al Colegio, informando la causa de su ausencia y justificarla personalmente el primer día de asistencia a clase en la respectiva Coordinación. 26. Controlar la entrada y salida de sus hijos al hogar. 27. Hacerse responsable de los daños y perjuicios ocasionados por su acudido tanto dentro como fuera del plantel, bajo el compromiso de pagarlos o recuperarlos, sin perjuicio de la responsabilidad penal consagrada en el artículo 169 del Código de la Infancia y la Adolescencia. 28. Informar oportunamente y por escrito de las enfermedades y calamidades de su acudido con el fin de poder obrar con conocimiento y justicia en sus dificultades; y tener en casa a los niños y niñas enfermos.

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29. Hacer parte como tercero civilmente responsable ante un proceso judicial, por actos de sus hijos o acudidos, catalogados como delitos en la legislación penal. Parágrafo 1: Ante una falta grave o gravísima o ante la renuncia del padre o acudiente a cumplir la citación que se le haga, se dará traslado del debido proceso a la Comisaría de Familia conforme a lo dispuesto en el Código de Infancia y la Adolescencia. Parágrafo 2: Asistir de manera obligatoria a las citaciones y reuniones de padres de familia establecidas por la institución para atender asuntos relacionados con el estudiante. De no ser justificada la ausencia del padre de familia o acudiente; al estudiante no se le permite el ingreso a clases al día siguiente y cumplirá acciones formativas hasta que el padre de familia o acudiente se haga presente. Artículo 34: PROHIBICIONES: El Colegio considera como comportamientos y actitudes inadecuados de los padres o acudientes de los estudiantes del Colegio los siguientes:

1. Entrar al colegio desacatando el conducto regular y/o violando los lugares de acceso. 2. No cumplir con los compromisos adquiridos en la firma de la matrícula sobre la formación de sus hijos o acudidos 3. Hacer visitas largas a los profesores en horas de clase interfiriendo el correcto y normal desarrollo de las mismas. 4. Respaldar comportamientos en los estudiantes que atenten contra el presente Manual de Convivencia. 5. Respaldar comportamientos en los estudiantes que atenten contra el presente Manual de Convivencia 6. No acatar las determinaciones sobre estrategias de recuperación académicas o de corrección comportamentales, establecidas por los distintos estamentos del gobierno escolar. 7. Hacerle las tareas y trabajos a los hijos y/o acudidos. 8. Retirar de la institución al hijo o acudido en horas laborales sin justa causa y sin el debido permiso o autorización. 9. Inferir en la disciplina del plantel formando aglomeraciones en la puerta de entrada a la institución, en los patios o en las puertas de los salones. 10. Agredir verbal o físicamente a directivos, profesores y demás personal de la institución. 11. Hacer comentarios desagradables y utilizar lenguaje vulgar y soez en contra de directivos, profesores y demás personal del plantel. 12. Encubrir a sus acudidos u otras personas en faltas graves para evitarles sanciones.

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ARTÍCULO 35: SANCIONES: Los padres de familia o acudientes que incurran en faltas graves, se harán acreedores a los siguientes actos administrativos (sanciones). 1. Amonestación verbal en privado por el Rector. 2. Recibir llamados de atención por escrito cuando no cumplan con los deberes propios de su condición y establecidos en el presente Manual de Convivencia. 3. Informe escrito y motivado a las autoridades competentes por reincidencia con actos o hechos lesivos en contra de su acudido, directivos, profesores y personal administrativo del plantel. 4. La Reincidencia con actos o hechos lesivos en contra de su acudido, directivos, profesores y personal administrativo del plantel debe suscribir acta de compromiso por la no participación ni apoyo al proceso de formación de sus acudidos y cumplir los pactos de mejoramiento establecidos. 5. Ser reportados ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF y demás instancias competentes por el incumplimiento de los deberes derivados del ejercicio consciente de la patria potestad Parágrafo primero: El acudiente deberá presentarse personal y oportunamente cuando la institución lo requiera; de lo contrario, no se recibirá el educando, sino hasta cuando el acudiente se haga presente.

ARTÍCULO 36: ESTIMULOS: Los padres de familia y/o acudientes que cumplan total y cabalmente con las normas consagradas en la Ley y las estipuladas en este Manual de Convivencia, se harán acreedoras a los siguientes: 1. Felicitaciones en público. 2. Invitaciones a actos especiales. 3. Reconocimiento con menciones, condecoraciones, permiso en especial, etc. 4. Ser proclamado el padre de familia o acudiente del año de la insitucion educativa.

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CAPITULO VII DEL PERSONAL DOCENTE

ARTÍCULO 37: CONFORMACIÓN De acuerdo con la Constitución Nacional, la Ley General de Educación y sus decretos reglamentarios, el personal docente forma parte de la comunidad educativa y por lo tanto deberá ajustar su comportamiento a las normas establecidas en el decreto 2277/79 y 1278/02 (estatutos docentes), el Decreto 2480/86 reglamentario del Estatuto Docente, la resolución 13342/82, la resolución 096/51, el Código de la Infancia y de la Adolescencia y las que se fijan en el presente Manual de Convivencia derivadas de estas disposiciones. ARTÍCULO 38.1: ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE EN GENERAL. Como persona comprometida con la Institución y leal con sus principios y valores, el docente debe desarrollar una educación actualizada y orientada de acuerdo con la misión y visión fijada por la Institución. Además de las contempladas en las disposiciones legales vigentes, los docentes de la Institución Educativa San Vicente de Paúl, tienen las siguientes atribuciones y deberes: 1. Llegar puntualmente a la Institución Educativa y a sus clases. 2. No licenciar personal de estudiantes de su clase antes del tiempo oficial determinado por el sonido del timbre, salvo circunstancias especiales debidamente autorizadas. 3. Permanecer en la Institución Educativa durante el tiempo reglamentario y no ausentarse sin previo aviso y autorización de la Coordinación o Rectoría. 4. Diligenciar oportunamente y mantener al día y dentro de la Institución Educativa, los libros reglamentarios. 5. Asistir puntualmente a reuniones convocadas por la Rectoría o Coordinación. 6. Preparar bien y oportunamente sus clases. 7. Evaluar integralmente a sus estudiantes, teniendo especial cuidado de reforzar Contenidos en los estudiantes que no alcanzaron los logros. 8. Participar activamente en las comisiones para las que sean nombrado. 9. Evaluar con justicia cuando se trate de obtener la valoración de logros. 10. Definir completamente la situación académica de sus estudiantes, antes de entregar planillas o informes académicos a la respectiva Coordinación. 11. Dialogar con los estudiantes antes de someterlos a una sanción disciplinaria, o al debido proceso. 12. Entregar planillas e informes sin enmendaduras ni tachones, ni hacer correcciones posteriores, salvo casos especiales detectados por la Coordinación a la Secretaría.

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13. Informar a los estudiantes sobre los logros alcanzados y entregar a la Coordinación oportunamente los informes. 14. Dedicar diariamente unos minutos de sus clases para inculcar en los educandos valores o generar reflexiones con respecto a la convivencia. 15. No propiciar ni permitir el ingreso de estudiantes a la sala de profesores. 16. Remitir oportunamente por escrito al director de grupo, los estudiantes que presentan alguna dificultad de comportamiento o rendimiento académico. 17. No enviar estudiantes para la casa por el padre o acudiente, sin previa autorización de la Coordinación o la Rectoría. 18. Atender dentro de las horas reglamentarias y con amabilidad y respeto a los padres de familia, cuando sean requeridos por la Institución. 19. Estar presentes en todo acto de comunidad dentro de la Institución y colaborar en la organización de estudiantes y control de comportamiento. 20. Cumplir con los turnos que le sean asignados para la vigilancia y control de disciplina. 21. Realizar las actividades evaluativas y recibir los trabajos dejados de presentar por los estudiantes debido a fuerza mayor y que tengan autorización de la coordinación respectiva, dentro de un plazo prudencial convenido por las partes. 22. Diligenciar y presentar a la coordinación, las actas acerca de situaciones de bajo rendimiento académico en sus áreas y aplicar las estrategias metodológicas a que haya lugar para la recuperación de los estudiantes. 23. Mantener durante su jornada laborar una adecuada presentación personal. 24. Antes de iniciar clase y con la colaboración de los estudiantes, hacer recogida de papeles y objetos que puedan hacer desagradable el proceso de orientación y aprendizaje e igualmente, al finalizar la jornada dejar el salón limpio y ordenado. 25. Exigir personalmente a los estudiantes el porte adecuado del uniforme de la Institución Educativa. 26. Asistir y participar activamente en las reuniones de áreas programadas por la Institución. 27. Devolver oportunamente a los estudiantes, actividades, trabajos, talleres, y otros presentados con sus respectivas observaciones. 54

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28. Colaborar en la entrada, salida y formación de los estudiantes. 29. Motivar a los estudiantes para que depositen la basura en las canecas. 30. Controlar el ingreso de estudiantes a las aulas de clase, después del descanso y posteriormente a actividades de educación física y deportes. 31. Fomentar el respeto hacia el personal docente, directivo, administrativo, estudiantes y de servicio. 32. Estimular a los estudiantes con su ejemplo, el espíritu científico y de investigación. 33. Controlar el comportamiento social dentro y fuera de clase. 34. Responder por la adecuada utilización, mantenimiento y seguridad de los equipos, muebles y materiales a su cargo. 35. Las relaciones del docente con estudiantes y demás integrantes de la Institución estará fundamentada en la ética coherente con la dignidad profesional y moral que representa el ser maestro. 36. Propiciar una relación de diálogo y respeto entre educadores y educandos. 37. No fumar cigarrillo o tabaco dentro de la Institución Educativa. 38. Participar activamente en la elaboración y desarrollo del Proyecto Educativo Institucional, Evaluación institucional, plan de mejoramiento y otros. 39. Mantener una conducta discreta con respecto al manejo de su intimidad y relaciones interpersonales, cuidando que no atenten contra los principios, filosofía y objetivos del Colegio, ni contra la proyección de la mejor imagen institucional. 40 Informar de manera oportuna a lo(a) s directivo(a)s del Colegio sobre eventualidades de orden personal que puedan interferir en su ejercicio laboral. 41. Ingresar notas e informes parciales, de final de periodo y definitivo del año, en la página Web del Colegio, dentro de las fechas estipuladas. 42 .Asistir y participar de las jornadas de formación que el Colegio programe para el mejoramiento del ejercicio educativo y llevarlo a la práctica en su ejercicio como docente. PERMANENCIA DE DOCENTES DURANTE REUNIONES DE PADRES: Cuando se realicen reuniones de padres de familia para la entrega de informes académicos, los docentes deben permanecer en la institución educativa durante la jornada laboral o en el espacio 55

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que sea programado por la institución, salvo en casos donde se haya justificado previamente la inasistencia.

DERECHOS Y ESTÍMULOS DE LOS EDUCADORES ARTÍCULO 38.2: DERECHOS DE LOS EDUCADORES 1. Ser tratado(a) con equidad, justicia y respeto. 2. Recibir del Colegio los recursos necesarios para el buen cumplimiento de sus funciones. 3. Ser respetado en su intimidad y en sus relaciones interpersonales. 4. Ser escuchado por los directivos del Colegio en los problemas y eventualidades de orden personal. 5. Recibir los estímulos establecidos por el Colegio, cuando su labor lo amerite. 6. Recibir capacitación que conlleve a su cualificación personal y profesional y al mejoramiento del proceso educativo. 7. Elegir y ser elegido para los diferentes consejos y comisiones de gobierno escolar, según lo establecen el decreto 1860 de 1994 y demás normas concordantes y reglamentarias. 8. Presentar sugerencias respetuosas y constructivas a la administración y comunidad educativa. 9. Recibir capacitación para el manejo y atención en casos de urgencia y manejo de desastres dentro de la institución. 10. Participar en la construcción de los planes de estudio de su área. 11. Conocer a través de la Coordinación respectiva y Dirección, la distribución del calendario y cronograma de actividades semanales, mensuales y anuales. 12. Permanecer en un ambiente limpio y organizado, contando con los servicios higiénicos, como también con los recipientes para disposición de residuos adecuados. 13. Contar con los espacios de tiempo necesarios para ingresar notas parciales y finales e informes. 56

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Artículo 38.3: ESTÍMULOS A LOS EDUCADORES El educador será estimulado por sus labores, mediante los siguientes mecanismos: 1. Resoluciones públicas de reconocimiento. 2. Programas de capacitación personal, disciplinar o profesional. 3. Certificados, obsequios y recordatorios. 4. Convivencias que estimulen la integración y solución de conflictos. 5. Auspicios a la participación en foros, seminarios y talleres de capacitación

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CAPITULO VIII ORGANISMOS DE PARTICIPACION Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL

Parágrafo: LA COMUNIDAD EDUCATIVA. Según lo dispuesto en el artículo 6° de la ley 115 de 1994, la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional que se ejecuta en el establecimiento educativo San Vicente de Paúl. Artículo 39. Funciones del Gobierno escolar El Gobierno Escolar es el responsable de la marcha general de la institución, desde los principios de la democracia participativa promueve la injerencia efectiva de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa en la gestión, planeación, ejecución y evaluación de las tareas educativas establecidas en el Proyecto Educativo Institucional. Artículo 40. Organización del Gobierno Escolar El Gobierno Escolar en el Colegio está organizado según lo dispuesto en los artículos 142 de la Ley 115 de 1994 y 19 del decreto 1860 de 1994 y el decreto 1286 de 2005. Artículo 41. Los órganos del Gobierno Escolar Los órganos del Gobierno Escolar en el Colegio son los diferentes estamentos de la comunidad educativa integran algunos organismos de participación a fin de desarrollar habilidades de liderazgo, toma de decisiones responsables para un mejor servicio a la comunidad y auto evaluar sus actitudes. 1. La Rectoría. 2. El Consejo Directivo. 3. El Consejo Académico. Artículo 42. Otros órganos de gestión y de participación son: 1. Consejo de Padres de Familia 2. Consejo Estudiantil 3. Comisiones de Evaluación y Promoción. 4. Comité de Convivencia 7. Comité Social 8. Comité de la Calidad

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Artículo 43. DEL RECTOR. El Rector es el representante legal del Colegio ante las autoridades educativas locales, Departamentales y Nacionales. Es el ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. El Rector es nombrado por la Secretaría de Educación departamental. Artículo 44. SON FUNCIONES DEL RECTOR: Los establecidos en el Artículo 25 del Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994. Artículo 45. DEL CONSEJO DIRECTIVO El Consejo Directivo es la primera y principal instancia de participación de la Comunidad Educativa y es el órgano responsable de la orientación de las políticas generales administrativas y pedagógicas del Colegio. Los integrantes del Consejo Directivo y sus funciones se encuentran estipulados en los artículos 21 y 23 Decreto 1860 de 1994. El Consejo Directivo está conformado por: 1. El Rector, quién presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 2. Dos (2) representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes. 3. Dos (2) representantes de los padres de familia elegidos por la junta directiva de la asociación de Padres de Familia. 4. Un (1) representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la institución. 5. Un (1) representante de los ex alumnos (egresados), elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos, o en su defecto por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes. 6. Un (1) representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones. Artículo 46. FUNCIONES DEL SECRETARIO (a) DEL CONSEJO DIRECTIVO: 1. Enviar las citaciones a las reuniones ordinarias y extraordinarias 2. Preparar el orden del día en las sesiones que se haya citado, de acuerdo con el Rector 3. Elaborar el Acta de cada reunión y darle el trámite correspondiente, y llevar los archivos del Consejo.

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Artículo 47. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO. Según las establecidas en el artículo 23 Decreto 1860 de 1994.

Artículo 48. DEL CONSEJO ACADEMICO. El Consejo Académico es el órgano responsable de la marcha académica de la institución. El Consejo Académico está integrado por: 1. El Rector, quien lo preside. 2. Los Jefes de las diferentes áreas del conocimiento. 3. Los Coordinadores o directivos de la institución. Artículo 49. Funciones del Consejo Académico Son funciones del Consejo Académico Los establecidos en el artículo 24, Decreto 1860 de 1994. Artículo 50: ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA. El Consejo Directivo promoverá la constitución de una asociación de padres de familia, para lo cual podrá citar una Asamblea Constitutiva, suministrar espacio o ayuda a la secretaría, contribuir en el recaudo de cuotas de sostenimiento, apoyar iniciativas existentes. Además de las funciones que este organismo determine, deberá desarrollar actividades como las siguientes: a. Velar por el cumplimiento del PEI y su continua evaluación. b. Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea educativa que corresponde, y c. Promover el proceso de constitución del Consejo de Padres de Familia. La Junta Directiva del órgano existente de los Padres de Familia, elegirá dos representantes ante el Consejo Directivo, uno será miembro de la Junta Directiva y otro miembro del Consejo de Padres de Familia. Artículo 51. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA. Es el órgano representante de la Asociación de Padres de Familia, es un medio para asegurar la continua participación de los padres de familia y acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento. Podrá estar integrado por los voceros de los padres de familia y/o acudientes de los estudiantes matriculados que cursan cada uno de los grados que ofrece la institución o por cualquier otro esquema que la asociación haya decidido. Artículo 52: CONSEJO ESTUDIANTIL El Consejo Estudiantil de la Institución, es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de participación por parte de los educandos, está integrado por un delegado de cada grado que ofrece la Institución. La Rectoría, deberá convocar durante las primeras seis semanas del calendario escolar, a los estudiantes para elegir los representantes 60

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que conformarán el consejo estudiantil. Se nombrará un representante por cada grupo; luego se reúnen los representantes por grado y eligen a un estudiante del último curso (11) quien será el representante al consejo estudiantil.

Artículo 53: FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL 1. Darse su propia organización interna. 2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y asesorarlo en el cumplimiento de su representación. 3. Invitar a las reuniones a aquellos estudiantes que presentan iniciativas sobre el desarrollo de la vida educativa. 4. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Manual de Convivencia. 5. Propender por el bienestar general de la comunidad estudiantil. Artículo 54: EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES: El personero de los estudiantes será un estudiante de último grado (11°) con buen rendimiento académico, que testifique características ideales del estudiante y que haya cursado en la institución por lo menos, dos años continuos. Será elegido por votación popular dentro de los tres (3) meses siguientes al inicio del año escolar, para un período de un año lectivo. Artículo 55: FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes. Para tal fin podrá utilizar los medios de comunicación interna del Colegio, pedir la colaboración del Consejo Estudiantil, organizar foros y otras formas de deliberación. 2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre abusos a sus derechos, para buscar alternativas de solución con las de deliberación. 3. Recibir y evaluar las quejas que formule cualquier profesor o persona de la comunidad sobre abusos a sus derechos, para buscar alternativas de solución con las partes involucradas. 4. Presentar ante quien corresponda, según sus competencias, las solicitudes o peticiones que consideren necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar su cumplimiento. 5. Cuando lo considere necesario, apelar ante el rector o en Consejo Directivo las decisiones tomadas con respecto a las peticiones presentadas por intermedio suyo. 6. Motivar, ya sea por intermedio del Consejo Estudiantil, o a través de los representantes de cada grupo, la correcta marcha del funcionamiento de cada salón. 7. Participar en las reuniones del Consejo Estudiantil, donde tendrá voz pero no derecho a voto. 8. Promover ambientes agradables con la comunidad educativa, en la búsqueda de un bienestar colectivo.

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Artículo 56: COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN Este comité está conformado por: -El rector(a) o su delegado. -El Coordinador académico. -Un representante de los padres de familia, por grado, elegidos democráticamente entre ellos. -Hasta 3 docentes por área, elegidos democráticamente entre ellos serán sus funciones las Siguientes: a. Analizar la situación académica de los estudiantes que al finalizar cada periodo hayan quedado con logros pendientes. b. Sugerir actividades pedagógicas complementarias y necesarias para superar las deficiencias detectadas. c. Recomendar acciones a seguir por parte de los padres, madres de familia y acudientes para la superación de las deficiencias académicas detectada. Artículo 57: PROCEDIMIENTOS Y REGLAMENTACIÓN DE LA PRÁCTICA SOCIAL COMUNITARIA Sólo será considerada práctica social comunitaria, aquella que genere impacto de servicio a la comunidad (sólo estudiantes de grado 10°). Para la ejecución de la práctica social comunitaria se tendrán en cuenta los siguientes lineamientos: 1. La práctica social comunitaria es institucional; desde la coordinación académica se indicará a los educandos de grado 10º el lugar en donde se realizará, salvo casos especiales autorizados por el comité administrativo. 2. La práctica social comunitaria sólo se realizara desde grado 10º.y11. 3. Los educandos deben cumplir con todos los logros que les asigne la institución donde se realice la práctica, 4. En las actividades propias de la práctica deben portar el uniforme de diario con una excelente presentación y dejando siempre la mejor imagen institucional en los lugares donde permanezcan. 5. Deben presentarse puntualmente a las sesiones de trabajo y actividades propias de la práctica dando ejemplo de la responsabilidad y puntualidad. 6. Deben asistir a todas las sesiones de trabajo en el horario asignado, respetando tanto el momento de inicio como de terminación. En caso de inasistencia justificada, tendrá que presentar a la Coordinación y al jefe inmediato la excusa correspondiente; debiendo recuperar dichas horas en un horario acordado con la Coordinación y la institución. 7. El educando, al término de la práctica social comunitaria, deberá presenta certificado de la empresa o comunidad, indicando logros, resultados y número de horas trabajadas. Parágrafo: En caso de presentarse o solicitarse cambio de institución o lugar de prestación del servicio social, éste debe ser autorizado por el Comité Administrativo, pues de lo contrario 62

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no será aprobado el cumplimiento de la práctica. Los educandos que no realicen práctica social no podrán graduarse. Artículo 58: SEGUIMIENTOS Y CONTROL ACADÉMICO Procedimientos y sanciones académicas: En el marco de los procesos de enseñanza – aprendizaje y como parte del seguimiento al desempeño de cada estudiante, se podrá hacer uso de los siguientes recursos, siempre orientados a la búsqueda del cumplimiento responsable y oportuno de los deberes, al cambio positivo, incremento del compromiso y mejor rendimiento de los estudiantes. 1. Reporte en el anecdotario del incumplimiento de los deberes académicos y comunicación de la situación al acudiente. 2. Acta de observación por reincidencia en reportes en el anecdotario, que será entregada en la Coordinación Académica para iniciar el seguimiento respectivo. 3. Citación por parte del coordinador académico a los acudientes de aquellos educandos que no presenten mejoría en el proceso. Parágrafo primero: Los docentes entregarán oportunamente a la Coordinación Académica el informe de los educandos con dificultades académicas, para la planeación y ejecución de los respectivos refuerzos. Parágrafo segundo: El Consejo Académico estudiará los casos de aquellos educandos que presentan bajo nivel académico para determinar en cada caso el procedimiento a seguir.

Artículo 59: COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA Este comité estará conformado de acuerdo con lo dispuesto en la ley 1620 de 2013 de la siguiente manera. -El rector del Colegio, quien lo preside y lo convoca. -El personero(a) estudiantil. -La Orientadora. -El coordinador(a) de disciplina y convivencia. -El presidente del Consejo de Padres de Familia. -El presidente del Consejo de Estudiantes. -Un (1) docente líder en procesos o estrategias de convivencia escolar. Parágrafo. El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos cuando se presenten situaciones particulares que afecten la convivencia escolar, con el propósito de ampliar información y precisar las circunstancias de modo, tiempo y lugar de ocurrencia de los hechos. Funciones del comité escolar de convivencia: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

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2. Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación del Colegio a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecte la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, frente a situaciones de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este Colegio San Vicente de Paúl. Comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte del comité de convivencia. 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la Convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. Parágrafo. Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Dicho reglamento una vez aprobado se considerará parte integrante del presente Manual de Convivencia

Artículo 60: FUNCIONES COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en el establecimiento educativo acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y 64

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reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades d su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afectan la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar prejuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el Art. 29 de la Ley 1620 del 2013 frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia porque trascienden del ámbito escolar y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del sistema y de la ruta. 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

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CAPITULO IX DE LOS SERVICIOS VARIOS

Artículo 61: SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL De acuerdo al artículo 97 de la Ley 115/94, la institución educativa prestará el servicio social con los estudiantes de grado 10 y 11, con el fin de contribuir al mejoramiento social, cultural y económico, colaborando en los proyectos y trabajos que se realicen por la comunidad, en las cuales buscará el desarrollo de los valores de solidaridad, convivencia y conocimiento de los estudiantes con respecto a su entorno social. La institución podrá acoger colaboraciones ofrecidas por asociaciones y entidades de forma gratuita y desinteresada. El Consejo Directivo y/o el Consejo Académico serán los órganos encargados, de estudiar y aprobar las propuestas que pudieran presentarse para el desarrollo de este tipo de actividades y las que fueren aprobadas, se incorporarán a la programación general anual de la institución. (artículo 39 Decreto 1860.) Artículo 62: Actividades los estudiantes del Servicio Social Las actividades que los estudiantes del Servicio Social Obligatorio en la institución serán las siguientes: a) Facilitar que la institución esté disponible para la comunidad educativa fuera del horario lectivo. b) Contribuir a incrementar la oferta y el tiempo de utilización de determinados servicios escolares, tales como salas de estudio, bibliotecas, actividades de refuerzo a aquellos alumnos que presenten dificultades en la parte académica, organizando y orientando grupos artísticos, culturales, en embellecimiento de la institución y su entorno. c) Prestar asistencia, en lo que sea necesario y fuera del horario escolar, a los estudiantes que lo precisen para mejorar sus posibilidades de acceso a la institución y de participación en las actividades complementarias extraescolares. d) Colaborar en la organización de las actividades complementarias. e) Atender a los estudiantes durante el desarrollo de las actividades complementarias y extraescolares, asumiendo la responsabilidad de su realización o ejerciendo funciones de apoyo. f) Cualquier otra actividad acorde con las finalidades perseguidas por la institución y que determine la dirección de la misma. Parágrafo: El Servicio Social Obligatorio siempre deberá prestarse en jornada contraria a la académica.

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Artículo 63: Obligaciones de los estudiantes del servicio social Los estudiantes del servicio social obligatorio que realicen actividades en la institución tendrán las siguientes obligaciones: Actuar de acuerdo con el carácter educativo de las actividades que tengan encomendadas. 2. Respetar el proyecto educativo de la institución. 3. Respetar el presente Manual de Convivencia 4. Hacer frente a los compromisos que hubiere adquirido con la institución o con la entidad colaboradora. 5. Atender en todo momento las indicaciones de los responsables de las actividades que estén llevando a cabo. Artículo 64: Obligaciones de los estudiantes del servicio social con la comunidad Las relaciones de los estudiantes del servicio social obligatorio con los demás integrantes de la comunidad educativa estarán presididas por la cortesía, el mutuo respeto y el acatamiento a la normatividad que regula el funcionamiento de la institución. En el supuesto de plantearse algún conflicto entre los estudiantes del servicio social obligatorio o entre éstos con los demás miembros de la comunidad educativa, será el coordinador la persona competente de resolverlo; si no se resolviera el conflicto pasará al rector de la institución que tomará la decisión definitiva. Artículo 65: SERVICIO DE ORIENTACIÓN En la institución se presta un servicio de orientación estudiantil a cargo de la Orientadora Escolar. Este servicio tendrá como objetivo general el de contribuir al pleno desarrollo de personalidad de los educandos. Lograr la más sana y armónica convivencia con sus semejantes es una de las tareas que demanda del ser humano gran inteligencia y máxima autonomía; convivir en paz con los demás seres humanos es una tarea generalmente difícil y exigente pues no faltan en la vida cotidiana los roces, los conflictos, los malos entendidos, las ofensas, las agresiones. Artículo 66: SERVICIO DE AULA DE APOYO En la institución educativa se presta el servicio integral de aula de apoyo a los estudiantes a cargo de profesionales interdisciplinarios. (PERSONAS IDONEAS EN EL TEMA) Este servicio tendrá como objetivo general el de atender a los estudiantes con necesidades educativas especiales, discapacidad, autismo, déficit de atención, talentos excepcionales y otras como resultado de un estudio sobre el tema que adelanta la institución.

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Artículo 67: TIENDA ESCOLAR La institución ofrece el servicio de tienda escolar para los estudiantes y profesores, está a cargo de particulares. Artículo 68: BIBLIOTECA ESCOLAR La biblioteca de la institución conformada por libros de consulta como diccionarios, enciclopedias temáticas, publicaciones periódicas, libros de texto y otros materiales. Artículo 69: INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ARTÍSTICAS Y DEPORTIVAS La institución cuenta con una zona de servicios escolares como aula máxima donde se desarrollan todas las actividades artísticas, biblioteca, salones para laboratorios, restaurante, espacios de recreación y el deporte, a demás una sala de informática y medios audiovisuales.(FALTA UN ESPACIO PARA TABAJAR EN ARTISTICA) Artículo 70: COMUNICACIONES La institución cuenta con unos medios de comunicación internos, con el fin de atender a toda la comunidad educativa en un nivel adecuado de información y conocimiento del todo el que hacer educativo. Teléfono. Fax. Periódico mural, carteleras, formatos para citaciones, circulares, comunicados, buzón de sugerencia y se contará próximamente con una revista institucional donde se le da a conocer a toda la comunidad educativa todas las actividades realizadas en el año anterior. Artículo 71: ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN los diferentes estamentos de la comunidad educativa integran algunos organismos de participación a fin de desarrollar habilidades de liderazgo, toma de decisiones responsables para un mejor servicio a la comunidad y auto evaluar sus actitudes. Consejo Directivo (art.143 ley 115) Consejo Académico (art. 145 ley 115) Asociación de padres de familia Comisión de Evaluación y Promoción Personero estudiantil art. 94 ley de educación- gobierno estudiantil-monitores de grupogrupos de clase.

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CAPITULO X DE LA ORGANIZACIÓN DEL NIVEL DE EDUCACIÓN PREESCOLAR

Artículo 72: CRITERIOS DEL ORDEN ADMINISTRATIVO Son criterios administrativos para el Nivel de Educación preescolar los enunciados a continuación: Artículo 73: INSCRIPCION Es el acto por el cual el estudiante y su representante registran su nombre oficialmente en la secretaría del colegio y adquieren el carácter de candidato a ser miembro de la Institución Educativa San Vicente de Paul, Génova, Quindío; donde se ofrece un proceso de inscripción para los niños y niñas de cinco años de edad que van a ingresar al sistema educativo en el nivel de educación preescolar, grado transición, para ello se requiere: 1. Poseer la edad mínima requerida para ingresar al grado de transición 2. La presencia del niño o niña acompañado del padre de familia o acudiente. 3. Inscribirse en la secretaría del colegio. 4. Diligenciar el formulario de solicitud de inscripción. 5. Fotocopia del registro civil de nacimiento. 6. ficha de pre matricula Artículo 74: MATRÍCULA De acuerdo con el artículo 95 de la ley 115 de 1994, la matrícula es el acto que formaliza la vinculación del educando al servicio educativo. Al firmar la matrícula, padres y alumnos se comprometen a cumplir las normas legales y el manual de convivencia Este acto se realiza una sola vez y se renueva cada año lectivo en la medida en que el alumno y sus padres o acudientes cumplan con los requisitos exigidos para ello. Al firmar la respectiva matrícula, el estudiante acepta el presente MANUAL DE CONVIVENCIA y se compromete a respetar la filosofía del colegio. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA MATRÍCULA: Además de los presentados en la inscripción se deberán hacer llegar los siguientes documentos establecidos en el Decreto 2247 del 11 de septiembre de 1997, Artículo 9; para el ingreso de los estudiantes del nivel preescolar, grado transición a la Institución Educativa San Vicente de Paúl: 1. Registro civil de nacimiento en original. 2. Certificado de vinculación a un sistema de seguridad social, de conformidad con lo establecido en la Ley 100 de 1993. 3. Fotocopia de un recibo de energía 4. Tres fotos tamaño carne, con el uniforme de la institución 5. El carné de vacunación y de crecimiento y desarrollo

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Parágrafo 1º: Los aspirantes al grado transición deben estar presentes en el momento de la matrícula, con su respectivo acudiente. Parágrafo 2: Los aspirantes al grado transición deben tener cinco años cumplidos o ajustarse a la directriz dada por la Secretaría de Educación Departamental. Parágrafo 3: No se admiten niños y niñas asistentes en el grado transición. Parágrafo 4: Por ningún motivo se reciben estudiantes repitentes en el grado transición. Parágrafo 5: Los aspirantes al grado transición con la condición “DESPLAZADOS”, sólo se les exige el documento que los acredita como tal en el momento de la matrícula. Parágrafo 6: Los aspirantes al grado transición con problemas de salud notorios, contagiosos o necesidades educativas especiales evidentes deben presentar su diagnóstico médico expedido por una entidad de salud responsable. Parágrafo 7: entrega y lectura del manual de convivencia y el contrato educativo de la prestación del servicio educativo. Artículo 75: CANCELACIÓN DE MATRÍCULA En el momento en que el padre de familia o acudiente se presente a la coordinación, argumentando los motivos de la cancelación de matrícula se lleva a cabo el registro de la misma. Parágrafo 1: Para efectos de cancelación de matrícula el estudiante debe estar a paz con la institución. Parágrafo 2: Son motivos de cancelación de la matrícula el incumplimiento del padre de familia durante tres veces que no se presente a recoger a su hijo a la hora señalada por la docente, de lo cual se debe registrar la evidencia mediante formato. Anexo 1 Artículo 76: ASIGNACIÓN DE CUPOS El cupo para cada grado de transición está sustentado por la Norma Técnica Colombiana 4595 en donde se estipula un máximo de 30 estudiantes por cada maestro para el grado transición, calculando 2m cuadrados por cada niño o niña. Decreto 3020 de diciembre 10 de 2002, Artículo 11; por el cual se establecen los criterios y procedimientos para organizar las plantas de personal docente y administrativo del servicio educativo estatal que presentan las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones, como también a lo establecido en el Decreto 2247 de 1997, Artículo 5º, Parágrafo Segundo: “En la determinación del número de educandos por curso, deberá garantizarse la atención personalizada de los mismos”:

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SEDE SAN VICENTE DE PAUL GUILLERMO ANGEL ANGEL

AREA 101.84 50.83

No ESTUDIANTES 23 20

Parágrafo: Para las sedes rurales no se toma este referente porque su caracterización de sedes rurales con metodología “ESCUELA NUEVA” no permiten una cobertura para la conformación de un grupo del grado transición; quedando abierta la posibilidad en caso de existir una demanda lo suficientemente alta. Artículo 77: DE LA JORNADA ESCOLAR Establecer como jornada escolar de los estudiantes del nivel de educación preescolar 20 horas semanales efectivas de trabajo de 60 minutos fundamentado en el Decreto 1850 del 13 de agosto de 2002 por el cual se reglamenta la organización de la jornada escolar.

Parágrafo 1: El horario de la jornada escolar para estudiantes de las Sedes San Vicente de Paúl, Génova y Guillermo Ángel será de 8:00 a.m. a 12m. Parágrafo 2: El descanso tendrá una duración de 30 minutos, incluidos en las cuatro horas de atención directa a estudiantes; es una actividad más de la jornada supervisada por la docente. Parágrafo 3: Durante las dos primeras semanas del primer período académico los estudiantes del grado transición, por condiciones de adaptación a su nuevo ambiente escolar, asisten dos horas diarias y la maestra está facultada para hacerlo por grupos de 10 estudiantes.

DE LOS DEBERES Y DERECHOS Es importante exaltar que el Nivel de Educación Preescolar tiene como principio la integralidad, expresada en la emergencia de posibilidades para aprehender a sortear las diferentes situaciones del diario vivir, que se convierten en oportunidades para potencializar el desarrollo de las dimensiones socio afectiva, espiritual, ética, cognitiva, comunicativa, corporal y estética; en ese ser humano que apenas inicia su trayecto de vida. Artículo 78: DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES DEL GRADO TRANSICIÓN. Los estudiantes del grado transición tienen derechos homologados con sus respectivos deberes:

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DERECHOS

DEBERES

 A un ambiente sano y acogedor para el proceso de aprendizaje.

 Hacer uso adecuado de los espacios, elementos y servicios que contribuyen a su formación y aprendizaje.

 A recibir los alimentos que provee el restaurante escolar.

 Consumir los alimentos en su totalidad y demostrar hábitos apropiados en la mesa.

 Derecho a ser remitido a su casa cuando presente alteraciones de salud.

 Dar aviso oportuno de su estado de salud a su profesora.

 A ser respetado su credo religioso.

 Reconocer la existencia de un ser supremo respetando la diversidad de credo.

 A disponer de los materiales didácticos necesarios para el desarrollo de actividades lúdicopedagógicas.

 Conservar y cuidar material didáctico.

 A una educación integral que promueve el desarrollo de las dimensiones.

 Participar en las actividades lúdico-pedagógicas dentro y fuera del aula.

 A un trato de igualdad.

 Evitar la discriminación de sus compañeros por su condición social, credo, raza o necesidad educativa especial.

 Al goce y protección del desarrollo

 Cuidar su cuerpo y dar

el

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físico y mental.

cuenta de anómalas.

las

acciones

 A la movilización y desplazamiento a lugares cercanos a la institución que ofrezcan oportunidades para el desarrollo de las actividades lúdico-pedagógicas programadas con anticipación.

 Acatar sugerencias y normas de buen comportamiento.

 A expresar sus ideas, pensamientos y sentimientos

 Expresar oportunamente sus ideas, pensamientos y sentimientos.

 A ser escuchado por sus padres, maestros y directivos.

 Manifestar quejas, reclamos y sugerencias en el momento oportuno.

 Recibir un buen trato de padres, maestros, directivos y compañeros.

 Dar buen trato a las personas que lo rodean.

 A gozar de ambientes naturales y a tener contacto con plantas, animales y el agua.

 Cuidar el ambiente, los animales, plantas y el agua.

 A una atención de orientación escolar en casos que lo ameriten.

 Compartir con los que están en situaciones difíciles.

 A tener un acudiente.

 Entregar notas e información al acudiente oportunamente.

 A recibir de la profesora, que guía su proceso, el cumplimiento a cabalidad de sus deberes profesionales para el desarrollo de las dimensiones.

 Cumplir con el horario de la jornada escolar para estudiantes.

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 A obtener una evaluación integral donde se tenga en cuenta el proceso de aprendizaje como utilización de recursos, progreso, habilidades, destrezas, de acuerdo al Decreto 2247, artículo 14,

 Participar de las actividades lúdicas pedagógicas desarrolladas dentro y fuera del aula de clase.

 A solicitar y obtener permiso de acuerdo con las circunstancias que se presenten

 Presentarse con el acudiente ante la coordinación para solicitar permisos de salida en la jornada escolar.

 A ser estimulado para alcanzar los logros establecidos para el grado transición.

 Respetar y hacer respetar el nombre de la institución en todo lugar y circunstancia, practicando normas de comportamiento, higiene, aseo y presentación personal.

 Ser reconocido como integrante de la institución educativa.

 Respetar el uniforme y portarlo adecuadamente en su jornada de estudio.

 Participar de actos culturales y deportivos

 Asistir con respeto a los actos comunitarios y/o de representación programados por la institución.

 Implementar su vocabulario a través de actividades lúdicas de lectura, escritura y procesos de pensamiento

 Distinguirse por el empleo de un vocabulario correcto en todas las situaciones.

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Artículo 79: DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES DE LOS ESTUDIANTES DEL GRADO TRANSICIÓN. Parágrafo 1. Atendiendo a la disposición del Decreto 2247 del 11 de Septiembre de 1997, por el cual se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones, y especialmente en su artículo 5º, parágrafo 1º se escoge mediante proceso democrático en la primera reunión de padres de familia, a quien tenga la mayor votación como representante ante el Consejo Directivo por padres de familia de este nivel. DERECHOS

DEBERES

 Recibir asesoría pedagógica de parte de las directivas para desempeñarse en labor pedagógica.

 Planear su actividad lúdica pedagógica para un buen desempeño y fortalecimiento de la calidad de la educación.

 A tener respaldo administrativo para el cumplimiento de su jornada laboral según el Decreto 1850 de 2002 el cual reglamenta la organización de la jornada escolar y jornada laboral.

 Evidenciar las actividades complementarias a través de actas y de la organización del nivel de educación preescolar en la institución.

 Disponer del tiempo complementario a la jornada pedagógica para el desarrollo de sus actividades.

 Informar oportunamente a los padres de familia y acudientes de la hora de entrada y salida de los estudiantes.

 A no ser responsabilizado de accidentes ocurridos a los estudiantes cuando se hacen salidas del orden institucional.

 Acatar las disposiciones de sus superiores.

 Los demás consignados en el manual de convivencia

 Los demás consignados en el manual de convivencia 75

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Artículo 80: RESPONSABILIDAD Todos los estamentos de la comunidad educativa de la institución, estudiantes, profesores, directivos, padres de familia, personal administrativo y de servicios actuaran solidariamente por el progreso de la institución y por el mejoramiento continuo de sus procesos educativos, desarrollando cada vez más su sentido de pertenencia.

Artículo 81: VIGENCIA El presente manual de convivencia reemplaza todos los procedimientos y disposiciones anteriores a su expedición. Rige a partir del año lectivo 2014.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Génova, del municipio de Génova Quindío a los --- días del mes de julio de 2014. JAMES YESID BERNAL LEÓN RECTOR

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ANEXOS PARA EL NIVEL PREESCOLAR ANEXO 1 INSTITUCION EDUCATIVA SAN VICENTE DE PAUL

EVIDENCIA DE INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DEL PADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE

El día ____ el acudiente del estudiante ____________________________________ del grado transición _____ no se presentó a recogerlo en la hora señalada, para lo cual la docente dio un compás de espera de 30 minutos, seguidamente llamó al número telefónico _________________ autorizado para solicitar se presenten por el estudiante. No se encontró a _____________________________________________________ La persona no se presentó ______________________________

a

recoger

nadie

el

estudiante

La profesora lo deja en ___________________________________________. Por lo anteriormente señalado se convierte este documento en evidencia del debido proceso para la cancelación de la matrícula.

___________________________________ DOCENTE

_____________________________ TESTIGO 1

_________________________ TESTIGO 2

Nota: Se entrega copia al acudiente y se guarda en la hoja de vida del estudiante.

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ANEXO 2 INSTITUCION EDUCATIVA SAN VICENTE DE PAUL

FICHA DE COMPROMISO DEL PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE DE LOS ESTUDIANTE DEL GRADO TRANSICION

Yo __________________________________ identificado con cédula de ciudadanía No _______________________ de _____________________ en calidad de representante legal del estudiante _________________________________________ del grado transición ____________ me comprometo a cumplir el horario de entrada y salida, recogiéndolo puntualmente a la hora que me informe el (la) docente ________________________________. En caso de no poder hacerlo personalmente autorizo a _____________________________ identificado con cédula de ciudadanía No _________________________ de ______________ para que recoja a mi hijo (a) de la institución y lo lleve a su destino. Asumo toda responsabilidad para que mi hijo salga de la institución educativa, sede ________________con el menor __________________________________ a quien delego recoger a mi hijo (A) del grado transición ________ para llevar lo a su destino. Autorizo al (la) docente para que se comunique a los teléfonos _________________________ en caso de no presentarme a recoger a mi hijo (a) en la hora señalada para que sea recogido por ___________________________________________.

FIRMA PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE Cédula de ciudadanía

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SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES El presente sistema define conceptos y procedimientos del proceso de la evaluación y la promoción de los estudiantes en la Institución Educativa San Vicente de Paúl de conformidad con el Decreto 1290 del 6 de abril de 2009, del Decreto 2247 del 11 de septiembre de 1997, en el marco de la Ley General de Educación, 115 de 1994 y sus normas reglamentarias. El Decreto 1290 del 16 de abril de 2.009, define como función principal de la evaluación: Detectar fortalezas y dificultades en el proceso de aprendizaje de los estudiantes para diseñar y aplicar estrategias pedagógicas que permitan superar las deficiencias y lograr el mejoramiento institucional en aspectos como: Los recursos, los actores, los procesos y resultados. Este se constituye en una herramienta para alcanzar la calidad en los aprendizajes de los estudiantes, y poder proyectarlos efectivamente en el ámbito internacional, nacional e institucional. En torno a esto, la Institución Educativa San Vicente de Paúl estructuró un proceso participativo orientado en las fases de la planeación, coordinación, organización, implementación y retroalimentación para lograr como resultado final el Sistema de Evaluación Institucional que garantice la calidad educativa de nuestros niños, niñas y adolescentes.

Con la finalidad principal de cumplir nuestra misión institucional, pretendemos formar seres humanos integrales en lo corporal, Psicológico, cognitivo, comunicativo y ético – espiritual, así: 1. CORPORAL: En lo corporal se tendrá en cuenta el desarrollo físico del estudiante a partir de: La higiene, integridad física, preservación de la salud, preservación del ambiente, recreación y deporte. 2. PSICOLÓGICO: Esta dimensión tendrá en cuenta el afecto y la seguridad, autoestima y comunicación, auto-reconocimiento, libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico. 3. COGNITIVO: Como criterio se tendrá en cuenta: Apropiación de conceptos científicos, habilidades para plantear y resolver problemas, habilidades para la investigación científica y tecnológica (apropiación de las tecnologías de información y la comunicación (TICS)), orientada a la comprensión de los problemas nacionales, la búsqueda de soluciones para el progreso cultural, social y económico orientada al mejoramiento de la calidad de vida de la población. 4. SOCIAL: En el campo social y cívico señala la formación para la paz, la democracia, la convivencia, el pluralismo, la justicia, la solidaridad, equidad y la vida en libertad. La formación democrática tiene como propósito la participación en las decisiones de la vida política, económica, administrativa y cultural de la nación. Se resalta el respeto a la autoridad y a la ley, a la historia colombiana y la cultura nacional, incluyendo su comprensión crítica, la defensa del patrimonio cultural de la nación resaltando el gusto por lo bello, el fomento de la conciencia de la soberanía nacional, la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el Caribe. 5. ETICO-ESPIRITUAL:

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La dimensión ético-espiritual contempla la formación de líderes integrales, capaces de construir y alcanzar su propio proyecto de vida para transformar su entorno y su núcleo familiar, evidenciando los valores de: Responsabilidad, solidaridad, tolerancia, libertad, honestidad y sentido de pertenencia; el cual tiene como fundamento el respeto a la vida y a los derechos humanos. Son objeto de evaluación los logros y los desempeños de los estudiantes, los cuales se expresan haciendo referencia a los procesos corporal, psicológico, cognitivo, social y ético espiritual. La evaluación del aprendizaje será continua, integral, participativa, formativa y transparente. Se lleva a cabo la evaluación del aprendizaje y la promoción de los estudiantes para:  Favorecer el desarrollo de las competencias, potencialidades y habilidades del estudiante.  Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten dificultades en el aprendizaje.  Aportar información que contribuya a la autoevaluación institucional y a la actualización permanente del plan de estudios.  Determinar la promoción de los estudiantes.

ESTRUCTURA DE LA EVALUACIÓN a) Periodos Académicos e Informes de Evaluación. Se establecen cuatro (4) periodos académicos con sus respectivos informes a los Padres de Familia. El último informe está conformado por los resultados de los 4 periodos y la nota definitiva del año en cada área. El primer periodo equivale al 15% El segundo periodo equivale al 20% El tercer periodo equivale al 30% El cuarto periodo equivale al 35% b) Escala de valoración. Se establece una escala de valoración cuantitativa (1.0 a 10.0) que tiene su equivalencia en la escala de valoración nacional, de la siguiente manera:

DESEMPEÑO

VALORACIÓN

Superior

9.0 a 10.0

Alto

8.0 a 8.9

Básico

6.0 a 7.9

Bajo

1.0 a 5.9

DESEMPEÑO SUPERIOR: Para aquellos estudiantes que:

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MANUAL DE CONVIVENCIA

 

Alcanzan todos los logros y los desempeños propuestos de manera excelente, en los cinco aspectos evaluados: Corporal, psicológico, cognitivo, social y ético - espiritual. Son capaces de asumir una posición crítica – reflexiva frente al conocimiento, interesándose por la consulta, la investigación y la profundización de los temas relacionados con el área.

DESEMPEÑO ALTO: Para aquellos estudiantes que:  

Alcanzan todos los logros y desempeños propuestos de manera destacada en los cinco aspectos evaluados: corporal, psicológico, cognitivo, social y ético - espiritual. Demuestran interés por el conocimiento por medio de la consulta y la profundización de los temas desarrollados en el área.

DESEMPEÑO BÁSICO: Para aquellos estudiantes que: 

Alcanzan los logros y los desempeños mínimos en los cinco aspectos evaluados: Corporal, psicológico, cognitivo, social y ético - espiritual.

DESEMPEÑO BAJO: Para aquellos estudiantes que: 

No alcanzan los logros y los desempeños del periodo, en los cinco aspectos evaluados: corporal, psicológico, cognitivo, social y ético – espiritual y requieren de actividades de apoyo.

c) Calificación del periodo académico. La valoración de cada periodo, en las diferentes áreas y asignaturas, será el promedio de las valoraciones obtenidas por el estudiante en las diversas actividades de aprendizaje que corresponde al 80% y el 20% que es el valor de la evaluación acumulativa que deberá ser tipo Icfes. Se tendrá en cuenta en la planilla general de cada docente una nota que valorará la disciplina, interés, puntualidad, cumplimiento de compromisos y colaboración con las clases por parte del estudiante. Independiente de la nota general de COMPORTAMIENTO SOCIAL. NOTA: Para que el estudiante tenga derecho a la presentación extemporánea de trabajos y evaluaciones, el colegio acepta únicamente las incapacidades médicas expedidas por la EPS o por calamidad doméstica comprobada tiene validez como justificación, presentadas máximo tres días después de la fecha de expedición en coordinación. Las áreas o asignaturas con una intensidad de una (1) o dos (2) horas semanales deberán tener un mínimo de tres (3) notas y las de más intensidad un mínimo de cinco (5) notas parciales para ser promediadas por periodo. d) Nota definitiva (quinta nota). Se define por áreas y se obtiene al promediar los cuatro periodos académicos. Cuando el área está conformada por varias asignaturas, éstas se promedian para obtener la nota definitiva del área (está nota la arroja SAE). NOTA: Las planillas de notas del docente deben ser entregadas en Coordinación periódicamente (cuatro periodos) para organizar los archivos institucionales.

COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 81

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El Rector o Coordinador Académico convocarán al Consejo Académico para conformar una comisión de evaluación y promoción para cada grado, con el fin de hacer seguimiento a los desempeños académicos y de convivencia de los estudiantes y tomar determinaciones en cuanto a las estrategias a seguir y, al finalizar el año escolar, definir la promoción de los estudiantes. Cada comisión estará conformada por:     

Rector Coordinador Académico Representante del Comité Convivencia Escolar Profesores titulares del grado Orientadora escolar

NOTA: Las comisiones podrán sesionar con un quórum de la mitad más uno. Cuando lo estime necesario la comisión de evaluación y promoción del grado. En las reuniones de las comisiones de evaluación y promoción, de cada periodo académico, se analizarán los casos de Desempeño Superior para decidir los estímulos que se concederán y de Desempeño Bajo y se remitirán a la instancia pertinente, con el fin de comprometer al estudiante con su proceso de formación y a su familia con un acompañamiento más cercano. Se analizan los resultados en la siguiente reunión de Comisión.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN Y REPROBACIÓN 1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN 2. Se establecen los siguientes criterios generales para la evaluación del desempeño del estudiante:  Logros y desempeños. Se evalúa a los estudiantes de acuerdo con los logros y desempeños establecidos en los niveles de valoración elaborados para cada periodo académico.  Evaluación acumulativa del periodo. Es una prueba escrita de conocimientos que se aplicará a los estudiantes de todos los grados en todas las áreas de formación y abarca los contenidos abordados durante el periodo. Esta evaluación tendrá un valor del 20% del total del periodo. Los estudiantes que al promediar el 80% del total del periodo académico, tengan Desempeño Superior en la materia, quedarán eximidos de presentar la evaluación acumulativa y la nota final del periodo será igual al promedio obtenido.  Actividades de apoyo. Son estrategias pedagógicas implementadas por la Institución para que el estudiante supere las dificultades académicas. Se ejecutarán al finalizar cada periodo de acuerdo con la planeación institucional. NOTA: El estudiante debe desarrollar todas las actividades de apoyo asignadas. A los padres de familia se les informará sobre las actividades de apoyo y los resultados de las 82

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mismas a través de una previa citación concertada en la hora de atención de cada profesor o director de grupo. En caso de ser aprobada, la nota máxima de la actividad de apoyo será de 6.0. Cuando el estudiante no realice las actividades de apoyo, se dejará un registro en el proceso formativo entiéndase este como el Observador del Alumno o Anecdotario. NOTA: Ningún estudiante se podrá matricular en el grado siguiente si no ha aprobado TODAS las áreas de estudio. Entiéndase este desde el grado Primero hasta el grado once.  Autoevaluación de los estudiantes. Es una estrategia de participación donde el estudiante, evalúa su proceso de aprendizaje. La autoevaluación será una nota parcial del periodo académico, concertada con el docente basada en los criterios de evaluación establecidos. NOTA: Teniendo en cuenta que existen algunos factores que inciden en la matrícula de estudiantes con periodos académicos incompletos, entre ellos la movilidad de familias entre municipios y regiones; la Institución Educativa San Vicente de Paúl establece los siguientes criterios:  Deberán presentar los informes académicos y/o parciales de los diferentes periodos que ha cursado en otras instituciones y dependiendo del periodo en que ingrese serán parte de las valoraciones del área para este periodo.  En caso tal de no tenerlos tendrán un tiempo prudencial de quince días hábiles calendario académico para presentar dichos informes y poder actualizar su historia académica en la Institución Educativa.  Si se presenta el caso de un estudiante que manifieste ser desplazado deberá informar a la Institución para que esta pueda averiguar en el registro único del estado si aparece allí como condición de desplazado. De ser así, el caso debe ser remitido a la Comisión de Evaluación y Promoción quien autorizará o no previo estudio del caso y aplicación de examen en las áreas fundamentales; de cuyo resultado se concluya la existencia de unas competencias mínimas que le permita al niño, niña o adolescente el cumplimiento de los logros establecidos en el plan área y asignatura de la institución educativa. En todos los casos es necesario firmar compromisos comportamentales y académicos. NOTA: Si se presenta el caso de estudiantes con logros pendientes en otras instituciones Educativas deberán ser niveladas en dichas instituciones 3. CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y/O GRADUACIÓN PROMOCIÓN. La promoción se realizará teniendo en cuenta: 1. BÁSICA PRIMARIA ESCUELA NUEVA ACTIVA: La promoción de los estudiantes de Básica Primaria de las Sedes Rurales es de carácter flexible y acorde con los criterios establecidos por el Modelo Pedagógico de la Institución, los casos especiales serán remitidos a la Comisión de Evaluación y Promoción. 2. NIVEL DE PREESCOLAR: Se efectuará de acuerdo con el Decreto 2247 de 1997. La evaluación es un proceso sistemático, integral y permanente que permite la obtención de información de diversas fuentes acerca de la calidad del desempeño, avance y rendimiento del estudiante en los diferentes procesos desarrollados; en éste nivel todos los Educandos son promovidos al siguiente grado. La evaluación será 83

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cualitativa. Y si es necesario llevará las recomendaciones pertinentes en pro – de mejorar su aprendizaje significativo.

3. NIVELES DE BÁSICA (PRIMARIA Y SECUNDARIA) Y MEDIA TÉCNICA: Para que un estudiante de Básica (Primaria y Secundaria) y Media Técnica pueda ser promovido al año siguiente debe aprobar todas las áreas. 4. ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES. Para la promoción de los estudiantes con necesidades educativas especiales, se tendrá en cuenta los siguientes criterios: a. La adecuación curricular y el plan de estudios para el educando con limitación o discapacidad cognitiva, determinada por el consejo académico (Decreto N° 2082 de 1996). b. La definición de los logros específicos, la adecuación de los medios y registros evaluativos a los códigos y lenguajes comunicativos específicos para el educando con limitaciones o discapacidad cognitiva. c. El análisis del avance y desempeño de los logros propuestos en las áreas. d. Verificación del cumplimiento de los compromisos en las actividades de superación. e. Según el resultado de desempeño o avance en las actividades complementarias especiales, es responsabilidad de la comisión de evaluación y promoción DEFINIR SU PROMOCIÓN. PROMOCIÓN ANTICIPADA Y PROCEDIMIENTO PARA APLICARLA Se establecen los siguientes criterios para definir la promoción anticipada del estudiante:     

Haber obtenido como valoración definitiva Desempeño Superior, en todas las áreas inmediatamente al año anterior. Obtener en la valoración definitiva del primer periodo, del año que está cursando, Desempeño Superior, en todas las áreas. El interesado debe presentar solicitud escrita al Consejo Académico al finalizar el primer periodo, firmada por los padres de familia. El estudiante no debe estar repitiendo el grado. El Consejo Académico estudia el caso y recomienda ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente. El Consejo Directivo toma la decisión. (Decreto 1290 de 2009)

Estudiantes con Extra edad matriculados en la institución Educativa. Considerando las orientaciones que desde el Comité Auditor de Matrícula se han generado para disminuir el número de estudiantes Extra edad en las aulas y, teniendo en cuenta que los estudiantes con esta caracterización hacen muy heterogéneo el ambiente escolar; el Consejo Académico generará a partir del año 2014 las estrategias suficientes para que a partir del I periodo (2015 y así sucesivamente año tras año) sean promovidos a los estudiantes en Extra edad; siendo condición el buen desempeño académico, el interés, la responsabilidad y excelente observancia del manual de convivencia.  La petición debe ser realizada en forma escrita por el acudiente y estudiante (debidamente motivada), siendo valorada en el Consejo Académico de la institución. 84

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Nota: Sólo serán tenidas en cuenta las solicitudes de estudiantes con excelente observancia del manual de convivencia.

GRADUACIÓN. 1. ESTUDIANTES DE GRADO NOVENO. Los estudiantes que cursen el grado noveno obtendrán el certificado de Bachiller Básico cuando hayan aprobado todas las áreas del plan de estudios y se encuentren a paz y salvo por todo concepto en la Institución. 2. ESTUDIANTES DE GRADO UNDÉCIMO. Los estudiantes de grado Undécimo Obtendrán el título de Bachiller Académico y/o Bachiller Técnico en su respectiva Especialidad, cuando cumplan con los siguientes requisitos: a. Cumplir con las normas de Promoción establecidas en el presente Acuerdo. b. Cumplir con las horas de práctica estipuladas en el Convenio con el SENA de acuerdo con la Modalidad c. Haber presentado el Examen de Estado aplicado por el ICFES, en el calendario que le corresponde al Colegio. d. Haber aportado los certificados de los grados no cursados en la Institución. e. Participar en la convivencia y proyecto de vida respetando las normas establecidas de acuerdo al manual de convivencia de la Institución. f. Cumplir con los requisitos establecidos por el Servicio Social Obligatorio. (Art. 97 ley 115/94. Art. 39 decreto 1860/94), de acuerdo al programa establecido por el colegio. Cualquier servicio social realizado por fuera del programa debe ser autorizado previamente por el coordinador del mismo. g. Aprobar el total de las áreas de los años anteriores y del que cursa actualmente; para así poder graduarse y, por ende, asistir a la celebración de graduación, de lo contrario, deberá esperar al próximo año para que sea definida su situación por el Consejo Directivo y no asistirá a la ceremonia de graduación. h. Estar a Paz y Salvo con la institución Educativa por todo concepto. NOTA: La etapa productiva establecida para acceder al título de Técnico otorgado por el SENA, se define como la práctica que el estudiante realiza en una empresa, legalmente constituida y la cual acerca al joven en un entorno laboral. Es de obligatorio cumplimiento para acceder a su doble titulación. Los estudiantes para acceder a su formación de Técnico deben estar involucrados en el proceso desde grado décimo, de lo contrario no será certificado por el SENA. Parágrafo: Si el estudiante no está matriculado con el SENA, sólo se exime del cumplimiento de las contra jornadas programadas por dicha entidad; los demás requisitos académicos del área los debe alcanzar satisfactoriamente para acceder a su título de Bachiller Académico (no obtiene la doble titulación). Un estudiante, previa solicitud y aprobación por escrito de su acudiente, podrá retirarse del proceso de formación SENA, eso sí, debe cumplir con la totalidad de los requisitos del área por ser ésta parte del plan de estudios de la institución. El estudiante sólo se exime del cumplimiento de la etapa productiva y contra jornadas programadas.

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3. ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES. La Comisión de Evaluación y Promoción será la encargada de definir la promoción de los educandos con necesidades educativas especiales al terminar el grado once y en consecuencia, les corresponde conceptuar sobre la obtención del título de Bachiller.

3. CRITERIOS DE REPROBACIÓN Se consideran los siguientes criterios para determinar la no promoción al grado siguiente: 1. Estudiantes que hayan obtenido desempeño Bajo en una o más áreas. 2. Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 20% de las actividades académicas del área durante el año escolar. NOTA: Para aquellos estudiantes que reprueban un año escolar; el docente debe aportar y documentar las actividades de refuerzo aplicadas, el seguimiento realizado para superar las debilidades detectadas en el proceso de aprendizaje y el acompañamiento que generó con el acudiente del estudiante; de no aportarse la suficiente evidencia, la Comisión de Evaluación y Promoción podrá autorizar la promoción del niño, niña o adolescente. La comisión de evaluación y promoción autorizará la promoción de los estudiantes en las condiciones anteriores con una nota no mayor a SEIS (6.0) y entregará documento debidamente firmado para que ésta sea actualizada en la plataforma institucional. INSTANCIAS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES, MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN

a. INSTANCIAS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES. En el caso que se presenten reclamaciones de los padres de familia y de los estudiantes relacionados exclusivamente con el aspecto académico se deberá proceder según el siguiente conducto regular: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Docente de la materia Director de grupo Coordinación Académica Comisión de Evaluación y Promoción Consejo Académico - Rectoría El Consejo Directivo actuará como instancia mediadora.

Se deben aportar las actividades de apoyo, las evaluaciones, los trabajos, como requisito de procedibilidad para reclamaciones que tengan que ver con la asignación de notas o con la reprobación del año escolar. Una vez el Colegio entregue oficialmente a los padres de familia el informe académico de los periodos primero, segundo y tercero, se cuenta con 8 días hábiles para solicitar por escrito la revisión de la nota definitiva obtenida por el estudiante siempre y cuando se aporten pruebas. Para el cuarto periodo se deberá solicitar dicha revisión dentro de los 2 días hábiles siguientes a la notificación de las notas obtenidas por el estudiante en las diferentes materias. Contra las decisiones adoptadas por las diferentes comisiones de evaluación y promoción, procede recurso de apelación, el cual deberá interponerse y sustentarse por escrito dentro de 86

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los 3 tres días hábiles siguientes a la notificación de dicha decisión al estudiante y Padres de Familia o acudiente. El estudiante está obligado a informar a su familia o acudiente, para ejercer el recurso. La decisión queda en firme transcurridos tres días hábiles si no hay impugnación. En caso de apelación la decisión cobra firmeza una vez sea resuelto el recurso. Todo derecho de petición o reclamación que sea irrespetuoso e injurioso será rechazado de plano. b. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN. La comunidad educativa participa en la construcción del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE) de la siguiente manera:   

Convocatoria de la Rectoría para iniciar el proceso a través de comunicación escrita a los diferentes estamentos de la comunidad educativa. El Consejo Académico estudia las propuestas entregadas por los diferentes estamentos de la comunidad educativa, elabora el documento final y aprueba el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes. El Consejo Directivo aprueba y adopta el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes.

Nota: Cuando el Colegio considere necesario hacer ajustes al sistema institucional de evaluación de los estudiantes seguirá el procedimiento mencionado en el Artículo 8, del Decreto 1290 de 2010.

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INSTRUMENTO PARA SITUACIONES DISCIPLINARIAS - TIPO I ACUERDOS Y COMPROMISOS PARA MEJORAR LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y PROMOVER LA FORMACION INTEGRAL DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA LUGAR Y FECHA DD MMAA AÑO NOMBRES Y APELLIDOS DEL ESTUDIANTE________________________________________________________________ GRADO ______________ PERSONA QUE REPORTA EL HECHO: ____________________________________________________________________________________________ _____ DESCRIPCION DE LOS HECHOS ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________ DESCARGOS DEL ESTUDIANTE ________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ACCIONES REALIZADAS PARA MEJORAR LA CONVIVENCIA ESCOLAR, CORREGIR LAS DEBILIDADES Y FORMAR INTEGRALMENTE A LOS NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES ________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________ COMPROMISO REALIZADO POR EL ESTUDIANTE ________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ________

_____________________________________ FIRMA DEL ESTUDIANTE

__________________________________ FIRMA DE QUIEN REPORTA EL HECHO ____________________________________ REP. GESTORES DE PAZ

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INSTRUMENTO PARA PROCEDER ANTE SITUACIONES DISCIPLINARIAS – TIPO II ACUERDOS Y COMPROMISOS PARA MEJORAR LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y PROMOVER LA FORMACION INTEGRAL DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA LUGAR _______________________ FECHA DIA MES MES AÑO NOMBRES Y APELLIDOS DEL ESTUDIANTE________________________________________________________________ GRADO ______________ PERSONA QUE REPORTA EL HECHO: __________________________________________________________________________________________________

ACCIONES QUE GARANTIZAN EL DEBIDO PROCESO DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DESCRIPCION DE LOS HECHOS ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________________ _________________________________ FIRMA TIPIFICACION DE LA FALTA Y SANCION ESTABLECIDA EN EL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR __________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ __________________________________________________________ ARGUMENTOS PRESENTADOS POR EL ESTUDIANTE __________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ __________ ARGUMENTOS PRESENTADOS POR EL ACUDIENTE __________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ __________ ACCIONES REALIZADAS PARA MEJORAR LA CONVIVENCIA ESCOLAR, CORREGIR LAS DEBILIDADES Y FORMAR INTEGRALMENTE A LOS NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES DIRECTOR DE GRUPO ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ____________________________________ _________________________________ FIRMA

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COORDINACION - APLICACIÓN MANUAL DE CONVIVENCIA – NOTIFICACION ACCIONES MEJORADORAS ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ _________________________________ FIRMA ORIENTACION ESCOLAR – ACCIONES PEDAGOGICAS EN BENEFICIO DE LA FORMACION DEL NIÑO, NIÑA Y/O ADOLESCENTE __________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________ _________________________________ FIRMA COMPROMISO REALIZADO POR EL ESTUDIANTE Y ACUDIENTE __________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ____________________________ ESPACIO PARA DILIGENCIAR POR PARTE DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA – EN EL CASO DE AMERITAR ACUDIR A ESTA INSTANCIA ACCIONES REALIZADAS POR EL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA EN BENEFICIO DE LA FORMACION INTEGRAL DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA INSTITUCION

__________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________ El instrumento será diligenciado y firmado por el representante del Comité Escolar de Convivencia (Rector) sólo si la situación no fue solucionada de manera satisfactoria en las instancias anteriores (Director de grupo, Coordinación, Orientación Escolar, Veedores de Paz. _____________________________________ __________________________________ FIRMA DEL ESTUDIANTE FIRMA DE ACUDIENTE _____________________________________ FIRMA REPRESENTANTE COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

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INSTRUMENTO PARA REMISION DE SITUACIONES DISCIPLINARIAS – TIPO III LUGAR ____________ FECHA DIA MES AÑO NOMBRES Y APELLIDOS DEL ESTUDIANTE________________________________________________________________ GRADO ______________ PERSONA QUE REPORTA EL HECHO: ____________________________________________________________________________________________ ______

ACCIONES QUE GARANTIZAN EL DEBIDO PROCESO DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DESCRIPCION DE LOS HECHOS TIPIFICADOS COMO SITUACIONES DISCIPLINARIAS GRAVÍSIMAS ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________ TIPIFICACION DE LA FALTA Y ACCIONES MEJORADORAS ESTABLECIDAS EN EL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR ________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________ ARGUMENTOS PRESENTADOS POR EL ESTUDIANTE ________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ________ ARGUMENTOS PRESENTADOS POR EL ACUDIENTE ________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ________ ACCIONES REALIZADAS PARA MEJORAR LA CONVIVENCIA ESCOLAR, CORREGIR LAS DEBILIDADES Y FORMAR INTEGRALMENTE A LOS NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES COORDINACION - APLICACIÓN MANUAL DE CONVIVENCIA – NOTIFICACION ACCIONES MEJORADORAS ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ 91

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____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____ __________________________________ FIRMA ORIENTACION ESCOLAR – ACCIONES PEDAGOGICAS EN BENEFICIO DE LA FORMACION DEL NIÑO, NIÑA Y/O ADOLESCENTE ________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ________ ____________________________________ FIRMA ACCIONES REALIZADAS POR EL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA EN BENEFICIO DE LA FORMACION INTEGRAL DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA INSTITUCION ________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________ ____________________________________________ _____________________________________ __________________________________ FIRMA DEL ESTUDIANTE FIRMA DE ACUDIENTE ____________________________________ FIRMA DE QUIEN REPORTA EL HECHO

____________________________________ FIRMA REPRESENTANTE COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

Evidencias: _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ ________________________________________________ Folios adjuntos: _________________

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