MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA DE PACIENTES

SERVICIOS DE SALUD DE VERACRUZ DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE SALUD SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN MÉDICA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: REFERENCIA Y CONTRARREFERENC

1 downloads 126 Views 301KB Size

Recommend Stories


Protocolo de Referencia y Contrarreferencia Rosácea. Protocolo de Referencia y Contrarreferencia. Rosácea
 Versión: 1.0 Protocolo de Referencia y Contrarreferencia Páginas: 12 “ Rosácea “ Elaboración: Agosto 2011  Vigencia: 3 años     Protoco

SERVICIO SALUD ARAUCANIA NORTE PROTOCOLO REFERENCIA CONTRARREFERENCIA EPILEPSIA PROTOCOLO DE REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA
SERVICIO SALUD ARAUCANIA NORTE PROTOCOLO REFERENCIA CONTRARREFERENCIA EPILEPSIA PROTOCOLO DE REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA RED ASISTENCIAL SERVICIO

INSTRUCTIVO PARA REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA DE USUARIOS
INSTRUCTIVO PARA REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA DE USUARIOS Código: ISO-002 Versión: 03 Página 1 de 7 1. OBJETIVO Y ALCANCE Dar a conocer al perso

Protocolo de Referencia y Contrarreferencia Verrugas
Verrugas 2015 Servicio de Salud Maule Protocolo de Referencia y Contrarreferencia Verrugas Red Asistencial Servicio de Salud del Maule Elaborado Por

GUIA CLINICA Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA GUIA CLINICA DE HIPERPLASIA PROSTATICA BENIGNA
GUIA CLINICA Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA GUIA CLINICA DE HIPERPLASIA PROSTATICA BENIGNA DEFINICION: La HPB e

Story Transcript

SERVICIOS DE SALUD DE VERACRUZ DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE SALUD SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN MÉDICA

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA DE PACIENTES

INDICE

Página PRESENTACIÓN

1

I.

ANTECEDENTES

2

II.

OBJETIVOS

8

III.

BASE JURÍDICA

9

IV.

LINEAMIENTOS GENERALES

10

V.

ELEMENTOS DEL SISTEMA

14

VI.

PROCEDIMIENTOS PARA LA OPERACIÓN

18

VII.

EVALUACIÓN DEL SISTEMA

55

VIII.

ANEXOS

58

GLOSARIO BIBLIOGRAFÍA

99 100

COORDINACIÓN GENERAL DE ELABORACIÓN:  Dr. Jon Rementería Sempé. Secretario de Salud y Asistencia y Director General de Servicios de Salud.  Dr. Luis Fernando Antiga Tinoco. Director de los Servicios de Salud

COORDINACIÓN TÉCNICA  Dra. Gloria Mendoza Ruíz Subdirectorade Atención Médica  Dr. José Javier Palacios Hernández. Jefe del Departamento del Primer Nivel de Atención 

Dr. Gabriel R. Fernández Rodríguez Supervisor Médico en Área Normativa  Dra. Ithandehui Gamiño Delgadillo. Coordinador Médico en Área Normativa  Dra. Ma. del Pilar González Arroyo. Supervisor Médico en Área Normativa



Dra. Ma. Elena Magaña Lagunes. Supervisor Médico en Área Normativa  Dra. Ma. Amalia Méndez Muñoz. Supervisor Médico en Área Normativa

PRESENTACIÓN El presente manual debe servir, a los trabajadores de la salud, como un instrumento de orientación y consulta para hacer eficiente y efectivo el otorgamiento de Servicios de Salud a los usuarios, consolidando la red estatal a través del escalonamiento por niveles de atención médica y por la capacidad resolutiva de los hospitales, regionalizando esta oferta de servicios adecuándola a la característica especial de la geografía del Estado de Veracruz. El gran desarrollo de la infraestructura en Servicios de Salud, impulsado por la actitud visionaria del Gobernador del Estado, Lic. Fidel Herrera Beltrán, debe permitir a todos los veracruzanos, residentes en el más recóndito rincón del territorio, tener a menos de una hora de su hogar un establecimiento para la atención a la salud, al cual acudir e ingresar al Sistema Estatal de Salud que le oferta servicios homogéneos, en cuanto a calidad y calidez, mediante la expedita circulación del usuario por las unidades de salud, de diferentes niveles de atención y capacidades resolutivas, hasta llegar a aquellas que le otorguen servicios que resuelvan o controlen la patología que ocasionó la demanda de servicios; así también, le asegura al usuario su retorno al punto de entrada al Sistema Estatal de Salud, en donde podrá continuar el control y/o vigilancia de su estado de salud. Lograr esta oferta de servicios escalonados, es obtener la cobertura universal de los mismos, eficientar los siempre finitos recursos para la salud e impactar positivamente, a mediano plazo, en las condiciones de salud del pueblo veracruzano. Todo lo anterior es, a guisa de epílogo, conseguir el onírico anhelo de consumar un Sistema Estatal de Salud. Por lo anterior, los lineamientos del presente Manual deberán ser cumplidos cabalmente por cada trabajador según su área de responsabilidad en el nivel Estatal, Jurisdiccional, Microrregión y en todas las Unidades Médicas de los Servicios de Salud de Veracruz, para contribuir con ello a la consolidación del Sistema Estatal de Servicios de Salud en beneficio de la población.

1

I.

ANTECEDENTES

Los Servicios de Salud de Veracruz (SESVER), para mejorar la coordinación y enlace entre sus unidades, encamina las acciones al escalonamiento de los servicios por niveles de atención, definiendo los campos funcionales y los recursos necesarios de cada nivel, con el fin de racionalizar y optimizar los Servicios de Salud. El Modelo de Atención a la Salud para Población Abierta, plantea estructurar el Sistema de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes (SRC), de manera que funcione como un enlace e integre la prestación de los servicios por niveles de atención, como está sustentado en el Manual para Referencia y Contrarreferencia de Pacientes. Como apoyo a la instrumentación del SRC, debido a los problemas de coordinación y funcionamiento detectados entre los diferentes niveles de atención, el nivel nacional diseñó mecanismos facilitadores que tienen como características fundamentales: integralidad, coordinación, comunicación, información y capacitación, pretendiendo con estos elementos obtener un funcionamiento idóneo, así como la consolidación del sistema. Pese a estos lineamientos y a la normatividad existente, la operación del Sistema de Referencia y Contrarreferencia continúa presentando problemas tales como: •

Referencias mal fundamentadas.



Falta de capacitación continua al personal médico de primer nivel (primordialmente en la especialidad de Ginecología y Obstetricia).



Deficiente información y orientación al paciente referido.



Mala requisición Contrarreferencia.



Ausencia de seguimiento al paciente referido, a través de las visitas domiciliarias.



Existen subregistros, en la fuente primaria, de las referencias realizadas.



No se conservan registros, en el archivo de la unidad, para el seguimiento de los casos referidos.



No se cuenta con personal médico las 24 hrs. del día en las unidades médicas de primer nivel.

de

la

forma

SRC-01,

Solicitud

de

Referencia

y

2



Pacientes que demandan servicios en el segundo nivel, sin haber sido valorados y/o referidos por su unidad médica de primer nivel.



Los comités de referencia jurisdiccionales no sesionan, o sesionan sin acuerdos, compromisos y/o seguimiento de los mismos.



Los canales de comunicación entre las unidades médicas, de diferente nivel resolutivo, no están definidos o son obstaculizados.



En unidades de segundo nivel se establecen procedimientos locales o regionales que no están difundidos o concensados.



Las unidades médicas de los diferentes niveles manifiestan diversos problemas, sin identificar su(s) causa(s) y, por ende, sin proponer alternativas de solución.



No se realizan todas las contrarreferencias.



Las contrarreferencias realizadas tienen datos incompletos que dificultan la localización del paciente y su seguimiento médico.



Existe subregistros de contrarreferencias, tanto emitidas, como recibidas.



De las unidades receptoras de referencias, hay quejas frecuentes por mal trato a los pacientes, por largos tiempos de espera o por diferimientos de la atención sin mediar explicación alguna.



Es condición “sine qua non”, para la consolidación del SRC y, por consiguiente, del Sistema Estatal de Salud que el personal de salud, de las unidades médicas con diferentes capacidades resolutivas, tengan actitudes que comulguen con las siguientes premisas,

-

Todos los trabajadores de SESVER, sin importar tipo de unidad, ubicación geográfica o función que realizan, son parte de un mismo equipo de salud.

-

Las atenciones brindadas a un paciente en una unidad y momento determinado, no son independientes, son parte de un todo, un continuo, que pretende restablecer su estado de salud, curando o controlando la entidad nosológica que originó la demanda de un servicio.

-

El resultado de los servicios médicos otorgados, según la percepción

3

del usuario, es la calificación de todos los que en ellos participaron, directa o indirectamente. -

Todas las unidades de salud, sin importar sus capacidades resolutivas o su ubicación geográfica, son sólo engranajes de una gran maquinaria, el Sistema Estatal de Salud.

Por otra parte, las Jurisdicciones Sanitarias desde 1995 instalaron, al igual que el Nivel Estatal, sus Comités de Referencia y Contrarreferencia, pero estos grupos de trabajo no han logrado integrar los mecanismos facilitadores que le permitieran sistematizar su operación. En el Estado de Veracruz, se tiene una extensión territorial de 72, 815 Km2, con 210 municipios y 23 408 localidades, con una densidad de población de 99.59 habitantes por Km2; contando con una población de 7’251,911 habitantes (30 Junio 2003), de los cuales 2’060,489 es población asegurada (28%) y 5’191,310 población abierta (72%), de esta última 1’259,298 son atendidas por IMSS Oportunidades (18%) y 3’896,012 por SESVER(53%).

UNIDADES MÉDICAS DE SESVER E IMSS OPORTUNIDADES 1998

2003

SESVER: UNIDADES

494

716

NUCLEOS BASICOS

677

1348

HABITANTES/NUCLEO BASICO

4406

2898

*

513

513

NUCLEOS BASICOS

513

513

HABITANTES/NUCLEO BASICO

2455

2455

IMSS: UMR

*

UMR: Unidad Médica Rural

En el programa Veracruzano de Salud 1999-2004, se contemplaron los siguientes objetivos, entre otros: 

Ampliar la cobertura Estatal de los Servicios de Salud para atender prioritariamente a la población abierta, de modo que se garantice el otorgamiento

4

del Paquete Básico de Servicios de Salud al 100% de los habitantes. Con lo que se mejorarán los niveles de salud de la población más vulnerable, ubicada en las áreas rurales y en las marginadas suburbanas. 

Proporcionar los instrumentos que promuevan la calidad y la eficiencia en la prestación de los Servicios de Salud, fundamentalmente en el primer nivel de atención; consolidando la atención hospitalaria general y especializada y reforzando los servicios de urgencias.



Consolidar la Regionalización Operativa de los Servicios, aprovechando al máximo la infraestructura existente, racionalizando la utilización de los recursos, fortaleciendo el Sistema de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes, evitando las duplicidades.



Fomentar la coordinación intrasectorial e intersectorial determinando acciones, proyectos y recursos que permitan sistematizar el modelo del Sistema Veracruzano de Salud.

Los ejes rectores de salud que se identifican en este programa son, entre otros: 

Acceso universal de los Servicios de Salud para el año 2000.



Integración funcional de instituciones de atención a población abierta.



Coordinación intersectorial de acciones que impacten en la salud.



Consolidación del Sistema Veracruzano de Salud.

De esta forma se definen varias estrategias, entre las que destacan las siguientes: 

Programa de Cobertura Universal.



Atención Integral a las Regiones Prioritarias.



Fortalecimiento de los Sistemas Locales de Salud (SILOS).



Reordenamiento de los Niveles de Atención.



Fortalecimiento de la Infraestructura Física de Salud.



Mejoría de la Calidad de Atención Médica.

En cuanto al crecimiento hospitalario, en 1998 se contaba en SESVER con 28 Hospitales e IMSS-Oportunidades con 5; para el 2003 se cuenta con 45 Hospitales funcionando y 9 en proceso o proyecto, en SESVER, mientras que IMSS-Oportunidades no tuvo incremento de unidades.

5

CRECIMIENTO HOSPITALARIO

HOSPITALES

1998

2003

EN PROCESO

SESVER

28

45

9

IMSS OPORTUNIDADES

5

5

-

Para eficientar los servicios de segundo nivel de atención, conforme al Sistema de Referencia y Contrarreferencia, se reestructuran los hospitales de SESVER por zona geográfica y, con base a la población abierta de la región, se determina su capacidad resolutiva, clasificándose en hospitales, de mayor a menor capacidad resolutiva:

     

De especialidades Regionales Subregionales General de Zona General de Subzona Integrales

El 15 de mayo del 2003 se publica en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Salud en su Título 3° bis. de la Protección Social en Salud, en el que entre otras situaciones establece en el Artículo 77 bis 9 que: “La secretaría de Salud, los Estados y el Distrito Federal, promoverán las acciones necesarias para que las unidades médicas de las dependencias y entidades de la administración pública, tanto federal como local, que se incorporen al Sistema de Protección Social en Salud provean como mínimo los servicios de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de medicina interna, cirugía general, gineco-obstetricia, pediatría y geriatría, de acuerdo al nivel de atención, y acrediten previamente su calidad. La acreditación de la calidad de los servicios prestados deberá considerar, entre otros, los aspectos siguientes: programación de citas para consulta, atención personalizada, integración de expedientes clínicos, continuidad de cuidados mediante mecanismos de referencia y contrarreferencia e información al usuario sobre

6

diagnóstico y pronóstico, así como el otorgamiento de orientación terapéutica.” En el mismo decreto en su Artículo 77 bis 37, se establece que: “Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud tendrán, entre otros derechos, los siguientes: recibir servicios integrales de salud; acceso igualitario a la atención; trato digno, respetuoso y atención de calidad; recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz, así como la orientación que sea necesaria respecto de la atención de su salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos diagnósticos, terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen; contar con su expediente clínico; decidir libremente sobre su atención; otorgar o no su consentimiento válidamente informado y a rechazar tratamientos o procedimientos; y recibir atención médica de urgencias.” Con base en estos antecedentes, al Programa Veracruzano de Salud 1999-2004, a la actualización del Modelo de Atención de la Salud para Población Abierta y al Sistema de Protección Social a la Salud, se reitera la necesidad de operar un adecuado Sistema de Referencia y Contrarreferencia, que a su vez permita consolidar el Sistema Estatal de Salud. Dada su competencia, la Dirección de Servicios de Salud, decide fortalecer los antiguos comités, creando Grupos de Trabajo de Referencia y Contrarreferencia, tal y como se emiten en el presente documento. Por lo anterior, los lineamientos del presente manual deberán ser aplicados en todas las unidades médicas de los Servicios de Salud de Veracruz, para contribuir con ello a la mejora continua del Sistema Estatal de Salud.

7

II.

OBJETIVOS

GENERAL: 

Favorecer la consolidación del Sistema Estatal de Salud, a través de ofertar una atención médica oportuna, integral y de calidad, mediante el adecuado y ágil flujo de pacientes, referidos y contrarreferidos entre los niveles de atención y/o las unidades hospitalarias con diferente capacidad resolutiva.

ESPECÍFICOS



Homologar los mecanismos de operación del Sistema de Referencia y Contrarreferencia en las unidades de los Servicios de Salud de Veracruz.



Homogeneizar los procedimientos para el traslado de los pacientes electivos.



Promover la coordinación y comunicación entre los diferentes niveles, tanto administrativos como operativos



Facilitar el traslado de pacientes con urgencia médica calificada.



Coadyuvar, a través de los elementos del sistema, sus procedimientos de operación, a la solución o control de los problemas de salud que motivaron la demanda de servicios por los usuarios.

8

III.

BASE JURÍDICA

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 4°, párrafo III. "Toda Persona tiene el derecho a la Protección de la Salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los Servicios de Salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las Entidades Federativas en materia de salubridad general". 2. La Ley General de Salud, Título tercero, capítulo 1°, Art. 26. "Para la organización y administración de los Servicios de Salud, se definirán criterios de distribución de universo de usuarios, regionalización y escalamiento de los servicios, así como de universalización de cobertura". 3. La Ley General de Salud, Título tercero bis, capítulo II, Art. 77 bis 9 y bis 37. “Para incrementar la calidad de los servicios, la Secretaría de Salud establecerá los requerimientos mínimos que servirán de base para la atención de los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud….”

“La secretaría de salud, los Estados y el Distrito Federal, promoverán las acciones necesarias para que las unidades médicas de las dependencias y entidades de la administración pública, tanto federal como local, que se incorporen al Sistema de Protección Social en Salud provean como mínimo los servicios de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de medicina interna, cirugía general, gineco-obstetricia, pediatría y geriatría, de acuerdo al nivel de atención, y acrediten previamente su calidad. La acreditación de la calidad de los servicios prestados deberá considerar, entre otros, los aspectos siguientes: programación de citas para consulta, atención personalizada, integración de expedientes clínicos, continuidad de cuidados mediante mecanismos de referencia y contrarreferencia e información al usuario sobre diagnóstico y pronóstico, así como el otorgamiento de orientación terapéutica.”

“Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud tendrán, entre otros derechos, los siguientes: recibir servicios integrales de salud; acceso igualitario a la atención; trato dignos, respetuoso y atención de calidad; recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz, así como la orientación que sea necesaria respecto de la atención de su salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos diagnósticos, terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen; contar con su expediente clínico; decidir libremente sobre su atención; otorgar o no su consentimiento

9

válidamente informado y a rechazar tratamientos o procedimientos; y recibir atención médica de urgencias.” 4. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de Servicios de Atención Médica, Art. 16. "La Atención Médica será otorgada conforme a un escalonamiento de los servicios de acuerdo a la clasificación del modelo que la Secretaría determine". 5. Acuerdo No. 79, relativo a la aplicación, instrumentación y actualización del Manual para la Referencia y Contrarreferencia de pacientes y envío de muestras y especimenes. "El Manual de Referencia y Contrarreferencia de pacientes es un instrumento elaborado por la Secretaría de Salud, con la participación de las Instituciones del Sector que atienden a población abierta, con el propósito de que en sus tres niveles de atención se cuente con un documento normativo que facilite la atención de los pacientes que acuden a solicitar servicios". "Este Manual es de observancia obligatoria para las unidades de atención médica de la Secretaría de Salud". 6. Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Art. 23 (D.O.F. 6-AGOSTO1997 Corresponde a la Dirección General de Regulación de los Servicios de Salud: I.

Proponer las bases para el establecimiento y conducción de la política nacional en materia de Servicios de Atención Médica y de Asistencia Social, así como para el establecimiento y desarrollo de los modelos de atención a la salud.

II.

Definir las normas, políticas y estrategias para mejorar la calidad de los Servicios de Atención Médica y de Asistencia Social, así como supervisar su cumplimiento.

III.

Elaborar y expedir las normas oficiales mexicanas a que deberá sujetarse la prestación de los Servicios de Salud de las instituciones públicas, sociales y privadas, así como vigilar su cumplimiento.

IV.

Verificar, controlar y evaluar, en coordinación con las unidades administrativas competentes, la operación y funcionamiento de todo tipo de establecimientos de Servicios de Salud, y la prestación de estos con excepción de los destinados a los Servicios de Salud Mental.

10

7. Reglamento Interno de Servicios de Salud de Veracruz (G.O.G.E.V. 1° de Junio de 1999), Art. 5° frac.VIII Corresponde a la Dirección General establecer las comisiones y los criterios internos que sean necesarios para la mejor instrumentación de los programas y asuntos encomendados al organismo, así como designar a sus miembros. 8. Reglamento Interno de Servicios de Salud de Veracruz (G.O.G.E.V. 1° de Junio de 1999), Art. 7° frac. XII Compete a la Dirección de Servicios de Salud formular los métodos, modelos, sistemas y procedimientos de carácter técnico en materia de Atención Médica, que se consideren necesarios para la consolidación regional y operativa de Servicios de Salud en el Estado de Veracruz.

11

IV.

LINEAMIENTOS GENERALES



El titular de los Servicios Estatales de Salud será el responsable del adecuado funcionamiento del Sistema de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes (SRC).



Los Servicios Estatales de Salud deberán integrar un Grupo de Trabajo Estatal, con el propósito de realizar seguimiento, coordinación y control del Sistema de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes.



Paralelo a la formación del Grupo de Trabajo Estatal, deberán integrarse grupos a nivel regional; en los casos que estos ya existan deberán continuar su función de manera regular.



Posterior a la integración de los Grupos de Trabajo Regionales, se integrarán los Grupos de Trabajo de Microrregiones; en caso de que estos ya existan deberán continuar su función de manera regular.



Estos grupos de trabajo deberán sesionar conforme los procedimientos establecidos en este manual, integrando los siguientes elementos: Acta constitutiva, calendario de sesiones, minuta por sesión, seguimiento de acuerdos e informe de actividades.



La Jurisdicción Sanitaria debe vigilar el cumplimiento del Sistema de Referencia y Contrarreferencia, en coordinación con los hospitales desconcentrados.



El paciente deberá tener un trato preferencial en la unidad a la que fue referido, evitando el diferimiento de la atención y/o largos tiempos de espera para la atención de urgencia o consulta.



En toda referencia y contrarreferencia de pacientes se debe requisitar la Solicitud de Referencia y Contrarreferencia (formato "SRC-01") en original y dos copias.



Debe existir constancia escrita de la Referencia o Contrarreferencia en el expediente clínico, anexando copia de la referencia o contrarreferencia, detallando los aspectos médicos, en concordancia con los lineamientos establecidos en la NOM-168-SSA1-1998, DEL EXPEDIENTE CLÍNICO.



Además, debe llevarse un registro nominal de las Referencias y Contrarreferencias, para control en la unidad (SRC-02-01 de primero y SRC-0202 segundo nivel).



Toda unidad médica deberá disponer de un Directorio de Unidades y Guía de Referencia para Pacientes de acuerdo a su regionalización operativa.



A nivel estatal, regional y de microrregión se buscarán mecanismos innovadores que favorezcan el desarrollo del SRC, incluyendo lo referente

12

al traslado de pacientes, de manera que se mantenga la coordinación y comunicación permanente entre unidades de diferente nivel resolutivo y la participación comunitaria para el traslado de las urgencias. 

Se programarán las reuniones del Grupo de Trabajo de Microrregión para que, de manera conjunta, los médicos tratantes y el personal participante en los procedimientos de referencia y contrarreferencia (trabajo social o administrativos) de ambos niveles, revisen aquellos casos que, por su importancia o problemática generada, así lo ameriten.

13

V.

ELEMENTOS DEL SISTEMA

Los elementos del Sistema de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes, constituyen herramientas que pretende apoyar al personal operativo en el envío y regreso del paciente entre las unidades médicas que correspondan, simplificando los pasos administrativos y coadyuvando a un mejor funcionamiento del sistema. Se consideran siete elementos del SRC, que son: 1) Grupos de Trabajo para el Sistema de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes 2) Solicitud de Referencia y Contrarreferencia (Formato SRC-01) 3) Hojas de Registro Nominal de la Referencia y Contrarreferencia de Pacientes de Primero y Segundo Nivel (SRC-02-01 primer nivel y SRC-02-02 segundo nivel) 4) Directorio de Unidades Médicas 5) La Guía de Referencia para Pacientes 6) Mecanismo informático para la evaluación del Sistema de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes 7) Evaluación de los resultados de la referencia y contrarreferencia de pacientes 1. Grupos de Trabajo para el Sistema de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes El Grupo de Trabajo se define: como el grupo técnico que cumple las funciones de analizar los problemas detectados en la referencia y contrarreferencia, identifica las causas que los originan, implementa acciones que hagan funcionar el sistema en forma adecuada y corrige, en su caso, desviaciones en el nivel correspondiente. Se identifican tres tipos de grupos de trabajo, los cuales son: Estatal, Regionales y de Microrregiones o áreas de influencia directa de cada hospital. El Grupo de Trabajo Estatal, para la Referencia y Contrarreferencia de Pacientes, está constituido por:  Director General de los Servicios de Salud  Director de Servicios de Salud  Director de Planeación.  Director de la Unidad de Protección Social a la Salud.  Director de Administración.  Subdirector de Atención Médica.  Jefe del Depto. de Primer Nivel de Atención.  Jefe del Depto. de Segundo Nivel de Atención.  Directores de Hospitales dependientes del nivel estatal.

14

   

Jefes de Jurisdicciones Sanitarias. Representante de IMSS-Oportunidades en el estado. Otros vocales temporales que se consideren necesarios convocar. Coordinadora estatal de Trabajo social.

El Grupo de Trabajo Regional está constituido por:  Jefes de Jurisdicciones incluidas en la región  Director del Hospital Regional o Subregional dependiente del nivel estatal y cabecera de la región.  Directores de Hospitales dependientes de nivel jurisdiccional  Representante de IMSS-Oportunidades en la región  Otros vocales temporales que se consideren necesarios convocar.  Trabajadora social del Hospital cede del grupo. Se consideran 6 regiones en el estado:  Pánuco  Poza Rica  Xalapa  Río Blanco  Veracruz  Coatzacoalcos El Grupo de Trabajo de Microrregión está constituido por:  Director del Hospital sede de la microrregión  Representantes de IMSS-Oportunidades  Coordinador de Atención Médica jurisdiccional  Equipo(s) Zonal(es), incluidos en la microrregión.  Encargados de Centros de Salud o Unidades Médicas Rurales (UMR), los cuales serán convocados según los casos a revisar.  Otros vocales temporales que se consideren necesarios convocar.  Trabajadora social del Hospital cede del grupo. Se consideran tantas microrregiones, como Hospitales Integrales, de Subzona, de Zona, de Subregión y de Región, funcionen en el estado. 2.- Hoja de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes (Formato SRC-01). En este formato se registran los datos más relevantes del paciente para su adecuado manejo durante el proceso de referencia y contrarreferencia; funciona como un mecanismo de información que ayuda, al equipo de salud, en el control de los pacientes enviados a otra unidad, permite su manejo adecuado, el seguimientos de los procedimientos médicos realizados y sirve como base para evaluar el comportamiento del sistema. Este formato deberá ser llenado por el médico tratante o el encargado de la unidad, en su ausencia, por la Enfermera, Auxiliar de Salud o

15

Trabajadora Social (Anexo1) 3.- Hojas de Registro Nominal de la Referencia y Contrarreferencia de Pacientes de Primero y Segundo Nivel (SRC-02-01 primer nivel y SRC-02-02 segundo nivel). Con la finalidad de tener un control y seguimiento de los pacientes en las unidades, estas hojas de registro serán el documento que permita conocer los avances y, sobre todo, el producto final del proceso; debiendo ser llenada por el médico y/o la trabajadora social, en las unidades que cuenten con este tipo de personal. (Anexo 2 y 3)  Estas hojas son de dos tipos y contienen las siguientes secciones:  PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN (una hoja):  Datos de identificación del paciente  Datos de la referencia enviada  Datos de la contrarreferencia recibida  SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN (dos hojas):  Datos de identificación del paciente (hoja 1 de 2)  Datos de referencias enviadas (hoja 1 de 2)  Datos de contrarreferencias recibidas (hoja 1 de 2)  Datos de identificación del paciente (hoja 2 de 2)  Datos de referencias recibidas (hoja 2 de 2)  Datos de contrarreferencias remitidas (hoja 2 de 2) 4.-Directorio de Unidades Médicas. Todas las unidades médicas, de primer y segundo nivel de atención, deberán contar con un directorio regionalizado de las unidades de su ámbito de influencia, que el personal de salud pueda consultar y decidir a donde referir al paciente para que le resuelvan o controlen su problema. El directorio contendrá por cada unidad: el nombre, domicilio, número telefónico, si cuenta con radio-comunicación, el nombre del responsable del SRC, los servicios que brindan y el horario de estos. (Anexo 4) 5.- La Guía de Referencia para Pacientes. Todas las unidades médicas, de primer y segundo niveles de atención, deberán contar con una guía de referencia regionalizada de las unidades de su ámbito de influencia, como complemento para consultar y decidir, por el personal de salud, la referencia del paciente a la unidad que resuelva o controle su problema. La guía de referencia contendrá: el nombre de las unidades donde se puede referir a los pacientes, según sus diagnósticos, la especialidad médica que requieren y/o los servicios que se considera necesario otorgarles. (Anexo 5)

16

6.- Mecanismo informático para la evaluación del Sistema de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes. Es una herramienta para el procesamiento de la información recopilada en la Solicitud de Referencia y Contrarreferencia (SRC-01) y en las Hojas de Registro Nominal de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes (SRC-02), que permitirá el análisis y la presentación de resultados del SRC, para su evaluación y toma de decisiones. Este mecanismo permitirá la construcción de 17 indicadores a partir del formato SRC02-01, 30 indicadores a partir del formato SRC-02-02, mismos que podrán ser construidos para los diferentes ámbitos de responsabilidad, considerándose su construcción para niveles: estatal, regional, jurisdiccional, equipo zonal, microrregión y unidad aplicativa. Además permitirá construir 6 indicadores para evaluar a los grupos de trabajo, en los tres niveles. (Anexo 6) 7.- Evaluación de los resultados de la referencia y contrarreferencia de pacientes. Para conocer el resultado de la atención otorgada a los usuarios a través del Sistema Estatal de Salud, mediante el enlace de dos o más unidades con diferentes capacidades resolutivas, a través del SRC, se estudiarán de manera aleatoria, n número de pacientes, a nivel de la microrregión, con periodicidad semestral, mediante dos procedimientos: a) El primero será una encuesta de opinión al usuario o a su familiar, sobre la satisfacción en la atención otorgada, en las diferentes unidades del Sistema Estatal de Salud al que acudieron; así como su opinión sobre el problema de salud que motivó la demanda de servicios, si fue resuelto y/o controlado satisfactoriamente.(Anexo 7) b) El segundo será una revisión del expediente clínico integrado en las diferentes unidades de salud, en donde se analizará la adecuación del mismo a la NOM-168-SSA1-1998, DEL EXPEDIENTE CLÍNICO, así como la congruencia diagnóstica de tratamiento y de pronóstico, establecida entre las diferentes unidades aplicativas. (Anexo 8)

17

VI.

PROCEDIMIENTOS PARA LA OPERACIÓN

Se subdividen en dos grandes tipos de procedimientos, los referentes a los Grupos de Trabajo y los concernientes a las unidades médicas que participan en los distintos pasos del proceso de referencia y contrarreferencia de pacientes. 1. PROCEDIMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LOS GRUPOS DE TRABAJO. Los Grupos de Trabajo del Sistema de Referencia y Contrarreferencia se constituyen como órganos de asesoría para el Cuerpo de Gobierno de la Dirección General de SESVER, de las Jurisdicciones Sanitarias y/o de los Hospitales, así mismo apoyan el quehacer de los equipos zonales, como de los encargados de unidades médicas de primer nivel. La misión de estos grupos de trabajo es contribuir a mejorar el desarrollo en la prestación de servicios de las unidades médicas y hospitalarias, mediante acciones que favorezcan la operación del SRC, la implantación de recomendaciones específicas y/o de procedimientos técnico administrativos. El producto de sus deliberaciones y trabajo sistemático, es un factor esencial para la certera toma de decisiones, que permita orientar las acciones que realiza el Sistema Estatal de Salud hacia el logro de: mejora continua de la calidad técnica de la atención médica, prestaciones de servicios oportunos e integrales; eficientar el uso de recursos e infraestructura de salud;.resolución o control del problema de salud que originó la demanda de atención; y satisfacción de los usuarios por cuanto la atención recibida y/o a los resultados obtenidos. Los Grupos de Trabajo del Sistema de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes, SUSTITUYEN a los Comités de Referencia y Contrarreferencia, se integra por grupos interdisciplinarios de profesionales de reconocida capacidad en materias específicas dentro del ámbito estatal, jurisdiccional, de las unidades de primer nivel y hospitales, el número de sus miembros varía según el grupo de trabajo. Su propósito fundamental es analizar los diversos aspectos de la atención médica que se otorga a usuarios de SRC en las unidades, verificando el cumplimiento de criterios, procedimientos y normas establecidas; así como dar seguimiento a la evolución de la patología que originó la demanda de atención y la resolución o control de la misma. Su funcionamiento permite la detección de problemas y, mediante consenso de sus

18

integrantes, establece las medidas de corrección y las difunde, parar mejorar la eficacia y efectividad de la operación, así como la evaluación de los resultados alcanzados. Considerando los criterios de ética, ninguno de los grupos de trabajo está autorizado a divulgar información relacionada con algún caso estudiado, excepto por disposición legal, ni dar a conocer a personas ajenas a la institución los nombres del personal que intervino. Su papel es estrictamente técnico, científico y confidencial. La organización y funcionamiento de los grupos de trabajo tiene carácter obligatorio y su operación puede adaptarse a su grado de complejidad, por lo que las reuniones serán presididas por los Titulares mencionados y no así enviar representantes. Los grupos de trabajo tienen las siguientes funciones genéricas: 

Aportar elementos para la identificación de áreas de coordinación comunicación entre las unidades y mantener una interrelación entre ellas.

y



Desarrollar mecanismos para establecer un diagnóstico integral y tomar decisiones orientadas a mejorar la organización y funcionamiento de las unidades de primero y segundo nivel de atención en cuanto al SRC y, por ende, del Sistema Estatal de Salud.



Jerarquizar los problemas detectados.



Definir las estrategias necesarias para resolver los problemas identificados.



Establecer la metodología y las acciones necesarias para operar las estrategias.



Llevar a cabo el seguimiento y evaluación de las acciones.



Coadyuvar en la mejoría de la calidad en la atención que se ofrece a los usuarios de las unidades.

19

1.1 Organización La integración y operación de los grupos de trabajo es una responsabilidad de los SESVER, conferida al Director de Servicios de Salud y al Subdirector de Atención Médica. Es responsabilidad del Titular de los Servicios de Salud vigilar a cabalidad la operación de los Grupos de Trabajo Estatal, Regionales y de Microrregión en el Sistema Estatal de Salud, así como establecer las acciones específicas que contribuyan directamente a la mejoría en la calidad de la atención que se presta en las unidades operativas. El nivel estatal designa al Subdirector de Atención Médica como Coordinador o Responsable de la Atención otorgada en las diferentes unidades operativas como parte del SRC, debiendo concentrar, analizar y evaluar, permanente y sistemáticamente, los informes recibidos de cada uno de los grupos de trabajo existentes en la entidad, efectuar un seguimiento de los compromisos contraídos y de la corrección de los problemas reportados hasta su solución. Los grupos de trabajo han sido constituidos con el propósito común de vigilar que la prestación de los diferentes servicios, que se otorgan en las unidades médicas, tienda a mejorar la calidad de la atención, por lo que cada grupo de trabajo debe mantener una interrelación entre ellos, que permita la articulación de las acciones y eficientice el aprovechamiento de los recursos que se disponen.

1.2 Integración Cada grupo de trabajo está integrado por un Presidente, que para el estado será el Director General de los Servicios de Salud; para la región, el Jefe de la Jurisdicción sede; y para la microrregión, el Director del Hospital sede. Cada grupo de trabajo tendrá un Coordinador, que en el estado será el Director de Servicios de Salud; en las regiones, el Director del Hospital Regional o Subregional sede; y en las microrregiones, el Coordinador de Atención Médica Jurisdiccional. También contarán de un Secretario Técnico, que será representado en el estado por

20

el Subdirector de Atención Médica; en las regiones, el Jefe de Enseñanza del Hospital Regional o Subregional; y en las microrregiones, el Jefe de Enseñanza del Hospital o el Jefe del Equipo Zonal correspondiente. Además, de los vocales que integran el grupo de trabajo, se pueden convocar a vocales temporales por incidente crítico o cuando sea necesaria su experiencia específica y/o su responsabilidad. Es indispensable que el personal integrante de los Grupos de Trabajo Regionales y de Microrregión, mantengan comunicación con el Coordinador Estatal o Responsable del SRC, para informar sobre la problemática identificada, las medidas adoptadas para su solución inmediata y el grado de avance logrado.

1.3 Funciones generales de los miembros que integran los grupos de trabajo: Presidente: 

Llevar a cabo la convocatoria de los integrantes del grupo de trabajo, para la realización de las sesiones, ordinarias o extraordinarias.



Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del grupo de trabajo.



Vigilar el óptimo funcionamiento del grupo de trabajo.



Validar, mediante su firma, las actas y acuerdos del grupo de trabajo, así como el Informe de Actividades que se notifica a los Servicios de Salud de Veracruz.



Tomar decisiones por consenso, con base en la información que presente el grupo de trabajo, buscando el logro de los objetivos del SRC y la consolidación del Sistema Estatal de Salud.



Vigilar que se dé seguimiento y cumplimiento a las recomendaciones, acuerdos y compromisos emanados en cada una de las sesiones del grupo de trabajo.

Coordinador: 

Establecer el calendario y horarios de las sesiones ordinarias del grupo de trabajo, de acuerdo a una programación.



Proponer al Presidente del grupo de trabajo los asuntos a tratar y las

21

estrategias, que por consenso de los integrantes, sean consideradas para corregir las desviaciones detectadas. 

Representar al presidente, en su ausencia, e informarle de los asuntos tratados y los compromisos adoptados.



Coordinar las sesiones y vigilar el adecuado funcionamiento del grupo de trabajo.



Comunicar, a las áreas involucradas, las instrucciones necesarias para el cumplimiento de las recomendaciones emitidas en el seno del grupo de trabajo.



Dar seguimiento a las recomendaciones, acuerdos y compromisos, de cada sesión y, en su caso, establecer las acciones correctivas necesarias.



Participar en la elaboración del informe consolidado del funcionamiento del grupo de trabajo y presentarlo, para su validación, al Presidente.

Secretario Técnico: 

Elaborar y proponer el orden del día de la sesión, ordinaria o extraordinaria, del grupo de trabajo.



Citar a los integrantes del grupo de trabajo a las reuniones ordinarias y extraordinarias.



Enviar oportunamente el orden del día a los integrantes del grupo de trabajo.



Presentar a los miembros del grupo de trabajo, los casos a tratar en cada una de las reuniones, así como la situación que guarda el seguimiento de los compromisos contraídos hasta su cumplimiento.



Recabar las opiniones y recomendaciones técnicas de los Vocales, respecto a las alternativas de solución de las desviaciones reportadas.



Preparar las recomendaciones y sugerencias técnicas, decididas por el grupo de trabajo, para la corrección de los problemas detectados.



Elaborar el acta de cada sesión y presentarla a los integrantes para su firma autógrafa.



Elaborar un resumen, en cada sesión, de los asuntos tratados, acuerdos y compromisos contraídos y consignarlos para su seguimiento.



Mantener ordenado y actualizado el archivo del grupo de trabajo.

22



Preparar el Informe de Actividades del grupo de trabajo y presentarlo al Coordinador.

Vocales: 

Participar en la selección de asuntos o casos a revisar.



Aplicar la metodología y revisión que establezca el grupo de trabajo.



Participar en la discusión de estrategias, acciones, criterios y procedimientos, en su caso.



Opinar sobre la factibilidad y oportunidad de las acciones a realizar, para corregir las desviaciones detectadas.



Elaborar los informes o documentación adicional, sobre los acuerdos y compromisos tomados, que solicite el grupo de trabajo.

1.4 Operación. Para dar validez oficial al grupo de trabajo, debe instrumentarse un Acta Constitutiva con su conformación y enviarse al Titular de los Servicios Estatales de Salud, para su conocimiento, en un plazo no mayor de 3 días posteriores a la instalación del grupo de trabajo, con las firmas de los miembros integrantes (Anexo 9). Igualmente, cualquier cambio de los miembros permanentes debe comunicarse al nivel estatal. Los grupos de trabajo deben sesionar, en forma ordinaria, de la siguiente manera: el estatal semestralmente, los regionales cuatrimestralmente y los de microrregión bimestralmente; todos en forma extraordinaria cuando las necesidades lo ameriten. De cada sesión se levantará un Acta (Anexo 10). Con fines de control sobre los acuerdos y compromisos establecidos en la reunión, se ha considerado en el formato de acta, un apartado para registrar el seguimiento de las acciones encomendadas, señalando fecha en que se determinó la acción y tiempo estimado para que se alcance la solución, así como el responsable de dicho acuerdo o compromiso. Ningún asunto debe quedar sin concluir. Este formato se acompaña de una relación de los posibles aspectos relevantes, para vigilar el buen funcionamiento del grupo de trabajo, más los asuntos que se

23

consideren pertinentes y no se identifiquen en él; también se encuentran los documentos que deben ser sometidos a análisis por el grupo de trabajo; y hace hincapié en la necesidad de contar con actas de instalación, medidas o estrategias a aplicar, seguimiento de acuerdos y compromisos contraídos en las sesiones ordinarias o extraordinarias, etc. El propósito de este formato es facilitar la vigilancia de las acciones que permiten la adecuada operación del grupo de trabajo. Las Actas de Sesión Ordinaria o Extraordinaria deben ser enviadas al Titular de los Servicios Estatales de Salud, las que serán concentradas por el Coordinador Estatal o Responsable del SRC, quien las revisa y analiza, emitiendo recomendaciones complementarias. La convocatoria para la reunión del grupo de trabajo, con el orden del día, se informará por lo menos con 15 días de anticipación, mediante comunicación escrita e irá acompañada de la carpeta de trabajo. Para que el grupo de trabajo se considere legalmente instalado, en sesiones ordinarias o extraordinarias, deberán estar presentes por lo menos el Presidente, o su suplente en caso de ausencia, y la mitad del total de los miembros permanentes. Sus resoluciones serán válidas cuando se aprueben por mayoría. En caso de empate, el Presidente tiene voto de calidad. En caso de no reunirse el “quórum” señalado, se hará una segunda convocatoria dentro de las siguientes 24 horas. En este supuesto, la sesión extraordinaria debe celebrase con los miembros que asistan, anotando a los integrantes que no asistieron, enviando oficio de recordatorio para no faltar nuevamente, con copia al Director General de los Servicios de Salud.

Las actas de las sesiones sólo tendrán validez cuando sean firmadas por el Presiente o su suplente, el Secretario y los miembros permanentes de las Vocalías. Por el contenido de los asuntos que se ventilan, las sesiones tienen un carácter privado, salvo que el mismo grupo de trabajo determine lo contrario y se cuente con algún invitado especial. El Coordinador Estatal o Responsable del SRC, analiza el funcionamiento de los Grupos de Trabajo Regionales y de Microrregión e integra un Informe Analítico Estatal

24

que incluye a todos y cada uno de ellos (Anexo 11). Este informe se hará del conocimiento del Titular de los Servicios Estatales de Salud y será objeto de un análisis interno en el Grupo de Trabajo Estatal. 1.5 Información. 

El Director del Grupo de Trabajo Regional o de Microrregión, envía el acta de sesión y el seguimiento de acuerdos al Titular de los Servicios de Salud de la Entidad (Anexo 10), turnando copia a los integrantes permanentes del grupo de trabajo.



El Coordinador Estatal o Responsable del SRC, conjunta las actas recibidas de cada grupo de trabajo, las analiza y prepara un Informe Analítico semestral, para que el Titular dicte las medidas complementarias ante las situaciones presentadas (Anexo 11).

25

2. PROCEDIMIENTO DE OPERACIÓN PARA LAS UNIDADES MÉDICAS 2.1 UNIDADES DE PRIMER NIVEL COMO REFERENTES RESPONSABLE Médico,

ACTIVIDAD

1

DESCRIPCIÓN Brinda atención inmediata al paciente y lo valora integralmente.

Técnico en Atención Primaria a la Salud (TAPS) o Enfermera ausencia de anteriores)

(por los

2

Identifica la necesidad de referirlo a otra unidad con mayor capacidad resolutiva

3

Determina si la referencia debe ser urgente o electiva; así como, si es por motivos técnicos o administrativos.

4

Registra la atención brindad en la hoja diaria de actividades y en el expediente clínico (NOM-168SSA1-1998, DEL EXPEDIENTE CLÍNICO)

5

Orienta al paciente y/o a su familiar, sobre el motivo de la referencia y la importancia de la misma.

6

Llena la hoja de Solicitud de Referencia y Contrarreferencia (SRC-01) en tres tantos, dos para el paciente y otro para el expediente clínico.

26

RESPONSABLE Médico,

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

7

Con base al diagnóstico, a la necesidad de atención y a la clasificación de la referencia (urgente o electiva), se consulta el Directorio de Unidades Médicas y la Guía de Referencia para Pacientes, para así establecer a qué unidad médica se va a referir el paciente.

Técnico en Atención Primaria a la Salud (TAPS), Enfermera ausencia de anteriores)

(por los

y/o Trabajadora Social, si hubiese.

8

9

10

Se establece comunicación por los medios habituales con la trabajadora social, encargado de la unidad o director (en ese orden), para gestionar la recepción y atención del paciente en la unidad de segundo nivel.

Si es referencia electiva, se identifica fecha, hora, servicio y persona que atenderá al paciente; también se identifican las personas (nombres y cargos) que otorga la cita y/o a quien se pueda acudir en caso de alguna dificultad.

La cita debe ser fijada en un plazo no mayor de 21 días naturales; en caso contrario, solicitar a la Jurisdicción Sanitaria su intervención para obtener la cita en el tiempo estipulado.

27

RESPONSABLE Médico,

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

11

Para las referencias con carácter de urgente, se debe identificar en la unidad de segundo nivel, si el servicio y/o especialidad que se requieren están disponibles, identificando la(s) persona(s) (nombres y cargos) que confirma(n) la recepción del paciente y a la que se puede acudir en caso de alguna dificultad.

12

Debe precisarse, de común acuerdo con el paciente y/o sus familiares, el mecanismo por el que se va a trasladar el paciente, debiendo ser estos quienes primariamente consigan el medio para el traslado.

13

En caso de no conseguirlo, para el traslado urgente, se deben apoyar en las autoridades municipales, el DIF, el Comité de Salud, organismos no gubernamentales o personas altruistas de la comunidad, para asegurar el traslado del paciente.

Técnico en Atención Primaria a la Salud (TAPS), Enfermera ausencia de anteriores)

(por los

y/o Trabajadora Social, si hubiese.

14

15

De no ser posible el apoyo antes mencionado, en caso de urgencia, se gestionará con el equipo zonal, la jurisdicción sanitaria o algún hospital, el apoyo con vehículo o ambulancia.

En caso de renuencia del paciente para su traslado y dada la urgencia del mismo, se debe solicitar el apoyo de las autoridades antes mencionadas para su convencimiento.

28

RESPONSABLE Médico,

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

16

En caso negativo, deberá obtenerse un documento donde deslinden de responsabilidades a la unidad médica, firmado este por el paciente, un familiar y, como testigos, uno o varios miembros de las autoridades antes mencionadas.

17

El responsable médico de la atención, en referencias de urgencia, decide sobre la conveniencia de que un personal de salud vaya con el paciente en el traslado, el cual siempre deberá ir acompañado de un familiar.

18

Para la referencia electiva, se debe prever, en coordinación con el paciente y/o sus familiares, el mecanismo por el cual se trasladarán, siendo primariamente la responsabilidad de ellos el conseguir los medios para el traslado.

19

Si hubiese dificultades para el traslado, se debe solicitar el apoyo de autoridades municipales, DIF, Comité de Salud, organismos no gubernamentales o de personas altruistas de la comunidad.

Técnico en Atención Primaria a la Salud (TAPS), Enfermera ausencia de anteriores)

(por los

y/o Trabajadora Social, si hubiese.

Médico, Técnico en Atención Primaria a la Salud (TAPS) o Enfermera ausencia de anteriores).

(por los

Médico, Técnico en Atención Primaria a la Salud (TAPS), Enfermera ausencia de anteriores)

(por los

y/o Trabajadora Social si hubiese.

29

RESPONSABLE Médico,

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

20

En caso de que se vayan a referir varios pacientes a un mismo servicio y/o especialidad, se sugiere que, en coordinación con el equipo zonal, la jurisdicción y el hospital, se analice la posibilidad de las siguientes alternativas:

Técnico en Atención Primaria a la Salud (TAPS), Enfermera ausencia de anteriores)

(por los

a) Se pueda prever el uso de un vehículo dotado por la institución o por la comunidad, para llevar y traer al grupo de pacientes hasta el hospital donde van a recibir la atención, previéndose en este último la disponibilidad, en tiempo, de los recursos que se requieren para brindar el servicio.

y/o Trabajadora Social si hubiese.

b) Pudiera considerarse, si fuera factible y viable, el que con vehículo de la institución se mueva personal del hospital hasta la unidad aplicativa de primer nivel, en donde se concentre al grupo de pacientes para recibir la atención o para la toma de muestras de estudios de laboratorio, mismos que se procesarán posteriormente en el hospital.

Trabajadora Social de la Unidad, si hubiese, o del DIF.

21

En referencias electivas, debe practicarse estudio socioeconómico al paciente en dos tantos, uno se anexará al formato SRC-01 del paciente y el otro al expediente clínico.

30

RESPONSABLE Médico,

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

22

Identificar todas las variables de la referencia, electiva o urgente, y a partir del formato SRC-01 se debe anotar la referencia en un renglón de la hoja de Registro Nominal de la Referencia y Contrarreferencia de Pacientes (SRC-02-01).

23

Cinco días hábiles posteriores al envío de la referencia de urgencia o a la cita de la referencia electiva, se debe realizar visita domiciliaria al paciente.

Técnico en Atención Primaria a la Salud (TAPS), Enfermera ausencia de anteriores)

(por los

y/o Trabajadora Social si hubiese. Trabajadora si hubiese,

Social,

Enfermera, TAPS o Médico. 24

25

Esta se registrará en el formato SRC-01 (reverso), mismo que se obtendrá de la copia que quedó en el expediente clínico.

Después de la visita domiciliaria, en la unidad aplicativa, se debe registrar la misma en el expediente clínico, así como en el renglón de la hoja del Registro Nominal de la Referencia y Contrarreferencia de Paciente (formato RSC-02 de primer nivel), en las columnas que corresponden a dicha visita.

31

2.2 UNIDAD DE SEGUNDO NIVEL, RECEPTORA DE UNA REFERENCIA DE URGENCIA

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

Auxiliar administrativo,

1

Después de haber autorizado el envío de un paciente de primer nivel con carácter de urgente, deberán informar al Servicio de Urgencias y a los especialistas correspondientes, la proximidad del arribo de un paciente.

2

Además, deberán prever que las áreas de recepción y archivo elaboren o busquen su expediente clínico, para que a la llegada del paciente el médico pueda hacer los registros correspondientes.

3

Enterados del inminente arribo de un paciente referido a urgencias, pueden solicitar comunicarse, por la vía habitual, con el médico que lo refiere a fin de precisar detalles clínicos sobre las condiciones en que viene el paciente.

4

Enterado del diagnóstico y de las características clínicas del paciente, preparan su equipo (humano y/o material) para la atención inmediata del paciente.

Trabajadora Social, Encargado Unidad o

de

la

Director del Hospital

Médicos General o Especialistas en el servicio de urgencias.

32

RESPONSABLE Médicos general o

ACTIVIDAD

5

Especialistas en el servicio de urgencias.

6

DESCRIPCIÓN Reciben al paciente, lo valoran integralmente, revisan la hoja de referencia, establecen un diagnóstico presuntivo, un plan de manejo y un pronóstico; en esta valoración integral se debe evitar duplicar acciones con las ya realizadas en otra unidad aplicativa, v.gr.: exámenes de laboratorio.

Registran la atención otorgada al paciente en la hoja diaria de actividades, elaboran la nota o notas médicas de urgencias, para integrarlas al expediente clínico (NOM-168-SSA1-1998, del Expediente Clínico).

Con base en el plan de manejo del paciente hay tres opciones a seguir: 7

a) Estabilizarlo y pasarlo a hospitalización. b) Darlo de alta a su domicilio con cita posterior a algún servicio del hospital. c) Darlo de alta a su domicilio.

8

En los casos “b” deben elaborar una hoja de contrarreferencia provisional, utilizando el formato SRC-01 (reverso u Hoja de contrarreferencia), la nota de alta de urgencias o la nota de ingreso a hospitalización, pero cubriendo todas las variables del formato antes mencionado, cuando el médico tratante considere necesario que el médico de primer nivel, supervise el tratamiento, cumplimiento de la cita, etc., y por lo tanto debe estar enterado del tratamiento que lleva y conducta a seguir.

33

RESPONSABLE Médicos general o

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

9

Esta contrarreferencia provisional se elaborará en tres tantos; uno queda en el expediente clínico, otra se entrega al paciente o familiar, para que lo entregue a la unidad referente y el último se envía a la Jurisdicción Sanitaria, quien a su vez se lo hará llegar a la unidad referente.

Especialistas en el servicio de urgencias.

10

11

12

Antes de enviar al paciente, de los casos “a” y “b”, a los servicios de hospitalización o de consulta externa, debe anotarse en un renglón de la hoja de Registro Nominal de la Referencia y Contrarreferencia de Pacientes (SRC-02 segundo nivel), la atención otorgada en la sección de referencias recibidas hoja 2 de 2 del formato. Esto se hará con base en la información colectada en el formato SRC-01 (reverso).

En el caso “c”, se debe elaborar la contrarreferencia en el formato SRC-01 (reverso) en tres tantos, distribuidos igual que en los casos “a” y “b” (actividad 9).

Puede elaborarse esta contrarreferencia con la nota de alta de urgencias, pero cubriendo todas las variables del formato citado en el inciso anterior.

34

RESPONSABLE Médicos general o Especialistas en el servicio de urgencias.

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

13

Para el mismo caso “b”, después de emitida la contrarreferencia, con base en el formato SRC-01, debe anotarse en un renglón de la hoja de Registro Nominal de la Referencia y Contrarreferencia de Pacientes (SRC-02 segundo nivel) los datos de la atención otorgada en las secciones de referencias recibidas y contrarreferencias enviadas, en la hoja 2 de 2 del formato.

35

2.3 UNIDAD DE SEGUNDO NIVEL, COMO RECEPTORA DE UNA REFERENCIA ELECTIVA

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

Auxiliar administrativo,

1

Después de haber autorizado el envío de un paciente de primer nivel con carácter de electivo, deberán informar a los servicios de: consulta externa, archivo clínico, orientación e información, trabajo social y caja, de la cita otorgada al paciente y sus características, por cuanto se refiere a si procede de algún programa prioritario y si requiere exención o subsidio de su pago.

Trabajadora Social, Encargado unidad o

de

la

Director del hospital

2

3

Además deberán prever que el área de archivo elabore su expediente clínico, para que a la llegada del paciente el médico pueda hacer los registros correspondientes.

De acuerdo al diagnóstico presuntivo del paciente que va a recibirse, si existiese un protocolo de manejo autorizado por el Grupo de Trabajo de Microrregión o Región, deberá indicar o recordar a la unidad referente los elementos que debe cubrir el paciente, v. gr.: estudios de laboratorio o gabinete, información sobre costos o subsidios de los servicios, orientación y consejería sobre programas específicos como planificación familiar, documentos anexos (hojas de consentimientos, carnet perinatal, estudio socio económico), entre otros requisitos protocolizados y autorizados por el Grupo de Trabajo correspondiente.

36

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

Auxiliar administrativo,

4

En caso de que la unidad referente no pueda cubrir, alguno o todos los requisitos protocolizados y autorizados, deberá recordársele que en su hoja de referencia y contrarreferencia debe explicar o justificar los motivos por los que no se cumple con dicho protocolo.

5

Recibe al paciente, lo valora integralmente, revisa la hoja de referencia, establece un diagnóstico presuntivo, un plan de manejo y un pronóstico; en esta valoración integral se debe evitar duplicar acciones con las ya realizadas en otra unidad aplicativa, v.gr.: exámenes de laboratorio.

Trabajadora Social, Encargado unidad o

de

la

Director del hospital Médico especialista de la consulta externa

6

7

Registran la atención otorgada al paciente en la hoja diaria de actividades, elaboran la nota médica, para integrarla al expediente clínico (NOM-168-SSA1-1998, DEL EXPEDIENTE CLÍNICO).

Con base en el plan de manejo del paciente hay tres opciones a seguir: a) Se ingresa a hospitalización. b) Solicitud de estudios auxiliares de dignóstico y nueva cita a consulta c) Alta a su domicilio.

37

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

Médico especialista de la consulta externa

8

9

10

11

DESCRIPCIÓN En los casos “b” deben elaborar una hoja de contrarreferencia provisional, utilizando el formato SRC-01 (reverso u Hoja de contrarreferencia), la nota de alta de urgencias o la nota de ingreso a hospitalización, pero cubriendo todas las variables del formato antes mencionado, cuando el médico tratante considere necesario que el médico de primer nivel, supervise el tratamiento, cumplimiento de la cita, etc., y por lo tanto debe estar enterado del tratamiento que lleva y conducta a seguir.

Esta contrarreferencia provisional se elaborará en tres tantos: uno queda en el expediente clínico, otra se entrega al paciente o familiar, para que lo entregue a la unidad referente y el último se envía a la Jurisdicción Sanitaria, quien a su vez se lo hará llegar a la unidad referente.

Antes de enviar al paciente, de los casos “a” y “b”, a los servicios de hospitalización o de auxiliares de diagnóstico, debe anotarse en un renglón de la hoja de Registro Nominal de la Referencia y Contrarreferencia de pacientes (SRC-02 segundo nivel), la atención otorgada en la sección de referencias recibidas, hoja 2 de 2 del formato.

En el caso “c”, se debe elaborar, en el formato SRC-01 (reverso), mismo que se recibió con la referencia, una contrarreferencia en tres tantos, distribuidos igual que en la actividad 9.

38

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

Médico especialista de la consulta externa

12

Para el mismo caso “c”, después de emitida la contrarreferencia, con base en el formato SRC-01, debe anotarse en un renglón de la hoja de Registro Nominal de la Referencia y Contrarreferencia de Pacientes (SRC-02 segundo nivel) los datos de la atención otorgada, en las secciones de referencias recibidas y contrarreferencias enviadas, en la hoja 2 de 2 del formato.

39

2.4 UNIDAD DE SEGUNDO NIVEL, QUE CONTRARREFIERE UN PACIENTE A UNA UNIDAD DE PRIMER NIVEL

RESPONSABLE Auxiliar administrativo,

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

1

Identifican el lugar de residencia de los pacientes, con base en el estudio de regionalización operativa (ERO) o en la forma SRC-01, para establecer la unidad de primer nivel a la que corresponde enviar la contrarreferencia. Independientemente de que hayan acudido con hoja de referencia o sin ella, cuando se da de alta el paciente, deberán verificar que se emitan la contrarreferencia correspondiente, bien sea en consulta externa, hospitalización o urgencias.

2

Después de la valoración integral de un paciente, la realización de estudios auxiliares de diagnóstico, la definición de un diagnóstico presuntivo, la prescripción de un tratamiento y la remisión o control de su patología, determina que el paciente puede seguir siendo controlado en una unidad de primer nivel, por lo que decide contrarreferirlo.

3

Informa al paciente y a su familiar sobre todas las actividades realizadas, analiza la evolución del padecimiento con ellos y acuerda un plan de manejo supervisado por la unidad de primer nivel.

Encargado de archivo clínico, Médico tratante o Trabajadora Social,

Médico especialista tratante en consulta externa.

40

RESPONSABLE Médico tratante externa.

especialista en consulta

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

4

Elabora la hoja de contrarreferencia en el formato SRC-01 (reverso), pudiendo sustituir este con su hoja de alta de la consulta externa, siempre y cuando contenga todas las variables que solicita dicho formato.

5

Registra en la hoja diaria de actividades y en el expediente clínico, la contrarreferencia que elabora.

6

Esta contrarreferencia la elaborará en tres tantos: uno queda en el expediente clínico, otro se entrega al paciente y/o familiar para que a su vez se la hagan llegar a la unidad de primer nivel y el otro se envía a la Jurisdicción Sanitaria, para que por su conducto llegue a la unidad referente.

7

Anota en el renglón que corresponde de la hoja de Registro Nominal de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes (SRC-02-02), en la sección de contrarreferencias enviadas, de la hoja 2 de 2 de dicho formato.

41

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

Médico especialista tratante en hospitalización

8

Después de la valoración integral de un paciente, la realización de estudios auxiliares de diagnóstico, la definición de un diagnóstico presuntivo, la prescripción de un tratamiento y la remisión o control de su patología, determina que el paciente debe ser dado de alta de hospitalización, siendo controlado conjuntamente entre la unidad de primer nivel y consulta externa de especialidad, por lo que decide contrarreferirlo.

9

10

11

Informa al paciente y a su familiar sobre todas las actividades realizadas, analiza la evolución del padecimiento con ellos, y acuerda un plan de manejo supervisado por la unidad de primer nivel y con cita posterior a la consulta externa de especialidad.

Elabora la hoja de contrarreferencia en el formato SRC-01 (reverso), pudiendo sustituir este con su hoja de egreso hospitalario, siempre y cuando contenga todas las variables que solicita dicho formato.

Registra en el expediente contrarreferencia que elabora.

clínico

la

42

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

Médico especialista tratante en hospitalización

12

Esta contrarreferencia la elaborará en tres tantos: uno queda en el expediente clínico, otro se entrega al paciente y/o familiar para que a su vez se la hagan llegar a la unidad de primer nivel y el otro se envía a la Jurisdicción Sanitaria, para que por su conducto llegue a la unidad referente.

13

Anota en el renglón que corresponde de la hoja de Registro Nominal de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes (formato SRC-0202), en la sección de contrarreferencias enviadas, de la hoja 2 de 2 de dicho formato.

2.5 UNIDAD DE SEGUNDO NIVEL, QUE REFIERE UN PACIENTE A OTRA

43

UNIDAD CON MAYOR CAPACIDAD RESOLUTIVA DESDE LOS SERVICIOS DE URGENCIAS, CONSULTA EXTERNA U HOSPITALIZACIÓN

RESPONSABLE Médico general o

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

1

Brinda la atención inmediata al paciente y lo valora integralmente.

Especialista del servicio de urgencias, consulta externa y hospitalización. 2

Identifica la necesidad de referirlo a otra unidad con mayor capacidad resolutiva.

3

Determina si la referencia debe ser urgente o electiva, así como si es por motivos técnicos o administrativos.

4

Registra la atención otorgada en la hoja diaria de actividades y en el expediente clínico (NOM-168SSA1-1998, DEL EXPEDIENTE CLÍNICO).

5

Orienta al paciente y/o a su familiar sobre el motivo de la referencia y la importancia de la misma.

6

Llena la hoja de referencia y contrarreferencia (SRC-01) en tres tantos, dos para el paciente y otro para el expediente clínico.

44

RESPONSABLE Médico general o

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

7

Con base en el diagnóstico, la necesidad de atención y la calificación de la referencia (urgente o electiva), se consultan el Directorio de Unidades Médicas y la Guía de Referencia para Pacientes, para así establecer a qué unidad médica se va a referir al paciente.

Especialista del servicio de urgencias, consulta externa y hospitalización. Trabajadora social, Responsable de la unidad o 8 Director de la unidad

9

10

Se establece comunicación, por los medios habituales con la trabajadora social, encargado de la unidad o director, para gestionar la recepción y atención del paciente en esa unidad de mayor capacidad resolutiva.

Si es referencia electiva se confirma, fecha, hora, servicio y persona que atenderá al paciente, también se identificarán las personas (nombres y cargos) que otorgan la cita y/o a quien se pueda acudir en caso de alguna dificultad.

Para referencias con carácter de urgentes, se debe confirmar en la unidad de mayor capacidad resolutiva si el servicio y/o especialidad que se requieren están disponibles, identificando las personas (nombres y cargos) que confirman la recepción del paciente y a la que se puede acudir en caso de alguna dificultad.

45

RESPONSABLE Médico general o

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

11

Para referencias electivas, debe precisarse, de común acuerdo con el paciente y/o sus familiares, el mecanismo por el que se va a trasladar el paciente, debiendo ser estos quienes primariamente consigan el medio para el traslado.

Especialista del servicio de urgencias, consulta externa y hospitalización. Trabajadora social, Responsable de la unidad o 12 Director de la unidad

13

14

Para la referencia urgente se debe referir al paciente en ambulancia del hospital. En caso de no estar disponible, se debe apoyar al paciente haciendo gestiones ante las autoridades municipales, DIF, damas voluntarias, ONG’s (cruz roja) o personas altruistas de la comunidad, para asegurar el traslado del paciente.

En caso de renuencia del paciente para su traslado y dada la urgencia del mismo, se debe solicitar el apoyo de las autoridades antes mencionadas para su convencimiento.

En caso negativo, deberá obtenerse un documento donde deslinden de responsabilidades a la unidad médica, firmado este por el paciente, un familiar y, como testigos uno o varios miembros de las autoridades antes mencionadas.

46

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

15

El responsable médico de la atención, en referencias de urgencias, decide sobre la conveniencia de que personal médico o paramédico debe acompañar al paciente en el traslado, el cual siempre deberá ir acompañado de un familiar.

Trabajadora social

16

En referencias electivas, debe practicarse estudio socioeconómico al paciente en dos tantos, uno se anexará al formato SRC-01 del paciente y otro al expediente clínico.

Médico general o

17

Identificar todas las variables de la referencia, electiva o urgente, y a partir del formato SRC-01, se debe anotar la referencia en un renglón de la hoja del registro nominal de la Referencia y Contrarreferencia de Pacientes (SRC-02 segundo nivel), en la sección de referencias enviadas, en la hoja 1 de 2.

18

Después de haber brindado atención hospitalaria y de haber practicado los estudios auxiliares de diagnóstico, se identifica la necesidad de referir al paciente a otra unidad con mayor capacidad resolutiva.

19

Determina si la referencia debe ser urgente o electiva, así como si es por motivos técnicos o administrativos.

Médico general o Especialista del servicio de urgencias, consulta externa y hospitalización.

Especialista del servicio de urgencias, consulta externa y hospitalización. Trabajadora social Médico especialista de urgencias, consulta externa y hospitalización

20

Registra la atención otorgada en el expediente clínico (NOM-168-SSA1-1998, DEL EXPEDIENTE CLÍNICO).

47

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

Médico especialista de urgencias, consulta externa u hospitalización.

21

Orienta al paciente y/o a su familiar sobre el motivo de la referencia y la importancia de la misma.

22

Llena la hoja de solicitud de referencia y contrarreferencia (SRC-01) en tres tantos, dos para el paciente y otro para el expediente clínico.

23

Puede sustituir el anterior formato con la hoja de egreso hospitalario, siempre y cuando esta contenga todas las variables que se solicitan en el formato SR-01, y se elaboren los tantos arriba mencionados.

48

2.6 UNIDAD DE SEGUNDO NIVEL, QUE CONTRARREFIERE UN PACIENTE ENVIADO POR UNA UNIDAD DE SEGUNDO NIVEL CON MENOR CAPACIDAD RESOLUTIVA RESPONSABLE Auxiliar administrativo,

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

1

Identifican pacientes que provienen de una unidad de segundo nivel, con hoja de referencia o no para que a su alta se emita la contrarreferencia correspondiente, en consulta externa, hospitalización, o urgencias.

2

Después de la valoración integral de un paciente, la realización de estudios auxiliares de diagnóstico, la definición de un diagnóstico presuntivo y la prescripción de un tratamiento, decide que el paciente puede seguir siendo controlado en la unidad de segundo nivel, por lo que decide contrarreferirlo.

3

Informa al paciente y a su familiar sobre todas las actividades realizadas, analiza la evolución del padecimiento con ellos y acuerda un plan de manejo supervisado por la unidad de segundo nivel que lo refirió.

Encargado de archivo clínico, Médico tratante o Trabajadora Social, Médico especialista tratante en consulta externa.

49

RESPONSABLE Médico tratante externa.

especialista en consulta

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

4

Elabora la hoja de contrarreferencia en el formato SRC-01 (reverso), pudiendo sustituir este con su hoja de alta de la consulta externa, siempre y cuando contenga todas las variables que solicita dicho formato.

5

Registra en la hoja diaria de actividades y en el expediente clínico, la contrarreferencia que elabora.

6

Esta contrarreferencia la elaborará en tres tantos: uno queda en el expediente clínico, otro se entrega al paciente y/o familiar para que a su vez se la hagan llegar a la unidad de segundo nivel y el otro se envía a la jurisdicción sanitaria, para que por su conducto llegue a la unidad referente.

7

Anota en el renglón que corresponde de la hoja de Registro Nominal de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes (formato SRC02-02), en la sección de contrarreferencias enviadas, de la hoja 2 de 2 de dicho formato.

50

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

Médico especialista tratante en hospitalización

8

Después de la valoración integral de un paciente, la realización de estudios auxiliares de diagnóstico, la definición de un diagnóstico presuntivo y la prescripción de un tratamiento, decide que el paciente debe ser dado de alta de hospitalización, siendo controlado conjuntamente entre la una unidad de segundo nivel y consulta externa de especialidad, por lo que decide contrarreferirlo.

9

10

Informa al paciente y a su familiar sobre todas las actividades realizadas, analiza la evolución del padecimiento con ellos, y acuerda un plan de manejo supervisado por la unidad de segundo nivel y con cita posterior a la consulta externa de especialidad.

Elabora la hoja de contrarreferencia en el formato SRC-01 (reverso), pudiendo sustituir este con su hoja de egreso hospitalario, siempre y cuando contenga todas las variables que solicita dicho formato.

Registra en el expediente contrarreferencia que elabora.

clínico

la

11

51

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

Médico especialista tratante en hospitalización

12

Esta contrarreferencia la elaborará en tres tantos: uno queda en el expediente clínico, otro se entrega al paciente y/o familiar para que a su vez se la hagan llegar a la unidad de segundo nivel y el otro se envía a la jurisdicción sanitaria, para que por su conducto llegue a la unidad referente.

13

Médico de Urgencias

14

Anota en el renglón que corresponde de la hoja de Registro Nominal de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes (formato SRC-0202), en la sección de contrarreferencias enviadas, de la hoja 2 de 2 de dicho formato.

Después de la valoración integral del paciente, la realización de estudios auxiliares de diagnóstico, la definición de un diagnóstico presuntivo y la prescripción de un tratamiento, decide que el paciente se ha estabilizado y debe ser dado de alta de urgencias, debiendo continuar su control en la unidad de segundo nivel que lo refirió.

52

RESPONSABLE Médico de Urgencias

ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN

15

Informa al paciente y a su familiar sobre todas las actividades

realizadas,

analiza

la

evolución

del

padecimiento con ellos, y acuerda un plan de manejo supervisado por la unidad de segundo nivel que lo refirió.

16

Elabora la hoja de contrarreferencia en el formato SRC01 (reverso), pudiendo sustituir este con su hoja de egreso del servicio de urgencias, siempre y cuando contenga todas las variables que solicita dicho formato.

Registra en el expediente clínico la contrarreferencia que elabora.

17 Esta contrarreferencia la elaborará en tres tantos: uno queda en el expediente clínico, otro se entrega al paciente y/o familiar para que a su vez se la hagan

18

llegar a la unidad de segundo nivel y el otro se envía a la jurisdicción sanitaria, para que por su conducto llegue a la unidad referente.

Anota en el renglón que corresponde de la hoja de Registro Nominal de Referencia y Contrarreferencia de Pacientes (formato SRC-02-02), en la sección de

19

contrarreferencias enviadas, de la hoja 2 de 2 de dicho formato.

53

D iag ram a d e flu jo Pa c ie nt e

So licita co n su lta

Ce nt ro de Sa lud o 1 e r niv e l

Mé dico, Enf e rme ra o Tra ba jo Soc ia l de 1 e r niv e l

Tra ba jo Soc ia l de 2 ° niv e l

Urge nc ia s 2 ° niv e l

Atie n d e

Consult a Ex t e rna u Hos pit a liza c ión de 2 ° niv e l

Coordina c ión de At e nc ión Mé dic a J uris dic c ión Sa nit a ria

Atie n d e Da cita o in fo rma

Ela b o r a r e fe r e n cia NO

Re su e lve

So licita cita a Co n su lta e xte r n a d e e sp e cialid a d o r e ce p ció n d e p a cie n te d e u r g e n cia s

Re cib e e l p a cie n te

Ela b o r a co n tr a rr e fe r e n cia SI

SI

FIN

Da r e ce ta e in d ica cio n e s

Re cib e co n tr a rr e fe r e n cia y la a n e xa a l e xp e d ie n te

So licita a o tr a u n id a d d e 2 ° n ive l

Atie n d e NO

En vía co n tr a r r e fe r e ncia a 1 e r n ive l, co n e l p a cie n te y vía ju r isdiccio n a l

En vía co n tr a rr e fe r e n cia a 1e r n ive l

FIN

54

VII.

EVALUACIÓN

DEL

SISTEMA

DE

REFERENCIA

YCONTRARREFERENCIA.

La evaluación de Sistema de Referencia y Contrarreferencia, se entiende como la comparación de lo realizado versus lo programado, así como el cruce de las diferentes variables colectadas en los formatos SRC-01 y SRC-02 y la opinión de los usuarios en relación a la atención recibida y a los resultados obtenidos. La evaluación se realizará en cada uno de los ámbitos involucrados, acorde a su responsabilidad, considerándose las siguientes posibilidades de desagregación de la información, que son:      

Nivel Estatal Nivel Regional Nivel Jurisdiccional Nivel de Microrregión Nivel de equipo zonal Nivel de unidad aplicativa

Además se construirán tres tipos de indicadores, los relacionados con el proceso de referencia y contrarreferencia de pacientes (Anexo 6.1), los relacionados con el quehacer de los Grupos de Trabajo (Anexo 6.2) y los relacionados con los resultados de la atención otorgada a través del SRC (Anexo 7 y 8).

1. Evaluación del proceso de referencia y contrarreferencia de pacientes. Con la información recolectada de las diferentes variables, en el formato SRC-02-01, se podrán construir los siguientes indicadores:  % de pacientes referidos vs. pacientes de primera vez en consulta externa.  % por diagnósticos de referencia.  Principales causas diagnósticas de referencia.  % de pacientes por unidad a la que se refirieron.  % por servicio a los que se refirieron los pacientes.  % de referencias realizadas por motivos técnicos.  % de referencias realizadas por motivos administrativos.  % por tipo de medio de comunicación como se enlazó a la unidad a la que se refirió el paciente.  % de pacientes que acudieron a la unidad de referencia.  Principales motivos por los que los pacientes no acudieron a la unidad de referencia.  % de referencias a las que se les realizó visita domiciliaria.  % de contrarreferencias recibidas en relación a las referencias enviadas.

55

 % de contrarreferencias recibidas con el formato SRC-01.  % de coincidencias diagnósticas entre la referencia y la contrarreferencia.  Promedio de tiempo transcurrido entre la referencia y la atención en la unidad referida.  Promedio de tiempo entre el ingreso del paciente a la unidad referida y su regreso en contrarreferencia.  % de referencias justificadas según la unidad a la que se refirieron. Con la información recolectada de las diferentes variables, en el formato SRC-0202, se podrán construir los siguientes indicadores:  % pacientes referidos desde la consulta externa vs. pacientes de primera vez en consulta externa.  % pacientes referidos desde el servicio de urgencias vs. Atenciones de urgencias.  % pacientes referidos desde hospitalización vs. pacientes egresados de hospitalización.  % por diagnósticos de referencia.  Principales causas diagnósticas de referencia.  % de pacientes por unidad a la que se refirieron.  % por servicio a los que se refirieron los pacientes.  % de referencias realizadas por motivos técnicos.  % de referencias realizadas por motivos administrativos.  % por tipo de medio de comunicación como se enlazó a la unidad a la que se refirió el paciente.  % de contrarreferencias recibidas en relación a las referencias enviadas.  % de contrarreferencias recibidas con el formato SRC-01.  % de coincidencias diagnósticas entre la referencia y la contrarreferencia.  Promedio de tiempo transcurrido entre la referencia y la atención en la unidad referida.  Promedio de tiempo entre el ingreso del paciente a la unidad referida y su regreso en contrarreferencia.  % de referencias justificadas según la unidad a la que se refirieron.  % de referencias recibidas con el formato SRC-01  % de referencias recibidas sin el formato SRC-01  % por causas diagnósticas de las referencias recibidas.  Principales causas diagnósticas de referencias recibidas.  % de pacientes por unidad que envió la referencia  % de pacientes recibidos en referencia por servicio.  % de referencias recibidas con justificación, según la unidad que recibe.  % por vía de comunicación como se notificó la referencia recibida.  % de congruencia entre los diagnósticos de la referencia recibida y de la contrarreferencia remitida.  % de pacientes por unidad a la que se remiten las contrarreferencias.

56

 % de pacientes remitidos en contrarreferencia por área de egreso.  % de pacientes remitidos en contrarreferencias por servicio.  Promedio de tiempo entre la fecha de recepción de la referencia y la fecha de remisión de la contrarreferencia. Para los grupos de Microrregión y/o Región será posible identificar, a través de los formatos SRC-01 y SRC-02, algunos casos problema, que les permita estudiarlo particularmente, convocando a los diferentes participantes, haciendo acopio de otros elementos objetivos, como sería, básicamente, el expediente clínico. 2. Evaluación del quehacer de los grupos de trabajo. Para los Grupos de Trabajo, en los tres niveles, se aplicarán los siguientes indicadores:  Acta constitutiva actualizada x año.  % por reuniones realizadas vs. programadas.  % de minutas realizadas vs. reuniones realizadas.  Promedio de acuerdos establecidos por sesión.  % de acuerdos cumplidos vs. los establecidos.  % de informes de actividad rendidos vs. los programados. 3. Evaluación de los resultados de la atención otorgada a través del SRC. Para los Grupos de Trabajo de Microrregión, además de los indicadores antes mencionados, se construirán los siguientes:  % de pacientes satisfechos del SRC vs. pacientes encuestados.  % de pacientes que utilizaron el SRC, con su problema de salud resuelto o controlado vs. pacientes encuestados.  % de pacientes que utilizaron el SRC adecuadamente manejados* vs. total de expedientes revisados * Se entiende como por adecuadamente manejados, en el caso de la referencia, cuando exista un registro apegado a NOM en el expediente clínico, diagnóstico congruente y acertada selección de la unidad de mayor capacidad resolutiva a la que se refirió el paciente. * Para la contrarreferencia, se entiende como adecuadamente manejado, cuando existe un registro apegado a la NOM-168-SSA1-1998, DEL EXPEDIENTE CLÍNICO en el expediente clínico del paciente, cuando el diagnóstico y plan de tratamiento fueron congruentes, y cuando exista constancia de una adecuada elaboración de la hoja de contrarreferencia en formato SRC-01 o su similar con todas las variables. La selección de los pacientes a encuestar correrá a cargo del grupo de trabajo de microrregión con base en el registro nominal (SRC-02), la aplicación de las encuestas la realizarán los equipos zonales de supervisión y la evaluación de los expedientes clínicos correrá a través de los grupos de trabajo de microrregión.

57

VIII ANEXOS

58

Anexo I

S R C – 01 ANVERSO

SERVICIOS DE SALUD DE VERACRUZ HOJA DE REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA DE PACIENTES I. HOJA DE REFERENCIA 1) DATOS DEL PACIENTE NOMBRE DEL PACIENTE: DOMICILIO: LOCALIDAD: MUNICIPIO:

EDAD

AÑOS

CALLE

NUMERO

2) DATOS DE LA UNIDAD QUE REFIERE NOMBRE: DOMICILIO: CALLE SERVICIO:

MESES

COLONIA

NUMERO

COLONIA

NUMERO

COLONIA

3) DATOS DE LA UNIDAD A LA QUE SE REFIERE CALLE SERVICIO AL QUE ENVIA: ENLACE: 4) DATOS DE LA REFERENCIA FECHA:

No. DE CONTROL:

MOTIVO DE LA REFERENCIA: (RESUMEN CLÍNICO DEL PADECIMIENTO)

AUXILIARES DE DIAGNÓSTICO PRACTICADOS Y FECHA DEL ÚLTIMO:

SIGNOS VITALES TENSION ARTERIAL

TEMPERATURA

Mm. Hg.

°C

FRECUENCIA RESPIRATORIA

X’

FRECUENCIA CARDIACA

PULSO

X’

X’

SOMATOMETRÍA PESO TALLA Kg. cm.

IMPRESIÓN DIAGNÓSTICA TECNICO: ___ MOTIVO DE ENVIO URGENCIA: NO ____ SI ____

ADMINISTRATIVO: ___

POR QUE:

CUAL:

PERTENECE A ALGÚN PROGRAMA: NO: ___ SI: ___ CUAL: EN CASO DE PERTENECER A ALGÚN PROGRAMA ¿SE BRINDÓ INFORMACIÓN? NO:____ SI:____ ¿CUENTA CON ESTUDIO SOCIOECONÓMICO? NO: ___ SI: ___ SE ANEXA: NO ____ SI ____ ___________________________ NOMBRE , CARGOY FIRMA DEL MEDICO TRATANTE

F

FECHA DE NACIMIENTO DIA MES AÑO

ESTADO: No. DE EXPEDIENTE:

NOMBRE: DOMICILIO:

SEXO

M

____________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE DE LA UNIDAD

59 59

SERVICIOS DE SALUD DE VERACRUZ HOJA DE REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA DE PACIENTES 5) DATOS DE LA VISITA DOMICILIARIA FECHA DE VISITA: _______________

S R C – 01 REVERSO

II. VISITA DOMICILIARIA FECHA DE CITA: _________________

FECHA DE ALTA: ________________

ACUDIÓ A SU CITA: SI _____NO _____POR QUE: __________________________________________________________________ SE LE ATENDIO: SI _____FECHA: _____________

NO:_____PORQUE: _______________________________________

OBSERVACIONES: ____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________________________

III. HOJA DE CONTRARREFERENCIA 6) UNIDAD MEDICA QUE REMITE:

NOMBRE: _____________________________________________________________________________________________ DOMICILIO: _______________________________________________________________ FECHA: __________________ CALLE

NUMERO

COLONIA

SERVICIO: ______________________________________________________________________________________ 7) MANEJO DEL PACIENTE: FECHA DE INGRESO:

DIAGNÓSTICO DE INGRESO:

RESUMEN CLÍNICO:

AUXILIARES DE DIAGNÓSTICO PRACTICADOS:

DIAGNÓSTICO DE EGRESO: 8) INSTRUCCIONES Y RECOMENDACIONES PARA EL MANEJO DEL PACIENTE EN SU UNIDAD DE ADSCRIPCIÓN:

TRATAMIENTO CONCLUIDO: SI___ MEDIDAS HIGIENICO DIETÉTICAS:

NO ___

CONTINUAR TRATAMIENTO: SI___

NO ___

MEDICAMENTOS:

ESTUDIOS PARA PRACTICAR: ENVIO EN CONSULTA SUBSECUENTE AL SERVICIO DE:

FECHA DE PRÓXIMA CITA:

9) OBSERVACIONES A LA REFERENCIA: JUSTIFICADA: SI ___ NO ___ POR QUE: HOJA DE REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA: SI ___ NO ___ BIEN LLENADA: SI ___ NO ___ POR QUE: _____________________________________________________ ________________________________ NOMBRE CARGO Y FIRMA DEL MEDICO TRATANTE

__________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE DE LA UNIDAD

60 60

INSTRUCTIVO PARA LLENADO DEL FORMATO SRC-01 Propósito. Registrar los datos clínicos más relevantes de los pacientes en el procedimiento de referencia y contrarreferencia, tratando de unificar la información de un nivel de atención médica a otro, para el adecuado e integral manejo del paciente, que permita la curación o el control de la patología que originó su ingreso al Sistema Estatal de Salud. Manejo del formato. Esta forma será llenada con letra de molde legible o a máquina. Se elaborará en tres tantos para la referencia o contrarreferencia, destinándose estos tantos de la siguiente manera: 1) Para las referencias un tanto se queda en el expediente del paciente de la unidad que lo refiere y dos copias se proporcionan al paciente, quien a su vez, las entregará en la unidad médica donde fue referido. En el tanto que se queda en la unidad que refiere, en su reverso se registrará la visita domiciliaria, que se practicará al paciente, tal y como se indica en los procedimientos de referencia y contrarreferencia. 2) En las contrarreferencias, utilizando los dos tantos que el paciente proporcionó y otra copia más que se anexará; pudiendo sustituirse estos formatos por la hoja de egreso hospitalario o de egreso de urgencias, siempre y cuando contenga toda la información de la hoja de contrarreferencia y se elabore en tres tantos. Estas hojas de contrarreferencia se distribuirán así: uno para el expediente de la unidad que contrarrefiere, otro para el paciente que deberá entregar a la unidad de donde fue referido, y el último tanto se enviará a la Jurisdicción Sanitaria para que ésta lo haga llegar a la unidad que refirió al paciente. El número de tantos y el destino de las hojas de contrarreferencia, será similar, tanto para referencias definitivas, como para contrarreferencias provisionales. Procedimiento de llenado. En el caso de la referencia realizada por primer nivel, la forma será llenada en sus apartados 1, 2, 3, 4 por el médico tratante, enfermera, TAPS o trabajo social; en segundo nivel la llenará el médico tratante. La Contrarreferencia será llenada por el médico tratante en sus apartados 6, 7, 8 y 9, que se indica en el reverso. Para la visita domiciliaria: la trabajadora social, enfermera, TAPS o médico del centro de salud deberá llenar el apartado 5. Descripción de la forma SRC-01 ANVERSO (Hoja de Referencia)

616 161

Consta de cuatro apartados: 1) Datos del paciente, el cual estará integrado por:  Nombre del paciente: se anotará el nombre completo del paciente comenzando por el apellido paterno, seguido del apellido materno (si es que cuenta con él y finalmente el nombre, ejem.: Soto Lares Rufino.  Edad: Anotar con números arábigos la edad del paciente en años cumplidos, en meses cuando el paciente sea menor de un año o en días cuando el paciente sea menor de un mes; en caso de ser menor de un mes se llenará el recuadro inferior al de meses con los días cumplidos del paciente seguido de la letra “d”.  Sexo: se colocará una cruz en el recuadro inferior que corresponda a la inicial del sexo del paciente es decir, debajo de la letra M, en caso de ser masculino (hombre), y de la letra F en caso de ser femenino (mujer).  Domicilio: se colocará el domicilio del paciente iniciando con el nombre de la calle, seguido del número y la colonia.  Localidad: aquí se colocará el nombre completo de la localidad a la que pertenece el paciente, es decir donde habita actualmente, preferentemente conforme INEGI y en caso de tener un sobrenombre ponerlo entre paréntesis.  Municipio: se colocará el nombre del municipio al que corresponde la localidad a la que pertenece el paciente.  Estado: se colocará el nombre del estado al que corresponde el municipio antes señalado.  Número de expediente: se anotará el número con el que se identifica el expediente del paciente en la unidad de primer nivel a la que pertenece. 2) Datos de la unidad que refiere:  Nombre: se anotará el nombre completo de la unidad que refiere, es decir la que envía al paciente, identificándolos por núcleos básicos o tipo de hospital, por ejem.: Centro de Salud de Soteapan de dos núcleos básicos u Hospital Integral de Gutiérrez Zamora.  Domicilio: se anotará el domicilio de la unidad que refiere, iniciando el nombre de la calle, seguido del número y la colonia a la que pertenece, en caso de ser domicilio conocido poner el nombre de la localidad y municipio al que pertenece la unidad.  Servicio: se colocará el nombre del servicio que refiere, en caso de ser una unidad de primer nivel será el servicio de consulta externa, pero en caso de ser de una unidad de segundo nivel a otra de mayor resolución se anotará el servicio que envía, por ejemplo, consulta externa de cirugía, urgencias, hospitalización ginecología, etc. 3) Datos de la unidad a la que se refiere:  Nombre: se anotará el nombre completo de la unidad a la que se refiere, es decir a la que se envía al paciente (para este dato, puede utilizar el Directorio de Unidades Médicas).

616 161

  

Domicilio: anotar el domicilio de la unidad a la que se refiere el paciente, iniciando con el nombre de la calle, seguido del número y la colonia a la que pertenece (para este dato, puede utilizar el Directorio de Unidades Médicas). Servicio al que envía: colocar el nombre del servicio al que se envía el paciente para que sea atendido, como por ejemplo consulta externa de pediatría, urgencias, unidad de cuidados intensivos, etc. Enlace: colocar el medio de comunicación a través del cual se contactó con la unidad a la que será referido el paciente, pudiendo ser estos los siguientes: radiocomunicación (RC), a través de la Jurisdicción Sanitaria (JS), vía telefónica (TEL) o ninguno; en este último caso especificar por que no se utilizó ningún medio de comunicación, ejemplo, no hubo manera de hacer contacto con la Jurisdicción, no funcionaban los medios de comunicación, etc.

4) Datos de la Referencia.  Fecha: anotar el día, mes y año en que el paciente es referido a otra unidad médica, ejem. 30/04/1973.  No. de Control: Anotar el número progresivo que corresponde al folio de la SRC-01, hoja de Referencia y Contrarreferencia, llevándose un control interno para que no se repitan, el número de control deberá iniciar cada año con 01, y diagonal invertida, seguido de los dos últimos números correspondientes al año, ejem. 01/03.  Motivo de la referencia: (resumen clínico del padecimiento) anotar los datos más importantes del padecimiento con base en la NOM-168-SSA1-1998, DEL EXPEDIENTE CLÍNICO; así como especificar claramente el motivo por el que se refiere al paciente a otra unidad médica, ejem.;practicar estudio de laboratorio, estudio de gabinete, interconsulta con especialista, para valoración y tratamiento por médico especialista, por situación de urgencia médicaquirúrgica, etc.  Auxiliares de diagnóstico practicados y fecha del último: este sólo se llenará en caso de que se le hayan realizado, tales como estudios de laboratorio, rayos x, etc., anotando el tipo de estudio y los resultados obtenidos o anexar los mismos, así como la fecha en que se realizó, particularmente el último. De ser posible, se otorgará una copia de los exámenes de laboratorio, y los estudios de gabinete se otorgarán al paciente, siempre y cuando sean necesarios para la integración y confirmación de la patología, para la unidad receptora, quedando siempre una nota en el expediente de la unidad referente, del motivo por el cual se entregan los exámenes de gabinete. De no haberse realizado dejar este rubro en blanco.  Signos vitales: registrar los signos vitales del paciente al momento que se realiza la referencia. o Tensión arterial: colocar la cifra de tensión arterial del paciente en milímetros de mercurio iniciando con la cifra sistólica, seguida de la diastólica separada por una diagonal, ejemplo 120/80 mm.hg. o Temperatura: colocar con números arábigos la temperatura en grados centígrados, del paciente al realizarse la referencia.

661 61

 







o Frecuencia respiratoria: colocar con números arábigos la frecuencia respiratoria por minuto, que tenga el paciente al ser realizada la referencia. o Frecuencia cardiaca: colocar con números arábigos la frecuencia cardiaca del paciente por minuto al ser realizada la referencia. Somatometría: se colocará con números arábigos el peso en kilogramos y la talla en centímetros, del paciente, al momento de realizar la referencia. Impresión diagnóstica: anotar el diagnóstico establecido por el médico que refiere al paciente, de acuerdo a la CIE 10.  Motivo de envío: se colocará una cruz en la línea correspondiente al motivo por el cual se refiere al paciente a otra unidad, este se divide en.o Técnico: cuando la unidad médica no cuenta regularmente con la capacidad resolutiva que requiere el paciente (especialidad médica, algún auxiliar de diagnóstico específico, etc.) o cuando cuenta con ello sólo en determinados turnos y en el momento de la referencia del paciente es el turno donde no se cuenta con ese servicio y el paciente lo necesita (Urgencia). o Administrativo: cuando la unidad médica sí cuenta con el servicio o capacidad resolutiva de manera regular en el momento en que se valora el paciente, pero no puede hacer uso de la capacidad resolutiva o del servicio por falta de algún recurso, ejem.: humanos (falta injustificada, permiso, no contratado), materiales (insumos no dotados, caducados, agotados, etc.) o por saturación del servicio (sobre demanda). o Se entiende que los motivos técnicos son motivos plenamente justificados para referir al paciente, pero los motivos administrativos no son algo justificado y generalmente refleja una falla en la organización de la unidad que refiere. Urgencia: se colocará una cruz en la línea que se encuentra delante de No, en caso de no ser una urgencia (referencia electiva); de lo contrario colocarla delante de Si, en caso de ser una urgencia, y anotar delante de este el por que: fue considerado como urgencia el motivo de la referencia. (Se entiende como urgencia aquellas situaciones que ponen en riesgo la vida del paciente y la función de algún órgano, aparato o sistema). Pertenece a algún programa: colocar una cruz en la línea localizada delante de No, en caso de no pertenecer el paciente a algún programa específico; de lo contrario colocarla delante de Si, posteriormente colocar en el rubro clasificado como cual el programa al que pertenece el paciente, ejem. Seguro Popular, Oportunidades, planificación familiar, etc. ¿Cuenta con estudio socioeconómico? Colocar una cruz en la línea localizada delante de No, en caso de no contar el paciente con estudio socioeconómico; de lo contrario colocarla delante de Si, y posteriormente definir si se anexa a la hoja de referencia el estudio socioeconómico, en caso de no ser anexada colocar una cruz en la línea delante de Se anexa: No, de lo contrario colocarla delante del Si. Es obligatorio en cada referencia anexar el estudio socioeconómico si se cuenta con él.

616 1

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.